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1 REGLAMENTO INTERNO JARDIN INFANTIL ZONA DE NIÑOS

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REGLAMENTO INTERNO

JARDIN INFANTIL

ZONA DE NIÑOS

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PRESENTACIÒN

El presente reglamento interno responde al decreto con fuerza de Ley Nº 2 de 1998,

sobre subvención del estado a establecimientos educacionales, que establece los

lineamientos sobre los propósitos y requerimientos de los establecimientos que impetran el

beneficio de la subvención.

El reglamento interno rige las relaciones dentro del establecimiento; los alumnos

(as), padres y apoderados (as), señalando las normas de convivencia - enmarcadas en el

reglamento de convivencia escolar - reconocimientos y sanciones que origina su destacado

cumplimiento o infracción, los procedimientos y las instancias de revisión

correspondientes.

El reglamento será debidamente informado y notificado a los padres y apoderaos a

través de medios disponibles en internet y copia digital al momento de la matrícula o de su

renovación cuando haya sufrido modificaciones, dejándose constancia escrita de ello

mediante la firma del padre o apoderado.

Sólo se podrán aplicar medidas disciplinarias o sanciones contenidas en el

reglamento interno.

Las disposiciones del reglamento interno que contravengan normas legales, se

tendrán por no escritas y no podrán servir de fundamento para la aplicación de medidas por

parte del establecimiento a conductas de los miembros de la comunidad educativa.

FUNDAMENTACION

El presente reglamento interno tiene como finalidad ser un documento de apoyo que

oriente las funciones y actividades que se deben cumplir al interior del Jardín Infantil en

relación a cada componente: Equipo de profesional y técnico, alumnos (as), apoderados (as)

e integrantes de la comunidad.

La Ley General de Educación plantea que la finalidad de la educación es “alcanzar

–en los estudiantes- su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y

físico mediante la transmisión de valores, conocimientos y destrezas”. Enmarcada “en el

respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de la

diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las

personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma

responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad y para trabajar y

contribuir al desarrollo del país”.

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Para alcanzar aquel objetivo es imprescindible regular las relaciones sustentado la

sana convivencia entre las personas. Así, el Jardín Infantil se regirá por normas de

comportamiento, mecanismos para su exigencia y cumplimiento y de transparencia en los

procedimientos para el cumplimiento de deberes, requerimientos de los derechos y

aplicación de disciplina en los casos que fuera necesario.

Al mismo tiempo, el Jardín Infantil estima que un reglamento no tiene razón de ser

si no existe disposición de cumplirlo en todos sus aspectos y espera que la comunidad se

comprometa en favor del mismo – y con ello – con la promoción y cumplimientos de los

derechos de los niños y niñas.

El Reglamento Interno considera los derechos del Niño como eje central que orienta

el quehacer pedagógico y regula las relaciones, roles, deberes y responsabilidades de los

diferentes actores de la comunidad, considerando la obligación del estado a adoptar todas

las medidas necesarias para dar efectividad a los derechos reconocidos por la convención

de los derechos del niño, que entre otros establece que todo niño y niña tiene derecho a un

nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social; el

derecho a la educación; al descanso y el esparcimiento; a la libertad de pensamiento, de

conciencia y de religión; a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le

afectan; a la libertad de expresión; a participar plenamente en la vida cultural y artística.

Igualmente a los derechos básicos de supervivencia; desarrollo pleno; a la protección contra

influencias peligrosas; los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la

vida familiar, cultural y social. De lo que se determinan cuatro principios fundamentales

que definen las acciones que se despliegan dentro de nuestra institución la no

discriminación; la consideración del interés superior del niño; el derecho a la vida, la

supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos del niño.

El presente, también se orienta en el Proyecto Educativo Institucional del Jardín

Infantil.

Además de:

Las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, tanto de tipo educacional como

laboral, y basado en las normativas contempladas en:

a) La Constitución Política de la República de Chile, 1980.-

b) La Ley General de Educación (LGE) Nº 18.962 de 1990.

c) El Estatuto de los Profesionales de la Educación, Ley Nº 19.070 de 1991.

d) Reglamento de la Ley Nº 19.070. Decreto Nº 453 de 1991 y sus modificaciones.

e) Código del Trabajo. Ley Nº 18.620 de 1987.

f) Declaración de los Derechos del Niño de 1990. 4

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g) Ley 19.284/94 que establece normas para la plena integración social de las personas con

discapacidad.

h) Decretos de Educación Parvularia N° 289/2001; 306/2007.

1. OBJETIVOS:

1.1 Favorecer en todos (as) los integrantes de la comunidad educativa principios y

elementos que contribuyen a la coexistencia armónica de los miembros de nuestro Jardín

Infantil, con énfasis en una formación que favorezca la prevención de cualquier tipo de

violencia.

1.2 Resguardar los derechos de las personas que conviven en nuestro jardín infantil,

reconociendo que para concretar un clima de armonía cada uno debe ser entendido como

sujeto de derecho y así resguardar su identidad como personas dignas e individuales, con

capacidad para asumir responsabilidades frente a la sociedad.

1.3 Establecer las políticas de prevención, pedagógicas y protocolos de actuación para los

casos de maltrato y/o acoso escolar que estimulen el entendimiento de las partes en

conflicto, e implementar acciones reparatorias para los afectados.

1.4 Delinear las normas de convivencia, derechos y deberes de los estamentos de la

comunidad escolar para garantizar el normal desarrollo de los procesos educativos y un

clima de convivencia que favorezca el desarrollo personal y social de todos los miembros

de la Institución.

2. ANTECEDENTES GENERALES.

Jardín Infantil Zona de Niños es un Establecimiento Educacional Particular

subvencionado bajo el sistema de Financiamiento Compartido y atiende los niveles primer

y segundo de Transición.

Programas – planes y reglamentos del establecimiento

De acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Educación se contempla el

siguiente Plan y Programa de Estudio:

Decreto supremo 289 – 2001.

El año escolar, vacaciones y días feriados en general, se regirán por las

disposiciones del Ministerio de Educación.

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ORGANIGRAMA

3. SOBRE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y SUS INSTITUCIONES

3.1 Todos los integrantes de la comunidad educativa deben promover y asegurar una sana

relación entre ellos, realizando todas las actividades bajo valores como respeto, dignidad y

tolerancia.

3.2 Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente

sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de éste se vea

afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus

demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a

colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera

de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos

denunciados.

3.3 Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en

un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos (as),

alumnas, padres, madres y apoderados (as), profesionales de la educación, asistentes de la

educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales:

SOSTENEDOR

DIRECTORA

Auxiliar de Servicios

EDUCADORA DE PÁRVULOS

TÉCNICO EN ATENCIÓN DE PÁRVULOS

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Pertenecen a la comunidad escolar del Jardín Infantil Zona de Niños II de Puerto Montt:

a) Los niños y niñas que cumplan los requisitos para ser matriculados en el Jardín Infantil

zona de Niños II. Esto es, haber aprobado el proceso orientado por el Jardín Infantil para

tales efectos y cumplir con la documentación correspondiente:

Certificado de nacimiento.

Certificado de Vacunas.

Informe de evaluación (cuando procede).

Ficha del Alumno.

b) Serán excluíos como tutores responsables de los alumnos (as) del jardín Infantil Zona de

niños quienes por dictamen judicial, permanente o transitoria están impedidos de su rol

respecto de un determinado alumno.

c) Los Directivos, Docentes, Educadoras de Párvulos, Asistentes de la Educación

contratados o de reemplazos que cumplen tareas en el establecimiento.

c) Los Directivos, Docentes, Educadoras de Párvulos, Asistentes de la Educación

contratados o de reemplazos que cumplen tareas en el establecimiento.

d) El personal técnico y Profesional de apoyo a alumnos (as) con Necesidades Educativas

Especiales que deben encargarse el él o ella durante su estadía en el Jardín Infantil, a fin de

colaborar en su normal desempeño durante la jornada.

Para efectos legales, todos los trabajadores del Jardín Infantil Zona de Niños II, se

rigen por el Código del Trabajo, el Estatuto Docente en lo que corresponde y, el

Reglamento Interno del mismo Centro Educacional y su Proyecto Educativo.

El personal contratado por las familias para la atención específica de su Pupilo,

deberá presentar la documentación que proceda, a fin de resguardar los intereses y

normativas de funcionamiento del jardín Infantil Zona de niños II.

3. 4 NORMAS GENERALES

3.4.1 NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO

ARTÍCULO 1. El horario de funcionamiento, estará determinado por la sociedad

sostenedora de acuerdo a las disposiciones y normativas vigentes tanto del personal como

del alumnado.

ARTICULO 2. Los horarios de clases se estructurarán con criterio pedagógico atendiendo a

las necesidades de los alumnos (as) y en conformidad a las instrucciones emanadas del

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Nivel Central y Regional. Se elaborarán al inicio del año lectivo y podrán modificarse

durante éste según lo determinen las necesidades de la vida escolar.

Las clases se realizarán según los horarios y no podrán ser suspendidas sin previa

autorización de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Educación.

No obstante lo dispuesto anteriormente, en los casos de fuerza mayor, la Dirección del

Establecimiento podrá suspender dichas actividades comunicando de inmediato a la

SECREDUC y al Sostenedor.

El establecimiento permanecerá abierto de lunes a viernes desde las 8:00 a las 19:00 horas.

Los horarios de clases serán los siguientes:

Jornada de la mañana:

8:15/ 08:30 a 12:30 hrs.

Jornada de la Tarde:

13:45/14:00 a 18:00 hrs.

DEL UNIFORME ESCOLAR

ARTICULO 3. El Uniforme del Jardín Infantil zona de Niños II es la tenida deportiva del

Colegio Paideia y consta de:

Pantalón, Polera y polerón del Colegio Paideia.

Cotona Café (para los niños) y Delantal a cuadrillé (para las niñas).

Zapatillas Blancas o negras.

Los alumnos (as) deberán presentarse con uniforme completo y en perfectas

condiciones en los eventos planificados a fin de conservar orden y uniformidad en los

diferentes actos.

ARTICULO 4. El Uniforme no es exigible para asistir a clases, por lo tanto, los niños

pueden acudir con otra vestimenta, siempre que ésta sea acorde con las actividades que se

desarrollan normalmente durante la jornada de trabajo, no entorpezcan su movilidad ni

posibilidades de exploración, por lo cual, se recomienda que sea una tenida deportiva y

oscura.

DEL INGRESO AL JARDÍN INFANTIL

ARTICULO 5. El ingreso de toda persona al Jardín Infantil será regulado por el personal

del Jardín.

ARTICULO 6. El acceso al recinto escolar estará especialmente limitado en los horarios de

clases por razones pedagógicas y de seguridad.

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ARTICULO 7 .Los Padres y Apoderados (as) podrán acceder a entrevistas con un personal

previa coordinación y aviso en dirección.

ARTICULO 8.Las personas ajenas al Jardín Infantil deberán presentarse en la Dirección

General quien autorizará el ingreso.

