la edad mÍnima en el trabajo infantil

35
LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO “LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL” AUTOR: MARÍA LILIAN LÓPEZ AGUILAR 1

Upload: maria-lilian-lopez-aguilar

Post on 23-Jun-2015

1.205 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

“LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL”

AUTOR: MARÍA LILIAN LÓPEZ AGUILAR

1

Page 2: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

INDICE

CAPITULOS PÁGINAS

CAPITULO I

DEFINICIÓN DE TRABAJO INFANTIL 1 – 2

CAPITULO II

ANTECEDENTES Y CONTEXTO NACIONAL 2

CAPITULO III

EDUCACIÓN, SALUD Y ECONOMÍA 3 - 7

EN EL TRABAJO INFANTIL

CAPITULOIV

TRABAJO INFANTIL POR GÉNERO, 7 - 9

EDAD Y POBREZA EN EL SALVADOR

CAPITULOV

MARCO LEGAL PARA LA EDAD MÍNIMA DEL TRABAJO 9 - 15

CAPITULO VI

POLITICAS GUBERNAMENTALES PARA ERRADICAR 15 - 16

EL TRABAJO INFANTIL

CAPITULO VII

POLITICAS NO GUBERNAMENTALES PARA ERRADICAR 16 - 17

EL TRABAJO INFANTIL

CAPITULO VIII

TRABAJO PELIGROSO EN EL SALVADOR 18 - 21

CONCLUSIONES 22ANEXOS

2

Page 3: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCIÒN

El Salvador como país miembro de OIT, está obligado a enmarcar su legislación interna dentro de los parámetros de la legislación internacional emanada de OIT, por lo tanto, no es importante si el Convenio 138 relativo a la Edad Mínima para Trabajar –y su recomendación 146- esté o no ratificado, de igual forma la Constitución debe garantizar un trato especial a los menores de edad y fijar los tipos de trabajo en los que éste puede laborar, como expresión del Principio de Igualdad y Equiparación, consagrado en la misma.

La tutela y protección de los derechos humanos de los niños y de las niñas es una de las principales obligaciones que tiene el Estado, desde que se ratificó la Convención Sobre los Derechos del Niño, garantizando con ella la máxima protección, desde un marco legal internacional; derivados de este convenio se encuentran los convenios relativos a la Edad Mínima y de las Peores Formas de Trabajo Infantil en las cuales delimitan, o al menos se trata, las edades entre las que una persona que aún no sea mayor de edad (18 años)pueda trabajar y el tipo de labores que puede realizar, con límites dentro de esta excepción.

En el presente trabajo se va desde la definición de trabajo infantil, los antecedentes históricos salvadoreños, el marco legal tanto nacional como internacional, las políticas gubernamentales y no gubernamentales para la erradicación del trabajo infantil, hasta estadísticas que versan sobre las actividades en las que trabajan los menores, rangos de edades y totalidad de población que trabaja, finalizando con un apartado dedicado a las formas de trabajo peligroso en el país. Se trata de un tema que nos importa a todos y todas, planteando una grandes interrogantes ¿Hasta cuando permitir que los menores de edad trabajen, qué edades son las indicadas partiendo de una sociedad como la nuestra, qué tipo de trabajos pueden realizar, qué podemos entender por trabajo liviano y en qué momento aplican las excepciones consagradas en los Convenios y en nuestra Constitución? Para poder responder aunque sea de forma intrínseca no podemos dejar de lado la información vertida en este trabajo.

3

Page 4: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

CAPITULO I

DEFINICION DE TRABAJO INFANTIL

El trabajo infantil es definido como cualquier forma de la actividad económica realizada por niños, cuyas edades fluctúan entre 5 a 17 años. Por otra parte, la actividad económica, definida por el Sistema de Cuentas Nacionales de la Organización de Naciones Unidas, es un concepto amplio que abarca la mayoría de las actividades productivas llevadas a cabo por niños, inclusive el trabajo no remunerado e ilegal y, el trabajo en el sector informal. No toda la actividad económica de los niños debe de considerarse trabajo infantil explotativo. El trabajo infantil explotativo es un concepto más limitado que se refiere sólo a formas perjudiciales de trabajo que de acuerdo con las Convenciones de OIT No. 138 (Edad Mínima) y No. 182 (Peores Formas) se deben eliminar1. Esta definición de trabajo infantil no incluye las tareas domésticas en el hogar, que son actividades no económicas, y por lo tanto según el Sistema de Cuentas Nacionales de la ONU, están afuera de “la frontera de la producción”. Pero esta distinción entre el trabajo y las tareas del hogar es esencialmente técnica. Por ejemplo, si un niño varón ayuda a su padre en la finca de la familia, su contribución lo pone en la “población económicamente activa”, pero si una niña ayuda a su madre en el hogar, la niña no se considera como parte de la “población económicamente activa” – y por lo tanto queda fuera de la estadística oficial del trabajo infantil. Sin embargo, las actividades de ambos si se realizaran fuera del hogar serían consideradas como trabajo – en el sector agrícola para el varón y en el sector servicios para la niña. No obstante, que las tareas domésticas en el hogar no entran en la definición formal de trabajo infantil, sus implicaciones para la tutela de los derechos de los niños son semejantes a las provenientes del trabajo, inclusive podría llegar a tener un alto grado de peligrosidad.2

La Convención de los Derechos del Niño, en su artículo 32 define trabajo infantil como: “El desempeño de cualquier trabajo realizado por niños y adolescentes que pueda ser peligroso, entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”.

La Oficina Internacional del Trabajo (OIT) se refiere al trabajo infantil como: “Todas aquellas actividades que involucran participación de niños (as) y adolescentes, cualquiera que sea su condición laboral, a

1 Fundamentada en dichas Convenciones y para consideraciones de estimaciones globales, la OIT, define el trabajo infantil como toda forma de trabajo, exceptuando trabajo liviano por menos de 14 horas a la semana llevado a cabo por niños de 12 años y más y trabajo regular de menos de 43 horas a la semana llevado acabo por niños de por lo menos quince años. Por definición, todo trabajo llevado a cabo por niños menores de 12 años es trabajo infantil explotativo.2 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador, p. 25.

4

Page 5: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

fin de obtener ingresos en forma directa o indirecta, que contribuya a la economía familiar o personal y que se realiza con un grado de regularidad”.

La Convención establece una edad mínima general de 13 años para trabajo liviano. Excepcionalmente permite el trabajo liviano a partir de los 12 años y el trabajo general por lo menos 14 años. En El Salvador, según el Código de Trabajo (Art. 114) los menores de 14 años y los que habiendo cumplido esa edad, sigan sometidos a la enseñanza obligatoria no podrán ser ocupado en trabajo alguno. Excepcionalmente, se autoriza el trabajo de menores a partir de los 12 años, si es trabajo ligero y no perjudica su asistencia a la escuela.

CAPITULO II

ANTECEDENTES Y CONTEXTO NACIONAL

En 1990, El Salvador dio un gran paso en el reconocimiento de los derechos de la niñez, con la firma y posterior ratificación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. La cual constituye el marco jurídico internacional en donde se reconoce por primera vez los derechos de niñas y niños en materia legal, civil, económica, social, cultural y política.Desde su firma a la actualidad, se han logrado importantes avances en materia legal e institucional: Reformas a la Constitución de la República, al Código de Trabajo, al Código de Familia, formulación de la Ley de Menor Infractor ahora Ley Penal Juvenil, la creación del Instituto Salvadoreño de Protección al Menor (ISPM) y Secretaria Nacional de la Familia (SNF); el surgimiento del engranaje institucional para hacer efectiva la protección de niños y niñas, todavía existe un déficit social muy grande en garantizar el cumplimiento de algunos de sus derechos más fundamentales como: el acceso universal a educación, salud, seguridad alimentaría, vivienda digna y protección contra toda forma de explotación infantil, sexual, comercial y económica3.

