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EL NUEVO DÍA SÁBADO, 31 DE AGOSTO DE 2013 86 esq u e las . p r 787-641-8000 L-V = Ext.5736 S-D-Feriados Ext. 5797 ó 5798 63963181 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de San Juan. COMISIONADO DE SEGUROS DE PUERTO RICO ADMINISTRADOR - LIQUIDADOR DE PREFFERED HEALTH, INC. Demandante Vs. COMERCIANTES & EMPRESARIOS UNIDOS "AAA", CORP. Demandado Civil Numero: KCD2013-0500. Sala: 505. Sobre: Cobro de Dinero Procedimiento Ordinario. Emplazamiento por Edicto. Estados Unidos de America. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: Comerciantes & Empresarios Unidos "AAA", Corp. Carr 111, Km.11.3 Sector Barreto Interior, Barrio Capá Moca, PR. PO Box 2649, Moca PR 00676. HC-02 Box 12119, Moca, PR 00676. PO Box 1508, Añasco, PR 00610. Por la presente se le notifica que se ha radicado en esta Secretaría la demanda de epígrafe mediante la cual se reclama en su contra el pago por la cantidad de veintiséis mil quinientos cuarenta y dos dólares con ochenta centavos ($26,542.80) por concepto de principal, mas la cantidad de mil quinientos dólares ($1,500.00) por concepto de honorarios de abogado, que se reclaman en la demanda. Se le emplaza y requiere para que notifique a la Licenciada Sonia S. González, 122 Interior Ave. Eleanor Roosevelt, Hato Rey, PR 00918, Teléfono: 787-641-1500, con copia de su Contestación a la Demanda en o antes de los próximos sesenta (60) días desde la fecha de publicación del edicto, radicando el original de su contestación ante el Tribunal. Se le advierte que de no contestar la Demanda dentro del término antes señalado, se le anotará la rebeldía y podrá dictarse sentencia en rebeldía concediendo el remedio solicitado en la Demanda, sin mas citarle ni oírle. Expedida bajo mi firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a 28 de agosto de 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Johanna Almenas Ocasio, Secretaria del Tribunal Confidencial. 63963182 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Sala Superior de Comerío. Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas, Demandante Vs. Fulano, Mengano, Perencejo de Tal, Doral Mortgage Corporation, Demandado(a). Civil: B3CI201300143. Sobre: Cancelación de Pagaré Hipotecario Extraviado. Notificación de Sentencia por Edicto. A:Fulano, Mengano, Perencejo de Tal. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 7 de agosto de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 27 de agosto de 2013. En Comerío, Puerto Rico, el 27 de agosto de 2013. Carmen Ana Torres Torres, Secretaria. Mirta I. Garced Pérez, Secretaria Auxiliar. 63963184 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de San Juan. Departamento de la Familia, Demandante Vs. Darlene Santos Trujillo, Demandado(a). Civil: KMM2012-0018. Sobre: Privación de Plan de Permanencia. Notificación de Sentencia por Edicto. A:Adrián Reyes Betancourt. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 3 de julio de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 12 de julio de 2013. En San Juan, Puerto Rico, el 12 de julio de 2013. Griselda Rodríguez Collado, Secretaria. Ivelisse Romero Tosado, Secretaria Auxiliar. 63963185 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Tribunal de Primera Instancia. Sala Municipal de San Juan. Carmen M. Martínez, Peticionario(a), José J. Gómez Rivera, Peticionado(a). Civil Núm: BPN-12-0337. Sobre: Ley 246. Notificación de Orden por Edicto. A: José J. Gómez Rivera por Conducto del Lcdo. Jesús A. Hernández Rua PO Box 21370, San Juan, PR 00928. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 16 de julio de 2013, este Tribunal ha dictado una orden de protección en este caso, la cual ha sido debidamente registrada y archivada en autos, donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 27 de agosto de 2013. En San Juan, Puerto Rico, el 27 de agosto de 2013. Rebecca Rivera Torres, Secretaria. Karla P. Rivera Román, Secretaria Auxiliar. 08363250 Departamento De Desarrollo Económico y Comercio. Compañía De Turismo. Estado Libre Asociado De Puerto Rico. Aviso. Caso Número: S-13-08-AV. Yolanda Orellana Pagán h/n/c Family Tours Travel Agency, corporación debidamente registrada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico solicita a la Compañía de Turismo de Puerto Rico que le otorgue una franquicia de Agente de Viajes, a operar en el local ubicado en Villas de Loíza Calle 1 Blq. D-6 Loíza, PR 00772. Cualquier persona natural o jurídica que desee intervenir y ser oída deberá presentar a la Compañía un escrito jurado haciendo constar en detalle los hechos en los que fundamenta su derecho a intervenir y ser oído, dentro de los quince (15) días subsiguientes a la fecha de la publicación de este aviso, a la siguiente dirección postal: Área de Transportación Turística Secretaria Ave. González Giusti #27 Edificio Tres Ríos, Suite 400 Guaynabo, Puerto Rico 00968 y copia de dicho escrito al Peticionario a su dirección postal: Yolanda Orellana Pagán, Promises Land, Calle Telaviv, Naguabo PR, 00718-2839. De