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John Jairo Ortiz John Jairo Ortiz Gil Gil Conferencia programada por Conferencia programada por Asurbe. Asurbe. Lugar: Hotel Dann Cartón. Lugar: Hotel Dann Cartón. Septiembre 11 de 2008. Septiembre 11 de 2008. Bienvenidos. Bienvenidos.

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John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

Conferencia programada por Conferencia programada por Asurbe.Asurbe.

Lugar: Hotel Dann Cartón.Lugar: Hotel Dann Cartón.Septiembre 11 de 2008.Septiembre 11 de 2008.

Bienvenidos.Bienvenidos.

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RESPONSABILIDADES RESPONSABILIDADES TRIBUTARIAS EN LAS P.H.TRIBUTARIAS EN LAS P.H.

Para el administrador.Para el administrador. Para el contador.Para el contador. Para el Revisor Fiscal.Para el Revisor Fiscal. Para el Consejo.Para el Consejo.

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TEMASTEMASLa Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de referencia.referencia.Rut (Registro Único Tributario)Rut (Registro Único Tributario)Libros y su registro.Libros y su registro.Estados Financieros Certificados.Estados Financieros Certificados.Retención en la fuente.Retención en la fuente.Iva, actividades industriales, de Iva, actividades industriales, de comercio o de servicios, Las comercio o de servicios, Las tiendas y arriendo de parqueaderos, tiendas y arriendo de parqueaderos, salones sociales y otros inmuebles o salones sociales y otros inmuebles o muebles. muebles.

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TEMASTEMASImpuesto de Timbre. Impuesto de Timbre. Gravamen a los movimientos Gravamen a los movimientos financieros.financieros.Medios magnéticos y los cambios para Medios magnéticos y los cambios para el 2008.el 2008.Factura de administración.Factura de administración.Retención en la fuente en salarios en la Retención en la fuente en salarios en la P.H.P.H.Certificados. Certificados.

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TEMASTEMAS

Artículos del E.T.Artículos del E.T.Obligación de firmas.Obligación de firmas.

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La Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de referencia. referencia.

La Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de

referencia.referencia.

Debe tomarse como marco de Debe tomarse como marco de referencia la Ley 675 de 2001, la referencia la Ley 675 de 2001, la cual regula los aspectos cual regula los aspectos relacionados con el régimen de relacionados con el régimen de propiedad horizontal. propiedad horizontal.

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La Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de referencia. referencia.

De acuerdo con dicha ley, un conjunto De acuerdo con dicha ley, un conjunto residencial es un "desarrollo inmobiliario residencial es un "desarrollo inmobiliario conformado por varios edificios conformado por varios edificios levantados sobre uno o varios lotes de levantados sobre uno o varios lotes de terreno, que comparten áreas y servicios terreno, que comparten áreas y servicios de uso y utilidad general, como vías de uso y utilidad general, como vías internas, estacionamientos, zonas internas, estacionamientos, zonas verdes, muros de cerramiento, porterías, verdes, muros de cerramiento, porterías, entre otros. entre otros.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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La Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de referencia. referencia.

Puede conformarse por varias unidades Puede conformarse por varias unidades de vivienda, comercio o industria, de vivienda, comercio o industria, estructuralmente independientes". De estructuralmente independientes". De otra parte, la propiedad horizontal, una otra parte, la propiedad horizontal, una vez constituida legalmente, da origen a vez constituida legalmente, da origen a una persona jurídica conformada por los una persona jurídica conformada por los propietarios de los bienes de dominio propietarios de los bienes de dominio particular. particular.

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La Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de referencia. referencia.

Es de naturaleza civil, sin ánimo de Es de naturaleza civil, sin ánimo de lucro. Su denominación lucro. Su denominación

corresponderá a la del conjunto o corresponderá a la del conjunto o edificio y su domicilio será el edificio y su domicilio será el

municipio donde está ubicada. municipio donde está ubicada.

En cuanto a las obligaciones En cuanto a las obligaciones tributarias propiamente dichas, debe tributarias propiamente dichas, debe observarse lo previsto en el artículo observarse lo previsto en el artículo 33 de la Ley 675 de 2001, que dice: 33 de la Ley 675 de 2001, que dice:

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La Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de referencia. referencia.

"La persona jurídica originada en la "La persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal es de constitución de la propiedad horizontal es de

naturaleza civil, sin ánimo de lucro. Su naturaleza civil, sin ánimo de lucro. Su denominación corresponderá a la del edificio o denominación corresponderá a la del edificio o

conjunto y su domicilio será el municipio o conjunto y su domicilio será el municipio o distrito donde éste se localiza y tendrá la distrito donde éste se localiza y tendrá la calidad de no contribuyente de impuestos calidad de no contribuyente de impuestos

nacionales, así como del impuesto de industria nacionales, así como del impuesto de industria y comercio, en relación con las actividades y comercio, en relación con las actividades

propias de su objeto social, de conformidad con propias de su objeto social, de conformidad con lo establecido en el artículo 195 del Decreto lo establecido en el artículo 195 del Decreto

1333 de 1986. (...)"1333 de 1986. (...)"

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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La Ley 675/2001 como marco de La Ley 675/2001 como marco de referencia. referencia.

De acuerdo con esta norma, los conjuntos De acuerdo con esta norma, los conjuntos residenciales no son sujetos pasivos del residenciales no son sujetos pasivos del

impuesto a la renta y complementarios, ni del impuesto a la renta y complementarios, ni del impuesto a las ventas, ni del impuesto de impuesto a las ventas, ni del impuesto de timbre ni del gravamen a los movimientos timbre ni del gravamen a los movimientos

financieros. Tampoco son sujetos pasivos del financieros. Tampoco son sujetos pasivos del impuesto de industria y comercio. impuesto de industria y comercio.

No obstante lo anterior, si el conjunto No obstante lo anterior, si el conjunto residencial llegare a realizar actividades residencial llegare a realizar actividades

industriales, de comercio o de servicios, el industriales, de comercio o de servicios, el régimen tributario aplicable será el mismo régimen tributario aplicable será el mismo

aplicable a las personas jurídicas. aplicable a las personas jurídicas. John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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RUTRUT

Las unidades nuevas o centros Las unidades nuevas o centros comerciales deberán tramitarlo.comerciales deberán tramitarlo.

ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)TRIBUTARIO (RUT)..

En que consiste el trámite:En que consiste el trámite:

Procedimiento que se efectúa para Procedimiento que se efectúa para modificar uno o más datos consignados modificar uno o más datos consignados en la inscripción en la inscripción

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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RUTRUT

2. Requisitos y documentos 2. Requisitos y documentos necesarios para el trámitenecesarios para el trámite..

a. Requisitos:a. Requisitos:

Estar inscrito en el Registro Estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT) Único Tributario (RUT)

Hacer la correspondiente Hacer la correspondiente solicitudsolicitud

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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RUTRUT

b. Documentos:b. Documentos:

DIANDIANEn general el trámite se efectúa de En general el trámite se efectúa de manera personal por el interesado manera personal por el interesado

presentando el original de su documento presentando el original de su documento de identidad. de identidad.

2. Cuando el trámite se efectúe a través 2. Cuando el trámite se efectúe a través de apoderado especial se requiere poder de apoderado especial se requiere poder debidamente otorgado, con presentación debidamente otorgado, con presentación personal y el documento de identificación personal y el documento de identificación

del apoderado.del apoderado. John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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RUTRUTPersonas Jurídicas. Personas Jurídicas.

En general todas las P.H. personas En general todas las P.H. personas jurídicas, para la inscripción jurídicas, para la inscripción

presentaran copia del documento presentaran copia del documento mediante el cual fueron constituidas mediante el cual fueron constituidas

con el reconocimiento de la con el reconocimiento de la personería jurídica por la entidad personería jurídica por la entidad que legalmente corresponda y el que legalmente corresponda y el

original del documento de original del documento de identificación del representante identificación del representante

legal.legal.John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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RUTRUT

Lugar donde se realiza el trámite.Lugar donde se realiza el trámite.

Solicitar información: Orientación al cliente / Solicitar información: Orientación al cliente / División de RecaudaciónDivisión de Recaudación

Ejecución del trámite: División de RecaudaciónEjecución del trámite: División de RecaudaciónNormas que regulan el trámite: Normas que regulan el trámite:

Artículo 19 de la ley 863 de diciembre de Artículo 19 de la ley 863 de diciembre de 2003, que adiciono el artículo 555-2 del 2003, que adiciono el artículo 555-2 del

Estatuto Tributario. Estatuto Tributario. Decreto Reglamentario No. 2788 de 2004 Decreto Reglamentario No. 2788 de 2004

Resolución 8346 de septiembre 16 de Resolución 8346 de septiembre 16 de 2004 2004

Resolución 8502 de septiembre 21 de Resolución 8502 de septiembre 21 de 20042004

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RUTRUT

Otros datos sobre el trámite. Otros datos sobre el trámite.

