la inducción en ciencia jurídica

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  • 7/25/2019 La Induccin en Ciencia Jurdica

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    La induccin en Ciencia Jurdica

    Fernando Quintana

    IntroduccinEl presente ensayo se propone estudiar la induccin en Ciencia Jurdica. Comolo anotara Joseph, el acucioso estudioso de la Lgica clsica, en suIntroduction to Logic 1, la historia de la palara induccin!traduccin latina del"ocalo griego #epagoge# est por escriirse$ a lo largo de tantos siglos dere%le&in cient%ica y de aplicacin de m'todos en la constitucin delconocimiento cient%ico, se ha logrado, sin emargo, una cierta clari%icacin desu signi%icado. El t'rmino induccin, del modo empleado por (latn y)ristteles, signi%ica generalmente el procedimiento con arreglo al cual seestalece una proposicin general, no deducti"amente a partir de laconsideracin de un principio o proposicin ms amplia, sino desde casos o

    instancias particulares *o singulares+, en los cuales dicha proposicin semuestra o mani%iesta.

    esde sus comien-os, pues, la induccin aparece en una relacin de contrastecon la deduccin. )s, mientras la induccin "a desde casos particulares acasos ms generales, la deduccin "a desde casos generales a casosparticulares. Este sentido de oposicin y complemento de amas operacionesparece ser el #sentido %uerte# ue domina en el signi%icado de amos t'rminos.*/tili-o au la e&presin #sentido %uerte# en el mismo uso ue suelen hacer los%illogos de las palaras+.

    e esto se desprende ue el estudio de la induccin dice relacin con lametodologa cient%ica y presupone o es correspondiente con un cuerpoorgani-ado de conocimientos, ue llamamos Ciencia, relati"os a un o0eto, uees el o0eto de la ciencia. )l plantear en estos t'rminos la induccin, hacemosde ella un m'todo del conocimiento cient%ico. La proposicin o principio onocin uni"ersales o generales alcan-ado por medio de la induccin muestraue ello se cumple para el o los casos particulares considerados, lo ue indicaue el uni"ersal *o nocin general+ est en cierto modo presente en esoscasos. La #cuestin de los uni"ersales#, pol'mica histrica en torno a lacaptacin del uni"ersal en las cosas o casos particulares, proporciona el me0ore0emplo de anlisis de signi%icado de la induccin como m'todo cient%ico para

    estalecer conocimientos comproados. Los casos particulares con ue setraa0a en la induccin son o ien dados en una e&periencia sensorial, si setrata de o0etos susceptiles de manipulacin e&perimental, o pueden sercasos independientes de la e&periencia, relati"os a un #todo lgico oconceptual#, como los o0etos de las matemticas.

    esde un punto de "ista lgico, la induccin es un tipo de in%erencia, opuesta aotro tipo de in%erencia, ue es la deduccin. anto la una como la otra tienenlugar destacado en la Lgica %ormal, entendida 'sta en cuanto mane0o derelaciones entre t'rminos o proposiciones 2. En tal carcter la Lgica constituyeun organon o instrumento de las ciencias, metodolgicamente construidas. .

    (ero antes de entrar en el estudio de la induccin, digamos unas pocaspalaras ms acerca del propsito de este ensayo.

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    )l plantear la induccin, con toda su carga metodolgica cient%ica, en laCiencia Jurdica, pensamos 'sta como ciencia. La cienti%icidad del erecho noes, como se sae, punto pac%ico entre los autores. La muy peculiarcaracterstica de la norma 0urdica y su modo de organi-acin en sistemasautnomos de signi%icacin o auto contenidos, en el sentido de ue las distintas

    clusulas %orman una organi-acin inteligile seg3n principios!, modi%icalespor #"oluntad del legislador#, pareciera dar al traste con el postulado aristot'licode ue la ciencia "ersa sore lo uni"ersal y no sore lo mutale o accidental. Elalegato del Fiscal 4on 5irchmann en el sentido de negar al erecho todacienti%icidad posile, con la lapidaria oser"acin de ue astan unas pocaspalaras recti%icadoras del legislador para ue iliotecas enteras sucuman,constituy en su 'poca una suerte de escndalo %ilos%ico, pero ue al mismotiempo, en su negati"idad, %ue el paso necesario a una re%le&in cient%ica soreel erecho.

    La presente centuria ha deido hacerse cargo del me0or intento de estalecer

    una ciencia en sentido estricto en manos de 5elsen, en muchos respectos uncontinuador de 5ant$ pero tami'n ha deido tomar nota del creciente progresode la ciencia social y con ello del emate ideolgico en la ase misma delconcepto de erecho. La doctrina de los imperati"os de 5ant anticipa, ene%ecto, el tratamiento de la norma 0urdica en 5elsen, ien ue en 'ste se dalimitaciones en la teora. El imperati"o hipot'tico de 5ant representa lanecesidad de una accin como medio para un %in posile o real$ la cone&in delantecedente al consecuente *mirado el imperati"o en su mera e&presin %ormal+es en la %orma deer ser. La cuestin au es el modo de "inculacin de lanorma al s3dito *heteronoma+ y el signi%icado de la coacti"idad. 5elsendesarrolla la norma en este mismo sentido, en%ati-ando la sancin como el

    modo de la 0uridicidad o pertenencia de la norma al ordenamiento. La eora(ura de 5elsen, al igual ue el positi"ismo, muestra sus "enta0as y limitaciones$"enta0as, porue sin discutir los %undamentos de la teora !lo sera necesariodesde el ngulo de la concepcin cient%ica del erecho!, entra en un tratodirecto con su o0eto, lo descrie y lo desarrolla analticamente$ limitaciones,porue la ostinada #antimeta%sica# de0a en la oscuridad la re%le&in crticasore los supuestos de la teora cient%ica. El dole supuesto 6elseniano !laescisin antit'tica entre naturale-a y erecho y la norma hipot'tica categorial!son, sin ms, meta%sicos. odo lo ue 5elsen impugn como 0usnaturalismo ocomo teleologa, reaparece hoy da con reno"ados ros, con distintosnomres, pero ue hacen e&plcita la insu%iciencia de la teora.

    (or otra parte, la sociologa del conocimiento, ue "iene desarrollndose desdeestutt de racy y 7ar&, %uer-a a una consideracin del erecho no ue %orma,sino en su contenido o re%erencia social, como e&presin de los intereses declase, todo lo cual pone en tela de 0uicio, desde un ngulo distinto del de "on5irchmann, la cienti%icidad del erecho.

    El estudio de la induccin mostrar ue el o0eto de la Ciencia Jurdica no semuestra tan slo en la mera norma 0urdica, como estructura %ormal, sino uese re%iere a la conducta de los s3ditos sometidos a ella. El derecho positi"o eshistrico en la medida en ue es relati"o a las condiciones de un puelo en unmomento dado en la historia$ precisamente por eso, las conductas reales de laspersonas, los conse0os y doctrinas de los 0uristas y las decisiones de losriunales, "an dotando de un signi%icado no esttico a la norma, sino ue

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    uscan, de alg3n modo, una distinta aplicacin de las normas. Esto constituyeun ms por respecto a la consideracin de la norma 0urdica como %orma, y estems es lo ue se intenta captar a tra"'s de la induccin. Cada acto deaplicacin de la norma 0urdica e&presa una "inculacin del caso concreto conla norma astracta, ue interesa al concepto mismo de la induccin. La norma

    0urdica est puesta teleolgicamente en las relaciones humanas$ en ellaconcurren lo %ormal y lo %inalista, y esto se muestra inducti"amente.

