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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE RISARALDA PROCESO DE CONTRATACION Modalidad de Selección: De Mínima Cuantía (cuyo valor no excede el 10% de la Menor Cuantía) Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012. INVITACIÓN PÚBLICA No. INVDIS-038 de 2013 1 REGIONAL: Risaralda. FECHA: Septiembre 18 de 2013 CENTRO O DEPENDENCIA SOLICITANTE: Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial. El SENA Regional Risaralda está adelantando un proceso de contratación, por lo que de manera cordial lo invitamos a participar teniendo en cuenta las condiciones que a continuación se señalan: El oferente deberá entregar su propuesta citando el número de la invitación pública correspondiente, en sobre cerrado, a más tardar en la fecha antes señalada y en el lugar descrito en el cronograma o podrá remitirla a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] 1. Objeto: Ejecutar la interventoría para realizar las funciones de seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del contrato de obra que se adjudique por medio de la Convocatoria Pública de menor cuantía 66-9223-02-2013, cuyo objeto es: “Contratar a todo costo la impermeabilización de las terrazas, cubiertas, revisión, limpieza de desagües y cajas de inspección de aguas lluvias en el Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial del SENA Regional Risaralda, de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas”, dando cumplimiento para tal efecto a las obligaciones contenidas en el Manual de supervisión e interventoría del SENA vigente, a las disposiciones sobre interventoría señaladas en la Ley 1474 de 2011 y a los principios de la contratación estatal. 1.1 Condiciones Técnicas Exigidas: 1.1.1. Perfil requerido: Capacidad: Arquitecto o ingeniero civil titulado y con matricula profesional y registro COPNIA. Persona jurídica cuyo objeto social sea acorde con la interventoría. Experiencia Profesional: Con experiencia profesional no inferior a cinco (5) años. Con experiencia específica profesional no inferior a Doscientos Millones de Pesos M/cte. ($200.000.000), en obras cuyo objeto tenga relación con alguna de las siguientes especialidades: Contratos realizados de Reconstrucción de edificios, restauración y/o mantenimiento de edificaciones, adecuaciones locativas de edificaciones y construcción de edificaciones. Contratos realizados por administración delegada, el certificado deben de relacionarse qué tipo de actividades y la cantidad ejecutada, y esta debe estar relacionado con los siguientes tipos de obra: reconstrucción de edificios, restauración y/o mantenimiento de edificaciones, adecuaciones locativas de edificaciones y construcción de edificaciones. La interventoría de obra cuyo objeto sea: reconstrucción de edificios, restauración y/o mantenimiento de edificaciones, adecuaciones locativas de edificaciones y construcción de edificaciones también serán tenidas en cuenta y en especial impermeabilización de espacios abiertos. 1.1.2. Requisitos para la acreditación de la capacidad, idoneidad y experiencia: El proponente deberá acreditar la experiencia requerida mediante la presentación de certificaciones de contratos de interventoría o supervisión de obras, mantenimientos, adecuaciones o construcciones e impermeabilización, suscritos y terminados. El proponente deberá anexar su HOJA DE VIDA con los soportes correspondientes que acrediten los estudios y experiencia solicitada en este proceso, (Títulos académicos, certificaciones laborales, etc).

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Page 1: INVITACIÓN PÚBLICA No. INVDIS-038 de 2013contratacion.sena.edu.co/_file/procesos/1767_1.pdf · 2013. 9. 18. · No se aceptan certificaciones de experiencia en construcción, estudios

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

RISARALDA

PROCESO DE CONTRATACION Modalidad de Selección: De Mínima Cuantía (cuyo valor no excede el 10% de la

Menor Cuantía)

Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado

por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012.

INVITACIÓN PÚBLICA No. INVDIS-038 de 2013

1

REGIONAL: Risaralda.

FECHA: Septiembre 18 de 2013

CENTRO O DEPENDENCIA SOLICITANTE: Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial.

El SENA Regional Risaralda está adelantando un proceso de contratación, por lo que de manera cordial lo invitamos a participar teniendo en cuenta las condiciones que a continuación se señalan:

El oferente deberá entregar su propuesta citando el número de la invitación pública correspondiente, en sobre cerrado, a más tardar en la fecha antes señalada y en el lugar descrito en el cronograma o podrá remitirla a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] 1. Objeto:

Ejecutar la interventoría para realizar las funciones de seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del contrato de obra que se adjudique por medio de la Convocatoria Pública de menor cuantía 66-9223-02-2013, cuyo objeto es: “Contratar a todo costo la impermeabilización de las terrazas, cubiertas, revisión, limpieza de desagües y cajas de inspección de aguas lluvias en el Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial del SENA Regional Risaralda, de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas”, dando cumplimiento para tal efecto a las obligaciones contenidas en el Manual de supervisión e interventoría del SENA vigente, a las disposiciones sobre interventoría señaladas en la Ley 1474 de 2011 y a los principios de la contratación estatal.

1.1 Condiciones Técnicas Exigidas: 1.1.1. Perfil requerido: Capacidad: Arquitecto o ingeniero civil titulado y con matricula profesional y registro COPNIA. Persona jurídica cuyo objeto social sea acorde con la interventoría. Experiencia Profesional: Con experiencia profesional no inferior a cinco (5) años. Con experiencia específica profesional no inferior a Doscientos Millones de Pesos M/cte. ($200.000.000), en obras cuyo objeto tenga relación con alguna de las siguientes especialidades:

Contratos realizados de Reconstrucción de edificios, restauración y/o mantenimiento de

edificaciones, adecuaciones locativas de edificaciones y construcción de edificaciones.

Contratos realizados por administración delegada, el certificado deben de relacionarse qué tipo

de actividades y la cantidad ejecutada, y esta debe estar relacionado con los siguientes tipos de

obra: reconstrucción de edificios, restauración y/o mantenimiento de edificaciones, adecuaciones

locativas de edificaciones y construcción de edificaciones.