igual forma, se citarán para Vista Publica y serán oídas las personas que así lo soliciten por escrito a la Compañía. En Guaynabo, Puerto Rico, hoy 16 de agosto de 2013. Maritza Molina Afanador, Directora Servicios y Productos Turísticos Área de Transportación Turística. Ricardo Almodóvar Sepúlveda, Secretario Interino, Transportación Turística. La publicación de este aviso no conlleva uso de fondos públicos 08363252 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal de Primera Instancia. Sala de Caguas. VICTORIA MARGARITA ORTIZ GARCÍA Demandante Vs. ALEJANDRO BAUTISTA PEÑA Demandado Caso Núm: EDI2013-0716 Sobre: Divorcio (Ruptura Irreparable) Emplazamiento por Edicto. A: Alejandro Bautista Peña Calle Santa Cruz Número 251 Urb. Mijas Jardín Mijas Malaga, España 29650. Por la presente se le notifica que en esta Secretaría se ha presentado una demanda mediante la cual Victoria Margarita Ortiz García solicita se dicte sentencia de divorcio en el caso de epígrafe, decretando roto y disuelto el vínculo matrimonial que le une a usted, por la causal de ruptura irreparable. Se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. José F. Aponte Aragoneses, Abogado de la Parte Demandante, Calle Muñoz Rivera 178, P. O. Box 103, San Lorenzo, Puerto Rico, 00754, teléfono 787-736-0383, correo electrónico [email protected] con copia de su contestación a dicha demanda o de cualquier alegación a la misma que tuviera a bien formular, dentro de los treinta (30) días de haberse publicado este edicto. Se le advierte que de no contestar la demanda, o formular alegación alguna, dentro del término indicado, radicando el original de la contestación o alegación ante la Sala de Caguas del Tribunal de Primera Instancia, con copia al abogado de la parte demandante, se le anotará rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle u oírle. Expedido bajo mi firma y Sello de este Tribunal, en Caguas, Puerto Rico a 2 de agosto de 2013. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria. Por: Ilianexis Delgado Salinas, Secretaria Auxiliar Del Tribunal I. 08363510 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Tribunal General de Justicia. Sala Superior de San Juan. Banco Popular de Puerto Rico Demandante(a) Vs. Ana V. Piñero Pares, su cónyuge John Doe y La Sociedad Legal de Gananciales que componen ambos Demandado(a). Civil Núm: KCD 2012-1742, Sala: 903. Sobre: Cobro de Dinero. Notificación de Sentencia por Edicto. A: Ana V. Piñero Pares, su cónyuge John Doe y la Sociedad Legal de Gananciales que componen ambos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 13 de mayo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 27 de agosto de 2013. En San Juan, Puerto Rico, el 27 de agosto de 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria. Mildred J. Franco Reventós, Secretaria Auxiliar. La Gloria La Gloria Planes de Pre-arreglos Funerales (Sin intereses ni recargos) Servicio de Cremación SERVICIO 24 HORAS 787-305-1003 787-380-2658 939-218-4400 www.funerarialagloria.com Email [email protected] Carr. 181 Km.8.5 Bo. Dos Bocas Trujillo Alto La Gloria La Gloria es para todos. es para todos. FUNERARIA Y CAPILLAS CONVERSACIÓN CON JESÚS Conversando con Jesús todos los días durante 9 días orando Jesús mío en vos deposito toda mi confianza. Vos que todo lo sabes pues eres padre, Señor del Universo y Rey de Reyes. Vos que hiciste al paralítico andar, al muerto volver a vivir y al leproso sanar, te pido con fe (pedir la gracia). Vos que viste mis angustias y lágrimas bien sabes del todo, Divino Amigo cómo necesito alcanzar de vos esta gracia (pedir con fe). Mi conversación contigo Maestro, me da ánimo y alegría de vivir. Solamente de Vos espero con fe y confianza (pedir la gracia). Haz, Divino Jesús, que antes que termine esta conversación durante los nueve días, yo alcance la gracia que pido con fe. Con gratitud, voy a publicar esta Oración para que todos los que necesiten, aprendan a tener confianza en Vuestra misericordia. Ilumina mis pasos así como el sol ilumina todos los días desde el amanecer y como testigo de nuestro diálogo. Jesús: yo tengo confianza en mi fe. Agradezco la gracia alcanzada. (A.L.G.O.) PEDÍ A LOS TRES ÁNGELES (S.A.S.) Encienda tres velas blancas en un plato con agua y azúcar por sus tres ángeles protectores (Gabriel, Rafael y Miguel) y haga un pedido. En tres días usted alcanzará la gracia. Mande a publicar al tercer día y observe lo que pasará al cuarto día. PEDÍ A LOS TRES ÁNGELES (A.M.A.) Encienda tres velas blancas en un plato con agua y azúcar por sus tres ángeles protectores (Gabriel, Rafael y Miguel) y haga un pedido. En tres días usted alcanzará la gracia. Mande a publicar al tercer día y observe lo que pasará al cuarto día. Boulevard Funeral Levittown “En sus momentos difíciles” • Cremaciones • Pre Arreglos Funerales • Traslados a E.U.A. o cualquier parte del mundo. Servicios Funerales completos desde: $1,295.00 (ataúd en metal) Ave. Dos Palmas #2821 Levittown, Toa Baja, P.R. Servicio las 24 horas (787) 795-5145 (787) 784-1334 (Ciertas restricciones aplican.)