    1. La Induccin en generalEs usual el empleo de la e&presin #Ciencias inducti"as#, con lo cual uisieradesignarse slo a las ciencias e&perimentales$ se hala tami'n de cienciasinducti"o!e&perimentales. (ero de esta nomenclatura sera errneo reducir lainduccin tan slo a las ciencias e&perimentales, como la %sica, la iologa o laastronoma, de0ando de lado la aplicacin a ciencias tales como lasmatemticas o el erecho, ue mane0an tami'n argumentos inducti"os. En elempleo de esta nomenclatura pareciera dominar un concepto de conocimiento

    ue tiene su origen en la e&periencia sensile$ sin emargo, nada osta alempleo de esta clase de in%erencias a conocimientos ue astraen en mayor omenor grada de la e&periencia sensile.

    odo estudio sore la induccin tiene ue comen-ar con la doctrina ue de0araelaorada )ristteles en el 8rganon. ienen especial importancia los#)nalticos# y los #picos#, ue contienen la di"isin de la Lgica en ial'ctica y)naltica, a ue nos re%eriremos ms adelante. 9aste de0ar indicado au ue ladistincin entre ial'ctica y )naltica apunta a uno de los rasgos ms decisi"osde la ciencia: su carcter demostrati"o$ en la )naltica se desarrolla la teora delsilogismo demostrati"o, ue parte el conocimiento de los principios generalesde la ciencia, en camio, en la ial'ctica, se desarrollan los argumentosinducti"os, ue uscan ese conocimiento, ase de deducciones posiles.

    La induccin, en general, se e&presa en di"ersas operaciones.Etimolgicamente signi%ica la operacin o accin de lle"ar o conducir a$ lainductio indica el procedimiento ue la ra-n emplea recorriendo los casosparticulares para llegar al uni"ersal. ;e conecta, por eso, con la di"isin oclasi%icacin cient%ica.

    )hora ien, todo proceso de conocimiento procede de lo conocido a lodesconocido, y seg3n )ristteles, dos son los 3nicos caminos o "as de accesoal conocimiento: la induccin y el silogismo *o deduccin+. El silogismo procede

    desde principios ya conocidos hasta consecuencias, ue se demuestran desdeau'llos, en sentido estricto. ;i todo principio o premisa del ue se partee&igiere ser demostrado, esto es, re%erido a otra premisa o principio anterior, lapruea demostrati"a sera imposile, pues cada principio o premisa. remitirainde%inidamente a otros, en una serie sin t'rmino, hasta llegar a la situacin enue "a no sera posile demostrar el principio de ue se trata. Es preciso, portanto, poner t'rmino a la serie y admitir alg3n principio o premisa nodemostrale, aunue s aceptale, y esto lo cumple la induccin. (or esto lainduccin es la ase de la demostracin.

    La induccin, por consiguiente, tiene como %inalidad la de proporcionar los

    principios o premisas de ue parte el silogismo, es decir$ la induccin es %uentede deducciones posiles.

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    En sentido estricto induccin es el paso de los casos particulares a lo uni"ersalmediante ra-onamiento. (ara comprenderlo me0or, con"iene contrastar susigni%icado con el del silogismo, ue e&presa la deduccin. )l proceder de estamanera ueremos poner de relie"e un modo peculiar de mostrar los caracteresde uno y otro. Induccin y deduccin son operaciones contrarias. Los contrarios

    se encuentran entre s en una relacin de oposicin o incompatiilidad, demodo ue el uno e&cluye al otro$ en seguida, amos contrarios son los dospolos o e&tremos de la relacin, y nada ms ue ellos, de modo ue no caeun tercer t'rmino u otro distinto *e&hausti"idad de la polaridad+$ %inalmente, loscontrarios constituyen la totalidad de la relacin, es decir, en con0unto,constituyen un todo con sus dos polos u opuestos. Esta manera de construircontrarios muestra su utilidad, pues lo ue se dice de uno se niega del otro$entonces, al descriir lo ue signi%ica el silogismo deducti"o *o demostrati"o+,descriimos indirectamente y por "a negati"a la induccin.

    La de%inicin del silogismo la encontramos en los )nalticos (rimeros, 1, 2a-onamiento discursi"o en elcual, una "e- puestas ciertas cosas, algo distinto de lo ue ha sido puesto sesigue necesariamente de ellas, por el mero hecho de haerlas puesto#. Estade%inicin es, como se ad"ierte, demasiado amplia. Lo ue se uiere signi%icarcon el silogismo es ue. )hora ien, el carcter de principio o proposicingeneral al ue tiende la induccin puede ser dole: o ien principios primeros yciertos, de modo asoluto, o ien principios generales tan slo proales, comoocurre con las generali-aciones en las ciencias tales como la %sica, la iologao astronoma$ en el primer caso, ocurre ese tipo de certidumre especialmenteen las matemticas.

    (ero antes de adentrarnos en estas distinciones, estale-camos ue lainduccin es una e&presin ue designa una %orma de ra-onamiento discursi"o,ue como tal se opone a la otra %orma de ra-onamiento discursi"o, ue es elsilogismo.

    )l destacar el aspecto %ormal, aparentemente se acepta ue el estudio de la%orma del ra-onamiento es pre"ia al estudio de sus aplicaciones comometodologa cient%ica, lo ue implica el contenido o la materia a ue se aplican.Esta astraccin de la %orma de su contenido o materia es lo ue 0usti%ica elestudio autnomo de la Lgica. ?a (latn y )ristteles e&perimentaron laperple0idad de la %orma sin re%erencia aparente a un contenido, y toda"a, 5antnos hala de la parado0a del #concepto "aco#, esto es, sin re%erencia a una

    #intuicin sensile#, ue es como la materia del concepto.

    (or ra-ones de claridad e&positi"a consideramos la %orma del ra-onamientoinducti"o de modo pre"io y con posterioridad su aplicacin a alg3n tipo deconocimiento @$ en el silogismo la %or-osidad de la conclusin se muestra demodo inmediato$ en camio, en la induccin, no parece tan o"ia la conclusin.(ara tomar el mismo e0emplo citado ms arria, ue yo considere ue (edro oJuan o iego o cualuier otra persona son mortales y son homres, no memuestra con la misma necesidad ue #todos los homres# son mortales.

    Lo ue indica ue slo por modo aritrario podemos considerar la %orma

    independiente asolutamente del contenido o materia a ue se aplica.

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    Con la indicacin hecha, la a%irmacin de ue el estudio de la %orma de losra-onamientos dee preceder a la consideracin de la materia, "ale slo comodisposicin sistemtica.

    Comparando la induccin y el silogismo esuemati-ados en su presentacin,tenemos:

    ;ilogismo: odo 9 es ) *1+ odo C es 9 *2+ odo C es ) *@+Induccin odo C es ) *@+

    odo C es 9 *2+odo 9 es ) *1+

    e au es %cil ad"ertir ue lo ue se concluye en el silogismo es la premisade ue se parte en la induccin, ue el t'rmino 9, ue es el t'rmino medio en elsilogismo, es el t'rmino menor en la induccin, y ue C, el t'rmino menor en elsilogismo, es el t'rmino medio en la induccin.

    Lo anterior se e&plica, porue en el silogismo e%ecti"amente se estalece lacone&in de los t'rminos mayor y menor, en el sentido de su0eto y predicado,por medio de un t'rmino com3n a amos$ en camio, en la induccin, unt'rmino *el mayor+ se atriuye al t'rmino medio del silogismo, sir"iendo comoenlace el t'rmino menor, el cual es la enumeracin de los casos uecomprende. (or su %orma, entonces, amos ra-onamientos se distinguen.

    La induccin, como %orma de ra-onamiento, es imper%ecta, pues lo ue en ella%igura como t'rmino medio no es ms ue la enumeracin de los casos uecontiene, llamados en general casos particulares. ? tal enumeracin no es, sin

    rigor, un t'rmino medio, como sucede en el silogismo. ? esto a%ecta, por cierto,al modo de la in%erencia de la consecuencia.

