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La ordenanza de intendentes y las comunidades indígenas del virreinato peruano: una reforma insuficiente Concepción NAVARRO AZCUE Cannen RUIGÓMEz GÓMEZ La investigación sobre la adaptación del reformismo borbónico al gobierno de Ultramar, como un magno proyecto de regeneracionismo, ha dado como resultado una historiografía abundantísima. Hay trabajos sobre los más variados aspectos de la realidad americana y, más específicamente peruana, como veremos a lo largo de nuestra investigación. De ellos se ha derivado un mayor y más profundo conocimiento del siglo XVIII en todos los campos, político, económico, social y cultural. Sin embargo, siempre quedan lagunas, espacios que no han sido tratados suficientemente. Por esto lo que pretendemos en este estudio es analizar lo que significó, para las comunidades indígenas del virreinato peruano, la introducción del sistema de intendencias, a partir de 1784. Intentaremos comprobar el sentido de estas reformas, fundamentalmente aquéllas en las que estuvieron implicados, de una forma más o menos directa, los indígenas. 1. EL REFORMISMO BORBONICO El fenómeno del reformismo borbónico debe ser estudiado en el marco del proceso que se desarrolla en Occidente durante el siglo XVIII. Un proceso de cambio que afectó, de modo especial, al área atlántica y, que, precisamente, Revista Complutense de Historia de América, n~ 19, 209-231, Edit. Complutense, Madrid, 1993

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La ordenanzade intendentesy lascomunidadesindígenasdel virreinato peruano:unareforma

insuficiente

ConcepciónNAVARRO AZCUE

CannenRUIGÓMEz GÓMEZ

La investigaciónsobrelaadaptacióndel reformismoborbónicoalgobiernode Ultramar, como un magnoproyectode regeneracionismo,ha dado comoresultadounahistoriografíaabundantísima.Hay trabajossobrelos másvariadosaspectosde la realidadamericanay, más específicamenteperuana,comoveremosa lo largode nuestrainvestigación.De ellos se haderivadounmayor y másprofundoconocimientodel siglo XVIII en todoslos campos,político, económico,socialy cultural.

Sin embargo,siemprequedanlagunas,espaciosque no han sido tratadossuficientemente.Porestolo quepretendemosen esteestudioes analizarlo quesignificó, paralas comunidadesindígenasdel virreinato peruano,laintroduccióndel sistemade intendencias,a partir de 1784. Intentaremoscomprobarel sentidode estasreformas,fundamentalmenteaquéllasen las queestuvieronimplicados,de unaformamáso menosdirecta,los indígenas.

1. EL REFORMISMOBORBONICO

El fenómenodel reformismoborbónicodebeserestudiadoenel marcodel procesoquese desarrollaen Occidenteduranteel siglo XVIII. Un procesodecambioqueafectó,de modoespecial,al áreaatlánticay, que,precisamente,

Revista Complutense de Historia de América, n~ 19, 209-231,Edit.Complutense,Madrid, 1993

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alcanzóunade sus máximasexpresionesen el continenteameticano.Seoriginó unadecisivareestructuracióninternaqueseaprecia,en lo social, en lasrelacionesque se establecenentre las mentalidadesy las realizacioneseconómicas;políticaniente,en la nuevaorientacióny funcionamientode laadministraciónterritorial; culturalmente,en la aperturaa las ideasinnovadorasprocedentesde la Ilustración,que constituyeronunaexcelentebaseparalasideaspropiamentecriollas y barrocas,cristalizadasen el último cuartodel sigloXVIII. Esto supusoun procesomodernizadorque pusoen cuestiónlo quehabíasido una original obrade colonización,peroque, mantenidaa ultranza,suponíaun sistemafalto de objetivos y vacio de contenidos,antela nuevaconcienciade la sociedadhispanoamericana.

La situaciónde decadencia,tanto de la metrópolicomo de sus provínctasde Ultramar,hizo quelos gobernantesilustradosse plantearan,a mediadosdesiglo, un profundoanálisisde suscausaseintentaranunaseriede medidasparareafirmarel poder de los Borbonesy resolverlos problemas,mediantelamodernizacióny racionalizaciónde la economía,la sociedad,las instituciones.Empezó,por ello, a proponerseunanuevaformulacióndel pactocolonial quefavorecieramás la produccióny el comerciode la metrópoli. De ahí que elreformismoborbónicohayasupuestouna reordenaciónprofundade lasrelacionesde Españacon los territorios americanos.Estareordenaciónteníacasi un único sentido:salir de la posición marginalen la que se había idosituandoEspañaenrelaciónconotraspotenciaseuropeas.

España,los Borbonesy, sobretodo, Carlos III, habíantomado concienciade esamarginalidady del ascendentecadavez mayor de otras potenciaseuropeas.Se habíandadocuentade las transformacionesdel sistemaeuropeoen el mundo, lo que habíaaumentadola significaciónde las regionesnoeuropeas;y no queríanquedarfuerade los nuevosrumbos de la política y laeconomía,quehabíantomadodecididamentepaisescomoInglaterrao Francia.

Desdeun punto de vistaeconómico,las refonnastendríancomofinalidadcrear en las colonias economías más complejas y conseguir lacomplementariedadde éstascon la metropolitana;así como crearunamaquinariaeconómicay financieramás eficiente.Hay que destacar,enrelación con este punto, todo el conjunto de medidastendentesa laliberalizacióndel comercio,término éste,por otra parte,bastanteequívoco,yaque a los mismosamericanosno les dio ni comercio,ni libertad; es más,despuésde 1765, tienenmenoslibertad que antesporqueestánsujetosacontrolesmonopolistasmás eficaces.

Desdeun punto de vista político-administrativoy militar recordaremosaquí lo queaseguranJohnLynch y JohnR. Fisheren el sentidode que los

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objetivosdel programade reformasera centralizary mejorarlasestructurasdegobierno,defenderel imperiodelas demáspotenciasy, en general,restaurarlaintegridady respetohacia la ley a todoslos niveles de la administración’.Elmismo Lynch afirma que, en estos años,América estuvodominadapor unnuevoimperialismoque renovó la administración,alentó el comercioyreorganizóladefensa.

La reformade las sociedadescoloniales,quepretendiócrearsociedadesmás homogéneas,quitandobarreraslegalesy culturalesentrelos gruposétnicos,no pasóde proyecto; ya que, por las reformasadministrativas,loscriollos perdieronpartede su prestigioal perderpartede susprerrogativas.Enello tambiéninfluyó el control más directo del Estadoy su relegaciónde loscargosmásinfluyentes,enfavor de lospeninsulares.

2. LA FIGURA DEL CORREGIDORY EL SISTEMADE REPARTIMIENTOS

Introducimosa continuaciónun breve análisisde la figura del corregidor,paraestablecerunabasede comparacióncon el punto centraldel mismo, larelaciónde losintendentesconlos indígenas.

El origen de la implantaciónen Perú de la figura del corregidorhayqueubicarloen ladécadade 1550 y vinculadoa Fray Domingode SantoTomás,elmás apasionadoseguidorde fray Bartoloméde Las Casasen Perú.FrayDomingopropugnabalimitar el señoríoy lajurisdicción de los jefesétnicosatravésde la implantación en los pueblosde indios de un aparatoburocráticoespañol,que subordinaseel poderétnicoal emergenteEstadoultramarino,afirmandotaxativamente:«hade habercorregidoresen los pueblosde yndiosque administrenjusticia»2. Fray Domingopretendíaintroducirel poderreal enlos territorios étnicos,para que se enfrentaraal podery a la codicia de losencomenderos.

