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INSTRUCCIONES SOBRE LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES CURRICULARES PARA 1º y 2º DE PRIMARIA EN EL CURSO 2014/2015. 1.- Introducción Con fecha 14 de agosto se ha publicado la Orden 31/07/2014 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases y se convocan subvenciones para la adquisición de materiales curriculares para 1º y 2º de primaria y en el curso escolar 2014/2015. Podrá ser beneficiarios de esta subvención: el alumnado matriculado en el curso 2014/2015 en 1º y 2º de Educación Primaria , en centros públicos o privados concertados de Castilla-La Mancha. El plazo para presentar las solicitudes es del 15 al 30 de septiembre ambos incluidos. 2.- Actuaciones previas al inicio del plazo de presentación de solicitudes. - Facilitar la información y asesoramiento a las familias mediante una reunión , donde les faciliten las claves de papas a cada uno de los tutores necesaria para acceder a esta plataforma, antes de que comience el plazo de solicitudes. - Gestionar el seguimiento del proceso con el objetivo de agilizarlo lo más posible. - Se establece como único medio de presentación de solicitudes Papás 2.0 .

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INSTRUCCIONES SOBRE LA ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS

BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA

ADQUISICIÓN DE MATERIALES CURRICULARES PARA 1º y 2º DE PRIMARIA

EN EL CURSO 2014/2015.

1.- Introducción

Con fecha 14 de agosto se ha publicado la Orden 31/07/2014 de la Consejería de

Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases y se convocan

subvenciones para la adquisición de materiales curriculares para 1º y 2º de primaria y

en el curso escolar 2014/2015.

Podrá ser beneficiarios de esta subvención: el alumnado matriculado en el curso

2014/2015 en 1º y 2º de Educación Primaria, en centros públicos o privados

concertados de Castilla-La Mancha.

El plazo para presentar las solicitudes es del 15 al 30 de septiembre ambos

incluidos.

2.- Actuaciones previas al inicio del plazo de presentación de solicitudes.

- Facilitar la información y asesoramiento a las familias mediante una reunión, donde

les faciliten las claves de papas a cada uno de los tutores necesaria para acceder a

esta plataforma, antes de que comience el plazo de solicitudes.

- Gestionar el seguimiento del proceso con el objetivo de agilizarlo lo más posible.

- Se establece como único medio de presentación de solicitudes Papás 2.0.

Deberá indicarse a los padres y madres que comprueben que el acceso con

credencial (usuario y contraseña) ya utilizado en ocasiones anteriores en

https://Papás.educa.jccm.es/papás/ funciona correctamente.

Se debe revisar que los datos identificativos de los tutores registrados en Delphos

es DNI, si no es así hay que actualizarlos antes de generar las credenciales.

En el apartado “Asegurarse de que los padres acceden a Papás” del manual

Delphos se indica como entregar los datos de acceso a los tutores, y cómo han de

actuar los padres para recuperar las contraseñas por ellos mismo.

Por tanto hay que generar las credenciales a: los tutores que nunca la han tenido; a

los tutores que la han perdido y no pueden obtenerla en el proceso de “Recuperación

de contraseñas” desde Papás 2.0.; a los tutores que se le han generado previamente

pero han tenido problemas de registro por tener un nº distinto de DNI.

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- El equipo directivo, y siempre que no interfiera negativamente en el

funcionamiento del centro, podrá facilitar a los solicitantes que no dispongan de

conexión a Internet los medios informáticos que disponga el centro educativo.

3.-Tratamiento y Verificación de las solicitudes.

3.1.-Formalización de la solicitud por las familias:

Deberá informarse a los padres, madres o tutores legales de lo siguiente:

- El plazo de presentación es desde el 15 al 30 de septiembre ambos incluidos.

- Se establece como único medio de presentación de solicitudes PAPAS 2.0.

- La solicitud se realizará por uno de los tutores, accediendo mediante su

acreditación, y el 2º tutor, solo tendrá que firmar con sus credenciales la solicitud.

Ambos tutores firmaran conjuntamente la solicitud al cumplimentarla o después

accediendo de manera individual. Si firma sólo un tutor, la solicitud quedará

presentada y registrada, pero el centro tendrá que pedir al otro tutor que firme la

solicitud en la plataforma Papás 2.0 lo cual deberá hacerse siempre dentro del plazo

de presentación de solicitudes. Es decir, en el caso de matrimonios deberán firmar la

solicitud ambos padres para que sean tenidas en cuenta las rentas de ambos.