Coordina: La Subdirección de Coordina: La Subdirección de Recaudación.Recaudación.Resuelve definitivamente el trámite: Resuelve definitivamente el trámite: El funcionario competenteEl funcionario competenteTiempo aproximado para la Tiempo aproximado para la resolución del trámite: 5 minutosresolución del trámite: 5 minutos

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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Datos en el rutDatos en el rut Nombre exacto de la P.H, como figura en la Nombre exacto de la P.H, como figura en la

escritura.escritura. Dirección exacta de la P.H.Dirección exacta de la P.H. Municipio donde esta ubicada la P.H.Municipio donde esta ubicada la P.H. Responsabilidades:Responsabilidades:

07- Retención en la fuente a título de renta07- Retención en la fuente a título de renta

08- Retención timbre nacional.08- Retención timbre nacional.

11-11- Ventas régimen comúnVentas régimen común..

14-Informante de exógena14-Informante de exógena.. Nombre del administrador y Revisor fiscal.Nombre del administrador y Revisor fiscal.

Informante de exógena

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Datos RUTDatos RUT

Correo electrónico.Correo electrónico. Teléfono.Teléfono.

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RUT Y SUS SANCIONESRUT Y SUS SANCIONES1 - Sanción por no actualizar la información 1 - Sanción por no actualizar la información

dentro del mes siguiente al hecho que genera la dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización, por parte de las personas o actualización, por parte de las personas o entidades inscritas en el Registro Único entidades inscritas en el Registro Único

Tributario -RUT.Tributario -RUT.

Se impondrá una multa equivalente a una (1) Se impondrá una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la actualización UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. Cuando la desactualización de la información. Cuando la desactualización

del RUT se refiera a la dirección o a la actividad del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica del obligado, la sanción será de dos económica del obligado, la sanción será de dos

(2) UVT por cada día de retraso en la (2) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. actualización de la información.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSObligatoriedad de llevarla:Obligatoriedad de llevarla:

De las funciones establecidas por el Artículo 51 De las funciones establecidas por el Artículo 51 de la Ley 675 de 2001de la Ley 675 de 2001

para el administrador que se refieren, por una para el administrador que se refieren, por una parte a “Convocar a laparte a “Convocar a la

asamblea a reuniones ordinarias o asamblea a reuniones ordinarias o extraordinarias y someter a su aprobación elextraordinarias y someter a su aprobación el

inventario y balance general de las cuentas del inventario y balance general de las cuentas del ejercicio anterior…”, y por laejercicio anterior…”, y por la

otra a “Preparar y someter a consideración del otra a “Preparar y someter a consideración del Consejo de Administración lasConsejo de Administración las

cuentas anuales, … el balance general de las cuentas anuales, … el balance general de las cuentas del ejercicio anterior, loscuentas del ejercicio anterior, los

balances de prueba y su respectiva ejecución balances de prueba y su respectiva ejecución presupuestal”, fluye lapresupuestal”, fluye la

obligatoriedad de llevar contabilidad.obligatoriedad de llevar contabilidad.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROS

El Estado incorporó en la El Estado incorporó en la normatividad relativa a las Unidadesnormatividad relativa a las Unidades

Inmobiliarias Cerradas, Inmobiliarias Cerradas, constituyéndolas como personas constituyéndolas como personas

jurídicas sinjurídicas sin

ánimo de lucro, de naturaleza civil, ánimo de lucro, de naturaleza civil, no contribuyentes de impuestosno contribuyentes de impuestos

nacionales, ni de Industria y nacionales, ni de Industria y Comercio, en relación con las Comercio, en relación con las

actividadesactividadesJohn Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSpropias de su objeto social.propias de su objeto social.

Sin embargo, la condición de no Sin embargo, la condición de no contribuyente de impuestos no implica una contribuyente de impuestos no implica una exclusión al régimen tributario, pues éste les exclusión al régimen tributario, pues éste les fija obligaciones a través del artículo 364 de fija obligaciones a través del artículo 364 de Estatuto Tributario Estatuto Tributario ARTÍCULO 364. Las ARTÍCULO 364. Las entidades sin ánimo de lucro están obligadas entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar libros de contabilidad registrados. a llevar libros de contabilidad registrados. Las entidades sin ánimo de lucro, deberán llevar Las entidades sin ánimo de lucro, deberán llevar libros de contabilidad, en la forma que indique el libros de contabilidad, en la forma que indique el Gobierno Nacional.Gobierno Nacional.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROS

y el inciso segundo del artículo y el inciso segundo del artículo 2° del Decreto 2500 de 2° del Decreto 2500 de 1986(Tendrán el carácter de 1986(Tendrán el carácter de obligatorios los libros Mayor y obligatorios los libros Mayor y Balances y Diario, o, en defecto Balances y Diario, o, en defecto de estos dos, el libro de Cuentas de estos dos, el libro de Cuentas y Razón.y Razón.))

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Estatuto TributarioEstatuto Tributario

normas mediante las cuales se normas mediante las cuales se remite el manejo de la remite el manejo de la contabilidad de las entidades sin contabilidad de las entidades sin ánimo de lucro al Título IV del ánimo de lucro al Título IV del Código de Comercio y Código de Comercio y consecuentemente a su consecuentemente a su reglamentación, dentro de la reglamentación, dentro de la cual secual se encuentra el Plan Único encuentra el Plan Único de Cuentas de Cuentas para Comerciantes para Comerciantes

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSque debe ser aplicado por todas las que debe ser aplicado por todas las

personas naturales o jurídicas que estén personas naturales o jurídicas que estén obligadas a llevar contabilidad y no obligadas a llevar contabilidad y no

tengan que cumplir un Plan de Cuentas tengan que cumplir un Plan de Cuentas especial, de conformidad con lo previsto especial, de conformidad con lo previsto

en el Código de Comercio, como lo en el Código de Comercio, como lo advierte el artículo 5° del Decreto 2650 advierte el artículo 5° del Decreto 2650

de 1993.de 1993.Al mismo tema relacionado con la Al mismo tema relacionado con la

contabilidad de entidades sin ánimo de contabilidad de entidades sin ánimo de lucro se refirió el artículo 45 de la ley 190 lucro se refirió el artículo 45 de la ley 190 de 1995 y tal obligatoriedad establece la de 1995 y tal obligatoriedad establece la

aplicación de principios o normas aplicación de principios o normas generalmente aceptadas.generalmente aceptadas.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROS

Se infiere de lo anterior que el Se infiere de lo anterior que el marco jurídico de la contabilidad de marco jurídico de la contabilidad de

lala

Propiedad Horizontal y las Unidades Propiedad Horizontal y las Unidades Inmobiliarias Cerradas se constituye Inmobiliarias Cerradas se constituye por el Título IV del Libro Primero del por el Título IV del Libro Primero del

Código de Comercio, los decretos Código de Comercio, los decretos 2649 y 2650 de 1993 con sus 2649 y 2650 de 1993 con sus

modificaciones y en lo pertinente, la modificaciones y en lo pertinente, la ley 675 de 2001.ley 675 de 2001.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSCómo debe llevarse: Establecida la obligación de Cómo debe llevarse: Establecida la obligación de

llevar contabilidad, con el propósito dellevar contabilidad, con el propósito deinformar y rendir cuentas a los usuarios sobre la informar y rendir cuentas a los usuarios sobre la administración de los recursos para atender los administración de los recursos para atender los

gastos propios de mantenimiento y conservación gastos propios de mantenimiento y conservación de la propiedad horizontal, procede, como ya se de la propiedad horizontal, procede, como ya se anotó, la aplicación del Artículo 2° del Decreto anotó, la aplicación del Artículo 2° del Decreto

2649 de 1993, según el cual los entes 2649 de 1993, según el cual los entes económicos obligados a llevar contabilidad, lo económicos obligados a llevar contabilidad, lo harán conforme a las reglas que ese Decreto harán conforme a las reglas que ese Decreto establece se refiere, con lo cual, además, se establece se refiere, con lo cual, además, se garantiza que la contabilidad llevada de esa garantiza que la contabilidad llevada de esa manera es oponible como prueba a favor de manera es oponible como prueba a favor de

quien la prepara.quien la prepara.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSPlan de Cuentas:Plan de Cuentas:

Como se ha advertido, conforme a lo ordenado Como se ha advertido, conforme a lo ordenado por el artículo 364 depor el artículo 364 de

Estatuto Tributario y el inciso segundo del Estatuto Tributario y el inciso segundo del artículo 2° del Decreto 2500 el manejo de la artículo 2° del Decreto 2500 el manejo de la

contabilidad de las entidades sin ánimo de lucro, contabilidad de las entidades sin ánimo de lucro, incluidas las copropiedades, se regula por el incluidas las copropiedades, se regula por el

Título IV del Código de Comercio y Título IV del Código de Comercio y consecuentemente el Plan Único de Cuentas para consecuentemente el Plan Único de Cuentas para