La interventoría de obra cuyo objeto sea: reconstrucción de edificios, restauración y/o

mantenimiento de edificaciones, adecuaciones locativas de edificaciones y construcción de

edificaciones también serán tenidas en cuenta y en especial impermeabilización de espacios

abiertos.

1.1.2. Requisitos para la acreditación de la capacidad, idoneidad y experiencia:

El proponente deberá acreditar la experiencia requerida mediante la presentación de

certificaciones de contratos de interventoría o supervisión de obras, mantenimientos,

adecuaciones o construcciones e impermeabilización, suscritos y terminados.

El proponente deberá anexar su HOJA DE VIDA con los soportes correspondientes que acrediten

los estudios y experiencia solicitada en este proceso, (Títulos académicos, certificaciones

laborales, etc).

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PROCESO DE CONTRATACION Modalidad de Selección: De Mínima Cuantía (cuyo valor no excede el 10% de la

Menor Cuantía)

Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado

por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012.

INVITACIÓN PÚBLICA No. INVDIS-038 de 2013

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Las certificaciones laborales deberán señalar las funciones ejecutadas.

Se requerirá acreditar y anexar copia de la TARJETA PROFESIONAL, matrícula profesional o

inscripción en el registro profesional respectivo, en el caso de aquellas profesiones que así lo

requieran por la Ley para su ejercicio.

La Experiencia Profesional certificada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley

842 de 2003 para el ejercicio de la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares,

solo se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional o del certificado

de inscripción profesional, respectivamente.

Las respectivas Certificaciones de experiencia que deberán contener la siguiente información:

o Fecha de la certificación

o Nombre de la entidad que reporta y número de identificación (NIT o documento que

haga sus veces conforme a la ley)

o Dirección y teléfono de la persona natural o jurídica contratante

o Nombre, número de identificación y cargo de la persona competente que reporta la

información.

o Nombre de la persona natural o jurídica proponente y número de identificación (NIT o

documento que haga sus veces conforme a la ley)

o Número del contrato, si lo tiene.

o Las fechas contractuales de iniciación, terminación y recibo final a satisfacción.

o Objeto del contrato.

o Valor del contrato.

o Indicador de cumplimiento del contrato.

o Firma del funcionario competente.

o Porcentaje de participación de los integrantes de consorcio o unión temporal, en el caso

de contratos ejecutados bajo estas figuras asociativas. De no informarse dicho porcentaje

la certificación no será tenida en cuenta.

Solo se tendrán en cuenta las certificaciones de experiencia expedidas por entidades públicas o

privadas. NO se aceptarán certificaciones expedidas por personas naturales.

Competencia para firma de certificaciones:

o Para contratos públicos, el ordenador del gasto de la entidad o el funcionario competente.

o Para contratos privados suscritos con personas jurídicas, el representante legal o la

persona delegada o autorizada para suscribirlo.

No se aceptarán certificaciones de experiencia suscritas por supervisores o interventores

externos a la Entidad contratante.

No se aceptan certificaciones de experiencia en construcción, estudios y/o diagnósticos de

caracterización sectorial de Proyectos propios.

No se aceptarán certificaciones de contratos en donde se acredite que el servicio o la obra se

realizó por intermedio de una cooperativa de trabajo asociado.

El proponente que presente títulos académicos de pregrado otorgados en el exterior,

deberá acreditar la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de

Educación Nacional (para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites

requeridos). Para los títulos de Postgrado (especializaciones, maestrías y doctorados), bastará la

consularización ó apostille según el caso del título de Postgrado respectivo, debidamente

otorgado por la Universidad o Institución respectiva, tal como lo exige el parágrafo primero del

artículo 7 de la ley 842 de 2003.

Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse

acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior

deberán presentarse legalizados apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre

la materia, en especial en el artículo 626 de la Ley 1564 de 2012, artículo 480 del Código de

Comercio y en la Resolución 4300 del 26 de junio de 2012 proferida por el Ministerio de

Relaciones Exteriores de Colombia.

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PROCESO DE CONTRATACION Modalidad de Selección: De Mínima Cuantía (cuyo valor no excede el 10% de la

Menor Cuantía)

Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado

por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012.

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1.1.3. Condiciones mínimas que debe acreditar el proponente:

a. Requisitos generales para participar: Los interesados en participar, deben cumplir los siguientes requisitos: 1) No encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad de que tratan

los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993 y demás normas legales pertinentes. 2) Estar afiliado y a paz y salvo con los aportes a los sistemas de salud y pensiones. 3) En el caso de estar obligado por Ley a pagar aportes parafiscales o a contratar aprendices, debe

estar a paz y salvo por estos conceptos. 4) No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la

República, en el evento que se encontrare reportado, deberá ponerse a paz y salvo por dicho concepto, demostrando la cancelación de las obligaciones o el correspondiente acuerdo de pago. La entidad verificará en la evaluación si el futuro contratista se encuentra reportado o no en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, consultando los mismos en la página Web www.contraloriagen.gov.co.

5) Tener la hoja de vida inscrita en el enlace CONTRATISTA APOYO A LA FORMACIÓN PROFESIONAL del Servicio Público de Empleo del SENA.

6) La hoja de vida debe estar soportada en el SPE y su contenido e información deben ser ciertos y verificables. La entidad podrá exigir en cualquier momento del proceso, la acreditación de los requisitos de capacidad, idoneidad y experiencia.

8) Estar matriculado profesionalmente y/o tener Tarjeta Profesional Vigente, y no tener sanciones o suspensiones vigentes.