- Una vez firmada por ambos tutores, su presentación habrá concluido, quedando

registrada con un número que será utilizado a lo largo del procedimiento.

Si la solicitud no está firmada por ninguno de los tutores se encuentra en borrador

y no está presentada hasta que se firme. Si no tiene marcada la autorización para

que el secretario del centro pueda presentarla, no aparecerá en la secretaría virtual

del centro, por lo que sólo es recuperable desde PAPÁS de los tutores. Terminado el

plazo de presentación, las que se encuentren en borrador no se considerarán

presentadas y por tanto no quedarán incluidas en la convocatoria.

- Los miembros de la unidad familiar se especifican después.

En el caso de divorcio o separación legal no se considerará miembro computable

al progenitor que con fecha 31 de diciembre de 2013 no conviva en la unidad familiar.

En este caso la solicitud será firmada sólo por el tutor solicitante que convive con el

alumno y marcará la casilla donde se indica que la solicitud será firmada por un solo

progenitor. El solicitante tiene que justificar dicha condición de divorciado o separado.

No se considera miembro computable, por lo que no lo tienen que incluir en la

solicitud, la nueva pareja de hecho ó cónyuge del padre o madre, que no es

tutor del alumno para el que se está solicitando la subvención.

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En el caso de viudedad la solicitud será firmada por el tutor solicitante y marcará la

casilla donde se indica que la solicitud será firmada por un solo progenitor. El

solicitante tiene que justificar dicha condición.

En estos casos el secretario del centro debe editar la solicitud consolidada en

Delphos y anotar esta situación en el campo de “observaciones ” con el texto: “Visto

bueno del centro firma de un sólo progenitor divorcio, separación legal o viudedad”.

- Para facilitar la presentación telemática de las solicitudes, el Secretario con sus

propios datos de acceso a la secretaría virtual podrán presentar las solicitudes,

siempre que sean autorizados por los tutores, tal y como se indica en la solicitud.

La solicitud debe imprimirse para que a los interesados les quede constancia de los

datos. El centro archivará una copia del mismo documento firmada por los tutores.

- Si en la solicitud:

a) Marcan “ SI” en las autorizaciones , la Administración realizará verificaciones de

todos los datos. Para poder realizar estas verificaciones, además de marcar las

casillas de autorización, ambos tutores deben firmar la solicitud, quedando registrada.

Si autorizan el cruce de datos no es necesario cumplimentar la renta per cápita.

b) Si marcan “NO” en autorizaciones, deberán presentar junto a la solicitud los

documentos exigidos y entre ellos, deberá aportarse la renta 2013, adjuntada a la

solicitud como archivo anexo. Además, las familias en “renta per cápita” tienen que

incluir la renta calculada según se indica en el apartado b) de la base decimocuarta y

el centro tiene que ratificar este dato con la documentación. Una vez consolidada esta

solicitud tienen que editarla en delphos y anotar en el campo de “observaciones ” el

texto: “no autoriza, adjunta documentación justificativa.” Y en Delphos “relación de

solicitudes” seleccionar a ese alumno y en “comprobación de méritos” seleccionar el

mérito de renta per cápita y en decisión anotar la renta calculada por el centro.

- En el supuesto de que el padre o madre, sean familia numerosa y/o dispongan de

dictamen de minusvalía y los documentos acreditativos no hayan sido expedidos en

Castilla-La Mancha, deben presentarlos junto con la solicitud como archivos anexos.

Si no es aportado en este momento no podrá ser tenido en cuenta con posterioridad.

Los códigos de los títulos de familia numerosa expedidos por Castilla-La Mancha

empiezan por 02, 13, 16, 19 ó 45. Si el código del título no comienza por alguno de

estos dígitos se tratará de un título expedido por una Administración distinta, por tanto

deberá verificarse que el interesado, ha presentado el título junto con su solicitud. En

caso de que no se haya presentado deberá requerirse al interesado su aportación.

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- Si el alumno se encuentra en acogimiento, el solicitante tiene que informar al

centro. Así la renta per cápita considerada será cero y en autorizaciones marcar no

autorización al cruce de datos. Desde el centro se hará traslado urgente de esta

información al Servicio Periférico de su Provincia. El secretario editará la solicitud

consolidada en Delphos y anotará en “observaciones”: “Alumno en situación de

acogida. Renta cero.” Y en Delphos “relación de solicitudes” seleccionar a ese alumno

y en “comprobación de méritos” seleccionar renta per cápita y en decisión anotar 0.

- Si el alumnado pertenece a entornos marginales o desestructurados, se tendrá

atención para que se informe y se gestionen las solicitudes desde el centro educativo.

