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La distinción entre deber estricto y deber amplio Nota sobre un desacuerdo acerca de la esencia de/formalismo ético Francisco Qísí RÓS RESUMEN: La división de los deberes morales en estrictos y amplios se corresponde con la distinción entre las dos clases de contradicción que pueden darse al universalizar las máximas. Por tanto, su omisión dificul- ta una correcta interpretación del imperativo categórico. ABSTRACT: The división of moral duties into strict and broad ones corres- ponds to the distinetion between the two kinds of contradiction that can appear on applying the universalizability criterion. Therefore, its omís- sion isa handicap for a correct interpretation of the categorical imperati- ve. Los profesores Juan Miguel Palacios y Juan José García Norro han publi- cado en esta misma revista sendos artículos acerca del formalismo ético de Kantl. Aunque ambos coinciden en el planteamiento inicial del problema, existe entre ellos un radical desacuerdo sobre la esencia del formalismo kan- Juan Miguel Palacios. “1.-a esencia del formalismo ético”, ci, Revista de Filosc4ic~. Y época. vol. IV’ (1091), núm. 6, pp. 335-349, Editorial Complutense. Madrid Juan José García Norro. “(.‘onsiderac iones en lomo a la esencia del formalismo ético”, en Revista cíe Hiosofio. 3~ época, vol. VII (1994). núm. II. pp. 305-319, Editorial Complutense, Madrid, 2,n.ístu ¿5 /-(4¿v9k32 óp’ ‘va. voL Xii (1999). núm. 2] . pg. 247—21V Serv,ci¿iie ihíbiicav naos. t¾úvcrs¡&íd (oniplutcnsc Nl¿ahid

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La distinción entredeberestrictoy deberamplio

Nota sobreun desacuerdoacercadela esenciade/formalismoético

FranciscoQísíRÓS

RESUMEN: La división de los deberesmoralesen estrictosy ampliossecorrespondecon la distinción entrelas dos clasesde contradicciónquepuedendarseal universalizarlas máximas.Portanto, su omisióndificul-ta unacorrectainterpretacióndel imperativocategórico.

ABSTRACT: The división of moral dutiesinto strict andbroadonescorres-pondsto the distinetion betweenthe two kinds of contradictionthat canappearon applying the universalizabilitycriterion. Therefore, its omís-sion isa handicapfor acorrectinterpretationof the categoricalimperati-ve.

Los profesoresJuanMiguel Palaciosy JuanJoséGarcíaNorro hanpubli-cadoen estamisma revista sendosartículosacercadel formalismoético deKantl. Aunqueamboscoinciden en el planteamientoinicial del problema,existeentreellosun radicaldesacuerdosobrela esenciadel formalismokan-

Juan Miguel Palacios. “1.-a esencia del formalismo ético”, ci, Revista de Filosc4ic~. Yépoca. vol. IV’ (1091), núm. 6, pp. 335-349, Editorial Complutense. Madrid Juan José GarcíaNorro. “(.‘onsiderac iones en lomo a la esencia del formalismo ético”, en Revista cíe Hiosofio.3~ época, vol. VII (1994). núm. II. pp. 305-319, Editorial Complutense, Madrid,

2,n.ístu ¿5 /-(4¿v9k32 óp’ ‘va. voL Xii (1999). núm. 2] . pg. 247—21V Serv,ci¿iie ihíbiicav naos. t¾úvcrs¡&íd(oniplutcnsc Nl¿ahid

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tiano.Estadiscrepanciase funda ensus incompatiblesinterpretacionesde lallamadaprimeraformulacióndel imperativocategórico.La tesisqueme pro-pongodemostrares quetanto el uno comoel otro pasanpor alto unaimpor-tantematizaciónque haceel propio Kant en la Fundamentaciónde la meta-

físicadelas costumbresy quedesarrollaconciertaextensiónen laMctajísicade lascostumbres.Dicha matizaciónme parecedecisivaparasuperarel con-flicto entresus interpretacionesy, sobretodo, para comprenderadecuada-menteel formalismoético de Kant. Comosoyconscientede mi culpabledes-conocimientode la filosofía kantiana,así comodel profundoconocimientoquetienende ella estosdos profesores,quisierapedirde antemanodisculpaspormi atrevimiento.Esperoque se entiendanestaspalabrascomouna inge-nuaobservaciónde alguien que,graciasa ellos,quiere pensarpor si mismo.

