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Javier Gómez Calvo La represión franquista en Iruña de Oca

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Javier Gómez Calvo

La represión franquistaen Iruña de Oca

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

ÍNDICE

0. Finalidad del proyecto y metodología ................ Pg. 3

1. La huida .......................................................................... Pg. 10

2. El asesinato de los impulsores

de la Unión General de Trabajadores ................. Pg. 21

3. Los asesinatos de Hipólito Ajamil y

Bonifacio Somaloma .................................................. Pg. 26

4. Las familias Ruiz de Austri y Berbetoros .......... Pg. 30

5. Los funcionarios depurados ................................... Pg. 40

6. Los nacionalistas vascos .......................................... Pg. 47

7. Las detenciones de militantes de UGT............... Pg. 54

8. El control social de la población ............................ Pg. 60

Edita: Ayuntamiento de Iruña de Oca

Imprime: Gráficas Irudi

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0. Finalidad del proyecto y metodología

La Ley de la Memoria Histórica (52/2007) establece en su artí-

culo 2 el “derecho de todos los ciudadanos a la reparación mo-

ral y a la recuperación de su memoria personal y familiar”, el mismo

objeto que se persigue en el presente informe. Según se avanzó en

la única tesis doctoral que ha abordado la represión franquista en

la provincia de Álava, el actual municipio de Iruña de Oca fue uno

de los cinco que registraron una mortandad por violencia política

superior al 0,50% de sus habitantes censados en 19361. Los siete

vecinos de Iruña de Oca asesinados representan además el 3,62%

de las 193 víctimas mortales de la represión franquista en Álava,

es decir, un porcentaje tres veces superior a su tamaño demográ-

fico ponderado. Con todo, en este estudio se plantea la necesidad

de ir más allá de la mera cuantificación de víctimas mortales de la

represión política, por más que fuera su expresión más cruenta. El

18 de julio los militares golpistas confiaban en un rápido triunfo

tanto como la República en ahogar rápidamente la intentona, a

modo y manera de la sanjurjada de 1932. Sin embargo, las previ-

siones de unos y de otros se tornaron erróneas en poco tiempo y

el golpe de Estado devino en enfrentamiento civil de consecuen-

cias entonces inimaginables. En la provincia de Álava, a excepción

del norte en general y la comarca de Ayala en particular, el golpe

0. Finalidad del proyecto y metodología

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

de Estado triunfó sin apenas oposición. Las primeras medidas de

castigo empleadas por los golpistas contra todos aquellos que se

hubieran significado en partidos o sindicatos de izquierdas fueron

rigurosas: cárcel y/o muerte sin ningún tipo de procedimiento judi-

cial previo. A esta realidad tampoco escapó Álava y, menos aún, los

municipios en los que se registró una mayor conflictividad política

entre 1931 y 1936 como era el caso del antiguo municipio de Nan-

clares de la Oca.

En las elecciones municipales de 1933 una coa-

lición formada por todas las fuerzas de izquierdas

de Nanclares intentó hacerse con el poder, pero los

tradicionalistas ganaron de forma holgada2. En una

jornada sin excesivos incidentes en la provincia,

sorprendieron por su virulencia los enfrentamien-

tos registrados en Nanclares. En apenas unas horas,

los vecinos de Nanclares que acudieron a las urnas

tuvieron que contemplar una acalorada discusión entre el apo-

derado Domingo Ruiz de Austri y un sacerdote que intentó votar

dos veces, pero también el derribo de una urna llena de votos por

parte del candidato republicano Hipólito Ajamil3. Estos episodios,

que en otras circunstancias pudieran ser considerados como anec-

dóticos, acabaron por erosionar progresivamente la convivencia.

Tres años después, en 1936, el ambiente se hizo irrespirable. El 4

de abril de aquel año un contingente de la Guardia de Asalto envia-

do desde Vitoria se presentó en Nanclares de la Oca al tener noti-

cia de una reunión conspirativa contra el régimen republicano. La

operación policial se saldó con 14 detenidos en Nanclares y Ollá-

varre, entre los cuales figuraba el secretario del Ayuntamiento Po-

El 4 de abril de 1936, la Guardia de Asalto detuvo a 14 personas en Nanclares y Ollávarre

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licarpo Garay, el falangista David Cortázar, el comerciante Jaime

Orive o Benito Ruiz de Austri, hijo del alcalde. Ingresados todos

ellos en la vitoriana Prisión Provincial de la Paz, en apenas dos días

fueron puestos en libertad sin cargos o con pequeñas multas en

los casos de Garay, Orive y Ruiz de Austri, culpables de un delito

de reunión clandestina4. Lejos de calmar los ánimos de la derecha

local, algunos de los detenidos se pusieron a disposición de desta-

cados elementos de la conspiración en cuanto volvieron a sus ca-

sas. Fue el caso de David Cortázar, detenido semanas después tras

ser sorprendido en el convento de Nanclares junto con el jefe de

Falange en Álava, Ramón Castaños, ultimando una compra ilícita

de armas5.

Teniendo presentes esta serie de antecedentes históricos, reco-

gidos aquí sin ánimo de exhaustividad por no formar parte directa

del objeto de la investigación, es preciso explicar con qué metodo-

logía se ha desarrollado este informe. Entendemos que la principal

fuente que debe utilizar cualquier investigador para reconstruir lo

que representó la represión franquista en un determinado territo-

rio son los expedientes judiciales de carácter militar incoados en-

tre 1936 y 1975. En primer lugar porque el principal agente repre-

sor fue, desde el primer momento, la institución que perpetra el

golpe de Estado; es decir, el Ejército. Fruto de la endiablada lógica

que Ramón Serrano Suñer denominó justicia al revés, los militares

golpistas consideraron rebeldes no a sí mismos sino a quienes de-

fendían la legalidad republicana y, por extensión, a todos aquellos

que simpatizaban o militaban en formaciones y sindicatos de iz-

quierdas. Declarada la guerra como resultado del fracaso del gol-

pe de Estado, la Justicia en el territorio controlado por los suble-

0. Finalidad del proyecto y metodología

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

vados adquirió un sentido militar y cualquier infracción pasaría a

resolverse por esta vía, independientemente de que el encausado

fuera un civil, como ocurriría casi siempre.

Existe constancia documental de la apertura de consejos de

guerra entre 1936 y 1945 contra 729 alaveses, de los cuales sólo 8

eran militares. El primer paso ha sido recoger todos los expedien-

tes militares incoados contra vecinos de los municipios de Nancla-

res de la Oca e Iruña, con el resultado total de 11 y 1 expediente

respectivamente. ¿Qué tipo de información nos ofrecen estos ex-

pedientes? Los consejos de guerra instruidos durante el franquis-

mo, fundamentalmente los seguidos durante la contienda civil y la

inmediata posguerra, se asemejaban más a procesos de brujería

que a un juicio ordinario tal y como podemos entenderlo. Se inicia-

ban de la siguiente manera: varios vecinos (rara vez uno solo) con

poder político y/o influencia en la localidad, denunciaban a otro

en un cuartel de la Guardia Civil o en dependencias militares. La

motivación de la denuncia podía ser diversa y no necesariamente

política, pero el contenido de la misma siempre se justificaba en

razones ideológicas. Si el denunciado se encontraba ya detenido

(de forma preventiva se detuvo sin cargos entre julio, agosto y sep-

tiembre de 1936 a los vecinos de cada localidad más significados

en formaciones de izquierdas), la denuncia se archivaba a la espera

de juicio. Si por el contrario no había sido detenido, muy probable-

mente lo sería pronto a raíz de la denuncia. Superada la fase más

cruenta de la represión (desde el 18 de julio de 1936 hasta la caída

del frente de Vizcaya en junio de 1937), comenzaron a celebrarse

juicios diarios (hasta cinco o seis llegaron a celebrarse en un mis-

mo día en Vitoria) contra la gran mayoría de internos de la Prisión

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de Vitoria. El proceso comenzaba con la lectura de cargos y las de-

claraciones de testigos. La única defensa posible para el acusado

no pasaba por su abogado (un militar de carrera elegido de forma

azarosa y que casi actuaba como un fiscal más que como un defen-

sor) sino por su capacidad para reunir numerosos y sólidos avales

entre personalidades del incipiente régimen de Franco o personas

bien relacionadas con dicho entorno.

Otra fuente imprescindible para dibujar con precisión el mapa de

la violencia política franquista son los expedientes penitenciarios

de presos políticos. Como apuntábamos antes, en el

verano de 1936 y aún durante el otoño serían de-

tenidos en todas las provincias controladas por los

militares sublevados miles de vecinos sin más acu-

sación que su militancia o simpatía con opciones po-

líticas de izquierdas. Esta política de internamiento

preventivo sin garantías jurídicas de ninguna clase

afectó a dieciocho vecinos de Nanclares (entre los

cuales se encontraban dos mujeres) y a otros dos de

Iruña. El internamiento en prisión, con procesamiento por la vía

militar o sin él, no excluía la acumulación de penas derivadas de

otras jurisdicciones especiales creadas por el aparato franquista,

como por ejemplo la privación de empleo (Ley de Depuración de

Funcionarios) o la imposición de multas a través del Tribunal de

Responsabilidades Políticas, creado a partir de la ley homónima.

Ningún vecino del actual municipio de Iruña de Oca fue encarcela-

do, sometido a un juicio militar, depurado profesionalmente y a la

vez multado por el Tribunal de Responsabilidades Políticas, pero

ocho de ellos sí tuvieron que enfrentarse al menos a tres jurisdic-

Existe constancia documental de la

apertura de consejos de guerra contra 729

alaveses entre losaños 1936 y 1945

0. Finalidad del proyecto y metodología

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

ciones represivas distintas. Los fondos de la antigua Prisión de la

Paz han sido consultados íntegramente, así como también los ex-

pedientes de depuración de los represaliados que trabajaban para

entidades públicas. Sin embargo, no se ha obtenido permiso para

consultar los expedientes completos del Tribunal Regional de Res-

ponsabilidades Políticas por lo que, en su defecto, ha sido preciso

trabajar exclusivamente con las sentencias publicadas6.

