infrome practicas ii corregido

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DEDICATORIA Dedico este informe a mi DocenteLic. Percy Dante Sumi Yampasi, por su gran apoyo y motivación para el desarrollo de este informe de prácticas, por haberme transmitido los conocimientos obtenidos y haberme llevado paso a paso en el aprendizaje. PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES 1

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Practicas II Corregid

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PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

DEDICATORIA

Dedico este informe a mi DocenteLic. Percy Dante Sumi Yampasi, por su gran apoyo y motivacin para el desarrollo de este informe de prcticas, por haberme transmitido los conocimientos obtenidos y haberme llevado paso a paso en el aprendizaje.

INDICECAPITLO I51. ASPECTOS GENERALES51.1. RAZON SOCIAL DEL CENTRO DE PRCTICAS51.2. UBICACIN GEOGRFICA51.3. RESEA HISTRICA61.4. INFRAESTRUCTURA71.5. POBLACIN81.6. MARCO LEGAL91.2.0. ACTIVIDADES DEL CENTRO DE PRCTICAS101.3.0. MISION, VISION, VALORES115.1. OBJETIVOS GENERALES125.2. OBJETIVOS ESPECFICOS126. TALENTO HUMANO DEL CENTRO DE PRCTICAS12AREA DE ASESORIA JURDICA Y DEMUNA13OFICINA DE ESTUDIOS Y PROYECTOS16RGANOS DE APOYO17SECRETARIA GENERAL, ARCHIVO E IMAGEN INSTITUCIONAL17UNIDAD DE LOGSTICA Y ALMACENES19UNIDAD DE CONTABILIDD20UNIDAD DE TESORERIA21UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS22UNIDAD SUPERVISIN Y LIQUIDACIN DE INVERSIONES23RGANOS DE LNEA25GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANO RURAL25DIVISIN DE OBRAS PBLICAS URBANAS Y RURALES27DIVISIN DE OPERACIN Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA27DIVISIN DE PLANEAMIENTO URBANO Y CATASTRO28GERENCIA DE DESARROLLO ECONMICO LOCAL y DESARROLLO HUMANO29DIVISIN DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y COMPETITIVIDAD30DIVISIN DE PROGRAMAS SOCIALES Y UNIDAD LOCAL DE FOCALIZACIN31DIVISIN DE REGISTRO CIVL32GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS PBLICOS33DIVISIN DE SALUBRIDAD Y LIMPIEZA PBLICA34DIVISIN DE EDUCACIN CULTURA Y RECREACIN35DIVISIN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVL36RGANOS DESCONCENTRADOS Unidad Operativa (Equipo Mecnico)37RCANOS DESCENTRALIZADOS Junta Administradora de Servicios de Saneamiento38DEL RGIMEN LABORAL39DEL RGIMEN ECONMICO, BIENES y RENTAS MUNICIPALES39DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS40DISPOSICIONES TRANSITORIAS427. ORGANIGRAMA438. REGLAMENTOS44TITLO I44DISPOSICIONES GENERALES45CAPITLO II45DEFINICIONES BSICAS45TITLO II47NATURALEZA, FINALIDAD Y FUNCIONES GENERALES47CAPITLO II48COMPETENCIAS DE LA MUNICIPALIDAD - ESPECFICAS Y COMPARTIDAS48TITLO III56DE LA ESTRUCTURA ORGNICA561.RGANOS DE GOBIERNO562.RGANOS CONSULTIVOS DE COORDINACIN y PARTICIPACIN563.RGANO DE DIRECCIN574.RGANOS DE ASESORAMIENTO575.RGANOS DE APOYO576.RGANOS DE LNEA577.RGANOS DESCONCENTRADOS588.RGANOS DESCENTRALIZADOS588. INFORMACIN DEL PRACTICANTE588.1. CARGO QUE OCUPA EN EL CENTRO DE PRCTICAS588.2. TIEMPO DE PERMANENCIA EN EL CARGO588.3.DESCRIPCIN DE LAS ACTIVIDADES PR-PROFESIONALES DESARROLLADAS EN EL AREA DE PRCTICAS.58ANXOS59

PRESENTACIN

El presente informe es un requisito exigible para el curso de Prctica Pre-Profesional II, por lo que realice mis debidas Prcticas, que son necesarias para fortalecer mi desarrollo como Profesional en Administracin y Marketing, en la Municipalidad Distrital de Ajoyani Carabaya.