    La disposicin de los t'rminos en la induccin impide apreciar la %or-osidad dela consecuencia %ormal, es decir, no permite "er ue el consecuente se siguedel antecedente por ra-n de la disposicin de los t'rminos, como en elsilogismo. Como se trata de enumeracin de casos, la conclusin, en rigor,deiera ser relati"a a los casos enumerados, y no uni"ersal, esto es, relati"a atodos los casos, enumerados o no.

    (or eso, para ue la conclusin de la induccin sea "lida en su uni"ersalidad,la enumeracin deiera ser completa, es decir, ue lo ue media contiene

    todos los casos a ue se e&tiende la conclusin.Este prolema, ue ya "iera )ristteles, lo resume claramente santo oms, ensus comentarios In II (ost. )nal., lect.

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    C es 9# se con"ierta en #odo 9 es C#, y en tal caso tenemos una %orma dera-onamiento ue el silogismo de primera %igura, pues:

    odo C es ) *@+odo 9 es C *2+

    odo 9 es )*1+

    En ue C es e%ecti"amente un t'rmino medio, de modo ue la e&tensin de laconclusin no es mayor ue la contenida en las premisas. Esta %orma deinduccin se llama per%ecta o #por enumeracin completa#, porue es reductilea un silogismo de primera %igura y se aplica en 'l el ictum de omni, dictum denullo, esto es, ue todo lo ue se a%irma uni"ersalmente de un su0eto, se a%irmade todo lo ue est contenido en ese su0eto, y todo lo ue se niegauni"ersalmente de un su0eto, se niega tami'n de todo lo ue est contenidoen ese su0eto. La aplicacin del dictum proporciona al ra-onamiento inducti"osu e"idencia %ormal en este caso.

    )d"irtamos, sin emargo, ue no se trata au sin ms de una reduccin de lainduccin al silogismo$ la induccin por utili-ar la enumeracin de casos en "e-de un aut'ntico t'rmino medio como en el silogismo, permanece siempreirreductile a 'l. Lo ue sucede en el e0emplo citado, es ue la materia de lainduccin se reorgani-a en la %orma de un silogismo, sore la ase de lacon"ersin citada. Aracias a la reordenacin de los t'rminos, despu's de lacon"ersin de la premisa menor, surge la %or-osidad de la conclusin.

    ? a3n as, en un silogismo se otiene la pruea o demostracin de laconclusin a partir de una premisa por medio de un t'rmino medio, es decir, demodo mediato$ en la induccin, en camio, siempre la conclusin deer

    otenerse de modo inmediato a partir de la enumeracin de casos particulares,no ostante su reorgani-acin a0o la %orma de un silogismo.

    El contraste entre induccin y silogismo o deduccin "iene dado por el modocmo se alcan-a un conocimiento. Formalmente se di%erencian, pero por soreesa di%erencia, est el contraste del modo de acceso al conocimiento y, comoconsecuencia, el grado de e"idencia %ormal otenido en uno y otro caso. Estoaparece muy ien re%le0ado en la distincin entre ial'ctica y )naltica.

    Considerando, ahora, la induccin respecto a su materia, surge la distincincom3nmente aceptada: la induccin en materia necesaria y la induccin enmateria contingente. 4eamos un e0emplo: si a%irmamos ue el todo es mayor

    ue la parte, 'sta es una proposicin ue admitimos inducti"amente a partir dela consideracin de un caso en el ue se aplica$ no es deducidasilogsticamente de otra u otras. En tal sentido, su aceptacin es de modoinmediato$ asta la enumeracin de algunos casos o uno solo en ue seapliue para ue se admita.

    e hecho sucede au ue la necesidad del enunciado eui"ale a laenumeracin completa de todos los casos. ? si es as, otenemosinducti"amente la conclusin y la certe-a de su uni"ersalidad. La e"idenciaaparece apoyada au en la comprensin de la necesidad misma delenunciado. La induccin sir"e para mostrar esa e"idencia, mediante la

    enumeracin de casos, y de ese modo la inteligencia capta con %acilidad esa

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    necesidad. En este carcter, la induccin proporciona los principios oproposiciones, ue son la ase de deducciones posiles en los silogismos.

    Este tipo de enunciados, como el indicado, as como el enunciado del principiode no!contradiccin y otros seme0antes, constituyen un mito especial deprincipios, caracteri-ados por su necesidad y uni"ersalidad. En este mitouedan comprendidos los llamados principios primeros de ciencia, los a&iomasy los principios comunes a todas las ciencias, los cuales es preciso poseerantes del estudio en detalle del o0eto propio de cada ciencia.

    La in"estigacin de esta clase de principios, mediante la induccin, la design)ristteles como #los tpicos de la ciencia#, y corresponde a auella parte de laLgica ue se designa ial'ctica. Como lo "eremos despu's, la ial'cticaopera con argumentos inducti"os, y si 'stos se aplican a la materia necesaria,la dial'ctica cumple su %uncin mostrando la necesidad de esos principios, y sise aplican a la materia contingente o proale, dan origen a argumentosproailsticas

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    principio general$ au no ha hecho una enumeracin completa de todos loscasos ni se trata de un caso ue muestre por s mismo la necesidad. Como laenumeracin completa sera in%inita, por tanto, imposile, dee contentarse conuna %ormulacin general, despro"ista de necesidad.

    iene, pues, el con0unto de casos e&aminados desde los cuales se hace lagenerali-acin inducti"a una %or-osidad igual a la de auellos principiosprimeros, como los dos ;in duda, no, y tan slo el cient%ico espera ue nosur0a un caso discrepante para mantener su generali-acin. La aceptacin detales proposiciones se apoya 3nicamente en la %recuencia o reiteracin del%enmeno, en suma, en la pluralidad uni%orme de casos conocidos, pero no enel conocimiento de un principio uni"ersal y necesario. Con todo estauni"ersalidad apro&imati"a o general *dotada de una alta proailidad+ essu%iciente para constituir el cuerpo organi-ado de la ciencia.

    e esto se sigue ue la conclusin, en la induccin, participa del mismocarcter de la premisa de ue se parte, y si 'sta es tan slo proale, la

    conclusin tendr igual carcter. e ah ue la ial'ctica diga relacin con loproale, en camio, la )naltica con lo uni"ersal y necesario.

    El surgimiento del concepto de proailidad hace crtica la nocin decertidumre. Los empiristas ingleses en parte comprendieron ien a escartes,cuando 'ste preocupado de superar los pre0uicios y las opiniones re"estidas de#una muy %uerte proailidad# en las #meditaciones meta%sicas#, a%irmaa laintuitus in%alile, capa- de aprehender por s misma la e"idencia. Gumeoser"a ue si alguien cree ue el sol sale maHana, esa creencia est %undadaen el comportamiento anterior del astro, pero la causa de ue as ocurra, no eslo ue moti"a dicha creencia *o certidumre+ .

    /na generali-acin ue hoy parece precisa y cierta, tal "e- de0e de serlomaHana, y as lo compruea la historia de las ciencias. La ciencia misma estami'n su historia, entendida como progreso y a"ance. Con todo, laproailidad no signi%ica despo0ar a la ciencia de su sentido propio de %ormularenunciados uni"ersales y "eri%icarlos. (or eso, hay ue admitir como "lida unaproposicin ue parece "erdadera$ ya en todos los casos, ya en la mayora deellos$ negarlo signi%icara negar la ciencia. #(or tanto, de no haer o0ecin, sirehusamos conceder la proposicin uni"ersal ue se desprende*inducti"amente+ de muchos e0emplos, es mani%iesto ue hacemos una malaargumentacin# .

    Cuando inter"ienen muchas "ariales es di%cil admitir una a%irmacin comouni"ersal, especialmente si no se han considerado todas las circunstancias uein%luyen en el caso. ;i constatamos ue un cisne es lanco *o "arios+,a%irmamos ue todo cisne es lanco, lo ue "ale hasta ue no se constate lae&istencia de un cisne negro. Esto no signi%ica poner en duda ue haya cisneslancos, sino tan slo el carcter limitado de la a%irmacin, ue "ale comogeneral, esto es, rige para la mayora de los casos, pero no para todos.

