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Balances Generales 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011 (Expresados en miles de Bolívares) Instituto Municipal de Crédito Popular (IMPC) DICTAMEN DE LOS CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES Al Accionista y a la Junta Directiva del Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP) 1. Hemos efectuado las auditorías de los balances generales del Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP) al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, y de los correspondientes estados conexos de resultados, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por los semestres finalizados en esas fechas. Estos estados financieros fueron preparados por, y son responsabilidad de, la Gerencia del Instituto. Nuestra responsabilidad es emitir una opinión sobre esos estados financieros con base en nuestras auditorías. 2. Excepto por lo mencionado en los párrafos tercero y cuarto siguientes, efectuamos nuestras auditorías de acuerdo con las normas de auditoría de aceptación general en Venezuela. Esas normas requieren que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros están exentos de errores significativos. Una auditoría incluye el examen, basado en pruebas selectivas, de las evidencias que respaldan los montos y revelaciones en los estados financieros. También una auditoría incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones significativas hechas por la gerencia, así como la evaluación de la completa presentación de los estados financieros. Consideramos que nuestras auditorías proporcionan una base razonable para sustentar nuestra opinión. 3. Al 30 de junio de 2012, el Instituto se encontraba en proceso de análisis de sus gastos de personal, por lo que es probable que a esa fecha los estados financieros no incluyan la totalidad de los gastos asociados con los beneficios a su personal. Los efectos de haber alguno sobre los estados financieros al 30 de junio de 2012, podrán ser determinados una vez que la gerencia del Instituto concluya los análisis antes indicados, por lo que no pudimos satisfacernos de la razonabilidad de los gastos registrados en la cuenta de Gastos de personal a través de la aplicación de otros procedi- mientos de auditoria a esa fecha. 4. Como se indica en la Nota 3 a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2009 el Instituto mantuvo registrados títulos valores en la categoría de inversiones para negociar por Bs. 214.597.534, los cuales fueron traspasados a distintas Casas de Bolsa a esa fecha. Aun cuando la gerencia nos suministro parte de la documentación que soporta dichas transacciones, a la fecha de nuestro dictamen, no nos han sido suministrados los contratos que respaldaron los términos y condiciones para el traspaso y recuperación de las mencionadas inversiones. Los fondos provenientes de estas operaciones fueron recibidos por el Instituto durante el primer semestre de 2010, al valor en libros a esas fechas. No obstante, desconocemos cualquier efecto que pudiera originarse sobre los estados financieros de los años 2011 y 2012 como consecuencia de los acuerdos establecidos en dichos contratos, de haber alguno, y no hemos podido satisfacernos de estos acuerdos y las condiciones establecidas en los mismos a través de la aplicación de otros procedimientos de auditoría. 5. Al 31 de diciembre de 2011, la gerencia del Instituto ajustó Bs. 158.250 de la provisión para obligaciones contractuales registradas en el rubro de otros pasivos, por existir un exceso en la misma, contra los resultados de ese período, sin afectar los resultados al 30 de junio de 2011, fecha en la cual fue constituida dicha provisión, tal como lo requiere el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras. Como resultado de lo indicado anteriormente, el pasivo, el patrimonio y el resultado del semestre terminado el 30 de junio de 2011, están aumentados y el resultado del semestre terminado el 31 de diciembre de 2011 disminuidos en ese monto. 6. Como se indica en las Notas 1 y 4 a los estados financieros, al 31 de diciembre 2011 la provisión para cartera de créditos cubre el 83% de la cartera inmovilizada, incumpliéndose lo establecido en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras referente al porcentaje de cobertura del 100% sobre esa cartera, resultando en una insuficiencia en la provisión para cartera de créditos al 31 de diciembre de 2011 de Bs. 3.724.402. Adicionalmente, al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, la provisión para cartera de créditos presenta una insuficiencia de Bs. 8.630.557 y Bs. 952.806, respectivamente, originada por el deterioro de ciertos créditos, lo cual ha dificultado su recuperación posterior. Como resultado de las insuficiencias antes indicadas, el activo y el patrimonio al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, y el resultado neto por los períodos de seis meses terminados en esas fechas, se presentan aumentados en Bs. 8.630.557 y Bs. 4.677.208, respectivamente. 7. Como se indica en las Notas 8 y 16 a los estados financieros, al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto mantiene cuentas por cobrar al accionista por Bs. 13.647.536, para ambos semestres, registradas en el rubro de “Otros activos” que corresponden a pagos hechos por el Instituto a distintos proveedores de servicio en nombre de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, de los cuales al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011 Bs. 13.502.747 y Bs. 13.475.643 presentan una antigüedad superior a un año, respectivamente , y no se encuentran provisionadas en un 100% tal y como lo requiere el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras. Asimismo, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, establece la prohibición de otorgar directa o indirectamente créditos de cualquier clase a los accionistas, en las condiciones establecidas en dicho decreto. Como resultado de no haber provisionado los saldos antes mencionados, el activo y el patrimonio al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011 y el resultado neto por el período de seis meses terminado en dichas fechas, se presentan aumentados en Bs. 13.502.747 y Bs. 13.475.643, respectivamente. 8. Como se explica en las Notas 3, 12 y 26 a los estados financieros adjuntos, entre los meses de noviembre de 2009 y diciembre de 2010, la SUDEBAN ordenó la intervención, liquidación y fusión por incorporación de algunas instituciones financieras del país. Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Departamento de Fideicomiso mantiene colocaciones e intereses por cobrar por Bs. 195.328.446 y Bs. 210.425.941, respectivamente, en instituciones financieras en proceso de liquidación o en etapa de decisión del futuro de la institución intervenida. El Instituto recibió de la SUDEBAN comunicaciones de fechas 14 de abril y 30 de julio de 2010, donde se le instruyó provisionar en un 100% las colocaciones mantenidas en esas instituciones financieras y determinar los fondos fiduciarios que provienen de fideicomisos dirigidos, e informar a los fideicomitentes sobre su irrecuperabilidad a objeto de ajustar el patrimonio del fideicomiso. En fecha 27 de mayo de 2010, el Instituto notificó al referido Fideicomitente (Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador) el monto de las pérdidas estimadas, no habiendo recibido respuesta de éste a la fecha de nuestro informe. Adicionalmente, con fechas 27 de abril de 2010 y 11 de agosto de 2010, el Instituto presentó a la SUDEBAN planes de recuperación para provisionar estas inversiones a través de amortizaciones cuatrimestrales y/o semestrales en plazos que van entre cuatro (4) y/o siete (7) años, que contemplan aumentos de capital, y le informó que ha realizado las gestiones en pro de la recuperación de los fondos fideicometidos colocados en bancos en proceso de liquidación ante FOGADE. Con fecha 28 de diciembre de 2010, la SUDEBAN indicó al Instituto que no consideraba viable el plan de recuperación presentado, por lo que debía provisionar el total de las colocaciones mantenidas en los Bancos intervenidos o en situación de liquidación por Bs. 137.085.271, dada la incertidumbre existente en cuanto a su recuperación. Adicionalmente, dado que la constitución de la provisión indicada anteriormente absorbía el 435,81% de su patrimonio, la SUDEBAN informó al Instituto que debía realizar las gestiones pertinentes ante su único accionista (Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador), a fin de acordar los aspectos patrimoniales para la reposición de las pérdidas derivadas del registro de la provisión en comento, para lo cual debía convocar una Asamblea Extraordinaria de Accionistas a fin de deliberar sobre la materia. Asimismo, le instruyó ajustar el patrimonio del fideicomiso por Bs. 172.988.831 dado que no existía pronunciamiento por parte de su fideicomitente sobre la reposición de esas pérdidas. En fecha 08 de abril de 2011, el Instituto notificó a la SUDEBAN, que sustituiría las captaciones que mantiene del accionista y sus organismos adscritos por un fideicomiso de administración en el cual se colocarían todos los depósitos que mantenía en bancos intervenidos y posteriormente liquidados, materializando dicha operación al cierre del mes de abril de 2011, esto como parte del plan de recuperación financiero presentado por la gerencia del Instituto a dicho ente regulador. Posteriormente, el 29 de abril de 2011, el Instituto remitió a la SUDEBAN su “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, dentro del cual le indicó entre otras cosas, que el monto de la transacción antes señalada es de Bs. 120.414.156. Producto de las comunicaciones antes mencionadas, el Instituto procedió a acreditar al rubro de otros activos Bs. 120.414.156, con cargo a las captaciones del público, y al mismo tiempo fue aperturado un fideicomiso de administración dentro del Departamento de Fideicomiso del Instituto. El contrato de fideicomiso indica que una vez recuperados los fondos mantenidos en las instituciones financieras intervenidas o en proceso de liquidación, estos les serán devueltos al accionista y sus organismos adscritos. En fecha 20 de junio de 2011, la SUDEBAN informó al Instituto que se encuentra evaluando el referido “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”; asimismo, le indicó que según lo expresado en el artículo 73 del citado Decreto Ley el cual establece que esa Superintendencia autorizará a los bancos universales para des- empeñarse como fiduciarios, prohibiendo a los Bancos Microfinancieros de actuar como fiduciarios, deberá contemplar esta situación en la modificación de su Ordenanza y en su plan de transformación. Posteriormente, en fecha 23 de septiembre de 2011, la SUDEBAN le indicó al Instituto una serie de recomendaciones relativas a su Plan de Ajuste, que deberán ser consideradas para la elaboración de sus nuevos planes estratégicos y estados financieros proyectados, los cuales serán reformulados y consignados una vez evaluada su situación en cuanto a su actuación como ente fiduciario. A la fecha de este dictamen, el Instituto no ha dado respuesta a las recomendaciones efectuadas por la SUDEBAN ni ha remitido sus nuevos planes estratégicos y estados financieros proyectados. 9. El Instituto, como Institución Financiera Nacional, preparó sus estados financieros con base en las normas e instrucciones de contabilidad estableci- das por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario. Estas normas difieren en algunos aspectos de los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela, como se menciona más ampliamente en la Nota 1 a los estados financieros. 10. Como se indica en la Nota 16 a los estados financieros, el Instituto mantiene saldos y ha efectuado transacciones importantes con la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, su único accionista, cuyos efectos se muestran en los estados financieros adjuntos. 11. Al 31 de diciembre de 2011, el Instituto mantuvo registrado en el rubro de disponibilidades Bs. 40.000.000 en la cuenta de efectivo. Durante el primer semestre de 2012, el Instituto reclasifico el monto antes mencionado a la cuenta de efectivo en Banco Central de Venezuela por encontrarse mal contabilizado al 31 de diciembre de 2011, por lo que la limitación en el alcance que contenía nuestro dictamen, de fecha 24 de febrero de 2012, sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2011, queda sin efecto." 12. En nuestra opinión, debido a la importancia sobre los estados financieros al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, de lo mencionado en los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo anteriores, los estados financieros antes mencionados no presentan razonablemente, la situación financiera del Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP) al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, los resultados de sus operaciones y sus flujos de su efectivo por los semestres finalizados en esas fechas, de conformidad con las normas e instrucciones de contabilidad establecidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario. 13. Como se indica en la Nota 11 a los estados financieros, al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto no dio cumplimiento al Índice de Solvencia Patrimonial (Patrimonio/activos totales)” requerido por la SUDEBAN. Los efectos, si los hubiere, sobre los estados financieros adjuntos, se desconocen a la fecha de este informe, y dependerán de las acciones que pueda indicar el ente regulador sobre estos asuntos. 14. Los estados financieros al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011 han sido preparados asumiendo que el Instituto continuará como una empresa en marcha. Los asuntos indicados en los párrafos octavo y décimo segundo anteriores, plantean dudas sustanciales acerca de la habilidad del Instituto para continuar como empresa en marcha. Los estados financieros adjuntos no incluyen los ajustes relacionados con la recuperación y clasificación de los montos de los activos y de los pasivos, que pudieran ser necesarios en el caso de que el Instituto se vea imposibilitado de continuar con sus operaciones. 15. Nuestras auditorías se efectuaron con el propósito de expresar una opinión sobre los estados financieros básicos con base al costo histórico, tomados en su conjunto, del Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP). En las páginas 71 a la 76 se incluyen, para fines de información complementaria, los estados financieros en bolívares constantes al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, presentados por requerimientos de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario para propósitos de análisis adicional. Esta información complementaria fue preparada por, y es responsabilidad de, la Gerencia del Instituto. Excepto por lo mencionado en los parrafos tercero y cuarto anteriores, dichos estados financieros han sido objeto de los procedimientos de auditoría aplicados en la auditoría de los estados financieros básicos y, en nuestra opinión, debido a la importancia sobre los estados financieros al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, de lo mencionado en los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo anteriores, no están presentados razonablemente, de conformidad con las bases de contabilidad descritas en la Nota 1 a los estados financieros y en las notas anexas a dicha información complementaria. LARA MARAMBIO & ASOCIADOS Lic. Tomás Pueyo Acosta CPC Nº 15.841 SBIF CP-546 CNV R-P-881 República Bolivariana de Venezuela, 31 de agosto de 2012 30 de junio 31 de diciembre de 2012 de 2011 ACTIVO DISPONIBILIDADES: Nota 2 Efectivo 8.639.030 42.900.075 Banco Central de Venezuela 127.320.095 103.895.340 Bancos y otras Instituciones Financieras del País 1.219 80.670 Efectos de cobro inmediato 9.379.883 2.336.861 145.340.227 149.212.946 INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES: Nota 3 Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbancarias 549.186.729 346.154.660 Inversiones de Disponibilidad Restringida 32.830.041 17.985.000 582.016.770 364.139.660 CARTERA DE CRÉDITOS: Nota 4 Créditos vigentes 108.086.452 82.983.448 Créditos reestructurados - - Créditos vencidos 21.497.821 21.315.748 Créditos en litigio - - (Provisión para cartera de créditos) (21.722.552) (17.591.346) 107.861.721 86.707.850 INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR: Nota 5 Rendimientos por cobrar por inversiones en títulos valores 802.806 899.795 Rendimientos por cobrar por cartera de créditos 1.946.823 1.681.692 (Provisión para rendimientos por cobrar y otros) (1.414.933) (935.876) 1.334.696 1.645.611 BIENES REALIZABLES Nota 6 - - BIENES DE USO Nota 7 4.258.281 2.837.155 OTROS ACTIVOS Nota 8 18.988.958 18.241.053 TOTAL ACTIVO 859.800.653 622.784.275 PASIVO Y PATRIMONIO CAPTACIONES DEL PÚBLICO: Nota 9 Depósitos en cuentas corrientes: Cuentas corrientes no remuneradas 798.836.542 568.785.972 Otras obligaciones a la vista 6.792.477 6.987.998 Depósitos de ahorro 6.364.122 6.517.543 Depósitos a plazo 2.529.330 1.142.086 Captaciones del público restringidas - - 814.522.471 583.433.599 INTERESES Y COMISIONES POR PAGAR: Gastos por pagar por captaciones del público 26.645 11.256 ACUMULACIONES Y OTROS PASIVOS Nota 10 8.514.524 3.943.540 Total pasivo 823.063.640 587.388.395 PATRIMONIO: Nota11 Capital social pagado 9.100.000 9.100.000 Aportes patrimoniales no capitalizados - Reservas de capital 5.121.112 5.096.473 Ajustes al patrimonio 350.629 350.629 Resultados acumulados 22.165.271 20.848.778 Total patrimonio 36.737.013 35.395.880 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 859.800.653 622.784.275 CUENTAS DE ORDEN: Nota 12 Activos de los fideicomisos 315.597.589 358.851.147 Cuentas deudoras por otros encargos de confianza (Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat) 36.501.441 31.129.630 Otras cuentas deudoras de los Fondos de Ahorro para la Vivienda 106.584 122.407 Otras cuentas de orden deudoras 265.960.838 222.074.057 Otras cuentas de registro deudoras 768.534 768.534 Ver notas a los estados financieros

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Balances Generales30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011

(Expresados en miles de Bolívares)

Instituto Municipal de Crédito Popular (IMPC)DICTAMEN DE LOS CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES

Al Accionista y a la Junta Directiva delInstituto Municipal de Crédito Popular (IMCP)

1. Hemos efectuado las auditorías de los balances generales del Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP) al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, y de los correspondientes estados conexos de resultados, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por los semestres finalizados en esas fechas. Estos estados financieros fueron preparados por, y son responsabilidad de, la Gerencia del Instituto. Nuestra responsabilidad es emitir una opinión sobre esos estados financieros con base en nuestras auditorías.

2. Excepto por lo mencionado en los párrafos tercero y cuarto siguientes, efectuamos nuestras auditorías de acuerdo con las normas de auditoría de aceptación general en Venezuela. Esas normas requieren que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros están exentos de errores significativos. Una auditoría incluye el examen, basado en pruebas selectivas, de las evidencias que respaldan los montos y revelaciones en los estados financieros. También una auditoría incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones significativas hechas por la gerencia, así como la evaluación de la completa presentación de los estados financieros. Consideramos que nuestras auditorías proporcionan una base razonable para sustentar nuestra opinión.

3. Al 30 de junio de 2012, el Instituto se encontraba en proceso de análisis de sus gastos de personal, por lo que es probable que a esa fecha los estados financieros no incluyan la totalidad de los gastos asociados con los beneficios a su personal. Los efectos de haber alguno sobre los estados financieros al 30 de junio de 2012, podrán ser determinados una vez que la gerencia del Instituto concluya los análisis antes indicados, por lo que no pudimos satisfacernos de la razonabilidad de los gastos registrados en la cuenta de Gastos de personal a través de la aplicación de otros procedi-mientos de auditoria a esa fecha.

4. Como se indica en la Nota 3 a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2009 el Instituto mantuvo registrados títulos valores en la categoría de inversiones para negociar por Bs. 214.597.534, los cuales fueron traspasados a distintas Casas de Bolsa a esa fecha. Aun cuando la gerencia nos suministro parte de la documentación que soporta dichas transacciones, a la fecha de nuestro dictamen, no nos han sido suministrados los contratos que respaldaron los términos y condiciones para el traspaso y recuperación de las mencionadas inversiones. Los fondos provenientes de estas operaciones fueron recibidos por el Instituto durante el primer semestre de 2010, al valor en libros a esas fechas. No obstante, desconocemos cualquier efecto que pudiera originarse sobre los estados financieros de los años 2011 y 2012 como consecuencia de los acuerdos establecidos en dichos contratos, de haber alguno, y no hemos podido satisfacernos de estos acuerdos y las condiciones establecidas en los mismos a través de la aplicación de otros procedimientos de auditoría. 5. Al 31 de diciembre de 2011, la gerencia del Instituto ajustó Bs. 158.250 de la provisión para obligaciones contractuales registradas en el rubro de otros pasivos, por existir un exceso en la misma, contra los resultados de ese período, sin afectar los resultados al 30 de junio de 2011, fecha en la cual fue constituida dicha provisión, tal como lo requiere el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras. Como resultado de lo indicado anteriormente, el pasivo, el patrimonio y el resultado del semestre terminado el 30 de junio de 2011, están aumentados y el resultado del semestre terminado el 31 de diciembre de 2011 disminuidos en ese monto.

6. Como se indica en las Notas 1 y 4 a los estados financieros, al 31 de diciembre 2011 la provisión para cartera de créditos cubre el 83% de la cartera inmovilizada, incumpliéndose lo establecido en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras referente al porcentaje de cobertura del 100% sobre esa cartera, resultando en una insuficiencia en la provisión para cartera de créditos al 31 de diciembre de 2011 de Bs. 3.724.402. Adicionalmente, al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, la provisión para cartera de créditos presenta una insuficiencia de Bs. 8.630.557 y Bs. 952.806, respectivamente, originada por el deterioro de ciertos créditos, lo cual ha dificultado su recuperación posterior. Como resultado de las insuficiencias antes indicadas, el activo y el patrimonio al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, y el resultado neto por los períodos de seis meses terminados en esas fechas, se presentan aumentados en Bs. 8.630.557 y Bs. 4.677.208, respectivamente.

7. Como se indica en las Notas 8 y 16 a los estados financieros, al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto mantiene cuentas por cobrar al accionista por Bs. 13.647.536, para ambos semestres, registradas en el rubro de “Otros activos” que corresponden a pagos hechos por el Instituto a distintos proveedores de servicio en nombre de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, de los cuales al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011 Bs. 13.502.747 y Bs. 13.475.643 presentan una antigüedad superior a un año, respectivamente , y no se encuentran provisionadas en un 100% tal y como lo requiere el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras. Asimismo, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, establece la prohibición de otorgar directa o indirectamente créditos de cualquier clase a los accionistas, en las condiciones establecidas en dicho decreto. Como resultado de no haber provisionado los saldos antes mencionados, el activo y el patrimonio al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011 y el resultado neto por el período de seis meses terminado en dichas fechas, se presentan aumentados en Bs. 13.502.747 y Bs. 13.475.643, respectivamente.

8. Como se explica en las Notas 3, 12 y 26 a los estados financieros adjuntos, entre los meses de noviembre de 2009 y diciembre de 2010, la SUDEBAN ordenó la intervención, liquidación y fusión por incorporación de algunas instituciones financieras del país. Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Departamento de Fideicomiso mantiene colocaciones e intereses por cobrar por Bs. 195.328.446 y Bs. 210.425.941, respectivamente, en instituciones financieras en proceso de liquidación o en etapa de decisión del futuro de la institución intervenida. El Instituto recibió de la SUDEBAN comunicaciones de fechas 14 de abril y 30 de julio de 2010, donde se le instruyó provisionar en un 100% las colocaciones mantenidas en esas instituciones financieras y determinar los fondos fiduciarios que provienen de fideicomisos dirigidos, e informar a los fideicomitentes sobre su irrecuperabilidad a objeto de ajustar el patrimonio del fideicomiso. En fecha 27 de mayo de 2010, el Instituto notificó al referido Fideicomitente (Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador) el monto de las pérdidas estimadas, no habiendo recibido respuesta de éste a la fecha de nuestro informe. Adicionalmente, con fechas 27 de abril de 2010 y 11 de agosto de 2010, el Instituto presentó a la SUDEBAN planes de recuperación para provisionar estas inversiones a través de amortizaciones cuatrimestrales y/o semestrales en plazos que van entre cuatro (4) y/o siete (7) años, que contemplan aumentos de capital, y le informó que ha realizado las gestiones en pro de la recuperación de los fondos fideicometidos colocados en bancos en proceso de liquidación ante FOGADE. Con fecha 28 de diciembre de 2010, la SUDEBAN indicó al Instituto que no consideraba viable el plan de recuperación presentado, por lo que debía provisionar el total de las colocaciones mantenidas en los Bancos intervenidos o en situación de liquidación por Bs. 137.085.271, dada la incertidumbre existente en cuanto a su recuperación. Adicionalmente, dado que la constitución de la provisión indicada anteriormente absorbía el 435,81% de su patrimonio, la SUDEBAN informó al Instituto que debía realizar las gestiones pertinentes ante su único accionista (Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador), a fin de acordar los aspectos patrimoniales para la reposición de las pérdidas derivadas del registro de la provisión en comento, para lo cual debía convocar una Asamblea Extraordinaria de Accionistas a fin de deliberar sobre la materia. Asimismo, le instruyó ajustar el patrimonio del fideicomiso por Bs. 172.988.831 dado que no existía pronunciamiento por parte de su fideicomitente sobre la reposición de esas pérdidas. En fecha 08 de abril de 2011, el Instituto notificó a la SUDEBAN, que sustituiría las captaciones que mantiene del accionista y sus organismos adscritos por un fideicomiso de administración en el cual se colocarían todos los depósitos que mantenía en bancos intervenidos y posteriormente liquidados, materializando dicha operación al cierre del mes de abril de 2011, esto como parte del plan de recuperación financiero presentado por la gerencia del Instituto a dicho ente regulador. Posteriormente, el 29 de abril de 2011, el Instituto remitió a la SUDEBAN su “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, dentro del cual le indicó entre otras cosas, que el monto de la transacción antes señalada es de Bs. 120.414.156. Producto de las comunicaciones antes mencionadas, el Instituto procedió a acreditar al rubro de otros activos Bs. 120.414.156, con cargo a las captaciones del público, y al mismo tiempo fue aperturado un fideicomiso de administración dentro del Departamento de Fideicomiso del Instituto. El contrato de fideicomiso indica que una vez recuperados los fondos mantenidos en las instituciones financieras intervenidas o en proceso de liquidación, estos les serán devueltos al accionista y sus organismos adscritos. En fecha 20 de junio de 2011, la SUDEBAN informó al Instituto que se encuentra evaluando el referido “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”; asimismo, le indicó que según lo expresado en el artículo 73 del citado Decreto Ley el cual establece que esa Superintendencia autorizará a los bancos universales para des-empeñarse como fiduciarios, prohibiendo a los Bancos Microfinancieros de actuar como fiduciarios, deberá contemplar esta situación en la modificación de su Ordenanza y en su plan de transformación. Posteriormente, en fecha 23 de septiembre de 2011, la SUDEBAN le indicó al Instituto una serie de recomendaciones relativas a su Plan de Ajuste, que deberán ser consideradas para la elaboración de sus nuevos planes estratégicos y estados financieros proyectados, los cuales serán reformulados y consignados una vez evaluada su situación en cuanto a su actuación como ente fiduciario. A la fecha de este dictamen, el Instituto no ha dado respuesta a las recomendaciones efectuadas por la SUDEBAN ni ha remitido sus nuevos planes estratégicos y estados financieros proyectados.

9. El Instituto, como Institución Financiera Nacional, preparó sus estados financieros con base en las normas e instrucciones de contabilidad estableci-das por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario. Estas normas difieren en algunos aspectos de los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela, como se menciona más ampliamente en la Nota 1 a los estados financieros.

10. Como se indica en la Nota 16 a los estados financieros, el Instituto mantiene saldos y ha efectuado transacciones importantes con la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, su único accionista, cuyos efectos se muestran en los estados financieros adjuntos.

11. Al 31 de diciembre de 2011, el Instituto mantuvo registrado en el rubro de disponibilidades Bs. 40.000.000 en la cuenta de efectivo. Durante el primer semestre de 2012, el Instituto reclasifico el monto antes mencionado a la cuenta de efectivo en Banco Central de Venezuela por encontrarse mal contabilizado al 31 de diciembre de 2011, por lo que la limitación en el alcance que contenía nuestro dictamen, de fecha 24 de febrero de 2012, sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2011, queda sin efecto."

12. En nuestra opinión, debido a la importancia sobre los estados financieros al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, de lo mencionado en los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo anteriores, los estados financieros antes mencionados no presentan razonablemente, la situación financiera del Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP) al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, los resultados de sus operaciones y sus flujos de su efectivo por los semestres finalizados en esas fechas, de conformidad con las normas e instrucciones de contabilidad establecidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario. 13. Como se indica en la Nota 11 a los estados financieros, al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto no dio cumplimiento al Índice de Solvencia Patrimonial (Patrimonio/activos totales)” requerido por la SUDEBAN. Los efectos, si los hubiere, sobre los estados financieros adjuntos, se desconocen a la fecha de este informe, y dependerán de las acciones que pueda indicar el ente regulador sobre estos asuntos.

14. Los estados financieros al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011 han sido preparados asumiendo que el Instituto continuará como una empresa en marcha. Los asuntos indicados en los párrafos octavo y décimo segundo anteriores, plantean dudas sustanciales acerca de la habilidad del Instituto para continuar como empresa en marcha. Los estados financieros adjuntos no incluyen los ajustes relacionados con la recuperación y clasificación de los montos de los activos y de los pasivos, que pudieran ser necesarios en el caso de que el Instituto se vea imposibilitado de continuar con sus operaciones.

