la reforma agraria colombia

7
i 2012 UNIVERSIDAD COLECIO MAYOR DE CUNDINAMARCA DIANA CAROLINA GARCIA SOSA LA REFORMA AGRARIA EN [ COLOMBIA. ] SE hará un breve esbozo sobre la evolución de las leyes enfocadas a la actividad agropecuaria en Colombia, revisando los objetivos e implicaciones de las leyes que han venido afectando el comportamiento de este importante sector en una economía como la colombiana.

Upload: nany-garcia

Post on 14-Mar-2016

215 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

un recuento sobre la evolucion de las diferentes leyes que se han desarrollado en torno al sector agricola colombiano.

TRANSCRIPT

i

2012

UNIVERSIDAD COLECIO MAYOR DE CUNDINAMARCA DIANA CAROLINA GARCIA SOSA

LA REFORMA AGRARIA EN [COLOMBIA. ]SE hará un breve esbozo sobre la evolución de las leyes enfocadas a la actividad agropecuaria en Colombia, revisando los objetivos e implicaciones de las leyes que han venido afectando el comportamiento de este importante sector en una economía como la colombiana.

olombia ha sido y es un país flagelado por la violencia, a lo largo de la

historia ha estado presente en todos y cada uno de sus ámbitos; pero el

campo, ha sido testigo de las más desgarradoras escenas, dejando

perdidas de miles y miles de personas, así como de la confianza de la población

en una sucesión de gobiernos, que han sido incapaces de generar las estrategias

que garanticen la seguridad y la calidad de vida de la sociedad.

La población rural colombiana se ha visto rodeada de los conflictos que se han

desarrollado en el país, casi siempre de carácter político o relacionado con

actividades ilícitas, como el narcotráfico. Es por esto, que se ha intentado generar

las leyes que permitan mitigar los efectos de los conflictos así como de la mala

repartición de las tierras y la alta concentración de tierras de alta fertilidad en

manos de pocos, la lucha entre el campesino doméstico y las grandes empresas

nacionales e internacionales, que tienen todo el acceso a la tecnología necesaria

para explotar las tierras obteniendo el mejor rendimiento. Entonces, la

consecución de las tierras por parte de los campesinos se hace, cuando menos,

difícil y se complica aún más, cuando se debe batallar también con la corrupción y

la violencia en un sector, en el que hacerse competitivo es en dadas condiciones,

una cuestión de suerte.

Toda reforma a la estructura agraria tuvo como objetivo primordial, el desaparecer

el fenómeno de la concentración de propiedad, con el fin de eliminar la

desproporción entre la cantidad de tierra y el número de propietarios, peros se

presentaban dos problemas importantes con respecto a este tema: (1) las altas

concentraciones de tierra en manos de pocos y (2) el excesivo número de

minifundios.

A continuación se ilustrará el proceso de legislación con respecto al sector agrario

en el tiempo. Iniciando con:

Ley 200 de 1936.

Que introduce el concepto social de la propiedad sobre las tierras, pero define

dicha propiedad como la ejecución de la actividad productiva sobre dicho terreno.

Es por esta consideración que se presenta la figura de la extinción de dominio

sobre aquellas tierras que se dejaran ociosas durante cierto tiempo, también se

define la jurisdicción agraria especializada para solución de conflictos de tierras;

como era de esperarse aquellas personas con cierta cantidad de poder en el

sector y a los que no les convenía la ampliación de los derechos de los

campesinos, lograron revertir muchas de las consideraciones contempladas en la

ley. Las pocas organizaciones de campesinos nacidas en esta época, como la

confederación campesina, fueron pronto blanco de la violencia en el marco de los

C

enfrentamientos partidistas entre 1948 y 1958, dejando una vez más la población

campesina, a la deriva. Está ley se modifica durante el segundo periodo de

Alfonso López Pumarejo con la ley 100 de 1944 con la que se recuperaban

algunas de las condiciones existentes antes de ser aprobada la Ley de Tierras,

como la figura de aparcería.1

ley 135 de 1961 (primera ley de reforma agraria)

Bajo la administración Lleras Camargo, se crea la llamada ley de reforma social

agraria, que tenía por objetivos: Reformar la distribución de las tierras y generar un

método de explotación adecuado y eficiente, Fomentar la explotación adecuada de

tierras “desperdiciadas”, Aumentar la producción agrícola, Generar garantías para

los pequeños propietarios y los asalariados del sector, Elevar el nivel de vida de la

población y Procurar el uso responsable de los recursos naturales. Bajo esta

misma ley se crea el instituto colombiano de reforma agraria (incora) “que

contemplaba entre sus funciones, la compra de tierras para su distribución entre la

población campesina, y que tuvo vigencia hasta el 2007 cuando el gobierno de

Álvaro Uribe liquida la institución por los numerosos casos de corrupción en los

que se vio envuelta. En su lugar se crea el Instituto Colombiano de Desarrollo

Rural (Incoder) como mecanismo para la administración de las tierras por parte del

Estado.”2 El incora tuvo financiación de varias fuentes entre las cuales se

destacan: asignaciones del presupuesto nacional, emisiones de bonos agrarios el

2.8% del recaudo del impuesto a las exportaciones y los recaudos que obtuviera

por venta de tierras u otros activos.