    Este tipo de induccin proailstica di%iere de la induccin per%ecta. )u'llarecie todo su "alor de la enumeracin de casos, y ser tanto mayor proalecuanto mayor n3mero de casos sean los e&aminados$ la induccin per%ecta, ya

    por enumeracin de todos los casos *como en la enumeracin de todas lasespecies de un g'nero+, ya por la captacin de una cone&in e"idente, corno el

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    principio de no contradiccin, alcan-a la mostracin de un principio oproposicin e"identes y, por tanto, cierta$ por lo mismo, dichos principios sonlos comunes a todas las ciencias, o los a&iomas ms o postulados, etc.

    La distincin en la induccin por respecto a su materia es interesante poruemuestra el prolema de la ciencia en toda ciencia una porcin deconocimientos proales, y otra porcin de conocimientos uni"ersales ynecesarios. El prolema de la ciencia es cmo integrar unos con otros yestalecer su cone&in$ metodolgicamente, amos mitos son alcan-adospor el m'todo!inducti"o, con la di%erencia ue deri"a de la naturale-a de lamateria considerada.

    ? ello sin de0ar de lado la creati"idad o in"encin del cient%ico, como lo reclamaEinstein insistentemente$ no asta slo el m'todo inducti"o para construir elo0eto de la ciencia: este m'todo es 3til porue pone a la "ista los principios, ala "e- ue sus limitaciones y contradicciones, las cuales, para ser superadas,reuieren de otro m'todo .

    En todas las ciencias con ase emprica en sus conceptos y teoras, lametodologa inducti"a 0uega un rol importante, seg3n se ha mostradoanteriormente. Dos corresponde ahora aordar la aplicacin de estasre%le&iones a la llamada Ciencia Jurdica. Gemos seHalado antes ue elconcepto de ciencia incluye el de m'todo$ me0or dicho, no es conceile unaciencia sin un m'todo. El m'todo, a su "e-, tiene sentido por respecto al o0etode in"estigacin$ preguntarse, entonces, acerca del o0eto implica estalecerlas condiciones de construccin o determinacin del mismo, lo ue seesclarece en las re%le&iones metodolgicas. (or esto, en estas re%le&iones la"inculacin del m'todo con su o0eto es el presupuesto %undamental, y lo

    e&presamos como la adecuacin del m'todo a su o0eto.oda ciencia tiene su propio o0eto, as la geometra in"estiga las propiedadesy naturale-a de las lneas, super%icies y %iguras en el espacio, la %isiologa las%unciones de los rganos y los te0idos de los organismos "i"os, etc. En susin"estigaciones recurren a principios especiales y relati"os al o0eto deindagacin, es decir, a principios o nociones de acuerdo con los cuales see&plica el o0eto ue e&aminan. Estos son los principios propios de cadaciencia. El gemetra hace uso de la de%inicin o a&ioma de las paralelas, de lade%inicin de tringulo, etc., el %isilogo, recurre a la de%inicin de c'lula y sumultiplicacin, etc. Estos principios son propios de cada ciencia, y es lo ue

    permite distinguir a una ciencia de otra. (or sore estos principios hay unosllamados comunes a todas las ciencias, esto es, no con%inados a esta o auellaciencia, sino ue tienen una "alide- uni"ersal, como por e0emplo, el principio oproposicin ue lo ue es com3n al g'nero no es una propiedad de lasespecies del g'nero, ue el todo es mayor ue la parte y otros. ;i aplicamos elprimero a una ciencia determinada, la geometra, podemos decir ue lapropiedad de ue los ngulos interiores de un tringulo son iguales a dosrectos, pertenece no a esta o auella especie de tringulo *issceles, escaleno,etc.+ sino al concepto mismo de tringulo, ue es gen'rico.

    2. La Ciencia Jurdica

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    En general, en toda ciencia constatamos un con0unto organi-ado deproposiciones ue se re%ieren al conocimiento de su o0eto. istintos son losaspectos desde los cuales es posile aordar la ciencia. esde luego,considerando la organicidad del con0unto del saer en u' consiste, %cil esmostrar ue la ciencia se muestra en di"ersos grados$ en e%ecto, hay una

    gradualidad ascendente de generalidad o uni"ersali-acin. ) la ase in%eriortenemos conocimientos e&presados en proposiciones re%eridas a o0etos ms omenos particulari-ados$ enseguida, en grado superior, proposiciones re%eridasa un conocimiento ms general y as sucesi"amente, hasta llegar a uno re%eridoa nociones de m&ima generalidad.

    Esta gradualidad es importante, porue los principios ms generales %undan alos de menor generalidad. Esto supone todo un sistema de di"isiones oclasi%icaciones de los o0etos de cada ciencia. La Lgica %ormal proporcionareglas y principios %ormales para e%ectuar esas di"isiones o clasi%icaciones ynormas para las de%iniciones, cuyo mane0o es indispensale para la

    constitucin de las Ciencias$ como estas son nociones %ormales, el cient%ico ensu materia tendr ue emplearlas seg3n los o0etos ue in"estigue. ;i alcient%ico se le presentan casos o situaciones nue"as, no comprendidos en losya clasi%icados, tendr ue proceder a una re"isin de la clasi%icacin yae%ectuada y de las correspondientes de%iniciones. Esto signi%ica ue elconocimiento no es algo ue este dado, sino algo ue se gana o un proceso$ esposile, en e%ecto, saer muchas cosas de un modo cierto, pero esto ocurre engrado de generalidad amplia o astracti"o respecto de los o0etos particulares.

    En las ciencias ue traa0an con la e&periencia hay un alto "olumen deconocimiento proale. El surgimiento de un caso nue"o, oliga a una re"isinde lo ya conocido, para a%irmar ahora un conocimiento ms completo y e&actoue el anterior.

    En grado ascendente se gana en precisin y necesidad, en camio, mientrasms pr&imo al o0eto particular de estudio, se pierde esa precisin ynecesidad, porue au se ingresa en lo propio de cada ciencia, ue, porre%erencia a los principios generales o comunes a las ciencias, arro0aresultados de distinto grado de precisin$ as, la e&actitud de las matemticasdi%iere de las ciencias e&perimentales. Gay, en el %ondo, una relacin entre la%orma y la materia del conocimiento, en orden in"erso. 7ientras ms %ormal esun conocimiento, tanto ms precio y e&acto: por la in"ersa, mientras menos%ormal y ms #material# *esto es pr&imo a los o0etos mismos de e&periencia+,

    menos preciso y e&acto. (or eso las matemticas y las ciencias e&perimentalesse encuentran en grados distintos de precisin y e&actitud.

    Lo ue nos interesa de0ar sentado es ue el m'todo inducti"o, aplicale tanto ala materia necesaria como contingente. se hace solidario con el tino deconocimiento ue se otiene.

    Cuando se admite ue hay una ciencia 0urdica, lo ue se uiere indicar es uehay un con0unto organi-ado de conocimientos, seg3n principios, relati"os aciertos o0etos caractersticos. Gay en e%ecto, un aspecto de la realidad uedesignamos como 0urdica, as como otro aspecto esto de ella ue designamos

    %sica o iolgica, etc...

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    La cienti%icidad del erecho interesa en un dole aspecto: a+ si el erecho esciencia, hay principios ue le son comunes con el resto de las ciencias$ + si,nue"amente, el erecho es ciencia, tiene principios ue le son propios como talciencia, distintos de los de cada una de las restantes ciencias. (or lo primero,se plantea el tema general de las ciencias, los principios comunes de todas las

    ciencias y ue son 1@ condicin de su posiilidad: por lo segundo. se usca porre%erencia a un o0eto caracterstico, los principios inherentes a dicho o0eto,ue permiten conceir lo 0urdico como lo autnomo. (ara llegar alconocimiento de amos grupos de principios, utili-amos los argumentosinducti"os, es decir "amos de la consideracin de casos particulares en dondedicho principio se muestra o e0empli%ica.

