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JJé Superintendencia de Administración Tributaria INTENDENCIA DE ADUANAS PROCESO/ SUBPROCESO GESTIONES O PERMISOS ESPECIALES Nombre del Documento Identificación Versión PROCEDIMIENTO PARA LA SUBASTA EN ALMACENES FISCALES No. de folios Nombre completo Puesto que ocupa Firma ELABORADO POR: Mayra Patricia Rodas Ruano Jefe de Unidad de Normas y Procedimientos lngayM3c)Mayra Patricia Roaos Ruano Jóle yJniffoaffif)» Normas y Procedimionios smento Normativo Inlnrtftnnr.ia da Aduana» Fecha de Aprobación REVISADO POR: Francisco Guillermo Coy Caal Jefe a.i. del Departamento Normativo turf* r*V7emaxá guilRmo Coy&aí Mi *t-M<OepSrumtnt«9/aníatn>e Inttndtncu de 1,í „.: PR-IAD/DNO-PE-07 20 30/11/2011 APROBADO POR: Nilda Judith Telles Escobar Intendente de Aduanas Página 1 de 18 Este documento es una COPIA CONTROLADA, sin embargo la reproducción total o parcial del mismo se considera una COPIA NO CONTROLADA 1/20

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JJéSuperintendencia de Administración Tributaria

INTENDENCIA DE ADUANAS

PROCESO/

SUBPROCESOGESTIONES O PERMISOS ESPECIALES

Nombre del Documento Identificación

Versión

PROCEDIMIENTO PARA LA SUBASTA EN ALMACENES

FISCALESNo. de folios

Nombre completo

Puesto queocupa

Firma

ELABORADO POR:

Mayra Patricia Rodas Ruano

Jefe de Unidad de Normas yProcedimientos

lngayM3c)Mayra Patricia Roaos RuanoJóleyJniffoaffif)» Normas y Procedimionios

smento NormativoInlnrtftnnr.ia da Aduana»

Fecha de Aprobación

REVISADO POR:

Francisco Guillermo Coy Caal

Jefe a.i. del DepartamentoNormativo

turf*r*V7emaxá guilRmo Coy&aíMi *t-M<OepSrumtnt«9/aníatn>e

Inttndtncu de 1,í „.:

PR-IAD/DNO-PE-07

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30/11/2011

APROBADO POR:

Nilda Judith Telles Escobar

Intendente de Aduanas

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Procedimiento para la Subasta en Almacenes Fiscales

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Fecha de Aprobación30/11/2011

Objetivo

Establecer el procedimiento para la subasta de mercancías en almacenes fiscales con miras a la facilitación y agilización delproceso, el cual deberá desarrollarse por personal del almacén fiscal y del servicio aduanero de manera coordinada.

Alcance

El presente procedimiento es aplicable en almacenes fiscales e involucra a los empleados del almacén fiscal y del servicioaduanero, al interesado y las autoridades competentes encargadas de velar por el cumplimiento de sus funciones asignadascon base en la legislación nacional. El proceso inicia con la solicitud interpuesta por el almacén fiscal para llevar a cabo lasubasta de mercancías, la cual concluye con la entrega de las mismas a los adjudicatarios una vez hayan cumplido con lasformalidades para su retiro del almacén fiscal.

Marco Legal y Documentos Relacionados

1. Resolución número 223-2008 (COMIECO-XLIX) del Consejo de Ministros de Integración Económica, que aprueba elCódigo Aduanero Uniforme Centroamericano -CAUCA-. Publicada en Acuerdo número 469-2008 del Ministerio deEconomía.

2. Resolución número 224-2008 (COMIECO-XLIX) del Consejo de Ministros de Integración Económica, que aprueba elReglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -RECAUCA-. Publicada en Acuerdo Ministerial número 471-2008 del Ministerio de Economía.

