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FERIA DE LA CONSTRUCCION 2009 5 ta EDICION 5 de octubre de 2009 – Salón de Actos del LATU, Montevideo, Uruguay Ley de energía solar térmica: implicancias, obligaciones y beneficios para su aplicación.

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FERIA DE LA CONSTRUCCION 2009 5ta EDICION5 de octubre de 2009 – Salón de Actos del LATU, Montevideo, Uruguay

Ley de energía solar térmica:

implicancias, obligaciones y beneficios para

su aplicación.

Page 2: Ley de energía solar térmica: implicancias, obligaciones y ... Law.pdf · Artículo 3º.- A partir de los seis meses de promulgada esta ley, los ... Desarrollo Social y de Vivienda,

ESPACIO MULTISECTORIAL PARA LA

PROMOCION DE LA ENERGIA SOLAR

TERMICA EN EL URUGUAY

www.mesasolar.org

Apoyan:

Asociación de Empresarios de Energía Solar

Secretaría ejecutiva:

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Breve reseña de la Mesa Solar

Ley de energía solar térmica, implicancias y obligaciones

Incentivos y beneficios para la aplicación de esta tecnología

contenidos

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Breve reseña de la Mesa Solar

Ley de energía solar térmica, implicancias y obligaciones

Incentivos y beneficios para la aplicación de esta tecnología

contenidos

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Agosto 2007- IV Foro Regional de Energías Renovables Jornada de energía solar térmica

Breve reseña de la Mesa Solar / Origen

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- 10 de mayo 2008- Lanzamiento de la Mesa Solar, actividad realizada en

la Facultad de Arquitectura de la UdelaR.

Muestra de proveedores de colectores solares y experiencias de

autoconstrucción.

Taller para identificación de barreras a la tecnología

Breve reseña de la Mesa Solar / Lanzamiento

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PRFESIONALES Y TECNICOSSociedad de Arquitectos del UruguayAsociación de Ingenieros del UruguayAsociación de Ingenieros Químicos Del UruguayAsociación de Ingenieros Tecnológicos del UruguayAsociación de Instaladores Sanitarios del UruguayAsociación de Instaladores Térmicos del UruguayUnión de Instaladores Sanitarios del Uruguay.

SECTOR EMPRESARIALAsociación de Promotores Privados del UruguayAsociación Nacional de Micro y Pequeñas EmpresasAsociación Uruguaya de Acondicionamiento TérmicoConsultores privadosEmpresas varias relacionadas a la técnología

SECTOR ACADEMICOUniversidad de Montevideo - Centro de Producción Más LimpiaUniversidad ORT - Facultad de ArquitecturaUniversidad de la República - Facultad de Arquitectura

- Facultad de IngenieríaUniversidad del Trabajo - Consejo de Educación TécnicoProfesional - IEC

SECTOR PUBLICOIntendencia Municipal de CanelonesIntendencia Municipal de MontevideoIntendencia Municipal de TacuarembóLATUComisión de Industria, Energía y Minería delSenado de la República,MIEM-DNETN-Proy. Eficiencia EnergéticaMVOTMA-Unidad Cambio Climático y Dirección Nacional de ViviendaURSEAUTE

OTROSREDES-Amigos de la TierraFUCVAMUNIT - Instituto Uruguayo de Normas Técnicas

Breve reseña de la Mesa Solar / Integrantes

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PLENARIOS

Toma de decisiones

(16 plenarios, asistencia media de 17 personas)

GRUPOS DE TRABAJO

GT Plan EstratégicoGT Difusión

GT Capacitación

GT Reglamentación

Breve reseña de la Mesa Solar / Organización

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URUGUAY en el mundo

Parque solar térmico instalado en Uruguay (m2 cada 1000 habitantes)

Parque solares térmicos instalados al 2006 ( m2 cada 1000 habitantes)

Israel 770

Chipre 730

Austria 343

Alemania 104

Dinamarca 69

España 15

Holanda 39

China 74

Brasil 17

1.2 Lat 31º - 34º S

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URUGUAY en el mundo

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URUGUAY en el mundo

Fuente: Grafijo extraído del curso deInstalaciones de energía solar térmica,del docente Ing. C. F. Da Cunha Faria

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URUGUAY en el mundo

En el año 2006 en San Pablo, Brasil,estaba siendo discutida una ley que

obligaba a la instalación decalentadores solares en edificios, hoy

está en vigor en varias ciudades de esepaís.

En Barcelona, España, en el año 2000fue aprobada una ley similar que por eléxito a nivel energético que brindó suaplicación, fue implantada en otras 30

ciudades.En Portugal, la ley para la implantaciónde colectores solares en edificios entró

en vigor en 2007

En Uruguay desde el año 2006, seempieza a estudiar la posibilidad de una

ley solar.Los impulsores de la ley fueron el

diputado Jorge Pozzi y el senador RafaelMichelini y fue apoyado tanto por la MesaSolar como por la Dirección Nacional de

Energía.El proyecto de ley empieza su trámite en

la Cámara de Senadores en mayo de2008 y culmina con su promulgación por

el Poder Ejecutivoel 18 de setiembre de 2009.