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EL NUEVO DÍAS Á BA D O, 31 DE AGOSTO DE 2013

86esq u e las . p r 7 87- 6 4 1 - 8 0 0 0L-V = Ext.5736S-D-Feriados Ext. 5797 ó 5798

63963181Estado Libre Asociado de Puerto Rico.Tribunal de Primera Instancia. Sala Superiorde San Juan.

COMISIONADO DESEGUROS DE PUERTO

RICO ADMINISTRADOR- LIQUIDADORDE PREFFEREDHEALTH, INC.

D emandanteVs .

COMERCIANTES &EMPRESARIOS UNIDOS

"AAA", CORP.D emandado

Civil Numero: KCD2013-0500. Sala: 505.Sobre: Cobro de Dinero ProcedimientoOrdinario. Emplazamiento por Edicto. EstadosUnidos de America. El Presidente de losEstados Unidos. El Estado Libre Asociado dePuerto Rico. A: Comerciantes & EmpresariosUnidos "AAA", Corp. Carr 111, Km.11.3 SectorBarreto Interior, Barrio Capá Moca, PR. POBox 2649, Moca PR 00676. HC-02 Box12119, Moca, PR 00676. PO Box 1508,Añasco, PR 00610. Por la presente se lenotifica que se ha radicado en esta Secretaríala demanda de epígrafe mediante la cual se