9) Presentar y radicar la respectiva oferta en el lugar y fecha que le indique la entidad.

b. Requisitos previos para la suscripción del contrato: El SELECCIONADO deberá presentar los siguientes documentos: 1) Formato único de Hoja de Vida y Declaración de Bienes, Ingresos y Rentas del DAFP,

debidamente diligenciados, fechados y firmados (artículo 3º de la Ley 190 de 1995). (Circular 3-

2009-000173 del 15 de julio de 2009 de la Secretaría General del SENA)

2) Fotocopia documentos que acreditan estudios realizados

3) Fotocopia de la libreta militar (solamente hombres)

4) Reporte del Sistema del Servicio Público de Empleo en el cual conste que se encuentra inscrito en el

SPE y en el Banco de Apoyo a la Formación Profesional (contratistas), que se puede obtener del

enlace “ Quiero ser contratista SENA”, donde conste el nombre, fecha de inscripción, además de

la fecha y hora de impresión del citado reporte.

5) Certificación bancaria – Número de cuenta a su nombre donde se efectuarán los pagos. 1.2. Obligaciones: OBLIGACIONES ESPECIALES: En términos generales deberá dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) en materia de supervisión e interventoría, y la Resolución No. 00965 del 17 de mayo de 2012, "Por la cual se adopta el Manual de Supervisión e Interventora del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA”, entre las cuales se señalan las siguientes:

Realizar el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad sobre las

Obligaciones a cargo del contratista.

Vigilar y hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato,

procurando que se desarrollen dentro de los presupuestos de tiempo e inversión previstos

originalmente, para proteger efectivamente los intereses del SENA.

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Menor Cuantía)

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Acompañar a las partes para llegar a las soluciones pertinentes que aseguren la finalización de

un contrato y/con éxito, facilitando la interacción entre las mismas.

Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable al contrato.

Mantener informado al ordenador del gasto en forma continua, oportuna y periódica, sobre el

avance, presentado en el desarrollo del contrato, además de los hechos o circunstancias que

puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o

pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.

Facilitar una óptima interacción entre las partes.

Vigilar que las asignaciones presupuestales definidas dentro de los contratos y convenios se

cumplan tal como fueron acordadas.

Propender por qué no se generen conflictos entre las partes y adoptar medidas

tendientes a solucionar eventuales controversias.

Velar por que la ejecución del contrato no se interrumpa injustificadamente.

Exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato.

Efectuar el respectivo seguimiento al cumplimiento del ejercicio obligacional a cargo del

contratista.

Impartir instrucciones al contratista sobre el cumplimiento de las obligaciones

Exigir la información necesaria y recomendar lo que contribuya a la mejor ejecución del contrato.

Adoptar las medidas que propendan por la óptima ejecución del objeto contratado

Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución del contrato.

Dejar constancia por escrito de todas sus actuaciones.

Sugerir las medidas que considere necesarias para la mejor ejecución del objeto pactado.

Exigir al contratista la calidad de los bienes y servicios contratados, o en su defecto los exigidos

por las normas técnicas obligatorias.

Certificar el recibido a satisfacción de los bienes o servicios contratados.

OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS:

Verificar que el contratista haya cumplido en su totalidad con los requisitos de perfeccionamiento

y ejecución, antes de la iniciación del contrato. El interventor no podrá autorizar el inicio a la

ejecución del contrato sin haberse aprobado la garantía única, realizado el Registro presupuestal

y sin que haya constancia del pago por concepto de publicación del contrato, en caso de

requerirse.

Suscribir las actas a que haya a lugar con ocasión a la ejecución del contrato.

Acta de iniciación cuando se estipule expresamente en el contrato indicando la fecha de

iniciación.

Actas de informes de avances a efectos de controlar el desarrollo del objeto.

Acta de suspensión y reiniciación, cuando se formaliza el acuerdo de dar por terminada la

suspensión y reiniciar la ejecución del contrato, previa modificación de la vigencia de las

pólizas como obligación a cargo del contratista.

Actas o informe definitivo de recibo a satisfacción de los proyectos (requisito para el último pago

del contrato).

Realizar el Acta de liquidación.

En coordinación con el ordenador del gasto y el supervisor interno, remitir toda la documentación

que se produzca dentro de las etapas precontractual, contractual y postcontractual, a las Áreas

respectivas, para su archivo en el expediente único de contratos, atendiendo los procedimientos

establecidos para el manejo de la documentación contractual, establecidos en la resolución No.

2340 de 2010 o la norma que la modifique o sustituya.

Vigilar el cumplimiento de los plazos, la vigencia del contrato y de los riesgos amparados de las

garantías solicitadas en el contrato de obra.

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Menor Cuantía)

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por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012.

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Controlar los amparos de las garantías y la vigencia de cada uno de ellos ante el posible

incumplimiento por parte del contratista o conveniente de conformidad con lo pactado en el

contrato.

Exigir al contratista o conveniente la presentación de los certificados de modificación a la póliza

cuando se suscriban prorrogas, adiciones, suspensiones para su correspondiente

aprobación por el funcionario competente.

Sustentar por escrito las recomendaciones que se hagan por su parte, frente al desarrollo del

contrato.

Presentar por escrito al contratista o conveniente las observaciones o recomendaciones que

estime oportunas y procedentes para el óptimo cumplimiento del objeto contractual.

Estudiar y preparar de manera oportuna, la respuesta a cualquier solicitud del contratista, en relación a la ejecución del contrato y remitirla inmediatamente al ordenador del gasto con el fin de evitar que se configure el silencio administrativo positivo.

OBLIGACIONES FINANCIERAS Y CONTABLES: El interventor ejercerá el seguimiento y control de las actuaciones del contratista de orden financiero, contable y presupuestal que se deban realizar dentro del marco del contrato suscrito, a saber:

Controlar que el contratista o conveniente cancele cumplidamente las obligaciones laborales y

tributarias que se deriven de la ejecución del contrato.

