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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL srç,URIE)Afl Y SOI.II)ARIIMI) SOCiAL. No. de Registro UNAM: 51058-118-16-1-18 CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA DELEGACIÓN SUR DEL DISTRITO FEDERAL Y LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SEGUNDO NIVEL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL TITULAR DE LA DELEGACIÓN, C. JORGE ARTURO TRUJILLO HERNÁNDEZ Y EL DR. LUIS RAFAEL LÓPEZ OCAÑA. COORDINADOR DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SEGUNDO NIVEL. CON LA ASISTENCIA DEL JEFE DE SERVICIOS DE PRESTACIONES MÉDICAS, EL DR. JOSÉ LUIS ARANZA AGUILAR Y POR EL TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN Y ENLACE INSTITUCIONAL, M. EN C. JOSÉ LUIS OLVERA GÓMEZ: Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM". REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL, ASISTIDO POR LA DRA. PATRICIA DOLORES DÁVILA ARANDA. DIRECTORA DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA Y POR EL DR. FELIPE VACA PANIAGUA, RESPONSABLE DEL ÁREA DE SECUENCIACIÓN MASIVA DEL LABORATORIO NACIONAL EN SALUD: DIAGNÓSTICO MOLECULAR Y EFECTO AMBIENTAL EN ENFERMEDADES CRÓNICO- DEGENERATIVAS DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA; "EL INSTITUTO" Y "LA UNAM" EN LO SUCESIVO "LAS PARTES"; COMPARECEN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES Con fecha 17 de enero de 2013, "EL IMSS" y "LA UNAM" celebraron el Convenio General de Colaboración, cuyo objeto es conjuntar sus esfuerzos y recursos para la realización de diversas actividades con la salud y la seguridad social y las correspondientes a distintas áreas del conocimiento, así como a la promoción, entre los miembros de la comunidad de "LA UNAM" y el personal derechohabiente de "EL IMSS", de los servicios culturales y recreativos que las partes ofrecen, cada una desde su esfera específica de acción y en cumplimiento de los fines para los que fueron creadas, con una vigencia de 5 (cinco) años de conformidad con la cláusula Décima Octava de dicho instrumento. El Convenio fue registrado por la Dirección General de Estudios de Legislación Universitaria de la UNAM con número 34818-1267-30-V-13. DECLARACIONES 1. DECLARA "EL INSTITUTO": Que es un organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la Organización y Administración de Unidades de Atención Médica de la Delegación Sur del Distrito Federal, establecida como un servicio público de carácter nacional, en términos de los artículos 4° y 5° de la Ley del Seguro Social. 2. Que de conformidad con el artículo 251, fracciones IV, de la Ley del Seguro Social, tiene facultades para realizar toda clase de actos jurídicos necesarios, para cumplir con sus fines. 3. Que su representante, el C. Jorge Arturo Trujillo Hernández, en su carácter de titular de la Delegación Sur del Distrito Federal, se encuentra facultado para suscribir el presente Página ide 7 UN * PA

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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL srç,URIE)Afl Y SOI.II)ARIIMI) SOCiAL.

No. de Registro UNAM: 51058-118-16-1-18

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA DELEGACIÓN SUR DEL DISTRITO FEDERAL Y LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SEGUNDO NIVEL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL TITULAR DE LA DELEGACIÓN, C. JORGE ARTURO TRUJILLO HERNÁNDEZ Y EL DR. LUIS RAFAEL LÓPEZ OCAÑA. COORDINADOR DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SEGUNDO NIVEL. CON LA ASISTENCIA DEL JEFE DE SERVICIOS DE PRESTACIONES MÉDICAS, EL DR. JOSÉ LUIS ARANZA AGUILAR Y POR EL TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN Y ENLACE INSTITUCIONAL, M. EN C. JOSÉ LUIS OLVERA GÓMEZ: Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM". REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL, ASISTIDO POR LA DRA. PATRICIA DOLORES DÁVILA ARANDA. DIRECTORA DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA Y POR EL DR. FELIPE VACA PANIAGUA, RESPONSABLE DEL ÁREA DE SECUENCIACIÓN MASIVA DEL LABORATORIO NACIONAL EN SALUD: DIAGNÓSTICO MOLECULAR Y EFECTO AMBIENTAL EN ENFERMEDADES CRÓNICO-DEGENERATIVAS DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA; "EL INSTITUTO" Y "LA UNAM" EN LO SUCESIVO "LAS PARTES"; COMPARECEN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

Con fecha 17 de enero de 2013, "EL IMSS" y "LA UNAM" celebraron el Convenio General de Colaboración, cuyo objeto es conjuntar sus esfuerzos y recursos para la realización de diversas actividades con la salud y la seguridad social y las correspondientes a distintas áreas del conocimiento, así como a la promoción, entre los miembros de la comunidad de "LA UNAM" y el personal derechohabiente de "EL IMSS", de los servicios culturales y recreativos que las partes ofrecen, cada una desde su esfera específica de acción y en cumplimiento de los fines para los que fueron creadas, con una vigencia de 5 (cinco) años de conformidad con la cláusula Décima Octava de dicho instrumento.

