la accion plenaria

Upload: jaeritzaemes

Post on 06-Jul-2018

226 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    1/82

    LOSINTERDICTOS

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    2/82

    LOS INTERDICTOS

    SE DICE QUE…Fueron medidas administrativas o de policía dictadas por un magistrado conel fn de mantener el orden jurídico administrativo y de policía que dee

    reinar en la comunidad!

    E" #$%IS&'$D(…Con su mandato) a instancia de una de las partes) ordena a la otra a oservaun determinado comportamiento) que puede consistir en un *acer o en un n*acer! Si el demandado no se allanaa a acatar la orden del pretor) entoncesse sometía el asunto a la decisi+n del jue,!

    -(' &$.&(…"os interdictos son remedios creados por el magistrado o por el pretor pararesolver relaciones que) por su naturale,a no se pueden *acer valer por víade acci+n!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    3/82

    LOS INTERDICTOS SECLASIFICAN EN/

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    4/82

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    5/82

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    6/82

    ENTIÉNDASE QUE EN TIEMPOS DE JUSTINIANO…E" I.&E'DIC&( DE -'EC$'I(/Es cuando el precarista no restituía la cosa que le 0uera confada!-orprecario se entendía una posesi+n otenida con ruegos) cuya duraci+dependía de la voluntad de quien la daa!

    E" I.&E'DIC&U# landestinamenteDE C"$.DES&I.$/Era para los caos en que alguien tome la posesi+n de un inmuele c

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    7/82

    EL PROCESO INTERDICTAL:Se inicia con la postulatio de la parte que solicita la tutela) elmagistrado mediante previa investigaci+n del caso concreto)valora la e1istencia de los presupuestos necesarios para laconcesi+n del interdicto) para luego concederlo o denegarlo! Si eldestinatario no oedece el mandato interdictal) la parte que *asolicitado la tutela puede recurrir al procedimiento persponsionem2 proceso que gayo defne cum poena y cum periculo)por cuento comporta para la parte perdedora el pago de unasuma a título de pena! "a parte que *a solicitado y otenido elinterdicto vuelve allamar al adversario para que compare,ca ante

    el magistrado y lo desa0ía a prometer mediante sponsio unasuma de dinero dinero fjada discrecionalmente por el pretor! Eldemandado a su ve, puede contestar el interdicto e invitar alactor a una stipulatio) para la *ip+tesis que no resulte algunaviolaci+n de laorden impartida por elpretor!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    8/82

    I.&E'DIC&(S E. E"C3DI%( DE-'(CEDI#IE.&(S CI4I"ESDE" ES&$D( DE 5$"ISC(!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    9/82

    TITULO DECIMO PRIMERODe los Juicios Sumarios

    CAPITULO I

    Relas !e"erales Ar#$culo %&'() Se #rami#ar*" como +uicios sumarios: I…II…III…I,( Los i"#er-ic#os.4…

    4I…4II…

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    10/82

    CAPITULO ,IDe los I"#er-ic#os

     Ar#$culo /0&!7 "os juicios que tengan porojeto retener o recorar la posesi+n interinade los derec*os de padre o de *ijo) de unacosa) suspender la ejecuci+n de una oranueva) o que se practiquen respecto de la

    que amena,a ruina o de un ojeto que o0receriesgo1 las me-i-as co"-uce"#es a2reca3er el -a4o1  se tramitar8n consujeci+n a las reglas generales de los juiciossumarios y a las especiales de este capítulo!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    11/82

    Ar#$culo /05!7 "os jueces deer8n tramitar  juicios a que se refere el artículo anterior c2re6ere"cia a #o-os los -em*s sumariopudiendo actuar cuando las circunstancias

    requieran en días y *oras in*8iles) sin prev*ailitaci+n!

    Ar#$culo /07!7 "os interdictos "o 2ue-acumularse al +uicio -e PROPIEDAD y deerdecidirse previamente!

    Ar#$culo /08!7 En ning9n interdicto se admitir2rue9as  sore la 2ro2ie-a-1  sino s+lo las qversen sore el -ereco -e la 2osesi;"!