Al preparar este informe doy a conocer las diferentes actividades desarrolladas durante el periodo dePrcticas Pre- Profesional en la Municipalidad Distrital de Ajoyani, en el rea de Control Patrimonial. Tambindebo mencionar que la enseanza de vuestros superiores que se me ha brindado, me ha llevado descubrir nuevos conocimientos.

CAPITLO I1.1.0. ASPCTOS GENERALES1.0.0. DIAGNSTICO1.1.1. RAZN SOCIAL DEL CENTRO DE PRCTICASMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AJOYANI-CARABAYA 1.1.2. UBICACIN GEOGRFICALa Empresa est ubicada en la Plaza Manco Cpac S/N AjoyaniDepartamento de Puno, Provincia de Carabaya.DISTRITO:AJOYANIPROVINCIA:CARABAYAREGIN:PUNOTELFONO:051-634326PGINA WEB:www.muniajoyani.gob.peFECHA DE CREACIN:02 DE MAYO DE 1854EXTENSIN (KM):413.11ALTITUD (M.S.N.M.):4255DENSID. POB (HAB/KM2):4.7DIRECCION: PLAZA MANCO CPAC S/N

1.1.3. RESEA HISTRICAElDistritodeAjoyanies uno de los 10 distritos que conforman laProvincia de Carabaya, ubicada en elDepartamento de Puno, perteneciente a laRegin Puno, en el sudeste del Per.Desde el punto de vista jerrquico de laIglesia Catlicaforma parte de laPrelatura de Ayavirien laArquidicesis de Arequipa

HISTORIA El ms joven de la Provincia, creado apenas en1854tomando parte del territorio que hasta ese tiempo formaba parte deMacusaniyCrucero.DEMOGRAFA La poblacin estimada al ao2000-2015.AOPOBLACION

2000 1856

20011885

20021912

20031937

20041960

20051981

20062000

20072015

20082027

20092038

20102048

20112057

20122064

20132069

20142074

20152079

ECONOMAActualmente es el Distrito que recibe la mayor proporcin de recursos provenientes del Canon Minero en relacin a su poblacin en elDepartamento de Puno, por la explotacin de la riqueza Minera de San Rafael, Mina cuya ubicacin, est dividida entre ste y los DistritosAntauta(en Melgar) yMacusani(En Carabaya).ETIMOLOGA Ajoyaes el nombrequechuade unas aves gallinceas de poco vuelo que, a pesar de ser acuticas, no tienen las patas provistas de la membrana comn entre las nadadoras, son de color negro retinto, con pico amarillo y un apndice carnoso, a manera de pequea cresta, en la cabeza. Su tamao es el de unagallinacomn. La connotacin que tiene el nombre quechua de esta poblacin es de abundancia endmica de esas aves en ese lugar.1.1.4. INFRAESTRUCTURALa infraestructura de la Municipalidad Distrital de Ajoyani, es un rea que consta de cuatro niveles en las cuales estn distribuidas las distintas reas administrativas y ejecutivas en beneficio de la poblacin.OFICINA NIVEL

Of. Mesa de Partes1er Nivel

Of. De Desarrollo Agropecuario y Competitividad 1er Nivel

Of. De Registro Civil1er Nivel

Of. Gerencia Municipal2do Nivel

Of. Alcalda 2do Nivel

Of. Secretaria General2do Nivel

Unidad de logstica y Almacenes 2do Nivel

Unidad de contabilidad 2do Nivel

Unidad de Tesorera 2do Nivel

Unidad de Recursos Humanos 2do Nivel

Of. De Asesora Y Jurdica Y De muna 2do Nivel

Of. De Presupuesto Y Planeamiento de inversiones 2do Nivel

Of. De Estudios Proyectos3er Nivel

Gerencia de Infraestructura Urbano 3er Nivel

Gerencia de Desarrollo Econmico local y Desarrollo Humano3er Nivel

CONTROL PATRIMONIAL 4to Nivel

1.1.5. POBLACINLa poblacin, segn CENSO de 2007 es de 1938 habitantes.CARACTERSTICAS DE LA POBLACIN DE AJOYANITOTALREPRESENTACIN EN %