Por último, y de manera complementaria, se han consultado fon-

dos policiales depositados en el Archivo General de la Administra-

ción y en el Archivo Histórico Nacional. Se trata de fichas elabora-

das por los servicios de Información de la Policía y de la Guardia

Civil durante los años cuarenta, cincuenta y sesenta del pasado si-

glo XX y que en ciertas ocasiones ofrecen datos de relevancia para

el análisis de la persecución política franquista.

Una vez recopilada toda la documentación, el informe se estruc-

tura de la siguiente forma. Por un lado, se facilita información in-

dividualizada de todos aquellos vecinos que sufrieron algún tipo

de castigo como consecuencia de sus ideas. Se incorporan también

otro tipo de prácticas de violencia política que, sin estar reguladas

formalmente, podemos conocer y reconstruir indirectamente y

de forma parcial. Nos referimos, por ejemplo, a las expresiones de

violencia machista y humillación contra mujeres (cortes de pelo,

ingesta de aceite de ricino, etc.).Por otro lado, cada ficha de víc-

tima se acompaña de información de contexto y de la referencia

archivística de los expedientes para facilitar a familiares, investi-

gadores y otros interesados un mayor abundamiento.

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Por último, y como es bien sabido debido a trabajos anteriores,

terrenos del municipio fueron habilitados como campo de inter-

namiento tanto de presos políticos como de prisioneros de guerra

entre 1940 y 1947. Este estudio, sin embargo, se centra en anali-

zar todas las esferas de la represión y persecución política contra

vecinos de los municipios de Nanclares e Iruña de Oca y ninguno

de ellos pasó por el mencionado campo de concentración.

1GOMEZ CALVO, Javier: Matar, purgar, sanar. La represión franquista en Álava, Madrid, Tecnos, 2014, pp. 334.2Archivo del Territorio Histórico de Álava (ATHA), DH-804-3.3La Libertad, 17-II-36. 4Archivo Histórico Provincial de Álava (AHPA), Fondo Nanclares, caja 225AHPA, Fondo Nanclares, caja 23 (exp. 319); Álava Republicana, 54 (23-V-36).6Recogidas todas en GIL BASTERRA, Iñaki: Jurisdicción especial y represión franquista en Álava (1936-1942). Documentación del Tribunal de Responsabilida-des Políticas para Álava, Vitoria, Gobierno Vasco, 2006.

0. Finalidad del proyecto y metodología

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

1. La huida

Una semana después del golpe de Estado, un numeroso grupo

de requetés se presentó en Nanclares con la intención de re-

clutar voluntarios para la incipiente guerra civil. Su llegada al pue-

blo provocó que algunos jóvenes -particularmente aquellos que se

habían significado en partidos de izquierdas durante la Segunda

República- intentaran escapar del alistamiento forzoso en el Ejér-

cito golpista. Eso fue lo que hicieron Álvaro Berbetoros Fernández,

Domingo Ruiz de Austri Ruiz de Austri, Vicente Martínez Mardo-

nes y Félix Martínez Corcuera. Según todas las evidencias docu-

mentales la aventura de los cuatro jóvenes terminó el 28 de julio

de 1936 en Murguía, cuando apenas habían pasado dos días desde

su huida. No está claro que los cuatro marcharan juntos, pero sí

que fueron apresados en el mismo sitio y el mismo día. Sí sabemos

con certeza que Álvaro Berbetoros, Vicente Martínez Mardones

y Domingo Ruiz de Austri se encontraban juntos en el momento

de ser detenidos y que este último opuso mayor resistencia a los

requetés. Tras ser sorprendidos, Domingo Ruiz de Austri se escon-

dió de sus captores y no se entregó hasta que éstos amenazaron

con asesinar a sus dos compañeros de huida.

Los cuatro jóvenes fueron llevados a la Prisión Provincial de

Vitoria a la espera de que las autoridades golpistas decidieran su

destino. El primero en ser juzgado fue Álvaro Berbetoros, con-

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tra quien se formó un consejo de guerra por auxilio a la rebelión

cuando apenas llevaba una semana en la cárcel. El tribunal militar

que procesó a Berbetoros no pidió informes sobre lo que pasaría

a llamarse “conducta política del encartado”, es decir, la averigua-

ción sobre las ideas de cada detenido. No obstante, el alcalde de

Nanclares sí informó voluntariamente sobre las ideas “socialistas”

de Berbetoros. Después, y ya ante el tribunal sólo declararon el

acusado y Ángel Ruiz de Arbulo, propietario de la cantera en la

que trabajaba aquél. Llamado como testigo por Berbetoros, Ruiz

de Arbulo se limitó a declarar que había dejado de acudir al trabajo

tras el comienzo de la guerra y que desconocía cualquier actividad

política del acusado. El 31 de agosto de 1936 Álvaro Berbetoros

Fernández fue condenado a una pena de 12 años y 1 día por auxilio

a la rebelión, obteniendo la libertad condicional el 29 de enero de

1942. Tras ser excarcelado, fue obligado a cumplir con recargo el

servicio militar y al pago de una multa de 300 pesetas por parte del

Tribunal de Responsabilidades Políticas.

También en agosto de 1936 fue sometido a un consejo de guerra

Domingo Ruiz de Austri, a quien se imputaron los mismos “delitos”

que a Álvaro Berbetoros. Durante el juicio, Ruiz de Austri negó

cualquier implicación en actividades políticas o sindicales durante

la Segunda República y atribuyó su huida al miedo. Tal como había

ocurrido con Berbetoros, el proceso judicial debería haber acaba-

do a finales de agosto con una condena similar o idéntica a la im-

puesta a aquél. Sin embargo, una serie de circunstancias jugaron

en su contra. Una de ellas fue el nombramiento del capitán Alfonso

Sanz como delegado de Orden Público, es decir, como máximo res-

ponsable de decidir sobre el destino de cada uno de los alaveses

1. La huida

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

detenidos por motivos políticos1. Comenzó entonces una campa-

ña selectiva pero incesante de asesinatos extrajudiciales, prime-

ro perpetrando secuestros nocturnos en diferentes pueblos de la

provincia y, después, sacando de la cárcel con una falsa orden de

libertad a los internos que Sanz decidía. El procedimiento era en

ambos casos similar. Siguiendo órdenes de Alfonso Sanz, el zapa-

tero carlista vitoriano Bruno Ruiz de Apodaca comandaba un pe-

lotón de requetés (en ocasiones también falangistas) de “segunda

línea” (incapacitados por algún motivo para combatir en el frente)

que, bien en los pueblos o bien a la puerta de la Prisión Provincial

de Vitoria, maniataba a disidentes políticos que eran introducidos

forzosamente en camionetas para ser asesinados en algún lugar

desconocido, siempre lejos del lugar en el que eran apresados.

Esta campaña de terror comenzó el 24 de agosto de 1936 con el

asesinato en Sendadiano de Esteben García de Andoain. Hasta esa

fecha, 36 ciudadanos alaveses habían sido asesinados por razones

políticas en la retaguardia franquista; en el mes siguiente, la cifra

se multiplicó casi por tres hasta alcanzar las 91 víctimas2.

El otro hecho que jugó en contra de los intereses de Ruiz de

Austri fue el bombardeo de Vitoria por parte de la aviación repu-

blicana a mediados de septiembre de 1936. Hasta esa fecha solo

se habían formado tres “sacas” en la Prisión de Vitoria, pero a

partir de entonces los crímenes no dejaron de ir en aumento y no

hubo semana sin sacas hasta que a final de aquel año Alfonso Sanz

abandonó la Delegación de Orden Público para pasar al frente de

guerra. Aquellas sacas tenían, normalmente, un sentido ideoló-

gico o geográfico. Por ejemplo, los cinco presos sacados para ser

asesinados el 17 de septiembre eran todos vitorianos, los dos que

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lo fueron el 22 de septiembre eran hermanos y los días 3 y 6 de

octubre perdieron la vida en idénticas circunstancias tres vecinos

de Maestu (todos de la CNT) y tres de Laguardia (todos ellos re-

publicanos) respectivamente. Siguiendo este macabro criterio, la

noche del 18 al 19 de octubre de 1936 Domingo Ruiz de Austri

fue sacado de la cárcel y llevado a un lugar desconocido donde los

falangistas José Fernández y Antonio García de Trocóniz le dispa-

raron hasta la muerte. Unas semanas después, el juzgado militar

dio por cerrado el procedimiento declarando formalmente a Ruiz

de Austri como “desaparecido”. Como se verá más adelante, este

asesinato dio inicio a una campaña criminal contra

socialistas del pueblo o personas próximas a esta

formación política o a su sindicato afín, la Unión Ge-

neral de Trabajadores; entre el 19 de octubre y el 13

de noviembre de 1936 otros seis vecinos de Nancla-

res fueron sacados de la cárcel para ser “paseados”

en diferentes lugares de la provincia.

Los otros dos vecinos detenidos en Murguía, Vi-

cente Martínez Mardones y Félix Martínez Corcue-

ra, permanecieron en prisión sin juicio hasta noviembre de 1937.

