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LA CONS'I'I'I'UCION DE VENEZUELA Y LOS DERECHOS HUMANOS Discurso pronunciado por el Dr. Marcelino Avila Ferrer en la XXIII Conferencia de la Federación Internacional de Abogados: Tampa, Florida, noviembre 1982

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LA CONS'I'I'I'UCION DE VENEZUELA Y LOS DERECHOS HUMANOS

Discurso pronunciado por el Dr. Marcelino Avila Ferrer en la XXIII Conferencia de la Federación Internacional de Abogados: Tampa,

Florida, noviembre 1982

... "debemos sentir orgullo, como juristas, de poder servir al hombre en la medida de sus amplias, nobles y definitivas aspiraciones". Dr. R. Caldera.

Ex-Pdte. de Venezuela. Palabras en la Sesión Inaugural de la XVI Conferencia de la F1A.

INTRODUCCION

El Estado es una organización política para dirigir o regir una Nación, pero sus derechos y obligaciones frente a la comunidad han variado, según los tiempos, al impulso de las ideas renovadoras que, como la doctrina del cristianismo y otras, han hecho sentir un proceso de humanización muy difícil de cristalizar a cabalidad en la práctica. Para la ley natural, la razón, la igualdad y la dignidad del hombre son valores que están por encima del Estado y fuera de su alcance. San Pablo dijo "No hay judío, ni griego, no hay siervo ni libre; no hay varón, ni hembra; porque todos vosotros sóis uno en Cristo Jesús" (Epístola a los Gálatas, 111, 28).

A través c;lel tiempo la lucha por los derechos humanos se manifiesta según movimientos políticos, filosóficos, religiosos, los cuales son por todas las personas presen tes conocidos y así no es necesaria su relación.

El anhelo de progreso que aquellos encarnasen enfrenta a lamentables antagonismos salpicados por la deshumanización del hombre. Por ello, la esperada consecuencia favorable de hechos históricos de tan elevada trascenden­cia' como la Segunda Guerra Mundial, no dan en la práctica los resultados con que soñaron sus autores, tanto en las relaciones de los gobiernos de un Estado

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cualquiera con sus súbditos. como en el inmenso ámbito de las relaciones entre la comunidad de Estados que aceptaron los instrumentos jurídicos nacidos al calor de la contienda.

Lamentablemente. existe en escala universal un divorcio entre la mayoría de los seres humanos y los principios. sean aquéllos funcionarios públicos o simples particulares. Esto es conocido. pero amerita recordarlo.

LAS SUPREMAS ASPIRACIONES DE ROOSEVELT

Destacamos que, no obstante las conquistas sociales actuales. asombra el desconocimiento que se ha hecho de las aspiraciones de estadistas eminentes. como Franklin Delano RooseveIt. quien a raíz de los sacrificios que impuso la Segunda Guerra Mundial. en memorable mensaje al Congreso de los Estados Unidos, el 6 de enero de 1941, proclamó cuatro libertades esenciales. Dijo así:

"En los futuros días, que buscamos asegurar miramos hacia un mundo fundado sobre cuatro libertades humanas esenciales. La primera f'.5 la libertad de palabra y expresión. en todo el mundo. La segunda es la libertad de cada persona para adorar a su Dios a su manera, en todo el mundo. La tercera es la libertad contra la necesidad -la cual- traducida en términos comunes. significa acuerdos económicos que aseguren a cada nación una vida pacífica y saludable. para sus habitantes. en todo el mundo. La cuarta es la libertad contra el temor -la cual- traducida en términos comunes. significa una reducción mundial de armamentos hasta el extremo y de manera que ninguna nación esté en posición de cometer un acto de agresión física contra un vecino. en ninguna parte del mundo".

El desprecio a las libertades esenciales proclamadas por RooseveIt. que reina en el mundo. conduce a una necesaria y profunda reflexión.