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Este proyecto de ley no es una norma aislada sino todo locontrario, se encuentra dentro de un conjunto normativo y deacciones específicas por parte de la Dirección Nacional de

Energía que hace al manejo de la matriz energéticadel Uruguay.

Ley de Eficiencia Energética,Reglamentaciones de acondicionamiento térmico,

entre otros.

Experiencias exitosas en la aplicación de esta tecnología como elcaso de la Colonia de Vacaciones de UTE - ANTEL.

URUGUAY en el mundo

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URUGUAY en el mundo

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Ley Energía Solar Térmica

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Ley Energía Solar Térmica:

“Se declara de interés nacional la

investigación, desarrollo y formación

en su uso.”

Ley Energía Solar Térmica: articulado

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Artículo 1º.- Declárase de interés nacional la investigación, desarrollo y

formación en el uso de la energía solar térmica.

Artículo 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a conceder las

exoneraciones previstas en la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998

(Ley de Promoción de Inversiones) para la fabricación,

implementación y utilización efectiva de la misma.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

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Artículo 3º.- A partir de los seis meses de promulgada esta ley, los

permisos de construcción para centros de asistencia de salud,

hoteles y clubes deportivos en los que su previsión de consumo

para agua caliente involucre más del 20% (veinte por ciento) del

consumo energético total, sólo serán autorizados cuando incluyan

las instalaciones sanitarias y de obras para la incorporación futura

de equipamiento para el calentamiento de agua por energía solar

térmica, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10 de la

presente ley.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

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Artículo 4º.- A partir de los dos años de promulgada esta ley, los

permisos de construcción de las edificaciones con las características

referidas en el artículo anterior, sólo serán autorizados cuando incluyan

equipamientos completos que permitan cubrir al menos un 50%

(cincuenta por ciento) de su aporte energético para el calentamiento de

agua por energía solar térmica.

Artículo 5º.- Las disposiciones establecidas en los artículos 3º y 4º de la

presente ley regirán cuando los permisos refieran a obra nueva o a

rehabilitaciones integrales de las respectivas edificaciones.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

Page 20: Ley de energía solar térmica: implicancias, obligaciones y ... Law.pdf · Artículo 3º.- A partir de los seis meses de promulgada esta ley, los ... Desarrollo Social y de Vivienda,

Artículo 6º.- Todas aquellas construcciones nuevas del sector

público cuya previsión de consumo para agua caliente involucre más

del 20% (veinte por ciento) del consumo energético total deberán

contar, dentro de los cinco años de promulgada esta ley, con al

menos un 50% (cincuenta por ciento) de su aporte energético para

calentamiento de agua mediante energía solar térmica.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

Page 21: Ley de energía solar térmica: implicancias, obligaciones y ... Law.pdf · Artículo 3º.- A partir de los seis meses de promulgada esta ley, los ... Desarrollo Social y de Vivienda,

Artículo 7º- A partir de los seis meses de promulgada la presente

ley, el Ministerio de Industria, Energía y Minería podrá exigir, a

todos los nuevos emprendimientos industriales o

agroindustriales, una evaluación técnica de la viabilidad de

instalación de colectores solares con destino al ahorro

energético por precalentamiento de agua.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

Page 22: Ley de energía solar térmica: implicancias, obligaciones y ... Law.pdf · Artículo 3º.- A partir de los seis meses de promulgada esta ley, los ... Desarrollo Social y de Vivienda,

Artículo 8º.- A partir de los tres años de vigencia de la presente ley las

piscinas climatizadas nuevas o aquellas existentes que se reconviertan

en climatizadas, deberán contar con el equipamiento completo para el

calentamiento de agua por energía solar térmica, siempre que no utilicen

otras fuentes de energía renovables con ese fin.

Artículo 9º.- El Ministerio de Industria, Energía y Minería determinará las

normativas exigibles y aplicables para el equipamiento, en lo referente a

su calidad y eficiencia, a los efectos del cumplimiento de la presente ley.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

Page 23: Ley de energía solar térmica: implicancias, obligaciones y ... Law.pdf · Artículo 3º.- A partir de los seis meses de promulgada esta ley, los ... Desarrollo Social y de Vivienda,

Artículo 10.- El Poder Ejecutivo, en consulta con los organismos

competentes, podrá determinar excepciones, a través de la

reglamentación, por razones tales como volumen de consumo de

agua, área, porte de los equipos, horas de sombra o utilización de

otros mecanismos de generación de energía. Podrá asimismo,

establecer la ampliación de los plazos y la reducción de los

porcentajes para las construcciones o instalaciones descriptas en los

artículos 3º, 4º, 6º, 7º y 8º de la presente ley.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

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Artículo 11.- Los Ministerios de Industria, Energía y Minería, de

Desarrollo Social y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio

Ambiente tendrán a su cargo la coordinación de un programa

tendiente a procurar la facilitación en el uso de la energía solar

térmica.

