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A FONDO La receta electrónica es la punta del iceberg. Se lo hemos escuchado decir a los representantes de nuestro Colegio en numerosas ocasiones, y ya estamos empezando a verlo y a acreditarlo porque las nuevas tecnologías han abierto un horizonte de posibilidades que van más allá de la dispensación digital de medicamentos y que sitúan a las oficinas de farmacia, y a sus colegios, en un escenario diferente, repleto de oportunidades, y también de algunas amenazas, amenazas que no obstante pueden darse la vuelta como un calcetín para convertirlas en bazas útiles de nuestra profesión. Esas amenazas estaban bien identificadas desde el mismo momento en que empezó a plantearse el proyecto de receta electrónica. O al menos desde el Colegio se tenía claro cuáles eran. La primera, evidente, la necesidad de adaptación tecnológica. La segunda, también muy evidente, la necesidad de otorgar seguridad a las telecomunicaciones. La tercera, la necesidad de coordinar los distintos modelos. Había igualmente que contrarrestar la carencia de garantía documental de dispensación, y el riesgo de facturación individualizada. Y sobre todo había que trabajar por la universidad y accesibilidad del sistema, de modo que éste no fuese, como frecuentemente ocurre con las nuevas tecnologías, un mecanismo de exclusión o de acrecentamiento Las nuevas tecnologías: Una gran oportunidad para la Farmacia por Manuela Hernández FARMACIA HISPALENSE JULIO 2008 9

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La receta electrónica es la punta del iceberg. Se lo hemos escuchado decir a los representantes de nuestro Colegio en numerosas ocasiones, y ya estamos empezando a verlo y a acreditarlo porque las nuevas tecnologías han abierto un horizonte de posibilidades que van más allá de la dispensación digital de medicamentos y que sitúan a las oficinas de farmacia, y a sus colegios, en un escenario diferente, repleto de oportunidades, y también de algunas amenazas, amenazas que no obstante pueden darse la vuelta como un calcetín para convertirlas en bazas útiles de nuestra profesión.

Esas amenazas estaban bien identificadas desde el mismo momento en que empezó a plantearse el proyecto de receta electrónica. O al menos desde el Colegio se tenía claro cuáles eran. La primera, evidente, la necesidad de adaptación tecnológica. La segunda, también muy evidente, la necesidad de otorgar seguridad a las telecomunicaciones. La tercera, la necesidad de coordinar los distintos modelos. Había igualmente que contrarrestar la carencia de garantía documental de dispensación, y el riesgo de facturación individualizada. Y sobre todo había que trabajar por la universidad y accesibilidad del sistema, de modo que éste no fuese, como frecuentemente ocurre con las nuevas tecnologías, un mecanismo de exclusión o de acrecentamiento

Las nuevas tecnologías:Una gran oportunidad para la Farmaciapor Manuela Hernández

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de las diferencias, sino antes bien un instrumento de igualación y en beneficio de un modelo de farmacia que se distingue por ofrecer la misma prestación farmacéutica al que vive en el medio rural y en el medio urbano, en un entorno económico más favorecido o más desfavorecido.

Y todo ello se ha logrado no sólo dando respuestas satisfactorias a las necesidades relacionadas con la receta electrónica, sino ampliando los servicios que el Colegio ofrece a sus colegiados y que éstos pueden ofrecer a su vez a sus pacientes. Unos servicios que comienzan por la propia Red Corporativa, una red que sostiene la aplicación informática de la receta electrónica y que aporta universalidad, un posicionamiento único ante el SAS, un posicionamiento colectivo ante el operador de comunicaciones, una estabilidad compartida por toda la red, así como posibilidades de ampliación para la implantación de nuevos servicios profesionales.

Otra de las novedades importantes que ha traído la transformación

tecnológica propiciada por la receta electrónica ha sido la de la firma electrónica, fundamental para la autentificación del farmacéutico en el proceso de dispensación digital. En firma electrónica, el Colegio viene trabajando de forma intensa, especialmente desde comienzos de año, promoviendo la extensión de la firma digital entre todos los farmacéuticos colegiados. Para ello, el Colegio está actuando como oficina de registro de la firma electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Desde esa condición ya ha registrado a 750 farmacéuticos para que puedan hacer uso de la firma electrónica, y acceder así a los múltiples servicios y trámites que la administración pública tiene abiertos a través de Internet, pero para los que se requiere la máxima seguridad. Además de incorporarla al proceso de dispensación de receta electrónica, el Colegio ha incorporado la firma electrónica al carnet colegial.

