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18. Mutuales de Seguridad de Accidente: “Son instituciones privadas sin fines de lucro encargadas de las acciones de prevención de riesgos y de los servicios y tratamientos del accidente del trabajo y enfermedades profesionales”. 29 19. Accidente de Trabajo: “Es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte (Ley 16.744).” 30 20. Accidente de Trayecto: “Es todo accidente que ocurra en el trayecto directo, de ida o regreso entre lugar de domicilio y el lugar de trabajo, y que produzca incapacidad o muerte.” 31 21. Enfermedades profesionales: “Se entiende por enfermedades profesionales la causada directamente por el ejercicio de una profesión o el trabajo realizado por una persona y que le produzca incapacidad o muerte. El D.S. Nº109 que contiene y aprueba el Reglamento para la Calificación y Evaluación de los Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, enumera las enfermedades que deberán considerarse como profesionales, considerando los agentes específicos que entrañan el riesgo de enfermedades profesionales”. 32 29 http://es.wikipedia.org/wiki/Mutuales_de_seguridad

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18. Mutuales de Seguridad de Accidente:

Son instituciones privadas sin fines de lucro encargadas de las acciones de prevencin de riesgos y de los servicios y tratamientos del accidente del trabajo y enfermedades profesionales.29

19. Accidente de Trabajo:

Es toda lesin que sufra una persona a causa o con ocasin del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte (Ley 16.744).30

20. Accidente de Trayecto:

Es todo accidente que ocurra en el trayecto directo, de ida o regreso entre lugar de domicilio y el lugar de trabajo, y que produzca incapacidad o muerte.31

21. Enfermedades profesionales:

Se entiende por enfermedades profesionales la causada directamente por el ejercicio de una profesin o el trabajo realizado por una persona y que le produzca incapacidad o muerte. El D.S. N109 que contiene y aprueba el Reglamento para la Calificacin y Evaluacin de los Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, enumera las enfermedades que debern considerarse como profesionales, considerando los agentes especficos que entraan el riesgo de enfermedades profesionales.32

29 http://es.wikipedia.org/wiki/Mutuales_de_seguridad

30http://ww3.achs.cl/ws/wps/portal/achs/home/!ut/p/c4/04_SB8K8xLLM9MSSzPy8xBz9CP0os3gj89AwI09L YwP3IDcLA6MwPwsn92BzIwMLI_2CbEdFAMyHiOI!/?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/wps/wcm/connect /achs+- +internet/achs/servicio+al+cliente/preguntas+frecuentes/accidentes+y+enfermedades/accidentes+del+trabajo 31http://ww3.achs.cl/ws/wps/wcm/connect/5abbc0804d90b164bd22bff7b4efeba5/COBE_CB02.pdf?MOD=AJ PERES&CACHEID=5abbc0804d90b164bd22bff7b4efeba5

32 http://www.accidentes-laborales.cl/enfermedades-profesionales/

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3. Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE)

3.1. Descripcin del rea

Qu es una isapre y en qu consiste?

La institucin de salud previsional (ISAPRE), es una entidad privada con o sin fines de lucro, abiertas o cerradas que captan las cotizaciones obligatorias de los trabajadores que se afiliaron voluntariamente a este sistema de salud.

Segn el art 21 de la ley 18.933 las Instituciones de Salud Previsional financiarn las prestaciones y beneficios de salud, con cargo al aporte de la cotizacin legal para salud o una superior convenida, a las personas que indica el artculo 5 de la Ley N 18.469. Para efectos de la aplicacin de lo dispuesto en el nmero 7 del artculo 13 de la ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, se entender que dichas instituciones sustituyen en las prestaciones y beneficios de salud a los Servicios de Salud y Fondo Nacional de

Salud

Funcionan en base a un esquema de seguros, donde las personas quedan bajo su proteccin y cuentan con el financiamiento para sus gastos de salud, obtenido por un prepago o cotizacin peridica.

Resea histrica

Chile en un principio tena un sistema de salud slo estatal, el que fue consolidado en 1952 con la creacin del servicio nacional de salud, pero dado a las causas que trae tal concentracin nacieron las ISAPRES en 1981 con el DFL N3 del Ministerio de Salud, dando la facultad a las personas de elegir entre el sistema privado y pblico. Esta ley dejaba a cargo a FONASA de supervisar y regular a esta entidad.