3. Acuerdo Gubernativo número 447-2001 del Presidente de la República. Reglamento para el Funcionamiento de AlmacenesFiscales.

4. Decreto número 1746 del Congreso de la República. Ley de Almacenes Generales de Depósito.

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Procedimiento para la Subasta en Almacenes Fiscales

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Fecha de Aprobación30/11/2011

5. Acuerdo Gubernativo número M. de E. 20-69 del Presidente de la República. Reglamento de la Ley de AlmacenesGenerales de Depósito

6. Decreto número 6-91 del Congreso de la República. Código Tributario.7. Resolución número SAT-IA-02-2008 del Intendente de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributaria.

Disposición administrativa que regula la administración de mercancías caídas en abandono.

Normas Internas

Normas Generales

1. Conforme lo establece el Acuerdo Gubernativo 447-2001 "Reglamento para el funcionamiento de almacenes fiscales", elalmacén fiscal venderá en pública subasta las mercancías que hayan causado abandono.

2. El plazo de almacenamiento de las mercancías en el almacén fiscal será de un año improrrogable, contado a partir de lafecha de su ingreso al almacén. Vencido dicho plazo las mercancías causarán abandono.

3. En tanto el Departamento Operativo de la Intendencia de Aduanas no asuma las funciones designadas en el artículo 8numeral 12 de la resolución 467-2007 del Superintendente de Administración Tributaria, corresponderá a la División deAduanas Gerencia Regional Central colaborar con las actividades para la realización de la subasta de mercancías.

4. El almacén fiscal y la delegación de aduana en el mismo deben determinar las mercancías que han causado abandono afavor del fisco, debiendo elaborar los reportes correspondientes que deben contener como mínimo la siguiente información:número correlativo, fecha de ingreso, fecha de abandono, ubicación, número de documento de ingreso al almacén fiscal,nombre del consignatario, cantidad de bultos, tipo de bultos, descripción genérica de las mercancías y peso en kilos.

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Asimismo la delegación de aduanas debe verificar que en el listado de mercancías abandonadas no se encuentrenmercancías que presentan algún impedimento legal o proceso alguno que impida subastarlas. En tal caso, las mismasdeben quedar bajo custodia del almacén fiscal hasta que autoridad competente ordene lo contrario o concluya el procesocorrespondiente ante la autoridad aduanera.

5. Una vez elaborado el reporte indicado en la norma 4, el almacén fiscal debe solicitar al Intendente de Aduanas (o quiencorresponda según el documento que delegue la Representación Legal de la SAT) la autorización para realizar el procesode subasta. La solicitud debe llenar las formalidades indicadas en el artículo 122 del Código Tributario.

6. La solicitud de autorización debe acompañarse de los siguientes documentos:

a. Fotocopia de las declaraciones de ingreso de mercancías al almacén y documentación de soporte.b. Fotocopia del nombramiento del Representante Legal del almacén fiscal.o Fotocopia de la cédula de vecindad del Representante legal del almacén fiscal.d. Constancia de actualización del almacén fiscal en el Registro Tributario Unificado.e. Listado de mercancías en abandono conforme a lo indicado en la norma 4.

7. El Intendente de Aduanas (o quien corresponda según el documento que delegue la Representación legal de la SAT), deberesolver la petición de conformidad con la legislación vigente y documentos que se adjuntan a la solicitud. Dicha resolucióndebe ser notificada a la Gerencia del Almacén Fiscal con las formalidades correspondientes, debiendo enviar copia de lamisma al área de remates de la División de Aduanas de la Gerencia Regional Central.

8. Cuando se autorice la realización de la subasta, tanto el Almacén Fiscal como la Intendencia de Aduanas deben conformarde manera conjunta una Comisión de Subasta que será la encargada de velar por el cumplimiento y coordinación de lasactividades antes, durante y después de la realización del evento.