Igualmente, tiene una gran relevancia el llamado “Cuarto Almacén”, una aplicación a través

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Otra de las novedades importantes que ha traído la transformación tecnológica propiciada por la receta electrónica ha sido la de la firma electrónica, fundamental para la autentificación del Farmacéutico en el proceso de dispensión digital

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de la que el Colegio funciona como una especie de almacén mayorista virtual, al que le llegan los pedidos de los medicamentos que han sido dados en falta por los almacenes con los que trabajan las diferentes farmacias. De esa forma, y cruzando los pedidos que le lleguen de las farmacias de toda la provincia, el Colegio puede tener una información exacta de las situaciones reales de desabastecimiento, independientemente de las informaciones oficiales, y actuar en consecuencia, tanto para contrarrestar esas situaciones como para evitar los perjuicios económicos que pudieran ocasionar a los colegiados.

Otro proyecto nacido al calor de la nueva Intranet corporativa es el Canal Farmacéutico, del que se ha informado en detalle en otro reportaje de este mismo número de Farmacia Hispalense, y que básicamente consiste en un sistema de información audiovisual a través del cual las oficinas de farmacia ejercen una labor de educación sanitaria ofreciendo información para promover la salud, la calidad de vida y prevenir enfermedades.

En Atención Farmacéutica se está trabajando en conseguir una mayor integración de los programas de gestión de las Oficinas de Farmacia con las herramientas necesarias para la práctica de dicha actividad profesional sea lo más operativa posible, facilitando así su implantación generalizada.

En Calidad, las nuevas aplicaciones deberán favorecer y facilitar sin duda su gestión de la calidad no sólo a nivel de colegio sino también de oficina de farmacia y permitir la realización de estudios comparativos.

A nivel de información de los colegiados, otra de las nuevas prestaciones importantes de la Red Corporativa es el Gestor de Mensajerías, que permite el envío de avisos con o sin respuesta y de circulares o alertas con acceso al texto, y no de forma indiscriminada, sino definiendo previamente el perfil de cada puesto de oficina de farmacia y decidiendo de forma previa a cual de ellos se envía cada información. Asimismo el sistema permite el envío de bibliotecas multimedia (turnos de guardia, publicidad, etc.) a un determinado puesto.

Información y Formación. Las nuevas tecnologías nos abren posibilidades en formación continuada impensables hace unos años: desde la creación de una

videoteca con archivos audivisuales sobre conferencias y actividades formativas desarrolladas en el Colegio, hasta la impartición de cursos virtuales o cursos on line que al evitar la asistencia presencial en el colegio permiten acercar la formación a aquellos farmacéuticos que están más alejados, eliminando así la barrera que pudiera constituir la distancia con la sede colegial.

Otra novedad es el Colegio Virtual, en sus aplicaciones para colegiados, facturación y expedientes, que permiten una enorme agilización de los procesos administrativos, que se traducen en rapidez y facilidades para los colegiados.

Otra oportunidad asociada a la implementación de las nuevas tecnologías es la que se refiere a la normalización de un modelo de receta electrónica privada. Igualmente se abren nuevas posibilidades en trazabilidad, ya que, por su posición en la cadena de medicamentos, las Oficinas de Farmacia están capacitadas para aportar datos necesarios que permitan determinar la trazabilidad de los medicamentos.

Por último, todo este sistema aporta unos datos centralizados que pueden ser gestionados y explotados, permitiendo la financiación de proyectos y estudios epidemiológicos, farmacoeconómicos y farmacoterapéuticos de consumos.

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DispensacióndeMedicamentosVeterinarios:ESTABLECIMIENTOS COMERCIALESDETALLISTAS

por David Manrique Vergara

y Pablo Manrique Vergara

La dispensación de medicamentos veterinarios no sólo se realiza en Oficinas de Farmacias, además, también pueden estar autorizados para la dispensación de medicamentos veterinarios otros establecimientos, los conocidos como establecimientos comerciales detallistas.

Este artículo tiene la intención de analizar las exigencias mínimas que deben cumplir estos establecimientos comerciales detallistas, ya que tanto actualmente, como en el futuro, pueden existir dudas razonables sobre la participación y supervisión de un Farmacéutico en la dispensación, y por tanto garantizando que la dispensación se lleva a cabo de forma adecuada.

