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Gestión Sustentable del Agua Subterránea en Chile: Tensión entre Normativa y Práctica. Referencia a acuíferos Petorca-Ligua. Humberto Peña Torrealba Jornada Técnica ALHSUD: La Ligua- Petorca: Una mirada a la realidad actual, contexto histórico y propuesta de solución. Santiago, 31 de julio de 2019

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Gestión Sustentable del Agua Subterránea en Chile:

Tensión entre Normativa y Práctica. Referencia a

acuíferos Petorca-Ligua.

Humberto Peña Torrealba

Jornada Técnica ALHSUD: La Ligua- Petorca: Una

mirada a la realidad actual, contexto histórico y

propuesta de solución.

Santiago, 31 de julio de 2019

Gestión del Agua Subterránea.

• Tarea compleja, con escasos ejemplos de éxito en el mundo

(aspectos técnicos, difícil control, impactos retardados, poca

experiencia, etc.).

• ¿Qué se entiende por gestión sustentable del agua

subterránea?

“un conjunto de objetivos establecidos por institución gestora,

de acuerdo con las leyes y reglamentos en vigor, con la

implicación de los que tienen un interés en el agua subterránea

y teniendo en cuenta los condicionantes económicos, ecológicos,

sociales y políticos” (E. Custodio, 2000)

Gestión del Agua Subterránea: Factores que inciden en gobernanza.

• Marco legal.

• Instituciones (no solamente las públicas).

• Políticas y planes.

• Conocimiento/ cultura.

Período 1981-1994.

• Contexto: 2000 pozos (Corfo)/ escasa preocupación

• Marco legal (CA/1981; Res. DGA 207/1983) con

importantes debilidades. No garantiza sostenibilidad:

o DAA sg prueba de bombeo; sin balance a nivel de

acuíferos;

o Solicitud sin justificación de caudal.

o Área de restricción inaplicable.

o Sistema de oposiciones sin uso en la práctica.

• El conocimiento de los acuíferos es incipiente.

o No hay catastros.

o Sin modelos operativos.

Período 1981-1994. Abundancia pero …

Período 1995-2005 (aprox.) Incorporación de

regulaciones …

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OBJETIVOS DE LA POLÍTICA DE AGUAS SUBTERRÁNEAS (1995-2005)

SUSTENTABILIDAD

MERCADO

APROVECHAMIENTO INTENSIVO

APLICACIÓN DEL CONOCIMIENTO TÉCNICO

CULTURA DE COOPERACIÓN (GESTIÓN COLECTIVA)

INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA

Período 1995-2005 (aprox.). Normativas y programas.

• Cambios en normativa (Resol. DGA 186/1996; Manual DARH sg

DGA 1700/1999 y 1503/2002):

o DAA c/balance a nivel de acuíferos;

o Definen objetivos de sustentabilidad.

o Área de restricción sg estudios (interacción c/aguas superficiales).

o Comunidades de aguas subterráneas;

o PAT; etc.

• Nuevos programas:

o Catastros.

o Estudios hidrogeológicos y modelos.

o Control extracciones.

o Casub.

ETR

Otros Consumos

CONCEPTOModelo MOS

percolaciones

derrames

Tramo de río

Canal

bombeo

afloramientos

aflu

en

tes

lluvias

Qali

SL01

CL01

A01

N01N02N03

N05

N04N06N07

N09

N10 N08N12

N11

N13

N14

CL02

A02A03A04A06A07A08A10A12

A11

A13 A09 A05

CL03CL04

CL05CL09

CL06CL07CL08CL10

CL11

CL13

CL12

SL02SL03SL04SL06SL07SL08SL10SL12

SL1

1

SL1

3

SL0

9

SL0

5 ESTERO

ALICAHUE

ESTERO LOS

ANGELES

R I O L A L I G U A

QUEBRADA LA

PATAGUA

ESTERO

JARURO

QUEBRADA EL

POBRE

MAR

DE

CHILE

CONCEPTO MOS Representación de la Cuenca

Aplicación de la normativa

Se identifican 43 acuíferos con necesidad de limitaciones; y se

declaran 16 áreas de restricción.