9. La Comisión de Subasta estará integrada por dos personas que representen al Almacén Fiscal, una persona que representeel área de remates de la División de Aduanas de la Gerencia Regional Central y dos personas de la delegación de aduanas

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en el almacén fiscal. Dichas personas deben ser nombradas con las formalidades correspondientes por las autoridadessuperiores o jefaturas de cada dependencia.

10. Cuando la Comisión de subasta se encuentre formalmente integrada, previo a iniciar las actividades, debe realizar lasactividades descritas en el segundo párrafo de la norma 4.

11. Cuando la Comisión concluya la actividad indicada en la norma anterior, debe proceder a realizar la clasificación, inventarioy formación de las partidas o lotes de mercancías. Dicho inventario debe contener la siguiente información:

a. Número de partidab. Fecha de ingresoo Fecha de abandono

d. Ubicación

e. Número de documento de ingreso al almacén fiscalf. Nombre del consignatariog. Cantidad en unidadesh. Descripción detallada de cada productoi. Peso en kilos

j. País de origen de las mercancías

12. Concluida la realización del inventario de mercancías, la Comisión debe solicitar a la Unidad Técnica de Operaciones ySeguridad Aduanera, la inspección física para la determinación de los aforos de las mercancías inventariadas.

13. La Comisión debe solicitar la emisión de un informe técnico a la Unidad de Laboratorio Químico Fiscal de la Intendencia

de Aduanas que permita establecer si atendiendo a la naturaleza, el estado o condición de las mercancías abandonadasson aptas para su comercialización o consumo. Con base a este informe se determinará las mercancías que podránincluirse en el listado oficial de subasta.

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14. Cuando el informe técnico de la Unidad de Laboratorio Químico Fiscal indique que no es procedente realizar la subastade ciertas mercancías, la Intendencia de Aduanas obtendrá el dictamen de la autoridad competente para proceder a ladestrucción de las mismas.

15. La Unidad Técnica de Operaciones y Seguridad Aduanera, debe determinar los aforos con los siguientes datos, los cualesadicionará al inventario inicial.

a. Clasificación arancelaria

b. Tasa arancelaria

c. Valor FOB en US$

d. Valor del flete en US$

e. Valor del seguro en USSf. Valor CIF en US$ y Qg. Valor DAI en Qh. Valor IVA en Q

i. Valor impuestos a pagar en Qj. Tipo de cambio utilizado para la realización de los cálculos.

16. El representante del área de remates de la División de Aduanas de la Gerencia Regional Central y el delegado de aduanasen el almacén fiscal deben verificar si existen mercancías que de acuerdo a su clasificación arancelaria necesitan de unpermiso no arancelario para su desalmacenaje. Dicha información debe ser trasladada al almacén fiscal para que se hagasaber al público en las bases de participación.

17. Concluido el aforo realizado por la Unidad Técnica de Operaciones y Seguridad Aduanera y una vez entregados losinformes correspondientes a la Comisión, se deben determinar por parte de ésta última el valor de los tributos (DAI e IVA)de cada partida o lote debiendo trasladar posteriormente dicho inventario con los tributos ya determinados a la Gerenciadel almacén fiscal.

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18. La Comisión debe tomar fotografías de cada una de las partidas incluidas en el listado oficial de subasta, las que debenpublicarse en la página electrónica del almacén fiscal y del servicio aduanero cuando se realice la exhibición de las mismasconforme lo indica el artículo 609 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

19. El almacén fiscal debe determinar el lugar, hora y fecha para la realización del evento de subasta; el lugar y fechas para laexhibición de las mercancías. Debe además establecer los requisitos que los interesados deben cumplir para poderparticipar en la subasta, y el lugar y fecha en donde se harán entrega de las bases de participación al evento. Lo anteriordebe hacerse del conocimiento del público a través del aviso de subasta.

20. El almacén fiscal debe determinar el valor del almacenaje para cada partida o lote y el valor de los gastos que genera larealización de la subasta (publicación del aviso de subasta, alquiler de salón para la realización del evento, otros). Dichosvalores se deben repartir entre todas las partidas o lotes conformados para integrar su precio base.