Actualmente, los establecimientos comerciales detallistas para poder estar autorizados a dispensar medicamentos veterinarios deben contar con un Servicio Farmacéutico, pero no se exige la dedicación exclusiva de un Farmacéutico a un establecimiento, sino que por el contrario, un mismo Farmacéutico puede ser responsable de un número ilimitado de estos establecimientos, de esta manera no se garantiza la presencia de un Farmacéutico durante el horario de apertura de estos establecimientos al público, y por tanto la supervisión de la correcta dispensación no queda garantizada por una persona debidamente cualificada.

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CAPÍTULO IVDispensación de medicamentos veterinarios

SECCIÓN 1ª. MEDICAMENTOSArtículo 14. Dispensación.

1. Los medicamentos veterinarios únicamente podrán ser dispensados al público por las Oficinas de Farmacia legalmente autorizadas, por las entidades o agrupaciones ganaderas autorizadas, y por los establecimientos comerciales detallistas legalmente autorizados.

Artículo 18. Establecimientos comercialesdetallistas.

Los establecimientos comerciales detallistas para ser autorizados como dispensadores de medicamentos veterinarios, tendrán, al menos, que disponer de:

a) Locales acondicionados para el almacenamiento de los productos y dotados de medios adecuados para la conservación y manipulación de los medicamentos, según se indica en el anexo III.

b) Contar con Servicio Farmacéutico para cumplir, como mínimo, las obligaciones previstas en el artículo 20.

El Capítulo IV hace referencia a la dispensación de medicamentos veterinarios, y nombra los establecimientos que pueden dispensar medicamentos veterinarios:

· Oficinas de Farmacia.· Entidades o agrupaciones ganaderas autorizadas.· Establecimientos comerciales detallistas.

En cuanto a las entidades o agrupaciones ganaderas autorizadas y los establecimientos comerciales detallistas se estable como uno de los requisitos mínimos para poder dispensar medicamentos veterinarios “Contar con Servicios Farmacéuticos y veterinarios responsables del cumplimiento de las obligaciones que determina el artículo 20.” y “Contar con servicio farmacéutico para cumplir, como mínimo, las obligaciones previstas en el artículo 20”, respectivamente.

Por tanto a los establecimientos comerciales detallistas se les exige contar con Servicio Farmacéutico, la pregunta es:

Actualmente, existe un proyecto de Real Decreto que entre otras cosas regulara la dispensación de los medicamentos veterinarios en estos establecimientos comerciales detallistas, pero que a nuestro entender sigue siendo muy poco exigente con la obligación de la presencia de un Farmacéutico en estos establecimientos.

A continuación vamos a comentar varios aspectos relacionados con el proyecto de Real Decreto por el que se regulará la distribución, prescripción, dispensación y uso de los medicamentos veterinarios.Vamos a centrarnos en el capítulo dedicado a la dispensación, el cual tiene entre sus objetivos establecer las exigencias mínimas que deben de cumplir los establecimientos para ser autorizados como dispensadores de medicamentos veterinarios.

El anteproyecto dicetextualmente:

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¿Qué nivel dedicación se le exige a este Servicio Farmacéutico?¿El grado de dedicación exigido es suficiente para garantizar la correcta dispensación de los medicamentos veterinarios?

El desarrollo de la nueva Ley de Medicamentos Veterinarios debe de reflejar, sin dejar ningún lugar a la duda o interpretación, que existen en cada eslabón de la cadena las suficientes garantías para que el medicamento veterinario se dispense y comercialice bajo el control de un profesional y que este técnico esté presente en el momento en el que se produce dicha dispensación, garantizará que los animales de producción, es decir, aquellos destinados al consumo humano, reciban únicamente los medicamentos que necesiten y siempre bajo un estricto control en la prescripción, distribución y dispensación.

Dicho artículo 20 hace referencia a que serán funciones de los técnicos Farmacéuticos responsables de los Servicios Farmacéuticos, entre varios puntos, “Garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el anexo III.”

El anexo III, entre las condiciones de funcionamiento, establece que “La empresa velará porque el personal que intervenga en la dispensación de medicamentos tenga los conocimientos o experiencia necesarios para garantizar que los medicamentos veterinarios se conserven y dispensan de forma adecuada”.