Vigilar los registros y soportes de la ejecución de la inversión de los recursos asignados para la

ejecución del objeto. Esta se dirige a vigilar la globabilidad de la inversión del presupuesto

asignado para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Con su ejercicio se constata

que el gasto se efectúe de manera ajustada a la destinación y montos previstos en el contrato y

el plan operativo y a conducir el correcto manejo de los dineros públicos.

Revisar las facturas y/o cuentas de cobro presentadas por el contratista o conveniente al SENA,

en caso de ser necesarias, registrar cronológicamente los pagos y deducciones del contrato.

Vigilar que no se asuman compromisos que no tengan la respectiva disponibilidad presupuestal.

En el evento de requerirse mayores recursos, el interventor o supervisor del contrato deberá

motivar la solicitud y dar visto bueno a la respectiva adición presupuestal.

Verificar que se expidan los registros presupuéstales en el caso de que se presenten adiciones,

modificaciones o cesión del contrato.

Presentar a la finalización del contrato el informe del balance final de ejecución o contrato a efectos de elaborar el acta de liquidación respectiva al Ordenador del Gasto y al Supervisor interno.

OBLIGACIONES DE CARÁCTER LEGAL: El interventor del contrato velará por el cumplimiento de la normatividad general y particular contractual vigente, y deberá:

Controlar que el contratista o conveniente cumpla con las obligaciones relacionadas con los

aportes al Sistema General de Seguridad Social, salud, riesgos profesionales, pensiones y

aportes a la caja de compensación familiar, instituto de bienestar familiar y al SENA cuando haya

lugar a ello.

El interventor deberá informar a la Dirección Jurídica en el nivel central, o al ordenador del gasto

en las Regionales y Centros de Formación Profesional, el incumplimiento de ésta obligación.

Expedir el recibo a satisfacción de los bienes o servicios, el cual debe ser acorde con las

obligaciones y el objeto pactado en el contrato y convenio.

Para los pagos derivados de la ejecución del contrato, verificar que el contratista se encuentra al

día en el pago de aportes parafiscales y de sistema de seguridad social integral.

Certificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, previo a cada pago pactado

en el contrato, especificando con claridad el desarrollo del mismo; este documento es

indispensable para que se efectúe el pago correspondiente al contratista.

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Menor Cuantía)

Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado

por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012.

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Vigilar que la ejecución del contrato se realice conforme a lo estipulado en el mismo, es decir que

se efectúe de acuerdo con los requerimientos contractuales, tales como: el objeto, las

obligaciones, el plazo de ejecución, el valor y la forma de pago etc.

Verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista, lo que incluye la verificación del

cumplimiento de las especificaciones inherentes al proyecto, bienes, obras, o servicios

contratados previstos en la oferta, términos de referencia, y obligaciones del contrato.

Verificar de acuerdo con la naturaleza del contrato, la existencia de los permisos, licencias y

documentación exigida por las autoridades competentes, previo al inicio de las obras o servicios

de que se trate y durante la ejecución de los mismos.

Hacer seguimiento al cronograma de actividades y al plan operativo, a efectos de solicitar en su

oportunidad una eventual prorroga, adición, modificación o suspensión la cual debe estar

debidamente justificada y suscrita por el contratista, previo concepto técnico del interventor del

contrato.

Verificar que el objeto inicial del contrato no cambie cuando se presente una adición o

modificación del contrato.

Dar aviso inmediato a la ocurrencia de los hechos y por escrito al ordenador del gasto y a la

Dirección Jurídica, sobre cualquier retraso, incumplimiento parcial o total de las obligaciones o

irregularidades que se presenten durante la ejecución del contrato, para que se adopten

oportunamente las medidas pertinentes.

Orientar al contratista sobre la mejor manera de cumplir sus obligaciones, informándolo sobre

los trámites, procedimientos y reglamentos del SENA.

Requerir por escrito al contratista cuando se presenten incumplimientos, con el objeto de

conminarlo a que cumpla, en las condiciones y términos pactados en el contrato. Teniendo en

cuenta lo anterior, el interventor podrá recomendar la aplicación de multas o sanciones, previo a

lo cual deberá darse trámite al procedimiento señalado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.

Certificar el recibo a satisfacción de la obra, bien o servicios, prestados a cabalidad por el

contratista.

Presentar a la finalización del contrato el informe del balance final de ejecución del contrato, a

efectos de la elaboración del acta de liquidación respectiva.

En el momento de liquidar los contratos el interventor deberá verificar y dejar constancia del

cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes durante toda su vigencia,

estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber

sido cotizadas.

Presentar al ordenador del gasto y al supervisor interno, informe del estado de ejecución del

contrato cuando se presente: traslado, retiro de la entidad, o cambio de interventor o supervisor.

OBLIGACIONES TÉCNICAS:

Verificar de acuerdo con la naturaleza del contrato, que se cumplan a cabalidad las normas

técnicas, de protección al medio ambiente, seguridad industrial, y salud ocupacional cuando

hubiere a lugar.

Verificar que cada uno de los procesos técnicos a cargo del contratista se adelanten de

conformidad con las especificaciones señaladas en los estudios previos, pliegos de

condiciones, oferta, los planos, estudios y diseños, cronogramas y presupuesto.

OBLIGACIONES GENERALES:

Desarrollar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de

conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

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PROCESO DE CONTRATACION Modalidad de Selección: De Mínima Cuantía (cuyo valor no excede el 10% de la

Menor Cuantía)

Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado

por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012.

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Cumplir cabalmente los deberes que le impone la Constitución, la ley y los reglamentos

internos, los cuales deberá conocer sin que por ello adquiera la calidad de trabajador oficial o

servidor público.

Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o

circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan

poner en peligro los intereses legítimos del SENA, por medio del supervisor interno.

Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de

incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente, por medio del supervisor interno.

