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Laprevisibilidaddelpronunciamientojudicial:pero¿existelajurisprudencia?JoséR.Chaves,magistrado1.AfuerzadeexperienciamuchosabogadosaprendenloqueeljuezdelSupremoamericano,OliverioHolmes(1841-1935),considerólaesenciadelDerecho:unpronósticodeloqueeljuezresolverá.Alfinyalcabo,losclientesnoquierenlarazónacadémicanilamisióndelabogadoes crear doctrina teórica, sinoque la relaciónprofesional entre cliente y abogado impone aéste la carga de defender lealmente los intereses de aquél ante el juez y poderle ofrecerrespuestaaestasimplecuestión:¿Sinosembarcamosenunpleito,cualseráelresultado?.Aunque el abogadono tieneunabolade cristal para conocer el desenlacedel litigio, suelecontar con su personal pronóstico pese a ser consciente de su fragilidad porque concurrenvariosfactoresdedesigualimpactoenlabalanzadelajusticia:lafríalegislación,lamovedizajurisprudencia,laestrategiacontrariaylasubjetividaddeljuezquetoqueensuerte.2. Lajurisprudenciasonlosfarosqueiluminanelfinaldeltúnel judicial.Elpropiolegislador,en el vigente art.1.6 del Código Civil, atribuyó a la jurisprudencia, no el papel de Dios delOlimpo de las fuentes del derecho, sinomas bien de humilde titán pues le ha confiado deformacrípticaunasolemnemisión:“complementaráelordenamientojurídicoconladoctrinaque, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, lacostumbreylosprincipiosgeneralesdelderecho”.Ademásparaevitar ladispersiónodesorientaciónde las sentenciasaisladasy robustecer lajurisprudencia en su papel unificador y clarificador ( o nomofiláctico, según el cultismo delSupremo), el art.477.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil abrió las puertas del recurso decasaciónanteelSupremocuandomediaseinteréscasacional,sendaqueinspiróelart.88delaLey Reguladora de lo Contencioso-administrativo en la redacción dada por la Ley Orgánica7/2015, de 21 de Julio, y alzando en ganzúa que abre las puertas del Supremo a laconcurrencia de ese “interés casacional”, concepto jurídico indeterminado que persigueunificar los criterios judiciales, normalmente en caso de sentencias que se oponen a ladoctrina jurisprudencial existente, o cuando no existe jurisprudencia o se apreciecontradicción,perosiemprevelandoporelinterésobjetivoqueprecisaaclaraciónjurídicaparaformarjurisprudenciadefinitiva.3. Bajo estas claves, el abogado no puede prescindir del dato jurisprudencial al reflexionarsobre la viabilidad o fracaso de su estrategia jurídica en relación a la meta ansiada de lavictoriadellitigio.Enprimerlugar,porqueloslitigiosdondesedebatencuestionesjurídicas(ynopuramentefácticas)suelenbrotardondelaLeynoestáclaraensuidentificaciónointerpretación,loquedesplaza la solución hacia el posible precedente jurisprudencial de fondo, y quedando ensegundoplanolavertienteprocesalprobatoria.Ensegundolugar,porquenoexistiendojurisprudenciaenelsentidoformaldelCódigocivil(sentencias conformes del Supremo sobre asunto idéntico), siempre resulta útil como pautaorientativao interpretativa la jurisprudenciamenor, formadaporsentenciasdeAudienciasySalas territoriales, que ofrece un amplísimo caladero donde encontrar claves sobre casosidénticososimilares.Ydigocaladeroporquehoydíalosoperadoresjurídicosnoshemosconvertidoenpescadoresdejurisprudencia.Lasbasesdedatosylosrepertoriosdelassentenciasestánalalcancedelamanoodelatecladelabogadoyeljuez.Todosbuscanarrimarelascuadelajurisprudenciaala sardina de su tesis. Siempre se encontrará un fundamento de derecho, una línea o unasugerencia que permita apuntalar la tesis propia, a veces con la fuerza de acoger la “ratio

