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INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN PACTO DE CONVIVENCIA La Dorada - Caldas, noviembre de 2012

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INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN

PACTO DE CONVIVENCIA

La Dorada - Caldas, noviembre de 2012

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ORACION

Buenos días Señor,

Te venimos a saludar

Y a decirte que te amamos

Porque hemos aprendido a amar.

Te ofrecemos el nuevo día

Que hemos comenzado hoy

Ayúdanos a ser buenos

Y a quererte mucho más.

Que todo nuestro estudio

Lo hagamos por Ti Señor

Y así sea nuestra vida

Ofrenda en el amor. AMÉN

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PACTO DE CONVIVENCIA

Resolución Nº 002 de noviembre de 2010

Por la cual se adopta el reglamento interno o pacto de convivencia de la Institución Educativa

Nuestra Señora del Carmen – IENSEC.

LA RECTORA de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen en uso de sus facultades

legales y debidamente autorizadas por el Consejo Directivo.

CONSIDERANDO:

Que la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994 (Art. 87), establece para toda institución

educativa un reglamento interno o Pacto de Convivencia que responda a las necesidades de la

comunidad educativa.

Que el Proyecto Educativo Institucional determina como funciones del Consejo Directivo la

adopción del Reglamento Interno o Pacto de Convivencia.

Que el Decreto 1860 de 1994 en su artículo 17 reglamenta lo establecido en la ley 115 del mismo

año.

Que en reunión del Consejo Directivo del 23 y 29 de septiembre de 2010, según las actas Nº 07 y

09, fue revisado y actualizado el Reglamento Interno o Pacto de Convivencia.

Que en la aprobación del Reglamento Interno o Pacto de Convivencia se tuvieron en cuenta los

aportes de toda la Comunidad Educativa, (educandos, padres/madres de familia, personal docente

y directivos)

RESUELVE:

Artículo 1º. Adoptar el presente Reglamento Interno o Pacto de Convivencia como el marco de

referencia de deberes, derechos y normas que regirán el proceder de la Comunidad Educativa.

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Artículo 2º. Dar a conocer el presente Reglamento Interno o Pacto de Convivencia a toda la

Comunidad Educativa para su cumplimiento.

Artículo 3º. El presente pacto deroga los anteriores y entra en vigencia a partir de Enero de 2011 y

permanecerá vigente hasta tanto se expida uno nuevo llenando todos los requisitos legales.

Artículo 4º. Al firmar la matrícula de su hijo(a) en la IENSEC, los padres de familia o acudientes

aceptan como obligatorias todas y cada una de las partes del presente Manual de Convivencia y

reconocen su vigencia.

De igual manera, los estudiantes matriculados aceptan las normas establecidas en este Manual de

Convivencia como de obligatorio cumplimiento.

Artículo 5º. El presente pacto será publicado en la página web de IENSEC, así mismo será

entregado en material impreso a cada uno de los educandos en presencia de los acudientes, al

personero, a las coordinaciones de la Institución y en la biblioteca de la sede principal como

medio de consulta para estudiantes y docentes. Quienes deseen adquirirlo de manera personal,

pueden comprarlo en tesorería.

Artículo 6º. Al inicio de cada año escolar, y cada vez que se considere conveniente, los Maestros,

Directores de Grupo, Coordinadores de Disciplina y Convivencia, Coordinadoras Académicas, y/o

Rectora hablarán sobre el Manual de Convivencia y lo leerán con los estudiantes dándoles la

oportunidad de contestar preguntas para afianzar normas. Adicionalmente, se llevarán a cabo

jornadas de divulgación con padres de familia y con la comunidad en general.

Comuníquese y cúmplase. Dado en La Dorada, Caldas a los 25 días del mes de noviembre de 2010.

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PRESENTACION

El pacto de convivencia más que un reglamento, es un texto para la vida, para la participación,

para opinar, para vivir en comunidad. Es por ello que con este pacto se pretende:

Favorecer en los estudiantes la formación de valores para lograr la sana convivencia en la

sociedad y de esta manera permitirle ser democrático e independiente.

Aportar en la formación de ciudadanos participativos vinculando la familia y la comunidad

a los proyectos escolares.

Establecer y poner en práctica normas de comportamiento que apunten a tolerar y

respetar al otro.

Promover en la cultura valores de sana convivencia desde la cotidianidad, para influir en

el contexto regional con acciones tendientes a la resolución pacífica de conflictos.

Para la IENSEC el concepto de formación ciudadana no se refiere exclusivamente a aquellos

procesos donde el individuo aprende a cumplir con las normas sociales y a “portarse bien”, como

miembro de un colectivo o de una sociedad, la idea de formar ciudadanos va mucho más allá

porque involucra el desarrollo moral del individuo y el concepto de ética con que asume su

proyecto de vida, las relaciones con los otros que se consideran legítimos en el entramado del

tejido social y la relación con el medio ambiente.

Se invita a todos los actores de la comunidad educativa (docentes, padres de familia ,estudiantes)

a comprometerse con el ejercicio de la democracia y la ciudadanía como un modo de vivir, de

entender la relación con los otros, como un modo de comportarse y organizarse coherentemente

con los valores de respeto, solidaridad y cooperación.

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TABLA DE CONTENIDO

Pag.

1 CAPÍTULO 9 1.1 SÍMBOLOS INSTITUCIONALES 9 1.1.1 Lema 9 1.1.2 El escudo 9 1.1.3 La bandera 9 1.1.4 Himno de la IENSEC 10 1.1.5.1 Uniforme de uso diario femenino 10 1.1.5.2 Uniforme de uso diario masculino 10 1.1.5.3 Uniforme de educación física 11 1.1.6 Fiestas y celebraciones 11 2 CAPÍTULO 12 2.1 HORIZONTE INSTITUCIONAL 12 2.2 MISIÓN 12 2.3 VISIÓN 12 2.4 FILOSOFÍA 12 2.4.1 Desafíos 14 2.4.2 Compromiso 15 2.5 PRINCIPIOS 15 2.6 PERFILES 16 2.6.1 Artículo 1°. Perfil del estudiante 16 2.6.2 Artículo 2°. Perfil del docente 17 2.6.3 Artículo 3°. Perfil del padre de familia 18 2.7 OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 19 2.8 POLÍTICA DE CALIDAD 19 2.9 OBJETIVOS DE CALIDAD 20 3 CAPÍTULO 21 3.1 COMPONENTE PEDAGÓGICO 21 3.1.1 La enseñanza 21 3.1.2 El docente 21 3.1.3 La evaluación 22 3.1.4 Currículo, evaluación y promoción de los educandos. 22 3.1.5 Refuerzo 25 3.1.6 Utilización de los resultados de la evaluación. 25 3.1.7 Acciones pedagógicas de formación y mejoramiento académico 25 4 CAPÍTULO 27 4.1 DEBERES DE LOS EDUCANDOS 27 5 CAPÍTULO 30 5.1 DERECHOS DE LOS EDUCANDOS 30 6 CAPÍTULO 33 6.1 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 33

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7 CAPÍTULO 36 7.1 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 36 8 CAPÍTULO 38 8.1 FUNCIONES DE LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y DE SERVICIOS GENERALES 38 8.1.1 Artículo 1°. Funciones del (la) rector (a) 38 8.1.2 Artículo 2°. Funciones de los coordinadores 39 8.1.3 Artículo 3°. Funciones del Comité de Convivencia 40 8.1.4 Artículo 4°. Funciones del Orientador(a) o Consejero(a) Escolar 41 8.1.5 Artículo 5°. Funciones de los coordinadores de área 41 8.1.6 Artículo 6°. Funciones de los docentes 42 8.1.7 Artículo 7°. Funciones de los docentes encargados de la dirección de grupo 44 8.1.8 Artículo 8°. Funciones del secretario (a) 45 8.1.9 Artículo 9°. Funciones del pagador (a) 45 8.1.10 Artículo 10°. Funciones de la bibliotecaria (o) 46 8.1.11 Artículo 11°. Funciones del auxiliar de servicios generales 47 8.1.12 Artículo 12°. Funciones del celador(a) 48 9 CAPÍTULO 49 9.1 ESTÍMULOS 49 9.1.1 Estímulos generales e institucionales 49 9.1.1.1 Artículo 1°. Estímulos a los educandos 49 9.1.1.2 Artículo 2°. Estímulos a docentes y directivos docentes 51 9.1.1.3 Artículo 3°. Estímulos a los funcionarios administrativos 52 9.1.1.4 Articulo 4°. Estímulos a los padres de familia 52 9.1.1.5 Artículo 5°. Otros estímulos 52 10 CAPÍTULO 53 10.1 DEL COMPORTAMIENTO SOCIAL 53 10.1.1 Faltas de disciplina 53 10.1.2 Faltas de conducta 53 10.1.3 Clases de faltas 53 10.1.3.1 Artículo 1°. Faltas leves 53 10.1.3.2 Artículo 2°. Faltas graves 54 10.1.3.3 Artículo 3°. Faltas gravísimas 55 10.1.4 Logros de desempeño comportamiento social 56 10.1.5 Doctrina constitucional sobre el derecho a la educación 56 10.1.6 La promoción y el derecho a la educación 57 10.1.7 Aplicación de correctivos 58 10.1.7.1 Agravantes 58 10.1.7.2 Atenuantes 59 10.1.7.3 Eximentes 59 10.1.8 Generalidades y aplicativos 60 10.1.9 De la inasistencia y la impuntualidad 60 10.1.10 De la evaluación del comportamiento 61 10.1.11 Suspensión del establecimiento por el año lectivo en curso 61 10.1.12 Valoración de logros de desempeño 62

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11 CAPÍTULO 64 11.1 DEBIDO PROCESO 64 11.1.1 Definición 64 11.1.2 El contrato pedagógico 64 11.1.3 La legalidad de la falta 64 11.1.4 Legalidad del correctivo pedagógico (sanción) 64 11.1.5 Fines de la sanción 65 11.1.6 Principios 65 11.1.7 Prestación de servicios sociales a la comunidad 66 11.2 DEBIDO PROCESO Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS 66 11.3 CONDUCTO REGULAR 67 11.3.1 Primer paso: Amonestación en privado 67 11.3.2 Segundo Paso: Llamado de atención 67 11.3.3 Tercer Paso: Amonestación escrita 68 11.3.4 Cuarto Paso: Remisión al Comité de Convivencia 68 11.3.5 Quinto Paso: Remisión al Consejo Directivo 68 11.4 INFORMACION SOBRE RECURSOS DE REPOSICION Y APELACION 69 12 CAPÍTULO 70 12.1 ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN 70 12.1.1 Consejo Directivo 70 12.1.1.1 Funciones del Consejo Directivo 70 12.1.2 Consejo Académico 71 12.1.2.1 Funciones del Consejo Académico 71 12.1.3 Comisión de promoción y evaluación 71 12.1.4 Comité de Convivencia 72 12.1.4.1 Funciones del Comité de Convivencia 72 12.1.5 Personero (a) de los educandos 72 12.1.5.1 Requisitos para ser Personero (a) de los Educandos 73 12.1.5.2 De la elección de personero (a) de los educandos 73 12.1.5.3 Funciones del personero (a) de los educandos 73 12.1.6 Representante de los educandos 73 12.1.6.1 Elección del representante de los educandos 73 12.1.6.2 Funciones del (a) representante 74 12.1.7 Asociación de Padres de Familia 74 12.1.7.1 Funciones de la Asociación de Padres de Familia 74 12.1.8 Consejo de Padres 75 12.1.9 Consejo Estudiantil 75 13 CAPÍTULO 76 13.1 PROYECCIÓN SOCIAL E INVESTIGACIÓN 76 13.1.1 La estructura de proyectos 76 14 CAPÍTULO 78 14.1 MODIFICACIONES O REFORMAS AL PACTO DE CONVIVENCIA 78

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1 CAPÍTULO

1.1 SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

1.1.1 Lema.

Comunidad Educativa IENSEC: hacia la excelencia, de la mano del humanismo, la ciencia y la

tecnología.

1.1.2 El escudo.

Con las siguientes características: dividido en dos triángulos

escalenos con fondo rojo y uno isósceles con fondo azul.

En la parte superior derecha sobre fondo rojo se encuentra la

lámpara, signo de la presencia de Dios y, además, fuente de

sabiduría.

En la parte superior izquierda, y también sobre fondo rojo,

observamos una estrella con cinco puntas que significa la presencia

de Cristo en la Institución y además que aquí se imparte la enseñanza cristiana.

En el centro vemos la franja azul y en ella se destaca el lirio que significa la bondad de los jóvenes

que aquí se educan. El lema Virtud Ciencia: hombre integral, ciencia y tecnología, en la parte

inferior, resume la filosofía de la Institución.

1.1.3 La bandera.

La bandera de la Institución está constituida por dos franjas:

una roja más ancha que otra azul.

El rojo representa el dinamismo de la juventud doradense,

siempre firme y a la defensa de sus ideales.

El azul representa los valores inculcados en el plantel: respeto

y amor. Valores para desempeñarnos en las diferentes etapas de nuestro vivir.

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1.1.4 Himno de la IENSEC.

Oh gloriosa IENSEC de la ciencia,

el humanismo, la fe y el honor;

hoy repicas en nuestra conciencia

fino y límpido claustro de amor.

Como un faro de luz en un puerto,

muy seguro la guía nos das;

de mil tonos en bello concierto

es tu voz armoniosa y veraz.

Horizonte de mágico encanto

con radiantes destellos de sol;

son tus aulas un lírico canto

con un suave matiz de arrebol.

La Dorada se siente orgullosa,

este claustro se ufana tener;

aquí aprende la gente estudiosa

progresando en cultura y saber.

Juventud estudiosa adelante,

hasta el triunfo tendrás que llegar;

no detengas tu paso pujante,

aunque sea necesario luchar.

1.1.5 El uniforme.

1.1.5.1 Uniforme de uso diario femenino.

Falda escocesa con cotilla y prense, 02 dedos arriba la rodilla. Chaqueta blanca, cuello semi – U,

manga corta, botones blancos, media blanca a la rodilla y zapatos negros lustrables con suela

negra sin plataforma.

1.1.5.2 Uniforme de uso diario masculino.

Camibuzo según modelo, pantalón azul de dacrón, zapatos negros lustrables, medias azules.

Pantalones largos de color azul oscuro del estilo escogidos por la Institución. Se debe usar con una

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correa negra de cuero que asegurará que el pantalón se mantenga al nivel de la cintura. La camisa

se usará por dentro del pantalón.

1.1.5.3 Uniforme de educación física.

Pantalón de sudadera a la cintura, ancho de bota 20 cm, color verde; pantaloneta verde a media

pierna de tela náutica; camibuzo blanco por fuera, con cuello verde y escudo la Institución en el

bolsillo, según diseño (si usa camisilla debe ser blanca, cuello redondo, sin estampado y debe

llevarla por dentro), tenis blancos y calcetín blanco a media pierna.

NOTAS:

Los educandos deben venir con corte bajo de cabello y peinados correctamente

El uniforme debe portarse limpio y en buen estado

No se admiten tatuajes de clase alguna

Hacemos hincapié en que la apariencia personal debe ajustarse a las normas y principios del uso del uniforme. Cualquier estilo aparte del uso común será sancionado luego de haberse advertido formalmente.

1.1.6 Fiestas y celebraciones.

La fiesta principal que se celebra es el día 16 de julio por ser el día de la Virgen del Carmen, patrona de la Institución, fecha en la cual se organizan eventos especiales en su honor.