    Ar#$culo /0

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    12/82

    Ar#$culo /0%!7 El que *a sidovencido en el juicio de propiedad oplenario de posesi+n) no puede*acer uso de los interdictosrespecto de la misma cosa!

    Ar#$culo /0/!7 El vencido encualquier interdicto puede *aceruso despu:s del juicio plenario deposesi+n o del de propiedad!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    13/82

    Ar#$culo /&/!7 Cuando al promover el interdicto ora peligrosa) a m8s de la demolici+n de :sta o ojeto peligroso) se solicite la adopci+n de medidurgentes para evitar los riesgos que o0re,can) el 5unomrar8 un perito y acompa;ado del mismpasar8 luego a inspeccionar la construcci+n) 8roojeto y) cerciorado de la necesidad de las medidque se solicitan) de acuerdo con el parecer del per

    dictar8 las que estime oportunas) compeliendo desluego a su ejecuci+n al due;o) al administrador y aal inquilino por cuenta de renta2 en de0ecto de epodr8 autori,ar la ejecuci+n por cuenta del actor) creserva de sus derec*os para reclamar del due;o gastos que se ocasionen!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    14/82

    Ar#$culo /&'!7 Una ve, resuelto sore lapeticiones a que se referen los artículo y

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    15/82

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    16/82

    INTERDICTO DE O@RA NUE,A(

    Cuando un propietario o poseedor de uninmuele crea que est8 e" rieso su 2ro2ie-a-o se vea a0ectado su propiedad a causa de laconstrucci+n de una ora nueva) sea esta unEdifcio) -lantaciones de 8roles) etc! o que lamisma no se sujetare a las normas estalecidas)2o-r* i"#er2o"er u"a -ema"-a -e i"#er-ic#o-e o9ra "ue3a 2er+u-icial o -a4o #emi-o1deer8 estar dirigida contra el propietario de laconstrucci+n que amena,a o contra la personaencargada de la ora) esto con el ojetivo deparali,ar la ora o reali,ar la demolici+n!  El interdicto de ora nueva) este tiene lafnalidad de evitar da;os irremediales quemediante una construcci+n pudieran producirse en

    un inmuele contiguo!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    17/82

    I.&E'DIC&(SDE (?'$ .UE4$

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    18/82

    E&I#("(%@$

    AI.&E'A) que signifca Amientras tantoA!

    ADICE'EA) que signifca AdecirA o

    AdecidirA!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    19/82

    C(.CE-&(

    -rocedimiento judicial sumario y de tramitaci+n sencilla)

    cuyo ojetivo es atriuir la posesi+n de una cosa a unadeterminada persona 0ísica o jurídica 0rente a otra) demanera provisional!

    AEl interdicto es la 0+rmula legal e1pedida por medio delcual se protege el derec*o de la posesi+n) sin preju,garsore sus 0undamentos y 0rente a la perturaci+n y el

    despojo de tercerosA! $ndr:s ?ello!

    Es 0+rmula porque traduce una soluci+n provisoria a unestado de necesidad de quien tiene la posesi+n de un ien)por ser perturado en ella o despojado sin que *ayamediado proceso y decisi+n que le a0ecten!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    20/82

    -resupuestos de la acci+n

    Cualidad o legitimaci+n para orar Bcapacidad legal pararinterponer su acci+n o contradecir) coincidencia entre el actor yel demandado) es decir) derec*o de actuar y contradecir!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    21/82

    -resupuestos de la acci+n

    "a legitimaci+n activa! el poseedor depredio o derec*o real sore el competela acci+n para suspender la conclusi+nde la ora perjudicial a sus posesione)su demolici+n o modifcaci+n) en su casoy la restituci+n de la cosa al estado

    anterior a la ora nueva! Contempladoen el artículo = C-C5

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    22/82

    -resupuestos de la acci+n

    "a legitimaci+n pasiva! a quien la mand+ construirsea poseedor o detentador de la propiedad en dondse construya! Contemplado en el artículo = C-C5

