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  • INSTRUCTIVO DEL PROCESO SERUMS 2014 I y II

    1. OBJETIVO:

    Establecer los lineamientos tcnicos que orienten a los profesionales de la salud que participan en el Programa SERUMS 2014

    2. BASE LEGAL:

    a) Ley N 27657 - Ley del Ministerio de Salud; b) Ley N 23330 Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud; c) Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; d) Decreto Legislativo N 276- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

    Remuneraciones del Sector Pbico e) Decreto Supremo N 013-02-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley del

    Ministerio de Salud; f) Decreto Supremo N 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N

    23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud SERUMS; g) Decreto Supremo N 007-2008-SA, que aprueba modificaciones al Reglamento

    de la Ley N 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud SERUMS;

    h) Decreto Legislativo N 1153, que regula la Poltica Integral de Compensaciones y Entregas Econmicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado y sus normas complementarias.

    i) Resolucin Ministerial N 088-2009/MINSA, que modifica el Reglamento de la Ley N 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud SERUMS, aprobado por D.S. N 005-97-SA, modificado por D.S. N 007-2008-SA;

    j) Resolucin Ministerial N 307-2010/MINSA, que considera bonificacin a los profesionales mdicos cirujanos que hubieren realizado el SERUMS antes del Decreto Supremo N 007- 2008-SA en instituciones de salud estatales y privadas inscritas en el Registro Nacional de Establecimientos de salud - RENAES, con el registro vigente, acreditadas por la autoridad competente y que postulen al programa de Residentado de Medicina Humana.

    k) Resolucin Ministerial N 546-2011/MINSA, que aprueba las Categoras de los Establecimientos del Sector Salud y Servicios Mdicos de Apoyo.

    I) Resolucin Ministerial N710-2012/MINSA, que aprueba disposiciones para que profesionales en ciencias de la salud peruanos o no peruanos graduados o titulados en el extranjero puedan inscribirse como postulantes en cualquier sede de adjudicacin del pas.

    m) Resolucin Ministerial N 016-2014/MINSA Dispone de manera excepcional con carcter temporal la contratacin de diversos profesionales de la salud in la exigencia de requisito del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud

    3. ALCANCE:

    El presente documento es aplicable a los profesionales de la salud que participan n

    4. DEFINICIN DE TRMINOS: - Direccin Regional de Salud/Gerencia Regional de Salud

    DIRESA/GERESA: Es la mxima autoridad de salud en cada una de las 25 ones: Amazonas, Ancash, Apurmac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca,

    Cusco, Huancavelica, Hunuco, Ica, Junn, La Libertad, Lambayeque,

    en el Programa SERUMS 2014.

    1

  • Lima (Provincias de Lima, excepto Lima Metropolitana), Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martin, Tacna, Tumbes y Ucayali y cuenta con Comit Regional SERUMS

    Direccin de Salud DISA: Es la autoridad sanitaria en los distritos de Lima Metropolitana y para efectos del Programa SERUMS, dependen del Comit Central SERUMS y son: Lima Ciudad, Lima Sur y Lima Este.

    - Comit Central: Es el rgano encargado de la conduccin del SERUMS a nivel nacional y est conformado por representantes de:

    - MINSA-Presidente - EsSalud (ex IPSS) - Sanidades de las FF.AA (Ejercito-Marina y FAP) - Sanidad de la PNP

    Programa

    - Comits Regionales SERUMS: Es el rgano encargado de la conduccin del Programa SERUMS en las Regiones de Salud y est conformado por representantes de:

    - DIRESA/GERESA-Presidente - EsSalud (ex IPSS) - Sanidades de las FF.AA (Ejercito-Marina y FAP) - Sanidad de la PNP

    Comit SubRegional SERUMS: Es el rgano encargado de la conduccin del Programa SERUMS en las Sub Regiones de Salud: Andahuaylas (Apurmac), Luciano Castillo Colona (Sullana), Chota(Cajamarca) y Cutervo (Cajamarca) y est conformado por representantes de:

    - SU B-REG ION/DISA-Presidente - EsSalud (ex IPSS) - Sanidades de las FF.AA (Ejercito-Marina y/o FAP) - Sanidad de la PNP

    Sede de adjudicacin: Regin que realiza el proceso de adjudicacin de plazas autorizadas segn la profesin.

    - Modalidad del servicio: - Remunerado: Es el servicio que se realiza en una plaza que cuenta

    con financiamiento de las instituciones ofertantes (MINSA-ESSALUD-FF.AA, PNP y PRIVADOS)

    - Equivalente: Es el servicio que se realiza en una plaza que no cuenta con financiamiento (Ad Honorem).

    Postulante con vnculo laboral en el Estado: Son los profesionales que laboran en las instituciones Pblicas mediante los D.L. 276, D.L. N 728 personal militar de las FF.AA y PNP y D.L. 1053 (CAS).

