instrumentos para garantizar el derecho ambiental

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UNIVERSIDAD DE COSTA RICA FACULTAD DE DERECHO "INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL T~TULO DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA COSNTITUCIÓN POL~TICA DE COSTA RICA". TESIS PARA OPTAR POR EL GRADO DE LICENCIADA EN DERECHO REBECCA VALER10 VlLLAVlCENClO Ciudad universitaria Rodrigo Facio, San José, Costa Rica. 2003

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Page 1: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

"INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO

AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL T~TULO DE

DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA COSNTITUCIÓN

POL~TICA DE COSTA RICA".

TESIS PARA OPTAR POR EL GRADO DE LICENCIADA EN DERECHO

REBECCA VALER10 VlLLAVlCENClO

Ciudad universitaria Rodrigo Facio, San José, Costa Rica.

2003

Page 2: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

g.3 <- L.% . f-z -f - - i Ksi u$s2 G~~ EG = ..+j e, -.' ~c;iiiar = - ? S

Decano, FACULTAD DE DERECHO

Hago de su cctftocífniento que e! Trabajt2 Fina! de c3riGriaci6n de la eskt~dianti:

! . . . - fr. -.'. - > - . + < ; : ,( $7 ,-*?-.-: t-:> $-.? ;.> >: .!%-,:<? :>... :p ?T.* .--.: $ - . . [email protected];i=NT-ACigf$ PGBt:iC;,ri; <-e este t&>ajo fia t>a;-a - . * - . -; <-3 ; :< -

s. - . -. . - . ri @e gciu5rg a !as horas-

Page 3: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

FACULTAD DE DERECHO DECANATO

La Verdadera estatura espin'tuafde un ser humano se mide p o r h forma como trata a SU pnljnno Miguel de Cervantes

6 de octubre de 2003

S ñ o r Doctor Daniel Gadea Nieto Director del Área de Investigación Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica S.M.

Estimado Doctor Gadea:

Sirva la presente para comunicarle que en mi calidad de Director del trabajo final de graduación de la egresada Rebeca Valerio Villavicencio, carné 973482, titulado "Instrumentos para garantizar la protección del Derecho Ambiental. Análisis de la introducción del titulo de Garantias Ambientales en la Constitución Política de Costa Rica", considero que reúne los requisitos de forma y fondo exigidos para este tipo de trabajos finales.

El mencionado trabajo es un análisis iniportante al proyecto del titulo de Garantias Ambientales Constitucionales, que se encuentran en la Asaniblea y a los instrumentos que tiene el mismo para garantizar la protección ambiental.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en vista del debido cumplimiento de los requisitos que solicita la Universidad de Costa Rica, lo apruebo.

Le saluda,

Teléfonos: 207-42271207-4 1 14 Fax: 234- 1220

Page 4: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

Señor

DANIEL GADEA NIETO

Director del ..&ea de irivestiqaciófi

Faw!!3d dp Dpreci-10

~ 1 ~ : . )l... f 9 rI. . l & ~ j .- c f i C o s t RICA

Estimado '3-6or

Fermlt.-irile 5alildarlo, y a i.3 : i e i infon-n.-it-ie que he t-~ali=.3¿;c mi !.3bor corqo x!il;r&~!- del tr.3bajo final de

~ra i fu- iZ l6~ Wri optar por e! titulo de Licenciada en fi-recho de [a ie<otita EEBEizLA ':/,ALERlQ

-. :lL, . -.\ - ,

-:& -.Y .( - t i . : i L i!: WFI c3mg sini~it-5ittri0 número ncwent.3 y si&?, tt-eifita y cijatra, setenta y

E! Titulo reservado de dicha inv&iqaWÓn es: J m m a o s Frmmr &J h t e c c j * &ambo

, 4 ~ i t m t i l f - ~ ~ & i s i& Lz intmrGrccih rdifGtrrie iiir Frantím -,qm6ientilB m C1 Cmsti t i lc ih Po&ica & C o s a

c<ica .-.

En mi c : r . S r ; t ~ r do director de ~ r t a in\,~estig3ción, doy n-ii aprobación par.3 q1-i- 3-3 som~ti i ja a ia replica

correspondiente, por wanto condi tup un ed;~dio áerio del Üered-io ..&n~bienta pn PI ámbito

Conditirciona! y; wmpl- cori !o.; requisitos de for:do y fama exigido-.

2 4' ~ / u ~ o Alfonso duñoz Quesada

Page 5: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

San José, 30 de setiembre del 2003.

SeAor

Daniel Gadea Nieto

Director del Área de investigación

Facultad de Derecho

Universidad de Costa Rica

Estimado SeAor:

Sirva este medio para saludarlo e informarle que he colaborado en calidad de

lector del trabajo final de graduación intitulado ' Instrumentos para garantizar b

Protección del Derecho Ambiental. Análisis de la introducción del Título de

Garantías Ambientales en la Constitución Política de Costa Ricaw, para optar por el

título de Licenciada en Derecho de Rebecca Valerio Villavicencio, credencial

estudiantil numero noventa y siete, treinta y cuatro, setenta y dos.

Me permito expresarle que he impartido mi aprobación, para que esta

investigación sea sometida a la réplica correspondiente, por cuanto cumple con los

cánones exigidos para ello.

Atentamente,

(F) Gustavo González &lano

Page 6: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

San José, 14 de octubre del 2003.

Seiior DANIEL GADEA NIETO Director del Area de Investigaci6n Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica

Estimado Seiior:

Sirva la presente para saludarlo y a la vez informarle que Acepto el cargo de lector y

miembro del Tribunal de Réplica del trabajo final de Graduación de la sefiorita Rebecca

Valerio Villavicencio, carné número 973482, intiulado " Instrumentos para Garantizar la

Protección del Derecho Ambiental. Análisis de la Introducción del Titulo de Garantías

Ambientales en la Constitución Política de Costa Rica" .

Se despide

2-

ROJAS

Page 7: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

San Jos6, 20 deoctubre del 2003.

Señor

DR. DANIEL GADEA NIETO

Director Area de Investlgaclón

Facultad de Derecho

Universidad de Costa Rlca

Estimado Sefior:

He revisado en mi calidad de lector, el trabajo final de graduacibn para optar por

el tlitulo de licencia en derecho de la egresada Rebecca Valerio Wllavlcenclo carne

número 973482, titulado Instrumentos para Garantizar el Derecho Ambiental. Análisis

de la Adicibn del Titulo de Garantias Ambientales en la Constitucibn Polltica de Costa

Rica. Considero que este cumple con los requisitos pertienentes tanto de forma como

de fondo que amerit,an-dqrle mi aprobacibn. /"

Page 8: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN5lRUMEKTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 1 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONS~TWCIÓN P0LílICA DE COSTA RICA

DEDICA TORlA

A Dios que es quien me permite estar aquí y me da

fuerzas para levantarme cada día.

A mamita por darme la vida, por su amor, por brindarme

apoyo incondicional y por enseñarme a luchar y nunca

rendirme por más adversidades que se presenten.

A Papito quien descansa en la paz del señor, quien

depositó toda su confianza en mi y me dio su amor

mientras vivió.

A Mamalú que descansa en la paz del señor, por sus

sabios consejos ...

Page 9: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICI~N DEL Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N S ~ C I ~ N POLíTICA DE COSTA RICA

A Gabriel Quesada, por ser el mejor maestro

y amigo incondicional en esta lucha.

A Canto y a Tuto por creer en mi y apoyarme.

Page 10: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PAR4 GAR4NTQAR EL DERECHO AMBIENTAL . ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL

T~TULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CON~CIÓN PoL~ICA DE COSTA RICA

~NDICE GENERAL

~NDICE GENERAL ............................................................................................................................. 3

............................................................................................................ TABLA DE ABREVIATURAS 5

........................................................................................................................................ RESUMEN 7

INTRODUCCION GENERAL ....................................................................................................

TITULO PRIMERO: GENERALIDADES DEL DERECHO AMBIENTAL ........ 14

SECCION PRELIMINAR: EP~STEMOLOG~A .................................................. 15 DEFlNlClON DE ECOLOGIA .............................................................................................. 15 ECONOM~A ECOL~GICA ................................................................................................... 18

................. CAPITULO PRIMERO: ELEMENTOS DEL DERECHO AMBIENTAL 21 AMBIENTE .............................................................................................................................. 21 BIODIVERSIDAD .................................................................................................................. 26 EL DERECHO AMBIENTAL .................................................................................................... 29 PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL ............................................................................ 36

................ CAPITULO SEGUNDO: PROBLEMÁTICA NACIONAL AMBIENTAL -46 FACTORES ESTAD~STICOS AMBIENTALES ........................................................................ 47 FACTORES POLITICOS Y ECONOMICOS ............................................................................ 58 FACTORES ADMINISTRATIVOS ........................................................................................... 62

............................... TITULO SEGUNDO: NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE 67

CAPITULO PRIMERO: NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE ........................... 68 NORMATIVA AMBIENTAL INTERNACIONAL ........................................................................ 69 INSTRUMENTOS REGIONALES ............................................................................................ 82 NORMATIVA NACIONAL ........................................................................................................ 99

CAPITULO SEGUNDO: DERECHO CONSTITUCIONAL AMBIENTAL ....................................................................................... COMPARADO 123

EUROPA ............................................................................................................................... 123 LAS GENERACIONES DEL CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL EUROPEO ................. 124

CONTINENTE AMERICANO ................................................................................................. 131

CENTROAMERICA .............................................................................................................. 136

TITULO TERCERO: LA ADlClON DEL TITULO DE GARANTIAS AMBIENTALES EN

NUESTRA CONSTITUCION POLlTlCA DEBE SER UNA REALIDAD ............................ 143

CAPITULO PRIMERO: GENERALIDADES DE LAS GARANT~AS AMBIENTALES 144 ..................................................................... CONCEPTO DE GARANTIAS AMBIENTALES 144

INTERESES DIFUSOS Y COLECTIVOS .............................................................................. 148

CAPITULO SEGUNDO: NECESIDAD DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL .. 151 ANTECEDENTES .................................................................................................................. 152 TRAMITE CONSTITUCIONAL PARA LA APROBACION ................................................. 153

CONCLUSIONES GENERALES ................................................................................... 166

Page 11: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 4 Tinilo M DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CON~~~CION P0LhCA DE C o s r ~ RICA

TABLA DE ABREVIATURAS

ALIDES

CCAD

CCAP

CCI

CDB

E IA

ENB

LOA

MlNAE

PPP

SETENA

UNESCO

ALIANZA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO.

CONSEJO CENTROAMERICANO DE AREAS PROTEGIDAS

CORTE CONSTITUCIONAL ITALIANA

CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ESTRATEGIA NACIONAL DE CONSERVACI~N Y USO

SOSTENIBLE SOBRE LA BlODlVERSlDAD

LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERG~A

PLAN PUEBLA PANAMÁ.

SECRETARIA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL

ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS PARA LA

EDUCACIÓN LA CIENCIA Y LA CULTURA.

Page 12: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 5 T h ~ o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSI~TUUÓN POLhCA DE COSTA RICA

RESUMEN

VALER10 VILLAVICENCIO, Rebecca. "INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL

DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADlClON DEL TITULO DE DERECHOS Y

GARANTIAS AMBIENTALES A LA CONSTITUCION POL~TICA DE COSTA RICA".

Tesis para optar por el grado de Licenciada en Derecho, Facultad de Derecho,

Universidad de Costa Rica, San José, Costa Rica, 2003.

DIRECTOR: Rafael González Ballar.

LISTA DE PALABRAS CLAVES: DERECHO AMBIENTAL, DERECHO

CONSTITUCIONAL, GARANTIAS AMBIENTALES, PRINCIPIOS AMBIENTALES,

DERECHOS DIFUSOS, DERECHO AMBIENTAL CONSTITUCIONAL.

RESUMEN DEL TRABAJO:

El objetivo principal de este trabajo es analizar la normativa ambiental existente en

nuestra legislación, y exponer los puntos medulares de la necesidad de una reforma

constitucional, para la efectiva protección del ambiente, mediante la adición de derechos y

Garantías Ambientales y sus ventajas para Costa Rica.

La investigación está distribuida de la siguiente manera: Una Sección Preliminar

dedicada a la epistemología de la ecología, la Teoría General de los Sistemas, la relación

entre Economía y Ecología, etc.

Page 13: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 6 TÍTULO DE D E R ~ O S Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ ~ ~ C I Ó N PoLíTICA DE COSTA RICA

Seguido por Tres Títulos: El Primero, pertinente a consideraciones generales

sobre el Ambiente, su relación con el Derecho Ambiental, sus Caracteres y Principios. Así

como los Factores Estadísticos Ambientales, Políticos y Administrativos de la realidad de

nuestro país.

El Segundo Título es el relativo a la Normativa Ambiental, en el Capítulo I se

analiza la Normativa Ambiental Vigente en Costa Rica, tanto las Normas Ambientales

Internacionales (Tratados, Convenciones, Cartas) ratificadas y aprobadas por nuestro

país, como los Tratados y Convenciones Regionales. Asimismo, se hace un análisis de

los artículos de nuestra Constitución que se refieren al derecho a la vida, a un ambiente

sano y a la salud (éste último no se encuentra plasmado como tal, pero se infiere respecto

de su relación con los anteriores). Aunado a la exposición de las principales leyes

ambientales vigentes (Ley orgánica del Ambiente, Ley de Biodiversidad, Ley forestal, Ley

General de Salud, Ley de Aguas).

En el Segundo Capítulo llamado "Derecho Constitucional Ambiental Comparado" se

analizan las Constituciones tanto a nivel Europeo como Americano incluyendo en este

último los principales textos fundamentales de Sur, Norte y Centroamérica.

El tercer y último Titulo puede considerarse desde ya el más importante, se trata

del análisis de las Garantías Ambientales, su concepto, fundamento doctrinal, con el

análisis del proyecto de ley que adiciona el Título de Derechos y Garantías Ambientales

en la Constitución, y su relación con el contenido de los Títulos I y II antes mencionados.

Page 14: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 7 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSTTTUCIÓN POL~TICA DE COSTA RICA

INTRODUCCION GENERAL

Los efectos adversos hacia el ambiente natural por el progreso de urbanización e

industrialización que generamos, se basan primordialmente en la ideología prevaleciente

de que el crecimiento de estas dos condiciones de vida para nosotros, requieren de un

precio implícito; 'pero cuál habría de ser ese precio?: el deterioro ambiental ...

Nos hemos acostumbrado en los años recientes a una serie de expresiones

bastante gráficas del deterioro ambiental, y que en este momento se multiplican con

rapidez en todos sus aspectos, a la vez que sus síntomas de crisis saltan a la vista. Lo

peor de todo es que el deterioro ambiental va en aumento, en proporción directa al

desarrollo de la industrialización y la urbanización que realizamos.

Los espacios naturales están siendo deteriorados por la falta de conciencia del hombre

que no evalúa los daños ecológicos causados.

La expansión agrícola para satisfacer la demanda creciente de alimentos ha

ocasionado un impacto adverso de gran envergadura sobre los bosques, las praderas y

los humedales. La degradación de los suelos afecta por lo menos a dos mil millones de

hectáreas en todo el mundo y alrededor de dos tercios de las tierras agrícolas del mundo.

Page 15: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!~RUMEKTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL Tirulo DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CO?(S~UUÓN PoLÍTICA DE COSTA RICA

Según el informe de Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas, para

la Cumbre celebrada en Johannesburgo, en setiembre del año pasado, se puede

evidenciar el deterioro ambiental que ha sufrido en los últimos diez años nuestro

planeta;"'.

1 Cuyos resultados arrojan lo siguiente: "El agua dulce es cada vez más escasa en muchos países debido a

las actividades agrícolas que consumen el setenta por ciento del agua dulce explotada en el mundo. Sin

embargo, solamente el treinta por ciento del suministro de agua es utilizado realmente por las plantas y los

cultivos- la gran cantidad restante se desperdicia-. Pan el año dos mil veinticinco se estima que los dos

tercios de la población mundial, podrían vivir en países con escasez, moderada y severa de agua. En los

próximos dos decenios, se espera que se requiera un diecisiete por ciento más de agua para cultivar

productos alimenticios en los países en vía de desarrollo y que el total de agua utilizada se incremente en un

cuarenta por ciento.

Más de once mil especies se considerarán amenazadas y más de ochocientas especies se han extinguido

debido a la pérdida de su hábitat. Otras cinco mil espeaes se hallan potencialmente amenazadas a menos

que se desplieguen esfuerzos para revertir la tendencia re~iinante de su población. Cerca de una cuarta parte

de la población piscicola mundial es afectada por la pesca excesiva y la mitad se ha agotado plenamente. (...)

Los bosques naturales se están convirtiendo rápidamente en tierras de explotación agrícola y otros tipos de

explotación. La tasa de deforestación mundial durante el decenio de los noventa se estima en catorce mil

seiscientos millones de hectáreas por año, lo que representa una pérdida neta de cuatro por ciento de los

bosques del mundo durante la última década, principalmente en los países en desarrollo. Cerca del cincuenta

por ciento de los maderables cultivados en el mundo se utilizan como combustible y el noventa por ciento de

ella se consume en los paises en desarrollo. El total de la biomasa maderable de los bosques del mundo está

decayendo también, reduciendo la capacidad de los bosques para mitigar el cambio climático.

Alrededor del veintisiete por ciento de los arrecifes coralinos del mundo se han perdido debido a la

intervención directa del hombre y sus impactos, y a los efectos de los cambios climaticos. Se estima que otro

treinta y dos por ciento de los arrecifes, pueden ser prácticamente destruidos dentro de los próximos treinta

años si no se adoptan las medidas correctivas apropiadas.

Las emisiones de sustancias que destruyen la capa de ozono han alcanzado su máximo y ahora decaen

gradualmente. El consumo total de clorofluorocarburos ha disminuido cerca de mil cien millones de toneladas

de mil novecientos ochenta y seis a ciento cincuenta y seis mil toneladas en mil novecientos noventa y ocho.

El consumo total de combustibles fósiles ha aumentado en un diez por ciento entre mil novecientos noventa y

dos y mil novecientos noventa y nueve. El uso per cápita más elevado continúa siendo en los países

desarrollados donde la población consumió seis punto cuatro toneladas de petróleo equivalente en mil

novecientos noventa y nueve. Es decir, un consumo diez veces mayor que el de las regiones en desarrollo.

Las emisiones mundiales de carbono entre mil novecientos sesenta y cinco y mil novecientos ochenta y ocho

han alcanzando un incremento promedio de dos punto uno por ciento al año.

Page 16: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIiAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL

La anterior exposición del Secretario de las Naciones Unidas, sirve de referencia

para encarar al lector con la realidad mundial ambiental producida por el hombre mismo.

Lo que demuestra un gran desfase entre los Principios, Tratados Internacionales y la

Normativa Ambiental, por el deterioro ambiental que el planeta enfrenta.

Costa Rica es un país que posee el 5% del total de la biodiversidad mundial, tiene

una posición estratégica al estar rodeado por el Océano Pacífico y del Atlántico, sin

embargo, no escapa a la realidad ambiental que atraviesa la Tierra. A pesar de la

evolución que ha tenido el Derecho Ambiental, tanto en la aprobación de Tratados,

Convenios, Leyes, como Reformas Constitucionales se siguen produciendo agresiones

masivas de nuestros recursos naturales y es allí donde radica el objeto de esta

investigación que es la Adición del Título de Garantías Ambientales en nuestra

Constitución Política, su concepto, generalidades y retos.

Hipótesis

En esta investigación se pretende demostrar la siguiente hipótesis: Los

Mecanismos de control y seguimiento y la falta de uniformidad en las leyes ambientales

Se ha incrementado el uso de energía en el sector de transporte, donde el noventa y cinco por ciento de la

energía consumida se deriva del petróleo. Se espera que el consumo en este sector aumente a una tasa del

uno punto cinco por ciento anual en los paises desarrollados y del tres punto seis por ciento en los países en

desarrollo. Se espera que las emisiones de dióxido de carbono de este sector aumenten en un setenta y

cinco por ciento entre mil novecientos noventa y siete y en el año 2020.

Más de dos mil millones de las personas de los países en desarrollo dependen totalmente de las biomasas

tradicionales de energía, tales como leña, estiércol de animales, y residuos agrícolas". Naciones Unidas.

Informe Johannesburgo del Secretario Koffi Annan. httpll:www.unitednations.org

Page 17: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 10 TÍTULO DE DERECHOS Y GARAM~AS AMBIENTALES EN LA C O N ~ U Ó N PoLÍTICA DE COSTA RICA

han demostrado la ineficiencia en la protección del ambiente, por ello la Reforma

Constitucional es más que pertinente.

Metodología

Debido a la diversidad del objeto que presenta esta investigación, se recurrirá a

distintos métodos. Para el desarrollo del Primer Título con respecto a la interpretación de

los Postulados doctrinales, los Principios Ambientales y para investigar la situación fáctica

de nuestro país se utilizará una metodología histórica y teleológica.

Para analizar el plano Normativo se recurrirá a los métodos comparativo,

deductivo, inductivo y teleológico. Estos mismos métodos se utilizarán en el análisis del

Proyecto de Reforma Constitucional que Adiciona un Título de Garantías Ambientales a

nuestra Constitución Política.

Objetivos

El Objetivo General es analizar la normativa ambiental existente en nuestra

legislación, y exponer los puntos medulares de la necesidad de una reforma

constitucional, para la efectiva protección del ambiente, mediante la adición de derechos y

Garantías Ambientales y sus ventajas para nuestro país.

Page 18: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTEAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL

Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N P0LíTICA DE COSTA RICA

Objetivos Específicos

o Determinar cuál es el contenido de los Derechos Ambientales, cuáles son éstos,

sus principios y caracteres.

o Analizar la regulación que existe en el ordenamiento jurídico costarricense

respecto de la protección Ambiental.

o Estudiar el Derecho Comparado con la finalidad de extraer elementos útiles para

mejorar la regulación costarricense.

o Analizar el Proyecto denominado " Ley que adiciona un Título de Garantías

Ambientales en la Constitución Política".

o Determinar los aportes y limitaciones del mencionado proyecto para la efectiva

protección de los derechos Ambientales en nuestro país.

Estructura

Este trabajo final de graduación está conformado por:

Una Sección Preliminar dedicada a la epistemología de la ecología, la Teoría

General de los Sistemas, la relación entre Economía y Ecología, etc.

Seguido por Tres Títulos: El Primero, pertinente a consideraciones generales

sobre el Ambiente, su relación con el Derecho Ambiental, sus Caracteres y Principios. Así

como los Factores Estadísticos Ambientales, Políticos y Administrativos de la realidad de

Costa Rica.

Page 19: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA GARANTtZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ~ A U S I S OE LA ADICIÓN DEL 12

Tinilo DE DERECHOS Y GARANI-~ AMBIENTALES EN LA CON~TWCIÓN P0LhCA DE STA ~ C A

El Segundo Titulo es el relativo a la Normativa Ambiental, en el Capitulo I se

analiza la Normativa Ambiental Vigente en Costa Rica tanto las Normas Ambientales

Internacionales (Tratados, Convenciones, Cartas) ratificadas y aprobadas por nuestro

país, como los Tratados y Convenciones Regionales. Asimismo, se hace un análisis de

los artículos de nuestra Constitución que hacen referencia al derecho a la vida, a uci

ambiente sano y a la salud (éste último no se encuentra plasmado como tal, pero se

infiere respecto de su relacion con los anteriores), Aunado a la exposición de las

principales leyes vigentes en este tema.

En el Segundo Capitulo llamado "Derecho Constitucional Ambiental Coniparado"

se analizan las Constituciones tanto a nivel Europeo como Americano incluyendo en este

ultimo los principales textos fundamentales de Sur, Norte y Centroamérica.

El tercer y último Título puede considerarse desde ya el más importante, pues

viene a fundamentar la labor intelectual que se desarrollará en esta investigación, y su

relación con el contenido de las Titulos I y II antes rnenciaciadas.

Se analizarán las Generalidades de las Garantias Ambientales, y en sí la Adicion

del Título de Garantías Ambientales en nuestra Constitución Política, con las ventajas que

esta reforma representa, para llegar a comprobar que es un instrumento jurídico capaz de

proporcionar una tutela eficaz y efectiva, acorde con la realidad Ambiental de nuestra

sociedad y que constituye un reencuentro entre las politicas económicas y sociales.

Page 20: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIiAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 13 T í n ~ ~ o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~~TUUÓN POLíTICA DE COSTA RICA

TITULO PRIMERO

GENERALIDADES DEL DERECHO AMBIENTAL

Page 21: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INCIRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL

TITULO PRIMERO: GENERALIDADES DEL DERECHO AMBIENTAL

Este primer título está conformado por una Sección preliminar relativa a la

epistemología y su relación con la Ecología. Seguido por dos capítulos: el primero

titulado: "Derecho Ambiental" relativo a la definición de Ambiente en su primer apartado.

En el segundo apartado se ubica lo referente al Derecho Ambiental como rama del

derecho que tiene injerencia en otras ramas del ordenamiento jurídico, los elementos de

este derecho y los Principios Ambientales, que son elementales para un primer

acercamiento del lector al tema que nos ocupa.

El Segundo capítulo tratará la Problemática Nacional Ambiental, donde se analizan

primeramente los factores que han influido en el deterioro ambiental para ubicarnos en la

realidad nacional.

En otro punto, se plantean las políticas nacionales ambientales y por último los

factores administrativos, en los cuales radica, una de las principales trabas para la

verdadera gestión ambiental que nuestro país necesita.

Page 22: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 15 T~TULO M DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA ~ N ~ U O N P0Lh34 M COSTA RICA

SECCION PRELIMINAR: EPISTEMOLOG~A

Esta Sección es necesaria para introducir al lector en el tema que nos ocupa, pues

como veremos más adelante la epistemología2 de la ecología, que es la ciencia de

ciencias, es la base científica del Derecho Ambiental, por lo cual se creyó indispensable

brindar este primer acercamiento. Con la intención de que sirva como fundamento para la

doctrina de los Derechos y Garantías Ambientales objeto de esta investigación.

'La palabra Ecología- proviene del griego oikos, casa u lugar en que vivir.-

Empleada por el biólogo alemán Ernst Haekel, con el propósito de distinguir a una rama

de la Biología interesada en estudiar de cómo el hábitat y la convivencia afectaban la

estructura y el comportamiento de unos organismos con respecto a los otrosv3.

Así el principal discípulo alemán de Charles Darwin, en el año de 1869 definió ecología

como: * la totalidad de las relaciones entre el ambiente orgánico e inorgánicon. Un

ambiente integrado a su vez por muchas poblaciones animales y vegetales, y todo el

mundo abiótico, constituido por el entorno de los recursos naturales que integran la tierra,

el aire, el agua, Esta definición tan general ha provocado que algunos autores apunten a

que si esto es ecología hay muy poco que no lo sea.

' ~ a epistemología es la "teona de la ciencia, la cual abarca bastante más que la estructura lógica de las teorías acabadas, el lenguaje de la ciencia, la historia de la filosofía, la estrategia de la experimentación, los vínculos entre la probabilidad, y la frecuencia y otros aspectos del saber humano no menos importantes. Tomado de Quesada, (Ricardo). Costa Rica. La Frontera sur de Mesoamerica. San José, Costa Rica, 1980. Pág.16. Quesada, (Ricardo). OD. Cit Pág.13.

Page 23: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZ4R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 16 ThLO DE DERECHOS Y GARAFCT~AS AMBIENTALES EN LA CONSllTlJCIÓN POLÍTICA M COSTA RICA

Las cuatro disciplinas biológicas están cercanamente relacionadas a la ecología,

éstas son: la genetica, la evolución, la fisiología y el comportamiento, así el problema de

definir ecologia puede verse esquemáticamente de la siguiente forma: fisiología, genetica,

comportamiento y evolución, todas en torno a la ecología.

Integralmente interpretado, la ecología traslapa cada uno de las disciplinas anteriormente

mencionadas por lo que necesitamos una definición más restrictiva.

Por su parte Charles Elton, en 1927 en su libro pionero "Ecología animal" definió

ecología como "la historia científica natural". Sin embargo, esta definición apunta a que el

origen de muchos de nuestros problemas ecológicos, se encuentran en el estudio de

nuestra historia, concepto cierto pero nuevamente bago.

Eugene Odum! en 1963, la define como el estudio de la estructura y función de la

naturaleza". Este enunciado tiene el mérito de enfatizar la idea de la forma y función que

permea la biología, pero ésta no es aún una definición completamente clara.

Una clara y restrictiva definición de ecología es la del profesor Andrewartha en

1961:

"Ecología es el estudio científico de la distribución y abundancia de los organismos"

Esta definición es estática y deja fuera la importante idea de las relaciones, porque

ecologia es acerca de las relaciones. Podemos modificar la definición de este autor para

hacer una precisa definición de ecología de la siguiente manera: " Ecología es el estudio

científico de las interacciones que determina la distribución y abundancia de los

organismos". Sin embargo, para entender que es ecología necesitamos saber qué es lo

especial acerca de los estudios científicos y qué entendemos por distribución y

abundancia.

Page 24: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 17 Tmi~o DE DERECHOS Y GARAKI~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUUÓN POL~TICA M COSTA RICA

Tenemos hoy una sensación intuitiva acerca de la distribución que es donde se

encuentran los organismos y acerca de abundancia cuántos ocurren ahí; y una vez que

sabemos estos hechos debemos responder la pregunta más difícil: 'por qué ésta

particular distribución y ésta abundancia? Buscamos la causa y el efecto de las

relaciones que gobiernan la distribución y la abundancia. Esta respuesta la encontramos

en la historia misma de la ecología.

Posteriormente, autores como Amos H. Hawley, "Ecología Humana" 1966,

consideran que nació a raíz de los trabajos investigativos de Eugenio Warming, "Ecology

of plants", 1909 y de F. E. Clemens "Research Methods: in Ecology" 1905. Otros como

Theodorson, "Estudios de Ecologia",l974 estiman que los creadores de esta ciencia

fueron Robert E. Park y E. W. Burgess en su obra "lntroduction to the Science of

Sociology" publicada en 1921 .4

Por la inmensa mayoría de definiciones la ecología, como ciencia, sigue siendo

algo relativamente nuevo5.

Para entender mejor la definición de ecología debemos tomar en consideración la

Teoría general de sistemas6, que considera que un sistema es un grupo de partes que

están interactuando de acuerdo al mismo proceso. Por lo tanto un sistema ambiental está

compuesto de aportes y procesos en escala del ambiente.

4 Quesada, (Ricardo). OD . Cit. Pág.13

5 Tamames (Ramón). Un Nuevo Orden Mundial. La Senda critica de la Razón v el orden de la humanidad. Ed. Espasa-Cale S.A., Madrid, España. 1991. Pag.113 Von Bertalanfíy (F). Tendencias en la Teoría General de Sistemas. Ed. Alianza. Alemania. 1987. Pág. 124

Page 25: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 18 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTW AMBIENTALES EN LA CONSITTUCION PoLÍTICA DE CEJA &CA

Los sistemas ambientales usualmente incluyen algunas áreas de la tierra y el

agua, por ejemplo: bosques, lagos, océanos, mares, granjas, ciudades, regiones, países y

todo lo que incluye la biosfera.

La palabra ecosistema es una expresión corta de lo que es sistema ecológico.

Para algunas personas los sistemas ecológicos han llegado a ser sinónimos de sistemas

ambientales, otros usan la palabra ecosistema sólo para aquellos sistemas y naturaleza

que generalmente no incluyen humanos. Sin embargo, por medio de esta investigación se

llega a considerar que un ecosistema es un sistema organizado que incluye tanto

elementos bióticos como abióticos, dentro de los cuales los seres humanos también

juegan un papel importante para la preservación, desarrollo, deterioro o destrucción de

ese sistema.

Después de varias décadas de política de mercado libre, regido por las leyes de

oferta y demanada seguidas en gran parte del mundo, los economistas están intentando

integrar la protección del ambiente dentro del pensamiento económico clásico.

Concientizados de que el ambiente es un recurso limitado. al igual que el trabajo,

el capital y las materias primas, hasta los grandes consumidores han incorporado

medidas para minimizar el deterioro, pues la administración de esa gran casa que es

nuestro planeta estaba mal direccionada.

Page 26: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA G M EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 19 Tíru~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONST~~UUÓN PoL~CA DE m A RICA

Economía y ecología deben ir de la mano, "Recordemos que etimológicamente el

concepto de ecología, es el estudio de la casa, muy próximo al de la economia, la

administración de la casa.

En su primera concepción, la economia era efectivamente la administración de la

casa pequeña (la economia doméstica). Pero por mucho que esa visión se haya

ensanchado en su enfoque, hasta devenir en economia política (de un país) o

macroeconomía (el análisis de los grandes agregados), lo cierto es que la economía como

ciencia hemos de situarla dentro de la casa grande de la Naturaleza. A fin de cuentas lo

económico ha de confluir con ecológico"

Es así como Ramón Tamames indica que desde el enfoque ecológico, la

economía como ciencia de relaciones humanas de producción y de cambio, deviene en

un área mucho más extensa, con el obligado estudio de las relaciones no sólo de la

población humana entre sí, sino incluyendo además a las poblaciones no humanas

(animales y vegetales) y al medio abiótico (el territorio, el agua, el clima) dentro del

entorno general.

Lo que en suma sería comprender que detrás de las simples relaciones vitales de

las especies con el medio, se encuentran una gran cantidad de principios superiores, por

encima del derecho, de la economía, de la historia, que son dados por la ecología, que

hacen posible la comprensión de que nos encontramos en un planeta inmerso en el

universo, lo cual coloca a la ecología como ciencia de ciencias.

Entendiendo lo anterior es que en el mundo se empieza a hablar de "Desarrollo

Sostenible".

Tamames (Ramón). 00. Cit. Pág. 1 13.

Page 27: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!TRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL Tírulo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA ~ONS~TIUCION P0LhC4 DE cOSiA RICA

En Costa Rica, el concepto de Desarrollo Sostenible se quedó corto, por eso a

través de las Garantías Ambientales se está planteando el verdadero significado del

mismo, que significaría la "Sostenibilidad Ambiental" en nuestro país.

Page 28: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 21 T~TULO DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSllTKIÓN PoL~CA DE COSTA RICA

El derecho constituye un instrumento de coacción que regula las acciones de las

personas, por lo cual ejerce un "cierton control en tales actividades. Esta función de

control también es llevaba al ámbito ambiental, mismo que a partir de los últimos treinta

años ha tomado mayor fuerza y relevancia a nivel internacional como nacional.

Para poder hablar entonces de los elementos que conforman el Derecho

Ambiental, es necesario tratar de definir en un primer punto su objeto: El Ambiente. Para

luego hablar de sus características y por último los Principios, que cabe resaltar en este

acápite conforman las bases que no deben faltar en nuestro ordenamiento jurídico.

AMBIENTE

Para entender el objeto de este Derecho es necesario resaltar que fue en el

ámbito científico y específicamente en la ~cologia~, donde surgió la preocupación por el

ambiente.

Ecología definida en páginas anteriores como "la totalidad de las relaciones entre el ambiente orgánico e inorgánico", 'la ciencia de la naturaleza" etc.