El trabajo infantil, es un problema social que afecta a miles de niños alrededor del mundo, principalmente en los países en desarrollo, donde la pobreza y la marginación obligan a los menores a insertarse prematuramente al mercado laboral, combinando el trabajo con el estudio o abandonando las escuelas para dedicarse completamente a actividades de subsistencia. La Oficina Internacional del Trabajo (OIT), estima que existen más de 250 millones de niños entre 5 y 17 años de edad que trabajan. Ciento Ochenta millones de estos niños y niñas realizan “las peores formas de trabajo infantil” y aproximadamente el 50% de ellos abandonan las escuelas sin alcanzar un grado académico mínimo4.

3 Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE): “Efectos inmediatos e implicaciones futuras del trabajo infantil en subsectores agrícolas seleccionados de El Salvador”, Publicación Alternativas para el Desarrollo #90, San Salvador, El Salvador 2004, pp.3-4.

4 Ibíd.5

Page 6: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

CAPITULO III

EDUCACIÓN, SALUD Y ECONOMÍA EN EL TRABAJO INFANTIL

La población salvadoreña es una población joven, sólo 19.45% es mayor de 60 años y el 52.8% está entre los 15 y 59 años; y se distribuye geográficamente el 58.70% en el área urbana y el 41.30% en el área rural. La relación poblacional entre hombres y mujeres es pareja (49.1% hombres, 50.9% mujeres) Esta población se encuentra organizada en hogares cuyo promedio de miembros por familia es de 4 a 6 personas. El 41.3% de estos hogares es rural y constituyen el sector con mayores niveles de pobreza en el país; en este sector de la población se encuentran los menores niveles de escolaridad y los grupos familiares más grandes (de 5 a 9 miembros)5.

Aproximadamente unos 109,000 niños de 5-14 años, 7.1 % de los niños en este grupo de edad, trabajan, situando a El Salvador, de 14 países de América Latina y el Caribe (ALC) para los que se tiene información disponible, entre los cinco países con menor proporción de niños trabajando (Gráfico 1) Aproximadamente 35,000 niños (32% de los niños que trabajan) trabajan a tiempo completo, mientras que cerca de 74,000 (68%) van a la escuela y trabajan.6

3.1 LA EDUCACIÓN Y EL TRABAJO INFANTIL

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha subrayado que el derecho a la educación es un derecho humano intrínseco y un medio indispensable de realizar otros derechos humanos. Como derecho del ámbito de la autonomía de la persona, la educación es el principal medio que permite a las personas menores de edad, marginados económica y socialmente salir de la pobreza y participar plenamente en sus comunidades. La educación desempeña un papel decisivo en la emancipación de la mujer, la protección de los niños contra la explotación laboral, el trabajo peligroso y la explotación sexual, la promoción de los derechos humanos y la democracia, la protección del medio ambiente y el control del crecimiento demográfico.

5 Organización Internacional del Trabajo programa Internacional para la Erradicación del Trabajo infantil (IPEC): “El Salvador Trabajo Infantil Doméstico: Una Evaluación Rápida”, Ginebra, Suiza, febrero 2002. P. 14. Ver Anexos Cuadro Nº 1.

6 Ver Anexos Cuadro Nº 1.6

Page 7: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

El derecho a la educación, según el Comité, impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados Partes: las obligaciones de respetar, de proteger y de cumplir. La obligación de respetar exige que los Estados Partes eviten las medidas que obstaculicen o impidan el disfrute del derecho de educación. La obligación de cumplir consta de la obligación de facilitar y de la obligación de prever; es decir que permita a los individuos y comunidades disfrutar de tal derecho y les presten asistencia. La obligación de proteger impone adoptar medidas que eviten que el derecho a la educación sea obstaculizado por terceros.7

El trabajo infantil está estrechamente vinculado a la pobreza y la falta de oportunidades, su erradicación esta correlacionada con el progreso educativo y la movilidad social. Es universalmente reconocido que la educación tiene un papel importante en la determinación de los salarios, y se espera que con una mayor escolaridad se obtengan salarios más altos8.Mientras que los esfuerzos del Ministerio de Educación (en adelante “MINED”) para ampliar el acceso a la educación, aumentar el nivel promedio de escolaridad, especialmente en el área rural, y mejorar la calidad de la educación, pueden coadyuvar a mantener a los niños en el sistema educativo y alejarlos del trabajo infantil, la pobreza y la necesidad de satisfacer las necesidades básicas de los hogares sirven como caldo de cultivo para perpetrar el trabajo infantil y mantener el círculo vicioso de la pobreza9.

Los resultados de los años de educación logrados de la cohorte de 15 a 17 años, están más acordes a las expectativas. Los niños de 15-17 años que trabajan, en promedio, completan 5.6 años de escolaridad, mientras que los que no trabajan, en promedio, completan 8 años de educación. Esta diferencia en los logros educativos se mantiene independientemente del área de residencia y género. Por ejemplo, las niñas de 15 a 17 años del área rural que sólo estudian, logran en promedio 7.3 años de educación, comparado a 5.2 para las niñas que trabajan10.

Una explicación de la diferencia considerable en los años de educación, entre los niños de 15 a 17 años que trabajan y los que sólo estudian, es que tanto el porcentaje de niños que sólo trabajan y no estudian, como el número de horas trabajadas y la intensidad del tipo de trabajo se incrementa más marcadamente en la medida que los niños aumentan de edad11, mientras que

7 PROCURADURIA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS: “Recopilación de Resoluciones e Informes especiales sobre la niñez y juventud”, Procuraduría Adjunta de la Niñez y la Juventud, Enero de 2004, P. 29.

8 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador, Pp. 53-55.9 Ibíd.

10 Ibíd.

11 Ver Anexos Gráfica Nº 1.7

Page 8: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

en las cohortes de 5 a 9 años y 10 a 14 años, aproximadamente un 70% de los niños que trabajan asisten a la escuela, en la cohorte de 15 a 17 años menos del 40% de los niños que trabajan van a la escuela. En ese contexto, pareciera ser que es más probable que el trabajo infantil impida que el niño asista a la escuela a partir de los 15 años de edad12.3.2 LA SALUD Y EL TRABAJO INFANTIL