Además se hacen las respectivas ceremonias a las fiestas patrias

Se conmemorará, oficialmente, el día del Educador, así como también el día del Secretario(a).

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2 CAPÍTULO

2.1 HORIZONTE INSTITUCIONAL

Los aspectos centrales que orientan y dimensionan la razón de ser de nuestra Institución son la

misión y la visión, pues ellas direccionan cualquier acción que se realice al interior de la misma.

Otro aspecto que se valora en este capítulo es la concepción sociológica y antropológica que

caracterizan al hombre y a la mujer que queremos formar. En este sentido encontraremos la

concepción de hombre, cultura, sociedad que delimitan y orientan al ser humano.

2.2 MISIÓN

La Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen de La Dorada, Caldas, busca formar en la

verdad un hombre con principios y valores, idóneo para desempeñarse en el ámbito laboral con

un enfoque académico, comercial y empresarial que le permita enfrentar los retos que se le

presenten en su vida cotidiana y sea capaz de proyectarse a la comunidad.

2.3 VISIÓN

Ser reconocida al 2015 como una institución competitiva en el ámbito regional, fundamentando

competencias laborales y de desarrollo humano con técnicas comerciales, empresariales y de

desarrollo académico.

2.4 FILOSOFÍA

El PEI de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen se enmarca dentro de las directrices

constitucionales y las políticas educativas: Ley General de Educación, Ley 715 y demás leyes y

decretos, dinamizando el quehacer pedagógico bajo la filosofía humanista. Por ello adopta como

lema institucional “La excelencia de la mano del humanismo, la ciencia y la tecnología” y se apoya

en el planteamiento de estrategias educativas en donde el concepto de valor permita alcanzar las

metas expresadas en la Misión, Visión y principios institucionales.

La Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen, dado que fundamenta su servicio en

dimensiones específicas de lo humano, considera que:

La persona es un ser racional, inteligente, libre, capaz de buscar y dar sentido a su vida. Permanece inquieta por conocer la realidad y transformarla.

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La persona es un ser ético, moral y religioso; es un sujeto histórico con identidad única e irrepetible, espiritual y corpóreo, encarnado en el mundo y protagonista de su autorrealización.

Es un ser para vivir en comunidad; por lo tanto es sujeto de reconocimiento, respeto, de encuentro, de acogida y de convivencia pacífica.

La persona vive en su entorno biológico, situación que la obliga a utilizar y a relacionarse en forma responsable con los recursos de la naturaleza.

La persona y sus actos son trascendentes y, como tales, orientados hacia los demás y hacia una identidad superior.

Dado lo anterior la IENSEC aspira a que sus educandos:

Tengan en ella un ambiente propicio para el mejor desarrollo posible de sus potencialidades. El respeto por la dignidad humana implica que la Institución garantice la creación de condiciones y circunstancia para que cada uno tenga la oportunidad de realizar sus ideales y expectativas.

Puedan lograr, de acuerdo con su vocación, capacidades, y calidades humanas y académicas, éxitos en su ejercicio profesional.

Sean críticos, constructivos y creativos para la presentación de propuestas novedosas, en función de la transformación y superación de la realidad.

Adquieran actitudes investigativas rigurosas para dinamizar su curiosidad intelectual, y tomar posiciones edificantes frente al devenir histórico de la cultura.

Desarrollen un gran sentido de solidaridad, servicio y compromiso con su comunidad, para que sus miembros tengan auténticos ideales patrióticos, fundados en la ética y la moral civilista.

Estén abiertos al diálogo pluralista y tolerante, a favor de la convivencia pacífica

Accedan a los dinamismos espirituales del ser humano para que sean sujetos capaces de superar críticamente las tendencias materialistas, esclavizantes y explotadoras, típicas de la sociedad de consumo.

La filosofía de nuestra Institución orienta y asiste a educandos de los nueve años del ciclo básico y

educandos en los dos años de educación media vocacional, en las modalidades de bachillerato

académico y comercial con énfasis diversificado y empresarial. En todo el proceso el educador

trabaja horizontalmente con el educando, según intereses y necesidades de la comunidad

discente, institucional y social educativa.

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Es una Institución en donde se aprende a compartir interactivamente con distintas edades, credos,

razas e intereses y necesidades; a comprometerse y prepararse para la vida, asumiendo

paulatinamente en forma subjetiva y objetiva sus responsabilidades dentro de las normas

familiares, institucionales y sociales que hacen posible un orden social.

La Institución es un lugar alegre donde se realizan actividades que van encaminadas a lograr una

dinámica de “múltiples inteligencias” en pro de la transformación de cada ser y de la construcción

de una sociedad. Ella se fundamente en los siguientes aspectos:

El ofrecimiento del aprendizaje basado en la idea de amor en la que se conjugan el saber, el hacer, el ser y el estar; en las que se mezclan conocimientos y praxis de cuya conjugación surgen las competencias.

Auspicia la proyección y construcción activa del conocimiento como estructura del cambio

Estimula y despierta autonomía como base del desarrollo psicosocial del educando

Orientación del currículo del área académica y comercial con fin expreso de sincronizar la teoría y la práctica.

La valoración y estimulación de la creatividad y recreación de la cultura como fundamentos del cambio social.

La IENSEC forma personas íntegras, responsables, solidarias, creativas, trabajadoras, psicoafectivas, competentes y autónomas.

La Institución orienta y estimula el crecimiento de la persona para que cada individuo construya su propio proyecto de vida.

Instrucción de varios criterios y enfoques pedagógicos

Fomenta la integración de toda la población estudiantil a las variadas actividades intramurales y extramurales.

Promueve la participación en eventos culturales y deportivos tanto a nivel oficial como a nivel privado.

2.4.1 Desafíos.

La gran mayoría de los desafíos son propios del nivel interno de la Institución. Alcanzar convicción,

llegar a todos e involucrar a la gente, parecen ser un grupo de desafíos para avanzar. Pero, a

nuestro entender, surgen desafíos para mantener el sistema y más aún para conseguir un cambio

real en la cultura y prácticas de la Institución y de la comunidad.

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Lograr el suficiente convencimiento por parte de todos los colaboradores

La ruptura de paradigmas y la adaptación de un PEI flexible para una Institución Educativa

Definir el concepto “cliente” en la educación

Asumir en forma articulada la excesiva normatividad de la educación

Obtener el consenso para la normalización de los procedimientos operativos

Lograr la participación del personal por genuino interés

Compatibilizar el enfoque empresarial y educativo en la interpretación de la norma

Superar la incertidumbre provocada por los cambios. Entender las normas como

importantes herramientas de gestión

Desarrollar una verdadera “Cultura de la Calidad” y cambiar las referencias y patrones

tradicionales

2.4.2 Compromiso.

La satisfacción de los beneficiarios del servicio público de la educación, de los profesores y del

personal de administración y servicios, y el impacto en la sociedad se consiguen mediante un

liderazgo que impulse la planificación y la estrategia de la Institución Educativa Nuestra Señora

del Carmen. Además, la gestión de su personal, la racionalización de los recursos y la

implementación de sus procesos se orientan hacia la consecución permanente de mejores

resultados. Las acciones se despliegan de manera estructurada y sistemática por la Institución y

hacen que todas las actividades se orienten en la misma dirección. Toda la Comunidad Educativa

debe tener un comportamiento unánime y coherente con los valores.

2.5 PRINCIPIOS

Los principios que deben regir la actividad administrativa son:

La calidad: en todas y cada una de las actividades y procesos, conforme a los resultados obtenidos. Mejoramiento continuo de personas y procesos para la excelencia administrativa.

El trabajo en equipo: con criterio de compromiso, participación y diálogo permanente

El sentido de pertenencia: e identidad institucional

La dignificación del trabajo: mediante el amor a lo que se hace

La eficiencia y la eficacia: en acciones y resultados en la contribución al logro de los objetivos institucionales.

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La honradez: y responsabilidad con los compromisos adquiridos

La equidad: e igualdad de oportunidades en la atención racional de las necesidades de los

usuarios.

Los principios axiológicos: valores éticos, morales, estéticos

La autocrítica: y reflexión permanente en función del mejoramiento y cualificación

La solidaridad: y el respeto humano a través de la cortesía y el buen trato

La agilidad y oportunidad: como respuesta a las demandas

Respeto, práctica y perpetuación de la cultura doradense

Valoración positiva de la diversidad social, cultural e individual

Solidaridad y compromiso con la comunidad

Autodependencia intelectual, emocional, moral y social

Creatividad, adaptación, trabajo en equipo y una educación permanente

Habilidades necesarias para tener éxito en todo lo que se emprenda

Iniciativa, responsabilidad, esfuerzo y perseverancia para conseguir todo lo que se

propongan.

Cuidado de su entorno material orientándose hacia una sustentabilidad ecológica

2.6 PERFILES

2.6.1 Artículo 1°. Perfil del estudiante.

Ser consciente de sus potencialidades y de la realidad que lo rodea, con un manejo

adecuado de las habilidades para vivir.

Abierto a la trascendencia y a la práctica de valores espirituales, cívicos, éticos y morales

Protagonista de su propio desarrollo, con habilidades y actitudes para administrar su

proyecto de vida.

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Intelectualmente competentes

Abierto al cambio y que busque ser innovador y creador

Grandes admiradores de la familia y de lo que ella significa para la sociedad

Con sensibilidad social, sentido de solidaridad y facilidad para el diálogo

Tener confianza en sí mismo y capacidad de autoevaluarse y de combinar el conocimiento y

la ética.

Que opte por una vida saludable, con hábitos de calidad de vida, de prevención de la

drogadicción, del alcohol, de embarazos no deseados, de una sexualidad sanamente vivida.

2.6.2 Artículo 2°. Perfil del docente.

Los Docentes y las docentes son fuente de formación en el proceso de desarrollo humano. El

maestro se convierte en un facilitador, orientador y acompañante en el proceso de aprendizaje

para dar oportunidades de construir el conocimiento. Por lo tanto el maestro IENSEC se debe

caracterizar por:

Estar comprometido con la Institución, tener sentido de pertenencia, conocer la realidad de cada uno de sus educandos.

Abierto a la crítica y dispuesto a reflexionar y asumir alternativas que puedan mejorar su práctica pedagógica.

Aportar a la concientización de los educandos, al análisis y a sacar conclusiones prácticas de sensibilidad, solidaridad y fraternidad.

Flexible, abierto a nuevas ideas que le permiten articular la teoría con la práctica; con capacidad de escuchar, cuestionar, explorar y construir.

Ser mediador, preocuparse por los procesos de sus educandos, los apoya y los motiva constantemente.

Ser investigador, con conocimiento profundo de su saber específico

Aprendiz permanente, inquieto sobre su quehacer pedagógico

Promover y lograr adaptar el aprendizaje a las diferentes situaciones que se presenten con el estudiante y su medio.

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Ser pensador, asumir liderazgo en diversas situaciones, valorando y respetando los talentos, capacidades de educandos y colegas para conjugarlos y lograr metas que beneficien a la comunidad.

Promotor de estrategias para que el estudiante aprenda cómo descubrir el mundo y la realidad al llevarlo por medio de diversas técnicas a la reflexión, acción libre y formativa.

2.6.3 Artículo 3°. Perfil del padre de familia.

Padres de familia, una fuente afectiva en el proceso de la organización social. La familia tiene

compromisos ineludibles con la educación, pues es la más directamente interesada en la

formación de sus hijas e hijos. Los objetivos propuestos por la Institución no pueden ser

indiferentes a los anhelos de la familia. Por lo tanto la Institución requiere de padres:

Que valoren a sus hijos, les den la oportunidad de tomar decisiones, no acepten por ningún motivo la mentira ni el engaño, acompañen sus procesos y sepan dialogar.

Que infundan la conciencia de pertenecer a una comunidad

Que estén convencidos de la importancia de la formación en la disciplina y los hábitos de vida sanos.

Que tengan claro lo que significa la formación preventiva a través de la corrección adecuada y oportuna.

Que vivan actualizados, comprendan, practiquen y enseñen a sus hijos la mejor forma de expresar el amor, la solidaridad, la convivencia pacífica y la justicia.

Que sean conscientes de la solidaridad y la vida común

Que inculquen en sus hijos el valor del servicio a los demás y la sincera preocupación por las necesidades ajenas.

Que inculquen una continua superación y apoyen aquellas ideas de los hijos que indiquen cambio y mejoría en la vida del hogar.

Que practiquen la justicia, quieran y promuevan un cambio social en Colombia y conozcan las opciones sociales para el bienestar y la convivencia pacífica.

Que comprendan la importancia de participar durante todo el proceso educativo en el desarrollo de sus hijos.

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Que no se preocupen solamente por el rendimiento académico sino que apoyen y aprueben la educación integral que quiere brindarles el Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen.

Que sean conscientes de que ellos son los primeros educadores de sus hijos, asistan con gusto a las reuniones, dialoguen con los profesores y participen en los programas de la escuela de padres.

2.7 OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Lograr la convivencia armónica de los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa IENSEC y la formación integral del educando.

Orientar la formación de los educandos conforme a las normas morales, éticas y humanas, basados en el respeto mutuo, la responsabilidad, la solidaridad, la honradez y el sentido de pertenencia.

Fortalecer las virtudes y la voluntad por medio de la práctica cotidiana de los principios y valores propuestos en la filosofía la Institución.

Fomentar la responsabilidad ciudadana a través de la vivencia de valores como la sociabilidad, la solidaridad, cooperación, ayuda y respeto mutuo.

Buscar un buen comportamiento social y los lineamientos necesarios para propiciar un excelente rendimiento académico en los diferentes grados y para alcanzar los logros propuestos de acuerdo con sus necesidades e intereses personales.

Inculcar hábitos de conservación y orden de los bienes muebles, inmuebles y enseres de la Institución.

Comprometerse como persona en la construcción y proyección de la buena imagen

Ofrecer a los educandos y demás miembros de la comunidad educativa, una guía propia de comportamiento social dentro y fuera de la Institución.

2.8 POLÍTICA DE CALIDAD

Estamos comprometidos en brindar servicios educativos de calidad y pertinencia a la comunidad

educativa de La Dorada, orientados a la formación integral del individuo, a través del

cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios aplicables, además de la atención de las

necesidades y expectativas de ellos para llevar a cabo la mejora continua de nuestros procesos.

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2.9 OBJETIVOS DE CALIDAD

Impulsar y promover el potencial del talento humano de La Dorada

Establecer y mantener un sistema de gestión de calidad e información, que permita consolidar la “cultura de calidad” en la educación.

Mantener un proceso de mejora continua, enfocado al fortalecimiento de la satisfacción de los requerimientos y expectativas de la comunidad educativa.

Diseñar, implementar y verificar el cumplimiento de planes de mejoramiento continuo

Garantizar el adecuado cubrimiento del servicio educativo

Diseñar sistemas de gestión institucional y gestión educativa a nivel local

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3 CAPÍTULO

3.1 COMPONENTE PEDAGÓGICO

LA ENSEÑANZA, EL MAESTRO, LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS; REFUERZO, UTILIZACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN, ACCIONES PEDAGÓGICAS DE FORMACIÓN Y MEJORAMIENTO ACADÉMICO.