PARCIALTOTAL

Poblacin Censada1938100%100%

Poblacin Urbana113058%100%

Poblacin Rural80842%

Poblacin Censada Hombres92148%100%

Poblacin Censado Mujeres101752%

Poblacin de 15 y ms aos de edad118261%100%

Poblacin menores a 15 aos de edad75639%

Tasa de Analfabetismo de la poblacin de 15 y ms aos de edad18.70%18.70%

Porcentaje de la poblacin de 6 a 24 aos de edad con Asistencia al Sistema Educativo Regular.72.10%72.10%

1.1.6. MARCO LEGAL Constitucin poltica del Per Ttulo IV, capitulo XIV de la descentralizacin. Ley N23853 ley Orgnica de municipalidades y sus modificatorias. Reglamento de Organizaciones y funciones (ROF), aprobado bajo,R.M N263-84, modificado por resolucin Municipal N 263-84 MPP. Cuadro de Asignacin de Personal (CAP), aprobado por resolucin Municipal N495-96-MPP/A de fecha 15-octubre-1925(Ley 5214). Manual de Organizaciones y funciones (MOF) Texto nico de procedimientos administrativos (TUPA) Ley 27444, ley del procedimiento general administrativo1.2.0. ACTIVIDADES DEL CENTRO DE PRCTICAS1. Analizar normas tcnicas y proponer mejoras de procedimientos y directivas internas, referente al sistema de bienes patrimoniales de la Municipalidad.2. Estudiar y emitir opinin tcnica sobre expedientes de su cargo.3. Coordinar, ejecutar, supervisar la correcta distribucin de bienes fijos por unidades orgnicas.4. Planificar,programar, organizar, dirigir, coordinar,controlar y evaluar las acciones propias del control patrimonial.5. Preparar y ordenar documentacin requerida para reuniones e informar los procesos ya concluidos y variados.6. Coordinar acciones administrativas para realizar las inscripciones de propiedades y vehculos municipales, as como reportar a los organismos del estado.7. Ejercer el control sobre las adquisiciones de bienes fijos, desde internamiento hasta su distribucin, deacuerdoa las instrucciones especficos y/o conformidad de servicio.8. Participar a la toma de inventario fsico de los bienes fijos y textos de la consulta de la municipalidad-.9. Velar por la seguridad y la conservacin de los documentos clasificados; as mismo de los equipos, motores, muebles, vehculos, maquinarias, enceres, inmuebles, locales, terrenos, materiales internados y/o trnsito.10. Informar las necesidades de bienes muebles. Equipos y maquinarias e indicado el motivo que requiere las unidades orgnicas a efecto que se ha previsto en el presupuesto anual por actividades o proyectos, previo su estudio, discusin y aprobacin correspondiente.11. Responsable de supervisar la actualizacin de los inventarios de bienes patrimoniales, establecido su reevaluacin del activo fijo, as como proponer las bajas excedentes de los inventarios.12. Supervisar el mantenimiento, ordenar y limpieza de los bienes fijos a cargo de los responsables e informar su conservacin.13. Mantener actualizado los catlogos de bienes muebles, maquinarias y equipos; propiciando su difusin al personal tcnico.14. Remitir el inventario del control de bienes patrimoniales existentes en forma mensual a la oficina de integracin contable afn demostrar los valores de los bienes fijos de la municipalidad.15. Realizar otras funciones afines, que le asignen.