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    23/82

    El +rgano jurisdiccional

    Dotado de 0acultades para decir el derec*o con imparcialidad)resolviendo así la situaci+n controvertida al que reencuentre el auicaci+n del inmuele materia de la acci+n) mismo que deer8ser de primera instancia por tratarse de un ien inmuele) la víaes civil sumaria!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    24/82

    'equisitos imprescriptiles paraque prospera la acci+n

    a! Que e1ista una ora nueva! Que no *aya pasado un a;o despu:s de la terminaci+n de la

    ora cuya destrucci+n se intente

    c! Que la ora cause perjuicios o perturaciones al poseedor)propietario o titular de un derec*o real soe inmueles

    d! Que *aya una relaci+n de causalidad

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    25/82

    El ojeto de la acci+n

    =! Que el +rgano jurisdiccional ordene la suspensi+n) demolici+n modifcaci+n de la ora nueva) así como la restituci+n de lascosas a su estado anterior!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    26/82

    El ojeto de la acci+n

    "a acci+n del interdicto de ora nueva tiene un e0ectom8s en:rgico) porque no solo se otiene la restituci+nde la cosa al estado anterior) si o que adem8s de esoest8n evitando da;os 0uturos) como son los relativos ala continuaci+n de la ora) en la acci+n de esteinterdicto no es necesario demostrar la e1istencia dela culpa) o el *ec*o ilícito) simplemente) se deedemostrar) que se est8 perjudicando la posesi+n!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    27/82

    -'(CEDI#IE.&(

    Se tramita con sujeci+n a las reglas generales de los juiciossumarios y a las especiales del capítulo de los interdictos!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    28/82

    Etapa e1positiva'EQUISI&(S DE "$ DE#$.D$

     &riunal ante quien promueva! dee 0ormularse ante jue,competente

    .omre del actor) de su aogado patrono) autori,ado para recinotifcaciones el domicilio que se;ala ara oírlas!

    E1poner la vía) la acci+n) el nomre el demandado el domicilio eque pueda ser empla,ado!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    29/82

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    30/82

    Documentos que se deen acompa;ar lademanda

    -rueas en los que 0unda la demanda todos aquellosdocumentos de los cuales emana el derec*o deposesi+n: #$#ulos -e 2ro2ie-a-1 reci9os1 e#c!

    "os que justifcan la demanda y se relacionan con los*ec*os e1puestos en ella B0otogra0ías) etc!

    "as copias del escrito de demanda!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    31/82

    Fe o inspecci+n judicial en la cual con

    "ugar) *ora) 0ec*a de la actuaci+n judicial! Fec*a del auto que se est8 complementando y lo que e ordeno

    en el!

    Se *e constar quienes se encuentran presente/ jue,) secretario)perito) actor) etc!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    32/82

    Fe o inspecci+n judicial en la cual consta/

    Descrie con lujo de detalle c+mo se cerciora que esel inmuele en cuesti+n y si *ay personas en elinmuele en re0erencia la autoridad se identifca conellos) les solicita le digan quien es el encargado de laora) así como les pide que se identifquen con alg9ndocumento id+neo) si no o raen asienta a media

    fliaci+n de estos y los *ace saer el motivo de ladiligencia!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    33/82

    "$ $U&('ID$D

    'equiere a la persona con al cual entiende ladiligencia por la documentaci+n

    Da 0e de lo construido y el estado que esta guarda conlujo de detalle

    concede el uso de la vo, al perito au1iliar y estemanifesta el valor actual de lo construido!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    34/82

    "a autoridad

    (rdena suspensi+n) si así lo solicita el actor! .otifca su determinaci+n ya sea al due;o o al encargado de la

    ora la suspensi+n de la misma aperciiendo que de continuarcon la ora) desoedeciendo a la autoridad judicial la ora ser8demolida a su costa!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    35/82

    "a autoridad

    Se levanta constancia de la 0ec*a y *ora determinada de ladiligencia

    Firman todos los que intervinieron en esta y 0ue su deseo *acerlo

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    36/82

    Diversas actitudes que puede tomar endemandado al ser llamado a juicio como es/

    $llanamiento a la demanda! consiste en unreconocimiento que el demandado *ace a lo que elactor le reclama en juicio!