Aplicación de la normativa y conflictividad

REPUBLICA DE CHILE

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS REGIÓN DE ANTOFAGASTA

ORDENA A LOS TITULARES DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUA SUBTERRÁNEA QUE SE INDICA, INSTALAR LOS DISPOSITIVOS

NECESARIOS QUE PERMITAN CONTROLAR LAS EXTRACCIONES QUE EFECTÚAN EN SECTORES ACUÍFEROS EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA.

ANTOFAGASTA, 10 DE DICIEMBRE DE 2002

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 68 del Código de Aguas; las atribuciones que me confieren la

Resolución D.G.A. N° 207 de 1995 y la Resolución DGA N° 634 de 2001; y

C O N S I D E R A N D O:

1. Que, según lo previsto en el Art. 68 del Código de Aguas la Dirección General de Aguas podrá exigir la instalación de sistemas de medida en las obras de captación pudiendo requerir, en cualquier momento, la información que se obtenga.

2. Que, la facultad indicada precedentemente se encuentra delegada en los Directores Regionales de la Dirección de Aguas mediante la Resolución D.G.A N° 634 de 2001, en su numeral 1, letra g.

3. Que la Dirección General de Aguas ha

estimado procedente iniciar el control de los caudales explotados para así evaluar en forma permanente y oportuna los acuíferos,

R E S U E L V O:

D.G.A. II R N° 763/ (EXENTA)

1. ORDENASE a los titulares de derechos de aprovechamiento de agua subterránea que a continuación se indica, instalar los dispositivos necesarios que permitan controlar las extracciones que efectúan en los distintos sectores acuíferos de la Región de Antofagasta.

2. Los titulares de derechos a los que se refiere el N° 1 de la presente resolución, son los que se señalan a continuación, indicándose además el nombre del pozo, el caudal de su derecho de aprovechamiento, la Resolución

mediante la cual se constituyó el derecho y la comuna en que se ubican.

Titular pozo Caudal otorgado

N° de Resolución

Fecha de Resolución

Comuna

ALBERTO DIAZ TAPIA AGUADA LA ISLA 1,00 297 11-08-88 Taltal

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando A 1,49 442 24-11-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando B 0,82 442 24-11-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando C 5,28 442 24-11-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando D 0,52 442 24-11-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando E 1,78 442 24-11-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando F 0,05 442 24-11-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando G 0,91 442 24-11-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando H 1,50 109 16-02-90 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando I 1,22 170 20-05-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando II 4,50 170 20-05-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando III 4,40 170 20-05-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando IV 2,09 170 20-05-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando N° 3 7,00 402 11-05-90 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando PIQUE VI 9,50 351 29-08-89 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando PRVII 2,20 136 08-02-99 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando V 0,12 170 20-05-88 Sierra Gorda

Aldo Antonio Atilio Frugone Ferrando VII 0,95 170 20-05-88 Sierra Gorda

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 10 20,00 445 24-07-00 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 11 0,45 91 03-03-00 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 13 2,50 347 30-06-00 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 15 28,00 303 02-06-00 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 16 4,60 92 03-03-00 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 3 22,00 658 13-09-96 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 4 18,00 658 13-09-96 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. TES 7 8,00 118 08-03-00 Antofagasta

ATACAMA MINERALS CHILE S.C.M. Yodomax 1-A 11,00 212 04-06-91 Antofagasta

BAIX EBRE S.A. EX-11-A 7,00 415 14-07-00 Maria Elena

CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE

B1 60,00 617 30-12-92 Calama

CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE

B2 135,00 617 30-12-92 Calama

CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE

B-2 (N) 200,00 40 12-01-90 Calama

CODELCO CHILE DIVISIÓN CODELCO NORTE

B3 100,00 617 30-12-92 Calama

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Gestión Colectiva de Acuíferos

Objetivos:

Asegurar una gestión sustentable, en cantidad y calidad de los recursos hídricos, con pleno respeto a los derechos existentes, en un ambiente

de armonía y con los mínimos costos y el máximo beneficio para todos.

