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LEY APP Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional Subdirección de Banca de Inversión República de Colombia Abril de 2013

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Page 2: LEY APP Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional Subdirección de Banca de Inversión República de

QUE ES UNA ASOCIACIÓN PUBLICO PRIVADA?Instrumento de vinculación de capital privado, para la provisión bienes públicos y sus servicios relacionados. Involucra retención y transferencia de riesgos

ENTIDAD PÚBLICA(Contrato - VF)

COMPAÑÍA EJECUTORA (SPV)

INVERSIONISTAS(Equity)

PRESTAMISTAS(Deuda)

CONSTRUCTOREPC CONTRATISTA O&M

USUARIOS(Pago por servicio)

PATRIMONIO AUTÓNOMO

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MODALIDADES DE APP

INICATIVA PÚBLICA

Estructuración del sector

público

Cuando se emplea la precalificación, los estudios adicionales pueden ser adelantados por los precalificados

Procedimiento de selección: Licitación pública o sistema abierto de precalificación

Desembolsos de recursos públicos pueden financiar hasta el 100% del proyecto

INICATIVA PRIVADA

Estructuración del sector

privado

Costos de la estructuración

asumidos por el proponente

Desembolsos de Recursos Públicos <20% del CAPEX +OPEX,Selección por licitación pública.Si no requiere recursos públicos se seleccionará al contratista a través de selección abreviada de menor cuantía

No se podrán presentar aquellas iniciativas que modifiquen contratos vigentes, que requieran garantías del Estado o para los cuales se este adelantando la estructuración

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NIVEL TERRITORIALCONDICIONES PREVIAS

1. El proyecto debe ser consistente con los objetivos del Plan de Desarrollo Territorial

2. No podrán celebrarse contratos que desarrollen APPs durante el último año de gobierno

3. Acreditar el cumplimiento de los límites de gasto y deuda de la Ley 358 de 1997, 617 de 2000 y 819 de 2003

APROBACIONES

1. Validación financiera de alguna entidad financiera pública de segundo piso o estructuradora

2. Aprobación de la valoración de las obligaciones contingentes (MHCP)

3. Concepto previo favorable de DNP (En proyectos cofinanciados por la Nación)

REGISTRO

1. Los ingresos corrientes comprometidos en el proyecto afectarán la capacidad de pago definida en la Ley 358 de 1997

2. Los recursos de crédito necesarios para financiar las vigencias futuras se sumarán al saldo de la deuda.

3. Si el proyecto se financia con ingresos corrientes de libre destinación, éstos no podrán ser considerados como de libre disposición.

4. Se deben registrar en el RUAP y en el FUT

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RIESGO

Desde el ámbito de los proyectos de inversión, el concepto de riesgo e incertidumbre puede expresarse de manera integrada como sigue:

“riesgo es un evento incierto que si ocurre, tiene un efecto

negativo o positivo en al menos uno de los objetivos de un

proyecto, tales como plazo, tiempo, costo, ámbito y/o calidad”.

También es posible agregar en la definición anterior, “el

impacto que se genera en la satisfacción percibida por el

usuario del proyecto, y la duración que este evento tiene”.

Por lo tanto, el riesgo puede ser definido como una

combinación de la probabilidad de ocurrencia de un

evento y sus consecuencias, incluyendo la severidad de

éstas.

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¿Qué parte tiene el mayor control para evitar o minimizar la ocurrencia y la magnitud del riesgo?

¿Tiene alguna parte el conocimiento especializado relevante y la capacidad para gestionar y administrar el riesgo de tal forma de minimizar el sobre costo, el sobre plazo y la severidad si éste ocurre?

¿Quién puede absorber mejor el riesgo o lo puede compartir con terceras partes tales como seguros comerciales y/o sub contratistas? ¿Si el riesgo ocurre puede realmente sostener sus consecuencias?

¿Qué parte recibirá el mayor beneficio (financiero, credibilidad, reputación) al realizar un adecuado manejo del riesgo?

¿Cuál es el marco legal y las limitaciones jurídicas para una transferencia de riesgo de los proyectos?

PREGUNTAS EN ASIGNACION DE RIESGOS

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¿Cuál es el apetito del sector privado por tomar el riesgo? ¿Cuál es el costo por hacerlo, y si aceptable para el sector público?

¿Cuáles son los costos de transacción para asignar el riesgo, son los activos específicos, son las transacciones frecuentes?

¿Cuál es la costumbre y la mejor práctica que se ha observado en contrato de características similares respecto a la localización del riesgo?

¿Tiene efectos en la bancabilidad del contrato la asignación en estudio de un riesgo en particular?

¿Qué parte tiene los mayores incentivos para administrar el riesgo en el tiempo?