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decidendi”yotrasmasdebilitadaporservirsedelmero“obiterdicta”,perotodoayudaavestirel alegato jurídico de demanda o contestación. En ocasiones, el aliado jurisprudencial esinclusoelcaballodeTroyadelasentencia,osea,elvotoparticulardisidentequepuedeservirde apoyo al abogado y al menos, para desterrar su temeridad y con ello, desvanecer elfantasmadelaposibleimposicióndecostas.Noenvanosehadichográficamentequeelvotoparticular de hoy es la sentencia del mañana, para mostrar el carácter dinámico de lajurisprudencia.Al finyalcabo,elabogadopartedeunresultado,quees lasituacióne interésdesuclienteque debe proteger, y se trata de remontar el río jurisprudencial para encontrar apoyo. Lajurisprudencia constituye así el ariete que da seriedad a la posición del abogado y si esutilizadacomoapoyoalasentenciadeljuez,disipalaarbitrariedad.4.Ahorabien, el resultadopráctico a la horade traer la jurisprudencia al pleito, ya seaporabogadosoporelpropiojuez,radicaenquemuchasvecesseconfundecantidadconcalidadyseabusadel“cortaypega”enperjuiciodelaclaridadargumental.Además, la fuerza de convicción de la jurisprudencia, mayor o menor, para forjar elpronósticodesentenciasedebilitaportrespoderosasrazones.5. En primer lugar, porque la jurisprudencia se ha convertido en una diana móvil que vacambiandoincesantemente,yaquelajurisprudenciaconsolidadasuelehaberseforjadosobreescenarios normativos que han cambiado sensiblemente en el tiempo, lo que resultaespecialmente evidente en el Derecho público. El ejemplo mas actual y clamoroso es laentrada en vigor de las leyes siamesas, la Ley 39/2015, de Procedimiento AdministrativoComúnylaLey40/2015,deRégimenJurídicodelSectorPúblico,convigenciael2deOctubrede2016,queimplantannuevoscaucesdelasrelacionesentreciudadanosyadministraciones,con lo que la inmensa jurisprudencia contencioso-administrativa sobre trámites y eficaciajurídicaquedaráenellimbodetenersometersealtestjudicialdesuratificaciónopérdidadevigencia.YasísedalarazónalconocidodichodeljuristaprusianoVonKirchmann(1802-1884)relativo a que “Dos palabras rectificadoras del legislador bastan para convertir bibliotecasenterasenbasura”.El casodel derecho tributario es paradigmáticopues las conquistas jurisprudenciales sobregarantíasenelprocedimientosuelenversesuperadasporlaimplantacióndelaadministraciónelectrónica(queconvierteenpapelmojadolajurisprudenciasobrenotificacionesoplazos,porejemplo) o bien por providenciales modificaciones legales que corrigen lo que el GranHermanoRecaudadorconsideraunexcesojurisprudencial.Peroesmás, lapropiagénesisde jurisprudenciaquemerezcatalnombre,almargende loscambiosnormativos,esuna labor inspiradaen latécnicacientíficadeensayoyerror,quevaajustándose hasta consolidarse. Así lo confiesa la Sentencia de la Sala Tercera del TribunalSupremo del 30 de abril de 2008 (rec. 28/2006): “ No obsta al valor jurisprudencial de lasdecisionesdeestaSalaelhechodequepuedanhaberexistidovacilacionesounaevoluciónenelcriterioseguido.Laadaptaciónyelajusteenlaaplicacióndelanormasonconsustancialesalconceptodejurisprudencia,quenoconstituyefuentedelDerechopropiamentedicha–ycarecepor lo tanto de la rigidez formal de los productos normativos–, sinomedio complementarioparaintegrarelOrdenamientoenelmomentodesuaplicación”.Juntoaello,existeunaparadójicaresistenciaalcambiodelpropiocriteriosustentadoporelórganojurisdiccional,demaneraquenohaymejorjurisprudenciaqueelprecedentedelcasosimilardelmismo juzgadorporquenormalmente lacoherenciay lahonradez le llevarána la

