inter criminis dra spelucin

Upload: jadiv2005

Post on 28-Oct-2015

111 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

  • El proceso ejecutivo del delito(ITER CRIMINIS)ACTOS PREPARATORIOSTENTATIVA / INTERRUPCINCONSUMACINAGOTAMIENTOFASE EXTERNAESTA EN MARCHA UN PLANFASE INTERNAIMPUNE

    Punible

    No Punible

    IDEACINDELIBERACINDECISIN

    Caso: Los procesados "se trasladaron en automvil desde Huacho a Lima y, ya en la ciudad, van a la empresa previamente seleccionada por los tres reos para hacerse con el dinero destinado a pagar la nmina de los trabajadores, llevaron consigo dos escopetas con caones recortados, se apostaron a los alrededores de la empresa elegida y mientras uno de los procesados entraba en la oficina con el pretexto de pedir trabajo y as poder inspeccionar la situacin, el recurrente y su otro compaero, permanecieron en el coche a la espera del informante, hasta que advertimos los sospechosos movimientos de todos ellos, la Polica, previamente avisada, los sorprendi y detuvo...". EN QU MOMENTO SE EMPIEZA LA EJECUCIN DEL ROBO?

  • ITER CRIMINIS (CAMINO DEL DELITO)Conjunto de actos para llegar al delito

    Ideacin interna de cometer un delitoIDEACIN

    Consiste en imaginarse el delito.

    FASE INTERNAIMPUNE

    FASE EXTERNA

    DELIBERACIN Es La elaboracin y desarrollo del plan.DECISIN Poner en practica el planEl autor se fija en un fin y elabora en un plan de accin eligiendo los medios para alcanzarlos

  • ITER CRIMINISACTOS PREPARATORIOS

    Constituyen el primer paso extremo del "iter criminis", la primera manifestacin o exteriorizacin de la accin. Son actos que, si bien no tienden directamente a ejecutar o consumar el delito, tienden a prepararloFASE EXTERNAEl sujeto busca coordinarse con otros para poder llevar a cabo la accin delictiva

    La Proposicin

    La Conspiracin

    La Provocacin

    La Incitacin, Induccin

    Es un caso especial de la manifestacin verbal de la intencin delictuosa en que se da a entender que se producir un cierto dao en contra de una persona determinadaLas AmenazasNO

    SON

    PUNIBLES

  • ITER CRIMINIS

    ACTOS DE EJECUCION

    FASE EXTERNA INACABADADe marcha su plan, es Interrumpida, no realiza las acciones del plan ACABADASujeto realiza todas las acciones del plan pero no logra el resultado INIDONEA ( Art.17 )No es punible, cuando es imposiblela consumacin del delito ya sea Por idoneidad del objeto o el medio empleadoX DESESTIMIENTOVOLUNTARIO( Eficaz ) Art. 18X CIRCUNSTANCIASEXTRAORDINARIASArt. 16

    Respuesta Jurdica: IMPUNE.- pero si las acciones anteriores han constituido de por si un ilcito se castiga como tal. Ej: le voy a dar un hachazo pero me detengo y le lesiono le brazoTentativa propiamente mente dicha:Causa ajenas a su voluntad. Ej.: El abortero es interrumpido por la policaX DESESTIMIENTOVOLUNTARIOArt. 18X CIRCUNSTANCIASEXTRAORDINARIASArt. 16

    El sujeto realiza una accin contraria a la primigeniaEs voluntario, es eficazEs impune en el caso que el delito no debe haberse consumadoGraduacin de pena cuando hay arrepentimiento.Ej. La abuela que quiere deshacerse de la nieta por que odia a la nuera , pero luego le viene el remordimiento y se arrepiente salvando a la nietaDelito frustradoAtenuacinRealiza todas las acciones de su plan, pero el resultado se produce por circunstancias extraordinarias Ej.: Quien lanza una piedra para impactar a su victima, pero un tercero muere, la victima evita que la piedra le caiga.OBJETO( HECHO )MEDIO EMPLEADO ( FORMAL )Ser absuelto cuando el objeto es impropio para configurar el delitosEj:Quien pretende hacer abortar a una mujer que no esta embarazada Ser absoluta cuando por su esencia o naturaleza no es capaz de producir resultado Ej.: Destruir una casa con un taladro de juguete

    CAEN

    EN

    EL

    TIPO

    PENAL

    PUNIBLE TENTATIVAInicio de la ejecucin del plan delictivo pero se produce una interrupcin

  • ITER CRIMINIS

    ACTOS DE EJECUCION

    FASE EXTERNACONSUMACINAGOTAMIENTOCuando esta totalmente cumplido el tipo se puede decir cuando se lograr la conducta tpicase da cuando se realiza el verbo rector del tipo penal.

    Ejem: matar, robar, violar, etc.

    El delito se consuma cuando se han reunido todas las caractersticas de la accin tpica, el autor del delito ha logrado el fin que se propueso al cometerlo, El agotamiento del delito es una fase posterior a la consumacin, es decir, el delito ya se ha realizado. El sujeto activo ya no cumple con los elementos tpicos sino que consigue satisfacer la intencin que persegua. El agotamiento no se castiga.

    Ejem: en el hurto, el agotamiento se manifiesta con el aprovechamiento econmico.

    El ladrn consuma su delito al apoderarse de la cosa mueble ajena

    Lo agota al conseguir el enriquecimiento para s o para un tercero

  • ITER CRIMINIS( CAMINO DEL DELITO )Ideacin de cometer el delitoACTOS PREPARATORIOSTENTATIVA / INTERRUPCINCONSUMACINAGOTAMIENTOEl autor dispone de los medios para crear las condiciones y alcanzar el fin que se proponeINPUNEEXEPTO EL DELITO DE TERRORISMO, SEG. NAC. TENTATIVA .- actos que se extiende desde que comienza la ejecucin hasta la consumacinINTERRUPCION.-Es la interrupcin del proceso para alcanzar la consumacin, hay interrupcin de la tentativaPuede ser 2DesistimientoAccidentales o circunstancialesCuando esta totalmente cumplido el tipo se puede decir cuando se lograr la conducta tpicaConsumacion material, es cuando el sujeto alcanza el fin ultimo que se propuso.Cdigo Penal Art. 46 inc 9 y 10 ( para ver la pena ) Ideacin, deliberacin y decisin .El autor se fija en un fin y elabora en un plan de accin eligiendo los medios para alcanzarlosFASE EXTERNAESTA EN MARCHA UN PLAN

    FASE INTERNAIMPUNE

    Punible

    No Punible