A partir de la Ley 115 de 1994, Decreto 1860, Ley 715/01, Decreto 1290 de 2009 y la autonomía

que la misma ley otorga en el artículo 79, plasmada en el PEI, la Institución Educativa Nuestra

Señora del Carmen plantea la educación como en enfoque centrado en la formación integral de la

persona y una tendencia humanista (Modelo pedagógico) en cada una de sus dimensiones

constitutivas. Esta concepción de educación nos exige un trabajo, no sólo en contenidos, sino y de

manera relevante en procesos de desarrollo, ya que la formación integral tiene que ver más con la

totalidad de la persona y los procesos que siguen en su desarrollo evolutivo. De este modo, la

comunidad educativa debe abordar dimensiones que conforman la persona.

En esta perspectiva es importante dejar claro que debe existir una perfecta congruencia entre los

aspectos conceptuales con las estrategias metodológicas; deben obedecer a un concepto claro,

definido y coherente de educación y ésta a su vez a una concepción científica de pedagogía. La

pedagogía y la educación deben estar armonizadas con el enfoque social humanista que promueve

la Institución.

3.1.1 La enseñanza.

Debe proporcionar a los educandos los conocimientos básicos necesarios para reflexionar de

manera crítica y constructiva sobre su cotidianeidad y que al mismo tiempo puedan acceder al

conocimiento científico como herramienta indispensable para el diseño y desarrollo de acciones

tendientes a la intervención y cambio de la comunidad en la que se encuentran insertos.

En el mismo sentido la enseñanza debe proporcionar el espacio formativo y recreativo de los

valores fundamentales de la persona.

3.1.2 El docente.

Debe tener como misión fundamental lograr que el mayor porcentaje de los educandos alcancen

con éxito todos los logros, en pos del desarrollo integral basado en el desarrollo de competencias.

La directriz es la enseñabilidad, educabilidad y desarrollo de competencias, partiendo de los

estándares y conocimientos mínimos.

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El Docente debe planear el diseño de la asignatura como aspecto esencial para una buena

enseñanza; la cual debe centrarse en tres elementos: dominio de la materia, claridad en el

enfoque pedagógico y conocimiento de los educandos.

3.1.3 La evaluación.

Enmarcada dentro del concepto “Conjunto de operaciones que tienen por objeto determinar y

valorar los logros alcanzados por las personas en el proceso de construcción del conocimiento y

transformación personal (desarrollo de competencias) con respecto a metas conjuntas y

planeadas entre educandos y docentes para los programas de estudio, las asignaturas o una

actividad en particular”. (Art 4º. Dto. 230 de 2002).

Los principios que la rigen: Integralidad, continuidad, diversidad, individualidad, finalidad,

significatividad, validez.

Dimensiones: Comunicativa, cognitiva, valorativa y actitudinal y expresión y experiencia estética.

3.1.4 Currículo, evaluación y promoción de los educandos.

La Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen se acoge totalmente al Decreto 1290 de 2009

en sus artículos:

Articulo. 4°. (Acuerdo Consejo Directivo IENSEC). Informes de evaluación. Al finalizar

cada uno de los cuatro períodos del año escolar los padres de familia o acudientes

recibirán un informe escrito de evaluación en el que se dé cuenta de los avances de los

educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas.

Al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe

final.

Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán para cada área el

rendimiento de los educandos mediante una escala dada en los siguientes términos:

Desempeño Superior De 9,6 a 10.0 S

Desempeño Alto De 8,6 a 9,5 A

Desempeño Básico De 7,0 a 8,5 DB

Desempeño Bajo De 1,0 a 6,9 B

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VALORACIÓN CRITERIOS

DESEMPEÑO SUPERIOR (S)

Alcanza todos los logros propuestos sin actividades complementarias

Desarrolla todas las actividades académicas de manera independiente

Su asistencia es continua y en caso de ausencia, presenta excusas justificadas.

Su comportamiento y su relación con todas las personas que conforman la comunidad educativa es adecuada.

Desarrolla actividades académicas que exceden las exigencias esperadas

Manifiesta sentido de pertenencia institucional

Cumple con todas las normas del Pacto de Convivencia y promueve autónomamente su propio desarrollo.

Su valoración debe estar entre 96% y 100%

DESEMPEÑO ALTO

(A)

Alcanza todos los logros propuestos pero con algunas actividades complementarias.

Tiene faltas de asistencia justificadas

Reconoce y supera faltas de comportamiento leves

Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución

Desarrolla todas las actividades académicas específicas con el apoyo del docente.

Su valoración debe estar entre el 86% y el 95%

DESEMPEÑO BÁSICO (DB)

Alcanza los logros mínimos con actividades complementarias dentro del periodo académico.

Desarrolla un mínimo de actividades académicas

Presenta dificultades de comportamiento

Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución

Su valoración debe estar entre el 70% y el 85%

DESEMPEÑO BAJO

(B)

No alcanza los logros mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación. Sin embargo, después de realizadas las actividades de recuperación, no alcanza los logros previstos.

No desarrolla las actividades académicas requeridas

Presenta numerosas faltas de asistencia injustificadas, que inciden en su desarrollo integral.

Presenta dificultades de comportamiento

Poco o ningún sentido de pertenencia con la Institución

Su valoración debe estar entre el 10% y el 69%

Artículo 16°. Registro escolar. En todas las instituciones educativas se mantendrá

actualizado un registro escolar que contenga para cada alumno, además de los datos de

identificación personal, el informe final de la evaluación de cada grado que haya cursado

en la Institución.

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Artículo 11°, numeral 5. Comisiones de evaluación y promoción. El Consejo Académico

conformará, para cada grado, una comisión de evaluación y promoción integrada por un

número de hasta tres (3) docentes, un (1) representante de los padres de familia que no

sea docente de la Institución y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá,

con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de

actividades de refuerzo y superación para educandos que presenten dificultades.

Artículo 6°. Promoción de los educandos. El texto es el siguiente. “Cada establecimiento

educativo determinará los criterios de promoción escolar, de acuerdo con el sistema

institucional de evaluación de educandos; así mismo, el establecimiento educativo

definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante. Cuando un

establecimiento educativo determine que un estudiante no puede ser promovido al grado

siguiente debe garantizarle en todos los casos el cupo para que continúe en su proceso

formativo”

La Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen es incluyente, tiene educandos que

pertenecen a algunos grupos de población vulnerable (indígenas, raizales, rum,

discapacitados, desplazados, con conflictos emocionales, extrema pobreza, riesgo social y

otros). Para la promoción de estos educandos y los que son caracterizados con

dificultades cognitivas, intelectuales, físicas, problemas de aprendizaje, se anexará un

informe descriptivo que permita contextualizar la situación académica del alumno y se

entregará junto con el informe periódico de calificación. Su valoración mínima será de

Desempeño básico.

Al finalizar el año, la Comisión de Promoción y Evaluación de cada grado será la encargada

de determinar cuáles educandos deberán repetir un grado determinado. Se considerarán

para la repetición de un grado cualquiera los siguientes educandos:

Educandos con valoración final de Desempeño Bajo en tres o más áreas

Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.

Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de ésta.

Para obtener el título como Bachiller de la Institución Educativa Nuestra Señora del

Carmen, al finalizar el período académico, el educando debe haber alcanzado los logros

mínimos en todas las áreas Si pierde logros en dos áreas, se graduará por ventanilla, una

vez haya recuperado los logros de las dos áreas.

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3.1.5 Refuerzo.

Será una actividad permanente y negociada del docente con el educando y

padre/madre/acudiente del educando, para superar las deficiencias académicas o actitudinales,

durante todo el proceso.

PARÁGRAFO: La Institución utilizará el recurso de la autoevaluación y coevaluación, para

confrontar y orientar al educando en el desarrollo de sus capacidades y competencias para

formarse adecuadamente. Los educandos que son promocionados con logros pendientes en

asignaturas iniciarán el proceso académico con la posibilidad de recuperar esos logros con un

rendimiento académico de Desempeño Alto durante el primer período de acuerdo a lo establecido

en el sistema de evaluación de los estudiantes

3.1.6 Utilización de los resultados de la evaluación.

Una vez conocidos los resultados académicos de cada período, el coordinador realiza el análisis

pertinente para:

Estimular e incentivar aquellos educandos que han obtenido los mejores resultados

Iniciar un proceso de un acompañamiento para los educandos que resulten con mayores deficiencias en cada una de las asignaturas, y se involucra también en el proceso a los acudientes/ padres/madres de familia.

Divulgar los resultados a la comunidad educativa

Libro de registro donde queda consignado para cada educando en cada una de las áreas la evaluación final integral con las categorías Desempeño Superior (S), Desempeño Alto (A), Desempeño Básico (DB) y Desempeño Bajo (B).

Determinar los educandos que persistan en deficiencias académicas a partir del tercer período, los cuales serán citados a desarrollar actividades de nivelación en la jornada correspondiente.

Que las comisiones de evaluación y promoción realicen los análisis respectivos de acuerdo con sus funciones y determinen las acciones pertinentes para cada caso (ver funciones).

3.1.7 Acciones pedagógicas de formación y mejoramiento académico.

Finalizado cada período académico se realiza el análisis respectivo de los resultados con el fin de

determinar el estado de avance de los procesos.

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Primer período: Se determinan los educandos que tienen logros perdidos en 3 áreas o más, el director de grupo les hace un llamado reflexivo e informa a los acudientes/padres/madres de familia la situación de los educandos. Debe quedar registrado en el observador del alumno.

Segundo período: Se realizan análisis académicos y se detectan los casos de persistencia en la pérdida de logros por la Coordinación Académica, que cita a los acudientes/padres/madres de familia y a los educandos a un espacio de reflexión para evaluar los resultados y determinar acciones. En esta etapa el espacio de la autoevaluación y la coevaluación juegan un papel importante en la conciencia de los educandos y padres de familia.

Tercer período: Se analiza el rendimiento académico, se determina la persistencia de las deficiencias de los educandos, se cita de nuevo a los acudientes/padres/madres de familia y a los educandos para el análisis de los resultados y programación de actividades. Esta situación ya es analizada también por las comisiones de promoción y evaluación. Con respecto a los padres de familia, si estos no atienden al llamado, el educando se deja suspendido de clases hasta que el acudiente/padre/madre de familia se presente.

NOTA:

Los educandos que falten a clases tienen la obligación de presentar la excusa firmada por el

acudiente/padre/madre de familia, para que el Coordinador autorice las evaluaciones y

presentación de trabajos causados durante el tiempo de ausencia. Los educandos también deben

presentarse a la Institución después de la ausencia con los contenidos al día.

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4 CAPÍTULO

4.1 DEBERES DE LOS EDUCANDOS

DEBER: es todo aquello a que está obligado el ser humano por las leyes convenidas o las leyes

naturales.

Son deberes de los educandos:

1. Portar los uniformes según los requisitos antes establecidos.

PARÁGRAFO: Los educandos deberán portar el uniforme de uso diario con orgullo, dignidad y respeto por la Institución, dentro y fuera de ella. Igualmente portarán el de Educación física sólo los días correspondientes a las clases o cuando las circunstancias lo ameriten y no combinarán o alterarán las prendas entre sí. Ninguna de las prohibiciones atenta contra el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, ya que son compromiso entre partes y quien se matricula en la Institución acepta cómo es la Institución y está en libertad de ir a otro establecimiento si así lo estima conveniente.

2. Llevar el cabello con corte moderado, sin tinturas, ni exageraciones, ni peinados estrafalarios; en los hombres cabello corto; debe estar siempre aseado, arreglado y sin ninguna clase de adornos.

3. Conocer y respetar los símbolos y emblemas la Institución.

4. Difundir el buen nombre de la Institución y velar por él.

5. Mantener el orden y la limpieza del plantel y sus alrededores y hacer uso correcto de cada una de las dependencias del establecimiento.

6. Dar buen tratamiento a las instalaciones, muebles y enseres; responder por los daños causados a estos y a sus alrededores.

7. Acatar las determinaciones que tomen los estamentos de salud.

8. Acatar la normatividad interna del Proyecto de Medio Ambiente.

9. Acatar lo reglamentado por la Secretaría de Educación, conforme a los recursos existentes.

10. Acatar los reglamentos sobre el uso de celulares y todas las reglas pertinentes determinadas en biblioteca y en todas las aulas especializadas.

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11. Preservar el orden en el ingreso al restaurante y realizar el pago oportuno. Hacer uso adecuado de los alimentos, sin desperdiciarlos.

12. Preservar el orden y la disciplina tanto al ingreso como en los actos y filas de formación.

13. Abstenerse de alterar planillas, asistencia, notas y libros reglamentarios.

14. Deberá tener disponibles los elementos previamente solicitados para el trabajo en clase, haciendo uso adecuado de ellos y respetar las pertenencias de sus compañeros.

15. Asistir puntualmente a las clases y demás actividades académicas de acuerdo con el horario establecido y en caso de retardo o ausencias, justificar por escrito (Capacitaciones de comportamiento social, nivelaciones, pruebas SABER y otras).

16. Permanecer dentro de la Institución durante la jornada académica y cuando necesite retirarse, proveerse del permiso escrito del coordinador (a) de convivencia, director (a) de grupo o rectora, quienes podrán verificar la veracidad de dicha autorización.

17. Respetar al docente, quien contribuye en su formación personal.

18. Consultar con sus compañeros y docentes las tareas, lecciones, trabajos y evaluaciones que se asignaron durante el tiempo que ha estado ausente y presentarlos durante los cinco (5) días hábiles después de su regreso, siempre y cuando haya presentado excusa justificada.

19. Participar sana y responsablemente en las actividades recreativas, culturales y científicas que se programen.

20. Acordar con el orientador del área las actividades complementarias y de recuperación por desarrollar, asistiendo puntualmente a ellas.

21. Aceptar las sugerencias y correctivos que hagan los docentes y directivos para la superación de dificultades académicas y de comportamiento social.

22. Aprovechar al máximo las posibilidades de formación y acceso al conocimiento brindadas por la Institución.

23. Esperar al docente dentro del aula, al iniciar la jornada y durante los cambios de clase. En el caso de las rotaciones de aulas, el máximo de tiempo para el desplazamiento es de 3 minutos.

24. Preparar con responsabilidad y honestidad las tareas, evaluaciones, trabajos, sustentaciones y presentarlos en forma oportuna.

25. Esmerarse por superar su nivel académico y de convivencia de acuerdo con las exigencias de la Institución.

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26. Informar oportunamente a los padres/madres de familia o acudientes sobre los resultados académicos y circulares que la Institución envíe.

27. Dedicar parte del tiempo libre a nivelar y profundizar sus conocimientos en las diferentes áreas.

28. Colaborar con los compañeros que presentan dificultades en los progresos académicos.

29. Evitar la realización de actos que perturben las actividades académicas.

30. Abstenerse de portar armas de cualquier tipo.

31. Velar por la integridad física y moral de todas las personas y por la salud propia, rechazando el uso de cigarrillos, licor, drogas y sustancias alucinógenas, comunicando a los directivos cuando algún estudiante esté haciendo uso de ellas.

32. Utilizar adecuadamente el tiempo libre: descanso y cambios de clase.

33. Tratar con respeto a todas las personas de la Institución, utilizando un vocabulario que demuestre cultura dentro y fuera de ella.

34. Evitar el ingerir y negociar alimentos, dulces o bebidas durante las actividades académicas.

35. Contribuir a la formación de sus compañeros, informando oportunamente sobre situaciones irregulares que algún estudiante o grupo esté viviendo.

36. Respetar las opiniones y puntos de vista de los demás.

37. Contribuir con la buena marcha la Institución, presentando sugerencias dentro de un marco de crítica constructiva y justo análisis de las posibles faltas.