15. Nuestras auditorías se efectuaron con el propósito de expresar una opinión sobre los estados financieros básicos con base al costo histórico, tomados en su conjunto, del Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP). En las páginas 71 a la 76 se incluyen, para fines de información complementaria, los estados financieros en bolívares constantes al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, presentados por requerimientos de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario para propósitos de análisis adicional. Esta información complementaria fue preparada por, y es responsabilidad de, la Gerencia del Instituto. Excepto por lo mencionado en los parrafos tercero y cuarto anteriores, dichos estados financieros han sido objeto de los procedimientos de auditoría aplicados en la auditoría de los estados financieros básicos y, en nuestra opinión, debido a la importancia sobre los estados financieros al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, de lo mencionado en los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo anteriores, no están presentados razonablemente, de conformidad con las bases de contabilidad descritas en la Nota 1 a los estados financieros y en las notas anexas a dicha información complementaria.

LARA MARAMBIO & ASOCIADOS

Lic. Tomás Pueyo AcostaCPC Nº 15.841SBIF CP-546CNV R-P-881

República Bolivariana de Venezuela, 31 de agosto de 2012

30 de junio 31 de diciembre de 2012 de 2011ACTIVO DISPONIBILIDADES: Nota 2 Efectivo 8.639.030 42.900.075 Banco Central de Venezuela 127.320.095 103.895.340 Bancos y otras Instituciones Financieras del País 1.219 80.670 Efectos de cobro inmediato 9.379.883 2.336.861 145.340.227 149.212.946 INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES: Nota 3 Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbancarias 549.186.729 346.154.660 Inversiones de Disponibilidad Restringida 32.830.041 17.985.000 582.016.770 364.139.660 CARTERA DE CRÉDITOS: Nota 4 Créditos vigentes 108.086.452 82.983.448 Créditos reestructurados - - Créditos vencidos 21.497.821 21.315.748 Créditos en litigio - - (Provisión para cartera de créditos) (21.722.552) (17.591.346) 107.861.721 86.707.850 INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR: Nota 5 Rendimientos por cobrar por inversiones en títulos valores 802.806 899.795 Rendimientos por cobrar por cartera de créditos 1.946.823 1.681.692 (Provisión para rendimientos por cobrar y otros) (1.414.933) (935.876) 1.334.696 1.645.611 BIENES REALIZABLES Nota 6 - - BIENES DE USO Nota 7 4.258.281 2.837.155 OTROS ACTIVOS Nota 8 18.988.958 18.241.053 TOTAL ACTIVO 859.800.653 622.784.275 PASIVO Y PATRIMONIO CAPTACIONES DEL PÚBLICO: Nota 9 Depósitos en cuentas corrientes: Cuentas corrientes no remuneradas 798.836.542 568.785.972 Otras obligaciones a la vista 6.792.477 6.987.998 Depósitos de ahorro 6.364.122 6.517.543 Depósitos a plazo 2.529.330 1.142.086 Captaciones del público restringidas - - 814.522.471 583.433.599 INTERESES Y COMISIONES POR PAGAR: Gastos por pagar por captaciones del público 26.645 11.256 ACUMULACIONES Y OTROS PASIVOS Nota 10 8.514.524 3.943.540 Total pasivo 823.063.640 587.388.395 PATRIMONIO: Nota11 Capital social pagado 9.100.000 9.100.000 Aportes patrimoniales no capitalizados - Reservas de capital 5.121.112 5.096.473 Ajustes al patrimonio 350.629 350.629 Resultados acumulados 22.165.271 20.848.778 Total patrimonio 36.737.013 35.395.880 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 859.800.653 622.784.275 CUENTAS DE ORDEN: Nota 12 Activos de los fideicomisos 315.597.589 358.851.147 Cuentas deudoras por otros encargos de confianza (Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat) 36.501.441 31.129.630 Otras cuentas deudoras de los Fondos de Ahorro para la Vivienda 106.584 122.407 Otras cuentas de orden deudoras 265.960.838 222.074.057 Otras cuentas de registro deudoras 768.534 768.534 Ver notas a los estados financieros

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Estados de Cambios en el PatrimonioSemestres Finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011

(Expresados en miles de Bolívares)

Estados de Resultados y Aplicación del Resultado NetoSemestres Finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011

(Expresados en miles de Bolívares)

Estados de Flujos del EfectivoSemestres Finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011

(Expresados en miles de Bolívares)

Ver notas a los estados financieros

30 de junio 31 de diciembre de 2012 de 2011INGRESOS FINANCIEROS: Ingresos por inversiones en títulos valores Nota 3 10.985.665 20.661.116 Ingresos por cartera de créditos 8.069.530 5.157.243 Ingresos por otras cuentas por cobrar 618.627 523.132 Otros ingresos financieros 201.613 126.909 19.875.435 26.468.400 GASTOS FINANCIEROS: Gastos por captaciones del público 670.117 449.920 Gastos por otros financiamientos obtenidos 6.231 10.168 Otros gastos financieros 840 143 677.188 460.231 MARGEN FINANCIERO BRUTO 19.198.247 26.008.169 INGRESOS POR RECUPERACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Nota 4 1.159.109 882.039 GASTOS POR INCOBRABILIDAD Y DESVALORIZACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS: Gastos por incobrabilidad de créditos y otras cuentas por cobrar Notas 4 y 5 (5.761.488) (5.434.080) (5.761.488) (5.434.080) MARGEN FINANCIERO NETO 14.595.868 21.456.128 OTROS INGRESOS OPERATIVOS Nota 13 1.369.774 1.471.088 OTROS GASTOS OPERATIVOS 4.500 80.863 1.365.274 1.390.225 MARGEN DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA 15.961.142 22.846.353 MENOS - GASTOS DE TRANSFORMACIÓN: Gastos de personal 11.274.872 12.295.042 Gastos generales y administrativos 4.087.067 4.481.885 Aportes al Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria 190.683 83.054 Aportes a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras 408.617 335.773 15.961.239 17.195.754 MARGEN OPERATIVO BRUTO (97) 5.650.599 INGRESOS OPERATIVOS VARIOS 539.508 1.601.788 GASTOS OPERATIVOS VARIOS (293.020) (4.189.505) MARGEN OPERATIVO NETO 246.391 3.062.882 INGRESOS EXTRAORDINARIOS - - GASTOS EXTRAORDINARIOS - - - - RESULTADO BRUTO ANTES DE IMPUESTOS 246.391 3.062.882 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Nota 14 - - RESULTADO NETO 246.391 3.062.882 APLICACIÓN DEL RESULTADO NETO: Reserva legal 24.639 612.576 Resultados del semestre a resultados acumulados 221.752 2.450.306 246.391 3.062.882 Ver notas a los estados financieros

Reservas de capital Resultados acumulados Capital Aportes Superávit no social patrimoniales Reserva Otras Ajustes al distribuible Superávit Total pagado no capitalizados legal reservas Total patrimonio y restringido por aplicar Total patrimonio SALDOS AL 30 DE JUNIO DE 2011 9.100.000 - 4.306.698 177.199 4.483.897 350.629 8.550.619 9.847.853 18.398.472 32.332.998 Resultado neto - - - - - - - 3.062.882 3.062.882 3.062.882 Traspaso del 50% de los resultados del segundo semestre de 2011 Nota 11 - - - - - - 1.225.153 (1.225.153) - - Transferencia a reservas de capital- Reserva legal Nota 11 - - 612.576 - 612.576 - - (612.576) (612.576) - SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 9.100.000 - 4.919.274 177.199 5.096.473 350.629 9.775.772 11.073.006 20.848.778 35.395.880 Resultado neto - - - - - - - 246.391 246.391 246.391 Traspaso del 50% de los resultados del primer semestre de 2012 Nota 11 - - - - - - 110.876 (110.876) - - Transferencia a reservas de capital- Reserva legal Nota 11 - - 24.639 - 24.639 - - (24.639) (24.639) - Ajustes al Superávit por aplicar Nota 11 - - - - - - - 1.094.742 1.094.742 1.094.742 SALDOS AL 30 DE JUNIO DE 2012 9.100.000 - 4.943.913 177.199 5.121.112 350.629 9.886.647 12.278.624 22.165.271 36.737.013

30 de junio 31 de diciembre de 2012 de 2011 FLUJO DE EFECTIVO POR ACTIVIDADES DE OPERACIÓN: Resultado neto 246.391 3.062.882 Ajustes para conciliar el resultado neto del semestre con el efectivo provisto por actividades de operación: Gasto por incobrabilidad de créditos y otras cuentas por cobrar Notas 4,5, y 8 5.761.488 5.434.080 Depreciaciones y amortizaciones Notas 7, y 8 895.987 778.601 Variación neta de intereses y comisiones por cobrar (166.731) (570.642)Variación neta de acumulaciones y otros pasivos 4.570.984 1.139.838 Variación neta de intereses y comisiones por pagar 15.389 3.840 Efectivo neto provisto por actividades de operación 11.323.508 9.848.599 FLUJO DE EFECTIVO POR ACTIVIDADES DE FINANCIAMIENTO: Variación neta de captaciones del público 231.088.872 2.874.870 Efectivo neto provisto por actividades de financiamiento 231.088.872 2.874.870 FLUJO DE EFECTIVO POR ACTIVIDADES DE INVERSIÓN: Créditos otorgados en el período (42.793.696) (61.242.462)Créditos cobrados en el período 17.448.723 17.893.240 Variación neta de colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbancarias (203.032.069) 72.968.241 Variación neta de Inversiones de Disponibilidad Restringida (14.845.041) (17.985.000)Adquisiciones de otros activos Nota 8 (1.258.730) 2.051.944 Adquisiciones, neta de desincorporaciones de bienes de uso Nota 7 (1.804.286) (299.916) Efectivo neto (usado en) provisto por actividades de inversión (246.285.099) 13.386.047 Variación neta de disponibilidades (3.872.719) 26.109.516 DISPONIBILIDADES AL INICIO DEL SEMESTRE 149.212.946 123.103.430 DISPONIBILIDADES AL FINAL DEL SEMESTRE 145.340.227 149.212.946 Ver notas a los estados financieros

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Notas a los Estados FinancierosSemestres Finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011

1. ORGANIZACIÓN Y POLÍTICAS CONTABLES SIGNIFICATIVAS

Organización – El Instituto Municipal de Crédito Popular (IMCP), en lo sucesivo “El Instituto”, fue constituido según Ordenanza de fecha 14 de noviembre de 1946, publicada en Gaceta Municipal del Distrito Federal N° 6601, modificada en fecha 28 de diciembre de 1989, cuya modificación fue publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 885 del 31 de diciembre de 1989, y se regirá en cuanto a su administración por las disposiciones de la Ordenanza y su Reglamento, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria N° 1464 del 13 de junio de 1994. El Instituto es totalmente poseído por la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador.

El Instituto sólo podrá ser liquidado por una Ordenanza, previa opinión o cuando sea acordado por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Finan-cieras.

Los objetivos del Instituto son: (1) realizar operaciones de intermediación finan-ciera y demás actividades y servicios financieros relacionados con su naturaleza, de conformidad con lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, y (2) apoyar financieramente programas de interés social y de atención integral del ciudadano, que defina la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, en términos que convengan a ambas instituciones.

El Instituto está regido por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, por la Ley de Fideicomiso, por las regulaciones establecidas por la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN), por la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) y sus regulaciones, por el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), por las Ordenanzas Municipales, y Decretos y Resoluciones emitidas por el Ejecutivo Nacional.

En Gaceta Oficial N° 39.578, de fecha 21 de diciembre de 2010, se reimprime por error material la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional, cuyo objetivo principal es regular, supervisar, controlar y coordinar al conjunto de instituciones financieras privadas, comunales y cualquier otra forma de organización que opera en el sector bancario, el sector asegurador, el mercado de valores y cualquier otro sector o grupo de instituciones financieras, a fin de garantizar el uso e inversión de sus recursos hacia el interés público y el desarrollo social. Se crea el Órgano Superior del Sistema Financiero, que estará conformado por el Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela. Se estableció un lapso de ciento ochenta (180) días para adaptarse a la mencionada ley.

Con fecha 28 de diciembre de 2010, fue publicada en Gaceta Oficial Extraordi-naria N° 6.015, la Ley de Instituciones del Sector Bancario, posteriormente fue reformada y publicada en Gaceta Oficial N° 39.627 de fecha 2 de marzo de 2011 el Decreto con Rango, Valor, y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. El objetivo de esta Ley es establecer el marco legal para la constitución, funcionamiento, supervisión, inspección, control, vigi-lancia y sanción de las instituciones que operan en el sector bancario venezolano, sean estás públicas, privadas o de cualquier otra forma de organización permitida por ésta y la Ley Orgánica del Sistema Financiero

Nacional. Dicha Ley entró en vigencia el 28 de diciembre de 2010, derogando así la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras publicada en Gaceta Oficial Nº 39.491 de fecha 19 de agosto de 2010, con excepción de lo establecido en la disposición transitoria décimo quinta de dicha Ley, las disposiciones de la Ley de Fideicomiso, publicada en Gaceta Oficial Nº 496 de fecha 17 de agosto de 1956 y las disposiciones contenidas en las normativas prudenciales dictadas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, que contra-vengan esta Ley.

En fecha 29 de abril de 2011, mediante comunicación N° P-088/11 enviada por el Instituto a la SUDEBAN, remite el “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Re-organización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, para adecuarse a la nueva Ley de Instituciones del Sector Bancario.

Como se explica más ampliamente en la Nota 26 a los estados financieros, la SUDEBAN ha enviado al Instituto diversas comunicaciones relacionadas con dicho Plan de Ajuste.

Posteriormente, en fecha 23 de septiembre de 2011, la SUDEBAN mediante oficio N° SBIF-IP-GIBPB2-30400, le indica al Instituto una serie de recomendaciones relativas a su Plan de Ajuste, que deberán ser consideradas para la elaboración de sus nuevos planes estratégicos y estados financieros proyectados, los cuales serán reformulados y consignados una vez evaluada su situación en cuanto a su actuación como ente fiduciario.

A la fecha de estos estados financieros, el Instituto no ha dado respuesta al oficio antes mencionado.

Aprobación de estados financieros – Los estados financieros correspondientes al 30 de junio de 2012, fueron aprobados en reunión de Junta Directiva de fecha

11 de julio de 2012, y los correspondientes al semestre finalizado el 31 diciembre de 2011, fueron aprobados en reunión de Junta Directiva de fecha 13 de enero de 2012, y en Asamblea de Accionistas de fecha 29 de marzo de 2012.

Políticas contables significativas – El Artículo Nº 78 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, establece que la contabilidad de las instituciones del sector bancario deberá llevarse de acuerdo con principios contables e instrucciones establecidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, mediante el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras y Normas Prudenciales.

La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) a través del Boletín de Aplicación VEN-NIF N° 0 Versión 5 (BA VEN-NIF N° 0 V5) aprobó adoptar como Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF), las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, siglas en Inglés), previa revisión e interpretación de cada una de ellas, por parte del Comité Permanente de Principios de Contabilidad (CPPC) de la FCCPV y aprobación en un Directorio Nacional Ampliado (DNA).

El Comité Permanente de Principios de Contabilidad de la FCCPV ha emitido algunos Boletines de Aplicación (BA VEN-NIF), en los que se establecen las interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Los Boletines de Aplicación son los siguientes:

a. BA VEN-NIF N° 0 “Acuerdo Marco para la Adopción de las Normas Internacio-nales de Información Financiera”, versión 5”.

b. BA VEN-NIF N° 02 “Criterios para el Reconocimiento de la Inflación en los Estados Financieros Preparados de Acuerdo con VEN-NIF, versión 1”.

c. BA VEN-NIF N° 04 “Determinación de la Fecha de Autorización de los Estados Financieros para su Publicación, en el Marco de las Regulaciones contenidas en el Código de Comercio venezolano, versión 1”.

d. BA VEN-NIF N° 05 “Criterio para la Presentación del Resultado Integral Total, de acuerdo con VEN-NIF, versión 1”.

e. BA VEN-NIF N° 06 “Criterios para la Aplicación en Venezuela de los VEN-NIF-PYME, versión 1”.

f. BA VEN-NIF N° 07 “Utilización de la Revaluación como Costo Atribuido en el Estado de Situación Financiera de Apertura, versión 0”.

g. BA VEN-NIF N° 08 “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela (VEN-NIF), versión 0”.

En fecha 06 de noviembre de 2008, fue publicada en Gaceta Oficial de la Repú-blica Bolivariana de Venezuela Nº 39.053, la Resolución Nº 273.08, emitida por la SUDEBAN, en la cual se establece que la fecha de presentación semestral de los estados financieros consolidados o combinados de acuerdo con las VEN-NIF, como información complementaria, serán exigidos a partir del semestre finalizado el 30 de junio de 2010. En este sentido, para la elaboración de los mismos, y sólo para fines comparativos, las cifras del semestre finalizado el 31 de diciembre de 2009, deben ser ajustadas de acuerdo con dichas normas.

En fecha 6 de mayo de 2010, la SUDEBAN emite la Resolución N° 227.10, pu-blicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.425 el 17 de mayo de 2010, en la cual se establece que queda diferida la presentación de estados financieros consolidados o combinados de acuerdo con las normas VEN-NIF, como información complementaria, para el semestre que finalizará el 31 de diciembre de 2010. En este sentido, para la elaboración de los mismos, y sólo para fines comparativos, las cifras del semestre finalizado el 30 de junio de 2010, deben ser ajustadas de acuerdo con dichas normas.

Posteriormente, en fecha 28 de diciembre de 2010, fue publicada la resolución N° 648.10, emitida por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario difiriendo la presentación de los estados financieros de acuerdo con las VEN-NIF correspondientes a los cierres semestrales elaborados como información complementaria, hasta tanto ese ente regulador así lo indique.

Las normas establecidas por esa Superintendencia difieren en algunos aspectos de los principios de contabilidad de aceptación general vigentes en Venezuela (VEN-NIF), de acuerdo con el párrafo anterior, siendo los más importantes, según el análisis efectuado por la Gerencia del Instituto, los siguientes:

- Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) establecen la presentación de estados financieros ajustados por inflación de acuer-do a los lineamientos establecidos en el Boletín de Aplicación N° 2 (BA VEN-NIF 2 Versión 1) como información básica, mientras que las normas de la SUDEBAN requieren que los estados financieros básicos de reporte sean presentados con base en el costo histórico, y los estados financieros ajustados por inflación como información complementaria para propósitos de análisis adicional.

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- Se constituyen provisiones en un 100% para aquellas partidas deudoras en bancos en moneda nacional y extranjera no conciliadas con una antigüedad su-perior a 30 y 60 días, respectivamente. Asimismo, aquellas partidas acreedoras en bancos tanto en moneda nacional como en extranjera no conciliadas podrán ser reflejadas en la cuenta de “Partidas por aplicar” dentro del rubro de “Otros pasivos”. Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) no contemplan la constitución de provisiones con base a la antigüedad de las partidas pendientes en conciliación, ni reclasificaciones para las partidas acreedoras pendientes en conciliación.

- Se constituyen provisiones sobre la cartera de créditos, las cuales deben cubrir créditos específicamente evaluados, un porcentaje de riesgo para los créditos no evaluados y una provisión genérica del 1% sobre el saldo de la cartera de créditos y del 2% para microcréditos. Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) no contemplan la provisión genérica y establecen que la provisión por incobrabilidad de los créditos se determine en función de la posible recuperación de los activos.

- Se debe crear una provisión por el monto total de los intereses devengados y no cobrados cuando el crédito a plazo fijo se considere vencido. Los intereses provenientes de los préstamos por cuotas serán aprovisionados cuando la cuota tenga 30 días de vencida. Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) no contemplan la creación de esta provisión con base a plazos de vencimiento.

- Las comisiones cobradas en el otorgamiento de préstamos se registran como ingresos al momento del cobro, mientras que según Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) se registran como ingresos durante la vigencia del préstamo.

- El valor en libros de las inversiones en títulos valores mantenidos hasta su ven-cimiento, denominados en moneda extranjera, se actualiza a la tasa de cambio vigente a la fecha de cierre contable, reconociendo la ganancia o pérdida en cam-bio correspondiente. Según los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF), dichas inversiones se deben mantener al costo.

- Los bienes muebles e inmuebles recibidos en pago se registran al costo o valor de mercado, el menor y se amortiza en el plazo de un año y tres años, respec-tivamente (Bienes realizables). Según Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) estos bienes se registran a su valor de mercado o realización y no se establece apartado sobre éstos, ya que no se consideran activos destinados a la producción de la renta.

- Los gastos diferidos corresponden a erogaciones no reconocidas totalmente como gastos del ejercicio en que se incurren y se distribuyen en los ejercicios en que se recibirán los beneficios de los mismos. Se amortizan por el método de línea recta en un plazo no mayor de cuatro (4) años. Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF), no contemplan en su mayoría el mantenimiento de gastos diferidos.

- La provisión para las cuentas que conforman los otros activos se calcula aplicando criterios similares a los establecidos para la cartera de créditos. Asimismo, estos activos son aprovisionados en un 100% una vez transcurrido un año desde la fecha de su registro en esta cuenta. Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN¬-NIF) no contemplan la creación de esta provisión con base en los plazos de vencimiento.

- Se debe crear una provisión específica y genérica según los parámetros esta-blecidos para la evaluación de las cuentas de orden deudoras contingentes. Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) no contemplan la creación de esta provisión. - Las transacciones en moneda extranjera, principalmente aquellas realizadas en dólares estadounidenses (US$), se registran a la tasa de cambio oficial vigente a la fecha de la transacción, y las ganancias y pérdidas en cambio se incluyen en los resultados del semestre. De acuerdo con los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF), los saldos y transacciones en mo-neda extranjera por operaciones que se encuentren sujetas al régimen cambiario vigente (CADIVI), se valorarán utilizando la tasa de cambio oficial. Para estos efectos, las transacciones para cuyos pasivos no exista la expectativa razonable de que el Estado suministrará divisas de acuerdo con el régimen cambiario indicado en la Nota 17 a los estados financieros, se registrarán utilizando la mejor estima-ción de la expectativa de los flujos en bolívares que a la fecha de la transacción habrían de erogarse para extinguir las obligaciones, utilizando mecanismos de intercambio o pago legalmente permitidos por el Estado o Leyes de la República Bolivariana de Venezuela, por ejemplo Sistema de Transacciones con Títulos de Moneda Extranjera - SITME.

- Las ganancias o pérdidas por fluctuación cambiaria por tenencia de activos y pasivos en moneda extranjera, son registradas en patrimonio en la cuenta de ajustes al patrimonio, y sólo podrán ser utilizadas en orden de prioridad de acuerdo con lo establecido por la SUDEBAN. Los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF), establecen que esas ganancias o pérdidas por fluctuación cambiaria deben ser registradas en resultados al momento que se originen y no contemplan la restricción de las mismas a efectos de decretos de dividendos.

Un resumen de las prácticas contables más importantes seguidas por el Instituto en la preparación de sus estados financieros se presenta a continuación:

a. Disponibilidades – Para fines de los estados de flujos de efectivo, el Instituto considera las disponibilidades en moneda nacional, representadas por el dinero en caja, depósitos en el Banco Central de Venezuela y los efectos de cobro inmediato.

b. Inversiones en títulos valores – Las inversiones en títulos valores se clasifican con base en la intención de la Gerencia con respecto a tales valores en la fecha de adquisición.

- Las colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbanca-rias incluyen las colocaciones de excedentes que efectúa el Instituto en el Banco Central de Venezuela, en obligaciones overnight y en obligaciones emitidas por instituciones financieras del país. Estas inversiones se registran a su valor de realización, que corresponde a su costo de adquisición o valor nominal.

- Las inversiones de disponibilidad restringida incluyen, inversiones en títulos de deuda emitidos por instituciones financiera públicas del país, los cuales se en-cuentran restringidos para cubrir la reducción en los porcentajes de encaje legal establecidos y contribuir con el programa social Gran Misión Vivienda Venezuela. Estas Inversiones se registran a su valor de realización, que corresponde a su costo de adquisición o valor nominal.

Cuando las inversiones en títulos valores están vencidas, se reclasifican conjun-tamente con sus rendimientos a cuenta de otros activos, y si transcurridos treinta (30) días desde la fecha de su vencimiento no han sido cobrados, los montos deben ser aprovisionados al cien por ciento (100%).

c. Cartera de créditos – Las cuentas incluidas en la cartera de créditos se registran conforme se describe a continuación:

Créditos vigentes: Saldos de capital de los créditos que se encuentran al día en el cumplimiento del plan de pagos establecido originalmente.

Créditos reestructurados: Incluyen los saldos de capital de todo crédito, cuyo plan de pago original, plazo y demás condiciones acordadas previamente hayan sido modificados, atendiendo a una solicitud de refinanciamiento, bajo ciertas condiciones establecidas en el Manual de Contabilidad.

Créditos vencidos: Se registran los saldos de capital de los créditos que se en-cuentran con atrasos en sus pagos y no han sido reestructurados, o el Instituto no ha presentado la demanda correspondiente para su cobro por vía judicial. Un crédito a plazo fijo se considera vencido si transcurridos 30 días continuos a partir de la fecha en que debió ser pagado, dicho pago no se ha efectuado. El capital de un crédito pagadero en cuotas, se considera vencido, cuando exista por lo menos una cuota con 90 días de vencida y no cobrada. Así mismo, la totalidad de los créditos otorgados a microempresarios pagaderos en cuotas semanales o mensuales, se consideran vencidos cuando exista por lo menos una cuota semanal con 14 días de vencida y no cobrada, o una cuota mensual con 60 días de vencida y no cobrada.

Créditos en litigio: Se registran los saldos de capital de los créditos que se en-cuentran en proceso de cobro mediante la vía judicial.

Los microcréditos clasificados en las categorías (D) y (E) de acuerdo a la clasifi-cación establecida en la norma respectiva, no devengan ingresos por rendimiento, aun en el caso de estar vigentes o reestructurados.

d. Provisiones para cubrir riesgos de incobrabilidad y desvalorización de activos –

Provisión para cartera de créditos: El Instituto efectúa una evaluación trimestral de su cartera de créditos, con el fin de determinar la provisión específica para posibles pérdidas a constituir para cada crédito, fijándose una cobertura no menor del 90% de dicha cartera. Por otra parte, trimestralmente el Instituto calcula una provisión para la cartera de créditos no evaluada individualmente, equivalente al porcentaje de riesgo resultante de la evaluación específica de los créditos.

Además de las provisiones específicas, la provisión para cartera de créditos incluye una provisión genérica de un mínimo del 1% sobre el saldo de la cartera bruta, excepto para la cartera de créditos a microempresarios cuya provisión genérica es del 2%, de acuerdo con los requerimientos de la SUDEBAN.

Cuando la Gerencia considere que la provisión genérica y/o específica asignada a un crédito se encuentra en exceso, debido a que las circunstancias que originaron su constitución han cambiado, debe efectuarse el reverso de dicha provisión previa autorización de la SUDEBAN.

De acuerdo con lo establecido en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financiera, debe tener un índice de cobertura de un 100% del saldo de la cartera inmovilizada (vencida y en litigio), siempre que el total de las provi-siones (genérica y específica) de la cartera de crédito bruta determinada según las normas establecidas en la Resolución Nº 009-1197 de fecha 28 de noviembre de 1997 resulte menor que el porcentaje antes indicado.

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Provisión para intereses y comisiones por cobrar: Se registra la provisión corres-pondiente a los intereses devengados de los créditos cuando el crédito (plazo fijo) o la cuota tenga más de 30 días de vencida y el interés esté pendiente de cobro. Se crea una provisión para otros rendimientos por cobrar y comisiones cuando tengan más de 60 días de haberse devengado.