Despuésde exponerlos cuatroejemplosen los queaplica laprimerafor-mulacióndel imperativocategórico,Kant concluye:“Estos son algunosdelos muchosdeberesreales,o al menosconsideradospornosotroscomotales,cuyaderivacióndel principioúnicocitadosaltaclaramentea lavista.Hay quepoder quererque unamáximade nuestraacción sea ley universal: tal es elcanondel juicio moral de la misma,en general.Algunasaccionesson dc talmodo constituidas,que su máximano puede,sin contradicción,sersiquierapensadacomo ley universal, y muchomenosquese puedaquerer quedebaserlo. En otras no se encuentra,es cierto, esa imposibilidadinterna;pero esimposiblequererquesu máximase elevea la universalidadde una ley natu-ral, porquetal voluntadseriacontradictoriaconsigomisma. Es fácil ver quelas primerascontradicenal deber estricto —ineludible—, y las segundasaldeberamplio —meritorio—.Y así,todoslos deberes,en lo quetocaal modo deobligar —no al objeto de la acción—, quedan,por medio de estosejemplos,consideradosíntegramenteen su dependenciadel principio único”2~

En estetexto,Kant afirma con claridadqueparaqueunaacciónseacon-forme al deberhay quepoderquererque su máximasea ley universal,perotambiénprecisaquela imposibilidaddc quererqueasí seapuedefundarseendos clasesde contradicción:una lógica y la otra “volitiva”. La primera secorrespondeconel deberestricto(strengenoclerengeren)o ineludible,mien-tras que la segundalo hace con el deber amplio (weiteren) o meritorio.Aunqueen la Fundamentaciónde la metafísicade las costumbresKant no

2 Funclc¿níentación cíe la níec¡fisic.’a cíe tas coslutnbres. cap. it, pSS. Trad. Manuel GarcíaMorente. Edición de Juan Miguel Palacios. Real Sociedad Económica Matritense de Amigusdel País, Madrid, 1992.

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La distincióncabedeberestricto ‘ deberamplio 249

defineestosdos tipos de deberni justifica la división que hace,estadistin-ciónresultamuyesclarecedoraalahorade comprenderlas dos clasesde con-tradicciónque hacenimposiblequererque ciertasmáximasseanleyes uni-versales.

Antes de exponerlos cuatro ejemplosen los que aplica la primera for-mulacióndel imperativocategórico,Kant mencionauna dobleclasificaciónde los deberes.Segúnel objeto del deber, los divide en deberesparaconnosotrosmismosy deberesparacon los demáshombres;segúnel modo deobligar, los clasifica en deberesperfectosy deberesimperfectos.3En unanota específicaque entiendepor deberperfectoaquelqueno admiteexcep-cion en favorde las inclinaciones,si bienañadeque en la presenteobrano seproponejustificar dichaafirmación.4Másadelante,en su examende la apli-caciónde la segundaformulación del imperativocategóricoa los mismoscuatro ejemplos,considerael primerocomo debernecesario(nottvenciigen>consigomismo, el segundocomodebernecesario(notwendigenmier sc/ial-digen) paracon los demás,el tercerocomo debercontingente(zuf¿illigen)omeritorio paraconsigo mismo, y el cuartocomo debermeritorio o contin-genteparacon los demás.5

Aunque Kant no usa los mismostérminospara designarlas clasesdedeberen los dos análisis que hace de los cuatroe¡emplos.no me parecedemasiadoaventuradoconsiderarque, mientrasque en el primero y en elsegundoexponedeberesestrictoso ineludibles,en el terceroy el cuartoexa-mina deberesamplioso meritorios.Si así fuese,entoncesen éstosse daríaunacontradicción“volitiva” y enaquéllosexistiríaunacontradicciónlógica.Por tanto, las explicacionesque el propio Kant ofrece en dichosejemplospodrian iluminar el sentidodel imperativocategórico.

En el segundoejemplo, el filósofo de Kónigsbei’gse proponederivar, apartir de la primera formulación del imperativo categóricoy como deberestricto, la prohibiciónde prometercon la intenciónde incumplir lo prome-tido. En estecasolaaplicacióndel principio supremode moralidadkantianoimplica unacontradicciónlógica: la máximadc prometeren falso parasalirdc un apuro no puedeserpensadacomo ley universal. Kant dice con clari-dad: “En seguidaveo que nuncapuedevalercomo ley naturaluniversal, niconvenir consigomisma,sino que siempreha de sercontradictoria.Puesla

4%. ¿ir.. p . 56, nota.5 <4v it. pp. 65-66.