PREGUNTAS EN ASIGNACION DE RIESGOS

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ESTRUCTURA DE RIESGOS EN CONTRATOS APPLos riesgos se deben asignar a la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos y administrarlos. Lo anterior minimiza el costo de su mitigación y por tanto reduce el valor del proyecto

*Riesgo Comercial*Riesgo de Operación*Riesgo de Financiación *Riesgo Cambiario*Riesgo Regulatorios*Riesgo de Fuerza Mayor Asegurable

Privado

*Riesgo Ambiental*Riesgo Predial* Riesgo Geológico* Redes

Compartido

*Riesgo de Fuerza Mayor No Asegurable (Guerras, actos bélicos, hallazgos arqueológicos, terrorismo)*Riesgos Imprevisibles

Público

La Bancabilidad del proyecto depende en gran medida de una correcta asignación de riesgos

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FONDO DE CONTINGENCIASLEY 448 DE 1998 Y DECRETO 423 DE 2001

1. Crea el Fondo de contingencias como una Cuenta Especial de la Nación manejada por Fiduprevisora

2. Las Entidades aportantes deberán incluir en sus presupuestos de servicio de deuda, las apropiaciones necesarias para cubrir las posibles pérdidas derivadas de las obligaciones contingentes a su cargo.

3. Dichas apropiaciones se trasladarán al fondo en la cuantía y oportunidad que defina el plan de aportes aprobado

4. El fondo tendrá una subcuenta por cada riesgo provisionado.

5. En el momento que suceda el riesgo, el fondo desembolsará los recursos necesarios para cubrirlo, evitando el pago de intereses al concesionario.

6. Si no se siniestran los riesgos provisionados, los recursos se devolverán la entidad aportante.

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PROCEDIMIENTO APROBACIÓN RIESGOS MHCP

Contextualización

• Se verifican que se hayan cumplido las disposiciones básicas en la etapa de planeación de los proyectos.

• Reconocimiento y la asignación de riesgos en la minuta del contrato.

Identificación

• De las posibles causas y efectos de los factores que originan el riesgo.

• Determinar cuál de las partes (Público o Privado) está en mejor capacidad de anticipar y controlar cada tipo de riesgo.

Evaluación

• Para aquellos riesgos en cabeza de la Nación, se estima la probabilidad de ocurrencia de cada uno de los riesgos identificados, así como su potencial impacto sobre los resultados del proyecto.

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PROCEDIMIENTO APROBACIÓN RIESGOS MHCP

Valoración

• Se toman aquellos riesgos cuya probabilidad de ocurrencia es más alta y tienen un alto impacto sobre los resultados económicos del proyecto, para efectuar una cuantificación de la perdida esperada para el Estado por la ocurrencia del evento generador del riesgo.

Manejo• A partir de la cuantificación se elabora un

Plan de Aportes al Fondo de Contingencias, teniendo en cuenta el plazo del proyecto y plazo para la ocurrencia del evento generador del riesgo.

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DOCUMENTOS A ENTREGAR AL MHCPCONTEXTUALIZACIÓN

• Borrador de Minuta

IDENTIFICACIÓN

• Matriz de Riesgos

• Modelo Financiero

EVALUACIÓN

• Calificación Cualitativa de

Impacto y Probabilidad (Alto, Medio

Bajo)

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FINANCIACIÓN

VIGENCIAS FUTURAS APP •La Ley 1508 de 2012 no creo Vigencias Futuras APP para las entidades territoriales

VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES

•Para financiar APP las entidades territoriales podrán utilizar las Vigencias Futuras excepcionales establecidas en la Ley 1483 de 2011

REGLAMENTACIÓN ESPECÍFICA •Ley 1483•Decreto 2767 Dic/ 2012

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NIVEL TERRITORIAL

CONDICIONES PREVIAS

1. El proyecto debe ser consistente con los objetivos del Plan de Desarrollo Territorial

2. No podrán celebrarse contratos que desarrollen APPs durante el último año de gobierno

3. Acreditar el cumplimiento de los límites de gasto y deuda de la Ley 358 de 1997, 617 de 2000 y 819 de 2003

APROBACIONES

1. Validación financiera de alguna entidad financiera pública de segundo piso o estructuradora

2. Aprobación de la valoración de las obligaciones contingentes (MHCP)

3. Concepto previo favorable de DNP (En proyectos cofinanciados por la Nación)

REGISTRO

1. Los ingresos corrientes comprometidos en el proyecto afectarán la capacidad de pago definida en la Ley 358 de 1997

2. Los recursos de crédito necesarios para financiar las vigencias futuras se sumarán al saldo de la deuda.

3. Si el proyecto se financia con ingresos corrientes de libre destinación, éstos no podrán ser considerados como de libre disposición.

4. Se deben registrar en el RUAP y en el FUT

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ESQUEMA DE FINANCIACION

Construcción Operación y Mantenimiento

Deuda + Equity

Vigencias Futuras + Explotación Económica

Si se materializan riesgos a cargo de la Nación

APORTES FONCONTIN