38. Abstenerse de hacer públicas manifestaciones amorosas como caricias, besos, abrazos excesivos que comprometen la intimidad de las personas, teniendo en cuenta que no es el sitio ni el momento adecuado.

39. Respetar el derecho de la propiedad sobre los elementos de trabajo y demás pertenencias de compañeros, docentes y la Institución en general.

40. Responsabilizarse de sus objetos personales, asumiendo las consecuencias en caso de pérdida, ya que no está permitido traer joyas y elementos de valor.

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5 CAPÍTULO

5.1 DERECHOS DE LOS EDUCANDOS

DERECHO: Consecuencias naturales del estado de una persona o de sus relaciones con respecto a

otras.

Son derechos de los educandos:

1. Ser atendido, escuchado y ayudado por quienes tienen la responsabilidad directiva,

docente y administrativa y además encontrar en ellos personas idóneas en lo pedagógico, ético y moral.

2. Exigir de directivos y docentes el compromiso personal que genera una educación integral,

basada en la comprensión, orientación y justicia. (Ley de la infancia y adolescencia y Artículo 45 de la Constitución Nacional).

3. Recibir trato en igualdad de condiciones sin importar raza, sexo, religión, condición política o socio-económica; es decir, no ser discriminado bajo ninguna circunstancia. Garantizando plenamente su libertad de culto.

4. Ser respetados en su integridad; no recibir ofensas físicas o verbales que atenten contra su equilibrio emocional dentro y fuera de la Institución.

5. Ser respetado como persona en su buen nombre, su intimidad personal y familiar y en el libre desarrollo de su personalidad.

6. Expresar libremente opiniones sobre ideas, conocimientos, experiencias y criterios que redunden en beneficio de su formación integral, sin lesionar principios de la adecuada convivencia.

7. Impulsar, promover y participar en actividades culturales, religiosas, recreativas, deportivas y académicas que se realicen dentro y fuera la Institución, resaltando la integración y promoción de los valores humanos.

8. A utilizar las salas especializadas (proyecciones, sistemas, laboratorios, biblioteca, implementos deportivos), previa preparación de las actividades con el docente y destinación de horarios por parte del coordinador de la dependencia.

9. Ser informado sobre las diferentes dimensiones que fundamentan el Proyecto Educativo Institucional, al igual que toda la programación institucional incluida la curricular para cada una de las diferentes áreas del conocimiento.

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10. Tener una adecuada distribución de lecciones, tareas, consultas, evaluaciones y actividades durante los períodos académicos, al igual que de actividades de apoyo pedagógico en el momento oportuno para el alcance de los logros.

11. Ser evaluado en forma integral, permanente y progresiva de acuerdo con las normas vigentes y recibir los estímulos que contempla el presente Pacto de Convivencia teniendo en cuenta sus características personales y las actividades en las cuales sobresalga.

12. Ser informado por el coordinador de grupo sobre el contenido del Decreto 1290 del 16 de

abril de 2009 o leyes vigentes relacionadas con su desarrollo integral escolar.

13. Conocer oportunamente los resultados obtenidos en las diferentes pruebas académicas que le corresponda presentar, con posibilidad de objetarlas y precisar su procedencia. NOTA: El estudiante conocerá los informes de las diferentes evaluaciones que apliquen los docentes antes de haberse registrado los conceptos definitivos del respectivo período en la planilla correspondiente.

14. Presentar solicitudes, reclamaciones y sugerencias en forma respetuosa a sus superiores inmediatos de acuerdo con el conducto regular y obtener de ellos respuestas a sus peticiones. NOTA: El conducto regular es un mecanismo de dirección que permite al estudiante relacionarse con las personas y los cargos o dependencias que ellos representan de acuerdo con la instancia de autoridad requerida por las circunstancias. El Conducto regular que debe seguir el estudiante para la solución de sus dificultades académicas y de comportamiento social y presentación de reclamaciones y sugerencias es el siguiente:

Docente de área

Director de grupo

Coordinador (a)

Comité de convivencia

Rector (a)

Consejo Directivo

Según el caso, también podrá recurrir al personero (a) de los educandos quien le asesorará y le colaborará en el seguimiento del conducto regular.

15. Ser elegido y participar en la elección de representante al Consejo de Educandos y de

Personero de los Educandos, al igual que en la organización y control de las actividades y procesos electorales que establezca la Institución.

16. Participar en la elaboración y posteriores modificaciones del presente instrumento.

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17. Disfrutar del descanso, del deporte y de las actividades recreativas que la Institución programe como una forma de aprovechar el tiempo disponible. (Artículo 52, Constitución Nacional).

18. Permanecer en el plantel y continuar estudios en el mismo, siempre y cuando sus actuaciones como estudiante no afecten la buena marcha institucional y se ajusten a la filosofía educativa del mismo.

19. Hacer uso de sus citas médicas, odontológicas, obtención de documentos o ausencia de la Institución, por calamidad doméstica en horas de clase, mediante justificación comprobada.

20. Conocer el seguimiento de su desempeño académico y disciplinario consignado en el

observador.

21. Ser preparado para las Pruebas de Estado mediante evaluaciones tipo SABER.

22. A la defensa y a la presunción de inocencia hasta no demostrarse lo contrario. (Artículo 29 de la Constitución Nacional).

PARÁGRAFO: La licencia por maternidad estará amparada según el fallo de la Corte Constitucional.

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6 CAPÍTULO

6.1 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Son deberes de los padres de familia:

1. Firmar la matrícula como compromiso del cumplimiento de las normas establecidas por el

plantel y presentarse el día de la matrícula.

2. No utilizar influencias.

3. Proporcionar a los hijos (as) un ambiente agradable de comprensión, confianza y seguridad que facilite el aprendizaje.

4. Fomentar en casa, cada uno de los valores vistos dentro de la Institución para que la

formación sea continua y permanente.

5. Enviar a los hijos (as) al Colegio con el uniforme exigido por la institución. 6. Velar por la higiene y la buena presentación personal de sus hijos (as).

7. Proteger a sus hijos (as) contra el tráfico, posesión y consumo de sustancias

alucinógenas, tóxicas o alcohólicas, así como también el porte de armas blancas y en los demás casos exigidos por la ley. Informar situaciones descritas anteriormente a la Institución.

8. No faltar a la verdad, ni hacer comentarios indiscretos o intrigantes sobre miembros de la

Institución.

9. Apoyar las actividades extracurriculares, asistiendo y facilitando la participación de los hijos.

10. Colaborar con los hijos para que estén al día en las actividades académicas cuando hayan

faltado a la Institución.

11. Participar activamente en las actividades programadas para el sostenimiento económico de la Institución.

12. Buscar unidad de criterios en la familia tales como: emplear un vocabulario adecuado,

llamarse por el nombre, saludar, despedirse, agradecer, respetar las opiniones ajenas.

13. Estar atentos a los comportamientos de los educandos.

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14. Enseñarles a tener criterios para aceptar o rechazar invitaciones o propuestas inconvenientes.

15. Tratar respetuosamente a todos los funcionarios de la Institución. 16. Colaborar con la Asociación de Padres de Familia o Consejo de Padres, para que las

actividades programadas cumplan su verdadero objetivo.

17. Velar para que su hijo conozca, asuma y acate las normas de la Institución. 18. Hacerse responsable de los daños que el estudiante ocasione al Colegio.

19. Responsabilizarse de su hijo (a) asistiendo a las reuniones de padres/madres de familia. 20. Planear y coordinar actividades en busca del aprovechamiento del tiempo libre, cultural y

recreativo.

21. Acatar las decisiones del Comité de Promoción y Evaluación, el Consejo Académico y Consejo Directivo.

22. Suministrar los materiales necesarios para que sus hijos (as) puedan responder por las

actividades programadas.

23. Velar para que su hijo (a) conozca, asuma y acate las normas de la Institución. 24. Siempre que ingrese a la Institución, debe dirigirse a la oficina de coordinación para

informar al coordinador (a) de su presencia y motivo de la misma en la Institución. Bajo ningún aspecto podrá ir al salón, salvo que sea invitado, a buscar su hijo o interrumpir la clase.

25. Cuando se presente una inquietud o dificultad, cumplir el siguiente conducto regular:

Docente del área

Director de Grupo

Coordinador (a)

Comité de convivencia

Rector (a) de la Institución

Consejo Directivo

Secretaría de Educación Departamental

Los demás establecidos por la ley

26. Después de finalizada la jornada escolar, los padres/madres de familia o acudientes, serán responsables de sus hijos (as).

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27. La presencia a las reuniones es obligatoria por quien matriculó al alumno (a), si no puede asistir el educando no podrá ingresar a clases.

28. Toda la comunidad educativa está en la obligación de participar en los proyectos de inclusión.

29. Asistir a la Institución con buena presentación personal.

30. En caso de presentarse alguna dificultad con personal administrativo, el conducto regular

será:

Administrativo implicado

Comité de convivencia

Rector (a)

Secretaría de Educación Departamental

Los demás establecidos por la ley

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7 CAPÍTULO

7.1 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Son derechos de los padres de familia:

1. Exigir a la Institución como lo determina la ley, la formación integral para los hijos y así mismo participar en ella.

2. A ser informado oportunamente sobre el rendimiento y comportamiento de los hijos y

aspectos como horarios, calendarios, cronograma y normas que regulen el funcionamiento general del plantel.

3. A ser atendido respetuosamente por todos los integrantes de la Institución, de acuerdo con el horario de atención establecido.

4. A participar en la elección para formar parte del Consejo Directivo, Asociación de Padres,

Consejo de padres u otro comité donde se requiera la presencia de los padres/madres de familia (la participación es obligatoria como integrante de la comunidad educativa).

5. A sugerir y proponer acciones a través de los mecanismos de participación o por intermedio de los representantes de los padres.

6. A participar en todas las actividades culturales o de otra índole, programadas por la

Institución y la Asociación de Padres.

7. A reclamar ante la autoridad competente siguiendo el conducto regular, cuando se considere que el correctivo aplicado a los hijos es injusto.

8. A recibir colaboración, orientación y discrecionalidad en el tratamiento de los conflictos

familiares y/o procesos de aprendizaje, que pueda incidir negativamente en el comportamiento de los hijos.

9. A tener conocimiento y a ser citados ante la ausencia injustificada de los hijos durante la misma semana del hecho, y que se haga la respectiva anotación en el observador del educando.

10. A recibir informes periódicos de la Asociación de Padres.

11. A presentar excusas justificadas y por escrito al día siguiente cuando no se pueda asistir

por cualquier motivo a las reuniones y citaciones; así mismo recibir la información pertinente.

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12. A exigir conocimiento del PEI al inicio del año y el cabal cumplimiento del mismo. 13. A conocer el Pacto de Convivencia desde el principio del año. 14. A exigir que se respete el debido proceso de los hijos que están en conflicto.

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8 CAPÍTULO

8.1 FUNCIONES DE LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y DE SERVICIOS

GENERALES

El (la) rector (a) es la primera autoridad administrativa del plantel.

El (la) rector (a) depende del Ministerio de Educación Nacional o de la entidad a quien éste

delegue la función. Tiene la responsabilidad de lograr que la Institución ofrezca los servicios

educativos adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. De ella

dependen los coordinadores y los responsables de los servicios administrativos y de bienestar.

8.1.1 Artículo 1°. Funciones del (la) rector (a).

Son funciones del (la) rector(a):

1. Representar administrativamente el plantel. 2. Presidir los Comités de Administración de Fondo de Servicios Docentes, los Consejos

Directivo y Académico adscritos a la rectoría y participar en los demás cuando lo considere conveniente.

3. Establecer criterios para dirigir la Institución de acuerdo con las normas vigentes. 4. Planear y organizar con los coordinadores las actividades curriculares de la Institución.

5. Establecer canales y mecanismos de comunicación. 6. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas del

plantel.

7. Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a la comunidad. 8. Elaborar los anteproyectos de presupuesto ordinario y de fondo de servicios docentes, en

colaboración con el pagador; presentarlos al Ministerio o entidad correspondiente para su aprobación y controlar su ejecución de acuerdo con las normas vigentes.

9. Ordenar el gasto del plantel. 10. Administrar el personal de la Institución de acuerdo con las normas vigentes.

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11. Administrar los bienes del plantel en coordinación con el pagador y el almacenista. 12. Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.

13. Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de la Institución y

enviar el informe a la entidad administrativa correspondiente. 14. Asignar en ausencia temporal las funciones a uno de los coordinadores, de acuerdo con

las normas vigentes.

15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

8.1.2 Artículo 2°. Funciones de los coordinadores.

Los coordinadores dependen del (la) rector (a) del plantel, quien asigna las funciones ya sea de

tipo pedagógico o de convivencia, les corresponde la administración pedagógica y de convivencia

de la Institución.

Son funciones de los coordinadores:

1. Participar en el Comité Académico y en los demás en que sea requerido. 2. Elaborar con el (la) rector (a) la planeación y evaluación institucional.

3. Dirigir la planeación y la programación pedagógica de acuerdo con los criterios curriculares

vigentes. 4. Organizar a los docentes por comités de áreas de acuerdo con las normas vigentes y

coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.

5. Coordinar la acción pedagógica con la de la administración de educandos y docentes. 6. Establecer canales y mecanismos de comunicación.

7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades pedagógicas. 8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la

retención escolar.

9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario de la Institución. 10. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.

11. Rendir periódicamente informes a él (la) rector (a), sobre el resultado de las actividades

pedagógicas.

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12. Revisar los libros reglamentarios a los docentes. 13. Presentar a él (la) rector (a) las necesidades de material didáctico de los Comités de Área.

14. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales

confiados a su cargo. 15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su

cargo.

16. Reemplaza a la rectora en su ausencia.

17. Cumple y hacen cumplir el Manual de Convivencia y las demás órdenes impartidas por la rectoría.

Tienen a su cargo la administración académica y disciplinaria:

Programan la asignación académica de los docentes, elaboran el horario general de clases del plantel.

Coordinan la acción académica con la administración de alumnos y profesores y velan permanentemente por la disciplina del colegio; escucha a los alumnos en sus iniciativas y reclamos.

Administran el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes y vigilan cuidadosamente la presentación personal de los alumnos y demás.

Responden por el control de asistencia tanto de alumnos como de profesores.

Organizan los turnos de disciplina de los docentes.

8.1.3 Artículo 3°. Funciones del Comité de Convivencia.

Son funciones del Comité de Convivencia:

1. Participar en el Consejo Académico y en los demás, en el momento en que sean

requeridos. 2. Colaborar con la rectora en la planeación y evaluación institucional.

3. Establecer canales y mecanismos de comunicación. 4. Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.

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5. Llevar los registros y controles de casos especiales. 6. Rendir periódicamente informe a la rectora del plantel sobre las actividades de su

dependencia.

7. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su cargo.

8. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su

cargo.

8.1.4 Artículo 4°. Funciones del Orientador(a) o Consejero(a) Escolar.

Son funciones del orientador(a) o consejero(a) escolar:

1. Los docentes orientadores son los responsables de desarrollar labores profesionales, que

en el marco del proyecto educativo institucional, corresponden al diagnostico, planificación, ejecución y evaluación de acciones de orientación estudiantil tendientes a favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y teórico y a la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y de respeto por la diversidad, las diferencias, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo humano y socioeconómico del país.

2. Favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos, para la

toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración eficiente del tiempo, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y problemas y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación.

3. Actividades complementarias no lectivas, entendidas como la atención a la comunidad, en especial a los padres de familia y acudientes de los educandos, actividades de actualización y perfeccionamiento pedagógico.