Esta ley significo un gran avance en la eliminación de la iniquidad, pero se da un

gran retroceso durante la administración de Misael Pastrana, con el llamado

acuerdo de “chicoral” pactado en 1973 con vigencia hasta 1988, hasta que se

eliminan todos estos obstáculos con la reforma agraria introducida en el gobierno

de Virgilio Barco. Esta pretendía ser una especie de anti reforma, que induce el

concepto de la calificación de tierras. Con esto el incora empieza a adquirir

terrenos no productivos para repartirlos entre la población campesina que tampoco

estaba en condiciones de explotarla.

Modificaciones a la ley sobre reforma agraria

1 “A grandes rasgos: De Alfonso López Pumarejo a Juan Manuel Santos”, S. Buitrago. (s.f.) recuperado de:

http://www.estatierraesmia.co/ley-de-tierras/index.html el 30 de octubre de 2012. 2 2 “A grandes rasgos: De Alfonso López Pumarejo a Juan Manuel Santos”, S. Buitrago. (s.f.) recuperado de:

http://www.estatierraesmia.co/ley-de-tierras/index.html el 30 de octubre de 2012.

se presentan dos modificaciones importantes a la ley, cabe resaltar:

Ley 1ª de 1968 : se agrega como objetivo la promoción y apoyo a asociaciones

campesinas

Ley 4ª marzo de 1972 “acuerdo de chicoral”, introduce tres modificaciones:

1) establece la calificación de las tierras adecuadamente explotadas (limites

minimos de producción)

2) nueva forma de pagar las tierras

3) creo mecanismos de implementación de la política agropecuaria como :

fondo nacional de adquisiciones y el bienestar social campesino

LEY 5ª DE 1973

con esta última se determinan cambios en la política crediticia agropecuaria, se

busca ampliar el capital de acción de los campesinos, con el fin de estimular la

capitalización del sector agropecuario, se crearon nuevos mecanismos para la

irrigación de créditos, se persigue el aumento sostenido de la competitividad en el

sector así como el aumento de la producción, como una herramienta de impulso a

la economía en su totalidad, como resultados asociados podríamos encontrar las

mejoras en la calidad de vida de la población rural, el acceso a la educación, la

seguridad y la salud. Por presión de los gremios agrarios, en 1966 la junta

monetaria, aprueba la creación del fondo financiero agropecuario, modificado por

la ley 5ª y reemplazado por FINAGRO por la ley 16 de 1990

Objetivos específicos:

Capitalizar el sector para aumentar su producción y fortalecer el sector

externo.

Lograr un adecuado aprovechamiento de la tierra

Fomentar la utilización racional del potencial humano y el sector rural

LEY 6ª DE 1975

Para enero de 1975 aparece una ley complementaria a la reforma social agraria,

en disponer que mediante el contrato de aparcería, un propietario acuerda con el

aparcero, la posibilidad de explotar de modo conjunto un terreno o parte de este, y

repartir los beneficios de dicha explotación entre ellos.” En este año se impuso el

programa de Desarrollo Rural Integrado, pero no fue concebido como un

complemento de la reforma agraria, sino como su sustituto y además resultó ser

insuficiente y no logró cambiar de manera sustancial la situación del

campesinado.”3

LEY 30 DE 1988

Introducida durante el periodo de gobierno del presidente Virgilio barco la ley 30

tiene por objetivos principales, lograr una mayor redistribución de la tierra

reduciendo el índice de iniquidad y la alta concentración de las tierras altamente

productivas en manos de los terratenientes, condición que tendía a eliminar la

participación de los campesinos en el mercado colombiano; elevar el nivel de vida

de la población campesina y generar empleo productivo. Esta ley amplio las

funciones del INCORA convirtiéndolo en un instrumento para alcanzar objetivos

socioeconómicos (calidad de vida, alcance de la educación, entre otros.), elimino

la calificación de los predios como criterio para determinar la expropiación preciso

el concepto de unidad agrícola familiar que es aquella dedicada a la actividad

agrícola y agropecuaria pero que su operación productiva le genera ingresos

inferiores a tres salarios mínimos); Estableció el procedimiento que se debía

seguir para expropiar tierras , de manera “legal”.