El Convenio fue registrado por la Dirección General de Estudios de Legislación Universitaria de la UNAM con número 34818-1267-30-V-13.

DECLARACIONES

1. DECLARA "EL INSTITUTO":

Que es un organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la Organización y Administración de Unidades de Atención Médica de la Delegación Sur del Distrito Federal, establecida como un servicio público de carácter nacional, en términos de los artículos 4° y 5° de la Ley del Seguro Social.

2. Que de conformidad con el artículo 251, fracciones IV, de la Ley del Seguro Social, tiene facultades para realizar toda clase de actos jurídicos necesarios, para cumplir con sus fines.

3. Que su representante, el C. Jorge Arturo Trujillo Hernández, en su carácter de titular de la Delegación Sur del Distrito Federal, se encuentra facultado para suscribir el presente

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INSTITUTO MEXICANO DEI SEGURO SOCIAI SEC.URIDAF) Y SOLIDARIDAD SOCIAL

No. de Registro UNAM: 51 058-118-16-1-18

instrumento jurídico en representación de "EL INSTITUTO", de acuerdo al poder que se contiene en la Escritura Pública número 67,086, de fecha 20 de mayo de 2013, pasada ante la fe del Lic. Angel Gilberto Adame López, Notario Público número 233, de la Ciudad de México, mismo que ha quedado inscrito en el Registro Público de Organismos Descentralizados, bajo el folio número 97-7-29052013-202155, con fundamento en los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, así como 40, 41, 45 y 46 de su Reglamento.

4. Que de conformidad con lo previsto en los artículos 82, fracción 1, de su Reglamento Interior, así como los artículos 162 y 163, de su reglamento de Prestaciones Médicas, le corresponde planear, dirigir y normar acciones relacionadas con la Educación en Salud, promover, facilitar y regular la realización de actividades Educativas de formación y actualización permanente, que favorezcan la superación individual y colectiva de su Personal Técnico, Profesional y Directivo, encargado del cuidado de la salud, así como coadyuvar con el Sistema Educativo Nacional en Formación, Capacitación y Desarrollo del Personal del Area de Salud, a fin de mejorar la calidad de los servicios que otorga a sus Derechohabientes.

5. Que para la realización de estos fines, cuenta con el apoyo y articulación de la estructura de "EL INSTITUTO", así como de la infraestructura hospitalaria, equipo médico, administrativo y recurso humano para la realización y cumplimiento del objeto del presente Convenio.

6. Que para los fines legales que deriven del presente Instrumento Jurídico, señala como domicilio legal el ubicado en Calzada de La Viga No. 1174, Colonia El Triunfo, Delegación lztapalapa, Ciudad de México, C.P. 09430.

II. DECLARA "LA UNAM":

1. Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

2. Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 90 de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme a la fracción 1 del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla.

3. Que el Dr. Leonardo Lomelí Vanegas, en su carácter de Secretario General, cuenta con las facultades necesarias para suscribir este instrumento, de conformidad con el Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de conveniosÇ contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en Gaceta UNAM el 5 de septiembre de 2011.

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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SECLJRIDAO Y SOLIDARII)AI) SOCIAL

No. de Registro UNAM: 51058-118-16-1-18

4. Que dentro de su estructura orgánico-administrativa se encuentra la Facultad de Estudios Superiores lztacala "LA FESI", quien cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento, cuya titular es la Dra. Patricia Dolores Dávila Aranda.

5. Que para efectos de los avisos relacionadas con el desarrollo del objeto del presente instrumento, señala como su domicilio la Facultad de Estudios Superiores lztacala, ubicada en Avenida de los Barrios número 1, Colonia Los Reyes lztacala, Tlalnepantla, Estado de México, Código Postal 54090.

6. Que señala como su domicilio legal el 9° piso de la Torre de Rectoría, en Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, de la Ciudad de México, Código Postal 04510.

III. Declaran "LAS PARTES" por conducto de sus representantes legales que:

1. El presente Convenio no tiene cláusula alguna contraria a la ley, a la moral o a las buenas costumbres y para su celebración no media coacción alguna; consecuentemente, carece de todo dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte, la validez del mismo.

2. Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen "LAS PARTES", es su voluntad celebrar el presente Convenio, para lo cual están de acuerdo con sujetarse a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO

El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto, que "LAS PARTES" coordinen actividades que contribuyan a la investigación, prevención, diagnóstico, tratamiento y atención a derecho-habientes con distintos síndromes de cáncer.