1.2.0. MISION, VISION, VALORES1.3.1. MISIN:

Somos una Institucin Pblica, dedicada a la Planificacin, Desarrollo y Ejecucin de un nuevo ordenamiento Urbanstico del Distrito de Ajoyani-Carabaya, cuyo propsito es facilitar la calidad de vida de sus habitantes, coadyuvando al desarrollo econmico y social de toda la Poblacin. 1.3.2. VISIN:Ser la Institucin lder y modelo regional en el sector de Infraestructura, capaz de brindar al Pas un Patrimonio Urbanstico bien construido y conservado, para coadyuvar eficientemente al desarrollo econmico y social y al posicionamiento del Distrito de Ajoyani Carabaya, como centro Logstico Distrital.

1.3.3. VALORES:

PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

UNIVERSIDAD ANDINA NESTOR CACERES VELASQUEZ JULIACA 59 Respeto Alegra y amistad Puntualidad Compaerismo Amabilidad

1.4.0. OBJETIVOSGENERALES Y ESPECFICOS 1.4.1. OBJETIVOS GENERALES Propiciar la consecucin de un urbanismo moderno, para el Distrito de Ajoyani, a fin de que convierta a la Ciudad Agropecuaria, en una Ciudad atractiva y moderna para los turistas, visitantes y la comunidad en general. Lograr un desarrollo Urbano-Rural de la Provincia de Carabaya, implementando una Administracin Municipal eficiente, basado en el planteamiento, la organizacin, direccin, control y evaluacin de la gestin local. 1.4.2. OBJETIVOS ESPECFICOS

Conseguir la implementacin del planeamiento Municipal, que efectivice realmente el acondicionamiento territorial y urbano. Mejorar la prestacin de los servicios pblicos Municipales, propiciando la participacin activa de la poblacin organizada en todos sus niveles. Optimizar la recaudacin de los ingresos propios de la Municipalidad, tecnificando mediante la implementacin de Catastro Urbano, Sistema red computarizada, Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y otros. Modernizar el aparato operativo de la Administracin Municipal, actualizando los siguientes documentos terico-normativos. Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) Cuadro de Asignacin de personal (CAP) Manual de Organizacin y Funciones (MOF) Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA) Plan de Capacitacin, Perfeccionamiento y Ascenso de Personal. Plan Operativo Institucional. Presupuesto Municipal Anual. Memoria anual de la Gestin Municipal.

1.5.0. TALENTO HUMANO DEL CENTRO DE PRCTICAS

Es un medio de reflexin y perfeccionamiento de toda actividad humana que se realice, sea a nivel personal o profesional. As encontramos hoy que se evalan los centros productivos, de servicios, etc., donde la actividad del hombre desempea el rol fundamental al tomar decisiones pertinentes, ya que constituye en s un proceso de aprendizaje porque hay que tomar decisiones y se toman para determinados fines, sobre la base del proceso de evaluacin y sus resultados.Los elementos que intervienen en el proceso dedican espacial atencin al funcionamiento del conjunto de la institucin evaluada al cambiar la funcionalidad del proceso, la eficacia y la eficiencia, elementos que llevan al ptimo nivel de concordancia entre todos los componentes fundamentales del sistema, llevando a su grado mximo el objetivo que se persigue, la excelencia, que es en definitiva la mejora en la calidad continua del proceso.La Municipalidad cuenta con 44 trabajadores las cuales ocupan los siguientes cargos:N CAT.NOMBRES Y APELLIDOSCARGO

1Sr.Adolfo Cosme Quispe HanccoAlcalde

2Sr.Rolando Gutirrez MaytaTeniente Alcalde

3Sr.Juan Quispe Condori Regidor

4Sra.Martina Alata TrujilloRegidora

5Sr.Nstor Edwin Mamani HuahuasonccoRegidor

6Prof.Luis Humalla Quispe Regidor

7ing.Jorge A. flores Galarzaadministrador

8ing.Ayde v. Cceres SonccoJefe de OPI.

9ing.Richter, Gutirrez Calcinaunidad formuladora

10ing.Jorge Llanos TiconaGer. infraestructura

11ing.Ranal Y. Quispe CondoriEsp. en contabilidad

12ing.German l. Yancachajlla LaricoGer. medio ambiente

13ing.Juan Zuloaga choque huancaResp. de ulf

14ing.Jos g. len HanccoGer. Desar. Ecom.