Aquel otoño la Delegación de Orden Público en Álava consideró

que había llegado el momento de decidir qué hacer con todos los

presos políticos de la provincia que no habían sido juzgados antes,

ni excarcelados ni tampoco “paseados”. En esta situación de inde-

finición se encontraban la mayoría de los internos hasta tal punto

que la correspondencia que intercambiaban los responsables de la

Prisión de Vitoria con las autoridades militares menciona crecien-

tes problemas de salubridad y hacinamiento que hacían necesario

Álvaro Berbeto-ros fue condenado a 12 años y 1 día por auxilio a la rebelión,

obteniendo la libertad condicional en 1942

1. La huida

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

aligerar el contingente penitenciario. En esta ocasión no concu-

rrían las circunstancias que jugaron en contra de Álvaro Berbe-

toros Fernández y, trágicamente, de Domingo Ruiz de Austri Ruiz

de Austri y el resultado de los procesos militares sería sustancial-

mente diferente.

En el caso del joven molinero Vicente Martínez Mardones, el

juicio comenzó con una denuncia firmada por quienes en esa fe-

cha eran, probablemente, los vecinos con mayor poder político

en Nanclares: el alcalde Francisco Ruiz de Austri (de quien habla-

remos posteriormente), su hijo Benito, el médico Mariano Rodrí-

guez, Elías Bengoa, Moisés Durana y David Cortázar. Le acusaron

de haber sido apoderado electoral del Frente Popular en 1936 y

de haber intimidado en aquellas elecciones a un vecino de dere-

chas. Sin embargo, los denunciantes no concedieron relevancia a

su intento de huida un año antes. Durante el juicio, y en respuesta

a las preguntas sobre su intento de pasar a territorio republicano,

alegó que se encontraba en el monte porque pensaba ir a por leña.

El juicio finalizó cuando Vicente Martínez Mardones iba a cumplir

dos años en prisión, por lo que el juez le impuso esa misma pena

para poder así decretar su libertad y posterior envío a un Batallón

de Trabajadores. Como le ocurriría a Álvaro Berbetoros, el Tribu-

nal de Responsabilidades Políticas también multó a Vicente Mar-

tínez Mardones, en este caso con 500 pesetas.

Como si se tratara de un siniestro trámite burocrático, el con-

sejo de guerra seguido contra Félix Martínez Corcuera resultó ser

un calco del que enjuició a Vicente Martínez Mardones. Para em-

pezar, los denunciantes eran los mismos con la excepción de David

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Cortázar, pero con la participación adicional de Nicolás Montoya

y Julián Jáuregui, que no habían declarado antes. Las acusaciones

también eran similares. Al intento de huida y a su condición de iz-

quierdista se añadía ahora una tercera acusación: haber presio-

nado a otros trabajadores de la cantera en la que se encontraba

empleado para secundar una huelga general que hiciera frente al

golpe de Estado de julio de 1936. En esta ocasión, sin embargo,

el juicio se demoró más porque fueron llamados a declarar veci-

nos de derechas que no habían suscrito la denuncia contra Martí-

nez Corcuera. Algunos derechistas como Mariano

Vega, compañero de la cantera, declararon a su fa-

vor, pero la mayoría de los declarantes no hicieron

sino corroborar el contenido de la denuncia. Entre

quienes comparecieron para hablar de Félix Martí-

nez se encontraba también Esteban García Suso, un

requeté de Nanclares que dijo ser uno de los autores

de la detención de sus cuatro vecinos en Murguía. A

preguntas del juez sobre el momento de la deten-

ción, García Suso apenas acertó a decir que Domin-

go Ruiz de Austri le había pedido que no actuaran violentamente

contra ellos porque no llevaban armas. Sin embargo, García Suso

no respondió por sus vecinos y actuó como si no les conociera.

La resolución, que se demoró unos meses, volvió a evidenciar

que a finales de 1937 y 1938 las prioridades de los golpistas en la

ejecución de la represión política habían cambiado. El tribunal mi-

litar tenía en sus manos la petición de la Fiscalía de 18 años de cár-

cel e incautación de todos los bienes de Martínez Corcuera, pero

también la de 12 años por auxilio a la rebelión del abogado militar

El juicio contra Vicente Martñinez comenzó con una denuncia firmada por el alcalde de

Nanclares, su hijo yel médico

1. La huida

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

de turno que le había tocado al acusado. Si bien es cierto que los

procedimientos militares no eran otra cosa que una farsa jurídica,

normalmente la petición de cárcel del abogado no solía ser supe-

rior a la pena finalmente impuesta. En este caso, sin embargo, el

tribunal resolvió de la misma manera que contra Vicente Martínez

Mardones; dos años de prisión y envío a un batallón de Trabaja-

dores. Años más tarde, el Tribunal de Responsabilidades Políticas

también calcó la sentencia imponiendo a Félix Martínez Corcuera

500 pesetas de multa.

1 GÓMEZ CALVO, Javier (2014; pp. 82 y siguientes).2 Ibidem,pp. 94-101.

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Alvaro Berbetoros Fernández

NOMBRE: Álvaro

APELLIDOS: Berbetoros Fernández

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Cantero

EDAD (en 1936): 24

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: Sí - 12 años y 1 día

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 28/07/36 – 29/01/42

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP. POLÍTICAS: Sí (300 pesetas)

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 27 (exp. 29); AIMNO, Fondo Álava 113 (1700); Jurisdicción especial y represión franquista en Álava (pp.363-364)

1. La huida

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Vicente Martínez Mardones

NOMBRE: Vicente

APELLIDOS: Martínez Mardones

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Molinero

EDAD: 26

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: Sí - 2 años

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (28/07/36 – 26/08/38)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: Sí (500 pesetas)

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Fondo Documental de Represaliados Alave-ses en la Guerra de 1936-1939; AHPA caja 46 (exp. 1007); Jurisdicción especial y represión franquista en Álava (pp. 365-366).

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Domingo Ruiz de Austri Ruiz de AustriNOMBRE: Domingo

APELLIDOS: Ruiz de Austri Ruiz de Austri

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Labrador

EDAD: 23

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: Sí - Sobreseído

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (28/07/36 – 19/10/36)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 26 (exp. 601); AIMNO, Fondo Álava, caja 53 (exp. 844);

1. La huida

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Félix Martínez Corcuera

NOMBRE: Félix

APELLIDOS: Martínez Corcuera

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Jornalero

EDAD: 31

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Unión General de Trabajadores (UGT) e Izquierda Republicana

CONSEJO DE GUERRA: Sí - 2 años

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (28/07/36 – 26/08/38)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: Sí (500 pesetas)

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Fondo Documental de Represaliados Alave-ses en la Guerra de 1936-1939; AHPA caja 45 (exp. 971); Jurisdicción especial y represión franquista en Álava (pp. 364-365).

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2. El asesinato de los impulsores de la Unión General de Trabajadores

El 23 de julio de 1936 se practicaron las primeras detenciones

de vecinos de Nanclares. Ese día, y tal y como reconoció un

juez militar, tres vecinos de Nanclares “fueron detenidos por dife-

rencias ideológicas con los vecinos del pueblo a causa de rencillas

personales”. Se trataba de Deogracias Franco, Francisco Murga

y el propio Aurelio Rodríguez, todos ellos sindicados a la UGT y

en cuya organización desempeñaron diversas responsabilidades.

Aquel día el teniente Ángel García-Benítez, hijo del Gobernador

militar de Vitoria, se dirigió junto a varios de sus hombres a un

monte próximo a Nanclares para buscar armas en una cantera. Se-

guía la pista de una denuncia presentada por vecinos de Nanclares

horas después del golpe de Estado, y que acabó siendo falsa. No

obstante, García-Benítez decidió internarse en el pueblo y pre-

guntar a los mismos vecinos que habían presentado la denuncia

quiénes eran los “individuos más extremistas” de Nanclares. Los

señalados de forma inmediata fueron dos; Deogracias Franco y

Francisco López Murga. Los militares entraron en los domicilios de

ambos y se llevaron de allí abundante documentación del Sindica-

to de Oficios Varios (afín a la UGT) en el que habían militado años

antes, al menos hasta finales de 1932. Aquella información com-

prometía a más vecinos del pueblo que aparecían como afiliados

del sindicato, pero en un primer momento no se practicaron más

2. El asesinato de los impulsores de la Unión General de Trabajadores

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

detenciones que las de Deogracias Franco y Francisco López. Ho-

ras después, otra denuncia propició una tercera detención; la del

que fuera miembro de la UGT (y ferroviario, al igual que Francisco

López) Aurelio Rodríguez González.

Los tres vecinos fueron llevados hasta la Prisión Provincial de

Vitoria, pero sólo fueron procesados Deogracias Franco y Fran-

cisco López. El proceso militar contra ellos fue el primero en ser

instruido en Álava tras el golpe de Estado, comenzando el 24 de

julio y terminando dos días más tarde con la absolución de am-

bos. Sin embargo, el juez militar que decretó su inmediata libertad

ligó su destino definitivo a la decisión que tomara

el comandante Pedro Alonso Galdós, primer Dele-

gado de Orden Público de los golpistas. La decisión

de este último fue enviarles a prisión en calidad de

“detenidos gubernativos”, es decir, de presos políti-

cos. El 20 de octubre de 1936 el entonces Delegado

de Orden Público, Alfonso Sanz, ordenó que Aure-

lio Rodríguez González fuera sacado de la Prisión y

asesinado. Diez días después, el 30 del mismo mes,

extendió la orden a Deogracias Franco García y fi-

nalmente el 13 de noviembre correría el mismo destino trágico

Francisco López Murga.