Page 29: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN E L Tinilo M DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA D í W A RICA

En Europa, se propone por primera vez las bases de una "ecología antropológica"

por parte del investigador Vere Gordon Childe, en 1951: "las necesidades humanas no

son rígidas e innatas del hombre, puesto que este surge de lo prehumano, las

necesidades humanas han evolucionado. Si esta es la palabra exacta, tanto como para

cualquier otra cosa ... su evolución tiene que rastrearse a través de métodos comparativos

e histórico^."^

Vemos que la cultura es la expresión de la adaptación del ser humano al medio, se

analizan los diversos factores: lluvia, recursos naturales, vegetación, suelo, especies de

animales, plantas, etc. para llegar a conclusiones más correctas y completas del progreso

de las comunidades prehistóricas.

Así, el progreso de la sociedad actual se analiza con base a los patrones de

subsistencia, que se transformaron más tarde en explotación de recursos naturales.

El impacto de las actividades humanas sobre el medio no es un fenómeno reciente, es

necesario remontarnos a la época de las cavemas hace unos diez mil años, donde los

seres humanos eran nómadas, cazadores, recolectores; este modo de vida sólo afectaba

a las presas, a la extinción de especies pero a baja escala. Sin embargo, al volverse

sedentarios, con el surgimiento de la agricultura trajo consigo la expansión y crecimiento

de la población, con ello surgió la deforestación fenómeno que ha permanecido hasta

nuestros días ...

Quesada,(Ricardo). OO. Cit.. pág. 25.

Page 30: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTUAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 23 Tinilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CON!~TIUCIÓ~( p0Lfl-I~~ DE COSTA RICA

Actualmente nos encontramos gobernados por esquemas de consumismo que han

provocado paulatinamente el deterioro del ambiente'', tanto que ha sido necesario elevar

la protección en el ámbito jurídico hasta llegar a lo que llamamos "modemo derecho

ambiental""

EL CONCEPTO DE AMBIENTE.

Uno de los temas de mayor relevancia y preocupación a nivel mundial es el

ambiente y su regulación, por ello es necesario resaltar la trascendencia doctrinal que ha

tenido este concepto, que por su constante evolución ha sido difícil de enmarcar en una

definición universal.

La palabra "ambiente" en términos generales, corresponde a la expresión inglesa

"environment , la francesa "environnement" y a la alemana "unwelt" que han sido

traducidas con acierto entre nosotros por "entorno"12

Es tratado como sinónimo de entorno y medio y definido como " Conjunto de

objetos fenómenos y circunstancias en que vive y se desarrolla un organismo; en una

palabra: todo aquel que es exterior a un individuo pensante o independiente de él. El

ambiente establece con los seres que en él se desarrollan una acción y reacción

mutuas"13

'O 'El ambiente, integrado en principio por ecosistemas, guarda un cierto equilibrio de fuerzas y elementos que lo componen, produciendo lo que se conoce como dinámica del medio ambiente. Este equilibrio es sumamante frágil, la acción del hombre en cualquier circunstancia puede degradar el medio. Tomado de REYES (Ángel Roberto). Tribunal Ambiental Administrativo. San José, Costa Rica. Tesis para optar por el titulo de Licenciado en Derecho. Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica, 1999. Pág 22. 11 "El moderno derecho ambiental no surgió de la nada, su armazón tecnico-jurídico se construyó sobre mecanismos preexistentes". Así lo expresa Jesús Jordano Fraga que realiza un estudio desde los romanos, pasando por los visigodos, los glosadores, las siete partidas, la nonativa de los siglos XV al XVlll hasta terminar con un análisis de nuestro siglo, en su libro "La protección del ambiente a un derecho adecuado". p l o n a , Bosch. 1995.pág 41,52.

Martín Mateo, (Ramón). Tratado de Derecho Ambiental. Madrid, Editorial Trivium, Volumen 1, 1991. pág.81. l3 Enciclopedia Universal Ilustrada Europea Americana. Bilbao, España. Ed. Calpe S.A., 1987, pág. 498.

Page 31: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GA~WUUAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 24

La definición más sencilla y reducida de ambiente es la que establece Serrano

Moreno al decir que "es el entorno físico que hace posible la vidanq4.

El maestro Giannini cataloga tres versiones del concepto de ambiente:

a- El ambiente en cuanto conservación del paisaje, incluyendo tanto las bellezas

naturales como los centros históricos.

b- El ambiente en cuanto normativa, relacionado con la defensa del suelo, del aire

y del agua.

c- El ambiente en cuanto objeto de la disciplina ~rbanística.'~

Es importante la acotación que hace este autor en el último punto, pues se nota la

visión realista dados los aumentos de población en las últimas décadas, principalmente

por migraciones de las personas del campo a la ciudad y todas las implicaciones que esto

conlleva, tanto en el ámbito de servicios(transporte, vivienda, vestido, etc.), mayor

consumo, que desembocan en lamentables degradaciones ambientales (mayor emisión

de gases, contaminación de ríos, transformación de bosques a ciudadesq6) a las que

puede llegar sino se conjuga con un plan urbano integral, por lo que considero acertada

esta concepción.

Para entrar de lleno en el plano realista, tomando siempre como referencia los

conceptos del limbo doctrinario destaca la definición que hace la Comunidad Económica

Europea, aunque un poco errada a mi parecer dice que el ambiente es: "El Conjunto de

sistemas compuestos de objetos y condiciones físicamente definibles, que comprenden

l4 Serrano Moreno (José Luis). Ecolwía v Derecho. Princi~ios de Derecho Ambiental v Ecoloaía Jurídica. Granada. Ed. Comares, 1992. Pág.28. l5 Giannini. Ambiente saaaio sui diversi suioi aspetti duridici. Rivista Trimestrale de Diritto Pubblico. N.1, 1973.pág223-225. l6 Todas estas implicaciones serán analizadas posteriormente en el Capítulo Segundo llamado 'Problemática Nacional Ambiental".

Page 32: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiiAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 25 TÍTULO DE D E R ~ O S Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C o ~ m ó N P0LhICA DE COSA RICA

particularmente ecosistemas equilibrados, bajo la forma en que ya los conocemos o que

son susceptibles de adoptar en un futuro previsible, y con lo que el hombre ha establecido

relaciones particulares en tanto que factor dominante; el proceso dinámico evolutivo, que

goza de la misma naturaleza que el medio ambiente humano activo se encuentra

fuertemente influido por la interacción e interdependencia entre el hombre y los restantes

elementos del medio ambiente, sobre los que actúa el ser humano, a los que utiliza,

transfoma, desarrolla o adapta".

Errada en el sentido de que los ecosistemas no son equilibrados, lo cual es

científicamente imposible, y esto 'por qué? ; Pues se encuentran en constante evolución;

sí se puede hablar de estabilidad de los ecosistemas-', pero no de equilibrio. Lo que nos

recuerda que el propio artículo 50 de nuestra Constitución Política también carga con esta

deficiencia.

Por su parte la Ley Orgánica del Ambiente de nuestro país en el artículo 1, define el

ambiente como " el sistema constituido por los diferentes elementos naturales que lo

integran y sus interacciones e interrelaciones con el ser humano". Sin embargo esta

definición deja de lado los diferentes elementos abióticos que lo integran, podríamos decir

que es una definición vacía, pues no plantea cuales son esos elementos naturales. El

espíritu de la ley es definir, incluir los mecanismos para hacer eficaz una norma y a mi

parecer este artículo no cumple con esa función, dejando la labor a la jurisprudencia y a la

doctrina de delimitar el objeto principal de protección de la "Ley Orgánica del Ambiente".

17 'La estabilidad comprende la resistencia de los ecosistemas ante las agresiones y los fenómenos de resilencia, siendo estos estados de resistencia y resilencia propiedades del sistema que determinan la persistencia de las relaciones dentro de este, y expresan su'capacidad para absorber las perturbacionesm Tomado de Universidad Politécnica de Madrid. Tratado del Medio Natural: Tome V. Madrid, Espafia. Universidad Politécnica de Madrid-GEOTMA-INIAl-CONA. 1981. Pág. 432.

Page 33: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANiiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 26 Tinilo M DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CON!~TIUCIÓN POÚTICA M COSTA RICA

Para complementar el vacío anteriormente mencionado, nuestra Sala Constitucional

en el voto 2034-96 dice: 'El ambiente, por lo tanto debe ser entendido como un potencial

de desarrollo para utilizarlo adecuadamente, debiendo actuarse de modo integrado en sus

relaciones naturales, socioculturales, tecnológicas, y de orden político, ya que en caso

contrario, se degrada su productividad para el presente y el futuro y podría ponerse en

riesgo el patrimonio de las generaciones venideras ..."le

Aunque motivada por intereses económicos, es una visión muy acertada, ya que pone

pautas al manejo de ese 'potencial de desarrollo" con las posibles consecuencias de no

utilizarlo de manera adecuada como poner en riesgo el patrimonio presente como el de

las generaciones venideras.

Después de este recorrido principalmente teórico de la posible definición de

"ambiente", llego a la conclusión de que se trata de un concepto tan amplio, que no se

puede enmarcar, no puedo decir esto es ambiente, porque sería una falacia ...

Jurídicamente hablando se trata de un concepto indeterminado o indeterminable, bien por

la potencial extensión de lo que podría abarcar o como se dijo anteriormente, por la

dinámica evolutiva a la que está sometido, sea social, cultural o científica.

En los años ochenta aparece en el escenario una nueva designación: la diversidad

biológica o biodiversidad ''

18 Sala Contituuonal de la Corte Suprema de Justicia. Vdo 2034-96. Expediente 6622-V-95. San José a las diez horas tres minutos del tres de mayo de mil novecientos noventa y seis. l9 Salazar (Roxana) y Cabrera M (Jorge). Biodiversidad: Politicas v Leaislaci6n a la luz del Desarrollo Sostenible. Primera Edicibn, San Jos6, Costa Rica. Fundación Ambío. 1994, pág. 122,123.

Page 34: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 27 Tíni~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~UUÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

Dentro del marco de protección internacional en materia ambiental, es importante

rescatar las definiciones que incorporan la Convención sobre Diversidad Biológica y la

Convención Centroamericana de la Biodiversidad y Protección de las Areas Silvestres

Prioritarias en América Central.

La primera de ellas, firmada por los presidentes de los países centroamericanos el

5 de junio de 1992 define Biodiversidad como :

"Todas las especies de flora y fauna u otros organismos vivos, su variabilidad genética y

los complejos ecológicos de los cuales forman parte"

A su vez, define material genético como ' Cualquier material de plantas, animales

o microorganismos u otro origen, que contenga unidades funcionales de información

hereditaria"

Por su parte la Convención sobre Diversidad Biológica, contiene similares

conceptos a decir:

Diversidad Biológica: " Significa la variabilidad entre organismos vivientes de todas las

fuentes, incluidas entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros

ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la

diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.

Recursos Biológicos: " Incluye los recursos genéticos, organismos o partes de ellos,

poblaciones o cualquier otro componente biótico de ecosistemas con actual o potencial

uso para la humanidad"

Page 35: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS M LA ADICIÓN DEL 28 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSITIUUON P0LhC4 DE C E T A RICA

Adicionalmente, ambas convenciones sientan un importante concepto: el de la

soberanía de los Estados para explotar sus propios recursos bio~ógicos.~~

Las definiciones indicadas nos muestran, la evolución en los términos y la

necesaria adaptación de los preceptos constitucionales a los mismos.

Asimismo, la Ley de Biodiversidad de nuestro país amplía el concepto señalado en

la Convención de Diversidad Biológica, al decir que -la variabilidad de organismos vivos

de cualquier fuente, ya sea que se encuentren en ecosistemas terrestres, aéreos,

marinos, acuáticos o en otros complejos ecológicos. Comprende la diversidad de cada

especie, así como entre las especies y los ecosistemas de los que forma parte"

Para los efectos de esta ley se entenderán como comprendidos en este término, los

elementos intangibles, como son: el conocimiento, la innovación y la práctica tradicional,

individual o colectiva, con valor real o potencial asociado a recursos bioquímicos o

genéticos, protegidos o no por los sistemas de propiedad intelectual o sistemas su¡

géneris de regi~tro.~ '

Por otra parte, se debe señalar que el concepto de biodiversidad biológica, no

puede entenderse sin el de diversidad cultural, incluyendo las diferentes formas de

conocimiento asociados al uso y conservación de los recursos.

Para finalizar, en términos generales, son los seres humanos y las sociedades que

integran, los que deciden sobre el tipo de uso y cuidado que dan a los recursos, demás

elementos y componentes de la naturaleza; en este sentido, las distintas sociedades y

culturas de cada época han utilizado de múltiples formas de su entorno ... Se habla

20 Salazar (Roxana) y Cabrera (Jorge) OD. Cit, pág. 122,123.

Page 36: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTZ4R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 29 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONRTTUCION P0LíTICA DE COSA RICA

entonces, de que un mismo árbol puede ser apreciado y utilizado por sus propiedades

orgánicas o físicas como alimento, madera o leña; o por sus cualidades genéticas o

bioquímicas en productos farmacéuticos o agropecuarios sofisticados 22

EL DERECHO AMBIENTAL.

Al ser considerado el derecho como un conjunto de leyes que regulan la conducta

del ser humano y dirime los conflictos en el seno de la sociedad; es uno de los

instrumentos más importantes del que dispone el hombre para la protección del medio.

Sin embargo. la realidad es otra, pues el derecho en la mayoría de los casos va detrás de

la realidad social y aunque es un medio regulador de las conductas sociales, frente a la

velocidad con que suceden actualmente los cambios se ha quedado rezagado; haciendo

que se convierta en obstáculo para el cambio. Esto indica que se hace necesario crear y

fortalecer una serie de principios jurídicos con una nueva orientación, para poder afrontar

los problemas ambientales.

DEFINICIONES DE DERECHO AMBIENTAL

La definición más simple del derecho ambiental seria " el derecho especial de

protección del ambienten o "el derecho que regula el ambienten. Otra definición lo

considera como "el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas

que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen

lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la

generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las

condiciones de existencia de dichos organismos".

21 Ley de Biodivercidad. Artículo 7, inciso 2

Page 37: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTEAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 30 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSTTTUCIÓN P0LíTICA DE COSTA RICA

El tratadista español Martin Mateo, padre del derecho ambiental moderno dice "

definiéndose primero el ambiente, el derecho ambiental incide sobre conductas

individuales y sociales para prevenir y remediar las perturbaciones que alteran su

equilibrio" Añade que este derecho se caracteriza por otorgarle una primacía a los

intereses colectivos, lo cual le otorga un carácter de Derecho ~ u b l i c o . ~ ~

Una definición más amplia, es la que construye Roxana Salazar Cambronero, que

define el derecho ambiental como " el conjunto de normas y principios, nacionales y de

derecho internacional, que regulan y orientan las relaciones entre el ser humano y su

entorno natural y urbano, con el propósito de alcanzar un equilibrio que permita la

satisfacción de las necesidades humanas a través de los procesos sociales, productivos y

culturales, resguardando la integridad y la conservación de los recursos"24.

"El derecho al medio ambiente aunque se ubique por lo general en el área social

de la noción de Estado, no siempre tiene una relación armónica con los demás fines y

principios de esta naturaleza. Es más, estamos convencidos de que se trata de un

derecho que viene a afectar, cuando no a enfrentar abiertamente algunos de los

tradicionales programas sociales. Así, objetivos relevantes en los que se materializa la

idea de Estado social, tales como el progreso económico y social, la solidaridad Inter.-

territorial o en general la propuesta constitucional de una igualdad real y sustantiva, deben

ser considerados a la luz de un nuevo derecho a un ambiente sano"25.

22 Estrategia Costarricense por la Sostenibilidad (ECOSOS). Proouesta de Política Nacional de Biodiversidad.2001, Pág.7 23 Martin Mateo, (Ramón). Derecho Ambiental. Madrid, Instituto de Estudios de administración local. 1977.pág.79. 24 Salazar Cambronero, (Roxana) y (otros). Manual sobre Derechos Humanos v Ambiente. San José. Fundación AMBIO. Segunda Edición.1995.pág.14.

Ruíz- Rico Ruíz (Gerardo). El derecho constitucional al medio ambiente. Tirant Monografías. Valencia, 2000.

Page 38: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTUAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 3 1 Tmi~o DE DERECHOS Y G A W AMBIENTALES EN LA CONSITIUUÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

Uno de los aportes más interesantes de la Declaración de Estocolmo, en 1972 al

derecho ambiental, según señala González Ballar es que "la protección al medio ambiente

en países subdesarrollados no se puede reducir únicamente a solucionar el problema

ecológico ... porque "el desarrollo económico y social es indispensable si se desea

asegurar un medio ambiente propicio ... Los factores económicos deberán ser analizados

al igual que los procesos eco lógico^"^^.

Lo que demuestra la evolución de la definición del derecho ambiental, tomándose

en cuenta escenarios económicos de los estados para procurar la protección de la

naturaleza en países en vías de desarrollo. Se deben proteger además "elementos

materiales del medio ambiente" a saber: 1- La biosfera, es decir la capa que rodea la

corteza terrestre. 2- La naturaleza en sentido estricto, que significa el conjunto de

espacios vegetales y animales, que viven en los ecosistemas, 3- Los elementos de la

naturaleza en un sentido amplio, es decir, otros de los que están contenidos en los dos

grupos precedentes y que son necesarios para la satisfacción de las necesidades del

hombre, como los minerales, los cultivos, la ganadería de los animales. 4- El conjunto de

condiciones materiales que contribuyen a la salud y a la comodidad material. Se hace así

necesario insistir que en nuestra opinión el deber es actuar principalmente en las

condiciones de vivienda, acondicionamiento de los hábitat, del trabajo, del asinamiento en

general del medio ambiente, para evitar ciertas enfermedades y no de condiciones

materiales de nuestra civilización ... que en realidad no son precisamente como las

necesidades verdaderamente fundamentales. 5- Las condiciones materiales para la

satisfacción de necesidades intelectuales del hombre de estos paises. Se puede hablar

aquí de la radio y de la televisión, o del mismo teatro como Útiles en la creación de una

26 González, (Rafael). El Derecho Ambiental en Costa Rica (límites v alcanes) pdg.15

Page 39: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!XRUMENTOS PARA GARANliZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADIUON DEL 32 Tinilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSllTKIÓN POLhC4 DE =A RIC4

conciencia, pero se trata sobre todo de la necesidad de dar a las personas un conjunto de

conocimientos para comprender el medio ambiente y sus relaciones con el hombre ... Esto

se puede lograr por medio de una serie de estrategias nacionales o locales que vengan a

dar un sentido más integral a la comprensión de los problemas ambientales Lo

anterior procurando la dialéctica deber-poder, sea el derecho de vivir en un ambiente sano

con la responsabilidad de protegerlo.

Dos décadas mas tarde en la conferencia de Río de Janeiro de 1992, queda

plasmada la idea de una noción "antropocéntrica" del ambiente donde se reconoce

abiertamente que "los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones

relacionadas con el desarrollo sostenible" . Esta perspectiva es la que se ha seguido

generalmente en los textos fundamentales. Con ello se llega a la conclusión de que en

realidad sería derecho "al medio ambiente" y no "derecho del medio ambiente", con base

en que el objeto verdaderamente de un derecho humano al medio ambiente no sería en

realidad la naturaleza, sino la exigencia jurídica del hombre a la protección de ese medio

natural. Actualmente, diez años después de Río la tendencia es hacia un concepto

"ecocéntrico" del ambiente.

La constitucionalización de este concepto puede ser útil para marcar los fines y

principios del derecho ambiental, que deben inspirar la actuación del poder político en el

resguardo de la naturaleza, lo ideal sería que esta protección se hiciera partiendo de un

concepto "ecocéntrico del ambiente", apoyado de la interpretación jurisprudencia1 y

legislativa.

27 Gozález, (Rafael). u. pág. 151 7.

Page 40: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA G A R A W R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 33

Es importante recordar que la mera proclamación de un derecho constitucional

ambiental, no es suficiente para delimitar el bien jurídico, sino que este tiene conexión

directa con otros derechos como el derecho a la vida, el derecho a la salud.

Antecedentes que en ausencia de una protección fundamental del derecho en estudio,

han servido para que mediante interpretaciones semánticas realizadas por la

jurisprudencia constit~cional*~ se haya logrado de esa forma algún nivel de resguardo.

CARACTER~STICAS DEL DERECHO AMBIENTAL

El Derecho Ambiental moderno presenta una serie de Principios propios que legitiman

su autonomía y transversalidad. Estos son de reciente formación y se han ido

incorporando paulatinamente a los ordenamientos jurídicos. Las características más

relevantes son:

a. DERECHO HUMANO

El derecho ambiental es un derecho esencialmente "humanon, pues le permite a las

personas la posibilidad de desarrollarse en un ambiente sano y ecológicamente

equilibrado.

Al vivir en un mismo planeta las repercusiones de la contaminación por emisiones

de gases, por desechos sólidos, la tala indiscriminada de árboles, etc no afectan

28 Como el caso de Costa Rica antes de la Reforma del artículo 50 en el año de 1994.

Page 41: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA G A R A W R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 34 Tí-ru~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CON!X~~UCIÓN P0LíTICA DE COSTA RICA

únicamente al estado contaminante, sino que sus implicaciones van a ser de carácter

mundial. Por ejemplo: el fenómeno del recalentamiento, los cambios climáticos, etc.

CARÁCTER DE DERECHO DE INTERES PUBLICO

Todas las personas debemos conscientizamos de que si seguimos contaminando,

ponemos en peligro la salud pública, y más tarde la vida. La sociedad en conjunto debe

procurar la protección del ambiente.

Es el interés y el bienestar común lo que mueve a nuestra sociedad a proteger el

ambiente a través del derecho ambiental29.

El derecho ambiental posee una naturaleza sistemática, por cuanto sus

disposiciones y reglas se encuentran al servicio de normas de otra naturaleza3'

Hace referencia a que las reglas y disposiciones del Derecho Ambiental son

utilizadas por otras ramas del Derecho.

29 Garcia (Tatiana). Daño Ambiental: Acciones Preventivas v Resarcitonas. San José, Costa Rica. Tesis para optar por el titulo de Licenciada en Derecho. Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica, 1997. Pág. 13.

Jaquenod de Zsogon (Silvia). El Derecho Ambiental v sus ~rincipios rectores, Madrid, Editorial Dykencon. Tercera Ed., 1 99 1. PAg. 354.

Page 42: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA G- EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL

Tmi~o DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITKIÓN PoLÍTICA DE COSTA RICA

La base estrictamente técnica de este Derecho es precisamente la Ecología. Este

conocimiento científico es el fundamento que justifica las decisiones de muchas

instituciones públicas y privadas para desarrollar o no sus proyectos.

La Evaluación de Impacto Ambiental es una muestra de la base científica del

Derecho ambiental, el cual se establece en el artículo 15 de la Ley Orgánica del Ambiente

y dice:

"Las actividades humanas que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen

residuos, materiales tóxicos o peligrosos, requerirán una evaluación de impacto ambiental

por parte de la Secretaría Técnica Ambiental creada en esta Ley. Su aprobación previa

de parte de este organismo, será requisito indispensable para iniciar actividades, obras o

proyectos".

Al no ser un derecho aislado, el derecho ambiental está conformado por una serie

de profesionales que deben poner en práctica sus conocimientos para la efectiva

protección del ambiente. Tanto biólogos, antropólogos, ingenieros, zoólogos, abogados,

maestros han producido estudios que minimicen la contaminación del planeta en el cual

vivimos.

g- ÉNFASIS PREVENTIVO

Los objetivos fundamentales del derecho ambiental son preventivos, aunque esto

no quiere decir que pueda contener en sus normas dispositivos de carácter sancionador.

Page 43: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSIRUMENTOS PARA G A R A ~ EL DERECHO AMBIEMAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 36 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTW AMBIENTALES EN LA CONSTTTUCIÓN PoLÍTICA M COSTA RICA

Este énfasis preventivo se da en virtud de que la aplicación de algún tipo de represión en

materia ambiental resulta ineficaz, en cuanto de que haberse producido ya las

consecuencias biológicas y sociales, la aplicación de alguna sanción difícilmente pueda

reparar grandes daños, los cuales podrían ser irreparables3' por lo que a este derecho lo

que le interesa es PREVENIR

h. ES UN DERECHO COMPLEJO

Esto se refleja en su objeto, y al ser de difícil definición por la constante evolución

a la que está sujeto, el derecho ambiental es complejo tanto para su comprensión como

para la creación de nuevas nomas jurídicas de protección.

1. MIXTURA NORMATIVA

Se refiere a la gran cantidad de normas emitidas para su protección, las cuales en

algunos casos son ambiguas y repetitivas. Se encuentran en diferentes cuerpos de leyes

sea específicamente ambientales o no, sin embargo la combinación de las mismas y

aplicarlas semánticamente es lo más acertado.

PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL

Los principios son indispensables para delimitar este derecho, y a la vez para cubrir

las lagunas normativas del ordenamiento jurídico. Esta serie de principios rectores, se

contemplan en la doctrina de manera general.

31 Jaquenod de Zsogon (Silvia). OD. Cit. Pág. 352.

Page 44: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 37 Tmi~o DE DEREC?IOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSlllUCIÓN PoLíTfCA DE COSA RICA

Los más relevantes a nivel doctrinal, recopilados por Silvia Jaquenod de zsogon3* en

1991, son:

PRINCIPIO DE REALIDAD

Este principio se refiere a que el éxito que pueda tener la aplicación del Derecho

Ambiental radica en el análisis de la realidad ambiental. Se debe hacer una clara y

objetiva valoración de la realidad. Por lo que se toman en cuenta informes técnicos, sea

estudios de impacto ambiental, situaciones interrelacionadas, que aunque no sean

específicamente ambientales, de manera indirecta influyen sobre el mismo y por supuesto

la multiplicidad que rodea este campo.

PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD

Este principio debe existir entre los seres humanos para la defensa y efectiva

protección del ambiente. Vivimos en comunidad, la protección no debe ser aislada, sino

con la unión de esfuerzos de los estados o comunidades. Por lo tanto debe haber

cooperación entre regiones, entre países, puesto que hablamos de un patrimonio

universal.

'Este principio está referido al deber entre los Estados de realizar ciertas acciones

en beneficio de la protección conjunta del medio ambiente. La Solidaridad se manifiesta

en el ~ r i n c i ~ í o de información que se presenta ante la existencia o amenaza de un daño,

los Estados se deben advertir entre sí del problema latente, es decir comunicando a los

32 Jaquenod de Zsogon (Silvia). OD. Cit. PAg. 366-397.

Page 45: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSlRUMEMOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 38 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUUÓN PoLÍTICA DE RICA

interesados y a las posibles víctimas de los efectos que pueden causar daño a su

territorio.. ."33

Acercándonos a la realidad y alejándonos de ese limbo donde se plasman los

principios, en nuestro país, este principio se encuentra en la Ley Orgánica del Ambiente

Art. 2 inc a que dice " El ambiente es patrimonio común de los habitantes de la Nación,

con las excepciones que establezcan la constitución Política, los convenios

internacionales y las leyes. El Estado y los particulares deben participar en su

conservación y utilización sostenibles, que son de utilidad pública

PRINCIPIO DE REGULACIÓN JUR~DICA INTEGRAL

La regulación debe ser sistemática y congruente, para que las normas preventivas,

represivas, de conservación y mejoramiento del sistema de protección ambiental

funcionen como un todo, dentro del ordenamiento jurídico.

PRINCIPIO DE RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS

Todos los seres humanos debemos actuar de manera responsable con la

naturaleza, vivimos en un mismo planeta y por lo tanto no estamos excentos del deterioro

que provocamos, estamos interrelacionados.

33 Solano. (Miguel) y Zeledón. (Julia). Mecanismos de control Ambiental en el Ambito Institucional. Tesis para optar por el grado de licenciado en Derecho, Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho, 2000.pág 69- 70.

Sagot, (Alvaro). Manual de Legislación Ambiental. lev orqánica del ambiente concordada con su ~uris~rudencia constitucional y leqislación relacionada en anexos. lera Ed. San José, Costa Rica: IJSA, octubre del 2000.

Page 46: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 39 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTTIUCION PoLíTICA M C O g A RICA

PRINCIPIO DE CONJUNCION DE ASPECTOS COLECTIVOS E INDIVIDUALES

El derecho ambiental está integrado tanto por el Derecho Civil, como por el

Derecho Penal, Constitucional, Público. Puesto que se trata de un derecho transversal.

PRINCIPIO DE INTRODUCCION DE LA VARIABLE AMBIENTAL

Se refiere a que la Administración Pública deberá tomar en cuenta esta variable,

las decisiones que tengan que ver con este tema deberán tener políticas de desarrollo de

la mano con las regulaciones ambientales.

PRINCIPIO DE NIVEL DE ACCION MAS ADECUADO AL ESPACIO A PROTEGER

Para dar la más rápida y efectiva solución a los problemas ambientales se debe

partir de lo particular a lo general. Jaquenod menciona el ejemplo de que ante un

problema municipal, antes de buscar soluciones a nivel estatal este debe ser resuelto a

nivel local, para poder dar una respuesta más expedita, que minimice las consecuencias.

PRINCIPIO DE TRATAMIENTO DE LAS CAUSAS Y DE LOS SINTOMAS

Indica que antes de estudiar las causas que generaron el problema ambiental, se

deben estudiar los síntomas de estos y todo lo que en sí se ve envuelto en la generación

de las circunstancias perjudiciales al medio.

Page 47: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 40 Tíni~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CON~CIÓN PoL~CA DE COSTA RICA

PRINCIPIO DE LA UNIDAD DE GESTION

La política ambiental debe ser objetiva y coordinada entre todos los actores

involucrados, en la protección del ambiente.

PRINCIPIO DE TRANSPERSONALIZACION DE LAS NORMAS JURlDlCAS

Con este principio se trata de subrayar que el derecho ambiental es un derecho

Humano fundamental, y que por ello debe ser interpretado de manera amplia, cosa que el

ordenamiento jurídico debe aplicar.

Otros autores añaden los siguientes principios:

PRlNClPlO PRECAUTORIO

Uno de los corolarios de este derecho es procurar que no se produzca el daño

ambiental, por ello es que se trabaja fuertemente en este campo, pues aunque existan

sanciones al respecto35, difícilmente se va a reestablecer el ecosistema perjudicado, o los

árboles talados ...

"Este principio consiste básicamente en la necesidad de tomar y asumir todas las medidas

precautorias para evitar o contener la posible afectación del medio ambiente o la salud de

las personas y lo más importante en caso de duda o bien de riesgo de daño grave o

35 Que por demás está decirlo, tales sanciones son inlzonas.

Page 48: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANT~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 41 Tírulo DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N PoÚTICA DE COSTA RICA

irreversible es preferible asumir una medida de precaución y posponer la actividad de que

se trate"36

La declaración de Río establece este principio en el artículo 15 que : "Los Estados

deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades.

Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no

deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces según los

costos para impedir la degradación del medio ambiente"37

PRINCIPIO DE INFORMACIÓN NECESARIA Y CONSULTA PUBLICA

"El derecho al ambiente requiere de una defensa colectiva, así como su titularidad,

para poder acogerlo como derecho, los seres humanos que poblamos la tierra debemos

conocerlo para luego exigirlo. Este es un proceso de evolución y conciencia colectiva por

el que pasan todos los derechos, particularmente todos los derechos humanosM3'

El profesor Jorge Enrique Romero lo llama Principio de Publicidad, y explica que

"es de interés público el conocimiento de los datos o de la información que afecten la

biosfera. Sin ese conocimiento público de la datología sobre el ambiente, no se puede

ejercer derecho alguno en el campo del derecho ambienta~"~'

36 Ameta Quesada, (Lilliana). Derecho Ambiental v Desarrollo Sostenible, Principios de Derecho Ambiental, San José, Universidad de Costa Rica, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1996. pág.30. 37~umbre de la Tierra. Declaración de Río. Princioio Quince. Brasil, junio de 1992.

Ameta Quesada, (Lilliana.) Oo. cit. pág.31. Romero Pérez, (Jorge Enrique). Derecho Ambiental. Revista de Ciencias Jundicas. Universidad de Costa

Rica, Facultad de Derecho, Colegio de Abogados. No 95, mayo-agosto, 2001 .pág. 107.

Page 49: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 42 T ~ L O DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSTTTUUÓN PoÚTICA M COSTA RICA

PRINCIPIO DE RESPETO A LA SOBERANIA DE LOS PAISES

"Este principio consiste en que los estados tienen la decisión de cómo y cuándo

usar los recursos naturales y establecer las políticas de desarrollo que esa definición

interna les

PRINCIPIO DE REDUCCIÓN Y SUSTITUCIÓN DE PRODUCTOS CONTAMINANTES

Este principio se refiere a la sustitución paulatina y constante de la tecnología

contaminante por una más amigable en el ambiente4'.

INDUBlO PRO NATURALEZA

Se encuentra plasmado por primera vez en la Declaración de Rio, Cumbre de la

Tierra en 1992.

Este principio es esencial, pues se establece que en caso de duda se debe

resolver a favor de lo que más beneficie a la naturaleza42

Jorge Cabrera Medaglia expone al respecto: "el indubio pro natura es la figura

jurídica, según la cual en caso de duda, debe decidirse por aquello que sea más

favorable a la conservación del ambiente. La aplicación práctica de este principio es

cotidiana. Por ejemplo procede su aplicación a la hora de decidir o conceder o no la

40 Ameta Quesada, (Lilliana). 0p.Cit pág.32. 41 Arrieta Quesada, (Lilliana). m. pág.31. 42 Romero Pérez, Jorge Enrique. OD. cit. pág. 109.

Page 50: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 43 TÍTULO DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN POL~TICA DE COSTA RICA

autorización para realizar una determinada actividad, cuyo impacto sobre el ambiente es

incierto"43

De manera clara se contempló por primera vez en la Ley de biodiversidad , en su

artículo 2 de la siguiente manera: "Criterio precautorio o indubio pro natura: cuando exista

peligro de amenaza o daños graves o inminentes a los elementos de la biodiversidad y al

conocimiento asociado con estos, la ausencia de la certeza científica no deberá utilizarse

como razón para postergar la opción de medidas eficaces de protección"

QUIEN CONTAMINA PAGA

En temas de responsabilidad ambiental, reina la responsabilidad objetiva,

independientemente de si ha mediado culpa o dolo, se debe reparar y tratar de subsanar

el daño causado.

"El que contamina paga no es otra cosa que la repuesta a la premisa de que el

que contamina debe y pretende internalizar los costos de recuperación del ambiente o de

los elementos necesarios para la vida a costa de quien desarrolla la actividad lesciva para

la colectividad.

Como en otras ramas de derecho, particularmente en derecho laboral y tributario,

la carga de la prueba corre a cargo de la parte accionada en virtud de los mismos criterios

de desigualdad de las partesn44

43 Cabrera Medaglia, Jorge. lndubio Pro Natura. Boletín de Fundación Ambio N.3, San José, Costa Rica. 1994, pág. l. * Ameta Quesada, Lilliana. OD. Cit..pág.31.

Page 51: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 44

Tinilo M DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSITIUCIÓN PoÚTICA M COSTA RICA

Este principio se encuentra en la Cumbre de la Tierra, Río: "Las autoridades

nacionales deberían procurar fomentar la internacionalización de los costos ambientales y

el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que

contamina debería, en principio , cargar con los costos de la contaminación , teniendo

debidamente en cuenta el interés

Nuestro ordenamiento se inclina por este tipo de responsabilidad tanto para

sujetos de derecho privado sean personas físicas o jurídicas, como para el estado, al

momento de autorizar o no fiscalizar a las empresas que producen daños al ambiente.

