ing. mariano pinilla poveda bogotá d.c....2021/02/03  · indicados en la ley 1796 de 2016...

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CLASIFICADOS JUDICIALES 22A EL NUEVO SIGLO MIÉRCOLES 3 DE FEBRERO DE 2021 CURADURIA URBANA 5 Ing. Mariano Pinilla Poveda Bogotá D.C. LICENCIAS CURADURIA URBANA 5 Ing. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR PUBLICACION De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artículo 73 del Código de Procedimiento Admi- nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-21-0098 expedida el 25 de Enero de 2021. El Curador Urbano de Bogotá ING. MARIANO PINILLA POVEDA RESUELVE OTORGAR MODIFICACIÓN LICENCIA DE CONS- TRUCCIÓN (VIGENTE) PARA CUATRO (4) EDIFI- CACIONES, CADA UNA DE ELLAS CON CUATRO (4) PISOS, EL PRIMERO NO HABITABLE EN CADA UNA, CON UN TOTAL DE 51 UNIDADES DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR DE INTERÉS SOCIAL (VIS), NUEVE (9) CUPOS DE ESTACIO- NAMIENTOS PRIVADOS, TRES (3) ESTACIONA- MIENTOS PARA VISITANTES LOS CUALES SON PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA, TRECE (13) CUPOS PARA BICICLETAS Y TRES (3) DEPÓSITOS, EN DONDE SE MODIFICA Y REFUERZA LA EDIFICACIÓN APROBADA EN GESTIÓN ANTERIOR Y SE AMPLÍAN TRES (3) MAS EN EL PREDIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): AC 153 7 F 34 (ACTUAL) , KR 7 G 153 12 (ACTUAL) , KR 7 G 153 20 (ACTUAL) , KR 7 G 153 21 (AC- TUAL) , KR 7 G 153 27 (ACTUAL), KR 7 G 153 28 (ACTUAL) , KR 7 G 153 35 (ACTUAL) , KR 7 G 153 36 (ACTUAL) , KR 7 G 153 39 (AC- TUAL), CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050N20096472, 050N20098282, 050N20110988, 050N20155286, 050N309597, 050N890645, 050N890899, 050N890900, 050N891019, CON CHIP(S) # AAA0109CHLF, AAA0109CHMR, AAA0109CHOM, AAA- 0109CHRJ, AAA0109CHSY, AAA0109CHTD, AAA0109CHUH, AAA0109CHWW, AAA- 0109CHXS LOTE: SIN NUMERO MANZANA: SIN NUMERO URBANIZACIÓN: BARRANCAS, LO- CALIDAD USAQUÉN, TITULAR(ES): CAINA MO- RENO ADRIANA MILENA NIT / CC: 52392929- , PRIETO DURAN ALEX FELIPE IDENTIFICADO CON CC: 1020779718 , ALVARADO PEREZ RAUL IDENTIFICADO CON CC: 80083497 , PRIE- TO TORRES LUSI FELIPE IDENTIFICADO CON CC: 79152118 EN CALIDAD DE: POSEEDOR, NARANJO PARRA ALIRIO IDENTIFICADO CON CC: 9530318 , PRIETO DURAN JULIAN ALEXIS IDENTIFICADO CON CC: 1020827352 , PRIETO DURAN MIRYAM JOHANA IDENTIFICADO CON CC: 1020741065, PRIETO TORRES UBALDO ANTONIO IDENTIFICADO CON CC: 79156178 , TORRES DE PRIETO MARIA DEL CARMEN IDENTIFICADO CON CC: 20034223 , NARANJO PARRA JUNIOR ALEXANDER IDENTIFICADO CON CC: 1020780364 , ALFONSO MARIA LUCIA IDENTIFICADO CON CC: 41510586 , SALAMANCA ALFONSO JORGE IDENTIFICADO CON CC: 80420682, SALAMANCA ALFONSO NUBIA IDENTIFICADO CON CC: 39777529 , CONSTRUCTOR RESPONSABLE: DE ORO SANTIS NESTOR GIL (CÉDULA: 6882722 MATRÍCULA: 08700-22026 DE ATL). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P. Res V- Pub. Bic. VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO APLICA 51 9 3 13 OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTO Observaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones. PRECISIONES: 6. PRECISIONES DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 181 DEL DECRETO NACIONAL 019 DE 2012, NO ES EXIGIBLE EL COBRO DE PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA, TODA VEZ QUE A LA FECHA DE RADICACIÓN DE LA SOLICITUD NO SE ENCONTRÓ INSCRITA LA RESPECTIVA ANOTACIÓN EN FOLIO DE MATRÍCULA INMOBI- LIARIA DEL PREDIO OBJETO DE LA SOLICITUD. EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ RE- CONSTRUIR Y REHABILITAR LOS ANDENES CORRESPONDIENTES AL PREDIO (S) EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 -CARTILLA DE ANDENES-. AREAS Y LINDEROS SEGÚN GESTION AN- TERIOR. UBICACIÓN NORMATIVA SEGÚN NOMENCLA- TURA ACTUAL. LA EDIFICACION DEBERA TENER EN CUENTA EL CODIGO ELECTRICO COLOMBIANO NTC 2050 Y EL REGLAMENTO TECNICO DE REDES ELECTRICAS –RETIE- RESOLUCION 18 0498 DE ABRIL 29 DE 2005 ARTICULO 13 –DISTANCIA DE SEGURIDAD- Y CONTROLAR EL RIESGO POR REDES ELECTRICAS ALEDAÑAS ESPE- CIALMENTE EN LO RELACIONADO CON LA DISTANCIA MINIMA QUE DEBE TENER LA FA- CHADA RESPECTO DE ESTAS REDES AEREAS. LA PRESENTE LICENCIA SE EXPIDE BAJO EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA BUENA FE, TENIENDO EN CUENTA QUE EL SOLICITANTE DECLARA QUE LA LICENCIA CORRESPONDE A UN PROYECTO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. MEDIANTE LA PRESENTE LICENCIA SE APRUE- BA LA MODIFICACIÓN TOTAL DE LA EDIFICA- CIÓN APROBADA EN LA GESTIÓN ANTERIOR CORRESPONDIENTE AL INTERIOR 5 Y SE APRUEBA LA INTERVENCIÓN DEL INTERIOR 2 DEL PLANO TOPOGRÁFICO U.56/1-21 Y DE LOS INTERIORES 2, 3 Y 4 DEL PLANO TOPOGRÁFICO U.56/1-19, PARA UN TOTAL DE CUATRO (4) EDIFICACIONES EN CUATRO (4) PISOS CADA UNA, EL PRIMERO NO HABITABLE EN CADA UNA DE ELLAS PARA UN TOTAL DE CINCUENTA Y UN (51) UNIDADES DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL (VIS). CADA EDIFICACIÓN ES AUTÓNO- MA EN EL CUMPLIMIENTO DE LA EXIGENCIA DE ESTACIONAMIENTOS Y EQUIPAMIENTO COMUNAL. ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESIS- TENTE NSR-10. EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSA- BLE DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APROPIADAMENTE. SEGÚN EL LITERAL A,1,3,6,5 DE NSR-10 EL URBANIZADOR O CONTRATISTA ES RESPON- SABLE DE “QUE LOS ELEMENTOS NO ESTRUC- TURALES SE CONSTRUYAN DE ACUERDO CON LO DISEÑADO, CUMPLIENDO CON EL GRADO DE DESEMPEÑO ESPECIFICADO”. REQUIERE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE ACUER- DO CON EL TITULO I DEL REGLAMENTO NSR-10 , DECRETO 1203 DE 2017, INDICADOS EN LA LEY 1796 DE 2016 ARTICULO 4°. EL PROYECTO CUENTA REVISION INDEPEN- DIENTE DE LOS DISEÑOS ESTRUCTURALES, INDICADOS EN LA LEY 1796 DE 2016 ARTI- CULO 3°. VIGENCIA: LA PRESENTE MODIFICACIÓN DE LICENCIA NO PRORROGA LOS TÉRMINOS DE VIGENCIA DE LA LICENCIA No. 11001-5- 19-0865 DE 30-JUL-19 - EJECUTORIADA: 27- AGO-19 VIGENTE HASTA: 27-AGO-21. Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Subsecretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. ING. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C. CURADURIA URBANA 5 Ing. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR PUBLICACION De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artículo 73 del Código de Procedimiento Admi- nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-21-0114 expedida el 26 de Enero de 2021. El Curador Urbano de Bogotá ING. MARIANO PINILLA POVEDA RESUELVE OTORGAR RECONOCIMIENTO DE CONSTRUC- CIONES Y LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA(S) MODALIDAD(ES) DE AMPLIACION, MODIFICACIÓN, REFORZAMIENTO ESTRUC- TURAL, DEMOLICIÓN PARCIAL PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR DE 3 PISOS Y 1 PISO NO HABITABLE EN CUARTO PISO EN EL PRE- DIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): KR 19 A 52 96 S (ACTUAL), CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050S70632, CON CHIP(S) # AAA0020UXLF LOTE: 1 MANZANA: 25B URBANIZACIÓN: SAN CARLOS, LOCALIDAD TUNJUELITO, TITULAR(ES): PEREZ ALVIS MARTHA LIGIA NIT / CC: 41504624- EN CALIDAD DE POSEEDOR, CONSTRUCTOR RES- PONSABLE: TORRES GAMA JONNY ANDRES (CÉDULA: 79852494 MATRÍCULA: A25322005- 79852494 DE CND). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P. Res V- Pub. Bic. COMERCIO VECINAL B 1 0 0 0 VIVIENDAMUL- TIFAMILIAR NO APLICA 4 1 0 0 OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTO Observaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones. 6. PRECISIONES ÁREA Y LINDEROS SEGÚN ESCRITURA PÚ- BLICA 3156 DEL 31 DE JULIO DE 1958 DE LA NOTARIA SEPTIMA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ LA EDIFICACIÓN DEBERÁ TENER EN CUENTA EL CÓDIGO ELÉCTRICO COLOMBIANO N.T.C. 2050 Y EL REGLAMENTO TÉCNICO DE REDES ELÉCTRICAS - RETIE - RESOLUCIÓN 90708 DE AGOSTO 30 DE 2013 ARTÍCULO 2 - DIS- TANCIAS DE SEGURIDAD - Y CONTROLAR EL RIESGO POR REDES ELÉCTRICAS ALEDAÑAS ESPECIALMENTE EN LO RELACIONADO CON LA DISTANCIA MÍNIMA QUE DEBE TENER LA FA- CHADA RESPECTO DE ESTAS REDES AEREAS. EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ CONS- TRUIR LOS ANDENES CORRESPONDIENTES AL PROYECTO EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 - CARTILLA DE ANDENES ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESIS- TENTE NSR-10. EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSA- BLE DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APROPIADAMENTE. REQUIERE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE ACUER- DO CON EL TITULO I DEL REGLAMENTO NSR-10 VIGENCIA: ESTE ACTO TIENE UNA VIGENCIA DE VEINTICUATRO (24) MESES, PRORROGA- BLES POR UNA SOLA VEZ POR DOCE (12) MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU EJECUTORIA. Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Subsecretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. ING. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C. *P1-1-03 NOTARIAS NOTARÍA 33 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EDICTO EL NOTARIO TREINTA Y TRES (33) ENCARGA- DO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C., EMPLAZA: A todas las personas que crean tener el derecho a intervenir dentro del trámite de liquidación de herencia intestada y liquidación de la sociedad conyugal de los Señores LUIS ALEJANDRO MESA JIMENEZ Y MARIA DEL CARMEN JIME- NEZ DE MESA quienes en vida se identificaban respectivamente con las cédulas de ciudadanía números 139.138 y 20.150.541, fallecidos ambos en Bogotá D.C., el primero, el día 28 de mayo del año 2019 y la segunda, el 17 de febrero del año 2015, siendo esta ciudad su último domicilio y el asiento principal de sus bienes y negocios. Para tales efectos deberán probar su calidad de interesados dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico y radio difusora de la localidad. Aceptado el trámite notarial mediante ACTA NÚMERO SEIS (06) de fecha 1o de febrero del año 2021. En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, se procede a la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación en la localidad y su divulgación en una emisora local, así como su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. En constancia, se firma y se fija el presente EDICTO el día 1o del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021). MANUEL ANDRES CLAROS SANABRIA NOTARIO TREINTA Y TRES (33) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *J2-1-03 NOTARIA 55 BOGOTÁ D.C. ALEJANDRO HERNÁNDEZ MUÑOZ NOTARIO EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y CINCO (55) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite notarial de liquidación de la Sociedad conyugal y de la herencia del CAUSANTE JOSE DOLORES IBAÑEZ ALBARRACIN, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 3.176.720 y falleció el día veintiuno (21) de junio del año dos mil quince (2.015) en la ciudad de Bogotá, D.C., siendo éste el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; para que lo hagan dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, y cuyo trámite sucesoral fue aceptado me- diante ACTA NÚMERO 6 de fecha treinta (30) de enero del año dos mil veintiuno (2.021). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una emisora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su publica- ción en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. ALEJANDRO HERNÁNDEZ MUÑOZ NOTARIO Se fija hoy, 02 FEB 2021 a las 8:00 AM. HAY UN SELLO *J2-2-03 EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE TUNJA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la Herencia de la causante ROSA TIUSABA DE SANABRIA, quien en vida se identifica con la cédula de ciudadanía número 24.068.235 expedida en Siachoque (Boyacá), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), habiendo ocurrido su fallecimiento en la ciudad de Bogotá, el día catorce (14) de Julio del año dos mil (2000); para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, se hagan presentes. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 026 de fecha veintiocho (28) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplía circulación y en la radiodi- fusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, veintinueve (29) días del mes de Diciembre del año dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. El Notario Tercero: EDGAR GREGORIO VACA ULLOA HAY UN SELLO *S5-1-03 EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE TUNJA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la Herencia de la causante CON- CEPCION PINEDA DE BELTRAN, quien en vida se identifica con la cédula de ciudadanía número 23.255.567 expedida en Tunja (Boyacá), cuyo último domicilio y asiento principal de sus ne- gocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), habiendo ocurrido su fallecimiento en la ciudad de Tunja (Boyacá), el día dieciséis (16) de Marzo del año dos mil ocho (2008); para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, se hagan presentes. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 025 de fecha veintiocho (28) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplía circulación y en la radiodi- fusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, veintinueve (29) días del mes de Diciembre del año dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. El Notario Tercero: EDGAR GREGORIO VACA ULLOA HAY UN SELLO *S5-2-03 NOTARÍA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2020-0112 LA NOTARÍA 3 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA DEL CAUSANTE: REYES MORE- NO GOMEZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 108.928 de Bogotá D.C. quien falleció en la ciudad de Bogotá el día veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017) siendo la ciudad de Bogotá D.C. el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de este Edicto. El trámite notarial de ésta sucesión en ésta Notaria fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTE-CIENTO DOCE (2020-112) de fecha veintinueve (29) de diciembre de dos mil veinte (2020) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 992 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, treinta (30) de Diciembre de dos mil veinte (2020) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). MARIA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA ( E ) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *H1-1-03 NOTARÍA CUARENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ EDICTO EL NOTARIO CUARENTA Y TRES (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes à la fecha de publicación de este Edicto, en el trámite LIQUIDACIÓN SUCESORAL del causante ANTONIO MARIA QUINTERO SANDOVAL, quien en vida se identifico con la cédula de ciudadanía No. 79.396.608, fallecido en la ciudad de Bogotá, D.C., el día 30 de septiembre de 2018, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. La iniciación del trámite notarial se aceptó mediante Acta No. 010-2021 de fecha 1 de febrero de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, editado en Bogotá y en una emisora de reconocida sintonía, también de esta capital en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, y en cumplimiento de lo anterior. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría, hoy primero (1°) de febrero de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.). PATRICIA HERRERA REINA NOTARIA CUARENTA Y TRES (43) (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTA HAY UN SELLO *H1-2-03 NOTARÍA CUARENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ EDICTO EL NOTARIO CUARENTA Y TRES (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se con- sideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de este Edicto, en el trámite LIQUIDACIÓN SUCESORAL de los causantes BELARMINA MOTTA DE GUERRERO y JOSE EUCLIDES GUERRERO GALEÓN, quienes en vida se identificaron con la cédula de ciudadanía No. 20.703.946 y 57.646 expedida en Bogotá y la Peña – Cundinamarca, respectivamente, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. La iniciación del trámite notarial se aceptó mediante Acta No. 011-2021 de fecha 1 de febrero de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, editado en Bogotá y en una emisora de reconocida sintonía, también de esta capital en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, y en cumplimiento de lo anterior. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría, hoy primero (1°) de febrero de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.). PATRICIA HERRERA REINA NOTARIA CUARENTA Y TRES (43) (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTA HAY UN SELLO *H1-3-03 EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO, CUNDINAMARCA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTESTADA de los causantes FELIX ANTONIO PRIETO CELY (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.023.700 expedida en Corrales, Boyacá e HILDA MARIA AGUDELO FONSECA DE PRIETO O HILDA AGUDELO DE PRIETO, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 24.110.521 expedida en Corrales, Boyacá, siendo el diecinueve (19) de diciembre del año dos mil catorce (2014) en la ciudad de Bogotá D.C., y el seis (06) de marzo del año dos mil veinte (2020) en la ciudad de Bogotá D.C., respectivamente el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundinamarca, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número once (11) del primero (01) de febrero del dos mil veintiuno (2021) y para efectos del numeral 2° del artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy dos (02) de febrero del dos mil veintiuno (2021) a las siete y treinta de la mañana. NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO HAY UN SELLO *H1-4-03 NOTARÍA 7 EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO 7o DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ (TOLIMA), EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia intestada de la causante Gloria Rubio de Blanco, q.e.p.d., identificada en vida con la cédula de ciudadanía No. 28.519.396 de Ibagué (Tolima), fallecida en esta ciudad el dia 29 de junio del año 2010, quien tuvo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios en la ciudad de Ibagué. El trámite fue aceptado mediante el acta No. 001 del día 1o de febrero del año dos mil veintiuno (2021), ordenando la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación de la sociedad conyugal y herencia mediante la fijación de este edicto y su respectiva publicación en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora del lugar, además de fijarlo por el término de diez (10) días hábiles en sitio visible de esta notaría. El presente edicto se fija hoy primero (19) de febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho (8) de la mañana y será desfijado el día doce (12) de este mes, a las cuatro (4) de la tarde. HECTOR JULIO CRUZ CASALLAS NOTARIO 7° DE IBAGUÉ (TOLIMA) HAY UN SELLO *I2-1-03 HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NIT. 51.577.770-5 NOTARÍA 46 CÍRCULO DE BOGOTA HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NOTARIA CUARENTA Y SEIS (46) EDICTO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite de liquidación notarial de la Liquidación de la Herencia intestada, realizada de la causante CARLOS JULIO PINEDA BEJARANO (Q.E.P.D.), quien se identificaba en vida con cedula de ciudadanía número 79’149.784 DE USAQUÉN, quien falleció a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de dos mil dieciocho (2018), en la ciudad de Bogotá, D.C., y su último domicilio y siendo el asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá, D.C.. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta No 004 de fecha veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de éste Edicto en un Periódico y en una Radiodifusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija a los veintiséis (26) días del mes de enero de dos mil veintiuno (2021) a las 8:00 a.m. LA NOTARIA HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO HAY UN SELO *C2-1-03R NOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BO- GOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESIÓN de el(la-los) causante(s) DITER WILFREDO FLOREZ BOLAÑOS, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 80.256.656, quien trece (13) de Julio de dos mil quince (2015), siendo la ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 27 de fecha primero (1) de febrero de dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 ordenando además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy primero (1) de febrero de dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HÉRNANDO CHACON OLIVEROS (E) HAY UN SELLO *R1-1-03 NOTARÍA 79 DEL CÍRCULO NOTARIAL DE BOGO- TÁ D.C DR. LUIS BERNARDO FRANCO RAMIREZ AEROPUERTO INTERNACIONAL EL DORADO EDICTO EL NOTARIO SETENTA Y NUEVE (79) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de la adición de la liquidación sucesoral- e intestada del causante JACINTO CEPEDA RODRIGUEZ quien se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 17.152.326 expedida en Bogotá quien falleció en Bogotá, lugar de su último domicilio, el quince (15) de mayo del año dos mil once (2011), ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO CERO TRES (003) del veintiocho (28) de enero de 2021. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy, veintinueve (29) de enero del año dos mil veintiuno (2021), a la 1:00 pm SE DESFIJA HOY: CLAUDIA ROSA GUZMAN DIMATE NOTARIA SETENTA Y NUEVE (79) (E) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *V1-1-03 NOTAR1A CIRCULO DE CHIA. NOTARIA PRIME- RA DEL CIRCULO DE CHÍA, CUNDINAMARCA JUAN ANTONIO VILLAMIZAR TRUJILLO - NOTA- RIO NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE CHÍA - CUNDINAMARCA EDICTO EMPLAZATORIO LIQUIDACIÓN DE HERENCIA DE LA CAUSANTE MARIA BENITA GUEVARA CATOLICO EL SUSCRI- TO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE CHÍA