Mantener actualizado los pagos correspondientes a Entidades Promotoras de Salud, Fondo de

Pensiones y Administradora de Riesgos Profesionales, de acuerdo a las normas vigentes, lo cual

será un requisito para cada uno de los pagos por los servicios prestados, así como para la

legalización del contrato acreditar su afiliación al sistema general de seguridad social integral

(salud, pensiones y riesgos profesionales). En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la

Ley 1150 de 2007, EL CONTRATISTA deberá acreditar encontrarse a paz y salvo en el pago de

sus aportes al sistema de seguridad social integral como requisito previo para cada pago que se

le vaya a efectuar.

Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean

utilizados debida y racionalmente, para los fines que les fueron entregados de conformidad con el

objeto del contrato suscrito. Los contratistas son responsables de los bienes en depósito y de los

bienes en servicio, según la naturaleza de su contrato. Si el contratista debe administrar,

manejar, custodiar, controlar o usar bienes que hagan parte del patrimonio del SENA, de otras

entidades o de particulares puestos al servicio de la entidad, están sujetos a control y vigilancia.

Por lo tanto, deberán dar cuenta de su gestión al supervisor y/o interventor del contrato respectivo

y a los órganos de control fiscal y disciplinario, de ser procedente.

Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente

del objeto contractual.

2. Plazo de Ejecución. Ochenta (80) días calendario. El SENA no autorizará prórrogas al plazo establecido para la ejecución del contrato. 2.1Lugar de Ejecución: El servicio contratado deberá ser realizado en el Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial. 3. Presupuesto y Forma de Pago:

Presupuesto: Para adelantar el presente proceso de contratación se tiene asignado un presupuesto por valor de QUINCE MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO PESOS M/CTE ($15.713.618), incluidos todos los costos directos e indirectos derivados del contrato. 3.1 Apropiación Presupuestal: La presente contratación está respaldada según Certificado de Disponibilidad Presupuestal SIIF Nación II No. 21413 del 28 de Agosto del 2013. 3.2. Forma de pago: EL SENA pagará al CONTRATISTA el valor del contrato de la siguiente forma:

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RISARALDA

PROCESO DE CONTRATACION Modalidad de Selección: De Mínima Cuantía (cuyo valor no excede el 10% de la

Menor Cuantía)

Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado

por el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el Capítulo V del Decreto 734 de 2012.

INVITACIÓN PÚBLICA No. INVDIS-038 de 2013

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a) PRIMER PAGO: El veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con la ejecución del 20% de

la obra, previa presentación del informe debidamente aprobado por el supervisor del contrato y el cumplimiento de los requisitos de ley.

b) SEGUNDO PAGO: El treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con la ejecución del 50% de la

obra, previa presentación del informe debidamente aprobado por el supervisor del contrato y el cumplimiento de los requisitos de ley.

c) TERCER PAGO: El treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con la ejecución del 80% de la obra, previa presentación del informe debidamente aprobado por el supervisor del contrato y el cumplimiento de los requisitos de ley.

d) CUARTO PAGO: El veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con la ejecución del 100% de la obra, previa presentación del informe final y liquidación del mismo debidamente aprobado por el supervisor del contrato.

NOTA: Los oferentes deberán incluir en el valor de su oferta el I.V.A., cuando corresponda 4. Causales de Rechazo de las Ofertas o declaratoria de desierto del proceso:

4.1. Cuando se presenten dos o más ofertas, por un mismo oferente ya sea directamente o por

intermedio de otra persona o empresa. 4.2. Cuando no cumpla o no subsane los requisitos habilitantes dentro del término establecido. 4.3. Cuando la oferta no sea firmada por el proponente. 4.4. Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad establecidas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, así como en las demás disposiciones legales.

4.5. Cuando la propuesta no cumpla con las especificaciones, condiciones técnicas, esenciales o reglamentarias determinadas en la invitación publica.

4.6. Cuando la Entidad demuestre que la información consignada por el oferente en su propuesta, es falsa.

4.7. Cuando el valor total de la oferta se encuentre por encima del presupuesto oficial. 4.8. Cuando se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General

de la República y en el Boletín de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación y Antecedentes Judiciales.

4.9. Cuando la propuesta sea presentada por persona jurídicamente incapaz para obligarse o que no cumpla con todas las calidades y condiciones de participación.

4.10. Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea. 4.11. Cuando el proponente no reúna los requisitos obligatorios para participar y que se encuentran

señalados en la presente Invitación Publica; o no los subsane dentro del término señalado en el cronograma del respectivo proceso.

4.12. Cuando el proponente o alguno de los miembros de la Sociedad, o Consorcio o Unión Temporal, se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República y en el Boletín de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación.

4.13. Cuando el objeto social del proponente no corresponda directamente al objeto de la contratación. En el caso de consorcios o uniones temporales, la propuesta será eliminada si respecto de cada miembro, no se cumple con el objeto de la contratación.

4.14. Cuando no se presente propuesta alguna o cuando ninguno de los oferentes resulte habilitado.

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Fundamentos Jurídicos: Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado

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5. Cronograma:

Proceso De Selección De Mínima Cuantía

Actividad Fecha Sitio

Publicación estudios previos

Septiembre 18 de 2013 Página WEB del SENA

http://contratacion.sena.edu.co/ y Portal único de contratación www.contratos.gov.co

Publicación invitación Septiembre 18 de 2013 Página WEB del SENA

http://contratacion.sena.edu.co/ y Portal único de contratación www.contratos.gov.co

Expedición de Adendas Hasta el 20 de Septiembre de 2013 a las 15:30 horas

Página WEB del SENA http://contratacion.sena.edu.co/ y Portal único de

contratación www.contratos.gov.co

Presentación de la Oferta Hasta el 23 de Septiembre de 2013 a las 16:00 horas

Unidad de Correspondencia No. 04 ubicada en la Calle 26 Transversal 7 Santa Isabel, Dosquebradas.