La incipiente legislación franquista preveía, por decreto y desde

noviembre de 1936, inscribir en el Registro Civil correspondien-

te a las propias víctimas mortales de los golpistas. Sin embargo,

la causa de la muerte nunca podría hacer mención a lo verdade-

ramente ocurrido; al crimen en sí. Por el contrario se habilitaron

El proceso militar contra Deogracias Franco y Francisco López fue el primero instruido en Álava tras el golpe de Estado

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subterfugios lingüísticos que encubrían lo sucedido tales como

“desaparecido”, “a petición de la familia”, “consecuencia del Glorio-

so Movimiento Nacional”, etc. En el caso concreto de los tres mili-

tantes de UGT “paseados” por orden militar, aún hoy sigue sin ha-

ber sido inscrito Deogracias Franco García. En el caso de Francisco

López Murga, su asesinato fue inscrito como “muerte violenta” el

23 de octubre de 1939. El lugar en el que presumiblemente aban-

donaron sus restos fue Briñas, un pequeño municipio de La Rioja

situado entre dos puntos geográficos elegidos por los verdugos

golpistas como lugares recurrentes para la ejecución de sus críme-

nes; la sierra de Toloño y el Ebro. Meses más tarde, el 8 de enero de

1940, Telesfora Savater promovía la apertura de un expediente de

inscripción en el Registro Civil de Nanclares de su marido, Aurelio

Rodríguez González. En esta ocasión, figura como desaparecido

“a consecuencia del Glorioso Movimiento Nacional”. El lugar en el

que fue asesinado se sitúa en el entorno de Ameyugo, muy cerca

de Miranda de Ebro.

2. El asesinato de los impulsores de la Unión General de Trabajadores

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Aurelio Rodríguez GonzálezNOMBRE: Aurelio

APELLIDOS: Rodríguez González

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Ferroviario

EDAD: 45

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Unión General de Trabajadores (UGT)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (23/07/36 – 20/10/36)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, Caja 26 (exp. 555)

Deogracias Franco GonzálezNOMBRE: Deogracias

APELLIDOS: Franco González

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Ferroviario

EDAD: 45

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Unión General de Trabajadores (UGT)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (23/07/36 – 20/10/36)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 26 (exp. 554); AIMNO, Fondo Álava, caja 13 (exp. 209)

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Francisco López MurgaNOMBRE: Francisco

APELLIDOS: López Murga

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Ferroviario

EDAD: 45

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Unión General de Trabajadores (UGT)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (23/07/36 – 20/10/36)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 26 (exp. 554); AIMNO, Fondo Álava, caja 13 (exp. 209)

2. El asesinato de los impulsores de la Unión General de Trabajadores

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

3. Los asesinatos de Hipólito Ajamil y Bonifacio Somaloma

En el actual municipio de Iruña de Oca fueron asesinados tam-

bién dos vecinos sobre los cuales ni la documentación ni los

testimonios orales permiten reconstruir con exhaustividad las cir-

cunstancias de las detenciones primero y de los crímenes después.

En el caso de Hipólito Ajamil Sáenz, panadero y miembro de una

extensa familia llegada décadas antes a Nanclares, fue detenido en

los días posteriores al golpe de Estado para ser puesto en liber-

tad en fecha por determinar. Sin embargo, el 4 de septiembre de

1936 fue nuevamente internado en prisión hasta que menos de

dos meses después, el 30 de octubre, fue conducido “por fuerzas

del Requeté para evacuar una diligencia”, según consta en su ex-

pediente. A pesar de que la inscripción diferida de su defunción

(efectuada en 1953) ofrece datos contradictorios respecto de la

fecha del crimen, a los efectos del presente informe consideramos

verosímil que el asesinato se produjera el 30 de octubre de 1936.

Hipólito Ajamil era en aquel momento un panadero muy activo, y

con cierta influencia, en el ámbito sindical. En 1933 había sido uno

de los principales impulsores de la candidatura municipal de corte

radical-socialista que intentó sin éxito disputar la hegemonía po-

lítica a las derechas. En aquellos comicios municipales Ajamil fue

amonestado judicialmente por lanzar violentamente al suelo una

urna tras considerar que las derechas estaban intentando alterar

el resultado mediante distintas artimañas. Así las cosas, parece ra-

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zonable pensar que su detención y asesinato respondió a un ajuste

de cuentas de la derecha por lo sucedido tres años antes.

Más complicado es determinar por qué fue asesinado Bonifacio

Somaloma Robador, del cual ni siquiera existe certeza documental

de que estuviera adscrito a algún partido político de izquierdas o a

algún sindicato. Su detención formó parte de la última gran razzia

golpista en Nanclares de Oca; la que tuvo lugar la última semana

de septiembre y de la cual se ofrecen más detalles en el siguiente

punto. El 26 de septiembre Bonifacio Somaloma fue detenido en

Nanclares y conducido hasta la Prisión Provincial. Allí permaneció

apenas un mes, porque el 29 de octubre fue sacado por un pelotón

de requetés que acabó con su vida en algún lugar desconocido. El

crimen también permanece en la sombra documental y no fue ins-

crito, tampoco de forma diferida, en el Registro Civil de Nanclares

de Oca.

3. Los asesinatos de Hipólito Ajamil y Bonifacio Somaloma

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Hipólito Ajamil Sáenz

NOMBRE: Hipólito

APELLIDOS: Ajamil Sáenz

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Panadero

EDAD: 32

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción (posible militante del PSOE)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (24/07/36 – 30/10/37)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, (Libro registro de detenidos y procesados de la Prisión Provincial de Vitoria).

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Bonifacio Somaloma Robador

NOMBRE: Bonifacio

APELLIDOS: Somaloma Robador

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Jornalero

EDAD: 36

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (26/09/36 – 19/10/36)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 26 (exp. 555)

3. Los asesinatos de Hipólito Ajamil y Bonifacio Somaloma

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

4. Las familias Ruiz de Austri y Berbetoros

Para entender las razones de fondo de la violencia política duran-

te la guerra civil no basta con atender a claves exclusivamente

ideológicas sino que es preciso desentrañar qué elementos fueron

dañando la convivencia en los años previos al golpe de Estado de

1936, especialmente en comunidades sociales pequeñas. Sólo así

se puede entender el trágico relato de la detención y asesinato de

Claudio Ruiz de Austri, padre de Domingo.

Claudio Ruiz de Austri, un pequeño propietario de tierras de

mediana edad, era a su vez depositario de fondos del Ayuntamien-

to de Nanclares. Desempeñar su labor en tiempos de cambios po-

líticos a ritmo vertiginoso no era sencillo, y menos aún en un mu-

nicipio en el que el poder local resultaba completamente hostil.

Nanclares no fue el único municipio de Álava, y mucho menos de

España, en el que familiares del alcalde o de alguna autoridad lo-

cal fueron detenidos, expulsados de sus empleos o castigados de

alguna u otra forma. Sin embargo, en estos casos solía ser habitual

que los lazos familiares trascendieran a las circunstancias políticas

por excepcionales que fueran y que una mediación en última ins-

tancia evitara consecuencias fatales. Claudio Ruiz de Austri y su

hijo Domingo, cuyo intento de huida precipitó la detención de su

padre, eran yerno (y también sobrino) y nieto de Francisco Ruiz de

Austri, alcalde carlista de Nanclares. Sin embargo, Francisco Ruiz

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de Austri no sólo no hizo nada para evitar ambas detenciones sino

que, a juzgar por algunas fuentes, fue decisivo para que uno y otro

fueran sacados de la prisión de Vitoria y asesinados1.

En el libro Historia de la resistencia antifranquista en Álava se

recogió por primera y única vez el testimonio de Felisa Ruiz de

Austri, hija del alcalde, esposa de Claudio y madre de Domingo.

Tras la detención de ambos, Felisa recurrió a su padre para que in-

tercediera por ellos. También pidió auxilio a su hermano Pruden-

cio, párroco de Mendoza. Ni uno ni otro satisficieron sus deman-

das. Años después, un moribundo Francisco Ruiz de Austri pidió

a su hija que fuera a visitarle en su lecho de muerte para rogarle

perdón por haber contribuido activamente al trágico destino de

Claudio y Domingo2. Lo que nunca supo Felisa fue que los aparatos

policiales del régimen, nutridos por la información que hacían cir-

cular denunciantes anónimos de cada localidad, vigilaron a la fami-

lia hasta mucho tiempo después de los asesinatos de Claudio y Do-

mingo. En 1947 se elaboraron fichas policiales de Felisa y de otro

de sus hijos, Nicolás, en las que ambos eran conceptuados como

“extremistas” y “peligrosos”. Aunque las fichas policiales no tenían

que traducirse en el ejercicio de consecuencias punitivas directas

(multas o detenciones), podía ocurrir que así fuera. Por ejemplo,

un cotejo detallado de las con las detenciones e ingresos preventi-

vos en prisión de vecinos de Álava en momentos de especial tras-

cendencia (visitas de Franco a Vitoria, huelgas clandestinas, etc),

permite descubrir uno de los objetivos de las propias fichas: tener

un listado pormenorizado de individuos que seguían siendo hosti-

les, dentro del silencio impuesto, al régimen dictatorial. La conse-

cuencia directa de aparecer en ellas era la detención de quienes

aparecían en ellas en esas ocasiones concretas.

4. Las familias Ruiz de Austri y Berbetoros

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Se trata de medios de control y castigo que normalmente no

dejan huella documental, pero que son imprescindibles para en-

tender que la represión no tuvo una delimitación temporal precisa

(por ejemplo, hasta 1939) ni tampoco fue únicamente muerte y

devastación. La pervivencia del régimen fue posible porque once

años después una mujer ya anciana como Felisa fue denunciada

por vecinos que pretendieron administrar la victoria bélica desde

el odio eterno a quienes no habían parado de sufrir desde el mismo

golpe de Estado. El silencio, y el miedo, dejan un rastro tan difuso

como a la vez perceptible.

En una situación parecida, aunque en este caso

sin que hubiera que lamentar sucesos luctuosos, se

encontró la familia Berbetoros.