En el Cuadro Nº 213 se presenta información sobre el total de niños que señalaron haber tenido alguna lesión, síntoma y/o enfermedades en el desempeño de sus labores. Teniendo en cuenta que el sector de la agricultura, ganadería pesca y silvicultura, es el que aglutina la mayor parte de los niños que trabajan (50%), no sorprendería pensar que la mayor proporción de problemas de salud y lesiones se dé también en este sector. El trabajo que realizan los niños en dicho sector es sumamente diverso: abarca desde períodos cortos de trabajo después de la escuela, por ejemplo, ayudando a la familia en la recolección hortícola, a largas horas de trabajo, por ejemplo, en la corta de la caña de azúcar, con un alto grado de peligrosidad14.La “alta” incidencia de heridas en los niños que trabajan, podría reflejar en gran medida la peligrosidad de cortarse o mutilarse al utilizar en sus actividades, fundamentalmente las agrícolas, instrumentos corto punzantes, como la cuma y el machete. Por otra parte, la estimación de que únicamente 8,286 niños, de un estimado de 222,479 niños que trabajan, reportaron algún tipo de síntoma, lesión o enfermedad relacionada con su trabajo, puede manifestar que la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (en adelante “EHPM”) no es el instrumento idóneo para captar dicha información. La información obtenida de las investigaciones recientes del trabajo infantil peligroso en El Salvador, no se tienen datos confiables acerca de los efectos a corto y a largo plazo que tienen en los niños el tipo de trabajo que desempeñan y las condiciones de trabajo. En otras palabras, con la información disponible es difícil llevar a cabo una evaluación efectiva del riesgo que entraña una actividad que, a primera vista, no parece peligrosa para los niños15.En relación al uso de los equipos de protección, menos del 7% de los niños que trabajan señalaron haber utilizado alguno de ellos en el desarrollo de sus labores. El 1.6% de los entrevistados usa lentes de seguridad, 0.6% utilizan cascos, 3.0% guantes y 2.8% mascarillas16.

12 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador, P. 54.13 Ver Anexos Cuadro Nº2.

14 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Óp. Cit. Pp.56-57

15 Ibíd.

16 Ver Anexos Cuadro Nº4.8

Page 9: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

La información disponible no es suficiente para establecer si el equipo de protección utilizado por los niños es el más adecuado, si ha recibido capacitación de cómo usar el equipo, o mucho menos el grado de peligrosidad de la actividad que realiza el niño. Asimismo, no se puede determinar si la actividad que realiza el niño amerita el uso de equipo de protección17.

En el Cuadro Nº518 presentamos los principales problemas a los que se enfrentan los niños en su lugar de trabajo; el resultado y el listado de posibles problemas, pudiendo observarse que cerca del 86% de los niños que trabajan consideran que no existe ningún problema en el lugar de trabajo.Los problemas más frecuentemente mencionados por los niños fueron: no hay botiquín de primeros auxilios o clínica (5.2%), no existe protección para los rayos solares (4.1%) y no hay baños sanitarios(3.6%)19.

3.3 LA ECONOMÍA Y EL TRABAJO INFANTIL

A partir de 1989, en El Salvador se implementó un plan económico de estabilización y ajuste estructural, que tenía como objetivo: restablecer el funcionamiento de los mecanismos de mercado; erradicar las distorsiones en los precios relativos, disminuir la pobreza y reducir la participación del Estado en la economía. Dicho programa se ejecutó en su primera etapa, sin mayores dificultades, se redujeron sustancialmente una serie de distorsiones en los precios relativos, y durante el período 1992-1995, según datos del Banco Central de Reserva (BCR) se experimentaron altas tasas de crecimiento del PIB en términos reales (el PIB real creció a un promedio anual superior al 6%) y se disminuyó el déficit fiscal (de 4.6 del PIB en 1992 a 0.1 del PIB en 1995). Como se puede observar en el Gráfico Nº 2 20, en el período de altas tasas de crecimiento del PIB real, se contrajo el déficit fiscal.

En enero de 2001 entró en vigencia la Ley de Integración Monetaria que puso en marcha el proceso de dolarización de la economía. Se fijó el tipo de cambio en 8.75 colones por dólar, se estableció el dólar estadounidense como unidad de cuenta y se eliminó la potestad del Banco Central de Reserva (BCR) de emitir moneda nacional. Ésta fue la medida de política económica más relevante del año. En 2001 dos terremotos de gran magnitud, sequía, la desaceleración de la economía de los Estados

17 Ibíd.

18 Ver Anexos Cuadro Nº5.

19 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador, Pp. 58-59.20 Ver Anexos Gráfico Nº 2.

9

Page 10: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

Unidos, la cual afecto las exportaciones salvadoreñas, especialmente las relacionadas con la maquila de vestuario, y el deterioro de los términos de intercambio (i.e. bajos precios internacionales del café y azúcar) ocasionaron una serie de fuertes choques negativos a la economía salvadoreña.

El sector económico que sufrió un mayor deterioro en el 2001 fue el sector agropecuario, experimentando una contracción del 2.1% en términos reales con relación al año 2000. Las pérdidas de ingresos en el sector agrícola, incluyendo el daño en las instalaciones de procesamiento de café, aves de corral y arroz, como consecuencia de los terremotos se aproximó a los US$200 millones. A principios de la temporada lluviosa (cerca de mayo, 2001), una sequía severa afectó el país, especialmente en la región oriental, acumulándose las pérdidas a los daños causados por los terremotos en el sector agrícola. Este fenómeno natural obstruyó el proceso de maduración de algunas frutas y productos hortícolas y, lo que es más grave, desalentó la siembra de productos estaciónales para el nuevo ciclo. Dicha situación agudizó los problemas de los agricultores y está generando mayor desempleo y emigración de las zonas rurales. El sector de mayor crecimiento en 2001, reflejando en gran medida el esfuerzo de enfrentar la reconstrucción de los daños causados por los terremotos, es el de la construcción, alcanzando un crecimiento cerca del 10% en términos reales con relación al 2000. Los sectores de comercio y financiero, muestran un moderado crecimiento, llegando a 1.9% y 1.6% respectivamente.21

El Estado al suscribir la Convención sobre Derechos del Niño el 2 de septiembre de 1990, convirtió en una obligación la elaboración y ejecución de políticas públicas para la implementación de los derechos que esta conlleva, al análisis de sus costos y el financiamiento; en consecuencia estas políticas publicas, fiscales, presupuestarias, económicas, etc., conllevan a un costo económico para la sociedad y el Estado en virtud del reconocimiento de los derechos de la niñez.Una política de los derechos humanos debe de estar en estrecha relación con los ámbitos de la economía, se trata de construir una economía política de los DDHH de la niñez y de la adolescencia.22

CAPITULO IV

TRABAJO INFANTIL POR GÉNERO, EDAD Y POBREZA EN EL SALVADOR

21 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Óp. Cit. Pp.17-19.

22 Cfr. BASES PARA UN CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y DE LA ADOLESCENCIA: “Derechos Humanos de la Niñez: La tarea pendiente”, Pp. 100-101.

10

Page 11: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

4.1 GÉNERO Y EDAD

El porcentaje de niños varones que trabajan es más del doble que el de las niñas23. Mientras que el 10% de los varones de 5 a 14 trabajan, la participación de las niñas en la actividad económica es del 4.2%24.Es más probable que los padres salvadoreños involucren a los niños varones en el trabajo infantil que a las niñas. Manteniendo constante el ingreso del hogar, la educación de los padres y otros factores pertinentes, es más probable que los varones trabajen a tiempo completo (1.3 puntos porcentuales), y que trabajen y estudien (2.8 puntos porcentuales), que las niñas. Por otro lado, es más probable que las niñas asistan sólo a la escuela que los niños varones (4.1 puntos porcentuales)25.

Los resultados también señalan que la probabilidad de que un niño trabaje aumenta con la edad. La información disponible es insuficiente para proporcionar una idea precisa de la importancia de las dos, las razones más probables para que esto suceda: a) el aumento del costo de oportunidad de la educación conforme aumenta la edad del niño, y/o b) la falta de acceso a la educación más allá de la educación básica26.