    - Constancia de la Nota PPP: Es el documento formal emitido por la Universidad, que acredita la nota del promedio ponderado promocional obtenido en el pre-grado y no incluye la nota del internado.

    - Constancia de la Nota ENAM: Es el documento formal emitido por la ASPEFAM, en la que se acredita la nota obtenida en el examen nacional de medicina del postulante.

    - Nota del ENAE: Es la nota del Examen Nacional de Enfermera que se

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    encuentra registrada en la Ficha de Inscripcin y es remitida por la ASPEFEEM.

    - Adjudicacin por orden de mrito: Es el tipo de adjudicacin de plazas que se realiza en base al ponderado de notas obtenidas en el pre-grado (PPP) y el examen nacional y se calcula de la siguiente manera:

    Puntaje Final= Nota PPP x 0.30 + Nota Examen Nacional x 0.70

    Casos Especiales: Es la condicin que se otorga a los postulantes a plazas remuneradas que acrediten lo siguiente:

    - Gestante - Mujeres con hijo menor de un ao - Persona con discapacidad (reconocida por CONADIS)

    - Quintiles de Pobreza: Es la identificacin geogrfica por distritos, categorizados segn nivel de pobreza en las que se programa plaza SERUMS, de acuerdo al detalle:

    Quintil 1 equivale a Ms pobre Quintil 2

    - Quintil 3 - Quintil 4

    Quintil 5 equivale a Menos pobre

    - Compensacin Principal: Es el ingreso econmico que reciben los profesionales que realizan el SERUMS en una plaza remunerada de las instituciones pblicas: MINSA, SANIDAD DE LAS FF.AA y PNP. y corresponde al primer nivel de la carrera.

    5. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA:

    - Contar con Titulo Profesional Universitario en cualquiera de las profesiones de las ciencias de la salud.

    - Contar con Colegiatura y habilidad profesional emitida por el Colegio profesional correspondiente. Encontrarse en condiciones fsicas y mentales adecuadas para realizar el SERUMS. No tener antecedentes penales y/o policiales. Ser peruano de nacimiento.

    - En el caso de personas nacidas en el extranjero, debern contar con los documentos validados por el Estado peruano (DNI y/o Carnet de Extranjera, VISA para trabajo).

    - Los profesionales titulados en el extranjero deben contar con el ttulo revalidado o convalidado y la colegiatura del Colegio Profesional respectivo.

    6. OFERTA DE PLAZAS:

    a) El profesional de la salud podr visualizar el cuadro de oferta de plazas aprobado, en la pgina web del Ministerio de Salud: www.minsa.gob.pe.

    4.

    b) Las plazas ofertadas por el Programa SERUMS, estn ubicadas prioritariamente en las zonas de menor desarrollo del pas, las mismas que son programadas por las regiones de acuerdo a sus demandas de salud.

    3

  • 7. CRONOGRAMA:

    La publicacin de la convocatoria se hace en 02 diarios de alcance nacional, previo al inicio de inscripcin.

    El cronograma del Proceso Nacional y Regional, se publica en la pgina web oficial del MINSA www.minsa.gob.pe. y a travs de la pagina web oficial de las GERESAs DIRESAs/ DISAs.

    8. INSCRIPCIN: a) Los profesionales de la salud titulados en el Per, se inscribirn en la Regin

    donde obtuvieron su ttulo profesional, la cual debe ser sede de adjudicacin de plaza para su profesin, de lo contrario se inscriben en la sede Lima, segn Anexo 01; en atencin al inciso f) del Art 23 del Reglamento de la Ley N23330.

    b) Para el caso de alguna profesin no se oferte plaza remunerada por ninguna Institucin, la sede para inscribirse ser Lima.

    c) Los profesionales de la salud titulados en el extranjero, se inscribirn en cualquier regin sede de adjudicacin, segn RM N 710-2012-MINSA.

    d) Los profesionales de la salud realizarn el SERUMS por cada carrera profesional que hayan culminado, no ser convalidado el SERUMS realizado en otra profesin de la salud anterior u otro servicio similar realizado en otro pas.

    e) Los profesionales que deseen adjudicar plazas SERUMS, en cualquiera de sus modalidades, en las Sanidades de las Fuerzas Armadas y Polica Nacional, debern ser peruanos de nacimiento, los mismos que estarn sujetos a los principios de seguridad definidos en las leyes, reglamentos y directivas que regulan a dichas instituciones;

    o No podrn inscribirse al presente proceso los profesionales de la salud que se encuentren en condicin de omisos y estn sancionados por el Comit Central o Regional del SERUMS

    g) Pago por derecho de inscripcin: Sede Adjudicacin Lima y otras: No aplica el pago por el derecho de inscripcin para el presente ao Sedes Adjudicacin Regionales: Abonaran el monto correspondiente de acuerdo a la tasa establecida en el T.U.P.A. de la sede de adjudicacin.

