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LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA: evolución histórica [email protected]

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LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA:

evolución histórica

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10 1 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA

El año 197 a. C. Roma dividió a Hispania en dos provincias: la Citerior (la única realmente dominada: Cataluña, valle del Ebro y Levante) y la Ulterior (el resto). Hacia 304 , durante el imperio de Diocleciano, la llamada Diócesis Hispaniarum se dividió en Gallaecia, Tarraconensis, Cartaginensis, Lusitania, Bética y Mauritania Tingitana. Más tarde añadió la Baleárica. Todas dependían de la prefectura de las Galias, a cuya autoridad obedecía el vicarius Hispaniarum, que residía en Emérita Augusta. Esta división territorial permanecería hasta el final del reino visigodo, aunque la capital se desplazó inicialmente a Tolosa de Francia (Toulouse) y después a Toledo.

Hispania romana

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10 1 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA

• La división de Al Andalus en coras y más tarde en taifas no influyó en la actual división territorial. Los reinos cristianos formados en la Reconquista son la base de la España actual. Entre ellos no existió una estructura jurídica común, incluso dentro de cada reino algunos territorios mantenían su propio fuero. A finales del siglo XV, la península e islas que hoy forman España estaba dividida en cuatro reinos: Castilla, con el señorío de Vizcaya, Navarra, Aragón (integrado por los reinos de Aragón, Valencia, Mallorca y el principado de Cataluña) y Granada.

EDAD MEDIA

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REYES CATÓLICOS Y AUSTRIAS

Con los Reyes Católicos la España de los cuatro reinos quedó reducida, ya que Granada desapareció. Canarias y Navarra (con condición de reino) se integraron en la Corona de Castilla. Los Reyes Católicos lograron la unión dinástica de los diversos reinos, pero no la unidad territorial, ya que cada reino mantuvo su propia estructura jurídica. Los RRCC usaron un título múltiple que comprendía los diversos reinos y señoríos.

La Casa de Austria mantuvo la misma estructura territorial, pero se producían dos tendencias. Mientras que la Corona de Castilla caminaba hacia un Estado centralizado, unitario y autoritario (con la salvedad de Navarra y las provincias vascas), Aragón mantenía su estructura casi federal.

Hacia finales del siglo XVI, y después de numerosos ensayos, la Corona de Castilla quedó dividida en 18 circunscripciones territoriales coincidentes con el de las ciudades que tenían el derecho de voto en Cortes, y en el siglo XVII pasaron a ser 21.

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LOS BORBONES

•Felipe V promulgó los Decretos de Nueva Planta en virtud de los cuales los cuatro reinos de la Corona de Aragón (Aragón, Cataluña, Valencia y Baleares) se convirtieron en provincias con voto en Cortes. Poco después se concedió el mismo derecho a Ciudad Real (provincia de La Mancha), Canarias y Navarra. El número de provincias era ya de 28.

•En el Nomenclátor de Floridablanca (1789) las provincias ascienden a 38, por la inclusión de las tres Provincias vascongadas, el haber sido aumentado a siete la antes provincia única de Galicia (La Coruña, Betanzos, Mondoñedo, Lugo, Santiago, Tuy y Orense) y la creación de la de Nuevas Poblaciones de Sierra Morena (capital, La Carolina). Poco después desaparece esta última y se crea la de Asturias.

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LA DIVISIÓN PROVINCIAL DE JAVIER DE BURGOS

•El gobierno liberal en 1822 dividió España en 14 circunscripciones que englobaban a 52 provincias. La intención era delimitar territorios jurídicamente afines que llevaran el nombre de la capital. Esta división se corresponde en mucho con la actual, a excepción de las provincias de Calatayud, Játiva, Villafranca del Bierzo, la uniprovincialidad de Canarias y la capitalidad de Chinchilla sobre Albacete y la de Vigo en relación a Pontevedra.

•La actual división provincial de España fue obra de Javier de Burgos, ministro de Fomento de la regente Ma Cristina que por Real Decreto en el año 1833 estableció la división de España en 49 provincias (eliminando Calatayud, Játiva y el Bierzo). Con posterioridad a 1833 se introdujeron algunos retoques: 1) la Rioja Alavesa se integra en la provincia de Logroño para segregarse poco después 2) Tolosa fue la capital de Guipúzcoa hasta 1854 3) En 1847, Villarrobledo se incorporó a la provincia de Albacete de modo definitivo; 4) en 1851, Requena, Utiel y algunas pequeñas poblaciones de Cuenca pasaron definitivamente a la de Valencia 5) En 1927 la provincia de Canarias se desdobló en las de Santa Cruz de Tenerife y de Las Palmas de Gran Canaria, con lo que el número total de provincias pasó a ser de 50.