4. Investigación de asuntos pedagógicos, reuniones de profesores.

5. Otras actividades educativas formativas, culturales y deportivas dentro del marco del PEI.

6. Actividades vinculadoras con organismos o instituciones del sector que incidan directa o indirectamente en la educación.

8.1.5 Artículo 5°. Funciones de los coordinadores de área.

Son funciones de los coordinadores de área:

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1. Dirigir y organizar las actividades del área conforme a los criterios establecidos a nivel curricular y de coordinación pedagógica.

2. Establecer canales y mecanismos de comunicación. 3. Dirigir, y asesorar a los docentes en el planeamiento y desarrollo de las actividades

curriculares que ofrece el área y promover su actualización. 4. Ejecutar las acciones en coordinación con los demás coordinadores de área.

5. Desarrollar programas de investigación científica. 6. Supervisar y evaluar la ejecución de los programas del área y el rendimiento de los

educandos. 7. Rendir periódicamente informe al coordinador (a) pedagógico sobre el desarrollo de los

programas del área. 8. Cumplir con la asignación académica de conformidad con las normas vigentes. 9. Participar en los comités en que sea requerido. 10. Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y seguridad de los muebles,

equipos y materiales confiados a su cargo.

11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

8.1.6 Artículo 6°. Funciones de los docentes.

Son funciones de los docentes:

1. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva.

2. Diligenciar los libros reglamentarios. 3. Programar y organizar las actividades de enseñanza- aprendizaje de las asignaturas a su

cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área.

4. Dirigir y orientar las actividades de los educandos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.

5. Participar en la realización de las actividades complementarias.

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6. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza- aprendizaje. 7. Aplicar oportunamente en coordinación con el coordinador, las estrategias metodológicas

a que dé lugar el análisis de resultados de la evaluación. 8. Presentar al coordinador el informe del rendimiento de los educandos a su cargo, al

término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando los informes con su firma, así como el informe de las actividades propias de su cargo.

9. Participar en la administración de los educandos conforme lo determine el reglamento de

la Institución y presentar los casos especiales al director de grupo, coordinadores, o a la rectora para su tratamiento.

10. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignado.

11. Participar en los comités en que sea requerido. 12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.

13. Cumplir con los turnos de disciplina que le sean asignados. 14. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas

de la Institución.

15. Atender a los padres/madres de familia, de acuerdo con el horario establecido en el plantel.

16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales

confiados a su manejo, aulas, planta en general y de igual forma velar por su presentación.

17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

18. Participar en el planeamiento y en la administración de los alumnos teniendo en cuenta

sus condiciones socioeconómicas y características personales.

19. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su dirección. 20. Ejecutar accione s de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los

estudiantes. 21. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y

aprovechamiento.

22. Académico en coordinación con los servicios de bienestar.

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23. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.

24. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados. 25. Mantener el orden y la disciplina y ejercer el principio de autoridad frente a los educandos

favoreciendo la normalidad y buen desempeño de los estudiantes. 26. Cualquier hecho o motivación inherente a su cargo tiene el siguiente proceso, que según

el caso debe agotarse en cada paso:

Director de grupo

Coordinador

Comité de convivencia

Rector (a)

Consejo directivo

8.1.7 Artículo 7°. Funciones de los docentes encargados de la dirección de grupo.

Son funciones de los docentes directores de grupo:

1. Ejecutar el programa de inducción de los educandos del grupo confiados a su dirección. 2. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de casos especiales.

3. Orientar a los educandos en la toma de decisiones sobre su comportamiento social y

aprovechamiento académico.

4. Analizar las situaciones conflictivas de los educandos y lograr, en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.

5. Establecer comunicación permanente con los docentes, padres/madres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.

6. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los educandos a su cargo.

7. Participar en los programas de bienestar para los educandos a su cargo.

8. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los coordinadores del plantel.

9. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

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NOTA: La Institución debe preparar dentro del proyecto de prevención a algunos educandos (uno

por grupo) para que coordinen los servicios de salud, de bienestar y primeros auxilios en el aula.

8.1.8 Artículo 8°. Funciones del secretario (a).

El secretario (a) depende del (la) rector (a). Son funciones del secretario(a):

1. Organizar y tener al día el archivo de su oficina. 2. Atender al público que solicite información de la Institución.

3. Recibir, clasificar y archivar correspondencia y demás documentos que le sean confiados. 4. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.

5. Tramitar oportunamente los procesos, diligenciar los documentos y demás asuntos que

sean de su competencia.

6. Asegurar la oportunidad y la confiabilidad de la información y sus registros.

7. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su cargo.

8. Mantener ordenada y actualizada la documentación de alumnos y del personal de la

institución. 9. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del

cargo. 10. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida y atender al público en el horario

estipulado.

8.1.9 Artículo 9°. Funciones del pagador (a).

El pagador (a) depende del (la) rector (a). Son funciones del pagador(a):

1. Planear y programar las actividades de su dependencia. 2. Colaborar con la rectora en la elaboración de los anteproyectos de presupuesto.

3. Participar en los comités en que sea requerido. 4. Manejar y controlar los recursos financieros de la Institución.

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5. Tramitar oportunamente ante las Secretarías de Educación, las transferencias de los giros hechos a la Institución, para cancelar puntualmente las obligaciones contraídas.

6. Manejar las cuentas corrientes y llevar los libros reglamentarios de acuerdo con las

normas vigentes.

7. Elaborar los boletines diarios de caja y bancos. 8. Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual.

9. Enviar mensualmente la rendición de cuentas y estado de ejecución presupuestal a la

Contraloría y a la unidad administrativa de la cual depende la Institución.

10. Fijar en cartelera los informes mensuales y entregarle a cada coordinador. 11. Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas con la Institución.

12. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar

oportunamente informe a la rectora. 13. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y

materiales confiados a su cargo.

14. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

8.1.10 Artículo 10°. Funciones de la bibliotecaria (o).

La Bibliotecaria (o) depende del (la) rector (a). Le corresponde administrar los servicios de biblioteca. Son funciones de la bibliotecaria(o):

1. Elaborar el plan anual de actividades y presentarlo a la rectora para su aprobación. 2. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo a la rectora para

su aprobación. 3. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con docentes y educandos sobre la adecuada

utilización de la biblioteca.

4. Recibir, Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico. 5. Establecer y mantener intercambio bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras.

6. Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización. 7. Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados.

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8. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno a la rectora.

9. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 10. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico,

muebles y enseres confiados a su cargo. 11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su

cargo.

8.1.11 Artículo 11°. Funciones del auxiliar de servicios generales.

El auxiliar de servicios generales depende del (a) rector (a). Le corresponde ejecutar tareas propias

del mantenimiento de la Institución. Son funciones del auxiliar de servicios generales:

1. Responder por el aseo y cuidado de la planta física.

2. Además asea los salones antes de iniciar las clases, después de un periodo vacacional, lo mismo que los baños de los alumnos.

3. Asear las oficinas y áreas asignadas.

4. Mantener los baños y lavamanos en perfectas condiciones de aseo y limpieza.

5. Responder por los elementos a su cargo e informar sobre cualquier anormalidad o deterioro que ellos presenten y solicitar su reposición o reparación si es del caso.

6. Mantener limpios los muebles, enseres, ventanas, cortinas y todo elemento accesorio de las áreas de las oficinas.

7. Prestar el servicio de cafetería a los funcionarios en sus oficinas y atender las reuniones que se lleven a cabo en las oficinas de su área de trabajo.

8. Cumplir con las funciones contenidas en la Constitución, la Ley, los Decretos, Ordenanzas, Acuerdos, Manual de Funciones, Reglamentos Internos de la corporación Municipal.

9. Realizar las gestiones necesarias para asegurar la ejecución de los planes, programas y proyectos en los que interviene en razón del cargo.

10. Cumplir de manera efectiva la misión y los objetivos de la dependencia a la que se encuentra adscrito y la ejecución de los procesos en que interviene en razón del cargo.

11. Cumplir con las disposiciones existentes en materia disciplinaria, sobre Derechos, Deberes, Prohibiciones, Inhabilidades, Incompatibilidades y Conflicto de Intereses.

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12. Desempeñar las demás funciones inherentes al cargo y que le sean asignadas por su jefe inmediato.

8.1.12 Artículo 12°. Funciones del celador(a).

El Celador depende del (a) rector (a). Le corresponde realizar tareas de vigilancia de los bienes de

la Institución. Son funciones del celador(a):

1. Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado. 2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y objetos de la Institución e impedir la

entrada de elementos extraños al colegio, sin previa autorización de la rectora. 3. Velar por el buen estado y mantenimiento de los implementos de seguridad e informar

oportunamente de las anomalías detectadas. 4. Velar por la conservación y seguridad de los bienes de la Institución. 5. Responder por los objetos y elementos bajo su cargo. 6. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia.

7. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar

oportunamente sobre las mismas. 8. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 9. Informan de las anomalías oportunamente a la rectora. 10. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

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9 CAPÍTULO

9.1 ESTÍMULOS

Reconocimiento que la Institución otorga a cada uno de los integrantes de la comunidad

educativa conforme a sus logros.

Objetivo: Motivar, fortalecer y reconocer en todos los integrantes de la comunidad educativa,

actitudes y valores que reflejen el deber ser, el saber y saber hacer como paradigmas esenciales de

la filosofía institucional.

Hay diferentes clases de estímulos:

Éticos

Morales

Intelectuales

Sociales ( grupales e institucionales)

Deportivos

Culturales

Artísticos

9.1.1 Estímulos generales e institucionales.

Capítulo II, Título 5, artículo 90, de la ley 115 de 1994. . Literales h; i; del artículo 23 del decreto

1860 de 1994. La Institución, consciente de su función social y de su papel en la convivencia

social, conforme a los postulados de su misión y visión, al asumir la educación como un proyecto

ético de convivencia, determina hacer unos reconocimientos, de acuerdo con la participación de

los integrantes de la comunidad educativa Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen, en el

proceso socio educativo de la Ciudad de La Dorada – Caldas, así:

9.1.1.1 Artículo 1°. Estímulos a los educandos.

En relación con el capítulo I del título 5 de la ley 115 de 1994, en el artículo 90, el Gobierno

Nacional contempla como estímulos institucionales:

Reconocer a los educandos en los actos públicos de izada de bandera o de comunidad, por su excelente comportamiento, rendimiento académico, deportivo o cultural, en el

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desarrollo de su trabajo individual o grupal, de acuerdo con las diferencias individuales y los valores humanos.

Reconocer por escrito el desempeño académico y de comportamiento social a los educandos que ocupen los cinco primeros puestos de cada grupo, al finalizar cada período y hacerlo público mediante los diferentes medios de comunicación interna.

Reconocer al grupo que por su trabajo colectivo (logros académicos, compromiso disciplinario y cuidado del entorno) se haga merecedor al estímulo respectivo.

Reconocer, por escrito, el desempeño del estudiante en el observador y la ficha de seguimiento.

Otorgar, en los actos públicos, el distintivo a la excelencia en los aspectos académico y de comportamiento social.

Reconocer públicamente al grupo que durante el año se fortalezca y logre los objetivos institucionales.

Reconocer en los educandos el mejoramiento actitudinal.

Reconocer al grupo que se destaque por su integralidad.

Fijar en un cuadro de honor, utilizando los medios de comunicación interna, los nombres de los mejores educandos en cada período, al igual que el mejor docente, directivo docente, administrativo y padre de familia.

Reconocer los educandos que ocuparon los cinco primeros puestos a nivel institucional en cada periodo.

Al finalizar cada año lectivo se concederá los siguientes estímulos:

Mención especial: se le concederá al estudiante que obtenga el mayor puntaje en las pruebas SABER.

Mención a la excelencia y obsequio conferido al estudiante de grado undécimo que se destaque por su integralidad: rendimiento académico, comportamiento social y proyección a la comunidad.

Mención al mejor deportista otorgada al estudiante que se haya destacado en una disciplina deportiva.

Mención a la Superación Personal conferida al estudiante que logra superar sus impedimentos físicos y culmina el grado once con buen rendimiento escolar.

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Mención al mejor bachiller concedida a un estudiante de undécimo grado en cada modalidad, que muestra el mejor rendimiento académico, comportamiento social e imagen de la identidad institucional.

Mención de honor otorgada al mejor estudiante de cada grado, por su rendimiento académico, comportamiento social, liderazgo y sentido de pertenencia a la Institución.

Mención de honor al estudiante que se destaque en el Gobierno Escolar

Menciones de honor, a los estudiante (s) que se destaque (n) en los siguientes campos:

La solidaridad humana

Proyectos institucionales

Proyectos de extensión comunitaria (servicio social)

Desempeño artístico y cultural

PARÁGRAFO: Las menciones de honor serán entregadas en la noche blanca de los mejores, que se realizara al final del año lectivo.

9.1.1.2 Artículo 2°. Estímulos a docentes y directivos docentes.

Reconocer públicamente a los docentes y directivos docentes, que durante los años de servicio

prestados a la comunidad educativa, se hayan destacado por: sentido de pertenencia, desarrollo

institucional, proyección, convivencia social y solidaridad institucional, mediante el otorgamiento

de:

Placa de la Institución por veinticinco años de servicio a la Institución y Resolución con copia a la hoja de vida.

Placa a los docentes que se pensionan y se retiran de la Institución.

Reconocimiento por tiempo de servicio a la Institución, a partir de los cinco años. Resolución con copia a la hoja de vida.

Mención por la labor pedagógica y sentido de pertenencia institucional. Resolución con copia a la hoja de vida.

Resolución en nota de estilo al docente que se haya destacado en la labor de dirección de grupo.

Resolución en nota de estilo por participación en eventos: científicos, culturales, artísticos, deportivos, recreativos y ejecutar proyectos en pro de la comunidad educativa.

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9.1.1.3 Artículo 3°. Estímulos a los funcionarios administrativos.

Reconocer públicamente a los funcionarios administrativos su meritoria labor durante los años de servicio prestados a la comunidad educativa; la eficiencia y a la eficacia, los valores éticos y morales en la interacción con los integrantes de la comunidad educativa y por ser paradigmas de solidaridad.

Placa institucional por veinticinco años de servicio a la Institución y resolución con copia a la hoja de vida.

Reconocimiento por tiempo de servicio a la Institución, a partir de los cinco años. Resolución con copia a la hoja de vida.

Mención de honor por su labor y pertenencia institucional. Resolución con copia a la hoja de vida.

Resolución en nota de estilo, por participación en eventos institucionales

9.1.1.4 Articulo 4°. Estímulos a los padres de familia.

Reconocimiento público al padre/madre de familia o representante legal, que se haya destacado por su sentido de pertenencia, hubiese hecho un aporte significativo, o lidere una causa en beneficio de la Institución.

Reconocimiento por colaboración con la Institución, por sus valores éticos y morales en la interacción con los integrantes de la comunidad educativa.

9.1.1.5 Artículo 5°. Otros estímulos.

Estímulos varios: La Institución podrá resaltar o crear estímulos para personas o entidades que

presten un apoyo o servicio invaluable a ella.

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10 CAPÍTULO

10.1 DEL COMPORTAMIENTO SOCIAL

10.1.1 Faltas de disciplina.

Todo acto que va en contra de las normas establecidas en el Pacto de Convivencia de la

Institución.

10.1.2 Faltas de conducta.

Todo acto que va en contra de los principios fundamentales del comportamiento, convivencia y dignidad humana.