4.2 LA POBREZA

La estimación oficial del nivel de pobreza se fundamenta en tres indicadores claves:

• El costo de la Canasta Básica de Alimentos (CBA) por persona• La estimación del ingreso per cápita de los hogares• La estimación de la distribución del número de hogares con ingreso per cápita por

encima y por debajo del nivel que les permite comprar la Canasta Ampliada (CA).

El costo de la canasta ampliada constituye la llamada línea de pobreza, y es equivalente a dos veces el costo de la CBA. En ese sentido, la pobreza relativa se refiere a la población que tiene ingresos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas de alimentación, equivalentes a una CBA, sin embargo, sus ingresos no son suficientes para cubrir una CA, que permitiría satisfacer otras necesidades fundamentales como las medicinas y vestuario. Se consideran pobres

23 Ver Anexos Gráfico Nº 3

24 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Óp. Cit. Pp.36-37.

25 Ibíd.

26 Óp. Cit. P. 59. Ver Anexos Gráfica Nº 4.11

Page 12: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

extremos aquellos cuyo ingreso no alcanza a cubrir una CBA. La pobreza total es la suma de los dos grupos anteriores.

La pobreza experimenta una reducción significativa en la década de los noventa. Entre 1992 y 1998, los hogares pobres disminuyeron de 65.4% a 44.6%, una reducción de 20.8 puntos porcentuales en 6 años, aproximadamente 3.5% por año27. Por otra parte, entre 1999 a 2001, la tendencia hacia la baja de la pobreza siguió a un ritmo más lento, reduciéndose de 41.4% en 1999 a 38.8% en 2001. La caída en la pobreza fue más significativa en la pobreza extrema, reduciéndose de 32.0% en 1992 a 16.1% en 2001. Por otra parte, la disminución en la pobreza ha sido desigual, ya que ha sido más rápida y más profunda en el área urbana que en la rural. Mientras que en el área urbana se redujo de aproximadamente un 60.0% en 1992 a 31.2% en 2001, una reducción de 28.8 puntos porcentuales, en el área rural se disminuyó, en el mismo período, únicamente 19.2 puntos porcentuales.28

CAPITULO V

MARCO LEGAL PARA LA EDAD MÍNIMA DEL TRABAJO

A. Marco Legal Interno:

• Constitución:

El Constituyente de 1983 es quien introduce en la Constitución disposiciones que fueran encaminadas a la garantía de derechos Constitucionales, garantizando así, reglas específicas para el trabajo de los menores de 18 años de edad, plasmadas en el artículo N° 38 N° 10: “Los menores de catorce años y los que habiendo cumplido esa edad sigan sometidos a la enseñanza obligatoria en virtud de la ley no podrán ser ocupados en ninguna clase de trabajo. Podrá autorizarse su ocupación cuando se considere indispensable para la subsistencia de los mismos o de su familia, siempre que ello no les impida cumplir con el mínimo de instrucción obligatoria, esta parte de la suposición es, en realidad, una excepción y no la regla general, aunque en nuestro país se tome de forma invertida al momento de interpretarla.

• Código de Familia:

En El Salvador se concibe como “menores de edad” a las personas que no han cumplido los 18 años29.El Código de Familia en su artículo 397 literal k, indica que el estado salvadoreño

27 Ver Anexos Cuadro Nº 6.

28 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Óp. Cit. P. 20.

29 ASAMBLEA LEGISLATIVA. “Código de Familia”, Decreto N° 677, 13 de diciembre de 1993, Artículo 345.12

Page 13: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

vigilará que los patronos que emplean menores de edad, cumplan lo dispuesto en el código y demás leyes aplicables. Un aspecto muy relevante para el trabajo infantil es que el código en su artículo 351, cuyo contenido se desarrolla en 28 numerales, reconoce expresamente los derechos fundamentales de los menores30[…] 11) A ser protegido contra toda explotación psicológica y contra el desempeño de cualquier trabajo peligroso o nocivo para su salud, desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social, que impida su educación.31

• Código de Trabajo:

El Código de Trabajo fue reformado en el año 1994, para poder incorporar Convenios suscritos de OIT y disposiciones relacionadas con la edad mínima para trabajar, así como algunas prohibiciones para trabajar (a menores de edad) relacionadas con el trabajo peligroso en insalubre. En este cuerpo normativo se regulan, de forma más amplia, disposiciones que traten sobre el trabajo de menores de edad.32

Leyes Secundarias Vigentes para la Protección de los Niños y Adolescentes33

Ámbito de Legislación Instrumento Jurídico Vigencia desde

Relaciones de Familia Código de Familia 1994

Ley Procesal de Familia 1994

Ley Contra la Violencia Familiar

1996

Delitos Penales, Sanciones y Medidas

Código Penal y Procesal Penal.

1998

30 Ruta: http://trabajoinfantil.mtps.gob.sv/default.asp?ACT=5&content=21&id=3&mnu=3

31 ANTEZANA RIMASSA, Paula. “Visión de las legislaciones de Centroamérica, Panamá y República Dominicana en materia de trabajo infantil, OIT- IPEC. Oficina Internacional del Trabajo, San José, Costa Rica, 2004. pp. 42.

32 Nota de las Autoras, Suecy Callejas y María Lilian López, A partir de la lectura de un artículo de Internet, Ruta: http://trabajoinfantil.mtps.gob.sv/default.asp?ACT=5&content=21&id=3&mnu=3

33 Ruta: http://trabajoinfantil.mtps.gob.sv/default.asp?ACT=5&content=22&id=3&mnu=3

13

Page 14: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

Ley Penal Juvenil 1995

Ley de Vigilancia y Control de Ejecución de Medidas al Menor sometido a la Ley Penal Juvenil.

1972

Derechos Sociales Código de Trabajo 1972

Ley General de Educación y Código de Salud

1996 y 1988

B. Marco Internacional más importante sobre edad mínima para trabajar:

El Art. 144 de la Constitución de la República dice que los tratados celebrados por El Salvador se consideraran leyes de la República, el Art. 145 prohíbe la ratificación de aquellos tratados que contradicen la Constitución y el Art. 149 establece la facultad de declarar la inaplicabilidad de aquellas disposiciones de cualquier tratado contrarias a los preceptos constitucionales. Entonces al analizar todas estas normas constitucionales llegamos a la conclusión que los Tratados Internaciones prevalecen sobre las Leyes Secundarias del país pero son inferiores a la Constitución de la República.