    h) Es requisito indispensable para la inscripcin va Web, que el postulante cuente con un correo electrnico personal activo, al cual le llegar una clave de acceso al finalizar su inscripcin, y que le servir para fines de modificacin de datos durante este proceso, re-inscripciones a todos los subprocesos y acceder al Informe SERUMS.

    i) Las inscripciones se realizarn nica y exclusivamente va Internet a travs de la pgina Web del MINSA www.minsa.gob.pe. link de inscripcin: http://www.minsa.gob.pe/dggdrh/comunicate/documentos/paso5.html

    j) Los postulantes llenarn correctamente la Ficha de Registro de Inscripcin a travs de la pgina web del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), que equivale a una DECLARACIN JURADA SIMPLE (Art. IV numeral 1.7 del

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    Ttulo Preliminar de la Ley N 27444). Los profesionales de la salud CON EXCEPCIN de Medicina Humana y Enfermera, seleccionarn en la ficha de inscripcin virtual, primero la Institucin y luego la Regin a la cual postulan. Una vez enviado los datos al sistema, es OBLIGATORIO IMPRIMIR el formato para obtener la ficha: "Declaracin Jurada de impresin obli atoria", que equivale a la constancia de su inscripcin en el proceso.

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  • m) El POSTULANTE DEBER VERIFICAR SU INSCRIPCIN a este proceso, cuando en la impresin de la Ficha de Inscripcin Virtual ("Declaracin Jurada de Impresin Obligatoria") figure INSCRITO en el campo: Estado Actual de su Inscripcin. Si no logr imprimir la Ficha de Inscripcin, ingrese nuevamente a su ficha con su clave para imprimir

    n) Es responsabilidad de cada postulante verificar los datos consignados en su Ficha de Inscripcin Virtual. En caso de detectarse datos falsos, el profesional ser retirado del proceso e inhabilitado a participar en 02 procesos SERUMS siguientes y se da cuenta a las autoridades respectivas.

    o) Si al cabo de 15 minutos posteriores a la inscripcin virtual no ha recibido la clave de acceso a la ficha de inscripcin en el correo electrnico personal, deber tener en cuenta lo siguiente: - Verificar si registr correctamente su correo electrnico en la ficha de

    inscripcin impresa o si ste tiene capacidad para recepcionar mensajes. - Luego enviar un mensaje al correo electrnico [email protected]. ,

    precisando el correo correcto, adjuntando su DNI escaneado. El tiempo mximo para resolver este caso es hasta las 12:00 horas del da de cierre de inscripcin.

    - Durante el proceso de inscripcin el postulante podr realizar la correccin de datos consignados que estime conveniente. Despus del cierre de inscripciones, podr corregir NICAMENTE los datos que fueron observados, en el tiempo establecido segn el cronograma del proceso

    o) La publicacin del listado de los profesionales inscritos Aptos y Observados, ser a travs de la pgina web del MINSA.

    8.1 De los Profesionales de Medicina Humana y Enfermera: a) Los postulantes de Medicina Humana y Enfermera, solo seleccionarn en la

    ficha de inscripcin virtual, la Regin a la cual postulan. b) Los postulantes de Medicina Humana y Enfermera, debern adjuntar

    obligatoriamente a su ficha de registro de inscripcin virtual, la siguiente documentacin escaneada: - Constancia del Promedio Ponderado Promocional (PPP), que no incluya

    la nota del internado. (Medicina y Enfermera) - Constancia del Puntaje de ENAM (slo para profesionales de Medicina

    Humana) - Los documentos arriba mencionados debern estar en el formato pdf.

    c) Para el caso de los profesionales titulados en universidades extranjeras que no cuenten con PPP, debern adjuntar a su ficha de inscripcin su certificado de notas de pregrado en castellano y/o traducido por un traductor oficial.

    d) Para elaborar el cuadro de mrito correspondiente, se considerar los factores sealados en el artculo 2 del DS 007-2008-SA: - Promedio Ponderado Promocional (PPP sin internado) 30% - Nota del Examen Nacional 70%

    e) En caso de no haber rendido el ENAM/ENAE, los postulantes de Medicina Humana/Enfermera no podrn participar en el proceso SERUMS (Art. 23 del D.S N 007-2008-SA).

    f) Para efecto de la formulacin del cuadro de mrito se debe consignar la nota final (ponderada entre Examen Nacional y PPP) en milsimas. De encontrarse ms de un postulante con el mismo puntaje, el orden de mrito lo determinar el puntaje del Examen Nacional, en caso de persistir el empate, consignar por orden alfabtico.