En Perú el sistemade corregimientoslo introduce,efectivamente,elGobernadorLope Garcíade Castro,a travésde las Ordenanzasde 27 dejuniode 1565,queconstabande 45 artículos;aunqueseriael virrey Toledo,comoen

¡ J. R. FISHER: Government and Socie¡y in Colonial Peru. The Intendant System, 1784-1814. AthlonePress.UniversidaddeLondres,Londres,1970,p. t56; y J. LYNCH: Administra-ción colonial española (1782-1810).El sistemade intendencias en el virreinato del Ríode laPlata. Ed. Eudeba,BuenosAires. 1962.

2 C. 5. ASSADOU?RIAN: «Los señoresétnicosy los corregidoresdeindios en laconforma-ción delEstadocolonial».AnuariodeEstudios Americanos, XLIV, 1987,p.327.

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otrastantassituaciones,quienorganizaríala institucióndefinitivamentecuandopublicó otras ordenanzasqueregulabanesta figura y que tendíana retirarelpoderde los encomenderosy, en consecuencia,ibanencaminadashacia unacentralizaciónburocrática.Tras su visita, Toledo dividió el territorio delvirreinatoperuanoen 80 provinciaso corregimientos,bajo la autoridadde uncorregidor,asu vez divididos en 614 distritosadministrativos,llamadosrepartimientos3.

Las funcionesdel corregidor,siguiendolas Ordenanzasya mencionadas,eran,fundamentalmente,hacervisitas a su territorio, cuidar de su policía,presidirel cabildo, mantenerun padróncon los habitantesde su jurisdicción,quedebíaactualizarcadatresaños,llevar cuentasdetalladasde susactividadesfinancieras,vigilar por el buenestadoy conservaciónde mercadosy obraspúblicas.En relación con los indios sus funcionesse extendíana administrarjusticia (civil y criminal), hacerlostrabajar,cuidar de su evangelización,obligar al cumplimientodel servicio de la mita, vigilar las relacionescomercialesentreespañolese indios,así como cobrar los tributos y tasas,atravésde los curacas.A este respectodicenJorgeJuany Antonio de Ulloa ensus noticias secretasde América: «La cobranzade los tributos es uno de losrenglonesqueaquelloscorregidorescuentancomousufructoo gananciasde sucorregimiento;claroes quesi la hubierande haceren conciencia,no pudieranadquirirningúnadelantamientoen ello, ni perjudicara los indios,ni defraudaral rey»4.

Comohemosvisto, unaseriede funcionesamplísimasdel corregidorafectabana los indios en los aspectosfundamentalesde su vida. Escomprensibleque ante tantasobligacionesy sobremateriastan vidriosasseprodujeraninnumerablesabusos.

Los abusosde los corregidoresfueron de sobraconocidospor lasautoridadescoloniales.Segúnvarios autores,los corregidoresse encontrabanentrelos funcionariosmáscorruptosy abusivosde las Indias. Los negociosilícitos, el sobornoy la extorsiónse extendieron,pueslos corregidoresutilizaron su autoridadjudicial y administrativaparaextraerprovechode lapoblaciónindígenaqueestabaasucargo5.

Los abusosmásdenunciadosen los que incurrían los corregidoressemanifestabanen muchoscampos:utilizabanlos bienes de las cajasde

K. J. ANDRIEN: «El Corregidorde indios, la corrupcióny el Estadovirreinal en Perú(1580-1630)».Revista deHistoria Económica,3, Año IV, Otoño 1986.p. 495.

J.JUAN y A. DE ULLOA: Noticias secretas de América. (Ed. L. RAMOS GOMEZ). lns-titulo GonzaloFernándezde Oviedo,C.S.LC.,Madrid, 1985,11,Pp. 152-153.

‘ ANDRIEN, l986, pSIS.

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comunidadparasus negocios,falsificabancensosy matrículas—paradar unacifra inferior de los tributarios,conobjeto de apropiarsedel dinero de los queno quedabanincluidos en las matriculas—,obligabana las comunidadesapagartributos por indios muertos,ausenteso legalmenteexentosde él,adjudicabanun valor anormalmentebajoa los tributos recaudadosen especie,lo queles permitíaun importantebeneficiocuandovendíanlos productosa suverdaderoprecio,reteníanfondostributariospertenecientesa laCoronaconelfin de financiar sus propios negocios,empleabanmano de obra indígenasinpagarla,y un sin fin de atropellosmás.SiguiendonuevamenteaJorgeJuan yAntonio de Ulloa, vemos que«los corregidoresen perjuicio de la RealHaciendaincluían en las cartas-cuentaslos indios que les parecía,disminuyendoel número de los quecobraban,con exceso,y dandolosrestantesporausentes,impedidoso incobrables»6.

En estacomplicadaestructuradel abuso,al corregidorse le uníanotrospersonajescomo coautores,nos referimosa caciques,tenientesdegobernador,oficiales reales,doctrinerosy curas.Los corregidoreshabíantenido, en sus orígenes,entresusobjetivos, contrarrestarlos abusosde loscaciques,perola realidadvino a demostrarqueen laprácticaestono fue así,y, confrecuencia,las quejaspor abusosse dirigíancontrala alianzacacique-corregidor.El mismo JoséGabrielTupac Amaru señalabaa los corregidorescomoel punto negrode la administracióncolonial y acusabaa los caciquesde estaren connivenciaconellos para obtenerpingUesbeneficios,comoluegoanalizaremos.

TupacAmaru tambiénse referíaal binomio corregidor-doctrinero.En loscurasiba aencontrarel corregidorimportantespuhtosdeapoyo,y asínos lo hadejadoplasmado:«A cuya danza(la del corregidor)no dejan de concurriralgunosde los señoresdoctrineros,los que seránextrañadosde sus empleos

comoladrones»-

KennethJ. Andrien analizacondetenimientolas razonesde la proliferaciónde todosestosabusos.Empiezadestacandola importanciade los conflictosentrelas élites localesy el poder central,parapasarluegoa centrarseenaspectosmásconcretos,como el nombramiento,la fianza, la visita, laresidenciao la retasa8.

Pareceríaque la cortapisaa tantosdesmanes,deberíanhabersido losjuicios de residenciaa los queestabansometidosloscorregidores.Esto no fue

JUAN y ULLOA, 1985,11,p. 154.E. LEWIN: La Rebelión de Tupac Amaru. BuenosAires, 1957,p.263.ANDRIEN, 1986,Pp.510-513.

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así, yaquela connivenciaentreresidenciadory residenciadodeteníacualquierprotestaqueintentaseculpara losjuzgados.

Perono senos puedeolvidar, comounade las razonesde losabusosde loscorregidores,el exiguo sueldoquerecibían,y asínos vuelvena recordarJorgeJuan y Antonio de Ulloa: «Es tan corto el sueldo que tienenpor meroscorregidores,particukrmenteen algunoscorregimientos,queno les alcanzaa

9mantenerse»-

Nos vamosa centrarahoraen elanálisisde un aspectoquegeneróla mayorpartede los abusos,por partede los corregidores,en el virreinatoperuano:elrepartimientoforzosode productos.

El reparto,como distribución forzosade mercancías,fue la fórmulanormalmenteutilizadaparaabastecera la poblaciónresidenteen Indias. Fue,segúnDavid 1’. Cahilí, un instrumentode coaccióneconómicay política’0. Elrepartoresultó,desdesus comienzos,unacuestiónmuy controvertidadentrodela administraciónespañola,con grandesdefensoresy grandesdetractores.Sobresuutilidad o su inconveniencia,el modode hacerloprovechoso,el dañoque su desapariciónpodría provocaren el comercioy la HaciendaReal, sealzaronmuchasvoces.Al final, los detractoresganaronla contienda,ya que,una vez demostradoslos abusosa los que se sometía,continuamente,alindígena,laCoronano dudó en decidirsepor la supresiónde los mismos,comomástardeveremos.