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humana tentación de mantener idéntica solución, aunque se viertan nuevos y seriosargumentosparaapartarsedelamisma.6.Ensegundolugar,lafuerzavinculantedelajurisprudenciasedesplomaanteesecomodíndelibrecriteriodeljuezqueeslasacrosantaindependenciajudicialyqueencierraunchequeenblanco para que el juez, de forma motivada y apreciando matices del caso, se aparte concauteladelajurisprudenciamayoroinclusoignorarsinmiramientoslajurisprudenciamenor.Esosí,elTribunalConstitucionalrecordóenlaSentencia93/2012quelasSentenciaseninterésde ley dictadaspor la Salade loContencioso-administrativodel Tribunal Supremoen tantoconstituye “doctrina legal vinculante para Jueces y Tribunales inferiores en grado del ordenjurisdiccional contencioso-administrativo no sólo preserva la seguridad jurídica, sino queademás garantiza el objetivo de que el status jurídico de los ciudadanos en cuanto a laprescripción de las infracciones y sanciones administrativas sea igual en todo el territorionacional(arts.14y139.1CE)”.AsíytodoexisteampliocampoparaelcambioylaconquistadelEstadodeDerechoagolpedejurisprudencia,aunqueduelacambiarlaposiciónprecedenteconsolidada.Podemoscitarelcampodelasoposicionesyconcursosdeempleopúblico,dondelajurisprudenciapacíficadelpasadosigloyprimeradécadadelpresente,alzó ladiscrecionalidadtécnicade lostribunalescalificadorescomoespacio inmunealcontrol jurisdiccional.Puesbien,esascolumnassehansacudido convalentíaporpartede la SecciónSéptimade la Sala contencioso-administrativodel Tribunal Supremo que, sin mediar cambio legislativo alguno, ha sentado derechosnovedososqueabrenpuertasa ladefensa frentealatropelloadministrativo:elderechoa lamotivacióndevaloracionesdelostribunalescalificadores;elderechodelreclamanteaprobarsu error manifiesto con pruebas periciales sobre el juicio técnico de valoración deconocimientos; el derecho de los terceros opositores que consintieron la felonía para quepuedanplantear larevisióndeoficiodesusituación,oelderechode lostercerosaprobadosquesoninocentesdelatorpezaadministrativaaconservarsusplazassieltiempotranscurridoo labuenafeasí loaconsejan.Ensuma,uncambioespectacularhaciaunEstadodederechoquemerezcatalnombre.7. Y en tercer lugar, incluso la jurisprudencia del Supremoestá sometida a losmovimientossísmicos procedentes de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y ésta a su vez a lajurisprudenciadelTribunaldeJusticiadelaUniónEuropea.Bastapensarporejemplo,dentrodelámbitodelDerechopúblico,enelimpactodelarecienteSentenciadelaSalaCuartadelTribunaldeJusticiadelaUniónEuropeade23deabrilde2015(C-38/14)queapartándosedelatendenciadelapropiaSalaensusentenciade6dediciembrede2012 (C-430/11),declaró la incompatibilidadconelDerechocomunitariode lanormativaespañolaylainmensajurisprudenciageneradaasuamparo,quepermitíalasancióndemultaal extranjero en situación de permanencia irregular en territorio español y reservando laexpulsiónparaelcasodeconcurrirhechosnegativosoreprochables.Todountsunamiquesehallevadopordelantemontañasdejurisprudenciapacíficayafectadoamilesdeextranjerosydesorientado a las autoridades gubernativas así como a los abogados especializados enextranjería.8. El último enemigo para la jurisprudencia lo tiene el fundamento material de su propiafuerza, pues los principios generales del derecho que suelen estar como telónde fondodelcriterioque inspira ladecisión judicial, paradójicamente son losquepuedenpermitir al juezdesactivarlafuerzadeaquélla.Enefecto,losprincipiosgeneralesdelderechosonmúltiplesyademásmuchasvecescontradictorios, loquepermitensuusoalserviciodelaequidadodel