ARTICULO 9. Una vez iniciada la jornada de clases no se recibirán materiales, colaciones,

trabajos, etc. con el fin de fortalecer la formación de hábitos. De esto se excluye los

medicamentos autorizados por un médico y administrados por el tutor.

ARTICULO 10. Todas las entrevistas con Educadoras y/o dirección serán fijadas con fecha

y hora con una semana de antelación, siempre en horario alterno al destinado para trabajo

en aula con el nivel a cargo.

DE LAS ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMATICAS

ARTICULO 11. Los paseos de curso están prohibidos, por lo tanto, cualquier paseo de fin

de año se realizará bajo la exclusiva responsabilidad de los Padres y Apoderados (as),

eximiendo al Jardín Infantil Zona de Niños ante cualquier accidente que pueda ocurrir.

ARTICULO 12.Las salidas a terreno se adscribirán a un objetivo curricular específico que

debe ser planificado por la Educadora de Párvulos, los (as) almunos (as) deben ser

autorizados por escrito. Por lo tanto, el apoderado debe devolver firmada la Autorización

respectiva. De no cumplirse con esta exigencia, el (a) alumno no podrá participar en dicha

actividad.

ARTICULO 13.La Dirección del Establecimiento podrá autorizar actividades escolares

fuera del horario de clases, siempre que estas se realicen bajo la responsabilidad de una

Educadora de Párvulos del plantel y obedezcan a actividades debidamente planificadas con

un fin educativo.

ARTICULO 14. Al Jardín infantil no le cabe responsabilidad alguna si su hijo o pupilo

sufre algún accidente en actividades no programadas.

DE LAS COLACIONES

ARTICULO 15. La instancia de colación será regulada por una minuta entregada por el

Jardín Infantil, los padres, madres y apoderados (as) deben enviar los alimentos estipulados

para cada día en el momento del ingreso de los alumnos (as), debidamente rotulados,

limpios y en perfecto estado de conservación.

ARTICULO 16. La supervisión de ésta instancia está a cargo del equipo responsable de

cada nivel, por lo tanto, no se permite el ingreso de apoderados (as) a las dependencias del

jardín infantil, salvo excepciones debidamente justificadas y autorizadas con anterioridad.

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DEL TRANSPORTE DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

ARTICULO 17. Considerando que uno de los medios de transporte de los niños al Jardín

Infantil son los furgones escolares, es importante hacer las siguientes recomendaciones:

a) Debe informar al Jardín Infantil el nombre de persona que transporta a sus hijos, como

así mismo la patente del vehículo, número móvil de contacto y si este cumple con los

seguros establecidos por la ley de tránsito a este respecto.

b) Debe evitar que sus hijos sean transportados en vehículos que no reúnen los requisitos

establecidos por la ley.

DE LA MATRICULA Y EGRESO DEL ALUMNO

ARTICULO 18. Al solicitar matrícula para su pupilo, el apoderado acepta las disposiciones

reglamentarias vigentes del Ministerio de Educación y las Normas Internas de la vida

escolar del Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt, comprometiéndose a colaborar

también en el hogar con la educación impartida por éste.

ARTICULO 19. La matrícula definitiva para el año siguiente se efectuará en el mes de

Diciembre, en los plazos que contempla el Calendario Regional.

ARTÍCULO 20.Los alumnos que postulan al Establecimiento deben ser inscritos e

informados respecto del proceso de matrícula, debiendo presentar los siguientes

documentos:

- Certificado de Nacimiento.

- Certificado de vacunaciones al día.

- Informe de Evaluación cuando corresponda.

- Informe de Personalidad (si procede).

- Certificados médicos, cuando fuere necesario.

ARTÍCULO 21. El Apoderado deberá comunicar a la Dirección, en forma personal el retiro

de su pupilo del Establecimiento.

ARTICULO 22. El tiempo de que dispone el apoderado para el retiro de la documentación

de su pupilo(a) será de 15 días hábiles a partir de la solicitud presentada.

ARTICULO 23. Los apoderados (as) de alumno que se retira o egresa del Jardín Infantil

deberá devolver el material escolar facilitado por el Establecimiento, antes de recibir sus

otros Documentos.

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DE LA EVALUACIÓN

El Jardín Infantil Zona de Niños, entiendo la evaluación como una instancia para

recolectar información relevante que nos indica el estado de avances de los niños en cuanto

a los Aprendizajes Esperados para su edad y nivel, desde donde, se toman decisiones que

atienden a mejorar sus experiencias de aprendizaje y definir estrategias de enseñanza que

respondan a sus intereses y necesidades en forma oportuna.

Se realizarán tres evaluaciones sumativas, en cada una de las etapas establecidas en

el plan estratégico de cada nivel, valorando los indicadores que se desprenden de los

programas pedagógicos que corresponden y que propenden a la pauta de evaluación

sumativa que dispone el Ministerio de educación.

Los niños son evaluados diariamente por la educadora del nivel, estos datos son

obtenidos en base a registros de observaciones, listas de cotejo y escalas de apreciación.

Las evaluaciones iniciales son de tipo formativa, con una visión cualitativa, y al término de

cada etapa del plan estratégico, serán de tipo cuantitativa.

Las evaluaciones sumativas serán informadas al término de cada semestre, así

como también, los registros de evaluaciones diarias son de libre acceso a los apoderados

(as) y apoderadas, quienes pueden solicitar su análisis y o revisión previa la solicitud de

entrevista.

En cada uno de los períodos señalados, la Educadora de Párvulos encargada,

completará la Pauta de Evaluación emanada por el Ministerio de Educación para primer y

segundo nivel Transición, considerando los datos registrados como base de la evaluación

individual y grupal para los períodos de Diagnóstico, Ejecución y Finalización.

La promoción de los niños/as en edad preescolar se realiza automáticamente por

edad cronológica de acuerdo a las edades mínimas establecidas para cada nivel.

Los párvulos serán evaluados mediante pautas de comportamiento y conductas

aprobadas por el Jardín Infantil los siguientes criterios:

El área cognitiva, socio afectiva y sicomotora será evaluada utilizando los siguientes conceptos:

LOGRADO: L

MEDIANAMENTE LOGRADO: M/L

NO LOGRADO: N/L

NO EVALUADO: N/E

En el contexto de Educación Parvularia se concibe la evaluación como un proceso

permanente, continuo y sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información

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relevante sobre todo el proceso de Enseñanza-Aprendizaje, para formular un juicio

valorativo que permita tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y mejoren el proceso

educativo en sus diferentes dimensiones. La característica de ser un proceso permanente

significa que debe estar presente durante todo el desarrollo curricular, a través de la

evaluación diagnóstica, formativa y sumativa.

3.4.2 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

A) CONSEJO GENERAL DE EDUCADORAS

El Consejo de Educadoras está conformado por la totalidad de los Educadoras y es

convocado por Dirección para cumplir funciones académicas y/o administrativas.

Los Consejos son organismos técnicos, de carácter consultivo, en los que se expresará

la opinión profesional de sus integrantes. Podrán tener carácter resolutivo en materias

técnico-pedagógicas, en conformidad al proyecto educativo y al reglamento interno.

Los Consejos serán convocados por el Dirección, en forma oportuna y por escrito. El

consejo tendrá una Secretaria, quién llevará un Libro de Actas de Sesiones y un archivo con

el material que el Consejo elabore.

La asistencia la Educadoras a los Consejos es obligatoria dentro de su horario de

actividades.

Los participantes en los Consejos deberán mantener reserva con respecto a las

materias

B) CONSEJO TÉCNICO DE EDUCADORAS

Es el órgano de articulación y coordinación.

Atiende específicamente lo técnico-pedagógico y convivencial.

Implementa las políticas presentadas por Dirección para su ejecución.

Es el organismo de referencia y conducción de cada nivel educativo. Estos consejos

responden a una articulación horizontal de la enseñanza, centrados en el equipo docente y

los mismos estudiantes.

Se responsabiliza de la elaboración, desarrollo y evaluación del Proyecto Curricular

Institucional.

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C) FUNCIONES DEL CONSEJO TÉCNICO DE EDUCADORAS

a. Articular entre niveles, tanto el aprendizaje como la convivencia.

b. Atender especialmente al Proyecto Curricular, su elaboración y puesta en marcha.

c. Atender problemáticas específicas del nivel en relación con el personal docente, padres y

familia, estudiantes y personal.

d. Elaborar un esquema de alcance y secuencia de contenidos curriculares de las áreas en el

nivel o ciclo.

e. Prever las instancias de formación permanente en servicio.

f. Articular los objetivos y contenidos curriculares.

g. Generar espacios y vínculos para la atención de padres, familia y alumnos (as).

h. Evaluar el nivel al inicio, a mitad y a fin de año. Entregar dichas evaluaciones a

Dirección.

i. Asumir y comprender la normativa de convivencia tanto por los docentes, padres, familia

y alumnos (as).

j. Estimular, desarrollar y reflexionar sobre las estrategias de la innovación pedagógica y

las prácticas docentes que propicia la Dirección del Jardín Infantil.

k.- Reflexionar críticamente sobre las propias prácticas.

l.- Elaborar propuestas innovadoras que mejoren la gestión escolar en lo que se refiere al

cumplimiento a los objetivos del nivel.

Otras funciones:

Experimentar sistemas de enseñanza e innovación curricular.

Compartir experiencias, metodologías, bibliografía, recursos e investigaciones entre los

integrantes del equipo de trabajo

Promover el estudio y la investigación educativa de sus miembros.

Elaborar criterios para evaluar el área.

Organizar actividades complementarias.

Seleccionar y elaborar diferentes medios y materiales de enseñanza.

Establecer criterios para la selección de textos y bibliografía de acuerdo con los planes y

programas vigentes.

Promover la interdisciplinariedad

Tener en cuenta los temas transversales acordados.

Fomentar el trabajo en equipo en un clima de estudio, apertura y participación.

D) CONSEJO ESCOLAR JARDIN INFANTIL ZONA DE NIÑOS

a. Se crea en el Jardín Infantil a iniciativa de la Dirección, conforme lo indican las normas

legales vigentes, para el desarrollo de una gestión más colaborativa y colectiva.

b. Este Consejo es presidido por el Director y constituido por:

El Director

Un Representantes de los padres y apoderados (as).

Un Representantes del Consejo de Educadoras,

Un Representante del Sostenedor.

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A cada estamento representado corresponde un voto

c. Tiene carácter consultivo en materias relacionadas con la convivencia escolar,

resolución de conflictos y la participación del Colegio en la comunidad local.

d) Sesionará al menos cuatro veces al año convocados por la Dirección.

f) Se rige por estatutos propios conforme a la normativa legal vigente.

g) Este Consejo velará igualmente por promover y resolver problemas en el ámbito de la

convivencia escolar. Tendrá las atribuciones que le confiere la normativa legal vigente.

DEL PERFECCIONAMIENTO DEL EQUIPO PROFESIONAL Y TECNICO

La Dirección deberá promover y facilitar la capacitación de su personal con el

propósito de mejorar la práctica docente y cumplir las metas que el Jardín Infantil se

propone en términos de calidad.