Horario atención al público

Evaluación del menor precio y Verificación de requisitos habilitantes

Hasta el 26 de Septiembre de 2013

Página WEB del SENA http://contratacion.sena.edu.co/ y Portal único de

contratación www.contratos.gov.co

Presentación de observaciones a la

evaluación y término para subsanar requisitos

habilitantes

27 de Septiembre de 2013 Unidad de Correspondencia No. 04 ubicada en la

Calle 26 Transversal 7 Santa Isabel, Dosquebradas. Horario atención al público

Respuesta a las observaciones,

comunicación de aceptación de la oferta.

28 de Septiembre de 2013

Página WEB del SENA http://contratacion.sena.edu.co/ y Portal único de

contratación www.contratos.gov.co

Legalización

Dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación de la aceptación de la oferta. Nota: La no legalización dentro del término fijado por la entidad se entenderá que no existe interés para celebrar el contrato y por tanto se adjudicara al 2° proponente de menor precio.

Oficina de contratación y compras ubicada en la Calle 26 Transversal 7 Santa Isabel, Oficina de

Contratación SENA, Dosquebradas.

5.1 Validez de las ofertas: El proponente deberá indicar el término dentro del cual la entidad puede considerar válida su propuesta, dicho término empezará a contarse desde la fecha fijada para el cierre de la presentación de propuestas y no podrá ser inferior a 30 días calendario. 5.2 Procedimiento y reglas para expedir adendas a la invitación: 5.2.1. Participantes Podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales, jurídicas, nacionales o extranjeras, individualmente o bajo la modalidad de consorcio ó uniones temporales, que se encuentren legalmente constituidas en el país y que dentro de su actividad comercial u objeto social obedezca a los requerimientos del objeto de la presente convocatoria.

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5.2.2. Consulta de la Invitación Pública La Invitación Pública se publicará en las páginas WEB del SENA http://contratacion.sena.edu.co/ y Portal único de contratación SECOP www.contratos.gov.co, en la fecha señalada en el Cronograma del Proceso. En las mismas fechas y hasta el cierre del plazo para presentar propuesta, éste podrá ser consultado o solicitar y adquirir copia de la misma a cargo del interesado en la oficina de contratación y compras ubicada en la Calle 26 Transversal 7 Santa Isabel, Oficina de Contratación SENA, Dosquebradas. 5.2.3. Lugar y Fecha de Cierre El cierre se hará en la hora, fecha y lugar establecidos en el cronograma del proceso. Después de la fecha y hora establecidas para el cierre no se recibirán oferta ni se aceptarán cambios del contenido de las mismas, ni solicitudes de retiro de la oferta entregada. Seguido al acto de cierre, se realizará la apertura de cada uno de los sobres. De tal acto se levantará un acta que contendrá la relación de los participantes en el proceso de selección, el número de folios por cada propuesta presentada y el valor de las oferta con el fin de establecer el proponente con el precio más bajo y el orden para los demás. Dicha acta será suscrita por las personas que allí intervengan y por los proponentes que hayan asistido y que manifiesten su deseo de firmarla. 5.2.4. Presentación de la Oferta Para el recibido y radicado en la unidad de correspondencia mediante el aplicativo Onbase, la oferta debe presentarse de manera obligatoria con oficio remisorio de la propuesta en original y copia, documento que debe ser externo al sobre contentivo de la propuesta. La oferta técnico-económica, debe ir en sobre cerrado, escrita en letra imprenta en idioma castellano (en todo caso legible), debe estar firmada por el oferente en caso de ser persona natural; o por el representante legal en el caso de persona jurídica; (no se aceptan firmas escaneadas) o por el representante del consorcio o unión temporal; o por el apoderado debidamente facultado, debe contener todos los anexos, debe estar foliada hoja por hoja en estricto orden consecutivo, organizada, sin tachones ni enmendaduras, raspaduras o borrones que hagan dudar del ofrecimiento, a menos que se haga la salvedad respectiva, la cual se entiende efectuada con la firma del proponente al pie de la corrección. La propuesta se deberá presentar en un sobre cerrado, e identificado de la siguiente manera:

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

REGIONALRISARALDA

CENTRO DE DISEÑO E INNOVACION TECNOLOGIA INDUSTRIAL

MÍNIMA CUANTÍA INVDIS-038-2013

FOLIOS_________

1. Nombres y Apellidos Completos del Remitente. 2. Correo electrónico personal o de empresa. 3. Cargo. 4. Número de Cédula o NIT (Si es empresa). 5. Dirección de Correspondencia. 6. Número Telefónico o celular.

El SENA no se hará responsable por la no apertura de una propuesta, si no está correctamente dirigida y marcada como se especificó anteriormente. La propuesta debe ser presentada sin tachones, enmendaduras o raspaduras que hagan dudar del ofrecimiento, a menos que se efectúe la salvedad, la cual se entiende cumplida con la firma del proponente al pie de la corrección. Cualquier diferencia en letras y números, hará prevalecer la expresión en letras.