Pararegularestose establecióen Lima una Juntade Ministros, donde sedebíaacordarla cantidadquedebíarepartirseen cadaprovincia,los preciosylas mercancíasque podíanser útiles paralos indios. Podíanser objetosderepartimiento,el hierro, las mulas, pañuelos,bayetasde Castilla y algunoslienzos,a todo lo cual se asignóun precio fijo, quese consideróbeneficiosoparalos indios”. En el año de 1751 la Corona decidió regularel comercioforzosoy dejarlo solamenteen manosde los corregidores,lo que plasmaráatravésde unaReal Ordende 23 dejulio de eseaño. Cinco añosmás tarde,esdecir 1756,se sancionócon la prácticalo queen teoríaya sehabíahecho.

Los corregidoresno sólo ejercitaron su repartoentrelos indígenas,sinotambiénentre los mestizos,criollos y españoles,que se convirtieron,igualmente,en objetode susextorsionesy abusos,comonos confirmaAlfredo

JUAN y ULLOA, 1985, U, p. 153

O CAHILL, David P. «Repartosilícitos y familias principalesen el Sur Andino: 1780-

1824».Revista de Indias, XLVItI, 182-183,1988, p. 449.P. y. CAÑETEyDOMINGUEZ: Guía histórica. geográfica,jYsica,política, civil y legal

del gobierno e intendencia de Potosí? Ed. Potosí,Potosí,1952,p. 349.

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Moreno’2. No obstante,el punto centralde nuestrotrabajose refiereal repartoentrelosindígenas.

El repartimientono resultabaigual de gravosoen todo el virreinato,comoapuntaRubénVargasUgarte’3,ya que,cuantomás alejadode la capital,menoreralapresióndel corregidorsobrelos indígenas.

Sobreesta baselegal, los corregidoresutilizaron la fuerza y la extorsióncomo fórmulas de cobro.Lo habitual fue cobrar el débito semestralmente,coincidiendocon la recogidade tributos, tareaque teníanasignada.Tambiénerahabitualaprovecharlas fiestasreligiosasparaexigir los pagos,lo quellevó,en másde unaocasión,a conflictosentrelos curasy corregidores.

Los preciosmarcadosen los repartosresultabanmuy gravosos,a causadelos altosporcentajesque manejabael corregidor, en función de los gastos,delos costos,interesesy salarios,a los queteníaquehacerfrente. Esteno eraelúnico aspectodetestabledel reparto,ya que, ademásde los altos precios, serepartíanmercancíastotalmenteinútiles paralos indígenas,como denuncióTupacAmaru.

El repartollegó a cotasinsospechablesjusto antesde la rebeliónde TupacAmaru, yaquelas tradicionalesextorsionesy abusosadquirieronun matiz másdramático.De estamanera,el repartoresultóserunade las causasdellevantamientotupacamarista.

Al comenzarla décadade los setentaya se habíadesencadenadounaolareformistaen relaciónconel reparto,queiba a desembocarenla abolicióndelmismo en 1781, dondevan a coincidir la figura del visitadorAreche y larebelión de Tupac Amaru como detonante.La CoronahabíacomunicadoaArecheque «conel másduro y reflexivo acuerdoconvendríaquitaren todo oen partelos repartimientospermitidos,y en su lugar, dotara los juecesde unsueldocorrespondiente»’4.Tras la rebelión, la Coronase decidió a tomar unaresoluciónradical, ratificando las medidastomadaspor Areche.El visitadorhabíaenviadoal Consejode Indias,el 16de mayode 1780,un proyecto’5,en elquereflejabaquelo másconvenienteparaacabarconla inestabilidadsocialeraconvertir a los corregidoresen funcionariosde carrera,extinguir losrepartimientosy reglarlos sueldos.El visitadorproclamó un bandoel 20 de

‘~ A. MORENO:El corregidor de indios y la economía peruana del siglo XV))!. C.S.í.C.,Madrid, 1987,p. 178.

> R. VARGAS UGARTE: Historia General del Perú. Ed. CarlosMilla Batres,Lima, 1966,p. 127.

‘~ V. PALACIO ATARD: «Arechey Guirior: observacionessobreel fracasode unavisita».Anuario de Estudios Americanos, III, 1946. p. 283.

“ Archivo GeneraldeIndias(AGí.>. AudienciadeLima. Leg. III?.

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noviembre de 1780,unilateralmente,por el quequedabanabolidos losrepartos’6.Muy pocosdíasdespués,el 19 de diciembre,el virrey Agustín deJáureguiextendiólamedidaalconjuntodel Virreinato.El 2 de abril de 1781,elmonarcacontestabaa Areche,autorizándolea extinguirel repartoforzosodemercancías,porserelprincipal origen de los malesdel Perú,por lo quequedóabolido, definitivamente,por Real Orden de 25 de mayo de 1781.Automáticamente,seimpusieronpenasaquienesignorasenestaprohibición.

La vida oficial del repartimientohabíasido corta, 1751-1780.Fuesustituidolegalmenteestesistemapor el de los socorros,del quetrataremosalmencionarla figura del intendente,puestoqueel repartimientoes al corregidor,lo queel socorroal intendente.

3. LA REFORMA DEINThNDENTESEN AMERICA.EL CASO PERUANO

Las primerasexperienciasparaimplantar el s¡stemaintendencialrespondierona la necesidadde resolverlas dificultadespor las que pasabaEspañatrasla guerrade Sucesión.Mástarde,la implantaciónresponderíaa lanecesidadde hacerfrente al lamentableestadoen que se encontrabanlaHacienday laJusticia.

La primera ordenanzaparala implantacióndel sistemaintendencial,enEspaña,está fechadaen 1718. La Ordenanzacomprendía143 artículosmuydetallados.Estaimplementacióntuvo muchos detractoresentrelos sectoresprivilegiados,quesesentíanamenazadosporestareforma.Porestapresión,en1749, se volvía a examinarla institución, promulgándoseunanuevaOrde-nanza,queconstaríade 146 artículos,basadosen los de 1718, dondela causade Justiciase veía muy reforzada.Sin embargo,todo ello no fue definitivo, yaque uno de los aspectosprincipalesdel régimen intendencialfue su continuaevolución,comoafirma GiselaMorazzani‘.

Una vez establecidala intendenciaen España,resultabalógico el siguientepaso,es decir, su implantaciónen América,y así,por unaReal Instrucciónde1764,se instaló laprimera intendenciaen tierrasamericanas,concretamenteenCuba.

Carlos III, el granmonarcareformista,quiso completarel establecimiento

~ AGí. AudienciadeLima. Leg. 1186.“ G. MORAZZANI DE PEREZ ENCISO: La Intendencia en España y en América. Univer-

sidadCentral de Venezuela,Caracas, 1966,p. 334.

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del sistemaintendencialampliándoloal resto de las provinciasamencanas.Paraello envió visitadoresgeneralesqueanalizaran«in situ» las posibilidadesdeimplantarlas intendencias.

Al igual que en la península,no todaslas voceseranfavorablesa estaimplantación.Pronto surgióun detractoren la máximaesferadel gobiernoindiano.Nos referimosal, primero, CapitánGeneralde Cuba y, más tarde,virrey de la NuevaEspaña,Don Antonio Maria de Bucareli, quien se opuso,argumentandoposiblesproblemasderivadosde aquélla,sobretodo en elámbitolegislativo.Bucareli llegó a decir«no estálapoblaciónde estereinoenestadoque permita la variación de sistemasen su gobierno, .~. elestablecimientode intendencias,lejosde mejorarloatraeríala confusión»’8.Lainstitución,segúnCarlosDeustuaPimentel’9,serámiradaen Indias conreceloy desconfianza,si no conpesimismo,respectoalos frutosquedebíarendir.

