la reglamentaciÓn de la nueva normativa en … · 2016-05-28 · s c e n s o r e s e x i s t e n t...
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XXII Jornadas Andaluzas. Administradores de Fincas. Cádiz 18 y 19 Oct 2.013
LA REGLAMENTACIÓNDE LA NUEVA NORMATIVAEN ASCENSORES
Manuel GonzálezDirector de Zona Cádiz
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1. Normativas Reglamentarias
- Legisle menos- Legisle mejor- Cumpla la ley
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1. Evolución Normativa del ascensor
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2. RD 1314/1997. Aplicación de la Directiva Europea
- Aplica a ascensores en funcionamiento o en construcción
- Introduce el marcado CE de conformidad y CE de Tipo
- Deroga el RAE aprobado por RD 2291/1985, con excepciónde los artículos 10,11,12,13,14,15,19 y 23 (*) y la ITC conla excepción de lo que remite los artículos vigentes del RAE(*) Empresas Conservadoras, Mantenimiento, Revisiones de Industria
la de ITC art 16 principalmente
UNE-EN 81.28Alarmas a distancia en ascensores
- Comunicación Bidireccional entre usuarioatrapado y servicio de rescate
- Identificación datos del ascensor- Chequeo de la línea TF
3. UNE EN 81-1 y 81-2. Enmienda A3
Nuevos requisitos de Seguridad en los Ascensores
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Rango aplicación Ascensores Nuevosy Sustituciones
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3. UNE EN 81-1 y 81-2. Enmienda A3
A3. Aspectos relacionados con la seguridad de los usuarios y técnicos
-Movimientos inesperados de la cabina detenida en planta y con puertasabiertas y que puedan afectar a los usuarios que en ese momento esténentrando o saliendo de la cabinaEstos sistemas deben frenar ese movimiento antes que la cabinarecorra 1,20 m ( máximo para su detención total)
-Los elementos de protección fijos del ascensor (protecciones, tapas,…)deben estar conectados al equipo de forma que no se posible su perdidadurante los trabajos de inspección
-Rango de precisión de parada +/- 10 mmy de +/- 20 mm precisiónde nivelación
¿ Que pasa con las obras en curso ?Ascensores instalados NO legalizados
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Comunicación Uds afectadas
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Para ascensores puesto en marcha con anterioridad al RD 1314a) Medidas 1 al 11 En el plazo de 1 año desde OCAb) Medidas 12 al 16 Cuando se den los supuestos
a) Medidas de Seguridad
1. Interruptor de parada en FOSO2. Faldón bajo Cabina. Max 75 com3. Puertas de Cabina + Indicador de posición4. Iluminación y alarma de emergencia5. Protección en las poleas6. Aflojamiento cable del limitador7. Dispositivo antipatinaje de cables8. Control desde Cuarto de maquinas posición de cabina9. Cuadro de maniobra DOS contactares independiente10. Comunicación Bidireccional11. Barandillas
4. RD 57/ 2005. Seguridad en Ascensores existentes
b) Medidas de Seguridad
12. Eliminar AMIANTO13. Cuando se cambie GRUPO TRACTOR.
+/- 2cm precisión de parada14. Cuando se cambie la BOMBA ASC HIDRAULICO
Bomba manual desplazamiento hacia arriba15. Cuando se cambie la CABINA
Sobrecarga y mandos inteligibles para minusvalidos16. Cuando se cambie GRUPO TRACTOR + CABINA o bastidor
Dispositivo impida el movimiento incontroladoascendente de cabina
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RD 88/ 2.013.ITC Ascensores
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ÁMBITO DE APLICACIÓN - ¿A QUÉ PRODUCTOS APLICA?
A los “ascensores”, definidos como CUALQUIER aparato deelevación, con un habitáculo que se desplace por un recorridofijo, que sirva niveles definidos y que se use para transportar:
• Personas• Personas y objetos• Sólo objetos (si es accesible a personas)
Ascensores, Montacargas, Monta-coches, Unifamiliares,Plataformas hidráulicas, etc..