Provisión para otros activos: La Gerencia realiza una evaluación de las partidas que conforman el rubro de otros activos con una frecuencia de por lo menos 90 días, aprovisionando en un 100% aquellas partidas que tengan una antigüedad mayor a 360 días y que se encuentren contabilizadas en el grupo de “Varios”, al igual que constituye una provisión por el 100% para aquellas partidas con una antigüedad superior a 30 días y que se encuentre contabilizadas en el grupo de “Partidas por aplicar”.

e. Bienes realizables – Los bienes muebles e inmuebles recibidos en dación de pago, se registran al menor valor entre: el saldo de la contabilidad correspondiente al capital del crédito y las erogaciones recuperables originadas por la gestión de cobranzas del crédito, el valor de mercado del activo a recibir, el valor de adjudi-cación legal o el valor según avalúo. Los costos originados por el mantenimiento de estos activos son registrados como gastos cuando se incurren. Los bienes muebles e inmuebles recibidos en pago, se amortizan en un plazo máximo de uno y tres años, respectivamente.

Los bienes fuera de uso corresponden a aquellos bienes a los que no se les ha dado alguna disposición que justifique su inclusión en otra cuenta, deben desincorporarse al transcurrir veinticuatro (24) meses y el valor en libros no debe exceder a su valor de realización.

f. Bienes de uso – Bienes propiedad del Instituto destinados a su uso. Se registran al costo de adquisición menos la depreciación acumulada. Se deprecian con base en el método de línea recta para distribuir el costo entre los años de su vida útil estimada; los cuales de muestran a continuación:

Vida útil estimada

(en años)

Edificios e instalaciones 40 Mobiliario de oficina 10

Equipos de computación 4

Otros equipos 8 Equipos de reconversión monetaria (hardware) 5

Equipos de transporte 5

Los gastos de reparación y mantenimiento se registran en resultados y las mejoras y renovaciones que tengan el efecto de aumentar su capacidad de servicio y su eficiencia o prolongar su vida útil, se suman al costo de las propiedades corres-pondientes. Cuando los activos se retiran o se venden, el correspondiente costo y la depreciación acumulada se eliminan de las cuentas y la ganancia o pérdida se refleja en los resultados del semestre.

g. Gastos diferidos – Se presentan en el rubro de “Otros activos”, incluyen eroga-ciones que se distribuyen en ejercicios futuros, debido a que los beneficios que se recibirán se extienden más allá del ejercicio en que se efectuaron. Se registran al costo y se amortizan en un período máximo de cuatro (4) años.

h. Programas especiales – Se presentan los depósitos a plazo vencidos, emitidos por instituciones financieras que se han liquidado, cerrado o que por algún otro motivo están impedidas de devolverlos.

i. Apartado para indemnizaciones laborales – La provisión para indemnizaciones laborales se registra con base en la obligación real, calculada de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo y en el contrato colectivo vigente.

El Instituto mantiene las indemnizaciones laborales sencillas depositadas en un fideicomiso a nombre de sus trabajadores.

j. Ingresos diferidos – Corresponden a los intereses cobrados por anticipado por créditos otorgados bajo la modalidad de pagarés.

k. Activos de los fideicomisos – Son valuados con base en los mismos parámetros con que el Instituto valora sus propios activos, excepto por la cartera de créditos, cuya constitución de provisiones dependerá de las aprobaciones de los fideicomi-tentes, en vista de que la cartera de créditos está representada, principalmente, por créditos a terceros con fondos dirigidos, y por las inversiones en títulos valores que se registran al costo de adquisición ajustado por las amortizaciones de las primas o descuentos, en cuanto sea aplicable, de acuerdo con las normas de contabilidad de la SUDEBAN para este tipo de activos de los fideicomisos.

l. Garantías recibidas – Representa los activos de terceros que han sido entre-gados en garantía de operaciones, ya sea que estos se encuentren en poder de la institución o de terceros, son valorados de la siguiente manera: a) los títulos valores se registran de acuerdo con las políticas con que el Instituto registra sus inversiones, b) las garantías hipotecarias y prendarias se registran al menor valor

que se determine mediante avalúo entre los valores de mercado, realización y el valor para el pago de impuestos y c) las fianzas se registran al valor del monto original de los créditos otorgados.

m. Ingresos y gastos financieros – Son registrados en los resultados del período en el cual se devengan o se causan, en función de la vigencia de las operaciones que las generan.

Los rendimientos sobre préstamos, las inversiones y cuentas por cobrar se registran como ingresos a medida que se devengan. Los intereses cobrados por anticipado se incluyen en el rubro de “Acumulaciones y otros pasivos” como ingresos diferidos y se registran como ingresos cuando se devengan.

Las comisiones cobradas en el otorgamiento de préstamos se registran como ingresos al momento del cobro.

Los intereses por captaciones del público, por obligaciones y por otros finan-ciamientos obtenidos se registran como gastos financieros a medida que se causan.

n. Otros ingresos operativos – Los ingresos por comisiones de fideicomisos, mantenimiento de cuentas y otras comisiones no financieras, son registrados cuando se devengan, el resto de las comisiones cobradas por el Instituto, son registradas como ingresos cuando son efectivamente cobradas.

o. Uso de estimaciones en la preparación de los estados financieros – La pre-paración de los estados financieros requiere que la Gerencia efectúe estimados con base en ciertos supuestos que afectan los montos reportados de activos y pasivos, así como la revelación de activos y pasivos contingentes a la fecha de los estados financieros y los montos de ingresos y gastos durante el período reportado. Los resultados reales pueden diferir de estos estimados.

p. Control de riesgo – El Instituto está expuesto principalmente a los riesgos de crédito y de mercado. La política de riesgo empleada por el Instituto para manejar estos riesgos se mencionan a continuación:

- Riesgo de crédito: Siguiendo los lineamientos de la Junta Directiva, la con-centración de riesgos se encuentra colocada en un gran número de deudores, que garantizan sus créditos con fianzas personales e hipotecas, sobre bienes muebles e inmuebles. La exposición al riesgo de crédito es monitoreada por el Instituto mediante un análisis regular de la capacidad de pago de los prestatarios. El Instituto estructura el nivel de riesgo de crédito colocando límites en relación con un prestatario.

- Riesgo de mercado: La Gerencia del Instituto, mantiene un ambiente de control que incluye las mismas políticas y procedimientos establecidos por la Junta Di-rectiva del Instituto, para la determinación de los riesgos de inversión por emisor y por montos invertidos, previamente establecidos por la Junta Directiva.

2. DISPONIBILIDADES

El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario establece que los institutos de crédito deben mantener ciertos niveles de liquidez en efectivo, depositado en el Banco Central de Venezuela (BCV), de acuerdo a lo que disponga este último mediante reso-luciones especiales.

El Banco Central de Venezuela (BCV) ha emitido resoluciones, las cuales dictan las normas para la constitución del Encaje Legal, considerando las bases de reservas y los saldos marginales de las obligaciones netas e inversiones cedidas. Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el encaje está constituido, de acuerdo con las Resoluciones vigentes a esa fecha, tal como se muestra a continuación:

- Encaje legal sobre la base de reserva de obligaciones netas: El encaje legal fijado por el BCV sobre la base de reserva de obligaciones netas es del 14% y 17%, para el 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, respectivamente; dicha base de reserva corresponde a todos los depósitos, captaciones, obligaciones u operaciones pasivas, incluyendo los pasivos derivados de operaciones de mesa de dinero y los provenientes de fondos administrados en fideicomiso, contabilizados al 14 de julio de 2006, excluidas las operaciones a que se refiere el Artículo Nº 4 de las Resoluciones que dictan las normas para la constitución del encaje legal.

- Encaje legal sobre la base de reserva de inversiones cedidas: El encaje legal fijado por el BCV sobre la base de reserva de inversiones cedidas es del 14% y 17%, para el 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, respectivamente; dicha base de reserva corresponde a las cesiones de los derechos de participación sobre títulos valores contabilizadas al 14 de julio de 2006.

- Encaje legal sobre saldos marginales de obligaciones netas e inversiones cedi-das: Adicional a estos porcentajes, se debe mantener un encaje mínimo del 14% en moneda nacional y 14% en moneda extranjera, sobre los saldos marginales de las obligaciones netas e inversiones cedidas; estos corresponden al incremento que se genere tanto en las obligaciones netas como en las inversiones cedidas con respecto a sus bases de reservas, determinado de acuerdo a la información suministrada semanalmente por cada concepto.

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Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el encaje legal requerido por el BCV asciende a Bs. 113.586.026 y Bs. 96.219.625. El Instituto mantiene saldos disponibles según el estado de cuenta del BCV para cubrir dichos montos. Adicio-nalmente, el Instituto mantiene saldos disponibles en el BCV por Bs. 13.734.069 y Bs. 7.675.715, respectivamente, registrados en la cuenta de “Otros depósitos en el BCV”.

Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, las Resoluciones N° 10-10-02 y N° 09-11-02, emitidas por el BCV, vigentes en esas fechas, establecen que el encaje de los pasivos contraídos, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera, se deben constituir en moneda de curso legal.

En fechas 31 de mayo y 21 de junio de 2012, el Instituto participó en la colocación de Certificados de Participación Desmaterializados del Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, S.A., adquiriendo Certificados de Participación con un valor nominal de Bs. 12.573.404 y Bs. 2.271.637, con vencimientos en mayo de 2015 y en junio 2020, con rendimientos anuales del 3,75% y 4,66%, respectivamente, registrados en el rubro de “Inversiones de disponibilidad restringida” (Nota 3). Con la adquisición de este certificado el encaje legal sobre las bases de reserva de obligaciones netas y reserva de inversiones cedidas es del 14% para el 30 de junio de 2012.

Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el saldo de la cuenta efectos de cobro inmediato corresponde a cheques presentados al cobro recibidos por el Instituto, girados contra otras instituciones financieras, transferencias entre cuentas bancarias efectuadas vía electrónica y las operaciones por domiciliación de servicios. Estas operaciones fueron regularizadas dentro de los primeros días del mes de julio y enero de 2012, respectivamente.

3. INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES

El Instituto ha concentrado sus actividades de inversión en:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Certificados de ahorros en instituciones financieras

del país 94% 95%

Certificados de participación desmaterializados en

Instituciones financieras públicas 3% 4% Valores Hipotecarios especiales emitidos por instituciones

financieras públicas 3% 1%

Las inversiones en títulos valores han sido clasificadas en los estados financieros de acuerdo con la intención de la gerencia y capacidad del Instituto, tal como sigue:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y

operaciones interbancarias 549.186.729 346.154.660

Inversiones de disponibilidad restringida 32.830.041 17.985.000

582.016.770 364.139.660

Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbancarias

Se componen como sigue:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Certificados de ahorros en instituciones financieras

del país-

Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, con

rendimiento anual del 4% y vencimientos entre 19 y 27 días (con rendimiento anual entre el 6% y 7,50% y

vencimientos entre 19 y 27 días para diciembre 2011) 243.522.162 162.764.981

Corp Banca, C.A. Banco Universal con rendimiento anual del 4% y vencimientos entre 23 y 27 días

(con rendimiento anual entre el 6% y 7% y

vencimientos entre 18 y 27 días para diciembre 2011) 204.599.723 173.389.679 Banco del Pueblo Soberano, C.A., con rendimiento

anual del 3 % y vencimientos entre 26 y 27 días 50.939.705 -

Mi Banco, Banco de Desarrollo, con rendimiento anual del 5% y vencimientos entre 23 y 27 días 50.125.139 -

Banco Bicentenario Banco Universal, con rendimiento anual del 2% y vencimientos en 17 días - 10.000.000

549.186.729 346.154.660

Inversiones de Disponibilidad Restringida-

Están conformadas por:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Certificados de participación desmaterializados-

Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), con rendimiento anual del 3,75% y

vencimiento en junio de 2014 14.664.000 14.664.000

Valores Hipotecarios Especiales- Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (BANAVIH),

con rendimiento anual del 2% y vencimiento en

noviembre 2021 3.321.000 3.321.000

Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, S.A.,

con rendimiento anual del 3,75% y vencimiento en

mayo 2015 12.573.404 -

Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, S.A.,

con rendimiento anual del 4,66% y vencimiento en

junio 2020 2.271.637 -

32.830.041 17.985.000

Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto reconoció ingresos por intereses por las Colocaciones en el Banco Central de Venezuela, operaciones interbancarias e Inversiones de disponibilidad Restringida por Bs. 10.985.665 y Bs. 20.661.116, respectivamente, registrados en el rubro de “Ingresos financieros” en la cuenta de “Ingresos por inversiones en títulos valores”.

En Gaceta Oficial N° 39.705, de fecha 30 de junio de 2011, el Banco Central de Venezuela publicó la Resolución N° 11-06-01, reimpresa por error material en Gaceta Oficial N° 39.710, de fecha 11 de julio de 2011, en la que se establece que las instituciones financieras regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, que participen en el programa social Gran Misión Vivienda, a través de las adquisición de instrumentos emitidos por el Estado en el marco de dicho programa, podrán reducir en tres (3) puntos porcentuales el encaje legal mínimo establecido en la Resolución N° 10-10-02 de fecha 26 de octubre de 2010.

La presente Resolución entró en vigencia a partir del 1° de julio de 2011.

Como parte del cumplimiento de la Resolución Nº 11-06-01, el Instituto en fecha 01 de julio de 2011 participó en la colocación de Certificados de Participación Desmaterializados del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES), adquiriendo un Certificado de Participación con un valor nominal de Bs. 14.664.000, con vencimiento en junio de 2014 y con un rendimiento anual del 3,75%, siendo registrado en la cuenta de “Inversiones de disponibilidad restringida”.

En fecha 16 de noviembre de 2011, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), convocó a las entidades financieras supervisadas por la SUDEBAN incluidas en el “Listado de Instituciones Autorizadas a Participar en la Colocación de Valores Hipotecarios Especiales” a participar en una emisión de estos títulos valores por un monto total de Bs. 6.000.000. En fecha 17 de noviembre de 2011, al Instituto le fueron adjudicados Valores Hipotecarios Especiales por Bs. 3.321.000, con vencimiento en noviembre de 2021 y con un rendimiento anual del 2% variables, pagaderos mensualmente. Estos títulos valores pueden ser utilizados para cubrir la cartera hipotecaria obligatoria de la Banca Publica y Privada.

En Gaceta Oficial N° 39.993, de fecha 30 de mayo de 2012, el Banco Central de Venezuela publicó la Resolución N° 12-05-02, en la que se establece el encaje legal que deberán mantener depositado en el Banco Central de Venezuela las instituciones bancarias que hayan adquirido títulos valores desmaterializados emi-tidos durante el primer semestre del año 2012 por el ejecutivo nacional en el marco del programa social Gran Misión Vivienda Venezuela, y que se hará conforme lo previsto en el artículo 2 de la resolución N° 10-10-02, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 1 de la resolución N° 11-06-01, dictadas por el Banco Central de Venezuela el 26 de octubre de 2010 y 30 de junio de 2011, respectivamente.

Como parte del cumplimiento de la Resolución Nº 12-05-02, el Instituto en fechas 31 de mayo y 21 de junio de 2012 participó en la colocación de Certificados de Participación Desmaterializados del Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, S.A., adquiriendo Certificados de Participación con valores nominales de Bs. 12.573.404 y Bs. 2.271.673, respectivamente, con vencimientos en mayo 2015 y en junio 2020 y con rendimientos anuales del 3,75% y 4,66%, respectivamente, siendo registrados en la cuenta de “Inversiones de disponibilidad restringida”.

4. CARTERA DE CRÉDITOS

Se clasifica como se muestra a continuación:

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30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Por tipo de crédito: Créditos a plazo fijo 50.109.202 42.521.637

Préstamos por cuotas 30.305.746 24.454.816

Créditos hipotecarios 28.771.312 22.693.670 Créditos al consumo 7.245.370 4.456.528

Microcréditos 5.701.796 4.901.143

Créditos a empleados 3.248.337 2.663.731 Créditos para adquisición de vehículos 2.893.662 1.389.892

Créditos agrícolas 1.308.848 1.217.779

129.584.273 104.299.196 Provisión para cartera de créditos (21.722.552) (17.591.346)

107.861.721 86.707.850

Por tipo de actividad económica: Financiero 42.090.245 31.551.385

Construcción 38.786.543 33.963.897 Comercial 27.125.794 22.191.167

Servicios 19.394.631 13.134.054

Agropecuaria 1.308.848 1.291.855 Industrial 871.507 560.135

Otros 6.705 1.606.703

129.584.273 104.299.196

Provisión para cartera de créditos (21.722.552) (17.591.346)

107.861.721 86.707.850

Por tipo de garantía: Avales y fianzas 89.392.487 74.419.872 Sin garantía 19.172.464 13.132.019

Hipotecaria 18.562.281 15.716.040

Prendaria 2.434.904 1.005.405 Prenda sin desplazamiento y fiduciaria 22.137 22.137

Documentos mercantiles - 3.723

129.584.273 104.299.196 Provisión para cartera de créditos (21.722.552) (17.591.346)

107.861.721 86.707.850

Por tipo de riesgo: Riesgo normal 106.379.239 81.672.607

Riesgo potencial 2.690.611 1.883.582 Riesgo real 1.752.773 3.463.818

Alto riesgo 3.066.576 3.091.912

Irrecuperable 15.695.074 14.187.277

129.584.273 104.299.196

Provisión para cartera de créditos (21.722.552) (17.591.346)

107.861.721 86.707.850

El detalle de los vencimientos se muestra a continuación:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Hasta 30 días 11.533.829 7.512.315

De 31 a 60 días 23.316.730 17.847.095 De 61 a 90 días 9.869.412 10.561.887

De 91 a 180 días 1.301.176 319.675

De 181 a 360 días 1.814.177 1.064.569 Más de 360 días 60.251.128 45.677.907

108.086.452 82.983.448 Cartera vencida 21.497.821 21.315.748

129.584.273 104.299.196 Provisión para cartera de créditos (21.722.552) (17.591.346)

107.861.721 86.707.850

El movimiento de la provisión para cartera de créditos se muestra a continua-ción:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Saldo al inicio del semestre 17.591.346 14.314.488

Más- Aumentos de provisión 4.192.631 5.126.158

Menos-

Liberaciones (3) (1.849.300) Castigos (61.422) -

Saldo al final del semestre 21.722.552 17.591.346

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la provisión para la cartera de créditos incluye Bs. 1.352.861 y Bs. 1.092.004, respectivamente, correspondientes a provisiones genéricas.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la provisión para cartera de créditos fue aumentada en Bs. 4.192.631 y Bs. 5.126.158, respectivamente, los cuales fueron cargados a los resultados del semestre en la cuenta de “Gastos por incobrabilidad de créditos y otras cuentas por cobrar”.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la provisión para cartera de créditos representa un porcentaje de cobertura del 101% y del 83% sobre el

saldo de la cartera vencida, siendo el porcentaje requerido por la SUDEBAN de un 100%.

En fecha 20 de enero de 2012, la SUDEBAN mediante oficio N° SIB-IP-GIBPB2-01168, le informó al Instituto que observó un total de diez (10) clientes, los cuales mantienen cuotas vencidas por un lapso superior al estipulado en el manual de Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras, por lo cual previa autorización de la Junta Directiva, deberá a proceder a castigar los saldos deudores por Bs. 61.422 y suministrar los asientos contables.

Posteriormente, en fecha 29 de febrero de 2012, mediante acta de Junta Direc-tiva N°727, el Instituto aprobó de conformidad con las instrucciones emanadas por la SUDEBAN, el castigo parcial de la cartera de créditos vencida, por Bs. 61.422, así como sus intereses ordinarios los cuales al 28 de febrero de 2012 ascendieron a Bs. 1.410. En fecha 08 de junio de 2012, la SUDEBAN mediante oficio N° SIB-IP-GIBPB2-16167, le informó al Instituto que observó un total de ciento setenta y nueve (179) préstamos, equivalentes a Bs. 2.730.510, cuyo lapso de permanencia en dicha cuenta excede el lapso máximo señalado en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras, por lo cual previa autorización de la Junta Directiva, deberá a proceder a castigar los saldos deudores antes indicados. A la fecha de estos estados financieros la gerencia del Instituto no ha castigado dichos créditos por considerar que serán recuperados.

Durante los semestres finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto recuperó créditos castigados en ejercicios anteriores por Bs. 1.159.109 y Bs. 882.039, respectivamente, incluyendo rendimientos por Bs. 70.719 y Bs. 39.267 respectivamente, registrados en el estado de resultados en el rubro de “Ingresos por recuperación de activos financieros”.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto mantiene créditos sin garantía por Bs. 19.172.464 y Bs. 13.132.019, respectivamente, de los cuales Bs. 3.549.479 y Bs. 2.594.765, corresponden a microcréditos y Bs. 15.622.985 y Bs. 10.537.255 a otros tipos de créditos, para el primer semestre de 2012 y segundo semestre de 2011, respectivamente.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto no recibió bienes muebles o inmuebles en dación de pago, por concepto de recuperación de créditos.

Los bancos e instituciones financieras y cualquier otro ente autorizado por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Ins-tituciones del Sector Bancario, están obligados a cumplir con el financiamiento de ciertos sectores económicos, de acuerdo con Resoluciones emitidas por los entes reguladores. El Instituto no se encuentra obligado a dar cumplimiento a las carteras de crédito dirigidas.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la cartera hipotecaria ascien-de a Bs. 46.937.353 y Bs. 26.014.670, respectivamente, de los cuales al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011 incluyen Bs.18.166.041 y Bs. 3.321.000 correspondientes a los valores hipotecarios adquiridos al Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, S.A y al BANAVIH.

5. INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR

Se componen de lo siguiente:

30 de junio de 2012

31 de diciembre

de 2011

Rendimientos por cobrar por inversiones en títulos

valores-

Colocaciones en el Banco Central de Venezuela

y operaciones interbancarias 758.654 896.053 Inversiones de disponibilidad restringida 44.152 3.742

802.806 899.795

Rendimientos por cobrar por cartera de créditos-

Créditos vigentes 715.977 807.619 Créditos vencidos 1.230.846 874.073

1.946.823 1.681.692

Provisión para rendimientos por cobrar y otros-

Provisión para rendimientos por cobrar por cartera

de créditos (1.289.952) (809.733) Provisión para rendimientos por cobrar por

microcréditos (124.981) (126.143)

(1.414.933) (935.876)

1.334.696 1.645.611

El movimiento de la provisión para rendimientos por cobrar y otros se muestra a continuación: 30 de junio

de 2012 31 de diciembre

de 2011

Saldo al inicio del semestre 935.876 865.168

Más- Aumentos de provisión 1.568.857 119.602

Menos-

Liberaciones (1.088.390) (48.894) Castigos (1.410) -

Saldo al final del semestre 1.414.933 935.876

Page 8: Instituto Municipal de Crédito Popular (IMPC)asobanca.com.ve/userfiles/documentos/impc2012s1.pdf · distintos proveedores de servicio en nombre de la Alcaldía del Municipio Bolivariano

Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, la provisión para rendimientos por cobrar y otros fue aumentada en Bs. 1.568.857 y Bs. 119.602, respectivamente, los cuales fueron registrados en los resultados de cada semestre en la cuenta de “Gastos por incobrabilidad de créditos y otras cuentas por cobrar”.

Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, los rendimientos por cobrar por la cartera de créditos vencida por Bs. 1.230.846 y Bs. 874.073, respectivamente, se encuentran aprovisionados en su totalidad.

6. BIENES REALIZABLES

Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto no recibió bienes mue-bles o inmuebles en dación de pago, por concepto de recuperación de créditos.

Durante los semestres finalizados el 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto no realizó ventas de bienes mantenidos en el rubro de “Bienes realizables”, ni bienes desincorporados en semestres anteriores.

Durante los semestres finalizados el 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto no reconoció gastos por amortización de bienes muebles o inmuebles recibidos en dación de pago.

7. BIENES DE USO

Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el movimiento de los bienes de uso se muestra a continuación:

Edificios e instalaciones

Mobiliario y equipos

Equipos de transporte Total

COSTO: Al 30 de junio de 2011 846.343 4.433.011 351.334 5.630.688 Adiciones - 299.917 - 299.917 Ajustes - - (24.311) (24.311) Al 31 de diciembre de 2011 846.343 4.732.928 327.023 5.906.294 Adiciones - 1.825.649 - 1.825.649 Desincorporación - (21.363) - (21.363) Al 30 de junio de 2012 846.343 6.537.214 327.023 7.710.580

DEPRECIACIÓN ACUMULADA:

Al 30 de junio de 2011 (169.661) (2.397.676) (163.874) (2.731.211) Gasto del periodo (41.949) (310.147) (32.702) (384.798) Ajustes - 43.109 3.761 46.870 Al 31 de diciembre de 2011 (211.610) (2.664.714) (192.815) (3.069.139) Gasto del periodo (41.949) (314.950) (28.264) (385.163) Desincorporación - 2.003 - 2.003 Al 30 de junio de 2012 (253.559) (2.977.661) (221.079) (3.452.299)

Total al 30 de junio de 2012 592.784 3.559.553 105.944 4.258.281

Total al 31 de diciembre de 2011 634.733 2.068.214 134.208 2.837.155

Al 30 de junio de 2012, las adquisiciones de “Mobiliarios y Equipos” corresponden a equipos de computación y cámaras de seguridad por Bs. 1.825.646 (compras de equipos de computación por Bs. 299.916 para diciembre 2011).

Al 30 de junio de 2011, las adiciones efectuadas a las cuentas de “Mobiliario y equipos” y “Equipos de transporte”, corresponden a “Cámaras de Seguridad” y “Accesorios para moto” por Bs. 21.363 y Bs. 24.311, respectivamente. La SUDEBAN mediante Oficio SIB-IP-GIBPB2-31245 de fecha 29 de septiembre de 2011, informó al Instituto que los importes adicionados a las cuentas antes señaladas son inferiores a trescientas veinte (320) Unidades Tributarias (U.T.) en el caso de la cámara y los accesorios para moto no tendría el efecto de aumentar la capacidad de servicio o eficiencia del bien adquirido ni prolongar su vida útil o ayudar a reducir costos de operaciones futuras, por lo que debe proceder a desincorporar esas compras del activo y contabilizarlas en la cuentas de gastos que corresponda. Luego de una revisión efectuada por la gerencia del Instituto, determinó que el saldo de Bs. 24.335, registrado al 30 de junio de 2011 bajo el concepto de accesorios para moto, obedece a un pago en exceso efectuado al proveedor de este bien, por lo cual procedió a la recuperación del mismo, ajus-tando el saldo antes indicado con cargo al rubro de “Disponibilidades” y crédito al rubro de “Bienes de uso”.

En el mes de febrero de 2012, el Instituto procedió a desincorporar de la cuen-ta “Mobiliarios y Equipos” las cámaras de seguridad por Bs. 19.360, neto de depreciación, las cuales fueron cargadas a la cuenta de “Gastos generales y administrativos”.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre 2011, la cuenta de “Mobiliario y equipos” incluye equipos de reconversión monetaria con valor en libros de Bs. 59.345 y Bs. 118.690, respectivamente.

