instituciones democráticas en españa
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INSTITUCIONES DEMOCRÁTICAS
(ESPAÑA)
La base del sistema democrático español.
La Constitución española (1978) establece la separación de poderes.
La separación de poderes es herencia directa de la Revolución Francesa (1789).
La separación de poderes tiene su base en el sistema democrático de la Grecia clásica (ss. V-IV a.C.)
Las instituciones democráticas y sus funciones.
Cada uno de los poderes tiene unas funciones concretas que no se pueden intercambiar.
La Constitución establece las funciones de cada uno de los poderes y de la Corona.
Funciones de la Corona: 1) Sancionar y promulgar las leyes.2) Convocar y disolver las Cortes Generales, así
como elecciones y referéndums3) Proponer el candidato a Presidente del
Gobierno, y en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones
4) Nombrar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
5) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir las sesiones del Consejo de Ministros a petición del Presidente de Gobierno.
6) El mando supremo de las Fuerzas Armadas y el Alto Patronazgo de las Reales Academias.
7) Acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos.
8) Representar al Estado a través de Tratados internacionales.
9) Previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
En España la Corona está en manos de la dinastía Borbón desde 1714.
Representan al pueblo español
Miembros elegidos directamente por sufragio universal cada cuatro años, por los ciudadanos mayores de 18 años.
CÁMARA ALTA
(SENADO)
- Propone leyes- Veta proyectos del Congreso
CÁMARA BAJA
(CONGRESO
DE LOS
DIPUTADOS)
- Elabora, aprueba o rechaza leyes.- Controla las acciones del Gobierno.- Aprueba o rechaza los presupuestos del Estado.
El poder legislativo: las Cortes Generales
(Parlamento)
Miembros de un partido político, elegidos directamente por sufragio universal cada cuatro años.
Ratificado por el Rey.
PRESIDENTE - Candidato del partido político que haya ganado las elecciones.
- Dirige y coordina a los miembros del Gobierno.
CONSEJO DE MINISTROS - Propuesto por el Presidente de Gobierno.
- Formado por los ministros, que pueden variar en número.
- Son responsables, junto con su equipo, de áreas concretas (sanidad, educación, defensa, cultura, etc)
Ejecuta las leyes aprobadas por el Parlamento. Dirige la política interior y exterior del país, así como la Administración pública y
militar.
El poder ejecutivo: El Gobierno
El principal: Tribunal Superior de Justicia (Tribunal Supremo).
Cuando hay que comprobar si un tema se ajusta a la Constitución se pasa al Tribunal Constitucional.
Los miembros de los tribunales de justicia (jueces y magistrados) deben ser independientes y no pueden pertenecer a un partido político o sindicato, para asegurar su objetividad.
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
- Tiene competencias en todo el país.- Interpreta las leyes.- Juzga y castiga a las personas o instituciones que no cumplen las leyes.
El poder legislativo: Tribunales de Justicia