la justicia

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD YACAMBÚ FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS FILOSOFÍA DEL DERECHO LA JUSTICIA SEQUERA M, FABIOLA C. C.I: V-13.952.845

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justicia

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REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN SUPERIOR UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGAUNIVERSIDAD YACAMBFACULTAD DE CIENCIAS POLTICAS Y JURDICASFILOSOFA DEL DERECHO

LA JUSTICIA

SEQUERA M, FABIOLA C.C.I: V-13.952.845

Febrero de 2015LA JUSTICIALa justicia es un valor determinado por la sociedad, que surgi con el propsito de mantener la armona entre sus integrantes, es decir, es el ''conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones especficas en la interaccin de individuos e instituciones''. Este conjunto de reglas tiene dos fundamentos.1. Cultural: Basado en un consenso amplio en los individuos de la sociedad sobre lo bueno y lo malo, y como deben organizarse las relaciones entre personas.2. Formal: Se codifica formalmente en las disposiciones escritas, las cuales son aplicadas por jueces y personas designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.Segn Hans Kelsen; La Justicia es la proteccin de un todo, implicado en la libertad, la paz, la democracia y la tolerancia, junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad.El valor de la Justicia a lo largo de la historia del hombre se ha expresado segn la cultura de cada imperio por ejemplo:*Mitologa Griega representacin femeninaLa Justicia Moral -> Astrea (Deidad Femenina)La Justicia Divina -> Temis (Deidad Femenina)Temis (Madre) -> Astrea (Hija)

*Mitologa Nrdica representacin masculinaForseti -> Deidad Masculina*Mitologa Romana representacin femeninaIustitia: Deidad femeninaTambin a lo largo de la historia se han formulado doctrinas acerca de la Justicia, como la de los filsofos, las ms destacadas las encontramos en:Platn: La Justicia como Armona Social. En su libro la Repblica, propone para la organizacin de su ciudad ideal (Dilogo de Scrates) que los gobernantes se transforman en individuos ms justos y sabios (filsofos) o que los individuos ms justos y sabios (filsofos) se conviertan en sus gobernantes.Aristteles: La justicia como igualdad proporcional. Es decir, dar a cada uno lo que es suyo, o lo que le corresponde. Esta correspondencia debe ser en proporcin con su contribucin a la sociedad, sus necesidades y sus mritos personales.Santo Toms de Aquino: La Ley Natural, se refiere a que los ciudadanos han de tener los derechos naturales, que son los que Dios da. Hoy en da se llaman los Derechos Humanos.Utilitaristas: Lo justo es los que beneficia al mayor nmero de personas a la vez. Las instituciones pblicas se componen de forma justa cuando logran maximizar su utilidad.Ulpiano: Justicia, es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponda.Doctrina Cristiana: La Justicia es una virtud cardinal, donde la prctica establece que se ha de dar al prjimo lo que es debido, con equidad respecto a los individuos y al bien comn. Esta Justicia con hombres de Dios, se denomina ''Virtud de la Religin'', correspondiendo a debida adoracin y culto, este deber como supremo acto de Fe.

La Justicia DistributivaEn la mayora de la sociedades se han manejado dos conceptos parcialmente incompatibles sobre qu es una distribucin justos de los bienes y la riqueza.1. La Justicia segn la Necesidad, sostiene que aquellos que tienen mayores asignaciones. Se enmarcara en personas enfermas o con discapacidades y en segmentos de las sociedades con dificultad para procurarse bienes como los nios, ancianos y marginados.2. La Justicia segn el Mrito, aquellos que ms contribuyen a la produccin de bienes y riqueza deben tener tambin una mayor proporcin de los mismos.En la prctica de las sociedades modernas los dos criterios coexisten en la asignacin de los recursos, de acuerdo segn sea el caso con mayor o menor prioridad.