21. El almacén fiscal será el responsable de determinar el precio base de cada partida debiendo adicionar a los tributos (DAI eIVA) el valor del almacenaje y el valor de los gastos de subasta.

22. Es responsabilidad del Almacén Fiscal elaborar los siguientes documentos:

a. Listado de mercancías con la integración del precio base conteniendo la siguiente información: número departida, ubicación, descripción de las mercancías, fracción arancelaria, tasa de DAI, valor DAI, valor IVA, total detributos, valor de almacenaje, valor de gastos de subasta y precio base.

b. Documento con el texto para la publicación del aviso de subasta de acuerdo a lo indicado en el articulo 608 delReglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

o Bases de participación y listado de mercancías que se proporcionarán al público, los cuales deben contener elnúmero de partida, ubicación, descripción de las mercancías y precio base.

d. Procedimiento de pago y retiro el cual contendrá, los medios y formas de pago para los tributos, gastos desubasta y almacenaje, y valor diferencial; información que debe incluirse al elaborar la declaración demercancías; requisitos que deben llenar los adjudicatarios para poder retirar las mercancías del almacén.

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Dichos documentos deben ser revisados previamente por la Comisión de Subasta y de corresponder proporcionará suvisto bueno a los mismos, para luego trasladarlos al Intendente de Aduanas para su revisión y aprobación.

23. Cuando los documentos indicados en la norma anterior hayan sido aprobados, el almacén fiscal debe publicar el aviso desubasta en el diario oficial o en un periódico de mayor circulación con una antelación al menos de diez días a la fecha desu realización, conforme lo indica el artículo 607 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano. Elalmacén fiscal debe velar porque el aviso sea colocado en un lugar visible en el almacén o en el lugar en donde serealizará el evento y solicitará a la Superintendencia de Administración Tributaria la publicación en su página web, de dichoaviso.

24. La SAT y el almacén fiscal deben publicar en su página electrónica: el aviso de subasta, las bases de participación y ellistado de mercancías a subastar. Cuando el almacén fiscal no cuente con página electrónica lo debe realizar por otrosmedios donde comunique la realización de dicha actividad al público en general.

25. El almacén fiscal y la Comisión de Subasta deben realizar la exhibición de las mercancías objeto de subasta, dentro delplazo de tres días previos a la realización de la misma tomando las medidas de seguridad necesarias para el resguardo delas mercancías. Así mismo debe publicar en su página electrónica -cuando corresponda- y solicitar a la Superintendenciade Administración Tributaria la publicación en su página web, las fotografías de las mercancías debiendo identificarlas porel número de la partida correspondiente.

26. El almacén fiscal debe recibir, a través del departamento o área que la Gerencia designe, los depósitos que el interesadodebe acreditar por las partidas o lotes de mercancías en que demuestre su interés. Dicho depósito debe ser igual al 25%del precio base de la partida o lote, el cual debe indicarse en las bases de participación.

27. Luego de recibir el depósito, el departamento o área que la Gerencia del almacén fiscal designe debe elaborar el listado delos postores y entregarlos a la Gerencia del almacén debidamente firmados y sellados, para que el día del evento se tengaconocimiento de los nombres de los postores. El listado debe contener la siguiente información: número de correlativo,

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número de recibo, número de identificación tributaria, nombre del postor (persona individual o jurídica) y número de partidapor la que realizó el depósito.

28. Conforme lo indica el Acuerdo Gubernativo número 447-2001 la subasta debe realizarse en presencia de:

a. Un representante de la Intendencia de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributariab. Un representante de la Superintendencia de Bancoso Un representante del Almacén Fiscal yd. Un representante de la Contraloría General de Cuentas.