Como se observa, no se hace referencia alguna a qué titulación debe tener este personal, ni a parámetros que garanticen de cara al consumidor que la persona que dispensa el medicamento está capacitada técnicamente para llevar a cabo esa función.

Además, en el artículo 21, se dice que “Un Farmacéutico podrá ser responsable de un máximo de 6 de dichos establecimientos siempre que quede asegurado el debido cumplimiento de las funciones y responsabilidades mencionadas. El número de

horas de trabajo en cada uno de ellos constará de forma expresa en la autorización de actividad y en el organigrama a que se refiere el anexo III.”

De esta manera, y con este nivel de exigencia, no se garantiza la presencia de un Farmacéutico durante la totalidad del horario de apertura de estos establecimientos comerciales detallistas, y por tanto, no queda garantizada la supervisión y presencia de un Farmacéutico en la dispensación del medicamento veterinario. Para garantizar ésto, debería exigirse la presencia del Farmacéutico durante la totalidad del horario de apertura del establecimiento.

El anteproyecto exige a los establecimientos comerciales detallistas contar con un servicio Farmacéutico, pero por otro lado, tal y como hemos visto, no se exige la presencia del Farmacéutico durante la totalidad del horario de apertura al público, simplemente se obliga a constatar de forma expresa el número de horas que dedicará a cada establecimiento, que pueden ser un máximo de 6.

¿Se garantiza la correcta dispensación del medicamento veterinario sin exigir de forma expresa la presencia del Servicio Farmacéutico durante la totalidad del horario de apertura?

Por otro lado, si es la empresa la que “velara porque el personal que intervenga en la dispensación de medicamentos tenga los conocimientos o experiencia necesarios para garantizar que los medicamentos veterinarios se conserven y dispensan de forma adecuada”, ¿dejar este punto al criterio de cada establecimiento comercial detallista garantiza al consumidor que la persona que dispensa el medicamento veterinario está suficientemente cualificada?

Desde nuestro punto de vista, la respuesta a estas dos preguntas es que no, y que por tanto, el nivel de exigencia en estos dos puntos debe de ser más alto, de manera, que la correcta dispensación quede garantizada.

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ENTREVISTA

por Manuela Hernández

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Aúrea Bordons Ruiz es la nueva directora general de Asistencia Sanitaria del SAS, el departamento que gestionará en esta legislatura los temas vinculados a la Farmacia.

Áurea Bordons Ruiz (Lucena, Córdoba, 1960) es licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad de Granada y especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública. Cuenta, además, con un Master en Salud Pública y Administración Sanitaria.

La carrera profesional de la nueva directora general de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud se ha desarrollado principalmente en la administración sanitaria andaluza. Hasta ahora desempeñaba el cargo de directora gerente del Hospital San Cecilio de Granada, centro en el que también ha sido subdirectora gerente y subdirectora de Atención a Usuarios. Anteriormente, fue jefa del Servicio de Participación de la Consejería de Salud

“La contribución de los farmacéuticos en el Uso Racional del Medicamento ha sido fundamental”Aúrea Bordons Ruiz, Directora General de Asistencia Sanitaria del SAS

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ENTREVISTA

1. El Gasto Medio por Receta (GMR) se sitúa en la actua-lidad en Andalucía un 11%

por debajo de la media nacional, ¿qué porcentaje de ese éxito le atri-buye a las políticas de fomento de la prescripción y dispensación por principio activo?

Andalucía se viene situando, desde el año 1992, como la comunidad autónoma que mejor controla el incremento contínuo del gasto far-macéutico. Estos resultados que, desde luego, debemos considerar magníficos, son consecuencia de la estrategia desarrollada en nues-

tra comunidad sobre uso racional del medicamento. Dentro de esta estrategia, hemos estado trabajando fundamentalmente en impulsar la formación e información objetiva de los profesionales médicos, con el fin de aumentar sus conocimientos sobre la correcta utilización de los medicamentos y perfiles farmacote-rapéuticos de las prescripciones que realizan.

Uno de los aspectos fundamentales en los que se ha trabajado, en los últimos años, ha sido la promoción y consolidación de la prescripción por principio activo. Si bien esta forma

de prescripción y dispensación se ha convertido, sin duda, en una herra-mienta fundamental para contener el incremento del gasto medio por receta, es difícil valorar en qué medi-da ha influido en ello, debido a que esta iniciativa ha ido unida a otras muchas sobre uso racional del medi-camento que también inciden en el control del gasto medio por receta, como ha sido la promoción de la selección de los equivalentes tera-péuticos más eficientes.