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universalidadde una ley que diga que quien creaestarapuradopuedepro-meterlo quese leocurraproponiéndoseno cumplirlo,hariaimposiblelapro-mesamisma y el fin que con ella puedaobtenerse,puesnadiecreeríaquerecibeunapromesay todosse reiríande tales manifestacionescomo de unavanoengaño”6.La acciónde prometerestáconstituidade tal maneraqueeslógicamenteimposible que estuvieseuniversalmentepermitido hacerunapromesaconel propósitode incumpliría, puesestaley contradiceunade lascondicionesde posibilidadde dichaacción: la prohibición de prometerenfalso. La razónpor la queno se puedequererquelamáximade prometerenfalso cuandoasí convengasealey universales quedicha ley es en si mismauna contradicciónlógica, puestoque el conceptode la acción de prometercontieneensí mismounaley universal (la prohibiciónde prometeren falso>quees contradictoriaconlapermisiónde hacerunafalsapromesa.La ley queresultadeuniversalizarla máximade hacerunafalsapromesaes lapermisiónde lo no permitido,es decir,unaproposicióncontradictoriaquedesignaunasituaciónobjetivaque,por serlógicamenteimposible, no puedeserquerida.Se puedequerermentir, dice Kant, perono se puedequerer la ley universalde mentir,porquela máximade mentir “tan prontocomo se tornaseley uni-versal,destruiríasea sí misma”7.Ocurre,además,que, si no esposiblequelamáximade prometeren falso sea ley universal,no se puedequererquedclxiserlo.

Creoqueenestecaso la interpretacióndel imperativocategóricoquepro-poneGarcíaNorro es correcta,mientrasquelaexpuestaporPalaciosno pare-ce ajustarserigurosamenteal pensamientode Kant. Palaciosse equivocaalatribuir la contradicción “volitiva” a este segundoejemplo, porque dichaclasede contradicciónse da en losdeberesamplios,y laprohibiciónde haceruna promesasin intenciónde cumplirla es un deberestricto cuyo fundamen-to es, como sostieneGarcíaNorro, la imposibilidad lógicade queestéuni-versalmentepermitido prometerconel propósitode no cumplir lo prometi-do. Al partir de este error, Palaciosno interpretaadecuadamentela contra-dicción que se da en este caso,porque,al no aceptarqueseaestrictamentelógica, intentademostrarque se trata de lo que él denominaimposibilidadreal. El hecho de que no sea posiblequererprometeren falso y quereralmismotiempoqueestéuniversalmentepermitidohacerloconducealprofesorPalaciosapensarqueKant se refierea unaimposibilidadreal de querera la

6 Op. cii., p. 57.

Op. cit, cap. 1, p. 33.

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La distinción entre deberestrictoydeheramplio 251

vezel estadode cosasde hacerunafalsapromesay el estadode cosasde queseauniversalmentelícito realizardichaacción. Si bien es cierto quetanto laprimera formulacióndel imperativocategóricoen la Fundamentaciónde la

metajisicade las costumbrescomo su única formulaciónen la Critica de larazonpráctica8 puedendarpie a dichainterpretación,creoqueno es acerta-da. Lo que mandael imperativo categóricoes que se obre segúnmáximastalesquese puedaquererqueseano valgancomoleyes universales..Si no esposiblequererque lo sean,entonceslas accionesque se correspondenconellas no son conformesal deben La ley universalque permiteprometerenfalso es una contradiccióny designa,por tanto,una situaciónobjetiva lógi-camenteimposible.Como lo lógicamenteimposibleno puede serobjetodevolición, no se puedequerer esta ley universal.Por estarazón, la acción deprometerconel propósitode incumplir la promesano es conformeal deberNo es posible quererprometeren falso y al mismo tiempo que sea lícitohacerloparatodoserracional,no porquealsercontradictoriosestosdosesta-dos de cosasse dé unaimposibilidadreal de quererlossimultáneamente,sinoporqueel segundode elloses lógicamenteimposible.

Sin embargo,en el tercerejemplo, que trata de un deberamplio, Kantsostienequela imposibilidadde quererquela máximade no cultivar lasdotesnaturalessealey universalno tienecomofundamentounacontradicciónlógi-ca. En este casola razónde no poderquererqueestéuniversalmentepermi-tido no fomentarlas propiasfacultadeses queello implica unacontradíccionde la voluntad consigomisma.Todo serracional puedepensarunanaturale-zaen la que la máximade no desarrollarLos propiostalentossealey univer-sal, puestoquees lógicamenteposiblequeestéuniversalmentepermitidonohacerlo. “pero no puedequererque estaseauna ley naturaluniversalo queestéimpresaen nosotroscomotal porel instinto natural.Puescomoserracio-nal necesariamente(notvvendig)quiere que sc desenvuelvantodas las facul-tadesen él, porqueellas le son dadasy le sirven paratodasuertede posiblespropósitos”’>.Kant afirmaquees imposiblequererquelamáximade dejarsincultivo las propiasdotesnaturalessealey universal,porquetodo serracional,en cuantoserracional,quierenecus’ariamentequese desarrollensusfaculta-

“Obra de tal modo que la máxin,a de tu voluntad pueda valer siempre, al mismo tiem-pu. comO principiu dc una legislación universal’, en Critico de la razón práctica, Librt, pri-mero, capitulo l. § 7. Trad, E. Miñana y Villagrasa, y M. García Morente. Edición de JuanMiguel Palacios. Sígueme. Salamanca, l994.