    )dmitido esto, se 0usti%ica, asimismo, ue los principios no sean demostrados$si cada principio tu"iese ue ser demostrado, tendra ue haer otro porrespecto al cual la demostracin %uese posile, y as sucesi"amente$ por tanto,es preciso poner t'rmino a la serie y admitir ue hay principios primeros, ue

    %undan todo el resto de proposiciones. (rimero signi%ica ue un principio esanterior a todos los dems y ue no hay otro ue lo antecede del cual deri"e oes demostrado.

    Consideremos, en primer t'rmino, la comunidad de principios de las ciencias yla ciencia 0urdica: los principios comunes.

    En este traa0o tomaremos un e0emplo usual$ un estudio acucioso de todos losprincipios comunes reuerira un dominio amplio de las ciencias y unae&tensin consiguiente.

    /n principio ue usualmente se designa com3n a las ciencias es el llamado

    principio de no!contradiccin. La %ormulacin del mismo "ara seg3n el en%oueo aspecto ue se en%atice. (ara nuestros e%ectos, aste con %ormularlo as, unacosa no puede ser y no ser a0o una misma relacin. 8tro principio com3n es elde ue la propiedad del g'nero no es de la especie, y ue la propiedad de laespecie no es del g'nero.

    Estos son principios comunes a las ciencias, inclusi"e la 0urdica, y sonuni"ersales y necesarios, y se muestran inducti"amente e0empli%icndolos en laconsideracin de casos particulares.

    La comunidad de principios con las restantes ciencias tropie-a al parecer conuna di%icultad insuperale, toda "e- ue se a%irma con mucha %recuencia ue

    las normas 0urdicas dicen relacin con el deer ser, en camio las restantesciencias dicen relacin con el ser. ;ore la ase de esta oposicin se le"antauna cierta incomunicailidad de la ciencia 0urdica y las restantes ciencias.

    La di%icultad es ms aparente ue real y es la consecuencia de una con%usin,muy di%undida, de la teora de la norma 0urdica con el o0eto de la ciencia0urdica, es decir, se piensa ue el estudio de la norma agota el o0eto de laciencia 0urdica. Esta oposicin o dualidad #%undamental#, como la llama Aarca7ayne-, no ha hecho ms ue emporecer la ciencia 0urdica, impidiendo laconsideracin de temas Jurdicos con la metodologa y los principios comunesa "arias ciencias. El (ro%esor Jorge 7illas ha hecho mucho para despe0ar el

    camino a una consideracin cient%ica del erecho, planteando decididamenteel prolema de la gnoseologa 0urdica con los mismos conceptos y m'todos de

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    la noseologa general. ? nada de sorprendente tiene esta a%irmacin: ya Gegelad"erta en su #Filoso%a del erecho# ue en su estudio la Filoso%a del erechoes antes ue nada Filoso%a. (or nuestra parte diremos ue la Ciencia 0urdicaes antes ue nada ciencia y ue la especi%icidad le "iene dada por el modopeculiar de la regulacin 0urdica, pero ue no impide una concepcin cient%ica

    de esta.En ciencia 0urdica se ha planteado ue el principio o proposicin #todo lo ueno est prohiido est permitido# es un principio propio de la ciencia. En el%ondo no es ms ue la traduccin a un lengua0e de un principio com3n comoes el de no!contradiccin. Aarca 7ayne-, como se sae, en su #Introduccin ala Lgica 0urdica# ha hecho un magni%ico intento de lle"ar los conceptos de laLgica %ormal como el la entiende a la materia 0urdica$ y en el mundo actual noson e&traHas las empresas en seme0ante tema.

    ;i es posile traducir un lengua0e a otro, uiere decir ue hay una comunidadpro%unda entre amos, de otro mosto no sera %actile. La oposicin o dualidad

    entre Daturale-a y erecho ueda as superada.

    )l principio enunciado se le otorga gran importancia, porue de el se deri"a demodo inmediato la llamada #norma de integracin de las lagunas del erecho# yreglas para la interpretacin de las normas 0urdicas.

    Consideremos, pues, el principio. ;u %ormulacin es incompleta. En e%ecto,cuando se indica ue #lo no prohiido est permitido#, se de0a %uera de su%ormulacin lo ordenado. En otros t'rminos, la %ormulacin negati"a de unprincipio trae siempre apare0ada una cierta indeterminacin$ #lo no prohiido#comprende tanto lo permitido como lo ordenado, y es eso lo ue uiere a%irmar

    positi"amente el principio. Cuando se ordena algo o se permite, no puede a la"e- prohiirse, pues sera contradictorio. (or eso di0imos ue este principio noes ms ue la %ormulacin en otro lengua0e del principio com3n a todas lasciencias del principio de no!contradiccin.

    Lo ue ha slido con%undir a los 0uristas es ue al traducir los principioscomunes a todas las ciencias al lengua0e #0urdico# parece independi-arse deauel y constituirse en autnomo, lo cual es un error. e lo ue se trata es uelo propio de la ciencia 0urdica es traa0ar con un lengua0e en donde lodominante es el lengua0e normati"o, pero no hacen sino aplicar nociones oprincipios de otras ciencias o de la Lgica.

    La e"idencia de este principio, del ue deri"an muchos otros, se muestrainducti"amente a partir de la consideracin de casos particulares. *En sentidoaristot'lico, se muestra dial'cticamente$ )ristteles traa0o en realidad lainduccin solo como induccin per%ecta o por enumeracin, y de0o a ladial'ctica, otros argumentos inducti"os, como los indicados ms arria, endonde se trata de e0empli%icar en un caso particular la nocin o principiouni"ersal de ue se trata$ mantiene, en este sentido, el carcter ue leatriuyera (latn, esto es, m'todo para captar la uni"ersalidad del principio+.

    (or e0emplo, supongamos dos normas contradictorias. Como tal contradiccinno es posile, hay ue uscar en el propio ordenamiento el criterio o regla para

    resol"erla o superarla, por e0emplo, la derogacin, ya e&presa, ya tacita. (ero

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    tami'n podemos considerar otros casos, como los casos de con%licto oconcurso y la cosa 0u-gada.

    La consideracin de cada uno de ellos nos permite conceir el principio ueopera$ la contradiccin y el modo de resol"erla en los t'rminos del propioordenamiento, suele resultar de la consideracin de otros principios. Losautores de erecho (enal, por e0emplo, han desarrollado mucho la materia yhan elaorado toda una teora de los concursos de #leyes penales#, ue tiende ae"itar o resol"er las contradicciones. ? en ellos opera la contradiccin, de lacual deri"a ue las conductas son licitas o ilcitas, sin un t'rmino medio odistinto.

    Las precedentes consideraciones nos permiten introducirnos lentamente en elgrupo de los principios propios de la ciencia 0urdica. En e%ecto, a partir de losprincipios comunes, es posile %ormular principios propios de la ciencia 0urdica,como los principios de la derogacin, de la cosa 0u-gada o de los concursos denormas. En estos principios o proposiciones inter"iene por modo decisi"o la

    materia sore la ue se aplican. Lo propio de cada ciencia "iene dado desdeella misma.

