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ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) Integrantes: Paola Andrea Beltran Ordoñez Nicolás Castiblanco Lemos

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Page 1: Integrantes: Paola Andrea Beltran Ordoñez Nicolás Castiblanco Lemos

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

(OMC)Integrantes:

Paola Andrea Beltran OrdoñezNicolás Castiblanco Lemos

Page 2: Integrantes: Paola Andrea Beltran Ordoñez Nicolás Castiblanco Lemos

La (OMC) es la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países y es conocida como un sistema multilateral de comercio.

La OMC está dirigida por los gobiernos de sus Miembros. Todas las decisiones importantes son adoptadas por la totalidad de los Miembros, ya sea por sus Ministros (que se reúnen por lo menos una vez cada dos años) o por sus embajadores o delegados (que se reúnen regularmente en Ginebra).

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

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El objetivo es ayudar a los productores de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.

Mejorar el nivel de bienestar de la población de los países miembros.

El propósito primordial del sistema es contribuir a que el comercio fluya con la mayor libertad posible y garantizar que las corrientes comerciales circulen con la máxima fluidez, previsibilidad y libertad posibles, sin que se produzcan efectos secundarios no deseables, ya que es importante para el desarrollo económico y el bienestar.

Lograr la consolidación de los aranceles y su aplicación por igual a todos los interlocutores comerciales ya que son son fundamentales para que el comercio de mercancías se desarrolle sin dificultades

Objetivos y propositos

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La Organización Mundial del Comercio nació en 1995, lo que la convierte en una de las organizaciones internacionales más jóvenes.

La OMC es la sucesora del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), establecido tras la segunda guerra mundial.

El sistema se creó mediante una serie de negociaciones comerciales, o rondas, celebradas en el marco del GATT. Las primeras rondas se centraron principalmente en las reducciones arancelarias. La última ronda de negociaciones denominada “la Ronda Uruguay”, que se desarrolló entre 1986 y 1994, donde se dio lugar a la creación de la OMC.

Historia

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Su sede se encuentra en: Ginebra, Suiza.

Fue establecida el: 1º de enero de 1995

Miembros: 160 países al 26 de junio de 2014.

Presupuesto: 197 millones de francos suizos (2013)

Director General: Roberto Azevêdo

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Administra los acuerdos comerciales de la OMC.

Foro para negociaciones comerciales. Resolver las diferencias comerciales.  Supervisa las políticas comerciales

nacionales.  Asistencia técnica y cursos de formación

para los países en desarrollo. Cooperación con otras organizaciones

internacionales. 

Funciones

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Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos.

Gracias a estos acuerdos los miembros de la OMC conducen un sistema de comercio no discriminatorio que precisa sus derechos y obligaciones.

Todos los países reciben garantías de que en los mercados de los demás países se otorgará a sus exportaciones un trato equitativo y uniforme

El sistema ofrece además a los países en desarrollo cierta flexibilidad en lo que respecta al cumplimiento de sus compromisos.

Pilares

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No discriminación Un país no debe discriminar entre sus interlocutores

comerciales y no debe discriminar entre sus propios productos, servicios o nacionales y los productos, servicios o nacionales de otros países.

Ser más abierto La disminución de los obstáculos comerciales; esos obstáculos

pueden consistir en derechos de aduana (o aranceles) o en medidas como la prohibición de las importaciones o la fijación de contingentes que restringen selectivamente las cantidades.

Ser previsible y transparente Las empresas, los inversores y los gobiernos de otros países

deben confiar en que no se establecerán arbitrariamente obstáculos comerciales. Mediante la estabilidad y la previsibilidad, se fomentan las inversiones, se crean puestos de trabajo, y los consumidores pueden disfrutar plenamente de las ventajas de la competencia: la posibilidad de elegir y unos precios más bajos.

Principios fundamentales:

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Ser más competitivo Desalentar, para ello, las prácticas “desleales”, como

las subvenciones a la exportación y el dumping de productos a precios inferiores a su costo para obtener una mayor participación en el mercado.

Ser más beneficioso para los países en desarrollo Conceder a este más tiempo para realizar ajustes,

mayor flexibilidad y privilegios especiales; más de tres cuartas partes de los Miembros de la OMC son países en desarrollo y países en transición a economías de mercado.

Proteger el medio ambiente Los Acuerdos de la OMC permiten a los Miembros

adoptar medidas para proteger no sólo el medio ambiente sino también la salud pública. No obstante, esas medidas deben aplicarse por igual a las empresas nacionales y a las extranjeras.

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Los acuerdos establecen las normas jurídicas fundamentales del comercio internacional. Son en lo esencial contratos que obligan a los gobiernos a mantener sus políticas comerciales dentro de límites convenidos.

La finalidad de estos acuerdos es ayudar a los productores de bienes y servicios, a los exportadores y a los importadores a desarrollar sus actividades, si bien permitiendo que los gobiernos alcancen objetivos sociales y ambientales.