Pero las ventajas de la prescripción por principio activo van mucho más allá de su relación directa con

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ENTREVISTA

la contención del gasto. No debemos olvidar que es la forma de prescribir recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otros Organismos Internacionales de la Salud. Además, favorece un mejor uso de los medicamentos, ya que el medicamento se puede identificar con mayor facilidad.

Por todo ello, la prescripción por principio activo se ha convertido ya en la forma habitual de prescripción, de manera que el 76,5 por ciento de las recetas prescritas lo son por principio activo.

2. ¿Cómo valora la contribu-ción de la Farmacia anda-luza al éxito de esas polí-

ticas?

La contribución de los profesiona-les farmacéuticos, de asistencia pri-maria, especializada y de Oficina de Farmacia, en la consecución de estos buenos resultados ha sido fun-damental. Desde la Consejería de Salud, agradecemos el trabajo y la implicación del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos en cuantas estrategias de uso racio-nal del medicamento se han impul-sado en Andalucía, y muy especial-mente la prescripción por principio activo y la implantación de la receta electrónica andaluza, Receta XXI.

3. Con la prescripción por principio activo cerca de su techo (alcanza ya el 76%

de las recetas en Andalucía) ¿cree posible seguir reduciendo el GMR? ¿Con qué políticas?

Las estrategias de uso racional del medicamento contemplan medidas más allá de la consolidación de la prescripción por principio activo, como es garantizar que cada pacien-te reciba el medicamento adecuado a su enfermedad o proceso, desde el punto de vista de la seguridad, efica-cia y adecuación a sus condiciones clínicas particulares. En este sentido,

se desarrollan líneas de trabajo sobre selección de medicamentos, en las que a través de un proceso de eva-luación riguroso, los profesionales eligen los medicamentos que dispo-nen de mayor evidencia de seguridad y eficacia y, a igualdad de éstas, los más eficientes para nuestro Sistema Sanitario Público. Dado que en bas-tantes ocasiones los medicamentos con más pruebas de eficacia y seguridad son medicamentos que llevan más tiempo en el mercado y con precios más bajos, estas estrategias contribuyen, sin duda, a controlar el crecimiento del gasto medio por receta.

4. Respecto a la receta electró-nica, que ya cubre el 38% de las dispensaciones y resulta

accesible para más del 90% de los ciudadanos andaluces. ¿Qué evolu-ción prevé? ¿Cuáles son los ritmos previstos?

Actualmente, la receta electrónica está ya operativa para el 92 por cien-

to de la población y la utilizan 643 centros de atención primaria, 5.213 médicos de familia y 3.496 oficinas de farmacia (98%). La extensión de receta electrónica ha posibilitado que se hayan realizado ya más de 66 millones de dispensaciones a través de este nuevo sistema. A lo largo de este año, continuamos trabajando para promover su utilización por parte de la asistencia primaria y comenzar su implantación en la asis-tencia especializada.

5. ¿Qué ha supuesto la receta electrónica para la descon-gestión de los centros de

salud y para el tiempo de aten-ción de los médicos de Atención Primaria? ¿De qué datos dispone?

Una de las principales ventajas de la receta electrónica es que se evita que los pacientes crónicos tengan que acudir a su médico sólo para que les expida las recetas de continuación de sus tratamientos. De esta forma, se aumenta la comodidad y la indepen-dencia de los usuarios, ya que pue-den retirar sus tratamientos desde cualquier Oficina de Farmacia, y en paralelo, los médicos pueden dedi-car más tiempo a sus pacientes. En este sentido, la receta electrónica, en los estudios realizados hasta ahora, ha demostrado que reduce en, al menos, un 20 por ciento el núme-ro de consultas atendidas sólo para la prescripción de tratamientos de continuación.

6. ¿Qué otras oportunidades y potencialidades cabe atri-buir a la receta electrónica?

¿Cuáles serán los beneficios para los ciudadanos y para el profesional farmacéutico?