En el Artículo 103 de la Ley Orgánica del Ambiente, en lo que interesa dice: " ... los

causantes de las infracciones a la presente ley o a las que regulan la protección del

ambiente y la diversidad biológica, sean personas físicas o jurídicas serán civil y

solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados" .

Esta serie de principios de relevancia mundial, han proporcionado las pautas para que

se configure una verdadera protección del ambiente, y han llenado los vacíos antes que

las leyes, decretos o reglamentos nacionales; pues a la hora de tomar decisiones

económicas, sociales, culturales, etc que puedan causar un perjuicio a la naturaleza y por

ende a las personas que habitamos en este planeta, se respetan los principios en esta

materia y en muchas ocasiones forman literalmente parte del ordenamiento jurídico.

Es así como la epistemología, las diferentes nociones de ambiente, de derecho

ambiental, los principios ambientales, etc conforman el fundamento doctrinario de lo que

más adelante se denominan Garantías Ambientales, que se materializan aunque de

45 Cumbre de la Tiem. Declaración de Rlo. Princi~io Dieciséis. Brasil, junio de 1992.

Page 52: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!STRUMENTOS PARA GARANTUAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICI~N DEL 45

manera tímida en algunas constituciones, leyes. de diferentes países del mundo a partir

de los años setentas como respuesta de la ambivalencia: degradación ambiental por

grandes avances industriales.

En nuestros días, las Garantías Ambientales deben ser aprobadas para tener una

protección ambiental que realmente refleje la preocupación de la sociedad costarricense

por sus recursos naturales de manera consistente.

Page 53: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 46 Tínt~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSITNCIÓN PoLÍT~CA M COSTA RICA

Realmente es preocupante el conjunto de hechos que determinan la enorme

presión sobre la tierra. Hablamos de contaminaciones, de deterioros ambientales, de

degradaciones de los paisajes y de los distintos ecosistemas, lo cual nos lleva a

reflexionar sobre el tamaño de la colectividad humana, ese enorme aumento de seres

humanos, que requieren alimento, transporte, vestido, alojamiento, etc y que para

satisfacer sus necesidades utilizarán los recursos naturales; y ese no es meollo del asunto

sino la falta de consciencia con que se explota la naturaleza para esos y otros fines

meramente económicos.

Recordemos que la humanidad forma con su medio, con el planeta un todo

unitario, son dos entes que conviven, se acomodan, se hacen daño, hay una adaptación,

una ecología del hombre al y esta depende del uso que le demos a los recursos

naturales.

Es por ello que en este capítulo se analizan primeramente los factores que han

influido en este deterioro, para saber dónde nos encontramos, pues conocer la situación

ambiental de nuestro país es el elemento básico para replantear las políticas nacionales

46 Una ecologia humana, (que hablamos en el capitulo anterior, sección preliminar) definida por primera vez oor el científico Emest Haeckel, donde no se puede obviar la serie de interacciones entre el ambiente orgánico (incluido el ser humano) y el inorgánico.

Page 54: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 47 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA ~ N S ~ I W C I Ó N f'oLíTIC4 DE m!3A RICA

en este campo, por lo que se torna necesario mostrar los factores estadísticos

ambientales más actuales.

En otro punto se plantean las deficiencias y virtudes de la política nacional

ambiental y por último los factores administrativos, donde radica a mi parecer una de las

principales trabas para la verdadera gestión ambiental que nuestro territorio necesita.

FACTORES ESTAD~STICOS AMBIENTALES

Costa Rica no se muestra ajeno a la realidad mundial del deterioro ambiental. De

la mano con la introducción del café, se inicia una nueva etapa y a la vez se transforma el

ecosistema natural a un agroecosistema. Este cambio introduce agroquímicos,

provocando un impacto negativo en el ambiente. Así también con la plantación de

banano, donde en la zona caribeña se otorgan miles de hectáreas de bosque tropical

húmedo, destruyéndose así más del 60% de bosque primario y secundario. Lo mismo

sucedió con la ganadería extensiva, que contribuyó a la erosión del suelo, la desaparición

del hábitat de aves, mamíferos ...

El aumento demográfico producto de la migración del campo a la ciudad agudizó

la situación ambiental, y con ello, resaltaron la contaminación atmosférica por la

circulación de vehículos en el casco central, el problema de los desechos sólidos, donde

en el área metropolitana se producen toneladas de basura, y otro de los graves problemas

es la contaminación de los ríos en gran parte por la falta de tratamiento de las aguas

residuales. Todo ello, producto de patrones capitalistas con que hemos explotado

Page 55: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!ZRUMENToS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 48

nuestros recursos ... Lo contradictorio es que justificamos el modelo productivo para

alcanzar "bienestar social y un mejor nivel de vidan47

Por los antecedentes anteriores es necesario mencionar las principales causas de

la degradación ambiental para saber dónde nos encontramos y a qué nos enfrentamos,

cabe mencionar:

CRECIMIENTO DEMOGRAFICO

Mientras que la población del planeta creció a un ritmo anual de 0,5% a lo largo

del siglo pasado, en la primera mitad del siglo XX era ya del 0,8%. El salto cualitativo se

produce en el decenio de 1950-1960 can una tasa de 1,8% y que en los años sesenta

asciende al 20h~'. Estas cifras deben analizarse a la luz de que de los 642 millones de

habitantes en el mundo en los sesenta, 532 pertenecen a regiones no desarrolladas, o

sea el 82% de la población mundial se ubicaba en países en desarrollo lo que constata la

irracionalidad de la distribución geográfica de lo que muchos autores llaman la "explosión

demográfica" dentro de los cuales se encuentra América Latina.

En la actualidad, cerca de la mitad de la población del mundo (47%) vive en zonas

urbanas, cifra que según se estima crecerá un 2% anual en el período comprendido entre

los años 2000 y 2015.49. Esta concentración de personas en zonas urbanas es producto

de la migración de la población rural a las ciudades por motivos de empleo, educación,

servicios.

47 Quesada (Gabriel). El Gobiemo de Costa Rica Acoqiendo la Iniciativa del Movimiento Ecoloqista. http//: www.casa~res.~o.cr/informacion/rindiendocuentaslaño~/02002

48 Universidad Politécnica de Madrid. Tratado del Medio Natural: Tomo V. Madrid. España. Universidad Politécnica de Madrid-GEOTMA-INIAl-CONA. í981. Pág.35 49 United Nations Population Division. World Urbanization Prosmcts: The 1999 Revision. Key Findings. United Nations Population.2001. http:/www.un.org/esa/population/pubsarchive/urbanization

Page 56: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!~RUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 49

Las ciudades representan un papel importante, no solo como proveedores de

empleo, albergue y servicios, sino también como centros de desarrollo cultural, educativo

y tecnológico, lugares en donde generar ingresos. Sin embargo, un rápido crecimiento

urbano conlleva a un aumento del desempleo, degradación ambiental, en lo relativo a la

descarga de desechos, consumo de recursos, aumento de la contaminación tanto de los

ríos como por la emisión de gases, también provoca falta de servicios urbanos,

sobrecarga de infraestructura existente y carencia de acceso a la tierra, recursos

financieros y una vivienda adecuada.

La población de América Latina y el Caribe ha aumentado en aproximadamente

74% al pasar de 299 millones de habitantes en 1972 a 519 millones en el 2000. No

obstante su tasa anual de crecimiento disminuyó de 2,48% a 1,52% durante el mismo

período, mayormente como resultado de los cambios en la pauta de natalidad: la

fecundidad ha disminuido de 5,6% nacimientos por mujer en 1970 a 2,7 nacimientos en

1999.50

En Costa Rica la población, según el Censo del año 2000, reveló que a mitad de

ese año residían en nuestro pais 3.925 000 personas. Este censo es un excelente punto

de partida para proyectar los escenarios probables de la demografía de nuestro pais para

el siglo XXI.

50 United Nations Population Division. World Population Division: World Population Prospects 1950-2050. The 2000 Revision. United Nations Population.2001. http:/www.un.org/esa/population/pubsarchivelwpp2000/wpp2000h.pdf

Page 57: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 50 Tirulo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ U Ó N POÚTICA M COSTA RICA

Las proyecciones se prepararon a partir de esta población clasificada por sexo y

edad y un conjunto de hipótesis sobre la evolución de los componentes del cambio

demográfico: la mortalidad, la natalidad y la migración.

A fines del siglo XXI se espera que la población se haya estabilizado en poco más de 6

millones de habitantes5'.

Por todo lo anterior, uno de los principales retos será el manejo de la sostenibilidad del

medio ambiente urbano en la actualidad.

DEFORESTACION

Desde hace tiempo se reconoce la naturaleza única de los ecosistemas forestales;

estos desempeñan múltiples funciones a escala mundial al igual que local: ellos protegen

y preservan la biodiversidad, evitan la erosión, contribuyen en la regulación del ciclo

hidrológico, retienen el carbono e influyen en el cambio climático, pues actúan como

escudos naturales contra desastres, aseguran la protección de las cuencas hidrográficas;

y son el lugar de disfrute y de ocio para una población cada vez más urbana y alejada de

la naturaleza. También cumplen una función socioeconómica pues proveen a la industria

maderera de los productos necesarios para el consumo local y la exportación, generan

empleos y abastecen a las comunidades locales de productos forestales no madereros.

Este último punto nos hace reflexionar acerca del conflicto de intereses que se vive

actualmente, entre la conservación ambiental y el desarrollo económico basado en la

explotación de recursos naturales que conlleva a la degradación de los mismos.

Es así como la deforestación ha tenido lugar en todos los tiempos, donde la

pérdida de los bosques se atribuye históricamente a la expansión demográfica y la

Page 58: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTEAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICI~N DEL 5 1

conversión de las tierras forestales a otros usos. Entre las principales causas de

degradación forestal de origen humano destaca la extracción excesiva de maderas

industriales, leña y otros productos forestales y el pastoreo excesivo. Entre las causas

subyacentes hay que mencionar la pobreza, el crecimiento demográfico, los mercados y

el comercio de productos forestales, y las políticas macroeconómicas. Los bosques son

también susceptibles de padecer bajo los efectos de factores naturales como las plagas

de insectos, las enfermedades, los incendios y los fenhenos climáticos extremos.52

La pérdida de cobertura boscosa en Costa Rica es un fenómeno complejo y muy

integrado a la historia económica del país. El proceso de cambio de uso del suelo, de

bosque a terrenos agrícolas o ganaderos que fueron respaldados por leyes como la de

Cabezas de Familia de 1934, la de Informaciones posesonas ae 1941 y la de terrenos

baldíos de 1949 fueron parte del modelo económico de esa época lo que disparo

considerablemente los niveles de deforestación en la década de los 60-70, pues se

alcanzaron tasas de deforestación de cerca de 60 000 ha por años3. Sin embargo, se ha

disminuido esa tasa de deforestación progresivamente desde mediados de la década de

1980, pasando de las 60.000 ha por año a 43 000 ha en 1983, 13000 ha en 1993 y

finalmente un promedio de 5000 ha en los últimos cinco años. Actualmente la tasa anual

de deforestación es de 4533 has4. Así vemos que los esfuerzos por proteger nuestros

bosques han dado algún resultado, que se atribuye en parte a los cambios de políticas y

al hecho de que más bosques se encuentran protegidos en las diferentes categorías de

Pág 59. 52 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Persr>ectivas del Medio Ambiente Mundial 2002 GEO-3. Madrid, España. Gmpo Mundi Prensa. 2002. Pag 91,107

Bemudez (Flor) y otros. El Bosque como proceso Fundamental en los Servicios Ambientales en C o a Rica. Heredia, Costa Rica. Seminario de Trabajo de Graduación para optar al grado de Licenciatura en Ingeniería Forestal. Facultad de Ciencias de la Tierra y el Mar. Escuela de Ciencias Ambientales. Universidad Nacional de Costa Rica. 2000. Pag.8-9. " Ortiz, E. La aestión de los recursos bosccsos. Mimeognfiado, 2000

Page 59: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAN~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 52

áreas silvestres protegidas, que actualmente representan un 25,6% del territorio

nacionalss y el total de la cobertura boscosa asciende al 45,4%56 del territorio nacional. Sin

embargo, sólo un 12,6% del territorio está en parques y reservas, que son los regímenes

de protección más completos, cuando la meta es del 19,5%. Por otra parte, el 1 1% de los

terrenos de parques nacionales, y el 45% de las reservas biológicas, monumentos

nacionales y reservas naturales absolutas, permanecen bajo propiedad privada ya que el

Estado no ha podido cancelar los 54,7 millones de dólares que adeuda a sus

propietarioss7.

Por otra parte, es preocupante que debido a la deforestación más de la mitad del

total de la flora (ca.6500 especies) se considera vulnerable o propensa a integrar el grupo

de especies amenazadas. Por ejemplo, en las orquídea^^^, donde 40 de ellas están en

peligro de extinción y el resto tiene poblaciones reducidas.

Con todo el panorama anteriormente expuesto estamos conscientes de que aún

queda mucho camino por recorrer como consolidar el sistema de pago por servicios

ambientales, reducir la tala, mejorar la inserción de industrias madereras y considerar

que una de las principales presiones futuras sobre los recursos boscosos se dará

precisamente en las áreas protegidas, cuando el poco remanente boscoso fuera de ellas

se agote.

55 Proyecto Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. OP. Cit. Pág. 64. 56 Proyecto Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. m. Pág.194. 57 Proyecto Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. m. Pág.64.

Las orquídeas son la mayor familia de plantas en el país con más de 1200 especies tomado de Morales, J.F; en su libro Orauideas, cactus v bromelias del bosaue secoSanto Domingo de Heredia, Costa Rica, INBio, 2001. pág 162.

Page 60: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 53 T m i ~ o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C0NSIlllJCIÓN P0L.hCA DE COSTA RICA

CONTAMINACION DEL AGUA

La Región de América Latina y el Caribe es rica en recursos hídricos renovables

ya que posee más del 30% del total del planeta5', es por ello que los problemas de

contaminación de este líquido se convirtieron en un tema preocupante a partir del decenio

de los setenta. Sin embargo, durante los últimos treinta años, hubo un descenso

significativo en la calidad de las aguas superficiales y subterráneas. La agricultura y el

vertido de aguas residuales urbanas e industriales no tratadas se han convertido en las

principales fuentes de contaminaciónG0.

El empleo excesivo de fertilizantes en la agricultura aumentó el crecimiento de

algas y eutrofización en lagos, represas y lagunas costeras.

Nuestro país no escapa de la problemática ambiental y crítica situación del recurso

hídrico. Las aguas superficiales son diariamente contaminadas por aguas residuales no

tratadas provenientes de centros urbanos que van directamente a los ríos, que

desembocan en el Grande de Tárcoles y luego al mar.

Otra evidencia de la contaminación del agua, son los niveles crecientes de nitratos

en los ríos. En Costa Rica se descubrieron niveles crecientes de nitratos cercanos o

superiores a las directrices internacionales, tanto en fuentes metropolitanas como

ruralesG1.

Aunado a lo anterior, surge el problema de la falta de tratamiento de los desechos

industriales que son arrojados a los ríos sin ningún tratamiento, de las 3500 industrias

59 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. OD. Cit.pág.167 60 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Idem. Pág. 168

Observatorio del Desarrollo. El aaua en Costa Rica: Abundante cero vulnerable. Boletín Infamación para la toma de Decisiones, Año 3, No. 6, abril-mayo, 2001, pág.26.

Page 61: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 54 Tini~o DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N PoL~TICA M COSA RICA

establecidas en las cuencas que desembocan en el Golfo de Nicoya, sólo el 5% tiene

plantas de tratamiento6' , y para empeorar la contaminación del Golfo los desechos

animales contaminan los acuiferos con bacterias (coliformes), todo esto sumado

lógicamente va acabando con las especies marinas, los ecosistemas, provocando un

desastre ambiental, donde su epicentro tiene nombre, y es la misma acción del hombre.

El otro problema se encuentra en las aguas subterráneas, pues diariamente se

producen derrames de sustancias contaminantes, que aunque de forma lenta se van

integrando a la química del agua subterránea, debido a la intensa ocupación urbana o

agrícola de las áreas de recarga acuífera, pero lo más alarmante de todo esto es que

según estudios realizados más del 60% de agua para consumo humano y más del 36%

de la de uso industrial se obtiene de fuentes subterráneas. Según el ICAA el consumo de

agua en la Gran Area Metropolitana se duplicó en los Últimos cuatro años. Allí existen

cerca de 5000 pozos registrados y un número indeterminado de pozos ilegales; y no se

sabe a ciencia cierta cuanta agua se extrae de ellos ni el estado de los ac~í fe ros~~.

Esta circunstancia conlleva a un hecho significativo, y es que cada vez se hace más

difícil y costoso encontrar fuentes de agua potable para abastecimiento humano, esto nos

hace pensar que con el continuo crecimiento demográfico de nuestro país y de

contaminación de este recurso, dentro de poco tiempo nos encontraremos en una crisis

del agua ..., por lo cual resulta uno de los problemas ambientales prioritarios que debe ser

atendido de inmediato.

62 Proyecto Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. OD. Cit pág.65 63 Proyecto Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. U m . pág. 66.

Page 62: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 55 TÍTLk0 DE DERECHOS Y GARAM~AS AMBIENTALES EN LA C€)NSTIllJUÓN PoLíTICA DE COSTA RICA

La emisión de sustancias nocivas a la atmósfera64 afecta tanto la salud humana

como los ecosistemas. Se considera que la contaminación del aire libre y de locales

cerrados es responsable del 5% de la carga mundial de enfermedades. La

Contaminación atmosférica agrava, y posiblemente causa, el asma y otras enfermedades

alérgicas respiratorias.

Se ha calculado que aproximadamente 1,9 millones de personas mueren

anualmente en los países en desarrollo como consecuencia de haber estado expuestas a

altas concentraciones de partículas en suspensión en el aire (SPM) de locales cerrados

de zonas rurales, mientras que la mortalidad causada por los niveles de concentración de

SPM y de S02 en el aire libre asciende a 500 000 personas por año6'.

Esta clase de contaminación es uno de los problemas más críticos en América

Latina en razón de sus repercusiones en la salud, especialmente en zonas urbanas. La

rápida urbanización, el crecimiento demográfico,(aspecto que fue analizado

anteriormente), la industrialización, la agricultura, la deforestación, el creciente número de

vehículos automotores son considerados por los científicos como los principales

causantes de este tipo de contaminación. Por ejemplo: el sector transporte es

responsable del 70% de las emisiones en Buenos Aires y en la Ciudad de ~ é x i c o ~ ~ .

Las principales fuentes de contaminación atmosférica son las actividades industriales, los vehículos automóviles y las instalaciones fijas de combustión, sin embargo las dos últimas son las que tienen mayor importancia en el medio urbano. 65 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. OD. Cit. .pág. 21 1. 66 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. M. Pág.227

Page 63: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUON DEL 56 T h ~ o M DERECHOS Y G A R , AMBIENTALES EN LA C O N ~ O N P0LíTICA DE COSTA RICA

En Costa Rica, el problema de la contaminación del aire no sólo se vincula al efecto

de las emisiones de partículas y gases desde fuentes móviles y fijas, sino que también se

relaciona con el problema de la contaminación sónica y de las radiaciones no ionizantes.

La Contaminación sónica ha sido, incluso, señalada por algunos como el mayor problema

ambiental del país. Por su parte el tema de las radiaciones no ionizantes ha ido tomando

relevancia en los últimos años, en particular por las acciones de las comunidades contra

la construcción de líneas de transmisión de alta energía67 .

DESECHO SOLIDOS

Para ninguno es secreto que los desechos se han convertido en uno de los

principales problemas que tierie nuestro país en los últimos años, y es que los y las

costarricenses de hoy generamos más del doble de basura que hace veinte años, y no

siempre disponen de ella adecuadamente: se han identificado más de 200 botaderos de

basura solamente en la gran área metr~politana~~.

En las zonas urbanas el porcentaje de cobertura de recolección y transporte

alcanza casi el 100%, no obstante en las zonas rurales, cuando mucho alcanza al 60%.

De esta manera una importante cantidad de residuos sólidos son distribuidos

inadecuadamente, quemados o enterrados de forma muy dispersa.

Por otra parte, los residuos sólidos peligrosos resultan en un problema ambiental

cada día más serio. Datos recientes demuestran que la actividad industrial produce entre

un 20 al 100% de estos residuos, y muchos de ellos son dispuestos en los vertederos que

no reúnen las condiciones ambientales, o peor aún, muchos de ellos no se sabe a donde

67 Astorga, (Allan). Provecto Sistemas lntearados de Gestión v Calidad Ambiental (SIGA): Componente Costa Rica. Fase l. Primera Edici6n. San José, Costa Rica.: Fundación para el Desarrollo Urbano. 2000. PAg. 306.

Proyecto Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. OD. Cit . PAg. 65.

Page 64: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 57 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

van a ser depositados, estos son los comunmenete llamados "botaderos de basuran

anteriormente mencionados.

Para llegar a una posible solución se necesita una mejor administraaión de este

sector, pues una articulación que una verdadera coordinación del tratamiento y

recolección de estos desechos le pondría fin al conflicto de competencias que

actualmente se da. Además de que con la participación de la sociedad civil, de los

vecinos de cada localidad en la separación de los desechos para desarrollar alternativas

reales, ya que si se crean centros de recolección con tratamiento de los mismos, no se

lograría casi nada si los desechos no están separados, para desaparecer la

contaminación ambiental que se da por medio de un tratamiento adecuado, bajo estrictos

procedimientos y tratamientos de alta calidad como en los países desarrollados.

Es así como en los apartados anteriores se ha tratado de forma general, el estado

del ambiente en nuestro país, partiendo de una realidad mundial, donde en los últimos

treinta años se han dado aumentos a gran escala en la población, factor que de cualquier

forma que lo queramos ver a influido en las tasas de deforestación, contaminación del

agua, del aire, aumento de desechos sólidos, etc lo cual evidencia el deterioro de nuestro

planeta a nivel macro y a la vez particular.

Todo esto deja al descubierto que aunque se aprueben tratados internacionales, y

gran cantidad de normativa nacional (que serán analizados posteriormente) se sigue

degradando el ambiente, la respuesta está en nuestras manos, estamos inmersos en ese

todo y podemos ser simples observadores o tomar cartas en el asunto.

Page 65: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANllZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 58

La aprobación del Título de Garantías Ambientales es el primer paso para continuar

con la visión de lo que muchos llaman una "sociedad ecológica" pues vendría a ordenar

desde el nivel más alto la gran cantidad de leyes que actualmente existen en este tema.

FACTORES POLITICOS Y ECONOMICOS

Se intenta analizar las politicas (respuestas sociales) relativas a cuestiones

ambientales específicas, como aspectos económicos de manera retrospectiva, para

mostrar los efectos de tales políticas para el ambiente.

Para empezar es importante mencionar que el mundo durante los últimos treinta

años ha pasado por cambios sociales, económicos, politicos y tecnológicos sin

precedentes. Por ejemplo dentro de los avances políticos importantes destacan: la

transición de dictaduras militares a gobiernos democráticos, lo que contrajo a su vez

mayor participación de la sociedad civil y la creación de instituciones gubernamentales

como no gubernamentales interesadas en aspectos sociales.

Estos componentes entrelazados, sirven como marco de referencia para el

análisis de los cambios verificados en el estado del ambiente, a la vez que pueden

considerarse como algunos de los más influyentes motores de tales cambios.

Las respuestas ambientales llevadas a cabo por el Estado, son producto de las

grandes tendencias mundiales, de los acuerdos multilaterales internacionales como

regionales, mismos que en gran medida influyen en la promulgación de leyes nacionales

Page 66: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTU4R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 59 Tínilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N P0LhC4 M COSTA RICA

que tienen que ver con este tema, para tomarlos como punto de partida en la protección

del ambiente6'.

Estas propuestas tienen como finalidad evitar: la contaminación del aire, del agua,

la tala ilegal, el tráfico ilegal de especies de flora y fauna en vías de extinción o

amenazados; así como procurar una mejor gestión y formación ambiental.

Algunas de las políticas que se han puesto en práctica en la década de los noventa;

principalmente después de la Cumbre de Río y de la Reforma constitucional de 1994 son:

En el tema de BlODlVERSlDAD las principales son:

La Estrategia de Conservación para el Desarrollo Sostenible de Costa Rica

(ECODES), fue publicada en 1990 e incluía una estrategia Nacional de Biodiversidad

enfocada en "salvar, conocer y usar" nuestros recursos naturales.

En 1994, en el foro del Bosque a la Sociedad el gobierno propone convertir a Costa Rica

en proyecto piloto de desarrollo sostenible y se promovieron actividades novedosas. En

ese mismo año se creó el Sistema Nacional de Desarrollo Sostenible (SINADES) como

órgano para promover tal desarrollo.

En el período 1998-2002 en el Plan Nacional de Desarrollo Humano Sostenible

"soluciones para el Siglo XXI" se fomentó el conocimiento, valoración, promoción y uso

sostenible de los recursos naturales.

BOSQUES

Con respecto a los bosques, Costa Rica ha hecho notables progresos en la

actualización de estas políticas, y la creación de mecanismos e instrumentos para su

69 Tales convenciones internacionales, acuerdos regionales y normativa nacional serán analizadas con mayor detenimiento e n el tltulo de Normativa Ambiental Vigente en Costa Rica.

Page 67: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 60 Tírulo DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONS~UCIÓN ~0ÚTICA DE COSTA RICA

expansión y manejo. Por ejemplo: las negociaciones de deuda por naturaleza, el pago de

servicios ambientales a los propietarios del bosque, la certificación forestal, entre otros.

El proceso de análisis de las políticas forestales se inició a finales de 1998 con un

Foro Nacional, con el objetivo de especificar los frentes importantes de progreso en la

política forestal y sus implicaciones futuras.

Para darle seguimiento a las recomendaciones del foro, se constituyó una

Comisión lnterinstitucional de Políticas Forestales, la cual promulgó "políticas a cambio de

gobierno" y tras un largo proceso en junio del 2000 el MlNAE oficializó tales políticas y

con ello el Plan Nacional de Desarrollo Foresta~'~.

AGUA

Con respecto al recurso hídrico, las políticas públicas existentes se centran

primordialmente en instrumentos de "mandato y control", como la legislación relativa a la

calidad y contaminación del agua, o las atribuciones de ordenamiento territorial de

diversas instituciones y organismos públicos incluyendo las municipalidades. Sin

embargo, también existen instrumentos voluntarios entre los cuales se encuentran:

Programa Bandera Ecológica, el cual recompensa a las industrias que trabajan con

tecnologías "limpias" y el Pago por Servicios Ambientales, que establece una

compensación económica por la conservación y reforestación del bosque en cuencas

hidrográficas que prestan servicios ambientales importantes, tales como la generación

hidroeléctrica, el suministro de agua potable o la atracción del ecoturismo7' .

70 Ministerio del Ambiente y Energía y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. OD. Cit pág. 82. 71 Ministerio del Ambiente y Energía y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Idem. pág. 90-91.

Page 68: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA (XWNTLUR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 6 1 Tiru~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA ~ o N ~ C I Ó N PoÚTICA DE COSTA RICA

Además en el ámbito de manejo de cuencas una de las líneas de política que se

ha sido la conformación de comisiones de cuencas, estas son entes interinstitucionales

con participación gubernamental, no gubernamental y local, para definir programas

conjuntos de acción. Las comisiones más importantes se relacionan con el Gran Area

Metropolitana y la cuenca del Río Grande de Tárcoles, el más contaminado del 72.

AGRO

Por otra parte el sector agropecuario se han desarrollado acciones bajo un

esquema de sistemas productivos sostenibles y competitivos, promovidos en programas

como el Nacional de Agricultura Conservacionista, el de Agricultura y el de

Reconversión productiva. Los dos primeros se focalizan en acciones de adaptación y

difusión de tecnologías amigables con el ambiente, el tercero se orienta en la dotación de

recursos bajo un esquema de crédito y fondos no retornables para desarrollar proyectos

de organizaciones para una producción ~ostenible~~.

Viendo el panorama anterior, vemos que parte de la respuesta radica en verdaderas

medidas para proteger la salud pública, y procurar un desarrollo ambiental sostenible, lo

cual se puede lograr con una legislación coherente, porque aunque existe un importante

conjunto de leyes subsisten problemas en la implementación por falta de capacidad para

el monitoreo o por problemas de competencia o de presupuesto de las instituciones. La

otra parte se encuentra dentro de nosotros mismos, en un cambio de pensamiento,

aplicando la "ética colectiva en materia ambiental".

- -

72 Ministerio del Ambiente y Energía y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. o ~ . C i t . Pág.

"'En el campo de la agricultura orgánica se están impulsando el manejo de plaguicidas ecológicos y educación ambiental.

Page 69: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 62 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N PoLÍTICA DE COSTA RICA

FACTORES ADMINISTRATIVOS

Existen muchos entes con potestades en materia ambiental, lo cual permite un

nivel de intervención amplio por parte del estado. Este aspecto no es producto sino de la

gran cantidad de nomas regulatorias. Desde un punto de vista positivo, este hecho ha

logrado que la tutela se haya ampliado al tener competencias legales para ello diversos

entes y órganos de la administración, que van desde el aparato judicial en su más alto

nivel (Sala Constitucional), Tribunal Ambiental Administrativo, hasta los juzgados de

menor cuantía; desde los Ministerios de Ambiente, Salud, Transportes, hasta instituciones

como Acueductos y Alcantarillados, Municipalidades, Instituto Costarricense de

Electricidad y muciios más que han logrado una presencia institucional fuerte a lo largo y

ancho del territorio nacional 75 Sin embargo, este hecho también ha generado conflictos

de competencia, que a la larga dificultan una buena gestión ambiental.

Para materializar lo anterior se expone una serie de instituciones públicas y

privadas que tienen competencia en los diferentes campos de acción a saber:

En primer lugar se ubican los entes de carácter nacional, los Ministerios. Concretamente

en este tema los más importantes son el Ministerio del Ambiente y Energia (le

corresponde la tutela de los recursos naturales del país, de la biodiversidad, así como las

áreas protegidas) y el Ministerio de Salud (centra sus objetivos en lo que tiene que ver

con salud humana, es decir la relación directa entre las personas y su salud). Sin

embargo, existen el Ministerio de Agricultura y Ganadería (en lo que tiene que ver con los

agroquímicos) y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (con respecto a la

74 Ministerio del Ambiente y Energia y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. OP. Cit. P3g.81-82. 75 Astorga, (Allan). Op. Cit.. Pág.257.

Page 70: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADICIÓN DEL 63 Tínt~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA ~oNSITIUUON PoLÍTICA DE COSTA RICA

regulación de la emisión de gases de los vehículos) con amplias potestades para regular

aspectos específicos sobre el ambiente.

El problema es que en este nivel horizontal de competencias no existe un ente

Rector, coordinador, en esta materia. Pues la existencia de 4 Ministerios con

competencias en este tema no ha sido acompañada de un plan o programa nacional

ambiental que permita unificar los distintos esfuerzos que realizan dichos entes y por lo

tanto su accionar fragmentado y sectorizado genera conflictos y situaciones de

obstaculización entre los mismos ministerio^^^.

El segundo nivel de competencias se presenta entre las instituciones de carácter

nacional, desconcentrados de alguno de los Ministerios anteriormente mencionados, o

bien instituciones autónomas, que tienen responsabilidad indirecta de administración en el

sector, dada por leyes o reglamentos especificos. Para dar un ejemplo de ello, al menos

en el sector aguas, algunos son:

En el sector sub-aguas superficiales, le corresponde al ICE, SINAC, SETENA,

INVU, y la Comisión Nacional de Vivienda y Urbanismo, MINAE.

En el sector sub-aguas subterráneas, intervienen: el Ministerio de Salud, SETENA, las

Municipalidades e inclusive el Instituto Costarricense de Turismo, el INVU, ICE, y MAG 77.

A diferencia del nivel anterior en este nivel se presentan una serie de órganos,

instituciones con regulaciones muy específicas que dificultan la generación de un marco

global de regulación, así como la implementación de un plan o programa nacional

ambiental que dirija de manera uniforme o al menos defina objetivos comunes para que

los esfuerzos existentes en el país tengan una misma dirección.

76 Astorga, (Allan). OD. Cit. pág 258.

Page 71: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS M LA ADICI~N DEL 64 Tínilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ I ~ N P0LhcA DE COSTA RICA

El funcionamiento de los Ministerios e Instituciones anteriormente citadas ha

disminuido su eficacia en la protección ambiental a raíz de la falta de capacitación, poca

coordinación que se da entre ellos, falta de equipo e infraestructura y de personal; con el

problema de fondo que es la falta de presupuesto para impkmentar programas de

capacitación y cooperación, pues los recursos que genera el MlNAE por ejemplo, van a la

caja única del Estado y el presupuesto aprobado para este Ministerio es muy bajo como

para hacer estos cambios.

Por último, un tercer nivel, que no debe faltar es el que tiene que ver con las

acciones de fiscalización y control. No se refieren a un sector específico, sino que pueden

intervenir en ellos por los mandatos que les fueron dados por ley , éstos son:

Consejo Nacional Ambiental, Tribunal Ambiental Administrativo, Contralor Ambiental,

Direcciones de Asesoría Legal de los Ministerios correpondientes, Procuraduría

Ambiental, Defensoría de los Habitantes, Contraloría General de la República, Ministerio

Público (fiscal Ambiental), Sala constitucional, Tribunales de ~ust ic ia~~.

Debido a la intervención de varias leyes dentro de los procesos de cualquiera de

los niveles supra citados, se otorgan responsabilidades y facultades repetitivas a varias

instituciones, lo que provoca un traslape en las competencias, conflictos en las mismas y

por lo tanto ineficiencia en la protección ambiental.

77 Astorga, (Allan). Op. Cit. Pág. 319. Astorga, (Allan). ldem. Pág. 320.

Page 72: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIUIR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS M LA ADICI~N DEL 65

Tirulo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA ~ONSI~TUCI~N P O h C A DE COSTA RICA

Por lo tanto, a la vez de implementar medidas estratégicas que cambien las

perspectivas en las políticas ambientales y la distribución administrativa en esta materia,

tales como:

o Elaboración concertada de un plan estratégico Nacional de Protección y

Mejoramiento de la Calidad Ambiental.

o lntiiucionalizar un mecanismo de coordinación entre las diferentes entidades

o Descentralización administrativa de la gestión ambiental a los municipios(planes

cantonales de prevención y control de la contaminación, unidades ambientales

municipales, planes territoriales y de cuencas).

o Fomentar la participación ciudadana en labores de vigilancia y control.

a Fortalecer programas de educación ambiental7'.

Además de lo anterior es preciso aprobar una nueva reforma constitucional, la cual se

encuentra en este momento en el Plenario, que adicionaría un Título de Garantías

Ambientales en nuestra carta Magna, para que desde ahí se desencadene un

ordenamiento integral de la normativa ambiental nacional vigente para lograr la eficaz la

protección en éste ámbito que todos los costarricenses necesitamos.