Comerciantes es igualmente aplicable a ellas, Comerciantes es igualmente aplicable a ellas, pues debe ser aplicado por todas las personas pues debe ser aplicado por todas las personas

naturales o jurídicas que estén obligadas a llevar naturales o jurídicas que estén obligadas a llevar contabilidad y para las cuales no se determinen contabilidad y para las cuales no se determinen

planes específicos, de conformidad con lo planes específicos, de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio, como lo previsto en el Código de Comercio, como lo

advierte el artículo 5° del Decreto 2650 de 1993.advierte el artículo 5° del Decreto 2650 de 1993.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSPara efectos de la aplicación del Plan Único de Para efectos de la aplicación del Plan Único de Cuentas para Comerciantes, las propiedades Cuentas para Comerciantes, las propiedades horizontales y las unidades inmobiliarias horizontales y las unidades inmobiliarias cerradas seleccionaran las cuentas que de él cerradas seleccionaran las cuentas que de él utilizan, las cuales pueden discriminar utilizan, las cuales pueden discriminar libremente en subcuentas de segundo orden. libremente en subcuentas de segundo orden. Con las cuentas a utilizar, desagregadas hasta Con las cuentas a utilizar, desagregadas hasta nivel de cuentas de movimiento, diligenciarán el nivel de cuentas de movimiento, diligenciarán el libro de Códigos o Series Cifradas de las Cuentas libro de Códigos o Series Cifradas de las Cuentas incluyendo el código y nombre que deben incluyendo el código y nombre que deben coincidir con el Plan Único de Cuentas, con la coincidir con el Plan Único de Cuentas, con la anotación de la novedad de si la cuenta estaba y anotación de la novedad de si la cuenta estaba y continua en uso, fue adicionada durante el mes, continua en uso, fue adicionada durante el mes, fue modificada en lo relativo a código o nombre, fue modificada en lo relativo a código o nombre, si fue sustituida por otra o si fue eliminada si fue sustituida por otra o si fue eliminada (artículo 125 decreto 2649 de 1993).(artículo 125 decreto 2649 de 1993).

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROS

Quienes estén utilizando un plan de Quienes estén utilizando un plan de cuentas diferente al establecido en cuentas diferente al establecido en el decreto 2650 de 1993, lo podrán el decreto 2650 de 1993, lo podrán seguir utilizando para el registro de seguir utilizando para el registro de transacciones del período 2008, transacciones del período 2008, pero en el cierre del ejercicio pero en el cierre del ejercicio deberán hacer la conversión y deberán hacer la conversión y presentar estados financieros de presentar estados financieros de acuerdo con el Plan Único de acuerdo con el Plan Único de Cuentas para Comerciantes.Cuentas para Comerciantes.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSLibros y Papeles Contables:Libros y Papeles Contables:

En relación con los libros y papeles de En relación con los libros y papeles de contabilidad que deben ser llevados y contabilidad que deben ser llevados y

conservados por las entidades de conservados por las entidades de propiedad horizontal y las unidades propiedad horizontal y las unidades

inmobiliarias cerradas, tenemos que, al inmobiliarias cerradas, tenemos que, al originarse personas jurídicas en la originarse personas jurídicas en la

constitución de la propiedad horizontal y constitución de la propiedad horizontal y las unidades inmobiliarias cerradas, éstas las unidades inmobiliarias cerradas, éstas

adquieren de inmediato el carácter de adquieren de inmediato el carácter de ente económico, es decir, una actividad ente económico, es decir, una actividad

económica organizada, definida e económica organizada, definida e identificada de manera que se distingue identificada de manera que se distingue de los copropietarios que las conformande los copropietarios que las conforman

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROS

en todos los libros y papeles de en todos los libros y papeles de contabilidad de la copropiedad contabilidad de la copropiedad se deben observar las normas se deben observar las normas sobre la forma de llevarlos, sobre la forma de llevarlos, prohibiciones, corrección de prohibiciones, corrección de errores y conservación.errores y conservación.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROS

LIBROS:LIBROS:En lo tocante a libros de contabilidad, de En lo tocante a libros de contabilidad, de

acuerdo con lo señalado por el Título III del acuerdo con lo señalado por el Título III del decreto 2649 de 1993, son obligatorios los libros decreto 2649 de 1993, son obligatorios los libros

necesarios para:necesarios para:• • Asentar en orden cronológico todas las Asentar en orden cronológico todas las operaciones, en forma individual o por operaciones, en forma individual o por

resúmenes. Cuando este libro se lleva por resúmenes. Cuando este libro se lleva por resúmenes es necesario tener un auxiliar en que resúmenes es necesario tener un auxiliar en que

se discriminen las transacciones individuales se discriminen las transacciones individuales (artículo 125 numerales 1 y 4a).(artículo 125 numerales 1 y 4a).

• • Establecer mensualmente resumen de las Establecer mensualmente resumen de las operaciones por cada cuenta, sus movimientos y operaciones por cada cuenta, sus movimientos y

saldos.saldos.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSDeterminar la propiedad del ente, en el cual con Determinar la propiedad del ente, en el cual con

base en la norma básica de características y base en la norma básica de características y prácticas de cada actividad se debe registrar la prácticas de cada actividad se debe registrar la

identificación de los copropietarios, con sus identificación de los copropietarios, con sus coeficientes de propiedad (artículo 125 numeral coeficientes de propiedad (artículo 125 numeral

3 y 51 de la ley 675 de 2001).3 y 51 de la ley 675 de 2001).• • Registro del Inventario y Balance; en el cual se Registro del Inventario y Balance; en el cual se

debe transcribir eldebe transcribir elInventario y Balance general que permita Inventario y Balance general que permita

conocer de manera clara y completa la situación conocer de manera clara y completa la situación patrimonial del ente, al tenor de lo prescrito en patrimonial del ente, al tenor de lo prescrito en

el artículo 52 del Código de Comercio y el artículo 52 del Código de Comercio y desarrollado por las características de la desarrollado por las características de la certificación de los Estados Financieros certificación de los Estados Financieros

planteada por la ley 222 de 1995 y el artículo 57 planteada por la ley 222 de 1995 y el artículo 57 del decreto 2649 en lo relativo a verificación de del decreto 2649 en lo relativo a verificación de afirmaciones implícitas y explicitas contenidas afirmaciones implícitas y explicitas contenidas

en los mencionados informes contables.en los mencionados informes contables.John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSEl libro de actas, en el cual se El libro de actas, en el cual se

incorporen con base en la norma incorporen con base en la norma básica de Características Practicas básica de Características Practicas de la Actividad, las decisiones de la de la Actividad, las decisiones de la

Asamblea General de Asamblea General de Copropietarios, Del Consejo deCopropietarios, Del Consejo de

Administración cuando sea del caso Administración cuando sea del caso y del Comité de Convivencia, con y del Comité de Convivencia, con arreglo a las normas generales arreglo a las normas generales

establecidas para este libro (artículoestablecidas para este libro (artículo125 numeral 5 y 131 del decreto 125 numeral 5 y 131 del decreto

2649 de 1993, 47, 51 y 58 de la ley 2649 de 1993, 47, 51 y 58 de la ley 675 de 2001).675 de 2001).

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSLos anteriores libros, requieren Los anteriores libros, requieren registro en la DIAN, diligencia que registro en la DIAN, diligencia que debe efectuarse como lo señala el debe efectuarse como lo señala el Artículo 126 del Decreto 2649 de Artículo 126 del Decreto 2649 de 1993, en tanto que los libros de 1993, en tanto que los libros de actas deben ser registrados en la actas deben ser registrados en la autoridad territorial que ejerce autoridad territorial que ejerce inspección vigilancia y control sobre inspección vigilancia y control sobre estas entidades en el domicilio de la estas entidades en el domicilio de la copropiedad con excepción del copropiedad con excepción del auxiliar de transacciones auxiliar de transacciones individuales.individuales.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSAdemás de los anteriores, son obligatorios Además de los anteriores, son obligatorios

los libros auxiliares necesarios para los libros auxiliares necesarios para conocer los códigos o series cifradas que conocer los códigos o series cifradas que

identifiquen las cuentas utilizadas, los identifiquen las cuentas utilizadas, los códigos o símbolos utilizados para códigos o símbolos utilizados para

describir las transacciones y para conciliar describir las transacciones y para conciliar los Estados Financieros Básicos con los los Estados Financieros Básicos con los

preparados sobre otras bases preparados sobre otras bases comprensivas.comprensivas.

Con fundamento en la norma básica de Con fundamento en la norma básica de Características y Prácticas de la actividad, Características y Prácticas de la actividad,

es obligatorio un registro auxiliar de es obligatorio un registro auxiliar de presupuesto en el cual se debe asentar el presupuesto en el cual se debe asentar el presupuesto de ingresos y egresos y su presupuesto de ingresos y egresos y su

ejecución (artículo 38 y 51 de la ley 675 de ejecución (artículo 38 y 51 de la ley 675 de 2001).2001).