    .egaci+n de la demanda! cuando el demandado niegaque los *ec*os se;alados por el actor en la demanda

    sea ciertos y aporta sus prueas! (posici+n de e1cepciones y de0ensas! el demandado

    comparece a juicio) se opone a la reclamaci+n del actory se defende

    i i d d

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    37/82

    Diversas actitudes que puede tomar endemandado al ser llamado a juicio como es/

    Denuncia de juicio a un tercero! se da cuando eldemandado comparece a juicio para denunciar a untercer!

    'econvenci+n! ser8 ejercida por el demandado

    cuando al acudir juicio dispone de una acci+n que*ar8 valer en contra de quien originalmentedemando!

    Di tit d d t

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    38/82

    Diversas actitudes que puede tomar endemandado al ser llamado a juicio como es/

    .o comparece la llamado Breeldía! transcurrido el termino deempla,amiento sin *aer contestado la demanda se *ar8 ladeclaratoria de reeldía)

    di i ili d

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    39/82

    $udiencia conciliadora

    Contestada la demanda el jue, de ofcio citara a laspartes = días siguientes!

    Se les aperciir8 *asta por el equivalente a =G> díasde salario mínimo en caso de no asistir con justacausa!

    En caso que se llegue a un convenio) se asentara esteen el acta que se levante) pas8ndolo con el jue, queconoce de los autos para su aproaci+n o reproaci+ndentro del t:rmino de H días!

    $ di i ili d

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    40/82

    $udiencia conciliadora

    $proado el convenio se elevara a categoría de sentenciaejecutoria

    De no conciliar) se asentara en el acta que se levante) con lo cuase dar8 por concluida la etapa conciliatoria!

    "a resoluci+n que apruea el convenio no admite recurso) la quela niega ser8 apelale en amos e0ectos!

    E#a2a 2ro9a#oria

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    41/82

    2 2$dmisi+n y desa*ogo de prueas

    En esta clase de juicios la preparaci+n de las prueas quedara acargo de las partes) así como las gestiones que para ello serequieran de no *acerlo o no desa*ogarse) se declarara desiertala pruea o0recida por causa imputale al o0erente

    Et d l t

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    42/82

    Etapas de alegatosC(.CE-&(/

    Es el acto generalmente reali,ado por escrito) mediante el cual eaogado de una parte) e1pone las ra,ones de *ec*o y dederec*o en de0ensa de los intereses jurídicos de su patrocinadorya sea un proceso civil o criminal!

    $"E%$&(S

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    43/82

    $"E%$&(S

    El an8lisis de las proan,as o0recidas al juicio por cada parte y uresumen de la cuesti+n controvertida para e1poner ante el jue,la verdad de los *ec*os y derec*os invocados!

    "a petici+n al jue, para que 0alle a 0avor de su representado

    Et l t i

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    44/82

    Etapas resolutorias

    Sentencia/ es la resoluci+n que pronuncia el jue, otriunal para resolver el 0ondo del litigio) conicto ocontroversia) lo que signifca la terminaci+n normaldel proceso!

    Sentencia interlocutoria/ son las que ponen fn a lascuestiones incidentales o deciden sore presupuesto

    de valide, del proceso) que impide la continuaci+n deeste!

    Etapas resolutorias

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    45/82

    Etapas resolutorias

    Sentencia declarativa/ aclaran el *ec*o o la situaci+n jurídicacontrovertida

    Sentencia de condena/ se;ala la conducta que dee seguir eldemandado con motivo de 0allo!

    Sentencia constitutiva/ en esta predominan las cuestiones0amiliares y el estado civil que fjan nuevas situaciones jurídicaspara modifcar a las precedentes!

    Etapas resolutorias

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    46/82

    Etapas resolutorias

    Sentencia defnitiva/ decide la controversia en cuanto al 0ondo)pero admite los medios de impugnaci+n para modifcar) revocaro anularla!