79 Astorga, (Allan). OP. Cit. Pág. 322.

Page 73: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

TITULO SEGUNDO

NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE

Page 74: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARA-R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 67 T~ULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTTTUCION P-CA DE COSTA RICA

TITULO SEGUNDO: NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE

Este Segundo Título se divide en dos Capítulos; el Primero viene a resumir tanto

las Normas Ambientales Internacionales (Tratados, Convenios, Cartas) más relevantes,

como las Norma Regionales aprobadas y ratificadas por Costa Rica.

Además se hace un análisis de los artículos plasmados en nuestra Constitución haciendo

una relación de la protección del derecho a la vida, el derecho a la salud y el derecho a un

ambiente sano. Seguido por la exposición de las principales leyes Ambientales de nuestro

país.

En el Segundo Capítulo; llamado Derecho Ambiental Comparado se analizan tanto

las Constituciones más relevantes del continente europeo (Portugal, Italia, Alemania),

como en el Continente Americano, empezando por las Constituciones de América del Sur

(Brasil, Colombia, Chile, Argentina) y el caso de México en Norteamérica. Para finalizar

con el análisis de los textos fundamentales en Centroamérica. Lo anterior para llegar a

destacar elementos útiles que puedan ser implementados en nuestro ordenamiento,

específicamente en el contexto Constitucional.

Page 75: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS M LA ADIU~N DEL 68 Tirulo M DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCI~N PoLÍTICA DE COSTA RICA

En este Capítulo se desarrollan tanto las Nomas Ambientales Internacionales

(Tratados, Convenios, Cartas) más importantes que nuestro país ha ratificado y adoptado.

como los Tratados a nivel Regional. Asimismo, se hace un análisis de los artículos de

nuestra Constitución que hacen referencia al derecho a la vida, a un ambiente sano y a la

salud (éste último no se encuentra plasmado como tal, pero se infiere respecto de su

relación con los anteriores).

Asimismo, se exponen las principales leyes vigentes de nuestro país en el tema

ambiental.

Por tanto, la diversidad biológica en nuestro país aparece cubierta en variedad de

leyes y convenciones, promulgadas en su gran mayoría en la década de los anos 90

cuando la sensibilidad del legislador aumentó a raíz de los problemas de contaminación.

explotación de los recursos naturales que salieron a la vista para dejar de ser un misterio.

Por ello en este capítulo se analizará tanto la normativa internacional como la nacional en

el tema ambiental que surgió principalmente en ese momento.

Page 76: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTEAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 69 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA ~ O N S ~ T I M I Ó N P 0 L f l - l ~ ~ DE COSTA RICA

NORMATIVA AMBIENTAL INTERNACIONAL

Nuestro país ha ratificado diversos tratados internacionales y todos los tratados o

convenios regionales referentes a la protección y prevención de los recursos naturales,

con lo cual se puede decir que tales compromisos aunado a la normativa nacional vigente

conforman el bloque de legalidad ambiental en Costa Rica.

Lamentablemente, por una serie de limitantes ya sea: políticas, económicas en su gran

mayoría o metajurídicas, dichos acuerdos no son aplicados a cabalidad.

TRATADOS, CONVENIOS, CARTAS INTERNACIONALES EN MATERIA AMBIENTAL

El país suscribió acuerdos internacionales relevantes para el Desarrollo

Sostenible.

Entre los acuerdos, tratados, convenciones, cartas de carácter global se destacan

(ordenados de manera cronológica) los siguientes:

a. Convención relativa a los Humedales de importancia Internacional,

especialmente como hábitat de las Aves Acuáticas, "Convención de Ramsar"

Esta convención (anterior a la declaración de Estocolmo) fue ratificada el 02 de

febrero de 1971, desarrollada principalmente gracias a las actividades de ONG

preocupadas por la vida y el hábitat de las aves durante los años sesenta. Aprobada por

nuestro país por medio de la ley número 7224.

Page 77: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 70

Es la convención relativa a los humedales de Importancia Internacional,

especialmente como hábitat de aves acuáticas, conocida como Ramsar. Cabe destacar

que nuestro país es uno de los pocos que suscribieron este convenio y a la vez realizaron

un inventario de sus humedales.

Con esta declaratoria Costa Rica se comprometió a realizar mayores esfuerzos

para la conservación y uso sostenible de los humedales, que cuenta actualmente con

unos diez formalmente declarados como sitios Ramsar; de los cuales tres de ellos tienen

categoría de Refugio y uno de Parque ~ a c i o n a l ~ ~ .

El objetivo principal es la protección de los humedales8' , pero actualmente,

también se ocupa de la calidad del agua, la producción de alimentos, todas las zonas de

humedales incluso las costas de agua salada, y la biodiversidad en general para

mantener el hábitat natural de las aves.

Hoy en día cuenta con la participación de 136 paises, dentro de los que se

encuentran 1236 humedales comprendidos en 108.7 millones de hectáreas protegida^^^.

Uno de los puntos interesantes de este Convenio a diferencia de otros, es que

plantea 4 requisitos de ingreso a las partes contratantes:

a) Inclusión de sitios: se refiere a proponer sitios para que ingresen a la lista de

humedales que protege esta convención.

b) Uso racional

c) Hacer reservas y capacitación

80 Obando Acuña(Vilma). Biodiversidad en Costa Rica: Estado del conocimietosv aestión. 1 ed. Santo Domingo $e Heredia. Costa Rica: lns t io Nacional de Biodiversidad, INBIO, 2002. Pág. 35.

Humedales entendidos como: extensiones de marismas, pantanos, aguas de régimen natural o artificial, temporales estancadas o comentes, dulces, salobres o saladas incluyendo las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros" En el Artículo 1 de esta Convención.

Ramsar Convention Bureau. The Ramsar Convention on Wetlands. 2003. httpY/www.ramsar.org

Page 78: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMTZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 71

d) Cooperación internacional: facilitar las consultas entre partes contratantes,

humedales trasfronterizos, extraterritorialidad de las aves, etc.

Es importante destacar que Ramsar cuenta con:

a) Un Comité Permanente que se reune anualmente para revisar los informes de los

Estados contratantes y que estos cumplan con los requisitos planteados anteriormente.

b) Un Grupo de Asesoramiento Técnico y Científico: es un grupo de apoyo que le da

validez a los objetivos de este convenio.

El Comité Permanente es un mecanismo de control muy importante para el

cumplimiento de los objetivos que se plantean en esta Convención. Considero que es de

gran relevancia plantear en próximos Convenios este aspecto, pues desgraciadamente en

la mayoría de los convenios internacionales no se considera este aspecto. Además, el

Grupo de Asesoramiento Técnico y Científico: da validez a las investigaciones, informes,

esfuerzos para la efectiva protección de los humedales y aves de los países contratantes.

Lo cual le da más peso a tales investigaciones de relevancia mundial.

b. Convención para la protección del Patrimonio cultural y natural

Esta Convención se suscribió el 23 de noviembre de 1972, en París y fue

aprobada por medio de la Ley número 5980, publicada el 26 de octubre de 1976.

Las partes se obligan a procurar la conservación del patrimonio cultural, lo que implica la

protección de monumentos que tengan un valor excepcional universal; de conjuntos de

edificaciones, de lugares como obras de la naturaleza. Además incluye como patrimonio

natural a las formaciones físicas o biológicas que constituyan en hábitat de especies

animales y vegetales amenazadas.

Page 79: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíiAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 72 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CON~IT~UUÓN POLíTICA DE COSTA RICA

Es administrada por la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la

Ciencia y la Cultura.

A mediados del 2001 contaba con 161 partes. A partir de 1972 cuando se colocó a

las Islas Galápagos bajo el cuidado de la UNESCO como una universidad natural de

especies únicas, y hasta diciembre del 2001, un total de 144 sitios en diferentes regiones

se han designado sitios naturales de patrimonio mundial. Además, otros 23 lugares se

consideran de importancia tanto natural como cultural83.

c. Declaración de Estocolmo

Es la primera conferencia internacional que convirtió al medio ambiente en un tema de

relevancia mundial. Fue celebrada en Estocolmo en 1972, con la participación de 113

naciones y otras partes interesadas con el objeto de debatir cuestiones de preocupación

común.

Consta de 26 principios y un plan de acción de 109 recomendaciones.

Algunos de los cambios a nivel mundial que siguieron a la conferencia fueron8?

o Estocolmo articuló el derecho de las personas a vivir en un medio ambiente de

calidad tal que les permita llevar una vida digna y gozar de bienestar. Desde

entonces, muchas organizaciones, y alrededor de 50 gobiernos de todo el mundo

adoptaron instrumentos o constituciones que reconocen al medio ambiente como

un derecho humano fundamental

o Gran parte de las legislaciones nacionales relativas al medio ambiente se

elaboraron a partir de Estocolmo ...

83 UNESCO. The World Hentaae List Pans, 2001. httpll: www.unesco.org/whcBientage.htm

Page 80: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANliZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADICIÓN DEL 73 TÍTULO DE DERECHOS Y GARW-ÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~UCIÓN PoLÍTICA DE COSFA RICA

o El medio ambiente se incluyó u obtuvo un lugar más prioritario en un gran número

de agendas regionales y nacionales. Por ejemplo, antes de Estocolmo existían

únicamente cerca de 10 ministerios de medio ambiente, en cuanto que para 1982,

ya unos 110 países contaban con un ministerio o secretaria específica para la

materia.

Es así como las decisiones tomadas a partir de Estocolmo tienen actualmente

influencia en la gestión del gobierno y en las actividades económicas y empresariales en

diferentes niveles.

d. Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna

y Flora Silvestre- CITES

Esta Convención fue adoptada en Washington, el 3 de marzo de 1973 y entró en

vigor dos años más tarde.

El objetivo principal es controlar y10 prohibir el comercio internacional de especies

amenazadas, para conservar la flora y fauna silvestres de nuestro planeta.

Las especies sujetas a esta Convención están incluidas en sus apéndices 1, II y 111.

Actualmente incluye cerca de 5000 especies de animales y 25 000 de plantasa5

Esta es una de las Convenciones de mayor relevancia a nivel mundial.

En el marco de esta convención el MINAE-SINAC actualiza las listas de especies

con poblaciones reducidas, amenazadas y en peligro de extinción. De manera que según

el último decreto (1 997), cerca de un dos por ciento de las especies conocidas, están bajo

-- - - -- -

Proarama de las Naciones Unidas Dara el Medio Ambiente. OaCit. pág. 4.

Page 81: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTVAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 74

amenaza o en peligro de extinción. De éstas se estima que todas las especies de agua

dulce(135) están amenazadas en mayor o menor grado, principalmente por lo efectos de

actividades de contaminación de los cauces, la pesca ilícita ..., entre otros factoresa6. De

esta manera vemos que la Convención de CITES influye de una u otra forma en la

regulación y protección de las especies amenazadas en Costa Rica.

e. Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar

Suscrita en Montego Bay (Jamaica) el 10 de diciembre de 1982 y aprobada por ley

númera 7291, publicada el 15 de julio de 1992, que regula lo concerniente a la explotación

de los recursos naturales en la plataforma continenta~.~'

El hecho de que entrara en vigor diez años más tarde, fue producto de la compleja

negociación de este tipo de Acuerdos Multilaterales sobre el Medio Ambiente.

La convención consta de 136 partes y es una destacada iniciativa legal que comprende un

amplio rango de cuestiones marinas y protección del ambiente. Entre las disposiciones

ambientales cabe destacara8:

o La extensión de los derechos soberanos sobre los recursos marinos, tales como

los peces, dentro de las zonas económicas exclusivas.

o La obligación de adoptar medidas para el manejo y la conservación de los

recursos naturales;

o El deber de cooperar tanto a nivel regional como mundial en temas vinculados con

la protección del ambiente y la investigación relacionada con la misma.

85 CITES. The CITES Soecies, 2001. http//:www.cites.org/eng/disc/species Ministerio del Ambiente y Energía y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. OP. Cit.

Pág. 30. 87~omero, ( Jorge). Oo. Cit. pág. 119.

Proarama de las Naciones Unidas Dara el Medio Ambiente. Oo.Cit pág. 12.

Page 82: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSlRUMENTM PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 75 Tmi~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONWÓN P0LíTlCA DE COSTA RICA

o El deber de reducir al mínimo la contaminación marina, incluso la procedente de

fuentes terrestres; y restricciones en el vertimiento marino realizado por barcos.

f. Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono.

Fue adoptado en Viena, Austria el 22 de marzo de 1985.

La finalidad de este Convenio es proteger a la salud humana y el ambiente de los efectos

adversos resultantes de las modificaciones de la capa de ozono.

Las Obligaciones Generales de las partes se encuentran señaladas en su artículo 2: " ...

las Partes, de conformidad con los medios de que dispongan y en la medida de sus

posibilidades:

Cooperarán mediante observaciones sistemáticas, investigación e intercambio de

información a fin de comprender y evaluar mejor los efectos de las actividades humanas

sobre la capa de ozono y los efectos de la modificación de la capa de ozono sobre la

salud humana y el medio ambiente;

o Adoptarán las medidas legislativas o administrativas adecuadas y cooperarán en

la coordinación de las políticas apropiadas para controlar, limitar, reducir o

prevenir las actividades humanas bajo su jurisdicción o control en el caso de que

se compruebe que estas actividades tienen o pueden tener efectos adversos

como resultado de la modificación o probable modificación de la capa de ozono;

o Cooperarán en la formulación de medidas, procedimientos y normas convenidos

para la aplicación de este Convenio, con miras a la adopción de protocolos y

anexos;

Page 83: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 76 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN PoLíTICA DE -A RICA

o Cooperarán con los órganos internacionales competentes para la aplicación

efectiva de este Convenio y de los protocolos en que sean parte ... n 89

g. Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la Capa de Ozono.

Se suscribió el 16 de setiembre de 1987 en Montreal, Canadá. Aprobado por la

ley Número 7223 publicada en la gaceta 86 del 8 de mayo de 1991.

Es el respectivo Protocolo del Convenio de Viena para la Protección de la Capa de

Ozono. Por medio de este Protocolo, las partes se comprometen a proteger la salud

humana y el medio ambiente contra los efectos nocivos que se derivan o pueden

derivarse de actividades humanas que pueden modificar la capa de ozono.

Se propone adoptar "medidas preventivas para controlar equitativamente las

emisiones mundiales totales que la agotan, con el objetivo final de eliminarlas, con base

en los adelantos registrados en la esfera de los conocimientos científicos y teniendo en

cuenta consideraciones de índole económica y técnicang0

Además, en este Protocolo se consideró que había que "fomentar la cooperación

internacional en la investigación y desarrollo de la ciencia y tecnología para el control y la

reducción de las emisiones de sustancias agotadoras del ozono, teniendo presente en

particular las necesidades de los países en desarr~llo"~'

89 Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7228. Aorobación de la Adhesión de Costa Rica al Convenio de Viena, para la ~rotección de la Caoa de Ozono, del 22 de marzo de 1985. Articulo 2.

Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7223. A~robación del Protocolo de Montreal, relativo a las Sustanaas Aqotadoras de la Caoa de Ozono, suscrito el 16 de setiembre de 1987 Preámbulo, gágina 1.

Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7223. OD. Cit. Pág 1.

Page 84: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMW~OS PARA W \ R A W EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 77 T h ~ o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N S ~ ~ ~ X I Ó N POLÍTICA DE COSTA RICA

h. Declaración de Río sobre el medio ambiente y el Desarrollo

Se llevó a cabo en Río de Janeiro, Brasil en 1992. Dos décadas después de

Estocolmo.

Esta declaración fue producto de la Cumbre para la Tierra (considerada como la

mayor reunión de su tipo que se haya realizado) pues contó con amplia participación de la

sociedad civil como del sector económico: 176 gobiernos, más de 100 jefes de Estado,

aproximadamente 10 000 delegados, 1400 ONG's y alrededor de 9000 periodistasg2.

Esta Declaración desarrolla 27 principios, que reafirmaron los temas que se habían

articulado en Estocolmo, colocando al ser humano en el centro de las preocupaciones

para alcanzar un desarrollo humano sostenible. Así s e subraya que: "todos los seres

humanos tienen derecho a una vida sana y productiva en armonía con la naturaleza".

Para tratar de implementar lo anterior, se creó un eje principal de acción que

llamaron Agenda 21, este es un programa de Acción para promover el desarrollo

sostenible en materia de progreso social, económico y ambiental al siglo XXI. Se basó

parcialmente en una serie de contribuciones especializadas de los gobiernos y

organismos internacionales. Este es el instrumento no vinculante más importante e

influyente en el campo del medio ambiente y se utiliza como la base de referencia para el

manejo del medio ambiente en la mayoría de las regiones.

Por consiguiente, esta declaración es considerada un importante instrumento

internacional, por el intento de las naciones de encontrar las bases comunes para la

92 Proarama de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. 0p.C-i pág. 15.

Page 85: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIQÓN DEL 78

acción, para la conservación de la naturaleza; con el propósito de asegurar a toda la

humanidad un futuro más sostenible y equitativo.

i. El Convenio sobre Diversidad Biológica y sus Anexos 1 y 11

Se firmó el 13 de junio de 1992, en Río de Janeiro, Brasil. Fue el primer acuerdo

mundial acerca de la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica y sirve

como base fundamental de referencia para la acción nacional.

Aprobado por ley numero 7416, publicada en la gaceta 143 del 28 de julio de 1994.

El Convenio establece tres metas principales: la conservación de la diversidad

biológica 93, el uso sostenible de todos los componentes y el reparto justo y equitativo de

los beneficios del uso de recursos genéticos. Se tratan muchas cuestiones relativas a la

diversidad biológica, como la preservación del hábitat, los derechos de propiedad

intelectual, la seguridad de la biotecnología y los derechos de propiedad de los pueblos

indígenas.

En el Articulo 3 se plantea el Principio de este Convenio que dice "De conformidad

con la Carta de las Naciones Unidas y con los principios del derecho internacional, los

Estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su

propia política ambiental y la obligación de asegurar que las actividades que se lleven a

cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de otros Estados

o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional." 94

93 Define la diversidad biológica como 'la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos, y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas. 94Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7416. OD. Cit, Artículo 3.

Page 86: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMWOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 79 Tmi~o DE DERECHOS Y GARAMW AMBIENTALES EN LA CONS~WJÓN PoL~TICA DE COSTA RICA

Este es uno de los convenios más relevantes a nivel internacional, ya que es

reconocido por su enfoque integral de los ecosistemas para la protección de la diversidad

biológica, por lo que ha ganado una rápida y amplia aceptación. y en la realidad local

sirvió como fundamento para la creación de la Ley de Biodiversidad que analizaremos

más adelante dentro de este capítulo.

j. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático

Firmada el trece de junio de 1992. Aprobada por la Ley N.7414.

El objetivo de esta Convención es la "estabilización de las concentraciones de

gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias

antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo

suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático.

asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el

desarrollo económico prosiga de manera sosteniblen.

Dentro de las obligaciones de las partes se encuentran:

o Proteger el sistema climático en beneficio de las generaciones presentes y

futuras.

o Publicar inventarios nacionales de las emisiones y absorción de todos los gases

de efecto invernadero.

o Formular y aplicar medidas orientadas a mitigar el cambio climático.

Page 87: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 80 Tírv~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N PoÚTICA M COSTA RICA

desarrollar y elaborar planes para la ordenación de las zonas costeras, los recursos

hídricos y la agricultura.

o Tener en cuenta las consideraciones relativas al cambio climático con respecto a

las medidas políticas, sociales, económicas y ambientales.

Un efecto importante de este convenio es que ya se están materializando los

esfuerzos para la reducción de emisiones de gases, con experiencias como el Pago de

servicios Ambientales y la gestión de conservación bajo el enfoque ecosistémico, mismos

en los que Costa Rica y otros países en desarrollo vienen trabajando.

Asimismo, se persigue que cuando los estados produzcan los informes sobre las

emisiones de gases de efecto invernadero las evaluaciones de impacto ambiental

contribuyan como parte importante del reporte obligatorio que el país tiene que presentar

en la convención.

k. Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre

Cambio Climático

Se llevó a cabo en Kioto, Japón el 11 de diciembre de 1997. Entrará en vigor 90

días después de la fecha en que no menos de 55 partes del convenio hayan depositado

sus respectivos instrumentos de ratificación. Para diciembre del 2001, 84 partes habían

firmado y 46 se habían adheridog5.

Dentro de sus objetivos se encuentran:

Promover las prácticas sostenibles de gestión forestal, la forestación y la reforestación y

procurar que las partes limiten o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero.

Proarama de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. 0p.Cit. ~Cia 18

Page 88: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMENTOS PARA GARANT~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN EL 81

Un aspecto paradójico que cabe resaltar es que Japón, Estados Unidos de Norteamérica

y Rusia, unos de los mayores emisores de gases a nivel mundial, no han ratificado este

Protocolo.

l. Cumbre del Milenio

Los temas ambientales recibieron gran atención durante la Cumbre del Milenio de

las Naciones Unidas que tuvo como anfitrión al Secretario General Koffi Annan en New

York en el 2000.

El reconocimiento de la importancia de los asuntos ambientales en esta Cumbre

fue esperanzador, no así el informe que brindó Annan, en el cual afirmó que la comunidad

internacional no estaba otorgando a las generaciones futuras la libertad para sostener sus

vidas en este planeta, y que por el contrario hemos estado saqueando el patrimonio futuro

de nuestros hijos para mantener prácticas actuales que no son sostenibles desde un

punto de vista ambientals.

m. Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible, Johannesburgo

Esta Cumbre se celebró entre el 26 de agosto y el 4 de setiembre del 2002 en

Johannesburgo, Suráfrica.

Con ella se renueva la esperanza en los principales tomadores de decisiones del

mundo, para que adopten acciones significativas y sobre todo eficaces para la protección

del ambiente.

96 Proarama de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Idem. Pág. 23

Page 89: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA G A R A ~ R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADI~ÓN DEL 82

Fue en esta Cumbre que el presidente actual de Costa Rica, Dr. Abel Pacheco

propuso una "declaración de paz a la naturaleza" junto con la inclusión de un Titulo de

Garantías Ambientales en nuestra Constitución Política que será analizado a profundidad

en el último apartado de esta investigación.

Esta normativa, programas y compromisos internacionales tienen una función

importante dentro de la protección ambiental, sobre todo si se toma en cuenta que éste no

tiene fronteras y que todos estamos inmersos en este juego, en el cual muchos solo

observan, pero lo que se necesita realmente es que todos participemos con un verdadero

compromiso de conservación y protección del ambiente.

Como ya se mencionó en el Título anterior, vivimos en un solo planeta y los

problemas ambientales nos atañen a todos, los esfuerzos internacionales entrelazarse

con los propios, para conservar y preservar nuestra herencia planetaria.

INSTRUMENTOS REGIONALES

A través de la historia de Centroamérica hemos observado los intentos de

Integración, por lo menos entre los países que constituyeron en el pasado la Capitanía

General del Reino de Guatemala; hoy Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y

Costa Rica, y posteriormente la Federación de Estados de Centroamérica a mediados del

Siglo XIX.

Lo anterior es importante en el contexto de la integración centroamericana. pues

en busca de la pacificación, democratización y logro de un desarrollo sustentable, los

países de la Región han ratificado numerosos tratados y convenios internacionales y

Page 90: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PAR4 GAR4MVAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 83

regionales estrechamente vinculados al tema ambiental y otros con temas de economía y

comercio.

En el tema ambiental podemos destacar:

a. Convención Centroamericana de Ambiente y Desarrollo

Fue firmado en una cumbre presidencial realizada en San Isidro de Coronado, San

José Costa Rica. en diciembre de 1989.

"Por medio del presente Convenio, los Estados Contratantes establecen un régimen

regional de cooperación para la utilización óptima y racional de los recursos naturales del

área, el control de la contaminación, y el restablecimiento del equilibrio ecológico, para

garantizar una mejor calidad de vida a la población del istmo centroamericanong7

Los objetivos que persigue este convenio son los siguientes:

" a) Valorizar y proteger el Patrimonio Natural de la Región, caracterizado por su alta

diversidad biológica y eco-sistemática;

b) Establecer la colaboración entre los países centroamericanos en la búsqueda y

adopción de estilos de desarrollo sostenible, con la participación de todas las instancias

concernidas por el desarrollo;

c) Promover la acción coordinada de las entidades gubernamentales, no

gubernamentales e internacionales para la utilización óptima y racional de los recursos

97 Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7226. A~robación del Convenio Constitutivo de la Convención Centroamericana de Ambiente v de Desarrollo suscrito en San Jose, el 12 de diciembre de 1989. Artículo 1.

Page 91: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTVAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE U ADICION DEL 84 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANI~AS AMBIENTALES EN U CONSTTTUCIÓN POÚTICA DE COSTA RICA

naturales del área, el control de la contaminación, y el restablecimiento del equilibrio

ecológico;

d Gestionar la obtención de los recursos financieros regionales e internacionales

necesarios para alcanzar los objetivos del presente régimen;

e) Fortalecer las instancias nacionales que tengan a su cargo la gestión de los recursos

naturales y del medio ambiente.

f ) Auspiciar la compatibilización de los grandes lineamientos de política y legislación

nacionales con las estrategias para un desarrollo sostenible en la región, particularmente

incorporar las consideraciones y parámetros ambientales en los procesos de planificación

nacional del desarrollo;

g) Determinar las áreas prioritarias de acción, entre otras: Educación y capacitación

ambientales, protección de cuencas hidrográficas y ecosistemas compartidos, manejo de

bosques tropicales, control de la contaminación en centros urbanos, importación y

manejo de sustancias y residuos tóxicos y peligrosos, y otros aspectos del deterioro

ambiental que afecten la salud y la calidad de vida de la población;

h) Promover en los países de la región una gestión ambiental participativa, democrática y

descentra~izada."~~

Quizá la disposición más importante de este convenio sea el artículo 111, por medio

del cual se crea la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD), que

será integrada por los representantes nombrados por los gobiernos de cada país.

Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7226. A~robación del Convenio Constitutivo de la Convención centroamericana de Ambiente v de Desarrollo suscrito en San José, el 12 de diciembre de 1980. Artículo 2.

Page 92: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 85 T ~ L O M DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~UUÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

b. Declaración Centroamericana sobre Ambiente y Desarrollo

Aprobada en la Cumbre presidencial centroamericana celebrada en Honduras en

diciembre de 1991.

Esta declaración recoge un pensamiento regional que caracteriza y fundamenta

los lazos de cooperación que deben existir entre estos países: "entendemos claramente,

que para mejorar las condiciones actuales de vida y frenar el proceso de deterioro

generalizado del cual la pobreza es causa y consecuencia, es imprescindible que

nuestros países avancen armónicamente en un proceso de crecimiento económico

equitativo y ambientalmente sustentable" ''.

c. Convenio para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de áreas

silvestres prioritarias en América Central

Este convenio se firmó en la Cumbre de presidentes celebrada en Managua,

Nicaragua el 5 de junio de 1992 y fue ratificado por Honduras, El Salvador, Guatemala y

Costa Rica.

Su objetivo primordial es la conservación de la diversidad biológica, terrestre y

costero marina, para lo cual establece diversas disposiciones y procura el desarrollo y

fortalecimiento de áreas protegidas transfronterizas.

99 Tomado de Declaración centroamericana sobre Ambiente y Desarrollo, celebrada en Honduras en 1991.

Page 93: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA U\RANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. A~LZUSIS DE LA ADICIÓN DEL 86

Dentro de los aspectos más relevantes de este convenio es que crea el Consejo

Centroamericano de Areas Protegidas, para que sea el instrumento administrativo que se

encargue de coordinar y uniformar las políticas regionales en el tema de áreas protegidas.

Para controlar la aplicación de este convenio la CCAD se compromete a presentar

informes anuales durante las Cumbres presidenciales.

d. Convenio Regional sobre Cambios Climáticos

Este Convenio fue firmado durante la reunión de Ministros de Relaciones

Exteriores, el 29 de octubre de 1993, realizada en Guatemala.

Aprobado por nuestro país por ley número 7513, publicada en la Gaceta 128 del 6 de julio

de 1995.

Toma como referencia la "Convención Marco de las Naciones Unidas sobre

Cambio Climático", pero orientada al caso concreto de Centroamérica.

Su objetivo es la protección del sistema climático para asegurar la producción de

alimentos en la región centroamericana. Para ello define "sistema climático" como la

totalidad de la atmósfera, hidrosfera, biosfera, la geosfera y sus interacciones.

Promueve:

a) La evaluación de emanaciones de gases invernaderos.

b) La utilización sostenible de los suelos y de las cuencas hidrográficas

c) La agricultura sostenible compatible con la conservación del cambio climático.

d) La investigación científica. Esta última con mayor énfasis, para el fortalecimiento

de los servicios meteorológicos e hidrometeorológicos de cada país.

Page 94: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 87 T~TULO DE DERECHOS Y GARANTh AMBIENTALES EN LA ~ o N s ~ ~ ~ c I Ó N POÚTICA DE COSTA RICA

Además, crea el Consejo Centroamericano de Cambios Climáticos integrado por los

Directores de los Servicios Meteorológicos de los países de la región, para coordinar y

uniformar políticas.

e. Convenio Regional para el manejo y conservación de los ecosistemas

naturales forestales y el desarrollo de plantaciones forestales

Este Convenio también fue firmado durante la reunión de Ministros de Relaciones

Exteriores, el 29 de octubre de 1993, realizada en Guatemala.

Su objetivo es evitar el cambio de uso de las áreas con cobertura forestal, o de

recuperar esas áreas cuando hayan sido deforestadas.

Propone la consolidación de un sistema nacional y regional de áreas silvestres

protegidas, la rehabilitación de bosques degradados, el manejo del bosque forestal

primario y programas de reforestación y mantenimiento de inventarios de las especies

nativas.

A nivel institucional recomienda el fortalecimiento de Planes de Acción Forestal, la

creación de Procuradurías Ambientales y la obligatoriedad de Estudios de Impacto

Ambiental.

En el ámbito administrativo crea el Consejo Centroamericano de Bosques,

integrado por los directores de los servicios Forestales de cada país y los coordinadores

nacionales de los planes de Acción Forestal Tropical Nacional.

Page 95: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMENTOS PARA m R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 88 Tmi~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CON~TUCION P o L ~ C A DE COSTA RICA

f. La Alianza para el Desarrollo Sostenible (ALIDES)

Se firmó en la Cumbre Ecológica Centroamericana para el Desarrollo Sostenible,

que se llevó a cabo en Managua, Nicaragua en octubre de 1994. Participaron los

presidentes de la región incluyendo Panamá y Belice.

Es importante mencionar que el primer país fuera de la región en unirse al modelo

de desarrollo sostenible promovido por ALIDES fue Estados Unidos, en la Cumbre de las

Américas, que analizaremos posteriormente en esta investigación.

Aunque ALIDES es una declaración y que por lo tanto no es vinculante, es muy

importante ya que establece principios generales que servirán de base para realizar los

objetivos dirigidos a alcanzar un desarrollo sostenible.

Según esta declaración, se entiende por desarrollo sostenible "un proceso de

cambio progresivo en la calidad de vida del ser humano, que lo coloca como centro y

sujeto primordial del desarrollo, por medio del crecimiento económico con equidad social y

la transformación de los métodos de producción y de los patrones de consumo y que se

sustenta en el equilibrio ecológico y el soporte vital de la región. Este proceso implica el

respeto a la diversidad étnica y cultural regional, nacional y local, así como el

fortalecimiento y la plena participación ciudadana, en convivencia pacífica y en armonía

con la naturaleza, sin comprometer y garantizando la calidad de vida de las generaciones

futuras".

Page 96: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADICIÓN DEL 89

Para lograr el desarrollo sostenible se adoptaron siete principios, los cuales

prevalecerán en todas las políticas, programas y actividades promovidas por los Estados

participantes. Estos principios son los siguientes:

1. El respeto a la vida en todas sus manifestaciones

2. El mejoramiento de la calidad de vida humana.

3. El respeto y aprovechamiento de la vitalidad y diversidad de la tierra de manera

sostenible.

4. La promoción de la paz y la democracia como formas básicas de convivencia

humana.

5. El respeto a la pluriculturalidad y diversidad étnica de la región.

6. El logro de mayores grados de integración económica entre los países de la región

y de estos con el resto del mundo.

7. La responsabilidad intergeneracional con el desarrollo sostenible.

Como bases para alcanzar los objetivos planteados en este docuemento ALIDES

establece las siguientes:

La Democracia: "caracterizada por la participación social en las decisiones que afectan a

la sociedad, demanda que las políticas públicas y las formas de producir y convivir de los

ciudadanos sean amplias y participativas. Asimismo, para tener éxito en el combate a la

pobreza es necesario que haya crecimiento económico, y para ello se deben realizar

acciones que mejoren la calidad del recurso humano y las oportunidades económicas de

los más desfavorecidos mediante una política social".

Otra base fundamental es que reconoce que "la democracia y el desarrollo

económico y social no son sostenibles sino se conserva el medio ambiente y los recursos

naturales, todo lo cual reitera que el aporte de este enfoque del desarrollo sostenible es

precisamente el énfasis en la necesidad de hacer esfuerzos simultáneos por lograr

Page 97: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADI~ÓN DEL 90

democracia, crecimiento económico con equidad, desarrollo social y manejo sostenible de

los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental".

Como otro punto importante que destaca en esta declaración es que se crean dos

instrumentos de ejecución que son:

1. El Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible, que textualmente dice: " Los

gobiernos hemos acordado la Integración de Consejos Nacionales para el Desarrollo

Sostenible con representación del Sector Público y de la sociedad civil. Las áreas de

acción y responsabilidades de los Consejos Nacionales para el Desarrollo Sostenible en

cada país, mantendrán la coherencia y consistencia de las políticas, programas y

proyectos nacionales con la estrategia del desarrollo sostenible"

2. Consejo Centroamericano para el Desarrollo:

"Se crea el Consejo Centroamericano para el Desarrollo Sostenible, el cual estará

integrado por los presidentes Centroamericanos y el Primer Ministro de Belice, quienes

podrán delegar su representación".

Tiene las siguientes funciones:

"El Consejo adoptará y ejecutará sus decisiones, compromisos y demás acuerdos

relacionados con el Desarrollo Sostenible a través de los organismos e instituciones

centroamericanos. El Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, conjuntamente con

el canciller de Belice, será el órgano coordinador de las decisiones presidenciales y

contará para sus trabajos con apoyo de la Secretaría General del Sistema de Integración

Centroamericana, el cual actuará en estrecha relación con las Secretarías Técnicas de los

Subsistemas y entidades regionales" Además "adoptará los mecanismos que aseguren la

participación de la sociedad en todo en proceso del desarrollo sostenible, en particular el

Comité Consultivo a que se refiere el Protocolo de Tegucigalpa".

Page 98: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTlZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 91 ' i f r uL0 DE DERECHOS Y GARANT~AC AMBIENTALES EN LA CONS~UUÓN P0LíTICA DE ~ ! X A RICA

g. Convenio entre Centroamérica y Estados Unidos de Norte América

(CONCAUSA)

Este convenio se firmó durante la "Cumbre de las Américas" celebrada en

diciembre de 1994 en Miami, Florida, donde se reunieron 34 presidentes de países del

Continente Americano.

A través de CONCAUSA Estados Unidos se convierte en el primer país fuera de la

región centroamericana que se adhiere a la "Alianza para el Desarrollo Sostenible" e

incorpora a esta declaración por medio de un Anexo, un Plan de Acción donde se

establecen las responsabilidades del Gobierno de los Estados Unidos y los Gobiernos

Centroamericanos.