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSAdicionalmente, los libros de contabilidad deben Adicionalmente, los libros de contabilidad deben diligenciarse “a más tardar en el mes siguiente a diligenciarse “a más tardar en el mes siguiente a

aquél en el cual las operaciones seaquél en el cual las operaciones sehubieren realizado”, la conducta de esperar hubieren realizado”, la conducta de esperar

aprobaciones para realizar los asientos en los aprobaciones para realizar los asientos en los libros, estaría lejos de ajustarse a las libros, estaría lejos de ajustarse a las

disposiciones legales, impediría la realización de disposiciones legales, impediría la realización de algunas de las actividades propias del revisor algunas de las actividades propias del revisor

fiscal, como es el caso de la emisión del dictamen, fiscal, como es el caso de la emisión del dictamen, teniendo en consideración que, como se ha dicho, teniendo en consideración que, como se ha dicho,

éste se emite sobre estados financieros éste se emite sobre estados financieros certificados, vale decir, sobre los cuales el certificados, vale decir, sobre los cuales el

representante legal y el contador (que debe ser representante legal y el contador (que debe ser contador público) hayan declarado que se han contador público) hayan declarado que se han

verificado previamente las afirmaciones verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos y que las mismas se han contenidas en ellos y que las mismas se han

tomado fielmente de los libros.tomado fielmente de los libros.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSSOPORTES DE CONTABILIDAD: CONTENIDOS SOPORTES DE CONTABILIDAD: CONTENIDOS

MÍNIMOS YMÍNIMOS YCONSERVACIÓN:CONSERVACIÓN:

Las transacciones descritas en los Comprobantes Las transacciones descritas en los Comprobantes de Contabilidad deben documentarse mediante de Contabilidad deben documentarse mediante

soportes internos o externos fechados y soportes internos o externos fechados y autorizados por quienes intervengan en ellos o los autorizados por quienes intervengan en ellos o los

elaboren, en loselaboren, en loscuales se deben cumplir las formalidades de las cuales se deben cumplir las formalidades de las

pruebas documentales.pruebas documentales.Tanto los Comprobantes de Contabilidad, los Tanto los Comprobantes de Contabilidad, los

Soportes y laSoportes y lacorrespondencia relacionada con la actividad, correspondencia relacionada con la actividad,

deben ser objeto dedeben ser objeto deconservación por un período de diez años.conservación por un período de diez años.

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LIBROS Y REGISTROSLIBROS Y REGISTROSSOPORTES DE CONTABILIDAD: CONTENIDOS SOPORTES DE CONTABILIDAD: CONTENIDOS

MÍNIMOS YMÍNIMOS YCONSERVACIÓN:CONSERVACIÓN:

Las transacciones descritas en los Comprobantes Las transacciones descritas en los Comprobantes de Contabilidad deben documentarse mediante de Contabilidad deben documentarse mediante

soportes internos o externos fechados y soportes internos o externos fechados y autorizados por quienes intervengan en ellos o los autorizados por quienes intervengan en ellos o los

elaboren, en loselaboren, en loscuales se deben cumplir las formalidades de las cuales se deben cumplir las formalidades de las

pruebas documentales.pruebas documentales.Tanto los Comprobantes de Contabilidad, los Tanto los Comprobantes de Contabilidad, los

Soportes y laSoportes y lacorrespondencia relacionada con la actividad, correspondencia relacionada con la actividad,

deben ser objeto dedeben ser objeto deconservación por un período de diez años.conservación por un período de diez años.

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ESTADOS FINANCIEROS ESTADOS FINANCIEROS CERTIFICADOSCERTIFICADOS

El representante Legal y el contador El representante Legal y el contador publico deberán expedir un escrito en el publico deberán expedir un escrito en el cual indiquen que certifican los estados cual indiquen que certifican los estados

financieros que le presentan a los financieros que le presentan a los asambleístas. La certificación consiste en asambleístas. La certificación consiste en

declarar que se han verificado previamente declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, las afirmaciones contenidas en ellos,

conforme al reglamento, y que las mismas conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.”se han tomado fielmente de los libros.”

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SANCIONES POR FALTA DE LIBROS SANCIONES POR FALTA DE LIBROS REGISTRADOSREGISTRADOS

El El decreto 2649/93, en su art.56decreto 2649/93, en su art.56, exige , exige que las operaciones económicas de un que las operaciones económicas de un determinado mes, sean registradas en determinado mes, sean registradas en los libros oficiales a más tardar dentro los libros oficiales a más tardar dentro del mes siguiente al de su ocurrencia, del mes siguiente al de su ocurrencia, muchos colegas tienen la costumbre muchos colegas tienen la costumbre de dejar el proceso de registro de de dejar el proceso de registro de libros oficiales para varios meses libros oficiales para varios meses después de que han transcurrido las después de que han transcurrido las operaciones.operaciones.

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SANCIONES POR FALTA DE LIBROS SANCIONES POR FALTA DE LIBROS REGISTRADOSREGISTRADOS

Solo se tendría OPORTUNIDAD hasta el Solo se tendría OPORTUNIDAD hasta el día hábil siguiente a la fecha en que día hábil siguiente a la fecha en que se lo soliciten por escrito los libros se lo soliciten por escrito los libros oficiales para poder responder a tal oficiales para poder responder a tal exigencia. Si en tal evento se revela exigencia. Si en tal evento se revela que las operaciones que deberían que las operaciones que deberían estar registradas en los libros tienen estar registradas en los libros tienen atraso de más de 4 periodos atraso de más de 4 periodos mensuales, la DIAN impondría las mensuales, la DIAN impondría las sanciones relacionadas (sanciones relacionadas (ver art.654 a 656 del ETver art.654 a 656 del ET).).

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SANCIONES POR FALTA DE LIBROS SANCIONES POR FALTA DE LIBROS REGISTRADOSREGISTRADOS

Artículo 654. Hechos irregulares en la contabilidad.Artículo 654. Hechos irregulares en la contabilidad. Habrá lugar a aplicar sanción por libros de contabilidad, en los Habrá lugar a aplicar sanción por libros de contabilidad, en los

siguientes casos: siguientes casos: a) No llevar libros de contabilidad si hubiere obligación de a) No llevar libros de contabilidad si hubiere obligación de

llevarlos. llevarlos. b) No tener registrados los libros principales de contabilidad, b) No tener registrados los libros principales de contabilidad,

si hubiere obligación de registrarlos. si hubiere obligación de registrarlos. c) No exhibir los libros de contabilidad, cuando las c) No exhibir los libros de contabilidad, cuando las

autoridades tributarias lo exigieren. autoridades tributarias lo exigieren. d) Llevar doble contabilidad. d) Llevar doble contabilidad. e) No llevar los libros de contabilidad en forma que permitan e) No llevar los libros de contabilidad en forma que permitan

verificar o determinar los factores necesarios para establecer verificar o determinar los factores necesarios para establecer las bases de liquidación de los impuestos o retenciones. las bases de liquidación de los impuestos o retenciones.

f) Cuando entre la fecha de las últimas operaciones f) Cuando entre la fecha de las últimas operaciones registradas en los libros, y el último día del mes anterior a registradas en los libros, y el último día del mes anterior a aquél en el cual se solicita su exhibición, existan más de aquél en el cual se solicita su exhibición, existan más de cuatro (4) meses de atraso. cuatro (4) meses de atraso.

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VALOR DE LA SANCION POR LIBROSVALOR DE LA SANCION POR LIBROS

0.5% del mayor valor entre el 0.5% del mayor valor entre el patrimonio liquido y los ingresos patrimonio liquido y los ingresos netos del año anterior al de su netos del año anterior al de su imposición sin exceder de imposición sin exceder de $360.099.000.$360.099.000.

Ejemplo: Ingresos netos Ejemplo: Ingresos netos $120.000.000 X .5%= $600.000$120.000.000 X .5%= $600.000

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RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTEEn cualquier caso, los conjuntos residenciales son En cualquier caso, los conjuntos residenciales son agentes de retención, cuando en ejercicio de sus agentes de retención, cuando en ejercicio de sus funciones intervengan en actos u operaciones en funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben por expresa disposición legal, los cuales deben por expresa disposición legal,

efectuar la retención correspondiente. efectuar la retención correspondiente. Por consiguiente, siendo agentes de retención Por consiguiente, siendo agentes de retención deberán cumplir con las siguientes obligaciones:deberán cumplir con las siguientes obligaciones:1. practicar las retenciones.1. practicar las retenciones.2. presentar la declaración mensual en debida 2. presentar la declaración mensual en debida forma.forma.3. realizar el pago de las retenciones practicadas; 3. realizar el pago de las retenciones practicadas; 4. expedir los certificados correspondientes y.4. expedir los certificados correspondientes y.5. llevar el registro contable donde consten las 5. llevar el registro contable donde consten las retenciones y los pagos realizados.retenciones y los pagos realizados.

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RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTEConcepto general de retención en Concepto general de retención en

la fuentela fuente

La retención en la fuente no es La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo un impuesto, sino un mecanismo

de cobro anticipado de un de cobro anticipado de un impuesto en el momento en que impuesto en el momento en que

sucede el hecho generador.sucede el hecho generador.

Contrario el concepto popular Contrario el concepto popular que piensan que es un impuesto.que piensan que es un impuesto.

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RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE

La retención en la fuente por ser La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un un pago anticipado de un

impuesto, se podrá descontar en impuesto, se podrá descontar en la respectiva declaración de la respectiva declaración de renta para los proveedores renta para los proveedores

obligados a declarar, para los no obligados a declarar, para los no oblig. Equivaldrá al impuesto.oblig. Equivaldrá al impuesto.