En el otoño de 1937, cuando ya habían sido ase-

sinados siete vecinos de Nanclares y su hijo Álvaro

llevaba un año encarcelado, José Berbetoros Gon-

zález fue detenido junto con toda su familia. José,

su mujer Cristina y su hija Gertrudis fueron denun-

ciados bajo una doble acusación: animar a los más

jóvenes de la zona a huir a Bilbao durante los meses posteriores

al golpe de Estado y haber coaccionado a vecinos de derechas du-

rante las elecciones celebradas en periodo republicano. Así, el 1

de octubre de 1937 requetés de Nanclares y otros llegados desde

Vitoria se presentaron en el domicilio familiar y arrestaron a los

tres para conducirlos inmediatamente a la Prisión Provincial de

Vitoria, en la cual se encontraba ya Álvaro, hijo de José y Cristina y

hermano de Gertrudis, desde hacía un año.

Las actuaciones judiciales contra ellos comenzaron ese mismo

Tres miembros de la familia Berbetoros fueron arrestados en octubre de 1937 por requetés de Nanclares y Vitoria

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mes, concretamente el 26 de octubre. Ese día el juez militar que

acababa de abrir diligencias contra José Berbetoros acudió hasta

el Ayuntamiento de Nanclares para tomar declaración a Mariano

Rodríguez Rubio, Benito Ruiz de Austri y Francisco Ruiz de Austri.

Ambos habían sido los denunciantes de la familia Berbetoros y sus

declaraciones resultaban cruciales. El médico y el alcalde señala-

ron a Marcelino y Genaro, dos hijos de José Berbetoros desapa-

recidos en aquel momento, como responsables de la creación de

un centro socialista en Nanclares. Ambos, según los denunciantes,

huyeron del pueblo para combatir con el Ejército leal. Además, se-

ñalaban, Genaro habría muerto en combate. Con el ánimo de hacer

escarnio de una familia descompuesta por las circunstancias de la

guerra, los denunciantes acusaron a Gertrudis de “inmoralidades”

que le reportaban 45 pesetas diarias por parte de las tropas ale-

manas acantonadas en las proximidades de Nanclares.

Comenzó así un juicio que, como ocurría en tantos otros conse-

jos de guerra contra civiles, en poco o en nada difería de lo acon-

tecido siglos atrás en los procesos inquisitoriales por brujería;

proliferación de vecinos declarantes (todos en sentido contrario

a los acusados) y ausencia de garantías jurídicas. A pesar de que

la detención y procesamiento de José Berbetoros se produjo un

año después de que siete vecinos de Nanclares e Iruña hubieran

sido asesinados, la derecha local entendió que la represión política

contra socialistas y republicanos no había sido lo suficientemente

cruenta. La sucesión de declaraciones de los vecinos de derechas

provocaron que el tribunal militar que instruyó la causa contra

José Berbetoros dictaminara su condena a muerte el 4 de julio de

1938. Dos meses después, el 8 de septiembre, el dictador Francis-

co Franco conmutó la pena por la de reclusión perpetua. En marzo

4. Las familias Ruiz de Austri y Berbetoros

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

de 1943, con casi 70 años, José Berbetoros fue excarcelado de-

finitivamente. Se había convertido en esa fecha en el vecino con

más tiempo de condena efectiva cumplida y también en el preso

de mayor edad de la provincia de Álava. Ya anciano, Berbetoros

regresó a un domicilio destrozado por las consecuencias de la vio-

lencia política y de la represión practicada por los golpistas. Había

perdido en el frente a dos de sus hijos, otro (Álvaro) también había

sido condenado a penas de prisión y tanto su mujer Cristina como

su hija Gertrudis habían pasado cinco meses en la cárcel de Vitoria.

1 Testimonio de Pilar Ruiz de Austri2 MARTÍNEZ MENDILUCE, José Antonio y Luis: Historia de la resistencia anti-franquista en Álava, 1936-1937, San Sebastián, Txertoa, 1998, pp. 100-101.

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Felisa Ruiz de Austri Ortiz de GuineaNOMBRE: Felisa

APELLIDOS: Ruiz de Austri Ortiz de Guinea

VECINDAD: Nanclares de Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Ama de casa

EDAD: 61

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: No consta

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

Nicolás Ruiz de Austri Ruiz de AustriNOMBRE: Nicolás

APELLIDOS: Ruiz de Austri Ruiz de Austri

VECINDAD: Nanclares de Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Labrador

EDAD: 33

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: No consta

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

MULTAS DOP: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

4. Las familias Ruiz de Austri y Berbetoros

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Claudio Ruiz de Austri PinedoNOMBRE: Claudio

APELLIDOS: Ruiz de Austri Pinedo

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Labrador

EDAD: 54

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 27/07/36 – 20/10-36

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 26 (exp. 602)

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37

Cristina Fernández PinedoNOMBRE: Cristina

APELLIDOS: Fernández Pinedo

VECINDAD: Nanclares de Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Jornalera

EDAD: 55

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: No consta

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 01/10/37 – 17/02/1938

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 14 (exp. 133); Ar-chivo Gral de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

4. Las familias Ruiz de Austri y Berbetoros

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Gertrudis Berbetoros Fernández

NOMBRE: Gertrudis

APELLIDOS: Berbetoros Fernández

VECINDAD: Nanclares de Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Jornalera

EDAD: 19

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: No consta

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 01/10/37 – 17/02/1938

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: : AHPA, Fondo Nanclares, caja 14 (exp. 133)

Page 39: La represión franquista en Iruña de Oca...6 avier Gómez alvo. La represión franquista en Iruña de Oca vados adquirió un sentido militar y cualquier infracción pasaría a resolverse

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José Berbetoros Fernández

NOMBRE: José

APELLIDOS: Berbetoros González

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Jornalero

EDAD: 64

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Partido Socialista Obrero Español (PSOE)

CONSEJO DE GUERRA: Sí - Muerte (conmutada a 30 años)

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 03/10/37 – 16/03/43

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 44 (exp. 820); AIMNO, Fondo Álava, caja 3 (SN/2)

4. Las familias Ruiz de Austri y Berbetoros

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

5. Los funcionarios depurados

Como se ha señalado al comienzo del informe, para compren-

der las transformaciones producidas a escala local por el

ejercicio de la represión política es imprescindible atender a otras

variables además del asesinato o la imposición de penas de pri-

sión. Una de ellas es la de la separación temporal o definitiva de

empleados públicos que, habiendo ganado legítimamente su plaza

por concurso-oposición, se veían privados de su sustento vital por

razones ideológicas.

El marco legislativo que facilitó la expulsión de funcionarios,

desarrollado en el Decreto 108 de 1937 y, definitivamente, en la

Ley de Depuración de Funcionarios Públicos (1939), no perseguía

únicamente un fin punitivo sino también la creación de un Nuevo

Estado en el que sus empleados estuvieran al servicio de las ideas

y no al del conjunto de los ciudadanos. De esta forma, un elevado

porcentaje (variable en función de cada cuerpo administrativo) de

plazas quedó reservado a quienes habían combatido en el bando

nacional y a aquellos que hubieran padecido algún tipo de castigo

político por parte del Estado republicano durante la guerra civil.

Aunque el marco legal fuera de carácter nacional y afectara por

igual a cualquier funcionario, en la práctica cada Administración

establecía pautas propias para la implementación de las separa-

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ciones profesionales. En el caso de algunos cuerpos, como el del

Magisterio, se estableció además una regulación específica con

tribunales propios. En este caso particular concurrió también una

diferencia sustancial respecto al resto de cuerpos de funcionarios:

mientras un empleado público cualquiera era sancionado sólo por

decisión de la Administración, los maestros quedaron automática-

mente separados y privados de empleo y sueldo en su totalidad, es

decir, se consideró a todos presuntamente “culpables” de no estar

alineados con los militares golpistas. Así, y de oficio, todos y cada

uno de los maestros de España fueron expedientes y obligados a

demostrar su “inocencia”, desde el ferviente republicano hasta el

más activo conservador.

Ningún maestro de Nanclares fue sancionado por sus ideas po-

líticas, pero sí dos de Iruña. El maestro de Víllodas Julio González

Iglesias, fue separado del servicio sin apertura previa de expedien-

te en septiembre de 1936. A pesar de ello, y frente a lo que solía

ser habitual, no recibió ninguna sanción económica ni fue deteni-

do. Meses después, el expediente de depuración seguido contra él

se resolvió favorablemente y pudo reincorporarse al Magisterio y

cobrar los haberes retenidos durante el tiempo que permaneció

suspendido de empleo y sueldo.

Mucho más difícil lo tuvo Luis Foronda Zabarte, maestro de Tres-

puentes. Al igual que tantos otros vecinos fue detenido unos días

después del golpe de Estado, en concreto el 27 de julio. No huyó

-ni siquiera lo intentó-, pero sí habría pedido a jóvenes en edad de

incorporación a filas que rehusaran combatir en el Ejército golpis-

ta. Así lo atestiguaron Jesús Uriarte, Ceferino Sánchez, Lucía Gar-

5. Los funcionarios depurados

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

cía y Emilia García, presentes en la taberna en la que aquel 27 de

julio Luis Foronda y Francisco Díaz de Heredia discutían sobre la

guerra que comenzaba. Al día siguiente comenzó el proceso mili-

tar contra Foronda Zabarte, un juicio que forzaría a tomar decla-

ración a prácticamente todos los vecinos adultos de Trespuentes.

A lo largo del proceso contra el maestro algunos testimonios co-

menzaron a incriminar también a Francisco Díaz de Heredia por

rumorearse que era contrario al golpe y estaba contrariado con la

marcha a línea de combate de su hijo. Por si a los jueces militares

les quedaba alguna duda, quince vecinos del pueblo firmaron una

carta en la que daban fe de las simpatías de Díaz de

Heredia con el nacionalismo vasco. Sin embargo, la

Justicia Militar decidió ignorar esta denuncia y en-

juiciar únicamente a Luis Foronda, el único de los

dos que era considerado “extremista”, “sindicalis-

ta” y “de ideas avanzadas”. El 8 de agosto de 1936,

apenas diez días después de dar comienzo el juicio,

Foronda Zabarte fue condenado a 6 años y 1 día de

prisión por, supuestamente, haber exhortado a huir

a Álvaro Berbetoros y a Domingo Ruiz de Austri. El

1 de mayo de 1942, tras haber cumplido la condena casi de forma

íntegra, quedó en libertad. Fue entonces cuando dio comienzo su

expediente de depuración, ya que hasta la fecha se hallaba priva-

do de empleo y sueldo de forma indefinida. La Comisión Provincial

de Depuración del Magisterio le readmitió sin posibilidad de recu-

perar los haberes atrasados y desterrándole de la provincia para

siempre.