SEGUNDA. COMPROMISOS DE "LA UNAM"

Para la ejecución del objeto del presente Convenio "LA UNAM", a través de "LA FESI", se compromete a:

a) Seleccionar al profesionista especializado, que dirija la realización de los estudios en el laboratorio de Secuenciación Masiva del Laboratorio Nacional en Salud de "LA FESI" para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio de Colaboración, atendiendo los lineamientos establecidos por "EL INSTITUTO", quien participará como colaborador.

b) Determinar, conjuntamente con "EL INSTITUTO", de ser el caso, a colaboradores que puedan participar en el desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio.

c) Participar en las actividades de análisis e investigación necesarias para el cumplimiento del objeto del presente Convenio.

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INSTITUTO MEXICANO DEt SEGURO SOCIAI SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL

No. de Registro UNAM: 51058-118-16-1-18

d) Determinar los criterios de inclusión y exclusión de derecho-habientes objeto de las actividades del presente Convenio, para el análisis genético de los padecimientos de cáncer.

e) Conservar un consentimiento informado por escrito recabado por "EL INSTITUTO" de cada paciente y sus familiares de la Delegación Sur del Distrito Federal, que al efecto se contemplen en este trabajo de colaboración.

f) Proteger la intimidad y confidencialidad de la información personal de quienes participan en este trabajo de colaboración, identificando a los derecho-habientes participantes, con un número de folio consecutivo de acuerdo al momento de realización de la encuesta.

g) Realizar el análisis genético, por medio de técnicas moleculares de vanguardia, en las fases del proyecto de investigación, en el Laboratorio Nacional en Salud: Diagnóstico Molecular y Efecto Ambiental en Enfermedades Crónico-Degenerativas en el área de Secuenciación Masiva, ubicado en la "LA FESI".

h) Otorgar a "EL INSTITUTO" los resultados positivos y negativos de los derechohabientes y/o de sus familiares, para que éste, a través de los médicos que al efecto considere, notifiquen o sean utilizados como mejor convenga, desde el punto de vista clínico y ético.

TERCERA. COMPROMISOS DE "EL INSTITUTO":

Para la ejecución del objeto del presente Convenio "EL INSTITUTO", se compromete a:

a) Determinar conjuntamente con "LA UNAM", el procedimiento para la toma de muestras de sangre y tejido tumoral a los derecho-habientes y/o familiares seleccionados que hayan dado consentimiento para ello.

b) Determinar conjuntamente con "LA UNAM" el procedimiento para el traslado de las muestras de sangre y tejido tumoral.

c) Determinar conjuntamente con "LA UNAM" la forma como se obtendrán los insumos necesarios para la toma de muestras de sangre y tejido tumoral de la Clínica de Cáncer de Mama para que se lleve a cabo el objeto del presente Convenio de Colaboración, incluyendo el material para la transportación de las muestras biológicas en condiciones óptimas.

d) Colaborar con "LA UNAM" en la realización de un proyecto de investigación, de conformidad con la normativa de "EL INSTITUTO", para el uso clínico de los resultados del presente Convenio de Colaboración.

e) Comunicar a cada paciente el objetivo de las actividades de colaboración, así como su participación voluntaria en el mismo, para el cumplimiento del presente Convenio de Colaboración y que el mismo decida voluntariamente, si firma o no, la carta de consentimiento informado.

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No. de Registro UNAM: 51058-118-16-1-18

f) Facilitar a "LA UNAM" los datos clínicos de los derecho-habientes participantes en las actividades de colaboración, respetando la intimidad y confidencialidad de la información de las personas que estén incluidas en el desarrollo del presente Convenio de Colaboración.

g) Definir la mejor opción para la atención integral y seguimiento a los derecho-habientes con mutaciones y a sus familiares que resulten positivos, con el personal de salud que "EL INSTITUTO" considere pertinente, conforme a las normas vigentes relacionadas con el manejo del cáncer.

CUARTA. DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES OPERATIVOS

Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración, "LAS PARTES" designan como responsables de su seguimiento a las siguientes personas:

"LA UNAM", al Dr. Felipe Vaca Paniagua, Responsable del Área de Secuenciación Masiva del Laboratorio Nacional en Salud: Diagnóstico Molecular y Efecto Ambiental en Enfermedades Crónico-Degenerativas, de la Facultad de Estudios Superiores lztacala.

"EL INSTITUTO", al M. en C. José Luis Olvera Gómez, Coordinador de Planeación y Enlace Institucional de la Delegación SUR del D.F. y a los participantes que él designe para contribuir al desarrollo del presente Convenio de Colaboración.

