iniciativa de reforma constitucional
DESCRIPTION
http://mexicoporlavida.org.mx/docs/veracruz/INICIATIVA_DE_REFORMA_CONSTITUCIONAL.pdfTRANSCRIPT
INICIATIVA A FAVOR DE LA VIDA VERACRUZ
REFORMA AL ARTÍCULO 4 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE VERACRUZ
La iniciativa de reforma al artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, para defender la vida desde la concepción hasta la muerte natural, fue presentada en sesión ordinaria por el diputado del PRI, Leopoldo Torres García, el 10 de Noviembre de 2009. Dicha iniciativa se turno para su análisis y dictamen a la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación.
En la que se adiciona un segundo párrafo al artículo 4 constitucional para quedar como sigue:
“Artículo 4°.- El Estado garantizará el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos del individuo. La ley Determinará los casos de excepción.
Integración de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación
Presidente Julio Hernández Ramírez PRI
Secretaria Elvia Ruiz Cesáreo PRI
Vocal José De Jesús Mancha Alarcón PAN
Presentación del Dictamen
El 17 de noviembre de 2009, en sesión ordinaria fue presentado ente el
Pleno del Congreso de Veracruz, por la Comisión de Puntos Constitucionales
y Gobernación, el dictamen de la iniciativa que reforma y adiciona el párrafo
segundo del Artículo Cuarto de la Constitución Política del estado, para elevar
a rango constitucional la defensa de la vida desde la concepción o
fecundación hasta la muerte natural, sumándose al 53 por ciento de los
Congresos estatales en el país que cuentan con legislaciones a favor de la
vida.
El Congreso del estado aprobó –pese a la oposición del Partido de la
Revolución Democrática (PRD) y el de Convergencia, que propuso un foro
para discutir el tema– la reforma al artículo cuarto de la Constitución local
para garantizar el derecho a la vida desde la concepción.
Debate en el Pleno del Congreso de Veracruz
En contra del dictamen
Margarita Guillaumín Romero, diputada del PRD
“Que el dictamen se regrese a Comisiones y que sea estudiado para realizarse
foros”; “Lamento la falta de claridad, prudencia y desprecio a las normas que
rigen el quehacer legislativo en este Congreso que hoy se han materializado
de manera contundente, arropadas por el voto de la mayoría de los grupos
legislativos de PRI y PAN"; "No serán criminalizadas con una pena privativa de
su libertad, sino con el benévolo concepto de que están enfermas,
perturbadas, locas, son ignorantes y las vamos a rehabilitar, ¡aleluya!".
Manuel Bernal Rivera, diputado del PRD
Le solicito al Gobernador Fidel Herrera que detenga esta aberración, que
encuentre un espacio de reflexión para impedir la publicación de esta
reforma. En el PRD defendemos el derecho que tienen las mujeres al ejercicio
de la maternidad responsable y el derecho a decidir sobre su cuerpo, en
condiciones de equidad y sin discriminación. Atrás de esta disposición se
encuentra la jerarquía eclesiástica para controlar el cuerpo de las mujeres.
Alfredo Tress Jiménez, diputado de Convergencia
“Se le da el derecho irrefutable a la ciudadanía, es fundamental escuchar
todas las voces, sin embargo cuando la mayoría ciudadana opina contraria a
nosotros debemos acatar su opinión”. “Consultemos a las mujeres, que les
informes de sus derechos y obligaciones, que la mujer decida sobre su cuerpo,
pero informadamente, Convergencia está por el referéndum”
En favor del dictamen
Rafael Sánchez Hernández, diputado del PAN
“La reforma constitucional tiene como objeto fundamental proteger a la
mujer y defender la vida de todos, de tal manera que no se vulneren los
derechos de nadie, ya que se conservan intactas las excepciones del aborto,
excepciones la ley no la penalizara”.