En el plan de Acción contiene aspectos como:

a) Conservación de la Biodiversidad: promueve su preservación y uso sostenible.

b) Energía: un uso limpio y eficiente de la misma.

c) Legislación Ambiental: fortalecimiento, mejora y armonización de leyes y

mecanismos de cumplimiento en materia de protección ambiental.

d) Desarrollo Económico Sostenible: con los parámetros que plantea la ALIDES.

h. Tratado de Integración Social Centroamericana

Este tratado fue suscrito por los presidentes de Centroamérica en 1995, conocido

también como Tratado de San Salvador. Las partes se comprometieron a alcanzar de

manera voluntaria, gradual, complementaria y progresiva, la integración social

centroamericana, con el fin de promover mayores oportunidades y una mejor calidad de

Page 99: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 92 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA ~ONSITWCIÓN PoLÍTKA DE COSTA

vida y de trabajo a la población centroamericana, asegurando su participación plena en

los beneficios del desarrollo sostenible.

Así en el artículo 7 se establecen los objetivos:

Alcanzar el desarrollo de la población centroamericana de manera integral y sostenible,

en un marco de equidad, subsidiaridad, corresponsabilidad y autogestión, a través del

fomento de la solidaridad entre sociedades, así como de la cooperación entre personas,

familias, comunidades y pueblos de la región.

a) Lograr condiciones regionales de bienestar, justicia social y económica para los

pueblos, en un régimen amplio de libertad, que asegure el desarrollo pleno de la persona

y de la sociedad.

b) Propiciar en forma armónica y equilibrada el desarrollo sostenible de los Estados

Partes y de la Región en su conjunto, sustentando en la superación de la pobreza, la

participación social y la protección del ambiente.

c) Estimular la descentralización y desconcentración económica y administrativa, en

el diseño y aplicación de las políticas sociales.

d) Promover la igualdad de oportunidades entre todas las personas, eliminando las

prácticas de discriminación legal o de hecho.

e) Fomentar prioritariamente la inversión de la persona humana para su desarrollo

integral.

En el artículo 8 se plantean los Alcances, en ellos los Estados partes se comprometen a:

a) La consecución del desarrollo sostenible de la población centroamericana, que

combine la tolerancia política, la convivencia democrática y el crecimiento económico en

el progreso social, garantizando el sano funcionamiento de los ecosistemas viales para la

vida humana, a parir de un diálogo efectivo, que permita a los gobiernos y a otros

sectores de la sociedad actuar solidariamente.

Page 100: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSIRUMEMOS PARA GARAMlZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 93 T ~ L O DE DERECHOS Y GARAM~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUUON PoÚTICA DE COSTA RICA

b) Identificar y tratar conjuntamente los problemas sociales de la naturaleza regional,

en el marco de un desarrollo sostenible.

c) Propiciar la armonización gradual y progresiva de sus políticas sociales, con el

objeto de establecer las bases de la Comunidad del ltsmo Centroamericano.

d) Aprovechar las economías de escala y fortalezas diversas en lo social, propiciando

la cooperación horizontal.

e) Mejorar y fortalecer la asignación de recursos en el área de gasto e inversión

social para superar los factores estructurales de la pobreza, priorizando en los grupos

menos favorecidos.

9 Plantear políticas de mediano y largo plazo, para garantizar el cumplimiento de los

objetivos y metas de los programas del Subsistema Social.

g) Establecer mecanismos de cooperación e intercambio de metodologías, recursos y

tecnologías entre los países miembros.

h) Propiciar el fortalecimiento de los gobiernos locales y promover la organización de

las comunidades.

1. Declaración Conjunta México- Centroamérica en el marco de la CCAD

El 6 de octubre de 1995, los representantes de los Gobiernos de Costa Rica, El

Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Belice, Panamá y México, se reunieron en la

XVIII Reunión Ordinaria de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo

(CCAD) y suscribieron esta declaración.

Los representantes de la región mesoamericana se comprometieron a impulsar la

conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el medio ambiente

y a promover la participación de los diversos sectores del desarrollo tales como el

Page 101: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIEMAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 94 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANI-~AS AMBIENTALES EN LA ~ o N ~ C I Ó N PoÚTICA DE COSTA RICA

energético, forestal, pesquero incluyendo también los actores de la sociedad civil

mediante actividades que se realicen en los siguientes ámbitos:

a) Corredor Biológico eso americano'^^

b) La instrumentación conjunta en los campos de cambio climático.

c) EL ordenamiento territorial de recursos de tierra, hidrico y costeros, con interés

especial en el ordenamiento ecológico.

d) La evaluación de impacto ambiental

e) Los aspectos del sistema monitoreo e inventarios de contaminantes, instrumentos

de regulación, infraestructura e ingeniería ambiental, manejo y sistemas regionales de

control de residuos peligrosos.

9 Las políticas en los temas de legislación ambiental, instrumentos de gestión

ambiental, economía ambiental, medio ambiente y comercio, en particular en la relación a

los tratados de libre comercio.

j. Propuesta para la implementación del Corredor Biológico Mesoamericano.

En la XIX Cumbre de Presidentes Centroamericanos, que se llevó a cabo en la

cuidad de Panamá el 12 de julio de 1997, se aprobó la propuesta del Corredor Biológico

Centroamericano, presentada por la CCAD y por el Consejo Centroamericano de Areas

Protegidas (CCAP).

El Corredor Biológico es "una estrategia regional para el Desarrollo sostenible, que

se fundamenta en la Conservación y en el adecuado aprovechamiento de la gran

biodiversidad y la riqueza en recursos naturales que poseemos. Físicamente y desde

'O0 El Corredor Biológico Mesoamericano que abarca desde el sur de la Coordillera Neovolcánica de México hasta Panamá.

Page 102: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 95 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ U Ó N PoÚTICA DE COSTA RICA

Darién y hasta donde la Selva Maya se interna en México, el corredor consistirá en una

red de áreas protegidas interconectadas entre sí, con sus zonas de amortiguamiento y

otras zonas aledañas de uso múltiple y ecoamigable, incluyendo agricultura, turismo y

otros USOS"'~'

Según esta propuesta, el Corredor Biológico Mesoamericano es un sistema de

ordenamiento territorial que, una vez organizado y consolidado, brindará uhn amplio

conjunto de bienes y servicios ambientales a la sociedad mesoamericana y mundial,

proporcionando los espacios de concertación social para promover la inversión en el uso

sostenible de los recursos naturales, con el fin de contribuir a mejorar la calidad de vida

de los habitantes en la región.

Los presidentes en esta Cumbre reconocieron que el Corredor "es un marco de

referencia y un instrumento para priorizar y enfocar otras iniciativas y proyectos en el

campo del desarrollo económico a través del manejo de áreas protegidas, sus zonas de

amortiguamiento y conexiones .... A la vez manifestaron su voluntad para cumplir con las

siguientes estrategias:

a) Armonizar las políticas sociales para compatibilizar la conservación con el

desarrollo, incluyendo los marcos legales correspondientes.

b) Fortalecer la institucionalidad regional y nacional en materia de conservación y uso

sostenible de los recursos naturales.

c) Priorizar y orientar el financiamiento y el uso de incentivos, así como otros

instrumentos económicos, hacia la restauración, conservación y aprovechamiento

sostenible de los componetes de la biodiversidad.

'O1 Según lo describe el Programa para la Consolidación del Corredor Mesoamericano.

Page 103: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 96 T h ~ o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~TIUCIÓN PoLÍTIcA DE COSTA RICA

d) Promover la diseminación de información y la divulgación sobre el Corredor

Biológico Mesoamericano para fomentar la participación de todos los sectores .

e) Apoyar los esfuerzos por mejorar la ordenación y gestión territorial, incluyendo la

seguridad jurídica de las áreas protegidas.

f Impulsar e intercambiar nuevos modelos de administración de áreas protegidas

g) Incrementar la comunicación y el trabajo entre los países para mejorar la eficiencia

del manejo de áreas protegidas fronterizas.

h) Fomentar el desarrollo de las capacidades para el crecimiento y uso de los

recursos naturales y el apoyo a programas participativos de investigación.

i Crear y fortalecer mecanismos de financiamiento para apoyar las áreas

protegidas y el uso sostenible de los recursos naturales; propiciar la valoración económica

de los ecosistemas, así como promover la internalización de los beneficios derivados de

los bienes y servicios ambientales que ellos proporcionen.

J ) Propiciar el desarrollo de programas y proyectos de implementación conjunta, con

el apoyo de la cooperación externa, en beneficio de la comunidad centroamericana e

internacional.

k) Impulsar programas destinados a conocer el valor de la diversidad de la región,

propiciar el intercambio de experiencias relevantes a nivel regional y promover la

educación de la población en general, para tener mayores niveles de participación en la

gestión del Corredor Biológico Mesoamericano y todo aquello relacionado con los

beneficios ambientales, sociales y económicos a través de la conservación y uso

sostenible de la biodiversidad.

Page 104: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO ~WBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 97 T ~ L O DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONWÓN P0LhCA DE COSTA RICA

1) lncentivar y promover la incorporación de los ambientes de humedales, arrecifes

de coral y zonas marino-coateras en las iniciativas del Corredor Biológico

Me~oamericano."'~~

k. Plan Puebla- Panamá. Declaración Conjunta de la Cumbre Extraordinaria de

los Países integrantes del Mecanismo Diálogo y concertación de Tuxtla.

Esta Cumbre extraordinaria se celebró el 15 de junio del 2001 en San Salvador,

con la participación de los países de Centroamérica, Belice, Panamá y México.

En esta declaración las partes se comprometieron a poner en marcha el Plan

Puebla Panamá, que al respecto cabe rescatar lo siguiente:

El Plan Puebla Panamá es una iniciativa en la cual convergen la "Estrategia para el Sur-

Sureste de México" y la "Estrategia de Modernización de Centroamérca en el Siglo XXI'

En lo que respecta a Centroamérica, en la parte considerativa del PPP se manifiesta que

"...la Estrategia de Transformación y Modernización de Centroamérca en el Siglo XXI,

presentada el 8 de marzo del 2001, constituye el modelo que se ha propuesto alcanzar en

el marco de la AL ID ES"'^^ y que ALIDES no es más que el concepto más completo y

desarrollado de lo que ha constituido el proceso de definición de sustentabilidad que se

pretende alcanzar en esta región.

Además, con esta iniciativa se ha acrecentado la necesidad de un marco unificado

de la región centroamericana en materia de evaluación de impacto ambiental, pasando a

ser una de las prioridades más sentidas en la región mesoamericana, que ampara un

' O 2 Tomado de la resolución de la XIX Cumbre de Presidentes Centroamericanos, realizada en ciudad de Panamá el 12 de julio de 1997.

Page 105: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA W N T i Z A R EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADI~ÓN DEL 98 Tínilo DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONS~~KJÓN POÚTICA DE COSTA RICA

conjunto de iniciativas y proyectos dentro de las que se encuentran, entre otras las

iniciativas de interconexión eléctrica, telecomunicaciones y red vial que cruzarían desde el

sur-este de México hasta panamáIo4. Sin embargo, este Plan ha sido fuertemente

criticado pues no se consideraron aspectos de gran relevancia como: la mayoría de los

países centroamericanos aún no cuentan con estándares de calidad que les permita

evaluar y elegir las mejores opciones en el desarrollo de actividades con efectos

ambientales; la falta de valoración económica de los diferentes elementos de la

biodiversidad, el poco desarrollo normativo de los principios internacionales

fundamentales que rigen el derecho y la política ambiental, lo que crea incertidumbre

respecto a la sustentabilidad del mismoIo5, entre otros.

Así vemos los intentos de integración en esta materia que se han perfilado con el

pasar del tiempo en nuestra Región, dentro de los cuales queda claro que la visión del

futuro que pretendemos está dada por ALIDES. Sin embargo, de no tomarse medidas

respecto a la congruencia y coherencia de los proyectos de cada iniciativa

Mesoamericana, esa visión está muy lejos de ser alcanzada, perfilándose un panorama

desalentador.

El momento de tomar acciones concretas en el asunto ambiental es todavía

oportuno. Centroamérica está empezando una nueva fase de desarrollo, estamos

construyendo un futuro común, dentro del cual nuestro país no debe quedar rezagado, por

el contrario, debe implementar una mayor protección digna de ser imitada por los demás

países de la región, es decir con la aprobación de las Garantías Ambientales en un Título

exclusivo dentro de la Constitución Política.

103 Plan Puebla- Panamá. Declaración Conjunta de la Cumbre Extraordinaria de los Países integrantes del Mecanismo Diálogo y concertación de Tuxtla, San Salvador 15 de junio del 2001. 104 Aguilar, (Grethel). EIA en Centroamerica: Estado de Arte. OCI. Cit. Pág.19,

Page 106: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 99

NORMATIVA NACIONAL

En Costa Rica existe un marco normativo que incluye el tema ambiental como

objeto de tutela y productor de situaciones jurídicas. Este parte desde los niveles

jurídicos más altos con la reforma constitucional del artículo 50 en 1994. Esta

modificación en nuestra constitución desencadenó el surgimiento de una serie de normas

ambientales objeto de análisis de este estudio como: la ley Orgánica del Ambiente, La Ley

de Biodiversidad, La Ley de Conservación de Vida Silvestre, La Ley Forestal, y otras más

antiguas como la Ley General de Salud y la Ley de Aguas que tuvieron más auge en su

aplicación. Sin embargo, cabe mencionar que al encontrarnos con este "bosque de leyes",

se han producido duplicidades, que constantemente generan conflictos de competencia

entre el Ministerio de Salud y el Ministerio del Ambiente, lo cual fue analizado en el título

primero, capitulo segundo de esta investigación y que se deben minimizar para lograr

mayor armonía en la protección ambiental.

CONSTITUCION POLlTlCA Y DERECHO DE LA CONSTITUCION

a. Derecho a la vida:

Este derecho está regulado expresamente en nuestra Constitución Política en el

articulo 21 que dice: " La vida Humana es invio~able"'~~, sin olvidar que también se

encuentra estipulado en Convenios y tratados internaci~nales.'~~

El derecho a la vida implica que todo ser humano tiene el derecho fundamental

de no ser privado ilegítimamente de su vida, ni de sufrir ataques ilegítimos de sus

'O5 Aguilar, (Grethel). EIA en Centroamerica: Estado de Arte. 0 ~ . C i t Pág. 57. 'O6 Constitución Política de la República de Costa Rica, 7 de noviembre de 1949. Artículo 21. 107 Vemos como en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, se regula en el articulo 1 de que todo ser humano tiene derecho a la vida ... Del mismo modo en el Articulo 6 del Pacto Internacional de

Page 107: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 1 00

semejantes o del Estado. Inclusive, tanto el poder público como la sociedad tienen la

obligación correlativa de ayudarlo a defenderse de los peligros naturales y sociales que lo

rodean, tales como la insalubridad de su hábitat..'08

Por lo tanto el derecho en estudio, es tan amplio que toda persona tiene la facultad

de exigirle al Estado, en cumplimiento del principio de solidaridad social, que lo ayude a

defenderse de los peligros y daños de la naturaleza.

La Sala Constitucional desde antes de la Reforma del Artículo 50 de la

Constitución, ya había interpretado que del principio general del derecho de inviolabilidad

de la vida humana se derivaba el derecho a la salud y a un ambiente sano. De ahí la

estrecha relación que se maneja entre tales derechos.

b. Derecho a la salud:

La regulación de este derecho no se encuentra de manera literal en nuestra Carta

Magna, sino que deriva del Derecho a la Vida anteriormente citado.

A través de reiterados votos de la Sala Constitucional, se ha hilado una acertada

interrelación entre ambos derechos para la efectiva protección al fin y al cabo de la vida y

la obligación del Estado de garantizarla, por medio de la prevención y tratamiento de

lesiones a la salud pública.

Sin faltar en el análisis semántico de este derecho la participación de convenios y

tratados internacionales que al tener rango superior a la ley, se dieron la tarea de

considerar el derecho a la salud como un derecho humanolog.

Derechos Civiles y Políticos se establece que "El Derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente."

Page 108: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTKAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 101 Tínt~o DE DERECHOS Y GARAM~AS AMBIENTALES EN LA cDN5llTUUÓN POL~TICA DE COSTA RICA

C. Derecho a un ambiente sano:

La preocupación por el impacto de las actividades del hombre en el ambiente era

ajena al legislador constitucional y a la sociedad costarricense de finales de la década de

los cuarenta y principios de los cincuenta, lo cual explica el vacío normativo con respecto

a este derecho, que no es sino con la jurisprudencia de la Sala Constitucional y con la

reforma del artículo 50 que se viene a solventar en alguna medida.

Así el reconocimiento del derecho a un ambiente sano, como bien jurídico

fundamental se llevó a cabo por interpretación del voto 2233-93 de la Sala Constitucional.

El cual tomó como base la interpretación de los artículos 69,89 y 6 de la Constitución

Política.

Uno de los votos más claros de la Sala donde se reconoce la relación que existe

entre el derecho a la vida, el derecho a la salud y a un ambiente sano es el 1735-93, del

cual se puede extraer lo siguiente:

"La vida humana solo es posible en solidaridad con la naturaleza que nos sustenta y nos

sostiene, no sólo para alimento físico, sino también como bienestar psíquico: constituye el

derecho que todos los ciudadanos tenemos a vivir en un ambiente libre de contaminación,

que es la base de una sociedad justa y productiva. Es así como el artículo 21 de la

Constitución Política señala: La vida humana es inviolable. Es de este principio

constitucional de donde innegablemente se desprende el derecho a la salud, al bienestar

'O8 Hemández Valle (Rubén). Las Libertades ~úblicas en Costa Rica. San José, Costa Rica. Editorial Juricentro, 1990, pág. 67. 'O9 Por Ejemplo en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre se introduce en el Artículo 11 que ' Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentacibn, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que le permitan los recursos públicos y los de la comunidad".

Page 109: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 102 Tínilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUUÓN POL~CA DE COSFA RICA

físico, mental y social, derecho humano que se encuentra indisolublemente ligado al

derecho a la salud y a la obligación del Estado de proteger la vida humana" "O

Efectivamente, mediante el ejercicio integrador de los artículos 21, 69, 89 y 6 de la

Constitución Política, principalmente, normativa y doctrina ambiental proveniente del

Derecho internacional, la Sala Consagró el derecho a un ambiente sano y su "innegable"

conexión con el derecho a la salud y al de vida. Reconocidos de manera acertada por

nuestra Sala Constitucional incluso antes de la Reforma de 1994.

Con la reforma del artículo 50 y la inclusión en la Constitución Política del

ambiente como Derecho Humano, se logra trazar el camino más claro hacia la tutela de

este derecho que queda plasmado por primera vez en la Constitución Política de la

siguiente manera:

"El estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y

estimulando la protección y el más adecuado reparto de la riqueza.

Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, por ello

está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la

reparación del daño causado.

El estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las

responsabilidades y las sanciones correspondientes". Por ley No. 7412 (Gaceta No. 11 1

del 10 de junio de 1994) se adicionan los dos últimos párrafos.

Esta disposición es una de las más complejas e importantes de la Constitución

Política, primero que todo podemos observar que tiene dos partes:

110 Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto numero 1735-93. Recurso de Amparo. Agraviado C.R.M.CH. Recumdo: Ministerio de Salud y Municipalidad de Santa Ana.

Page 110: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANALISIS DE LA ADICIÓN DEL 103

En el primer párrafo: la potestad de organización y estímulo de la producción por parte del

Estado; con una visión económica del legislador, típica de la época en que se promulgó

nuestra constitución. Por otra parte, del segundo y tercer párrafo se pueden extraer al

menos los siguientes aspectos:

Se incluyen derechos de contenido ecológico, como respuesta a la

conscientización generada por una nueva corriente a nivel mundial de la protección del

ambiente.

Establece la legitimidad activa de cualquier persona en materia ambiental al

plantearse el ambiente como un interés difuso, a partir del cual toda persona está

legitimada para actuar.

Como otro aspecto a desarrollar, es que avoca a la legislación la potestad de

determinar las sanciones correspondientes. Sin embargo, esta disposición tiene una gran

deficiencia al plasmar en verbos futuros las obligaciones del Estado, a decir: "garantizará,

defenderá y preservará ese derechon, pues la redacción de una norma, cambia totalmente

la orientación, su espíritu, lo correcto sería haberlo redactado en verbos en tiempo

presente, pues la realidad de la protección ambiental es hoy!!!

Este es un momento en el cual debemos reflexionar, pues debido a las

transformaciones sociales, por factores demográficos, sociales, culturales, etc; se ha

generado mayor consumismo, y por ende más que un deterioro se produce una

verdadera agresión al ambiente, como ya pudimos observar en el Capítulo anterior.

Además, las instituciones estatales encargadas de la tutela del ambiente no tienen

una visión global, ni planes integrales a seguir, puesto que cada una tiene sus facultades

Page 111: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 104 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C0NSmlJCIÓN POLíTICA DE COSTA RICA

delegadas por ley o decreto, (que se han generado con buenas intenciones), pero sin

duda con una deficiente planificación que surge al paso ... y cambia cada cuatro años ...,

cuestiones que a nivel de Protección Ambiental no deberían ocurrir.

Nos enfrentamos a un nuevo modelo de desarrollo, en un contexto económico-

ambiental, en el cual un artículo 50 como el presente se queda corto. Es momento de

cambio, tanto en nuestro país como alrededor del mundo, es momento de eliminar la

visión simplista y conformista del tico adormecido por los discursos falsos de los políticos

que dirigen nuestro país ...

No debemos cometer los errores pasados para favorecer a algunos pocos, por ello

es que la Adición del Título de Garantías Ambientales a nuestra Constitución es más que

pertinente"' y debemos luchar por que se lleve a cabo.

LEYES

Costa Rica cuenta con una vasta producción normativa, que podríamos llamar

"bosque de leyes", tanto de alcance general como la Ley Orgánica del Ambiente como

específicas: Ley de Biodiversidad, Ley Forestal, Ley General de Salud, Ley de Aguas,

entre otras. Mismas que a continuación se detallan:

Ley Orgánica del Ambiente

La creación de esta ley es un paso importantísimo en la historia del costarricense,

pues constituye el primer instrumento jurídico en materia de protección ambiental,

111 Este Proyecto será analizado con mayor amplitud en el próximo Titulo.

Page 112: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 1 05 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N S ~ ~ ~ C I Ó N P0LhCA DE COSTA RICA

Es la Ley número 7554, producto de aproximadamente 10 años de discusión

promulgada en el mes de noviembre de 1995.

Plantea como objetivo principal "dotar a los costarricenses y al Estado de los

instrumentos necesarios para conseguir un ambiente sano y ecológicamente

equilibrado"112

Los principios que inspiran a esta ley son los siguientes:

"a) El ambiente es patrimonio común de todos los habitantes de la Nación, con las

excepciones que establezcan la Constitución Política, los convenios internacionales y las

leyes. El Estado y los particulares deben participar en su conservación y utilización

sostenibles, que son de utilidad pública e interés social.

b) Todos tienen derecho a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente sostenible

para desarrollarse, así como el deber de conservarlo, según el artículo 50 de nuestra

Constitución Política.

c) El Estado velará por la utilización racional de los elementos ambientales, con el fin de

proteger y mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio nacional. Asimismo,

está obligado a propiciar un desarrollo económico y ambientalmente sostenible, entendido

como el desarrollo que satisface las necesidades humanas básicas, sin comprometer las

opciones de las generaciones futuras.

d) Quien contamine el ambiente o le ocasione daño será responsable, conforme lo

establezcan las leyes de la República y los convenios internacionales vigentes.

9 El daño al ambiente constituye un delito de carácter social, pues afecta las bases

de la existencia de la sociedad; económico, porque atenta contra las materias y los

recursos indispensables para las actividades productivas; cultural, en tanto pone en

112 Asmblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Lev Ománica del Ambiente. Articulo 1

Page 113: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANT~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 106 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA C ~ U O N PoLÍTICA DE COSTA RICA

peligro la forma de vida de las comunidades, y ético, porque atenta contra la existencia

misma de las generaciones presentes y futuras ... n 113

Las principales innovaciones que presenta esta ley son: Evaluaciones de Impacto

Ambiental como requisito indispensable para iniciar cualquier actividad, obra o proyecto

que alteren o destruyan elementos del ambiente; Políticas de desarrollo Urbanístico,

Clasificación de las áreas silvestres protegidas, creación de una serie de entes y

organismos de diversa naturaleza y funciones tales como:

Consejos Regionales Ambientales: adscritos al Ministerio del Ambiente y Energía; como

máxima instancia regional desconcentrada, con participación de la sociedad civil, para el

análisis, la discusión, la denuncia y el control de las actividades, los programas y los

proyectos en materia ambiental. Integrados por uno de los gobernadores provinciales que

atienden la región, (quien lo presidirá), un representante de la Liga de Municipalidades, un

representante de las organizaciones ecológicas, un representante de cada uno de los

Consejos Regionales relacionados con el ambiente que operen en la región, un

representante de los gobiernos estudiantiles de centros de enseñanza secundaria

ubicados en la región y un representante de las cámaras empresariales que operen o

estén representadas en la región. 114

Consejo Nacional Ambiental: se crea como órgano deliberativo y de consulta, con

funciones de asesoramiento al Presidente de la República en materia ambiental. Dentro

de sus funciones destacan:

o Analizar, preparar y recomendar las políticas generales para el uso sostenible de

los recursos naturales y del ambiente en general, así como de las acciones del

gobierno relativas a este campo.

113 Asmblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. OD. Cit. Artículo 2

Page 114: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANT~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 107 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N P O L ~ C A DE COSTA RICA

o Recomendar las políticas ambientales, dentro de los programas de planificación

para el desarrollo.

o Recomendar e impulsar políticas de desarrollo acorde con los principios

establecidos en esta ley, para incorporar la variable ambiental en el proceso de

desarrollo socioeconómico en corto, mediano y largo plazo.

o Promover las reformas jurídicas pertinentes en materia ambiental1l5.

El cual está integrado por: el Presidente de la República, o en su representación el

ministro de la Presidencia (quien lo presidirá) y los Ministros de: Planificación Nacional;

Ambiente y Energía; Salud; Agricultura y Ganadería; Educación y el de Ciencia y

Tecnología.

La gran debilidad de este Consejo radica en la naturaleza que la LOA le otorgó,

pues lo limitó a ser un órgano de consulta, sin que sus recomendaciones tengan mayor

peso, sin que estas tengan carácter vinculante.

Comisión Nacional de Agricultura Ecológica: se crea como órgano asesor del

Ministerio de Agricultura y Ganadería, integrado por miembros honorarios: un

representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería (quien presidirá); un

representante de las universidades estatales; tres representantes de las organizaciones

de productores orgánicos de C.R.; un representante de las cámaras empresariales y un

representante de agencias de certificación orgánica acreditadas.ll6

114 Asmblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7534. 00 Cit. Artículo 6 y 7. 115 Asmblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. ldem. Articulo 77 y 78. 116 Asmblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Idem. Articulo 76.

Page 115: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 1 08 T ~ L O DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITCICIÓN POL~CA DE COSTA RICA

Secretaria Técnica Nacional Ambiental: se crea como órgano de desconcentración

máxima del Ministerio de Ambiente y Energía, para armonizar el impacto ambiental en los

procesos productivos. Algunas de sus funciones son :

o Analizar las evaluaciones de Impacto Ambiental y resolverlas dentro de los plazos

previstos por la LGAP.

o Recomendar las acciones necesarias para minimizar el impacto sobre el medio

o Atender e investigar las denuncias que se presenten en lo relativo a la

degeneración o al daño ambientaln7.

Contralor del Ambiente: este cargo estará adscrito al despacho del Ministro de

Ambiente y Energía; teniendo la tarea de vigilar la correcta aplicación de los objetivos de

esta ley y la obligación de denunciar cualquier violación de esta normativa ante la

Procuraduría Ambiental así como ante el Ministerio ~úb l i co . "~

Tribunal Ambiental Administrativo: será un órgano desconcentrado del MINAE, con

competencia exclusiva e independencia funcional en el desempeño de sus atribuciones,

que tendrá su sede en San José y competencia en todo el territorio nacional.

Sus fallos agotan la vía administrativa y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio.

Tomando en cuenta el deterioro producido a la naturaleza, esta Ley introduce en

su capítulo XV las Medidas para Prevención y control de la contaminación, uniendo

esfuerzos del Estado, las municipalidades y las instituciones públicas que deberán darle

prioridad al establecimiento y operación de servicios en áreas fundamentales para la

salud ambiental como: abastecimiento de agua para consumo humano, la disposición

sanitaria de excretas, aguas servidas y aguas pluviales, la recolección y manejo de

117 Asamblea Legislativa de ia República de Costa Rica. Ley 7554. OD. Cit. Artículo 83 y 84.

Page 116: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 109 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~VUÓN P&CA DE COSTA RICA

desechos, el control de la contaminación atmosférica, la contaminación sónica y de

sustancias químicas y radioactiva^"^

Para la protección de las áreas Fundamentales plantea:

Protección de la Atmósfera:

El aire es patrimonio común y debe utilizarse sin lesionar el interés general de

los habitantes de la Nación. Para tal fin, la calidad del aire, en todo el territorio nacional,

debe satisfacer, por lo menos, los niveles permisibles de contaminación fijados por las

normas correspondientes.

Las emisiones directas o indirectas, visibles o invisibles, de contaminantes

atmosféricos, particularmente los gases de efecto invernadero y los que afecten la capa

de ozono, deben reducirse y controlarse, de manera que se asegure la buena calidad del

aireq2'.

Para evitar y controlar el deterioro atmosférico, el Poder Ejecutivo, previa consulta

con los organismos representativos del sector productivo, emitirá las normas técnicas

correspondientes y exigirá la instalación y operación de sistemas y equipos adecuados

para prevenir, disminuir y controlar las emisiones que sobrepasen los límites

permisibles121.

"'Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. OD. Cit Artículo 102. ' j 9 Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Idem. Artículo 60.

Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Idem, Artículo 49

Page 117: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAN17ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 110 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~~K~IÓN PoLíTlCA DE C0!3A RICA

Protección del Agua:

Para evitar la contaminación del agua, la autoridad competente regulará y

controlará que el manejo y el aprovechamiento no alteren la calidad y la cantidad de este

recurso, según los límites fijados en las normas ~orrespondientes'~~.

Las aguas residuales de cualquier origen deberán recibir tratamiento antes de ser

descargadas en ríos, lagos, mares y demás cuerpos de agua; además, deberán alcanzar

la calidad establecida para el cuerpo receptor, según su uso actual y potencial y para su

utilización futura en otras a~tividades'~~.

En cualquier manejo y aprovechamiento de agua susceptibles de producir

contaminación, la responsabilidad del tratamiento de los vertidos corresponderá a quien

produzca la contaminación. La autoridad competente determinará la tecnología adecuada

y establecerá los plazos necesarios para ap~icarlal*~.

Además plantea que tanto las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas

están obligadas a adoptar las medidas necesarias para impedir o minimizar la

contaminación o el deterioro sanitario de las cuencas hidrográficas.

Protección del Suelo:

Para proteger y aprovechar el suelo, se considerarán, entre otros, los siguientes

criterios:

La relación adecuada entre el uso potencial y la capacidad económica del suelo y

el subsuelo.

121 Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554 0p.Cit. Artículo 63 lZ2 Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Idem. Artículo 64 '23 Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. 01). Cit. Artículo 65

Page 118: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMEMOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 1 1 1 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIEMALES EN LA CONSTTTUCIÓN PoLÍTICA DE COSTA RICA

El control de practicas que favorezcan la erosión y otras formas de degradación.

Las prácticas u obras de conservación de suelos y aguas que prevengan el

deterioro del sue10.l~~ Tales criterios se considerarán:

En la determinación de usos, reservas y destinos del suelo; en los servicios de

apoyo, de naturaleza crediticia, técnica o investigativa, que otorgue la Administración

Pública a las actividades ligadas al uso del suelo; en los planes, los programas y los

proyectos de conservación y uso de los suelos; en el otorgamiento, la modificación, la

suspensión o la revocación de permisos, concesiones o cualquier otro tipo de autorización

sobre el aprovechamiento del suelo y del subsue~o'~~.

En la prevención de la Contaminación del suelo se establece como obligación de

las personas, tomando en cuenta a las personas jurídicas, públicas o privadas; evitar la

contaminación del suelo, sea por "acumulación, almacenamiento, recolección, transporte

o disposición final inadecuada de desechos y sustancias tóxicas o peligrosas de cualquier

natura~eza."'~' Así también, se establece que el Estado deberá fomentar la ejecución de

planes de restauración de suelos en el territorio na~iona1. l~~

Es importante destacar que también establece en el manejo y aprovechamiento de

los suelos la obligación de procurar el debido tratamiento a los residuos que constituyan

fuente de contaminación; cuando no se pueda evitar la disposición de residuos

contaminantes, se acatarán las medidas correctivas necesarias que determine la

autoridad competente y cuando corresponda el estado, las municipalidades y la empresa

privada promoverán la recuperación y el tratamiento adecuado de los desechos para

obtener productos o subproductos.

124 Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554.01.1. Cit. Artículo 66 Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Artículo 53

12' Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Idem. Articulo 54 lZ7 Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Idem. Artículo 68 12' Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7554. Idem. Artículo 55

Page 119: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 112 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCION PoÚTICA DE COSTA RICA

En general esta Ley ha sido fuertemente criticada por varios sectores de la

sociedad, dentro de los principales problemas, destacan los siguientes:

La SETENA es una institución que está sujeta a las decisiones de los jerarcas, que

cambian cada 4 años, con visiones cortoplacistas de los problemas ambientales.

En relación al tema de Estudios de Impacto Ambiental, se concluye que los

mismos se han convertido en un mecanismo respetado e institucionalizado, sin embargo,

se da demasiada importancia al cumplimiento de los documentos lo que cae en exceso de

formalismo; dejando de lado los controles y monitoreo que se debe seguir en estos casos;

esto está íntimamente ligado a otro de los problemas de la SETENA pues la aplicación,

control, ejecución de estos estudios están centralizados en este órgano, que no tiene la

capacidad para atender la gran demanda que se presenta actualmente; mucho menos

para tener un control efectivo en todo el territorio nacional.

Aunque la LOA cuenta con una serie de principios, estos solo sugieren

comportamientos con ausencia de mecanismos de control.

No se implementan mecanismos de participación para los ciudadanos afectados e

interesados, lo que imposibilita realizar un modelo de desarrollo sostenible con el

consenso de la sociedad civil.

Por último, es de gran importancia resaltar que, la gran debilidad de esta Ley es

que no posee sanciones penales para aquellos que incumplan con sus disposiciones y las

sanciones administrativas que plantea son obsoletas e irrisorias debido a la redacción

Page 120: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADICIÓN DEL 113 Tiru~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONsrnUUÓN PoL~CA DE COSTA RICA

facultativa que facilita a los infractores escabullirse de las responsabilidades por el daño

ambiental causado.

Ley de Biodiversidad

Es la Ley número 7788. Tiene por objeto regular el uso y conservación de la

biodiversidad así como la distribución justa de los beneficios derivados del uso de la

misma. Además, busca integrar políticas económicas, sociales, culturales que integren el

uso sostenible de la biodiversidad, así como promover la participación activa de todos los

sectores en su conservación.