Además deben hacer acto de presencia en el día del evento las siguientes personas:

e. 3 integrantes de la Comisión de Subasta (1 representante del almacén fiscal, 1 representante de la delegación deaduanas en el almacén fiscal, 1 representante del área de remates de la División de Aduanas de la GerenciaRegional Central)

f. El personal del departamento o área que la Gerencia del almacén fiscal designó para la recepción de losdepósitos.

g. El Administrador de Aduana en cuya jurisdicción se realiza el evento.

29. La Comisión de Subasta coordina con los representantes nombrados que se indican en la norma anterior, las actividades yel apoyo en la realización del evento de subasta.

30. Durante la celebración de la subasta en el día y fecha indicados debe observarse lo indicado en los artículos 610 y 611 delReglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

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31. El evento de subasta debe ser presidido por el Gerente General o el Representante Legal del almacén fiscal o a la personaque éste designe formalmente. El anuncio a viva voz de las partidas estará a cargo del personal del almacén fiscal,quienes además deben llevar el control de las personas a las que finalmente les sean adjudicadas determinadas partidas.

32. Al finalizar la subasta pública, el representante de la Intendencia de Aduanas suscribe acta de conformidad con loestablecido en el inciso d) del artículo 611 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano,compareciendo las autoridades indicadas en la norma 28.

33. Al concluir el evento y suscrita el acta, la Gerencia del almacén fiscal debe entregar a los adjudicatarios los documentosque al efecto se establezcan para poder realizar los pagos y posterior retiro de las mercancías adjudicadas.

34. Conforme lo indica el inciso c) del artículo 611 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, eladjudicatario debe realizar el pago total correspondiente al precio de venta inmediatamente o a más tardar dentro del díahábil siguiente a la fecha de adjudicación, de la siguiente manera:

a. Los pagos por los tributos (DAI e IVA) deben realizarse a través de una declaración aduanera de mercancías.b. Los pagos por los gastos de subasta y valor de almacenaje se deben realizar directamente al almacén fiscal y

deben cancelarse por los medios que el almacén fiscal indique.o Cuando exista valor diferencial, el adjudicatario debe pagar el valor de dicho monto en la forma o medio que

designe la Intendencia de Aduanas, el cual debe conservarse durante tres meses luego de realizarse la subasta(artículo 10 del Acuerdo Gubernativo 447-2001 "Reglamento para el funcionamiento de almacenes fiscales").Dentro de este plazo, el valor diferencial podrá ser reclamado por la persona que demuestre su derecho dereclamarlo, transcurrido dicho plazo, sin que se presente reclamo alguno, la Intendencia de Aduanas debeacreditar definitivamente dicho diferencial en la cuenta que designe el Departamento de Tesorería de la GerenciaAdministrativa Financiera de la SAT.

35. La Gerencia del almacén fiscal hará del conocimiento de todos sus departamentos cuáles mercancías y a quienes fueronadjudicadas y debe solicitar el apoyo necesario para evitar inconvenientes en el despacho de las mismas.

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36. La Intendencia de Aduanas debe ser la encargada de verificar y autorizar los reclamos relacionados con el diferencial quese presenten dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la subasta, conforme lo establecido en la norma 34.

37. Cuando el comprador no efectúe el pago correspondiente en el plazo indicado en el inciso o de la norma 34, laadjudicación se debe considerar como no efectuada y la mercancía se debe considerar como no subastada. El compradorperderá el depósito que se hubiere efectuado y para el efecto el almacén fiscal debe trasladar dicho monto hechas lasdeducciones correspondientes a favor del fisco, el cual debe ingresar a un fondo especial del servicio aduanero conformelo indica el último párrafo del artículo 120 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

38. Concluida la subasta y recibidos los pagos correspondientes, el departamento o área que designe el almacén fiscal para larecepción de los depósitos y pagos correspondientes debe elaborar un listado con los nombres de los adjudicatarios y laspartidas acreditadas, el cual debe trasladar a la Gerencia del Almacén fiscal y a la delegación de aduanas en el almacénpara que se brinde la facilitación durante el despacho de las mismas.