Acuerdos

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Los Acuerdos de la OMC establecen los principios, pero también autorizan excepciones. Las cuales son:

A. medidas adoptadas contra el dumping (ventas a precios deslealmente bajos).

B. subvenciones y derechos “compensatorios” especiales para compensar las subvenciones.

C. medidas de urgencia para limitar temporalmente las importaciones, destinadas a “salvaguardar” las ramas de producción nacionales.

Antidumping, subvenciones, salvaguardias

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La medida antidumping consiste en aplicar un derecho de importación adicional a un producto determinado de un país exportador determinado para lograr que el precio de dicho producto se aproxime al “valor normal” o para suprimir el daño causado a la rama de producción nacional en el país importador.

Como por ejemplo cuando una empresa exporta un producto a un precio inferior al que aplica normalmente en el mercado de su propio país, se dice que hace “dumping”.

Medidas antidumping:

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El Acuerdo de la OMC autoriza a los gobiernos a adoptar medidas contra el dumping cuando se ocasione un daño genuino (“importante”) a la rama de producción nacional competidora.

Para poder adoptar esas medidas, el gobierno tiene que poder demostrar que existe dumping, calcular su magnitud (cuánto más bajo es el precio de exportación en comparación con el precio en el mercado del país del exportador), y demostrar que el dumping está causando daño o amenaza causarlo.

Las medidas antidumping deben expirar transcurridos cinco años a partir de la fecha de su imposición, salvo que una investigación demuestre que la supresión de la medida ocasionaría un daño

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Este Acuerdo tiene una doble función: somete a disciplina la utilización de subvenciones y reglamenta las medidas que los países puedan adoptar para contrarrestar los efectos de las subvenciones.

En él se dispone que un país puede utilizar el procedimiento de solución de diferencias de la OMC para tratar de lograr la supresión de la subvención o la eliminación de sus efectos desfavorables, o que el país puede iniciar su propia investigación y aplicar finalmente derechos adicionales (llamados “derechos compensatorios”) a las importaciones subvencionadas que se concluya causan un perjuicio a los productores nacionales.

Subvenciones y medidas compensatorias 

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El Acuerdo establece dos categorías de subvenciones: subvenciones prohibidas y subvenciones recurribles.

Subvenciones prohibidas: son aquellas cuya concesión está supeditada al logro de determinados objetivos de exportación o a la utilización de productos nacionales en vez de productos importados.

Están prohibidas porque están destinadas específicamente a distorsionar el comercio internacional y, por consiguiente, es probable que perjudiquen al comercio de los demás países.

Si las importaciones de productos subvencionados perjudican a los productores nacionales, puede imponerse un derecho compensatorio.

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Subvenciones recurribles: en esta categoría el país reclamante tiene que demostrar que la subvención tiene efectos desfavorables para sus intereses.

En el Acuerdo se definen tres tipos de perjuicio que las subvenciones pueden causar:

pueden ocasionar un daño a una rama de producción

de un país importador. pueden perjudicar a los exportadores rivales de otro

país cuando unos y otros compitan en terceros mercados

y las subvenciones internas de un país pueden perjudicar a los exportadores que traten de competir en el mercado interno de dicho país.

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Si el Órgano de Solución de Diferencias dictamina que la subvención tiene efectos desfavorables, se debe suprimir la subvención o eliminar sus efectos desfavorables.

También en este caso puede imponerse un derecho compensatorio si las importaciones de productos subvencionados perjudican a los productores nacionales.

El exportador subvencionado puede también convenir en elevar sus precios de exportación como alternativa a la aplicación de derechos compensatorios a sus exportaciones.

Para poder imponer derechos compensatorios el país importador tiene que haber realizado antes una detenida investigación similar a la exigida para adoptar medidas antidumping.

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Con esta medida se puede restringir temporalmente las importaciones de un producto (adoptar medidas de “salvaguardia”) si las importaciones de ese producto han aumentado en tal cantidad que causan o amenazan causar daño a una rama de producción nacional.

Esas medidas, que en general adoptan la forma de suspensión de concesiones u obligaciones, pueden consistir en restricciones cuantitativas de las importaciones o aumentos de los derechos por encima de los tipos consolidados.

Salvaguardias:

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Condiciones para la aplicación de medidas de salvaguardia:

las condiciones en las que pueden aplicarse medidas de salvaguardia son:

A. un aumento de las importaciones B. y un daño grave o una amenaza de daño

grave causado por ese aumento.

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El daño tiene dos posibilidades:

1. Daño grave: como un menoscabo significativo de la situación de una rama de producción nacional.

2. Amenaza de daño grave: la clara inminencia de un daño grave, basada en hechos y no simplemente en alegaciones, conjeturas o posibilidades remotas. Aun cuando no se determine que existe un daño grave, podrá aplicarse una medida de salvaguardia si se determina que existe una amenaza de daño grave.

3.