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  • 8.3 Casos Especiales (Slo para plazas remuneradas): a) Los Casos Especiales slo procede para las Instituciones cuyas plazas

    sean en nmero de cinco (05) o ms por profesin, regin a la que postula.

    b) Los postulantes que se inscriban como Casos Especiales presentarn a la sede de adjudicacin una solicitud dirigida al Presidente del Comit correspondiente adjuntando la siguiente documentacin que certifique su caso:

    - GESTANTES: Certificado Original de Gestacin expedido por un establecimiento de salud del MINSA, EsSalud o Sanidades, refrendado por el jefe del establecimiento o quien haga sus veces.

    - MADRE CON HIJO MENOR DE 1 AO: Copia de DNI del menor autenticado por fedatario legalizado y Certificado de Supervivencia del menor expedidos por las autoridades competentes. Slo se considerarn aquellos menores de 1 ao hasta la fecha de inicio del SERUMS Remunerado.

    - PERSONA CON DISCAPACIDAD: Copia Legalizada o autenticada por fedatario de la Resolucin emitido por el CONADIS (Consejo Nacional de Integracin de la Persona con Discapacidad), acorde con la Ley N 27050 y su Reglamento aprobado por D.S. N 003-00-PROMUDEH y modificado por el D.S. N 003-2006-MINDES.

    c) El Comit Mdico evaluar y validar los documentos presentados por los postulantes como Casos Especiales y el resultado de estas evaluaciones ser publicada por el Comit Central, Regional del SERUMS, a travs de pgina Web u otro medio de informacin oficial.

    9. PUBLICACIN DEL LISTADO DE APTOS/OBERVADOS: A travs de la pgina web MINSA/SERUMS se publicar 02 listas:

    - Listado de APTOS: En ella se encontrar la relacin de postulantes y como resultado de la revisin de datos no se ha detectado inconsistencias.

    - Listado de OBSERVADOS: En ella se encontrar la relacin de postulantes en cuyo resultado de la revisin de datos SE HA DETECTADO INCONSISTENCIAS, las mismas que se encontrarn detalladas en la Ficha de Inscripcin virtual de cada postulante.

    10. SUBSANACION DE OBSERVACIONES:

    a) El postulante que se encuentre en estado OBSERVADO, deber ingresar a su Ficha de Inscripcin con su clave, a fin de conocer los motivos de la misma y subsanarlas de acuerdo al plazo establecido en el cronograma vigente.

    b) En el siguiente cuadro podr verificar las causas ms frecuentes de observacin y la forma de subsanarlas; debiendo tener en cuenta lo siguiente: PARA TODOS LOS CASOS, UNA VEZ REALIZADA LA CORRECCION, DEBERA ENVIAR DATOS Y VERIFICAR QUE SU FICHA CAMBIE DE ESTADO DE "OBSERVADO" A "INSCRITO" Y RECORDANDO QUE SOLO TIENE UNA (01) OPORTUNIDAD PARA SUBSANAR/CORREGIRNALIDAR UNO MS OBSERVACIONES.

    6

  • ,.,E1 personal a cargo del Programa SERUMS, orientar sobre los procedimientos

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    DESCRIPCION DE LA OBSERVACION

    COMO SUBSANAR

    Registra MAS DE UNA INSCRIPCION en la base de datos

    Ingresar a la ficha de inscripcin con el DNI correcto, validar y aceptar la inscripcin.

    No registra nmero de comprobante de pago de derecho de inscripcin, para el caso de las sedes regionales.

    Registrar el nmero de comprobante de pago. De no haber hecho el pago, subsanarlo y registrarlo en la ficha de inscripcin

    No registra nmero de colegiatura o sta no concuerda con la numeracin informada por el Colegio Profesional correspondiente.

    Registrar el nmero de colegiatura correcto.

    No registra las Notas de PPP y/o ENAM Registrar las notas observadas

    La constancia de PPP no especifica que no incluye las Notas de Internado

    Adjuntar nueva constancia donde se especifique que la Nota PPP no incluye la nota de internado.

    No adjunta o no son legibles las constancias escaneadas del PPP y/o ENAM para el caso de medicina humana y/o PPP para el caso de enfermera.

    Adjuntar las constancias escaneadas observadas

    No figura en la ficha de inscripcin virtual la nota del ENAE.

    De haber dado el examen, acercarse a la ASPEFEEN. Ellos tienen que comunicar si hubiera omisin.

    Existe inconsistencia entre las notas consignadas (PPP/ENAM) y las notas verificadas segn constancias adjuntadas.

    Registrar la nota correcta, segn las constancias adjuntas.

    No acredita documento de ser caso especial.

    Presentar la documentacin correspondiente en la sede de adjudicacin respectiva segn cronograma.

    No aplica caso especial por nmeros de plazas (menos de 5 plazas por institucin y profesin).