39. La devolución de los depósitos a los no adjudicatarios (postores a los que no les fueron adjudicadas las partidas por existirmejores oferentes durante la subasta) deben ser entregados por el almacén fiscal a partir a partir del segundo día hábilsiguiente de haber concluido la subasta de acuerdo a lo establecido en las bases de participación.

40. Una vez el adjudicatario haya realizado los pagos correspondientes, debe presentar a la Gerencia del Almacén Fiscalfotocopias completas y legibles de las constancias de pago respectivas y la documentación de soporte por cada una de laspartidas, para iniciar el proceso de retiro de las mismas.

41. Cuando la Gerencia del almacén fiscal haya verificado los pagos y documentación correspondiente, debe entregar a losadjudicatarios la documentación para solicitar el despacho de las mercancías adjudicadas ante la delegación de aduanasdel almacén fiscal en cuya jurisdicción se realizó la subasta.

42. La delegación de aduanas en el almacén fiscal debe verificar la documentación presentada y someterá al procesoselectivo y aleatorio la declaración de mercancías. Cuando el resultado del proceso selectivo y aleatorio sea "verificación

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inmediata", la verificación que realice la delegación debe ser solamente documental tomando en cuenta que lasmercancías fueron ya objeto de reconocimiento físico para la determinación de su valor, clasificación arancelaria y origen.Debiendo el verificador designado sustentar el motivo del no reconocimiento físico haciendo referencia al número de lasubasta realizada.

43. Concluida la verificación documental, la delegación de aduanas en el almacén fiscal y el personal del almacén fiscal debeproceder a entregar las mercancías adjudicadas a través de la boleta de entrega diseñada para el efecto. Las mercancíasserán entregadas exclusivamente a la persona que le fueron adjudicadas.

44. La Gerencia del almacén fiscal debe verificar todas las constancias de pago y la documentación de soporte que presentanlos adjudicatarios, y de corresponder solicita al departamento o área que haya designado previamente que realice ladevolución de los depósitos respectivos.

45. La persona o entidad a quien se le haya adjudicado una partida o lote de mercancías y las mismas requieran, para sudesalmacenaje, la presentación de permisos no arancelarios, deben realizar el trámite ante la autoridad competente previoa su retiro del almacén fiscal. En caso que el interesado manifieste que el trámite para la obtención del permiso requierede más tiempo que lo indicado en las bases de participación y en el procedimiento de pago y retiro, podrá solicitar ante elalmacén fiscal que no se le recargue el valor del almacenaje por los días de retraso en el retiro de las mercancías,quedando a consideración del almacén fiscal la autorización de lo solicitado.

46. El dueño de las mercancías o quien compruebe derecho sobre las mismas podrá rescatarlas hasta el día hábil anterior a lacelebración de la subasta, debiéndose pagar las cantidades que se adeuden al fisco y de los costos y gastos incurridos porel almacén fiscal en el proceso de subasta, así como el cumplimiento de los requisitos no arancelarios correspondientes.El rescate de las mercancías debe solicitarse ante la delegación de aduanas en el almacén fiscal, y una vez concedido,previo a iniciar el proceso de subasta en el día y fecha programados debe hacerse del conocimiento al público participante.En caso existieran postores para la mercancía ya rescatada, se procederá a la devolución del depósito efectuado.

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Narrativa

No. Actividad Responsable

1.Determinan mercancías que han causado abandono conforme a norma 4. Delegación de aduanas en

almacén fiscal y almacén fiscal

2.Solicita autorización para realizar subasta de mercancías. Almacén fiscal

3.Determina autorización o rechazo de la solicitud. Si rechaza realiza actividad 4. Si

autoriza realiza actividad 5.

Intendente de Aduanas o

autoridad que corresponda.