- Todas las solicitudes que haya completado el proceso quedarán grabadas y serán

imprimidas. Podrán ser visualizadas por los solicitantes en PAPAS 2.0 desde “Mis

trámites” -> “Mis solicitudes”. Es conveniente que aconsejen a los solicitantes que

guarden el fichero pdf de la solicitud o la impriman.

-El estado de tramitación podrá ser consultado por los solicitantes a través de dicha

plataforma. Las resoluciones provisionales y definitivas se publicarán a través de

PAPAS 2.0 y el Portal de Educación. En caso de que el interesado haya presentado

más de una solicitud, será válida la que tenga fecha de registro de entrada posterior.

3.2-Documentación a adjuntar junto con la solicitud:

- Todos los solicitantes, deben aportar la factura acreditativa del gasto, y la

declaración responsable de los tutores para la justificación de la subvención. Tanto la

factura como el anexo se adjuntará la solicitud como documentación anexa. Una vez

consolidada tienen que editarla en Delphos y marcar que han aportado”

- Si marcan en la solicitud “SÍ” autorizo el cruce para la verificación de datos no es

necesario que aporten documentación, salvo que el titulo de familia numerosa o el

certificado de discapacidad haya sido emitido por otra comunidad autónoma.

- Si marcan “NO” autorizo el cruce de datos tienen que aportar toda la

documentación. Si presentó declaración de la renta 2013, deberá aportar copia; si no

se presento declaración 2013, se aportará documentación justificativa de los ingresos;

si no se ha obtenido ningún ingreso en 2013 deberá aportarse declaración y

acreditarse mediante informe de Servicios Sociales… La falta de justificación del nivel

de renta supondrá la exclusión del solicitante, no pudiendo ser beneficiario de la

ayuda. Si les resulta imposible adjuntar la documentación digitalizada, una vez

solicitado en PAPÁS, debe imprimirse y llevarse al centro junto con la documentación.

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3.3.- Verificación y tramitación de solicitudes por parte del centro.

En el plazo de presentación, es fundamental que se verifique, en la Secretaría

Virtual, que las solicitudes se encuentran cumplimentadas correctamente, en las

autorizaciones y la documentación necesaria indicada en la base sexta de la Orden.

- Desde el centro se tienen que hacer las siguientes comprobaciones:

a) Que el número de miembros computables declarados se ajusta a lo indicado.

b) Las firmas y autorizaciones de los tutores:

-En la parte inferior de la solicitud aparece por quien ha sido firmada, y comprobar

que estas firmas coinciden con el nombre de los tutores declarados.

-Si la solicitud no está firmada por uno de los tutores , esta solicitud se encuentra

registrada, pero el centro tendrá que requerir al 2º tutor para que firme la solicitud en

PAPÁS 2.0 o para que autoricen al secretario a firmar como representante, en este

caso el solicitante tiene que firmar de forma manuscrita la copia de la solicitud.

Si tiene marcada esta autorización el secretario podrá recuperarla desde su entorno

la secretaría virtual y entonces podrá firmarla y una vez aceptada anotar en Delphos

que ha autorizado en su caso. El tutor tiene que firmar la solicitud impresa.

-Si la solicitud no está firmada por ninguno de los tutores esta solicitud se

encuentra en borrador no está registrada y por tanto no presentada y si además

no tiene marcada para que el secretario pueda presentar, no aparecerá en la

secretaría virtual del centro, esta sólo es recuperable desde PAPÁS de los tutores.

Si esta solicitud en borrador tiene marcada la autorización para que el secretario

pueda presentar, los tutores tienen que firmar la solicitud impresa y el secretario

podrá recuperarla en PAPÁS desde la secretaría virtual y una vez aceptada la

solicitud podrá anotar en Delphos que han autorizado cada uno de ellos. Los tutores

tienen que firmar la solicitud impresa. Terminado el plazo, las que se encuentren en

borrador no se considerarán presentadas y no quedarán incluidas en la convocatoria.

c) Si la solicitud adjunta documentación digitalizada tienen que verificar el archivo

adjunto a la misma y comprobar que todo es correcto. El centro tiene que dejar

constancia de la incorporación de la documentación a la solicitud en Delphos.

- Si de la comprobación realizada conforme se indica en los apartados a), b, y c)

anteriores se detectan deficiencias o falta de documentación se informará al

solicitante oficialmente de lo que tiene que subsanar en plazo máximo de 10

días mediante el documento de “Notificación de Trámite de Subsanación”. Este

documento tiene que ser firmado por el solicitante e incorporado al expediente.