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Medidas de salvaguardia definitivas Medidas arancelarias: deben aplicarse en la medida necesaria para

prevenir o reparar un daño grave y facilitar el reajuste. Si la medida adopta la forma de una restricción cuantitativa, el nivel

establecido no debe ser inferior al nivel de las importaciones reales de los tres últimos años representativos, a menos que exista una justificación clara para fijar un nivel diferente.

Duración de las medidas: La duración máxima de una medida de salvaguardia será de cuatro

años, a menos que se prorrogue. Podrá prorrogarse únicamente si, tras una nueva investigación, se

estima necesario su mantenimiento para prevenir o reparar el daño grave.

El período de aplicación inicial y toda prórroga del mismo no podrán exceder de ocho años.

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Medidas de salvaguardia provisionales:

Podrán imponerse medidas provisionales en virtud de una determinación preliminar de la existencia de pruebas de que el aumento de las importaciones ha causado o amenaza causar un daño grave.

Duración: Podrán mantenerse en vigor por un plazo máximo

de 200 días. El período de aplicación de las medidas provisionales deberá incluirse en el período total de aplicación de las medidas de salvaguardia.

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Los Acuerdos de la OMC abarcan las mercancías, los servicios y la propiedad intelectual.

Se incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios.

Establecen procedimientos para la solución de diferencias.

Los acuerdos no son estáticos; son de vez en cuando objeto de nuevas negociaciones, y pueden añadirse al conjunto nuevos acuerdos.

Negociaciones comerciales

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Los Acuerdos de la OMC obligan a los gobiernos a garantizar la transparencia de sus políticas comerciales notificando a la OMC las leyes en vigor y las medidas adoptadas. Diversos consejos y comités de la OMC tratan de asegurarse de que esas prescripciones se respeten y de que los Acuerdos de la OMC se apliquen debidamente.

Todos los Miembros de la OMC están sujetos a un examen periódico de sus políticas y prácticas comerciales, y cada uno de esos exámenes contiene informes del país interesado y de la Secretaría de la OMC

Aplicación y vigilancia

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El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC) es donde todos los Miembros de la OMC son objeto de examen, si bien la frecuencia con que se realiza el examen de cada país depende de su nivel de participación en el comercio mundial.

Ya que para la OMC es de vital importancia que los reglamentos y las políticas sean transparentes.

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Las cuatro principales economías comerciantes en la OMC, las cuales son la Unión Europea, Estados Unidos y Japón, son objeto de este examen cada dos años aproximadamente. Los siguientes 16 países, cada cuatro años, y el resto de los países cada seis años; los países menos adelantados tienen la posibilidad de tener plazos más largos.

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Las fricciones comerciales se canalizan a través del mecanismo de solución de diferencias de la OMC, centrado en la interpretación de los acuerdos y compromisos, que tiene por objeto garantizar que las políticas comerciales de los distintos países se ajusten a éstos. De ese modo, se reduce el riesgo de que las controversias desemboquen en conflictos políticos o militares.

Los países someten sus diferencias a la OMC cuando estiman que se han infringido los derechos que les corresponden en virtud de los Acuerdos.

Los dictámenes se basan en la interpretación de los Acuerdos y de los compromisos contraídos por cada uno de los países.

Solución de diferencias

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Gracias a la intervención de la OMC el entorno económico mundial se vuelve más próspero, tranquilo y fiable.

Mediante la reducción de los obstáculos al comercio, el sistema de la OMC también contribuye a eliminar otro tipo de barreras que se interponen entre los pueblos y entre las naciones.

En los últimos 50 años hubo un crecimiento excepcional del comercio mundial.

Las exportaciones de mercancías han registrado un aumento promedio anual del 6 %.

Resultados:

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La misión fue creada en el año 1994 cuando se creó la Organización Mundial de Comercio.

La Misión ante la Organización Mundial de Comercio promueve los intereses de Colombia en los asuntos comerciales

Colombia en la OMC

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Colombia pertenece a los siguientes grupos en el marco de las negociaciones de la OMC:

Grupo de Cairns: Grupo de países exportadores y productores, el cual

tiene como objetivo la liberalización del comercio internacional de productos agroalimentarios. Actualmente el grupo lo forman 19 países entre ellos esta Colombia, junto con Australia, Chile, Bolivia, Tailandia, Brasil entre otros.

Grupo de Productos Tropicales: Integrada por algunos países en desarrollo como:

Colombia, Bolivia, Costa Rica, Guatemala y Panamá, entre otros; que piden un mayor acceso a los mercados para los productos tropicales.

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Amigos de las Negociaciones Antidumping: El Acuerdo define las condiciones o normas en materia

de transparencia, garantías procesales y regulación, haciendo frente a las prácticas comerciales desleales.

Amigos de los Peces: Trabajan de forma conjunta para erradicar la

sobrepesca y la necesidad de normas efectivas para la eliminación de los subsidios pesqueros inapropiados.

Patrocinadores del Documento “W52”: Este documento presentado por más de 100 miembros

de la OMC en el 2008, incluye una propuesta para las negociaciones, protección y solicitud de patentes, para vinos, bebidas espirituosas y material genético.

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GRACIAS