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Tradicionalmente, cada región era homogénea en sistemas productivos y en su estructura social, tenía sus costumbres, una jurisdicción propia y organizaciones de poder que tendían a la autonomía. El Estado centralizador las fragmentó en unidades espaciales menores llamadas provincias. En consecuencia, eran provincias carentes de personalidad específica, delimitadas con un criterio regional y administrativo.

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• La propuesta de 1881 suponía distribuir la extensión en relación al número de habitantes y por ello planteó reducir las tres provincias vascas a una sola, con capital en Álava; la fusión de Tarragona y Castellón, con capital en Tortosa; la supresión de Logroño, etc. Las cuarenta provincias resultantes las agrupó en seis distritos para organizar los estudios universitarios o las plazas militares.

• A pesar de la división provincial, el sentimiento de pertenencia regional pervivió entre la población de muchas regiones. La vitalidad del sentimiento regionalista quedó demostrada con los movimientos forales carlistas, con los federalistas de la Primera República y con los autonomistas de la Segunda República.

• A su vez, las provincias se organizaron en 8.126 municipios para toda España, con claras influencias de los procesos medievales de la Reconquista.

• Es a finales del siglo XIX cuando aparece el término de región para designar las divisiones del Estado Español.

•LA PROPUESTA DE LUCAS MALLADA

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LA REQIONALIZACIÓN SOCIOECONÓMICA HASTA 1977

Desde el punto do vista administrativo la provincia era algo pequeña. Era necesario contar con una unidad mayor en tamaño y en capacidad de decisiones políticas y administrativas, se necesitaba la Región.

Unos proyectos tienden a delimitar regiones homogéneas, mientras que otros buscan la determinación de regiones de organización geoeconómica.

La constitución de la Segunda República permitía la regionalización política de España y la posibilidad de que las regiones consiguiesen una amplia autonomía mediante la aprobación de sus respectivos estatutos. Hasta la Guerra Civil (1936-1939) sólo tres regiones habían optado por esta vía: Cataluña, el País Vasco y Galicia.

El franquismo (1940-1975) propugnó en todo momento un Estado unitario, aunque las regiones históricas pervivieron en el pueblo y en los libros de texto pero sin ninguna realidad práctica y política. Fue en esta etapa cuando se hicieron un mayor número de proyectos de regionalización con fines técnicos y económicos.

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10 1 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA

• La Constitución española de 1978 establece una organización territorial fundamentada en la división en Comunidades Autónomas. Por igualdad y generalidad, todas las regiones han podido llegar a constituirse en Comunidades Autónomas.

• Durante el período preautonómico, todos los partidos políticos consideraron en sus programas el autonomismo regional, aunque la Constitución favorecía el proceso a las de tradición autonómica (Cataluña, País Vasco y Galicia). Para comprender la formación del resto de las Comunidades Autónomas hay que tener en cuenta que el Gobierno central estableció el alcance espacial de los diferentes Entes Preautonómicos, aunque dejando cierta iniciativa a los poderes provinciales para integrarse o segregarse de una Comunidad Autónoma.

• La creación de cada Comunidad Autónoma culminó con la aprobación por las Cortes de una Ley orgánica que reglamentaba su Estatuto de Autonomía.

LA NUEVA DIVISIÓN TERRITORIAL. LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Génesis

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Atendiendo a factores históricos, culturales, políticos y geográficos, la clasificación de las regiones reflejada en el mapa autonómico es la siguiente:

Regiones históricas de gran tradición

Regiones históricas de reciente sentir autonómico

Regiones históricas de reciente conciencia regional

Regiones históricas modificadas por factores geográficos y políticos

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• • Cataluña. Es la Comunidad en la que el sentir autonómico tiene mayor antigüedad ya que surgió como reacción a la pérdida de los fueros en el siglo XVIII por los decretos de Nueva Planta. En el siglo XIX se forjó la conciencia federalista con el proyecto de Constitución del Estado Catalán de 1833. Las primeras bases para la autonomía catalana se redactaron en 1918 y en ellas se pedían la autonomía administrativa y política. Durante la Segunda República se redactaron varios Estatutos de autonomía y en 1936 se promulgó el Decreto de Autonomía de Guerra que suponía una autonomía prácticamente absoluta.

• • País Vasco. El origen se sitúa en el Convenio de Vergara de 1839 porque supuso la pérdida de los privilegios históricos y la homogeneización administrativa y política con el resto de España. El nacionalismo vasco surge desde el primer momento como una ideología política, estructurada por Sabino Arana, que se apoya en el idioma, la raza y las costumbres tradicionales como rasgos diferenciales. El primer proyecto de Autonomía se redacta en 1924 y en 1936 entró en vigor el Estatuto Vasco.

