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La redacción del preacuerdo sobre el nuevo marco retributivo es muy confusa dando lugar a múltiples interpretaciones lo que permitirá a la Consejería, si llegara el caso, aplicar aquella que mejor convenga a sus intereses. Una de las interpretaciones

posibles es la que, sin explicar su fundamento, realizan los sindicatos firmantes del preacuerdo al considerar que las cantidades a abonar son consolidables desde el primer añoOtra donde se estima que las cantidades a abonar solo se consolidan a partir del 2013

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lo que sí resulta claro es que el preacuerdo resulta lesivo para el profesorado y se aleja enormemente de las cantidades demandadas por los docentes canarios en concepto de Homologación con el resto de funcionarios de la Comunidad Autónoma Canaria.

Es bastante explicito el preacuerdo en sus puntos 2, 3 y 4, en los que deja muy claro desde el principio que solo existen 80 millones de euros, con carácter gradual para 5 años, vinculados, además, al logro de objetivos de calidad y sólo consolidables al final de los 5 años.

También es explicito el preacuerdo en sus puntos 5 y 6 al establecer que cada docente percibirá solo el porcentaje anual señalado para cada sexenio y no el porcentaje anual acumulado. Solo se percibirá el 100% de cada sexenio “al quinto año”.

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Al margen de la interpretación de las cuantías aquí expuesta por las organizaciones no firmantes del preacuerdo, y que muestra lo insignificante de las mismas, o de las que otras organizaciones puedan realizar, lo cierto es que para poder cobrar el complemento por sexenios será necesario cumplir unos requisitos, que en muchos casos serán difíciles, cuando no imposibles de alcanzar. Igualmente será necesario que el acuerdo definitivo cumpla toda la vigencia de tiempo establecida en el mismo, cuestión esta en absoluto garantizada en el preacuerdo.

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Pese a ser la parte más larga del preacuerdo la dedicada a los requisitos (puntos 8 al 11, ambos inclusive), es la parte menos explicita, ya que es confuso cómo se realizaría el reconocimiento del sexenio al profesorado más antiguo y al contrario, si deja claro que no da las mismas oportunidades a todos los docentes para alcanzar los méritos requeridos. Además de esto, hay que considerar que:

* No contempla criterios que compensen las diferencias existentes entre los Centros de destino, lo que dificultara cuando no impida, que muchos docentes puedan alcanzar los meritos exigidos para lograr un sexenio. También olvida a los docentes en comisión de servicio en otros departamentos de la Administración Pública.* Si deja claro que para el reconocimiento de sexenios al profesorado con más antigüedad, además de solicitarlos, deberá especificar los méritos, por lo cual, quien no tiene meritos a la entrada en vigor del acuerdo definitivo, no podrá cobrar el complemento por sexenios.* Muestra enormes incoherencias y falta de rigor al establecer y valorar los meritos necesarios para acceder al reconocimiento de los sexenios, que parecen mas, los establecidos para un complemento de productividad al que todos no podremos acceder.

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Tal como prevé en el punto 13 del preacuerdo, el mismo pueda quedar limitado en el tiempo, por la posible entrada en vigor del futuro Estatuto de la Función Docente, es decir, que no queda garantizado que el posible acuerdo cumpla el periodo de cinco anos que señala, y por tanto:- La financiación de 80 millones quedaría bastante reducida.- Impediría cobrar todo el complemento retributivo y aún menos consolidarlo.- No garantiza que el profesorado interino o sustituto que llegue a cobrar algún sexenio, pueda continuar cobrándolo después.

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.Que interpretación realizara la Consejería del preacuerdo?, .Estará la respuesta en lacarta que la actual Consejera de Educación dedico al profesorado canario?.Se puede aceptar un acuerdo que pretende con una ridícula propina abortar la justareivindicación de la Homologación de los docentes canarios?.Se puede aceptar un acuerdo con una redacción confusa que impida una interpretación segura del mismo?.Se puede aceptar un acuerdo que nace sin poder garantizar la vigencia de lo que en elmismo se recoge?