10.1.3 Clases de faltas.

10.1.3.1 Artículo 1°. Faltas leves.

Aquellas que se cometen por un ligero impulso natural como respuesta a un estímulo exterior sin

perjuicio físico ni moral para los demás y que requieren una adecuada atención, diálogo,

corrección y acompañamiento con miras a la formación integral del estudiante. La continua

reincidencia en las faltas leves, hará de dicha actitud una falta grave y se consideran así:

Traer prendas de vestir que no corresponden al uniforme

Arrojar basuras

Faltar a actividades institucionales

No acatar los reglamentos acerca del celular y de las salas especializadas (Sistemas, biblioteca, laboratorio, etcétera)

Presentar corte de cabello inadecuado (en los hombres, largo y de color)

Entrar a la sala de profesores sin autorización

Llegar tarde al colegio sin excusa

Ventas en clase

Actos de descortesía

Comer durante el desarrollo de las actividades académicas

Usar las sillas para hacer desorden o interferir el desarrollo de las clases

Realizar en clase actividades diferentes a las programadas por el orientador de la clase

Usar collares, diademas, aderezos y otros objetos que no hacen parte del uniforme

Usar pintura de colores fuertes en las uñas

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Abstenerse de informar oportunamente al padre/madre de familia o acudiente legal de las reuniones en las que se requiera su presencia

El desaseo y el descuido en la presentación personal

Copiar las tareas de otros educandos o realizarlas durante otras clases

Presentar una inasistencia reiterada sin excusa

10.1.3.2 Artículo 2°. Faltas graves.

Aquellas que se cometen dentro o fuera la Institución y que causan perjuicio material, físico o

moral, atentan contra los derechos de las personas, entorpecen profundamente los objetivos

educativos y el ambiente en la Institución o faltas que atentan contra la vida y seguridad e

integridad de las personas. La continua reincidencia en las faltas graves hará que dicha actitud

constituya una falta gravísima y se consideran así:

Traer material pornográfico a la Institución

Esconder los objetos de otros

Desacatar las disposiciones dadas por los directivos, docentes y otros actores educativos

Los apodos y burlas con la intención de ridiculizar a compañeros, docentes, directivos y personas en general se configura como una forma de matoneo

Hacer fraude en las evaluaciones

Fugarse de la Institución

No asistir a clase estando dentro de la Institución

Retirarse del salón de clase sin autorización del docente

Portar inadecuadamente el uniforme dentro y fuera de la Institución

Cometer acciones que atenten contra la buena imagen de la Institución mientras se porta el uniforme (indisciplina en las calles, caricias de pareja, fumar, ingerir bebidas alcohólicas, riñas.)

Incumplir constantemente con actividades asignadas

Expresar ofensas o comentarios inadecuados contra los superiores, compañeros y demás integrantes de la comunidad educativa en forma verbal, gestual o escrita

Rayar paredes, sillas y otros enseres de la Institución

Pertenecer a grupos que atenten contra la integridad de las personas

Amenazar y extorsionar a compañeros, docentes, directivos y demás integrantes de la comunidad

Fumar dentro y fuera de la Institución portando el uniforme o drogarse en cualquier circunstancia

Realizar apuestas económicas que impliquen el uso de juegos de azar dentro de la Institución

Irrespetar los símbolos patrios y de la Institución: banderas, escudos, himnos y uniformes

Lanzar piedras, objetos y otros que pongan en peligro la integridad física o material de las personas, edificaciones y vehículos de los alrededores

Provocar silbatinas en los salones, patios, pasillos, cafetería o cualquier dependencia de la Institución

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Ocasionar daños a las cerraduras de las puertas, dañar canecas de la basura, tableros, romper vidrios, sillas, deteriorar servicios sanitarios y lavamanos. Del mismo modo atentar contra el buen estado de bicicletas, motos, carros de educandos y profesores o cualquiera de los enseres y materiales que la Institución brinda al estudiante para su formación.

Encubrir actos individuales o grupales que afectan la buena formación y el desarrollo normal de las actividades de la Institución.

Utilizar los medios masivos de comunicación para denigrar de las personas y de la Institución.

Ocasionar daños a personas ajenas a la Institución

Salir de la casa para la Institución y no llegar a ella

El uso indebido de objetos o sustancias que alteren el normal desarrollo de las actividades académicas.

Comer chicle y hacer mal uso de él cuando se deseche

Fomentar y/o participar en ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros que atenten contra la dignidad y la integridad física o espiritual de la persona humana.

Usar piercings, tatuajes o cualquier tipo de expansores

10.1.3.3 Artículo 3°. Faltas gravísimas.

Portar armas o traficar con ellas

Agredir física o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad

Vender, regalar y/o consumir sustancias psicoactivas

Sustraer cosas ajenas, hurto o complicidad en hurto comprobado

Participar en peleas dentro y fuera de la Institución educativa, portando el uniforme

Fumar dentro de la Institución y en actividades programadas por ella

Sobornar a un miembro de la comunidad educativa

Presentarse al colegio embriagado o bajo efectos de drogas psicoactivas

Sustraer cuestionarios de evaluaciones, documentación oficial la Institución, alterar planillas de seguimiento, resultados de valoración de logros y observador de educandos; falsificar calificaciones o firmas

Suplantar a un compañero en la presentación de trabajos y evaluaciones

Acosar sexualmente, inducir a prácticas de inmoralidad sexual o abusos y agresiones de este tipo

Ser cómplice o encubrir cualquiera de las faltas muy graves

Fomentar, organizar fugas masivas o instar a faltar colectivamente a clases

PARÁGRAFO 1. Si la falta no está contemplada en el Pacto de Convivencia, será analizada por el

Director de Grupo, el Coordinador de Convivencia y el Comité de Convivencia, si así lo amerita. El

correctivo siempre se aplicará con criterio de justicia, equidad y sana crítica. Al estudiante y al

acudiente siempre se le permitirá el derecho a la defensa como lo determina la ley.

PARÁGRAFO 2. Quedan abolidas todas las sanciones que se traduzcan en escarnio para el estudiante o que de alguna manera afecten su dignidad personal. La Institución para la formación

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de los educandos con relación a las faltas, procederá a aplicar los correctivos pedagógicos y de convivencia requeridos y estipulados en el Pacto de Convivencia.

10.1.4 Logros de desempeño comportamiento social.

Ámbito de valoración

Logros de desempeño Valoración

Convivencia

Supera la agresividad y propicia ambientes de tolerancia y cordialidad.

Demuestra respeto y buen trato a todas las personas con las que se relaciona, utilizando un buen vocabulario.

Presenta orden y disciplina en el aula.

Cuidado personal

Porta los uniformes completos de forma adecuada, dentro y fuera la Institución, el día correspondiente.

Responsabilidad

Llega puntualmente a la Institución y al aula de clase. En caso de ausencia o retardo, presenta excusa justificada por escrito.

Cumple honestamente con las tareas, trabajos y evaluaciones propuestas.

El padre de familia y/o acudiente cumple con los derechos y deberes estipulados en el Manual de Convivencia y otras disposiciones vigentes que adquiere al matricular a su hijo en la Institución.

Sentido de pertenencia

Cuida el entorno y los recursos de la Institución (sillas, paredes, baños, patios, carteleras…)

Conoce y practica sus derechos y deberes como miembro de la Comunidad Educativa IENSEC.

10.1.5 Doctrina constitucional sobre el derecho a la educación.

El derecho a la Educación no es absoluto, es derecho- deber. (tiene que cumplir con el Pacto o manual de Convivencia)

El derecho–deber exige, en todos, deberes

El derecho-deber exige a los educandos un buen rendimiento académico

Todos los educandos tienen derecho a la disciplina y al orden. El derecho de los demás limita el derecho propio a la educación y al libre desarrollo de la personalidad

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El derecho a la Educación permite sancionar a los educandos por bajo rendimiento académico, hasta la exclusión

El bajo rendimiento vulnera el derecho a la Educación de los educandos que rinden y aprovechan el tiempo

10.1.6 La promoción y el derecho a la educación.

No se vulnera el derecho a la educación por pérdida del año (098 3-III-94)

No se vulnera el derecho a la educación por sanciones al mal rendimiento (596-7-XII-94)

No se vulnera el derecho a la educación por normas de rendimiento y disciplina (316-12-VII-94)

No se vulnera el derecho a la educación por la exigencia al buen rendimiento (439-12-X-94)

No se vulnera el derecho a la educación por expulsión debido al mal rendimiento o faltas de disciplina (439-2-X-94)

El derecho a la educación lo viola el estudiante que no estudia porque viola el derecho de los demás. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la Institución (Ejemplo: cuando un alumno comete un delito)

El competente para sancionar una falta en la IENSEC es el (la) rector(a). Sin embargo, para faltas

leves o para investigar faltas graves o gravísimas puede delegarse al director de grupo, al

coordinador, o al primer profesor que conoció la falta. La aplicabilidad de la sanción podrá ser

delegada en los coordinadores.

Los coordinadores están en la obligación de investigar todo lo referente al estudiante con el fin de determinar y atender las diferentes individualidades y los ritmos de aprendizaje, el estado cognitivo y motriz del estudiante, si es incluido, desplazado, etc. antes de emitir un concepto de suspensión.

En tal virtud toda falta, que amerite, en el buen juicio del encargado del aula, profesor o directivo

docente, debe ser consignada como evidencia en el Observador del Alumno. Todos somos

responsables; de la rectitud y justicia en la calificación de la falta depende el crecimiento del

alumno/a como persona en nuestra Institución.

Para faltas graves o gravísimas el proceso se llevará por escrito

Cuando a juicio del estudiante, considere pertinente el acompañamiento del personero,

este puede solicitarlo

La decisión puede determinar una absolución de la persona si no se logró probar (cuando hay

varios educandos implicados en un proceso). Se debe especificar quienes quedan implicados en la

falta y el nivel de responsabilidad de cada uno. La sanción debe hacerse mediante resolución, si se

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trata de privación de actividades, de suspensión del establecimiento, o de exclusión de la

Institución.

Las faltas leves no ameritan que tengan reposición, ni que se haga una resolución. Basta con hacer la anotación de la falta o levantar un acta que el alumno firme. En todos los casos en que se haga una anotación a un alumno se le dará la posibilidad de manifestar lo que tenga que decir al respecto de los hechos y hacer la correspondiente anotación. (escrito aparte que se archivará).

En todo proceso el alumno debe estar acompañado por su padre. Si este se rehúsa a asistir o no asiste se acompañará del Personero estudiantil.

La reposición es contra la resolución. En la resolución se debe decir qué recursos cabe contra la medida. La reposición la resuelve el mismo rector pero éste podrá llamar a otras personas como asesores para mirar los descargos que se presentaron y los argumentos que se escriben en la reposición y sustentarlos.

En una reposición el alumno puede pedir que se absuelva o que se le rebaje la sanción. En caso de no resolvérsele lo que ha pedido podrá recurrir a la apelación.

La apelación se hace ante el Consejo Directivo (Ley General de Educación y Decreto 1860).

Todo recurso debe interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la correspondiente sanción y será resuelto en un término de máximo quince (15) días hábiles siguientes después de haberse recibido el recurso.

Si el recurso se interpone en la misma reunión que decide la sanción, bastará hacerlo constar en el acta.

En caso contrario debe hacerse por escrito para lo cual no hay formalidades especificas.

Puede presentar acción de tutela, siempre y cuando considere violados sus derechos fundamentales.

En caso de faltas de comportamiento y/o académicas el alumno y el padre de familia deberán utilizar el siguiente conducto regular para hacer efectivo un debido proceso: Profesor, director de grupo (sobra), coordinador, rector, y consejo directivo. Cuando no se siga el conducto regular, la persona a quien se le consulta deberá remitir al consultante al seguimiento del conducto regular.

10.1.7 Aplicación de correctivos.

10.1.7.1 Agravantes.

Ser reincidente en la o las faltas

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Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra

Haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él

Cometer la falta con alevosía, premeditación y ventaja

Que los medios y/o circunstancias en los cuales se cometió la falta hayan puesto en peligro a los miembros de la comunidad educativa

Aprovecharse del cargo que posee en el curso o en el colegio

Que como consecuencia de la falta cometida haya lesionado en forma grave a un miembro de la comunidad educativa

10.1.7.2 Atenuantes.

Se podrán considerar como circunstancias atenuantes para la aplicación de las sanciones correspondientes:

La edad, el desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y circunstancias familiares y personales, que previo concepto del departamento de Psicología, hayan podido incidir en el comportamiento del estudiante

Haber observado buena conducta hasta el momento previo a la falta

Haber obrado por motivos nobles o altruistas

Haber sido inducido, presionado o puesto en condición de indefensión para cometer la falta por alguien mayor

Asumir la responsabilidad de la falta y comprometerse a resarcir el daño causado o a cambiar de actitud frente a los miembros de la comunidad educativa

10.1.7.3 Eximentes.

Sustentaciones dadas al suceso que contribuyan a eximir la responsabilidad de la acción. Son más

formativos los estímulos que las sanciones, las esperanzas o promesas compensatorias que las

amenazas. No se podrá construir un sistema educativo apoyado simplemente sobre un código de

sanciones.

En la IENSEC creemos que el comportamiento adecuado del alumno es el resultado de la

organización interna de la Institución; de la preparación pedagógica y profesional de sus

educadores y demás miembros de la comunidad educativa; del humanismo como principio rector

y del grado de satisfacción de las necesidades básicas de la comunidad educativa.

No obstante, habrá que hacer uso de la sanción como aspecto formativo y correctivo para aquellos educandos que no logren cumplir a entera satisfacción el Pacto, para una sana convivencia en todo sentido.

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10.1.8 Generalidades y aplicativos.

Si a criterio del coordinador y previa la anotación respectiva en el Observador por el docente encargado por la acción u omisión del estudiante, se amerita una suspensión, esta será de un día o más en casa o en el colegio. La amonestación se diligenciará con motivos, compromisos, correctivos y presentación del acudiente el día de la suspensión. Si el acudiente no se presenta el alumno no podrá presentarse a clases. (Se librará nuevo documento de citación cuya copia firmará el alumno/a y un testigo. Así el alumno/a ingrese será devuelto/a) La falta grave o muy grave , siempre se consignará como desempeño bajo (B) en comportamiento social.

El coordinador deberá presentarle al padre de familia el plan de apoyo de recuperación del logro actitudinal que pierda el alumno con su falta, hará la anotación en el libro de cómo se cumplió y se anexará el informe de psicoorientación.

El Coordinador deberá informarle al docente que hizo la anotación cuál fue el trámite que surtió la inconformidad anotada en el observador por él.

Si el alumno persiste en su comportamiento y no se nota mejoría, se mantendrá el CONDUCTO REGULAR, dejando constancia en el observador del alumno y notificando al padre de familia. Si el padre de familia no asiste al tercer llamado, será notificado el hecho al ICBF.

La segunda suspensión será automáticamente por tres días y el coordinador le entregará plan de apoyo para que lo realice durante ese tiempo en casa o en el colegio. Al regresar debe presentarse primero a coordinación con el resultado del plan de apoyo.

Si el alumno persiste en la violación reiterada y comisión de faltas será remitido a consulta psicopedagógica dentro de la Institución. Cuando el caso lo amerite, se remitirá al ICBF, el cual determinará el trámite que se debe seguir.

