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Gestión Sustentable del Agua Subterránea en Chile:
Tensión entre Normativa y Práctica. Referencia a
acuíferos Petorca-Ligua.
Humberto Peña Torrealba
Jornada Técnica ALHSUD: La Ligua- Petorca: Una
mirada a la realidad actual, contexto histórico y
propuesta de solución.
Santiago, 31 de julio de 2019
Gestión del Agua Subterránea.
• Tarea compleja, con escasos ejemplos de éxito en el mundo
(aspectos técnicos, difícil control, impactos retardados, poca
experiencia, etc.).
• ¿Qué se entiende por gestión sustentable del agua
subterránea?
“un conjunto de objetivos establecidos por institución gestora,
de acuerdo con las leyes y reglamentos en vigor, con la
implicación de los que tienen un interés en el agua subterránea
y teniendo en cuenta los condicionantes económicos, ecológicos,
sociales y políticos” (E. Custodio, 2000)
Gestión del Agua Subterránea: Factores que inciden en gobernanza.
• Marco legal.
• Instituciones (no solamente las públicas).
• Políticas y planes.
• Conocimiento/ cultura.
Período 1981-1994.
• Contexto: 2000 pozos (Corfo)/ escasa preocupación
• Marco legal (CA/1981; Res. DGA 207/1983) con
importantes debilidades. No garantiza sostenibilidad:
o DAA sg prueba de bombeo; sin balance a nivel de
acuíferos;
o Solicitud sin justificación de caudal.
o Área de restricción inaplicable.
o Sistema de oposiciones sin uso en la práctica.
• El conocimiento de los acuíferos es incipiente.
o No hay catastros.
o Sin modelos operativos.
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OBJETIVOS DE LA POLÍTICA DE AGUAS SUBTERRÁNEAS (1995-2005)
SUSTENTABILIDAD
MERCADO
APROVECHAMIENTO INTENSIVO
APLICACIÓN DEL CONOCIMIENTO TÉCNICO
CULTURA DE COOPERACIÓN (GESTIÓN COLECTIVA)
INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA
Período 1995-2005 (aprox.). Normativas y programas.
• Cambios en normativa (Resol. DGA 186/1996; Manual DARH sg
DGA 1700/1999 y 1503/2002):
o DAA c/balance a nivel de acuíferos;
o Definen objetivos de sustentabilidad.
o Área de restricción sg estudios (interacción c/aguas superficiales).
o Comunidades de aguas subterráneas;
o PAT; etc.
• Nuevos programas:
o Catastros.
o Estudios hidrogeológicos y modelos.
o Control extracciones.
o Casub.
ETR
Otros Consumos
CONCEPTOModelo MOS
percolaciones
derrames
Tramo de río
Canal
bombeo
afloramientos
aflu
en
tes
lluvias
Qali
SL01
CL01
A01
N01N02N03
N05
N04N06N07
N09
N10 N08N12
N11
N13
N14
CL02
A02A03A04A06A07A08A10A12
A11
A13 A09 A05
CL03CL04
CL05CL09
CL06CL07CL08CL10
CL11
CL13
CL12
SL02SL03SL04SL06SL07SL08SL10SL12
SL1
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5 ESTERO
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QUEBRADA LA
PATAGUA
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QUEBRADA EL
POBRE
MAR
DE
CHILE
CONCEPTO MOS Representación de la Cuenca
Aplicación de la normativa
Se identifican 43 acuíferos con necesidad de limitaciones; y se
declaran 16 áreas de restricción.
REPUBLICA DE CHILE
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS REGIÓN DE ANTOFAGASTA
ORDENA A LOS TITULARES DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUA SUBTERRÁNEA QUE SE INDICA, INSTALAR LOS DISPOSITIVOS
NECESARIOS QUE PERMITAN CONTROLAR LAS EXTRACCIONES QUE EFECTÚAN EN SECTORES ACUÍFEROS EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA.
ANTOFAGASTA, 10 DE DICIEMBRE DE 2002
VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 68 del Código de Aguas; las atribuciones que me confieren la
Resolución D.G.A. N° 207 de 1995 y la Resolución DGA N° 634 de 2001; y
C O N S I D E R A N D O:
1. Que, según lo previsto en el Art. 68 del Código de Aguas la Dirección General de Aguas podrá exigir la instalación de sistemas de medida en las obras de captación pudiendo requerir, en cualquier momento, la información que se obtenga.
2. Que, la facultad indicada precedentemente se encuentra delegada en los Directores Regionales de la Dirección de Aguas mediante la Resolución D.G.A N° 634 de 2001, en su numeral 1, letra g.
3. Que la Dirección General de Aguas ha
estimado procedente iniciar el control de los caudales explotados para así evaluar en forma permanente y oportuna los acuíferos,
R E S U E L V O:
D.G.A. II R N° 763/ (EXENTA)
1. ORDENASE a los titulares de derechos de aprovechamiento de agua subterránea que a continuación se indica, instalar los dispositivos necesarios que permitan controlar las extracciones que efectúan en los distintos sectores acuíferos de la Región de Antofagasta.
2. Los titulares de derechos a los que se refiere el N° 1 de la presente resolución, son los que se señalan a continuación, indicándose además el nombre del pozo, el caudal de su derecho de aprovechamiento, la Resolución
mediante la cual se constituyó el derecho y la comuna en que se ubican.