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RAZONES PARA DECIR “NO” AL PRE-ACUERDO…Este preacuerdo supone un intento de engaño al profesorado, así como un obstáculopara la consecución del legítimo derecho a estar equiparados salarialmente con el resto del funcionariado de Canarias:1. Instaura un “NUEVO MARCO RETRIBUTIVO” fundamentado en sexenios vinculados a importantes contrapartidas, que nada tienen que ver con la demanda de Homologación por la que el profesorado se ha movilizado.2. Amplia nuestra Jornada Laboral al establecer el cumplimiento de obligaciones “fuera del horario escolar” para poder acceder a los sexenios.3. Discrimina a los miles de docentes con escasos años de servicio, que tendrán queesperar muchos años para cobrar y a todos aquellos cercanos a la jubilación, que no llegarán a tiempo para ver sus salarios “homologados”

4. Frente a la Homologación entendida como una deuda que arrastra la Administración con el profesorado desde 1995 y un derecho para todos/as, establece un sistema retributivo desigual entre los docentes, manteniendo a miles de trabajadores en su actual situación de “deshomologación salarial”.5. En lugar de potenciar el trabajo en equipo y la coordinación, apuesta por la introducción en los centros de un complemento de productividad al que no todos podremos acceder.

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6. Obliga al profesorado a sobrecargarse de trabajo extraordinario para poder acceder alos posibles nuevos complementos retributivos y condiciona las relaciones entre elprofesorado y los equipos directivos de los centros, al convertir a estos últimos enevaluadores de los cuales dependerían las retribuciones de los docentes.7. La aceptación de este preacuerdo introduciría aun mayor división y atomización entre los trabajadores de la enseñanza, lo que dificultaría cualquier posibilidad de reivindicación o movilización futura frente a los graves problemas planteados en la Educación Canaria (ratios, inversión, medidas de atención a la diversidad, estabilidad laboral).8. Los interinos y sustitutos tendrán muy difícil cumplir los objetivos que dan acceso a los sexenios. Por el contrario, la Homologación los contempla desde el primer día.9. El preacuerdo es un engaño sin futuro porque prevé que el incremento planteado será absorbido por el futuro Estatuto Docente, caso de aprobarse este.10. La Consejería pretende eximirse de sus responsabilidades situando la mejora de lacalidad y del rendimiento del sistema educativo exclusivamente sobre las espaldas delprofesorado.11. El preacuerdo no garantiza al profesorado interino y sustituto la consolidación de los sexenios puesto que, caso de aprobarse en el futuro el Estatuto Docente, los mismosquedarían excluidos de este complemento.

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.CON CONTRAPARTIDAS? !POR SUPUESTO!En el preacuerdo suscrito entre la Consejería de Educación y las seis Centrales Sindicales firmantes aparecen 14 requisitos o contrapartidas necesarios para obtener algunos de los sexenios. De todos ellos, los citados a continuación nos parecen los menos aceptables puesto que suponen la modificación de nuestra jornada laboral y la realización de nuevas funciones:1. Acogida temprana o prolongación de jornada para mejorar la atención al alumnado. 0,40 puntos por hora acreditada. ¿A partir de qué hora? ¿Incluye desayunar o almorzar con el alumnado?2. Actividades de apoyo al alumnado fuera del horario escolar para mejorar el rendimiento académico. 0,40 puntos por hora. ¿Clases particulares?3. Atención a las familias mediante tutorías especificas de madres y padres fuera delhorario escolar. 0.40 puntos por hora acreditada. ¿No es suficiente lo que desde muchoscentros se está haciendo con la atención a las familias?

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4. Participación como ponente en cursos, seminarios y talleres de formación de madres y padres fuera del horario escolar. 0,20 puntos por cada hora impartida. ¿Formar a padres y a madres? ¿De qué manera? ¿No es suficiente con formar al alumnado y formarnos los docentes de manera continuada?5. Coordinación y mantenimiento de talleres, aulas especificas y laboratorios docentes.2 puntos por curso. ¿Podremos todos los docentes mantener los laboratorios? ¿En quéespecialidades?6. Participación en Comisiones de Selección o Baremación no retribuidas. 1 punto porComisión. ¿Formar parte de un tribunal de oposición es participar en una Comisión deSelección?Además, todas estas actividades requerirían la acreditación y certificación de laDirección del Centro Escolar o de la Inspeccion Educativa.

FRENTE A UN “NUEVO MARCO RETRIBUTIVO” QUE NOS DIVIDE, NOS MANTIENE PERMANENTEMENTE DESHOMOLOGADOS Y NOSSOBRECARGA DE TRABAJO

!!HOMOLOGACION SIN CONTRAPARTIDAS, YA!!

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