10.1.9 De la inasistencia y la impuntualidad.

El alumno que llegue 10 minutos después de iniciada la jornada, será anotado por el coordinador. Si se presenta después de esta hora deberá traer excusa firmada por el acudiente. Siempre que el alumno registre tres ausencias se hace merecedor a una nota escrita en el observador y una notificación al acudiente.

Si el alumno reincide debe traer el acudiente para ser analizada la situación e implementar los correctivos necesarios, los cuales podrán llegar a una suspensión por un día de clase.

Cuando el alumno no asista a clase estando en la institución, este deberá presentarse al coordinador.

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Después de 10 minutos de retraso el alumno debe llevar la autorización de coordinación para ingresar al aula.

El alumno debe permanecer siempre en el aula bajo la protección del docente de la hora de clase. Será responsabilidad del docente si el alumno habiendo ingresado al aula sale, se le da permiso para salir o no se recibe en clase.

Cuando el alumno no asista a clase, a su regreso debe traer excusa por escrito, firmada por el acudiente, con número de cédula, número del teléfono, fotocopia de la cédula y la causa por la cual no asistió. Esta debe presentarse a Coordinación en el primer descanso. La excusa no sirve para exonerar la inasistencia. Cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes se procederá de acuerdo con el debido proceso.

En caso de que el alumno esté representando a la Institución, el Municipio, el Departamento o la Nación en actividades pastorales, culturales, deportivas y otras, debe solicitar la autorización para ausentarse, anexando el permiso de sus padres o acudientes y la solicitud hecha por la entidad organizadora del evento sea ésta de carácter público o privado.

10.1.10 De la evaluación del comportamiento.

La evaluación del comportamiento debe seguir el mismo método empleado para cualquier

proceso curricular y por tanto debe ser continuo y permanente. En ella participan todas las

personas que tiene que ver con la formación del educando. Para que haya más objetividad se ha

establecido el observador donde se consignan los comportamientos específicos y el tratamiento

dado a cada uno de ellos, compromisos, cambios de actitud y resultados al igual que toda buena

acción y actitudes positivas.

De acuerdo con la clasificación de las faltas y después de haberse seguido el debido proceso, el educando podrá ser suspendido de uno a tres días hasta la exclusión por el año lectivo en curso, caso que deberá ser analizado en el Consejo Directivo para determinar su continuidad en próximos años.

En caso de que se hayan implementado todos los correctivos pedagógicos y el educando reincida en las faltas se determinará, en el Consejo Directivo, la exclusión de uno a tres años o la expulsión definitiva de la Institución.

10.1.11 Suspensión del establecimiento por el año lectivo en curso.

Será aplicado por faltas graves, la decisión será tomada por el(la) rector(a), quien notificará oportunamente al personero de los educandos, al padre de familia, al Consejo de Padres de Familia y al jefe de Núcleo Educativo.

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El educando de undécimo grado que en su seguimiento durante todo el año, presente faltas al Manual de Convivencia que lo identifiquen como indisciplinado y con poca muestra de la vivencia de los valores de la IENSEC, no será proclamado en comunidad, recibirá su diploma en rectoría.

Cuando a un educando le sea comprobado el consumo de droga dentro de la Institución o fuera de

ella, deberá ser sometido a un tratamiento especial por parte de su familia y de ser necesario, será

suspendido por un mes de sus actividades regulares o académicas. Se informará al ICBF y se

seguirán los procedimientos legales con dicho Instituto por parte de la psicoorientación de la

Institución, ente que se encargará del dicho objetivo).

En caso de que el educando no muestre cambio positivo en su comportamiento, se recomendará a

los padres retirar a éste del establecimiento. Si no se acepta tal sugerencia el educando podrá ser

suspendido por nuevos períodos de tiempo, en los cuales deberá responsabilizarse de su

instrucción académica. Al regresar acordará con los docentes la fecha de presentación de trabajos

y evaluaciones pendientes.

10.1.12 Valoración de logros de desempeño.

Los criterios de evaluación S-A-DB-B se aplican en varios los ámbitos según el Observador del

educando.

Cuando un docente se dé cuenta de un hecho, así no haya ocurrido con él y sea de la comunidad

educativa a la cual pertenece y, además, considere que la falta es grave o gravísima a su real saber

y entender, podrá solicitar de oficio el análisis de la situación. Y podrá demandar de cualquier

autoridad educativa el debido proceso y el tratamiento al hecho.

Dados los criterios y los ámbitos de valoración de logros de desempeño comportamiento social, el

director de grupo siempre ajustará su calificación sustentado en lo consignado en el Observador

de Educando por los demás docentes así.

Si el educando no tiene anotación alguna en el observador su calificación será Superior (S).

NOTA: quizás lo anterior no diga que el educando sea excelente, pero no existe evidencia de lo contrario.

Por cada tres (3) faltas leves consignadas en el Pacto de Convivencia, el director de grupo procederá haciendo una rebaja en la escala de evaluación. Partiendo siempre de Superior (S) va rebajando a alto (A), desempeño básico (DB), hasta bajo (B) y sólo será válido para el período correspondiente. Si la reincidencia es alta se podría generar falta grave o gravísima desde el ámbito de convivencia. Con cinco (5) llamados de atención se genera falta grave o gravísima, según el logro correspondiente.

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Si el padre de familia o acudiente no asiste a dos citaciones seguidas sin causa justificada se valorará el educando con bajo (B) y psicoorientación hará el reporte respectivo al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Tres ausencias acumulativas en el periodo a padres o acudientes requeridos por director de grupo, coordinador o docente tendrá igual procedimiento.

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11 CAPÍTULO

11.1 DEBIDO PROCESO

Nuestra Institución pretende formar hombres y mujeres de bien, por lo tanto en los procesos

pedagógicos y de comportamiento aplicados a las faltas cometidas debe existir un diálogo

amistoso y claro para que los educandos tomen conciencia de sus errores, acepten de buena

voluntad la sanción y se comprometan a cambiar, teniendo en cuenta el respeto por la dignidad y

los derechos de las personas implicadas.

11.1.1 Definición.

Son los pasos que se deben seguir en la aplicación de los compromisos pedagógicos, ante una

falta cometida previamente establecida como tal, en el Pacto de Convivencia. El debido proceso se

aplicará a toda clase de actuación que contravenga el Pacto de Convivencia.

Para la aplicación del debido proceso se debe tener claro y en cuenta los siguientes aspetos:

11.1.2 El contrato pedagógico.

Los padres de familia al firmar la matricula están aceptando los contenidos del presente pacto y

comprometerse a apoyar y a aceptar su responsabilidad frente a la comunidad educativa y a la

Institución educativa.

11.1.3 La legalidad de la falta.

El alumno no podrá ser juzgado por una falta que no aparezca especificada dentro del Manual de

Convivencia, exceptuándose aquellas que sean sancionadas por la Ley. Para la sanción se tendrán

en cuenta aquellas faltas consideradas leves, graves y gravísimas.

11.1.4 Legalidad del correctivo pedagógico (sanción).

Para la aplicación de una sanción que no esté contemplada en el pacto de convivencia, se tendrán

en cuenta las sustentaciones legales de la Constitución Política de Colombia, de la Ley 115, del

decreto 1860, las orientaciones y principios filosóficos de La IENSEC y los criterios del Manual de

Convivencia. Es importante tener en cuenta que el correctivo debe ser proporcional a la falta.

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Si bien la sanción de desescolarización implica que el estudiante se ausenta de las actividades

escolares durante el tiempo determinado por la autoridad competente, el día del reintegro debe

hacer entrega de los trabajos que su grupo haya realizado, ya que la sanción no lo exime de

cumplir con los compromisos académicos

11.1.5 Fines de la sanción.

Formativa – constructiva .Buscar cambios de conducta- Preventiva, nunca punitiva- No repetitiva- Bondad y benevolencia.

Medida – humana (dosificada)

Que no viole o coarte la libertad

Que no viole el respeto a la dignidad humana

Que no produzca humillación

Que no cause lesión física o moral

11.1.6 Principios.

Dignidad, preexistencia de la falta, proporcionalidad, presunción de inocencia y debido proceso;

igualdad, participación, necesidad de la prueba, motivación, cosa juzgada, temporalidad,

favorabilidad e integridad.

Temporalidad. El correctivo disciplinario deberá imponerse dentro del año siguiente a la comisión de la conducta si ésta hubiere sido pública; o dentro del año siguiente a su conocimiento si, por las características del hecho, este hubiera sido clandestino, secreto u oculto

Integralidad. Cuando se adelante una investigación disciplinaria es deber de quien dirige investigar lo desfavorable y lo favorable al estudiante incurso en la investigación.

Una sola sanción por falta. La sanción guardará armonía con la falta cometida, será proporcional a la falta. El alumno jamás deberá ser sancionado dos veces por la misma falta.

Principio de la duda. Si existe una mínima duda frente a quien cometió la falta, no debe sancionarse.

Presunciones. De inocencia, veracidad, de buena fe

Establecer quién es la persona competente para sancionar. De conformidad con lo establecido en la Ley General de Educación y en el Decreto 1860, el competente para sancionar una falta en el establecimiento educativo es el Rector o previa delegación en el coordinador.

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Decisión o sanción. La decisión o la sanción estarán dadas con base en las pruebas allegadas al proceso; a nadie se le podrá condenar o juzgar dos veces por el mismo hecho, por la misma conducta o por la misma infracción.

11.1.7 Prestación de servicios sociales a la comunidad.

En caso de ser tomado como correctivo pedagógico por las autoridades educativas se entenderá

como la realización de tareas de interés general para la comunidad, que el alumno debe realizar,

en forma gratuita, con supervisión y dirección de un docente (jamás por un particular) por un

período y jornada extracurricular designado sin que sin que afecte su jornada escolar.

En todo caso, queda prohibido el desempeño de cualquier labor que pueda ser peligroso (como

salidas a campos abiertos, ríos etc.) o que entorpezca la educación del adolescente, o que sea

nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

La norma estatuye como mínimo dentro del debido proceso la existencia de:

(1) La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se

imputan las conductas posibles de sanción; (2) la información a su familia sobre su situación y

sobre los derechos que tiene; (3) la formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o

escrita, donde consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas

conductas dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la

calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias; (4) el traslado al imputado de

todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados; (5) la indicación de un

término durante el cual el acusado pueda formular sus descargos (de manera oral o escrita),

controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus

descargos; (6) el pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante un acto

motivado y congruente; (7) la imposición de una sanción proporcional a los hechos que la

motivaron; y (8) la posibilidad de que el encartado pueda controvertir, mediante los recursos

pertinentes, todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes.

11.2 DEBIDO PROCESO Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS

Los correctivos a los que se hace merecedor el educando, se hacen de acuerdo con un análisis

tranquilo y desprevenido de las contravenciones realizadas por él, teniendo en cuenta las

consideraciones estipuladas en la Ley de la infancia y la adolescencia, dentro de la

corresponsabilidad - Familia- Estado y sociedad - y en el presente Manual de Convivencia,

buscando que no haya escarnio para el educando o se afecte su dignidad personal.

La firma de los compromisos deben tener un cumplimiento concreto y entender que es el

acudiente o representante legal quien se obliga con su acudido o representado; razón por

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la cual debe garantizar el compromiso. Dicho compromiso no puede ser un acto general

de buena voluntad sino un acto serio, observable, con plazos y acciones que permitan

reconocer un verdadero correctivo.

Las determinaciones tomadas por la Comisión de Evaluación y Promoción de cada nivel,

serán de estricto cumplimiento en ejecutorias y plazos; por su legitimidad solo pueden ser

revocadas en primera instancia por la Comisión misma; razón por la cual, toda promoción

estará sujeta a la decisión y la observancia del alcance de los logros, de las nivelaciones y

paz y salvos. De no cumplirse la condición, el alumno no será promovido.

La presentación de los padres de familia a las citaciones son de carácter obligatorio, no

delegables y su cumplimiento generará informe al ICBF e incluso la opción de otorgar o no

el cupo para el siguiente año. Para casos urgentes el padre o acudiente notificará por

escrito el inconveniente indicando el día y la hora en que se presentará en el plantel sin

ser superior a 48 horas hábiles.

11.3 CONDUCTO REGULAR

En caso de dificultades comportamentales y/o académicas, el alumno y el padre de familia deberán utilizar el siguiente conducto regular para hacer efectivo un debido proceso: Profesor, Titular de Grupo, Coordinador Académico y/o Coordinador de Convivencia, Rector y Consejo Directivo. Cuando no se siga el conducto regular, la persona a quien se le consulta, deberá remitir al consultante al seguimiento del conducto regular.

11.3.1 Primer paso: Amonestación en privado.

Es la recriminación que la autoridad educativa le hace al educando sobre las consecuencias de la falta y la exigencia de reparación. En todos los casos deberá ser inducido a practicar una acción correctiva donde sepa y reconozca de la negligencia, falta al deber descuidado o el resultado del error con una campaña, un trabajo educativo o de convivencia ciudadana). La debe aplicar el educador o miembro de la comunidad educativa mediante un diálogo amistoso y claro con el educando, para qué tome conciencia de sus errores y se comprometa a un cambio de actitud. Esta amonestación en privado es a criterio del integrante de la comunidad educativa con el cual ocurrió el hecho.

11.3.2 Segundo Paso: Llamado de atención.

Amonestación verbal- constancia escrita, informe al acudiente. Lo hará quien haya detectado la falta. La misma puede ser reportada por un particular o miembro de la comunidad educativa diferente a docente o directivo docente. Debe recepcionarla para su anotación el Director de Grupo, aclarando el conducto por el cual la conoce y advirtiendo sobre la responsabilidad de la queja.

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El compromiso se registrará en el observador del alumno con causas, compromisos y acciones formativas (autoevaluación del educando) firma del educando y del docente. (Si el educando se niega a firmar la observación, puede firmarla el representante de grupo o un testigo). Todo lo escrito y firmado deberá hacerse con lapicero de tinta negra, con fecha y hora de la acción cometida. No procede el recurso de reposición. Si el educando persiste en su comportamiento y no se nota mejoría, debe intervenir el titular y/o coordinador dejándose constancia en el observador del alumno y notificando al padre de familia.

NOTA. En el caso de aquellos alumnos cuyo comportamiento precisen tratamientos especiales de

carácter reeducativo, se les llevará un estudio aparte del observador y hoja de vida del alumno. Se

acatará á evaluación de Psicorientación antes de tomar el tratamiento. Se citará al padre de

familia o acudiente a coordinación, se dialogará con éstos para analizar conjuntamente las

dificultades presentadas por el alumno, dejando constancia escrita con fijación de acciones

11.3.3 Tercer Paso: Amonestación escrita.

La aplica el director de grupo , el coordinador y / o el orientador

El padre/madre de familia o acudiente y el educando conocerán el debido proceso que se ha llevado hasta el momento y se hará énfasis en la acción cometida.

Consignación en el observador del educando y en la hoja de seguimiento disciplinario.

Seguimiento disciplinario, con fecha y hora de la acción cometida. Firmarán el padre/madre de familia, el educando, el director de grupo y el coordinador.

Según la gravedad de la falta, se extrañará al educando de uno a tres días, para ello se contará con la autorización y el visto bueno del (a) rector (a).