A pesarde todo, la implantacióncontinuó.En 1776 seriaVenezuelalaprotagonistade estasreformas,en 1782, el Rio de la Plata, en parte, paraconseguirponerfreno al continuohostigamientode inglesesy portuguesesenla zona. Dicha Ordenanzacontabacon 276 artículos,casi el doble de losredactadosparala metrópoli. En 1784 le llegaríael turno a Perú,peroello loanalizaremospormenorizadamentemástarde,y en 1786 a laNuevaEspaña.Seintentó unificar todasestasOrdenanzasen una,general,paratodos losterritorios,sancionadaen 1803,derogadaalpoco tiempo. De estemodo,pocoapoco, todo el territorio americanoiba remodelándosebajo el régimenintendencial.

CarlosIII pensabaque toda estapolítica reformistatendíaa fomentarlariqueza,lo queredundaríaen beneficiono sólodel Estado,sino tambiénde sussúbditosamericanos,al aumentarel nivel económicodeambos.

En Perú,el verdaderomotor y cerebrode la estructuraciónintendencial.fue el visitadorJorgeEscobedoy Alarcón20. Antes de él habíaocupadoelmismopuestoAntonio de Areche,quienhabíacolaboradoconJoséde Gálvezdurantesuprimeravisita a la Núeva España.Gálvezle encargó,en 1777, queestudiarala posibilidadde aplicarel sistemaen el virreinato peruano21.Estevisitador, hartoconflictivo, se enemistócon los virreyes Manuelde Guirior y

‘ Citado en S. PERNANDEZ ALONSO: Presencia de Jaén en América: la visita generalde Jorge Escobedo y Alarcón al virreinato del Perú en el siglo XVIII <1782-1788). DiputaciónProvincialdeJaén,Instituto deEstudiosGiennenses,C.S.I.C.,Jaén,1991,p. 209

“ C. DEUSTUA PIMENTEL: La intendencia en el Perú: 1790-1 796. EscueladeEstudiosHispanoamericanos,C.S.1.C., Sevilla, 1965,p. XXII.

([bidem), p. 4.21 R. REES IONES: El Despotismo Ilustrado y los Intendentes de la Nueva España. Insti-

tuto deInvestigacionesHistóricas,U.N.A.M., México, 1983,p. 86.

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Agustín de Jáureguiy no llegó a poner en marchalos mecanismosparaacometerla reforma.SeríaJorgeEscobedoel encargadode prepararel caminoy llevar a término la instauraciónde estenuevo sistema,por ser el máscapacitadoparacomprenderla idiosincrasiadel mundovirreinal.

La ordenanzade Intendentesdel Río de la Plata fue analizadapor JorgeEscobedo,quien introdujo unaseriede reformasparasu aplicaciónalvírrematoperuano,hechoquetuvolugarporReal Ordende 7 dejulio de 1784.En virtud del nuevorégimenel territorio peruanoquedabadividido en sieteintendencias,dondeserespetó,en lo posible, lascincodiócesisarzobispales:

* Trujillo — D. FernandoSaavedra.* Tanna-~ D. JuanMaria deGálvez.* Huancavelica—* D. FernandoMárquezde laPlata.* Huamanga—* D. NicolásManriquede Lara.* Cuzco—* D. Benito de laMataLinares.* Arequipa—* D. JoséMenéndezEscalada.* Lima —4 D. JorgeEscobedoy Alarcón22•

Luego, en 1796, se incorporarála intendenciade Puno- En 1795,ElConsejode Indias recomendóque la intendenciade Puno,creadaen 1784comopartedel virreinatodel Río de la Plata,fueratransferidaal Perú, lo quesehizodefinitivamenteporRealCédulade 1 de febrerode 1796.

A Escobedose debióno sólo laadecuaciónde la Ordenanzadel Rio de laPlata al virreinato del Perú,sino tambiénla redacciónde todas lasinstruccionesespecialesparacadauno de los territorios, lo queha sidoestudiadopor SerenaFernández23.De este modo,se aplicabael régimenintendencialen todo el virreinato peruano,que subsistiríahasta laEmancipacióne, incluso, la nuevarepúblicalo único que hizo fue cambiarelnombrede «intendencia»por«prefectura»y elde «partidos»por«provincias».

4. LOS INTENDENTES,LOS SUBDELEGADOS

Los intendenteshabíande sucederalos gobernadoresde lasprovincias.Pordebajode ellos, en lugar de los corregidores,que desaparecieroncon la

~‘ La intendenciadeLima eraala vez intendenciageneraldeejércitoy hacienday la co-menzó a ejercer el propioJorgeEscobedo,enenerode 1785,al terminarsu visita. (lbidem),p. 92.

5. FERNANDEZ ALONSO: <‘Perfil biográficoy acción de gobiernode Don Jorge de Es-cobedo». Revista de Indias, LII, 195, 1992, p. 379.

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implantacióndel sistemaintendencial,se pondrían subdelegadosen lospartidos;de estemodo,las provinciasquedabanmejor atendidas.El intendentese convertíaen unafigura queponíaen conexiónlas altasesferascon el ámbitolocal.

La mayoríade las iñtendenciasamericanasfueron gobernadasporespañolespeninsulares,mientrasque las subdelegacioneslas ocuparon,fundamentalmente,criollos. El Consejode Indiasera quien proponíalosnombresde los posiblesintendentesy el rey elqueejecutabael nombramiento.Los virreyesponíanel «cúmplase»al nombramiento,con ello se intentabadejarclaroquelos intendentesestabansubordinadosal virrey y a la audiencia,y, hastaun determinadomomento(Real Orden de 1787),al SuperintendenteGeneral.La designaciónno tenía límite de tiempo, «por el tiempode mivoluntad».

Los intendentesacapararonun grannúmerode funciones,por esoserecomendóquesiempre,aserposible,fueran letradoslos encargadosdeejercereste cargo. Fue másbien la excepciónque la reglael cumplimientode estaaspiración.En casode queno lo fueran,debíantenerun asesorletradoal querecurrir en todos aquellosasuntosque requirieranun conocimientode!Derecho.

Los intendentesteníancuatroesferasprincipalesde gobierno: Justicia,Hacienda,Policía y Ejército; con un énfasisespecialen la administraciónfinanciera.Pararecalcaresta última afirmación,Guillermo Céspedesdice quelo más persistentede esteesfuerzose dirige a fomentarla vida económicadesus reinosen el triple aspectode producción,circulacióny consum&.Y si nosfijamos, como lo haceEdbertoOscarAcevedo,en la distribución de losartículosde la Real Ordenanzadel Río de la Plata,podremosratificar loanteriormentedicho: desdeel artículo 1 al 11 se dedicaa cuestionesde ordengeneral;del 12 al 52 a Justicia;del 53 al 70 aPolicía; del 71 al219 a causasdeHacienday del 220 al 272 a causasde Guerra,máscuatrocomplementarios~>,es decir, 11 referentesa cuestionesgenerales,41 aJusticia, 18 a Policía, 149 aHacienday 53 aEjército.

Pero,en el papel, la función másimportantede los intendentesera la deJusticia,entendiendoque en estosaños los conceptosde Justiciay Gobiernoson prácticamenteasimilables,como se percibeen la Real Ordenanzade

~ Citado enDEUSTUA, t965.p. XX.“ E. O. ACEVEDO: La intendencia de Salta de Tucumán en el virreinato del Río de la

Plata. Instituto deHistoria,FacultaddeFilosofíay Letras,UniversidadNacionaldeCuyo, Men-doza,1965,p. t05.

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Intendentes.En estecampode Justicia,debíanlos intendentesinformar al rey,por la vía reservadade Indias, de todoslos asuntosgravesy dignos de suconocimiento.

Así, comoel término«Justicia»implicabaen el siglo XVIII laejecucióndeactosde gobierno,en un sentidoamplio, se dabatambién,por entonces,unaconnotaciónsimilaral conceptode «Policía».En estepunto,debían,entreotrascuestiones,los intendentescuidar de las costumbresde los vecinosde sujurisdicción,del ordenpúblico,de controlaralos extranjeros,etc.