8. OTROS ACTIVOS

Están representados por:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Gastos diferidos: Licencias, netas de amortización acumulada por

Bs. 381.372 (Bs. 85.869 para diciembre 2011) 1.976.347 155.571

Otros gastos diferidos, netos de amortización acumulada por Bs. 1.155.239 (Bs. 955.707 para diciembre 2011) 777.842 521.083

Software Proyecto de Incorporación Chip, neto de

amortización acumulada por Bs. 14.583 (Bs. 8.333 para diciembre 2011) 35.417 41.667

Software, neto de amortización acumulada por

Bs. 75.537 (Bs. 67.755 para diciembre 2011) 14.022 21.804 Gastos por reconversión monetaria, netos de

amortización acumulada por Bs. 14.940 (Bs. 13.182

para diciembre 2011) 2.636 4.394

2.806.264 744.519

Bienes diversos 631.668 816.832 Partidas por aplicar 1.062.931 1.000

1.694.599 817.832

Varios:

Cuentas por cobrar al accionista (Nota 16) 13.647.536 13.647.536 Anticipo a proveedores 859.568 2.953.235

Anticipos al personal 31.732 35.863

Otros gastos pagados por anticipado 28.136 6.099 Suscripciones pagadas por anticipado 5.520 431

Otras cuentas por cobrar varias - 119.935

14.572.492 16.763.099

19.073.355 18.325.450 Provisión para otros activos (84.397) (84.397)

18.988.958 18.241.053

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, los “Otros gastos diferidos” corresponden a mejoras a inmuebles recibidos en comodato.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto registró gastos de amortización por concepto de gastos diferidos por Bs. 510.824 y Bs. 416.362, respectivamente.

Los “Bienes diversos”, al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, corres-ponden a existencia de papelería y materiales de oficina.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto mantiene cuentas por cobrar al accionista con una antigüedad superior a 360 días (Nota 16).

Al 31 de diciembre de 2011, los anticipos a proveedores incluyen principalmente anticipos para la adquisición del sistema Paradise por Bs. 2.116.279, los cuales fueron reclasificados a cuenta de Licencias durante el primer semestre de 2012, en virtud de haberse recibido el servicio adquirido a este proveedor. Al 30 de junio de 2012, los “Anticipos a proveedores” incluye principalmente anticipos para la compra de equipos, mejoras y remodelación de las agencias San Martín y Glorieta por Bs. 645.787 (Bs. 2.116.279 para la adquisición del sistema Paradise para diciembre 2011).

Al 30 de junio de 2012, anticipos para la compra de equipos, mejoras y remo-delación de las agencias San Martín y Glorieta por Bs. 468.897 presentan una antigüedad superior a un año. La gerencia estima que los mismos serán recupe-rables, por lo que no considera que estos deban ser provisionados de acuerdo con lo requerido por el Manual de Contabilidad.

La cuenta de “Anticipos al personal”, al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, corresponde principalmente a anticipos para becas de estudios otorgados al personal y de guarderías.

La cuenta de “Otros gastos pagados por anticipado”, al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, corresponde principalmente a Pólizas de Seguro de vehículos.

9. CAPTACIONES DEL PÚBLICO

Están representadas por:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Cuentas corrientes no remuneradas- Personas naturales 18.983.651 18.314.454

Personas jurídicas 44.263.463 51.248.282

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y del Distrito Capital (Nota 16) 735.588.885 499.222.693

Entes descentralizados y otros Organismos con régimen

especial 543 543

798.836.542 568.785.972

Otras obligaciones a la vista- Personas naturales 31.013 31.013

Personas jurídicas 5.942.899 4.957.701 Administraciones Públicas Estatales, Municipales y

del Distrito Capital (Nota 16) 818.565 1.999.284

6.792.477 6.987.998

Depósitos de ahorro- Personas naturales 6.160.073 5.714.342

Personas jurídicas 179.523 301.402

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y del Distrito Capital (Nota 16) 24.526 501.799

6.364.122 6.517.543

Depósitos a plazo-

Depósitos a plazo hasta 30 días- Personas naturales 16.000 10.000

Depósitos a plazo de 31 a 60 días-

Personas naturales 288.679 144.000 Persona jurídica 541.266 500.000

Depósitos a plazo de 61 a 90 días-

Personas naturales 411.600 343.200 Persona jurídica 1.000.000 -

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y

del Distrito Capital (Nota 16) 268.585 - Depósitos a plazo entre 91 a 120 días-

Personas naturales 3.200 32.500

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y del Distrito Capital (Nota 16) - 112.386

2.529.330 1.142.086

814.522.471 583.433.599

Page 9: Instituto Municipal de Crédito Popular (IMPC)asobanca.com.ve/userfiles/documentos/impc2012s1.pdf · distintos proveedores de servicio en nombre de la Alcaldía del Municipio Bolivariano

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Cuentas corrientes no remuneradas- Personas naturales 18.983.651 18.314.454

Personas jurídicas 44.263.463 51.248.282

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y del Distrito Capital (Nota 16) 735.588.885 499.222.693

Entes descentralizados y otros Organismos con régimen

especial 543 543

798.836.542 568.785.972

Otras obligaciones a la vista- Personas naturales 31.013 31.013

Personas jurídicas 5.942.899 4.957.701 Administraciones Públicas Estatales, Municipales y

del Distrito Capital (Nota 16) 818.565 1.999.284

6.792.477 6.987.998

Depósitos de ahorro- Personas naturales 6.160.073 5.714.342

Personas jurídicas 179.523 301.402

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y del Distrito Capital (Nota 16) 24.526 501.799

6.364.122 6.517.543

Depósitos a plazo-

Depósitos a plazo hasta 30 días- Personas naturales 16.000 10.000

Depósitos a plazo de 31 a 60 días-

Personas naturales 288.679 144.000 Persona jurídica 541.266 500.000

Depósitos a plazo de 61 a 90 días-

Personas naturales 411.600 343.200 Persona jurídica 1.000.000 -

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y

del Distrito Capital (Nota 16) 268.585 - Depósitos a plazo entre 91 a 120 días-

Personas naturales 3.200 32.500

Administraciones Públicas Estatales, Municipales y del Distrito Capital (Nota 16) - 112.386

2.529.330 1.142.086

814.522.471 583.433.599

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, las captaciones del público incluyen principalmente depósitos de entes públicos por Bs. 736.432.519 y Bs. 501.836.705, los cuales representan el 90% y el 86% del total de las captaciones del público a esas fechas, respectivamente.

El Banco Central de Venezuela (BCV) ha emitido resoluciones, en las que esta-blece las tasas mínimas que deben cancelar los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras por los depósitos de ahorro, incluidas las cuentas de activos líquidos, y por los depósitos a plazo y certificados de depósitos a plazo. Durante los semestres finalizados el 30 de junio 2012 y 31 de diciembre 2011, la Resolución vigente fue:

- Resolución Nº 09-06-02, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.193, de fecha 04 de junio de 2009, vigente a partir del 05 de junio de 2009, estableciendo en un 12,5% la tasa mínima por los depósitos de ahorro, incluidas las cuentas de activos líquidos, y un 14,5% la tasa mínima por los depósitos a plazo y certificados de depósitos a plazo.

Al cierre de los semestres finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, las captaciones del público causan intereses anuales que oscilan entre los siguientes porcentajes:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

1

Otras obligaciones a la vista 12,50% 12,50%

Depósitos de ahorro 12,50% 12,50% Depósitos a plazo 14,50% 14,50%

De acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 224.08, emitida por la SU-DEBAN, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.018, de fecha 17 de septiembre de 2008, vigente a partir de esa fecha, el Instituto, a los fines del cálculo de los intereses generados por los depósitos de ahorro recibidos del público, incluidas las cuentas de activos líquidos, considera el saldo mensual promedio, de las referidas cuentas, tomando en cuenta los montos diarios mantenidos durante todo el período mensual.

Conforme a lo establecido en el Artículo 99 del Decreto con Rango, Valor y Fuer-za de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, el Instituto durante el segundo semestre de 2011 reclasificó las captaciones del público inactivas mantenidas al 30 de junio de 2011 a los depósitos en cuentas corrientes que mantienen cada uno de sus clientes.

10. ACUMULACIONES Y OTROS PASIVOS

Están representados por: 30 de junio

de 2012

31 de diciembre de 2011

Varias: Otras cuentas por pagar varias 5.076.987 56.990

Utilidades por pagar 1.042.175 364

Bono vacacional por pagar 588.892 423.167 Impuestos retenidos a terceros 189.402 168.408

Otras obligaciones contractuales con el personal

por pagar 130.884 - Proveedores 69.248 730.683

Otras retenciones a terceros por pagar 40.650 -

Impuestos retenidos al personal y accionistas 8.658 9.286 Comisiones por pagar 4.100 2.826

Honorarios por pagar 433 433

Sueldos de empleados por pagar - 283 Servicios por pagar - 38.212

7.151.429 1.430.652

Otras provisiones:

Provisión Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) 376.310 261.591

Provisión Aporte Servicio Autónomo Fondo Nacional

de los Consejos Comunales (SAFONACC) 153.144 1.094.742 Provisión Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y

Consumo de Sustancias Estupefacientes y

Psicotrópicas (LOCTISEP) 34.276 32.475

Provisiones por litigios pendientes (Nota 15) - 363.996

563.730 1.752.804

Ingresos diferidos 765.373 659.146

Partidas por aplicar - 79.342 Aportes y retenciones laborales por pagar 33.992 21.596

8.514.524 3.943.540

En fecha 23 de enero de 2012, el Instituto recibió, de su accionista Bs. 5.000.000, los cuales serán utilizados para incrementar su capital social como parte de su “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, previa autorización de la SUDEBAN. Posteriormente, en fecha 22 de febrero de 2012, la SUDEBAN a través del oficio N° SIB-IP-GIBPB2-04327, le informa al Instituto que dicho aporte deberá man-tenerlo contabilizado en la cuenta “Otras cuentas por pagar varias” hasta tanto se autorice su reclasificación al rubro de patrimonio a la cuenta “Aportes para incrementos de capital” (Nota 11). Al 30 de junio de 2012, las “Otras obligaciones contractuales con el personal por pagar” corresponden a beneficios otorgados a los empleados como son: servicios de oftalmología y odontología, juguetes, uniformes, plan vacacional y útiles esco-lares, al 31 de diciembre de 2011 luego de un análisis efectuado por la gerencia del Instituto, se determinó un exceso en este saldo, por lo que procedió a liberar las mismas, contra los resultados del semestre finalizado el 31 de diciembre de 2011, registrándose en la cuenta de “Ingresos Operativos Varios”.

Al 31 de diciembre de 2011, la cuenta “Servicios por pagar”, incluye los servi-cios de telefonía fija por Bs. 33.072 y servicios de electricidad por Bs. 5.140, respectivamente.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la cuenta Proveedores incluye principalmente las fianzas de fiel cumplimiento relacionadas con los depósitos que exige la Alcaldía a quienes presten servicios públicos municipales o servicios que requieran concesión, contrato o delegación dentro de la jurisdicción del Mu-nicipio Bolivariano Libertador; estos depósitos son para garantizar la prestación de servicio respectiva y no generan ningún tipo de interés (Nota 9).

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana Nº 39.575 de fecha 16 de diciembre de 2010, el Ejecutivo Nacional promulgó la Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI), estableciendo en su Artículo 26 una alícuota anual equivalente al 0,5% de los ingresos brutos obtenidos en el año inmediato anterior, siempre y cuando hayan obtenido ingresos brutos anuales superiores a 100.000 UT, en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior. Durante los semestre finalizados el 30 de junio 2012 y 31 de diciembre 2011, el Instituto mantiene una provisión por Bs. 376.310 y Bs. 261.591, respectivamente, para cubrir con esta obligación.

Adicionalmente, se creó el Fondo Nacional para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (FONACIT), el cual será responsable de la administración, recauda-ción, control, verificación y determinación cuantitativa y cualitativa de los aportes para la ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones. Asimismo, señala que los sujetos obligados podrán optar por el uso de los recursos provenientes de los aportes a la ciencia, tecnología e innovación, siempre y cuando planteen la formu-lación de proyectos, planes, programas y actividades anuales que correspondan con las áreas prioritarias establecidas por la autoridad nacional con competencia en materia de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, y los mismos deberán presentarse dentro del tercer trimestre de cada año. Posteriormente, dentro de los tres primeros meses del año, los usuarios de los recursos prove-nientes de los aportes a la ciencia, tecnología e innovación deberán presentar al FONACIT un informe técnico y administrativo de las actividades realizadas el año inmediato anterior.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto mantiene una provisión por Bs. 153.144 y Bs. 1.094.742, respectivamente, correspondiente al aporte social que financiará proyectos de consejos comunales, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 48 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. Al 30 de junio de 2012, el Instituto reverso la provisión mantenida al 31 de di-ciembre de 2011, por encontrarse sobrestimada a esa fecha, siendo acreditada al superávit por aplicar al cierre del primer semestre de 2012.

Con fecha 15 de septiembre de 2010, fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.510, la Ley Orgánica de Drogas. En esta Ley se establece que las personas jurídicas, privadas, consorcios y entes públicos con fines empresariales, que ocupen 50 trabajadores o más, destina-rán el 1% de su ganancia o utilidad en operaciones del ejercicio ante el Fondo Nacional Antidrogas, dentro de los 60 días continuos contados a partir del cierre del ejercicio fiscal respectivo. Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Banco mantiene una provisión de Bs. 34.276 y Bs. 32.475, respectivamente, para cubrir esta obligación.

Mediante comunicación N° SIB-II-GGR-GNP-21495 de fecha 27 de julio de 2011 emitida por la SUDEBAN, se establece que se deberá contabilizar a partir del mes de julio del año en curso un sexto (1/6) mensual del apartado correspondiente al 5% de los resultados brutos antes de impuesto.

Posteriormente, en fecha 29 de julio de 2011 fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.724, una Resolución emitida por el Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social y de Planificación y Finanzas, estableciendo los mecanismos de asignación de recursos para el financiamiento de los proyectos de los consejos comunales u otras formas de organización social. El mencionado aporte deberá ser efectuado dentro los 30 días siguientes a la fecha del cierre del ejercicio semestral. En fecha 08 marzo de 2012 el Instituto efectuó el pago a la (SAFONACC) por Bs. 21.108, correspondiente al aporte del segundo semestre del año 2011. A la fecha de estos estados financieros, la gerencia del Instituto se encuentra en proceso

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de las gestiones necesarias para la cancelación del aporte correspondiente al primer semestre del año 2012.

En fecha 22 de agosto de 2011, fue publicada la resolución N° 233.11 emitida por la SUDEBAN, mediante la cual se establece los mecanismos de asignación de recursos para el financiamiento de los proyectos de los consejos comunales u otras formas de organización social, que deben ser transferidos al Servicio Autónomo Fondo Nacional de los Consejos Comunales (SAFONACC) dentro de los 30 días siguientes a la fecha del ejercicio semestral inmediato finalizado, regis-trándose como un gasto pagado por anticipado en la subsubcuenta 188.06.M.99 “Otros” y amortizado a razón de un sexto (1/6) mensual en la subcuenta 439.99 “Gastos operativos varios” desde el mes de enero o julio, según corresponda a cada ejercicio semestral.

11. PATRIMONIO

Capital social

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el capital social pagado es de Bs. 9.100.000, para ambos semestres.

Producto de lo establecido en el artículo 12 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario publicado en Gaceta Oficial N° 39.627 de fecha 02 de marzo de 2011, relativo a los tipos de bancos permitidos por dicho Decreto Ley (Bancos Universales y Bancos Microfinancieros), el accionista en Asamblea General Ordinaria celebrada en fecha 15 de abril de 2011, decidió elevar ante la Cámara Municipal del Muni-cipio Bolivariano Libertador una solicitud de crédito que permita a la Institución adecuarse al capital social mínimo exigido de Bs. 35.000.000, para convertirla en Banco Microfinanciero. Posteriormente, mediante comunicación N° P-088/11 de fecha 29 de abril de 2011, el Instituto remite a la SUDEBAN su “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, dentro del cual le indica entre otras cosas que efectuara los trámites para la solitud de crédito mencionada anteriormente. Luego, en comu-nicación SIB-IP-GIBPB2-17446 de fecha 20 de junio de 2011, la SUDEBAN le informó al Instituto que quedan a la espera de la respuesta de la solicitud de crédito y de las gestiones que de ello se deriven como lo son la convocatoria a una Asamblea de Accionistas y el aumento de su capital social. En fecha 30 de junio de 2011, el Instituto informó a la SUDEBAN, en comunicación N° P-126/11, de que se encuentra solicitando un crédito por Bs. 25.900.000 para poder elevar su capital social a Bs. 35.000.000. En fecha 09 de septiembre de 2011, el Instituto mediante comunicación N° P-154/11 de acuerdo con lo establecido en los artículos 9 y 12 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, informó a la SUDEBAN sobre el cronograma estimado para el incremento de su capital social, de la siguiente forma:

Fecha de aporte Bs.

Cuarto trimestre año 2011 5.000.000

Primer trimestre año 2012 10.000.000 Segundo trimestre año 2012 10.900.000

25.900.000

Reservas de capital

De acuerdo a sus estatutos sociales, el Instituto debe transferir a la reserva legal un mínimo del 20% de la utilidad neta de cada período hasta alcanzar el 50% del capital social. Cuando se haya alcanzado este límite, deberá destinarse no menos del 10% de los beneficios líquidos de cada semestre para aumentar el fondo de reserva legal hasta que la misma alcance el 100% del capital social. Al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre 2011, Instituto realizó apartados para reserva legal por Bs. 24.639 y Bs. 612.576, sobre los resultados obtenidos en cada semestre.

Ajustes al patrimonio

El saldo mantenido en la cuenta de “Ajustes al patrimonio” al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre 2011 por Bs. 350.629 para ambos semestres, corresponde al efecto originado por la variación del tipo de cambio oficial, fijado mediante el Convenio Cambiario Nº 14 de fecha 08 de enero de 2010, y en concordancia con lo establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV) en la Resolución N° 10-06-04 de fecha 10 de junio de 2010 (deroga la Resolución N° 10-01-02 de fecha 28 de enero de 2010).

Con objeto de ampliar el entendimiento de los efectos sobre las operaciones del Instituto por las modificaciones establecidas en dichas normativas cambiarias, a continuación se presenta el detalle del efecto por fluctuación cambiaria (en bolívares):

Inversiones en títulos valores: Inversiones para negociar 343.148

343.148

Intereses y comisiones por cobrar 7.481

350.629

En fecha 29 de enero de 2010, entró en vigencia la Resolución N° 050.10, emi-tida por la SUDEBAN, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.357, de fecha 29 de enero de 2010, estableciendo que el saldo de los beneficios netos generados en las instituciones financieras por el desplazamiento de la tasa de cambio controlada, deberá ser registrado en la cuenta Ganancia o Pérdida por fluctuación cambiaria por tenencia de activos y pasivos en moneda extranjera, de acuerdo con los términos contenidos en el Convenio Cambiario N° 14 y la Resolución N° 10-01-02, emitidos por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Dicha cuenta sólo podrá ser utilizada en orden de prioridad y únicamente en los casos de:

a. Enjugar pérdidas o déficit operacionales mantenidos en las cuentas patrimo-niales al 31 de diciembre de 2009.

b. Aumento de capital social, materializable una vez finalizado el cierre del primer semestre del año 2010.

c. Constitución o cobertura de saldos deficitarios en provisiones para contingen-cias de activos, determinados por la Superintendencia de Bancos hasta el 31 de diciembre de 2009.

d. Compensar los gastos diferidos basados en planes especiales aprobados hasta el 31 de diciembre de 2009, incluyendo la plusvalía, en caso de existir saldo en dicha fecha.

En todo caso, las instituciones financieras deben informar a la SUDEBAN, la apli-cación que dará a los citados beneficios dentro de los conceptos señalados.

Resultados acumulados

Superávit no distribuible y restringido

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto reclasificó a la cuenta de “Superávit no distribuible y restringido” Bs. 110.876 y Bs. 1.225.153, respectivamente, correspondientes al traspaso del 50% de los resultados de cada semestre, de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 329-99 emitida por la SUDEBAN.

Índices de capitalización

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, los índices mantenidos y requeridos, calculados con base en las cifras presentadas en los estados financieros, de acuerdo con los cálculos realizados por la Gerencia, se indican a continuación:

30 de junio de 2012 31 de diciembre de 2011 Índice

mantenido Índice

requerido Índice

mantenido Índice

requerido Índice de Adecuación Patrimonial Contable 9% 12% 5% 12% Índice de Solvencia Patrimonial

(Patrimonio/activos totales) 4% 8% 6% 8%

12. INSTRUMENTOS FINANCIEROS CON RIESGO FUERA DE BALANCE GENERAL Y OTRAS CUENTAS DE ORDEN

Están representadas por:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

1

Activos de los fideicomisos 315.597.589 358.851.147

Cuentas deudoras por otros encargos de confianza

(Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat) 36.501.441 31.129.630

1 Otras cuentas deudoras de los Fondos de Ahorros para

la Vivienda 106.584 122.407 1

Otras cuentas de orden deudoras: Cobranzas 9.002 9.002

Garantías recibidas 186.962.692 154.652.109

Consignaciones recibidas 2.529.622 1.825.942 Otras cuentas de registro 76.459.522 65.587.004

265.960.838 222.074.057

Otras cuentas de registro deudoras: Otras cuentas de registro deudoras por operaciones

de fideicomiso 768.534 768.534

768.534 768.534

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Activos de los fideicomisos

Un resumen de los balances generales combinados del departamento de fidei-comiso se presenta a continuación: 30 de junio

de 2012

31 de diciembre de 2011

Activos de los fideicomisos: Disponibilidades 323.917 43.123.491

Inversiones en títulos valores 115.220.963 100.506.091

Cartera de créditos 4.596.790 4.664.053 Intereses y comisiones por cobrar 127.473 131.571

Otros activos 195.328.446 210.425.941

315.597.589 358.851.147

Pasivos y patrimonios de los fideicomisos: Otros pasivos 2.044.106 2.804.722

Patrimonio: Patrimonio asignado a los fideicomisos 260.999.952 306.597.263

Resultados acumulados 52.553.531 49.449.162

313.553.483 356.046.425

315.597.589 358.851.147

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, los “Patrimonios asignados a los fideicomisos”, de acuerdo a su propósito se clasifican como sigue:

30 de junio de 2012 Tipos de Fideicomiso

Tipos de fideicomitente % Inversión Administración

Características

Mixtas Otros Total

Personas jurídicas 1,23 23.137 3.547 2.595 3.173.590 3.202.869

Administraciones públicas, estatales, municipales y

del distrito capital

71,17 6.131 185.759.496 - - 185.765.627

Entes descentralizados y otros con régimen especial 27,60 - 72.031.456 - - 72.031.456

Total 100% 29.268 257.794.499 2.595 3.173.590 260.999.952

31 de diciembre de 2011 Tipos de Fideicomiso

Tipos de fideicomitente % Inversión Administración

Características

Mixtas Otros Total

Personas jurídicas 0,86 23.137 4.986 5.937 2.610.230 2.644.290

Administraciones públicas, estatales, municipales y

del distrito capital

71,05 6.131 217.839.681 - - 217.845.812

Entes descentralizados y otros con régimen especial 28,09 - 86.107.161 - - 86.107.161

Total 100% 29.268 303.951.828 5.937 2.610.230 306.597.263

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, los Fondos Fideicometidos aportados por Entes del Estado representan aproximadamente el 99%, para ambos semestres, del total de los fondos del fideicomiso.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, existen fondos de los patri-monios asignados a los fideicomisos con saldos negativos por Bs. 222 y Bs. 57.994, respectivamente.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el mencionado saldo nega-tivo corresponde específicamente a un fideicomitente, para cada uno de los semestres.

Durante los años 2007 y 2008, la Gerencia de Fideicomiso recibió de la Vice-presidencia de Administración Financiera del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), diversas comunicaciones solicitando el finiquito de ciertos fideicomisos relacionados con proyectos financiados por el FIDES. En los meses de enero y febrero de 2009, se realizaron los finiquitos de la mayoría de estos proyectos por un total de Bs. 9.324.620.

En fecha 05 de diciembre de 2008, la Gerencia de Fideicomiso informó al FI-DES que, respecto a uno de los fideicomisos que se solicitó el finiquito, se han realizado pagos por valuación a diferentes compañías, siendo el ente ejecutor FUNDAPATRIMONIO. En fecha 19 de enero de 2009, el FIDES solicita a la Ge-rencia de Fideicomiso, la paralización del finiquito de este fideicomiso, mientras se evalúa la situación expuesta. Posteriormente en los meses de enero y junio de 2011 se realizaron los finiquitos de los fideicomisos relacionados con proyectos financiados por el FIDES por Bs. 1.554.385.

Inversiones en títulos valores

Están conformadas por lo siguiente:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Depósitos a plazo fijo y certificados de ahorro en

instituciones financieras del país-

Banco Bicentenario, C.A. con rendimiento anual entre el

2% y 2,50% y vencimientos entre 27 y 30 días (3% y vencimiento entre 28 y 27 días para diciembre 2011) 68.481.744 55.151.318

Banco del Pueblo Soberano, C.A. con rendimiento anual

del 3% y vencimientos entre 27 y 30 días (3% y vencimiento en 28 días para diciembre 2011) 46.739.219 10.216.260

Banco Industrial de Venezuela, C.A. con rendimiento

anual del 3% y vencimientos entre 27 y 28 días - 35.138.513

115.220.963 100.506.091

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Departamento de Fideico-miso reconoció ingresos por intereses por inversiones por títulos valores por Bs. 1.617.053 y Bs. 1.848.664, respectivamente, registrados en la cuenta de “Ingresos por inversiones en títulos valores”.

Cartera de créditos

Se muestra a continuación:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Por tipo de préstamo: Préstamos a terceros 4.596.790 4.657.963

Préstamos a beneficiarios - 6.090

4.596.790 4.664.053 Provisión para cartera de créditos - -

4.596.790 4.664.053

Por tipo de actividad económica: Comercio al mayor y detal 4.295.163 3.807.073

Otras actividades 301.627 856.980

4.596.790 4.664.053 Provisión para cartera de créditos - -

4.596.790 4.664.053

Por vencimiento: Entre uno y tres meses 716.195 -

Entre tres y seis meses - 493.219

Entre seis meses y un año 630.439 - Mayor a un año 2.876.878 2.007.192

4.223.512 2.500.411 Cartera vencida 373.278 2.163.642

4.596.790 4.664.053 Provisión para cartera de créditos - -

4.596.790 4.664.053

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, los préstamos a terceros co-rresponden, principalmente, a créditos otorgados con fondos de los fideicomisos dirigidos, constituidos por el Banco del Pueblo Soberano, C.A., para el desarrollo del “Plan de Transformación de la Economía Informal para la Economía Popular y Solidaria” en ciertos sectores de la ciudad, por lo que no corresponde al Depar-tamento de Fideicomiso registrar pérdidas por deterioro por esos activos, dado que las mismas son asumidas por el fideicomitente.

El Departamento de Fideicomiso, no es responsable en el atraso en cance-laciones de las cantidades de dinero que por concepto de capital e intereses deban cancelar los deudores, tal y como está estipulado en los contratos de fideicomisos. Las gestiones de cobranza de estos créditos, son realizadas por el Departamento de Fideicomiso, no obstante, la recuperabilidad de los mismos, está sujeta a la capacidad de pago de los deudores, cuyo riesgo es asumido por el fideicomitente.

Al 31 de diciembre de 2011, los préstamos a beneficiarios generaron intereses a una tasa del 12% anual.

Otros activos de los fideicomisos

Comprenden lo siguiente:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Otras cuentas por cobrar 195.328.446 210.425.941

Según revisión efectuada por la SUDEBAN a los principales fideicomisos adminis-trados por el Instituto, se determinó como resultado preliminar, que aproximada-mente el 98% de éstos corresponden a fideicomisos dirigidos, cuyo fideicomitente es el Municipio Bolivariano Libertador. (Nota 24)

La SUDEBAN, instruyó al Instituto que una vez determinados los fondos fiduciarios que provienen de fideicomisos dirigidos, se deben notificar a los fideicomitentes sobre su irrecuperabilidad, a objeto de ajustar el patrimonio del fideicomiso, en consideración a las pérdidas experimentadas. En el caso de aquellos fideicomisos en los cuales no se establece que la Institución “…no está asumiendo riesgos económicos y financieros…”, se debe reconocer los montos invertidos como activos del Instituto y proceder a provisionarlos en un 100%.