LEY 160 DE 1993

Establece un nuevo marco conceptual, supone una visión radicalmente distinta al

comportamiento del campo. Se revocan algunas funciones del incora, ya no

interviene directamente en el proceso de compra y venta. Tenía por objetivo:

impulsar el mercado de tierras en el campo a través de la comunicación directa

entre el propietario y el campesino.

En un plano un poco mas actual encontramos la ley 708 de 2001” creada en el

gobierno de Andrés Pastrana, y enfocada sobre todo en dar facilidades de

financiación a población sin recursos para obtención de tierra y vivienda. Tanto en

el gobierno de Pastrana como en los inicios del gobierno de Álvaro Uribe, se

proponen modificaciones a la ley 160 del gobierno de Samper, pero solo se tocará

el tema de la redistribución de la tierra con mayor intensidad cuando comienza el

debate por la aprobación del proyecto de Ley de Desarrollo Rural, que, propuesto

desde inicios del primer gobierno de Uribe como parte de su política de tierras, es

aprobado en junio de 2009. Con la ley se buscó, entre otras cosas, que personas

con 5 o más años en propiedad de una tierra pudiera legalizar sus títulos.”4

3 “La tenencia de la tierra: un problema en Colombia” V. Vargas Rivera , Viernes 7 de diciembre de 2007.

Recuperado de: http://www.prensarural.org/spip/spip.php?article1288” el 30 de octubre de 2012. 4 “A grandes rasgos: De Alfonso López Pumarejo a Juan Manuel Santos”, S. Buitrago. (s.f.) recuperado de:

http://www.estatierraesmia.co/ley-de-tierras/index.html el 30 de octubre de 2012.

Por último el tema se retoma en el gobierno de Juan Manuel Santos con la

creación del proyecto de Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, proyecto

bandera de la administración santos, ley que es aprobada el 25 de mayo de 2011

iniciando lo que se espera sea el inicio de un cambio en la estructura de la

economía colombiana.

Se analizaran dos situaciones creadas durante las reformas previamente

estudiadas:

EL PLAN NACIONAL DE REHABILITACION

Fue Creado por la ley 35 de 1984 , se buscaba atender las zonas que afrontaban

casos más graves de pobreza o afectadas por complicaciones de orden público

presentes en toda la nación, además Busco generar un ingreso constante para

estas zonas impulsando el uso de cultivos de rendimiento tardío , y el fomento

pecuario. Fue manejado desde la presidencia de la república y buscó siempre la

cooperación de la comunidad y su modernización Es decir buscaba procurar, al

igual que todos los proyectos anteriores, la mejora en la calidad de vida de toda la

población y la integración de esta en torno a las actividades que les darían un

modo de vida sustentable adecuado y legal.

EL FONDO DE DESARROLLO RURAL INTEGRADO

Esta institución Tuvo especial importancia durante la administración de Virgilio

Barco durante la cual Fue manejada desde la presidencia de la república, que

supondría un nivel de vigilancia mucho más alta con respecto a las actividades

realizadas por dicha institución. Esta centraba su acción en los municipios y sus

comunidades, que buscaba mejorar, mediante la modernización y la participación

en proyectos de mejoramiento de capacidades productivas, de seguridad y de

saneamiento.

Bibliografía:

La estructura económica colombiana. Gilberto Arango Londoño.

http://reexistencia.wordpress.com/revista-julio-2011/aurelio-suarez-

%C2%ABla-restitucion-es-la-mascara-para-un-aumento-de-la-

concentracion-de-la-tierra-peor-todavia%C2%BB/

http://www.fian.org/resources/documents/others/la-reforma-agraria-en-

colombia/pdf

“La tenencia de la tierra: un problema en Colombia” V. Vargas Rivera , Viernes 7 de diciembre de 2007. en: http://www.prensarural.org/spip/spip.php?article1288”

1 “A grandes rasgos: De Alfonso López Pumarejo a Juan Manuel Santos”, S. Buitrago. (s.f.) en: http://www.estatierraesmia.co/ley-de-tierras/index.html

i Imagen de portada tomada de : Aurelio Suárez: «La restitución es la máscara para un aumento de la concentración de la tierra peor todavía» por Carolina Ibáñez en: http://reexistencia.wordpress.com/revista-julio-2011/aurelio-suarez-%C2%ABla-restitucion-es-la-mascara-para-un-aumento-de-la-concentracion-de-la-tierra-peor-todavia%C2%BB/