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La Responsabilidad Civil en el Sistema Jurídico Mexicano Por: Luis Omar Guerrero Rodríguez www.bstl.com.mx 14 de abril de 2011

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Page 1: La Responsabilidad Civil en el Sistema Jurídico Mexicano Por: Luis Omar Guerrero Rodríguez  14 de abril de 2011

La Responsabilidad Civil en el Sistema Jurídico Mexicano

Por: Luis Omar Guerrero Rodríguezwww.bstl.com.mx

14 de abril de 2011

Page 2: La Responsabilidad Civil en el Sistema Jurídico Mexicano Por: Luis Omar Guerrero Rodríguez  14 de abril de 2011

1. Introducción

2. Conceptos Fundamentales

3. Proyecciones de la Responsabilidad

4. Responsabilidad Civil en otros ordenamientos

5. Responsabilidad Civil por hecho ilícito

6. Responsabilidad Extracontractual

7. Prescripción

8. Elementos Comunes

9. Daño y Perjuicio

10.Daño Moral

11.Casos del Extranjero y Daños Punitivos

12.Conclusiones

ÍNDICE

Page 3: La Responsabilidad Civil en el Sistema Jurídico Mexicano Por: Luis Omar Guerrero Rodríguez  14 de abril de 2011

1. Introducción

“El que causa un daño, está obligado a repararlo”

Responsabilidad Civil

La obligación de reparar daños

- Principio General del Derecho -

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2. Conceptos Fundamentales

INCUMPLIMIENTO

DAÑO

INDEMNIZACIÓN

Contractual

Legal

Patrimonial

Moral

Resarcir (reparar)

Castigar (sancionar)

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3. Proyecciones de la Responsabilidad

(i) Civil

(ii) Penal

(iii) Administrativa

(iv) Política

RESPONSABILIDAD

(Incluye la responsabilidad patrimonial del Estado)

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4. Responsabilidad Civil en otros ordenamientos

Ordenamiento Disposición

Artículo 184. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

(Cheque sin fondos)… En ningún caso la indemnización será menor del veinte por ciento del valor del cheque.

Artículo 216bis. Ley Federal del Derecho de Autor y Artículo 221bis. Ley de la Propiedad Industrial

(Reparación del daño)…En ningún caso será inferior al cuarenta por ciento del precio de venta al público de cada producto o la prestación de servicios que impliquen una violación de alguno o algunos de los derechos… regulados en esta Ley…

Artículo 38. Ley Federal de Competencia Económica

(Daños y perjuicios)… los agentes económicos que hayan sufrido daños y perjuicios a causa de la práctica monopólica o concentración prohibida, podrán deducir su acción por la vía judicial para obtener una indemnización por daños y perjuicios.

Artículo 6bis. Código de Comercio (Daños y perjuicios)… Las acciones civiles producto de actos de competencia desleal, sólo podrán iniciarse cuando se haya obtenido un pronunciamiento firme en la vía administrativa, si ésta es aplicable.

Artículo 74. Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

(Daños y perjuicios)… comprenderá el valor de la pérdida sufrida y el de la ganancia dejada de obtener… no podrá exceder de la pérdida que… debiera haber previsto en el momento de la celebración del contrato

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5. Responsabilidad Civil por Hecho Ilícito

Responsabilidad Civil

por Hecho Ilícito

Contractual§1949 CCF

Extracontractual§1830 / 1910 / 1913 CCF

Subjetiva

Objetiva

• Pacto Comisorio § 1949 CCF

• Pena Convencional § 1840 CCF

• Limitación de responsabilidad § 2117 CCF

• Caso fortuito / Fuerza Mayor (§ 2017-V; 2111; 1847 y 812 CCF)

• Teoría de la Imprevisión (§ 1796 CCDF vs 1796 CCF)

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6. Responsabilidad Civil Extracontractual

Subjetiva Objetiva

• Antijuridicidad: -Dolo-Culpa

• Abuso de derecho (§ 1913 CCF)

• Uso de mecanismos peligrosos (§ 1913 CCF)

• Product liability

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7. Prescripción

Plazos de Prescripción:El término para reclamar judicialmente el pago de Daños y Perjuicios, derivados de la responsabilidad civil, es distinto dependiendo de su origen:

Responsabilidad Extracontractual

Responsabilidad Contractual

2 años 10 años§ 1161 y §1934 CCF § 1159 CCF

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8. Elementos Comunes

ILICITUD DAÑO

Nexo Causal

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9. Daño y Perjuicio

• DAÑOEs la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio por la falta de cumplimiento de una obligación. [§ 2108 CCF]

• PERJUICIO Es la privación de cualquiera ganancia lícita, que debiera haberse obtenido con el cumplimiento de una obligación. [§ 2109 CCF]

• Ambos deben ser consecuencia INMEDIATA y DIRECTA de la falta de cumplimiento de la obligación, ya sea que se hayan causado o que necesariamente deban causarse. [§ 2110 CCF]

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9. Daño y Perjuicio

Características de los Daños y Perjuicios :

1. Deben ser consecuencia directa e inmediata del incumplimiento• Deben ser reales, no hipotéticos, ni inciertos• Debe haber un nexo lógico de causa a efecto• Implica que la cadena causal debe ser ininterrumpida • Deben haberse causado o necesariamente deberán causarse

2. No se generan de manera automática con el incumplimiento.• Se debe demandar su pago• Es necesario probar su existencia

• Son INDEMNIZATORIOS, no Punitivos.