    Sentencia frme/ es la que no admite ning9n medio deimpugnaci+n) por lo que adquiere denominaci+n paramodifcarla) revocarla o anularla!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    47/82

    InterdictosARTCULOS DEL &'1 /0' AL /&% BLE!ISLACIN DEL ESTADODE JALISCO(

    $rtículo =

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    48/82

    $rtículo =

    Quien sea poseedor de predio o derec*o real sore :l compete la acci+n para/

     suspender la conclusi+n de la ora perjudicial a sus posesiones)

    su demolici+n o modifcaci+n)

    restituci+n de las cosas al estado anterior o la ora nueva

    Compete tami:n al vecino del lugar cuando la ora nueva se

    construya en ienes de uso com9n!

    $rtículo =

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    49/82

    $rtículo =

    Se da contra/ quien la mand+ construir)

    sea poseedor o

    detentador de la *eredad donde se construya

    -ara los e0ectos de esta acci+n por ora nueva) se entiende potal) no solamente la construcci+n de nueva planta) sino tami:n

    la que se reali,a sore edifcio antiguo) a;adi:ndole)quit8ndole o d8ndole una 0orma distinta

    Ar#$culo /0'

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    50/82

    Ar#$culo /0'

    .o procede el interdicto de ora nueva pasado un a;o despu:sde la terminaci+n de la ora cuya destrucci+n se intente)

    Quedando a salvo el derec*o del interesado para pedir en talcaso la demolici+n de la ora en la vía que proceda Bpor otravía

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    51/82

    Ar#$culo /&0

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    52/82

    Ar#$culo /&0

    Cuando al promover el interdicto de obra nueva SESOLICITARÁ:

    -'I#E' &'I?U.$" C("E%I$D( E.

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    53/82

    -'I#E' &'I?U.$" C("E%I$D( E.#$&E'I$ CI4I" DE" &E'CE' CI'CUI&(

    …-or tanto) como Amedidas urgentesA el ju,gador puede decretala edifcaci+n de alguna estructura que proteja los ienes enriesgo) la adopci+n de medidas de seguridad sore el ien que sdice a0ectado o) incluso) la suspensi+n de la construcci+n de laora peligrosa) cuando :sta sea necesaria…

    Ar#$culo /&0

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    54/82

    Ar#$culo /&0

    =! la suspensi+n provisional de la construcci+n)

    G! si los documentos presentados con la demanda o lain0ormaci+n testimonial rendida en su caso) acreditan el derec*ode promover tal suspensi+n)

    H! el jue, se trasladar8 al lugar en que se est: practicando ydespu:s de dar 0e de la e1istencia de la misma)

    Ar#$culo /&0

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    55/82

    Ar#$culo /&0

    J! si lo estima pertinente) ajo la responsailidad deldemandante ordenar8 la suspensi+n solicitada y que se notifquedesde luego su determinaci+n al due;o o encargado de la ora)ajo el aperciimiento de que ser8 :sta demolida en caso dedesoediencia) a costa del propietario!

    ! $simismo) fjar8 fan,a al promovente para responder de losda;os y perjuicios que se llegaran a causar al demandado) la qu

    deer8 otorgarse dentro de los tres días siguientes al en que sedecrete la suspensi+n de la ora!

    5urisprudencia

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    56/82

     5urisprudencia

    SUSPENSIN DE LA CONSTRUCCIN DELA O@RA PELI!ROSA( ES LE!AL DECRETARLA COMOMEDIDA UR!ENTE BLE!ISLACIN DEL ESTADO DE

     JALISCO(

     &esis/ III!=o!C!H C B=>a!! &riunales Colegiados de Circuito

    Semanario 5udicial de la Federaci+n y su %aceta! "iro KI4).oviemre de G>=G) &omo H

    D:cima Lpoca! -ag! =MJJ

    G>>GG>N G de =J! &esis $isladaBCivil

    Ar#$culo /&&

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    57/82

    Ar#$culo /&&

    E1cepto) en el artículo anterior/

    -odr8 levantarse a solicitud del demandado sin perjuicio de lo queresuelva la sentencia) si otorga contrafan,a astante a juicio del jue,) para responder de la demolici+n y de la indemni,aci+n de losda;os y perjuicios que de continuarse la ora puedan seguirse alactor!