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  • CLASIFICADOS JUDICIALES22A EL NUEVO SIGLO MIÉRCOLES 3 DE FEBRERO DE 2021

    CURADURIA URBANA 5Ing. Mariano Pinilla Poveda

    Bogotá D.C.

    LICENCIAS

    CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

    CURADORPUBLICACION

    De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artículo 73 del Código de Procedimiento Admi-nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-21-0098 expedida el 25 de Enero de 2021.El Curador Urbano de BogotáING. MARIANO PINILLA POVEDARESUELVEOTORGAR MODIFICACIÓN LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN (VIGENTE) PARA CUATRO (4) EDIFI-CACIONES, CADA UNA DE ELLAS CON CUATRO (4) PISOS, EL PRIMERO NO HABITABLE EN CADA UNA, CON UN TOTAL DE 51 UNIDADES DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR DE INTERÉS SOCIAL (VIS), NUEVE (9) CUPOS DE ESTACIO-NAMIENTOS PRIVADOS, TRES (3) ESTACIONA-MIENTOS PARA VISITANTES LOS CUALES SON PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA, TRECE (13) CUPOS PARA BICICLETAS Y TRES (3) DEPÓSITOS, EN DONDE SE MODIFICA Y REFUERZA LA EDIFICACIÓN APROBADA EN GESTIÓN ANTERIOR Y SE AMPLÍAN TRES (3) MAS EN EL PREDIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): AC 153 7 F 34 (ACTUAL) , KR 7 G 153 12 (ACTUAL) , KR 7 G 153 20 (ACTUAL) , KR 7 G 153 21 (AC-TUAL) , KR 7 G 153 27 (ACTUAL), KR 7 G 153 28 (ACTUAL) , KR 7 G 153 35 (ACTUAL) , KR 7 G 153 36 (ACTUAL) , KR 7 G 153 39 (AC-TUAL), CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 0 5 0 N 2 0 0 9 6 4 7 2 , 0 5 0 N 2 0 0 9 8 2 8 2 , 050N20110988, 050N20155286, 050N309597, 050N890645, 050N890899, 050N890900, 050N891019, CON CHIP(S) # AAA0109CHLF, AAA0109CHMR, AAA0109CHOM, AAA-0109CHRJ, AAA0109CHSY, AAA0109CHTD, AAA0109CHUH, AAA0109CHWW, AAA-0109CHXS LOTE: SIN NUMERO MANZANA: SIN NUMERO URBANIZACIÓN: BARRANCAS, LO-CALIDAD USAQUÉN, TITULAR(ES): CAINA MO-RENO ADRIANA MILENA NIT / CC: 52392929- , PRIETO DURAN ALEX FELIPE IDENTIFICADO CON CC: 1020779718 , ALVARADO PEREZ RAUL IDENTIFICADO CON CC: 80083497 , PRIE-TO TORRES LUSI FELIPE IDENTIFICADO CON CC: 79152118 EN CALIDAD DE: POSEEDOR, NARANJO PARRA ALIRIO IDENTIFICADO CON CC: 9530318 , PRIETO DURAN JULIAN ALEXIS IDENTIFICADO CON CC: 1020827352 , PRIETO DURAN MIRYAM JOHANA IDENTIFICADO CON CC: 1020741065, PRIETO TORRES UBALDO ANTONIO IDENTIFICADO CON CC: 79156178 , TORRES DE PRIETO MARIA DEL CARMEN IDENTIFICADO CON CC: 20034223 , NARANJO PARRA JUNIOR ALEXANDER IDENTIFICADO CON CC: 1020780364 , ALFONSO MARIA LUCIA IDENTIFICADO CON CC: 41510586 , SALAMANCA ALFONSO JORGE IDENTIFICADO CON CC: 80420682, SALAMANCA ALFONSO NUBIA IDENTIFICADO CON CC: 39777529 , CONSTRUCTOR RESPONSABLE: DE ORO SANTIS NESTOR GIL (CÉDULA: 6882722 MATRÍCULA: 08700-22026 DE ATL). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P . R e s V- Pub. Bic.VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO APLICA 51 9 3 13OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTOObservaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones. PRECISIONES:6. PRECISIONESDE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 181 DEL DECRETO NACIONAL 019 DE 2012, NO ES EXIGIBLE EL COBRO DE PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA, TODA VEZ QUE A LA FECHA DE RADICACIÓN DE LA SOLICITUD NO SE ENCONTRÓ INSCRITA LA RESPECTIVA ANOTACIÓN EN FOLIO DE MATRÍCULA INMOBI-LIARIA DEL PREDIO OBJETO DE LA SOLICITUD.EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ RE-CONSTRUIR Y REHABILITAR LOS ANDENES CORRESPONDIENTES AL PREDIO (S) EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 -CARTILLA DE ANDENES-.AREAS Y LINDEROS SEGÚN GESTION AN-TERIOR.UBICACIÓN NORMATIVA SEGÚN NOMENCLA-TURA ACTUAL.LA EDIFICACION DEBERA TENER EN CUENTA EL CODIGO ELECTRICO COLOMBIANO NTC 2050 Y EL REGLAMENTO TECNICO DE REDES ELECTRICAS –RETIE- RESOLUCION 18 0498 DE ABRIL 29 DE 2005 ARTICULO 13 –DISTANCIA DE SEGURIDAD- Y CONTROLAR EL RIESGO POR REDES ELECTRICAS ALEDAÑAS ESPE-CIALMENTE EN LO RELACIONADO CON LA