• Convención sobre los derechos del niño:

El Salvador forma parte de la Convención de los Derechos del niño desde el 10 de julio de 199034, por lo tanto, esta obligado a cumplir con las disposiciones de la Convención, siendo esta el instrumentos más importante, en cuanto a protección de menores de edad se refiere. Así, por ejemplo en disposiciones específicas de la Convención se protege a los niños (menores de edad), y se manda a los Estados a fijar leyes que garanticen esta protección:

[…] En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño […]35 […] Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. Con ese propósito y

34 Ruta: http://www.unhchr.ch/pdf/reportsp.pdf 14

Page 15: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados Partes, en particular:

a) Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar;

b) Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;

c) Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo.36

• Convenio Nº 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Sobre la edad mínima de admisión al empleo:

El Salvador no ha ratificado este Convenio, pero eso no impide que lo estipulado en él, afecte nuestro marco legal. De hecho, el Convenio no ha sido ratificado, por que se considera que la legislación nacional es más garantista (Se explicará luego por qué, cuando se compare el Convenio con la Constitución) que el Convenio, y que por ello, no hay necesidad de entrar en conflictos con la Constitución, ratificando un Convenio que entraría en discrepancia con la misma. Dicho Convenio establece una obligación para los Estados de abolir, de forma progresiva, el trabajo en menores; y así, paulatinamente ir aumentando el rango de edad mínima para trabajar37. Además, se fija la edad mínima para trabajar, la cual “[…] no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar, o en todo caso, a quince años”38. Sin embargo, el Convenio tiene una excepción que, a nuestro punto de vista es bastante llamativa, “No obstante […], el Miembro cuya economía y medios de educación estén insuficientemente desarrollados podrá, previa consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas, si tales organizaciones existen, especificar inicialmente una edad mínima de catorce años.”39

35 Convención sobre los Derechos del Niño. Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989. Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49. Cit. Artículo 3.

36 Convención sobre los Derechos del Niño. Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989. Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49. Cit. Artículo 32.

37 ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO: “Convenio N° 138 Sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo”, Ginebra, 1973. Cit. Artículo 1.

38 Óp. Cit. Artículo 3.

39 Óp. Cit. Artículo 4. 15

Page 16: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

• Recomendación N° 146, sobre la Edad Mínima:

El objetivo de las recomendaciones de OIT es: Definir algunos conceptos que hayan quedado oscuro dentro de la redacción de los Convenios, para el caso, el Convenio 138 sobre Edad Mínima de Admisión al Empleo. Así, pues, que la Recomendación hace referencia a puntos importantes, tales como:

“Para lograr el éxito de la política nacional […] las políticas y los planes nacionales de desarrollo deberían atribuir elevada prioridad a la previsión de las necesidades de los menores y a la satisfacción de dichas necesidades, así como a la extensión progresiva y coordinada de las diversas medidas necesarias para asegurar a los menores las mejores condiciones para su desarrollo físico y mental.”40

Se debería fijar la misma edad mínima para todos los sectores de actividad económica.

[…] deberían fijarse como objetivo la elevación progresiva a dieciséis años de la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo […]

En los casos en que la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a que se aplica […] sea aún inferior a quince años, se deberían tomar medidas urgentes para elevarla a esa cifra.

En los casos en que no sea factible en lo inmediato fijar una edad mínima […] se debería fijar una edad mínima de admisión, por lo menos, para el trabajo en las plantaciones y en otras explotaciones agrícolas que produzcan principalmente con destino al comercio […]41.

• Convenio N° 182 de la Organización Internacional del Trabajo, “Peores Formas del Trabajo Infantil”.

Ligado íntimamente con el Convenio N° 138 de OIT y este Convenio si está ratificado por El Salvador ene. Año de 1999, se definen en él las peores formas de trabajo y las formas peligrosas de trabajo infantil. Recordando que, estos Convenios tratan de proteger a un grupo delimitado “Los menores de edad, es decir, niños y adolescentes”. Además, este convenio junto con el 138 define como trabajo infantil en condiciones de explotación:

1. Todas las formas de Trabajo llevadas a cabo por niños menores de cierta edad mínima – por lo menos doce años en los países menos desarrollados-.

40 ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO: “Recomendación N° 146 Sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo”, Ginebra, 1973. Cit. Artículo 1.

41 Óp. Cit. Artículos 6, 7 y 8.16

Page 17: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

2. Todas las formas de trabajo, exceptuando el trabajo ligero, llevadas a cabo por niños menores de cierta edad mínima para cualquier actividad – por lo menos catorce años en los países menos desarrollados-.

3. Todas las peores formas de trabajo infantil, incluyendo el trabajo peligroso, llevadas a cabos por niños menores a dieciocho años.42

• Comparación entre la Constitución de la República de El Salvador y el Convenio N° 138 de OIT.

En El Salvador la Constitución manda a que la materia laboral se regule en un respectivo Código de Trabajo43, incluyendo este la regulación concerniente al trabajo de los menores de edad44.

En nuestro país no se hace diferencia entre niños y adolescentes, nuestras Constitución y las leyes hablan de “menores de edad” y lo limitan como: Toda persona que no ha cumplido los dieciocho años.45 La Constitución salvadoreña contiene normas específicas referidas a la protección de las personas menores de edad que trabajan e incorpora en su texto la edad mínima de admisión al empleo acorde con el convenio 138.

El Convenio 138 deja la excepción de que la legislación interna de los países facultara el trabajo a personas entre 14 y 12 años – exclusiva para los países que habían fijado su edad mínima en los catorce años-, pero es necesario que estos “trabajos sean ligeros”, entre ellos el nuestro, fijando las siguientes condiciones:

1. Que no perjudique la salud o el desarrollo y,2. Que no perjudique la asistencia al centro escolar.

Esta excepción es establecida sobre la base de necesidades económicas que sufre el país, corriendo el riesgo de esta forma, que la legislación garantista en materia laboral aplicable a menores de edad se vuelva garantista solo para aquellas personas que no sufren necesidades

42 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): "Entendiendo el Trabajo Infantil", Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador, P. 35 y 36.43 Constitución de la República de El Salvador, Decreto 38 de 1983, actualizada hasta la Reforma de D.L N° 154, del 2 de octubre de 2003, artículo 38 inc. 1°.

44 Por ejemplo el artículo 376 del Código de Trabajo.

45 ANTEZANA RIMASSA, Paula. “Visión de las legislaciones de Centroamérica, Panamá y República Dominicana en materia de trabajo infantil, OIT- IPEC.”, Oficina Internacional del Trabajo, San José, Costa Rica, 2004. pp. 43.

17

Page 18: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

económicas. Por ejemplo, en nuestro país el Ministerio de Trabajo y previsión Social puede, por vía excepcional, autorizar a mayores de doce años para trabajar, señalando para estos solo “Trabajos Ligeros” y casi repitiendo la redacción que al respecto hace el Convenio 138 en su artículo 7. Cuestión que en algún momento podría presentar problemas de interpretación, por que la como norma jerárquicamente superior Constitución y el Código de Familia dan una posibilidad muy amplia para que la excepción actúe (menores de catorce años trabajando) que se basa en la “necesidad económica” y el Código de Trabajo la limita a “Trabajos Ligeros”46.

Todos estos puntos nos llevan a un final, es decir, en El Salvador no se ha ratificado el Convenio 138, por que se ha considerado que la legislación constitucional es más garantista que el convenio, además que sería innecesario entrar en divergencias entre convenio y Constitución, ya que por supremacía prevalecerá siempre la Constitución, a menos de una reforma constitucional. Aún y cuando esta consagrado el Principio de Preferencia de instrumentos de derecho internacional con respecto a legislación ordinaria, aún falta una incorporación de derechos a nivel de todo el ordenamiento jurídico que solo facilitan la situación irregular con respecto a la Convención de Derechos del Niño. En cuestiones de trabajo de personas menores, la legislación debería ser preferente, pero en El Salvador, es remitida al código de trabajo, sin una previa revisión integral de los mismos47. En general, la constitución salvadoreña hace un esfuerzo por estar acorde con lo dispuesto en el Convenio 138 de OIT, pero hay que admitir que aún falta, y que se esta propiciando que los proteccionismos laborales (en cuanto a menores) solo apliquen para personas que no tiene “necesidades económicas”.