Otra de las ventajas de la receta electrónica es que el médico puede consultar las dispensaciones que se realicen en las Oficinas de Farmacia de cada una de sus prescripciones, lo que le permite constatar la adhe-

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La receta electrónica, en los estudios realizados hasta ahora, ha demostrado que reduce en, al menos, un 20 por ciento el número de consultas atendidas sólo para la prescripción de tratamientos de continuación

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ENTREVISTA

rencia a los tratamientos efectuando un seguimiento del cumplimiento de los mismos. Además, posibilita, por vía telemática, una comunicación entre el médico y el Farmacéutico para que ambos puedan transmitirse aque-llas observaciones o incidencias sobre el tratamiento que resulten importan-tes para la salud del paciente. En caso de detectar un posible riesgo para la salud del paciente, el Farmacéutico puede realizar una anulación cautelar de la dispensación, que siempre deberá ser validada o revocada por el médico prescriptor. Durante el período de enero de 2007 a mayo de 2008, 5.869 prescripciones se han suspendido por

este motivo, lo que representa un 0,05% del total de prescripciones rea-lizadas. Y lo que es más importante, de ellas, el 95% han sido confirmadas por los médicos, lo que incide en una mayor seguridad del paciente. Igualmente, Receta XXI constituye una importante herramienta en el campo de la farmacovigilancia y la atención farmacéutica, además de disminuir los gastos de gestión y fac-turación de recetas.

7.La entrada en vigor del Anexo de Precios Menores está ocasionando a la

Farmacia andaluza no pocos proble-mas. Desde hace tiempo, el Consejo Andaluz viene pidiendo al SAS que se actualicen correctamente los ficheros y que puedan llegar antes a las Farmacias ¿Ha tenido constan-cia de estos problemas? ¿Cómo va a corregir esta situación?

Desde septiembre de 2001, fecha en la que entró en vigor el Acuerdo entre el SAS y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, por el que se establecieron los deno-minados ‘precios máximo de fac-turación’, para la prescripción por principio, dichos precios han sido periódicamente actualizados por el SAS, de acuerdo al procedimiento acordado con el Consejo Andaluz, a través del conocido ‘Anexo G’. No obstante, a partir de la publicación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos, es el Ministerio de Sanidad quien tiene la potestad de establecer los ‘precios menores’ para la prescripción por principio activo. Así, el Ministerio de Sanidad ha publicado dos Órdenes Ministeriales sobre Precios de Referencia (de fechas 28 de diciembre de 2006 y 27 de diciembre de 2007) en las que también ha aprobado la relación de ‘precios menores’ a aplicar para la dispensación de medicamentos prescritos por principio activo. En consecuencia, tanto la aprobación de los ‘precios menores’ como la gestión de los ficheros informáticos que los contienen dependen del Ministerio de Sanidad y no del SAS.

En la última Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del SNS, la Directora General de Farmacia, reconociendo las incidencias producidas en la gestión de los ficheros de ‘precios menores’ propuso la creación de un grupo de trabajo que revise dichas incidencias y proponga las mejoras que las eviten en el futu-ro. Aprobada por unanimidad, su primera reunión ha sido convocada para el 25 de junio.

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CIENCIA Y PROFESIÓN

Fotoprotección Oral

En las últimas

temporadas estivales

cada vez es más

frecuente encontrar

productos a base de

cápsulas o comprimidos

incluidos en las

líneas solares de los

diferentes laboratorios.

Pero estos productos,

¿para qué sirven?:

¿protegen?, ¿potencian

el bronceado?, ... Este

artículo pretende

esclarecer las posibles

dudas que puedan

surgir en relación a

estos preparados.

por Encarnación García Bermúdez

Área de Atención Farmacéutica

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Lo primero a tener en cuenta es dejar claro que el uso de estos productos debe ser complementario al de la fotoprotec-ción tópica a base de cremas y similares (que sigue siendo la más eficaz como barrera directa frente a las radiaciones ultravioletas en momentos de exposi-ción directa intensa a la luz solar).

Todos ellos son productos de parafar-macia incluidos en alguno de estos dos grupos:

- V0125: Vitaminas y minerales en cantidad igual o menor a la inges-ta diaria recomendada.

- V0136: Alimentación: aceites vege-tales y de pescado.