    DISTANCIA MINIMA QUE DEBE TENER LA FA-CHADA RESPECTO DE ESTAS REDES AEREAS.LA PRESENTE LICENCIA SE EXPIDE BAJO EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA BUENA FE, TENIENDO EN CUENTA QUE EL SOLICITANTE DECLARA QUE LA LICENCIA CORRESPONDE A UN PROYECTO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL.MEDIANTE LA PRESENTE LICENCIA SE APRUE-BA LA MODIFICACIÓN TOTAL DE LA EDIFICA-CIÓN APROBADA EN LA GESTIÓN ANTERIOR CORRESPONDIENTE AL INTERIOR 5 Y SE APRUEBA LA INTERVENCIÓN DEL INTERIOR 2 DEL PLANO TOPOGRÁFICO U.56/1-21 Y DE LOS INTERIORES 2, 3 Y 4 DEL PLANO TOPOGRÁFICO U.56/1-19, PARA UN TOTAL DE CUATRO (4) EDIFICACIONES EN CUATRO (4) PISOS CADA UNA, EL PRIMERO NO HABITABLE EN CADA UNA DE ELLAS PARA UN TOTAL DE CINCUENTA Y UN (51) UNIDADES DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL (VIS). CADA EDIFICACIÓN ES AUTÓNO-MA EN EL CUMPLIMIENTO DE LA EXIGENCIA DE ESTACIONAMIENTOS Y EQUIPAMIENTO COMUNAL.ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESIS-TENTE NSR-10.EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSA-BLE DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APROPIADAMENTE.SEGÚN EL LITERAL A,1,3,6,5 DE NSR-10 EL URBANIZADOR O CONTRATISTA ES RESPON-SABLE DE “QUE LOS ELEMENTOS NO ESTRUC-TURALES SE CONSTRUYAN DE ACUERDO CON LO DISEÑADO, CUMPLIENDO CON EL GRADO DE DESEMPEÑO ESPECIFICADO”.REQUIERE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE ACUER-DO CON EL TITULO I DEL REGLAMENTO NSR-10 , DECRETO 1203 DE 2017, INDICADOS EN LA LEY 1796 DE 2016 ARTICULO 4°.EL PROYECTO CUENTA REVISION INDEPEN-DIENTE DE LOS DISEÑOS ESTRUCTURALES, INDICADOS EN LA LEY 1796 DE 2016 ARTI-CULO 3°.VIGENCIA: LA PRESENTE MODIFICACIÓN DE LICENCIA NO PRORROGA LOS TÉRMINOS DE VIGENCIA DE LA LICENCIA No. 11001-5-19-0865 DE 30-JUL-19 - EJECUTORIADA: 27-AGO-19 VIGENTE HASTA: 27-AGO-21. Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Subsecretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.ING. MARIANO PINILLA POVEDACURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C.

    CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDACURADORPUBLICACIONDe conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artículo 73 del Código de Procedimiento Admi-nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-21-0114 expedida el 26 de Enero de 2021.El Curador Urbano de BogotáING. MARIANO PINILLA POVEDARESUELVEOTORGAR RECONOCIMIENTO DE CONSTRUC-CIONES Y LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA(S) MODALIDAD(ES) DE AMPLIACION, MODIFICACIÓN, REFORZAMIENTO ESTRUC-TURAL, DEMOLICIÓN PARCIAL PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR DE 3 PISOS Y 1 PISO NO HABITABLE EN CUARTO PISO EN EL PRE-DIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): KR 19 A 52 96 S (ACTUAL), CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050S70632, CON CHIP(S) # AAA0020UXLF LOTE: 1 MANZANA: 25B URBANIZACIÓN: SAN CARLOS, LOCALIDAD TUNJUELITO, TITULAR(ES): PEREZ ALVIS MARTHA LIGIA NIT / CC: 4 1 5 0 4 6 2 4 - E N CALIDAD DE POSEEDOR, CONSTRUCTOR RES-PONSABLE: TORRES GAMA JONNY ANDRES (CÉDULA: 79852494 MATRÍCULA: A25322005-79852494 DE CND).

    DESCRIPCIÓN USO

    ESCALA UN P. Res V- Pub.

    Bic.

    COMERCIO VECINAL B 1 0 0 0VIVIENDAMUL-

    TIFAMILIARNO APLICA 4 1 0 0

    OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTOObservaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones. 6. PRECISIONESÁREA Y LINDEROS SEGÚN ESCRITURA PÚ-BLICA 3156 DEL 31 DE JULIO DE 1958 DE LA NOTARIA SEPTIMA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁLA EDIFICACIÓN DEBERÁ TENER EN CUENTA EL CÓDIGO ELÉCTRICO COLOMBIANO N.T.C. 2050 Y EL REGLAMENTO TÉCNICO DE REDES ELÉCTRICAS - RETIE - RESOLUCIÓN 90708 DE AGOSTO 30 DE 2013 ARTÍCULO 2 - DIS-TANCIAS DE SEGURIDAD - Y CONTROLAR EL RIESGO POR REDES ELÉCTRICAS ALEDAÑAS ESPECIALMENTE EN LO RELACIONADO CON LA DISTANCIA MÍNIMA QUE DEBE TENER LA FA-

    CHADA RESPECTO DE ESTAS REDES AEREAS.EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ CONS-TRUIR LOS ANDENES CORRESPONDIENTES AL PROYECTO EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 - CARTILLA DE ANDENESESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESIS-TENTE NSR-10.EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSA-BLE DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APROPIADAMENTE.REQUIERE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE ACUER-DO CON EL TITULO I DEL REGLAMENTO NSR-10VIGENCIA: ESTE ACTO TIENE UNA VIGENCIA DE VEINTICUATRO (24) MESES, PRORROGA-BLES POR UNA SOLA VEZ POR DOCE (12) MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU EJECUTORIA.Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Subsecretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.ING. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C.