4.Elabora resolución de denegatoria y traslada al Intendente o a la autoridad quecorresponda para firma correspondiente, continúa en 6.

Intendencia de Aduanas

5.Elabora resolución de autorización y traslada al Intendente o a la autoridad quecorresponda para firma correspondiente, continúa en actividad 6.

Intendencia de Aduanas

6.Firma documento y traslada para notificación. Intendente de Aduanas o

autoridad que corresponda.

7.Notifica resolución a interesado. Unidad de notificaciones

8.Nombran personal que debe integrar la Comisión de Subasta. Intendencia de Aduanas y

Almacén Fiscal.

9.Realiza actividades conforme a norma 10 a 13. Comisión de Subasta

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Fecha de Aprobación30/11/2011

No. Actividad Responsable

10.

Realizan aforos conforme a norma 15 y 16. Unidad Técnica de Operacionesy Seguridad Aduanera y Unidadde Laboratorio Químico Fiscal

11.

Verifican mercancías que de acuerdo a su clasificación arancelaria necesitan de unpermiso no arancelario para su desalmacenaje. Elaboran informe y entregan a laComisión de Subasta.

Representante del área deremates de la División de

Aduanas de la Gerencia RegionalCentral y delegado de aduanasen el almacén fiscal.

12.

Determina el valor de los tributos (DAI e IVA) de cada partida o lote y trasladaposteriormente dicho inventario con los tributos ya determinados a la Gerencia delAlmacén fiscal.

Comisión de Subasta

13.Realiza actividades indicadas en normas 19 a 22 Almacén fiscal

14.

Verifica documentos elaborados conforme a norma 22. Si no corresponde regresa aactividad anterior. Si corresponden, proporciona visto bueno a documentos ytraslada a Intendencia de Aduanas.

Comisión de Subasta

15.Verifica documentos y proporciona visto bueno. Intendente de Aduanas

16.Publica aviso de subasta, bases de participación y listado de mercancías a subastarconforme a normas 23 y 24.

SAT y Almacén fiscal

17.Realizan la exhibición de las mercancías objeto de subasta. El almacén fiscal y la Comisión

de Subasta.

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No.

18.

19.

20.

21.

22.

23.

24.

25.

26.

.

Intendencia de Aduanas

Procedimiento para la Subasta en Almacenes Fiscales

Actividad

Observa mercancías en el lugar o en el sitio electrónico indicado. Si no muestrainterés, concluye el proceso. Si muestra interés realiza actividad 19.

Realiza depósito ante almacén fiscal por las partidas o lotes en que muestra interés.

Elabora listado de postores y entregan a la Gerencia del almacén fiscal antes de larealización del evento.

Realizan la subasta conforme a lo indicado en el artículo 610 y 611 del Reglamentodel Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

Solicita a departamentos del almacén fiscal, facilidades para la gestión de losadjudicatarios para agilizar el despacho de las mercancías.

Realiza el pago de las mercancías adjudicadas ante el almacén fiscal.

Recepciona pagos correspondientes, elabora listado con los nombres de losadjudicatarios y las partidas acreditadas, traslada a la Gerencia del Almacén fiscal.

Presenta a la Gerencia del Almacén Fiscal fotocopias completas y legibles de lasconstancias de pago respectivas y la documentación de soporte por cada una de laspartidas, a efecto de solicitar el retiro de las mismas.Verifica las constancias de pago y documentación de soporte y de corresponderrealiza actividad 27. Si documentos no corresponden, solicita comprador corregir,regresa a actividad 25.

PR-IAD/DNO-PE-07

Versión 2

Fecha de Aprobación30/11/2011

Responsable

Comprador

Comprador

Departamento o área quedesigne el almacén fiscal pararecepción de depósitos.Representantes indicados en lanorma 28.

Gerencia del almacén fiscal.