4.0 NORMAS TECNICO ADMINISTRATIVAS

4.1 CARGOS, FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE CADA PUESTO

RESPONSABILIDAD DEL ESTABLECIMIENTO

Es responsabilidad del Jardín Infantil, contar con un PROYECTO EDUCATIVO

INSTITUCIONAL que permita otorgar una educación de calidad, equitativa, pertinente y

oportuna a su alumnado conforme a las orientaciones dadas en los planes y programas del

Mineduc, contextualizadas a la realidad de la comunidad, y en favor una sana convivencia y

seguridad de quienes son parte de ello.

RESPONSABILIDAD DEL SOSTENEDOR

Es responsabilidad del sostenedor:

Dar curso a todas las exigencias y normas establecidas por el Mineduc para el adecuado funcionamiento y ordenamiento del establecimiento.

La administración del Jardín Infantil, en el cumplimiento a todas las orientaciones,

indicaciones y otras demandas establecidas por la Dirección Provincial de

Educación, especialmente la concerniente a la documentación solicitada por los

distintos departamentos de la Dirección Provincial de Educación.

Traspasar oportunamente los beneficios que el Mineduc a través de la Dirección Provincial de Educación haga llegar a todo el personal del establecimiento.

Dotar de los recursos necesarios para el ejercicio docente en su establecimiento.

Dotar de los útiles de aseos y de mantención mínimos necesarios para el adecuado

uso de las instalaciones, higiene y seguridad de todas las personas.

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FUNCIONES DE DIRECCION

El (la) Director (a) es el (la) responsable superior del Jardín infantil y tiene por

misión dirigir, coordinar, orientar, decidir, evaluar y supervisar las funciones

docentes y administrativas; de manera directa o a través de los organismos que

establezca, con el propósito de cumplir los objetivos establecidos en el Proyecto

Educativo

Institucional del Jardín infantil.

Es responsable de todas las funciones académicas y administrativas del Jardín Infantil. Éstas incluyen:

Planificación y Organización:

Proponer el Plan Anual Operativo, conforme al marco referencial entregado por el mismo.

Planificar, organizar, controlar y dirigir todas las actividades del Jardín Infantil

procurando la efectividad y eficiencia del proceso de enseñanza- aprendizaje,

generando planes de acción en beneficio del crecimiento organizacional.

Contratación de Profesores: Buscar, entrevistar, proponer a la sociedad educacional Paideia y retener el personal que responda en forma satisfactoria las expectativas.

Desarrollo del Personal: Proporcionar oportunidades a los integrantes del equipo de trabajo para aumentar su competencia profesional mediante su participación en

seminarios, talleres, charlas y presentaciones dentro y fuera del Jardín Infantil.

Relaciones Humanas: Iniciar y facilitar actividades y comunicaciones que unan al

personal del Jardín Infantil en pos de sus objetivos.

Planificación y mantención de la Infraestructura: Desarrollar y proponer planes de obra que mejoren las condiciones de equipamiento e infraestructura para el logro de

los fines del Colegio.

Asignar la infraestructura disponible para optimizar su uso y mantenerla, salvaguardando la inversión de capital y proveer un ambiente de trabajo seguro y

atractivo para los alumnos (as) y el personal del Colegio.

Administración Financiera

Administrar, en forma racional y eficiente, los recursos asignados al

establecimiento.

Representar al Jardín Infantil en todas las funciones educacionales, gubernamentales y sociales manteniendo una imagen pública positiva para él.

Ejecutar por sí, o a través de los organismos asesores, las políticas y normas emanadas de las autoridades educacionales y del Jardín Infantil.

Supervisión: Supervisar el oportuno cumplimiento de las labores académicas y

administrativas del personal, delegando funciones cuando sea necesario.

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Velar por el cumplimiento de la línea curricular y la normativa vigente.

Comunicación: Crear y mantener canales expeditos de comunicación en la comunidad educativa.

Impulsar el desarrollo de los planes, programas de estudio, actividades de reforzamiento y aplicaciones de técnicas y medios que aseguren un óptimo aprendizaje de los alumnos (as).

FUNCIONES DE LA EDUCADORA DE PARVULOS

Planificar, ejecutar y evaluar el proceso educativo respondiendo a las necesidades

de los alumnos (as) y su contexto socio cultural.

Promover hábitos saludables, actitudes y valores que representan el espíritu de la visión y misión del Jardín Infantil Zona de Niños, enmarcadas en los programas y

Bases Curriculares de educación parvularia y el PEI del establecimiento.

Ejecutar las políticas educativas del Jardín Infantil, programas y metodologías, a fin de facilitar y mediar en el aprendizaje de todos los alumnos (as) y alumnas.

Promover el desarrollo de hábitos, actitudes y valores de acuerdo a los Principios y

Objetivos del PEI del Jardín Infantil.

Registrar en el libro de clases contenidos, actividades y asistencia en forma oportuna.

Velar por la disciplina y buen comportamiento de los alumnos (as) en el establecimiento.

Mantener una comunicación fluida con los apoderados (as), vinculándolos al

proceso educacional.

Colaborar en el mejoramiento general del Jardín Infantil.

Confeccionar material didáctico de apoyo a la función docente.

Proporcionar a cada alumno y su familia, orientación y apoyo permanentes.

Realizar actividades extraprogramáticas dispuestas por la Dirección.

Participar con aportes creativos en la revisión de Planes y Programas de Estudios.

Confeccionar y mantener la Carpeta del Alumno.

Asistir a las reuniones de coordinación.

Confeccionar Informe educacional.

Informar a la Dirección sobre problemas de conducta o inasistencias reiteradas de los alumnos (as).

Presidir las reuniones de apoderados (as).

Promover en los niños habilidades sociales como empatía, manejo de emociones, y liderazgo.

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FUNCIONES DE LA ASISTENTE DE PÁRVULOS Y DE AULA

Colaborar en la atención de necesidades de seguridad y bienestar de los párvulos

durante la jornada.

Potenciar la adquisición de valores, actitudes, conocimientos y habilidades emocionales establecidos por el Jardín Infantil.

Apoyar el trabajo pedagógico en aula

Apoyar las experiencias de aprendizaje – enseñanza facilitando la participación de todos los alumnos (as) del nivel.

Apoyar formación de hábitos y cuidado personal en sala, baños y patio.

Aportar con ideas y sugerencias que beneficien las actividades que se desarrollen el Jardín Infantil.

Confeccionar material didáctico a utilizar por los niños, de acuerdo a las actividades programadas.

Mantener aseo y decoración en sala.

Puntualidad al inicio y término de la jornada

Asistir a consejos generales.

Asistir a reuniones generales de padres

Colaborar en las distintas actividades solicitadas por el Jardín Infantil.

PERSONAL DE SERVICIO

Mantener el orden, aseo y ornato de todas las dependencias del Establecimiento.

Cuidar y responsabilizarse del aseo, conservación y mantención de herramientas Y

útiles que se le asignen.

Colaborar en la prevención de potenciales situaciones de riesgo como: restos de vidrios, alambres, interruptores defectuosos, etc.

Adoptar la actitud que corresponde a la seriedad de la función que cumple.

Colaborar en el cuidado y bienestar de los (as) niños (as) durante la jornada.

4.2 DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES GENERALES DE

LOS FUNCIONARIOS DEL JARDÍN INFANTIL ZONA DE NIÑOS

A) Todo el personal tiene las siguientes obligaciones:

1. Registrar diariamente el control de asistencia. El personal debe ingresar puntualmente y

retirarse del establecimiento cumplido su horario contractual firmando en el libro de

asistencia.

Las horas extra deben ser autorizadas por el Director por escrito.

2. Reemplazar a personal ausente de su misma función laboral, de acuerdo a las

necesidades y disposición horaria.

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3. Registrar en Marzo el patrimonio Jardín infantil Zona de Niños que tiene a su cargo. El

extravío o deterioro de un material a su cargo deberá ser inmediatamente informado para su

reparación o baja del inventario.

4. Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el jardín Infantil, pueda cumplir

adecuadamente los fines de la educación.

5. Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo a las normas e instrucciones del

Ministerio de Educación y de la Dirección del Jardín Infantil, según corresponda.

6. Guardar la debida lealtad y respeto hacia el Jardín Infantil y sus representantes.

7. Dar oportuno aviso a la Dirección de su ausencia por causas justificadas y presentar las

licencias médicas cuando corresponda, dentro de los plazos legales.

8. Mantener la sobriedad, presentación, modales, vocabulario y corrección esperadas del

personal del Jardín Infantil.

9. Mantener en todo momento relaciones deferentes con los directivos, Educadoras,

Tecnicos, auxiliares, alumnos (as) y padres.

10. Velar por los intereses del Jardín Infantil Zona de niños, evitando pérdidas, deterioros o

gastos innecesarios en los materiales didácticos, instalaciones, insumos y equipos.

11. Firmar un inventario por el cual cada uno se hace responsable de las dependencias y

bienes que se le confíen.

12. Todo trabajador debe evitar o superar las situaciones de riesgo para el personal y los

alumnos (as) del establecimiento, dando aviso de inmediato a la Dirección o efectuando las

acciones lleven a la eliminación del riesgo, según corresponda.

B) El personal docente tiene las siguientes obligaciones específicas:

Seguridad:

La Educadora de Párvulos es responsable de la seguridad de los alumnos (as) a su cargo durante la totalidad del horario de su clase o actividad extraescolar. La

seguridad física de todos los alumnos (as) es prioritaria frente a cualquier otra

opción.

Debe crear las condiciones para que la tarea se desarrolle en un ambiente seguro.

Siendo, éste ítem, constitutivo del desempeño docente.

La Educadora de Párvulos no debe dejar sólo al curso bajo ninguna circunstancia.

Todo personal no debe beber líquidos calientes en la sala de clases (café, té, otros)

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C) Planificación

Entregar el 31 de marzo de cada año el respectivo plan anual de cada nivel, que incluye

plan común para los estamentos, selección de Aprendizajes Esperados y planificación

anual.

D) Prohibiciones generales para el personal:

1. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin la debida autorización.

2. Suspender ilegalmente las labores o inducir a la suspensión de las mismas.

3. Hacer abandono de su trabajo, o inducir al abandono del mismo.

4. Atrasarse en la hora de llegada.

5. Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, de

drogas o estupefacientes.

6. Introducir bebidas alcohólicas, material pornográfico, drogas o estupefacientes al

establecimiento educacional, o darlas a consumir.

7. La realización de toda venta o acto de comercio dentro del establecimiento sin la

autorización de la Dirección.

8. Realizar en el recinto o en eventos del Jardín Infantil, actividades de proselitismo político

o religioso.

9. Toda manifestación de violencia.

10. Causar daño intencional a las instalaciones o bienes del establecimiento.

11. Utilizar la infraestructura del Jardín Infantil en beneficio personal.

12. Sacar bienes del Jardín Infantil Zona de Niños fuera del recinto, sin la autorización de la

Dirección.

