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    La maternidad y la paternidad en el trabajo La legislacin y la prctica en el mundo

    La lucha por la igualdad guarda estrecha relacin con la lucha por la justicia social en el mundo del trabajo.

    Guy Ryder, Director General de la OIT, Da Internacional de la Mujer 2014

    Resea

    La maternidad segura, la atencin de salud de la madre, y la supervivencia del recin nacido forman parte esen-cial de la propia vida. Tambin son fundamentales para el trabajo decente y la productividad de las mujeres, as como para la igualdad de gnero en el trabajo. Por lo tanto, la proteccin de la maternidad es un derecho laboral fundamental y ha quedado consagrado en tra-tados universales fundamentales de derechos humanos. El bienestar infantil y la proteccin de la maternidad son preocupaciones principales de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) desde su creacin en 1919. En la actualidad, prcticamente todos los pases han promulgado leyes sobre proteccin de la mater-nidad en el trabajo. La OIT cuenta con datos recientes sobre 185pases y territorios, de los que se infiere que el 34por ciento de ellos cumple plenamente con los requisitos del Convenio sobre proteccin de la mater-nidad, 2000 (nm.183), y de la Recomendacin que

    lo acompaa, 2000 (nm.191) en tres aspectos clave: conceden al menos 14semanas de licencia, el monto de las correspondientes prestaciones no es inferior a dos tercios de las ganancias anteriores de la mujer, y se financian mediante un seguro social o con cargo a fondos pblicos.

    Pese a este avance, la amplia mayora de las trabaja-doras del mundoalrededor de 830millonescarece de suficiente proteccin de la maternidad. Casi el 80por ciento son de frica y Asia. La discriminacin contra la mujer por razones de maternidad es un pro-blema omnipresente en todo el mundo. Incluso cuando la legislacin existe, la aplicacin efectiva de esas leyes contina siendo un problema.

    El presente informe de poltica se basa en Mater-nity and paternity at work 1, informe de la OIT sobre disposiciones legislativas de los pases en relacin con la proteccin de la maternidad as como la medida en que las leyes nacionales son conformes con el Convenio nm.183 y el Convenio sobre trabajadores con respon-sabilidades familiares, 1981 (nm.156). Se trata de una

  • 2 La maternidad y la paternidad en el trabajo La legislacin y la prctica en el mundo

    INFORME DE POLTICA

    revisin de dos ediciones precedentes (2005 y 2010), en la que se comparan las leyes de 185pases y territorios, con las normas ms recientes de la Organizacin. Se utilizan datos recogidos por la OIT desde 1994.

    En este documento se exponen las principales conclu-siones del informe acerca delas licencias de maternidad, de paternidad y parental, la proteccin de la salud en el trabajo, la proteccin del empleo y la no discrimi-nacin, y las disposiciones en torno a la lactancia y el cuidado infantil. Se esboza el marco de la OIT sobre la maternidad y la paternidad en la esfera laboral, y se concluye con recomendaciones sobre el diseo y la apli-cacin de las polticas.

    Marco de la OIT y contexto

    A lo largo de la historia, las preocupaciones de la OIT en relacin con la proteccin de la maternidad han sido las mismas: preservar la salud de la madre y del recin nacido; habilitar a la mujer para que pueda combinar satisfactoriamente su rol reproductivo y su rol produc-tivo; prevenir el trato desigual en el trabajo debido a su rol reproductivo; y promover el principio de igualdad de oportunidades y de trato entre las mujeres y los hombres. La OIT ha adoptado tres Convenios sobre la proteccin de la maternidad en diferentes aos: en 1919, 1952 y, el ms reciente, en 2000, el Convenio sobre proteccin de la maternidad (nm.183). Estos instrumentos estipulan medidas de proteccin para las trabajadoras embarazadas y las que acaban de dar a luz; entre otras cosas, se ocupan de la prevencin de la exposicin a riesgos de seguridad y salud durante el embarazo y despus del mismo, del derecho a una licencia de maternidad, a servicios de salud materna e infantil y a interrupciones para la lactancia remune-radas, de la proteccin contra la discriminacin y el despido en relacin con la maternidad, y de un derecho garantizado a reincorporarse al trabajo tras la licencia de maternidad.

    Sesenta y seispases han suscrito al menos uno de los tres Convenios de proteccin de la maternidad; la influencia de las normas de la OIT, empero, trasciende considerablemente la cuestin de las ratificaciones2. Hoy, no solo casi todos los pases cuentan con leyes de proteccin de la maternidad, sino que muchos otros cuentan con medidas de apoyo a los trabajadores con

    responsabilidades familiares, incluidos los padres. Todo esto sucede en el contexto de acontecimientos sociales ms amplios, como el aumento del trabajo femenino remunerado; el incremento del trabajo atpico (a tiempo parcial, temporal u ocasional); el envejecimiento de la poblacin y los cambios del modelo familiar. En algunospases, la crisis econmica mundial ha agudi-zado desigualdades de gnero ya existentes, y ha puesto de manifiesto la necesidad de reconfigurar tanto el tra-bajo masculino como el femenino3.