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NOTA: Se informa a los oferentes que conforme al inciso quinto del artículo 3.5.4 del Decreto 734 de 2012, la comunicación de aceptación junto con la oferta constituyen para todo los efectos el contrato celebrado. 5.2.5. Reglas para expedir adendas: Las adendas podrán ser expedidas por la Entidad hasta el día fijado en el cronograma del presente proceso de selección. Si la adenda se expide para adicionar requisitos de participación en la presente invitación, el SENA extenderá el plazo para la presentación de la oferta por un día hábil adicional al previsto. En caso de que la adenda se expida simplemente para aclarar el alcance de algún numeral de esta invitación sin que ello incida en los requisitos de participación, no se extenderá al plazo para la presentación de la oferta. 6. Selección y Adjudicación:

La entidad seleccionará mediante comunicación de aceptación de la oferta al proponente con el precio más bajo siempre y cuando cumpla con las condiciones señaladas en esta invitación. La comunicación contendrá los datos de contacto de la Entidad y del supervisor e interventor designado así como un anexo con las condiciones de modo, tiempo y lugar para la ejecución del contrato. Para identificar la oferta más favorable de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 1150 de 2007 y artículos 3.5.3 y 3.5.4 del Decreto 0734 de 2012, se tendrán en cuenta los siguientes criterios o factores de selección:

1. La escogencia recaerá sobre aquella oferta con el PRECIO MÁS BAJO, siempre que se encuentre en condiciones de mercado y satisfaga las necesidades de la entidad. (o sea, aquella que no supere el presupuesto oficial, no tenga un precio artificialmente bajo, cumpla las especificaciones técnicas y de calidad requeridas, conforme a lo contenido en la invitación pública).

2. Los requisitos mínimos HABILITANTES, o sea, la capacidad jurídica y experiencia de los proponentes serán verificados únicamente en el oferente que tenga el precio más bajo. Para lo cual se tendrán en cuenta las reglas de subsanabilidad establecidas en el artículo 2.2.8 del Decreto 0734 de 2012.

3. En caso que este proponente con el precio más bajo (1°) no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, se podrá seleccionar el oferente que haya presentado el segundo menor precio previa verificación de los requisitos habilitantes.

4. En caso de que el segundo (2°) proponente con el precio más bajo tampoco cumpla con los requisitos habilitantes, se verificarán las de quien presentó el tercer (3°) menor precio y así sucesivamente hasta obtener un oferente habilitado. En todo caso, la oferta finalmente seleccionada deberá encontrarse habilitada, en condiciones del mercado y satisfacer las necesidades de la entidad.

5. De no lograrse lo anterior, se declarará desierto el proceso. 6. La entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta, y esta cumpla

con los requisitos habilitantes exigidos, siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en la invitación pública (o sea, que se encuentre en condiciones de mercado, no supere el presupuesto oficial, satisfaga las necesidades técnicas de la entidad y provenga de un oferente habilitado).

7. En caso de empate a menor precio, la entidad seleccionará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas.

8. Adicional a lo anterior, se observará el procedimiento establecido en el artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012, con relación a la propuesta de menor precio cuando se dé la hipótesis establecida en dicha disposición para las “ofertas con precios artificialmente bajos”. En caso de que se rechace la oferta, la entidad podrá optar por adjudicar el contrato a quien haya ofertado el segundo mejor precio y así sucesivamente o por declarar desierto el proceso.

7. Condiciones de la oferta económica:

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La oferta económica deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Factor Requisitos

Oferta Económica

Validez mínima de la oferta económica: será la señalada en el numeral 5.1 de la presente invitación.

Se verificarán los valores contenidos en las ofertas, teniendo en cuenta los

precios del mercado. El valor de la oferta, incluido el IVA, no podrá superar el presupuesto disponible. La oferta económica debe ser clara y verificable matemáticamente, discriminando IVA si pertenece al régimen común, en caso contrario deberá indicarlo. Si el proponente no discrimina el impuesto del IVA, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el PROPONENTE deberá asumir el costo del impuesto.

Las cifras definitivas no podrán contener decimales, deberán ser

aproximadas a la unidad más cercana. Solo se pagarán los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma

alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una acción directa de la entidad previamente formalizada de acuerdo a los procedimientos legales y presupuestales que corresponda.

El SENA efectuará las retenciones que en materia tributaria tenga establecida

la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación.

Deberán ser tramitadas por el PROPONENTE, las devoluciones o

exenciones a que crea tener derecho ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte del SENA o costo para ella.

Todos los impuestos, retenciones y gastos que se causen por razón de la

legalización y ejecución del contrato, incluidas la constitución de las garantías, en caso de que se le requiera, son de cargo exclusivo del CONTRATISTA. Por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos.

En caso de que se trate de un mantenimiento para la realización de trabajos

materiales sobre bienes inmuebles que constituyan obra pública, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago, deberá pagarse a favor de la Nación una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición.

8. Condiciones de las especificaciones técnicas

Factor Requisitos

Oferta técnica

Especificaciones Técnicas

La oferta técnica deberá cumplir con las especificaciones precisas requeridas por la Entidad en la Ficha Técnica contenida en la presenta Invitación Pública. Se verificará que los bienes o servicios ofertados contengan y cumplan las especificaciones técnicas solicitadas en la invitación pública en el ítem allí estipulado, en la calidad y cantidades señaladas y se ajuste a las necesidades de la entidad, de tal manera que las ofertas que contengan los requerimientos mínimos señalados serán ADMITIDAS y las que no cumplan con las especificaciones técnicas serán RECHAZADAS.

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9. Requisitos o documentos habilitantes:

Factor Requisitos

Capacidad Jurídica (habilitado No habilitado)

Todos los proponentes deben tener: *Capacidad jurídica para la presentación de la propuesta Capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato *No estar en incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el ordenamiento legal colombiano. *No estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría de la República y allegar los siguientes documentos:

1. Certificado de existencia y representación legal: expedido por la Cámara de Comercio respectiva o por la autoridad competente, con no más de treinta (30) días de expedición. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada integrante deberá presentar el certificado de existencia y representación legal. Si se trata de personas naturales - comerciantes -, deberán acreditar su inscripción en el registro mercantil mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con no más de treinta (30) días de expedición.

2. Certificado sobre cumplimiento de las obligaciones parafiscales. De

conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en concordancia con el inciso 2º del artículo 23 de la Ley 1150 de 2008, el oferente deberá certificar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como aportes propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando por la naturaleza de la persona jurídica se exija, en caso contrario será expedida por el representante legal.