Las sustancias utilizadas para la elabora-ción de los fotoprotectores orales son en su mayoría agentes antioxidantes que impiden la producción de los radicales libres asociada a la exposición solar. Estos radicales libres son los responsa-bles del envejecimiento cutáneo indu-cido por el sol. Se utilizan las siguientes sustancias:

- Antioxidantes, como la vitamina C y la vitamina E. Neutralizan los radi-cales libres producidos impidiendo el daño en los tejidos. También se encuen-tra en este grupo el aceite de onagra (Oenothera biennis L.). Se obtiene a partir de las semillas de onagra y está constituido principalmente por ácidos grasos esenciales, especialmente linolei-

co y gammalinolénico. Tiene un gran poder antioxidante e interviene en los procesos de regeneración de la piel, pre-viene el envejecimiento prematuro y es eficaz en el tratamiento de ciertas alte-raciones dérmicas. Por vía oral, como efectos adversos, aunque muy poco fre-cuentes puede producir dolores de cabeza y náuseas. Su administración conjunta con fenotiazinas en pacientes esquizofrénicos está contraindicada.

- Inhibidores de las prostaglandinas, que por su capacidad antiinflamatoria son útiles para provocar la disminución del eritema solar. En este grupo, se encuentra el té verde (Camelia sinensis) cuyos componentes polifenólicos inhi-ben la actividad ciclooxigenasa induci-da por la radiación UVB y por tanto la inflamación.

- Beta-caroteno, que se encuentra en verduras como zanahorias, tomates, pimientos y en frutas como las naran-jas. Tiene un efecto fotoprotector com-probado en algunos casos de porfiria, erupción solar polimorfa y otras foto-dermatosis en las que es capaz de evitar reacciones de fotosensibilidad.

- Ácidos grasos poliinsaturados ome-ga-3 (ácido eicopentanoico, ácido docosahexaenoico) que se encuentran presentes en diversos aceites de pescado. Reducen discretamente la respuesta de quemadura solar en la piel humana. No

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CIENCIA Y PROFESIÓN

hay que confundirlos con los omega-6 ya que estos son promotores de la fotocarcinogénesis e inflamación.

Aparte de estos, últimamente está en boga el extracto de Polypodium leucotomos, helecho proceden-te de Honduras, también llamado Calaguala. Existen estudios en los que se ha comprobado que su capa-cidad de fotoprotección reside en inhibir la creación de radicales libres y con ello:

- Previene la fotodescomposición de las moléculas fotoprotectoras endógenas y del ADN.

- Previene la muerte celular inducida por radiación UV.

Su completa falta de toxicidad com-binada con su protección multifac-torial, convierten a este extracto en una herramienta útil de fotoprotec-ción directa, pero también en un coadyuvante efectivo junto con la fototerapia en varias enfermedades dermatológicas.

A modo de conclusión podemos decir que la fotoprotección oral es un método, en principio, eficaz frente a la exposición diaria normal solar y que prepara la piel y el organismo frente a épocas de exposiciones más intensas (en las que es necesario aplicar pro-tectores solares tópicos frente a UV-A y UV-B). Debemos tener en cuenta los siguientes consejos de utilización:

● Conviene tomarlos 4-6 semanas antes de la exposición solar, duran-te la misma y mantener su uso durante el mes siguiente.

● Son útiles en personas alérgicas al sol, con tendencia a la aparición de manchas y con fototipos bajos (piel y ojos claros).

● Su uso en embarazadas y niños no está estudiado en profundi-dad, por lo que está recomendado fundamentalmente en personas sanas, como complemento de la

dieta sin sobrepasar la dosis diaria recomendada.

No obstante, siempre es conveniente acudir a los estudios clínicos reali-zados de cada producto en concreto para valorar su eficacia y seguridad, así como analizar las características del paciente que nos lo solicita para indicarle el producto más adecuado.

BIBLIOGRAFÍA:

- González S, Alonso-Lebrero JL, Del Río R, Jaen P. Polypodium leucotomos extract: a nutraceutical with photoprotective properties. Drugs today 2007 Jul; 43 (7): 475-85.

- Camacho F. Antiguos y nuevos aspectos de la fotoprotección. Revista Internacional de Dermatología y Dermocosmética Clínica 2001 Octubre. 4(7):441-448

- López Luengo MT. Fitocosmética solar: Offarm 2007 Jul; 7 (26).

- Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. Catálogo de Medicamentos.

- Gallego Jurado R, Gallego Martínez R, García L, García-Yangüela M, López F. Fotoprotección oral, un aliado de las cremas tópicas. Correo Farmacéutico 2007 Abril.

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