Cualquier velocidad; pero especificar si hasta 0,15 m/s omayor.
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
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ÁMBITO DE APLICACIÓN - ¿A QUÉ PRODUCTOS NO APLICA?
• Ascensores de obra
• Aerogeneradores o “Aparatos de elevación vinculados auna máquina y destinados exclusivamente al acceso depuestos de trabajo, incluidos los puntos demantenimiento e inspección.”
• Escaleras mecánicas y andenes móviles
• Monta-sillas o “Aparatos elevadores que discurran a lolargo de una escalera o rampa, o que sirvan unadistancia vertical menor que la existente entre dosplantas de un edificio”
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
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ÁMBITO DE APLICACIÓN - ¿CÓMO SE APLICA A LOS PRODUCTOS?
• En los “ascensores” que ya EXISTEN, sólo en lo relativo a:
MANTENIMIENTOMODIFICACIONES IMPORTANTESINSPECCIONES
Para el resto de temas, los ascensores existentesseguirán rigiéndose por la legislación en vigor cuando sepusieron en servicio.
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
• En los “ascensores” NUEVOS (y sus modificacionesposteriores):
TODA esta ITC
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“ASCENSORES” EXISTENTES DE VELOCIDAD HASTA 0,15 m/s.OBLIGACIONES DEL TITULAR.
REGISTRARLOS, dependiendo de su fechade puesta en servicio, en los siguientes plazos:
• Desde 30/12/2009 hasta la fecha de exigibilidad de estaITC: 6 meses
• Entre 1/07/1999 y 29/12/2009: 24 meses, previaadaptación según lo estipulado en RD 1644/2008 (DM).
MANTENERLOS, a partir de su fecha de registro.
INSPECCIONARLOS, Cada 4 meses.
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
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PERIODICIDAD DE MANTENIMIENTO APLICABLE
Cada 4 meses
- Ascensores en viviendas unifamiliares (Vivienda unifamiliar: “ situada
en parcela independiente que sirve de residencia habitual, permanente o temporal,para una sola familia.)
- Ascensores de velocidad inferior o igual a 0,15 m/s
Cada 6 semanasAscensores de antigüedad inferior a 20 años y sean:• De pública concurrencia (hasta 4 paradas), o• De uso residencial (hasta 6 paradas).
Cada mes
Resto de ascensores no incluidos en los apartados anteriores.
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
El titular es responsable de cumplirlas disposiciones reglamentarias
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- Las operaciones de mantenimiento se realizan según un PLANde INSPECCIONES
- Menos visitas ≠ Menor mantenimiento preventivo Solo queen cada visita, en principio, se realizarían mas operaciones
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¿ COMO AFECTA A LOS CONTRATOS DE MANTENIMIENTO ?
- Las Revisiones volverán a mensual con el transcurso del tiempo- Los contratos de mantenimiento cubren muchos mas servicios
que la visita periódica de Mto
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
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MANTENIMIENTO. CONSERVADORREGISTRO DEL MANTENIMIENTO. CONSERVADOR
Conservador debe mantener registro demantenimiento con temas concretos:
• Revisiones de mantenimiento ordinario• Incidencias y averías• Accidentes• Reparaciones y cambios de piezas• Modificaciones importantes
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
Garantizar por DOS años los trabajos de corrección de los defectos
Garantizar en plazo máximo de 24h el envío de personal cuando sean requeridospor el titular para corregir averías que causen la parada del mismo e“inmediatamente” cuando haya un atrapamiento.
Poner en conocimiento del titular elementos a sustituir o incumplimineto denormativa
Comunicar en un plazo de 30 días a Industria las altas/bajas de los contratos demantenimiento.
Inspección periódica, comunicarlo con unmínimo de dos meses de antelación.