Además de los maestros, otro empleado público fue sancionado

La justicia militar enjuició a Luis Foronda al considerarlo “extremista”, “sindicalista” y de “ideas avanzadas”

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por su ideología; el caminero Pedro Pérez de San Román. Adscri-

tos al cuerpo foral de Miñones, los camineros cumplían en los años

30 una función vital en el mantenimiento de la seguridad en las

zonas rurales. Aunque el proceso de depuración de miñones, ca-

mineros y el resto de empleados de la Diputación no se regularizó

hasta abril de 1937, lo cierto es que ya en septiembre de 1936 casi

medio centenar habían sido apartados del servicio por razones po-

líticas1. Una de las causas que conllevaban la separación temporal

de los empleados públicos era su detención por “orden guberna-

tiva”, es decir, por motivación ideológica. Fue lo que sucedió con

Pedro Pérez de San Román, detenido en Nanclares el 8 de agosto

de 1936 y sometido a un consejo de guerra en octubre de 1937.

La detención se debió nuevamente a una denuncia presentada

por parte de un vecino de Nanclares. Se conserva el documento,

pero no se menciona explícitamente el nombre del autor de la de-

nuncia. No obstante, y a partir de las declaraciones al juez militar,

todo hace pensar que el doctor Mariano Rodríguez y el líder car-

lista Benito Ruiz de Austri estuvieron detrás de las acusaciones.

Como ocurrió en tantas otras ocasiones, por endeble que pudiera

resultar la denuncia la acumulación de infundios daba lugar a de-

tenciones preventivas. No había ninguna solidez en las acusacio-

nes, fundamentadas normalmente en la rumorología. Valga como

ejemplo la última frase de la denuncia; “me han dicho que su mujer

dijo que había que matar a dieciséis de Nanclares”.

Los testimonios en su contra se fueron acumulando, pero a su

favor jugaba el tiempo transcurrido desde el inicio de la guerra. Sin

ninguna prisa por resolver su situación, los jueces militares fueron

5. Los funcionarios depurados

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

demorando conscientemente el proceso para hacer más dura la

incertidumbre. En paralelo, la mujer de Pérez de San Román sufría

no solo por la situación de su marido sino castigos físicos. Así, Be-

nito Ruiz de Austri reconoció en un informe privado que haberse

visto “obligado” a raparle el pelo. En abril de 1939, con la guerra

ya terminada, el consejo de guerra formado contra Pedro Pérez

de San Román fue sobreseído, quedando en libertad de forma de-

finitiva. Pocas semanas después, Pérez de San Román solicitó su

reincorporación como caminero y el abono de todos los haberes

retenidos desde su suspensión, derecho que le pertenecía por no

haber sido hallado culpable ni condenado. La Diputación, aunque

decidió readmitirle, se negó a cumplir con su propia normativa y

no abonó sus salarios atrasados. Además, y como castigo extraor-

dinario, fue condenado a abandonar Nanclares y pedir otro desti-

no lejos de allí.

1 GÓMEZ CALVO, Javier: Purgados. La depuración franquista en la Diputación de Álava (1936-1940), Vitoria, Diputación Foral de Álava, 2013.

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Luis Foronda ZabarteNOMBRE: Luis

APELLIDOS: Foronda Zabarte

VECINDAD: Trespuentes (Iruña)

PROFESIÓN: Maestro nacional

EDAD: 30

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: No consta

CONSEJO DE GUERRA: Sí - 6 años y 1 día

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 27/07/36 – 01/05/42

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: Sí

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 27 (exp. 59); AIMNO, Fondo Álava, caja 110 (1661); Archivo General de la Administración (AGA), expedientes de depuración del Magisterio Nacional (Álava).

5. Los funcionarios depurados

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Julio González IglesiasNOMBRE: Julio

APELLIDOS: González Iglesias

VECINDAD: Víllodas (Iruña)

PROFESIÓN: Maestro nacional

EDAD: 45

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Sindicato de los Trabajadores de la Enseñan-za (afín a UGT)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: Sí

MULTA: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes de depuración del Magisterio Nacional (Álava).

Pedro Pérez de San Román San JuanNOMBRE: Pedro

APELLIDOS: Pérez de San Román San Juan

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Caminero

EDAD: 36

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: Sí - Sobreseído

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 08/08/36 – 12/04/39

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: Sí

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 52 (exp. 306); AIMNO, Fondo Álava, caja 75 (1110); ATHA, DH-9492.4 y Actas de plenos de la Diputación de Álava.

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6. Los nacionalistas vascos

Desde la proclamación de la Segunda República y hasta su

abrupto final con el golpe de Estado de julio de 1936, los re-

sultados electorales del PNV en Nanclares fueron muy modestos.

En las elecciones a Cortes Constituyentes de junio de 1931 los na-

cionalistas vascos obtuvieron 25 votos frente a los 49 de los carlis-

tas y muy lejos de la arrolladora victoria de la izquierda, que obtu-

vo 114 sufragios. Dos años después, y en un contexto político muy

favorable para el conjunto de las derechas, el PNV ascendió hasta

los 62 votos, pero quedó muy lejos de los 135 apoyos obtenidos

por el diputado carlista José Luis de Oriol. Meses antes, en las elec-

ciones municipales de aquel 1933, la única candidatura alternativa

a los carlistas fue la articulada sin ningún éxito por republicanos

e izquierdistas. Por último, en las elecciones a Cortes de 1936 el

PNV retrocedió a su “suelo” electoral: 26 votos en la primera vuel-

ta y 27 en la segunda, muy lejos de los más de 200 obtenidos por la

derecha españolista (dividida entre carlistas y CEDA) y del Frente

Popular (82 en primera vuelta y 91 en segunda).

Esta sociología electoral cambiaba completamente en Iruña, un

municipio mucho más pequeño y también más simple a nivel so-

cioeconómico, con absoluto predominio del pequeño agricultor,

sin penetración industrial y sin apenas servicios. De los 67 vecinos

que acudieron a las urnas en junio de 1931, treinta y cinco se de-

6. Los nacionalistas vascos

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

cantaron por el candidato carlista Oriol y veinte por el nacionalista

Pantaleón Ramírez de Olano. Tan sólo doce vecinos respaldaron al

republicano Félix Susaeta. Dos años más tarde, el vecindario casi

al completo optó por el PNV: 80 de los 107 votantes respaldaron

al candidato nacionalista Francisco Javier de Landáburu. Esta ma-

yoría aplastante se resintió en 1936 por la aparición de la CEDA y,

en consecuencia, la posibilidad para el elector conservador de ele-

gir entre tres opciones (carlistas, nacionalistas vascos y CEDA) en

vez de las dos tradicionales. A pesar de ello, el PNV ganó en ambas

vueltas.

Como se ha dicho en otros trabajos sobre la represión franquis-

ta en Álava, la violencia política empleada contra el conjunto de

las fuerzas opuestas al golpe de Estado no fue en absoluto simétri-

ca. Los militares sublevados pensaron en un triunfo rápido y no en

una larga guerra, por lo que de inmediato y en toda la España que

cayó en sus manos de inmediato se procedió a encarcelar, secues-

trar y asesinar no sólo a los principales líderes de formaciones de

izquierdas sino a todos aquellos sospechosos de haber participado

activa o pasivamente de planteamientos políticos republicanos,

socialistas, anarquistas o comunistas. Como se recoge a lo largo

de este informe, esto fue exactamente lo que ocurrió también en

Iruña y particularmente en Nanclares. Ahora bien, ¿qué ocurría en

aquellos lugares donde la oposición al golpe se extendía más allá

de las fuerzas de izquierda?

El PNV en Álava, como igualmente se ha recogido en estudios

más específicos, no era una fuerza monolítica1. La penetración del

nacionalismo vasco en la provincia fue tardía y muy desigual, ha-

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biendo incluso municipios en los que en 1931 el PNV no obtuvo ni

un solo voto (Labastida, Samaniego, Berantevilla o Bernedo, entre

otros). Esta situación fue cambiando con el paso de los años, pro-

duciéndose un tránsito progresivo de electorales desde el carlis-

mo al nacionalismo. En cualquier caso, el universo cultural de los

electores carlistas era en buena medida compartido por el de quie-

nes confiaron en el nacionalismo vasco y distaba en similar medida

del de republicanos o socialistas. Por eso en julio de 1936 muchos

militantes y simpatizantes alaveses del PNV dudaron de la postura

que había que tomar respecto a los trágicos acontecimientos que

se sucedieron tras el golpe de Estado. Al fin y al cabo, ¿qué tenía en

común un labrador conservador de Iruña con un socialista de Vi-

toria? Independientemente de que fuera votante carlista o nacio-

nalista, a ambos les unía una misma cultura política; simplificando,

la del “orden” y la religión.

La misma pregunta que se hicieron tantos nacionalistas se la

formularon igualmente no pocos dirigentes y “fuerzas vivas” del

carlismo. Los planes para acabar mediante el empleo de la violen-

cia con los adversarios políticos contemplaban qué hacer con el

conjunto de las izquierdas, pero no con los nacionalistas vascos.