Ya hemosdicho, másarriba,quelas causasdeHacienday, portanto,todolo relacionadoconla economíadebíanocupar,preferentemente,aquienejercieraestecargode intendente.En estesentido,suprincipal tareaera lade fomentartodo tipo de actividad económica,ya searelacionadacon laagricultura,la ganadería,el comercio,la industriay la minería: «aumentarla agricultura,promoverel comercio,excitar la industriade los pueblos,favorecerla minería»26.Velaban y vigilaban que se establecieranpósitosyalhóndigasparael abastopúblico de las ciudadesy villas, y se conservaranlos bosques,montesy pastos.También,velabanpor la moneda.Endefinitiva, los intendentesteníanla direcciónde las rentas realesde susprovinciasy la de todos los derechospertenecientesal Real Erario, asícomo todo lo referido a la cobranzade los tributos, una de las principalesfuentesde las rentasde la Corona.Debíanperseguiry castigarlos actosdefraudey contrabando.

En cuantoa las causasde Guerrao Ejércitoy, paraevitar conflictos, serecalcabaen las distintasOrdenanzasde Intendentes,la subordinaciónalvirrey, comojefe superiorde laprovincia.Lasfuncionesdel intendenteen estecampose referían,preferentemente,al abastecimiento,economíay policíadelas tropas,másqueacuestionespuramentemilitares.

La primeramisión del intendenteeraconocerel territorio y los habitantesde su jurisdicción,visión imprescindibleparapoder actuarcon conocimientode causa.Uno de los mecanismosque teníanlos intendentesparaestarbieninformadosera,por lo tanto,el delas preceptivasvisitasde sus provincias,queestabanobligadosa realizaranualmente.Sólo en casosexcepcionalespodíandelegarenalguiendesuconfianzaparahacerestasvisitas.

Entre sus tareasfundamentales,al realizarunavisita, estabala decomprobarel trato que las autoridadeslocalesdabana los miembrosmásdesprotegidosde las distintascomunidadesy, en el casode que éstefueranegativo,intentarponerel remedio,lo máspronto y adecuadamenteposible.

>‘ Ibídem,p. 104.

La ordenanza de intendentes y las comunidades indígenas del virreinato peruano 221

En estacategoríade másdesprotegidos,entreotros grupos,entraríanlosindígenas,pero lesdedicaremosaellosotro apartado.

Como parteimportantede sus funcionesde gobierno, los intendentesejercíanel vicepatronato,como vicepatronossubdelegados,y, en cuantoatales,debíanactuarennombredel rey en cuestionesreferidasadiezmos,rentasvacantes,etc. Esteera uno de los aspectosque diferenciabaa los intendentesamericanosdelosespañoles;en Españano ejercíantal función27.

Otra de sus funcionesera la de presidirel cabildo, estarinformadode loquese trataraen susreuniones,así como,hacercumplir los acuerdosde éste.En lo referido a los ayuntamientosse mantienenparalos indios, las mismasprerrogativasqueteníanen elperíodoanterior28.

Debían también vigilar, siempre,que los juecesde residenciao losvisitadoresquese establecieranen su territorio, cumplieranaplenasatisfacciónconsusobligaciones,de las quesederivabaun mejorprovecho,no sólo paraelEstadosino tambiénparalapoblaciónamericana.

Cadaintendenciaabarcabaun determinadonúmerode subdelegacionesopartidos,al frente de las cualesestabanlos subdelegados.Paraauxiliar alintendenteen el desempeñode sus amplias funciones,contaroncon laasistenciade estosfuncionariossubalternos.Estos,colocadosen los puebloscabecerasde partido de indios, eran, en lineasgenerales,corregidoressinrepartimientoy sin sueldofijo. Carecíande autonomía,al quedarsubordinadosal intendente,y tenían,alas órdenesde éste,elejercicio de las cuatrocausasyla recaudaciónde tributos,comohaestudiadoLuis Navarro29.

Los nombramientosparalos subdelegadoseranextendidospor el virrey,entreunatemaque le proponíael intendente.Sucargo tendríaunaduracióndecincoaños.Su salario consistía,siguiendolas Ordenanzasdel Río de la Plata,enun porcentaje,el 3%, sobreel tributo querecaudaran.Otro 1% iba destinadoa los,gobernadoreso alcaldesde indios que fueranrecolectoresde tributos~.Hubo casosen que el oficio de subdelegadose vendió, lo cual no era enabsolutolegal. Podíacostarentre4.000y 6.000pesos3’.

27 L. NAVARRO GARCíA. Intendencias en Indias. EscueladeEstudiosHispanoaznerica-

nos,C.S.1.C.,Sevilla, 1959,p.59.~‘ Real Ordenanzade Intendentesde BuenosAires <¡782). Artículos 10 y II. En G. MO-

RAZZANI DE PEREZ ENCISO: Las Ordenanzas de Intendentes de Inflias. FacultaddeDere-cho,UniversidadCentraldeVenezuela,Caracas,1972.Pp.77-78.

~‘ NAVARRO, 1959,p. 109.~ Real OrdenanzadeIntendentesdeBuenosAires (1782).Artículo 117. EnMORAZZANI,

1972,p. 138.~‘ FISHER, 1970,p. 87.

222 Concepción Navqrro Azcue y Carmen Ruigómez Gómez

El visitador generalEscobedoconocíatodas las irregularidadesque lossubdelegadoscometíanen connivenciaconcomerciantes,hacendados,curasycaciques,como ya habíasucedidoen el pasadocon la figura del corregidor.Pararesolverestosproblemas,Escobedopresentóal virrey, en abril del año1786 y noviembrede 1789, un proyecto,achacandoa la exiguidaddel sueldola causade todaslas irregularidades.Asimismo,aconsejabala división de lossubdelegadosen tres categorías:de primera,de segunday de tercera,consueldosproporcionadosacadaescala,eimplantarun sistemadeescalafón,enel que los ascensosdependierande los méritos.Este proyectono llegó aaplicarsey, añosmás tarde,en 1801, el propio Escobedolo plantearíadenuevo,alemitir su dictamensobrelanuevaOrdenanzade Intendentes.

La sustituciónde corregidorespor intendentestuvo tan ardientesdefensorescomodenodadosdetractores.Entrelosprimeroshayquecontarconel entusiastaJoséValiente quien afirmabaque el sistemade intendencias

aboliríael sistemade repartimientos—como veremos,una de las grandeslacrasdeestaépoca—y corregidores32.

Entrelos máximosdetractoresdel sistemanos encontramosconel VirreyFranciscoGil de TaboadaLemos,quepensabano se habíamejoradonadaconla nuevaestructuraciónadministrativa,puesel problemano residíatanto en ladenominacióny el establecimientode nuevosfuncionarios,cuantoen lacategoríamoral de los hombresque ocupabanlos cargos.De nada servíacambiaracorregidorespor intendentes,si éstosteníanlas mismasaspiracionesy deseosde medrar,a costade quien fuera, en este caso de los indios. A lapostre,seguíadiciendo,todo se habíareducidoa un cambiode etiqueta:«losIntendentesy Subdelegadossucedierona los Corregidoresy como, aunquesevarió la denominación,no pudo mudarsela esenciadel hombre,las másespeciosasOrdenanzasno fueron suficientesa mejorar la suertede losgobernadosni aextinguir losmismosabusosquetuvo potobjeto la reforma33.

Parael Virrey Gil de Taboadano se habíahechounareforma,puesseguíanpersistiendolos mismos inconvenientesen unade estasfiguras (el corregidor)comoen la otra (el intendente).

No podemosconcluir esteepígrafesin hacerunamenciónespecialalsistemade socorros,quehemosvisto suplantó,en la Ordenanzade Intendentesde 1782,al sistemade repartimientos.