    Licencia de maternidad

    ELEMENTOS FUNDAMENTALES n Ha ocurrido un cambio mundial paulatino hacia periodos de licencia de maternidad acordes o superiores a la norma de la OIT de 14 semanas; la mayora de los pases ahora prevn la duracin de la licencia de confor-midad con el Convenio nm. 183. Desde 1994, ningn pas ha reducido la duracin de la licencia de maternidad.

    n Solo dos 4 de los 185 pases y territorios estu-diados no prevn prestaciones pecuniarias obligatorias durante la licencia de maternidad. Ms de 100 pases ahora financian las pres-taciones mediante la seguridad social, redu-ciendo as la responsabilidad del empleador. Sin embargo, el estudio indica que en ms de la mitad de ellos, las prestaciones son insufi-cientes desde el punto de vista financiero y de la duracin de las mismas.

    n Para las aproximadamente 830 millones de trabajadoras que en la prctica carecen de cobertura suficiente, sobre todo las de pases en desarrollo, es crucial que se ample la cobertura en la legislacin y la prctica.

    Duracin de la licencia: un cambio gradual positivo

    La norma ms reciente de la OIT sobre la duracin de la licencia de maternidad5 exige un periodo de 14 semanas como mnimo, un incremento con res-pecto a las 12semanas previstas en los Convenios ante-riores. En la Recomendacin nm.191 se anima a los Estados Miembros de la OIT a extender esa licencia a 18semanas por lo menos 6.

  • La legislacin y la prctica en el mundo La maternidad y la paternidad en el trabajo 3

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    La duracin de la licencia es crucial para que la mujer se recupere del parto y regrese al trabajo, mientras presta los cuidados necesarios al/a la recin nacido/a. Cuando dicha licencia es demasiado breve, las madres pueden no sentirse preparadas para retomar la vida laboral, y tal vez abandonen la fuerza de trabajo. Ahora bien, unos periodos muy prolongados de licencia o licencias parentales que acaban siendo tomadas solo por las mujeres, en especial si no hay proteccin del empleo, tambin pueden afectar a la participacin de las mujeres en el trabajo o a su promocin en el empleo remunerado, con las consiguientes penalizaciones salariales.

    Entre los 185pases y territorios estudiados: el 53por ciento (98pases) cumple con la norma de

    la OIT de la licencia de 14semanas como mnimo; 42pases cumplen o superan la licencia propuesta de

    18semanas; 60 pases conceden una licencia de entre 12 y

    13semanas,inferior a la duracin prevista en el Con-venio nm.183, pero en consonancia con los Conve-nios anteriores;

    solo el 15por ciento (27pases) concede menos de 12semanas.

    Las duraciones obligatorias promedio ms prolongadas de la licencia de maternidad se registran en Europa Oriental y Asia Central (casi 27 semanas), y en las

    Economas Desarrolladas (21 semanas). La media regional ms breve tiene lugar en Oriente Medio (9,2semanas).

    Los datos sobre las tendencias7 desde 1994 hasta 2013 indican que ningn pas ha reducido la duracin obli-gatoria de la licencia de maternidad. En 1994, el 38por ciento de los pases conceda al menos 14semanas. De este mismo conjunto depases, en 2013, el porcentaje que lo haca era del 51por ciento.

    Prestaciones pecuniarias: diversidad de situaciones

    Para estar conforme con el Convenio nm.183, la pres-tacin pecuniaria pagada durante la licencia de mater-nidad debe ser una cuanta equivalente al menos a dos tercios de las ganancias anteriores de la mujero una cantidad comparable si se utilizan otros mtodos para determinar las prestaciones en efectivoy prolongarse como mnimo durante 14semanas. El principio rector general es que la cuanta de las prestaciones debe esta-blecerse en un nivel que garantice a la mujer y a su hijo condiciones de salud apropiadas y un nivel de vida adecuado8.

    Lospases utilizan diversos mtodos para fijar el nivel de las prestaciones pecuniarias por maternidad. Hay quienes pagan la prestacin durante toda la duracin de la licencia; algunos reducen el nivel de las prestaciones

    Mapa 1. Duracin legal de la licencia de maternidad, 2013 (185 pases y territorios)

    Fuente: Base de datos de la OIT sobre leyes relacionadas con las condiciones de trabajo, Proteccin de la Maternidad, 2013, www.ilo.org/travdatabase (en ingls).

    Duracin de la licencia de maternidadMenos de 12 semanasEntre 12 y 13 semanasEntre 14 y 17 semanas18 semanas o msSin datos

  • 4 La maternidad y la paternidad en el trabajo La legislacin y la prctica en el mundo

    INFORME DE POLTICA

    durante la licencia; otros conceden la remuneracin obligatoria so