    *P1-1-03

    NOTARIASNOTARÍA 33 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

    EDICTO EL NOTARIO TREINTA Y TRES (33) ENCARGA-

    DO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.,

    EMPLAZA: A todas las personas que crean tener el derecho a intervenir dentro del trámite de liquidación de herencia intestada y liquidación de la sociedad conyugal de los Señores LUIS ALEJANDRO MESA JIMENEZ Y MARIA DEL CARMEN JIME-NEZ DE MESA quienes en vida se identificaban respectivamente con las cédulas de ciudadanía números 139.138 y 20.150.541, fallecidos ambos en Bogotá D.C., el primero, el día 28 de mayo del año 2019 y la segunda, el 17 de febrero del año 2015, siendo esta ciudad su último domicilio y el asiento principal de sus bienes y negocios. Para tales efectos deberán probar su calidad de interesados dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico y radio difusora de la localidad. Aceptado el trámite notarial mediante ACTA NÚMERO SEIS (06) de fecha 1o de febrero del año 2021. En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, se procede a la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación en la localidad y su divulgación en una emisora local, así como su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. En constancia, se firma y se fija el presente EDICTO el día 1o del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021). MANUEL ANDRES CLAROS SANABRIA NOTARIO TREINTA Y TRES (33) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

    HAY UN SELLO *J2-1-03

    NOTARIA 55 BOGOTÁ D.C.ALEJANDRO HERNÁNDEZ MUÑOZ

    NOTARIO EDICTO

    EL NOTARIO CINCUENTA Y CINCO (55) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ

    EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite notar ia l de l iqu idación de la Sociedad conyugal y de la herencia del CAUSANTE JOSE DOLORES IBAÑEZ ALBARRACIN, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 3.176.720 y falleció el día veintiuno (21) de junio del año dos mil quince (2.015) en la ciudad de Bogotá, D.C., siendo éste el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; para que lo hagan dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, y cuyo trámite sucesoral fue aceptado me-diante ACTA NÚMERO 6 de fecha treinta (30) de enero del año dos mil veintiuno (2.021). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una emisora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su publica-ción en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. ALEJANDRO HERNÁNDEZ MUÑOZ NOTARIO Se fija hoy, 02 FEB 2021 a las 8:00 AM.

    HAY UN SELLO *J2-2-03

    EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO TERCERO DEL

    CÍRCULO DE TUNJA EMPLAZA:

    A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la Herencia de la causante ROSA TIUSABA DE SANABRIA, quien en vida se identifica con la cédula de ciudadanía número 24.068.235 expedida en Siachoque (Boyacá), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), habiendo ocurrido su fallecimiento en la ciudad de Bogotá, el día catorce (14) de Julio del año dos mil (2000); para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, se hagan presentes. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 026 de fecha veintiocho (28) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplía circulación y en la radiodi-fusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, veintinueve (29) días del mes de Diciembre del año dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. El Notario Tercero: EDGAR GREGORIO VACA ULLOA

    HAY UN SELLO *S5-1-03

    EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE

    TUNJA EMPLAZA:

    A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la Herencia de la causante CON-CEPCION PINEDA DE BELTRAN, quien en vida se identifica con la cédula de ciudadanía número 23.255.567 expedida en Tunja (Boyacá), cuyo último domicilio y asiento principal de sus ne-gocios fue la ciudad de Tunja (Boyacá), habiendo ocurrido su fallecimiento en la ciudad de Tunja (Boyacá), el día dieciséis (16) de Marzo del año dos mil ocho (2008); para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, se hagan presentes. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 025 de fecha veintiocho (28) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplía circulación y en la radiodi-fusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, veintinueve (29) días del mes de Diciembre del año dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. El Notario Tercero: EDGAR GREGORIO VACA ULLOA

    HAY UN SELLO *S5-2-03

    NOTARÍA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO

    No. 2020-0112 LA NOTARÍA 3 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ

    HACE SABERA todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA DEL CAUSANTE: REYES MORE-NO GOMEZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 108.928 de Bogotá D.C. quien falleció en la ciudad de Bogotá el día veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017) siendo la ciudad de Bogotá D.C. el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de este Edicto.El trámite notarial de ésta sucesión en ésta Notaria fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTE-CIENTO DOCE (2020-112) de fecha veintinueve (29) de diciembre de dos mil veinte (2020) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 992 de 1988.Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.Para constancia se fija el presente Edicto hoy, treinta (30) de Diciembre de dos mil veinte (2020) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.).MARIA YORLY BERNALNOTARIA TERCERA ENCARGADA ( E ) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

    HAY UN SELLO *H1-1-03

    NOTARÍA CUARENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ

    EDICTO EL NOTARIO CUARENTA Y TRES (E) DEL

    CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA

    A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes à la fecha de publicación de este Edicto, en el trámite LIQUIDACIÓN SUCESORAL del causante ANTONIO MARIA QUINTERO SANDOVAL, quien en vida se

    identifico con la cédula de ciudadanía No. 79.396.608, fallecido en la ciudad de Bogotá, D.C., el día 30 de septiembre de 2018, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. La iniciación del trámite notarial se aceptó mediante Acta No. 010-2021 de fecha 1 de febrero de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, editado en Bogotá y en una emisora de reconocida sintonía, también de esta capital en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, y en cumplimiento de lo anterior. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría, hoy primero (1°) de febrero de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.). PATRICIA HERRERA REINA NOTARIA CUARENTA Y TRES (43) (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTA

    HAY UN SELLO *H1-2-03

    NOTARÍA CUARENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ

    EDICTO EL NOTARIO CUARENTA Y TRES (E)

    DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de este Edicto, en el trámite LIQUIDACIÓN SUCESORAL de los causantes BELARMINA MOTTA DE GUERRERO y JOSE EUCLIDES GUERRERO GALEÓN, quienes en vida se identificaron con la cédula de ciudadanía No. 20.703.946 y 57.646 expedida en Bogotá y la Peña – Cundinamarca, respectivamente, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. La iniciación del trámite notarial se aceptó mediante Acta No. 011-2021 de fecha 1 de febrero de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, editado en Bogotá y en una emisora de reconocida sintonía, también de esta capital en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, y en cumplimiento de lo anterior. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría, hoy primero (1°) de febrero de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.). PATRICIA HERRERA REINA NOTARIA CUARENTA Y TRES (43) (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTA

    HAY UN SELLO *H1-3-03

    EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO, CUNDINAMARCA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTESTADA de los causantes FELIX ANTONIO PRIETO CELY (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.023.700 expedida en Corrales, Boyacá e HILDA MARIA AGUDELO FONSECA DE PRIETO O HILDA AGUDELO DE PRIETO, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 24.110.521 expedida en Corrales, Boyacá, siendo el diecinueve (19) de diciembre del año dos mil catorce (2014) en la ciudad de Bogotá D.C., y el seis (06) de marzo del año dos mil veinte (2020) en la ciudad de Bogotá D.C., respectivamente el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundinamarca, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número once (11) del primero (01) de febrero del dos mil veintiuno (2021) y para efectos del numeral 2° del artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy dos (02) de febrero del dos mil veintiuno (2021) a las siete y treinta de la mañana. NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO

    HAY UN SELLO *H1-4-03

    NOTARÍA 7 EDICTO EMPLAZATORIO

    EL NOTARIO 7o DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ (TOLIMA), EMPLAZA

    A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia intestada de la causante Gloria Rubio de Blanco, q.e.p.d., identificada en vida con la cédula de ciudadanía No. 28.519.396 de Ibagué (Tolima), fallecida en esta ciudad el dia 29 de junio del año 2010, quien tuvo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios en la ciudad de Ibagué. El trámite fue aceptado mediante el acta No. 001 del día 1o de febrero del año dos mil veintiuno (2021), ordenando la citación de las personas que tengan derecho a concurrir

    a la liquidación de la sociedad conyugal y herencia mediante la fijación de este edicto y su respectiva publicación en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora del lugar, además de fijarlo por el término de diez (10) días hábiles en sitio visible de esta notaría. El presente edicto se fija hoy primero (19) de febrero del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho (8) de la mañana y será desfijado el día doce (12) de este mes, a las cuatro (4) de la tarde. HECTOR JULIO CRUZ CASALLAS NOTARIO 7° DE IBAGUÉ (TOLIMA)