Abolido el reparto,laposibilidadde queel indígena,pornegligenciao falta

32 L. E. FISHER: The Intendant System in Spanish An,erica. GordianPress,Nueva York,

1969,p. 92.DEUSTtJA, 1965, p. 26.

La ordenanza de intendentes y las comunidades indígenas del virreinatoperuano 223

de habilidad,no pudieraprocurarseel alimentoy pagarsus tributos, inclinó almonarcaa plantearunasayudasa los indios, no repartos,que ahorasellamaríansocorrosy que deberíanrecaeren la Real Hacienda.Esto quedóplasmadoen la Ordenanzade Intendentesdel Río de la Plata,en su artículo 9,más tardemandadoobservaren Perú.Posteriormente,se completaríacon lacéduladeclaratoriadeSde agostode 1783,ensu artículo7.

Los socorroscomenzaríana repartirseen los pueblosmásnecesitados,atravésde factoreso comisionadosdel intendente.Estedebería,despuésdeconsultara losoficiales reales,seleccionarlos primerospuntosde distribuciónparasolventarlas necesidadesde mulas, hierro, herramientas,a crédito y apreciode costo.Estaposibilidadquedósólo en eso,por la penuriade laHaciendaReal.

No obstante,la idea no se desechódel todo y el visitadorgeneralEscobedopresentóun proyectoal monarca,el 28 dejunio de 1784,siguiendola anteriorlínea.Centrabasu idea en la subsistenciadel indio, queseríaimposiblesin lossocorros,paralo quealudíaa la necesidaddel indígena,como ya eracostumbre,opinandoque,incluso,les estimularíaal trabajo. Escobedopropusoquenadieestaríaen mejorescondicionesparahacersecargode estossocorrosqueel Consuladode Comercio,y, de estamanera,se avituallaríanlos indios y,por suparte,el Consuladotendríaventajaseconómicaspor este comercio.Lacobranzaquedabaen manosde los recaudadoresreales,pagandolos indiosenespeciesde sus labores.Escobedoenvió el proyectoal virrey el 1 de julio de1784, y al Consuladode Mercaderesel 7 de julio, el cual no se demostródispuestoa acometerestaempresa,como informaRubénVargas Ugart&t Deestamanera,y antela negativadel Consulado,el proyectofue denegadoporelmonarca,quiencomunicósuintenciónde fomentarel comerciolibre entrelossúbditosamericanos,comoasí hizoa travésde un bandodel visitadorde mayode 1786.

El siguienteproyectoquese presentóparaatacarel problemade ociosidady subsistenciadel indígenafue el de DonJoséOrtegade Tejada.Susopinionesresultanchocantes,si tenemosen cuentala corriente de pensamientotradicional del gobiernometropolitano.Opinabaque el indígenahabíasidoocioso e indolenteporqueno habíaencontradounacontrapartidaen elcumplimiento de las leyespor parte de los corregidores;ademáscarecíadebienes,a pesarde su continuo trabajo,comose intuye en estaspalabrasdelautor: «habiéndosepersuadidocon tanta tenacidad,de que su afán y su donsólo sirvenparasaciarla codiciade losencargadosdel gobierno ... prefierenel

“ VARGAS, 1966,p. 77.

224 Concepción Navarro Azcue y Carmen Ruigómez Gómez

hambrey la desnudez»3>.Contraestosabusospropusoque seríabueno,parareactivarla economíaperuana,prestara los indígenasútiles y mercancíasamodo de socorros.

Otros muchosproyectosse presentaronsobrelos socorros,siemprealudiendoa la ociosidaddel indio y la necesidadde ayudarleen susubsistencia,con la vista puestaen los idealesque la reformahabíaimplantado:el buengobierno,la observanciade la ley, justicia social yfelicidadde los vasallos.

5. LOS INTENDENTESY LOS INDIOS

Una de las principalesfuncionesqueteníaquecumplir un intendenteeraelcuidadoy vigilancia del buen tratamientode los indios, no sólo enel aspectotemporal,sino tambiénen el espiritual. El régimenintendencialestuvoestrechamenteligado, desdesus orígenes,al problemadel buentrato yproteccióndel indígena.Aunquela Ordenanzade Intendentesno trató losproblemasespecíficosde las encomiendas,la mita o las reducciónes,intentóabordarelproblemageneralde la administraciónde los indios36.Así, y a modode ejemplo, fijémonos en las palabrasdel rey a lá Juntaredactorade laOrdenanzaGeneralde 1803: «... paraque teniendopresenteque mi primeraatenciónes el alivio, la tranquilidady el buen gobiernode todosmis vasallosenaquellosdominios,especialmentelos indios,y queéstosy las demáscastassehaganútilesal Estado,facilitándoleslos mediosquenecesitanparacultivaraquellosterrenosferacesy comerciarlos preciososfrutos sin opresiónniviolencia»>7.

La primeraatenciónde losintendentesdebíair encaminadaa informarsedela situaciónde los indios, ver si estabanbien adoctrinadosy si se les tratabacon el respetoal que las leyes de Indias tantasveceshacíanreferencia.Másconcretamente,en las cabecerasde los pueblosde indios, estabanlossubdelegadoscon lamisiónde protegera losnaturales,procuraro conservarsucristianizacióne igualmentesu civilización.

>‘ RealAcademiade la Historia,ColecciónMataLinares,tomoLXVIII. fol. 503.LYNCH, 1962,p. 18%J. ESCOBEDO:Manifiesto de las razones en que está fundado cada uno de los artículos

de la Nueva Ordenanza de Intendentes de Indias. Edición y advertenciapreliminardeEduardoMartiré. Instituto de Historia del DerechoRicardo Levene,Facultadde Derechoy CienciasSo-ciales,BuenosAires, 1983, p. 18.

La ordenanza de intendentes y las comunidades indígenas del virreinato peruano 225

Hay numerososejemplosde la actuaciónde los intendentesy lossubdelegadosen este tipo de asuntosgeneralesreferidosal buen trato de losindios. Por ejemplo, al informar el protectoTde~ partido de Chotade la malasituaciónen la que se encuentranlos indios en 1807, se pide que elsubdelegadohagaasuvez otro memorial informando,desdesu puntode vista,de lascondicionesde vidade dichosnaturalesy luegoseledaun mandamientoparaque procure el buen trato de los mismos.En esteúltimo casodice elsubdelegadode Chota, FranciscoMaría de Olarría: «... con arreglo a loexpuestopor el señorfiscal protectorgeneralse mandapracticarpor mimismo, ciñiéndomea las leyes y realesordenanzas,reformar los abusosquesobre el servicio de los indios se observanen estepartido por los curas,suinterés,que sefijen arancelessobrelas obvencioneseclesiásticasqueaquellosdebande pagar:quese liquiden las cuentasde todas las haciendasquetienenindios parasu servicio: y que se examine si los hacendadosse conducenconformea lo prevenidopor realesordenanzasy que informe sobreotrospuntosconcernientesal mejor tratamientode los indios y buen ordende lasreducciones...,0’.

Uno de los principalesaspectosquetratabanlasOrdenanzasde Intendenteserael económico,dondetambiénestabanincluidoslos indios,y los intendentesdebíanvelare inducir a losindios al cultivo, sobretodo de algodón,cáñamoylino, repartiéndolestierras si fueranecesario.Así mismo, se debíaevitar, encumplimientode las leyes, la ociosidaddel indio, coartadaperfecta,que yahabíanutilizado los defensoresde la institucióndel corregimiento.

Del mismo modo, los intendentesse teníanque informar y cuidar losbienesde las comunidadesespecialmente,las imposicionesque en su favorhabíaen las cajasde censos,y los propios,arbitrios y demásramospúblicosquehubieraen susrespectivospartidos.Se debíaponerespecialatencióna lorelacionadocon el tributo.