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RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE

La retención en la fuente comprende La retención en la fuente comprende elementos como el elementos como el sujeto pasivosujeto pasivo, que , que

es la persona a la que se le debe es la persona a la que se le debe retener, el retener, el agente de retenciónagente de retención (P.H.) que (P.H.) que

es la persona obligada a practicar la es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el sometido a retención, la tarifa que es el

porcentaje que se aplica a la base de porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el retención, y la base de retención es el

valor o monto sujeto a retención.valor o monto sujeto a retención.John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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Principales conceptos y tarifas de Principales conceptos y tarifas de retención para el 2008retención para el 2008

Concepto sujeto a retención Sujeto pasivo Porcentajes y bases

Arrendamientobienes inmuebles

Propietario, contribuyentes 3.5% sobre 27 Uvt ó más

Arrendamientobienes muebles, vehículos, maquinaria

Beneficiario 4% sobre 100%del pago oabono encuenta

Contratosde construcción y urbanización

Contratista 1% sobre 27 Uvt ó más

Comisionessin vínculo laboral

Beneficiario (*) 10% u 11% sobre 100% del pago o abonoen cuenta

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Principales conceptos y tarifas de Principales conceptos y tarifas de retención para el 2008retención para el 2008

Concepto sujeto a retención Sujeto pasivo Porcentajes y bases

Compras Beneficiario 3.5% sobre 596.000 ó más

Servicios en general Beneficiario 6% para no declar.  4% para Declar. Sobre 88.000 o más.

Serviciosde aseo y vigilancia

Beneficiario 2% sobre 4Uvt ó más

Transporteterrestre de carga

Transportador 1% sobre 4Uvt ó más

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Principales conceptos y tarifas de Principales conceptos y tarifas de retención para el 2008retención para el 2008

Concepto sujeto a retención Sujeto pasivo Porcentajes y bases

Honorarios,administración delegada

Beneficiario(*) 10% u 11% sobre el pago o abono encuenta

*11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Jurídicas y asimiladas

El Uvt para el 2008 está en $22.054

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Retención en la fuente.Retención en la fuente. DOCTRINA. En los servicios el factor DOCTRINA. En los servicios el factor

intelectual no tiene relevancia. intelectual no tiene relevancia. ““1. Se entiende por “servicios” para efectos de la 1. Se entiende por “servicios” para efectos de la

retención en la fuente, toda actividad, labor o retención en la fuente, toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona jurídica o por una trabajo prestado por una persona jurídica o por una persona natural sin relación laboral con quien persona natural sin relación laboral con quien contrata la ejecución y que se concreta en una contrata la ejecución y que se concreta en una obligación de hacer en la cual no predomina el obligación de hacer en la cual no predomina el factor intelectual y genera una contraprestación en factor intelectual y genera una contraprestación en dinero o en especie. En este orden de ideas, los dinero o en especie. En este orden de ideas, los trabajos simples en los cuales el factor intelectual trabajos simples en los cuales el factor intelectual no tiene relevancia, tales como latonería, pintura, no tiene relevancia, tales como latonería, pintura, etc., quedan comprendidos dentro de la noción etc., quedan comprendidos dentro de la noción servicios anteriormente explicada y por lo tanto son servicios anteriormente explicada y por lo tanto son sujetos a retención en la fuente, siempre que se sujetos a retención en la fuente, siempre que se presten sin relación laboral. Contrato de obra civilpresten sin relación laboral. Contrato de obra civil

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Retención en la fuente.Retención en la fuente. 2. En el caso de los subcontratos por 2. En el caso de los subcontratos por

trabajos de mampostería, plomería, etc., trabajos de mampostería, plomería, etc., por tratarse de trabajos simples en los por tratarse de trabajos simples en los cuales predomina el factor puramente cuales predomina el factor puramente mecánico o material sobre el intelectual mecánico o material sobre el intelectual en la prestación del servicio, participan de en la prestación del servicio, participan de los elementos esenciales contenidos en la los elementos esenciales contenidos en la definición expuesta en el punto primero y definición expuesta en el punto primero y por consiguiente están sometidos a la por consiguiente están sometidos a la retención en la fuente por el concepto allí retención en la fuente por el concepto allí indicado, o sea tarifa de servicios. indicado, o sea tarifa de servicios.

(DIAN, Conc. 17150, ago. 23/83).(DIAN, Conc. 17150, ago. 23/83). Bogotá D.E., 19 de Junio de 1991Bogotá D.E., 19 de Junio de 1991 Concepto: 018280Concepto: 018280

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Retención en la fuente en salariosRetención en la fuente en salarios

Debe existir en las P.H en las Debe existir en las P.H en las carpetas de los empleados a cual carpetas de los empleados a cual procedimiento se acogen.procedimiento se acogen.

Procedimientos 1 y 2.Procedimientos 1 y 2.

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SANCIONES EN MATERIA DE SANCIONES EN MATERIA DE RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE

Sanción mínima $221.000.Sanción mínima $221.000. Sanción por no declarar, en el caso de las Sanción por no declarar, en el caso de las

retenciones al 10% de los cheques girados retenciones al 10% de los cheques girados o costos y gastos de quien persiste en el o costos y gastos de quien persiste en el incumplimiento, o al 100% de las incumplimiento, o al 100% de las retenciones del ultimo periodo que figure retenciones del ultimo periodo que figure declarado.declarado.

Sanción por extemporaneidad 10% por Sanción por extemporaneidad 10% por mes o fracción de mes de las retenciones, mes o fracción de mes de las retenciones, sin exceder del 200% de las retenciones.sin exceder del 200% de las retenciones.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.

En relación con el impuesto sobre las ventas, en En relación con el impuesto sobre las ventas, en sentido estricto, el contribuyente es quien sentido estricto, el contribuyente es quien definitivamente paga el tributo, o sea, el definitivamente paga el tributo, o sea, el consumidor del bien o del servicio. consumidor del bien o del servicio.

Sin embargo, el artículo 3º del Estatuto Tributario, Sin embargo, el artículo 3º del Estatuto Tributario, expresa que para fines del impuesto sobre las expresa que para fines del impuesto sobre las ventas se consideran sinónimos los términos ventas se consideran sinónimos los términos contribuyente y responsable. De la misma contribuyente y responsable. De la misma manera, el artículo 437 del Estatuto Tributario, manera, el artículo 437 del Estatuto Tributario, dispone que los comerciantes y quienes realicen dispone que los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos, los importadores y actos similares a los de ellos, los importadores y quienes prestan servicios son sujetos pasivos y quienes prestan servicios son sujetos pasivos y enumera enseguida a los responsables del enumera enseguida a los responsables del impuesto sobre las ventasimpuesto sobre las ventas

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IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.

De lo anterior se deduce que las personas De lo anterior se deduce que las personas jurídicas originadas en la constitución de la jurídicas originadas en la constitución de la propiedad horizontal de acuerdo con la Ley 675 propiedad horizontal de acuerdo con la Ley 675 de 2001 no son contribuyentes del impuesto de 2001 no son contribuyentes del impuesto sobre las ventas, en el sentido de que no son sobre las ventas, en el sentido de que no son responsables del mismo "en relación con las responsables del mismo "en relación con las actividades propias de su objeto social. Para este actividades propias de su objeto social. Para este propósito, debe recordarse que el artículo 7 del propósito, debe recordarse que el artículo 7 del Decreto 1372 de 1992 dispone que para efectos Decreto 1372 de 1992 dispone que para efectos del impuesto sobre las ventas, se entiende como del impuesto sobre las ventas, se entiende como aportes de capital, no sometidos al impuesto aportes de capital, no sometidos al impuesto sobre las ventas, las cuotas de administración sobre las ventas, las cuotas de administración fijadas por las juntas de copropietarios fijadas por las juntas de copropietarios administradoras de edificios organizados en administradoras de edificios organizados en propiedad horizontal o de condominios.propiedad horizontal o de condominios.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.

LA NUEVA REFORMA TRIBUTARIA Y EL LA NUEVA REFORMA TRIBUTARIA Y EL DECRETO REGLAMENTARIO DICE:DECRETO REGLAMENTARIO DICE:

Según el ARTÍCULO 35 numeral 1 de la Ley Según el ARTÍCULO 35 numeral 1 de la Ley 788 dice específicamente dice: 788 dice específicamente dice:

Servicios gravados con la tarifa del 7%. Servicios gravados con la tarifa del 7%. Artículo 468-3. Servicios gravados con la Artículo 468-3. Servicios gravados con la tarifa del 7%.tarifa del 7%. A partir del 1 de enero de 2003, A partir del 1 de enero de 2003, los siguientes servicios quedan gravados con la los siguientes servicios quedan gravados con la tarifa del 7%:( Hoy el 10%) tarifa del 7%:( Hoy el 10%) El servicio de arrendamiento de inmuebles El servicio de arrendamiento de inmuebles diferentes a los destinados para vivienda y de diferentes a los destinados para vivienda y de espacios para exposiciones y muestras espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales. artesanales nacionales.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.