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Una vez subsanada esta solicitud tienen que consolidarla y editarla en Delphos y

anotar en el campo de “observaciones” solicitud subsanada e indicar la

documentación aportada y en el caso de documentación relativa a renta per cápita,

familia numerosa o discapacidad anotar en la pantalla “comprobación de méritos” el

mérito aportado para que éste sea tenido en cuenta en la resolución.

En los casos en los que se tenga que subsanar y los interesados no lo hagan una

vez consolidada la solicitud tienen que anotar en delphos, en el campo de

observaciones, “el solicitante no ha subsanado en plazo habiéndoselo solicitado”.

Si no aportan la documentación o la solicitud no está correctamente cumplimentada,

se les tiene que indicar que si no cumplimentan correctamente la solicitud y/ó no

aportan dicha documentación en el plazo de establecido en el anexo de subsanación

serán excluidos del procedimiento.

- Consolidación de solicitudes: Una vez comprobado que todo lo presentado es

correcto ya pueden consolidar la solicitud desde Papas para que se vuelque en

Delphos, si las solicitudes presentadas no son consolidadas, aunque estén en Papas

no serán tratadas y los solicitantes no podrán acceder a la ayuda.

Una vez consolidadas las solicitudes en PAPÁS, en Delphos tienen que editar la

solicitud y anotar la documentación aportada y en “observaciones” dejará

constancia de toda la documentación aportada tienen que abrir de nuevo cada

una de las solicitudes y anotar lo siguiente: Que han aportado el anexo adjuntado a la

Orden y la factura original; La documentación establecida en la base sexta en su

caso. Y El título de familia numerosa o discapacidad emitido por otra comunidad.

Una vez recogida y anotada en Delphos toda la documentación adjuntada dentro

del plazo de presentación y de subsanación de solicitudes hasta el 11 octubre, tienen

que anotar en Delphos la documentación recogida.

La consolidación implica que en el caso de que se presente una solicitud por parte

de las familias con posterioridad ya no pueden volver a consolidarla, tendrían que

borrar en la Aplicación Delphos la que tienen consolidada y consolidar la nueva.

Terminada esta fase tienen que remitir toda la documentación presentada al

Servicio Periférico de su provincia.

Una vez cruzados los datos con el resto de Administraciones serán volcados en

Delphos, se emitirá la resolución provisional y los Servicios periféricos se encargaran

de examinar las alegaciones presentadas. Los centros estarán a su disposición para

facilitar la información necesaria.

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4.-Actuaciones de los Servicios Periféricos.

- Asesorar y dar la máxima difusión del contenido de esta convocatoria.

- Coordinar las actuaciones de los centro educativos de su provincia.

- Verificar que la convocatoria se está llevando a cabo en su provincia conforme a lo

establecido en la Orden así como en las instrucciones que se dicten.

- Verificar en Delphos que las solicitudes presentadas por los solicitantes se ha

aportado la documentación.

- Verificar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarios.

- Una vez publicada la Resolución Provisional de beneficiarios de la subvención,

examinarán las alegaciones presentadas en plazo por los solicitantes en los registros

de los respectivos Servicios Periféricos e informarán a la Dirección General.

Son causas de exclusión:

a) No tener formalizada la matricula para el curso de la ayuda en el curso escolar.

b) La no aportación de la factura original y el anexo adjuntado a la Orden.

c) Si no han autorizado el cruce de datos con otras administraciones, la no

aportación de la documentación acreditativa de la renta.

d) Si se autoriza a esta Administración a verificar dato de renta pero la Agencia de

Administración Tributaria no disponga de la información de carácter tributaria

necesaria para la acreditación de la renta, o no pueda facilitarse a esta administración

y por tanto exista falta de justificación del nivel de renta de la unidad familiar.

e) Que la solicitud se encuentre presentada fuera de plazo.

No se aplicarán los descuentos establecidos en la base decimocuarta c), cuando:

a) No hayan autorizado el cruce de datos con otras administraciones y no aporten

fotocopia de familia numerosa y/o fotocopia del certificado del grado de discapacidad.

b) Si han autorizado y no aportan fotocopia del título de familia numerosa o

certificado de discapacidad si ha sido emitido por otra comunidad Autónoma.

- Una vez examinadas las alegaciones, que se presenten y recibida la

documentación de renta de los interesados hay que grabar en Delphos las

correcciones en la pantalla de “Comprobación de méritos” donde se permite

comprobar y, subsanar errores u omisiones de las solicitudes grabadas. Los datos

mostrados en Delphos, han sido volcados por la Consejería de Ed, Cult y Deportes.

