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1La importancia de un marco normativo y la partipacion social en la RIEB

1. INTRODUCCION

En este ensayo veremos como esta de manera legal, esta fundamentada la RIEB y los consejos de participación que se engloban asi como la organización de cada uno de los consejos y la estructura escolar que estos adquieren.

2. ANALISIS DE FUNDAMENTOS

2.1 MARCO NORMATIVO

La Secretaria de Educación Publica define el marco normativo como el Conjunto de leyes, normas, decretos, reglamentos, etc., de carácter obligatorio o indicativo que rigen en un país, estado o institución.

2.2 EL PROGRAMA SECTORIAL DE EDUCACION 2007 – 2012

El Programa Sectorial de Educación ha sido elaborado tomando como punto de partida la Visión México 2030 y el Plan Nacional de Desarrollo, así como los resultados de una amplia consulta con actores relevantes del sector que han aportado elementos de diagnóstico y de acción. En él se expresan los objetivos, las estrategias y las líneas de acción que definirán la actuación de las dependencias y de los organismos federales que pertenecen a este sector.

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Las metas que aquí se plantean señalan los principales resultados que habremos de obtener en el sector para contribuir a la construcción de un México fuerte y competitivo en las décadas por venir, y además nos permitirán establecer un proceso claro de seguimiento y de rendición de cuentas hacia los ciudadanos.

Una de las prioridades del Gobierno del Presidente Felipe Calderón es ofrecer a niños, jóvenes y adultos más opciones educativas, con independencia de su condición económica, social, ideológica, de género, etnia o región. Con ese fin, se promoverá la evaluación de todos los actores y procesos. Se pondrán en marcha instrumentos innovadores cuyos resultados sirvan para diseñar e implementar acciones y programas eficaces, que permitan tanto reafirmar y extender los logros, como corregir deficiencias y limitaciones.

Buscamos una educación de calidad, con equidad a la cual aspiramos mediante la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación. Para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos, resulta decisiva la familia, apoyando y estimulando, transmitiendo valores y hábitos.

2.3 LA LEY GENERAL DE EDUCACION

De acuerdo con las necesidades educativas específicas de la población, también podrá impartirseeducación con programas o contenidos particulares para atender dichas necesidades.

Artículo 40.- La educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo,afectivo y social de los menores de cuatro años de edad. Incluye orientación a padres de familia o tutorespara la educación de sus hijos o pupilos.

2.4 PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2007 – 2012

En el plan nacional de desarrollo podemos encontrar que para la educación habla de datos estadísticos y de los principales objetivos que persigue la SEP.

El Constituyente de 1917 estableció en el artículo tercero de la Carta Magna el derecho de todos los mexicanos a recibir educación por parte del Estado. La educación pública en México, además de ser gratuita y

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laica, ha tenido como aspiración preparar a las personas para enfrentar la vida en libertad, partiendo del valor cívico de la responsabilidad, y desarrollando a plenitud las facultades humanas. Entonces, como ahora, corresponde al Estado, junto con la sociedad, trabajar para que se cumpla esa meta.

Hacia el último cuarto del siglo XX era evidente que el sistema nacional de educación estaba cerca de alcanzar una cobertura educativa de primaria para casi todos los mexicanos. Las décadas que siguen a la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos atestiguan el esfuerzo del Estado posrevolucionario y de la sociedad por construir un sistema nacional de educación que lograra proveer de este servicio a todos los mexicanos.

Ciertamente, se han registrado importantes avances en materia educativa durante los últimos años. Se ha conseguido una cobertura cercana a 100% en educación primaria, y una tasa importante de expansión en secundaria, media superior y superior. Además, se ha fortalecido el sistema educativo a partir de cambios institucionales importantes como la introducción de la Carrera Magisterial en educación básica y los Consejos de Participación Social en las escuelas. Es necesario evaluar y fortalecer éstos y otros instrumentos y políticas de educación, pues los elementos principales de una reforma educativa a plenitud están aún por dar sus resultados más significativos.

El rezago en educación básica se estima en más de 30 millones de personas de más de 15 años que no concluyeron, o que nunca cursaron, la primaria o la secundaria. De ellos, la mitad son jóvenes de entre 15 y 35 años. Actualmente los años de escolaridad promedio de las personas entre 15 y 24 años es de 9.7. Nos proponemos alcanzar al final del sexenio un promedio de 12.5 años.

El nivel nacional de analfabetismo es de 7.7%, aunque con notables variaciones entre los estados de la República. Por ejemplo, mientras en Baja California el porcentaje de población analfabeta es de 1%, en Chiapas es de 18.9%.

Un indicador relevante para entender el problema de la calidad educativa es el desempeño de estudiantes de primaria y secundaria. Éste continúa siendo muy bajo en lo referente a la comprensión de lectura, la expresión escrita y las matemáticas. Además, la brecha en calidad entre escuelas públicas y privadas sigue siendo considerable. Las pruebas EXCALE y ENLACE, aplicadas por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) y la Secretaría de Educación Pública

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(SEP), muestran que la condición socioeconómica de los estudiantes es el factor que más se relaciona con el nivel de logro educativo.

Así, las escuelas urbanas presentan niveles de logro sistemáticamente más elevados que las telesecundarias o las escuelas de educación indígena. Las escuelas privadas alcanzan calificaciones mejores a las logradas por las escuelas públicas. Por su parte, los alumnos de telesecundaria, educación comunitaria e indígena son quienes obtienen los puntajes más bajos.

Esta disparidad en la calidad educativa es de especial importancia pues, actualmente, las instituciones públicas de educación básica atienden al 87% de los estudiantes, mientras que sólo 13% tiene acceso al sistema de educación privada, en donde, además de tener un mejor desempeño en el aprendizaje, la posibilidad de cursar materias extracurriculares relacionadas con el deporte, el arte, la cultura y los idiomas, propicia una formación más integral.