Procede el recurso de reposición y apelación

11.3.4 Cuarto Paso: Remisión al Comité de Convivencia.

El director de grupo, presenta al coordinador de convivencia el o los casos del (los) educandos motivo de estudio

El Coordinador de convivencia presenta la hoja de seguimiento disciplinario y la planilla de los logros actitudinales a dicho comité

Se cita al padre/madre de familia o acudiente, se firma la hoja de compromiso disciplinario (firma educando y padre/madre de familia o acudiente)

Si cumplida esta instancia no se observa un cambio positivo en el educando, se remite al Consejo Directivo para que tome las decisiones a que diera lugar

Procede recurso de reposición y apelación

11.3.5 Quinto Paso: Remisión al Consejo Directivo

Esta instancia recibe del Comité de Convivencia, el informe por escrito del proceso seguido hasta ese momento. El Consejo Directivo está facultado para decidir entre otras las siguientes acciones:

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Des escolarización

Extrañamiento temporal

Extrañamiento por el año lectivo en que infringió la norma

Procede recurso de reposición y apelación

PARÁGRAFO 1: De acuerdo a la valoración médica, dar trato preferencial a los educandos con

problemas de discapacidad y fomentar el respeto de la comunidad educativa para con ellos.

PARÁGRAFO 2: El educando que se encuentra en extrañamiento permanecerá en la Institución

(biblioteca o realizando una tarea determinada) y en su defecto previo acuerdo escrito con el

padre/acudiente, realizando tareas académicas en su domicilio.

PARÁGRAFO 3: En cada uno de los pasos del debido proceso se tendrá en cuenta determinar las

acciones formativas y los compromisos del caso por parte del educando, del padre/madre de

familia o acudiente. Cada una de las etapas del proceso, operará de acuerdo con la gravedad de la

falta cometida y teniendo presente que siempre habrá lugar a un ánimo conciliatorio entre

padre/madre de familia o acudiente, educando y quien (es) apliquen el correctivo pedagógico.

11.4 INFORMACION SOBRE RECURSOS DE REPOSICION Y APELACION

Los recursos de reposición y apelación podrán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los cinco días siguientes a ella, o a la desfijación del edicto, o a la publicación, según el caso. Los recursos se interpondrán ante el funcionario u órgano que profirió la decisión. Si se negare a recibirlos, se podrá presentar ante el Procurador o ante el Personero Municipal para que ordene su recibo y tramite e imponga las sanciones correspondientes. El recurso de apelación podrá interponerse directamente o en subsidio del de apelación. En el texto de toda notificación o publicación se indicarán los recursos que legalmente proceden contra las decisiones de que se trate, las autoridades ante quienes deben interponerse y los plazos para hacerlo. Artículo 47, C.C.A

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12 CAPÍTULO

12.1 ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN

12.1.1 Consejo Directivo.

Es el organismo máximo de participación de la comunidad educativa y de orientación pedagógica

la Institución. Su objetivo es asesorar al (a) rector (a) para la adecuada implementación del

Proyecto Educativo Institucional.

El Consejo Directivo está conformado por:

El (la) rector (a), quien lo preside y lo convoca

Dos representantes de los padres de familia

Un representante del sector productivo

Un representante de los docentes de secundaria

Un representante de los docentes de primaria

Un ex alumno (a) de la Institución

Un representante de los educandos

12.1.1.1 Funciones del Consejo Directivo.

Servir de organismo asesor frente a las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, respetando los niveles de autoridad de los directivos.

Servir de instancia última para resolver conflictos entre los miembros de la Comunidad Educativa, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Pacto de Convivencia.

Asesorar al (a) rector (a), en la adopción y revisión del Pacto de Convivencia.

Estudiar y aprobar las innovaciones educativas y programas especiales.

Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y aportar sugerencias para su adecuada implementación, controlando y estimulando el buen funcionamiento de la comunidad educativa.

Estudiar, hacer sugerencias y aprobar el presupuesto de ingresos y gastos básicos de la Institución.

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Considerar las iniciativas sugeridas de los educandos y otros miembros de la Comunidad Educativa.

12.1.2 Consejo Académico.

El consejo Académico, convocado y presidido por el (la) rector (a), está integrado por los directivos

docentes y un docente por cada área o grado que ofrece la Institución. Se reunirá periódicamente.

12.1.2.1 Funciones del Consejo Académico.

Estudiar, modificar, supervisar y ajustar el currículo de la Institución.

Organizar el plan de estudios, orientar su ejecución, planeación, supervisión, modificación.

Supervisar y orientar el proceso evaluativo de los educandos.

Liderar la orientación pedagógica del establecimiento y participar en la evaluación institucional.

Establecer políticas que permitan la unidad de criterios dentro la Institución.

Promover la investigación al interior de las áreas académicas y del aula de clase.

12.1.3 Comisión de promoción y evaluación.

El Consejo Académico de las instituciones educativas, conforman para cada grado, las comisiones de evaluación y promoción, las cuales están integradas por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la Institución y el (la) rector (a) o su delegado, quien lo convocará y lo presidirá, con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para educandos que presentan dificultades. La comisión debe reunirse al finalizar cada periodo académico, y se analizarán los casos de los educandos con evaluación insuficiente o deficiente en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres/madres de familia o acudientes, el educando y al educador (es) respectivo (s), con el fin de presentarle un plan de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados. La comisión analizará de igual manera los casos de los educandos con desempeño excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. Igualmente se establecerá, si educandos y educadores siguieron los compromisos del periodo anterior. Las observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos.

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12.1.4 Comité de Convivencia.

El Comité de Convivencia es un estamento de la Institución que ha sido creado con el fin de velar por la buena marcha de la Institución y de la formación integral de todos los miembros de la comunidad educativa. El Comité de Convivencia está conformado por:

El (la) rector (a)

Los coordinadores (Uno de ellos deberá presidirlo)

El (la) psicoorientador (a)

Un docente de la sección de primaria

Dos docentes a los que no se les haya asignado dirección de grupo de ambas jornadas

Dos representantes de los padres de familia

Un representante de los educandos (Consejo estudiantil)

12.1.4.1 Funciones del Comité de Convivencia.

Emitir su propio reglamento

Analizar periódicamente el Pacto de Convivencia con el fin de hacerle los ajustes que sean necesarios. Así mismo darlo a conocer a la comunidad educativa y velar porque éste se cumpla.

Realizar actividades y talleres para fomentar la convivencia y los valores

Divulgar los derechos fundamentales, así como los de los niños, niñas y adolescentes.

Instalar mesas de conciliación para la resolución pacífica de conflictos y hacer seguimiento al cumplimiento de lo establecido en el Pacto de Convivencia.

Al finalizar cada período académico se analizarán los casos de los educandos que presentan dificultades en los logros actitudinales.

Servir de organismo asesor y de apoyo cuando se analicen casos críticos de algunos educandos que sean remitidos al Consejo de Directivo.

Reunir a los educandos que infringen permanentemente el Pacto de Convivencia, con el fin de recuperar a tiempo los casos críticos.

Analizar los observadores de los educandos cuyas anotaciones servirán de apoyo para el seguimiento de los casos especiales.

Trazar directrices para que todos los educandos, padres/madres de familia o acudientes, docentes y directivos manejen situaciones siguiendo un patrón general.

Al aplicar los correctivos se tendrá en cuenta que antes de sancionar se debe formar y se buscarán estrategias educativas para dicha formación.

Hacer las sugerencias y recomendaciones que sean pertinentes a padres/madres de familia y acudientes, educandos, docentes y directivos docentes.

Asistir a talleres de formación personal.

Levantar un acta de cada reunión.

12.1.5 Personero (a) de los educandos.

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Es el (a) educando encargado (a) de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los educandos, fijados en la Constitución Nacional y el presente Pacto de Convivencia.

12.1.5.1 Requisitos para ser Personero (a) de los Educandos.

Ser educando del grado undécimo

Haber cursado mínimo dos años en la Institución

Mostrar actitudes positivas de liderazgo

Destacarse en el grupo por su buen desempeño académico y de comportamiento social

Presentar dos fotos en blanco y negro, tamaño cédula

Presentar, con anticipación de por lo menos quince (15) días , una propuesta para trabajar como personero (a).

Cumplir las propuestas presentadas. En caso de no cumplir con al menos las primeras dos (2) propuestas, será reemplazado por el segundo en votación y así sucesivamente.

12.1.5.2 De la elección de personero (a) de los educandos.

La elección del personero (a) de los educandos se hará dentro de los sesenta días calendario, siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo y de manera virtual.

Para tal efecto, el (la) rector (a) convocará a todos los educandos matriculados, con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría y voto secreto.

12.1.5.3 Funciones del personero (a) de los educandos.

Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los educandos.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los (as) educandos sobre lesiones a sus derechos.

Llevar registro de sus acciones y rendir informes a los (as) educandos, a través de los representantes del grupo y del grado.

12.1.6 Representante de los educandos.

Será el vocero de los (as) educandos ante el Consejo Directivo y ante los directivos docentes en todo lo que realice la Institución.

12.1.6.1 Elección del representante de los educandos.

El representante de los (as) educandos al Consejo Directivo será escogido entre los (as) educandos que cursen el último grado en la Institución.

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En la primera reunión de instalación del Consejo Estudiantil se hará la elección de representante de los (as) educandos al Consejo Directivo. Es elegido por el Consejo Estudiantil entre los educandos de los grupos décimos.

12.1.6.2 Funciones del (a) representante.

Participar en las reuniones y actividades propuestas por el Consejo y demás estamentos directivos.

Colaborar con el asesor de grupo en el desarrollo de actividades que redunden en el bienestar de su grupo.

Presentar al asesor de grupo, informes periódicos sobre su gestión.

Asistir a las capacitaciones programadas por los profesores de proyectos sociales. Requisitos para ser representante de grupo:

Mostrar actitudes positivas de liderazgo.

Llevar por lo menos dos años en la Institución.

Tener un buen rendimiento académico y un buen comportamiento social.

Asistir y participar en todo lo que se organice en la Institución con ánimo y buena disposición.

12.1.7 Asociación de Padres de Familia.

Está constituida por los padres/madres o acudientes de la Institución y tiene como objetivo principal colaborar con las directivas, profesores, educandos y empleados en los programas y fines de la educación.

12.1.7.1 Funciones de la Asociación de Padres de Familia.

Está constituida por los padres/madres o acudientes de la Institución y tiene como objetivo principal colaborar con las directivas, profesores, educandos y empleados en los programas y fines de la educación. Los padres/madres de familia o acudientes tendrán derecho a ser representados por la Asociación de Padres en el Consejo Directivo. A su vez, debe acatar las solicitudes y directrices emitidas por la Asociación. La Asociación de padres de familia tendrá su propio reglamento y se regirá por sus disposiciones donde se determinará su funcionamiento, organización interna y perioricidad de sus reuniones. Sólo existirá una asociación de padres de familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y sólo

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tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo.

12.1.8 Consejo de Padres.

Es un organismo de participación de los padres de familia destinado a canalizar la información

sobre los servicios que presta el colegio y asegurar la continua participación de los padres de

familia en el mejoramiento educativo y búsqueda de la calidad y excelencia. Se contará con su

acción en la Institución según la normativa específica para ello (Decreto 1286 de 2005)

12.1.9 Consejo Estudiantil.

Está conformado por los representantes de cada uno de los grupos que tiene la Institución. Es un

organismo que apoya el desarrollo de la vida estudiantil en IENSEC, a través de los grupos de

estudiantes, caracterizados por su liderazgo y trabajo en equipo, su honradez, tolerancia y

compromiso.

Tiene como propósito ser canal de expresión de los estudiantes. Así mismo, propone soluciones a

los desafíos entre los estudiantes y diversos sectores de la IENSEC, buscando el beneficio y la

preservación de los intereses de la comunidad educativa.

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13 CAPÍTULO

13.1 PROYECCIÓN SOCIAL E INVESTIGACIÓN

Se realizará mediante el desarrollo de diferentes proyectos que complementan la labor educativa. Los proyectos que complementan la labor educativa desde el punto de vista institucional son los que son obligatorios. Toda institución educativa está llamada al desarrollo de proyectos que fomenten el desarrollo de competencias de orden cognitivo, afectivo, de valores, etc. Una de las grandes fortalezas que posee nuestra Institución es el desarrollo de diferentes proyectos que responden al horizonte institucional. Por ello, el presente documento pretende dar unas orientaciones precisas de la manera como debemos plasmarlas y evidenciar lo que hacemos.

13.1.1 La estructura de proyectos.

Para la estructura de los proyectos se define el siguiente instructivo.

Título. Esto se hace indicando de una manera sintética, clara y precisa la denominación de aquello que se quiere hacer.

Justificación. Aspecto que nos permite conocer la finalidad que persigue el proyecto, sustentada en lineamientos básicos del PEI (Misión, visión, objetivos institucionales) y donde se visualiza la prioridad y urgencia del problema para el que se busca solución. Es decir por qué este proyecto que se formula es la propuesta de solución más adecuada o viable para resolver ese problema. Algunos de los componentes clave en la justificación responden a lo siguiente:

Pertinencia. Se hace indispensable conocer y ubicar el problema en el contexto educativo afectado por la dinámica institucional. De igual manera la pertinencia articula la propuesta con las necesidades y prioridades de nuestra Institución.

Impacto esperado. Relacionado con el cómo los resultados incidirán en el desarrollo institucional, en la formación de los educandos, en el mejoramiento de la calidad de vida, etc. Es decir, cómo la comunidad educativa será afectada con la ejecución del proyecto.

Objetivos. Indican los aspectos que se desean obtener con el desarrollo del proyecto. Además facilitan y condicionan aspectos relacionados con la metodología y marco teórico.

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Es importante formular objetivos claros, viables y coherentes con la descripción del problema o necesidad planteada en la justificación. Los objetivos se clasifican en generales y específicos: los primeros expresan de manera general la direccionalidad del proyecto. Los específicos guardan una relación de inclusión con los primeros y precisan los aspectos que serán objeto directo de intervención. Para efectos e practicidad y agilidad en los desarrollos de cada proyecto se deberá plantear un solo objetivo general y dos objetivos específicos.

Plan de acción. Es el elemento que orienta la ejecución, monitoreo y evaluación permanente de las diferentes actividades proyectadas al alcance de los objetivos planteados. El cuadro que sintetiza los componentes que configuran este elemento y que debe ser elaborado con la mayor rigurosidad y pertinencia para cada proyecto es el siguiente:

Actividad

Recursos

Fecha

Responsable

Evaluación Como estrategia de comunicación se programarán dos sesiones de trabajo para la socialización de los informes de avance final de los proyectos. Por lo tanto se exige la elaboración de los documentos respectivos en donde se explicite los resultados (parciales y definitivos) del proyecto y, de igual manera, el impacto generado en la comunidad educativa.

Financiación y presupuesto. En este punto debemos expresar claramente ¿qué dinero se requiere para la ejecución del proyecto?, y ¿quiénes serán las instancias, entidades o personas que apoyarán y aportarán los dineros para su desarrollo? Importante para poder establecer convenios interinstitucionales que permitan (por la no disponibilidad presupuestal) el normal desarrollo del proyecto.

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14 CAPÍTULO

14.1 MODIFICACIONES O REFORMAS AL PACTO DE CONVIVENCIA

Si algún miembro de la comunidad educativa desea presentar modificaciones o reformas al pacto

de convivencia, debe:

1. Presentar por escrito la propuesta, anotando con exactitud cuál es el cambio.

2. La rectora presentará la propuesta ante el ente competente, para estudio de la solicitud

quien identificará la clase de modificación.

3. Se presentará la propuesta al consejo directivo para ser avalado.

4. Cualquier modificación, ampliación o complementación al pacto de convivencia, se

realizará y registrará en una constancia, mediante acta reconocida y aprobada por el

consejo directivo.