Toma como punto de partida el Convenio Internacional de Diversidad Biológica,

por la gran relevancia de la materia que protege y traslada a nivel legal algunas de sus

estipulaciones como por ejemplo: el concepto de diversidad bio~ógica'~~, la aplicación de

Evaluaciones de Impacto Ambiental en proyectos que puedan tener efectos adversos

para la diversidad biológica, etc.

Uno de los resultados más positivos de esta ley es que se empezó a desarrollar la

Estrategia Nacional de Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad (ENB),

mediante un proceso altamente difundido a la población nacional, que buscaba mayor

participación civil como en las áreas de conservación. Este se basa en la tiilogía "salvar,

conocer, usar", piedra angular de la Estrategia Mundial de Conservación y del CDB'~'

'29 En su articulo 7.2 comentado en la sección preliminar de esta investigación.

Page 121: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSlRUMENT0S PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 114 Tí-ru~o DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSITIUCIÓN PoÚI?CA DE COSTA RICA

Ley Forestal

Es la Ley número 7575 publicada en el alcance 21 a la Gaceta 72 del 16 de abril

de 1996.

Esta ley estableció en el mismo año de su publicación el financiamiento de los

servicios ambientales mediante el impuesto selectivo de consumo a los combustibles y

otros hidrocarburos que son la principal fuente de emisiones de gases en la atmósfera.

Es así como en el artículo 3 inc.k define los servicios ambientales que inciden

directamente en la protección y mejoramiento del ambiente.

Además, con esta ley se faculta al estado para comercializar los beneficios de

fijación de carbono y de reducción de emisión de gases de efecto invernadero.

El artículo 19 prohibe el cambio de uso del bosque, sin embargo la realidad es

otra, pues se ha violentado este artículo, a través del establecimiento de potreros, por

inversionistas que deforestan, cortan el soto bosque y siembran pastos!. Los mismos

argumentan que no infringen la ley, pues no realizan cambio de uso del bosque!!! Se

valen de la ambigüedad de la definición de bosque planteada en el artículo 7, que es el

principal problema de ésta ley.

Por lo tanto esta es una de las leyes ambientales que presenta más

ambiguedades y contradicciones.

Ley de Conservación de Vida Silvestre

Es la ley número 731 7, fue publicada en la Gaceta 197 del 18 de octubre de 1990.

- - ----

''o Obando Acuña (Vilma). OD. Cit. Pág. 55.

Page 122: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADIUÓN DEL 115 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSI~TUCIÓN P0Lfl-l~~ DE COSTA RICA

Tiene por objetivo regular la vida silvestre, la cual para sus efectos está

conformada por la fauna continental e insular que vive en condiciones naturales

temporales o permanentes en el territorio nacional y la flora que vive en condiciones

naturales.

La Institución encargada de la protección de vida silvestre es la Dirección General

de Vida Silvestre, misma que dentro de sus funciones recomienda, fomenta y administra

el establecimiento de los refugios nacionales de este tipo. Otra de sus competencias es

administrar, proteger y supervisar los humedales y la creación y delimitación de los

mismos se hará por medio de decretos ejecutivo^'^^.

Finalmente, dentro de las sanciones, establece la prohibición de arrojar aguas

servidas, aguas negras, desechos o cualquier sustancia contaminante en manantiales,

ríos, quebradas, arroyos permanentes o no permanentes, lagos, marismas y embalses

naturales o artificiales, esteros, pantanos, aguas dulces, salobres o saladas.

Ley General de Salud

Es la ley numero 5395 del 30 de octubre de 1973 y sus reformas. En ella se

declara la salud de la población de interés público, tutelado por el estado132.

Señala en su articulo 2: "Es función social del Estado velar por la salud de la

población" .

l3' Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 7317. Artículo 7. 13* Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 5395. Artículo 1.

Page 123: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMENTOS PARA GARANT~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 116 TÍTULO DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN f'0!hICA DE COSTA RICA

Manifiesta que sus "disposiciones son de orden público y en caso de conflicto

prevalecen sobre cualesquiera otras disposiciones de igual validez ". En este

punto es importante rescatar que la LOA al desprenderse directamente de la Constitución

y ser posterior a la ley en cuestión cualquier conflicto en el tema ambiental que tenga que

ver con la ley de salud, se va a resolver conforme lo que dicta la LOA.

La ley establece en su articulado algunas obligaciones y prohibiciones dirigidas a

la preservación del ambiente y sus elementos, y en su artículo 262 indica que "Toda

persona natural o jurídica está obligada a contribuir a la promoción y mantenimiento de las

condiciones del medio ambiente natural y de los ambientes artificiales que permitan llenar

las necesidades vitales y de salud de la poblaciónn.

Además, prohíbe toda acción, práctica u operación que deteriore el ambiente

natural o que altere la composición intrínseca del aire, agua, suelo produciendo así la

disminución de su calidad(...). Agrega que "Toda persona queda obligada a cumplir

diligentemente las acciones, prácticas u obras establecidas en la ley y reglamentos

destinadas a eliminar o a controlar los elementos y factores del ambiente natural, físico o

biológico y del ambiente artificial, perjudiciales para la salud humana".134.

Es curiosa la indicación que hace esta ley con respecto a los desechos sólidos que

provengan de las actividades corrientes personales, familiares o de la comunidad, pues

manifiesta que deberán ser separados, recolectados, acumulados, utilizados cuando

proceda y sujetos a tratamiento a fin de evitar o disminuir la contaminación del aire, del

suelo o de las aguas. Intención que todos deberíamos practicar en cada una de nuestras

casas, pues como se mencionó anteriormente en el capítulo de Problemática Nacional

133 Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Idern. Articulo 7

Page 124: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE iA ADIUÓN DEL 117

Ambiental " los costarricenses hoy generamos más del doble de basura que hace veinte

años".

Para finalizar es importante rescatar que tanto en esta ley como en la LOA se

describen y prohiben conductas contaminantes que eventualmente podrían servir de base

para establecer tipos penales. Como el caso del articulo 64 de la LOA, artículos 263,

275j3', 295136 y 297137 de esta ley.

Ley de Aguas

La legislación costarricense sobre las aguas es de orden público y de interés

general. Este recurso se encuentra regulado por la ley de aguas número 276 del 27 de

agosto de 1942, en relación a los usos, conservación, propiedad y manejos.

De la misma forma se regula en la ley General de Salud en su artículo 264 que indica que

"el agua constituye un bien de utilidad pública y su utilización para el consumo humano

tendrá prioridad sobre cualquier otro uso"; por su parte la LOA establece en su artículo 50

que: ' el agua es de dominio público, su conservación y uso sostenible son de interés

Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Ley 5395. Artículo 263. j3' Este artículo dice: 'Queda prohibido a toda persona natural o jurídica contaminar las aguas superficiales, subterráneas y marítimas territoriales, directa o indirectamente, mediante drenajes o la descarga o almacenamiento, voluntario o negligente, de residuos o desechos líquidos, sólidos o gaseosos, radiactivos o no radiactivos, aguas negras o sustancias de cualquier naturaleza que, alterando las características físicas. químicas y biológicas del agua la hagan peligrosa para la salud de las personas, de la fauna terrestre y acuática o inservible para usos domésticos, agrícolas, industriales o de recreación". 136 Así el artículo 295 establece: "Queda prohibido a toda persona física o jurídica la descarga, emisión o emanación de contaminantes atmosféricos de naturaleza y en proporciones prohibidas, resultantes de sus actividades personales, domésticas, industriales, comerciales o de cualquier otra índole que cause o contribuya a la contaminación atmosférica" 13' Aunado al anterior este artículo establece: "Queda prohibido el funcionamiento de toda fábrica o establecimiento industrial o comercial en edificios que no dispongan de los elementos o sistemas necesarios para evitar que las descargas, emisiones, emanaciones o sonidos producto de tales actividades industriales o comerciales. causen o contribuyan a la contaminación atmosférica de la región en que se encuentran ubicados y que no dispongan en la organización de sus actividades o faenas, de elementos o sistemas para evitar la contaminación del ambiente interior con riesgo o peligro para la salud y el bienestar de su personal y de terceros".

Page 125: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS M LA ADIUÓN DEL 118 Tínilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSFITUCIÓN P0LíTICA M COSTA RICA

social" con lo cual queda más que claro que el agua es de orden público y de interés

social como se dijo a un inicio.

Se incluyen en esta ley, normas sobre el agua potable, siempre vista como una

necesidad para la buena salud del ser humano. Las aguas potables de los ríos y

vertientes (que en la actualidad quedan muy pocos por la gran contaminación que se está

dando) en cualquier parte del territorio, quedan afectas al servicio de cañería en las

poblaciones.

Se establecen reservas de dominio a favor de la Nación, así en el artículo 31 se

protegen las tierras que circunden los sitios de la captación de agua potable en un

perímetro no menor de 200 metros de radio; lo mismo que de la zona forestal, de los

terrenos en que se produce la infiltración de aguas potables, así como de las que dan

asiento a cuencas hidrográficas y márgenes de depósito, fuentes surtidoras o cursos

permanentes de las mismas aguas.

Para el aprovechamiento de las aguas públicas, establece la necesidad de una

autorización que la concede el Departamento de Aguas del MINAE, según el

procedimiento indicado en la ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos y en

esta misma ley138 .

JURISPRUDENCIA

La jurisprudencia ha jugado un papel importante en la protección ambiental, misma

que con el pasar de los años ha ido evolucionando para bien del país.

Page 126: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANT~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 119 Tírv~o DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIEMALES EN LA CONSTTTUUÓN P0LhCA DE COSTA RICA

Actualmente se han emitido más de 264 resoluciones de la Sala Constitucional

con respecto al artículo 50 de nuestra Constitución Política.

Antes de la "explosión de leyes ambientalesn especialmente en la década de los

noventa se utilizó esta herramienta para solventar los vacíos que existían tanto a nivel

legal como constitucional. Así en votos como 2233-93, 1735-93 (analizados

anteriormente) ya se vislumbraba la relación que existía entre el derecho a la vida, la

salud y a un ambiente sano por interpretaciones de la Sala, aunque no se había

reformado la Constitución Política con respecto al artículo 50.

Posteriormente, la Sala ha ratificado la importancia del derecho a un ambiente

sano, a decir en la Resolución 05974-98: [" El artículo 50 de la Constitución Política

garantiza que toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente

equilibrado". El objetivo primordial del uso y protección del ambiente es obtener un

desarrollo y evolución favorable al ser humano, la calidad ambiental es un parámetro

fundamental de la calidad de vida; al igual que la salud, alimentación , trabajo, vivienda,

educación entre otros. Pero si bien el hombre tiene el derecho de hacer uso del ambiente

para su propio desarrollo, también tiene el deber de protegerlo y preservarlo para uso de

las generaciones futuras; pues de conformidad con el principio de lesión el legítimo

ejercicio de un derecho tiene dos límites esenciales, por un lado, los iguales derechos de

los demás, y por el otro el ejercicio nacional y el disfrute útil del derecho mismo. De igual

manera el Estado tiene la obligación de procurar una protección adecuada del ambiente,

por ello debe tomar las medidas necesarias para que el ambiente esté libre de

Ministerio del Ambiente y Energía y Programa de las Naciones para el Medio Ambiente . OD. Cit. Pág. 78

Page 127: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~XUMENTOS PARA GARANntQR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 120 Tiru~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN P0LhC4 DE C0!5TA k C 4

contaminación, a fin de que las alteraciones producidas tanto por el hombre como por la

rr 139 naturaleza, en el entorno próximo o lejano, no constituyan una lesión al mismo [

Existen muchas resoluciones como la anterior, sin embargo sería muy tedioso

describir todas y cada una ya que como se mencionó existen alrededor de 264 votos con

respecto a este tema.

Actualmente se da otro fenómeno, pues con la gran cantidad de leyes como se ha

expuesto en acápites anteriores, las resoluciones de la Sala han tratado de resolver

incoherencias, ambiguedades y conflictos de competencia entre las diferentes

instituciones y Ministerios que tienen que ver directamente con el tema ambiental.

También ha definido aspectos importantes, involucrados directamente con esta

clase de derechos de tercera generación, como por ejemplo los "Intereses ~ i f u s o s " ' ~ ~ ,

por ejemplo la resolución 05974-98 anteriormente citada al respecto dice: ""II.-

Legitimación activa del recurso de Amparo. En virtud de que el objeto de este Recurso de

Amparo es la violación al derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, la

legitimación del recurrente emana de los intereses difusos, es decir, del interés individual

que atañe a la Asociación Palmareña para la recuperación del ambiente, en razón de que

su fin social es la protección del ambiente, pero que a la vez se diluye en un conjunto más

o menos extenso y aformo de personas que comparten ese interés, a saber la comunidad

en su conjunto. Lo anterior debido a que tratándose del derecho a un ambiente sano y

'39 Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto 05974-98. San José, 1556 hm del 19 de agosto de 1998. Recurso de Amparo interpuesto por Roy Araya Rodriguez a favor de la Asociación Palmareña para la Recuperación del Ambiente(APRA) C/ Ministerio de Salud , Municipalidad de Palmares y My M Productores

"hismos que se analizaran en el pr6ximo Titulo.

Page 128: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 121 Tinilo M DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONS~TRJCIÓN POLÍTICA DE COSTA RICA

equilibrado, la legitimación corresponde al ser humano como tal, pues la lesión a ese

derecho fundamental la sufre tanto la comunidad como el individuo en partic~lar."'~'.

Además ha incorporado los Principios del Derecho Ambiental incorporados en la

cumbre de la Tierra, Rio como el P~ncipio de "Quien contamina Paga" y el "Indubio pro

Natura". Al ser éste Último, un pilar para el Derecho Ambiental, y ser un Principio

Preventivo e incorporado en el Proyecto de "Adición de un Titulo de Garantías

Ambientales en la Constitución Política" es menester de esta obligación señalar algunos

votos de la Sala al respecto:

En el Voto 2849-97142 la Sala Establece que es vital el actuar preventivo con

fundamento en el numeral 50 de la Constitución Política: " En relación con la presunta

violación del principio de legalidad, resultó valido afirmar -como lo hace el Ministerio

recurrido- que, (...) existen una serie de mandatos y reglas expresas, que son igualmente

obligatorias para el Ministerio, y que deben de tomarse en cuenta en el momento de tomar

una decisión en relación con la aprobación o rechazo de un permiso de exploración.

Entre ellos está el Artículo 50 Constitucional, así como la Ley Orgánica del Ambiente, que

obligan al Ministro a ajustar sus decisiones a lo que resulte ambientalmente más

beneficioso para el Estado y la comunidad , entendida ésta última no solo la general-

constituida por todos los costarricenses - sino la formada por aquellos grupos que puedan

verse formalmente afectados(...)" Por lo que en otros términos, la facultad del Estado

para brindar ese tipo de autorizaciones debe tener muy en cuenta las reglas del

ordenamiento juridico, en la búsqueda de la solución que beneficie en lo posible a la

comunidad y procure la protección del ambiente.

141 Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto 05974-98. OO. Cit.

Page 129: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANlTZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADIU~N DEL 122 Tíni~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONmniU6N ~ 0 L h C A DE COSTA RICA

Definitivamente, el papel que ha jugado la Jurisprudencia para determinar los

derechos y garantías ambientales ha sido imprescindible y seguirá siéndolo, tomando en

cuenta que el objeto de este derecho evoluciona, y que la vida del ser humano ocurre en

relación inevitable con el ambiente y en especial con la calidad de vida ...

Así que con la Aprobación de Las Garantías Ambientales como Título independiente en

nuestra Constitución vendría a fortalecer la protección del Ambiente y se daría una nueva

evolución de las Resoluciones de la Sala para bien de todos los costarricenses.

142 Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto 2849-97. San José, a las 1503 hrs del 22 de mayo de 1997. Recurso de Amparo interpuesto por Francisco Vargas Araya cl Minera Anaconda y Cascabel S.A. y el MINAE.

Page 130: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INCTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIU~N DEL 123 Tíni~o DE DERECHOS Y AMBIENTALES EN LA CONST~TUCI~N POL~TICA M COSTA RICA

La preocupación por los problemas ambientales es generalizada, a nivel mundial

como regional, pues los principales factores del deterioro ambiental se presentan en

cualquier parte de nuestro planeta. Es por ello que los diversos estados a partir

principalmente de los setentas, han promulgado normas que tutelan de alguna u otra

manera el medio.

En el presente capítulo se analizan Constituciones de diferentes países tanto

Europeos, como de Sur y Centroamérica.

Lo anterior con la finalidad de que el lector tenga una visión más amplia de lo que

acontece en el medio, y tome como referencia los países de punta en este ámbito, e

integre tales ideas a nuestro ordenamiento, para llegar a comprender que nuestro país se

encuentra en una etapa intermedia del desarrollo que debe tener una real y efectiva

protección ambiental.

EUROPA

Para corroborar los términos esenciales de la presente investigación es necesario

realizar un recorrido del Derecho Constitucional Ambiental Europeo, pues a través del

Page 131: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 124 Tirulo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN P 0 h C A DE COSTA RICA

análisis de los textos fundamentales se explica la sensibilidad constitucional que surge por

el ambiente, especialmente posterior a la Segunda Guerra Mundial, para probar así la

dinámica evolutiva de la que nunca ha sido ajena el constitucionalismo europeo.

Este análisis se divide en Generaciones del Constitucionalismo Ambiental,

partiendo como se mencionó anteriormente de los textos Constitucionales de la Segunda

Post-Guerra Mundial en una primera fase. Posteriormente se expone la Segunda

Generación de esta normativa, en la década de los setenta, donde tiene lugar la

verdadera promulgación de normas constitucionales con espíritu renovador, para por

último analizar el caso específico de la Constitución Alemana de 1994, por sus

características particulares.

LAS GENERACIONES DEL CONSTlTUClONALlSMO AMBIENTAL EUROPEO

a. Las Constituciones de la Segunda Post-guerramundial:

Durante la etapa comprendida por la segunda postguerra mundial se observa una

clara diferencia entre los textos aprobados en Europa Occidental como el caso de

Alemania e Italia, y los promulgados en países socialistas. En estos últimos el grado de

sensibilidad ambiental parece ser superior.

En efecto, no puede negarse que las formulaciones constitucionales resultan

mucho más precisas en los estados marxistas que en los democrático-liberales. Esta

tendencia fue materializada en la Constitución de U.R.R.S. de 1 9 7 7 ' ~ ~ . LO curioso es que

'43 En uno de sus articulas establecía: " En interés de las presentes y las futuras generaciones se adoptan en la URSS las medidas necesarias para la protección y el uso racional, científicamente fundamentado de la

Page 132: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTFWMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 125 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSTTTUCIÓN P 0 l í l - I ~ ~ DE COSTA RICA

aquella establecía de manera diáfana unos principios básicos de la disciplina

constitucional del ambiente, que se diferenciaban muy poco de los que caracterizaban a

las constituciones aprobadas en la misma década "al otro lado de la cortina de acero".

La constitución Italiana de 1947, hace referencia a la tutela del

"paesaggio"(artícu10 9) junto con el patrimonio histórico y artístico, en cuanto principio

fundarnental de la República, sin embargo tal alusión es ambigua, dejando paso a un

concepto global del mismo, entendido como "el conjunto del territorio, flora, fauna, y en

general el medio ambiente en el que vive el hombre".

El silencio constitucional ha sido compensado por una labor legislativa que cabría

ser calificada de "indirecta" y sin duda la contribución de la Corte Constitucional italiana

(CCI). esencial a la hora de perfilar una noción del "medio ambiente" así como para

determinar sus sistemas de protección , para suplir el vacío jurídico de la constitución en

cuestión (1 947).

A pesar de que el proceso no ha estado exento de obstáculos, se observa una

intensa elaboración jurisprudencial, donde se da un abandono del concepto puramente

estético del "paisaje" al de "ambiente natural global" y éste último traducido ahora por la

moderna expresión de "bienes naturales". Así resuelve la CCI que el ambiente es un

elemento determinante de la calidad de vida, susceptible de ser objeto de tutela

jurisdiccional y que corresponde al legislador ordinario establecer un equilibrio dinámico

con otros valores y lo califica de "derecho fundamental de la persona e interés

fundarnental de la colectividad".

tierra y del subsuelo, de los recursos acuáticos, de la flora, de la fauna, para conservar y limpiar el aire y el

Page 133: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 126 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTTTUCIÓN PoL~CA DE COSTA RICA

Es importante destacar también, como el significado del ambiente va experimentar

una evolución en los años sesenta para encontrar una noción válida desde el punto de

vista jurídico, donde sobresale a nivel doctrinal la aportación de ~ i a n n i n i ' ~ ~ , su propuesta

enmarca las coordenas esenciales del derecho ambiental del continente europeo, al

considerar el ambiente como "bien jurídico" comprendiendo los elementos de protección y

conservación, naturaleza, contaminación y por ultimo ordenación del territorio. De esta

forma el ambiente adquiere un sentido ecológico, que implica imponer límites al uso y

disfrute de la propiedad privada, a la planificación urbana, con el fin de armonizar el

desarrollo económico con el uso racional de los recursos naturales.

Por otra parte, se ha señalado que la falta de una concepción unitaria global del

ambiente, ha obligado a buscar la solución en la legislación ordinaria y en la

jurisprudencia constitucional, (como anteriormente se mencionó) lo que a su vez ha

provocado numerosas controversias, una indeterminación orgánica y competencia1 entre

Estado central y regiones italianas.

Como respuesta al problema de descentralización, el 8 de agosto de 1985 se

inaugura con la "Legge Galazo" una nueva etapa de las funciones en materia ambiental,

que continúa con la aprobación de la ley que instituye en 1986 el Ministerio de Ambiente.

Para así encontrar una solución a la dispersión que existía entre los diversos

departamentos y regiones con el Gobierno central, para tratar los problemas ambientales

de manera global y no sectorializada desde una perspectiva más coherente y unitaria.

Siguiendo con este esquema se aprueba la "Legge Bassanini", que plantea una

reorganización de las funciones administrativas regionales. Y por último, el decreto 112-

1998, que establece la tranferencia de funciones administrativas del Estado a las

agua, asegurar la reproducción de las riquezas naturales y el mejoramiento del ambiente".

Page 134: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 127

regiones, otorgándoles competencias para la determinación de la prioridad de la acción

ambiental.

En Alemania, la Ley Fundamental de Bonn de 1949, tampoco llegaba

inicialmente a regular un derecho o principio rector que orientara la acción del poder

público hacia la tutela del ambiente. Fue hasta la reforma constitucional de 1994 que se

regula pero de manera estrictamente competencial.

En el artículo 74 de la constitución alemana se contemplan algunas materias que

tienen relación directa o indirecta con el medio ambiente, como legislación económica

(minera, industria, energía), la protección de plantas, animales, la eliminación de

desechos y la lucha contra la contaminación atmosférica y sónica ( artículos 11, 20 y 24

respectivamente).

En cuanto a la constitución francesa de 1958, por el contrario de las anteriores, se

da la ausencia tanto sustantiva como de carácter competencia1 respecto del medio

ambiente. Sin embargo, el vacío constitucional ha sido afortunadamente superado en

Francia por el esfuerzo que ha realizado el legislador y el ejecutivo a partir de los años

setenta, al "nuclearizar" un auténtico derecho ambienta~'~~. Esto se ha logrado por la

normativa infra-constitucional, que tiene como exponente más significativo la ley del 10 de

julio de 1976, sobre protección de la naturaleza, que a su vez va a impulsar una profunda

transformación normativa . Por otra parte la jurisprudencia constitucional del Consejo de

M.S. Giannini. 'Basi costituzionali della tutela del ~aesaaaio". En pditica del diritto, 1971. '45 V. Piergigli. La protección de la naturaleza en el derecho francés. CEDAN. Padova. 1997

Page 135: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 128 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN PoL~CA DE COSTA RICA

Estado Francés, admitió el carácter social y público de los elementos que componen el

medio natural'46 .

Esto demuestra que las primeras referencias constitucionales sobre el medio ambiente

están marcadas por una línea divisoria de naturaleza ideológica.

Se puede decir además que en esta etapa la normativa no contiene disposiciones

específicamente medioambientales, sino "conexas", que se manifiestan en áreas como la

urbanística, agricultura, salud, etc. En sí una disciplina "indirecta ambiental".

b. Las Constituciones Mediterráneas de la Década de los Setenta:

En esta segunda etapa, durante la década de los setenta, tiene lugar una

verdadera promulgación de normas constitucionales con espíritu renovador desde el

punto de vista de los derechos y libertades, caracterizados por la introducción hasta

entonces inédita de la llamada generación de los derechos y garantías sociales y

culturales, producto de una sociedad tecnológicamente más avanzada.

Dentro de esta generación destacan las constituciones de Grecia, Portugal y

España. Sin embargo la más significativa fue la de Portugal, precisamente, porque en el

campo de la conservación ambiental es una de las más ambiciosas y punteras.

En la Constitución de Portugal de 1976 se inaugura una nueva técnica, al

concebir el ambiente en una triple dimensión de derecho subjetivo, deber individual e

'46 En la resolución del consejo de Estado Francés del 15 de marzo de 1968, Commune Cassis. Citado por M. Prieur, en "Droit de I'environnement". Dalloz, Paris. 1996. Pág. 63.

Page 136: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 129 TÍTULO M DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~UUÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

imposición a los poderes públicos. Diseño que introduce un "derechon de un ambiente

sano y ecológicamente equilibrado y a la vez un "deber" de defenderlo.

Otra de las novedades que se introduce por medio de esta constitución, es el

mecanismo que se provee para los particulares y grupos o asociaciones para el acceso a

los tribunales para reclamar la tutela frente a las agresiones que se produzcan al medio

nat~ral'~'.

La anterior norma se materializa con la ley 83 de 1998, que desarrolla

ampliamente la facultad para apersonarse en procesos jurisdiccionales tanto para

individuos, como para fundaciones y asociaciones, cuya finalidad sea la conservación de

la naturaleza.

Se observa, que a diferencia de las constituciones promulgadas durante la década

posterior a la Segunda Guerra Mundial, en los textos europeos de la década de los

setentas se logra una notable evolución en el tratamiento del tema, más uniforme desde

el punto de vista de su localización en el articulado en general. En este punto coinciden

las tres constituciones más significativas antes mencionadas, así en el artículo 66 de la

constitución portuguesa de 1976 se establecen derechos y deberes sociales; en la

constitución griega de 1975 en el artículo 24 se enuncian libertades públicas y derechos

sociales; y en la constitución española de 1978 en su artículo 45 los principios rectores

de la política económica y social.

Las disposiciones constitucionales formulan no sólo principios programáticos de la

actuación de los poderes públicos, sino también derechos de crédito a favor del

ciudadano. De este modo, se comprenden las iniciativas legislativas que han introducido

'47 Artículo 52 de la Constit?ición de Portugal de 1976.

Page 137: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADIUÓN DEL 130 Tm i~o DE DERECHOS Y GARAM-ÍAS AMBIENTALES EN LA ~ONSITRJCIÓN PoLÍTICA DE COSTA RICA

paulatinamente elementos de subjetivación de aquellas cláusulas constitucionales como:

la ampliación de la legitimación procesal aplicada a "intereses difusos", sin olvidar la

teoría de responsabilidad civil por daños al medio ambiente, la creación de organismos

administrativos para la protección y conservación de la naturaleza, etc.

c. La Reforma de la Constitución Alemana

Dentro de lo que podría llamarse Tercera Generación en la disciplina constitucional del

medio, las normas que se formulan tampoco se dirigen hacia un solo método de

recepción.

Las contribuciones más significativas las encontramos en la Constitución Alemana

de 1994, por ejemplo en su articulo 20 incorpora disposiciones que sintetizan la

importancia de la tutela constitucional del medio ambiente. Hace mención a los

"fundamentos naturales de la vida" que reflejan la formulación genérica del constituyente y

a la vez Útil para empatar la constante evolución del derecho ambiental. Cabe mencionar

que el concepto incorporado en esta constitución es acorde con lo que hoy se entiende

como ambiente natural y lo que en un futuro se pueda considerar.

Otro de los aspectos dignos de rescatar de la reforma constitucional de 1994, es que

el constituyente alemán realizó una mención expresa de la obligación de protección del

ambiente de cada uno de los poderes del Estado. Donde la protección ambiental se

garantiza "mediante la legislación y a través del poder ejecutivo y la jurisdicción, según la

ley y el derechon. Sin dejar de lado que el desarrollo de la normativa infra-constitucional,

al fin y al cabo va a ser la que materialice la efectiva protección del ambiente.

Page 138: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUON DEL 131 T ~ L O DE DERECHOS Y GARAK~AS AMBIENTALES EN LA ~ N S ~ L I C I Ó N P0LhCA DE COSTA RICA

Analizando esta última generación vemos como se ha tratado de individualizar y

materializar la protección ambiental, con una marcada tendencia a la autonomía de este

derecho.

CONTINENTE AMERICANO

Por otra parte en el Continente Americano, se puede constatar la creciente

importación de una constitución cultural-ambiental. Las recientes constituciones como la

de Brasil, Perú, Colombia, Guatemala, Panamá, etc; no han dejado de alinearse a la

tendencia de introducir una específica disciplina ambiental en sus textos fundamentales.

En la Constitución de Brasil de 1988, se proclama en su artículo 225, el

derecho de todos a un medio ambiente ecológicamente equilibrado, que se concibe como

bien de uso común del pueblo y esencial para una sana calidad de vida. Siguiendo la

dialéctica en esta materia, tal artículo impone el deber de defender y preservar el

ambiente para las futuras generaciones, tanto al Poder público como a la colectividad.

Esta constitución trata de armonizar los intereses económicos, con los intereses

colectivos. Esta necesaria integración la manifiesta en su articulo 170, donde se declara

al medio ambiente principio del orden económico, junto a la propiedad privada, la libre

competencia, la defensa de los consumidores, etc.

Se establecen mecanismos para hacer efectivo ese derecho constitucional, como:

a. la restauración y preservación de los procesos ecológicos, junto con la defensa de

especies y ecosistemas;

b. se definen los espacios territoriales protegidos, en los cuales queda prohibido

prácticas que pongan en peligro su conservación y

Page 139: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 132 Tíni~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSITWCIÓN POL~TICA DE COSTA RICA

c. se establece la protección de la flora y fauna, y la prohibición de las prácticas que

pongan en peligro su función ecológica.

Sin olvidar que se declaran como Patrimonio nacional, cinco grandes espacios

protegidos, zonas que hoy configuran un pulmón mundial como son: la Selva Amazónica,

la Mata Atlántica, Sierra del Mar, el Pantanal de Mato Grosso y la zona costeraf4'.

Colombia, por su parte representa otro de los principales exponentes de esta

tendencia, donde la Constitución de 1991, es de tal calibre y extensión formal que recibe

la perfecta titulación de "Constitución ~co lóg ica" '~~ . Calificación que merece si se toma en

cuenta que las disposiciones dedicadas al medio ambiente scn más de cuarenta, dentro

de las que se encuentra un capitulo dedicado a la protección del ambientel5O.

Este fue un gran aporte para el derecho colombiano, pues hasta entonces

predominaba una legislación dispersa y contradictoria en este tema.

Esta constitución ha asimilado sin dificultad la versión constitucionalizada de

"principio ecológico" entendido como un conjunto de normas interconectadas, donde la

principal función (la protección del ambiente) se concibe en una faceta tridimensional: de

responsabilidad (tanto para el estado como para los particulares), como derecho subjetivo

de toda persona y como principio general que se proyecta sobre el conjunto del

ordenamiento jurídico.

Vemos como el mandato constitucional queda enmarcado en los artículos 79 en el

entendido de que "Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La

ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

14* Artículo 225, párrafo cuarto. Constitución de Brasil, 1988. 149 Morelli, (Sandra). La ~rotección de la diversidad e inteandad del ambiente: un mandato constitucional en el derecho colombiano. Bogotá, Cdombia, 1999. Pág. 45. -

Page 140: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA GARANTEAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 133 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN PoL~CA DE COSTA RICA

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar

las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos

fines.

Son deberes de la persona y el ciudadano: proteger los recursos culturales y

naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano" y en el artículo 80

establece como otro deber del estado planificar el manejo y aprovechamiento de los

recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración

o sustitución.

Además, de que deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental,

imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados ...

La Constitución de 1991, establece que el medio para fomentar la conservación

del ambiente es a través de la educaci~n'~' y otras disposiciones como: la función

ecológica de la propiedad, la responsabilidad civil objetiva por daños ocasionados a

derechos e intereses colectivos, la atención a la salud y el saneamiento ambiental, el

deber de conservación por el Estado de biodiversidad, la prohibición de introducir residuos

nucleares y desechos tóxicos, la creación de un fondo específico de "regalías" destinado a

la preservación de los recursos naturales, la obligación del contralor general de Presentar

al Congreso de la República un informe anual sobre el estado de los recursos naturales y

del ambiente, entre otras. Lo que la hace ser considerada uno de los grandes aportes

para el progreso del constitucionalismo ambiental del siglo XXI.

150 CAPITULO III. De Los Derechos Colectivos y del Ambiente. Constitución de Colombia, 1991. 151 Constitución de Colombia. Artículo 69: "...La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos

humanos, a la paz y a la democracia; y en la practica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural,

científico, tecnológico y para la protección del ambiente"

Page 141: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAN~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 134

El texto fundamental de Chile de 1980, comprende un "derecho a vivir en un

ambiente libre de contaminación" y la obligación del Estado de "velar para que ese

derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la natura~eza"'~~ .

En el mismo artículo 19, el concepto de función social de la propiedad comprende

la conservación del patrimonio ambiental y la primacía de este principio frente a derechos

individuales como la propiedad privada y la actividad económica.

Tales previsiones constitucionales se materializan con la introducción del "recurso

de protección ambiental", mecanismo jurisdiccional para la protección del derecho a vivir

en un ambiente sano. Siempre que se den las siguientes premisas: la incoación del

procedimiento jurisdiccional por parte de una persona natural o jurídica y la actuación

arbitraria e ilegal por parte de una autoridad pública o un particular determinado. Esto

representa un "activismo judicial" en la solución de los problemas ambientales, práctica

que debería ser exportada a todas las cartas fundamentales a nivel mundial.

En el caso de Argentina, la Constitución de 1994, tiene el mérito de haber

introducido en su artículo 41, algunos de los aspectos más novedosos del derecho

ambiental, como son: la protección de la biodiversidad, obligación de restaurar el daño

ecológico, educación e información ambiental, entre otros. Sin embargo, tales aspectos

son insuficientes al no contar con el respaldo de leyes especiales y por otra parte, los

constituyentes argentinos olvidan incluir los límites a la propiedad privada por razones de

tutela ambiental.

No obstante, al proclamar que "todos los habitantes gozan del derecho a un

ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades

productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las

generaciones futuras", legitima a cualquier ciudadano que se considere afectado en ese

152 Constitución de Chile de 1980. Articu!o 19.

Page 142: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 135 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~~~UUÓN P0LíTKA DE COSA RICA

derecho para la restitución del daño causado tanto a él como a las futuras generaciones.

Que al fin y al cabo es uno de los principales objetivos del derecho ambiental.

Como medio para su protección se sugiere el Amparo en el articulo 43.

En la Constitución de México de 1917, con sus respectivas reformas, estipula

claramente que "Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su

desarrollo y bienestar".

Desarrolla el mandato del Estado de manera extensa en el artículo 25, dentro de lo

que interesa dice: "Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para

garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y

su régimen democrático.." . Además promueve este desarrollo basado en criterios de

equidad social y de productividad, cuidando del medio ambiente.