13. Recibir visitas de personas, familiares o no, durante la jornada de trabajo, que pudieran

interrumpir las labores que el trabajador se encuentre realizando.

14. Desempeñar tareas remuneradas con el alumnado del Jardín Infantil sin dar aviso

correspondiente a la dirección.

15. Realizar trabajos en períodos de reposo prescrito por el médico.

16. Difamar a otras personas

17. Violar la confidencialidad de la información

18. Retirar alumnos (as) del Jardín Infantil Zona de Niños sin la autorización de la

Dirección.

19. Contacto físico, maltrato verbal (groserías y descalificaciones) y físico en la persona del

alumno.

20. Dejar a los alumnos (as) solos en las horas que se encuentran a su cargo.

21. Poner en riesgo a otras personas por acción u omisión.

G) De los permisos de salida:

Los permisos son autorizaciones que concede la Dirección a un miembro del

personal del establecimiento para no concurrir a su trabajo o para ausentarse temporalmente

de él dentro de la jornada de labor, por alguna causa justificada. El funcionario deberá

llenar el formulario de solicitud respectiva. Una vez autorizado, el personal debe firmar en

el Libro de Asistencia al egreso e ingreso de dicha salida. De ausentarse sin cumplir dicho

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proceso, La sociedad educacional Paideia, entiende que se produce “abandono del puesto

de trabajo”. Los permisos pueden ser con o sin goce de sueldo.

Las solicitudes de permiso por más de 24 horas se presentarán personalmente al Director,

con al menos 24 horas de anticipación, quién podrá concederlo o denegarlo de acuerdo a la

necesidad de mantener un normal desarrollo del proceso educativo al interior del Jardín

Infantil.

Los permisos corresponderán a visitas médicas, trámites en que se consigne suma urgencia,

situaciones de fallecimiento o enfermedad grave de un familiar.

H) Amonestaciones y Sanciones:

La infracción del presente Reglamento y la Legislación vigente en que el trabajador

incurriere podrá ser sancionado con:

Amonestación verbal

Amonestación escrita interna

Amonestación escrita en la Inspección del Trabajo

Petición de renuncia

Destitución.

La enumeración de las sanciones descritas no constituye gradualidad en su aplicación.

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MANUAL DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

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El Manual de Convivencia tiene una función reguladora en cuanto a las normas de

convivencia escolar, que están orientadas a lograr los aprendizajes de formación,

principios, valores y preceptos sociales que contribuyen a la formación integral de sus seres

humanos.

Este Manual de convivencia y Reglamento Interno están sometidos a las normas

legales emanadas a través de leyes, normas e instrucciones del Estado de Chile y sus

organismos competentes

El Manual de Convivencia del Jardín Infantil zona de Niños de Puerto Montt, en

post del logro de las metas institucionales declaradas en el PEI, regula las normas de

convivencia de la comunidad escolar a través del siguiente Manual Interno:

I. DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES.

Artículo 1. El Manual de Convivencia es base fundamental orientadora de la vida académica y de la disciplina de la institución. Sus normas buscan ajustarse y se

interpretarán de acuerdo con las circunstancias particulares de las personas, Considerando:

a-) Los preceptos constitucionales de la Republica de Chile, en especial en lo que se refiere

a:

N° 1. De nuestra constitución que garantiza la libertad, igualdad, dignidad y derechos de

todas las personas.

N° 2. De la vida en democracia.

N° 3. De los derechos de las personas:

La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona, ni grupos privilegiados. En Chile no hay

esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley.

Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.

Artículo 4. Derecho a la Educación y de la responsabilidad y el deber de los padres en el

desarrollo de ésta, garantizando el desarrollo integral del estudiante, amparándolos de la

discriminación, de las prácticas lesivas de la dignidad humana y de cualquier tipo de

indefensión que coloque en peligro su desarrollo físico y mental.

b-) La declaración universal de los derechos humanos (sus 30 artículos)

c-) La declaración universal de los derechos del niño especialmente en el principio Nº7 (a la

letra)

“El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en

las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le

permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio

individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la

sociedad.

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El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la

responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer

término, a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar

orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades

públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho”.

d) La Ley de Educación Primaria.

e) El proyecto educativo de la Institución.

f) Las normas emanadas desde el Ministerio de Educación de la Republica de Chile

Artículo 2. En el Jardín Infantil Zona de Niños se reconoce:

1. Que los integrantes de la comunidad educativa se identifican con los derechos y

principios que constituyen la base de las normas definidas por el establecimiento y se

compromete con su cumplimiento.

2. Que los valores y convicciones que sustentan la sana convivencia y la calidad de vida de

quienes participan en la comunidad escolar añaden valía a las normas y trascienden el

cumplimiento de ella a aspiraciones como seres humano dignos, libres y de derecho.

3. Que el compromiso con el derecho, la libertad y la plenitud humana supone una toma de

conciencia previa de las responsabilidades y obligaciones de cada uno de los miembros de

la Comunidad Educativa

4. Que el derecho sin ética no tiene consistencia y cae en un formalismo vacío y sin

espíritu, alejado de las prácticas y de la fe cristiana.

Artículo 3. El Manual de Convivencia será interpretado en consonancia con el pensamiento

educativo cristiano, y la interpretación del proyecto educativo de la institución. La

Constitución Política de Chile, la Ley General de Educación y las disposiciones

reglamentarias vigentes, así como por la jurisprudencia de los tribunales.

Artículo 4. Ninguno de los preceptos expuestos en el presente Manual de Convivencia

podrá ser interpretado en detrimento de cualquiera de los miembros de la Comunidad

Educativa.

Artículo 5. El Manual de Convivencia es un instrumento fundamental para definir los

lineamientos, posturas y acciones que han de sustentar la práctica de diversas gestiones en

diferentes situaciones y escenarios. Las decisiones que deban tomarse que afecten tanto a la

administración, como al equipo de trabajo y/o a los estudiantes, se ceñirán a la

Constitución, las leyes, la jurisprudencia, los decretos, los acuerdos, y las resoluciones que

en materia educativa promulguen las distintas ramas competentes del poder público.

El estudio de las normas de convivencia y de los principios que las orientan es obligatorio

en el Jardín Infantil.

Artículo 6. El estudiante es el centro del proceso educativo. La institución y los pedagogos

deben orientar su esfuerzo para que éste logre un desarrollo integral e integrador.

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Artículo 7. Son principios fundamantales de la pedagogía del Jardín Infantil Zona de Niños

de Puerto Montt:

1. Formar niños y niñas, que dentro del descubrimiento de sus propias identidades,

desarrollen habilidades que aporten a su calidad de vida, tales como: iniciativa,

reflexión y espíritu crítico acorde a su edad y características, frente a los conocimientos,

situaciones vivenciales y a su realidad social.

2. Los niños y niñas son activos protagonistas en la construcción de sus aprendizajes,

teniendo la posibilidad de desplegar todas sus potencialidades, capacidades y destrezas,

a través del conocimiento del mundo desde diversas perspectivas que contemplen sus

intereses, aprendizajes previos y vivencias, privilegiando el método científico como

medio de investigación en las diferentes disciplinas del área cognitiva y las habilidades

propias de la inteligencia emocional, para el desarrollo de habilidades personales e

interpersonales.

3. En todo aprendizaje es primordial vivenciar valores fundamentales, como el respeto,

justicia, sentido solidario e integrador, así como también al cuidado y defensa del medio

ambiente.

4. Fortalecer plenamente el desarrollo de valores y habilidades para la vida tales como:

respeto, solidaridad, empatía, altruismo, sentido crítico, sentido de libertad, positiva

auto estima y arraigo por la patria.

5. Incluir los elementos culturales y sociales como base de los procesos de aprendizaje –

enseñanza y promover el aprecio por ellos, integrando a la comunidad en el proceso

educativo con espacios de participación.

II -TRAMOS DE ISERCION POR EDAD A LOS NIVELES DE EDUCACIÓN

PARVULARIA

1. Jardín Infantil Zona de niños considera los procesos madurativos como base del

desempeño escolar y las experiencias de aprendizaje – enseñanza se configuran de acuerdo

a la edad y procesos psíquicos y biológicos de sus alumnos y alumnas.

2. Jardín Infantil Zona de Niños se adscribe a la ley vigente, que señala que las edades

mínimas para el ingreso a primer y segundo nivel de transición debe ser cumplida hasta el

30 de marzo del año que se cursa.

3. Para resguardar el desempeño durante todo el proceso de Educación Parvularia y años

posteriores, Jardín Infantil Zona de Niños no autorizará el ingreso de alumnos (as) o

alumnas a primer o segundo nivel transición, sin la edad mínima requerida al 30 de marzo.

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4. Por tanto, la edad mínima de ingreso de primer nivel transición es 4 años cumplidos al 30

de marzo del año que cursa, mientras que la edad de ingreso a segundo nivel transición es 5

años cumplidos al 30 de marzo del año que cursa.

5. En situaciones especiales que condicionen el desempeño escolar de niños y niñas con

necesidades educativas especiales y previo diagnóstico que corrobore la inapelable

necesidad de incluir al alumno o alumna en cuestión en un nivel inferior al que le

corresponde por edad cronológica, junto con el manifiesto interés de los padres, apoderados

(as) y equipo de profesionales de asistencia del (la) alumno en tratamiento, se procederá a

matricular al nivel que mejor responda a sus características, siempre que tal decisión no

confronte la ley de subvención escolar vigente.

6. No obstante lo expuesto en el punto 5 de éste apartado, en circunstancia que los(as)

alumnos (as) hayan cursado el nivel precedente en otra institución educativa, reconocida

por el estado y, aún más, subvencionada por éste, previa entrevista y análisis de informes

emitidos por la Educadora de Nivel Medio Mayor ó primer nivel transición cursado el año

anterior, es posible matricular al (la) alumno (a) con la edad cumplida hacia el 30 de junio,

autorización de dirección, como establece la legislación vigente

III. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS (AS)

Artículo 1. Jardín Infantil Zona de Niños reconoce a la familia como el núcleo fundamental

de la sociedad y primer socializador donde los niños adquieren los aprendizajes más

relevantes y significativos para su vida.

Artículo 2. Son los padres los principales responsables de la educación de sus hijos, del

resguardo de sus derechos y el cuidado de su integridad física, sicológica, social, moral y de

su calidad de vida.

Artículo 3. La familia tiene el deber de proteger a sus hijos y encargarse de satisfacer y

cumplir con los requerimientos particulares de sus hijos, manteniendo el compromiso hacia

ellos en todos los ámbitos de su vida.

Artículo 4. Los padres tienen la obligación de elegir responsable y libremente la institución

escolar que ha de participar en la educación de sus niños, conforme a sus creencias,

necesidades y expectativas.