QUINTA. RELACIÓN LABORAL

La relación laboral se mantendrá en todos los casos entre "LAS PARTES" y su personal, aun cuando se trate de trabajos realizados conjuntamente, y que se desarrollen en las instalaciones o con el equipo de cualquiera de ellas. En ningún supuesto podrá considerarse a la contraparte como patrón sustituto o solidario, quedando fuera de toda responsabilidad legal en asuntos relacionados con dicho personal.

SEXTA. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los derechos de propiedad intelectual que pudieran surgir con motivo de las actividades desarrolladas y derivadas del objeto del presente instrumento, corresponderán a "LAS PARTES" en términos de su participación BIOMOLECULAR a la "LA UNAM" o CLINICA a "EL INSTITUTO", otorgando en todo momento el debido reconocimiento moral a las personas que hayan intervenido en la realización o generación de algún derecho intelectual, que se encuentre regulado en la Ley Federal del Derecho de Autor y/o en la Ley de la Propiedad Industrial, aspectos que deberán señalarse en los Convenios que para tal efecto suscriban "LAS PARTES".

"LAS PARTES" acuerdan que podrán utilizar la información o resultado de los trabajos que se deriven del presente instrumento y que no sean de carácter confidencial, para los fines propios de su naturaleza académica, de docencia y/o investigación, en apego a las normas correspondientes a cada una.

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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL

No. de Registro UNAM: 51058-118-16-1-18

Las publicaciones que lleguen a emitirse como resultado de los trabajos conjuntos, se realizarán de común acuerdo y previa protección legal que proceda, gozando conjuntamente de los reconocimientos que por este se generen.

SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por el paro de labores académicos o administrativas, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen "LAS PARTES".

OCTAVA. VIGENCIA

El presente Convenio de Colaboración surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia de tres (3) años, el cual podrá ser prorrogado entre las partes mediante la suscripción del Convenio de Prórroga correspondiente.

NOVENA. MODIFICACIONES

El presente Convenio de Colaboración podrá ser modificado o adicionado por voluntad de "LAS PARTES", mediante Convenio Modificatorio respectivo; dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA

Cualquiera de "LAS PARTES" podrá dar por terminado este Convenio, con antelación a su vencimiento, mediante aviso por escrito a la contraparte, notificándolo con 30 (treinta) días hábiles de anticipación, en tal caso "LAS PARTES", tomará las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros.

DÉCIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

"LAS PARTES" se comprometen a guardar confidencialidad respecto de cualquier tipo de documentación, información o proceso que se genere con motivo de ejecución de las actividades del presente Convenio, las que se sujetaran en lo que les resulte aplicable a la Ley General de Trasparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y al Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México.

DÉCIMA SEGUNDA. VALIDEZ

"LAS PARTES" otorgan su consentimiento al contenido del presente Convenio de Colaboración, por lo que reconocen que no existen vicios ocultos, error, dolo o mala fe en la celebración del mismo.

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U N AM

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DR. FELIPE VACA PANIAGUA RESPONSABLE DEL ÁREA DE

SECUENCIACIÓN MASIVA DEL LABORATORIO NACIONAL EN SALUD: DIAGNÓSTICO

MOLECULAR Y EFECTO AMBIENTAL EN ENFERMEDADES CRÓNICO-DEGENERATIVAS DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES

IZTACALA

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL S&URIDAE) Y SOLIDARIDAD SOCIAI

No. de Registro UNAM: 51058-118-16-1-18

DÉCIMA TERCERA. JURISDICCIÓN

El presente Convenio de Colaboración, se suscribe por la buena fe de "LAS PARTES", por lo que en caso de surgir discrepancias con relación a su interpretación y cumplimiento, lo resolverán de mutuo acuerdo; de no llegar a ninguna solución se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro u otra causa.

Leído el presente Convenio de Colaboración y enteradas "LAS PARTES" del contenido obligacional y alcance de cada una de susláusuIas lo firman en nueve tantos de igual validez, en la Ciudad de México, el día nueve de noviembre de dos mil diecisiete.

POR "EL INSTI POR "LA UNAM"

C.JORGEARTUROT LO HERNÁNDEZ eR. LEONARDO LOM ÍVANEGAS TITULAR DE L. " EGACIÓN SUR DEL SECRETARIO NERAL

DI 1T0 FEDERAL

DR. LUIS - L LOPEZ OCANA )bRA. PATRICIA DO • R DAVILA ARANDA E ATENÇIÓN INTEGRAL EN ¿RECTORA DE L' A • LTAD DE ESTUDIOS

EUNDO IIIVEL1 SUP - IORES/ZCALA

DR. JOSE LUIS ARAÑAGUILAR JEFE DE SEFVIiQ DE

PRESTACIONS!MÉDICAS

M. C. J. -. LUIS OLVERA GÓMEZ TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE

PLANEACIÓN Y ENLACE INSTITUCIONAL

FESI/OJICON/176/17

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