    En este respecto, no podramos sostener ue el erecho, en cuantoordenamiento, es un sistema %undado en la naturale-a de las cosas$ tienemucho de arti%icioso. Que la compra"enta tenga tales o cuales modalidadesseg3n las cosas ue se "enden, o ue se admitan tales o cuales e&imentes deresponsailidad, es lo propio del erecho. ;ore esta ase, hay ue elaorarlos principios propios del erecho. Esta #arti%iciosidad# o #aritrariedad# ha sidoseHalada en ms da alguna ocasin como ostculo para la comprensincient%ica del erecho. (ensamos en el alegato del Fiscal 4on 5irchmann,

    condenatorio a la concepcin cient%ica del erecho. El error de este alegato hasido muy precisamente indicado por el (ro%esor Jorge 7illas, a lo cual haraue agregar ue se parte de un supuesto no su%iciente y crticamentee&aminado. ;e admite con demasiada %acilidad ue en la Daturale-a reina elorden y la %i0e-a, porue el %uego ue uema en Chile es el mismo ue uemaen China, y ue, en camio, en el erecho reina la aritrariedad, porue unaley deroga o modi%ica a otra, de modo ue en este nada hay de constante.

    La historia de esta oposicin Daturale-a!erecho est por escriirse y seraaltamente necesaria para dilucidar cuestiones ue han uedado en lapenumra.

    En el mito de los principios comunes, nada osta a una comprensincient%ica del erecho, en la misma medida ue las otras Ciencias. Lasdi%icultades surgen cuando ingresamos en el detalle de la ciencia, en sumateria propia$ au parece regir la aritrariedad. En e%ecto, las regulaciones0urdicas son impuestas. ) lo largo de la Gistoria, el erecho presenta di"ersasregulaciones. Contratos ue antes no e&istan, son regulados hoy y sesuprimen o prohen maHana. (or circunstancias epocales, ue pertenecen ala dimensin histrica concreta ue se "i"e, la regulacin 0urdica esdeterminada en tal o cual sentido. Esto hace ue la "ariailidad de loscontenidos de las regulaciones 0urdicas *los conceptos o nociones ue se

    mane0an en una 'poca+, pase a ser la constante. e la liertad amplia decontratacin se ha pasado por 0usti%icadas ra-ones socioeconmicas a la

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    restriccin, lo ue se re%le0a en el r'gimen de precios, prohiicin de celerarciertos actos o su0ecin a %ormalidades especiales.

    5elsen, hemos indicado antes, parte del supuesto de la radical oposicin entreDaturale-a y erecho. ;i %uese consecuente, tendra ue desahuciar todaposiilidad de una teora general de la norma 0urdica$ en camio$ postula unateora de la norma como estructura o %orma ue, como tal, astrada de sumateria o contenido, es una y la misma a lo largo de la Gistoria. e au sesigue la# intransigente negati"a de introducir consideraciones teleolgicas en elconcepto de la norma 0urdica. ;i la ley humana es aritraria y arti%icial, cuya%uente es la "oluntad de uienes la imponen *o al menos por hiptesis, seg3nla. norma categorial+, oponi'ndose a lo natural, en donde reina la necesidad yno la aritrariedad, sin emargo, la %orma de la norma 0urdica es una y lamisma, esto es, constante y, por consiguiente, necesaria. Con esto el supuestode ue parte entra en con%licto con la conclusin otenida, de ue la norma0urdica es una %orma o estructura 3nica y la misma, astracta por re%erencia al

    contenido. La aritrariedad ueda reducida a los contenidos, pero no a la %ormade la regulacin, ue es necesaria. )dmitida esta disociacin de la %orma con elcontenido, la laor del cient%ico del erecho es una puramente analtica ydeducti"a$ a partir del concepto de norma 0urdica, se muestran analticamentelos conceptos %undamentales: persona *o su0eto de derecho+, derechosu0eti"o, deer u oligacin, sancin *multa, indemni-acin, penas pri"ati"asde liertad, etc..+.

    Lo prolemtico de esta teora radica precisamente en la disociacin de la%orma con el contenido, es decir, en su carcter astracto. /n planteamientoas, a %uer-a de despo0arlo de toda consideracin 'tica, poltica o %ilos%icaueda entregado a la tarea de auto%undarse, como la a&iomtica matemtica,ue lle"ada a e&tremos, pende de una con"encin.

    Conocida es la distincin 6elseniana entre norma primaria y norma secundaria,siendo la primera, la ue impone la sancin para el e"ento pre%igurado en lasegunda. Esto conduce a representarse el erecho como un sistemaconcatenado o ligado de normas, en ue la 0uridicidad de una norma dependede la correspondiente norma sancionadora. /tili-ando el argumento de(etrasis6y =, podramos concluir ue si %alta la norma sancionadora, la normaantecedente *secundaria+ ya no es 0urdica y as sucesi"amente en ordenin"erso. Esta o0ecin ha guiado a Aarca 7ayne- a pensar la norma ensentido distinto, como una relacin %ormal de supuesto a consecuente, ue son

    los deeres u oligaciones correlati"os de derechos. 7anteniendo la estructura#;i ) es, dee ser 9#, en ue la consecuencia es la correlati"idad misma dedeeres y derechos, intenta superar los prolemas a ue conduce la teora6elseniana. ;i se da tal supuesto, entonces se sigue tal o cual deer correlati"ocon el derecho a e&igirlo$ por otra parte, uien tiene el deer de hacer algo *ono hacerlo+, tiene tami'n el derecho de hacerlo *o no hacerlo+, correlati"o deldeer de no impedirlo, etc. En esta doctrina lo importante es la correlati"idad dedeeres y derechos, ue son los e%ectos en sentido propio de las situacionesdescritas en las normas. al correlati"idad implica, en el %ondo, la necesariailateralidad de las "inculaciones o relaciones 0urdicas. Este principio de lailateralidad puede postularse como principio de lo 0urdico, lo ue determina suespeci%icidad.

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    El propio 5elsen estaa consciente de la di%icultad anotada por (etrasis6y, yseHala ue #las normas ue estalecen una sancin tami'n pueden, a "eces,tener tanto el sentido de una prescripcin como el de una autori-acin. Lassanciones del erecho internacional general, tales como las represalias y laguerra, estn solamente autori-adas, y ning3n Estado tiene oligacin de

    recurrir a ellas cuando es "ctima de un acto ilcito#.En conclusin: #Do hay, pues, oligacin de e0ecutar una sancin sal"o en elcaso de ue la ine0ecucin de esta sancin *por el rgano del Estado+ sea a su"e- la condicin de un nue"o acto coacti"o. )hora ien, es preciso ue estacadena de sanciones se detenga en alguna parte, de tal modo ue siemprehar normas 0urdicas ue estalecern sanciones cuyo incumplimiento noser la condicin de una nue"a sancin. En otros t'rminos, har siempresanciones ue no %ormaran parte del contenido de una oligacin 0urdica# K.

    Como se ad"ierte, lo ue est en 0uego au es la necesidad de poner t'rminoa una serie. ;iempre ue se %orme una seriacin, surge la necesidad de

    ponerle termino, pues de otro modo se "a a lo in%inito. ;i la condicin de0uridicidad de un sistema es la sancin, es preciso poner t'rmino a esa serie, yllegar a la parado0al conclusin de ue hay normas sin sancin. ;i es as, hayue uscar otro modo de conceir lo 0urdico, ue e"ite la parado0a. ? ese otroconcepto no es el de sancin sino el de ilateralidad, ya seHalado. e otromodo, la "eri%icacin de la 0uridicidad remitira a un in%inito, ue terminara en uncrculo "icioso.

    La importancia de este principio o concepto de la ilateralidad radica en ue esel 3nico ue permite conceir adecuadamente la relacin de la norma 0urdicacon la conducta$ el esuema 6elseniano no permite llegar a la conducta: la

    relacin de una y otra es meramente mecnica.Lo propio del erecho, lo ue se muestra inherente en el, es la ilateralidad delas relaciones 0urdicas. En esto radica lo especi%ico del o0eto de la ciencia0urdica. Que a lo largo de la Gistoria, seg3n circunstancias, se estale-cantales o cuales regulaciones, no altera el concepto, pues las relaciones humanasson siempre en este sentido de la ilateralidad o relacin de uno con otro. Entorno a este concepto se determinan los principios propios del erecho.