Menos aún teniendo en cuenta que uno de sus líderes, Telesforo

Monzón, había asistido dos meses antes del golpe de Estado a una

reunión conspirativa en Navarra. Así las cosas, las autoridades

golpistas en Álava decidieron detener a los dos máximos dirigen-

tes nacionalistas en Álava, Francisco Javier Landábaru y Manuel

Ibarrondo, y coaccionarles para hacer público un comunicado de

apoyo a los sublevados. Frente a la estrategia de derrota absoluta

contra la izquierda, a los nacionalistas vascos se les intentaba así

6. Los nacionalistas vascos

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

convencer y atraer. Sin embargo, los planes de los golpistas choca-

ron contra la determinación democrática del conjunto de líderes

nacionalistas regionales y del PNV como partido, pasando en ese

momento a considerar a este partido un enemigo más.

En el caso de Iruña y Nanclares los golpistas no asesinaron, de-

tuvieron ni encarcelaron a ningún simpatizante o afiliado nacio-

nalista. Los más activos miembros del PNV en ambos municipios

trataron de pasar desapercibidos, al contrario de lo que ocurrió en

lugares tan próximos como Valdegovía donde la Junta Municipal

del PNV decidió apoyar la sublevación2. Según los informes poli-

ciales disponibles sobre Bernabé Díaz de Espada y los hermanos

Cirilo y Delfín Guinea, la actitud de los nacionalistas en Iruña y

Nanclares osciló desde la oposición activa (Bernabé Díaz de Espa-

da fue multado por negarse a sufragar de forma indirecta los cos-

tes que la guerra suponía para los golpistas) hasta la colaboración

pasando por la aceptación de los acontecimientos. No obstante,

las autoridades militares optaron por replicar el modelo punitivo

más extendido contra los nacionalistas en el conjunto de Álava: la

imposición de sanciones económicas de cuantía elevada. Bernabé

Díaz de Espada debió pagar 500 pesetas mientras que Cirilo Gui-

nea fue multado con 1.000 por el Tribunal de Responsabilidades

Políticas, estando sus bienes valorados en un total de 2.000 pese-

tas.

Según el testimonio de Pilar Ruiz de Austri, su abuelo Francisco

y su tío Benito, de Nanclares y jefe local de la Falange respectiva-

mente, no tuvieron piedad con los vecinos de izquierdas o republi-

canos (incluyendo, como hemos visto, miembros de su propia fa-

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milia), pero sí con Cirilo, vecino de Francisco. Voluntarios carlistas,

siempre según su testimonio, quisieron detener a Cirilo, pero la

oposición frontal de Francisco lo impidió. No se trata de un hecho

exclusivo de Nanclares, porque contamos con numerosos testimo-

nios e incluso fuentes documentales que dan cuenta de episodios

similares en San Román de San Millán, Berantevilla o Salvatierra,

pero sí ayuda a encajar la dinámica represiva en Iruña y Nanclares

dentro de un contexto espacial mayor3.

1 DE PABLO CONTRERAS, Santiago: En tierra de nadie. Los nacionalistas vascos en Álava, Vitoria, Ikusager, 2008.2 Archivo Municipal de Valdegovía, informes y expedientes (1936).3 GÓMEZ CALVO, Javier (2014); MARTÍNEZ MENDILUCE, José Antonio y Luis (1998) y UGARTE TELLERÍA, Javier: La nueva Covadonga insurgente: orígenes so-ciales y culturales de la sublevación de 1936 en Navarra y en el País Vasco, Madrid, Biblioteca Nueva, 1998

6. Los nacionalistas vascos

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Bernabé Díaz de Espada ArtazaNOMBRE: Bernabé

APELLIDOS: Díaz de Espada Artaza

VECINDAD: Trespuentes (Iruña)

PROFESIÓN: Labrador

EDAD: 48

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Partido Nacionalista Vasco (PNV)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

OTRAS MULTAS: Sí (500 pesetas)

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

Cirilo Guinea IbarrecheNOMBRE: Cirilo

APELLIDOS: Guinea Ibarreche

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Molinero

EDAD: 43

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Partido Nacionalista Vasco (PNV)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: Sí (1.000 pesetas)

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Jurisdicción especial y represión franquista en Álava (p. 364)

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Delfín Guinea IbarrecheNOMBRE: Delfín

APELLIDOS: Guinea Ibarreche

VECINDAD: Nanclares de Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Labrador

EDAD: 50

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Partido Nacionalista Vasco (PNV)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

6. Los nacionalistas vascos

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

7. Las detenciones de militantes de UGT

En el segundo apartado de este informe analizamos lo ocurrido

con los miembros más activos de la Unión General de Trabaja-

dores en Nanclares, pero fueron más los vecinos sindicados a esta

organización perseguidos por los golpistas. El 4 de septiembre de

1936 un grupo de requetés y guardias civiles se presentó en Nan-

clares para detener a Federico Sáiz-Calderón Zufiaur y a Zacarías

Martínez Ortiz de Pinedo. Apenas tres semanas después, el 26 del

mismo mes, se unió a ellos en la Prisión de Vitoria Claudio Abad

Elvira, detenido junto con Bonifacio Somaloma.

El destino de Federico y de Zacarías quedaría unido a partir de

ese momento. No sólo fueron detenidos a la vez, sino que además

los procesos militares abiertos contra ellos se instruyeron casi al

mismo tiempo y en ambos casos desprendieron idéntico resulta-

do: la no imposición de condena. El 5 de junio de 1938 fue liberado

Federico Sáiz-Calderón y el 15 de julio de 1939 Zacarías Martínez.

Años después, en 1941, ambos fueron expedientados por el Tribu-

nal de Responsabilidades Políticas y condenados al pago de 500

pesetas por su antigua militancia sindical. Además, y como pena

accesoria, se les prohibió regresar al pueblo.

En el caso de Claudio Abad, el más joven de los miembros de UGT

detenidos, no se formó contra él consejo de guerra. Su estancia en

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prisión finalizó el día más trágico en la historia de Vitoria durante

la guerra civil; el 1 de abril de 1937. La noche anterior Bruno Ruiz

de Apodaca se había presentado en la Prisión Provincial de Vitoria

con una falsa orden de libertad para 16 presos -quince de ellos de

diferentes formaciones de izquierdas y uno del PNV-, firmada por

el capitán de la Guardia Civil Joaquín Pelegrí. Según abandona-

ban la prisión, los requetés dirigidos por Ruiz de Apodaca hicieron

subir a los internos a diferentes camionetas a un lugar alejado de

Vitoria y que resultó ser el puerto de Azáceta. Esta saca, la más nu-

merosa de todas las formadas hasta el momento (cuadriplicaba el

número de la mayor en esa fecha), causó hondo impacto en la pro-

vincia por diferentes motivos. Por un lado, dirigentes de la derecha

local consideraron que se trataba de un hecho extemporáneo. Por

otro, uno de los dieciséis asesinados era José Luis Abaitua, miem-

bro de la ejecutiva regional del PNV (Araba Buru Batzar), activo

miembro de la Adoración Nocturna y destacado comerciante de

joyas. Era un hombre bien relacionado con dirigentes del carlismo

local y con miembros de la Iglesia. No en vano, el sacerdote Pedro

Anitua se presentó el mismo 1 de abril de 1937 en el Gobierno Ci-

vil para pedir explicaciones y días después el alcalde de Vitoria y el

presidente de la Diputación junto con militares alaveses retirados

y algunos políticos carlistas, acudieron a Burgos para pedir que ce-

saran los crímenes, lo cual sucedió de inmediato. Igualmente, se or-

denó el cese como delegado de Orden Público del capitán Pelegrí,

enviado al frente de guerra y juzgado casi dos años por perseguir

económicamente a militantes nacionalistas de Navarra y Álava1.

Entre el cúmulo de reacciones de indignación frente a lo ocurri-

do en Azáceta, hay que mencionar también la presencia en la cár-

7. Las detenciones de militantes de UGT

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

cel el 1 de abril de familiares y conocidos influyentes de algunos de

los detenidos. Por ejemplo, el militar retirado y líder de la Milicia

Ciudadana de Vitoria Luis de la Lombana acudió para exigir, teme-

roso de un destino similar al corrido por Abaitua, la liberación de

su hijo José Luis, activo militante del PNV. Así ocurrió, acabando

por abandonar el país en dirección al exilio. El mismo 1 de abril, y

en goteo constante las siguientes semanas, las presiones políticas

facilitaron la puesta en libertad de numerosos presos contra los

que no se había formado consejo de guerra. El único de los vecinos

de Nanclares beneficiado con esta gracia particular fue Claudio

Abad, probablemente por no haberse acumulado excesivas de-

nuncias contra él por parte de las autoridades locales.

1 GÓMEZ CALVO, Javier (2014: pp. 241 y siguientes).

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Federico Sáiz-Calderón Zufiaur

NOMBRE: Federico

APELLIDOS: Sáiz-Calderón Zufiaur

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Molinero

EDAD: 55

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Unión General de Trabajadores (UGT)

CONSEJO DE GUERRA: Sí - Absolución

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 04/09/1936 – 05/06/1938

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Álava, caja 43 (exp. 705); AIMNO, Fondo Álava caja 52 (exp. 827)

7. Las detenciones de militantes de UGT

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Zacarías Martínez Ortiz de Pinedo

NOMBRE: Zacarías

APELLIDOS: Martínez Ortiz de Pinedo

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Jornalero

EDAD: 56

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Unión General de Trabajadores (UGT)

CONSEJO DE GUERRA: Sí - Sobreseído

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 04/09/36 – 15/07/39

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: Sí (500 pesetas)

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

MULTAS DOP: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 54 (exp. 461); AIMNO, Fondo Álava, caja 74 (exp. 1087); Jurisdicción especial y represión franquis-ta en Álava (p. 366)

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Claudio Abad Elvira

NOMBRE: Claudio

APELLIDOS: Abad Elvira

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Jornalero

EDAD: 30

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: Sí (26/09/36 – 01/04/37)

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 29 (exp. 208)

7. Las detenciones de militantes de UGT

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

8. El control social sobre la población

Las heridas abiertas como consecuencia de la represión política

no sólo tardaron en cerrarse sino que además son difíciles de

explorar más allá del rastro documental que ha permitido la elabo-

ración de este informe. A lo largo del mismo, veintiocho fichas de

vecinos de Nanclares e Iruña permiten cumplir el doble objetivo

de cuantificar y analizar el número de afectados directamente por

el ejercicio de la violencia política y las diferentes caras que el ejer-

cicio de la misma presentó a lo largo de los años. Pero lo que co-

nocemos como represión fue mucho más que asesinatos, consejos

de guerra sumarísimos, expedientes profesionales de depuración,

cárcel, multas o exilio. Fue también la privación perpetúa de seres

queridos, el desmantelamiento de las relaciones sociales en cual-

quier ámbito, la ruptura de la convivencia, la condena a la miseria

económica y todo un largo etcétera.