Artículo 5. La familia es entendida como parte primordial en el proyecto educativo

institucional y con esto, ha de tomar conocimiento de sus derechos, deberes y normas de

convivencia en Jardín infantil Zona de Niños:

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DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS (AS) JARDÍN ZONA DE NIÑOS,

PUERTO MONTT:

1. Los padres y apoderados (as) tienen derecho a conocer el reglamento interno y

manual de convivencia escolar del jardín Infantil Zona de niños.

2. Así mismo, de participar en las modificaciones de aquellos, mediante el consejo

escolar.

3. Los padres y apoderados (as) tienen derecho a ser escuchados, comprendidos y

atendidos en cuanto a sus requerimientos con un trato digno, cordial y respetuoso

por toda la comunidad escolar.

4. De ser orientados en su labor educativa.

5. De confidencialidad en cuanto a los temas tratados.

6. Expresar sus opiniones y sugerencias a quienes corresponda en la finalidad de

promover una educación de excelencia para sus hijos.

7. Que se respete a su hijo como persona única, con características irrepetibles, para

lograr su potencial desarrollo humano a través de la educación y la orientación de

sus profesores(as).

8. Informarse del proceso de formación de sus hijos en el Jardín Infantil, de manera

continua o cuando la situación lo amerite.

9. Conocer por lo menos cada periodo los resultados de la formación integral de su(s)

hijo(s).

10. Ser atendido por Directivas o profesores cuando lo hayan solicitado mediante

solicitud previa.

11. Participar activamente en las Reuniones y asambleas de Padres y Apoderados (as).

12. Elegir y ser elegido como miembro de la directiva de curso y consejo escolar.

13. Presentar reclamos respetuosos sobre la evaluación, comportamiento, sanciones o

trato recibidas por sus hijos.

14. Justificar las ausencias de su hijo cada vez que corresponda.

15. Presentar sus inquietudes y/o reclamos es un derecho que tiene todo apoderado. En

tal situación debe hacerse con el debido respeto, acatando estrictamente los

conductos regulares que en conformidad a su estructura organizacional ofrece el

jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt.

Educadora Encargada de Nivel.

Dirección.

Sostenedor.

Direcciòn Provincial de Educación Puerto Montt.

Secretarìa Regional Ministerial de Educación Puerto Montt.

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DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS (AS) JARDÍN INFANTIL ZONA DE

NIÑOS PUERTO MONTT

Al firmar la matrícula de ingreso al Jardín Infantil, los padres y apoderados (as) se

comprometen a:

1. Cumplir con su rol protector, realizando las acciones necesarias para el resguardo

integral de sus hijos, referidas a higiene, alimentación, salud, formación de hábitos y

resguardo.

En lo referido a las normas de higiene y salud, el niño/a deberá asistir al Jardín Infantil con

una presentación personal que considere los siguientes aspectos:

Aseo general diario y prolijo de todo el cuerpo.

Prevención y tratamiento oportuno de enfermedades.

Mantención adecuada de uñas.

La asistencia de los niños supone un estado de salud compatible, por tanto, no se recibirán párvulos con cuadros gripales o digestivos, alzas térmicas o enfermedades

infecto contagiosas. El ambiente saludable, libre de enfermedades, depende del

criterio de las familias, que deben resguardar el bienestar de su hijo y el de sus

compañeros, evitando así el sobre contagio de enfermedades.

2. Conformar un equipo de trabajo (jardín infantil) para ofrecer a los educandos las

condiciones y oportunidades óptimas que permitan una formación integral.

3. Identificarse plenamente con la organización del plantel, respaldando y apoyando

las determinaciones que se tomen, con el fin de beneficiar a los educandos. Actuar

con lealtad hacia la institución.

4. A través del ejemplo, las vivencias y las enseñanzas, contribuir efectivamente a la

formación moral, ética, religiosa, social e intelectual del estudiante, afianzando

valores como la honestidad, la justicia, el respeto, el compañerismo, la solidaridad y

el aprendizaje y práctica de las normas de cultura y urbanidad.

5. A enseñar normas de cortesía, urbanidad, etc., a sus hijos verificando que las

cumplan.

6. Estar atentos a su comportamiento, vocabulario, expresiones y actitudes,

garantizando así las bases que permitan al Jardín Infantil complementar el proceso

de formación.

7. Dar un buen ejemplo a sus hijos/as al tratar respetuosamente al personal del jardín

infantil.

8. Proveer los insumos necesarios en forma oportuna a sus hijos tanto dentro como

fuera del hogar para el correcto desempeño de sus obligaciones, en cuanto a

materiales de trabajo y alimentación en el establecimiento.

El uniforme no es de carácter obligatorio, se sugiere un buzo para las actividades

extra-programáticas, salidas a terreno y actividades psicomotoras.

9. Inculcar el cuidado de las pertenencias y moviliario del Jardín Infantil, promoviendo

la valoración de los recursos y oportunidades que él o la alumna posee.

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10. Velar para que el proceso educativo en el hogar gire en torno a los siguientes

aspectos:

a) Motivar a los educandos para que se interesen, valoren, aprovechen y participen

activamente en su proceso de formación.

b) Orientar y controlar el proceso de aprendizaje del educando, verificando que realice a

conciencia sus compromisos escolares en casa.

c) Reconocer los logros de sus hijos, valorando su trabajo personal y ayudándoles a

descubrir sus dificultades, logrando con objetividad determinar las causas y las

alternativas de solución de manera oportuna.

d) Orientar al alumno a que aproveche positivamente su tiempo, organizándolo de tal

manera que pueda estudiar y repasar, recrearse y descansar.

e) Establecer una escala de valores que facilite al estudiante trazar metas y descubrir el

camino ideal para cumplirlas.

f) Desarrollar en el niño el espíritu de trabajo, constancia y esfuerzo, enseñándoles a vivir

con positivismo.

g) Fomentar el compañerismo, la sensibilidad social y el sentido de cooperación.

h) Evitar la crítica destructiva y las actitudes negativas.

i) Establecer un canal de comunicación permanente, amable y cordial, con el fin de

solucionar mediante el diálogo y la conciliación las dificultades a los problemas.

j) Comunicar a la dirección sus ideas, recomendaciones o sugerencias, con el fin de

analizarlas conjuntamente y resolver oportunamente, posibles inconvenientes.

k) Analizar las sugerencias y recomendaciones de la dirección, y/o docentes y aceptarlas

para lograr un trabajo conjunto.

l) Participar en actividades sociales, culturales, deportivas o académicas que se programen

en Jardín Infantil.

m) Fomentar el descubrimiento de capacidades y talentos de sus hijos, apoyándolos en la

construcción de su identidad.

n) Informarse sobre el avance académico y convivencial de su pupilo, aprovechando dicha

información para ajustar las experiencias en el hogar a sus necesidades, características,

intereses y contexto.

o) Manejar información administrativa, académica y particular que concierne a todos los

aspectos del proceso escolar.

p) Establecer el diálogo espontáneo y oportuno con el personal del establecimiento,

siguiendo el Horario de Atención a Apoderados (as), para despejar dudas y resolver

inquietudes.

q) Leer y conocer a fondo el Manual de Convivencia para verificar que todos cumplan las

normas.

r) Organizar la vida familiar incluyendo las actividades escolares en pos de la participación

de los alumnos (as) en las actividades propuestas para el año académico.

s) Conocer y respetar las actividades y sus horarios.

t) Cooperar con un comportamiento apropiado y calmo en caso que ocurra un accidente

escolar, entendiendo que no siempre es posible evitarlos.

u) Aceptar los llamados de atención y sanciones que determine el adulto cuando el párvulo

incumpla normas establecidas en el Manual de Convivencia. El apoyo de los padres en ese

momento es indispensable para lograr formación.

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v) Cuando el estudiante y los padres observen errores o fallas de los docentes, se informará

la situación a la Dirección para establecer responsabilidades y proceder según las

disposiciones establecidas en el reglamento Interno del Jardín Infantil Zona de niños y las

disposiciones legales.

w) Consultar profesionales externos, como sicólogos, neurólogos, y otros, accediendo

oportunamente al diagnóstico y tratamiento, cuando recomiende la Dirección para un mejor

desempeño del estudiante.

x) Informar al establecimiento la existencia de enfermedades y condiciones de salud que

pudiera padecer el alumno, realizar el tratamiento indicado y administrar el medicamento

recetado por el profesional competente personalmente.

y) Informar por escrito y oportunamente las personas que acompañan al niño al ingreso y

retiro de la jornada escolar, proveer de autorización notarial en caso que sean menores de

edad, respetando los horarios de entrada y salida al establecimiento. Los retiros fuera de

horario habitual, requieren la presencia del apoderado para solicitar y firmar el Libro de

Registro de Salidas.

IV. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

Artículo 1: Jardín Infantil Zona de niños considera a sus alumnos (as) sujetos de derecho,

que por sus condiciones, características y debido a su corta edad necesitan ser resguardados

con ahínco por los adultos que forman parte de su entorno.

Artículo 2: Jardín Infantil Zona de Niños es una institución de administración pública y

como tal, participa activamente en el ejercicio y resguardo de los derechos del niño, por lo

tanto, tiene el deber de promoverlos, potenciarlos y protegerlos, debiendo denunciar la

vulneración de ellos en cualquiera de sus manifestaciones.

Los niños y niñas del Jardín Infantil Zona de Niños tendrán derecho a participar en las

actividades programadas durante el año escolar, con el fin de ser parte activa del Proyecto

Educativo que le permitirá formarse en el ejercicio de los siguientes derechos:

a) Desplegar en forma coherente sus necesidades cognitivas, socioculturales, con ideales y

valores.

b) Hacer suyo el sentido solidario, empatía, honestidad y sinceridad, con capacidad de

alcanzar el pensamiento reflexivo y el espíritu crítico.

c) Manifestar capacidad creativa y sentido investigativo, sobre sí mismo, el mundo y el

entorno en que vive.

d) Cultivar la autonomía, actuando con libertad y asumiendo compromisos para lograr una

transformación personal y social.

e) Potenciar su desarrollo, aprendizaje y enseñanza visualizándose como una persona en

crecimiento que avanza al descubrimiento de sus emociones, que establece vínculos

afectivos significativos y expresa sus sentimientos.

f) A ser considerado el centro del proceso educativo, a ser escuchado y respetado.

g) A ser contemplado como un ser individual y social, con características, necesidades y

circunstancias personales que son consideradas subyacentes de sus experiencias de

aprendizaje – enseñanza.

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h) A ser comprendido y apoyado ante cualquier circunstancia que pueda generar

vulnerabilidad.

i) Acceder a un todos los beneficios otorgados por la institución y el estado.

DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

a) Participar activamente en su proceso de formación integral, asumiendo con

responsabilidad los compromisos que como párvulo adquieren al ingresar al Jardín

Infantil.

b) Apreciar, respetando el nombre y los símbolos del Jardín Infantil y otras Instituciones

que forman parte de su entorno sociocultural.

c) Valorar y reconocer la importancia del Jardín Infantil para él/ella y su familia.

d) Respetar a todas las personas con las que se desenvuelve en el Jardín Infantil.

e) En relación a la asistencia el párvulo deberá:

Asistir diariamente y, en caso de inasistencia prolongada, el apoderado deberá avisar a la dirección del establecimiento, justificando con excusas razonables o

llevando su licencia médica.