3. Certificación del cumplimiento del Contrato de Aprendizaje. Se deberá acreditar paz y salvo del cumplimiento sobre el Contrato de Aprendizaje, mediante certificación expedida por revisor fiscal, cuando por la naturaleza de la persona jurídica se exija, en caso contrario será expedida por el representante legal. En el evento de no encontrarse obligado con la contratación de aprendices, deberá manifestarlo por escrito.

NOTA: El SENA, se reserva el derecho a verificar la información contenida en estos documentos, en cumplimiento a normatividad interna.

4. Si es persona natural deberá allegar el comprobante del pago de salud y pensión

como independiente, encontrándose al día a la fecha de presentar su propuesta. En el evento de no estar obligada al pago de aportes parafiscales o contratación de aprendices, lo certificará mediante la presentación de una declaración juramentada donde manifieste dicha circunstancia. Acorde a la resolución interna No.002090 del 26 de octubre de 2005.

5. Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN: Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada integrante deberá presentar cada uno de los documentos relacionados.

6. Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal: Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada integrante deberá presentar cada uno de los documentos relacionados.

7. Fotocopia de la Tarjeta Profesional o documento que acredite este requisito,

debidamente expedido por el funcionario competente. 8. Certificado de Responsabilidad Fiscal expedido por la Contraloría General de la

República donde conste que el Representante Legal y la empresa NO FIGURAN REPORTADOS no el Boletín de Responsables Fiscales http://www.contraloriagen.gov.co/html/responsabilidad_fiscal/responsabilidad_boletin.asp

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9. Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General

de la Nación donde conste que el Representante Legal y la empresa NO REGISTRAN SANCIONES NI INHABILIDADES VIGENTES https://siri.procuraduria.gov.co/webciddno/Generar.aspx

10. CERTIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

PARAFISCALES. Acreditar encontrarse a paz y salvo en el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos ley, o por el representante legal (artículo 50, Ley 789 de 2002, artículo 1° Ley 828 de 2003), acompañado con la firma de un contador, anexando copia de la tarjeta profesional, de la cedula de ciudadanía y del certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores. Igualmente, deberá acreditar que se encuentra al día por concepto de contratos de aprendizaje o de no estar obligado a su cumplimiento. Las anteriores certificaciones deben estar debidamente soportadas con la verificación actualizada expedida por el Sena.

Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá presentar las certificaciones anteriores y los documentos relacionados.

10. Condiciones de Experiencia

Factor Requisitos

Experiencia

Acreditación de la Experiencia: El proponente debe acreditar por lo menos cinco (05) años de experiencia en el desarrollo de actividades dentro del cual encuadre el objeto contractual. Deberá probar este requisito a través de las correspondientes Certificaciones suscritas por el funcionario competente de la Entidad a la que prestó los servicios. Las certificaciones deben señalar el período de experiencia de manera determinada o determinable (o sea, indicar la fecha de inicio y terminación o, en su defecto, indicar el tiempo exacto de la duración en años, meses o días). Las certificaciones con información indeterminada no serán tenidas en cuenta. Las certificaciones que correspondan a un mismo período (simultáneas) NO serán acumulables. Para la valoración de la experiencia igualmente se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.7 del Decreto 0734 de 2012. El incumplimiento de este requisito INHABILITA la oferta.

En caso de que todos o algunos de los proponentes no anexen toda la documentación requerida, a excepción de los documentos no saneables, estos tienen todo el derecho en allegarlos a la sede de la Entidad, previo requerimiento escrito por parte ésta, conforme al término establecido en el cronograma del proceso.

11. Fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección: Teniendo en cuenta los estudios de mercado realizados, el monto a contratar corresponde a la Modalidad de Selección De Mínima Cuantía (cuyo valor no excede del 10% de la Menor Cuantía), Numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, concordante con el Artículo 94 de la Ley 1474 de 2.011 y el capítulo V del Decreto 0734 de 2012.

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Menor Cuantía)

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12. Cobertura de riesgo que deben ser amparados. El contratista deberá constituir a su costa y a favor del SENA, las garantías que le sean solicitadas por la entidad, en los términos señalados en el Título V Capítulo I artículo 5.1.7, del Decreto 734 de 2012 para amparar las obligaciones surgidas en el contrato, las cuales se mantendrán vigentes durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustará a los límites, existencia y extensión de los siguientes riesgos: Cumplimiento. El cumplimiento general del contrato, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia por el plazo total de ejecución del contrato, y Cuatro (4) meses más. a la cual podrá imputarse tanto el valor de la cláusula penal pecuniaria como las multas o los perjuicios derivados de la declaratoria de caducidad. Calidad del Servicio: Equivalente al treinta por ciento (30%) del valor final de Contrato y con una vigencia igual a su plazo y dos (2) años más contados a partir de la fecha del Acta Entrega y Recibo de la Interventoría. La interventoría con residente debe constituir adicionalmente las garantías de: Pago de Salarios y Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: Equivalente al veinte por ciento (20 %) del valor del Contrato, por el término de duración del contrato y tres (3) años más, contados a partir del acta de inicio. Responsabilidad Civil Extracontractual, que se pudiera llegar a atribuir al SENA con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista o subcontratistas, en una cuantía del treinta por ciento (30%) y en ningún caso inferior a doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200) al momento de la expedición de la póliza y con una vigencia igual a la duración del contrato, contados a partir de su perfeccionamiento. 13. Indemnidad: De conformidad con el artículo 5.1.6 del Decreto 0734 de 2012, El CONTRATISTA se obliga a mantener al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y de las que se deriven de sus actuaciones o las del personal a su cargo. Dado en Dosquebradas, a los Dieciocho (18) días del mes de Septiembre de 2013

(Original firmado) ANDRES AURELIO ALARCON TIQUE

Subdirector de Centro Revisó: Olga Milena Gartner Tobón Abogada contratación Proyecto: Gloria A.