Justicia SocialLa idea de Justicia Social est orientada a la creacin de las condiciones necesarias para el desarrollo de una sociedad relativamente igualitaria en trminos econmicos, es decir, comprende un conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decente para toda la poblacin, involucrando un Estado Activo.Para el filsofo argentina Alejandro Korn, la Justicia Social, es un ideal que se define a partir del hecho concreto de la injusticia social. Otros estudiosos, plantean que la Justicia Social se corresponde con la Justicia Distributiva de Aristteles.

La Justicia En qu consiste y si realmente existe?La Justicia es una virtud que tiene dos notas esenciales que la tipifican como virtud.1. La Alteridad2. La ExterioridadEsta Justicia Objetiva se plasma en la realidad social presidiendo del nimo moral con que el sujeto la realiza.1. La AlteridadExige que haya por lo menos dos personas (de alter, uno a otro) pues no se puede dar algo sino a otro, a alguien; es decir la justicia no naci con Adn sino con Eva.Debemos explicar que la Justicia Moral requiere de la intencin interior (subjetiva). En cuanto al Derecho que nos concierne se encuentra la Justicia Jurdica que prescinde de la intencin interior de quien hace un acto objetivamente bueno y justo.En su obra Santo Toms, expone que hay una justicia objetiva, incompleta moralmente, pero suficiente para que se cumpla con el orden jurdico, donde un arte puede llamarse justo en el campo del Derecho que consiste en ''dar a otro su derecho'' an prescindiendo de la intencin interior con que dicho acto se realice, es decir, un acto que hace bueno el dar sin hacer bueno, ni virtuoso, a quien da al otro lo justo. En este acto lo debido consiste esencialmente en Justicia, este acto justo que cae bajo el precepto de la ley consiste en hacer algo segn lo que manda el Orden Jurdico.Segn Dabin, al Derecho le basta con que se haga la cosa virtuosa, quiere decir que:a. Hacer que por cumplimiento del precepto se induzca en los ciudadanos el conocimiento y formacin de justicia.b. Ordenar en el precepto determinado que un acto de justicia.Finalizando con Santo Toms expone que es propio de la Justicia que ordene al hombre en aquellas cosas que dice justo cuando responde a otro segn cierta igualdad. El objeto de la justicia es lo justo, el derecho del otro.La ExterioridadLa materia de la justicia es la accin exterior al sujeto operante y el objetivo, porque es el derecho del otro. No cualquier accin exterior es materia de la Justicia, ya que el derecho tiene por materia las acciones humanas y su relacin con el exterior (orden pblico; privado).De la alteridad y exterioridad, caractersticas de la Justicia, puede darse una obra Justa o realizarse un acto justo. Esta virtud social se plasma en la comunicacin de los hombres entre s y est compuesta de los actos exteriores con relacin a otro, ya que la materia y objetivo de la Justicia son las acciones exteriores y el dar a otro su derecho para que se cumplan. En caso de que no exista la virtud moral de Justicia, hay un justo imperfecto, justo incompleto, justo objetivo, pero jurdicamente valioso.En el Derecho, un legislador puede hacer un acto de justicia sin ser un hombre justo, ya que la autoridad humana no es capaz de conocer y juzgar la interioridad de la intencin interna de las personas, sino la exterioridad de sus actos. Esta es una primaca jurdica, segn lo antes analizado y expuesto, se pretende con la Justicia y el Derecho, que pueda cumplirse y dado por cumplido independientemente del nimo (o intencin del sujeto obligado.

En conclusin el Orden Jurdico, a travs de sus jueces, se conforma con que se haga el acto justo sin averiguar cul es el aspecto subjetivo moral del sujeto que lo realiza, ello sin ser indiferente el Estado, de que los ciudadanos sean o no moralmente virtuosos u hombres justos. Aristteles deca que el fin de la ley es ir haciendo virtuosos a los ciudadanos por la repeticin del cumplimiento de actos de justicia. Sin embargo necesitamos del hbito de la virtud moral, de justicia, que facilitara la comunicacin fluida, idnea y transparente de los humanos.

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