    El e&amen de situaciones concretas permite mostrar la necesaria ilateralidadde las regulaciones 0urdicas en la comunidad de derecho. Las relacionespueden darse ya entro los indi"iduos de la comunidad entre si, ya entreindi"iduo y comunidad. Do ueremos introducir au el di%cil concepto deEstado, nos asta constar ue toda comunidad humana, en 3ltimo termino,reconoce alguna %orma de organi-acin poltica. Los detalles de esaorgani-acin son dados por las circunstancias histricas. Lo ue surge comoprincipio es el de ue cualesuiera sean las modalidades de la regulacin0urdica, hay una necesaria "inculacin de uno con otro, en suma, unacorrelati"idad de derechos y oligaciones.

    El concepto de ilateralidad *o correlati"idad+ se e&plica por el concepto dereciprocidad, ue tiene lugar toda "e- ue estalecemos una relacin entret'rminos distintos. ;i alguien "ende una cosa a otro, el ue "ende, se oliga a

    entregar lo "endido, y uien compra, ueda %acultado para e&igirlo$ uien "endetiene derecho de e&igir el precio de lo "endido, y el ue compra, el deer de

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    pagarlo$ en seguida, uien tiene el deer de hacer algo, tiene tami'n elderecho de ue nadie lo impida, y los dems, aun en su indeterminacin, tienenel deer de no impedirlo.

    odos estos deeres y derechos %orman una red de relaciones correlati"as, ueen ultimo termino se reducen al concepto de reciprocidad: el deer de uno tienecomo reciproco el derecho de otro, y a la in"ersa.

    El concepto de reciprocidad no es la mera eui"alencia o igualdad de dost'rminos. En matemticas se connota la reciprocidad del siguiente modo:

    sea a un termino, el reciproco por %.1a

    Esto signi%ica ue el "alor reciproco de a es porde%inicin

    1

    a

    (or aplicacin de este concepto: elreciproco de

    es

    aa

    Entonces, cuando halamos de reciprocidad en las relaciones 0urdicas, lohacemos en el sentido indicado. El reciproco del deer de una persona es elderecho de la otra$ se trata de t'rminos distintos puestos en una relacinrecproca.

    La moderna doctrina del erecho estudia las llamadas %uentes del erecho, loue interesa para distinguir los distintos modos de estalecer las regulaciones0urdicas: ley, contrato, costumre, sentencia 0udicial y, seg3n los casos, el decirde los 0uristas *sus opiniones, "erdaderas o %alsas, relati"as a cuestiones0urdicas+. (ero una "e- estalecida la regulacin 0urdica, lo ue importa esestalecer como es el transito del supuesto al consecuente.

    El transito del uno al otro se cumple por la conducta real, ue es la mediacinde lo astracto a lo concreto. La %rmula esuemtica de la norma 0urdica,cualuiera sea su origen es, como se indic, #sea tal supuesto, entonces deeser tal consecuente#$ luego si se cumple el supuesto, o sea ocurre la conductareal descrita tan solo como posile, se sigue el consecuente pre"isto. ;olo porastraccin puede detenerse el estudio de la norma en la mera %ormula de su

    e&presin 0udicati"a *como 0uicio hipot'tico+$ la norma tiene plenitud de sentidosi se e&amina la condicin del trnsito de una de sus clusulas a la otra, ue se"eri%ica en la conducta real de las personas "inculadas a ella. esde este puntode "ista, podemos traer a colacin la doctrina de los imperati"os de 5ant$ elimperati"o hipot'tico representa una accin como necesaria para un %in. ;i el%in es la consecuencia *deeres y derechos correlati"os+ de la reali-acin deuna accin, uiere decir entonces ue la realidad del %in depende en 3ltimot'rmino de la "oluntad de los su0etos. Cuando dos personas contratan, demutuo acuerdo, asienten en la ilateralidad de la regulacin ue los "incula$ esdecir, uieren los e%ectos, y por eso hacen lo ue hacen, lo ue es la condicinpara la realidad de auellos e%ectos. ;i alguien agrede a otro y le causalesiones, uiere el e%ecto *la pena+ y por eso e%ect3a el acto como condicin dela, realidad del %in pre"isto. En suma, la ilateralidad de las relaciones 0urdicas

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    es "oluntaria, descansa en un uerer real ue se e&presa en una accinconcreta, empricamente determinale *o al menos, por medio de losinstrumentos de pruea ue el ordenamiento concede+. Dorma y conducta seencuentran, entonces, en una relacin dinmica$ la conducta histrica es lacondicin de la realidad de las consecuencias 0urdicas pre"istas.

    3. El sentido del DerechoDos planteamos ahora en u' sentido entendemos el erecho$ para ello erapre"io desarrollar el concepto de ciencia y los m'todos. Las re%le&ionesprecedentes permiten conceir la ciencia 0urdica integrada por dos grupos deprincipios: los comunes a toda ciencia y los propios de ella, ue deri"a de supeculiar o0eto. La "ariailidad histrica de las regulaciones no a%ectan estosprincipios. ) dichos principios se llega por induccin, pues no deri"an de otrosde los ue su demostracin sea posile.

    (ero hay algo ms ue dee ser trado a discusin. Como toda ciencia, la

    ciencia 0urdica no escapa al progreso y e"olucin de sus conceptos. Que losautores de erecho (enal o Ci"il hayan modi%icado sus conceptos relati"os aldelito o contrato, concii'ndolo sore nue"as ases$ ue la doctrina de losderechos su0eti"os haya podido ser en gran medida superada, ue, en suma,los 0uristas constantemente se es%uercen por estalecer nue"os conceptos yusuen incesantemente doctrinas ue den respuesta adecuada a susprolemas, no es ms ue la mani%estacin del prolema general de lasciencias$ 'stas, en e%ecto, no son estticas, siguen un curso de e"olucin uesurge desde ellas mismas. El conocimiento cient%ico tiene, en gran medida, uncarcter apro&imati"o, ue depende de circunstancias "arias y comple0as. Elestudio de la induccin nos puso a la "ista un concepto comple0o y de di%cilmane0o como es el de proailidad. Do nos re%erimos a la induccin sore lamateria necesaria$ la induccin muestra toda su prolematicidad como m'todoen los casos donde la conclusin es tan slo proale, lo ue ocurreespecialmente en las ciencias ue mane0an materiales empricos. ;in duda laciencia 0urdica no es una ciencia e&perimental al modo como lo es la %sica o la%isiologa o umica$ sin emargo, la conducta real de los su0etos "inculados alas normas, imprimen a 'stas una signi%icacin ue dee ser estimada. )partedel "alor general de la costumre, como %uente de erecho, la prctica generalde las normas imprime a 'stas una signi%icacin. Las normas 0urdicas son,desde el punto de "ista del rgano estatal, medios ms o menos adecuados a

    ciertos %ines$ la comunidad humana no es algo esttico, los indi"iduos en ella yla comunidad toda se mue"e, histricamente en cierta direccin. (or muyastracta ue, sea la norma, su aplicacin est su0eta a condiciones reales ysociales, y lo ue en un momento se estim como #interpretacin o%icial# de0a deserlo posteriormente, por la dinmica misma de la comunidad. La crisis delerecho escrito superada slo mediante el aritrio de la aplicacin seg3n lascircunstancias$ de ah ue las sentencias de los riuna. les ;uperiores y lasprcticas concretas tengan gran importancia para el estudio del erecho. Laciencia 0urdica no agota su estudio en el de las normas$ 'stas, por sure%erencia a la conducta real, ingresan a su mito su consideracin. odaastraccin importa un emporecimiento en el o0eto de estudio$ el derecho

    positi"o est destinado a aplicarse a una comunidad "i"a, no histricamentepasada. (or eso, cuando la tensin o discrepancia de la conducta real con la

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    conducta descrita en la norma alcan-a un m&imo, hay ue proceder a lare%orma del derecho positi"o$ entre tanto, hay un margen amplio de un ms yun menos de dicha tensin, en donde los indi"iduos uscan los e%ectos0urdicos pre"istos, y slo cuando 'stos no corresponden a su idea o "oluntad,se apartan de la regulacin estatuida, in%ringi'ndola o re%ormndola. En tal

    sentido, hay un erecho en %ormacin.(or otra parte, podemos preguntarnos u' sentido tiene ue las relacioneshumanas se e&presen en la %orma de la reciprocidad *o ilateralidad+. (araresponder tomemos las dos nociones en torno a las cuales ha girado estetraa0o: lo necesario y lo contingente.