    Ar#$culo /&5

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    58/82

    Ar#$culo /&5

    "a califcaci+n de la fan,a y contrafan,a la *ar8 el jue, consujeci+n a lo dispuesto en el C+digo Civil oyendo el parecer de

     peritos!

    Ar#$culo /&7

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    59/82

    Ar#$culo /&7

    "os incidentes a que se referen los dos artículos anteriores) setramitar8n por cuerda separada y las resoluciones que en ellos sdicten no admitirn recurso

    Ar#$culo /&8

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    60/82

    Ar#$culo /&8

    "os due;os de estalecimientos industriales en que el agua sirvade 0uer,a motri,) s+lo pueden denunciar la ora nueva cuandopor ella se emarace el curso o se disminuya el volumen o la0uer,a del agua que tienen derec*o de dis0rutar

    Ar#$culo /&

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    61/82

    Ar#$culo /&<

    .o se puede denunciar la ora que alguno *iciere reparando olimpiando los ca;os y acequias donde se recogen las aguas desus edifcios o *eredades) aunque alg9n vecino suyo se tenga poagraviado por el perjuicio que recia del mal olor o por causa delos materiales que se arrojen en su fnca o en la calle! En loscasos a que este artículo se refere) se proceder8 como lodeterminen los reglamentos administrativos

    Ar#$culo /&%

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    62/82

    En el caso del artículo anterior) los que ejecuten las oras deencuidar de no perjudicar a otro en su derec*o

    I"#er-ic#o -e o9ra 2elirosa acci;re2araci;" -el -a4o

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    63/82

    re2araci;" -el -a4o

    • El *ec*o de que no se interponga oportun

    un interdicto de ora peligrosa) no e1demandado de una acci+n de reparaci+n dcausado) ya que el ejercicio de la acci+n inno condiciona el ejercicio de la re0erida areparaci+n del da;o!

    I"#er-ic#o -e -emolici;" -e o92elirosa

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    64/82

    2elirosa

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    65/82

    • "os Interdictos de demolici+n y ora peligrosason lo mismo) pues no operan 9nicamente amal estado de la propiedad vecina) sino tami:n

    al de la ora que en ella e1ista) el ojeto deinterdicto es otener la demolici+n total de laora) di0erenci8ndose del diverso interdicto deora nueva) ya que esta por ser nueva :sta esestale y no o0rece peligro) o sea que el ojetodel interdicto de ora peligrosa es precisamente

    otener la demolici+n de la misma total oparcial) por desprenderse así del contenido dearticulo

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    66/82

    Ci3iles -el Es#a-o -e Jalisco

    • Esta acci+n se da al poseedor jurídico oderivado de una propiedad contigua o cercana

    que pueda resentirse o padecer por la ruina oderrume de la otra) caída de un 8rol u otroojeto an8logo! Su fnalidad es la de adoptarmedidas urgentes para evitar los riesgos queo0rece el mal estado de los ojetos re0eridos)otener la demolici+n total o parcial de la orao la destrucci+n del ojeto peligroso! -ueden seractores aquellos que tengan derec*o privado op9lico de paso por las inmediaciones de laora) 8rol u otro ojeto peligroso!

    Ca$-a -e u" *r9ol so9re u"a 3i3

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    67/82

    El i"#er-ic#o -e o9ra 2elirosa1 2u#e"er 2or o9+e#o:

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    68/82

    #e"er 2or o9+e#o:

    • I! "a adopci+n de medidas urgentes paraevitar los riesgos que puedan o0recer elmal estado de una construcci+n o decualquier otro ojeto!

    • II! "a adopci+n de las mismas para evitarel da;o que cause o pueda causar una

    ora) aun en uen estado ya terminada!• III! "a demolici+n) reparaci+n o re0ormade la ora) o la destrucci+n del ojetoque o0rece el riesgo!