    Desistir de presentarse como caso especial, para ello deber seleccionar en el rubro "caso especial" NO INGRESAR

    Institucin donde labora no pertenece al sector pblico

    Esta condicin no podr ser subsanada por el postulante, deber presentar un documento dirigido al Presidente del Comit Central para la evaluacin correspondiente.

  • que no se encuentren descritos en el cuadro anterior.

    11. PUBLICACIN DEL LISTADO FINAL DE APTOS El listado final de los postulantes APTOS, se publicar en la pgina web MINSA/SERUMS, una vez efectuada la revisin y subsanacin de las observaciones.

    12. ADJUDICACION DE PLAZAS REMUNERADAS POR ORDEN DE MRITO/SORTEO: 12.1 De la Adjudicacin Ordinaria y Complementaria Nacional:

    a) Las fechas de los procesos sern a nivel nacional de acuerdo al cronograma aprobado por el Comit Central SERUMS, en los lugares designados por cada sede.

    b) Los postulantes Aptos ingresarn a la Sede de Adjudicacin portando obligatoriamente: - Documento Nacional de Identidad vigente - Carnet de Colegiado o Fotocopia del Diploma de Colegio

    profesional o Constancia de Habilitacin Profesional. - Comprobante de pago ((para las sedes que cobran derecho de

    inscripcin). - En caso de no poder asistir, el profesional designar un representante,

    quien portar obligatoriamente los siguientes documentos: - Carta Poder con firma legalizada por Notario Pblico (original), segn

    modelo publicado en la pgina web del MINSA www.minsa.gob.pe, - Documento de Identidad vigente - DNI o Carnet de Extranjera del

    representante - Carn de colegiado o fotocopia del diploma de colegio profesional o

    Constancia de Habilitacin Profesional, - Comprobante de pago por derecho de inscripcin (para las sedes que

    cobran derecho de inscripcin). c) El postulante que no se encuentre presente al momento de ser llamado,

    perder la opcin de adjudicar plaza. d) Los profesionales de Medicina y Enfermera, adjudicarn de acuerdo al

    orden de mrito, para lo cual elegirn en primer lugar la institucin (MINSA, EsSALUD, Sanidades PNP, FFAA, o instituciones privadas con convenio vigente), y luego el establecimiento de salud.

    e) Los dems profesionales de la salud adjudicarn por sorteo, para lo cual se convocar a 2 voluntarios entre los postulantes por profesin quienes actuarn en calidad de veedores, verificarn las bolillas numeradas y procedern a colocarlas en el nfora de sorteo.

    f) De existir algn reclamo u observacin respecto al desarrollo de la adjudicacin, el postulante o su representante deber realizar el reclamo inmediatamente ante el Comit Central o Regional SERUMS quien preside el Acto.

    g) La seleccin y adjudicacin de plazas se realizar nicamente a travs del aplicativo SERUMS.

    h) Solo para el proceso ordinario, la adjudicacin de plazas remuneradas se iniciar con los Casos Especiales y continuar con la adjudicacin general, segn profesin e Institucin, en el cual tambin participarn los casos especiales no favorecidos;

    i) El postulante favorecido o su representante, se acercar a la mesa de

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  • conduccin con su documento de identidad, eligiendo una plaza y firmar los registros respectivos en seal de aceptacin.

    j) Si el profesional favorecido, desiste a la adjudicacin en pleno proceso, lo har en el acto ante el Comit Central o Regional del SERUMS, para lo cual firmar los registros respectivos presentando su documento de identidad o Carta Poder con firma legalizada por Notario Pblico en caso de ser su representante. (Renuncia en Mesa).

    k) Las renuncias, sern aceptadas sin sancin, si se presentan en la sede de adjudicacin, mediante solicitud dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hbiles posteriores a la adjudicacin.

    I) Las permutas slo proceden entre profesionales con plazas remuneradas de la misma regin, profesin e Institucin, siempre y cuando la solicitud correspondiente sea presentada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hbiles posteriores al proceso.

    m) En caso que quedarn plazas remuneradas que NO fueron adjudicadas en el proceso Ordinario, el Comit Central SERUMS determinar la apertura de nuevos sub-procesos de adjudicacin de ser necesario.

    n) En los siguientes sub-procesos de adjudicacin, no se considerarn plazas para Casos Especiales.

    o) Adjudicada la plaza, el profesional firmar el acta de adjudicacin y podr imprimir su Constancia de adjudicacin desde el Aplicativo Virtual SERUMS.

    p) Se realizar la entrega de la constancia de adjudicacin de plaza (Provedo) en las DISAS/DIRESAS/GERESAS donde realizarn su Servicio previa entrega de Documentos para contratacin.

    q) Al finalizar el proceso Remunerado y Equivalente las DISAS/DIRESA/GERESAS publicaran en su respectiva pgina web el estado nominal de los adjudicados. (Nombre, profesin, plaza y modalidad).