Titular pozo Caudal otorgado
N° de Resolución
Fecha de Resolución
Comuna
ALBERTO DIAZ TAPIA AGUADA LA ISLA 1,00 297 11-08-88 Taltal
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando A 1,49 442 24-11-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando B 0,82 442 24-11-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando C 5,28 442 24-11-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando D 0,52 442 24-11-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando E 1,78 442 24-11-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando F 0,05 442 24-11-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando G 0,91 442 24-11-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando H 1,50 109 16-02-90 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando I 1,22 170 20-05-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando II 4,50 170 20-05-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando III 4,40 170 20-05-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando IV 2,09 170 20-05-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando N° 3 7,00 402 11-05-90 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando PIQUE VI 9,50 351 29-08-89 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando PRVII 2,20 136 08-02-99 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando V 0,12 170 20-05-88 Sierra Gorda
Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando VII 0,95 170 20-05-88 Sierra Gorda
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 10 20,00 445 24-07-00 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 11 0,45 91 03-03-00 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 13 2,50 347 30-06-00 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 15 28,00 303 02-06-00 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 16 4,60 92 03-03-00 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 3 22,00 658 13-09-96 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 4 18,00 658 13-09-96 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 7 8,00 118 08-03-00 Antofagasta
ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. Yodomax 1-A 11,00 212 04-06-91 Antofagasta
BAIX EBRE S.A. EX-11-A 7,00 415 14-07-00 Maria Elena
CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE
B1 60,00 617 30-12-92 Calama
CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE
B2 135,00 617 30-12-92 Calama
CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE
B-2 (N) 200,00 40 12-01-90 Calama
CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE
B3 100,00 617 30-12-92 Calama
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Gestión Colectiva de Acuíferos
Objetivos:
Asegurar una gestión sustentable, en cantidad y calidad de los recursos hídricos, con pleno respeto a los derechos existentes, en un ambiente
de armonía y con los mínimos costos y el máximo beneficio para todos.
Desafíos:
Vigilancia de las extracciones y monitoreo:
Control de extracciones autorizadas.
Control de extracciones clandestinas.
Alerta para aplicación de limitaciones.
Protección del acuífero
Control de fuentes puntuales.
Contaminación difusa.
Transporte de contaminantes.
Gestión Integrada de aguas subterráneas.
Se propone que la organización de usuarios juegue un rol clave en el
aprovechamiento del acuífero (representatividad/ capacidad técnica/ información).
Aplicación de la normativa y conflictividad
• Presentaciones de interesados oponiéndose.
• Largo diferendo con CGR (se impide denegar las
solicitudes en áreas s/restricción).
• Conflicto con Colegios de Ingenieros (“política muy
conservadora”; “paraliza inversiones”; “los particulares
siguen haciendo pozos, explotando el aguas subterránea y
haciendo riqueza, sin problema grave de sobreexplotación”).
• Como respuesta el año 2003 el Gobierno incorpora el tema
de las aguas subterránea a la reforma que estaba en el
parlamento.
REFORMA DEL 2005
• Otorgamiento de DAA: Obligación de sustentabilidad en el
largo plazo.
• Facultad de la DGA de declarar área de restricción de oficio.
• Se aplica normativa de organizaciones de usuarios a las aguas
subterráneas.
• Definición de DAA: volumen anual + caudal máximo.
• Justificación de caudal de solicitud.
No se incorporan temas de fiscalización y de regularización
(sin viabilidad política).
Problema grave: regularizaciones y usos no autorizados
Antecedentes de derechos de aprovechamiento
registrados; constituidos y denegados por la DGA; y
uso efectivo.
DAADDA constituidos por
DGA
DDA denegados por
DGA
Uso
efectivo
Acuíf.Sg
CBR
Sg
DGAl/s
Última
solicitud
%
DAA
CBR
l/s
%
DAA
CBR
%
Const.
DGA
l/s%
DAA/
CBR
Petorca 5058 4895 1863 Sept/96 36,8 7110 141 382 575 11,4
Ligua 7354 6583 3543 Oct/96 48,2 6383 86,7 180 1129 15,4
Total 12412 11478 5406 Oct/96 43,6 13493 109 250 1704 13,7
Período 2006-2017. Gestión en contexto de escasez.
Resultados de aplicación de normativa.
• Contexto: casos de sobreexplotación/ creciente preocupación
pública ( comisiones investigadoras, reportajes, etc.)
• Gestión colectiva: Institución clave, sin embargo se tienen
avances marginales. Completamente operativa solo Casub Copiapó
(2003).
• Declaración de áreas de restricción: 150 sectores, prácticamente
la totalidad de los acuíferos desde la Región de O´Higgins al norte.
• Conocimiento: Escasos avances en medición de extracciones/
!!No hay un diagnóstico detallado de la situación de los acuíferos!!
Conclusiones y reflexiones finales.
Gestión Sustentable = marco legal y normativo + instituciones +
políticas y planes + Conocimiento/conciencia.
Ley 21.064: un gran avance. En esencia entrega atribuciones al
Estado en ausencia de OUA.
Problema: interpretación art. 147 bis (grave riesgo de subutilización).
Principales temas pendientes (considerando Ley 21.064)
- Marco legal:
Regularizaciones / Gestión integrada de recursos hídricos: ¡Asegurar la
disponibilidad! ¡regulación de externalidades! ¡Interacción y uso conjunto
recursos superficiales y subterráneos!
- Instituciones/ políticas/ conocimiento:
Organizaciones de usuarios/ medición de extracciones/ Diagnóstico de situación
actual de los acuíferos.