Durante 2006, el sistema educativo nacional atendió al 73% de la demanda en el país, lo cual contrasta favorablemente con el 59.7% logrado en 1992. No obstante, la cobertura presenta grandes diferencias por nivel educativo.

En 2006, la mayor cobertura se logró en educación básica: la preescolar, con 66.9%; la primaria, con 94.1% y la secundaria con 87%.

Una comparación con otros países que, como México, integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) muestra que, si bien es satisfactorio el avance de la matrícula en educación primaria, el de los demás niveles es insuficiente. Mientras que en México 77% de la población en edad de trabajar tiene solamente escolaridad básica, en los países de la OCDE este promedio es de 30%. Asimismo, mientras que en México 23% de la fuerza laboral tiene estudios superiores a la secundaria, en los otros países miembros de la Organización 67% tiene niveles educativos de preparatoria y mayores.

La escasa matrícula en educación superior obedece a rezagos e ineficiencias en los niveles previos, a la pobreza de las familias y a las características propias de las instituciones

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de educación superior. En México, muchas instituciones de educación superior trabajan por debajo de su capacidad, ya que la demanda educativa está muy concentrada.

Se estima que con la infraestructura actual, insuficientemente aprovechada, se podrían atender entre 300 y 380 mil estudiantes más, lo que equivaldría a incrementar la cobertura entre 3 y 4%.

En educación superior no existen evaluaciones sistemáticas para medir los logros académicos de los estudiantes. Sin embargo, se estima que la eficiencia terminal en educación superior oscila entre 53 y 63%, según el tipo de programa, y puede llegar a ser de hasta 87% en los programas de investigación avanzados.

Otros problemas del sistema nacional de educación apuntan a factores de organización como son el mecanismo de control vertical, el enorme peso de su burocracia y el insuficiente impulso que se ha dado al mejoramiento de la calidad del trabajo y de vida de los maestros y el personal directivo y auxiliar. En efecto, aún sigue siendo una realidad que el sistema escolar da mayor énfasis los aspectos administrativos del proceso educativo en lugar de los factores de aprovechamiento académico.

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En 2006, México gastó en educación 622.4 miles de millones de pesos, equivalentes a 7.1% del PIB. Sin embargo, 90% de los recursos se destinó al gasto corriente, lo que significa que el monto disponible para inversión e innovación es significativamente pequeño en comparación con las necesidades de cambio cualitativo que presenta el sistema educativo.

2.5 LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LOS CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACION SOCIAL. (CEPS)

Los Consejos Escolares de Participación Social en la Educación representanel espacio en el cual convergen autoridades escolares, alumnos, y sociedad;teniendo como objetivo común, impulsar los principios filosóficos emanadosdel Artículo Tercero Constitucional y, al mismo tiempo, reforzar elcompromiso de formar generaciones de mexicanos autónomos, productivos ysolidarios, capaces de transformar la sociedad en la que se encuentraninmersos desterrando prejuicios y discriminaciones que limitan los derechoshumanos.La creación de los Consejos Escolares de Participación Social en laEducación impulsa nuevas formas de gestión que coadyuvan al logro de losobjetivos que la escuela pretende.

ORGANIZACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACION

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Basados en el Reglamento de los CEPS podemos dar una organización jerárquica a como se constituyen dentro de las escuelas de educación básica estos consejos , a continuación algunos ejemplos de estos:

3. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

El concepto de consejo escolar es un término para mí conocido, aunque me gustaría profundizar en los miembros que lo forman y las funciones de éstos, por ello hay que destacar que la Ley Orgánica de Educación (LOE 16 julio de 2006) fija la composición y competencias del consejo escolar de los centros docentes públicos en su Título V (Participación, autonomía y gobierno de los centros), Capítulo III (Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos), Sección Primera (artículos 126 y 127).

El artículo 126 de la LOE establece que el consejo escolar de los centros públicos está compuesto por: el director del centro (que será su presidente), el jefe de estudios, un concejal o representante del ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro, un número de profesores elegidos por el claustro (que no

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podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del consejo), un número de padres y de alumnos elegidos respectivamente por y entre ellos (que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del consejo), un representante del personal de administración y servicios del centro y el secretario del centro que actúa como secretario del consejo (con voz y sin voto).

Constituido el consejo escolar, se designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Uno de los representantes de los padres en el consejo escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las administraciones educativas. Las administraciones educativas deberán regular las condiciones por las que los centros que impartan las enseñanzas de Formación Profesional o Artes Plásticas y Diseño puedan incorporar a su consejo escolar un representante propuesto por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción del centro.

Los alumnos pueden ser elegidos miembros del consejo escolar a partir del primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO). No obstante, los alumnos de los dos primeros cursos de la ESO no podrán participar en la selección o el cese del director. Los alumnos de Primaria podrán participar en el consejo escolar del centro en los términos que establezcan las administraciones educativas. Las administraciones educativas determinarán el número total de miembros del consejo escolar y regulará el proceso de elección.

En los centros específicos de Educación Infantil, en los incompletos de Educación Primaria, en los de Educación Secundaria con menos de ocho unidades, en centros de Educación Permanente de Personas Adultas y de Educación Especial, en los que se impartan enseñanzas artísticas profesionales, de idiomas o deportivas, así como en aquellas unidades o centros de características singulares, la Administración educativa competente adaptará lo dispuesto en este artículo a la singularidad de los mismos. En los centros específicos de Educación Especial y en aquellos que tengan unidades de Educación Especial formará parte también del consejo escolar un representante del personal de atención educativa complementaria.

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