Según el ARTÍCULO 7 del Decreto Según el ARTÍCULO 7 del Decreto reglamentario 522 de 2003 dice reglamentario 522 de 2003 dice específicamente: específicamente: · ARTICULO 7. · ARTICULO 7. Servicio gravado de arrendamiento Servicio gravado de arrendamiento de inmuebles. A partir del 1° de enero de 2003 el de inmuebles. A partir del 1° de enero de 2003 el servicio de arrendamiento de inmuebles está sujeto servicio de arrendamiento de inmuebles está sujeto al Impuesto sobre las Ventas (IVA) a la tarifa del al Impuesto sobre las Ventas (IVA) a la tarifa del siete por ciento (7%) Hoy (10%), salvo cuando se siete por ciento (7%) Hoy (10%), salvo cuando se preste en forma exclusiva para vivienda o para preste en forma exclusiva para vivienda o para exposiciones y muestras artesanales nacionales, exposiciones y muestras artesanales nacionales, incluidos los eventos artísticos y culturales. incluidos los eventos artísticos y culturales. Son responsables de este gravamen quienes presten Son responsables de este gravamen quienes presten el servicio de arrendamiento gravado y el servicio de arrendamiento gravado y pertenezcan pertenezcan o deban pertenecer al régimen común del Impuesto o deban pertenecer al régimen común del Impuesto sobre las ventassobre las ventas, aunque no se hayan inscrito como , aunque no se hayan inscrito como responsables, debiendo expedir factura y cumplir responsables, debiendo expedir factura y cumplir con las demás obligaciones señaladas en la Ley y en con las demás obligaciones señaladas en la Ley y en el presente decreto. el presente decreto.

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IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H. Se concluye que:Se concluye que:1 - No aplica en ninguna forma mientras el objeto 1 - No aplica en ninguna forma mientras el objeto

social de la social de la Propiedad HorizontalPropiedad Horizontal, permita que , permita que esta realice una explotación económica de losesta realice una explotación económica de los bienes comunes bienes comunes para sufragar expensas, por lo para sufragar expensas, por lo tanto no existe el objeto del impuesto.tanto no existe el objeto del impuesto.

2- Según el concepto regulatorio de la DIAN, las 2- Según el concepto regulatorio de la DIAN, las Propiedades Horizontales siguen conservando su Propiedades Horizontales siguen conservando su carácter de entidades sin animo de lucro, por lo carácter de entidades sin animo de lucro, por lo tanto al no tanto al no vender servicios gravados con IVA, vender servicios gravados con IVA, no esta obligados a inscribirse al Régimen no esta obligados a inscribirse al Régimen Común como responsables de un impuesto Común como responsables de un impuesto (¿Cual impuesto? no existe). Así mismo no (¿Cual impuesto? no existe). Así mismo no están en la obligación de expedir facturaestán en la obligación de expedir factura sino sino cuenta de cobro. Cumpliendo los requisitos del cuenta de cobro. Cumpliendo los requisitos del ART. 617 del E.T. en cuanto a documento ART. 617 del E.T. en cuanto a documento equivalente a factura se refiere. equivalente a factura se refiere.

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IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.IMPUESTO A LAS VENTAS EN LA P.H.

Las tiendas en las P.H. manejadas por la Las tiendas en las P.H. manejadas por la administración, son operaciones que están administración, son operaciones que están sujetas al impuesto y se alejan del objeto sujetas al impuesto y se alejan del objeto social de las P.H. que es administrar las áreas social de las P.H. que es administrar las áreas comunes.comunes.

A la fecha la DIAN ha realizado visitas a varias A la fecha la DIAN ha realizado visitas a varias unidades y ya ha formulado pliego de cargos, unidades y ya ha formulado pliego de cargos, e incluyendo el Iva y sanción hay casos de 23 e incluyendo el Iva y sanción hay casos de 23 millones de pesos.millones de pesos.

Los centros comerciales San Diego y Los centros comerciales San Diego y Unicentro, tienen requerimiento de la Dian, Unicentro, tienen requerimiento de la Dian, por el iva en el arriendo de parqueaderos.por el iva en el arriendo de parqueaderos.

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IMPUESTO DE TIMBREIMPUESTO DE TIMBRE ARTÍCULO 519. ARTÍCULO 519. Modificado. Ley 1111/2006, Art. 72. Modificado. Ley 1111/2006, Art. 72.

Base gravable en el impuesto de timbre nacional.Base gravable en el impuesto de timbre nacional. El impuesto de timbre nacional, se causará a la tarifa El impuesto de timbre nacional, se causará a la tarifa del uno punto cinco por ciento (1.5%)(hoy 1%) sobre del uno punto cinco por ciento (1.5%)(hoy 1%) sobre los instrumentos públicos y documentos privados, los instrumentos públicos y documentos privados, incluidos los títulos valores, que se otorguen o acepten incluidos los títulos valores, que se otorguen o acepten en el país, o que se otorguen fuera del país pero que se en el país, o que se otorguen fuera del país pero que se ejecuten en el territorio nacional o generen ejecuten en el territorio nacional o generen obligaciones en el mismo, en los que se haga constar la obligaciones en el mismo, en los que se haga constar la constitución, existencia, modificación o extinción de constitución, existencia, modificación o extinción de obligaciones, al igual que su prórroga o cesión, cuya obligaciones, al igual que su prórroga o cesión, cuya cuantía sea superior a 6.000 Unidades de Valor cuantía sea superior a 6.000 Unidades de Valor Tributario – UVT ($132.429.000), en los cuales Tributario – UVT ($132.429.000), en los cuales intervenga como otorgante, aceptante o suscriptor una intervenga como otorgante, aceptante o suscriptor una entidad pública, una persona jurídica o asimilada, o una entidad pública, una persona jurídica o asimilada, o una persona natural que tenga la calidad de comerciante, persona natural que tenga la calidad de comerciante, que en el año inmediatamente anterior tuviere unos que en el año inmediatamente anterior tuviere unos ingresos brutos o un patrimonio bruto superior a ingresos brutos o un patrimonio bruto superior a 30.000 Unidades de Valor Tributario - UVT. 30.000 Unidades de Valor Tributario - UVT.

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GRAVAMEN A LOS GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROSMOVIMIENTOS FINANCIEROS

según EL ART. 33 DE LA Ley 675 de según EL ART. 33 DE LA Ley 675 de 2001, las P.H son exentas de este 2001, las P.H son exentas de este impuesto. Deben solicitar al banco o impuesto. Deben solicitar al banco o a las fiducias la marcación de la a las fiducias la marcación de la cuenta como exenta, y si le han cuenta como exenta, y si le han cobrado deben solicitar la devolución cobrado deben solicitar la devolución del dinero.del dinero.

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GMFGMF

En el caso que las entidades no En el caso que las entidades no devuelvan y no marquen las cuentas devuelvan y no marquen las cuentas oportunamente, recomiendo se oportunamente, recomiendo se dirijan a las áreas de impuestos, dirijan a las áreas de impuestos, auditoria o defensor financiero de auditoria o defensor financiero de cada banco, y con copia a la cada banco, y con copia a la superintendencia bancaria.superintendencia bancaria.

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GMFGMF

En el estado de resultados no debe En el estado de resultados no debe existir gasto por este concepto, se existir gasto por este concepto, se debe manejar como una cuenta por debe manejar como una cuenta por cobrar al banco.cobrar al banco.

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MEDIO MAGNETICOMEDIO MAGNETICO

Las P.H. están en la obligación de Las P.H. están en la obligación de enviar el formato 1002, el cual se enviar el formato 1002, el cual se denomina “retenciones en la fuente denomina “retenciones en la fuente practicadas” durante el año( 2008), practicadas” durante el año( 2008), lo envía en el 2009 en los plazos lo envía en el 2009 en los plazos fijados por la resolución fijados por la resolución

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MEDIO MAGNETICOMEDIO MAGNETICO Como un suceso que no tiene precedentes, la Como un suceso que no tiene precedentes, la

DIAN DIAN expidió el pasado 30 de abril de 2008expidió el pasado 30 de abril de 2008 el el paquete de paquete de resoluciones 3841 hasta 3848resoluciones 3841 hasta 3848 sobre sobre la Información Exógena Tributaria que por el año la Información Exógena Tributaria que por el año gravable 2008 se le ha de reportar en virtud de lo gravable 2008 se le ha de reportar en virtud de lo dispuesto en los dispuesto en los art.623 hasta 631-1 del ETart.623 hasta 631-1 del ET, y que , y que se le estaría entregando durante el año se le estaría entregando durante el año calendario 2009. De haber conservado el calendario 2009. De haber conservado el esquema que se tuvo hasta el año gravable 2007, esquema que se tuvo hasta el año gravable 2007, ese paquete de resoluciones solo se hubiera dado ese paquete de resoluciones solo se hubiera dado a conocer en el mes de a conocer en el mes de octubre de 2008octubre de 2008, pues , pues esa sería la fecha máxima que la norma del  esa sería la fecha máxima que la norma del  parágrafoparágrafo 3 del art.631 3 del art.631 del ET le otorga como del ET le otorga como plazo a la DIAN para publicar las mencionadas plazo a la DIAN para publicar las mencionadas resoluciones.resoluciones.