    HAY UN SELLO *I2-1-03

    HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NIT. 51.577.770-5 NOTARÍA 46 CÍRCULO DE BOGOTA HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NOTARIA CUARENTA Y SEIS (46) EDICTO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite de liquidación notarial de la Liquidación de la Herencia intestada, realizada de la causante CARLOS JULIO PINEDA BEJARANO (Q.E.P.D.), quien se identificaba en vida con cedula de ciudadanía número 79’149.784 DE USAQUÉN, quien falleció a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de dos mil dieciocho (2018), en la ciudad de Bogotá, D.C., y su último domicilio y siendo el asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá, D.C.. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta No 004 de fecha veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de éste Edicto en un Periódico y en una Radiodifusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija a los veintiséis (26) días del mes de enero de dos mil veintiuno (2021) a las 8:00 a.m. LA NOTARIA HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO

    HAY UN SELO *C2-1-03R

    NOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESIÓN de el(la-los) causante(s) DITER WILFREDO FLOREZ BOLAÑOS, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 80.256.656, quien trece (13) de Julio de dos mil quince (2015), siendo la ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 27 de fecha primero (1) de febrero de dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 ordenando además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy primero (1) de febrero de dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HÉRNANDO CHACON OLIVEROS (E)

    HAY UN SELLO *R1-1-03

    NOTARÍA 79 DEL CÍRCULO NOTARIAL DE BOGO-TÁ D.C DR. LUIS BERNARDO FRANCO RAMIREZ AEROPUERTO INTERNACIONAL EL DORADO EDICTO EL NOTARIO SETENTA Y NUEVE (79) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de la adición de la liquidación sucesoral- e intestada del causante JACINTO CEPEDA RODRIGUEZ quien se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 17.152.326 expedida en Bogotá quien falleció en Bogotá, lugar de su último domicilio, el quince (15) de mayo del año dos mil once (2011), ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO CERO TRES (003) del veintiocho (28) de enero de 2021. Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy, veintinueve (29) de enero del año dos mil veintiuno (2021), a la 1:00 pm SE DESFIJA HOY: CLAUDIA ROSA GUZMAN DIMATE NOTARIA SETENTA Y NUEVE (79) (E) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C.

    HAY UN SELLO *V1-1-03

    NOTAR1A CIRCULO DE CHIA. NOTARIA PRIME-RA DEL CIRCULO DE CHÍA, CUNDINAMARCA JUAN ANTONIO VILLAMIZAR TRUJILLO - NOTA-RIO NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE CHÍA - CUNDINAMARCA EDICTO EMPLAZATORIO LIQUIDACIÓN DE HERENCIA DE LA CAUSANTE MARIA BENITA GUEVARA CATOLICO EL SUSCRI-TO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE CHÍA

  • CLASIFICADOS JUDICIALESMIÉRCOLES 3 DE FEBRERO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 23ACLASIFICADOS JUDICIALES

    REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO SÉPTIMO PENAL MUNICIPAL CON FUN-

    CION DE CONTROL DE GARANTIAS DE PALMIRA - VALLE DEL CAUCA

    EDICTO EMPLAZATORIOEDICTO

    LLAMA, CITA Y EMPLAZA A:

    Las victimas población vulnerable integrantes de la mesa de víctimas municipal de Palmira - Valle del Cauca, al COMITÉ DE JUSTICIA TRANSICIONAL y a la ciudadana YUDI SIERRA, dependencias y personas que de una u otra manera tienen injerencia sobre lo solicitado por el actor, para que ejerza su derecho de defensa al interior de la acción constitucional con radicación 76-520-40-88-007¬2020-00067 que se adelanta en contra del ALCALDE MUNICIPAL por la vulneración al derecho fundamental de Petición, Debido Proceso, Igualdad y Vida en condiciones Dignas del señor FRANCISCO ESTEBAN HURTADO HURTADO.Se hace saber a los emplazados que si dentro del término estipulado se hace presente, se le garantiza el derecho de defensa y contradicción que les asiste, pero si vencido el mismo, no comparecen, se les respetara el mismo con la representación de la Personería Municipal.Para dar cumplimiento al artículo 108 del CGP; se fija el presente EDICTO en lugar público y visible de la secre-taria del Juzgado y de la puerta exterior del Palacio de Justicia, así como en la página de Instagram que tiene el despacho a su disposición en virtud de la pandemia del virus Covid19, por el término legal de cinco días hábiles. Siendo las ocho (8) de la mañana de hoy veintinueve (29) de diciembre de dos mil veinte (2020).

    JOHANNA MEJIA CALVAVHE Secretaria Ad Hoc

    CITA Y EMPLAZA: Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el tramite notarial de Liquidación de herencia de la causante MARIA BENITA GUEVARA CATOLICO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 41.529.032 de Bogotá D.C., fallecido el día treinta (30) de marzo de dos mil veinte (2020) en el municipio de Chía, teniendo este último como su último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios, teniendo el municipio de Chía como último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios. Igualmente informa que fue aceptado el trámite respectivo de la liquidación de la herencia en esta Notaria mediante acta número cinco (05) de fecha veintinueve (29) días del mes de enero de dos mil veintiuno (2021), por lo tanto, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional y una radiodifusora local. En cumplimiento de los previsto por el numeral 2 del artículo 3º de Decreto Ley 902 de 1.988, modificado por el Artículo 3º del Decreto 1729 de 1.989, ordénese además su fijación en un lugar visible de la notaria por el termino de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy treinta (30) de enero de dos mil veintiuno (2021), a las 09:00 A.M. El Notario, JUAN ANTONIO VILLAMIZAR TRUJILLO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE CHÍA, CUNDINAMARCA TITULAR

    HAY UN SELLO *R1-2-03

    NOTARIA 14 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ Cl. 53 No. 21-20 de Bogotá, Telefax: 2175570 - 2117616 NOTARIA CATORCE (14) DE BOGOTA D.C. CL 53 No. 21-20 - TEL 2175570-2117616 EDICTO EL NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA: Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de LIQUI-DACIÓN DE HERENCIA de ARTURO BANCES SANTISTEBAN, quien en vida se identificaba con la cédula de extranjería número 177.571, fallecido el veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciocho (2018) en Bogotá D.C., siendo esta ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. Igualmente se informa que fue acep-tado el trámite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE HERENCIA en esta Notaría mediante Acta número cero cero cuatro (004) del veintisiete (27) de Enero de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local. En cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero (3°) del decreto ley 902 de 1988. Ordé-nese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintiocho (28) de Enero dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:00 A.M. JORGE LUIS BUELVAS HOYOS NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA D.C.

    HAY UN SELLO *R1-3-03

    EDICTO EMPLAZATORIO La Notaria Cuarenta y Ocho (48)(E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión

    de LUIS CARLOS CASTILLO AMAYA fallecido en la ciudad de Bogotá D.C, el día 30 de agosto de 2018, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien se identificó en vida con C.C. No. 19.285.194 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron acepta-dos y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 14 de enero de 2021 Hora: 07:45 AM. DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN NOTARIA 48 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. (E). Resolución 11045 del 21 de diciembre de 2020

    HAY UN SELLO *R1-4-03

    ACTO SIMBÓLICOPROCESO No. 110016000028201903231CONDENADO: WILLIAM ALFREDO MEJIA MOLINAVICTIMA.: GLORIA DUARTEDando cumplimiento a lo decretado por la Sra. Juez 48 Penal del Circuito con Función de Co-nocimiento, el aquí condenado WILLIAM MEJIA MOLINA, ofrece excusas públicas para los he-chos acaecidos el día 2 de Noviembre de 2019.