CAPITULO VI

POLITICAS GUBERNAMENTALES PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Entre las políticas nacionales que El Salvador ejerce para fortalecer su cooperación con OIT están:

• Desde la ratificación del Convenio N° 182 de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante OIT), solicitó la asistencia técnica del Programa para la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil (IPEC) de OIT, dicha solicitud fue atendida, y es así como en el año 2000, OIT-IPEC abrió sus puertas con sede en El Salvador (una de muchas) llamada: Oficina de Coordinación en El Salvador. Una de las principales funciones de la Oficina de Coordinación Nacional es prestar la asistencia técnica y financiera al Gobierno, de manera que se prepararen las condiciones para

46 Óp. Cit. pp. 43- 46.

47 Óp. Cit. pp.72- 74.18

Page 19: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

impulsar la erradicación de las Peores formas de trabajo infantil bajo la metodología del Programa de Duración Determinada48.

• Memorando de Entendimiento: son acuerdos de cooperación, entre OIT- IPEC y los gobiernos (El Salvador), en atención a los convenios 182 y 138 y sus respectivas recomendaciones, persiguiendo objetivos claros como, Concienciar a la comunidad nacional e internacional sobre las consecuencias y posibles soluciones al problema del trabajo infantil; ser un ente representativo a nivel nacional y a veces internacional, etc.49.

• Se ha creado un Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, encargado al Ministerio de Trabajo y Previsión Social y conformado por los Ministros de Educación, Salud Pública, Gobernación y Agricultura; por representantes de Instituto Nacional para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA), organizaciones de trabajadores y trabajadoras, así como de organismos no gubernamentales preocupados por la niñez. Sus principales funciones se estipulan en los memorando de entendimiento que se hacen con la OIT, con fines de erradicar el trabajo infantil y para darle cumplimiento a Convenios de OIT.50

• Trabajo conjunto con Cooperación Internacional, en especial con países como Estados Unidos España.

De este tipo de políticas depende el avance o no de la erradicación del trabajo infantil en general, de esto pende el que algunos países si han podido salir o disminuir el problema y el que otros (como El Salvador) mantengamos el problema.

CAPITULO VII

POLITICAS NO GUBERNAMENTALES PARA ERRADICAR EL TRABAJO INFANTIL

Son estructuras específicas para la atención del tema con objetivos específicos. Algunos de estos organismos tienen una amplia experiencia en el tema, otros incursionan en este campo con buenas expectativas: 48 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): "Entendiendo el Trabajo Infantil", Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador, P. 65.49 ANTEZANA RIMASSA, Paula. “Visión de las legislaciones de Centroamérica, Panamá y República Dominicana en materia de trabajo infantil, OIT- IPEC. Oficina Internacional del Trabajo, San José, Costa Rica, 2004. pp. 92 y 93.

50 ÓP. Cit. Pp. 66.19

Page 20: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

1. Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La Organización Internacional del Trabajo mantiene el liderazgo en la materia. Con la firma en 1996 del Memorándum de Entendimiento entre esta organización y el Gobierno de El Salvador, el país recibió el apoyo técnico del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil en el país.El mandato del Programa IPEC en El Salvador se orienta en dos niveles:1. A nivel nacional, donde se promueve el fortalecimiento de las capacidades institucionales y la sensibilización de la población en general. 2. A nivel local, se identifican grupos poblacionales cuyos niños se ven involucrados en actividades peligrosas de las cuales deben ser retirados y éstos reciben atención directa por parte del Programa.

2. Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

Constituyéndose en el segundo organismo con carácter multilateral (además de OIT) que opera en el país combatiendo el trabajo infantil. El énfasis del BID se centra en niños menores de 15 años, y promueve acciones en tres vías:1. Integración de niños a la escuela2. Apoyo con educación no formal y, 3. Integración de los padres de familia en la educación de sus hijos.

3. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)

UNICEF tiene como mandato apoyar al gobierno y a la sociedad civil salvadoreña en el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño. Cada uno de sus intervenciones sean estas a nivel nacional o local se enmarcan en este enfoque de derechos que incluye el derecho a no ser explotado laboralmente y a no trabajar antes de la edad permitida.Realizando investigaciones y desarrollando campañas de educación y movilización social sobre el tema trabajo infantil y educación. Desarrolla un programa intersectorial orientado a la explotación sexual, tráfico de niños y adolescentes.

4. Agencias de Cooperación de los diferentes países interesados en apoyar al país en su lucha contra la pobreza, incorporando algunas acciones clave para el combate del trabajo infantil.

5. Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (USDOL)

20

Page 21: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

Se constituye en el principal donante para El Salvador en los programas ejecutados por IPEC. Se encuentra financiando la mayoría de los programas de acción en el país, incluidos aquellos dirigidos expresamente a las peores formas de trabajo infantil.51

CAPITULO VIII

TRABAJO PELIGROSO EN EL SALVADOR

En relación al trabajo infantil, la tasa laboral es de 14.5% de niños y adolescentes que trabajan. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, unos 288 mil 221 niños y niñas realizan cualquier labor remunerada. De ellos 18 mil 673 se encuentran en las peores formas de trabajo infantil, como la explotación sexual comercial, los pepenadores de basuras, la corta de café y caña de azúcar.La falta de empleo digno para los padres, conlleva a la niñez a trabajar ya sea en las ciudades o el campo; en función de ello muchos no realizan sus derechos básicos a la educación, el juego y la salud, lo que constituye un factor que limita significativamente la posibilidad de desarrollo humano integral de la niñez y la adolescencia.52

TRABAJO PELIGROSO

La Convención sobre los Derechos del Niño garantiza a los niños el derecho “a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”.53

El Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo en 1999, desarrolla en más detalle la prohibición del trabajo dañino o peligroso. De acuerdo con esta Convención, algunas formas de trabajo infantil están totalmente prohibidas, tales como la esclavitud o las prácticas similares. Otros tipos de trabajo están prohibidos: “el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños”.54

51 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): "Entendiendo el Trabajo Infantil", Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador, P. 67- 70.

52 Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD): “Situación de la niñez y la adolescencia en El Salvador Período: enero-junio 2006”, p. 3.

53 Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 32(1).

54 Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, artículo 3(a), (d).21

Page 22: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

• Trabajo Domestico

El trabajo doméstico es la categoría de empleo donde trabajan más niñas menores de 16 años en todo el mundo, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT).55 Pero los niños trabajadores domésticos de todo el mundo suelen ser “invisibles porque el niño trabaja solo y recluido en una casa privada, a diferencia de los niños que trabajan en fábricas o en la calle”, señala el Centro Internacional para el Desarrollo del Niño del UNICEF. “No existen como grupo y resulta difícil llegar a ellos y contabilizarlos. Sus empleos son también invisibles: el trabajo doméstico pertenece al mercado laboral informal, no se registra y no aparece con claridad en los informes estadísticos laborales”.56

Por esta razón, es difícil calcular el número total de niños trabajadores domésticos en El Salvador. Según la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples, realizada por la Oficina de Estadística de El Salvador, unos 348.300 niños y jóvenes adultos de 10 y 19 años eran “económicamente activos” en 2001. Las niñas y las mujeres suponían el 30 por ciento de ese total.9 Utilizando estos datos, el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT concluyó que aproximadamente 21.500 jóvenes de entre 14 y 19 años de edad trabajan en el servicio doméstico. Según estas cifras, una de cada cinco muchachas de entre 10 y 19 años de edad que tiene o busca un empleo es una trabajadora doméstica.57