Por otra parte, dentro de las facultades de la Asamblea Legislativa, planteados en

el articulo 122 se establece: 'l...¡. Legislar en materia de planeación del desarrollo; en

desarrollo urbano, particularmente en el uso del suelo; preservación del medio ambiente y

protección ecológica; vivienda; construcciones y edificaciones; vías públicas, tránsito y

estacionamientos; adquisiciones y obra pública; y sobre explotación, uso y

aprovechamiento de los bienes del patrimonio del Distrito Federal; ..."

En este mismo artículo: "..La distribución de competencias entre los poderes de la

Unión y las autoridades locales del Distrito Federal se sujetará a las siguientes

disposiciones:

G. Para la eficaz coordinación de las distintas jurisdicciones locales y municipales entre

sí, y de éstas con la Federación y el Distrito Federal en la planeación y ejecución de

acciones en las zonas conurbadas limítrofes con el Distrito Federal, de acuerdo con el

artículo 115, fracción VI de ésta Constitución, en materia de asentamientos humanos;

protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte,

Page 143: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUON DEL 136 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN POLhC4 DE COSTA RIC4

agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos y

seguridad pública, sus respectivos gobiernos podrán suscribir convenios para la creación

de comisiones metropolitanas en las que concurran y participen con apego a sus leyes.

CENTROAMERICA

El itsmo centroamericano abarca más de 500 000 km cuadrados, incluyendo

Panamá pero sin Belice. Su riqueza se encuentra en su gente y en su diversidad

biológica. Se estima que la región posee el 7% de la diversidad biológica del planeta.

Además, Centroamérica cuenta con 34 millones de habitantes y tiene una tasa de

crecimiento poblacional anual aproximada del 23%.

Se estima que la población para el año 2025 llegará a 59 millones de habitante^.'^^

Estamos ante el desafio de lograr un equilibrio entre el número de habitantes con

necesidades cada vez mayores y los recursos naturales de los que depende gran parte

del desarrollo. Por ello, es que se buscan alternativas que permitan la sustentabilidad y la

supervivencia del ser humano y de los recursos naturales. Recordemos que la crisis

económica, unida a los conflictos bélicos y la inestabilidad política de los años ochenta

dejó grandes secuelas en el desarrollo económico, social y por ende ambiental de esta

región.

En la década de los años ochenta, las Constituciones de esta región sufrieron

reformas para incluir la obligación del Estado en materia de conservación ambiental.

En lo que respecta al tratamiento ambiental que cada una le da, es importante

destacar que la Constitución Política de Panamá, es la única en esta región que incluye

Page 144: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 137 Tínilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA C0NSllTlJCIÓN P0LíTIC.A DE COSTA RICA

por reforma en 1983 un Capítulo completo llamado "Régimen ~ c o l ó ~ i c o " ' ~ , que consta

de 4 artículos, así en el artículo 114 se indica: " es deber fundamental del Estado

garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, en donde

el aire, el agua y los alimentos satisfagan los requerimientos del desarrollo adecuado de la

vida humana" .

En el artículo 1 15: " El Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el

deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del

ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas"

Artículo 116: " El Estado reglamentará, fiscalizará y aplicará oportunamente las medidas

necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna silvestre,

fluvial, marina, así como de los bosques, tierras y aguas, se lleven a cabo racionalmente,

de manera que se excite su depredación y se asegure su preservación, renovación y

permanencia"

Artículo 11 7: " La Ley reglamentará en aprovechamiento de los recursos naturales

no renovables, a fin de evitar que del mismo se deriven perjuicios sociales, económicos y

ambientalesn

Por su parte la constitución de Nicaragua, ubica la protección del ambiente dentro

del Título de "los Derechos, deberes y garantías del pueblo nicaraguense" como un

Derecho social, en el artículo 60 que dice: " Los nicaraguenses tienen derecho de habitar

en un ambiente saludable; es obligación del Estado la preservación, conservación y

rescate del medio ambiente y de los recursos naturales". Agrega además, en el artículo

102 que: "los recursos naturales son patrimonio nacional. La preservación del ambiente y

153 Aguilar, (Grthel). EIA en Centroamérica: Tomo 1:Estado del Arte. Grethel Aguilar, Gabriela Hernández, 1 Ed. San José, Costa Rica: UlCN Oficina Regional para Mesoamerica, 2002., pág 13. 1 54 Constitución de la República de PanamB de 1972. Reformas de 1983.

Page 145: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!XRUMENTOC PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 138 Tírv~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSITTUUÓN P0LhCA DE COSTA RICA

la conservación, desarrollo y explotación racional de los recursos naturales corresponden

al Estado; este podrá celebrar contratos de explotación racional de estos recursos,

cuando el interés nacional así lo req~iera". '~~

Siguiendo con este planteamiento, la constitución Política de Guatemala, también

incluye dentro de los derechos sociales la parte del ambiente, no como una oblígación del

Estado sino con el compromiso de que " Se declara de interés nacional la conservación,

la protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación. El Estado fomentará la

creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales, los cuales son

inalienables. Una ley garantizará su protección y la de la fauna y flora que en ella

exista"'56 Además, en el artículo 97 "Medio ambiente y equilibrio ecológico" incluye el

Principio Preventivo en el tanto que obliga al Estado, las municipalidades y los habitantes

a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación

del ambiente y establece que "se dictarán todas las normas necesarias para garantizar

que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se

realicen racionalmente, evitando su depredación."

Por otra parte, la Constitución de Guatemala al ubicar dentro de los artículos que

se refieren al dominio Público del Estado, artículos 128: " aprovechamiento de aguas,

lagos ríosn, 126: " Reforestación", 121: "Bienes del ~ s t a d o " ' ~ ~ , le da un tratamiento

155 Constitución Política de Nicaragua. 1 56 Constitución Política de Guatemala de 1985. Reformada por Acuerdo legislativo No. 18-93 del 17 de Noviembre de 1993 Artículo 64. '57 Constitución Política de Guatemala de 1985. O p Cit Artículo 121:"Son bienes del estado:

a. Los de dominio público;

b. Las aguas de la zona marítima que ciñe las costas de su territorio, los lagos, ríos navegables y sus riberas, los ríos, vertientes y arroyos que sirven de límite internacional de la República, las caídas y nacimientos de agua de aprovechamiento hidroe Iéctrico, las aguas subterráneas y otras que sean susceptibles de regulación por la ley y las aguas no aprovechadas por particulares en la extensión y término que fije la ley;

Page 146: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANllZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 139 Tírv~o DE DERECHOS Y GARANTIAC AMBIENTALES EN LA CONSITIUCIÓN P0LíTICA DE COSTA RICA

parecido al de la Constitución de Panamá, que ubica dentro de los "Bienes y derechos del

Estado" en sus artículos 254: "riquezas del subsuelo, salinas, minas aguas subterráneas

y termales, hidrocarburos, canteras y yacimientos y 255: "mar territorial, aguas lacustres y

fluviales, playas y riveras de las minas y de los ríos navegables; puertos, esteros; espacio

aéreo, plataforma continental.".

Curiosa la ubicación que le da la Constitución Política de El Salvador al tema del

ambiente, que lo incluye dentro del Título de "Orden Económico". En el artículo 117: " Se

declara de interés social la protección, restauración, desarrollo y aprovechamiento de los

recursos naturales." Además de que se establece que "el estado creará los incentivos

económicos y proporcionará la asistencia técnica necesaria para el desarrollo de

programas adecuados" Ésta ultima disposición no se encuentra en las demás

constituciones de la región.

La Constitución de Honduras, ubica la regulación ambiental dentro del Título "Del

Régimen económico", el artículo 340 dice: "Se declara de utilidad y necesidad pública, la

explotación técnica y racional de los recursos naturales de la Nación. El estado

c. Los que constituyen el patrimonio del Estado, incluyendo los del municipio y de las entidades descentralizadas o autónomas;

d. La zona marítimo terrestre, la plataforma continental y el espacio aéreo, en la extensión y forma que determinen las leyes o los tratados internacionales ratificados por Guatemala;

e. El subsuelo, los yacimientos de hidrocarburos y los minerales, así como cualesquiera otras substancias orgánicas o inorgánicas del subsuelo;

f. Los monumentos y las reliquias arqueológicas;

g. Los ingresos fiscales y municipales, así como los de carácter privativo que las leyes asignen a las entidades descentralizadas y autónomas; y

h. Las frecuencias radio eléctricas".

Page 147: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

reglamentará su aprovechamiento de acuerdo con el interés social y fijará las condiciones

de su otorgamiento a los particulares.

La reforestación del país y la conservación de los bosques se declaran de

conveniencia nacional y de interés colectivo".

También hace una referencia a la interrelación que existe entre la conservación del

ambiente para la salud en su artículo 145: "... El estado conservará el medio ambiente

adecuado para proteger la salud de las personas"; con lo cual coincide con la

Constitución de El Salvador que establece dentro del derecha a la salud pública y

asistencia social "la obligación del estado de controlar las condiciones ambientales que

puedan afectar la salud y el b iene~tar" '~~

Nuestra Constitución como ya sabemos incluye con la reforma del artículo 50 en

1994 - El derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado" . Tema que se

analizará con detenimiento más adelante.

Podemos decir que cuenta con el artículo 6, que establece una jurisdicción

especial sobre los mares, el 89, que establece como fin cultural la protección de las

bellezas naturales y por Último el 121 que comprende la prohibición de salir del dominio

del estado la energía hidroeléctrica, los yacimientos de carbón, fuentes y depósitos de

petróleo y cualquier otra sustancia mineral o proveniente de hidrocarburos.

Nuestro ordenamiento debe tomar como referencia los avances constitucionales

más importantes que se han generado en países como Portugal, Alemania, Italia,

1 58 Constitución de El Salvador. Artículo 69.

Page 148: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARAMIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 141

Colombia, Chile, Panamá ... para procurar una mejor gestión ambiental. No se trata de

traer las recetas tal y como están, sino de adecuarlas a nuestra realidad.

No basta con 4 artículos que se refieran de alguna manera al tema de la

protección de nuestros recursos naturales, ni con más de 10 tratados internacionales

ratificados, en este tema es necesario un verdadero cambio tanto institucional, legal,

como de pensamiento de todos los costarricenses ... calando a lo más hondo de nuestra

Constitución que es donde al fin de cuentas se plasman nuestros derechos, garantías y

obligaciones como ciudadanos, de manera que la Adicidn de Garantías Ambientales en

nuestra Constitución debe ser una realidad.

Page 149: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSIRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIC DE LA ADIU~N DEL 142 Tmi~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA G ~ ~ ~ I T U C I ~ N P0LÍTIcA DE C o s r ~ &cA

TITULO TERCERO

LA ADlClON DEL TITULO DE GARANTIAS AMBIENTALES

EN NUESTRA CONSTITUCION POLlTlCA DEBE SER UNA

REALIDAD.

Page 150: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENKE PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICI~N DEL 143 T~TULO DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA C O N ~ C I Ó N POLíTICA DE COSTA RICA

TITULO TERCERO: LA ADlClON DEL TITULO DE GARANnAS AMBIENTALES EN

NUESTRA CONSnTUClON POLlnCA DEBE SER UNA REALIDAD.

Este ultimo titulo es sin duda el más importante, pues viene a sintetizar la labor

investigativa que se ha desarrollado a través del anterior recomdo de doctrina, Principios,

Realidad Ambiental, Normativa Vigente, Derecho Ambiental Constitucional comparado,

etc; que se ha presentado al lector en los Títulos I y 11.

El presente título se divide en dos Capítulos, dentro del primero se analizan las

Generalidades de las Garantías Ambientales, tales como: concepto, que las constituyen

un derecho de Tercera Generación y por último, la relación que tienen con los Intereses

Difusos, al ser este último el instrumento para garantizarlas.

En el Segundo Capítulo llamado "Necesidad de la Reforma Constitucional" se

analiza la Adición del Título de Garantías Ambientales en nuestra Constitución Política,

con las ventajas que esta reforma representa, para llegar a comprobar la Hipótesis

planteada al inicio de esta investigación y ratificar así, que las Garantías Ambientales

constituyen un reencuentro entre las políticas ecológicas, económicas y sociales de

nuestro país, por lo cual deben ser aprobadas para beneficio de todos los costarricenses.

Page 151: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTRAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 1 44

Tínilo DE DERECHOS Y GARAN~As AMBIENTALB EN LA C O N ~ C I ~ N p0Lfl-I~~ DE COSTA RICA

Dada la relevancia de las Garantías Ambientales para los seres humanos es

preciso definirlas, tanto como la evolución a la que han llegado para que, actualmente

sean consideradas como Derechos de Tercera Generación.

Asimismo, se señala que el mecanismo procesal para su protección es a través de

los llamados "Intereses Difusosn los cuales constituyen la legitimación procesal

ambiental.

Estos "Intereses Difusosn vienen a materializar el fundamento constitucional que

en este momento posee el derecho a un ambiente sano y ecdógicamente sostenible - el

cual no basta-, pero que con la aprobación de la Refoma Constitucional, la tutela del

ambiente será real y efectiva.

CONCEPTO DE GARANTIAS AMBIENTALES

Page 152: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA G A R A ~ Z A R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 145

La palabra Garantía significa el medio o mecanismo procesal para hacer valer los

derechos.

Según el diccionario de la Real Academia Española Garantía significa: " Efecto de

afianzar lo estipulado. Cosa que asegura y protege contra algún riesgo o necesidad".

Asimismo se establece como "Garantías Constitucionales": derechos que la

Constitución de un Estado reconoce a todos los ciudadanos. Son mecanismos o

instrumentos especiales que la Constitución crea, para amparar y asegurar el ejercicio de

todos los derechos en general, o bien de ciertos derechos específicos que se encuentran

en la cúspide del orden jerárquico de los Dere~hos" '~~

Unido y entrelazado a los conceptos anteriores se establece el concepto de "las

Garantías Ambientales" que son un cuerpo ecológico-jurídico revolucionario, basado en

principios científicos y filosóficos que protegen nuestro ambiente y los intereses de todos

los co~tarricen~es'~~.

DERECHO FUNDAMENTAL DE CUARTA GENERACIÓN

Desde una óptica histórica los derechos de tercera generación nacen por la

demanda a favor del reconocimiento de una sociedad más "ecológica" que se dió en el

contexto de la sociedad post-industrial, es decir, justamente donde existió un mayor riesgo

para la conservación del ambiente. Tiene sentido por tanto, que una buena parte de las

15' Valleta (ML). Diccionario Jurídico. Valleta Ediciones S.R.L. República de Argentina. 2da Edición, 2001. Páa. 331. "jOQuesada (Gabriel). Las Garantías Ambientales deben ser un Derecho Constitucional. Periódico CAMPUS. Oficina de Comunicación Universidad Nacional, Heredia, Costa Rica. Sección Criterios. Julio 2003. Pág.19.

Page 153: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 146 Tíni~o DE DERECHOS Y GARAM~AS AMBIENTALES EN LA CONS~LIUÓN POÚTICA DE COSTA RICA

propuestas que se imaginan desde grupos y movimientos alternativos tengan como

trasfondo el concepto de calidad de vida. Se comprende así que, frente a la

unidimensionalidad de un sistema social tecnocrático, se reivindique el conocimiento de la

necesidad de ocio; lo lúdico como única alternativa ante la alienación que producen las

condiciones de trabajol6l.

Según la corriente doctrinal de mayor aceptación y expresamente reconocida por

nuestra Sala Constitucional, los derechos humanos pueden ser clasificados por

generaciones. Los de la primera generación, que son los civiles y políticos- o derechos

individuales-, se caracterizan por dotar al ciudadano de herramientas para hacer frente a

los abusos del poder y fundamentalmente buscan que el estado se abstenga de realizar

ciertas acciones en detrimento de los derechos del habitante. Los más claros de ese tipo

son el derecho a la integridad física, a la vida, a la propiedad privada, a la libertad de

tránsito, entre otros.

Los derechos de segunda generación, que son los económicos sociales,

constituyen un paso adelante. De acuerdo con ellos -entre los cuales están el derecho a

la vivienda, al trabajo- el estado debe tomar una posición activa a favor de los seres

humanos y en resguardo de los derechos humanos.

En este orden de ideas y como consecuencia del surgimiento de nuevos valores y

de la evolución del pensamiento social y jurídico, nacieron los denominados derechos

humanos de tercera generación, en los cuales la titularidad de los mismos se atribuye a

16' Ruiz (Gerardo). OD. Cit. Phg 56-57.

Page 154: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INS~RUMENTOS PARA GARAN~ZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 147 T ~ L O DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUCION POLhCA DE COSTA RICA

una colectividad, destacándose el derecho a la paz, al patrimonio común y al ambiente

sanoq6*.

Es así como surge el proceso de positivación de una nueva generación de

derechos, entre los que se encuentra el relativo al ambiente, resultado de una

transformación de los patrones culturales que se van imponiendo en la sociedad post-

industrial como anteriormente se mencionó.

Por lo tanto, no puede ser una simple coincidencia de que la constitucionalización

de una última generación de derechos en los textos constitucionales aprobados en los

setentas en Europa y en los ochentas en entroa amé rica'^^, no esté directamente

relacionado con esta explosión de nuevas aspiraciones sociales, de una nueva disciplina

jurídica.

En efecto, las Constituciones iban a ser el mejor espejo de cómo en un escenario

político iba a ser incorporado por la noción de Estado social, de derechos de tercera

generación, sin embargo, la realidad muestra cómo se narcotizaron sus efectos mas

radicales para poderlos incorporar a los programas y ordenamiento jurídico.

Nuestro país debe evolucionar en este sentido y aprobar la Adición del Título de

Garantías Ambientales en nuestra constitución, corroborando así, que en este como en

otros campos nos encontramos tan o más evolucionados que los países desarrollados,

considerándose las Garantías Ambientales como un Derecho Independiente, que vendría

a constituir más bien los DERECHOS DE CUARTA GENERACION.

162 Cabrera (Jorge). Garantías Ambientales Dara institucionalizar el modelo de desarrollo sostenibk~2003 http://www.una.ac.cr/Ambien-Tic011 OS/cabreralOShtm 163 Como se expuso anteriormente en el Capítulo de Derecho Constitucional Ambiental Comparado.

Page 155: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 148 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA ~ S T T T U U Ó N P0LíTK.A DE COSTA RICA

INTERESES DIFUSOS Y COLECTIVOS

Los intereses difusos nacen como tema, fundamentalmente, dada la nueva

dimensión de democracia participativa, de una mayor sensibilización por el tema

ambiental por la realidad de la que no escapamos los seres humanos, por una necesidad

universal sentida por la sociedad, pues el ambiente al fin de cuentas es nuestra única

morada y debemos protegerla ...

La cuestión de los intereses difusos es aún un tema muy complicado, que muchos

estudiosos del derecho y de otras disciplinas investigan a fin de clasificarlos y regularlos

según una normativa propia, en función de la importancia que tienen(...).

Así es como ya quedó comprobado que los intereses difusos comprenden un

vasto espectro de preocupaciones, entre las cuales se encuentran las relaciones entre el

ambiente, los consumidores y el patrimonio artístico y cultural, a pesar de la reticencia de

164 algunos doctrinarios ... .

Al ser los "intereses difusos" la figura de legitimación ambiental, es necesario

exponer aquí algunos de los conceptos a los que han llegado diferentes estudiosos del

tema, a decir:

Libster ( M). OD. Cit. Pág. 271.

Page 156: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADICIÓN DEL 149

Augusto M. Morello señala como intereses difusos "aquellos que no son ya sólo de uno o

varios, sino mejor de todos los que conviven en un medio determinado y cuya suerte en

lo que concierne al enrarecimiento, destrucción, degradación, vaciamiento o consumo sin

reposición, angustia al conjunto en lo inmediato y en el porvenir vital de cada uno,

sobremanera el de las próximas generaciones. Enmarcan por consiguiente verdaderos y

perentorios intereses de la sociedad165n

Por su parte, con una visión más elaborada Filippo S g ~ b b i ' ~ ~ , manifiesta que la

característica fundamental de los denominados intereses difusos, es la continua

interferencia con el aspecto individual y el colectivo. Señala que este aspecto colectivo,

no debe llevar a considerar dichos intereses como alternativos o antagónicos de las

tradicionales situaciones jurídicas subjetivas, sino que también se complementan en el

sentido de que un interés, un deseo o una necesidad de salvaguarda de un específico

derecho subjetivo, es "difuso" en la colectividad y compartido por sujetos diversos del

titular del específico bien lesionado. Agrega además, que la base de la anterior

afirmación se halla en la propia terminología utilizada: se trata de un "interés", esto es una

aspiración, "difuson, o sea, presente de modo informal y propagado a nivel de masa en

ciertos sectores de la sociedad".

Para complementar lo que la doctrina ha dicho al respecto, es nuestro contexto es

de gran relevancia la posición de nuestra Sala, pues señaló en el voto 3705-93167- incluso

con anterioridad a la reforma del artículo 50- con respecto a la legitimación de los

particulares para accionar en defensa del ambiente lo siguiente:

Morello (Augusto). La Defensa de los Intereses Difusos v el Derecho Procesal. Tomo III. J. A., 1978. Pág. 321.

166 Sgubbi (Filippo). Tutela mnde di interesi diffusi. Citado por Libster M. Idem. Pág. 272-273. 167 Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto 3705-93 de las 15hrs del 30 de julio de 1993. Amparo establecido por C.R.M. contra el Ministerio de Salud y la Municipalidad de Santa Ana.

Page 157: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSIRUMENTOC PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADIU~N DEL 150

concretas que pudiera ejercer según las reglas del derecho convencional, sino que su

actuación procesal responde a lo que los modernos tratadistas denominan como el interés

difuso, mediante el cual la legitimación universal del interesado legítimo o aun del simple,

se difunde entre todos los miembros de una determinada categoría de personas que

resultan así, igualmente afectadas por los actos ilegales que los vulnerann.

Así el interés difuso es un "derecho reaccional" que legitima a la sociedad para

redamar los daños producidos, por ello se habla de que proporciona una legitimación

universal que no emana del derecho convencional, ni de títulos de propiedad, derechos o

acciones concretas como se mencionó anteriormente, sino de un derecho que se difunde

entre todas las personas, pues todos somos responsables de lo que le ocurra a nuestro

medio y por ello debemos protegerlo cuando se encuentre amenazado por personas

inescrupulosas.

Page 158: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANmAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANWSE DE LA ADIU~N DEL 151

Tinilo M DERECHOS Y GARAKI~AS AMBIENTALES EN LA CONS~UCI~N P0LíTICA DE Cosr~ RICA

Después de un largo trayecto, el lector ha tenido la oportunidad de crear su propia

opinión acerca de esta Reforma Constitucional, la cual como en reiteradas ocasiones se

ha mencionado: Adiciona un Titulo de Garantías Ambientales a nuestra Carta Magna.

En este último Capítulo se expone los antecedentes de lucha ambiental promovida

por movimientos autónomos, así como el trámite Constitucional para la Aprobación de

dicha Reforma, y el texto del Proyecto que se encuentra actualmente en Segunda Lectura

en nuestra Asamblea Legislativa, analizando detenidamente cada uno de sus siete

artículos.

Por lo tanto, es aquí donde se entrecruzan la doctrina, los Convenios y Tratados.

las distintos textos Constitucionales y la problemática nacional ambiental, para llegar a la

Page 159: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 152 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTTTUCIÓN POlÍTICA DE COSTA RICA

conclusión de que si no existe una visión integral, coherente de los mismos, no habrá una

tutela real y efectiva del ambiente ... Esta se lograría con la implementación de un nuevo

Modelo de Desarrollo en el contexto de la Protección de los Derechos y Garantías

Ambientales, que daría el primer paso firme con la Adición del Título a Nuestra

Constitución antes mencionado.

En los últimos treinta años se han gestado grandes cambios en el sistema jurídico,

administrativo y social para proteger el ambiente. Nacen los primeros grupos ecologistas

y se crean las áreas protegidas en todo el territorio nacional. Hoy los parques nacionales

se encuentran en una grave crisis administrativa y financiera, a pesar de que existen

compañías privadas que generan millones de colones con los recursos de esas áreas

protegidas. Sin embargo, es a raíz de la discusión del Proyecto Geotérmico de

Miravalles, propuesto por el Comité de Defensa del Patrimonio Nacional en la Asamblea

Legislativa, que se plantea la urgente necesidad de introducir en la Constitución Política

un título único de Garantías Ambientales, la creación de una Ley Orgánica del Ambiente,

el establecimiento de una Comisión de Ambiente en el primer poder de la República, así

como un Ministerio del Ambiente, organismo administrativo capaz de fijar políticas

ecológicas a nivel nacional.

En la actualidad muchos de estos proyectos ya son leyes de la República, gracias

a la lucha que distinguidos costarricenses realizaron en pro del ambiente. Además, se

incorporó en la Constitución Política ( art 50), un primer párrafo sobre el derecho a un

ambiente sano, la responsabilidad del Estado a garantizar, defender y preservar ese

derecho, así como la acción popular.

Page 160: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

I N ~ u M E N T o S PARA GARANTLZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 153 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA ~ONSTTTUCIÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

La enmienda al artículo 50 de la Constitución, la ratificación de diversos convenios

y tratados internacionales en materia ambiental, el establecimiento de la Ley Orgánica del

Ambiente, la Ley de Vida Silvestre, la Ley de Biodiversidad y la creación del Ministerio del

Ambiente son parte de la gran transformación jurídico-administrativa que experimentó el

país a finales del siglo veinte. Sin embargo, estos derechos, deberes y obligaciones que

tiene el Estado y la sociedad cambian muy lentamente y los problemas ambientales

(agua, aire, energía, vida silvestre, marina y terrestre, minas y crecimiento urbano)

aumentan en muchos casos exponencialmente. Ni el gobierno, ni la empresa privada, ni

la mayoría de las organizaciones no gubernamentales, ni la sociedad han dado

respuestas y soluciones contundentes a tan grave situación.

Por tanto, es fundamental incluir en la Constitución Política un título de Derechos y

Garantías Ambientales que responda al interés público y que de una respuesta clara y

concisa frente a los tratados de libre comer~io '~~.

TRAMITE CONSTITUCIONAL PARA LA APROBACION

Antes de entrar al análisis de la Propuesta de Reforma Constitucional, es

necesario hacer un recorrido por el trámite constitucional para la aprobación de dicho

texto. ..

Quesada (Gabriel) Derechos v Garantías Ambientales para los costarricenses. Heredia, Costa Rica. Monografía sin publicar. 2003. Pág. 4.

Page 161: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 154 Tiru~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CON~TTTUCIÓN PO^ DE COSTA RICA

El Titulo de Garantías Ambientales que se pretende adicionar, cabe en una sola

página, pero la discusión de sus implicaciones podría llenar tomos de debate legislativo y

polémica pública, por ello es necesario hacer un recorrido por el trámite de rigor que se

llevará a cabo para su aprobación:

Por tratarse de una Reforma a la Constitución, la discusión en el Congreso debe

extenderse al menos durante dos legislaturas.

En su primera fase el proyecto debe ser leído tres veces, con un intervalo de seis días;

para que se abra la discusión el plenario y saber si se admite o no tal enmienda para su

estudio. Cada diputado tiene una hora para exponer su posición.

De ser admitido el proyecto se remite a una comisión elegida especialmente para el caso,

y esta tiene veinte días para recomendar o no la iniciativa de ley.

El paso siguiente es someterlo a votación, tras lo cual el proyecto se envía a consulta

Constitucional. Posteriormente el proyecto sería votado en un segundo debate.

El plan deberá ser mencionado por el Presidente de la República en su discurso al

Congreso, tras lo cual debe superar tres nuevos debates en la segunda legislatura con

dos tercios de los votos de los 57 diputados.

3. EXPEDIENTE 14919: "LEY QUE ADICIONA UN TITULO DE GARANTIAS

AMBIENTALES EN LA CONSTITUCION POLITICA".

Page 162: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiiAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADIUÓN DEL 155 Tínilo DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CON~TITUCIÓN p0Lfl-I~~ DE COSTA RICA

Como resultado de la "declaración de paz con la naturaleza" proclamada durante la

campaña electoral, y acogiendo la iniciativa del Movimiento Ecológico Costarricense, el

presidente de la República Abel Pacheco firmó el Proyecto de "Garantías Ambientalesn,

el pasado 14 de setiembre del dos mil dos. En un acto que se celebró en la casa de uno

de los impulsadores de esta reforma, ubicada en Barrio Amón, San José, mismo lugar

donde hace seis décadas se formularon las Garantías Sociales.

En la redacción y estructuración de este proyecto se coordinaron esfuerzos desde

diversos sectores de la sociedad tales como Organismos no Gubernamentales, Iglesia

Católica, intelectuales preocupados por la protección del ambiente; así como el Ministerio

del Ambiente y Energía, Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ministerio de

Planificación Nacional, Procuraduría General de la República, Defensoría de los

Habitantes y la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica.16'

El proyecto en cuestión pretende introducir el Título VI: Derechos y Garantías Ambientales

de la Constitución Política; adicionando siete artículos cuyo texto es el siguiente:

CAPITULO UNlCO

Artículo 75: El Estado garantiza, defiende y preserva el derecho a un ambiente físico,

biológico, cultural, económico, social y humano ecológicamente sostenible para

asegurarle una mejor calidad de vida a todos los habitantes de la nación.

Page 163: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 156

Un ambiente ecológicamente sostenible está definido precisamente en lo que es la

dinámica de sistemas'70, donde un Ecosistema está conformado sistemas ecológicos, y

estos integran los componentes del ambiente, y por medio de estos c se define el

ambiente; que incluye tanto elementos bióticos como abióticos a decir:

El Ambiente Físico: dentro de los aspectos que configuran este ambiente se deben

considerar las características geológicas, los procesos geomorfológicos, los fenómenos

climáticos, las condiciones pedológicas y la configuración florística y faunística de la

zona.¡''

El Ambiente Biótico: Este aspecto del ambiente está compuesto por la Ecología

Terrestre, (que trata el análisis de ecosistemas terrestres, para determinar las áreas de

carácter agrícola, urbano, industrias y zonas protegidas)I7' que se verán afectados en

circunstancias que puedan amenazar este tipo de ecosistema y por lo tanto el mismo

ambiente y por la Ecología Acuática ( dentro del cual se miden aspectos como calidad de

aguas, posibles contaminantes y posibles efectos en poblaciones humanas y en vida

si~vestre) '~~ .

170 Mencionada en el Titulo 1, Sección Pre1iminar:Teoría general de sistemas, considera que un sistema es un grupo de partes que están interactuando de acuerdo al mismo proceso. Por lo tanto un sistema ambiental está compuesto de aportes y procesos en escala del ambiente. Los sistemas ambientales usualmente incluyen algunas áreas de la tierra y el agua, por ejemplo: bosques, lagos, océanos, mares, granjas, ciudades, regiones, países y todo lo que incluye la biosfera. La palabra ecosistema es una expresión corta de lo que es sistema ecológico. Para algunas personas los sistemas ecológicos han llegado a ser sinónimos de sistemas ambientales, otros usan la palabra ecosistema sólo para aquellos sistemas y naturaleza que generalmente no incluyen humanos. Sin embargo, por medio de esta investigación se llega a considerar que un ecosistema es un sistema organizado que incluye tanto elementos bióticos como abióticos, dentro de los cuales los seres humanos también juegan un papel importante para la preservación, desarrollo, deterioro o destnicción de ese sistema. 171 Quesada (Gabriel). Guía oara la Elaboración de Informes de lmoacto Ambiental. Instituto Costarricense de Ecología Aplicada. Pag. 2. ' 72 Quesada (Gabriel). Oo. Cit Pág.3, 173 Quesada (Gabriel). Idem. PBg.3

Page 164: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 157 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSTTNUÓN PoLÍTKA DE COSTA RICA

El Ambiente Económico, social, cultural: integrado por las costumbres, patrones de

asentamiento, salud, y recreación de la zona.

Por último el Ambiente Humano: compuesto por la riqueza histórica-arqueológica de la

zona.

Cada uno de los aspectos anteriormente citados permiten determinar de manera rigurosa

los efectos modificantes que se puedan producir sobre el ambiente.

Artículo 76: El Estado garantiza, defiende, preserva, y mantiene el interés público

prevalente sobre el aire, el agua, el subsuelo, el suelo, la diversidad biológica y sus

componentes así como los minerales, los hidrocarburos, los recursos energéticos,

costeros, marinos, el mar patrimonial, la zona marítima de exclusión económica y las

áreas protegidas de la nación. Mediante la ley, el estado regulará su uso y

aprovechamiento público y privado, para que el mismo sea de conformidad con las reglas

de la ciencia, la técnica y el interés público. El Estado fomentará el uso de formas de

tecnologías limpias y sostenibles. Solo se permitirá el uso del ambiente y de las fuentes

energéticas de conformidad con los principios aquí establecidos.

Este es un artículo de gran controversia por las críticas que ha recibido. Para su análisis

se puede dividir en cuatro partes, a saber:

En la primera parte al decir "El Estado garantiza, defiende, preserva y mantiene un

interés público prevalente sobre el aire, el agua, el subsuelo, el suelo, la diversidad

biológica y sus componentes así como los minerales, los hidrocarburos, los recursos

energéticos, costeros, marinos, el mar patrimonial, la zona marítima de exclusión

Page 165: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 158 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTIAC AMBIENTALES EN LA CONS~UUÓN PoL~CA DE COSTA RICA

económica y las áreas protegidas de la naciónn, se critica que se quiere violentar la

propiedad privada.

Lo anterior es falso, pues en el presente artículo se está hablando de suelo, de un

recurso natural, al igual que los demás elementos que son parte del dominio público.

Entonces, este es un argumento falaz, pues 'aquí se están definiendo claramente los

elementos que conforman ese ambiente biofísico y humano'74

Para aclarar la anterior posición, es necesario recurrir a la definición de Dominio Público,

que dice: " Son cosas de Dominio Público del Estado aquellas que están destinadas al

uso directo y general de los habitantes, o están afectas a un fin de utilidad o comodidad

común y pertenecen en propiedad al ente público"'75

El suelo, el aire, el agua están destinadas al uso directo y general de los habitantes, por

un fin de utilidad, son elementos naturales de interés público, por lo cual no se está

violentando ningún artículo 45 de la Constitución Política.

Con este artículo más bien se ratifica un derecho de la Colectividad, (que se encuentra en

muchas de nuestras leyes ambientales vigentes).

Se tiene presente el Principio de Propiedad Privada, por lo cual también es importante

recordar que la Propiedad Privada también tiene límites, y es más bien en esta dirección

por donde van las críticas, es a esto lo que tienen miedo los capitalistas neoliberales que

son quienes promueven esta clase de críticas para encubrir sus intereses particulares y

mezquinos.

174 Quesada (Gabnel). Las Garantías Ambientales. Conferencia para el Colegio de Biólogos. San Pedro de Montes de Oca, Costa Rica. Universidad Latinoamericana, setiembre del 2003. 175 Valleta (ML). OD. Cit. Pág. 259.