Sin perjuicio de lo señalado en el inciso precedente podrán ser

invitadas a participar todas aquellas instituciones u organizaciones

que puedan aportar sus conocimientos en esta temática así como

las empresas energéticas públicas y privadas del país.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

Page 25: Ley de energía solar térmica: implicancias, obligaciones y ... Law.pdf · Artículo 3º.- A partir de los seis meses de promulgada esta ley, los ... Desarrollo Social y de Vivienda,

Artículo 12.- Facúltase al Poder Ejecutivo para la exoneración y

devolución total o parcial de los Impuestos al Valor Agregado (IVA),

Específico Interno (IMESI) e impuestos aduaneros, a los colectores

solares de fabricación nacional e importados no competitivos con la

industria nacional, asi como los bienes y servicios nacionales o

importados no competitivos con la industria nacional necesarios para su

fabricación.

Artículo 13.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de

los 180 (ciento ochenta) días contados a partir de su promulgación.

Ley Energía Solar Térmica: articulado

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Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Creación de un fondo de garantía, brinda avales

Brinda asesoramiento para proyectos de inversión

Brinda financiamiento para proyectos

Brinda garantías para préstamos

Brinda financiación y créditos

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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El acceso al financiamiento se constituye como unabarrera al desarrollo de la eficiencia energética.

Por ese motivo se constituyó en conjunto con laCorporación Nacional para el Desarrollo una línea definanciamiento que opera como un Fondo de Garantías en elmarco del Sistema Nacional de Garantías para préstamosdestinados a estudios y proyectos de inversión.

El FEE es un Fondo de Garantías que opera con el sistemafinanciero local y es administrado por la CND.

Los fondos son aportados por el Fondo para elMedioambiente Mundial (GEF) a través del Banco Mundial.

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Administrador del Fondo

Inversión en el Proyecto 100%

20% de Aporte Propio

AVAL = 60% del capital prestado por la IIF, es decir

48% de la inversión

80% IIF

Avale

s

BANCO 1

BANCO 2

BANCO 3

MONTO FINANCIADO

ESQUEMA DE FINANCIACIÓN DE PROYECTOS

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Incentivos y Beneficios para su aplicación

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La Unidad de Apoyo al Sector

Privado (UnASeP) fue creada

para asesorar, proponer,

implementar y facilitar la

coordinación de políticas y

acciones que mejoren el clima de

negocios y favorezcan el

desarrollo del sector privado y la

inversión productiva.

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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• Brinda la información necesaria para el desarrollo de un Proyecto de

inversión.

• Asesora sobre los beneficios que el Estado brinda para estimular la

implementación de un Proyecto.

• Acompaña en el proceso de presentación del Proyecto

• Promueve la inversión estudiando e investigando el mercado y poniendo

a disposición la información que interese al inversor.

• Asesora al Ministro de Economía, respecto a inversiones y competitividad

en nuestro país.

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Proyectos pequeños hasta U$S 300.000

Hasta proyectos de gran significación económica por U$S 570.000.000

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Ley Nº 14.178 - Ley de promoción Industrial

Ley Nº 16.906 - Ley de Promoción de Inversiones

Decreto Nº 175/003 - Específico para el sector Turístico

Decreto Nº 455/007 - Nuevo régimen general de beneficios

para inversiones

NORMATIVA APLICABLE

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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El Sistema Nacional de Garantías, surge a iniciativa delMinisterio de Economía y Finanzas, buscando facilitar elacceso al crédito para las micro, pequeñas y medianasempresas del país, mediante el otorgamiento de garantías.

El SiGa respalda préstamos destinados a capital de trabajo oinversión que solicite una empresa de cualquier sector deactividad de la economía.

Para acceder a la garantía del SiGa, la empresa interesadadebe concurrir a la institución financiera en la que solicitará elpréstamo, donde se le brindará la información necesaria y serealizarán todos los trámites relacionados con la garantía.

Por información adicional puede acudir a Uruguay Fomenta,Rincón 518, teléfono 915 00 54.

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Incentivos y Beneficios para su aplicación

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El beneficiario de la garantía del SiGa deberá pagar una comisión de usocomisión de usodel del 1,64 % (más IVA) lineal anual del capital garantizado1,64 % (más IVA) lineal anual del capital garantizado.

Forma de Pago: Única Anticipada (al concretar la operación)

Dicha comisión se asignará de acuerdo al riesgo de cada instituciónfinanciera.

Ejemplo:

Monto del Préstamo : USD 10.000Plazo del Crédito: 24 mesesPorcentaje de Cobertura: 60 %Capital avalado: USD 6.000

Comisión = USD 240

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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Financiación y creditos:

Línea para empresas en proyectos de

Producción Limpia

Consultoría para detección de

oportunidades

Implementación de sistemas de

producción limpia

Cumplimiento de normativa ambiental

Proyectos de eficiencia energética

Incentivos y Beneficios para su aplicación

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http://www.siga.com.uy

http://www.brou.com.uy

http://www.anii.org.uy

http://www.miem.gub.uy

http://www.mesasolar.org

http://www.uruguayfomenta.com.uy

Sitios de interés

http://www.eficienciaenergetica.gub.uy

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