Los casi cuarenta años de dictadura posteriores al final de la gue-

rra no fueron posibles únicamente debido a la victoria bélica sino a

la construcción de una serie de lealtades que permitieron tejer una

malla de protección social sobre la dictadura militar franquista. Es-

tas complicidades permitían también que el régimen controlara cada

palmo del territorio con cierta exactitud. Controlar socialmente a la

población no es exactamente represión política, pero sí una de las ex-

presiones más comunes de cualquier régimen totalitario y también

una de las más complejas de reconstruir documentalmente.

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El testimonio de Pilar Ruiz de Austri nos ha permitido conocer

que, como en tantos puntos de la geografía española, también en

Nanclares las madres, mujeres, hermanas o hijas de vecinos repu-

blicanos o izquierdistas fueron sometidas a castigos humillantes

no regulados por el régimen, como por ejemplo el rapado de pelo.

La consulta de diversas fuentes escritas permite corroborar la au-

tenticidad de sus palabras; como mencionamos antes, una de las

afectadas fue la mujer de Pedro Peréz de San Román. Con certeza

fueron muchas más. Sin embargo, ¿sobre cuánta gente informaba

el régimen? ¿cuántos vecinos pudieron ser víctimas de todo tipo

de castigos y no lo fueron por muy diversos motivos?

Para completar este informe hemos utilizado una fuente esca-

samente usada en investigaciones sobre la represión franquista,

probablemente por la dificultad de su tratamiento y la dispersión

documental. Se trata de las fichas que el Servicio de Información

de la Guardia Civil elaboró a lo largo de toda la dictadura sobre

vecinos de cualquier rincón de España. En ocasiones se trataba de

vecinos que habían estado ingresados en prisión por motivos po-

líticos, pero en el caso de Iruña y Nanclares todas las fichas que

hemos encontrado informaban sobre personas que no sufrieron

privación de libertad ni sanciones políticas durante el franquismo.

Justo Valluerca, un maquinista ferroviario, no fue detenido nun-

ca a pesar de militar en el PSOE. Tampoco fue multado ni amones-

tado. Según los vecinos de derechas, parte clave del engranaje so-

cial que permitía a la Guardia Civil disponer de tanta información,

habría permanecido “pasivo” durante la guerra pero en 1946, en

plena consolidación política del franquismo, estaba conceptuado

8. El control social de la población

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

como “peligroso”. De Florencio Gorosarri, electricista de Iruña y

afín a postulados republicanos, se creía que mantenía sus ideas

muchos años después de la guerra, pero que en cualquier caso se

había “amoldado a las circunstancias”, es decir, a la dictadura. So-

bre Francisco Mendoza, un cartero de 75 años, se informaba de

que nunca recibió castigos, pero que podía resultar peligroso por-

que continuaba con sus ideas.

Sin embargo, la mejor muestra de la obsesión totalitaria del ré-

gimen se encuentra en el consejo de guerra abierto a Guillermo

Casi Díaz, un modesto peón sin adscripción política y que simpati-

zaba con opciones republicanas. Durante la celebración de un des-

file militar en Nanclares, ya en 1938, Guillermo Casi no saludó a la

bandera levantando el brazo, lo que motivó la inmediata denuncia

de uno de los militares presentes y su detención. Llevado ante un

tribunal militar, las mismas autoridades locales que hasta esa fe-

cha habían sido determinantes en la aplicación de castigos contra

vecinos de izquierdas acabaron por salvar involuntariamente a

Guillermo Casi. En sus testimonios y en los informes elaborados,

le acusaron de tener “afición al alcohol” y de ser “hombre de escasa

cultura”, razón por la cual los jueces militares conceptuaron la cau-

sa como de un simple escándalo público. Tras permanecer medio

año en prisión, quedó en libertad sin que posteriormente recibiera

sanciones económicas ni de ningún otro tipo.

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Guillermo Casi DíazNOMBRE: Guillermo

APELLIDOS: Casi Díaz

VECINDAD: Nanclares de la Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Peón

EDAD: 53

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano

CONSEJO DE GUERRA: Sí - Sin responsabilidad

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: 20/06/38 – 16/03/43

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: No

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: AHPA, Fondo Nanclares, caja 50 (exp. 40); AIMNO, Fondo Álava, caja 8 (122).

8. El control social de la población

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Justo Valluerca Múgica

NOMBRE: Justo

APELLIDOS: Valluerca Múgica

VECINDAD: Nanclares de Oca (Nanclares)

PROFESIÓN: Maquinista

EDAD: 45 (1946)

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Partido Socialista Obrero Español (PSOE)

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

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Florencio Gorosarri Pinedo

NOMBRE: Florencio

APELLIDOS: Gorosarri Pinedo

VECINDAD: Trespuentes (Iruña)

PROFESIÓN: Electricista

EDAD: 39

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: Republicano sin adscripción

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

8. El control social de la población

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Javier Gómez Calvo. La represión franquista en Iruña de Oca

Francisco Mendoza Marquínez

NOMBRE: Francisco

APELLIDOS: Mendoza Marquínez

VECINDAD: Ollávarre (Nanclares)

PROFESIÓN: Cartero

EDAD: 75

FILIACIÓN POLÍTICA/SINDICAL: No consta

CONSEJO DE GUERRA: No

INTERNAMIENTO EN PRISIÓN: No

INCOACIÓN EXPEDIENTE DE RESP.POLÍTICAS: No

EXPEDIENTE DE DEPURACIÓN PROFESIONAL: No

VIGILANCIA/SEGUIMIENTO POLICIAL: Sí

OTRAS MULTAS: No

REFERENCIAS DOCUMENTALES: Archivo General de la Administración (AGA), expedientes informativos de la Guardia Civil.

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ARCHIVOS

Provinciales

Archivo Histórico Provincial de Álava (AHPA)

Archivo del Territorio Histórico de Álava (ATHA)

Archivo Municipal de Iruña de Oca

Archivo Municipal de Valdegovía

Nacionales

Archivo General de la Administración, Alcalá de Henares (AGA)

Archivo Intermedio Militar de la Región Noroeste, Ferrol (AIMNO)

Archivo Histórico Nacional, Madrid (AHN)

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

-DE PABLO CONTRERAS, Santiago: En tierra de nadie. Los nacionalistas vascos

en Álava, Vitoria, Ikusager, 2006.

-GIL BASTERRA, Iñaki: Jurisdicción especial y represión franquista en Álava

(1936-1942). Documentación del Tribunal de Responsabilidades Políticas para

Álava, Vitoria, Gobierno Vasco, 2006.

-GÓMEZ CALVO, Javier: Purgados. La depuración franquista en la Diputación

de Álava (1936-1940), Vitoria, Diputación Foral de Álava, 2013.

-GOMEZ CALVO, Javier: Matar, purgar, sanar. La represión franquista en Álava,

Madrid, Tecnos, 2014.

-IBÁÑEZ, Norberto: Fondo documental de represaliados alaveses en la guerra

de 1936-1939, Vitoria, Diputación Foral de Álava, 2004.

-MARTÍNEZ MENDILUCE, José Antonio y Luis: Historia de la resistencia anti-

franquista en Álava, 1936-1937, San Sebastián, Txertoa, 1998.

-UGARTE TELLERÍA, Javier: La nueva Covadonga insurgente: orígenes sociales

y culturales de la sublevación de 1936 en Navarra y en el País Vasco, Madrid,

Biblioteca Nueva, 1998.

Archivos y bibliografía básica

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El Ayuntamiento de Iruña de Oca en Memoriade las víctimas del franquismo de este Municipio.

Asesinados en 1936 por defender la libertady la legalidad republicana.

Que sus nombres no se borren de la historia:HIPÓLITO AJAMIL SÁEZDEOGRACIAS FRANCO

FRANCISCO LÓPEZ MURGAAURELIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

BONIFACIO SOMALOMA ROBADORCLAUDIO RUIZ DE AUSTRI PINEDO

DOMINGO RUIZ DE AUSTRI RUIZ DE AUSTRI

El Pleno del Ayuntamiento de Iruña de Oca aprobó en sumomento una moción destinada a reconocer la memoria de siete vecinos de nuestro Municipio que fueron asesinados durante la represión franquista. Además de aprobar el texto arriba citado y que quedará grabado en una placa conmemorativa, el Consistorio encargó el presente estudio histórico sobre aquellos trágicos epi-sodios y sobre el contexto de represión en el que se produjeron. Y convocó además un concurso para la elaboración de un monumen-to en recuerdo y reconocimiento de todas estas personas, cuya imagen ilustra la portada de esta publicación.La memoria y el recuerdo de las víctimas es hoy el único homenaje que podemos tributarles. A ellas y a todas aquellas personas que sufrieron persecución, castigo, vulneración de sus derechos por profesar unas ideas y unas ideologías concretas.