reclama en su contra el pago por la cantidadde veintiséis mil quinientos cuarenta y dosdólares con ochenta centavos ($26,542.80)por concepto de principal, mas la cantidad demil quinientos dólares ($1,500.00) porconcepto de honorarios de abogado, que sereclaman en la demanda. Se le emplaza yrequiere para que notifique a la LicenciadaSonia S. González, 122 Interior Ave. EleanorRoosevelt, Hato Rey, PR 00918, Teléfono:787-641-1500, con copia de su Contestacióna la Demanda en o antes de los próximossesenta (60) días desde la fecha depublicación del edicto, radicando el original desu contestación ante el Tribunal. Se le advierteque de no contestar la Demanda dentro deltérmino antes señalado, se le anotará larebeldía y podrá dictarse sentencia enrebeldía concediendo el remedio solicitado enla Demanda, sin mas citarle ni oírle. Expedidabajo mi firma y sello de este Tribunal, en SanJuan, Puerto Rico, a 28 de agosto de 2013.Lcda. Rebecca Rivera Torres, SecretariaRegional. Johanna Almenas Ocasio,Secretaria del Tribunal Confidencial.

63963182Estado Libre Asociado de Puerto Rico.Tribunal General de Justicia. Sala Superior deComerío. Cooperativa de Ahorro y Crédito deBarranquitas, Demandante Vs. Fulano,Mengano, Perencejo de Tal, Doral MortgageCorporation, Demandado(a). Civil:B3CI201300143. Sobre: Cancelación dePagaré Hipotecario Extraviado. Notificaciónde Sentencia por Edicto. A:Fulano, Mengano,Perencejo de Tal. El Secretario(a) que suscribele notifica a usted que 7 de agosto de 2013,

este Tribunal ha dictado Sentencia, SentenciaParcial o Resolución en este caso, que ha sidodebidamente registrada y archivada en autosdonde podrá usted enterarse detalladamentede los términos de la misma. Estanotificación se publicará una sola vez en unperiódico de circulación general en la Isla dePuerto Rico, dentro de los diez (10) díassiguientes a su notificación. Y, siendo orepresentando usted una parte en elprocedimiento sujeta a los términos de laSentencia, Sentencia Parcial o Resolución, dela cual puede establecerse recurso derevisión o apelación dentro del término de 30días contados a partir de la publicación poredicto de esta notificación, dirijo a usted estanotificación que se considerará hecha en lafecha de la publicación de este edicto. Copiade esta notificación ha sido archivada en losautos de este caso, con fecha de 27 deagosto de 2013. En Comerío, Puerto Rico, el27 de agosto de 2013. Carmen Ana TorresTorres, Secretaria. Mirta I. Garced Pérez,Secretaria Auxiliar.

63963184Estado Libre Asociado de Puerto Rico.Tribunal General de Justicia. Tribunal dePrimera Instancia. Sala Superior de SanJuan. Departamento de la Familia,Demandante Vs. Darlene Santos Trujillo,Demandado(a). Civil: KMM2012-0018. Sobre:Privación de Plan de Permanencia.Notificación de Sentencia por Edicto.A:Adrián Reyes Betancourt. El Secretario(a)que suscribe le notifica a usted que 3 de juliode 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia,Sentencia Parcial o Resolución en este caso,

que ha sido debidamente registrada yarchivada en autos donde podrá ustedenterarse detalladamente de los términos dela misma. Esta notificación se publicará unasola vez en un periódico de circulacióngeneral en la Isla de Puerto Rico, dentro de losdiez (10) días siguientes a su notificación. Y,siendo o representando usted una parte en elprocedimiento sujeta a los términos de laSentencia, Sentencia Parcial o Resolución, dela cual puede establecerse recurso derevisión o apelación dentro del término de 30días contados a partir de la publicación poredicto de esta notificación, dirijo a usted estanotificación que se considerará hecha en lafecha de la publicación de este edicto. Copiade esta notificación ha sido archivada en losautos de este caso, con fecha de 12 de juliode 2013. En San Juan, Puerto Rico, el 12 dejulio de 2013. Griselda Rodríguez Collado,Secretaria. Ivelisse Romero Tosado,Secretaria Auxiliar.