Cumplir diariamente los horarios establecidos, para evitar alteraciones en el

desarrollo habitual de actividades.

f) Asistir a todas las actividades extra-programáticas y celebraciones cumpliendo los

horarios fijados.

g) En lo referido a la presentación personal:

Mantener el cabello corto, en el caso de los varones, y en el caso de las damas bien peinadas, sin cabello que caiga a la cara.

No usar joyas de valor, adornos, collares y ningún tipo de accesorio que no sea acorde a la vestimenta habitual, ni portar aparatos tecnológicos como Mp3, Tablet,

celulares, consolas de juegos, etc. ya que el jardín infantil no se hace responsable

por las pérdidas.

h) En relación al comportamiento, el párvulo deberá:

Manifestar un comportamiento social y moralmente correcto, desarrollando

principios que le permitan obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad,

compañerismo y solidaridad.

Manifestar prácticas sociales apropiadas en sitios públicos, evitando escándalos, controlando emociones e impulsos negativos o peligrosos para disuadir situaciones

bochornosas y probables accidentes.

Dirigirse a los docentes del Jardín Infantil en forma adecuada, según las normas de cortesía y respeto. No insultar a los adultos con palabras, gestos y/o actitudes.

i) Respetar, ser tolerantes, amables y cooperar con los compañeros ofreciéndoles apoyo y

colaboración.

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j) Valorar la amistad, evitando la crítica y comentarios inapropiados, la agresión física y

verbal.

k) Dirigirse a otras personas en forma respetuosa y empática, usando expresiones de

cortesía como parte de un vocabulario habitual.

l) Respetar la propiedad ajena manifestando sentido de honestidad.

m) Responsabilizarse por el cuidado de las pertenencias personales.

n) Mantener y propiciar el orden y aseo de la sala de clase, manteniendo la limpieza de su

lugar de trabajo, el orden de sus materiales y la limpieza de las dependencias del jardín

infantil.

o) Cumplir con las normas establecidas para lograr organización en los diferentes lugares

y momentos, según la rutina diaria del Jardín Infantil:

p) Aprovechar las experiencias de Aprendizaje – Enseñaza, atender a las explicaciones,

participar activamente, en forma organizada, escuchar con atención a docentes y

compañeros y respetar turnos para favorecer la organización y el proceso de

aprendizaje.

V. NORMAS DE CONVIVENCIA JARDÍN INFANTIL ZONA DE NIÑOS

Las normas de Convivencia definen las acciones necesarias para promover un clima

de convivencia regulado, cálido y armónico para desplegar las actividades escolares.

Todos los integrantes de la comunidad escolar han de estar comprometidas en el

cumplimiento de las normas de Convivencia, el ejercicio de sus derechos y deberes,

considerando éstos lineamientos como una dimensión esencial en el proceso educativo.

Jardín Infantil Zona de Niños compromete el cumplimiento de las Normas aquí

señaladas, la promoción de los valores que las sustentan y las acciones técnicas necesarias

para la elaboración e implementación de estrategias que propendan el resguardo del

bienestar de toda la comunidad educativa.

1. HORARIO:

Conocer los horarios normales de Clases, actividades extraescolares y modificaciones.

Cumplir los horarios que corresponden a la jornada de clases y otras actividades.

Informarse sobre las alteraciones horarias y cumplir con ellas.

Cumplir con las determinaciones y/o acuerdos emanados de dirección ante incumplimiento de horario normal.

Kinder

Inicio de Clases: 08:30- 08:45.

Horario de Salida: 12:30-12:45.

Pre Kinder:

Inicio de Clases: 13:45-14:00

Horario de salida 18.00-18:15

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a) Los horarios de la jornada escolar, serán informados por Dirección al momento de

matricular y confirmados al inicio del año escolar debiendo ser respetado por todos.

b) No está permitido el retiro de estudiantes durante el horario de clases, en casos

extraordinarios, el apoderado podrá retirar personalmente al estudiante, firmando el registro

en el libro REGISTRO DE SALIDAS y asumiendo toda responsabilidad del quehacer

académico de su pupilo.

2. PUNTUALIDAD

La puntualidad es un hábito necesario para la organización de la jornada que debe

ser promovido por todos; Educadoras, Técnicos en Educación Parvularia, Apoderados (as)

y Alumnos (as), quienes en un esfuerzo conjunto deben velar por el cumplimiento de los

objetivos y metas que se desprenden del Proyecto Educativo.

a) ATRASOS:

Los Niños que sean integrados a la jornada después de las 08:40 horas a clases, serán ingresados a la hoja de registro de atrasos.

Los Niños que tengan más de tres registros, recibirán una notificación para que su

apoderado se presente a entrevista, donde se comunicarán las medidas que

correspondan.

3. SISTEMA DE COLACIÓN

Ingresar diariamente con la colación y entregar al adulto que corresponda en el horario de recepción.

Marcar en forma clara y llamativa las colaciones.

Proveer los alimentos señalados en la minuta a temperatura ambiente.

a) La colación se desarrollará a la hora indicada en la jornada o rutina diaria, dentro de la

sala de clases y bajo el cuidado de la Educadora y Técnico en Educación de Párvulos.

b) Los alimentos deben ser acordes a los señalados por la minuta que se entrega a pirnicipio

de año, deben llegar en perfectas condiciones de higiene y conservación, rotulados y

envasados.

c) La temperatura de los alimentos debe ser ambiente, para evitar accidentes y

contratiempos.

d) El empaque de los alimentos debe ser seguro y de fácil manipulación para los alumnos

(as).

.

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4. ASISTENCIA

Asistir puntualmente a clases.

Organizar la vida familiar de tal manera, que los niños puedan asistir a todas las jornadas que corresponden al año escolar.

Asistir a las actividades extra curriculares programadas.

Justificar insasistencias personalmente con certificados médicos hasta 48 horas después.

La asistencia a clases es obligatoria para cumplir con los objetivos y metas

propuestos.

La hora de presentación al Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt es hasta

las 08:30 y 14:00 hrs.

a) El Jardín infantil registra las inasistencias y atrasos de cada estudiante.

Las inasistencias deben ser justificadas por los Apoderados (as) al momento de

reincorporarse el estudiante.

b) Ante inasistencias reiteradas y consecutivas la Dirección tomará contacto con el

apoderado para informar la situación del alumno.

c) Cuando la inasistencia es de 30 días consecutivos, y sin justificación por parte del adulto

encargado, la Dirección tomará contacto telefónico, y en su defecto una visita domiciliaria.

En aquellos casos donde no sea posible contactarse con la familia, se procederá a dar aviso

a carabineros para conocer la situación del alumno.

d) En los casos justificados, los apoderados (as) pueden retirar a sus pupilos personalmente

y firmar el libro de control de salidas.

5. LIBRETA DE COMUNICACIONES

Portar diariamente la libreta de comunicaciones.

Mantener la libreta en perfecto estado.

Tener la libreta marcada en la portada con el nombre y nivel del alumno.

Leer diariamente la libreta de comunicaciones, a fin de mantenerse informados de los requerimientos de los apoderados (as) y el Jardín Infantil.

Firmar las comunicaciones o notas una vez que se haya tomado conocimiento de

ellas.

La libreta es el medio de comunicación escrito donde la Educadora de Párvulos y

los apoderados (as) pueden intercambiar información relevante y considerando que los

alumnos (as) pueden no precisar la información, su debido uso es de exclusiva

responsabilidad de los adultos.

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a) La educadora de Párvulos revisará diariamente las libretas de comunicaciones,

constatando que los registros hayan sido leídos.

b) Es responsabilidad de apoderado enviar diariamente la libreta de comunicaciones.

c) La libreta y el correo electrónico del Jardín Infantil son complementarios, no

excluyentes, con el propósito de mantenernos en contacto de una manera rápida.

d) Las comunicaciones deben ser firmadas una vez leídas, ya sea por apoderado o

Educadoro, según corresponda, para constatar que la información ha llegado a destino.

6. CORREO ELECTRÓNICO

Entregar Dirección de correo electrónico del (los) apoderados (as).

Revisar constantemente éste medio.

Utilizar el correo sólo para fines referidos al Jardín Infantil.

Jardín Infantil Zona de Niños, mantiene activa una cuenta de correo electrónico

cuya finalidad es mantener comunicación eficiente entre todos los participantes de la

comunidad educativa.

A través del correo es posible comunicar inquietudes, fechas de entrevistas,

reuniones, aclaraciones, entre otros. Es una vía de comunicación entre la Educadora de

Párvulos y los Apoderados (as) que no es exclusiva del uso de libreta y comunicación

personal, de acuerdo a lo establecido en éste manual.

a) Jardín Infantil Zona de niños enviará comunicaciones tales como citaciones a reunión,

asamblea, entrevista de apoderados (as), solicitud de material y otras, que propendan al

Jardín Infantil como tal, excluyendo los intereses personales del uso de éste correo.

b) El personal encargado se compromete a revisar el correo de lunes a viernes, excluyendo

fines de semana y correos recibidos después del horario del Jarfín Infantil, en tal caso,

debiera tomarse conocimiento al día hábil siguiente, una vez finalizada la atención de los

niños en aula.

7. ASISTENCIA MÉDICA

El estado de Salud de los niños es determinante en la calidad de sus experiencias de

aprendizaje –enseñanza, considerando que eventualmente, pueden sufrir enfermedades o

accidentes dentro de la jornada escolar, serán normadas de la siguiente forma:

7.1 EN CASO DE ENFERMEDAD

Los niños deben asistir en perfectas condiciones de salud a clases.

Los apoderados (as) deben responsabilizarse del cuidado de su pupilo en

circunstancias de enfermedad, otorgándole el tratamiento médico y los cuidados

domésticos que requiere.

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Debe existir conocimiento del diagnóstico, tratamiento medicamentoso y cuidados

de los alumnos (as) que poseen una condición de salud distinta, a fin de actuar

acorde a sus necesidades.

Comunicar oportunamente alergias al equipo que trabajará con el niño afectado.

a) Es responsabilidad de los Padres informar al Jardín Infantil alguna situación de

enfermedad preexistente o temporal de su pupilo.

b) Jardín Infantil Zona de Niños no está capacitado para administrar medicamentos, los

apoderados (as) que justificadamente requieran la administración de alguna dosis de

medicamento debidamente prescrito por el especialista que corresponda, pueden solicitar la

administración de medicamentos a través de una solicitud escrita y documentación médica

que indique diagnóstico, tratamiento, nombre del medicamento, dosis, horario y forma de

administración, bajo su responsabilidad.

c) Respecto de los alumnos (as) que ingresen enfermos al Jardín Infantil o sufran dentro de

este algún tipo de malestar o enfermedad serán derivados al hospital público o a sus casas

según lo amerite la situación.

d) El Jardín Infantil Zona de niños de Puerto Montt se obliga a mantener en adecuadas

condiciones un servicio de primeros auxilios.

e) La enfermería del Jardín Infantil Zona de Niños no debe realizar diagnósticos ni

tratamientos médicos siendo su función específica la de brindar atención calificada de

primeros auxilios y la rápida derivación correspondiente.

f) No se administran ningún antiespasmódico (Viadil u otros), porque pueden encubrir

dolencias más graves como apendicitis.