    13. PAGO DE GASTOS DE INSTALACION:

    a) El pago de gastos de instalacin de las plazas ofertadas por el Ministerio de Salud, DIRESAS y GERESAS, sern asumidos por las Sedes de Adjudicacin determinadas en el proceso Ordinario.

    b) Los gastos de instalacin de las instituciones: ESSALUD, Sanidades de las Fuerzas Armadas y Polica Nacional del Per e Instituciones Privadas con convenio vigente sern asumidos para cada institucin.

    14. DE LA CONTRATACIN: Los postulantes que adjudicaron plaza debern coordinar con la institucin respectiva, sobre los documentos y procedimientos para la contratacin correspondiente, de acuerdo a sus normas internas vigentes.

    15. ADJUDICACIN DE PLAZAS EQUIVALENTES POR ORDEN DE MRITO/SORTEO 15.1 Oferta de plazas equivalentes:

    De acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del Reglamento de la Ley N 23330 Ley del SERUMS, se ofertar plazas equivalentes solo en aquellas profesiones en las que se haya adjudicado el 100% de las plazas remuneradas.

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  • 15.2 De la inscripcin:

    a) El subproceso de adjudicacin equivalente se realizar de acuerdo al cronograma aprobado por el Comit Central SERUMS.

    b) Para participar en la etapa de adjudicacin equivalente, es condicin obligatoria haber sido considerado Apto para el Proceso SERUMS, no haber adjudicado plaza remunerada.

    c) Las plazas del SERUMS Equivalente a nivel nacional, sern publicadas en la pgina Web MINSA www.minsa.qob.pe. ; posterior al proceso de adjudicacin remunerada.

    d) Los postulantes debern REINSCRIBIRSE va Internet; esto incluye al profesional con vnculo laboral de una institucin pblica (D.Leg. N 276, D.Leg. N 728, D.L.1057-CAS), seleccionando la DIRESA/DISA, a travs de la pgina Web del MINSA www.minsa.gob.pee., segn cronograma;

    e) Las DIRESAS/DISAS publicarn en la pgina web y/o en un lugar visible, la relacin de los postulantes aptos a participar en el proceso de adjudicacin de plazas equivalentes, 48 horas antes de la adjudicacin;

    f) Respecto al MINSA, EsSalud, Sanidades FFAA y PNP, presentarn a cada Direccin de Salud (Lima, Callao y Regiones) la relacin de sus trabajadores autorizados a realizar el SERUMS Equivalente, indicando el establecimiento donde realizar la prestacin del servicio. El postulante debe cumplir con el proceso de inscripcin y reinscripcin SERUMS correspondiente;

    g) El personal que trabaje para alguna institucin pblica deber realizar el SERUMS modalidad Equivalente fuera de su ornada laboral y de su centro de trabajo;

    h) El SERUMS Equivalente se realizar slo en los establecimientos de salud ofertados, no siendo vlido el servicio en otros establecimientos.

    15.3 De la Adjudicacin: a) El proceso ser realizado en forma simultnea en los lugares programados

    por cada una de las Direcciones Regionales de Salud, Gerencias Regionales de Salud y Direcciones de Salud, de acuerdo al cronograma aprobado por el Comit Central SERUMS.

    b) Para la adjudicacin de plazas en la modalidad equivalente, en el caso de Medicina Humana y Enfermera, se aplica el orden de mrito, segn se precisa en la norma vigente. Lo establecido en este literal es aplicable tambin para los profesionales de la salud en mencin, con especialidad.

    c) Para los otros profesionales de la salud, la adjudicacin se realizar bajo la modalidad de sorteo.

    d) El proceso contar con la presencia de los representantes de las sedes de sorteo que oferten plazas y de un miembro del Comit Central (en las Sedes de Lima) y los miembros del Comit Regional del SERUMS (en las

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  • Sedes Regionales); e) La adjudicacin de plazas equivalentes se iniciar con los profesionales

    que tengan vnculo laboral, los mismos que debern estar presentes al momento de la adjudicacin;

    f) La seleccin y adjudicacin de plazas se har exclusivamente a travs del aplicativo SERUMS;

    g) Adjudicada la plaza, el profesional firmar el acta de adjudicacin y recibir las constancias de adjudicacin de plaza (Provedo), en el plazo mximo de una semana de adjudicada la plaza.

    15.4 De la formalizacin del SERUMS Equivalente:

    Los postulantes que adjudicaron plaza presentarn la documentacin en cada institucin de acuerdo a sus normas vigentes.