Al 31 de diciembre 2010, el Departamento de Fideicomiso mantiene colocaciones por Bs. 173.168.623, en instituciones financieras en proceso de liquidación o en etapa de decisión del futuro de la institución intervenida. La SUDEBAN envió comunicaciones de fechas 14 de abril y 30 de julio de 2010, donde se le instruyó al Departamento de Fideicomiso provisionar en un 100% las colocaciones man-tenidas en esas instituciones financieras y determinar los fondos fiduciarios que provienen de fideicomisos dirigidos, e informar a los fideicomitentes sobre su irrecuperabilidad a objeto de ajustar el patrimonio del fideicomiso. En fecha 27 de mayo de 2010, se notificó al referido Fideicomitente (Alcaldía del Municipio

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Bolivariano Libertador) el monto de las pérdidas estimadas, no habiendo recibido respuesta de éste a la fecha de emisión de estos estados financieros.

Adicionalmente, con fechas 27 de abril de 2010 y 11 de agosto de 2010, el Instituto presentó a la SUDEBAN planes de recuperación para provisionar es-tas inversiones a través de amortizaciones cuatrimestrales y/o semestrales en plazos que van entre cuatro (4) y/o siete (7) años, que contemplan aumentos de capital, y le informó que ha realizado las gestiones en pro de la recuperación de los fondos fideicometidos colocados en bancos en proceso de liquidación ante FOGADE. Con fecha 28 de diciembre de 2010, la SUDEBAN indicó al Instituto que no consideraba viable el plan de recuperación presentado, por lo que debía provisionar el total de las colocaciones mantenidas en los Bancos intervenidos o en situación de liquidación por Bs. 137.085.271, dada la incertidumbre existente en cuanto a su recuperación.

Adicionalmente, dado que la constitución de la provisión indicada anteriormente absorbía el 435,81% de su patrimonio, la SUDEBAN informó al Instituto que debía realizar las gestiones pertinentes ante su único accionista (Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador), a fin de acordar los aspectos patrimoniales para la repo-sición de las pérdidas derivadas del registro de la provisión en comento, para lo cual debía convocar una Asamblea Extraordinaria de Accionistas a fin de deliberar sobre la materia. Asimismo, le instruyó ajustar el patrimonio del fideicomiso por Bs. 172.988.831 dado que no existía pronunciamiento por parte de su fideicomitente sobre la reposición de esas pérdidas. A la fecha de emisión de estos estados financieros, el Instituto no ha dado respuesta a la comunicación antes mencionada recibida de la SUDEBAN, ni ha realizado los ajustes solicitados así como tampoco la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de Accionistas.

En fecha 08 de abril de 2011, el Instituto notificó a la SUDEBAN mediante comunicación N° P-076/11, que sustituiría las captaciones que mantiene del accionista y sus organismos adscritos por un fideicomiso de administración en el cual se colocarían todos los depósitos que mantenía en bancos intervenidos y posteriormente liquidados, materializando dicha operación al cierre del mes de abril de 2011, esto como parte del plan de recuperación financiero presentado por la gerencia del Instituto a dicho ente regulador.

Posteriormente, mediante comunicación N° P-088/11 de fecha 29 de abril de 2011, el Instituto remite a la SUDEBAN su “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reor-ganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, dentro del cual le indica entre otras cosas que el monto de la transacción derivada de lo mencionado en el párrafo anterior es de Bs. 120.414.156.

Producto de las comunicaciones antes mencionadas, el Instituto procedió a acre-ditar el rubro de otros activos por Bs. 120.414.156, con cargo a las captaciones del público, y al mismo tiempo fue aperturado un fideicomiso de administración dentro del Departamento de Fideicomiso del Instituto. Una vez recuperados los fondos mantenidos en las instituciones financieras intervenidas o en proceso de liquidación, estos les serán devueltos al accionista y sus organismos adscritos.

En fecha 20 de junio de 2011, la SUDEBAN mediante oficio N° SIB-IP-GIBPB2-17446, le informó al Instituto que se encuentra evaluando el referido “Plan Estra-tégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, asimismo, le indico que según lo expresado en el artículo 73 del citado Decreto Ley el cual establece que esa Superintendencia autorizara a los bancos universales para desempeñarse como fiduciarios, de lo cual se desprende la prohibición para los Bancos Microfinancieros de actuar como fiduciarios, por lo tanto, deberá contemplar esta situación en la modificación de su Ordenanza y en su plan de transformación.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el saldo de los otros activos está conformado por el capital devengado hasta la fecha de vencimiento, por Bs. 191.868.367 y Bs. 206.368.306, respectivamente, e intereses por Bs. 3.460.079 y Bs. 4.057.636, respectivamente, correspondientes a las colocaciones mantenidas en instituciones financieras intervenidas o en proceso de liquidación provenientes del Departamento de Fideicomiso y el Instituto, respectivamente, tal como se muestra a continuación:

Colocaciones mantenidas por el Departamento de Fidecomiso en instituciones financieras intervenidas:

30 de junio de 2012 31 de diciembre de 2011

Capital Intereses Capital Intereses

Depósitos a plazo en instituciones financieras del país- Banco Federal, C.A. con rendimiento anual del 14,50% 44.620.571 728.979 44.620.571 728.979 Banco Canarias, Banco Universal, C.A. con

rendimiento anual entre el 14,50% y el 16,75% 32.738.062 627.948 32.738.062 627.948 Inverunión Banco Comercial, C.A. con rendimiento

anual del 14,50% 16.246.237 249.710 16.246.237 249.710

Casa Propia Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A. - 193.583 - 193.583 Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A. con rendimiento

anual entre el 14,50% y el 14,75% - - 4.801.229 359.960

93.604.870 1.800.220 98.406.099 2.160.180

Colocaciones mantenidas por el Instituto en instituciones financieras intervenidas transferidas al Departamento de Fidecomiso:

30 de junio de 2012 31 de diciembre de 2011

Capital Intereses Capital Intereses

Depósitos a plazo en instituciones financieras del país- Banco Federal, C.A. con rendimiento anual del 14,50% 96.728.625 1.583.746 96.728.625 1.583.746 Inverunión Banco Comercial, C.A. con rendimiento

anual del 15,50% 1.534.872 32.617 4.696.515 58.641 Baninvest Banco de Inversión , C.A. con rendimiento

anual del 14,50% - 37.660 - 37.660

Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A. con rendimiento anual entre el 14,50% y el 14,75% - - 3.882.067 211.573

98.263.497 1.654.023 105.307.207 1.891.620 Obligaciones overnight en instituciones financieras

del país-

Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A. con rendimiento anual del 21,01% - 5.836 2.655.000 5.836

Total Fideicomiso de administración 98.263.497 1.659.859 107.962.207 1.897.456

Total Otras Cuentas por Cobrar 191.868.367 3.460.079 206.368.306 4.057.636

En fecha 15 de abril de 2011, el Departamento de Fideicomiso del Instituto Municipal de Crédito Popular recuperó parte de las colocaciones que mantuvo en el Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A. por un monto de Bs. 14.278.319, quedando Bs. 5.161.189 por recuperar al 31 de diciembre de 2011, los cuales fueron posteriormente recuperados en fecha 05 de junio de 2012. En esa misma fecha, el Departamento de Fideicomiso recupero la totalidad de las colocaciones que mantuvo el Instituto en dicha institución financiera por Bs. 6.748.640, que-dando un remanente de interés por recuperar de Bs. 5.836. Estos fondos fueron transferidos al Instituto en el mes de junio de 2012.

En fecha 06 de diciembre 2011, el Departamento de Fideicomiso, recupero la totalidad del capital más los intereses acumulados hasta el 04 de diciembre de 2009 (fecha de Intervención) de las colocaciones que mantuvo en el Banco Baninvest Banco de Inversión, C.A. por Bs. 58.079.454, quedando por recu-perar a la fecha un remanente por Bs. 438.155. La gerencia del Departamento de Fideicomiso estima que el saldo de Bs. 438.155 antes mencionado, no será recuperado, por lo cual procedió a castigar el mismo contra los resultados de ese semestre, siendo registrados en el rubro de “Gastos Operativos” en la cuenta de “Gastos Financieros”.

En esa misma fecha, el Departamento de Fideicomiso recupero la totalidad de las colocaciones que mantuvo el Instituto en dicha institución financiera por Bs. 10.554.493, quedando un remanente de interés por recuperar de Bs. 37.660. Estos fondos fueron transferidos al Instituto Municipal de Crédito Popular en el mes de febrero de 2012, como parte del Plan de recuperación de estos importes que fue presentado a la SUDEBAN en el marco de su “Plan Estratégico de Ajus-te a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, con cargo al fideicomiso de administración que este mantiene en el departamento de fideicomiso.

Adicionalmente, en fecha 05 de junio de 2012, el Departamento de Fideicomiso recupero parte de las colocaciones que mantuvo el Instituto en la Institución financiera Inverunión, Banco Comercial, C.A. por Bs. 3.187.665, quedando un remanente por recuperar de Bs. 1.567.490. Estos fondos fueron transferidos al Instituto en el mes de junio de 2012.

Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda

En fecha 31 de julio de 2008, fue publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.889 el Decreto N° 6.072 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Régimen Pres-tacional de Vivienda y Hábitat, el cual derogó el Decreto Nº 5.750 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, de fecha 27 de diciembre de 2007, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.867 de fecha 28 de diciembre de 2007.

Esta ley establece que las instituciones financieras públicas o privadas, regidas por el Decreto con fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, podrán actuar como operadores financieros en materia de vivienda y hábitat, previa calificación y certificación por parte del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), y conforme a las disposiciones ema-nadas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. Estos operadores financieros realizaran las actividades de intermediación financiera, entre los usuarios del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda y el BANAVIH, para el financiamiento, compra, construcción, sustitución, restitución, reparación o remodelación de su vivienda principal; el refinanciamiento o pago de hipoteca; o para cualquier otra actividad relacionada con el objeto de la Ley.

El Instituto, fue autorizado para actuar como operador financiero, mediante Re-solución Nº JD-06-23, emitida por el BANAVIH de fecha 17 de febrero de 2006, publicada en Gaceta Oficial Nº 38.389 de fecha 2 de marzo de 2006.

La Gerencia de Créditos y Microfinanzas del Instituto, administra los fondos recibi-dos por el BANAVIH los cuales son para el otorgamiento de créditos hipotecarios regidos por la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Cada crédito está soportado por la conformación de un expediente de crédito, de acuerdo a requisitos establecidos por el Fondo de Ahorro Obligatorio de la Vivienda.

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Los saldos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda están representados como sigue:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

ACTIVOS: Cartera de créditos 34.791.252 29.583.308

Intereses por cobrar 209.338 246.848

Otros activos 1.500.851 1.299.474

36.501.441 31.129.630

PASIVOS: Obligaciones con el Banco Nacional de Vivienda y

Hábitat y con otras instituciones 36.292.103 30.882.782

RESULTADOS:

Ingresos 209.338 246.848

209.338 31.129.630

Garantías recibidas 65.923.707 54.930.092

La Ley establece que debe mantenerse en el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda la totalidad de los recursos no colocados provenientes de los aportes del ahorro habitacional y que el rendimiento de este Fondo debe distribuirse semestralmente entre los ahorristas habitacionales. Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la totalidad de los fondos recibidos fueron otorgados mediante créditos.

Según la Resolución Nº 009/11/97 del 28 de noviembre de 1997 emitida por la SUDEBAN, los créditos otorgados de conformidad con la Ley del Subsistema de Vivienda y Política Habitacional (ahora Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat) y sus Normas de Operación, se exceptuarán de la constitución de la provisión genérica establecida en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Insti-tuciones Financieras. Adicionalmente, estarán igualmente exceptuados de la constitución de provisiones específicas, siempre y cuando su otorgamiento y control sea de estricto cumplimiento a las disposiciones de la mencionada Ley y sus Normas de Operación.

La “Tasas de Interés Social Especial” aplicada a los créditos hipotecarios otorgados con los recursos de los Fondos Regulados por el Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre 2011, fueron las establecidas en la Resolución emitida por el Banco Central de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.751, de fecha 06 de septiembre de 2011, tal como se muestra a continuación:

Ingreso Familiar Mensual Tasa de Interés Social Especial

Hasta Bs. 6.192,84 4,66%

Desde Bs. 6.192,84 Hasta Bs. 9.289,26 6,91%

Desde Bs. 9.289,26 Hasta Bs. 12.385,68 9,16%

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el saldo de “Otros activos” de Bs. 1.500.851 y Bs. 1.299.474, respectivamente, corresponden a las primas del fondo de garantía, cobradas a los beneficiarios de los créditos, las cuales fueron cance-ladas al BANAVIH en los meses de julio y enero de 2012, respectivamente.

En fecha 25 de mayo de 2007, fue publicada la Resolución Nº 067, emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, estableciendo un 8,5% la comisión de costos operativos que deberán cobrar los operadores financieros que presten servicios de recaudación del ahorro obligatorio y de gestión para el otorgamiento y recuperación de préstamos a corto y largo plazo con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda. Este porcentaje deberá distribuirse un 6,5% por la gestión de otorgamiento y recuperación de los préstamos hipote-carios definidos en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, y un 2% por el servicio de recaudación del ahorro obligatorio.

Posteriormente, en fecha 22 de septiembre de 2011, fue publicada la Resolución Nº 124, emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, estableciendo un 0,5% de comisión, imputables a gastos administrativos, la cual deberá ser cancelada por el beneficiario. El operador financiero está obligado a presentar detalle de estos cargos al beneficiario del crédito. Esta resolución deroga a la N° 067 de fecha 25 de mayo de 2007.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto registró en el rubro de “Ingresos financieros” Bs. 28.883 y Bs. 26.086, respectivamente, por el cobro de la comisión, imputables a gastos administrativos. A la fecha, a pesar de estar autorizado por el BANAVIH para actuar como operador financiero, el Instituto no recibe aportes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) de empresas y/o entidades públicas y privadas, por lo que no percibió la comisión del 2% por el servicio de recaudación del ahorro obligatorio, aplicable para el primer semestre de 2011.

Durante los semestres finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, se otorgaron 39 y 13 créditos, respectivamente, con los recursos prove-nientes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el número de deudores del Fondo de Ahorro Obligatorio en el Instituto es de 291 y 254, respectivamente, de los cuales 32 y 25 respectivamente, están clasificados como vencidos, res-pectivamente.

Otras cuentas de orden deudoras

Al 30 de junio de 2012, las otras cuentas de orden deudoras comprenden: cobranzas, garantías recibidas por operaciones de crédito, consignaciones reci-bidas y otras cuentas de registro. Estas cuentas no representan contingencias o compromisos asumidos por el Instituto.

13. OTROS INGRESOS OPERATIVOS

Están representados por los siguientes conceptos:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Comisiones por servicios 1.369.774 1.471.088

1.369.774 1.471.088

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, las comisiones por servicios corresponden principalmente a las comisiones cobradas por las operaciones de fideicomiso por Bs. 1.149.509 y Bs. 1.258.348, respectivamente.

14. RÉGIMEN FISCAL

Impuesto sobre la renta

El Instituto está exento del pago del Impuesto Sobre la Renta, según lo establecido en el numeral 1 del Artículo 14 de la Ley que regula esta materia.

15. CONTINGENCIAS

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto ha sido objeto de las siguientes reclamaciones:

a. Demandas laborales: ejecutadas en la Inspectoría del Trabajo por veinte (20) ex funcionarios del Instituto, como consecuencia de una restructuración adminis-trativa del Instituto. La provisión registrada por el Instituto al 31 de diciembre de 2011 fue calculada en función de los salarios caídos desde la fecha de egreso del personal, la cual asciende a Bs. 363.996 a esa fecha (Nota 10). Al cierre del primer semestre de 2012, la gerencia reverso la totalidad de las provisiones para demandas laborales contra el rubro de “Otros ingresos operativos varios” debido a que dichas demandas resultaron favorables para el Instituto producto de las sentencias emitidas por autoridades legales competentes.

b. Demandas civiles y mercantiles:

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 200.000, con motivo de realizar la ejecución de una hipoteca, al Local N° 06, ubicado en la planta nivel del Edificio “Centro Comercial La Asunción” en el Muni-cipio Santa Teresa del Tuy. Tribunal entrega oficio N° 2011-232 donde comisiona juzgado de Municipio para la citación.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 300.000, con motivo de realizar la ejecución de una hipoteca, al Local N° 7, ubicado en la planta nivel del Edificio “Centro Comercial La Asunción” en el Mu-nicipio Santa Teresa del Tuy. Al 8 de diciembre de 2010 el tribunal no ha admitido la demanda.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 250.000, con motivo de realizar el cobro del dinero adeudado. Al 12 de marzo de 2012 se ratifica solicitud de devolución del pagare y poder, el 12 de abril de 2012 se consigno copias del auto que acordó el desglose para entrega de originales.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 650.000, con motivo de realizar el cobro del dinero adeudado. Al 12 de marzo de 2012 se ratifica solicitud de devolución del pagare y poder, el 12 de abril de 2012 se consigno copias del auto que acordó el desglose para entrega de originales.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 450.000, con motivo de realizar la ejecución de una hipoteca, a un inmueble en el Conjunto Residencial Club Cigarral, Municipio el Hatillo. Al 29 de noviembre de 2011, el tribunal no se ha pronunciado sobre su admisión.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 500.000, con motivo de realizar el cobro del dinero adeudado. Al 11 de abril de

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2012, se devolvió cartel emitido por el tribunal con error de fecha de emisión 2010.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 300.000, con motivo de realizar el cobro del dinero adeudado. Al 21 de diciembre de 2011, se recibieron la devolución de los documentos originales.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 1.900.000, con motivo de realizar el cobro del dinero adeudado. Al 11 de abril de 2012, el alguacil informa que no han librado boletas.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 169.454, con motivo de realizar el cobro del dinero adeudado. Al 24 de abril de 2012, se consigno diligencia solicitando la notificación del demandado a los fines de agotar la citación personal conforme a lo establecido en el artículo 218 del CPC.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 115.000, con motivo de realizar la ejecución de una hipoteca, a un inmueble. Al 08 de marzo de 2012, se consigno nueva demanda y se solicito originales del documento del crédito y certificación de gravamen, a los fines de ser consignadas en la nueva demanda, actualmente para notificación una vez que el tribunal libre boleta de notificación de las partes.

- Demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Crédito Popular, por Bs. 300.000, con motivo de realizar el cobro del dinero adeudado, admitido el 20 de marzo de 2012, actualmente para notificación una vez que el tribunal libre boleta de notificación de las partes.

La Gerencia del Instituto no estima un impacto desfavorable significativo producto de la resolución de estas demandas, basada en el análisis de cada uno de estos casos, como en la opinión de sus asesores legales externos, por lo que se estima que las provisiones mantenidas por el Instituto al 30 de junio 2012 y 31 de diciembre de 2011, cubren las obligaciones que pudieran generarse por los reclamos antes mencionados.

16. SALDOS Y TRANSACCIONES CON EL ACCIONISTA

El único accionista del Instituto es la Alcaldía del Municipio Bolivariano Liberta-dor.

Por la naturaleza de su negocio, el Instituto ha efectuado transacciones y mantiene saldos con la Alcaldía, cuyo efecto se incluye en sus estados financieros:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

ACTIVOS: Otros activos (Nota 8):

Veximica 3.823.118 3.823.118

Sport Solution PEBP, C.A. (Plan Comunicacional Semana Somos Caracas) 3.500.000 3.500.000

Corporación Servicios Municipales Libertador, S.A. 3.500.000 3.500.000

Inversiones Sabenpe, C.A. 1.476.234 1.476.234 Fundación para la Comunicación Popular CCS 1.176.291 1.176.291

Moto Repuestos Engi, C.A. 99.987 99.987

Almacenadora Makled, C.A. 38.224 38.224 Línea M de muebles, C.A. 27.104 27.104

Representaciones Riovemer, C.A. 6.578 6.578

13.647.536 13.647.536

PASIVOS: Captaciones del público (Nota 9):

Cuentas corrientes no remuneradas 735.588.885 499.222.693

Otras obligaciones a la vista 818.565 1.999.284

Depósitos de ahorro 24.526 501.799 Depósitos a plazo 268.585 112.386

736.700.561 501.836.162

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, las cuentas por cobrar al ac-cionista registradas en el rubro de otros activos, corresponden a pagos hechos por el Instituto a distintos proveedores de servicios en nombre de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, existen saldos por cobrar al accionista con una antigüedad superior a un año por Bs. 13.502.747 y Bs. 13.475.643, respectivamente.

17. SALDOS EN MONEDA EXTRANJERA

A partir del año 2003, el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela han celebrado diversos Convenios Cambiarios, en los cuales se establecen el Régimen para la Administración de Divisas y el tipo de cambio que regirá las operaciones establecidas en dichos convenios. A partir de esa fecha, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), se encarga de la coordinación, adminis-tración, control y establecimiento de requisitos, procedimientos y restricciones que requiera la ejecución de dichos convenios.

CADIVI ha emitido diversas normativas relacionadas con los registros, lineamien-tos, requisitos y condiciones relativas al régimen de administración de divisas.

Con fecha 8 de enero de 2010, el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Vene-zuela celebraron el Convenio Cambiario N° 14, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.342, de la misma fecha, en el cual se derogó el Convenio Cambiario N° 2 del 1 de marzo de 2005, fijando los tipos de cambio a partir de la entrada en vigencia del nuevo convenio cambiario (11 de enero de 2010) en Bs. 2,5935 por US$ 1,00 ó Bs. 4,2893 para la compra, y Bs. 2,60 ó Bs. 4,30 por US$ 1,00 para la venta, dependiendo del concepto de la operación en los términos establecidos en el mencionado Convenio, entre otros. Así mismo, se establece la liquidación a las tasas de cambio establecidas en el Convenio derogado, para las operaciones de compra y venta de divisas cuya liquidación hubiere sido solicitada al Banco Central de Venezuela antes de la entrada en vigencia del nuevo Convenio y otras operaciones en tránsito, y un tipo de cambio que será fijado por el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela para el pago de capital, intereses, garantías y demás colaterales de la deuda privada externa contraída con cualquier acreedor extranjero, incluidos los organismos multilaterales y bilaterales, de integración o entes gubernamentales extranjeros, y agencias de financiamiento a la exportación, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que al efecto establezca la Comisión de Adminis-tración de Divisas (CADIVI), así como para la compra en el mercado primario y en moneda nacional de títulos de la República o de sus entes descentralizados emitidos o por emitirse en divisas.

Por otra parte, con fecha 19 de enero de 2010, el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela celebraron el Convenio Cambiario N° 15, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.349, de la misma fecha, posteriormente reimpreso en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.355, de fecha 27 de enero de 2009, fijando, entre otros conceptos, el tipo de cambio de Bs. 2,60 por US$ 1,00 para algunas operaciones en tránsito aprobadas por CADIVI antes del 8 de enero de 2010, así como para aquellas operaciones correspondientes a solicitudes presentadas ante CADIVI al 8 de enero de 2010, cuya autorización para la liquidación sea procedente, entre las cuales se menciona el pago de capital, intereses, garantías y demás colaterales de la deuda privada externa (Providencia de CADIVI Nº 045), las inversiones Internacionales y pago de regalías, uso y explotación de patentes, marcas, licencias y franquicias, pago de contratos de importación de tecnología y asistencia técnica (Providencia de CADIVI Nº 056) e importaciones de ciertos sectores tales como comunicaciones-prensa, electrónicos, informáticos, eléctricos, construcción, químico, caucho y plástico, papel, cartón y madera, salud-veterinaria, textil, gráfico y metalúrgico, bajo ciertas condiciones.

Con fecha 14 de junio de 2012, el Banco Central de Venezuela emitió el Convenio Cambiario N° 20 publicado en Gaceta Oficial N°39.968 de fecha 19 de julio de 2012, en el cual se establece que las personas jurídicas no domiciliadas, que participen en la ejecución de proyectos de inversión pública estratégicos para el desarrollo de la economía nacional y de estímulo a la oferta productiva, así como las personas naturales mayores de edad residenciadas en el territorio nacional y las personas jurídicas domiciliadas en el país podrán mantener en cuentas a la vista o a término en bancos universales regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, fondos en moneda extranjera. Asimismo, se estable disposiciones relacionadas con la movilización de estos depósitos, colocación de estos fondos en cuentas en moneda extranjera en el Banco Central de Venezuela, y reportes detallados con periodicidad mensual a este regulador, relacionado con los fondos que mantengan en moneda extranjera. El presente Convenio Cambiario entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

Valoración y registro contable de Activos y Pasivos en Moneda Extranjera

En fecha 28 de enero de 2010, entró en vigencia la Resolución N° 10-01-02, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.356, emitida por el Banco Central de Venezuela (BCV), estableciendo la valoración y registro contable de los siguientes conceptos:

a. Los activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos por los Bancos, Casa de Cambio y demás instituciones financieras, públicas y privadas, regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Ley de Mercados Capitales, Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros y demás leyes especiales, se efectuará al tipo de cambio de dos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América.

b. Los Títulos de Interés y Capital Cubierto (TICC), emitidos por el sector público nacional mantenidos por las instituciones antes indicadas, se deberán valorar y registrar contablemente al tipo de cambio oficial de dos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América.

c. Los Títulos emitidos por el sector público nacional denominados en moneda extranjera mantenidas por las instituciones antes indicadas, se deberán valorar y registrar contablemente al tipo de cambio oficial de cuatro bolívares con treinta céntimos (Bs. 4,30) por dólar de los Estados Unidos de América.

En fecha 1° de junio de 2010, entró en vigencia la Resolución N° 10-06-04, pu-blicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.356 de fecha 8 de julio de 2010, emitida por el Banco Central de Venezuela (BCV),

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estableciendo que la valoración y registro contable de activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos por los Bancos, Casa de Cambio y demás instituciones financieras, públicas y privadas, regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Ley de Mercados Capitales, Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros y demás leyes especiales, se efectuará al tipo de cambio de cuatro bolívares con treinta céntimos (Bs. 4,30) por dólar de los Estados Uni-dos de América, exceptuando los Títulos de Interés y Capital Cubierto (TICC), emitidos por el sector público nacional mantenidos por las instituciones antes indicadas, las cuales se deberán valorar y registrar contablemente al tipo de cambio oficial de dos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América.

Esta resolución deroga la Resolución N° 10-01-02 de fecha 28 de enero de 2010, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.356.

Con fecha 30 de diciembre de 2010, El Banco Central de Venezuela publicó en Gaceta Oficial N° 39.584 de esa misma fecha el Convenio Cambiario N° 14 me-diante el cual se estableció un tipo de cambio único de Bs. 4,2893 por US$ 1,00 para la compra, y en Bs. 4,30 por US$ 1,00 para la venta, derogando el Convenio Cambiario N° 14 de fecha 8 de enero de 2010.

