la protección jurídica del software y el derecho

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LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EN LA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA

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Page 1: La protección jurídica del software y el derecho

LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EN LA ARGENTINA Y LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTEAMÉRICA

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RESUMEN

• En la presente lectura trata sobre un nuevo documento que el gobierno norteamericano había expedido del 25 de julio de 2013 con el título “Políticas sobre propiedad intelectual, creatividad e innovación en la economía digital”, en este mayormente se reconoce el impacto que el internet a tomado en torno a la propiedad intelectual, en el cual se menciona que no existe otro avance tecnológico que haya impactado tanto sobre le propiedad intelectual que el internet, por lo tanto se señalan tres principios.

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RESUMEN

• En este documento habla sobre el flujo de la información que gracias a la propiedad intelectual, la información ha podido dispersarse más rápido de lo previsto, todos pueden tener acceso libremente, pero en base a esta ventaja se da la mayor desventaja que vendría a ser el de la piratería cuanta información que se encuentra en la red se le atribuye otros dueños, bueno es bastante o incluso cuanta de esta información es tomada sin la autorización del mismo autor y reproducida una y otra vez beneficiando a otros que no sean la misma persona que los creo; en el segundo, es la simple necesidad de hacer cumplir la ley en materia de propiedad intelectual, persiguiendo y sancionando las infracciones;

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EN EL PERÚ LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE ES EN BASE A LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR (D.LEG. 1075) O EL DERECHO DE PATENTES (D.LEG. 823)

• En el Perú la protección jurídica del software es en base a la protección de los derechos de autor, Si nos referimos a Derecho de Autor o Propiedad Industrial en el Perú es regulado por el Decreto Legislativo Nº1075 “Ley de Derechos de Autor” y no se atribuyó su protección a la Propiedad Industrial por diversas razones. Primero, pues el software no introduce cambios en el mundo físico al no ser un bien tangible.

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EN EL PERÚ LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE ES EN BASE A LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR (D.LEG. 1075) O EL DERECHO DE PATENTES (D.LEG. 823)

 • Bueno analizando los decreto legislativos, he

llegado a la conclusión que en el Perú la protección jurídica del software es en base al derecho de patentes, una patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva una invención, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular, ya que el decreto legislativo 823 nos habla prácticamente de elementos de producción industrial como inventos, nombres comerciales, secretos, algo que al ser expuesto pierda de alguna u otra manera su validez pero sea de gran aporte para el avance ya sea tecnológico o cual sea el modo.