63963185Estado Libre Asociado de Puerto Rico.Tribunal General de Justicia. Tribunal dePrimera Instancia. Sala Municipal de SanJuan. Carmen M. Martínez, Peticionario(a),José J. Gómez Rivera, Peticionado(a). CivilNúm: BPN-12-0337. Sobre: Ley 246.Notificación de Orden por Edicto. A: José J.Gómez Rivera por Conducto del Lcdo. JesúsA. Hernández Rua PO Box 21370, San Juan,PR 00928. El Secretario(a) que suscribe lenotifica a usted que el 16 de julio de 2013,este Tribunal ha dictado una orden deprotección en este caso, la cual ha sidodebidamente registrada y archivada en autos,

donde podrá usted enterarse detalladamentede los términos de la misma. Estanotificación se publicará una sola vez en unperiódico de circulación general en la Isla dePuerto Rico, dentro de los diez (10) díassiguientes a su notificación. Y, siendo orepresentando usted una parte en elprocedimiento sujeta a los términos de laSentencia, Sentencia Parcial o Resolución, dela cual puede establecerse recurso derevisión o apelación dentro del término de 30días contados a partir de la publicación poredicto de esta notificación, dirijo a usted estanotificación que se considerará hecha en lafecha de la publicación de este edicto. Copiade esta notificación ha sido archivada en losautos de este caso, con fecha de 27 deagosto de 2013. En San Juan, Puerto Rico, el27 de agosto de 2013. Rebecca RiveraTorres, Secretaria. Karla P. Rivera Román,Secretaria Auxiliar.

08363250Departamento De Desarrollo Económico yComercio. Compañía De Turismo. Estado LibreAsociado De Puerto Rico. Aviso. CasoNúmero: S-13-08-AV. Yolanda Orellana Pagánh/n/c Family Tours Travel Agency, corporacióndebidamente registrada bajo las leyes delEstado Libre Asociado de Puerto Rico solicitaa la Compañía de Turismo de Puerto Rico quele otorgue una franquicia de Agente de Viajes,a operar en el local ubicado en Villas de LoízaCalle 1 Blq. D-6 Loíza, PR 00772. Cualquierpersona natural o jurídica que deseeintervenir y ser oída deberá presentar a laCompañía un escrito jurado haciendo constaren detalle los hechos en los que fundamenta

su derecho a intervenir y ser oído, dentro delos quince (15) días subsiguientes a la fechade la publicación de este aviso, a la siguientedirección postal: Área de TransportaciónTurística Secretaria Ave. González Giusti #27Edificio Tres Ríos, Suite 400 Guaynabo,Puerto Rico 00968 y copia de dicho escrito alPeticionario a su dirección postal: YolandaOrellana Pagán, Promises Land, Calle Telaviv,Naguabo PR, 00718-2839. De igual forma, secitarán para Vista Publica y serán oídas laspersonas que así lo soliciten por escrito a laCompañía. En Guaynabo, Puerto Rico, hoy 16de agosto de 2013. Maritza Molina Afanador,Directora Servicios y Productos TurísticosÁrea de Transportación Turística. RicardoAlmodóvar Sepúlveda, Secretario Interino,Transportación Turística. La publicación deeste aviso no conlleva uso de fondosp ú blico s

08363252Estado Libre Asociado de Puerto Rico.Tribunal de Primera Instancia. Sala deC agu as .

VICTORIA MARGARITAORTIZ GARCÍA

D emandanteVs .