Las trabajadoras domésticas realizan regularmente una gran variedad de tareas del hogar, como limpiar, cocinar, lavar los platos y la colada, cuidar a los niños y hacer compras. “Hacía la limpieza”, dijo Alma S., de 15 años. “Limpiaba el baño, sacaba la basura, lavaba el carro… Otra muchacha cocinaba y planchaba. Yo vivía en la casa. Me levantaba a las cinco y media de la mañana. A las seis empezaba a limpiar la casa. Paraba de limpiar después del almuerzo; por la tarde hacía otras cosas. Trabajaba prácticamente todo el día”.58

• Explotación Sexual Comercial

55 Organización Internacional del Trabajo, “Trabajo Infantil: Lo intolerable en el punto de mira” (Ginebra: ILO, 1998).

56 UNICEF Centro Internacional para el Desarrollo del Niño, “Trabajo infantil doméstico”, Innocenti Digest No. 5(Florencia: UNICEF Centro Internacional para el Desarrollo del Niño, 1999), p. 3.

57 Organización Internacional del Trabajo programa Internacional para la Erradicación del Trabajo infantil (IPEC): “El Salvador Trabajo Infantil Doméstico: Una Evaluación Rápida”, Ginebra, Suiza, febrero 2002. P. 19.58 Entrevista de Human Rights Watch con Alma S., departamento de San Salvador, 13 de febrero de 2003.

22

Page 23: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

El combate a la explotación sexual comercial se vuelve más difícil en El Salvador, al no contar con un adecuado marco jurídico que fortalezca el esfuerzo para la erradicación de la explotación sexualcomercial de los niños. Por ello los procesos de explotación sexual comercial infantil, generalmenteconcluyen con reclusiones mínimas e inclusive en algunos casos llegan a ser considerados delitos excarcelares.59

Un número significativo son consumidores habituales de diversas drogas y fueron expuestos a este hábito en el ambiente actual en el que subsisten. No obstante que la pobreza en el hogar es un factor importante que empuja a los niños a la explotación sexual comercial, la discriminación de género en la sociedad salvadoreña hace también especialmente vulnerable a las niñas de corta edad.60

Otros elementos adicionales que agravan la situación son el exceso de desvelos, la tensión permanente y el sentimiento de exclusión que perciben de la población que les rodea. Los problemas que más se identifican, relacionados con la explotación sexual, en orden de importancia relativa son: insultos, problemas de drogas, infecciones de transmisión sexual, problemas de alcohol, ataques físicos, robos, abuso policial, y embarazos. Por ejemplo, casi 4 de cada 10 han padecido problemas de salud causados por una infección de transmisión sexual.61

• PescaMiles de niños salvadoreños están dedicados a la pesca, principalmente en pequeñas empresas familiares o privadas. Los riesgos a la seguridad y a la salud pueden ser muy graves e incluso pueden ocasionar la muerte. El riesgo varía dependiendo del tipo de pesca a la que ellos se dedican. Estos peligros incluyen ahogarse, heridas de cuchillo u otro instrumento que se utiliza para cortar, exposición al sol por más de seis horas al día, accidentes en el manejo de explosivos (pesca ilegal), y la contaminación por microorganismos que se encuentran en este

59 Esta metodología combina la precisión estadística con el análisis cualitativo y trata de recolectar de forma rápida y a bajo costo, informaciónrelevante a los actores políticos sobre la magnitud, el carácter, las causas y las consecuencias del trabajo infantil peligroso. Los objetivos de estosestudios son: i) una estimación cualitativa y cuantitativa de las peores formas de trabajo infantil en un área determinada del país, ii) identificar ydescribir las condiciones reales del trabajo infantil, incluyendo el grado de riesgo, y la relación entre el trabajo y la escuela, iii) aprender acerca dela las características familiares de los niños trabajadores, y iv) determinar de acuerdo con los resultados qué programas pueden ayudar a erradicar

60 RIVAS, J.: “El trabajo Infantil en El Salvador: Las peores formas de Trabajo Infantil” Julio 2002, documento preliminar. OIT: Ginebra.

61 Ibíd.23

Page 24: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

medio ambiente. Es común encontrar a niños con la piel severamente dañada por el sol, con infecciones de hongos en sus pies y manos, y hasta miembros amputados.62

• Industria Pirotécnica

En El Salvador los niños están involucrados en actividades que van desde mezclar y empacar la pólvora y otras sustancias químicas, a colocar la mecha. Los riesgos son obvios y de grandes dimensiones, incluyendo: las heridas severas, las quemaduras y la muerte por explosiones accidentales, las quemaduras por sustancias químicas; y las lesiones por instrumentos corto punzantes utilizados en el proceso de elaboración de los fuegos artificiales.63

• Botaderos de BasuraLos niños trabajan como pepenadores de basura de materiales reciclables que se pueden revender, tales como vidrio, botellas de plástico y metal. El ambiente y el trabajo en los basureros, dadas las condiciones de insalubridad y peligrosidad a que está expuesta la población infantil, plasman claramente una situación que se puede tipificar como de las peores formas de trabajo infantil. Los niños recolectores de basura están expuestos en todos los rangos de edad44. Los niños más pequeños viven dentro del basurero o cuidan la basura recolectada, y los mayores se dedican a la recolección de objetos más valiosos.64

• Caña de AzúcarCasi todos los varones que trabajan en la recolección de la caña de azúcar participan en las actividades peligrosas de corta y pica de caña. Los instrumentos que se usan, como la cuma y el machete, tienen un alto grado de peligrosidad, y los niños pueden cortarse o mutilarse, ya que los instrumentos poseen mucho filo y son pesados puesto que están fabricados de hierro con cacha o mango de madera.65

Además, existen riesgos a herirse con la orilla filosa de la caña y el ajuate de sus hojas provoca irritaciones en la piel. Los niños también están expuestos al veneno de la aplicación de insecticidas, fungicidas y abonos, y tienen un riesgo adicional de padecer de problemas respiratorios y enfermedades pulmonares.66

62 Ibíd.

63 Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Óp. Cit. Pp. 73-74.

64 Ibíd.

65 Ibíd.

66 Ibíd.24

Page 25: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

CONCLUSIÓN

Dentro de una sociedad como la salvadoreña a casi nadie se lástima al ver menores de edad trabajando o tenerlos como empleados, de hecho, en alguna forma el mismo gobierno promueve esta dinámica, dando impulsos a los sectores informales (en su mayoría) para que los mantengan empleados.

No tenemos una cultura de respeto hacia los derechos humanos, no nos hemos dado cuenta que se le violentan derechos humanos a los menores con solo permitir que trabajen para nosotros (trabajo sector informal, doméstico, etc.).

La Convención de Derechos del Niño es el punto de referencia de todos los convenios o tratados que buscan mejorar la calidad y el respeto de los derechos de los niños, pero en específico sobre edad mínima y trabajo infantil tratan los Convenios 138 y 182 con sus respectivas recomendaciones de OIT. No queremos decir con esto que el Estado no ha hecho nada, de hecho reconocemos sus esfuerzos en tratar de ponerse de acuerdo con las leyes secundarias y ambos Convenios, pero también reconocemos que hay una deficiente regulación en cuanto a la edad mínima por que se prestan las excepciones a aspectos muy subjetivos y relativos – niveles económicos-, siendo esta, quizá, nuestra mayor crítica por que, como ya dijimos, se volverían las garantías solo aplicables a aquellas personas que no tienen “necesidades económicas” y le darían la espalda a las personas menores de edad que si las tienen. Asimismo, es deficiente el marco legal referente a las peores formas de trabajo laboral.