En fecha 19 de julio de 2011, fue publicado en Gaceta Oficial N° 39.968 el Con-venio Cambiario N°20, de su contenido se desprenden los siguientes elementos más relevantes:

a. Se autoriza a mantener fondos en moneda extranjera, provenientes de ope-raciones lícitos en cuentas en bancos universales regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario (en los sucesivo Bancos Facultados), a las siguientes personas: (i) las personas Jurídicas no domiciliadas en Venezuela, que participen en la ejecución de proyectos de inversión pública estratégicos para el desarrollo de la economía nacional y de estímulo a la oferta productiva, (ii) las personas naturales mayores de edad residenciadas en el territorio nacional, y las personas jurídicas domiciliadas en el país.

b. A los efectos del presente Convenio se entiendo por operaciones lícitas la liquidación de títulos denominados en moneda extranjera emitidos por la Re-pública Bolivariana de Venezuela y sus entes descentralizados, o por cualquier otro ente, adquiridos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME) o del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extrajera (SITME).

c. Los Bancos Facultados quedan autorizadas a recibir los fondos en cuentas a la vista o a término.

d. Dichos fondos podrán movilizarse mediante. (i) retiros totales o parciales en moneda de curso legal en el país, al tipo de cambio vigente, (ii) transferencia o cheque del Banco Facultado girado contra sus corresponsables en el exterior, y (iii) instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior.

e. Los Bancos Facultados deberán mantener los fondos de las personas naturales y jurídicas domiciliadas en el país en cuentas en moneda extranjera en el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la normativa dictada a ese efecto.

f. Los Bancos facultados deberán enviar al Banco Central de Venezuela, men-sualmente información detallada de los fondos que mantengan en moneda ex-tranjera, en los términos y condiciones establecidos en los manuales, instructivos y circulares dictados por este Instituto para el mantenimiento de las cuentas autorizadas. g. Las empresas del Estado que obtengan divisas producto de actividades exportación, podrán destinar hasta el cinco por ciento (5%) del saldo promedio mensual, previa autorización del Directorio del Banco Central de Venezuela, a la adquisición en bolívares del SITME.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto no mantiene saldos en dólares de los Estados Unidos de América.

En fecha 26 de mayo de 2006, el Banco Central de Venezuela emitió la Circular Nº GOC/DNPC/2006-05-05, mediante la cual fijó en 30% del patrimonio del mes anterior, aplicable a partir del 1° de junio de 2006, el límite máximo autorizado para la Posición Global Neta en Moneda Extranjera en relación con los Recursos Propios.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el límite máximo autorizado de la Posición Global Neta en Moneda Extranjera del Instituto, según los parámetros del BCV es de US$ 2.556.227 y US$ 2.536.482, respectivamente.

18. VALOR RAZONABLE DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS

Las normas de contabilidad de la SUDEBAN requieren que se revele información sobre el valor razonable en los instrumentos financieros para los cuales es práctica estimar dicho valor. El valor razonable de mercado de un instrumento financiero

se define como el monto por el cual dicho instrumento pudiera ser intercambiado entre dos partes interesadas, en condiciones normales distintas a una venta forzada o por liquidación.

Los valores razonables presentados en esta nota están basados en estimaciones de la gerencia y no son necesariamente indicativos de los montos por los cuales el Instituto podría realizar sus instrumentos financieros en el mercado.

A continuación se indican los valores en libros y valores razonables de mercado de los instrumentos financieros mantenidos por el Instituto:

30 de junio de 2012 31 de diciembre de 2011

Valor

en libros

Valor

razonable

Valor

en libros

Valor

razonable

ACTIVOS: Disponibilidades 145.340.227 145.340.227 149.212.946 149.212.946

Inversiones en títulos valores 582.016.770 582.016.770 364.139.660 364.139.660 Cartera de créditos 107.861.721 109.214.582 86.707.850 87.799.854

Intereses y comisiones por cobrar, neto 1.334.696 1.334.696 1.645.611 1.645.611

836.553.414 837.906.275 601.706.067 602.798.071

PASIVOS: Captaciones del público 814.522.471 814.522.471 583.433.599 583.433.599

Intereses y comisiones por pagar 26.645 26.645 11.256 11.256

814.549.116 814.549.116 583.444.855 583.444.855

CUENTAS DE ORDEN: Activos de los fideicomisos 315.597.589 315.597.589 358.851.147 358.851.147

Cuentas deudoras por otros encargos de confianza (Régimen Prestacional

de Vivienda y Hábitat) 36.501.441 36.501.441 31.129.630 31.129.630 Otras cuentas de orden deudoras 265.960.838 265.960.838 222.074.057 222.074.057

Otras cuentas de registro deudoras 768.534 768.534 768.534 768.534

A continuación un resumen de los métodos y premisas usados en la estimación del valor razonable de los instrumentos financieros para los cuales resulta práctico calcular dicho valor:

Instrumentos financieros a corto plazo

Los instrumentos financieros a corto plazo, tanto activos como pasivos, están presentados a su valor en libros incluido en el balance general, el cual no difiere significativamente de su valor razonable de mercado, debido al corto período de vencimiento de estos instrumentos. Esta categoría incluye las disponibilidades, captaciones del público, y los intereses y comisiones por cobrar y por pagar.

Inversiones en títulos valores

Se determinan como sigue:

a. Depósitos mantenidos en bancos y otras instituciones financieras: estos ins-trumentos tienen vencimiento no mayor a un mes, por lo que el valor en libros es equivalente al valor razonable.

Cartera de créditos

La mayor parte de la cartera de créditos devenga intereses a tasas variables que son revisadas con frecuencia, generalmente entre 30 y 90 días para la mayoría de la cartera a corto plazo. Como consecuencia de lo anterior y de las provisiones constituidas para aquellos créditos para los que se considera algún riesgo en su recuperación, en opinión de la Gerencia, el saldo neto en libros de dicha cartera de créditos (excluida la provisión genérica) se aproxima a su valor razonable de mercado.

Instrumentos financieros con riesgo fuera del balance

Las garantías recibidas corresponden, principalmente, a fianzas e hipotecas muebles e inmuebles. Los activos que conforman los estados financieros de los fideicomisos se encuentran presentados y valuados con base a los mismos parámetros con que el Instituto valora sus propios activos.

19. VENCIMIENTOS DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS

Se detallan a continuación:

30 de junio de 2012

Menores a

6 meses

Entre 6 y

12 meses

Entre 12 y

18 meses

Entre 18 y

24 meses

Entre 24 y

30 meses

Entre 30 y

36 meses

Mayores a

36 meses

Total

ACTIVOS:

Disponibilidades 145.340.227 - - - - - - 145.340.227

Inversiones en títulos valores 549.186.729 - - - 14.664.000 12.573.404 5.592.637 582.016.770

Cartera de créditos 46.021.168 1.814.177 972.328 1.726.126 5.958.276 9.336.953 42.257.424 108.086.452

Intereses y comisiones por cobrar,

neto 1.334.696 - - - - - - 1.334.696

741.882.820 1.814.177 972.328 16.390.126 5.958.276 21.910.357 47.850.061 836.778.145

PASIVOS: Captaciones de público:

Depósitos en cuentas corrientes 798.836.542 - - - - - - 798.836.542

Otras obligaciones a la vista 6.792.477 - - - - - - 6.792.477

Depósitos de ahorro 6.364.122 - - - - - - 6.364.122

Depósitos a plazo 2.529.330 - - - - - - 2.529.330

Captaciones del público restringidas - - - - - - - -

Intereses y comisiones por pagar 26.645 - - - - - - 26.645

814.549.116 - - - - - - 814.549.116

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31 de diciembre de 2011

Menores a

6 meses

Entre 6 y

12 meses

Entre 12 y

18 meses

Entre 18 y

24 meses

Entre 24 y

30 meses

Entre 30 y

36 meses

Mayores a

36 meses

Total

ACTIVOS:

Disponibilidades 149.212.946 - - - - - - 149.212.946

Inversiones en títulos valores 346.154.660 - - - - 14.664.000 3.321.000 364.139.660

Cartera de créditos 36.240.972 1.064.569 1.613.622 1.337.355 2.027.946 7.464.480 33.234.503 82.983.448

Intereses y comisiones por cobrar,

neto 1.645.611 - - - - - - 1.645.611

551.239.189 1.064.569 1.613.622 1.337.355 2.027.946 7.464.480 33.234.503 597.981.665

PASIVOS: Captaciones de público:

Depósitos en cuentas corrientes 568.785.972 - - - - - - 568.785.972

Otras obligaciones a la vista 6.987.998 - - - - - - 6.987.998

Depósitos de ahorro 6.517.543 - - - - - - 6.517.543

Depósitos a plazo 1.142.086 - - - - - - 1.142.086

Captaciones del público restringidas - - - - - - - -

Intereses y comisiones por pagar 11.256 - - - - - - 11.256

583.444.855 - - - - - - 583.444.855

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la cartera de créditos corres-ponde a la cartera de créditos bruta, excepto por los créditos vencidos.

20. MODIFICACIONES AL MANUAL DE CONTABILIDAD PARA BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

A partir del 1° de mayo de 2010, entró en vigencia la Resolución N° 262.10, emitida por la SUDEBAN, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.443, de fecha 10 de junio de 2010, estableciendo las modifica-ciones relativas a la incorporación de las subcuentas y subsubcuentas para el registro de los gastos y erogaciones efectuadas en el Proyecto de Incorporación del Chip en las tarjetas de débito, crédito y demás tarjetas de financiamiento de pago electrónico.

En fecha 1° de marzo de 2011, entró en vigencia la Resolución N° 637.10, emitida por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.626, estableciendo modificaciones en el Manual relacionadas al plazo de culminación y al lapso de amortización y depreciación del Proyecto de Incorporación del Chip.

21. RECONVERSIÓN MONETARIA

Con fecha 6 de marzo de 2007, la Presidencia de la República aprobó un decreto con rango, valor y fuerza de ley de reconversión monetaria el cual contempló, a partir del 1° de enero de 2008, una reexpresión de la unidad del sistema monetario en el equivalente de mil bolívares actuales (Bs. 1.000).

De acuerdo con el texto del mencionado decreto-ley, a partir de esa fecha los precios, salarios y demás prestaciones de carácter social, así como los tributos y demás sumas en moneda nacional contenidas en estados financieros u otros documentos contables, o en títulos de crédito y en general, cualquier operación o referencia expresada en moneda nacional, deberán expresarse conforme al bolívar reexpresado (“Bolívares Fuertes” o “Bs.F.”).

Durante los años 2008 y 2007, el Instituto realizó desembolsos producto de la implantación del proceso de reconversión monetaria, registrados en los rubros de “Bienes de uso” y “Otros activos”, por Bs. 593.447 y Bs. 55.072, respectivamente, los cuales se presentan a continuación netos de su amortización acumulada, por los semestres finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Bienes de uso (Nota 7): Mobiliario y equipos 59.345 118.690

Otros activos (Nota 8): Software 2.636 4.394

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto registró en la cuen-ta de “Gastos generales y administrativos” Bs. 61.103, para ambos semestres, respectivamente, por concepto de la amortización de estos activos.

22. ASPECTOS LEGALES

Porcentajes de los aportes mensuales al Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE)

Mediante Decreto N° 7.207, de fecha 28 de enero de 2010, emitido por la Presi-dencia de la República, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.358, de fecha 01 de febrero de 2010, fue modificado el porcentaje de los aportes mensuales que los bancos, entidades de ahorro y préstamos y demás instituciones financieras deberán efectuar al Fondo de Pro-tección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE), quedando en 0,50% para el sector público y en 0,75% para el sector privado, del total de los depósitos del público que éstos tengan para el cierre del semestre inmediatamente anterior, y en el caso de los fondos de mercado monetario, será aplicado sobre el total de las inversiones nominativas del público.

El articulo 119, del Decreto con Rango, Valor, y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, publicada en Gaceta Oficial N°

39.627 de fecha 2 de marzo de 2011, establece la tarifa para la determinación de los aportes para las instituciones bancarias públicas la cual será de no menos del cero coma veinticinco por ciento (0,25%) del total de los depósitos del público que estas instituciones tengan para el cierre de cada semestre inmediatamente anterior a la fecha de pago, y se pagará mediante primas mensuales equivalentes cada una de ellas a un sexto (1/6) de dicho porcentaje.

FOGADE determinará las cuentas de balance y los tipos de depósitos que serán tomados en cuenta para la determinación de la base de cálculo, de acuerdo con la naturaleza y el origen de los correspondientes recursos, excluyendo aquellos provenientes de otras instituciones financieras y respecto a los cuales se hayan efectuado aportes.

Aporte especial a la SUDEBAN

Con fecha 15 de diciembre de 2011, la SUDEBAN emitió la Resolución N° 326.11, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.821, de fecha 15 de diciembre de 2011, mediante la cual se dictan las instrucciones relativas al pago del aporte especial que deben efectuar las instituciones y per-sonas sujetas a la supervisión y control de esta Superintendencia.

Aumento de la Unidad Tributaria

En fecha 16 de febrero de 2012, fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.866, la Providencia Administrativa N° SNAT/2012-0005, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se ajusta la Unidad Tributaria de Bs. 76 a Bs. 90.

Normas relativas a las rebajas admisibles al aporte establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefa-cientes y Psicotrópicas y su reglamento para la debida liquidación de los Ejercicios Gravables 2006, 2007 y 2008

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.336 del 11 de febrero de 2010, fue publicada la Providencia Administrativa Nº 001-2010 por medio de la cual, la Oficina Nacional Antidrogas estableció que podrán ser rebajados del aporte contemplado en el artículo 96 de la LOCTICSEP, todos los pagos realizados durante los años 2006, 2007 y 2008 que hayan tenido como objeto cualquiera de los siguientes supuestos:

a. Ejecución de proyectos de prevención integral social contra el tráfico ilícito y el consumo de drogas para los trabajadores y entorno familiar del sujeto pasivo, de conformidad con el ejercicio gravable correspondiente.

b. Entrega de los aportes al marco de los convenios de asistencia técnica no reembolsables suscritos al efecto, de conformidad con el ejercicio gravable correspondiente.

c. Financiamiento o ejecución de actividades enmarcadas en materia de preven-ción integral social, de conformidad con el ejercicio gravable correspondiente, aprobadas por la ONA.

Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo (LC/FT).

En fecha 9 de marzo de 2010, la SUDEBAN emite la Resolución N° 119-10, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.388 de fecha 17 de marzo de 2010, contentiva de las “Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos Relacionados con los delitos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo”, aplicables a las Instituciones reguladas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la cual entró en vigencia a los ciento ochenta (180) días continuos contados a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial. Este instrumento normativo deroga a la Resolución N° 185.01 de fecha 12 de septiembre de 2001, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.287 de fecha 20 de septiembre de 2001.

Posteriormente, en fecha 24 de agosto de 2010, fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.494, la reimpresión por error material de las Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos Relacionados con los delitos de Legitimación de Capitales y Financia-miento al Terrorismo (LC/FT), a través de la Resolución N° 427.10 emitida por la SUDEBAN. La modificación realizada fue en el tercer considerando y en los artículos: 1, 11.7, 20, 31, 32, 40, 49, 77, 78, 82, 86, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 107, 108 y 110.

Ley de Reforma Parcial de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios

En fecha 17 de mayo de 2010, fue publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.975, la Reforma Parcial de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios (la “LCIC”). La principal modificación es, la exclusiva competencia del Banco Central de Venezuela, bien en moneda, bien en títulos valores, realizada con el objeto final de obtener para sí o para sus clientes la liquidación de saldos en moneda extranjera por la enajenación de los mismos en una oportunidad previa a su fecha de vencimiento, la venta y compra de divisas por cualquier monto.

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El objeto de esta reforma es centralizar en el Banco Central de Venezuela ope-raciones cambiarias realizadas con títulos valores.

Excepción regulatoria relacionada a la venta de inversiones en títulos valores mantenidos hasta su vencimiento.

En fecha 14 de junio de 2010, la SUDEBAN mediante Circular N° SBIF-II-GGNR-GNP-08555, estableció una excepción regulatoria, en virtud a la Resolución N° 10-06-01 emitida por el Banco Central de Venezuela, en cuanto a la solicitud de autorización prevista en el Manual de Contabilidad para Bancos, otras instituciones financieras y entidades de ahorro y préstamo, cuando se trate de la enajenación de títulos de la deuda pública nacional en moneda extranjera emitidos por la Nación, que sean vendidos por circunstancias distintas a las indicadas en el Manual.

Es importante resaltar que la mencionada excepción regulatoria es aplicable sólo para los títulos valores en referencia que se encuentren registrados en la cuenta 123.00 “Inversiones en títulos valores mantenidas hasta su vencimiento” y que serán negociados mediante el “Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME)”.

Normas relativas a las Operaciones en el Mercado de Divisas

En fecha 4 de junio de 2010, fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.439, la Resolución N° 10-06-01, estableciendo las Normas relativas a las Operaciones en el Mercado de Divisas. En este sentido, sólo podrán efectuarse operaciones de compra y venta, en bolívares, de títulos valores denominados en moneda extranjera, emitidos o por emitirse por la República, sus entes descentralizados o por cualquier otro ente, a través del “Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME)” del Banco Central de Venezuela.

Las operaciones de compra y venta sólo podrán ser efectuadas a través de bancos universales, bancos comerciales y entidades de ahorro y préstamo, de conformidad con los términos y condiciones establecidos por el Banco Central de Venezuela en los instructivos, manuales y procedimientos que disponga al efecto.

El Banco Central de Venezuela determinará los títulos valores denominados en moneda extranjera, emitidos o por emitirse por la República, sus entes descen-tralizados o por cualquier otro ente, que podrán ser objeto de operaciones de compra y de venta, en bolívares, a través del “Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME)”, y publicará diariamente la banda de precios en bolívares para la compra y para la venta de los títulos valores que se negocien a través de dicho sistema.

En fecha 14 de octubre de 2011, fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.778, la Resolución N° 11-10-01, mediante la cual establece que la valoración y registro contable de los títulos emitidos o por emitirse por la Republica Bolivariana de Venezuela o por empresas del Estado denominados en moneda extranjera, se efectuara al tipo de cambio promedio para la fecha valor del último día de cada mes, de las operaciones que se realizan a través del “Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME)” administrado por el BCV.

En fecha 11 de noviembre de 2011, fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.798, la Resolución N° 11-11-01, estableciendo las Normas relativas a las Operaciones en el Mercado de Divisas. En este senti-do, los bancos universales, bancos comerciales, las casas de cambio así como las entidades de ahorro y préstamo en proceso de transformación de acuerdo con lo previsto en las disposiciones transitorias del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, debidamente autorizadas para actuar en el mercado de divisas y anunciar esta actividad deberán:

a. Anunciar públicamente en sus oficinas mediante avisos destinados para tal fin, el tipo de cambio oficial de compra y ventas de divisas, así como el porcentaje o monto aplicable por concepto de comisión por las operaciones de compra y venta de divisas que realicen de acuerdo con lo establecido en la Normativa dictada al efecto por el Banco Central de Venezuela.

b. Discriminar en el documento donde conste la operación, el tipo de cambio aplicado y el monto de la operación, así como el monto y el porcentaje cobrado por concepto de comisiones.

c. Suministrar al Banco central de Venezuela la información que éste les solicite sobre las operaciones a que se refiere la presente resolución, o la que éstos deban solicitar a sus clientes, así como cualquier otra información relacionada.

Los bancos universales, bancos comerciales, entidades de ahorro y préstamo y casas de cambio Podrán Realizar operaciones de cambios vinculadas con la prestación del servicio de encomienda electrónica de dinero desde el exterior hacia el País y/o desde el País hacia el exterior, distinto de las operaciones de transferencias de fondos.

Las operaciones de cambios vinculadas con la prestación del servicio de enco-mienda electrónica de dinero a efectuarse desde el país hacia el exterior, no podrá exceder de US$ 2.000 mensuales o su equivalente en otra moneda por cliente

y en todo caso, deberán realizarse de conformidad con los montos aprobados en las Autorizaciones de Adquisición de Divisas emitidas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).

Excepción regulatoria relacionada a la venta de inversiones en títulos valores mantenidos hasta su vencimiento

En fecha 14 de junio de 2010, la SUDEBAN mediante Circular N° SBIF-II-GGNR-GNP-08555, estableció una excepción regulatoria, en virtud a la Resolución N° 10-06-01 emitida por el Banco Central de Venezuela, en cuanto a la solicitud de autorización prevista en el Manual de Contabilidad para Bancos, otras instituciones financieras y entidades de ahorro y préstamo, cuando se trate de la enajenación de títulos de la deuda pública nacional en moneda extranjera emitidos por la Nación, que sean vendidos por circunstancias distintas a las indicadas en el Manual.

Es importante resaltar que la mencionada excepción regulatoria es aplicable sólo para los títulos valores en referencia que se encuentren registrados en la cuenta 123.00 “Inversiones en títulos valores mantenidas hasta su vencimiento” y que serán negociados mediante el “Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME)”. Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.447, de fecha 16 de junio de 2010 se establece la nueva Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional, la cual tiene por objeto regular, supervisar, controla y coordinar el Sistema Financiero Nacional. La Ley citada establece que las instituciones que integran el Sistema Financiero Nacional no podrán conformar grupos financieros con empresas de otros sectores de la economía nacional o asociados a grupos financieros internacionales, para fines distintos a los previstos en la Ley.

Normas relativas a la atención y adecuación de las instalaciones para las personas con discapacidad, de la tercera edad y mujeres embarazadas

En fecha 29 de septiembre de 2010, fue publicado en Gaceta Oficial de la Repú-blica Bolivariana de Venezuela N° 39.520, la Resolución N° 487.10 emitida por la SUDEBAN, estableciendo las normas relativas a la atención y adecuación de las agencias bancarias para que puedan atender cómodamente a las personas con alguna discapacidad, de la tercera edad y mujeres embarazadas. Se deroga la Resolución Nº 209.08 de fecha 13 de agosto de 2008, y entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Normas relativas a la protección de los usuarios de los servicios financieros

En fecha 25 de noviembre de 2010, fue publicado en Gaceta Oficial de la Repú-blica Bolivariana de Venezuela N° 39.560, la Resolución N° 481.10 emitida por la SUDEBAN, estableciendo las normas relativas a la protección de los usuarios de los servicios financieros. En el texto se crea la figura del Defensor del Cliente y Usuario Bancario y su suplente, los cuales deberán ser designados por la Junta Directiva y sometidos a consideración de la Asamblea de Accionistas, para un período de 2 años y podrán ser reelectos por el mismo período.

En fecha 10 de junio de 2011, fueron designados por los miembros de la Junta Directiva, el Defensor del Cliente y Usuario Bancario y su suplente, tal como consta en Acta de Junta Directiva N° 695.

Requisitos para los procesos de fusión y/o transformación a los fines de ade-cuarse a la Ley de Instituciones del Sector Bancario

En fecha 28 de febrero de 2011, fue publicada en la Gaceta Oficial de la Repú-blica Bolivariana de Venezuela N° 39.625, la Resolución N° 072.11 emitida por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, estableciendo los requisitos que deben cumplir las entidades o instituciones del sector bancario, a los fines de su transformación y/o fusión para adecuarse al tipo de institución; así como, a los niveles mínimos de capital exigidos en la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

Normas para las aperturas de agencias

En fecha 7 de julio de 2011, fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.708, la Resolución N° 194.11, emitida por la SUDEBAN, estableciendo las normas para regular la apertura, traslado o cierre de agencias, oficinas, sucursales y centro de negocios e instalación y cierre de taquillas externas, taquillas asociadas, mostradores informativos, cajeros automáti-cos o electrónicos y otros centros de atención a clientes y usuarios, en el territorio nacional. La citada resolución entró en vigencia a partir de la fecha de su publica-ción y deroga la Resolución N° 375.10 de fecha 21 de julio de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.478.

Asignación aporte de responsabilidad social

En fecha 27 de julio de 2011, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario a través de la Circular N° SIB-II-GGR-GNP-21495, remitió a las institu-ciones bancarias las normas para el registro y pago de los aportes destinados a

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proyectos comunales u otras formas de organización social, de acuerdo a lo que establecerán posteriormente los Ministerios del Poder Popular para las Comunas y Protección y el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas. En ese sentido, la Superintendencia indicó que el monto equivalente al 5% del resultado bruto antes de impuesto al 30 de junio de 2011, deberá ser contabilizado a partir del mes de julio de 2011, a razón de un sexto mensual y registrar el monto del aporte en el rubro de “Gastos operativos varios” contra una provisión en el rubro de “Acumulaciones y otros pasivos”. Asimismo, señala que aquellas instituciones que para el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2011, hayan realizado un apartado para atender dicha obligación, deberán considerarlo para registrar el diferencial durante el segundo semestre de 2011, de acuerdo al resultado bruto antes de impuesto obtenido durante el primer semestre de 2011.

Posteriormente, en Gaceta Oficial N° 39.724 de fecha 29 de julio de 2011, el Minis-terio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social en conjunto con el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas publicaron la Resolución N° 3.054 y N° 072, respectivamente, en la que se establecieron los mecanismos de asignación de los aportes para el financiamiento de los proyectos de los consejos comunales u otras formas de organización social, de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 48 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. A continuación se presentan los aspectos más importantes contenidos en la Resolución:

a. Las instituciones aportarán semestralmente, el equivalente al 5% del “Resultado bruto antes de impuesto” al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, a través del Servicio Autónomo Fondo Nacional de los Consejos Comunales (SAFONACC).

b. El aporte será efectuado dentro de los 30 días siguientes a la fecha del cierre del ejercicio semestral.

c. Las instituciones deberán remitir al SAFONACC dentro de los 5 días siguientes copia del comprobante de la transferencia efectuada para el pago de aporte.

La presente Resolución entró en vigencia a partir de la fecha en publicación en Gaceta Oficial.

Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terroris-mo

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.912, de fecha 30 de abril de 2012, se establece la nueva Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la cual tiene por objeto prevenir, in-vestigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos relacionados con la delincuencia organizada y el financiamiento al terrorismo de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República y los tratados internacionales relacionados con la materia, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.

Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras

En fecha 7 de mayo de 2012, fue publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.076, el Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (en lo sucesivo el “Decreto”). Entre los aspectos más importantes que se incluyen en el Decreto, se mencionan los siguientes temas:

a. Prestaciones Sociales.

b. Límites de la jornada de trabajo.

c. Descanso pre y post natal.

d. Licencia por paternidad.

e. Indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas al trabajador o trabajadora.

f. Bono vacacional.

g. Beneficios anuales o utilidades.

Dentro de las disposiciones transitorias, se establece principalmente lo siguien-te:

a. Prohibición de la Tercerización.

En un lapso no mayor de tres años a partir de la promulgación de éste Decreto, los patronos y patronas incursos en la norma que prohíbe la tercerización, se ajustarán a ella, y se incorporarán a la nómina de la entidad de trabajo contratante principal los trabajadores y trabajadoras tercerizados. Durante dicho lapso y hasta tanto sean incorporados efectivamente a la nómina de la entidad de trabajo contratante principal, los trabajadores y trabajadoras objeto de tercerización gozarán de ina-movilidad laboral, y disfrutarán de los mismos beneficios y condiciones de trabajo que correspondan a los trabajadores y trabajadoras contratados directamente por el patrono o patrona beneficiario de sus servicios.

b. Jornada de Trabajo.

En fecha 10 de julio de 2012, mediante la comunicación N° SIB-II-GGR-GNP-20102, la SUDEBAN notifica al Presidente de la Asociación Bancaria de Venezuela, que permitirá diferir el reconocimiento contable de los efectos del régimen de pago de las prestaciones sociales e indemnización en caso de terminación de la relación laboral, en virtud de lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, para el semestre que finalizará el 31 de diciembre de 2012, a aquellas instituciones que para el primer semestre de 2012 no hayan podido culminar la estimación del pasivo que se desprende del cambio en el referido Decreto.

23. CUMPLIMIENTO DE LEYES

En fecha 20 de febrero de 2009, el Instituto recibió el Oficio N° SBIF-DSB-GGCJ-GLO-02470, emitido por la SUDEBAN, en el cual le informa que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 405 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, esa Superintendencia inició un Procedimiento Administrativo al Instituto, en cuanto a que el Artículo 51 ejusdem, establece que la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras podrá, mediante normas de carácter particular, establecer a las instituciones financieras autorizadas para actuar como fiduciario, los límites y condiciones de los fondos Fiduciarios. En todo caso, la totalidad de los fondos fideicometidos no podrá exceder cinco (5) veces el patrimonio de la institución fiduciaria.