Desafíos:

Vigilancia de las extracciones y monitoreo:

Control de extracciones autorizadas.

Control de extracciones clandestinas.

Alerta para aplicación de limitaciones.

Protección del acuífero

Control de fuentes puntuales.

Contaminación difusa.

Transporte de contaminantes.

Gestión Integrada de aguas subterráneas.

Se propone que la organización de usuarios juegue un rol clave en el

aprovechamiento del acuífero (representatividad/ capacidad técnica/ información).

Aplicación de la normativa y conflictividad

• Presentaciones de interesados oponiéndose.

• Largo diferendo con CGR (se impide denegar las

solicitudes en áreas s/restricción).

• Conflicto con Colegios de Ingenieros (“política muy

conservadora”; “paraliza inversiones”; “los particulares

siguen haciendo pozos, explotando el aguas subterránea y

haciendo riqueza, sin problema grave de sobreexplotación”).

• Como respuesta el año 2003 el Gobierno incorpora el tema

de las aguas subterránea a la reforma que estaba en el

parlamento.

REFORMA DEL 2005

• Otorgamiento de DAA: Obligación de sustentabilidad en el

largo plazo.

• Facultad de la DGA de declarar área de restricción de oficio.

• Se aplica normativa de organizaciones de usuarios a las aguas

subterráneas.

• Definición de DAA: volumen anual + caudal máximo.

• Justificación de caudal de solicitud.

No se incorporan temas de fiscalización y de regularización

(sin viabilidad política).

Problema grave: regularizaciones y usos no autorizados

Antecedentes de derechos de aprovechamiento

registrados; constituidos y denegados por la DGA; y

uso efectivo.

DAADDA constituidos por

DGA

DDA denegados por

DGA

Uso

efectivo

Acuíf.Sg

CBR

Sg

DGAl/s

Última

solicitud

%

DAA

CBR

l/s

%

DAA

CBR

%

Const.

DGA

l/s%

DAA/

CBR

Petorca 5058 4895 1863 Sept/96 36,8 7110 141 382 575 11,4

Ligua 7354 6583 3543 Oct/96 48,2 6383 86,7 180 1129 15,4

Total 12412 11478 5406 Oct/96 43,6 13493 109 250 1704 13,7

Período 2006-2017. Gestión en contexto de escasez.

Resultados de aplicación de normativa.

• Contexto: casos de sobreexplotación/ creciente preocupación

pública ( comisiones investigadoras, reportajes, etc.)

• Gestión colectiva: Institución clave, sin embargo se tienen

avances marginales. Completamente operativa solo Casub Copiapó

(2003).

• Declaración de áreas de restricción: 150 sectores, prácticamente

la totalidad de los acuíferos desde la Región de O´Higgins al norte.

• Conocimiento: Escasos avances en medición de extracciones/

!!No hay un diagnóstico detallado de la situación de los acuíferos!!

Conclusiones y reflexiones finales.

Gestión Sustentable = marco legal y normativo + instituciones +

políticas y planes + Conocimiento/conciencia.

Ley 21.064: un gran avance. En esencia entrega atribuciones al

Estado en ausencia de OUA.

Problema: interpretación art. 147 bis (grave riesgo de subutilización).

Principales temas pendientes (considerando Ley 21.064)

- Marco legal:

Regularizaciones / Gestión integrada de recursos hídricos: ¡Asegurar la

disponibilidad! ¡regulación de externalidades! ¡Interacción y uso conjunto

recursos superficiales y subterráneos!

- Instituciones/ políticas/ conocimiento:

Organizaciones de usuarios/ medición de extracciones/ Diagnóstico de situación

actual de los acuíferos.