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MODIFICACIONES IMPORTANTESMODIFICACIONES IMPORTANTES
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
Dispositivos de enclavamiento, control o guías
IV. Modificación ImportanteCambios de estos bloques principales:
- Velocidad- Dispositivos de enclavamiento, control o guías- Maquinas Tractoras / Equipo Hidráulico- Tipo de Puertas
Datos a Aportar a la Administración• Ficha técnica de la modificación,• Declaración de la empresa de que lo hecho es
conforme a legislación• Acta de ensayos/pruebas finales, si procede.• Documentación del TITULAR
Son cambios significativosen ascensores existentes
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INSPECCIONES PERIÓDICAS (OCA). ÁMBITO DE APLICACIÓN
Periodicidad:
• Edificios de uso industrial ó de pública concurrencia: cada 2 años.• Edificios de más de 20 viviendas ó más de cuatro plantas servidas:
cada 4 años.• Resto: cada 6 años.• Tras una modificación importante• Tras un accidente• Cuando lo solicite Industria
Se amplia a todos los “ascensores” así definidos por estaITC: Unifamiliares, Homelift, plataformas, etc…
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
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PERIÓDICAS. DEFECTOSINSPECCIONES PERIÓDICAS. DEFECTOS
• UNE 192008 para elaborar los protocolos de inspección ycalificación de defectos.
5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
LEVE: Cuando no sea calificable grave o muy graveSi fuese reiteración de la inspección anterior ->
Comunicación a Órgano Competente
GRAVE: Peligro Inmediato para la seguridadOCA, resultado desfavorable, corrección 6 mesesVolver a hacer inspección, NO corregido defectos Muy Grave
MUY GRAVE: Riesgo InminenteLa Empresa Conservadora a instancias de las OCA, dejará elaparato fuera de servicio, hasta su corrección y verificación
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5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
REFUGIOS o ESPACIOS LIBRES
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5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
GUIA PARA LA INSPECCIÓN PERIODICA
Proyecto de Norma: UNE 192008-1. Procedimiento para laInspección reglamentaria en ascensores
ASOCAM, Empresas Conservadoras y la Administración
DEFECTO CALIFICACIÓN PLAZO CORRECCION
LEVEEl no calificable como grave o muygrave
Máximo 1 AÑO
GRAVENO supone un peligro inmediato parala seguridad de la personas o cosas,pero puede serlo en caso de fallo
Máximo 6 MESESVisita de Comprobaciónsubsanación defectos
MUYGRAVE
Riesgo Inminente para la personas olas cosas, o puede causar daños a lainstalación
INMEDIATO. Dejando el
ascensor fuera de servicio hastasu reparación.Se debe indicar fecha máximade corrección de defectos,máximo 10 días después,inspección OCA
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5. RD 88/ 2.013. ITC Ascensores
GUIA PARA LA INSPECCIÓN PERIODICA
Procedimiento para la Inspección- Titular:
- Firma documento de encargo. Indicar RAE- Firmar “ Hoja de Campo”, como enterado de su realización- Facilitar el acta de la ultima inspección
- Comprobación de defectos- Corrección adecuada Ascensor en servicio Normal- No Todos defectos Graves corregidos Ascensor Fuera de Servicio
Pasa a consideración de Muy Graves- No Todos los defectos MUY Graves Corregidos Indicar fecha max
de corrección de defectos y visita en 10 dias, Fuera de Servicio
CERTIFICADO
FAVORABLE- Sin defectos- Defectos Leves- Defecto Leve con Reiteración Favorable con Reparo
DESFAVORABLE- Defectos Graves Plazo de Subsanación- Defectos Muy Graves Paralización del ascensor
ANEXO I. CRITERIOS
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6. Otras Normativas Relacionadas. CTE
EFICIENCIA ENERGÉTICADESARROLLO SOSTENIBLE
ENERGÍASRENOVABLES
7. Nuevas Tecnologías en AscensoresEl criterio de sostenibilidad medioambiental.OPCIONES
NO CONTAMINAR
CONTAMINAR MENOS
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7. Eficiencia Energética. Nuevas Tecnologias
CLASIFICACIÓN VDI 4707
- Iluminación LED- Apagado automático de
de luz en cabina
MPD
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e* service .Transparencia en la información
www. otis.com
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