    *M2-1-03

    PRESTACIONESEDICTO

    SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA

    HACE SABER: Que el día 23 de noviembre del 2020, falleció el (la) señor (a): RAFAEL ANTO-NIO CASTELLANOS PEREZ (Q.E.P.D), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No.12.532.868, y quien era afiliado (a) al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magiste-rio, por sus servicios prestados como docente del Departamento. Quien se considere con mayor derecho a reclamar las prestaciones sociales: Sustitución Pensión de Jubilación, Seguro por Muerte y Cesantía Definitiva a Beneficiarios, deberá presentarse a la oficina del Fondo del Magisterio, ubicada en el primer nivel del Edificio de la Gobernación del Tolima, Teléfono 2611111, Ext. 807, dentro de los treinta (30) días siguientes de la publicación del presente EDICTO para hacer valer sus derechos. La presente se expide el 27 de enero del 2020, para los efectos legales correspondientes. Atentamente, ISMAEL ENRIQUE BARRERA CASTELLANOS PROFESIONAL UNIVERSITARIO H-GTH-Prestaciones Sociales

    *I2-2-03

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció BAUTISTA BECERRA MARTHA identificada con C.C. 41736864 el día 05 de diciembre de 2020, se ha presentado MYRIAM STELLA BAUTISTA BECERRA identificada con cedula de ciudadanía N° 41673687 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

    UNICO AVISO

    GERENCIA

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció BERNAL DE HERNANDEZ LUZ HELENA identificada con C.C. 20389264 el día 04 de diciembre de 2020, se ha presentado LENY MIREYA HERNANDEZ BERNAL identificada con cedula de ciudadanía N° 35250714 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

    UNICO AVISO

    GERENCIA

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció DIOSA GOMEZ RAFAEL identificado con C.C. 3248496 el día 26 de diciembre 26 de 2020, se ha presentado LUZ MERY MARTIN MUÑOZ identificada con cedula de ciudadanía N° 20482677 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

    UNICO AVISOGERENCIA

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció ARAGON GARZON LUIS ANTONIO identificado con C.C. 17184444 el día 01 de enero de 2021, se ha presentado LUIS EDUARDO ARAGON RIVERA identificado con cedula de ciudadanía N° 79967335 en calidad de apoderado y beneficiario.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció MOLANO ARIAS NAYIBEL identificada con C.C. 52122804 el día 22 de noviembre de 2020, se ha presentado CARLOS WILSON GOMEZ PAVA identificado con cedula de ciudadanía N° 19017144 en calidad de apoderado y beneficiario.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció RODRIGUEZ JIMENEZ URIEL ARTURO identificado con C.C. 3128828 el día 09 de enero de 2021, se ha presentado ADRIANA MARITZA GONZALEZ TORRES identificada con cedula de ciudadanía N° 52018118 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció VEGA VEGA EMPERATRIZ identificada con C.C. 23555060 el día 08 de octubre de 2020, se ha presentado ADRIANA ROCIO VELASQUEZ VEGA identificada con cedula de ciudadanía N° 1018421142 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció AMADO AMADO VICENTE identificado con C.C. 19224256 el día 03 de enero de 2021, se ha presentado MARTHA FLOR ANGELA AGUILERA identificada con cedula de ciudadanía N° 41637652 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció BAUTISTA BECERRA MARTHA identificada con C.C. 41736864 el día 05 de diciembre de 2020, se ha presentado MYRIAM STELLA BAUTISTA BECERRA identificada con cedula de ciudadanía N° 41673687 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció BERNAL DE HERNANDEZ LUZ HELENA identificada con C.C. 20389264 el día 04 de diciembre de 2020, se ha presentado LENY MIREYA HERNANDEZ BERNAL identificada con cedula de ciudadanía N° 35250714 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció DIOSA GOMEZ RAFAEL identificado con C.C. 3248496 el día 26 de diciembre 26 de 2020, se ha presentado LUZ MERY MARTIN MUÑOZ identificada con cedula de ciudadanía N° 20482677 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

    UNICO AVISOGERENCIA

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció ARAGON GARZON LUIS ANTONIO identificado con C.C. 17184444 el día 01 de enero de 2021, se ha presentado LUIS EDUARDO ARAGON RIVERA identificado con cedula de ciudadanía N° 79967335 en calidad de apoderado y beneficiario.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció MOLANO ARIAS NAYIBEL identificada con C.C. 52122804 el día 22 de noviembre de 2020, se ha presentado CARLOS WILSON GOMEZ PAVA identificado con cedula de ciudadanía N° 19017144 en calidad de apoderado y beneficiario.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció RODRIGUEZ JIMENEZ URIEL ARTURO identificado con C.C. 3128828 el día 09 de enero de 2021, se ha presentado ADRIANA MARITZA GONZALEZ TORRES identificada con cedula de ciudadanía N° 52018118 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció VEGA VEGA EMPERATRIZ identificada con C.C. 23555060 el día 08 de octubre de 2020, se ha presentado ADRIANA ROCIO VELASQUEZ VEGA identificada con cedula de ciudadanía N° 1018421142 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

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    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1

    La Cooperativa Casa Nacional del Profesor CANAPRO Nit 860.005.921-1 Informa que falleció AMADO AMADO VICENTE identificado con C.C. 19224256 el día 03 de enero de 2021, se ha presentado MARTHA FLOR ANGELA AGUILERA identificada con cedula de ciudadanía N° 41637652 en calidad de apoderada y beneficiaria.

    Quienes crean tener igual o mejor derecho que el(los) reclamante(s) deben acreditar su derecho radicando la documentación pertinente en la página de Canapro en el apartado de servicios en línea Auxilios de Solidaridad, o en el correo electrónico [email protected] dentro de los siguientes 30 días a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar sus derechos.

    UNICO AVISO

    GERENCIA

    Rama JudicialConsejo Superior de la

    Judicatura República de ColombiaE D I C T O E M P L A Z A T O R I O

    El JUZGADO 8 PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE CALI VALLE, emplaza por el término de cinco (5) días hábiles, con sujeción al Artículo 127 inciso 1° del Código de Procedimiento Penal, al señor JHON FREDYERAZO CHICUE, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.144.025.233 expedida en Cali Valle, nacido el 17 de febrero de 1989, de 1.71 mts de estatura, RH- O+, con direcciones conocidas en la calle 39 No. 24 C - 10 barrio El Rodeo, teléfono 4321699, cr 2 D No. 62A - 38, cr 24 B 3 Dg 7 Oeste-139, Dg 26H No. 73-60 Apto 1, Dg 26H2 No. 80 - 39, teléfono 4220945, celular 3154102010 y sin señales particulares. Sin más datos.Los llamados para que comparezcan ante dicho fun-cionario a efectos de practicar diligencia de tipo penal en la actuación radicada bajo el número 76 001 60 00194 2013 04404 por el delito de ACCESO CARNAL ABUSIVO CON MENOR DE 14 AÑOS.FIJACIÓN: Se fija el presente EDICTO, en lugar visible de la plataforma web de la Rama Judicial, siendo las 8:00 A.M., del día de hoy 18 de enero de 2021, por el término de cinco (5) días hábiles, los cuales vencen el día 22 de enero de 2021, a las 5:00 P.M.Copia del presente se remite a la Oficina de Admi-nistración Judicial para su publicación en un medio radial y de prensa.

    LUDIVIA RAMÍREZ LÓPEZ SecretariaDESFIJACION: Hoy de 2020, siendo las 5:00 P.M., se desfija elpresente Edicto que permaneciera fijado en la plataforma web de la Rama Judicial, por el término de 5 días hábiles.

    LUDIVIA RAMÍREZ LÓPEZ Secretaria

    Rama JudicialConsejo Superior de la

    Judicatura República de ColombiaE D I C T O E M P L A Z A T O R I O

    El JUZGADO 8 PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE CALI VALLE, emplaza por el término de cinco (5) días hábiles, con sujeción al Artículo 127 inciso 1° del Código de Pro-cedimiento Penal, al señor LEONARDO FABIO PÉREZ VILLEGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.114.822.627 expedida en El Cerrito Valle, nacido el 24 de septiembre de 1990 en Palmira Valle, con 29 años de edad, de 1.65 mts de estatura, RH-A+. Sin más datos.Los llamados para que comparezcan ante dicho funcionario a efectos de practicar diligencia de tipo penal en la actuación radicada bajo el número 76 001 60 00193 2019 02865 por el delito de ACTO SEXUAL VIOLENTO CON CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACIÓN.FIJACIÓN: Se fija el presente EDICTO, en lugar visible de la plataforma web de la Rama Judicial, siendo las 8:00 A.M., del día de hoy 18 de enero de 2021, por el término de cinco (5) días hábiles, los cuales vencen el día 22 de enero de 2021, a las 5:00 P.M.Copia del presente se remite a la Oficina de Admi-nistración Judicial para su publicación en un medio radial y de prensa.