Segúnel artículo 120 de la Real Ordenanza,los indios debíanserempadronadoscadacincoaños,parareactualizarlas tasasdelos tributos: «Paraquese arregleconjusticiay equidadel ramode tributos,en quemi erarioestáconsiderablementeperjudicadopor la desigualdadcon que se exigen y losmuchosabusosque en su recaudaciónhan introducidolos gobernadoresycorregidorescomo obligadosde su cobranzay entero,es mi voluntadquetambiéncorraal cargoy cuidadode losintendentes»39.

‘ Archivo Generalde la Nación. Lima (A.G.N.LJ. DerechoIndígenay Encomiendas.Leg.33. Cuademo664. Alio 1807.

“ Real OrdenanzadeIntendentesdeBuenosAires (1782).Artículo 120.EnMORAZZAN],1972,pp. 140-141.

226 Concepción Navarro Azcue y Carmen Ruigómez Gómez

Sobreestasvisitas y las matrículasde indios tributarios hay abundantedocumentación.

«... se reconoceel aumentode treinta contribuyentesy reguladospor susrespectivastasasdebenpagaranualmentetiecemil cuatrocientossiete pesosseisy medio ¡talesenestafonnaseismil setecientosdiezy nuevepesosunoy medio¡talesen los semestresde Navidad y enlos deSanJuanseismil seiscientosochentay ochopesoscincoreales

40

«Lima y agostodiezy seis de mil ochocientosnueve:vistos enJuntasuperiorde RealHaciendaconlo informadopor lacontadurfageneralde tributosy expuestoporel señorFiscal: aprobaronla matrículade indios del partidode ChachapoyasquepracticóelsubdelegadoMarianoRodríguezcon intervencióndelapoderadofiscal don LorenzoPalomino»41.

En materiade minería,las Ordenanzasde BuenosAires, de NuevaEspañay la Generalde 1803,establecíanque sevelasepor laproteccióny fomentodelramo,pero evitandotodo abusoo extorsión,en especialcon el grupode indiosquetrabajabanenellas,comoafirmaGiselaMorazzani42.

El intendentede Cochabamba(Virreinatodel Río de la Plata),Viedma, enun informe de 1793 expusola malasituaciónen quese encontrabanlos indiosmitayos de Potosí(salariosinferiores al elevadocoste de vida del lugar,inseguridadrespectode alimentoy vestido, aterradorascondicionesdealojamiento,injustas costumbreslaborales,trabajosin retribución losdomingos ...), incluso llegó a afirmar que alrededorde un tercio de losreclutadosde Cochabambano regresaban43.

En 1803, el intendentede Puno,JoséGonzález,se negó a enviarsu cuotade mitade losnativosde su distrito de Chucuito,porrazonesde humanidadt

En estamisma fecha, la OrdenanzaGeneralde Intendentes,recogíaelespíritu protectorhacia los trabajadoresmineros: «Nadaes más interesantealfomentode la mineríaqueel proveerlade operariosy facilitarle la abundanciadel azoguea precioseConómicosy aunqueparalo primero hay en algunaspartesasignadosindios,queconel nombrede mita turnanen aquellasfaenas,serámuy propio del celo de losintendentesmeditarlos arbitriosoportunosconquepuedaliberárselesdeellas»4>.

» BibliotecaNacionalde Lima. SeccióndeManuscritos(B,N.L.). ColegiosSeminarios.Le-gajo D. 5894. Expedientesobreel establecimientodeescuelasde primerasletrasen Chachapo-yas. Lima, octubre10de1809.

lbidem.42 MORAZZANI, 1966,p. 189.“ LYNCH, 1962, pp. 170-171.“ Ihidera,p. 174.

RealOrdenanzaGeneralde Intendentes(1803).Artículo 146.EnMORAZZANI, 1972,p. 151.

La ordenanza de intendentes y las comunidades indígenas del virreinato peruano 227

En lo referentea las tierrasnos volvemosaencontrarconel intendentedeCochabamba,Viedma, quien buscóa todacostauna distribuciónjusta de lastierrasentrelos indígenas,volviendo a dar posesiónde muchasde las quehabíansido desposeídosen períodosanteriorestY de un modo más general,los subdelegadosteníanqueestarpresentesy aprobarlas ventasy censosde lastierrasde los indios47.

Un aspectoimportantede la relación intendente-indígenaes el referido alos indios de las reducciones.En estesentido, podemosrecordarla actuacióndel intendentede Salta,GarcíaPizarro, cuandovisitó la fronterade Jujuy,refiriéndosea los indios de sus reducciones,y escribió: «... [habitan] tanpequeñoscomomal formadosranchosde paja, que no resguardándolesdelcalor,ni del frío, ni de las lluvias, los exponíaa frecuentesenfermedades,hemandadoque, ayudándoselos unos a los otros, construyancasasproporcionadasde adobe,aunqueseacrudo,quelosdefiendade las injurias deltiempoy queles sirvade alicienteparavivir en elpueblo,de quemuchasveceslos despedíalapropiaincomodidad»48.

Con respectoa las reducciones,los intendentesteníanfacultadespararefundir algunas,crearotrasy, en cualquiercaso,velarporsuabastecimientoyobtenerla definitivaconversiónde los indiosalavidaen comunidad49.

Ya en 1808,el 27 de mayo,el doctorMedeirosdictó unasordenanzasde 28capítulospara«el mejorarreglo,subsistenciay adelantamientode la reducciónde SanIgnacio»,en Saltade Tucumán.En ellas trata asuntosrelacionadosconel gobiernode la comunidad,trabajosde los indios, sembradosy cosechas,ganados,contactosentreblancose indios, asistenciaa oficios religiosos,enseñanzade lasprimerasletras,etcY.

Otro aspectoen el queintervinieron los intendentes,referido a los indios,fue el relativo a los cabildosde indios, dondese siguió la costumbredeelecciónanualde sus componentes.El subdelegadopresidíalas reunionesdelcabildoy supervisabalaselecciones.

Otra misión de los intendentesera la de intentardotara los pueblosde sujurisdicciónde los elementosnecesariosparala educaciónde los naturales.Contamoscon un documentode 1811,en el que el Fiscal ProtectorGeneral,

LYNCH, 1962,p. 182.~‘ F. SILVA VARGAS: Tierras y pueblos en el reino de Chile. Esquema histórico-jurídico.

Fil. UniversidadCatólica,SantiagodeChile, 1962.ACEVEDO. 1965,p. 182.lbidem, p.219.lbidem,p. 183.

228 Concepción Navarro Azcue y Carmen Ruigó>nez Gómez

Eyzaguirre,solicitabainformaciónal intendenteparaestablecerunaescuelaenel pueblo de Tarma. El cabildo de la villa informó de la necesidadde estaescuelay el intendente,finalmente,aprobósu establecimientoy el contratodelmaestrode primerasletras5.El mismoProtectorGeneralEyzaguirre,en 1809,habíamandadootro informeen el quese lee: «El FiscalProtectorgeneralenvistade estetestimoniocorrientesobreel establecimientode escuelaen elpartidode Chachapoyaspidese sirva V.E. mandarque el subdelegadoinfórmesobrelas poblacionesque requierenla enseñanzapor su mayor número y adóndepor la inmediaciónpuedanconcurrir los de las convecinasproponiendolos fondosparacostearlay que fechocorra la vista. Lima, y octubre20 de1809».A continuaciónsigue el informe del subdelegadoproponiendoloslugaresenquesedebíanfundarestasescuelasyel costoque supondrían’2.

Pesea que,detrásde la reformade intendentes,se intentóun saneamientomoral de los funcionariosmásvinculadoscon los indios, estono quiere decirquese cumplieratal objetivo fielmente; es más,sonnumerosaslas quejasanteabusosde intendentesy subdelegados.Veamosalgunosejemplos.