En fecha 6 de marzo de 2009, el Instituto consignó ante la SUDEBAN un escrito de Descargo, con respecto al Procedimiento Administrativo antes indicado, solicitando se declare cerrado dicho procedimiento, alegando lo siguiente:

a. El Instituto está excluido de la aplicación y alcance del contenido del Artículo 47 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras. Sin embargo, el Artículo 5 ejusdem, si regula al Instituto, indicando que el mismo se regirá por las corres-pondientes Ordenanzas Municipales en cuanto a la administración.

b. La Ordenanza del Instituto, en el Capítulo III, del Patrimonio, Artículo 4 indica: El Patrimonio del Instituto estará integrado por:

- Los aportes efectuados por el Municipio Libertador.

- Los beneficios obtenidos como resultado de las operaciones del Instituto.

- El Capital, las reservas de capital, incluidas las reservas de garantías y, los apartados.

- Cualquier otro aporte, ingreso, bien o derecho que por cualquier título ingrese o se destine a formar parte del patrimonio.

c. La Ordenanza del Instituto, en su Artículo 3, establece que los objetivos del Instituto son:

- Realizar operaciones de intermediación financiera y demás actividades y servicios financieros relacionados con su naturaleza, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

- Apoyar financieramente programas de interés social y de atención integral del ciudadano, que defina el Municipio en términos que convengan a ambas Instituciones.

De acuerdo con lo antes mencionado, el objetivo del Instituto es netamente social y de apoyo financiero a programas de interés social diseñados por el Municipio Libertador, y por ello es, que, los montos depositados en fideicomisos pertene-cientes a todos los entes de ese Municipio, han sido colocados en el Instituto, a fin de cumplir programas sociales de interés social.

d. Visto, estudiado y analizado el contenido del Artículo 51 del Decreto con Fuerza de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, se evidencia que el mismo no le es aplicable al Instituto, toda vez, que el referido Artículo en último aparte establece: “…En todo caso, la totalidad de los fondos fideicometidos no podrá exceder cinco (5) veces el Patrimonio de la Institución fiduciaria”.

El Patrimonio del Instituto no está reflejado por el Capital social, sino por un Ca-pital asignado por la Alcaldía del Municipio Libertador, toda vez que todo Capital según el Código de Comercio debe estar reflejado por acciones, al igual que lo expresa el Artículo 16 del Decreto con Fuerza de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

Sin embargo, de persistir en el criterio de que el Instituto se encuentra regulado con el contenido del Artículo 51 del Decreto con Fuerza de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, esto ocasionaría daños irreparables e irreversibles, tales como:

- Pérdida de la capacidad financiera del Instituto.

- Pérdida de los puestos de empleo de los funcionarios públicos del Instituto.

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- Incumplimientos a obligaciones contraídas con terceros, proveedores, obliga-ciones contractuales de las convenciones sindicales, etc.

e. En consecuencia, hay que diferencia lo que en la Ordenanza de creación del Instituto se definió como Capital y accionista y lo que se definió como Patrimonio. Siendo mucho mayor, el Capital más Patrimonio del Instituto, no siendo este cuantificable y por ende mal puede estar regulado por el Artículo 51 del Decreto con Fuerza de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

Asimismo, la Gerencia del Instituto indica que si bien es cierta la cantidad reflejada de los fideicomisos colocados en el Instituto, no menos cierto es, que ello le perte-nece a la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, ente al cual el Instituto está adscrito, y socialmente hablando, de retirar los fideicomisos del Instituto y colocarlos en otra entidad bancaria, sería en la banca privada, toda vez que de acuerdo a los Balances de Publicación al 31 de diciembre de 2008, la banca del sector privado no estaría en condición de recibirlos, contraviniendo en todos los aspecto el proyecto social del Instituto.

Posteriormente, en fecha 06 de noviembre de 2009, la SUDEBAN emitió el Oficio N° -DSB-GGCJ-GLO-17292, en el cual notifica al Instituto, que mediante Resolución N° 546.09, de esa misma fecha, esa Superintendencia decidió san-cionar con multa al Instituto, en virtud del incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras (actualmente Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras). La referida multa asciende a Bs. 3.500, equivalente al 0,1% del capital pagado del Instituto a la fecha de la infracción, de conformidad con lo establecido con lo establecido en lo numerales 4 y 5 del artículo 416 del Decreto antes citado.

En fecha 20 de noviembre de 2009, el Instituto, de conformidad con lo estable-cido en los artículos 451 y 456 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, interpuso ante la SUDEBAN, un Recurso de Reconsideración contra la Resolución antes mencionada.

La SUDEBAN, en fecha 28 de enero de 2010, emitió el Oficio N° SBIF-DSB-GGCJ-GLO-01591, por medio del cual le notifica al Instituto, que esa Superinten-dencia, mediante Resolución N° 053.10 de esa misma fecha, declaró Sin Lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto en fecha 20 de noviembre de 2009. Asimismo, notifica que contra dicha decisión el Instituto podrá interponer el Re-curso Contencioso Administrativo de Anulación ante cualesquiera de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, dentro del lapso de 45 días continuos siguientes a la notificación de dicho acto, a tenor de lo establecido en los artículos 399 y 404 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

A la fecha de estos estados financieros, el Instituto no ha consignado ante los Organismos competentes el Recurso Contencioso Administrativo de Anulación.

No obstante, al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, la totalidad de los fondos fideicometidos, exceden en Bs. 129.868.417 y Bs. 179.067.025, res-pectivamente, el límite establecido en el Artículo 73 del Decreto con Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

24. LEY DE INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO

Tal como se menciona en la Nota 1 a los estados financieros, el 28 de diciembre de 2010, el Ejecutivo Nacional publicó la nueva Ley de Instituciones del Sector Bancario, vigente a partir de la fecha de su publicación, quedando derogada la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.491 de fecha 19 de agosto de 2010, las disposiciones de la Ley de Fideicomisos publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República de Venezuela N° 496 de fecha 17 de agosto de 1956 que contravengan esta ley y demás normas prudenciales emitidas por la SUDEBAN que contravengan esta ley. De acuerdo a dicha Ley, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras se denominará Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y podrá utilizar como abreviatura de su identificación la palabra “SUDEBAN”. Entre los aspectos más importantes que se incluyen en la presente Ley, tenemos lo siguiente:

a. La intermediación financiera comprenderá la actividad que realizan las institucio-nes bancarias y que consiste en la captación de fondos bajo cualquier modalidad y su colocación en créditos o en inversiones en títulos valores emitidos o avalados por la Nación o empresas del Estado.

b. Las instituciones del sector bancario estarán conformados por bancos uni-versales y bancos microfinancieros, asimismo, estarán dentro del marco legal y formarán parte del Sistema Financiero Nacional las casas de cambio, operadores cambiarios fronterizos y otras instituciones no bancarias.

c. No podrán ser accionista de una institución bancaria, aquella persona natural o jurídica que posea directa o indirectamente en otra institución del Sistema Fi-nanciero Nacional una participación accionaria igual o superior al 5% del capital social o poder de voto de la asamblea de accionistas, conforme a las normas que establezca la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario con la opinión vinculante del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.

d. Las instituciones bancarias, deberán constituir un fondo social para contin-gencias mediante la transferencia en efectivo a un fideicomiso en otra institución bancaria de un monto equivalente al 10% del capital social, que garantizará a los trabajadores y trabajadoras el pago de sus acreencias laborales, en el caso que se acuerde la liquidación administrativa de la institución, el porcentaje previsto se alcanzará con aportes semestrales del 0,5% del capital social hasta alcanzar el 10% requerido.

e. Se establece un aporte equivalente al 5% del resultado bruto antes de impuesto, destinado al cumplimiento de la responsabilidad social que financiará proyectos de consejos comunales u otras formas de organización social de las previstas en el marco jurídico vigente.

f. Las instituciones bancarias que mantengan posiciones en títulos o valores emitidos o avalados por la Nación o empresas del Estado, custodias de terceros, fideicomisos y garantías en moneda nacional o extranjera, los mantendrán en custodia en el Banco Central de Venezuela.

g. Sólo se podrán efectuar operaciones de reporto con títulos valores emitidos o avalados por la República Bolivariana de Venezuela o por empresas del Estado, ya como reportadores o como reportados.

h. Las instituciones fiduciarias no actuarán como fiduciario o fideicomitente con personas naturales o jurídicas vinculadas a la respectiva institución bancaria, conforme a los parámetros previstos en esta Ley. Los fideicomisos de prestaciones de antigüedad de sus empleados se constituirán en otras instituciones bancarias autorizadas para actuar como fiduciarios.

i. Se limita a las instituciones bancarias realizar operaciones activas, pasivas y contingentes, con una persona natural o jurídica por una suma que no exceda, en conjunto, el 10% de su patrimonio. Este límite se elevará al 20% si lo que excede del 10% corresponde a obligaciones garantizadas de bancos nacionales o extranjeras de reconocida solvencia o por garantías adecuadas.

j. Se prohíbe a las instituciones bancarias otorgar préstamos para el financiamiento de servicios o bienes de consumo, por cantidades que excedan el 20% del total de su cartera de créditos.

k. Se prohíbe a las instituciones bancarias realizar inversiones en acciones o cual-quier otra forma de posesión de capital o de deuda en empresas sometidas a la ley que regula el mercado de valores o a la ley que rige la actividad aseguradora.

l. Las instituciones bancarias no podrá mantener contabilizados en su balance, activos que no cumplan con las disposiciones contenidas en la presente Ley, o con la normativa prudencial emanada de la Superintendencia.

m. Se restringe a las instituciones bancarias mantener activos que superen el 15% de la totalidad de los activos del Sector Bancario Nacional.

Dentro de las disposiciones transitorias, se establece principalmente lo siguien-te:

a. La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, dispondrá de un lapso de 90 días continuos contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley, para ajustar su estructura organizacional a las disposiciones de esta Ley. Asimismo, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario emitirá, en un plazo máximo de 180 días continuos a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, las normativas prudenciales sobre el funcionamiento y relación con el sector bancario.

b. Las instituciones del sector bancario, someterán a la consideración de la Su-perintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, un plan para ajustarse a la presente Ley. Dicho plan será presentado dentro de los 135 días continuos a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, y será ejecutado en un lapso máximo de 180 días continuos, pudiendo prorrogarse por una sola vez por el mismo período.

c. Las instituciones del sector bancario dispondrán de 90 días continuos, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, para presentar a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario un plan para la desincorporación de su participación en otras instituciones del Sistema Financiero Nacional. La ejecución de este plan no podrá exceder el lapso para la adecuación a la presente Ley.

d. Las instituciones del sector bancario que presente, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ley, inversiones en títulos valores distintos a los permitidos por la presente Ley, dispondrán de un lapso de 30 días continuos para desincor-porarlas de sus activos, prorrogable por una sola vez por el mismo periodo.

Posteriormente fue reformada y publicada en Gaceta Oficial N° 39.627 de fecha 2 de marzo de 2011, el Decreto con Rango, Valor, y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, modificando los siguientes artículos: 89, 213 y 225 e incorporando los siguientes nuevos artículos: 195, 196 y 197.

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25. AJUSTES Y RECLASIFICACIONES A LOS ESTADOS FINANCIEROS DE PUBLICACIÓN AL 30 DE JUNIO DE 2012 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2011

Los estados financieros adjuntos, incluyen reclasificaciones que surgieron de la revisión a dichos estados financieros, durante los semestres finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, realizada por contadores públicos independientes, tal como se muestra a continuación:

30 de junio de 2012

Estados Financieros

Publicados

Ajustes y reclasificaciones

Estados Financieros

Ajustados

BALANCE GENERAL

Disponibilidades 145.340.227 145.340.227

Inversiones en títulos valores 582.016.770 582.016.770 Cartera de créditos 107.861.721 (8.630.557) 99.231.164

Intereses y comisiones por cobrar 1.334.696 1.334.696 Bienes de uso 4.258.281 (8.880) 4.249.401

Otros activos 18.988.958 (1.042) 18.987.916

TOTAL ACTIVO 859.800.653 851.160.174

Captaciones del Público 814.522.471 814.522.471 Intereses y Comisiones por pagar 26.645 26.645

Acumulaciones y otros pasivos 8.514.524 37.398 8.551.922

TOTAL PASIVO 823.063.640 823.101.038

Capital social pagado 9.100.000 9.100.000

Reservas de capital 5.145.752 5.145.752 Ajustes al patrimonio 350.629 350.629

Resultados acumulados 22.140.632 (8.677.877) 13.462.755

TOTAL PATRIMONIO 36.737.013 28.059.136

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 859.800.653 851.160.174

ESTADO DE RESULTADOS

Ingresos financieros 19.875.435 19.875.435

Gastos financieros (677.188) (677.188)

Margen financiero bruto 19.198.247 19.198.247

Ingresos por recuperación de activos financieros 1.159.109 1.159.109

Gastos por incobrabilidad y desvalorización de activos financieros (5.761.488) (8.630.557) (14.392.045)

Margen financiero neto (4.602.379) (13.232.936)

Otros ingresos operativos 1.369.774 1.369.774

Otros Gastos Operativos (4.500) (4.500)

Margen de intermediación financiera 15.961.142 7.330.585

Gastos de transformación (15.961.239) (176) (15.961.415)

Margen operativo bruto (97) (8.630.830)

Ingresos operativos varios 539.508 539.508

Gastos operativos varios (293.020) (37.398) (330.418)

Margen operativo neto 246.391 (8.421.740)

Resultado bruto antes de impuestos 246.391 (8.421.740)

Resultado neto 246.391 (8.421.740)

31 de diciembre de 2011

Estados Financieros

Publicados

Ajustes y reclasificaciones

Estados Financieros

Ajustados

BALANCE GENERAL

Disponibilidades 149.212.946 (21.108) 149.191.838 Inversiones en títulos valores 364.139.660 364.139.660

Cartera de créditos 86.707.850 86.707.850 Intereses y comisiones por cobrar 1.645.611 1.645.611

Bienes de uso 2.837.155 2.837.155 Otros activos 18.241.053 (2.083) 18.238.970

TOTAL ACTIVO 622.784.275 622.761.084

Captaciones del Público 583.433.599 583.433.599

Intereses y Comisiones por pagar 11.256 11.256 Acumulaciones y otros pasivos 3.943.540 (1.094.742) 2.848.798

TOTAL PASIVO 587.388.395 586.293.653

Capital social pagado 9.100.000 9.100.000

Aportes patrimoniales no capitalizados - - Reservas de capital 5.096.473 5.096.473

Ajustes al patrimonio 350.629 350.629 Resultados acumulados 20.848.778 1.071.551 21.920.329

TOTAL PATRIMONIO 35.395.880 36.467.431

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 622.784.275 622.761.084

ESTADO DE RESULTADOS

Ingresos financieros 26.468.400 26.468.400

Gastos financieros (460.231) (460.231)

Margen financiero bruto 26.008.169 26.008.169

Ingresos por recuperación de activos financieros 882.039 882.039

Gastos por incobrabilidad y desvalorización de activos financieros (5.434.080) (5.434.080)

Margen financiero neto 21.456.128 21.456.128

Otros ingresos operativos 1.471.088 1.471.088

Otros Gastos Operativos (80.863) (80.863)

Margen de intermediación financiera 22.846.353 22.846.353

Gastos de transformación 17.195.754 2.083 17.197.837

Margen operativo bruto 5.650.599 5.648.516

Ingresos operativos varios 1.601.788 1.601.788

Gastos operativos varios (4.189.505) 1.073.634 (3.115.871)

Margen operativo neto 3.062.882 4.134.433

Gastos extraordinarios - -

Resultado bruto antes de impuestos 3.062.882 4.134.433

Resultado neto 3.062.882 4.134.433

26. COMUNICACIONES DE LA SUDEBAN

Con fecha 14 de abril de 2010, la SUDEBAN envió al Instituto el Oficio SBIF-DSB-II-GGI-GI2-05105 a través del cual le remite los resultados de la revisión de los recaudos consignados correspondientes a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el 15 de abril de 2010, al respecto, dicho ente regulador instruyó al Instituto provisionar en un 100% las colocaciones mantenidas en In-verunión Banco Comercial, C.A. al 31 de diciembre de 2009 por Bs. 4.656.113, en vista de la liquidación del citado Banco. Adicionalmente, ese ente regulador instruyo al Instituto proceder a reclasificar los saldos mantenidos al 31 de diciem-bre de 2009 en las instituciones financieras Banco Real, Banco de Desarrollo C.A. y Baninvest Banco de Inversión, C.A. por Bs. 36.016.596 por concepto de depósitos a plazo y overnight vencidos a la cuenta de títulos valores vencidos y provisionarlos en un 100%. Asimismo, indica que de los activos mantenidos por el Departamento de Fideicomiso al 31 de diciembre de 2009 un 41,71% equivalentes a Bs. 55.424.699 se encuentran representados por colocaciones mantenidas en instituciones bancarias bajo régimen de liquidación, compuestas de la siguiente forma: InverUnion Banco Comercial, C.A. Bs. 16.802.763, Banco Canarias de Ve-nezuela, Banco Universal, C.A. Bs. 14.477.582, Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A. Bs. 12.306.897 y Baninvest Banco de Inversión, C.A. 11.837.457, registradas en la cartera de inversiones en títulos valores a esa fecha, por otro lado, mantiene depósitos a plazo vencidos colocados en instituciones financieras intervenidas a esa fecha por Bs. 72.656.334, registradas en el rubro de otros activos, como se muestra a continuación: Baninvest Banco de Inversión , C.A. Bs. 45.690.070, Banco Canarias, Banco Universal, C.A. Bs. 18.260.479, Banco Real,

Banco de Desarrollo, C.A. Bs. 6.772.651 y Central, Banco Universal, C.A. Bs. 1.933.134. Al respecto, ese ente regulador instruye al Instituto determinar los fondos fiduciarios que provienen de fideicomisos dirigidos e informar a los fideicomitentes sobre su irrecuperabilidad a objeto de ajustar el patrimonio del fideicomiso, y en caso de que estos riesgos económicos y financieros no sean asumidos por el fideicomitente por no establecerse en el contrato de fideicomiso, el Instituto debe proceder a provisionarlos en un 100%. En fecha 27 de mayo de 2010, el Instituto notifico al referido Fideicomitente (Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador) que la pérdida por irrecuperabilidad por las colocaciones mantenidas antes mencionada ascendería a Bs. 127.819.073, no habiendo recibido respuesta de este último a la fecha de este informe, adicionalmente, al 31 de diciembre y 30 de junio de 2010, mantiene colocaciones en el Banco Federal, C.A. por Bs. 45.349.549 para ambos semestres, lo que incrementa las pérdidas antes indicada.

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Posteriormente, con fecha 27 de abril de 2010, el Instituto presento a la SUDEBAN un plan de recuperación para provisionar estas inversiones a través de amortiza-ciones semestrales en un plazo de siete (7) años.

Con fecha 30 de julio de 2010, la SUDEBAN indico al Instituto que en vista de que dicho plan de recuperación presentado no contempla realizar aumentos de capital, el crecimiento proyectado de las colocaciones crediticias no resulta proporcional al de las captaciones, estimando que el índice de intermediación crediticia alcanza el 39,66% a finales del año 2014, la morosidad estimada resulta muy elevada al compararla con los extractos más pequeños de la banca, la implementación de nuevos productos que prevee ofertar el Instituto a sus clientes, lo que requiere de un adecuado ambiente de control interno y de una plataforma tecnológica que presentan ciertas debilidades, ese Organismo Regulador no considero procedente el planteamiento formulado por el Instituto al otorgamiento de plazo de 7 años para constituir provisiones de las inversiones mantenidas en instituciones objeto de liquidación, instándolo a constituir las referidas provisiones en un 100%.

En fecha 11 de agosto de 2010, el Instituto dio respuesta al oficio antes mencio-nado solicitándole a ese ente regulador reconsiderar los argumentos expuestos previamente y a su vez propuso un nuevo plazo de cuatro (4) años para ejecutar el plan de recuperación antes mencionado a través de aumentos de capital por Bs. 5.000.000 en los meses de octubre y noviembre de 2010, respectivamente, y de Bs. 10.000.000 en el mes de febrero de 2011, y amortizaciones cuatrimestrales por Bs. 1.730.000, cada una, a partir del mes de agosto de 2011.

Con fecha 28 de diciembre de 2010, la SUDEBAN indicó al Instituto que las provisiones no pueden ser constituidas en cada ocasión que se reciban aportes de capital, ni diferidas en el tiempo, dado que estás son necesarias para cubrir la eventualidad de pérdidas originadas por la desvalorización o recuperabilidad del activo, por lo tanto ese Ente Regulador instruyó al Instituto a provisionar el total de las colocaciones mantenidas en los Bancos intervenidos o en situación de liquidación, dada la incertidumbre existente en cuanto a su recuperación, asimismo, le indicó que dado que la constitución de esas provisiones absorbe el 435,81% de su patrimonio, el Instituto debe realizar las gestiones pertinentes ante su único accionista, a fin de acordar los aportes patrimoniales para la reposición de las pérdidas derivadas del registro de las provisiones en comento, por lo cual deberá convocar una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas a fin de deliberar sobre esa materia, por lo que ese organismo no considera viable el plan de recuperación presentado por la gerencia del Instituto.

Al 31 de diciembre de 2010, el saldo mantenido en libros correspondiente a colo-caciones mantenidas en las Instituciones Financieras en proceso de intervención o liquidación ascienden a Bs. 139.084.123 (el cual incluye los intereses por Bs. 1.998.852), el cual se detalla más ampliamente en la Nota 8.

Por otro lado, se instruye ajustar el patrimonio del fideicomiso, dado que no existe pronunciamiento por parte de su fideicomitente la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador sobre la reposición de las pérdidas generadas por las colo-caciones mantenidas en las Instituciones Financieras en proceso de intervención o liquidación, las cuales ascienden a Bs. 172.988.831.

En fecha 08 de abril de 2011, el Instituto notificó a la SUDEBAN mediante comunicación N° P-076/11, que sustituiría las captaciones que mantiene del accionista y sus organismos adscritos por un fideicomiso de administración en el cual se colocarían todos los depósitos que mantenía en bancos intervenidos y posteriormente liquidados, materializando dicha operación al cierre del mes de abril de 2011, esto como parte del plan de recuperación financiero presentado por la gerencia del Instituto a dicho ente regulador.

Posteriormente, mediante comunicación N° P-088/11 de fecha 29 de abril de 2011, el Instituto remite a la SUDEBAN su “Plan Estratégico de ajuste a la Ley, Reor-ganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, dentro del cual le indica entre otras cosas que el monto de la transacción derivada de lo mencionado en el párrafo anterior es de Bs. 120.414.156.

Producto de las comunicaciones antes mencionadas, el Instituto procedió a acre-ditar el rubro de otros activos por Bs. 120.414.156, con cargo a las captaciones del público, y al mismo tiempo fue aperturado el fideicomiso de administración dentro del Departamento de Fideicomiso del Instituto. Una vez recuperados los fondos mantenidos en las instituciones financieras intervenidas o en proceso de liquidación, estos les serán devueltos al accionista y sus organismos adscritos.

En fecha 20 de junio de 2011, la SUDEBAN mediante oficio N° SIB-IP-GIBPB2-17446, le informó al Instituto que se encuentra evaluando el referido “Plan Estra-tégico de ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, asimismo, le indicó que según lo expresado en el artículo 73 del citado Decreto Ley el cual establece que esa Superintendencia autorizará a los bancos universales para desempeñarse como fiduciarios, de lo cual se desprende la prohibición para los Bancos Microfinancieros de actuar como fiduciarios, por lo tanto, deberá contemplar esta situación en la modificación de su Ordenanza y en su plan de transformación.

En fecha 30 de junio de 2011, mediante comunicación N° P-126/11 enviada por el Instituto a la SUDEBAN, da respuesta al oficio N° SIB-IP-GIBPB2-17446, en el cual le solicita a ese ente regulador su reconsideración en torno a la limitación que tiene de no poder realizar operaciones de fideicomiso, producto de lo establecido

en el Artículo 73, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Par-cial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, considerando que el Instituto forma parte del Sistema Financiero Público y se encuentra regido por su propia normativa, asimismo, estima que estas operaciones constituyen un apoyo a la gestión financiera de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador.

En fecha 26 de agosto del 2011, la SUDEBAN mediante oficio N° SBIF-IP-GIBPB-26025, dio respuesta a la comunicación de fecha 30 de junio de 2011 enviada por el Instituto en relación con las observaciones efectuadas por ese organismo referente al “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, indicándole que las consideraciones que tenga a bien formular ese Órgano Supervisor sobre su contenido le serán notificadas en oficio aparte, asimismo, en lo inherente a la constitución de fidei-comisos y su autorización para actuar como fiduciario, le informa que deberá en primer termino transformarse en Banco Microfinanciero y luego de ello previa aprobación de la SUDEBAN podrá realizar operaciones como fiduciario sin mas limitaciones que las establecidas en la normativa legal vigente. Por otro lado, le informa que de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario contempla que las instituciones fiduciarias no actuaran como fiduciario o fideicomitente con personas naturales o jurídicas vinculadas a la respectiva institución bancaria, entre otras cosas, por lo que el Instituto deberá considerar esta limitante en la modificación de su Ordenanza, su Plan de Transformación y su “Plan Estratégico de Ajuste a la Ley, Reorganización y Fortalecimiento del Instituto Municipal de Crédito Popular”, asimismo, deberá iniciar las gestiones pertinentes a la desincorporación de los fideicomisos cuyo titular sea la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador cuya fecha no podrá exceder del 31 de diciembre de 2011. Adicionalmente, la SUDEBAN instruye al Instituto a cumplir con lo referente a los artículos 9 y 12 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, relacionados con la constitución de la institución bajo la forma de sociedad anónima.

En fecha 02 de septiembre de 2011, mediante comunicación N° P-154/11 enviada por el Instituto a la SUDEBAN, da respuesta al oficio N° SBIF-IP-GIBPB-26025, en el cual le indica que todos los fideicomisos que se encuentran aperturados en el Instituto corresponden a fondos que ha destinado el Ejecutivo Nacional a la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, para ejecutar obras en la ciudad, mejoras de los sitios públicos, Plan de Vivienda y Plan de Asfaltado, por lo que todos estos fondos se encuentran colocados en la banca pública y los ingresos provenientes son reintegrados en un 100% al fideicomitente. Estos fondos son utilizados por la citada Alcaldía a medida que se ejecuten los proyectos dictados por el Ejecutivo Nacional.

Posteriormente, en fecha 23 de septiembre de 2011, la SUDEBAN mediante oficio N° SBIF-IP-GIBPB2-30400, le indica al Instituto una serie de recomendaciones relativas a su Plan de Ajuste, que deberán ser consideradas para la elaboración de sus nuevos planes estratégicos y estados financieros proyectados, los cuales serán reformulados y consignados una vez evaluada su situación en cuanto a su actuación como ente fiduciario.