    16. INDUCCIN Y CAPACITACIN DEL SERUMS: a) Los profesionales que adjudicaron plaza remunerada o equivalente,

    recibirn la induccin antes de iniciar el servicio, la cual ser efectuada por las DIRESAS/DISAS, en coordinacin con las dems instituciones;

    b) Los profesionales SERUMS sern considerados en las actividades de capacitacin de la institucin, de acuerdo a la normatividad vigente.

    17. DE LOS OMISOS, RENUNCIAS Y OTROS:

    a) Se considerarn omisos (Art. 51 del D.S N 005-97-SA) a los profesionales que: - Sin justificacin alguna no recojan su Provedo dentro de los diez (10)

    das calendarios. - No inicien el SERUMS dentro de los siete (07) das despus de iniciado

    el servicio y no lo justifiquen. - Injustificada y/o frecuente ausencia del servicio, lo que se considerar

    como abandono del mismo. b) Adicionalmente a lo mencionado en el literal anterior, los profesionales

    SERUMS estn sujetos a las normas internas de cada institucin; c) Se considerar renuncia cuando los profesionales soliciten formalmente

    ante la institucin, dejar de prestar el servicio habiendo obtenido una plaza SERUMS;

    d) Los profesionales inmersos en estas consideraciones no podrn presentarse al proceso SERUMS por dos periodos ordinarios consecutivos a excepcin de las renuncias debidamente justificadas previa evaluacin del Comit Central o Regional SERUMS, segn corresponda;

    e) En los casos en donde la integridad fsica y/o mental de los profesionales que realizan el SERUMS est seriamente afectado o en riesgo, el profesional deber informar oficialmente a su jefe inmediato, quien a su vez tomar las acciones respectivas e informar al Comit Regional/Central SERUMS para las acciones a seguir;

    f) En las instituciones donde se programen guardias, estas se realizarn en funcin a las normas legales vigentes;

    g) Los profesionales de la salud que adjudicaron una plaza remunerada y que renuncien antes de los tres (03) meses de iniciado el servicio debern

    11

  • devolver el monto correspondiente a los gastos de instalacin; h) No est permitida la acumulacin o compensacin de horas de un proceso

    SERUMS a otro para disminuir el perodo de los 12 meses calendario del servicio correspondiente.

    i) No est permitida la acumulacin o compensacin de horas de un proceso SERUMS a otro para disminuir el perodo de los 12 meses calendario del servicio correspondiente.

    j) No se convalidar la realizacin de un servicio similar al SERUMS realizado en otro pas.

    k) La plaza remunerada vacante por renuncia o fallecimiento, podr ser ocupada por un profesional SERUMS equivalente del mismo proceso.

    I) La plaza remunerada vacante al finalizar el proceso, podr ser ocupada va contrato segn RM N088-2009/MINSA, cumpliendo con los procedimientos administrativos correspondientes por cada institucin.

    m) Los profesionales quienes por diversas razones suspenden su servicio (omiso, renunciante u otras causas aprobadas por el Comit correspondiente), podr culminar su servicio durante el perodo que le corresponde a su proceso, por nica vez, previa sustentacin.

    n) Todos los aspectos relacionados al Programa SERUMS en cada una de las regiones ser resuelto en primera instancia administrativa por los Comits Regionales y/o Subregionales del SERUMS, debiendo emitir respuesta al interesado de lo acordado en relacin a su caso. El Comit Central del SERUMS es la ltima instancia administrativa, al cual slo se remitirn los casos para decisin final y/o respuesta de recursos de impugnacin interpuestos;

    o) No esta autorizado la realizacin de la itinerancia rural para los profesionales que realicen SERUMS equivalente.

    p) La itinerancia rural es autorizada por el Comit Central en base a los criterios y procedimientos establecidos por el Comit Central.

    18. LAS ACTIVIDADES DEL SERUMS:

    Los profesionales realizarn las funciones asignadas por la autoridad competente del establecimiento, segn el Plan Anual de actividades del Establecimiento;

    19. DEL INFORME SERUMS:

    a) Los profesionales del SERUMS ingresarn mensualmente el informe de sus actividades va aplicativo SERUMS;

    b) Los profesionales SERUMS presentaran trimestralmente al jefe inmediato las fichas mensuales del informe SERUMS obtenidas del aplicativo para el VB correspondiente;

    c) Al finalizar el servicio, los profesionales presentarn al coordinador SERUMS las 04 revisiones hechas por el jefe inmediato para dar por completado el Informe virtual;

    d) El profesional imprimir la Constancia y el Informe Final de SERUMS, los cuales servirn para gestionar su Resolucin de Trmino ante la DIRESA/DISA/GERESA correspondiente.