7.1 EN CASO DE ACCIDENTE

Conocer acciones para prevenir accidentes.

Aplicar lo estipulado en el Plan de seguridad Integral.

Avisar oportunamente cuando ha ocurrido un accidente.

Concurrir rápidamente al hospital en caso de accidente grave.

Cumplir con el procedimiento de seguro escolar.

a) El Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt derivará y/o atenderá, según sea el caso

y la gravedad de éste, a los alumnos (as) durante el período escolar, en caso de accidentes.

La Dirección del Jardín Infantil avisará telefónica o personalmente al Apoderado la

ocurrencia de accidentes.

b) Será requisito obligatorio para el Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt trasladar

al hospital público más cercano atendiendo a condiciones de gravedad.

c) El Jardín Infantil estará autorizado por la sola firma de la ficha de matrícula para

trasladar alumnos (as) accidentados y solicitar para ellos atención en la institución que

corresponda con cargo de gastos al apoderado y/o al seguro escolar.

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d) La responsabilidad del Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt concluirá en el

momento en que el alumno sea entregado para su atención al hospital. Corresponderá al

Apoderado hacerse cargo de su pupilo.

e) Ningúno alumno puede ser derivado a su casa solo, sea motivos de salud.

8. PRESENTACIÓN PERSONAL

Mantener una higiene pulcra.

Presentarse con vestidura limpia.

Mantener uñas y cabello limpio.

Usar accesorios para tomar el pelo de tonos sobrios.

Usar tenidas deportivas, ya sea, uniforme u otra acorde a las actividades de aula.

Usar cotona o delantal para desarrollar algunas actividades.

La higiene y manera de vestir el uniforme o tenida para asistir al Jardín Infantil,

refleja el cuidado y respeto de los adultos y alumnos (as) por ellos y el Jardín Infantil.

a) Los Niños deben asistir pulcramente aseados y vestidos, conforme a las características de

las experiencias que se desarrollan en un aula para Párvulos, con tenida deportiva, zapatos

cómodos y delantal o cotona para evitar daños en la ropa.

b) Los varones deberán asistir con corte de pelo tradicional, corto, o excepcionalmente

bien tomado y peinado, mientras que las niñas deberán presentarse con el pelo debidamente

tomado, de manera que éste no dificulte sus movimientos.

c) Las unas deben mantenerse limpias y cortas.

d) Los alumnos (as) que padezcan enfermedades parasitarias deben ser tratados por sus

familias una vez que se percate de aquello y asistir a clases cuando dicho tratamiento haya

culminado exitosamente, para evitar contagio.

8.1 UNIFORME

Asistir vistiendo el uniforme del Jardín Infantil, o en su defecto, con tenida deportiva de colores afines al uniforme (azul, gris oscuro)

Vestir el uniforme completo en actos oficiales, visitas, paseos, entre otros.

Portar una vestimenta limpia, y ordenada.

Marcar las prendas de vestir con nombre y apellido, que sea legible y reconocible para el/la niño.

Es el uniforme la tenida de actos oficiales, por tanto, las ceremonias de articulación y otras actividades requieren sólo de él, no es procedente utilizar otras prendas que

modifiquen sus características, como capas o túnicas.

a) El uniforme tiene la finalidad de propiciar en el alumnado el sentido de pertenencia a la

comunidad educativa, también propende al orden en cuanto a la presencia de nuestros

niños, sin embargo, no excluye la posibilidad de asistir diariamente a clases por aquel. Es

por esto, que Jrdín Infantil Zona de Niños, permitirá el ingreso a la jornada escolar con

vestimenta deportiva, no institucional.

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b) El Uniforme es de Carácter obligatorio para participar en actos oficiales, visitas y salidas

a terreno, ya que permite la identificación de los alumnos (as) y responde a una imagen

acorde a la Institución.

c) La tenida debe estar limpia, ordenada y debidamente marcada, con nombre y apellido

legible.

d) Las prendas que no estén marcadas y no sean reclamadas dentro del año escolar, serán

donadas o quedarán para recambio.

UNIFORME:

Pantalón y pollerón de buzo Colegio Paideia.

Polera deportiva (amarilla).

Polar de Colegio Paideia.

Calcetines oscuros.

Zapatillas blancas o negras sin luces.

Delantal cuadrillé rosado.

Cintas, trabas, pinches, collets de color azúl.

9. SALIDAS A TERRENO:

a) Deben ser autorizadas por la Dirección del establecimiento, para solicitar la autorización

respectiva, mediante oficio, al Departamento Provincial de Puerto Montt.

b) Deben ser solicitadas, al menos con 15 días de anticipación a la Dirección y tramitadas

con las respectivas autorizaciones de los Apoderados (as).

c) Confirmar las salidas pedagógicas con una semana de anticipación.

d) Vincular la visita a la planificación y articularla con los objetivos académicos de la

misma.

e) Todas las salidas a terreno, giras, paseos u otras deben contar con las autorizaciones

correspondientes. Corresponden exclusivamente para alumnos (as) del Jardín Infantil y

apoderados (as), toda otra excepción debe contar con autorización escrita de la Dirección.

f) Las salidas a terreno, complementarias a la labor educativa de aula, deben ser realizadas

por las Educadoras de Párvulos y autorizadas por la dirección del Jardín Infantil por lo

menos una semana antes de su realización.

g) El apoderado debe ser informado del lugar, fecha, hora de salida y regreso, del costo de

transporte y colación con 48 horas de anticipación.

El apoderado deberá autorizar a su pupilo por escrito para que concurra a dicha actividad

externa.

h) Paseos a la playa: El establecimiento no autoriza paseos u actividades a orillas de ríos,

lagos o mar. i) Normas de viaje:

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Las presentes normas complementan el Reglamento Interno del el Jardín Infantil Zona de

Niños de Puerto Montt en cuanto a disposiciones especiales que se aplicarán durante viajes

y paseos educativos que efectúen los alumnos (as) en su calidad de estudiantes del colegio:

La Dirección del Jardín Infantil delega en la Educadora de Párvulos y Técnicos en

Educación Parvularia acompañantes la responsabilidad global de las acciones, controles

y cuidado de los alumnos (as) durante el viaje, como así mismos de la imagen del Jardín

Infantil que transmiten los alumnos (as).

La Dirección del Jardín Infantil Zona de niños de Puerto Montt debe ser parte en la contratación de transporte u otros servicios que involucren a alumnos (as), y personal

del Jardín Infantil para efecto de actividades en nombre y representación del Colegio.

La Educadora de Párvulos encargada del grupo (curso) registrará por escrito una relación del desarrollo del viaje, con los siguientes datos:

Actividades realizadas en el día

Dificultades presentadas

Comportamiento global del grupo

Transgresiones al presente Reglamento

j) En caso de dificultad grave en el desarrollo del viaje, la Educadora de Párvulos encargada

se comunicará telefónicamente con la Dirección del Jardín Infantil, para tomar las

decisiones que correspondan.

10. BENEFICENCIAS

Ante cualquier evento o siniestro que afecte a cualquier integrante de nuestra comunidad

escolar, que sea expuesta por los (as) afectados (as) y afecte su bienestar, la comunidad

educativa en su conjunto, puede realizar campañas con aportes tales como alimentos, ropa o

dinero, según las necesidades de las personas afectadas.

11. NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

Las normas de convivencia escolar de nuestro Jardín Infantil han considerado las

orientaciones dadas por el Mineduc, para la normativa de reglamentos de convivencia

escolar en los establecimientos educacionales.

ACTITUD FRENTE A LOS DEMÁS:

Es necesario reforzar el sentido familiar que caracteriza a nuestro Jardín Infantil,

para lograr éste clima, el respeto, tolerancia, amabilidad y empatía entre todos los

participantes de la comunidad escolar son condiciones básicas.

1) Relación Educadoras -Apoderado

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Está destinada a compartir información sobre aspectos específicos de rendimiento y

comportamiento del estudiante. Dentro del horario de atención semanal de la Educadora de

Párvulos, el Apoderado podrá asistir cuando lo estime conveniente o cuando sea citado.

Las Educadoras de Párvulos no pueden atender apoderados (as) en sus horarios de clases.

2) Reunión de Padres y Apoderados (as):

Es la instancia de comunicación más importante entre la familia y el Jardín Infantil. La

asistencia es obligatoria y se realiza en la sala de clases, una vez al mes. El 80% del tiempo

de esta reunión corresponde al ámbito pedagógico.

3) Entrevista en la Dirección

La Dirección citará a los apoderados (as) en caso de inasistencias no justificadas y

problemas de adaptabilidad escolar. Estas entrevistas tienen como objetivo la participación

y compromiso del Apoderado en la solución de problemas que inciden en el buen desarrollo

integral del estudiante.

Esta citación tiene carácter de obligatoria. En caso de no asistencia se citará al

apoderado instándolo a que cumpla con sus deberes.

4) Atención de Problemas Ocasionales:

Con el fin de agilizar la solución de problemas puntuales que puedan suscitarse en

áreas específicas de la vida escolar del alumno (a), los apoderados (as) pueden contactarse

con el Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt cuando estimen conveniente.

Para fortalecer nuestra comunicación y potenciar los valores inculcar a nuestros

alumnos (as) la comunidad educativa debe:

Hablar y tratar con cortesía y amabilidad. Desechar el lenguaje, gestos, palabras y actitudes ofensivas o groseras, actitudes, que hieran a las personas.

Saludar a todos los miembros de la comunidad escolar para establecer lazos de

comunicación y afectividad.

Presentar una actitud de disponibilidad para la realización de las actividades escolares.

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ACTITUD FRENTE AL MEDIO:

Todos debemos estar conscientes que el Jardín Infantil necesita la colaboración de

todos para un funcionamiento óptimo.

Durante la jornada escolar los bienes materiales están a nuestro servicio. El

mobiliario, la sala de clases, el patio y la biblioteca son lugares donde permanecemos gran

parte del día, por eso no podemos permitir que se ensucien, deterioren y destruyan.

En la sala se deberá mantener un ambiente limpio y ordenado. Será responsabilidad de cada estudiante cuidar su mesa y silla; evitando rayarla o pintarla.

Depositar los desechos en los basureros dispuestos en el Jardín Infantil.

El uso del baño debe ser ordenado.

Una vez que los apoderados (as) salgan del Jardín Infantil, deberán procurar cerrar las puertas y portón para contribuir en el cuidado de los alumnos (as).

Si deterioramos drásticamente objetos del Jardín Infantil o de nuestros compañeros

(as), debemos reponer o pagar el valor de dicho objeto. Pero si fuera con intención

de destruir, aparte de reparar los daños, se deberán asumir las sanciones que ello

implique.