    Su2ues#o -e 2roce-e"ci

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    69/82

    2 2

    • Que el querellantetenga ra,+n para temerun da;o pr+1imo! Quela amena,a provengade un edifcio) un 8rolo cualquier otro ojetoperteneciente oposeídos por un tercero2y que recaiga sore unpredio u otro ojeto queeste en posesi+n deldenunciante!

    Casos e" los >ue "o 2roce-e" los i"#e

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    70/82

    • .o procede este interdicto por uno de loscomuneros contra los otros en ra,+n del peligro

    con que amenace la cosa com9n a la porci+n de lamisma ocupada por el Bsería demandarse asímismo

    • El usu0ructuario amena,ado en una cosa de supropiedad por alguna de las que 0ormen parte delusu0ructo!

    • En estos casos no procede la acci+n damini in0ectipara pedir indemni,aci+n de los perjuicios yaocasionados) ni al reparo de las cosas) *aciendoque se restale,ca el estado normal de las cosas

    Proce-imie"#os e6ec#os

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    71/82

    • El querellante al igual que en el interdicto de oranueva *ar8 la denuncia ante el jue, competente)e1presando el perjuicio que teme) la descripci+n de las

    circunstancias de *ec*o atinentes al caso) y producir8 junto con su querella el titulo que invoca para solicitar laprotecci+n posesoria!

    • El jue, en el menor tiempo posile) e1aminar8cuidadosamente si se *an llenado dic*os e1tremos) setrasladar8 al lugar indicado en la querella y asistido porun pro0esional e1perto) resolver8 sin audiencia de la

    otra parte!• -roceder8 en la 0orma prevista y el jue, resolver8 seg9n

    las circunstancias ) sore las medidas conducentes aevitar el peligro) o que se intime al querellado laconstituci+n de una garantía sufciente para responderde los da;os posiles) de acuerdo a lo pedido por elquerellante!

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    72/82

     Por la a!"ral#$a %# la& a''(o#& (!#r%('!al#&, # %o%(r()# la 'al(%a% %# la *o&(+ la !#'(a "#

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    73/82

    %(r()# la 'al(%a% %# la *o&(+, la !#'(a "# #&o& -"('(o& &o &"&'#*!(l#& %# %#&!r"(r a !ra/0& %#*o&!#r(or, 'o)o lo #& #l r#(/(%('a!or(o o #l *l#ar(o %#

    a #l 'a&o, #& %#'(r, a!#%(#%o a la 'al(%a% %# /#'(%o # #l (!#r%('!o 4 la *o&(+ "# %#!#!a.

    Lo& (!#r%('!o& 'o)o &" o)r# lo (%('a &o !#))(#!ra& %('# la "l!()a *alara, la '"al %('!ara *l#ar(o o r#(/(%('a!or(o.

    (?5E&( DE "$ $CCI(. -"E.$'I$

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    74/82

    E&!a a''(+ (!#!a *ara "# r#&"#l/a la)#-or *o&(+, la 'o!ro/#r&(a r#3#r(r&(#)*r# a la 'al(%a% %# la *o&(+6 !ra!a&(#)*r# %# (/#&!(1ar "(# !(## "a )#-o*o&(+ or(1(ar(a #!r# #l a'!or 4 #

    %#)a%a%o.

    E"E#E.&(S DE "$ $CCI(.

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    75/82

    -"E.$'I$ "a tercera sala de la suprema corte de justicia de la naci+n *a

    sustentado en jurisprudencia defnida) que los elementos para teneacreditada la acci+n plenaria de posesi+n son los siguientes/

    =! Que el actor tiene justo titulo para poseer!

    G! Que posee de uena 0e

    H! Que el demandado posee el ien a que se refere el titulo

    J! Que es mejor el derec*o del actor para poseer que el que alegael demandado!

     -ara este ultimo precepto el ju,gador deee1aminar cual de los títulos e1*iidos por la

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    76/82

    e1aminar cual de los títulos e1*iidos por lapartes es mejor para acreditar el derec*o dposesi+n civil!

    Si alguno de estos elementos no se demuespor quien ejercita la acci+n posesoria) esta proceder8!