    20. DEL TRMINO DEL SERVICIO Y CERTIFICACIN: Al finalizar el servicio, la autoridad competente expedir la Resolucin Directoral de trmino del SERUMS, previo informe favorable de la instancia respectiva;

    12

  • a) Son requisitos para la entrega de la Resolucin de Trmino del SERUMS: Provedo Original o Copia legalizada o autenticada por Fedatario,

    - Certificacin de no adeudar ningn bien al establecimiento, Constancia de haber concluido el SERUMS emitido por la instancia correspondiente (microrred MINSA - o quien haga sus veces -Sanidades de las FFAA y PNP, EsSalud, Instituciones con Convenio Vigente), Constancia del Informe Final del SERUMS visado por el Coordinador SERUMS de la DISA/DIRESA/GERESA, correspondiente.

    - Informe final visado por la autoridad correspondiente. b) La Resolucin de Trmino del SERUMS deber incluir adicionalmente el

    quintil de pobreza del/los establecimiento/s asignado/s. c) El plazo mximo para gestionar la Resolucin de trmino de SERUMS es

    de seis (6) meses, concluido el servicio. 21. ASPECTOS NO CONTEMPLADOS

    Aquellos aspectos no contemplados en el presente instructivo sern resueltos por el Comit Regional/Sub Regional o el Comit Central del SERUMS, segn su competencia.

    13

  • SEDES DE SORTEO SERUMS ORDINARIO 2014-1 Los profesionales de la salud Titulados de las universidades de Lima

    Sedes de Sorteo, en cumplimiento al artculo 24 y 27 del y las Regiones, se inscribirn en las

    Reglamento de la Ley del SERUMS:

    )IRECCIONES DE SALU PROFESIONES A SORTEAR EN REPONES PROFESIONES A SORTEAR EN LIMA

    AMAZONAS ENF ME, OD, OB, QF, TM, TS, NU, PS, MV, BI, IS

    ANCASH OB, EN, QF, TM ME, OD, NU, TS, PS, MV, IS, BI

    APURIMAC EN ME, OD, OB, QF, TM, TS, NU, PS, MV, BI, IS

    AREQUIPA ME, EN, OD, OB, QF, NU, TS, PS, BI, MV TM, IS

    AYACUCHO EN, OB, TS, QF, IS, NU, PS, TM, BI, MV

    ICA: OD,ME

    CAJAMARCA ME, EN, OB, QF, PS IS, OD, BI, NU, TM,TS, MV

    CALLAO TODOS

    CUSCO ME, EN, OD, PS, BI, TS, OB, QF MV, NU, TM, IS

    HUANCAVELICA EN, OB, ME, OD, QF, TM, TS, NU, PS, MV, BI, IS

    HUANUCO EN, OB, PS, MV, OD ME, QF, TM, TS, NU, BI, IS

    ICA ME, EN ,OD ,QF ,W ,BI, OB PS, NU, TM, IS

    AYACUCHO: TS

    JUNIN ME, EN, TS, OB, PS, OD, QF TM, NU, MV, IS, BI

    LA LIBERTAD ME, EN, BI, QF, TS, OB, OD, PS, NU, MV, IS, TM ,

    LAMBAYEQU E ME, EN, OB, BI, NU,PS, OD, IS, TS, QF, MV, TM,

    LIMA ESTE, NORTE, SUR,CIUDAD TODOS

    LORETO ME, EN, OB, OD QF, PS, TM, TS, NU, MV, IS, BI,

    MADRE DE DIOS TODOS

    MOQUEGUA OB, EN TM, IS

    AREQUIPA: ME, OD, QF, BI, PS, TS, MV, UN

    PASCO EN, OB, OD ME, QF, TS, NU, PS, BI, TM, MV, IS

    PIURA ME, EN OD, QF, TS, NU, PS, BI, TM, MV, IS

    TUMBES: OB

    PUNO ME, EN, OB, NU, BI, TS. OD, QF TM, IS, MV

    AREQUIPA: PS

    SAN MARTIN OB, EN ME, OD, QF, NU, TM, BI, MV, IS, PS, TS

    TACNA EN, OB, ME, OD, TM, IS, MV, QF, BI

    AREQUIPA: NU, TS, PS

    TUMBES OB, EN OD, QF, TS, NU, PS, BI, TM, MV, IS

    PIURA: ME

    U CAYAL I ME, ENF OD, OB, QF, TS, NU, PS, BI, TM, MV, IS

    ME MEDICO OB: OBSTETRIZ NU: NUTRICIONISTAS EN: ENFERMERA PS: PSICOLOGO BI: BIOLOGO

    OD: ODONTOLOGO TS: TRABAJADOR SOCIAL QF: QUIM ICO FARMACEUTICO TM: TECNOLOGO MEDICO MV: MEDICO VETERINARIO IS: INGENIERO SANITARIO

    Los TITULADOS EN EL PAS, se inscribirn en la regin o ciudad donde se TITULO. Los profesionales de la salud TITULADOS EN EL EXTRANJERO, se incribirn en la regin o ciudad donde REVALIDO

    su Ttulo Profesional

    14

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