Como lo expresamos al iniciar este trabajo debemos de responder a las interrogantes vertidas dentro del mismo, ¿Hasta cuando debemos de permitir que los menores de edad trabajen?

25

Page 26: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

Según el Convenio 138 de la OIT los menores de edad pueden trabajar desde los quince años de edad con la excepción de aquellos países en vía de desarrollo se permitirán a los menores trabajar desde los catorce años en trabajo liviano; en la legislación interna se permiten a los menores trabajar desde los doce años (Artículo 114 Código de Trabajo).

¿Qué tipo de trabajo pueden realizar estos menores? Todo aquel trabajo que no vulnere los derechos humanos protegido por la Constitución y los Convenios, pero para esto como lo expresamos y ahora reiteramos El Salvador necesita tener políticas gubernamentales más fuertes si quiere erradicar el trabajo infantil, pero para esto primero debe de avanzar en una política para disminuir la pobreza porque es allí en donde radica el problema del trabajo infantil.

Para cerrar nuestro tema podemos aportar que, los rangos establecidos sobre la edad mínima para trabajar aún tienen que estudiarse y de ser posible prescindir de la figura dentro de nuestro país de “Trabajo Infantil”, así llegar a una optimización del derecho internacional en conjugación al derecho interno.

ANEXOS

CUADROS

CUADRO Nº1INDICADORES DE POBLACIÓN

Población Total 6,396,890 100.00%Población Urbana 3,754,903 58.7%Población Rural 2,641,987 41.3%Población entre 15 y 59 años 3,375,639 52.8%Población mayor de 60 años 443,398 19.5%Densidad Poblacional(Hab./Km2)

298,300

Tasa de Fertilidad 3.6%Tasa de Crecimiento Demográfico

1.9%

(Elaborado con proyecciones estadísticas de Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 1,999.)

CUADRO Nº2

26

Page 27: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

AÑOS DE EDUCACIÓN TERMINADOS, POR ÁMBITO GEOGRÁFICO Y GÉNERO, SEGÚN GRUPOS DE EDAD Y TIPO DE ACTIVIDAD.

CUADRO Nº 3POBLACIÓN INFANTIL, POR SÍNTOMA, ENFERMEDAD Y LESIÓN MÁS

GRABE SUFRIDA EN EL TRABAJO

CUADRO Nº 4POBLACIÓN INFANTIL QUE TRABAJA, SEGÚN USO DE EQUIPOS DE

PROTECCIÓN EN EL DESEMPEÑO DE SU ACTIVIDAD

27

Page 28: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

CUADRO Nº 5POBLACIÓN INFANTIL QUE TRABAJA, SEGÚN PROBLEMAS QUE

ENFRENTAN EN EL LUGAR DE TRABAJO

CUADRO Nº 6TOTAL DE HOGARES, SEGÚN NIVEL DE POBREZA Y AMBITO

GEODRÁFICO

28

Page 29: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

GRAFICAS

GRAFICA Nº 1PORCENTAJE DE NIÑOS QUE TRABAJAN Y PIB PER CÁPITA POR PAÍSES

SELECIONADOS EN AMÉRICA LATINA

29

Page 30: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

GRAFICA Nº 2

CRECIMIENTO DEL PIB REAL Y RESULTADO GLOBAL DEL SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO

30

Page 31: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

GRÁFICA Nº 3INCIDENCIA DEL TRABAJO INFANTIL, POR GÉNERO Y EDAD.

31

Page 32: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

GRÁFICA Nº 4INCIDENCIAS DEL TRABAJO INFANTIL POR GRUPOS DE EDAD

32

Page 33: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

Fuente : EHPM 2001, de la DIGESTYC

BIBLIOGRAFÍA

33

Page 34: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

• Oficina Internacional del Trabajo (OIT),Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), Programa de Información Estadística y Seguimiento en Materia de Trabajo Infantil (SIMPOC): “Entendiendo el Trabajo Infantil”, Informe OIT 2003, San Salvador, El Salvador.

• Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE): “Efectos inmediatos e implicaciones futuras del trabajo infantil en subsectores agrícolas seleccionados de El Salvador”, Publicación Alternativas para el Desarrollo #90, San Salvador, El Salvador 2004.

• Organización Internacional del Trabajo programa Internacional para la Erradicación del Trabajo infantil (IPEC): “El Salvador Trabajo Infantil Doméstico: Una Evaluación Rápida”, Ginebra, Suiza, febrero 2002.

• PROCURADURIA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS: “Recopilación de Resoluciones e Informes especiales sobre la niñez y juventud”, Procuraduría Adjunta de la Niñez y la Juventud, Enero de 2004.

• BASES PARA UN CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y DE LA ADOLESCENCIA: “Derechos Humanos de la Niñez: La tarea pendiente”.

• ANTEZANA RIMASSA, Paula. “Visión de las legislaciones de Centroamérica, Panamá y República Dominicana en materia de trabajo infantil, OIT- IPEC. Oficina Internacional del Trabajo, San José, Costa Rica, 2004.

• UNICEF Centro Internacional para el Desarrollo del Niño, “Trabajo infantil doméstico”, Innocenti Digest No. 5. (Florencia: UNICEF Centro Internacional para el Desarrollo del Niño, 1999).

• Organización Internacional del Trabajo programa Internacional para la Erradicación del Trabajo infantil (IPEC): “El Salvador Trabajo Infantil Doméstico: Una Evaluación Rápida”, Ginebra, Suiza, febrero 2002.

• RIVAS, J.: “El trabajo Infantil en El Salvador: Las peores formas de Trabajo Infantil” Julio 2002, documento preliminar. OIT: Ginebra.

• ANTEZANA RIMASSA, Paula. “Visión de las legislaciones de Centroamérica, Panamá y República Dominicana en materia de trabajo infantil, OIT- IPEC.”, Oficina Internacional del Trabajo, San José, Costa Rica, 2004.

• Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD): “Situación de la niñez y la adolescencia en El Salvador Período: enero-junio 2006”.

34

Page 35: LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO INFANTIL

LA EDAD MÍNIMA EN EL TRABAJO

• ASAMBLEA LEGISLATIVA. “Código de Familia”, Decreto N° 677, 13 de diciembre de 1993.

• Convención sobre los Derechos del Niño. Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989. Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49.

• ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO: “Convenio N° 138 Sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo”, Ginebra, 1973.

• ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO: “Recomendación N° 146 Sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo”, Ginebra, 1973.

• Constitución de la República de El Salvador, Decreto 38 de 1983, actualizada hasta la Reforma de D.L N° 154, del 2 de octubre de 2003.

• Organización Internacional del Trabajo, “Trabajo Infantil: Lo intolerable en el punto de mira” (Ginebra: ILO, 1998).

• Entrevista de Human Rights Watch con Alma S., departamento de San Salvador, 13 de febrero de 2003.

• Ruta: http://trabajoinfantil.mtps.gob.sv/default.asp?ACT=5&content=21&id=3&mnu=3

• Ruta: http://www.unhchr.ch/pdf/reportsp.pdf

35