     

    En la doctrina se estudian tres *ip+

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    77/82

    En la doctrina se estudian tres *ip+0undamentales/

    7.  AMBAS PARTES TIENEN TITULO

    8. SOLO UNO DE ELLAS LO TIENE

    9. NINGUNA DE LAS PARTES TIENE TITULO

    $#?$S -$'&ES &IE.E. &I&U"(

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    78/82

     E1isten dos variantes/

    a $mas partes tienen el titulo y uena 0e2 respecto a este caso)el primero en tener registrado el titulo) ser8 aquel que tendr8 lposesi+n!

    $mas partes tienen titulo) el actor con uena 0e y eldemandado de mala 0e! Seg9n el art! M! es requisito paraintentar la acci+n ) tener un justo titulo y uena 0e) de manera

    que la controversia no se podr8 iniciar) o iniciada no prosperarla acci+n por que 0altaría un elemento necesaria para suprocedencia/ "$ ?UE.$ FE!

    S( #)ar1o #l -"#$ o *"#%# *r#-"$1ar al %ar #!ra%a a la

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    79/82

    %#)a%a, &or# r#"(&(!o& "# r5 o-#!o %# la 'o!ro/#r&(a 4"# "#%ara a'lara%o& la& *r"#a& %#l -"('(o, *"#%#%ar #l 'a&o %# "# (!#!# la a''(+ *or " a%"(r(#!# %#

    )ala 3#, 4 "# # la 'o!ro/#r&(a a'lar# "a %# #&!a&&(!"a'(o#&: #l a'!or 3"# %# )ala 3#, 4 #l %#)a%a%o ;a *o

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    80/82

     &I&U"(

    Seria el 9nico caso en que la controversia puede iniciar) y en misma se esclarecer8 que el actor tiene titulo y el demandado noprosperando la acci+n plenaria de posesi+n! En el caso contrario/ actor no tiene titulo y el demandado si) no procede la acci+n deer8 ser confrmanda la posesi+n del demandado!

    Solo podr8 ser inquietado o desposeído si el actor intenta la acci+

    de nulidad para destruir el titulo de su contrario) y en igualdad dcondiciones apruea un mejor derec*o para poseer!

    Esta *ip+tesis solo se admite cuando el actor tiene titulo y eldemandado no) pues requisito indispensale para la procedencia dela acci+n) e1*iir el justo titulo si este es un documento) o ien

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    81/82

    ) j )invocar la causa generadora de la posesi+n e1*iiendo la prueapre constituida de la misma) cuando sea necesaria!

    Estrictamente no podr8 darse el caso de que el actor no tenga

    titulo y el demandado si lo tenga) por que para que proceda laacci+n es necesario el justo titulo) pero como el justo titulo nosiempre es un documento) que no siempre e1iste pruea preconstituida de la misma) y que en la demanda puede invocarse unacausa generadora de la posesi+n) sujeta a pruea) el jue, tendr8que darle entrada ya que el justo titulo puede suponer un *ec*o

     jurídico que dio origen a la posesi+n) que ser8 acreditada en juicio!

    .I.%U.$ DE "$S -$'&ES &IE.E&I&U"(

  • 8/18/2019 La Accion Plenaria

    82/82

     &I&U"(S# *"#%# a%)(!(r #l *r#'#*!o "# a%)(!# la *r#&"'(+ %# la *ro*(#%a% *a

    la *o&(+ '(#r!a 4 ll#1ar a "a 'o'l"&(+ )#-a!# ala %#  -"r(&*r"%#'(a 3ra'#&a.

    S( #l *o#%or a!(1"o o -"&!(3('a "# *o# a !(!"lo %# *ro*(#!ar(o, #=(&!(%"%a r#&*#'!o a la 'al(%a% %# &" *o&(+ &( #& or(1(ar(a o %#r(/a%a, 4 # 'a&o %# %"%a la *r#&"'(+ %# *ro*(#%a% o a*l('a.

    El *o#%or %## a'r#%(!ar, *ara "# l# *r#&")a *ro*(#!ar(o, "# *o

    " 'o'#*!o %# %"#>o.