Contenido del Dictamen
La reforma constitucional deja claro, a través de un Artículo transitorio, que
se mantienen intactas las causales de excepción de responsabilidad penal ya
previstas en el Código Penal, lo que implica que no se ejercitará ninguna
acción penal para las mujeres que aborten cuando el embarazo es producto
de una violación, si está en riesgo la vida de la madre y cuando existan
malformaciones congénitas del bebé por nacer.
Con la reforma, la nueva redacción del 4º Constitucional queda así:
“Artículo 4°.-El Estado garantizará el derecho a la vida desde el momento de
la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el
ejercicio de los demás derechos del individuo. La ley determinará los casos de
excepción”
“Transitorios. “Segundo.-Se derogan todas las disposiciones que se opongan
al presente decreto salvo las que tengan relación con este decreto ya
previstas en el Código Penal para el Estado”.
Reforma al Artículo Cuarto de la Constitución Política de Veracruz
El Estado garantizará el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el ejercicio de los demás derechos del individuo. La ley Determinará los casos de excepción.
Conformación Congreso del Estado de Veracruz
El Congreso de Veracruz está integrado por 50 legisladores; 30 del PRI, 11 del
PAN, 4 del PRD, 2 de Convergencia, 1 del PT, 1 independiente y 1 PRV.
Votación del Dictamen
Por mayoría calificada de 37 votos a favor, de las fracciones parlamentarias
del PRI y PAN y 6 en contra de los legisladores del PRD Margarita Guillaumín
Romero, Manuel Bernal Rivera; de Convergencia, Alfredo Tress Jiménez, José
Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón; del PT Julio Chávez Hernández y
Dalia Pérez del PRI, fue aprobado el dictamen de reforma constitucional en
defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte natural.
Manifestaciones de la Sociedad Civil ante la aprobación de ley en defensa
de la vida en Veracruz
A favor
Posicionamiento de la sociedad civil
Eduardo Patiño Leal, Obispo de la Diócesis de Córdoba
“Veo con buenos ojos el hecho de que el gobernador se sensibilice y apoye la "Ley Antiaborto" para el Estado de Veracruz, porque la vida tiene que respetarse desde su concepción hasta la muerte natural.”
Manuel Lila de Arce, Secretario de Salud del Estado de Veracruz
Acerca de la aprobación de la reforma que protege la vida: “Respetaremos lo que decida el legislativo. No soy filósofo, no soy religioso, simplemente soy un ser humano, y en este caso como funcionario tendremos que acatar, insisto, lo que el legislativo decida.”
En Contra
Nohemí Quirasco Hernández, Presidenta de la Comisión Estatal de los
Derechos Humanos (CEDH)
“De aprobarse la reforma al artículo cuarto de la Constitución Política para
proteger la vida del no nacido, se criminalizará a la miseria, por lo cual estoy
en contra de dicha reforma.”
Martha Mendoza Parissi, Directora del Instituto Veracruzano de la Mujer
(IVM)
“Los legisladores no deben aprobar una reforma constitucional para la protección a la vida desde el momento de la concepción, hasta que se consulten a todos los sectores de la sociedad y se promueva un debate sustentado en argumentos científicos, legales y no morales o de una sola posición ideológica.”
Proceso en cabildos
ARTÍCULO 84. Esta Constitución podrá ser reformada en todo o en parte por
el Congreso del Estado. Las reformas deberán ser aprobadas en dos períodos
de sesiones ordinarios sucesivos, por el voto de las dos terceras partes de los
miembros del Congreso. Para que las reformas formen parte de esta
Constitución, será necesaria la aprobación de la mayoría de los
ayuntamientos, la que deberá darse en sesión extraordinaria de cabildo en
un término improrrogable de noventa días naturales contados a partir del día
siguiente a aquel en que reciban el proyecto. Para la reforma total o la
abrogación de las disposiciones contenidas en esta Constitución, será
obligatorio el referendo que señala el artículo 17 de este ordenamiento. El
Congreso o la Diputación Permanente hará el cómputo de los votos de los
ayuntamientos y, en su caso, la declaratoria de que han sido aprobadas las
reformas.