Las salas deben ser ventiladas antes de iniciar la jornada Escolar, durante los recreos

y debidamente aseadas al término de las clases.

Las dependencias del Jardín Infantil deben mantenerse con una temperatura

agradable y acorde a las condiciones climáticas.

Los alumnos (as) deben utilizar el material didáctico y los juegos dispuestos en el

Jardín Infantil y no portar objetos de su casa.

El uso de aparatos tecnológicos como celulares, tablets, entre otros, no es procedente dentro de las dependencias del Jardín Infantil, por parte de los alumnos

(as).

VI. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA DISCIPLINA:

Las normas disciplinarias ofrecidas en el presente Reglamento están al servicio de la

convivencia y del logro de los objetivos de toda la comunidad escolar. Nunca debemos

olvidar que este reglamento se funda en los valores y principios que dan vida a la misión

del Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto Montt y que por tanto la observación de él

contribuye fuertemente al logro de nuestros objetivos educacionales:

a) Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar:

Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente o vulnere la sana convivencia escolar. La

autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del

establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser

debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de

sanciones.

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1. MALTRATO ESCOLAR

1. Definición: Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya

sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos

o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con

independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o

Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender

reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno (a) o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa;

Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno (a) u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.);

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia

étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o

cualquier otra circunstancia;

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno (a) o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de

texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías,

sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;

Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;

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Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos

de delito;

Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se

haya hecho uso de ellos; o

Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del

establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas,

patrocinadas o supervisadas por éste.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN.

a) Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las

medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

b) De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos

propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo.

No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a

excepción de la autoridad pública competente.

c) En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

DEBER DE PROTECCIÓN.

Si el afectado fuere un alumno (a), se le deberá brindar protección, apoyo e información

durante todo el proceso.

Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas

las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto

último ponga en peligro su integridad.

MEDIDAS DE REPARACIÓN.

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales

medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas,

restablecimiento de efectos personales, u otras que la autoridad competente determine.

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RECURSOS.

Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución

adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.

MEDIACIÓN.

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de

similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos

de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumno (a)s y Educadoras

de Párvulos.

PUBLICIDAD.

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa

difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los

medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda

ejercer sus derechos

La vida escolar y las clases requieren de un orden que contribuya a la realización del

proceso educativo. Es responsabilidad directa del personal directivo docente, así como de

los alumnos (as), la mantención del orden en el grupo como en el Jardín Infantil.

Las disposiciones formativas tendrán preferencia sobre las acciones disciplinarias y

además, su aplicación guardará una proporción razonable cuando se trate de determinar la

consecuencia o sanción de una falta a dichas disposiciones

Se aplicarán medidas disciplinarias al párvulo que transgreda las normas del

reglamento vigente en el Jardín Infantil. Dichas medidas deberán aplicarse con la finalidad

pedagógica de fortalecer el sentido de responsabilidad de los párvulos.

Se entiende como disciplina un conjunto de normas que deben acatarse en pro de

una convivencia armónica y respetuosa, que permite al párvulo mostrar actitudes que el

ayuden a insertarse positivamente en la vida familiar y en la sociedad en general.

A la luz de lo antes mencionado, se ha establecido una clasificación de faltas y una

secuencia de pasos a seguir que hagan posible una sana convivencia escolar. Que se tipifican las faltas comoLeves o Graves.

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2. SON FALTAS GRAVES:

Pelearse o agredir física o verbalmente a alumnos (as) del Jardín Infantil.

Faltar el respeto a funcionarios o compañeros en sus conductas o vocabulario.

Demostrar en su comportamiento falta de honradez, probidad u honestidad.

Dañar bienes y espacios del Jardín Infantil.

Llevar al Jardín Infantil objetos intimidadores o que pongan en peligro la salud o

seguridad de las personas.

Dañar el material de trabajo o pertenencia de sus compañeros.

Se convertirá cualquier falta leve en grave si esta se manifiesta reiterativamente.

No cuidar el entorno y las dependencias del Jardín Infantil, como mobiliario,

materiales, etc.

Mostrar un comportamiento inadecuado y reiterativo que atente contra los valores y principios inculcados en nuestro Proyecto Educativo.

Ser irrespetuoso con las tías educadoras, tías técnicos, pares y personal en general.

Burlarse y poner sobrenombre a un compañero/a.

No acatar órdenes del adulto y normas establecidas por el grupo.

Uso inadecuado del vocabulario trivial (garabatos e insolencias).

Levantar falsos testimonios hacia sus pares y adultos.

Mentir, engañar sin reconocer sus faltas.

3. SON FALTAS LEVES:

No justificar sus inasistencias en la libreta de comunicaciones (con certificado médico cuando corresponda).

No cuidar y mantener limpios y ordenados sus espacios de trabajo.

Atrasarse a clases al inicio de la jornada.

No portar diaria y permanentemente su agenda o libreta.

Presentarse a clases sin materiales que solicitados.

Molestar, hacer desorden y/o interrumpir las clases.

Incumplir deberes, tareas, requerimientos o compromisos frente al curso.

No trabajar en clases.

4. SANCIONES:

Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y

especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o

sanciones disciplinarias:

Diálogo personal pedagógico y correctivo;

Diálogo grupal reflexivo;

Amonestación verbal;

Amonestación por escrito;

Comunicación al apoderado;

Citación al apoderado;

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Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento,

educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar),

los apoderados (as) deben iniciar el tratamiento indicado por el especialista e

informar oportunamente su asistencia a los profesionales mencionados;

Suspensión temporal;

Condicionalidad de la matrícula del alumno (a);

No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o

Ningún alumno (a) puede ser expulsado o cancelado en su matrícula por morosidad

de sus apoderados (as) en los aranceles establecidos por el colegio.

5. SANCIONES ESPECÍFICAS

a) Frente a cualquier falta grave, todo personal del Jardín Infantil está obligado a

comprometer una amonestación verbal

b) Frente a una Falta Grave, o reiteración de Faltas Leves el Apoderado, debe ser citado por

Dirección para poner en conocimiento de esta situación a los padres y apoderados (as).

c) Frente a la recurrencia de faltas graves, la dirección de común acuerdo con el Consejo de

educadoras, puede resolver suspensiones mayores, la condicionalidad del estudiante o

cancelación de la matrícula.

6. CITACIÓN A LOS PADRES:

La realiza dirección, Educadora encargada del nivel que corresponde cuando se han

producido situaciones que deben estar en conocimiento de los padres del estudiante.

La citación debe quedar registrada en la hoja de vida escolar del estudiante, como también

la asistencia de los padres al requerimiento.

7. SUSPENSIÓN TEMPORAL:

Puede ser aplicada sólo por el Director del Jardín Infantil.

Es una instancia de reflexión orientada a que los adultos responsables busquen soluciones oportunas y pertinentes que ayuden a sus hijos a manifestar un

comportamiento apropiado, a dialogar con sus hijos y buscar la ayuda necesaria.

Su finalidad no es sancionar al párvulo, sino instaurar experiencias que aporten a la correlación causa – efecto de sus acciones y convertirse en una instancia de diálogo

dentro de la familia.

Esta medida será ejecutada cuando la conducta del niño ponga en riesgo la integridad

física y psicológica en forma persistente, a sus compañeros y hacia si mismo.

El apoderado y su pupilo deberán presentarse en la Direccion para ser notificados de la sanción y de los motivos que la justifican, lo cual quedará registrado en la hoja de vida

escolar del estudiante, bajo firma del apoderado.

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8 ENVÍO AL ESPECIALISTA:

Si la situación lo amerita, el alumno (a) será derivado a un especialista para tratar las

causas que provocan este comportamiento. Los padres deberán demostrar que han

cumplido con esta petición presentando las indicaciones, tratamiento y sugerencias del

profesional competente.

9. CANCELACIÓN DE MATRÍCULA:

Ante situaciones de reiteradas faltas al reglamento y la negativa por parte del apoderado por colaborar en la mejora de la situación, Jardín Infantil Zona de Niños de Puerto

Montt, previo análisis de la situación por el consejo de educadoras de Párvulos, sugiere

a la familia buscar una institución educativa que se ajuste a sus necesidades, valores y

creencias.

10. SOBRE RESPONSABILIDAD PENAL

La dirección y Educadoras de Párvulos deberán denunciar cualquier acción u

omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad

educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia

ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros

de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales

competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin

perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

11. RECLAMOS.

a) Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser

presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que

deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al

debido proceso.

b) Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una

sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

VII. DEL PROCESO FORMATIVO

Artículo 1. Todas las medidas que se tomen, bien sean estímulos o correctivos, deben tener

como fin último la exaltación de los valores, habilidades emocionales y de comportamiento

social que promueve la comunidad educativa de esta institución.

Artículo 2. El Jardín Infantil Zona de Niños establece estímulos que potencian valores

como solidaridad, empatía, compañerismo, esfuerzo y compromiso a través de

reconocimientos y refuerzos positivos a losniños y sus familias.

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SOBRE RECONOCIMIENTO

Reconocimiento positivo:

Así como se establece un sistema disciplinario para sancionar las faltas cometidas por los

alumnos (as), se dispone también, de un sistema de reconocimiento de méritos y acciones

positivas realizadas por los alumnos (as).

Este sistema reconoce los siguientes méritos:

a) Actitudes de honradez mostradas en el cumplimiento de sus deberes escolares.

b) Actitudes solidarias o de preocupación por sus compañeros

c) Desempeño eficiente y destacado en labores de su curso o en representación de su jardín

Infantil.

d) Reconocimiento positivo realizado por la Educadora de Párvulos y que ha quedado

registrado en su hoja de vida o libro de clases.

e) Presentación personal ejemplar durante el desarrollo del año escolar o en actividades en

representación de la Institución Educacional.

f) Sobresaliente responsabilidad escolar que se demuestra en su asistencia, puntualidad,

responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes, aplicación y rendimiento escolar.

VIII. DE LA REFORMA AL MANUAL DE CONVIVENCIA

Artículo 1. El Manual de Convivencia será reformado por el Consejo de Educadoras de

Párvulos en Asamblea convocada para tal fin, con asistencia completa y con base en las

propuestas realizadas por cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa

Artículo 2. El procedimiento para la reforma del manual de Convivencia será:

1. Las propuestas serán presentadas por escrito y debidamente fundamentadas ante el

director y consejo de Educadoras de Párvulo del Establecimiento.

2. Realizado el análisis y revisión de la propuesta por Dirección y cuando en su

criterio proceda su estudio por parte del Consejo de Educadoras la hará incluir en

agenda para su estudio y reformulación por parte de dicho Consejo. Si es aceptada

se ordenará su implementación y notificación de inmediato.

IX. DE SITUACIONES EMERGENTES

.

Toda situación emergente, no contemplada en este Manual o Reglamento, será

resuelta por la Dirección del establecimiento, conforme a las Normas Legales vigentes y

orientaciones emanadas del Mineduc.