ALEJANDRO BAUTISTAPEÑA

D emandadoCaso Núm: EDI2013-0716 Sobre: Divorcio(Ruptura Irreparable) Emplazamiento por

Edicto. A: Alejandro Bautista Peña Calle SantaCruz Número 251 Urb. Mijas Jardín MijasMalaga, España 29650. Por la presente se lenotifica que en esta Secretaría se hapresentado una demanda mediante la cualVictoria Margarita Ortiz García solicita sedicte sentencia de divorcio en el caso deepígrafe, decretando roto y disuelto el vínculomatrimonial que le une a usted, por la causalde ruptura irreparable. Se le emplaza yrequiere para que notifique al Lcdo. José F.Aponte Aragoneses, Abogado de la ParteDemandante, Calle Muñoz Rivera 178, P. O.Box 103, San Lorenzo, Puerto Rico, 00754,teléfono 787-736-0383, correo electró[email protected] con copia de sucontestación a dicha demanda o de cualquieralegación a la misma que tuviera a bienformular, dentro de los treinta (30) días dehaberse publicado este edicto. Se le advierteque de no contestar la demanda, o formularalegación alguna, dentro del término indicado,radicando el original de la contestación oalegación ante la Sala de Caguas del Tribunalde Primera Instancia, con copia al abogadode la parte demandante, se le anotarárebeldía y se dictará sentencia concediendo elremedio solicitado sin más citarle u oírle.Expedido bajo mi firma y Sello de esteTribunal, en Caguas, Puerto Rico a 2 de agostode 2013. Carmen Ana Pereira Ortiz,Secretaria. Por: Ilianexis Delgado Salinas,Secretaria Auxiliar Del Tribunal I.

08363510Estado Libre Asociado de Puerto Rico.Tribunal General de Justicia. Sala Superior deSan Juan. Banco Popular de Puerto Rico

Demandante(a) Vs. Ana V. Piñero Pares, sucónyuge John Doe y La Sociedad Legal deGananciales que componen ambosDemandado(a). Civil Núm: KCD 2012-1742,Sala: 903. Sobre: Cobro de Dinero.Notificación de Sentencia por Edicto. A: AnaV. Piñero Pares, su cónyuge John Doe y laSociedad Legal de Gananciales quecomponen ambos. El Secretario(a) quesuscribe le notifica a usted que el 13 de mayode 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia,Sentencia Parcial o Resolución en este caso,que ha sido debidamente registrada yarchivada en autos donde podrá ustedenterarse detalladamente de los términos dela misma. Esta notificación se publicará unasola vez en un periódico de circulacióngeneral en la Isla de Puerto Rico, dentro de losdiez (10) días siguientes a su notificación. Y,siendo o representando usted una parte en elprocedimiento sujeta a los términos de laSentencia, Sentencia Parcial o Resolución, dela cual puede establecerse recurso derevisión o apelación dentro del término de 30días contados a partir de la publicación poredicto de esta notificación, dirijo a usted estanotificación que se considerará hecha en lafecha de la publicación de este edicto. Copiade esta notificación ha sido archivada en losautos de este caso, con fecha de 27 deagosto de 2013. En San Juan, Puerto Rico, el27 de agosto de 2013. Lcda. Rebecca RiveraTorres, Secretaria. Mildred J. FrancoReventós, Secretaria Auxiliar.

La Gloria La Gloria Planes de Pre-arreglos Funerales

(Sin intereses ni recargos)Servicio de Cremación

SERVICIO 24 HORAS

787-305-1003787-380-2658939-218-4400

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[email protected]

Carr. 181 Km.8.5Bo. Dos BocasTrujillo Alto

La GloriaLa Gloria es para todos.es para todos.