LA COMPLEJIDAD DEL PROBLEMA

Las leyes pueden ser concebidas por espíritus superiores que descubren las injusticins sociales benefactoras de una clase socinl dnda. In cual se opone n los fines que se persiguen con aquellas. Asi, pues .. "

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... "el derecho como ley del Estado y como convicción del pueblo. y como costumbre y como obra artística de la jurisprudencia. es obra del trabajo humano. y obra que exige esfuerzos y lucha constante con muchos obstáculos de distinto género. Porque no es sólo la lucha con la ignorancia. con la inexperiencia. lo que hay que considerar; también es lucha con los intereses que el derecho necesita contrariar; purs no se trata de un álgebra jurídica cuyos términos son por su materia indiferentes; el derecho camina como el carro de la deidad. Indica. sobre las entrañas de la víctima que es necesario sacrificar; camina sobre las injusticias de la tierra que son para los tiranos. para los explotadores del género humano. como sus entrañas. El cincel del legislador o del jurisconsulto trabaja en la carne viva; todo derecho que se logra mata algo que debe morir. pero que alguien defiende hasta el último aliento: el que vive de 10 injusto". Inhering. Van R. LA LUCHA POR EL DERECHO. (Prólogo). Perro!. Buenos Aires. 1958. pág. 31.

Los criterios que anteceden son aXiomáticos: observamos que en Venezuela y aún cuando la independencia fue reconocida por España. continuó la esclavitud durante 25 años más porque la clase esclavista disponía de posiciones de mando; también cuando se han derrumbado las dictaduras. sus beneficiarios. al amparo de la libertad que escarnecieron y negaron. han organizado pequeños partidos políticos para defender sus mezquinos intereses.

En el mundo actual. "debemos reconocer. muy a nuestro pesar. que persiste la conculcación de los derechos humanos. en igual. mayor o menor grado que antes. y que lamentablemente muchos adelantos de la civilización. sobre todo en el campo de la tecnología. han venido a usarse por quienes. estando obligados a ello. no sólo no tienen el deseo de garantizar la observancia de los derechos humanos fundamentales sino que continúan infringiendo esos derechos y aprovechándose de esos adelantos. en detrimento del respeto que se debe a los mismos y aún en abierto desafío de los instrumentos internacionales que han suscrito o aprobado". Carcia Bauer. Carlos. LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS. OEA. 1980. Págs. 13-14.

NORMAS PARA POSIBLE SOLUCIONo

La defensa de los derechos humanos. reclama una divulgación y adoctrinamiento constantes a nivel de los institutos educacionales. desde la escuela primaria hasta

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la universidad. así corno en las diversas agrupaciones sociales; hay que mantener despiertos los sentimientos del pueblo. pues los hombres sólo defienden con calor los valores que sienten; hay que influir también. demostrando que el individualismo conspira contra la seguridad de cada uno. es decir. la defensa de los derechos del grupo social es la mejor defensa de nuestro derecho individual.

Estas ideas son aceptadas por lliering: "Todo derecho en el mundo debió ser adquirido por la lucha; esos principios de derecho que están hoy en vigor ha sido indispensable imponerlos por la lucha a los que no los aceptaban. por lo que todo derecho. tanto el derecho de un pueblo. corno el de un individuo. supone que están el individuo y el pueblo dispuestos a defenderlos". Ob. cil. Pág. 58.

LA CONSTlTUCION VENEZOLANA

La Constitución vigente de Venezuela. es de 1961 ...... coloca al Estado al servicio del hombre" (Oropesa. Pág. 147). Además. acorde con la época. está considerada "no sólo corno un texto orgánico de las funciones y poderes del Estado. sino también corno la expresión del conjunto de valores que inspiran y deben guiar la acción institucional del mismo". (Exposición de Motivos).

En su Preámbulo expresa que su propósito es. entre otros .... "proteger y enaltecer el trabajo. amparar la dignidad humana ...... y "mantener la igualdad social y juridica. sin discriminaciones derivadas de razas. sexo. credo y condición social ..... (subrayado nuestro). En su texto se inviste al Ministerio Público con rango constitucional y se dispone que su titular. el Fiscal General de la República. es un funcionario autónomo elegido por el Congreso de la República. con la advertencia de que en determinados casos dicho funcionario debe pedir la aplicación de penas contra miembros del Poder Ejecutivo.

La Exposición de Motivos del Proyecto de dicha Constitüción expresa: ..... siguiendo la experiencia de países de indiscutible tradición democrática como Suecia. Finlandia y Dinamarca se le atribuyeron al Fiscal General de la República las funciones de velar por el cuidadoso ejercicio de las garantías constitucionales. de impedir las detenciones arbitrarias y de hacer expedito el ejercicio de lus libertades públicas; de velar por la legalidad ante los tribunales: de controlar la legalidad administrativa e intentar las accionc..<; a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil. penal. administrativa ,. disciplinaria en que hubieren incurrido los funcionarios públicos con motivo dl~1 ejercicio de sus funciones".