    LUDIVIA RAMÍREZ LÓPEZ SecretariaDESFIJACION: Hoy de 2020, siendo las 5:00 P.M., se desfija elpresente Edicto que permaneciera fijado en la plataforma web de la Rama Judicial, por el término de 5 días hábiles.

    LUDIVIA RAMÍREZ LÓPEZ Secretaria

    REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

    JUZGADO SEGUNDO PENAL MUNICIPALCON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS

    REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO. EL JUZGADO SEGUNDO PENAL MUNICIPAL DE YUMBO VALLE. YUMBO VALLE 18 DE DICIEMBRE DE 2020. E D I C TO EMPLAZA. DE-CLARATORIA DE PERSONA AUSENTE CÓDIGO ÚNICO DE INVESTIGACIÓN: 76 892-6000-190-2016-00298 Y RADICADO INTERNO: 2020-00405, AL SEÑOR ANDRÉS FELIPE MUÑOZ PÉREZ, IDENTIFICADO CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA No. 1.118.3Ó4.775, A FIN DE QUE COMPAREZCA ANTE ESTE DESPACHO JUDICIAL UBICADO EN LA CALLE 7- No: 3-62 DE YUMBO- VALLE. EDICTO QUE SE FIJA EN LUGAR VISIBLE DE LA SECRETARIA POR ELTERMINO DE CINCO (5) DÍÁS HÁBILES Y SE PUBLICARA A TRAVÉS DE UN MEDIO RADIAL Y PRENSA DE COBERTURA DEPARTAMENTAL. LO ANTERIOR CONFORME LO ESTABLECE AL ARTICULO 127 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. FIJACIÓN: YUMBO ‘ - VALLE DEL CAUCA: 21 DE DICIEMBRE DE 2020 A LAS 8:00 AM. DES FIJACIÓN: 25 DE DICIEMBRE DE 2020, A LAS 4:00 PM. BLANCA LILIA HERRERA TRUJILLO. SECRETARIA (E).

    JUZGADO CUARTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS BUGA, VALLE, EMPLAZA, por el término de cinco (5) días hábiles con sujeción al artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, al señor MARCO OBDULIO GELVIS GUTIERREZ identi-ficado con la cédula de ciudadanía 88.263.728 de Cúcuta, Norte de Santander, con el fin que comparezca a la actuación que se le adelanta en el SPOA 761116000166201400763-00, por el delito de violencia intrafamiuar agravada: “... el Despacho dispone la correspondiente publicación en medio radial y de prensa de cobertura local a través de la Oficina de la Dirección Seccional de Administración Judicial del Valle, por el término de cinco (5) días hábiles. En este caso se omite la fijación del edicto en Jugar visible de la secretaria del Despacho, atendiendo que por la pandemia mundial- COVID 19, los Juzgados se encuentran cerrados. Así mismo se dispone una vez se rea-licen las publicaciones se remitirán al Despacho del delegado de la Fiscalía. La Decisión se notifica en estrados, no se interponen recursos. Juez HAROLD HUMBERTO GÓMEZ GALLEGO (fdo)

    REPÚBLICA DE COLOMBIADEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO Y CONTROL DE GARANTIAS EL

    CERRITO - VALLE DEL [email protected]

    Secretaría,20 de enero de 2021.

    ASUNTO: DECLARATORIA DE PERSONA AUSENTE Acusado JORKI PRADO GUALTERO CC 16.862.219 Delito VIOLENCIA INTRAFAMILIAR CÓDIGO UNICO

    DE INVESTIGACIÓN: 762486000173201600557 RADICACION INTERNA: 2020-00384 EDICTO

    EMPLAZATORIO.Por expresa orden emitida por el Juez Segundo Pro-miscuo municipal con Funciones de Conocimiento y Control de Garantías, en Audiencia de contumacia y persona ausente desarrollada el día 6 de noviembre de 2020, dentro del caso Radicado Fiscalía SPOA N° - 762486000173201600557, por el presunto delito de VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, se emplaza al ciudadano Sr. JORKI PRADO GUALTERO CC 16.862.219, de quien se desconoce la residencia.Se le advierte que este edicto se fija en lugar público secretaria del despacho, y Fiscalía 070 local del Cerrito, Valle del Cauca), por el término de cinco (05) días hábiles, a partir del día 21 de enero de 2021, a las 08:00 a.m.) Los que vencen el día 27 de enero de 2021 a las 04:00 p.m., y se publicará en un medio radial y de prensa de cobertura local.Cumplido el termino anterior, sin que el requerido se haga presente, se le declarará PERSONA AUSENTE, y se le designará un abogado defensor adscrito al Sistema Nacional de Defensoría Pública, con quien se surtirán todos los avisos y notificaciones y lo asistirá y representará en toda la actuación con pleno efectos legales.Atentamente,

    EL LIQUIDADOR DE LA HABITALIA DESARROLLOS S.A.S..

    ACLARACIÓN AL PRIMER AVISO EMPLAZATORIO

    El Liquidador de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. entidad identificada con el NIT 900.598.398-7, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 357 del 18 de noviembre de 2020 expedido por el Municipio de Armenia

    AVISAQue el Municipio de Armenia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de que trata el artículo 315 de la Constitución Política, La Ley 66 de 1968, los Decretos Leyes 2610 de 1979, 078 de 1987, en concordancia con el Decreto 2555 de 2010 y los artículos 109 y 125 de la Ley 388 de 1997, en especial las conferidas por el Acuerdo Municipal 167 de 2020, dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. ., decisión adoptada mediante el Decreto 357 del 18 de Noviembre de 2020.

    EMPLAZA Y SE ACLARA.Que en el primer aviso emplazatorio se indicó que el término para presentar reclamaciones se indicó que las partes podrán presentar su reclamación entre el EL 27 DE ENERO AL 26 DE FEBRERO DE 2021. Se aclara que el término para presentar recla-maciones será el término de un mes a partir de la publicación del último aviso, por lo que en la publicación del segundo aviso se informará la fecha del término para su presentación tal como lo indica la normatividad vigente.Bogotá D.C., 03 de febrero de 2021.

    AVISOAviso a los acreedores de la sociedad “4SMART S.A.S. EN LIQUIDACIÓN” identificada con el NIT. 901.265.473 - 6, con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., departamento de Cundinamarca. A todos los acreedores sociales y personas interesa-das, de conformidad con el art. 232 del Código de Comercio, informa que: La sociedad se encuentra en liquidación voluntaria, por tanto, los acreedores de la sociedad 4SMART S.A.S., deberán presentar sus créditos, allegando prueba de su existencia y cuantía. La persona para recibir y resolver sus acreencias es la Liquidadora Ana Milena Caste-llanos Socha, en el domicilio de la sociedad en la Carrera 29 A No. 22 - 46 Int. 2 Of. 201de Bogotá o al correo [email protected].

    EL LIQUIDADOR DE LA SOCIEDAD COMOWERMAN LTDA.ACLARACIÓN AL PRIMER AVISO

    EMPLAZATORIOde la SOCIEDAD COMOWERMAN LTDA. entidad identificada con el NIT 900.127.761-8, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 357 del 18 de noviembre de 2020 expedido por el Municipio de Armenia

    AVISAQue el Municipio de Armenia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de que trata el artículo 315 de la Constitución Política, La Ley 66 de 1968, los Decretos Leyes 2610 de 1979, 078 de 1987, en concordancia con el Decreto 2555 de 2010 y los artículos 109 y 125 de la Ley 388 de 1997, en especial las conferidas por el Acuerdo Municipal 167 de 2020, dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la SOCIEDAD COMOWERMAN LTDA., decisión adoptada mediante el Decreto 357 del 18 de Noviembre de 2020.

    EMPLAZA Y SE ACLARA.Que en el primer aviso emplazatorio se indicó que el término para presentar reclamaciones se indicó que las partes podrán presentar su reclamación entre el EL 27 DE ENERO AL 26 DE FEBRERO DE 2021. Se aclara que el término para presentar recla-maciones será el término de un mes a partir de la publicación del último aviso, por lo que en la publicación del segundo aviso se informará la fecha del término para su presentación tal como lo indica la normatividad vigente.Bogotá D.C., 03 de febrero de 2021.