Desde el Servicio Periférico se editará la solicitud en Delphos y anotará esta

documentación aportada y en el campo de “Observaciones” dejará constancia de

toda la documentación aportada y marcará la decisión sobre la estimación.

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5. Asesoramiento.

Como apoyo en vuestra asesoramiento, podéis remitirles al Portal de Educación >

Alumnado y Familia > Materiales Curriculares o a los teléfonos de la Consejería.

Ciudad Real: 926 79093

Para atención a los Centros estamos desde los Servicios Periféricos, desde el

Servicio de Materiales Curriculares y a través del correo electrónico

[email protected] para resolver las dudas que le vayan surgiendo.

6.- Calendario de actuaciones.

CALENDARIO ACTUACIÓN

Cuando reciban las instrucciones - Información a los padres.

Del 15 al 30 de septiembre: Plazo de presentación de solicitudes. Verificar en la

secretaria virtual que las solicitudes están completas y la documentación es correcta.

Si la solicitud está incompleta o falta documentación o esta es incorrecta, ponerse en

contacto con las familias para que subsanen. El Secretario actuará como

representante del solicitante cuando sea autorizado por los tutores. Una vez hecho

Consolidar las solicitudes, excepto las que estén pendientes de subsanación.

Anotación y validación en Delphos de la documentación aportada por los interesados.

Hasta el 11 de octubre: Subsanación: Requerir por parte de la Administración a los

solicitantes cuyas solicitudes no reúnen los requisitos la subsanación con un plazo

máximo de 10 días. La subsanación se produce desde el inicio del proceso de

presentación de solicitudes por parte de los tutores. Consolidación de éstas y

anotación en Delphos la documentación aportada en cada caso y si no se ha

aportado nada consolidar la solicitudes y en observaciones anotar que no se ha

procedido a la subsanación por parte del interesado.

Entorno al 15 de octubre: Publicación listado provisional de admitidos y excluidos en

el Portal de Educación, en Papás 2.0 y en el tablón de anuncios de la JCCM.

Desde el 17 al 28 de octubre: Plazo de 10 días para presentar alegaciones en el

Servicio Periférico de Educación, Cultura y Deportes de su provincia.

Hasta el 31de octubre Estimación de las reclamaciones por el Servicio Periférico.

Entorno al 4 de noviembre: Publicación listado definitivo de admitidos y excluidos en

el Portal de Educación, en Papás 2.0 y en el tablón de anuncios de la JCCM.

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ANEXO I. NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE SUBSANACIÓN

Según la convocatoria de por la que se aprueban las bases reguladoras y se

convocan subvenciones para la adquisición de materiales curriculares para 1º y 2º de

primaria y cursos de educación obligatoria de nueva implantación en el curso

2014/2015, la administración informa a D./Dña.:

…………………………………………….………………………como padre/madre, tutor/a

del alumno/a:………………………………………………………..

Su solicitud no reúne los requisitos exigidos en la citada Orden, por lo tanto, según

el artículo 70 de la LRJ-PAC usted dispone de 10 días a partir de la fecha de esta

notificación para subsanar sus deficiencias ante la SECRETARÍA DE ESTE

CENTRO.

Márquese lo que proceda:

FALTA DE FIRMA DE ALGUNO DE LOS DOS TUTORES:

_ Firma de tutor I

_ Firma de tutor II

DOCUMENTACIÓN DE OBLIGADA PESENTACIÓN JUNTO A SU SOLICITUD:

_ ANEXO de la Orden sobre Declaración responsable de los tutores para la justificación de

la subvención solicitada.

_ Original de la FACTURA correspondiente al gasto solicitado.

_ Fotocopia del CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

_ Fotocopia del TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA

DOCUMENTACIÓN SI NO AUTORIZA A LA ADMINISTRACIÓN:

_ Fotocopia de D.N.I. o N.I.E.

_ DECLARACIÓN DE LA RENTA del ejercicio 2013 o CERTIFICADO DE INGRESOS

obtenidos por padre/madre del ejercicio 2013 emitido por la AEAT.

_ Fotocopia del CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.

_ Fotocopia del TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA.

NOMBRE DEL CENTRO: ……………………………….............................................

Nº REGISTRO DE SOLICITUD………………...........FECHA………………………

En………………………………………a………… de …………………………de 2014

Recibido, el Interesado

(firma)

Notificado, el Secretario del centro

(firma y sello)

Este documento se expedirá por duplicado siendo 1 copia interesado y otra a administración.