Page 166: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA G A R A ~ R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 159 Thu~o DE DERECHOS Y GARAN~AS AMBIENTALES EN LA CONS~~-TUCIÓN P0LhCA DE COSTA RICA

Al mismo tiempo, en una segunda parte plantea que por medio de la ley que se regulará

el uso y aprovechamiento público y privado de tales elementos, conforme "las reglas de

la ciencia, técnica e interés público". Esto para que se tomen decisiones en base a estas

reglas, las cuales van a estar firmemente fundamentadas, no según intereses o políticas,

sino por la ciencia que tiene la ventaja de ser objetiva. Semánticamente hablando, este

articulo viene a ser eficaz el principio administrativo establecido en artículo 16 de la Ley

General de la Administración Pública, que dice que los servidores públicos no pueden

arrogarse facultades que no le competen y así tratar de minimizar la corrupción y

favoritismos.

Por otra parte, al decir que " el Estado fomentará el uso de formas de energía y

tecnologías limpias y sostenibles ", para atenuar el deterioro ambiental que sufre nuestro

país principalmente a nivel atmosférico.

Para ratificar de que esta es la época donde el tema ambiental adquiere mayor

conciencia, aún sin haber sido aprobada esta iniciativa, por ejemplo "en la corriente

legislativa existen proyectos que quieren desarrollar con alta tecnología el tratamiento de

los desechos sólidos para crear energía con ellos, igualmente hay proyectos de

producción de energía eólica. Uno en Puntarenas y otro en ~ imón"~ .

La última parte del artículo viene a ratificar que el uso de tales fuentes energéticas se

permitirá de conformidad con las reglas de la ciencia, técnica e interés público.

Artículo 77: Toda persona tiene derecho a un ambiente, físico, biológico, cultural,

económico, social y humano ecológicamente sostenible. El respeto al ambiente y el uso

adecuado de los recursos naturales son deberes de todos los habitantes.

'76 Alvarez (Jorge). Diputado de la Asamblea Legislativa. Presidente de la Comisión Ambiental. Entrevista realizada el miércoles 6 de agosto del 2003.

Page 167: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICION DEL 160 Tinilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONTITUCIÓN P0LhCA DE COSTA RICA

El concepto de desarrollo sostenible utilizado en el actual artículo 50 de nuestra

Constitución está errado, no dice nada, es una posesión que nace en la década de los

ochentas producto de las escuelas de planificación y que no definieron claramente la

situación ambiental como

Otro aspecto que vale la pena rescatar, es que este, a diferencia del Artículo 50 supra

citado, se utiliza el concepto de ambiente "ecológicamente sostenible". Esto por cuanto

el ambiente nunca será equilibrado, pues está en constante cambio, evolución, como se

pudo observar en las definiciones de ambiente citadas en el Primer Título de esta

investigación, por lo que podemos decir claramente que el actual artículo 50 en este

sentido está muy equivocado.

Articulo 78: Toda actividad pública o privada que afecte el componente bioquímico y

genético del país, estará obligada a cumplir las reglas y principios de la efectiva gestión

ambiental con el fin de garantizar un desarrollo ecológicamente sostenible.

Este artículo va direccionado a regular el uso de organismos genéticamente modificados o

transgénicos. Pues este es un campo en el cual nuestro país ha avanzado rápidamente y

carece de regulación, por lo que necesita tener parámetros rígidos y bien establecidos

para su protección. Por lo cual constituye otra de las grandes innovaciones de este

Proyecto.

Artículo 79: El Estado fomentará una ética colectiva en materia ambiental a través de la

educación.

177 Quesada (Gabnel).~~. cit.

Page 168: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 161 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIEMALES EN LA CONSTITUCIÓN POÚTICA DE COSA RICA

Se promueve así, una ética ambiental, que será fomentada por medio de la educación,

desde las escuelas, para que desde muy pequeños, las personas vayan adquiriendo

consciencia hacia la protección de la naturaleza. Pues no basta con la promulgación de

leyes si estas no son efectivas, y una de las máximas en esta materia es la prevención

antes que la sanción.

Artículo 80: Una institución científica pública aportará al estado los criterios que se

requieran para el establecimiento de las políticas ambientales y un desarrollo ecológico,

económico y socialmente sostenible.

Esta es otra innovación de este Proyecto, pues se crea una Institución Científica Pública

y autónoma, que se llamará Instituto Científico de Protección del Ambiente, cuya función

principal es la definición de políticas públicas en esta materia y velar por su

cumplimiento.

Es el ente rector que hacía falta para direccionar las políticas, para fomentar programas

globales entre las diferentes Instituciones, Municipalidades, Ministerios que se relacionan

con la tutela ambiental.

Este realizará el control o monitoreo de tales programas, con base a criterios objetivos,

científicos, para que a mediano plazo se logre integrar las políticas en un mismo "canal

ambiental".

Además de que "la información que científico-técnica que se obtendrá a través de este

instituto servirá para que todos los costarricenses tengan acceso al conocimiento y que no

Page 169: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~UMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 162

sea una elite o grupos que manipulen esta información para la satisfacción de sus

intere~es""~.

Artículo 81: Toda persona está legitimada para denunciar los actos que pongan en

peligro los derechos y garantías establecidas en este título y reclamar la reparación del

daño causado. Las acciones para evitar y corregir situaciones de deterioro ambiental son

públicas. La Ley determinará las responsabilidades de las personas naturales y jurídicas

en materia ambiental incluyendo el criterio de duda a favor del ambiente.

Este artículo se puede dividir en dos partes:

La Primera que reconoce a cada ciudadano el derecho de acudir a los tribunales para

denunciar actividades que deterioren la naturaleza. Acá introduce el tema de los

derechos difusos.

La Segunda parte constituye uno de los principales objetivos de esta Reforma

Constitucional al crear la figura de "ln dubio pro natura" establecido al final de este

artículo; por medio del cual se obliga a los tribunales a decidir a favor de la protección del

ambiente en caso de duda. Este principio se da en materia penal, laboral; pero es la

primera vez que se busca introducir como mandato constitucional por la importancia de la

materia que trata.

El principal impulsador de esta propuesta es Gabriel Quesada, presidente del Movimiento

Ecológico Costarricense, que dice" es fundamental incluir en la Constitución Política un

título de Garantías Ambientales que responda al interés público ambiental, para que los

derechos ecológicos sean debidamente tutelados por el Recurso de Amparo y la Acción

178 Quesada (Gabriel). OD. Cit. Pág. 3

Page 170: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZ4R EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 163 TÍTULO DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA C O N ~ Ó N P0LhIU DE Cosr~ RICA

de lnconstitucionalidad, como derechos fundamentales que son. En otras palabras que el

ciudadano y el pueblo cuenten con un instrumento ágil y eficiente para proteger

efectivamente el ambiente y establecer un nuevo orden en Costa Rica y en el resto de las

naciones, para asegurarle a los seres humanos y a las demás especies, la vida y

existencia en el planeta tierra"17'. Añade, que con esta iniciativa se procurará que el

sector privado tenga más protagonismo en la protección del ambiente y que pueda

expanderse de una forma "ecológicamente so~tenible"'~~

Recordemos que "en materia ambiental es conocida la dificultad de ejercer la defensa del

ambiente por medio de la aplicación de la legislación respectiva. De igual forma los

mecanismos de control y seguimiento - cuando existen- han mostrado su ineficiencia. Y

además, hay ausencia de instrumentos eficaces que garanticen la responsabilidad por

daños ambientales. Ante esto, la reforma constitucional es más que pertinente; con ella el

país estaría reconociendo en la constitución derechos humanos de solidaridad - o tercera

generación- que servirían de base para el desarrollo de los derechos ambientales que la

población que habita nuestro país posee. Así estos derechos adquirirían el carácter de

irrenunciabilidad, lo que se sumaría a la obligación estatal de velar por su cumplimiento.

Nuestra Constitución estaría dando, pues, un giro hacia las nuevas tenencias globales,

que en lo jurídico, reconocen a la colectividad como sujeto de derechos, basándose, en

otros, en los principios de solidaridad y justicia socia^"^.

179 Quesada (Gabriel) Segun la opinión de Gabriel Quesada. Presidente del Movimiento Ecológico Costarricense. Entrevista febrero 22 del 2003. 180 Quesada (Gabriel). Entrevista. 0~ .C i t . 18' Esa es la posición del licenciado lsaac Rojas. miembro de Coecoceiba- Amigos de la tierra y Presidente de la Federación para la Conservación del Ambiente. En su artículo "Garantías Ambientales para la sustentabilidad". http:ll www.una .ac.crlambilAmbien-Ticoll05lrojasl05.htm

Page 171: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiiAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADIUÓN DEL 164

Con esta iniciativa se procurará que el sector privado tenga más protagonismo en la

protección del ambiente y que pueda expanderse de una forma "ecológicamente

so~tenible" '~~

En este contexto, la Propuesta de la Adición de un Título de Garantías Ambientales a

nuestra Constitución Política, resulta un gran reto, que permite abrir un horizonte de

perspectiva para analizar nuestra situación actual y real, nuestros yerros pasados, y nos

impulsa a tomar energía para plantear cambios y soluciones a futuro, encaminados a

reorientarnos en la consecución de los objetivos originales propuestos sobre desarrollo y

protección del ambiente de nuestra nación.

No cabe duda que esta Propuesta es la respuesta que nuestro país necesita, es el

instrumento para procurar una sociedad más digna, con una mejor calidad de vida ...

Con ella se busca un reencuentro de las funciones políticas, económicas con las

ambientales pues actualmente estamos sufriendo un colapso de un sistema político

corrompido ... Esta es una innovación objetiva que debe ser Aprobada por nuestros

legisladores, y para ello nosotros, que somos la razón por la cual ellos se encuentran

tomando las decisiones para nuestro país, debemos hacernos escuchar, para que Las

Garantías Ambientales no sean un concepto, algo efímero, sino una realidad para el

bienestar de Costa Rica.

Con la aprobación de la Reforma nuestro pais sería el primer pais que introduzca dentro

de su articulado constitucional un Titulo de Garantías Ambientales como uno de sus

principales postulados, al mismo nivel del Título de las Garantías Individuales o Sociales ...

le2 Segun la opinión de Gabriel Quesada. Presidente del Movimiento Ecológico Costan'icense. Entrevista

Page 172: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 165 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSTIUUÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

Sin embargo, al lado de personas visionarias por intereses que beneficien a la

colectividad, se encuentran grupos que no aprueban la propuesta, tal es el caso del

"Movimiento Libertario que no apoya tal reforma calificándola de i rra~ional '~~.

Pero debemos estar conscientes de que como dice el presidente del Movimiento

Ecológico Costarricense "Hoy como ayer, nuestras propuestas fueron criticadas por

intereses particulares que pretenden continuar con la explotación irracional de nuestros

recursos naturales, sin importar la suerte que corran los intereses de nuestro país. En el

nombre de la propiedad privada, un desarrollo sostenible y una globalización se cometen

las mayores atrocidades contra el ambiente y millones de seres humanos ... Se continúan

deforestando los últimos reductos de bosque, se destruyen los principales acuíferos del

Valle Central(...), se contaminan con miles de toneladas de materia fecal, agrícola e

industrial las principales cuencas hidrográficas, se otorgan permisos de construcción de

vivienda en lugares frágiles y susceptibles a la erosión ... Además se contaminan nuestros

mares, se masacran tiburones y otras especies marinas por compañías privadas

internacionales, se violentan así los tratados internacionales en esa materia. El costo de

todos estos daños los paga el pueblo, porque aquí se sigue el principio de socializar las

pérdidas e individualizar las g a n a ~ i a s " ' ~ ~

febrero 22 del 2003. la3 El jefe de fracción de los libertarios, Federico Malavassi, se declaró "asustado" y anunció que su bancada está dispuesta a presentar '1400 mociones diarias" para alargar la discusión del proyecto hasta el último día del actual periodo legislativo en el 2006" . Murillo M (Alvaro). Reforma Ambiental con anolio imoacto. La Nación. Martes 17 de setiembre, 2002. San José, Costa Rica. 184 Quesada (Gabriel). 0 ~ . C i t . pág. 2.

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INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 1 66

CONCLUSIONES GENERALES

De la labor de investigación realizada, se ha llegado a las siguientes conclusiones:

La actividad humana como se ha indicado al principio de esta investigación ha

provocado agresiones diversas al medio, especialmente en los últimos treinta años,

donde la explosión demográfica, aunado a una economía capitalista han sido factores

fundamentales para el aumento de la deforestación, de la contaminación del agua, del

aire y el problema de los desechos sólidos, crecimiento urbano ( industrial y de

vivienda). Es así como uno de los principales retos en este país y en el mundo será

la sostenibilidad ambiental.

Como respuesta a la situación ambiental mundial se han promulgado acuerdos

internacionales, regionales y políticas mundiales para la protección del medio, las

cuales han influído en la promulgación de leyes nacionales ambientales.

Nuestro país no escapa a la "contaminación normativa" en es esta materia, lo que ha

provocado la emisión de gran cantidad de leyes, decretos y reglamentos para la

protección del ambiente, y que han producido una maraña de regulaciones que

muchas veces hace que la aplicación de tales normas jurídicas resulte difícil y

confusa.

Se piensa erróneamente que la existencia de estas normas jurídicas va a solucionar el

problema del deterioro ambiental. Sin embargo, es una visión simplista que

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INSIRUMENTOS PARA GARANTlZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 167 Tirulo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTI~UCIÓN POLíTICA DE Cosr~ RICA

desencadena un efecto negativo, pues surgen conflictos de competencia, confusiones

y ambiguedades. De éste conflicto toman ventaja los infractores, aquellos que

contaminan, que trasiegan especies de flora y fauna, que destruyen ecosistemas;

provocando que la naturaleza y por ende la colectividad sea la principal afectada. Un

ejemplo de lo anterior es el agua. En este país existen al menos nueve leyes y más

de diez decretos ejecutivos que regulan el recurso hídrico. Además de los proyectos

de ley que se están discutiendo en la Asamblea Legislativa

En Costa Rica, se evidencia que las leyes son blandas y tímidas con la ausencia de

sanciones por ejemplo en la Ley Orgánica del Ambiente; pues incluye las

administrativas pero no las coercitivas. Para subsanar este defecto es fundamental la

creación de una ley penal ambiental.

Por otra parte, al existir muchos entes con potestades para la protección ambiental, se

amplia el nivel de intervención del Estado. Sin embargo, la existencia de cuatro

ministerios con competencias ambientales no es suficiente sino se acompaña de un

plan o programa nacional ambiental que permita unificar los distintos esfuerzos.

Muchas podrían ser las conclusiones derivadas de una consideración jurídica sobre la

protección y restauración del ambiente, pero desde un punto de vista selectivo y crítico

cabría resumirlas de la siguiente manera:

No habrá una legislación completa, coherente, eficaz, protectora y restauradora del

medio, mientras no exista una política ambiental unificada, donde el MINAE sea el

verdadero ente rector administrativo del serctor, que no sólo se preocupe de factores

económicos, sino de los factores ambientales que son los que le competen; y una

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~NSTRUMENTOS PARA GARANTUAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICI~N DEL 168

Institución Científica, se encargará de aportar los criterios científico-técnicos de esta

material, como se porpone en el artículo 80 del proyecto en discusión. Otra arista para

que la legislación sea coherente, es que los planes a corto, mediano y largo plazo tengan

un verdadero compromiso con los intereses ambientales nacionales.

Para la aplicación de las obligaciones ambientales que tiene el MINAE debe contarse

con los medios financieros adecuados para la efectiva realización de los principios

jurídicos que establece la LOA. Por lo que es urgente implementar una mejor distribución

de estos recursos por parte del Gobierno a esta institución. Por ejemplo, es necesaria la

aprobación del nuevo reglamento de SETENA, para dotar de mayores recursos a esta

dependencia, y de una respuesta al gran numero de solicitudes de proyectos que

requieren estudios de impacto ambiental y monitoreo en todo el territorio nacional.

Por lo antes expuesto, deben incluirse normas constitucionales, para dar solución a

los problemas ambientales, tanto a nivel vertical como sectorial. Toda vez, que el fin

último del derecho constitucional ambiental es establecer principios y normas generales

que contemplen una verdadera protección del ambiente.

La enmienda al artículo 50 de la Constitución, la ratificación de diversos convenios y

tratados internacionales en materia ambiental, el establecimiento de la Ley Orgánica

del Ambiente, la Ley de Vida Silvestre. la Ley de Biodiversidad, la creación del

Ministerio del Ambiente y la Procuraduna Ambiental son parte de la gran

transfomnación jurídico-administrativa que experimentó el país a finales del siglo

veinte. Sin embargo, estos derechos, deberes y obligaciones que tiene el Estado y la

sociedad cambian muy lentamente y los problemas ambientales (agua, aire, energía,

vida silvestre, marina y terrestre, minas y crecimiento urbano) aumentan en muchos

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INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS M LA ADICI~N DEL 1 69 Tinilo DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONST~UCI~N POLhCA DE COSTA RICA

casos exponencialmente. Ni el gobierno, ni la empresa privada, ni la mayoría de las

organizaciones no gubernamentales, ni la sociedad han dado respuestas y soluciones

contundentes a tan grave situación.

Por tanto, es fundamental incluir en la Constitución Política un título de Derechos y

Garantías Ambientales donde d Estado garantice, defienda y preserve el derecho a un

ambiente biofísico y humano ecológicamente sostenible, donde se mantenga el dominio

público sobre los elementos del ambiente, donde se regule su uso y aprovechamiento de

conformidad con las reglas de la ciencia y la técnica, para que las personas tengan el

derecho a un ambiente ecológicamente sostenible, para proteger el ambiente a través de

la educación promoviendo una ética ambiental colectiva, para establecer reglas claras

frente a los tratados de libre comercio, para crear una institución científica pública que

responda a los intereses ambientales de la sociedad y finalmente para que todos los

costarricenses denuncien los actos que atenten contra el ambiente a través de la acción

popular, incluyendo el principio de duda a favor del ambiente.

En la actualidad, el proceso de aprobación de las Garantías Ambientales se encuentra

detenido en el Congreso, ya que un grupo muy reducido de diputados, se opone a

este proyecto sobreponiendo los intereses particulares a los colectivos. Para que ésta

tendencia sea eliminada del plenario, es importante, que los diputados tengan los

conocimientos científico-técnicos adecuados para que se le de la prioridad

correspondiente a esta transcendental reforma.

Debemos evolucionar en este sentido y aprobar la adición del título de Derechos y

Garantías Ambientales en nuestra constitución, corroborando así, que en este como

en otros campos nos encontramos tan o más evolucionados que los paises

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INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 1 70 T h ~ o DE DERECHOS Y GARANT'íAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUUÓN P0LhICA DE COSTA RICA

desarrollados.

Las Garantías Sociales consolidaron el Estado Social de Derecho, las Garantías

Ambientales servirán para consolidar el Estado Ambiental de Derecho, y así dar

respuesta a las necesidades que generan los Derechos de Cuarta Generación,

derechos independientes que necesitan ser real y efectivamente protegidos.

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INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁLISIS DE LA ADIUÓN DEL 171 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSITIUUÓN P0IíTIC4 M COSTA RICA

LIBROS

AGUllAR (Grethel). Evaluación de Impacto Ambiental Dara Centroamérica. La Serie.

Tomo 2: Los Paísss en Acción. lera Ed. San José, Costa Rica: UICN. Oficina Regional

para Mesoamerica, 2002.

AGUllAR (Grethel). Evaluación de Impacto Ambiental Rara Centroamérica. La Serie.

Tomo 3: Evaluación ambiental Estratéaica. lera Ed. San José, Costa Rica: UICN. Oficina

Regional para Mesoamerica, 2002.

ASTORGA, (Allan). Provecto Sistemas lntearados de Gestión y Calidad Ambiental (SIGA):

Com~onente Costa Rica. Fase l. Primera Edición. San José, Costa Rica.: Fundación para

el Desarrollo Urbano. 2000.

GONZÁLEZ, (Rafael). El Derecho Ambiental en Costa Rica (límites v alcanes)

GONZÁLEZ, (Rafael). Síntesis del Sector Leaal dentro de la Estrateqia Nacional Dara la

conservación v protección del ambiente. San José, Costa Rica: Mimeografiado, 1988.

HERNÁNDEZ, (Rubén). Las Libertades ~úblicas en Costa Rica. San José, Costa Rica.

Editorial Juricentro, 1990.

Page 179: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN!%!UMENTOs PARA GARANT17AR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 172 Tmi~o DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONSITIUCIÓN POÚTICA DE COSTA RICA

HUNT (David) y JOHNSON (Catherine). Sistemas de Gestión ambiental. Principios y

práctica. lera Ed. Madrid, España. Serie Mcgraw Hill, 1996. (333.71 5 H939s)

JAQUENOD DE ZSOGON (Silvia). El Derecho Ambiental v sus principios rectores.

Madrid, Editorial Dykenson. Tercera Ed., 1991.

JORDANO FRAGA (Jesús) "La protección del ambiente a un derecho adecuado".

Barcelona, Bosch. 1995.

MART~N MATEO, (Ramón). Derecho Ambiental. Madrid, Instituto de Estudios de

administración local. 1977. pág.79.

MART~N MATEO, (Ramón). Tratado de Derecho Ambiental. Madrid, Editorial Trivium,

Volumen 1,1991 .pág.81.

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA, República de Costa Rica (MINAE) y

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). GEO Costa Rica:

una Perspectiva sobre el Medio Ambiente. 2002. San José, Costa Rica, 2002.

MORALES, (José Francisco); en su libro Orauídeas, cactus v bromelias del bosaue seco.

Santo Domingo de Heredia, Costa Rica, INBio, 2001

MORAN (Alberto). Compilador. Aqenda 21 en el MERCOSUR i. una opción para el medio

ambiente?. Buenos Aires, Argentina: Konrad- Adenauer- Stiftung A.C. CIEDLA. Centro

lnterdisciplinario de Estudios sobre el desarrollo Latinoamericano, 1997.

Page 180: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADIUÓN DEL T h ~ o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~UUON POLhICA DE COSTA RICA

MORELLI, (Sandra). La protección de la diversidad e integridad del ambiente: un mandato

constitucional en el derecho colombiano.1999

OBANDO, (Vilma). Biodiversidad en Costa Rica: Estado del conocimietosv aestión. led.

Santo Domingo de Heredia, Costa Rica: Instituto Nacional de Biodiversidad, INBIO, 2002.

PIERGIGLI, (V) La ~rotección de la naturaleza en el derecho francés. CEDAN. Padova.

1997.

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE. Perspectivas

del Medio Ambiente Mundial 2002 GEO-3. Madrid, España. Grupo Mundi Prensa, 2002.

PROYECTO ESTADO DE LA NACIÓN EN DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE.

Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible: Octavo Informe 2001. San José,

Costa Rica. Proyecto Estado de la Nación, San José, 2002.

QUESADA, (Ricardo). Costa Rica. La Frontera sur de Mesoamerica. San José, Costa

Rica, 1980.

RU~Z- RICO RU~Z (Gerardo). El derecho constitucional al medio ambiente. Tirant

Monografías. Valencia, 2000.

Page 181: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~TRUMENTOS PARA GARANTlZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS M LA ADICIÓN DEL 174

T~TULO DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~LICIÓN POL~TICA DE COSTA RICA

SAGOT, (Alvaro). Manual de Leaislación Ambiental: lev oraánica del ambiente

concordada con su iurisprudencia constitucional v leaislación relacionada en anexos. 1 era

Ed. San José, Costa Rica: IJSA, octubre del 2000.

SALAZAR (Roxana) y CABRERA (Jorge). Biodiversidad: Políticas v Leqislación a la luz

del Desarrollo Sostenible. Primera Edición, San José, Costa Rica. Fundación Ambio,

1994.

SALAZAR, (Roxana) y otros. Manual sobre Derechos Humanos v Ambiente. San José.

Fundación AMBIO. Segunda Edición,l995.pág.l4.

SERRANO MORENO (José Luis). Ecoloqía v Derecho. Princi~ios de Derecho Ambiental y

Ecoloaía Jurídica. Granada. Ed. Comares, 1992. Pág.28.

TAMAMES, (Ramón). Un Nuevo Orden Mundial. La Senda crítica de la Razón v el orden

de la humanidad. Ed. Espasa-Cale S.A., Madrid, España. 1991.

THESING (Josef) y WILHELM (Hofrneister). La Protección del Medio Ambiente,

conceotos v políticas. Buenos aires, Argentina: Konrad- Adenauer- Stiftung A.C. CIEDLA.

Centro lnterdisciplinario de Estudios sobre el desarrollo Latinoamericano, 1997.

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID. Tratado del Medio Natural: Tomo V. Madrid,

España. Universidad Politécnica de Madrid-GEOTMA-INIA- ICONA, 1 981.

VON BERTALANFFY (F). Tendencias en la Teoría General de Sistemas. Ed. Alianza.

Alemania, 1 987.

Page 182: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

~NSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 175 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~UUÓN P o m a M COSTA RICA

DICCIONARIOS

Enciclopedia Universal Ilustrada Europea Americana. Bilbao, España. Ed. Calpe S.A.,

1987, pág. 498.

VALLETA (María Luisa). Diccionario Jurídico. Valleta Ediciones S.R.L. República de

Argentina. 2da Edición, 2001.

REVISTAS

OBSERVATORIO DEL DESARROLLO. El aqua en Costa Rica: Abundante Dero

vulnerable. Boletín Información para la toma de Decisiones, Año 3, No. 6, abril-mayo,

2001.

GIANNINI. "Ambiente saggio su¡ diversi suioi aspetti giuridici" Rivista Trimestrale de

Diritto Pubblico. N. 1, 1973.pág.223-225

ROMERO, (Jorge Enrique). Derecho Ambiental. Revista de Ciencias Jurídicas.

Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho, Colegio de Abogados. No 95, mayo-

agosto, 200 1.

Page 183: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

IN~TRUMENTOS PARA GARANTíiAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 176 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONS~CIUON PoL~CA DE COSTA RICA

TESIS

BERMÚDEZ (Flor), GARITA (Damaris) y RODRIGUEZ (Johnny). El Bosaue como Droceso

Fundamental en los Servicios Ambientales en Costa Rica. Heredia, Costa Rica. Seminario

de Trabajo de Graduación para optar al grado de Licenciatura en Ingeniería Forestal.

Facultad de Ciencias de la Tierra y el Mar. Escuela de Ciencias Ambientales. Universidad

Nacional. 2000.

CHAVEZ (María Rosario). El Princi~io de Precaución Y el lndubio Pro- Naturaleza. San

José, Costa Rica. Tesis para optar por e¡ título de Licenciada en Derecho. Facultad de

Derecho, Universidad de Costa Rica, 1997. (1 7631 )

GARCIA (Tatiana). Daño Ambiental Acciones Preventivas y Resarcitorias. San José,

Costa Rica. Tesis para optar por el titulo de Licenciada en Derecho. Facultad de Derecho,

Universidad de Costa Rica, 1997.

REYES (Ángel Roberto). Tribunal Ambiental Administrativo. San José, Costa Rica. Tesis

para optar por el título de Licenciada en Derecho. Facultad de Derecho, Universidad de

Costa Rica, 1999. (1 971 7).

Solano García, (Miguel) y Zeledón Cruz, (Julia). Mecanismos de control Ambiental en el

Ambito Institucional. Tesis para optar por el grado de licenciado en Derecho, Universidad

de Costa Rica, Facultad de Derecho, 2000.pág 69-70.

Page 184: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 177 Tíni~o DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA CONS~WÓN P0LíTICA DE COSTA RICA

CONSTITUCIONES

Constitución Política de la República de Costa Rica, 7 de noviembre de 1949.

Constitución de Portugal de 1976.

Constitución de Brasil, 1988.

Constitución de Italia

Constitución de Alemania

Constitución de Colombia

Constitución de Argentina

Constitución de Chile de 1980.

Constitución de México

Constitución de Panamá

Constitución de Honduras

Constitución de Nicaragua

Constitución de San Salvador

Constitución Política de Guatemala de 1985. Reformada por Acuerdo legislativo No. 18-93

del 17 de Noviembre de 1999

DECLARACIONES Y TRATADOS

Cumbre de la Tierra. Declaración de Río. Brasil, junio de 1992.

Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono. Viena, Austria 22 de marzo

de 1985.

Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar. Montego Bay Jamaica, 10

de diciembre de 1982.

Page 185: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUÓN DEL 178 T ~ L O DE DERECHOS Y GARANI~AS AMBIENTALES EN LA CONSTITUUÓN PoLíTlCA DE COsFA RICA

Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora

Silvestre- CITES, Washington, 3 de marzo de 1973.

Convención para la protección del Patrimonio cultural y natural, Paris, 23 de noviembre de

1972.

Convención relativa a los Humedales de importancia Internacional, especialmente como

hábitat de las Aves Acuáticas, "Convención de Ramsar", 02 de febrero de 1971.

Declaración de Estocolmo, Estocolmo, 1972.

Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio

Climático, Kioto, Japón 11 de diciembre de 1997.

Cumbre del Milenio, 2000.

Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible, Johannesburgo, Suráfrica, 26 de agosto al 4 de

setiembre del 2002.

Convenio Centroamericano para la Protección del Ambiente, San Isidro de Coronado, San

José Costa Rica, diciembre de 1989.

Declaración Centroamericana sobre Ambiente y Desarrollo, Honduras, diciembre de 1991.

Convenio para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de áreas silvestres

prioritarias en América Central, Managua, Nicaragua 5 de junio de 1992.

Page 186: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANnZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANAUSIS DE LA ADIUÓN DEL 179 T ~ L O M DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONSTITUUÓN PoLhlCA DE COSTA RICA

Convenio Regional sobre Cambios Climáticos, Guatemala, octubre de 1993.

Convenio Regional para el manejo y conservación de los ecosistemas naturales forestales

y el desarrollo de plantaciones forestales, Guatemala, 1993.

La Alianza para el Desarrollo Sostenible (ALIDES), Nicaragua, octubre de 1994.

Convenio entre Centroamérica y Estados Unidos de Norte América (CONCAUSA), Miami,

Florida, diciembre de 1994.

Tratado de Integración Social Centroamericana, San Salvador, 1995.

Declaración Conjunta México- Centroamérica en el marco de la Comisión

Centroamericana de Ambiente y Desarrollo, octubre 1995.

Propuesta para la implementación del Corredor Biológico Mesoamericano, Panamá, 1997.

Plan Puebla- Panamá. Declaración Conjunta de la Cumbre Extraordinaria de los Países

integrantes del Mecanismo Diálogo y concertación de Tuxtla, El Salvador, 2001.

LEYES

Ley 276, Ley de Aguas, 27 de agosto de 1942.

Ley 5395, Ley General de Salud, 30 de octubre de 1973.

Page 187: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 180 Tírulo DE DERECHOS Y GARANT~AS AMBIENTALES EN LA ~oNSITIUCIÓN P&CA M COSTA RICA

Ley 5980. Convención para la protección del Patrimonio cultural y natural. Publicada el 26

de octubre de 1976.

Ley N.7414. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Ley 7416. Convenio sobre Diversidad Biológica y sus Anexos 1 y 11. Publicada en la

gaceta 143 del 28 de julio de 1994.

Ley 7223. Aprobación del Protocolo de Montreal, relativo a las Sustancias Agotadoras de

la Capa de Ozono, suscrito el 16 de setiembre de 1987.

Ley 7224. Convención relativa a los Humedales de importancia Internacional,

especialmente como hábitat de las Aves Acuáticas, "Convención de Ramsar"

Ley 7226. Aprobación del Convenio Constitutivo de la Convención Centroamericana de

Ambiente y de Desarrollo.

Ley 7228. Aprobación de la Adhesión de Costa Rica al Convenio de Viena, para la

protección de la Capa de Ozono, del 22 de marzo de 1985.

Ley 7291. Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, publicada el 15 de

julio de 1992.

Ley 731 7, Ley de Conservación de Vida Silvestre, publicada en la Gaceta 197 del 18 de

octubre de 1990.

Page 188: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTíZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 18 1 Tíni~o DE DERECHOS Y GARANTÍAS AMBIENTALES EN LA CONS~UCIÓN PoÚTICA DE COSTA RICA

Ley 7416. Convenio sobre Diversidad Biológica y sus Anexos 1 y II publicada en la gaceta

143 del 28 de julio de 1994.

Ley 7513. Convenio Regional sobre Cambios Climáticos, publicada en la Gaceta 128 del

6 de julio de 1995.

Ley 7554, Ley Orgánica del Ambiente, noviembre de 1995.

Ley 7575, Ley Forestal, publicada en el alcance 21 a la Gaceta 72 del 16 de abril de

1996.

Ley 7788, Ley de Biodiversidad.

JURISPRUDENCIA

Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto número 1735-93. Recurso de

Amparo. Agraviado C.R.M.CH. Recurrido: Ministerio de Salud y Municipalidad de Santa

Ana.

Sala Contitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto 2034-96. Expediente 6622-V-95.

San José a las diez horas tres minutos del tres de mayo de mil novecientos noventa y

seis.

Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto 2849-97. San José, a las 15:03

horas del 22 de mayo de 1997. Recurso de Amparo interpuesto por Francisco Vargas

Araya c/ Minera Anaconda y Cascabel S.A. y el MINAE.

Page 189: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADIUON DEL 182 Tínilo M DERECHOS Y GARANT~AC AMBIENTALES EN LA CONSTITUUÓN P0l.íl-I~~ DE COSTA RICA

Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Voto 05974-98. San José, 15:56 hrs

del 19 de agosto de 1998. Recurso de Amparo interpuesto por Roy Araya Rodríguez a

favor de la Asociación Palmareña para la Recuperación del Ambiente(APRA) CI Ministerio

de Salud , Municipalidad de Palmares y M y M Productores S.A.

EXPEDIENTE

Expediente Número 1491 9: "Ley que adiciona un Título de Garantías Ambientales en la

Constitución Política de Costa Rica".

BOLETIN

CABRERA, (Jorge). lndubio Pro Natura. Boletín de Fundación Ambio N.3, San José,

Costa Rica. 1994

DIRECCIONES DE INTERNET

CITES. The CITES S~ecies, 2001. http//:www.cites.org/eng/disc/species

NACIONES UNIDAS. Informe Johannesburqo del Secretario Koffi Annan.

http//:www.unitednations.org

El Gobierno de Costa Rica Acoaiendo la Iniciativa del Movimiento Ecoloaista. http//:

www.casapres.go.cr/informacion/rindiendo~entas/año%2002

RAMSAR CONVENTION BUREAU. The Ramsar Convention on Wetlands. 2003.

htt~://www.ramsar.orq

UNESCO. The World Heritaue List Paris, 2001. httpll: www.unesco.oq/whc/heritaae.htm

Page 190: INSTRUMENTOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO AMBIENTAL

INSTRUMENTOS PARA GARANTiZAR EL DERECHO AMBIENTAL. ANÁUSIS DE LA ADICIÓN DEL 183

UNITED NATIONS POPULATION DIVISION. World Urbanization Prospects: The 1999

Revision. Key Findings. United Nations Population. 2001.

http:/www.un.org/esa/population/pubsarchive/urbanization

TEXTOS POLIGRAFIADOS

GARC~A, (Alonso). Leqislación sectorial de medio ambiente. Ponencia presentada en el I

Congreso Nacional de Derecho Ambiental. Sevilla, 1995.

GARC~A, (Alonso). "El control iurídico del territorio como instrumento para preservar la

diversidad biolóqica" . Conferencia presentada en el curso "El derecho al medio ambiente

y los espacios naturales" Universidad de Jaen, España. Noviembre, 1998.