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arbitrio judicial, que no es lo mismo que arbitrariedad, y servir para desplazar de formaexpeditivalajurisprudencia.9.Elresultadofinalesunescenariode incertidumbresobreeldesenlacedel litigioenque lajurisprudenciadetectadasobrecasossimilaressolopermiteunjuiciodeprobabilidad.Así,enelámbitodelpronósticodesentencia,lacienciajurídicaseaproximaalacienciafísicacuandodesciendealámbitosubatómico,enquereinaelprincipiodeincertidumbre,quegráficamenteyenunatemerariasimplificaciónreflejamosenlaimagendelgatodeSchrödingerquealestarenunacajasinabrirexpuestoaunvenenoradiactivodecomportamientoincierto,imponíaalcientífico a considerar que dicho gato estaba vivo y muerto a la vez, puesto que laincertidumbre solo se zanjaría cuando abriésemos la caja; ello de igual modo que muchospleitos antesde la sentenciapuedenestar ganadosoperdidos y solo con la sentenciaen lamanopodremosafirmarunacosauotra.10. Así y todo, la jurisprudencia es un valioso aliado para la credibilidad del abogado. Lepermite asesorar al cliente con fundamento y exponerle que cuenta con precedentesfavorables,obiendisuadirledebatallasperdidas.Le permite vestir la demanda o contestación con proteínas jurisprudenciales. Le permitecerrarellitigioconunescritodeconclusionesoalegatofinalconlaguindadelafrasevertidaporelSupremo.Ylajurisprudencialepermitirá,sisepierdeelpleitoenlainstancia,fundamentarlaapelaciónoen su caso, la casación. Todohastaque se zanjeelpleito con sentencia firme.Con razóndecían los juristas realistas americanos que no hay seguridad jurídica en las tesis de unabogadohastaqueelSupremonolasacogía,porloquelollamaban“elTribunaldelaúltimaconjetura”.Si se nos permite esta senda metafórica, la galaxia jurídica está formada por estrellas,planetas, polvo cósmico y energía, donde ni el mejor astrónomo es capaz de formularpredicciones seguras y a largo plazo sobre posición o comportamiento; el jurista como elastrónomo cuenta con el telescopio de la Ley y con las enseñanzas de losmeteoritos de lajurisprudencia, lo que les permitirá interpretar lo que se ve y vaticinar como lo veremos,aunquesinperderdevistaquelassorpresasestánalavueladelaesquina.11.Alfinal,nosabemossiesbelloyútilqueexistaestariquezajurisprudencialquedificultalaprevisibilidaddelfalloosiporelcontrarioespenosoquelaseguridadjurídicaseaquebradizacomounacapadehieloporlaqueelabogadodebepatinarconextremocuidado.Loquehoydíaresultaextremadamentehermosoeslasituacióninusualdellitigioenque“niexistejurisprudencianiselaespera”.Enqueelabogadosepreguntacómoesposiblequeeseasuntojamássehayaplanteadojudicialmenteobajoesaperspectiva.EnqueelabogadomiralajurisprudenciadelSupremoynadarespondeasusplegarias.EnqueescudriñalassentenciasterritorialeseinclusoseadentraaexaminarsiexistealgúnprecedentedelosJuzgadosynadaencuentra, a favor ni en contra. En que incluso explora el derecho comparado por si lajurisprudenciadepaísesdelmismosistemajurídicopudiesenhaberzanjadocasosanálogos.Yen que ya desesperado, se abalanza sobre los manuales académicos y trabajos deinvestigación,oinclusosobrelosbuscadoresdeinternet,sinfrutoalguno.Enesasituaciónenqueelabogadoestá“soloanteelpeligro”escuandoseponeapruebalacapacidad,imaginaciónytalentojurídico.Lucharcon“lasneuronasdesnudas”,servirsedeloscriteriosde interpretación jurídica,estirar losprincipiosgeneralesdelderecho, yexprimir lahabilidad retórica y dialéctica. Todo un reto que hará crecer la autoestima del abogado ydemostrarálagrandezadelaprofesión,ysiademásseganaelpleito,mejor.Peropronósticosde desenlace del litigio,mejor hacerlos con cautela. Y ello porque si el pleito se pierde, nopocosclientescompartiránellamentodelGauchoFierro:“Haymuchosquesondoctores,/

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y de su ciencia no dudo,/ mas yo que yo que soy hombre rudo,/ y aunque de esto pocoentiendo/diariamenteestoyviendo/queaplicanladelembudo”.