Victorián de Villava, fiscal de la audienciade Charcas,escribióun informetitulado Discursosobre fa Mita, dondese reflejabala penosasituaciónde losindiosmitayos.El motivo de queloescribierapareceserquefue el de liberar alos indios de la presiónde la mita, en un momentoen que el intendentedePotosí,Franciscode PaulaSanz,perseguía,presionadopor distintosgruposdepoder,aumentarel rigor de estesistemacoactivo de trabajo. Asimismo,en unnuevoproyectomineroen el queestabatrabajandoel intendente,se pretendíaagregaral sistemade la mita a cuatroo cincomil hombresmás.FranciscodePaulaSanz,claramentevinculadoconel gremiode azoguerosy los ministrosdel Tribunal de Cuentas,atacó,punto porpunto,ladeclaraciónde Villava. Esterespondió,a su vez, con otro memorial, en el que se detectasu falta deoptimismo antela reformade Intendentes:«el asuntoes que se ha mudadoelnombrede las cosas,sin que se hayamudado la sustancia;poco importaqueloshombressellamengobernadores,subdelegados,asesores,o corregidores;niquelas exaccionesindebidas(a losindios) se llamen fiestas,viajes,revisitasorepartos... mas,ello es cieno,quela suertedel indio no se ha mejoradoconelnuevocódigode intendencias»’3.

“ B.N.L. ColegiosSeminarios.LegajoD. 5970. Expedienteparaescuelade indios en estacapitalde Tarmaa instanciadel Sr. Fiscal ProtectorGeneralde Indios. Lima, octubre16 de1811.

B.N.L. ColegiosSeminarios.LegajoD. 5894. Expedientesobreel establecimientodees-cuelasdeprimerasletrasenChachapoyas.Lima, octubrelO de 1809.

LYNCH, 1962,PP. 171-173.

La ordenanza de intendentes y las comunidades indígenas del virreinato peruano 229

En 1797,el cabildode la ciudadde Piurase quejabade queel subdelegadodel partidoestabaobligandoa los indiosacomprarlicenciasparalaproduccióndeaguardientt.

En 1805,el subdelegadode Chachapoyasfue destituidopordesfalcode lasrentasrealesy la opresiónqueejercíasobrelos indios, acusadopor el cabildode laciudad”.

Los corregidores,al menos,habíanhechotrabajara los indios, por elsistemade repartimientos;los subdelegadosse contentabanconhacerlespagarpor los bienes(repartimientosilícitos) sin preocuparsede cómo obteníaneldinero,llegaa afirmarJohnR. Fisher’6.

Descendiendoa otro casoconcreto,nos referiremosa un expedientede1808 en el que el ProtectorGeneralde los indiospide se retire del cargo aunsubdelegadodel partidode Pascopor ejercerlode forma arbitraria y enperjuicio de los indios. La primera quejase refiere a que el subdelegadocomisionóaJoséNegróncomointerino sin tenerfacultadesparaello. Luego sepasaa enumeraruna seriede abusosde este hipotético subdelegadointerino,comoson la ventadeaguardiente,encarcelamientoo trasquilede un indio sinmotivo aparente,promoviendoinjustospleitosconlos indios”.

6. CONCLUSIONES

Para algunosautoresel siglo XVIII fue, en el plano institucional, unperíodofrustrado,por la excesivatimidez de las reformasy la pervivenciadeantiguosresabios.Paraotros, las reformas,sobretodo las de finales del sigloXVIII, tanto político-administrativas,como económicas,se aplicaroncuidadosamenteen Indias,y conespecialcelo en Perú,conel objetode obteneruna mayor riqueza.A nuestrojuicio, ni las reformas fueron acometidascontantatimidez, ni porel contrario,aplicadastan escrupulosamente.La realidades que la escasaduración de estainstitución no permitió apreciarunosresultadoscompletamentesatisfactorios.Asimismo, las reformasestuvieron

‘4 J. R. FISHER: «The IntendantSystemandthe Cabildosof Pera, 1784-1810».HispanicAmericanHísrorícalRevíew,49, 3,agosto1969,p. 445.

“ A.G.l. AudienciadeLima. Leg.608.FISI-IER, 1970,Pp.97-98.B.N.L. Subdelegaciones.Legajo0. 10017.Expedientesobrelapeticiónpresentadaporel

ProtectordeNaturalesdel Cerro de Pascoafin dequeJoséNegrónseaseparadodel cargodeSubdelegadoqueejercearbitrariamente,Pasco,febrero14 de 1808.

230 Concepción Navarro Azcue y Carmen Ruigómez Gómez

mediatizadaspor las propiasvisicitudespolíticas,económicasy sociales,tantode lametrópolicomode lasprovinciasultramarinas.

La reforma, en algunosaspectos,resultóserun tanto superficial,almantenerviejas lacras: comercioforzoso,afán de medrar,extorsióna losindios,etc. En sudescargo,hayque reconocerunaacuciantey continuafaltade mediosparaatendera sus amplísimasfunciones.

En cuantoa la figura del corregidorhayqueseñalarel trabajode AlfredoMoreno,en el queafirmaqueel corregidorfue utilizado paracontrarrestarlaacciónvejatoria de encomenderos,caciquesy doctrineros,sobre losindígenas,y acabópor asociarseconciertas prácticasde algunosde los queocupabanestoscargos.

Unido a los corregidoresestáel sistemadel reparto,un tema tan polémicoqueni aun concluidoel siglo XVIII, dejóde suscitaropinionesen favor y encontra. El mismo ambientepolémicogeneróel sistemade repartodemercancíasqueen la ordenanzade intendentesse llamaríasocorros.

La figura del intendentefue utilizado por la Coronacomo instrumentodesu política centralizadora.Unode los aspectosen los quemás hincapiépusoel reformismoborbónicofue en las medidasfiscalesque pretendíanreforzarla economíaultramarinay el pactocolonial, centradasen la autoridaddelintendente,lo cualno respondióa lasexpectativasde laCorona.

Uno de los aspectosmásnegativosde la operatividaddel intendentefuesu excesivaburocratizacióny amplitud de funciones.

En el establecimientode la Ordenanzade Intendentesen Perú hay quedestacaruna figura, que durantemuchosañosva a serel hilo conductordelproyectoreformistaaplicadoal Perú,JorgeEscobedo.El fue quien redactólas modificacionesque se aplicaronen este virreinato, y el que, a travésdeinnumerablesmemoriales,luchó por la adecuaciónde esta institución a larealidadconcretadel mismo.Sobreesteautorha publicadorecientementeunespléndidotrabajoSerenaFernández,al queyahemoshechoalusión.

La aplicación de las Ordenanzasde Intendentesdio origen a laformulaciónde unaseriedeproyectosqueposibilitóun mayor conocimiento,no sólo de estainstitución, sino de otras muchas,y catalizó la necesidaddeacabardefinitivamentecon las injusticias y excesosa los que estuvosometidosecularmenteel indígena.

La reforma tambiénsuscitóun mayor conocimientode la realidadindígena,a travésde las visitas, la elaboraciónde padrones,relacionesgeográficas,estudiosetnológicos,de la que se habíatenido hastaentonces,en granpartepor motivos de rentabilidadeconómica.Nuestra investigaciónnos hacecorroborarque,a pesarde las reformas,no cambiópositivamentela

La ordenanza de intendentes y Zas comunidades indígenas del virreinato peruano 231

realidadcotidianadel indígena.Comodicealgúnautor,se cambióel nombredela institución,perono se modificóel almade quienla ejercía.

La reformafue positiva en el sentido de hacerdesaparecerel binomioreparto-corregidor,ya quea partir de 1784,todas las revueltaslocalescesaronpor completoen la región, y hasta 1814 no se produceotra rebeliónmasiva,dirigida por un antiguoenemigodeTupacAmaru,el indio Pumacagua.