• • Galicia. El regionalismo gallego tiene una base cultural. Con el Romanticismo nace el galleguismo cultural y literario. Después de Rosalía de Castro y de Curros Enríquez sobresale Alfredo Brañas como ideólogo político e intelectual. En 1877 se redactó un Proyecto de Constitución, base para el Estatuto de Autonomía de la Segunda República que fue plebiscitado en 1936 y que la guerra civil no dejó que se llevase a cabo.

• • Navarra. El referente foral data de mediados del siglo XIX y el Proyecto de Autonomía se redactó en la Segunda República

Regiones históricas de gran tradición

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• • Andalucía. El movimiento autonomista andaluz se inicia bajo el impulso de Blas Infante,y por la Junta Liberalista en mayo de 1931. En 1933 se redactó un Estatuto que contemplaba la posibilidad de varias autonomías dentro del territorio andaluz.

• • Aragón. Suprimidos los Fueros y Privilegios en 1707 por Felipe V, se inició un proceso de desagravio en 1760. En 1923, la Unión Regionalista Aragonesa redactó un proyecto más bien comarcal que regionalista. En 1936, en un Congreso Autonómico celebrado en Caspe, se redactaron dos Estatutos opuestos en ideología política.

• • Baleares. Comunidad de escaso desarrollo autonomista. En 1931 se redactaron dos anteproyectos de Estatuto, uno de ellos excluyendo a la isla de Menorca

• • Canarias. Es una Comunidad que ha luchado secularmente por su autonomía administrativa. El sentimiento político surge en 1918. Posteriormente, se elabora el Estatuto de Gil Roldan en 1932, del que hay dos versiones.

• • Asturias. La demanda de autonomía por parte del Principado se documenta en 1918 a instancias de la Diputación Provincial. En 1932 se llevaron a cabo varias iniciativas de matices puramente académicas.

• • Comunidad Valenciana. En el siglo XVIII se registra ya una fuerte protesta contra los Decretos de Nueva Planta de 1707 y 1716 que derogaban los Fueros y suprimían las instituciones de autogobierno. El regionalismo valenciano se apoya con fuerza en el idioma propio desde 1878 con la figura importante de Constantino Llombart quien fundó "Lo Rat Penat". Bajo la Dictadura de Primo de Rivera se presentó un primer Anteproyecto de Estatuto de Mancomunidad con objetivos puramente administrativos. Durante la Segunda República, se elaboraron cuatro Proyectos de Estatuto por otros tantos partidos políticos: del Partido Radical Blasquista (1931); de la C.N.T. (1936); del Partido de Esquerra Valenciana y de Unión Republicana, ambos en 1937.

Regiones históricas de reciente sentir autonómico

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• Castilla-León. Esta Comunidad engloba dos regiones históricas bien diferenciadas: Castilla La Vieja y León, fusionadas por factores preferentemente geográficos. Constituye un buen ejemplo de cómo los factores geográficos se han superpuesto al legado histórico, aunque su unión se remonta al año 1230 bajo el reinado de Fernando III el Santo. Durante la Segunda República hubo debates sobre la autonomía y en 1936 el profesor Bañuelos dio a conocer el proyecto de "Estatuto de Castilla y León" sobre bases políticas y administrativas.

• Extremadura. Históricamente no ha sido considerada, por algunos geógrafos, como una región independiente y por tanto carece de antecedentes regionalistas documentados, pero es una región geográfica de reciente sentir autonómico en los terrenos social y económico y que tiene una fuerte personalidad cultural.

•Regiones históricas de reciente conciencia regional

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10 1 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA

• Castilla-La Mancha. La región histórica de Castilla la Nueva estaba constituida por el antiguo reino de Toledo y por Extremadura. Con el tiempo, Extremadura ha seguido su camino autonómico. Se le agrega la provincia de Albacete, por ser geográficamente un territorio manchego, y es segregada de su territorio histórico de Murcia. Por razones políticas y geográficas Madrid sigue vida propia y se separa de su región histórica tradicional.

• La Rioja y Cantabria. Las dos regiones pertenecían históricamente a Castilla la Vieja pero ambas han seguido otros rumbos socioeconómicos tras la revolución industrial. En el caso de estas Comunidades uniprovinciales se está en presencia de un factor similar al tenido en cuenta en el caso de Albacete.

• Madrid. La Comunidad carece de sentir regional por su pasado histórico, pero el factor, económico, político, administrativo y funcional explican su formación.

• Murcia. La región de Murcia, tras la segregación de Albacete, no pudo integrarse en la zona geográfica del sudeste a la que pertenece junto con Alicante y Almería y ha seguido un proceso autonómico en solitario pues históricamente tampoco pertenecía ni a Andalucía ni al antiguo reino de Valencia.

• Las ciudades de Ceuta y Melilla que tradicionalmente estaban incluidas en provincias andaluzas son hoy ciudades autónomas.

Regiones históricas modificadas por factores geográficos y políticos