    Decesario es lo ue no puede ser de otro modo, contingente es lo ue sucedela mayora de las "eces, pero puede ser de otro modo. En la escala, ms aa0o,est lo accidental, ue indica lo ue puede ser de cualuier modo. El conceptode la proailidad, ue se e&presa como la ra-n entre la %recuencia oreiteracin de un caso y la proailidad de su ocurrencia, tiene amplia caida

    en el campo de la naturale-a$ e0emplos soran, y aste considerar todo lo dichoacerca de la induccin proailstica.

    En el campo de la conducta humana rige tami'n la contingencia oproailidad, aunue en sentido distinto, pero anlogo, al de la naturale-a.Gasta este punto de nuestro traa0o haamos considerado la proailidad enel conocimiento apro&imati"o de las ciencias y la di%icultad de superarlo, en locual la ciencia 0urdica no hace e&cepcin. (ero ahora se trata de uscar unsentido distinto de contingencia, re%erido a la conducta misma. En e%ecto,admitiendo ue todo uehacer, acti"idad o conducta oedecen a un %in,cualuiera ue sea, lo ue se hace, no es propiamente el %in sino el medio para

    'ste. El medio puede, entonces, ser ms o menos adecuado al %in, lo ue seaprecia seg3n los resultados otenidos, '&ito si es adecuado, %racaso si esinadecuado. En general, entonces, en la conducta humana no reina lanecesaria "inculacin de lo uerido con lo actuado, sino la contingencia, estoes, la proailidad de ue utili-ando tal o cual medio se alcance el %inpropuesto$ la seleccin de los medios es una etapa importante en el '&ito de laempresa. Como es algo por suceder, proyectado a lo %uturo, slo conproailidad puede a%irmarse el resultado uerido$ o"iamente, la e&periencia oe&amen de casos ocurridos en el pasado, indicarn el margen de laproailidad, y esto slo puede mostrarse mediante la induccin. El e&amen decasos, o la enumeracin de la e&periencia histrica acumulada, es el ndice de

    la proailidad del resultado deseado, y todas nuestras ra-ones en pro o encontra de esta o auella decisin, tomarn como punto de partida lae&periencia concreta y tentarn prolongarla como proailidad para el %uturo.

    ?a (latn y )ristteles traa0aron muy %inamente postulado de ue todaconducta humana tiene un %in, tiende a 'l como aspiracin. La #ticaDicomauea# de )ristteles comien-a con esta a%irmacin: toda conductahumana tiende a un %in, por lo cual es correcto a%irmar ue el ien es auello alo ue toda conducta aspira o tiende$ 'sta es una %ormulacin ya estalecidapor (latn en el ilogo #Aorgias#,

  • 7/25/2019 La Induccin en Ciencia Jurdica

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    uiere, ue es la salud. 9ien y %in se asimilan$ el ien es el %in uerido, y comotal, auello por lo ue se hace lo ue se hace *pra&is+.

    Este postulado es algo ue puede mostrarse inducti"amente$ es su%iciente conseHalar uno o dos e0emplos, para captar la necesidad del mismo. La cuestines, por cierto, determinar u' clase de %in se persigue, si el placer indi"idual, lariue-a o el ienestar com3n. En esto hay un ms cualitati"o: el ienestarcom3n o %elicidad colecti"a es ms ue la %elicidad indi"idual$ sin duda el placeres un ien, pero no todo el ien, lo ue se compruea haciendo "er ue nopuede ser %eli- uien padece dolores. Es el con0unto de cosas uenas,armnicamente distriuidas, la determinante de la %elicidad com3n.

    La "ida comunitaria trae consigo apare0ada la necesaria "inculacin de uno conotro$ como no todos los indi"iduos uscan inmediatamente los mismos %ines, loue uno necesita lo otiene de otro. Las acti"idades se articulan entre s dentrode la comunidad y e&plica de u' modo la transaccin no es ms ue unintercamio de ser"icios o traa0os de lo ue cada cual produce.

    ) esto apunta el concepto de reciprocidad. ;i el con0unto de la acti"idad en lacomunidad est articulada una con otra, su e&presin es el modo de la"inculacin y la regulacin 0urdica de esta "inculacin es lo ue llamamoserecho. El erecho recoge como lo propio suyo este modo necesario de"inculacin, ien ue las distintas situaciones histricas modi%iuen lost'rminos o contenidos de ella$ por su materia, el erecho es histrico, pues seestalece regulando relaciones histricamente dadas, pero en cuanto e&presala ilateralidad sica, astrae de au'llas$ en seguida, en cuanto lailateralidad est puesta teleolgicamente, seg3n su sentido, ueda inserta enla Gistoria.

    La norma 0urdica encierra, entonces, una, dualidad: por una parte, es astractay se concie seg3n su %orma, por otra, est puesta como medio para %ines.)mos aspectos estn indisolulemente unidos$ si se les separa no es msue con %ines sistemticos. ;ucede au lo ue ya de antiguo se ad"erta: lacone&in interna entre el concepto de una cosa y su %uncin o propiedadespec%ica. Esto reuiere, por cierto, de una elaoracin ms adecuada, ueescapa a este re"e traa0o.

    En nuestro concepto no es posile separar amas dimensiones, por la mismara-n ue en ciencia no es posile separar lo necesario de lo contingente. Elerecho muestra una estructura, ue es a la "e- adecuada a su naturale-a. deser"ir como medio a %ines. ;iguiendo la lnea de la %inalidad, se llega aplantearse el erecho en sentido 'tico *poltico+. ?a (latn "io en #>ep3lica#,en%rentando la tesis de rasmaco de ue lo 0usto *o el erecho en general+ eslo con"eniente al ms %uerte, ue en el concepto del erecho hay la reali-acinde una idea 'tica, esto es, ue el erecho positi"o histrico es la plasmacinde !una idea de 0usticia, y por relacin a 'sta, es contingente, del mismo modoue la accin o conducta del indi"iduo es contingente respecto a su %in. Queesto es as, se muestra claramente en la e%icacia del erecho$ 'ste ser tantoms e%ica- cuanto mayor sea la coincidencia de las conductas reales con lasprescritas, es decir, cuando la coincidencia del %in general e&prese la de los

    indi"iduales. En la moderna terminologa se hala de la "alides %ormal y lae%icacia 0urdica. La relacin entre amas e&presa 0ustamente la coincidencia ono coincidencia seHalada, al punto ue la "alide- de todo un ordenamiento

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    parece depender de su e%icacia. (ero e&tremar las cosas sera caer en ladiluyente tesis de Calicles, reeditada por Goes, de hacer descansar elerecho nada ms ue en la %uer-a. (ara superar este e&tremo, hay uemantener ntida la nocin de ue el erecho es la realidad misma del medio,adecuado o no, a un %in, ue es la autorregulacin del Estado, sin el cual no

    sera conceile la comunidad ni el Estado.? 'ste es el punto al ue deseamos llegar. Queda planteada una cuestin desuyo comple0a. (ero para poder llegar a ella era indispensale mostrar ue lainduccin, como m'todo de conocimiento, permite mostrar los distintosaspectos ue comprende, esto es, los principios o proposiciones y losconceptos %undamentales en ue descansa la concepcin cient%ica.