FUNERARIA Y CAPILLAS

CONVERSACIÓN CON JESÚSConversando con Jesús todos los días durante 9 días orando

Jesús mío en vos deposito toda mi confianza. Vos que todo lo sabes pues eres padre, Señor del Universo y Rey de Reyes. Vos que hiciste al paralítico andar, al muerto volver a vivir y al leproso sanar, te pido con fe (pedir la gracia). Vos que viste mis angustias y lágrimas bien sabes del todo, Divino Amigo cómo necesito alcanzar de vos esta gracia (pedir con fe). Mi conversación contigo Maestro, me da ánimo y alegría de vivir. Solamente de Vos espero con fe y confianza (pedir la gracia). Haz, Divino Jesús, que antes que termine esta conversación durante los nueve días, yo alcance la gracia que pido con fe. Con gratitud, voy a publicar esta Oración para que todos los que necesiten, aprendan a tener confianza en Vuestra misericordia. Ilumina mis pasos así como el sol ilumina todos los días desde el amanecer y como testigo de nuestro diálogo. Jesús: yo tengo confianza en mi fe. Agradezco la gracia alcanzada.

(A.L.G.O.)

PEDÍ A LOSTRES ÁNGELES

(S.A.S.)

Encienda tres velas blancas en un plato con agua y azúcar por sus tres ángeles protectores (Gabriel, Rafael y Miguel) y haga un pedido. En tres días usted alcanzará la gracia. Mande a publicar al tercer día y observe lo que pasará al cuarto día.

PEDÍ A LOSTRES ÁNGELES

(A.M.A.)

Encienda tres velas blancas en un plato con agua y azúcar por sus tres ángeles protectores (Gabriel, Rafael y Miguel) y haga un pedido. En tres días usted alcanzará la gracia. Mande a publicar al tercer día y observe lo que pasará al cuarto día.

Boulevard Funeral Levittown

“En sus momentos difíciles”

• Cremaciones• Pre Arreglos Funerales

• Traslados a E.U.A. o cualquier parte del mundo.

Servicios Funerales completos desde:

$1,295.00 (ataúd en metal)

Ave. Dos Palmas #2821Levittown, Toa Baja, P.R.

Servicio las 24 horas(787) 795-5145 (787) 784-1334

(Ciertas restricciones aplican.)

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EL NUEVO DÍAS Á BA D O, 31 DE AGOSTO DE 2013 esq u e las . p r 87

Rodolfo Martínez Pell25 de mayo de 1928 – 29 de agosto de 2013

“Yo soy la resurrección y la vida;

el que cree en Mí, aunque muera, vivirá.” San Juan 11:25

GFR Media y los compañeros del Departamento de Producción de El Nuevo Día, nos unimos a la pena que embarga

a la familia de Rodolfo Martínez Pell, quién laboró por muchos años como Vicepresidente del Departamento de Producción.Elevemos una oración al Todopoderoso por el eterno descanso de su alma.

Siempre lo recordaremos.

José A. Olivencia Berenguer (Don Pepe)(1919-2013)

Carmen Irene Sepúlveda de Olivencia(1922-2013)

Los seres queridos no mueren renacen en nuestros corazones.

Dos seres mágicos, papi y mami, se unieron a los trabajadores celestiales del Señor para así continuar su labor de amor incondicional a todos los que estábamos a su alrededor. Mami partió en julio 12 de este año y en agosto 29, Papi marchó raudo y veloz a estar con ella. Caminaron en esta vida el uno al lado del otro y a pesar de las vicisitudes del diario vivir,

celebraron la vida con alegría, disfrutaron los logros de sus seres queridos y estaban dispuestos ayudar a todos aquellos que los rodeaban.

Nosotros sus hijos, Jr. (Lcdo. José A. Olivencia) y Socorrito (Socorro Olivencia, Ph.D.), su nuera, Damaris Machado y su yerno, Juan Alfredo Sánchez, los nietos Carmen Isabel, Martín, Carla (QEPD), Limarie, Alfredo José, Francisco José (Paco) y Pedro José y biznietos los invitamos a que celebremos juntos el legado y el renacer de nuestros inolvidables Papi y Mami.

Comenzaremos la celebración en la Funeraria Ehret el domingo 1 de septiembre a partir de las 11:30am, a la 1:00pm celebraremos una misa en su honor y nos reencontraremos el lunes 2 de septiembre a las 9:00AM acompañaremos a papi

al Cementerio Nacional.

www.www.

de la Bahía de San Juan

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