Con fecha 29 de septiembre de 2011, la SUDEBAN envió al Instituto el Oficio SIB-IP-GIBPB2-31245 a través del cual le remite los resultados de la revisión de los recaudos consignados correspondientes a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el 30 de septiembre de 2011, dicho ente regulador instruyó al Instituto provisionar en un 100% el saldo de la cartera vencida e igualmente señala que los ingresos devengados por la cartera de créditos vencida, fueron reconocidos y contabilizados en la cuenta de “Ingresos por cartera de créditos”, los cuales debieron registrarse en la cuenta de orden, por lo cual el Instituto deberá remitir la explicación correspondiente; así como, realizar la revisión y ajustes respectivos con cargo a las cuentas respectivas, adicionalmente indica que las “Cámaras de Seguridad” y “Accesorios para moto” por Bs.21.363 y Bs. 24.335, respectivamente, que fueron adicionados al “Mobiliario y Equipo” y “ Equipos de Transporte” del Instituto, es inferior a trescientas veinte (320) Unidades Tributarias (U.T.) en el caso de la cámara y los “Accesorios para moto” no tendría el efecto de aumentar la capacidad de servicio o eficiencia del bien adquirido ni prolongar su vida útil o ayudar a reducir costos de operaciones futuras, por lo que debe proceder a desincorporar esas compras del activo y contabilizarlas en la cuentas de gastos que corresponda. En cuanto a los “Saldos y transacciones con el Accionistas”, la Superintendencia instruyo provisionar en un 100% los saldos por cobrar al accionista con una antigüedad superior al año por Bs. 13.475.643.

En fecha 31 de enero de 2012, mediante comunicación N° P-029/11, enviada por el Instituto a la SUDEBAN, da respuesta al oficio SIB-IP-GIBPB2-31245, en el cual le indica que se toma debida nota a fin de subsanar las debilidades y en pro del cumplimiento de la normativa legal vigente y operatividad del Instituto, en cuanto a las “Cámaras de Seguridad” por Bs.21.363, el Instituto anexa el comprobante contable donde se realizan las correcciones correspondientes, en relación a los “Accesorios para moto” por Bs. 24.335, el mismo indica, que dicho registro fue reversado ya que se obtuvo un reintegro por parte del proveedor ya que corres-pondía a un diferencial cambiario, quedando el monto inicial como valor del activo. En lo que respecta a los “Saldos y transacciones con el Accionistas”, el Instituto le indica a la SUDEBAN que la Alcaldía tiene establecido en su presupuesto el pago concerniente a los compromisos adquiridos con el Instituto, por lo que se procederá al cobro efectivo de los mismos.

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Posteriormente, en fecha 14 de marzo de 2012, la SUDEBAN mediante oficio N° SIB-IP-GIBPB2-06647, dio respuesta a la comunicación de fecha 31 de enero de 2012 enviada por el Instituto, en lo inherente con la insuficiencia de provisiones de la cartera de créditos, se indica que las consideraciones están contenidas en el oficio N° SIB-IP-GIBPB2-04233 del 17 de febrero de 2012, en el cual la SUDEBAN le instruye al Instituto a provisionar en un 100% la cartera de créditos inmovili-zada, con respecto a los “Accesorios para moto” la Superintendencia solicita la consignación de los asientos contables donde se registró el pago en exceso por diferencial cambiario, así como, el reintegro realizado por la compañía Venezo-lanas de Exportaciones e Importaciones, C.A. (Veximca C.A.) por Bs. 24.335. En cuanto a los “Saldos y transacciones con el Accionistas” la SUDEBAN le indica al Instituto que, no remitió evidencias sobre las gestiones efectuadas sobre el particular, por lo cual le ratifica la instrucción de constituir la provisión del 100% de los saldos por cobrar al Accionista con una antigüedad superior al año.

En fecha 21 de marzo de 2012, mediante comunicación N° P-071/12, enviada por el Instituto a la SUDEBAN, da respuesta al oficio N° SIB-IP-GIBPB2-06647, indicándole que en lo que respecta a la insuficiencia de provisiones de la cartera de créditos mediante comunicación N° P-044/12, se remiten, los asientos conta-bles que justifican el registro del ajuste de la provisión para la cartera de créditos inmovilizada a un 100% dando así cumplimiento a lo establecido en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras, en cuanto a los “Accesorios para moto” por Bs. 24.355, el Instituto remite los estados de cuenta donde se evidencia la salida y la entrada de dichos recursos por ese monto, en lo inherente a los “Saldos y transacciones con el Accionistas” con una antigüedad superior a un año, el Instituto toma debida nota.

Con fecha 23 de marzo de 2012, la SUDEBAN envió al Instituto el Oficio SIB-IP-GIBPB2-07653 a través del cual le remite los resultados de la revisión de los recaudos consignados correspondientes a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el 29 de marzo de 2012, en cuanto a la “Cartera de créditos” se evidencia que el 24,44% indicándole que se encuentra en estatus de “vencidas”, lo cual representa un porcentaje muy superior al mantenido en el Sistema Bancario Nacional (1,44%). Igualmente, la cartera de créditos neta, solo representa un 13,92% del total activo lo que denota que las políticas crediticias del Instituto no han sido eficientes lo que representa un desvío de su principal objetivo como intermediario crediticio, en ese sentido dicho ente regulador señala la elaboración y/o fortalecimiento de las políticas de colocación de recursos así como en la implementación de mecanismos de supervisión constante y gestiones de cobro efectivas y reitera lo señalado en oficios anteriores, en lo que respecta los créditos clasificados como “irrecuperables” la SUDEBAN constato que se incrementaron en un 184,77% entre los cierres de los ejercicios económicos fina-lizados el 31 de diciembre y 30 de junio de 2011, por lo tanto le solicita al Instituto el detalle de dichos créditos con la indicación de número de cuotas vencidas y fechas en la cual fueron categorizados como “Irrecuperables” al igual que el detalle y soportes de la recuperación de créditos castigados por Bs. 882.039, en cuanto a lo inherente a las “Acumulaciones y otros pasivos” se revela un apartado por Bs. 261.591 por concepto de “Provisión Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI)”, al respecto la SUDEBAN requiere explicación sobre la constitución de dicho apartado debido que los aportantes serán aquellos que realicen actividades en el territorio nacional y hayan obtenido ingresos brutos anuales superiores a 100.000 U.T. en el ejercicio fiscal anterior. Igualmente la SUDEBAN observo una “Provisión aporte Servicio Autónomo Fondo Nacional de los Consejos Comunales (SAFONACC)” por Bs.1.094.742 que no cumple con las indicaciones contenidas en la Resolución N° 233.11 del 22 de agosto de 2011, concernientes a las

“Normas relativas a los mecanismos de asignación de recursos para el financia-miento de los proyectos de los consejos comunales u otras formas de organización social”, por lo que deberá remitir sus consideraciones sobre el particular, conjunta-mente con la documentación soporte correspondiente a la cancelación realizada a la SAFONACC. En relación a los “Instrumentos financieros con riesgo fuera del Balance General y Otras cuentas de orden” se evidencia que el departamento de fideicomiso recuperó colocaciones mantenidas en el Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A. y Banco Baninvest Banco de Inversión, C.A. por Bs. 14.278.319 y Bs. 68.633.947, respectivamente, en ese sentido deberá remitir a dicho ente supervisor la documentación soporte pertinente.

En fecha 13 de abril de 2012, mediante comunicación N° P-094/12, enviada por el Instituto a la SUDEBAN, da respuesta al oficio SIB-IP-GIBPB2-07653, indi-cándole que toma debida nota con respecto a las observaciones de la cartera de créditos y anexa los soportes concernientes a los créditos clasificados como “irrecuperables”, y a la recuperación de créditos castigados por Bs. 882.039, en relación a las “Acumulaciones y otros pasivos”, el Instituto indica que el aparatado se encuentra conformado por aportes del semestre de junio 2011 por Bs. 109.474 y del semestre de diciembre 2011 por Bs. 152.117 y que, el ingreso bruto anual supero los Bs. 7.600.000 que corresponden a las 100.000 U.T., Adicionalmente el Instituto indica que la provisión por Bs. 1.094.742 fue calculada por error en base a los ingresos brutos, por lo que en el mes de febrero 2012, se reversó dicho monto, y en cuanto a los “Instrumentos financieros con riesgo fuera del Balance General y Otras cuentas de Orden” el Instituto remitió los soportes solicitados.

Posteriormente, en fecha 02 de mayo de 2012, la SUDEBAN mediante oficio N° SIB-IP-GIBPB2-11990, dio respuesta a la comunicación N° 071/12 de fecha 21 de marzo 2012 enviada por el Instituto, indicándole que debe remitirle los soportes correspondientes a las recuperaciones de créditos castigados por Bs. 57.217 y

Bs.1.049.912, y en cuanto a los “Saldos y transacciones con el Accionistas” con una antigüedad superior a un año, se ratifica la instrucción de provisionarlas en un 100% y consignar la información contable que se genere al efecto.

En fecha 21 de junio de 2012, la SUDEBAN mediante oficio N° SIB-IP-GIBPB2-11990, dio respuesta a la comunicación N° 094/12 de fecha 13 de abril 2012 enviada por el Instituto, indicándole que a los préstamos clasificados como irrecu-perables, mantienen un saldo vencido por un lapso superior al máximo establecido en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Instituciones Financieras, por lo cual previa aprobación por parte de la Junta Directiva del Instituto, deberá proceder a castigar dichos saldos deudores y suministrar asientos contables, en cuanto a lo inherente a las “Acumulaciones y otros pasivos” la Superintendencia solicita la documentación soporte de la cancelación al Fondo Nacional para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (FONACIT), en relación a los “Instrumentos financieros con riesgo fuera del Balance General y Otras cuentas de orden” la documentación suministrada relacionadas con las recuperaciones de las colocaciones mantenidas en Banco Real, Banco de Desarrollo, C.A. y Banco Baninvest Banco de Inversión, C.A. por Bs. 14.278.319 y Bs. 68.633.947, respectivamente, no es indicativa del movimiento de antedichos recursos entre el Instituto y el Fideicomiso, y en cuanto a los “Saldos y transacciones con el Accionistas” con una antigüedad superior a un año, sobre los cuales la Superintendencia ha instruido en reiteradas oportunidades su provisión en un 100% , se observo que el Instituto manifestó que su deudor, la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, incluyó en su presupuesto la cancelación de este compromiso, en ese sentido la SUBEBAN solicita la remisión de la documentación soporte que permita verificar lo antes señalado.

Con fecha 31 de julio de 2012, la SUDEBAN envió al Instituto el Oficio N° SIB-IP-GIBPB2-23119 a través del cual le remite el informe contentivo de los resultados obtenidos en la Inspección General que se llevó a cabo en el Instituto, con fecha de corte 30 de abril de 2012, determinando insuficiencias de provisión en cartera de créditos por Bs. 15.145.237, las cuales impactan el patrimonio del Instituto al 30 de abril de 2012 en un 84 %, adicionalmente se observo ciento ochenta y ocho (188) créditos que mantienen un saldo vencido por un lapso superior al máximo establecido en el Manual de Contabilidad para Bancos y Otras Institu-ciones Financieras, por Bs. 2.870.943, por lo cual el Instituto deberá proceder a castigar dichos saldos deudores, por otro lado se evidenció una insuficiencia de provisión por Bs. 13.391.247 por cuentas por cobrar a su accionista registradas en el grupo varios en otros activos con una antigüedad superior a 360 días y que no se encuentran provisionados, adicionalmente se detectaron “Anticipos a proveedores” y “Otras cuentas por cobrar varias” que por su naturaleza debieron ser contabilizados como gastos y en cuanto al “Fideicomiso” , se constató la no existencia del contrato del fideicomiso N° 624, el cual sería constituido con la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Libertador en fecha 29 de abril de 2011, por consiguiente lo antes expuesto evidencia el incumplimiento de los artículos 1 y 3 de la Ley de Fideicomisos, y en los artículos 47, 74, 76, 79, 96, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, entre otras disposiciones legales.

En fecha 30 de agosto de 2012, el Instituto dio respuesta al Oficio antes indicado. A la fecha de este informe el Instituto no ha recibido respuesta por parte del ente regulador.

Al 30 de junio de 2012, el sado de los otros activos está conformado por el capital e intereses devengados hasta la fecha de vencimiento, por Bs. 191.868.367 y Bs. 3.460.079, correspondientes a las colocaciones mantenidas en instituciones financieras intervenidas o en proceso de liquidación provenientes del Departa-mento de Fideicomiso y el Instituto, respectivamente (Nota 12).

Procedimiento Administrativo

En fecha 20 de enero de 2011, la SUDEBAN acordó iniciar un Procedimiento Administrativo Sancionatorio al Instituto debido a que el mismo incumplió lo establecido en el artículo 251 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras (actualmente numeral 18 del artículo 172 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario), al no remitir la información solicitada por el ente regulador en los oficios signados con los N° SBIF-II-GGIBPB-GIBPB2-16924 y SBIF-II-GGIBPB-GIBPB2-19430 de fechas 7 y 29 de septiembre de 2010, los cuales, posteriormente fueron sustituidos por los N° SBIF-II-GGIBPB-GIBPB2-25644 y SBIF-II-GGIBPB-GIBPB2-25290 de fecha 30 y 29 de noviembre de 2010, en los cuales indica que hasta esas fechas no ha sido consignada la documentación requerida.

En fecha 28 de febrero de 2011, la SUDEBAN mediante Resolución N° 073.11 decidió sancionar con multa por Bs. 9.100 al Instituto en virtud del incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 251 de la Lay General de Bancos y Otras Instituciones Financieras (actualmente numeral 18 del artículo 172 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario). Posteriormente en fecha 16 de mayo de 2011 el Instituto canceló la multa interpuesta mediante planilla de liquidación N° 60.153.

En fecha 17 de mayo de 2011, la SUDEBAN, mediante Resolución N° 146.11 decidió sancionar al Instituto con multa de Bs. 18.200, equivalente al cero coma dos por ciento (0,2%) de su capital social, por incumplir con el contenido del numeral 18 del artículo 172 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. Actualmente el Instituto se encuentra a la espera de la planilla de liquidación.

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En fecha 20 de octubre de 2011, la SUDEBAN mediante Resolución N° 073.11 decidió sancionar con multa al Instituto por Bs. 18.200, equivalente al cero coma dos por ciento (0,2%) de su capital social, en virtud del incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 203 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. Actualmente el Instituto se encuentra a la espera de la planilla de liquidación.

INSTITUTO MUNICIPAL DE CRÉDITO POPULAR (IMCP) BALANCES GENERALES, AL 30 DE JUNIO DE 2012 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2011 (En bolívares constantes)

30 de junio 31 de diciembre de 2012 de 2011 ACTIVO DISPONIBILIDADES: 8.639.030 46.113.291 Efectivo 127.320.095 111.677.101 Banco Central de Venezuela 1.219 86.712 Bancos y Otras Instituciones Financieras del País 9.379.883 2.511.892 Efectos de cobro inmediato 145.340.227 160.388.996 INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES: Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbancarias 549.186.729 372.081.644 Inversiones de Disponibilidad Restringida 32.830.041 19.332.077 582.016.770 391.413.721 CARTERA DE CRÉDITOS: Créditos vigentes 108.086.452 89.198.908 Créditos reestructurados - - Créditos vencidos 21.497.821 22.912.298 Créditos en litigio - - (Provisión para cartera de créditos) (21.722.552) (18.908.938) 107.861.721 93.202.268 INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR: Rendimientos por cobrar por inversiones en títulos valores 802.806 967.190 Rendimientos por cobrar por cartera de créditos 1.946.823 1.807.651 (Provisión para rendimientos por cobrar y otros) (1.414.933) (1.005.973) 1.334.696 1.768.867 BIENES REALIZABLES - - BIENES DE USO 6.789.792 5.842.300 OTROS ACTIVOS 19.392.010 19.933.481 TOTAL ACTIVO 862.735.216 672.549.632 PASIVO Y PATRIMONIO CAPTACIONES DEL PÚBLICO: Depósitos en cuentas corrientes: Cuentas corrientes no remuneradas 798.836.542 611.388.041 Otras obligaciones a la vista 6.792.477 7.511.399 Depósitos de ahorro 6.364.122 7.005.707 Depósitos a plazo 2.529.330 1.227.628 Captaciones del público restringidas - - 814.522.471 627.132.776 INTERESES Y COMISIONES POR PAGAR: Gastos por pagar por captaciones del público 26.645 12.099 26.645 12.099 ACUMULACIONES Y OTROS PASIVOS 8.514.524 4.238.911 Total pasivo 823.063.640 631.383.786 PATRIMONIO: Capital social actualizado (equivalente al capital social de Bs. 9.100.000) 96.258.381 96.258.381 Aportes patrimoniales no capitalizados - - Reservas de capital 24.315.744 24.574.645 Ajustes al Patrimonio 601.257 601.257 Resultados acumulados (81.503.806) (80.268.437) Total patrimonio 39.671.576 41.165.846 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 862.735.216 672.549.632 CUENTAS CONTINGENTES: Activos de los fideicomisos 315.597.589 385.729.097 Cuentas deudoras por otros encargos de confianza (Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat) 36.501.441 33.461.239 Otras cuentas deudoras de los Fondos de Ahorro para la Vivienda 106.584 131.575 Otras cuentas de orden deudoras 265.960.838 238.707.404 Otras cuentas de registro deudoras 768.534 826.097 Ver notas a los estados financieros complementarios

INSTITUTO MUNICIPAL DE CRÉDITO POPULAR (IMCP)ESTADOS DE RESULTADOS Y DE APLICACIÓN DEL RESULTADO NETO POR LOS SEMESTRES FINALIZADOS EL 30 DE JUNIO 2012 Y 31 DE DI-CIEMBRE DE 2011 (En bolívares constantes)

30 de junio 31 de diciembre de 2012 de 2011INGRESOS FINANCIEROS: Ingresos por inversiones en títulos valores 11.327.319 23.503.397 Ingresos por cartera de créditos 8.320.492 5.866.708 Ingresos por otras cuentas por cobrar 637.866 595.098 Otros ingresos financieros 207.883 144.367 20.493.561 30.109.570 GASTOS FINANCIEROS: Gastos por captaciones del público 690.958 511.814 Gastos por otros financiamientos obtenidos 6.425 11.567 Otros gastos financieros 866 163 698.249 523.543 MARGEN FINANCIERO BRUTO 19.795.312 29.586.026 INGRESOS POR RECUPERACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS 1.195.157 1.003.378 GASTO POR INCOBRABILIDAD Y DESVALORIZACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS: Gastos por incobrabilidad de créditos y otras cuentas por cobrar (5.940.670) (6.181.628) (5.940.670) (6.181.628) MARGEN FINANCIERO NETO 15.049.799 24.407.776 OTROS INGRESOS OPERATIVOS 1.412.374 1.673.461 OTROS GASTOS OPERATIVOS 4.640 91.987 1.407.734 1.581.474 MARGEN DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA 16.457.534 25.989.250 MENOS - GASTOS DE TRANSFORMACIÓN: Gastos de personal 11.625.521 13.986.430 Gastos generales y administrativos 4.214.175 5.098.443 Aportes al Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria 196.613 94.479 Aportes a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras 421.325 381.964 16.457.634 19.561.317 MARGEN OPERATIVO BRUTO (100) 6.427.933 INGRESOS OPERATIVOS VARIOS 556.287 1.822.141 GASTOS OPERATIVOS VARIOS (302.133) (4.765.841) MARGEN OPERATIVO NETO 254.053 3.484.232 INGRESOS EXTRAORDINARIOS - - GASTOS EXTRAORDINARIOS - - - - RESULTADO BRUTO ANTES DE IMPUESTOS Y RESULTADO MONETARIO DEL EJERCICIO (REME) 254.053 3.484.232 RESULTADO MONETARIO DEL EJERCICIO (REME) (2.843.065) (4.926.314) RESULTADO NETO (2.589.012) (1.442.081) APLICACIÓN DEL RESULTADO NETO: Reserva legal (258.901) (288.416)Resultados del semestre a resultados acumulados (2.330.111) (1.153.665) (2.589.012) (1.442.081) Ver notas a los estados financieros complementarios

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INSTITUTO MUNICIPAL DE CRÉDITO POPULAR (IMCP) ESTADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO POR LOS SEMESTRES FINALIZADOS EL 30 DE JUNIO DE 2012 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2011 (En bolívares constantes)

Reservas de capital Resultados acumulados Capital Aportes Superávit no social patrimoniales Reserva Otras Ajustes al distribuible Superávit Total pagado no capitalizados legal reservas Total patrimonio y restringido por aplicar Total patrimonio SALDOS AL 30 DE JUNIO DE 2011 96.258.381 - 18.622.668 6.240.394 24.863.061 601.257 6.359.729 (85.474.501) (79.114.772) 42.607.927 Resultado neto - - - - - - - (1.442.081) (1.442.081) (1.442.081) Aumento de capital social - - - - - - - - - - Traspaso del 50% de los resultados del segundo semestre de 2011 - - - - - - (576.832) 576.832 - - Transferencia a reservas de capital- Reserva legal - - (288.416) - (288.416) - - 288.416 288.416 - SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 96.258.381 - 18.334.251 6.240.394 24.574.645 601.257 5.782.896 (86.051.334) (80.268.437) 41.165.846 Resultado neto - - - - - - - (2.589.012) (2.589.012) (2.589.012) Aumento de capital social - - - - - - - - - - - Traspaso del 50% de los resultados del primer semestre de 2012 - - - - - - (1.165.055) 1.165.055 - - Transferencia a reservas de capital- Reserva legal - - (258.901) - (258.901) - - 258.901 258.901 - Ajustes al Superávit por aplicar - - - - - - - 1.094.742 1.094.742 1.094.742 SALDOS AL 30 DE JUNIO DE 2012 96.258.381 - 18.075.350 6.240.394 24.315.744 601.257 4.617.841 (86.121.647) (81.503.806) 39.671.576

INSTITUTO MUNICIPAL DE CRÉDITO POPULAR (IMCP) ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO POR LOS SEMESTRES FINALIZADOS EL 30 DE JUNIO DE 2012 Y 31 DE DICIEMBRE 2011 (En bolívares constantes)

30 de junio 31 de diciembre de 2012 de 2011 FLUJO DE EFECTIVO POR ACTIVIDADES DE OPERACIÓN: Resultado neto (2.589.012) (1.442.081)Ajustes para conciliar el resultado neto del semestre con el efectivo provisto por actividades de operación: Resultado Monetario del Ejercicio (REME) 2.843.065 4.926.314 Gasto por incobrabilidad de créditos y otras cuentas por cobrar 5.940.669 6.181.628 Depreciaciones y amortizaciones 923.852 885.710 Variación neta de intereses y comisiones por cobrar (171.916) (649.143)Variación neta de acumulaciones y otros pasivos 4.713.142 1.296.642 Variación neta de intereses y comisiones por pagar 15.868 4.368 Efectivo neto provisto por actividades de operación 11.675.669 11.203.439 FLUJO DE EFECTIVO POR ACTIVIDADES DE FINANCIAMIENTO: Variación neta de captaciones del público 238.275.736 3.270.356 Efectivo neto provisto por actividades de financiamiento 238.275.736 3.270.356 FLUJO DE EFECTIVO POR ACTIVIDADES DE INVERSIÓN: Créditos otorgados en el período (44.124.580) (69.667.383)Créditos cobrados en el período 17.991.380 20.354.754 Variación neta de colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbancarias (209.346.366) 83.006.238 Variación neta de Inversiones de Disponibilidad Restringida (15.306.722) (20.459.137)Adquisiciones otros activos (1.297.877) 2.334.223 Adquisiciones bienes de uso (1.860.399) (341.174) Efectivo neto provisto por (usado en) actividades de inversión (253.944.564) 15.227.521 Variación neta de disponibilidades (3.993.159) 29.701.315 EFECTO DE INFLACIÓN SOBRE DISPONIBILIDADES (11.055.609) (18.679.511) DISPONIBILIDADES AL INICIO DEL SEMESTRE 160.388.996 149.367.191 DISPONIBILIDADES AL FINAL DEL SEMESTRE 145.340.227 160.388.996 REME DEL SEMESTRE POR CONCEPTO DE ACTIVIDADES: Operacionales 325.309 (2.797.628)De inversión 41.384.521 (57.303.868)De financiamiento (33.497.285) 73.854.694 De disponibilidades (11.055.609) (18.679.511) (2.843.065) (4.926.314)Ver notas a los estados financieros complementarios

INSTITUTO MUNICIPAL DE CRÉDITO POPULAR (IMCP)NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS COMPLEMENTARIOSPOR LOS SEMESTRES TERMINADOS EL 30 DE JUNIO DE 2012 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2011

(En bolívares constantes)

1. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Los estados financieros complementarios en bolívares constantes que se presen-tan como información complementaria, han sido preparados de acuerdo con las mismas prácticas contables resumidas en la Nota 1 de los estados financieros bá-sicos, excepto por el hecho de que los estados financieros en bolívares constantes han sido preparados reconociendo los efectos de la pérdida del poder adquisitivo del Bolívar en Venezuela, por lo que constituyen una presentación diferente a las normas de contabilidad establecidas por la SUDEBAN.

2. BASES DE PRESENTACIÓN

Los estados financieros en bolívares constantes han sido preparados a partir de los registros históricos de contabilidad del Instituto y se han expresado en bolívares constantes del 31 de diciembre de 2011, con base en el método del nivel general de precios, para reflejar el poder adquisitivo de la moneda al cierre del último ejercicio.

El propósito del ajuste por inflación es actualizar los registros contables de bolí-vares históricos a moneda constante de poder de compra similar, eliminándose de esta manera la distorsión que produce la inflación en los estados financieros, por estar expresados en bolívares de diferente poder adquisitivo. Las cifras re-sultantes no intentan representar los valores razonables de mercado, los costos de reposición ni otra medida de los valores corrientes de los activos del Instituto o de los precios a que las transacciones se efectuarían corrientemente.

Al 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, el Instituto adoptó el método de nivel general de precios para la actualización de sus registros contables históricos, el cual consiste en reexpresar los mismos mediante la aplicación del Índice Nacio-nal General de Precios al Consumidor (INPC), publicados mensualmente por el Banco Central de Venezuela, el cual permite la estimación de precios constantes de la economía. Estos índices (base 2007) se muestran a continuación:

30 de junio de 2012

31 de diciembre de 2011

Cierre 285,50 265,60

Promedio 276,90 250,97

La inflación acumulada para los semestres finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, fue del 7,49% y 12,87% respectivamente.

Un resumen de los procedimientos utilizados para la reexpresión de los estados financieros por efectos de la inflación, por el método del nivel general de precios, se muestra a continuación:

a. Los activos y pasivos monetarios (disponibilidades, inversiones en títulos valores, cartera de créditos, intereses y comisiones por cobrar, ciertas partidas de otros activos, captaciones del público, intereses y comisiones por pagar y acu-mulaciones y otros pasivos) se presentan con las mismas cifras que se muestran en los registros contables históricos, debido a que representan el valor monetario de sus componentes a la fecha del balance general.

b. Los activos y pasivos no monetarios (bienes realizables, bienes de uso y ciertas partidas de otros activos) se ajustaron aplicando el INPC, de acuerdo con su fecha de origen.

c. El capital social pagado, resultados acumulados y otras cuentas patrimoniales se reexpresaron a partir de sus fechas de aporte o generación, mediante la aplicación del INPC.

d. Las cuentas del estado de resultados se reexpresaron con base en el INPC promedio del semestre, excepto los costos y gastos asociados con activos no monetarios, los cuales fueron reexpresados en función de los importes ajustados de los activos correspondientes.

Como consecuencia de las actualizaciones efectuadas bajo el método del Nivel General de Precios se origina un resultado monetario del semestre, el cual repre-senta la ganancia o pérdida resultante de poseer una posición monetaria activa o pasiva en un período inflacionario, dado que un pasivo monetario puede ser cancelado con moneda de un menor poder adquisitivo, mientras que el activo monetario reduce su valor en términos reales. El Instituto muestra una pérdida monetaria deBs. 2.843.065 y Bs. 4.926.314 para los semestres finalizados el 30 de junio de 2012 y 31 de diciembre de 2011, respectivamente, como consecuencia de mantener una posición monetaria neta activa.