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Plazos del formato 1002Plazos del formato 1002

24 de Marzo de 200924 de Marzo de 2009 96 a 0096 a 00 25 de Marzo de 200925 de Marzo de 2009 91 a 9591 a 95 26 de Marzo de 200926 de Marzo de 2009 86 a 9086 a 90 27 de Marzo de 200927 de Marzo de 2009 81 a 8581 a 85 30 de Marzo de 200930 de Marzo de 2009 76 a 8076 a 80 31 de Marzo de 200931 de Marzo de 2009 71 a 7571 a 75 01 de Abril de 200901 de Abril de 2009 66 a 7066 a 70 02 de Abril de 200902 de Abril de 2009 61 a 6561 a 65 03 de Abril de 200903 de Abril de 2009 56 a 6056 a 60

Preparado :John Jairo Ortiz GilPreparado :John Jairo Ortiz Gil

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Plazos del formato 1002Plazos del formato 1002 06 de Abril de 2009 51 a 5506 de Abril de 2009 51 a 55 07 de Abril de 2009 46 a 5007 de Abril de 2009 46 a 50 13 de Abril de 2009 41 a 4513 de Abril de 2009 41 a 45 14 de Abril de 2009 36 a 4014 de Abril de 2009 36 a 40 15 de Abril de 2009 31 a 3515 de Abril de 2009 31 a 35 16 de Abril de 2009 26 a 3016 de Abril de 2009 26 a 30 17 de Abril de 2009 21 a 2517 de Abril de 2009 21 a 25 20 de Abril de 2009 16 a 2020 de Abril de 2009 16 a 20 21 de Abril de 2009 11 a 1521 de Abril de 2009 11 a 15 22 de Abril de 2009 06 a 1022 de Abril de 2009 06 a 10 23 de Abril de 2009 01 a 0523 de Abril de 2009 01 a 05

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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Formato 1002Formato 1002 Prepare la información con tiempo no lo deje para Prepare la información con tiempo no lo deje para

lo ultimo.lo ultimo. Cada que retenga en la fuente, exija el RUT al Cada que retenga en la fuente, exija el RUT al

proveedor antes de pagar.proveedor antes de pagar. Siempre deben solicitar a su contador la Siempre deben solicitar a su contador la

conciliación como soporte, entre las 12 conciliación como soporte, entre las 12 declaraciones de retención en la fuente (se declaraciones de retención en la fuente (se adjunta auxiliares contables) presentadas y la adjunta auxiliares contables) presentadas y la información exógena que se envía.información exógena que se envía.

Abra una carpeta donde guarde el formato, con la Abra una carpeta donde guarde el formato, con la evidencia de recibido por la Dian, la copia en CD evidencia de recibido por la Dian, la copia en CD y los soportes.y los soportes.

No permita que la información se envié sin No permita que la información se envié sin validarla. validarla.

Deberá archivar por 5 años contados a partir del Deberá archivar por 5 años contados a partir del 1 de enero del año siguiente a su presentación.1 de enero del año siguiente a su presentación.

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Sanción en medios magnéticos.Sanción en medios magnéticos. ARTÍCULO 651. ARTÍCULO 651. Sustituido. Ley 6/1992, Art. 55. Sustituido. Ley 6/1992, Art. 55.

Sanción por no enviar informaciónSanción por no enviar información. Las . Las personas y entidades obligadas a suministrar personas y entidades obligadas a suministrar información tributaria así como aquellas a quienes información tributaria así como aquellas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas, que se les haya solicitado informaciones o pruebas, que no la suministren dentro del plazo establecido para no la suministren dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no ello o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, incurrirán en la corresponda a lo solicitado, incurrirán en la siguiente sanción:siguiente sanción:

a. Sustituido. Ley 6/1992, Art. 55. Una multa hasta a. Sustituido. Ley 6/1992, Art. 55. Una multa hasta de 15.000 UVT (Para 2002 $234.800.000, para de 15.000 UVT (Para 2002 $234.800.000, para 2003 $248.900.000, para 2004 $266.094.000, para 2003 $248.900.000, para 2004 $266.094.000, para 2005 $282.326.000, para 2006 $296.640.000, para 2005 $282.326.000, para 2006 $296.640.000, para 2007 $314.610.000,2007 $314.610.000, para 2008 $330.810.000 para 2008 $330.810.000), la ), la cual será fijada teniendo en cuenta los siguientes cual será fijada teniendo en cuenta los siguientes criterios: criterios:

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Sanción en medios magnéticosSanción en medios magnéticos - Hasta del 5% de las sumas respecto de las cuales no - Hasta del 5% de las sumas respecto de las cuales no

se suministró la información exigida, se suministró en se suministró la información exigida, se suministró en forma errónea o se hizo en forma extemporánea.forma errónea o se hizo en forma extemporánea.

- Cuando no sea posible establecer la base para tasarla - Cuando no sea posible establecer la base para tasarla o la información no tuviere cuantía, hasta del 0.5% de o la información no tuviere cuantía, hasta del 0.5% de los ingresos netos. Si no existieren ingresos, hasta del los ingresos netos. Si no existieren ingresos, hasta del 0.5% del patrimonio bruto del contribuyente o 0.5% del patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente al año inmediatamente declarante, correspondiente al año inmediatamente anterior o última declaración del impuesto sobre la anterior o última declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y patrimonio, yrenta o de ingresos y patrimonio, y

b. El desconocimiento de los costos, rentas exentas, b. El desconocimiento de los costos, rentas exentas, deducciones, descuentos, pasivos, impuestos deducciones, descuentos, pasivos, impuestos descontables y retenciones, según el caso, cuando la descontables y retenciones, según el caso, cuando la información requerida se refiera a estos conceptos y de información requerida se refiera a estos conceptos y de acuerdo con las normas vigentes, deba conservarse y acuerdo con las normas vigentes, deba conservarse y mantenerse a disposición de la administración de mantenerse a disposición de la administración de impuestos.impuestos.

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Sanción en medios magnéticosSanción en medios magnéticos Cuando la sanción se imponga mediante resolución Cuando la sanción se imponga mediante resolución

independiente, previamente se dará traslado de cargos a independiente, previamente se dará traslado de cargos a la persona o entidad sancionada, quien tendrá un término la persona o entidad sancionada, quien tendrá un término de un (1) mes para responder.de un (1) mes para responder.

La sanción a que se refiere el presente artículo, se reducirá La sanción a que se refiere el presente artículo, se reducirá al diez por ciento (10%) de la suma determinada según lo al diez por ciento (10%) de la suma determinada según lo previsto en el literal a), si la omisión es subsanada antes previsto en el literal a), si la omisión es subsanada antes de que se notifique la imposición de la sanción; o al veinte de que se notifique la imposición de la sanción; o al veinte por ciento (20%) de tal suma, si la omisión es subsanada por ciento (20%) de tal suma, si la omisión es subsanada dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha en que se dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha en que se notifique la sanción. Para tal efecto, en uno y otro caso, se notifique la sanción. Para tal efecto, en uno y otro caso, se deberá presentar ante la oficina que está conociendo de la deberá presentar ante la oficina que está conociendo de la investigación, un memorial de aceptación de la sanción investigación, un memorial de aceptación de la sanción reducida en el cual se acredite que la omisión fue reducida en el cual se acredite que la omisión fue subsanada, así como el pago o acuerdo del pago de la subsanada, así como el pago o acuerdo del pago de la misma.misma.

En todo caso, si el contribuyente subsana la omisión con En todo caso, si el contribuyente subsana la omisión con anterioridad a la notificación de la liquidación de revisión, anterioridad a la notificación de la liquidación de revisión, no habrá lugar a aplicar la sanción de que trata el literal no habrá lugar a aplicar la sanción de que trata el literal b). Una vez notificada la liquidación, sólo serán aceptados b). Una vez notificada la liquidación, sólo serán aceptados los factores citados en el literal b), que sean probados los factores citados en el literal b), que sean probados plenamente.plenamente.

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FACTURAFACTURA

Cambios en los documentos Cambios en los documentos físicos físicos

Mediante Ley 1231 de julio de 2008 Mediante Ley 1231 de julio de 2008 se cambió la “legislación comercial” se cambió la “legislación comercial” sobre las facturas, si se quisiera sobre las facturas, si se quisiera aprovechar la nueva Ley. aprovechar la nueva Ley. 

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FACTURAFACTURA

La Ley 1231 comenzará a regir tres La Ley 1231 comenzará a regir tres meses después de su promulgación meses después de su promulgación que fue el 17 de julio de 2008, por lo que fue el 17 de julio de 2008, por lo que el nuevo diseño o modelo de que el nuevo diseño o modelo de factura con los cambios en los factura con los cambios en los documentos físicos y/o  programas documentos físicos y/o  programas de computador cuando se elaboren de computador cuando se elaboren por este medio, habría plazo para su por este medio, habría plazo para su implementación hasta el 18 de implementación hasta el 18 de octubre de 2008.octubre de 2008.

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FACTURAFACTURA Los requisitos que deben ser cumplidos en su Los requisitos que deben ser cumplidos en su

“totalidad”, son los siguientes: “totalidad”, son los siguientes: 1) La fecha de vencimiento. En ausencia de mención 1) La fecha de vencimiento. En ausencia de mención

expresa en la factura de la fecha de vencimiento, expresa en la factura de la fecha de vencimiento, se entenderá que debe ser pagada dentro de los se entenderá que debe ser pagada dentro de los treinta días calendario siguientes a la emisión.treinta días calendario siguientes a la emisión.