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Nuestra Constitución en el Título VI. Capítulo IV. del Ministerio Público. artículos 218 al 222. establece lo referente a esta Institución. Y la Ley Orgánica del Ministerio Público. desarrolla los citados artículos constitucionales.

La efectividad en la práctica del Ministerio Público de mi país. consta en el Informe al Congreso de la República. que por mandato constitucional del artículo 222 "El Fiscal General de la República presentará anualmente al Congreso .....

Dicho Informe. en parte. constituye prueba de irregularidades de diversa índole. así como de las acciones intentadas por el Ministerio Público derivadas de las mismas. Así se expresa el celo de la Institución en su labor de vigilancia por el cumplimiento de la ley. conforme a los postulados constitucionales al respecto. Esta acción práctica da como resultado la defensa de los derechos de la persona humana. la protección integral de la familia y del menor y la defensa del Estado. particularmente en su labor de hacer efectiva la responsabilidad en que incurran los funcionarios públicos intentando las acciones penales. civiles. administrativas y disciplinarias a que hubiere lugar.

CONCLUSIONES

La defensa del ciudadano contra quienes detentan el poder ha sido siempre necesaria. Originó la célebre Carta Magna. a cuyo amparo se protegieron los varones normandos de Juan sin Tierra (1215); los menos conocidos Decretos de la Curia de León. anteriores a la Carta Magna (1215). si se quiere más importantes para nosotros los hispanoamericanos. acordados por la Asamblea Legislativa del reino asturleonés llamado curia regia. convocada por Alfonso IX. que concedía a todos los hombres libres del reino garantías de tipo procesal en resguardo de la libertad personal y garantías al derecho de propiedad e inmueble; y originó también todas las declaraciones de derechos que han perseguido idéntico fin.

Los postulados constitucionales al respecto siempre están amenazados; es más. las dictadur¡¡s influyen en determinados individuos dejando sentimientos que. según ellos. justifican las arbitrariedades; sin embargo. hemos visto que el derecho es W1a "obra que exige esfuerzo y lucha constante con muchos obstáculos de distinto género".

De manera que. si las instituciones creadas por la Constitución funcionan con la debida eficacia. sea por obra de una mística superior observada por sus titulares. ora como consecuencia de los efectos del adoctrinamiento constante de los pueblos y la colaboración de la prensa que al dar apoyo al Ministerio Público.

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como también a los tribunales y a las autoridades del Poder Ejecutivo, generan una fuerte presión social en favor de los señalamientos de la Constitución. Sin lugar a dudas, la vigilancia de la comunidad es fundamental para la vigencia en la práctica de los derechos humanos. Además, como "el Estado constituye la configuración social de mayor volumen y vigor", se infiere la importancia de la sujeción de éste a los principios constitucionales.

Si bien la razón histórica es suficiente para demostrar la influencia de las generaciones pasadas en el progreso humano, también señala que la humanidad avanza. retrocede y vuelve a avanzar. según la calidad de los conductores de los pueblos en una época dada. Y de aquí la importancia de ocupar posiciones desde las cuales se pueda dominar. En consecuencia ... "pienso que nosotros. los juristas. tenemos que encontrar el camino para que el derecho sea verdaderamente norma de vida, norma fecunda y plena. factor positivo de transformación de nuestros pueblos. mensaje eficaz de justicia que llegue a todos los hombres". (Caldera. Dr. Rafael. Palabras citadas).

En verdad. ante las realidades negativas que se hacen presentes. el sentimiento de la defraudación tiende a imponerse; sin embargo. la lucha entre sentimientos opuestos ha existido siempre. pero indudablemente. las ideologías superiores defendidas por Lincoln. Jefferson. Washington. Bolívar y tantos otros reformado­res sociales geniales. han logrado sus fines y siguen fijando rumbos positivos a la humanidad. pues por algo "los grandes no están solos. A través de las edades realizan un desfile imponente. orgullosos. impávidos. inconquistables". (Bertrand Russell: Diccionario del hombre contemporáneo. 135).

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