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9. Daño y PerjuicioTESIS POTHIER: nexo directo entre causa y efecto

“Ejemplo: el caso de un comerciante que ha vendido a sabiendas una vaca enferma; el contagio ha enfermado los bueyes del comprador impidiéndole labrar las tierras. El vendedor tendrá que indemnizar indiscutiblemente por el precio de las reses fallecidas por efecto del contagio, no así de los daños resultantes de la infección de las tierras, que solamente constituyen la consecuencia distante e indirecta del dolo de aquél; las tierras, al no ser labradas, dejan de proporcionar ganancias al comprador; no ha podido pagar a sus acreedores, los cuales le embargaron sus bienes ... El deudor no tendrá que sufrir las consecuencias indefinidas de los sucesos que no se relacionen con el incumplimiento de la obligación ... En caso contrario, no habrá límite alguno para la responsabilidad, y el deudor tendría que sufrir daños en los que su culpa sólo era un factor muy remoto y parcial ... A partir del momento en que otras causas concurren con aquélla, la cadena causante queda interrumpida y las repercusiones nuevas, por no ser ya consecuencias inmediatas, sino indirectas e hipotéticas, del cumplimiento de la obligación, no se tomarán en consideración para calcular el importe de los daños y perjuicios …“

“DAÑOS Y PERJUICIOS. DEBEN SER CONSECUENCIA INMEDIATA Y DIRECTA DE LOS HECHOS IMPUTADOS AL DEMANDADO COMO CAUSA DE LA ACCION.” Séptima Época, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Fuente: Semanario Judicial de la Federación, 34 Sexta Parte, Página: 27, Tesis Aislada, Materia(s): Civil

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9. Daño y Perjuicio

PRUEBA DE DAÑOS

Prueba exacta o matemática

Certeza absoluta

Hechos concretos que se realizaron en el pasado

PRUEBA DE PERJUICIOS

No pruebas directas o rigurosas

Certeza relativa

Hechos futuros que dejaron de realizarse

PROHIBIDOS LOS SUEÑOS DE GANANCIA

“DAÑOS Y PERJUICIOS, PRUEBA DE LOS.” Quinta Época, Instancia: Primera Sala, Tesis Aislada, Fuente: Semanario Judicial de la Federación, LXXII, Materia(s): Civil, Tesis: Página:  5877

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10. Daño Moral

I. DAÑO MORAL §1916, 1916 bis CCF :(i) Resarcir los daños causados al patrimonio moral de las personas.

(i) Aplicable a personas físicas y jurídicas.

(i) Cuantificación: arbitrio judicial.

(i) Es independiente del daño material.

(i) Su reparación se realiza por equivalente.

II. Distrito Federal:•Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal.

-Abuso del derecho a la información y de libertad de expresión-Limitación de responsabilidad-Deroga los delitos contra el honor, intimidad personal, etc.

III. Otras leyes:• Ley sobre Delitos de Imprenta

-Vigencia/Aplicabilidad

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11. Casos del Extranjero y Daños Punitivos

En el Sistema Jurídico Mexicano:

(i) No existen los Daños Punitivos.

(ii) Existen preestimaciones legales del monto mínimo de los daños.

(iii) No hay juicios por jurado.

(iv) No hay Discovery

(v) Oralidad en juicio limitada, pero en desarrollo.

(vi) Sistema de precedentes limitado.

(vii) Class Actions en desarrollo.

(viii) Sistema de incentivos no invita a transigir.

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Stella Liebeck v. McDonald´s Restaurants, P.T.S., Inc. and McDonald´s International. Inc- 1994.(The Hot coffee lawsuit)

11. Casos del Extranjero y Daños Punitivos

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Richard Grimshaw and Carmen Gray v. Ford Motor Company – 1972-1974

Jurado condenó a Ford a pagar:- US$560K por daños compensatorios a la familia

Gray.- US$2.5 millones por daños compensatorios y US

$125 millones por daños punitivos a Grimshaw.

Para evitar un nuevo juicio, Grimshaw remitió a Ford el pago de los daños punitivos excepto por US$3.5 millones.

11. Casos del Extranjero y Daños Punitivos

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BMW of North America, Inc v. Dr. Ira Gore, Jr.- 1996

El Jurado condenó a BMW a pagar US$4K por daños compensatorios y US$4 millones por daños punitivos.

Los daños fueron reducidos por la Suprema Corte de Alabama a la cantidad de US$2 millones, basada en los siguientes factores: (i) grado de reprensión de la conducta del responsable, (ii) el monto de los daños compensatorios, (iii) comparación de la condena de daños punitivos con otras sanciones.

11. Casos del Extranjero y Daños Punitivos

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12. Conclusiones

1. Origen del sistema jurídico: romano, galo-germánico (Civil Law).

2. Los Daños y Perjuicios son indemnizatorios y deben ser consecuencia directa e inmediata del incumplimiento.

1. ¿Es necesario un cambio de incentivos?

2. Importancia de una nueva cultura de la legalidad.

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¡GRACIAS!

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