2) La fecha de recibo de la factura, con indicación del 2) La fecha de recibo de la factura, con indicación del nombre, o identificación o firma de quien sea el nombre, o identificación o firma de quien sea el encargado de recibirla según lo establecido en la encargado de recibirla según lo establecido en la presente ley. presente ley.

3) El emisor vendedor o prestador del servicio, deberá 3) El emisor vendedor o prestador del servicio, deberá dejar constancia en el original de la factura, del dejar constancia en el original de la factura, del estado de pago del precio o remuneración y las estado de pago del precio o remuneración y las condiciones del pago si fuere el caso. A la misma condiciones del pago si fuere el caso. A la misma obligación están sujetos los terceros a quienes se obligación están sujetos los terceros a quienes se haya transferido la factura.haya transferido la factura.

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Venta de facturasVenta de facturas

En caso de negociación o “factoring”, En caso de negociación o “factoring”, adicional deberá llevarse un registro adicional deberá llevarse un registro estricto de los endosos, toda vez que estricto de los endosos, toda vez que la transferencia de más de un la transferencia de más de un original de la misma factura, original de la misma factura, constituirá delito contra el patrimonio constituirá delito contra el patrimonio económico en los términos del económico en los términos del artículo 246 del código penal, o de artículo 246 del código penal, o de las normas que lo adicionen, las normas que lo adicionen, sustituyan o modifiquen.sustituyan o modifiquen.

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CERTIFICADOSCERTIFICADOS ARTÍCULO 381. Certificados por otros conceptos.ARTÍCULO 381. Certificados por otros conceptos.

Cuando se trate de conceptos de retención diferentes de Cuando se trate de conceptos de retención diferentes de los originados en la relación laboral, o legal y los originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, los agentes retenedores deberán expedir reglamentaria, los agentes retenedores deberán expedir anualmente un certificado de retenciones que contendrá:anualmente un certificado de retenciones que contendrá:

a. Año gravable y ciudad donde se consignó la retención;a. Año gravable y ciudad donde se consignó la retención; b. Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor;b. Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor; c. Dirección del agente retenedor;c. Dirección del agente retenedor; d. Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o d. Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o

entidad a quien se le practicó la retención;entidad a quien se le practicó la retención; e. Monto total y concepto del pago sujeto a retención;e. Monto total y concepto del pago sujeto a retención; f. Concepto y cuantía de la retención efectuada, yf. Concepto y cuantía de la retención efectuada, y g. La firma del pagador o agente retenedor.g. La firma del pagador o agente retenedor. A solicitud de la persona o entidad beneficiaria del pago, A solicitud de la persona o entidad beneficiaria del pago,

el retenedor expedirá un certificado por cada retención el retenedor expedirá un certificado por cada retención efectuada, el cual deberá contener las mismas efectuada, el cual deberá contener las mismas especificaciones del certificado anual. Deben ser especificaciones del certificado anual. Deben ser elaborados de acuerdo a lo indicado en el art 381 del E,T.elaborados de acuerdo a lo indicado en el art 381 del E,T.

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CERTIFICADOSCERTIFICADOS

Sanción por no expedirlos:

ARTÍCULO 667. Sanción por no expedir ARTÍCULO 667. Sanción por no expedir certificados.certificados. Los retenedores que, dentro Los retenedores que, dentro del plazo establecido por el Gobierno del plazo establecido por el Gobierno Nacional, no cumplan con la obligación de Nacional, no cumplan con la obligación de expedir los certificados de retención en la expedir los certificados de retención en la fuente, incluido el certificado de ingresos y fuente, incluido el certificado de ingresos y retenciones, incurrirán en una multa hasta retenciones, incurrirán en una multa hasta del cinco por ciento (5%) del valor de los del cinco por ciento (5%) del valor de los pagos o abonos correspondientes a los pagos o abonos correspondientes a los certificados no expedidos……..certificados no expedidos……..

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Otras sanciones.Otras sanciones.

Art. 658-1 Sanción a administradores y Art. 658-1 Sanción a administradores y representantes legales.representantes legales.

Art 665. Responsabilidad penal por no Art 665. Responsabilidad penal por no consignar las retenciones en la fuente.consignar las retenciones en la fuente.

Art. 666. Responsabilidad penal por no Art. 666. Responsabilidad penal por no certificar correctamente los valores retenidos.certificar correctamente los valores retenidos.

Art. 661 Requerimiento previo al contador o Art. 661 Requerimiento previo al contador o revisor fiscal.revisor fiscal.

Art. 659. Sanción por violar las normas que Art. 659. Sanción por violar las normas que rigen la profesión.rigen la profesión.

Art. 644 Sanción por corrección de las Art. 644 Sanción por corrección de las declaraciones.declaraciones.

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Firmas en las declaraciones.Firmas en las declaraciones.

En las declaraciones de retención en En las declaraciones de retención en la fuente e iva, están obligados a la fuente e iva, están obligados a firmar:firmar:

En las P.H. cerradas de vivienda, solo En las P.H. cerradas de vivienda, solo el representante legal.el representante legal.

En las P.H. mixtas el representante En las P.H. mixtas el representante legal y el revisor fiscal, quienes legal y el revisor fiscal, quienes deben previamente estar inscritos en deben previamente estar inscritos en el Rut.el Rut.

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Firmas en las declaraciones.Firmas en las declaraciones. ¿Se da por no presentada una declaración ¿Se da por no presentada una declaración

cuando ésta no ha sido firmada por el cuando ésta no ha sido firmada por el revisor fiscal de un conjunto de uso revisor fiscal de un conjunto de uso residencial? residencial?

En cuanto al régimen de propiedad horizontal, los En cuanto al régimen de propiedad horizontal, los edificios o conjuntos de uso residencial podrán, a edificios o conjuntos de uso residencial podrán, a través de la asamblea general de propietarios, través de la asamblea general de propietarios, decidir si se elige o no a un revisor fiscal, es decidir si se elige o no a un revisor fiscal, es decir, es de manera optativa y discrecional que decir, es de manera optativa y discrecional que se determina nombrarlo, conforme lo señala el se determina nombrarlo, conforme lo señala el artículo 56 de la Ley 675 de agosto 3 de 2001.artículo 56 de la Ley 675 de agosto 3 de 2001.

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Firmas en las declaracionesFirmas en las declaraciones Ahora bien, el literal d) del artículo 580 del Ahora bien, el literal d) del artículo 580 del

Estatuto Tributario indica que una de las causales Estatuto Tributario indica que una de las causales por las cuales se da por no presentada una por las cuales se da por no presentada una declaración, es cuando no se encuentre firmada declaración, es cuando no se encuentre firmada por contador público o revisor fiscal, existiendo la por contador público o revisor fiscal, existiendo la obligación legal.obligación legal.

Lo anterior indica que si no existe la obligación Lo anterior indica que si no existe la obligación legal de tener revisor fiscal, tampoco puede la legal de tener revisor fiscal, tampoco puede la Autoridad Fiscal exigir la presencia de la firma en Autoridad Fiscal exigir la presencia de la firma en las declaraciones que presente el conjunto de uso las declaraciones que presente el conjunto de uso residencial y por ende tampoco el residencial y por ende tampoco el desconocimiento de su presentación.desconocimiento de su presentación.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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Firmas en las declaracionesFirmas en las declaraciones

Por lo tanto, no hay lugar a que se dé Por lo tanto, no hay lugar a que se dé por no presentada una declaración por no presentada una declaración de un conjunto de uso residencial de un conjunto de uso residencial cuando se haya omitido la firma del cuando se haya omitido la firma del revisor fiscal que de manera optativa revisor fiscal que de manera optativa a elegido la asamblea de a elegido la asamblea de propietarios, por cuanto no existe la propietarios, por cuanto no existe la obligación legal de tenerlo.obligación legal de tenerlo.

John Jairo Ortiz GilJohn Jairo Ortiz Gil

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¿Son los administradores ¿Son los administradores Declarantes?Declarantes?

Revise si su patrimonio ascendió a $ Revise si su patrimonio ascendió a $ 94.383.000(base 2007).94.383.000(base 2007).

Ingresos superiores a $ 69.214.000.Ingresos superiores a $ 69.214.000. Consumos con tarjeta de crédito ,= o > Consumos con tarjeta de crédito ,= o >

$58.727.000.$58.727.000. El total de compras y consumos no deben El total de compras y consumos no deben

superar $58.727.000.superar $58.727.000. El valor acumulado de las consignaciones El valor acumulado de las consignaciones

bancarias y depósitos de inversiones no bancarias y depósitos de inversiones no deben superar la suma de $94.383.000.deben superar la suma de $94.383.000.

Que no sean responsables del impuesto a Que no sean responsables del impuesto a las ventas.las ventas.

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Aplique lo aprendido y logre cada día Aplique lo aprendido y logre cada día ser un mejor administrador, ser un mejor administrador, Consejero, Contador y Revisor Fiscal.Consejero, Contador y Revisor Fiscal.

GRACIAS POR SU ASISTENCIAGRACIAS POR SU ASISTENCIAwww.propiedadhorizontaljj.comwww.propiedadhorizontaljj.com

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