‘>O¡x cir.. p. 57.

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des. El autorde la Fundamentaciónde la metafisicade las costumbresnoexplica con claridad en qué consistela contradicción“volitiva” que tienelugaral quererqueseauniversalmentelícito no cultivar los propiostalentos.Parecequevienea decirqueel desarrollarlas facultadesqueunotiene es unfin quelarazónpuraprácticaordenacomoun deberen sí mismo. Quererquesealicito no cultivar las dotesnaturaleses quererqueestépermitidono que-rer lo quela razónprácticamandaquerercomoun fin quees un deberen sí.A mi juicio, Kantmantienequela contradicciónquese presentaal universa-lizar la máxima de dejarsincultivar las propiasfacultadesno es unacontra-dicción lógicapresenteen la ley universalresultante,sino una“autocontra-dicción” de lavoluntad de un serracional,unacontradicciónqueen ningúncaso hay que interpretarcomo imposibilidad psicológicao fáctica. Si noestoyequivocado,en este casoni la interpretacióndel imperativocategóricoqueofreceGarcíaNorro ni laexpuestaporPalaciosson acertadas.La prime-rano esválidaporqueen esteejemplola ley universalde no cultivar las dotesnaturalesno es una contradicciónni se refiere a un estadode cosaslógica-menteimposible;la segundaes erróneaporquelacontradicción“volitiva” nose fundaen la imposibilidadreal de quererdos objetoscontradictorios,sinoen lacontradicciónquese da al quererqueestépermitidono quererlo quelarazón puraprácticaordenaquerercomoun fin quees a lavez un deber.

En resumen,mi tesisesquela imposibilidad dequererquealgunasmáxi-masseanleyes universalestiene comofundamento,o bien que estasleyesuniversalesseanlógicamentecontradictorias,o bien quedichasleyes permi-tan no quereraccionesque la razónprácticamandaquerer como fines quesonalavez deberesensí mismos.En el primercasosetratade deberesestric-tos, mientrasqueen el segundose tratade deberesamplios.En la Metafísicade las costumbresKant exponecon detalle esta distinción. Por tanto,es enestaobradondese debebuscarmásluz sobrela diferenciaentrelas doscla-sesde contradicciónquese correspondecon ella.

Comoestoyconvencidode quetanto PalacioscomoGarcíaNorro cono-cen ladivisión de los deberesen estrictosy amplios,supongoque el motivopor el queno aludena ella en susrespectivosartículoses que no lo juzganpertinente.Creo, sin embargo,que pasarpor alto la distinción entredeberestrictoy deberamplio, lejosde ayudara unamejorcomprensiónde laesen-cia del formalismo ético kantiano, díficulta innecesariamenteesta tarea.Pienso,además,queteneren cuentaestaclasificaciónde los debereselimi-naríael desacuerdosobreel sentidode algunosde los textos queestosdosprofesorescitan para apoyarsus diferentesinterpretacionesdel imperativo

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categórico,ya queel errorqueamboscometenes pretenderreferirlostodosaun único tipo de debery a unasolaclasede contradicción,sin teneren cuen-ta queunosse refieren al deberestrictoy a la contradicciónlógica,mientrasque otros guardanrelación con el deberamplio y Ja contradicción“voliti-va”tt>. Tan sólo “el canondel juicio moral” constituyeunaformulacióngene-ral del imperativocategórico.

Listos textos pertenecen al fragmento que yo transcribo en su totalidad al inicio dc esteartículo, y cuya procedencia indico en la segunda nota. Algunas de sus oraciones se refieren ala contradiccion lógica, mientras que otras designan la contradicción ‘volitiva’. Las primerasapoyan la interpretación de García Norro; en cambio, las segundas parecen probar la dePalacios, fil texto integro. coíí su mención a la distinción entre deber estricto y deber amplío,es el fundamento dc ini propia interpretación del imperativo categórico, que, aunque no sea enabsoluto novedosa, difiere de las ofrecidas en los artículos dc Palacios y García Norro.