Comprador

Departamento o área quedesigne el almacén fiscal pararecepción de depósitos.Comprador

Gerencia del almacén fiscal.

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Procedimiento para la Subasta en Almacenes Fiscales

PR-IAD/DNO-PE-07

Versión 2

Fecha de Aprobación30/11/2011

No. Actividad Responsable

27.Solicita al departamento o área que haya designado previamente, que realice ladevolución de los depósitos respectivos.

Gerencia del almacén fiscal.

28.Presenta documentación ante delegación de aduana en almacén fiscal. Comprador

29.Verifica documentos. Si documentos no corresponden, solicita a comprador corregir,regresa a actividad 25. Si documentos corresponden realiza actividad 30.

Delegación de aduanas yalmacén fiscal.

30.

Entregan mercancías adjudicadas. Delegación de aduanas yalmacén fiscal y personal delalmacén fiscal.

Registros

Nombre del Registro Tipo de Registro (Papel/Electrónico)

Reporte de mercancías abandonadas Papel

Solicitud de autorización Papel

Resolución Papel

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Procedimiento para la Subasta en Almacenes Fiscales

PR-IAD/DNO-PE-07

Versión 2

Fecha de Aprobación30/11/2011

Nombre del Registro Tipo de Registro (Papel/Electrónico)

Notificación Papel

Nombramiento Papel

Inventario Papel

Aforo e informe técnico Papel

Informe Papel

Aviso de subasta Papel/electrónico

Listado de nombres y partidas pagadas Papel

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r

• 1' Intendencia de Aduanas

Procedimiento para la Subasta en Almacenes Fiscales

PR-IAD/DNO-PE-07

Versión 2

Fecha de Aprobación30/11/2011

Listado de Anexos

Tipo(s) deAnexo(s): Formatos e Instructivos.

Identificación

del Anexo

(Si Aplica)Nombre del Anexo

RE-GPD-GC-03 Lista de Control de Cambios

RE-GPD-GC-04 Lista de Distribución

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Ge\_,icia de Planificación y Desarrollo Instuucional

Lista de Control de Cambios

RE-GPD-GC-03

Versión 1

22/02/2011

Nombre del

Documento:Procedimiento para Subasta en Almacenes Fiscales

Identificación

del

documento:

PR-IAD/DNO-PE-07

No. de

Versión

No. de

PaginaModificación realizada Fecha

Nombre y Firma de quienautoriza cambio

1 TODAS

Se transcribe el contenido de la versión 1 del

Procedimiento para Subasta en Almacenes Fiscales(IA-DN-UNP-02.07), identificándolo como PR-IAD/DNO-PE-07, para adaptarlo al formatoestablecido en el Procedimiento de la Elaboración yControl de Documentos y Registros (PR-GPD-GC-01), bajo las directrices indicadas en el Manual deCalidad (MQ-SAT-GC-01).

24/10/2011

íic (rm£<§wSmffi Caa[•},(, ILtdc0fXpÁ'"<"'vf"'n'""",c

Lio Francisco Guillermo

Coy Caal

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Gerencia de Planificación y Desarrollo Institucional

Lista de Distribución

RE-GPD-GC-04

Versión 3

12/10/2011

Nombre del documento a ser

distribuido:

Nombre del funcionario/

empleado/figura organizativa

Lie. Jorge Mario AndrinoGrotewold/Secretaría General

Licda. Janira Melissa Ramazzini

Herrera/Departamento Normativo

Procedimiento para Subasta enAlmacenes Fiscales

Puesto que ocupa

Secretario General

Analista de Procesos

Ubicación física

Edificio Torre SAT

5to nivel

Edificio Torre SAT

3er nivel

Identificación

del documento

a ser

distribuido:

Fecha:

Cantidad de

copiascontroladas

entregadas

1

PR-IAD/DNO-PE-07

30/11/2011

Firma de quiénrecibefa^poia

controlada

2 7 EME. 201Z

s.a r

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