15Hubet Yancachajlla choque huancaasistente

16sr.Michel Stalin Ponce MamaniApoyo en infra.

17sr.Arnulfo w. Apaza AguilarEsp. en contrataciones

18Abog.Vladimiro Condori Hanccoasesor legal M.D.A

19Abog.Rolando Larico Livisilogstica almacn

20sr.Juan Turpo QuispeJefe de unidad RR.HH.

21sr.Antonio Soncco MamaniRegistro Civil

22sr.Fidel farfn Quiro Of. de tesorera

23sr.Alfredo Quispe TutacanoResp. de ulf

24sr.Oscar flores YucraResp. de desarrollo a.

25sr.Concepcin w. Chambi RoqueTec. Proyecto mcf. a.

26sr.Fredy Morocco YupanquiTec. pecuario

27sr.DigenescastellanosMamaniApoyo en Sanidad

28sr.NicanorQuispeCondoriAlmacn general

29sr.NicolsCondorichoque Luquecomisario

30sr.Cleden Sotomayor Araujoasistente logstica

31sr.Justino chiccahuiri Quispejefe de maquinarias

32sr.Dante j. MamaniMamaniCond. de camioneta

33sr.Rafael l. Condori FloresCuidante de maest.

34sr.Ubet QuispeTaypegrifera

35sr.TeodoroQuispechoque Luquecond. de camioneta

36sr.DonatoSonco HumallaCond. de ambulancia

37sr.Hctor b. Leonardo YanaCond. de cargador f.

38sr.Diego a. HuamncastellanosAsiste. de tesorera

39sr.Ramn r. Huahuasoncco EspetiaResp. de ulf

40sr.Eddy Apaza Moroccoapoyo en almacen g.

41Pilar Uscamayta Apazasecretaria general

42Maribel Gozme Bellidomesa de partes

43Mara Humalla Calcinacontrol patrimonial

44Olga c. Calcina ChochoqueAsist. administracin

1.5.1. CUADRO DE ASIGNACIN DEL PERSONAL.

RGANO DE GOBIERNO

Consejo Municipal

RGANOS DE ALTA DIRECCIN

Alcalda

Gerencia Municipal

RGANOS CONSULTIVOS, COORDINACIN Y PARTICIPACIN

Comisiones de Regidores

Comit de Coordinacin Local Distrital

Comit Distrital de Seguridad Ciudadana

Comit Distrital de Defensa Civil

Junta de Delegados Vecinales y Comunales

Comit de Administracin y Gestin Programa de Vaso de Leche

Comit de Defensa al Consumidor Comit

Municipal de Gestin Ambiental

RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Oficina de Control Institucional

RGANO DE DEFENSA JUDICIAL

Procuradura Pblica Municipal

RGANOS DE ASESORAMIENTO

Gerencia de Asesora Jurdica

Gerencia de Planeamiento y Presupuesto

Sub Gerencia de Planificacin Proyectos y Cooperacin Tcnica

Sub Gerencia de Presupuesto y Finanzas

Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional y Estadstica

RGANOS DE APOYO

Oficina de Secretara General

Sub Gerencia de Relaciones Pblicas y Protocolo

Sub Gerencia de Trmite Documentario

Sub Gerencia de Archivo Central

Gerencia de Administracin

Sub Gerencia de Recursos Humanos

Sub Gerencia de Logstica

Sub Gerencia de Tesorera

Sub Gerencia de Contabilidad

Unidad de Comunicacin e Informacin al Vecino

Unidad de Tecnologa Informtica

RGANOS DE LNEA

GERENCIA DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA

Sub Gerencia de Gestin y Control de la deuda

Sub Gerencia de Operaciones y Orientacin Tributaria

Sub Gerencia de Fiscalizacin Tributaria

Sub Gerencia de Ejecucin Coactiva

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA

Sub Gerencia de Obras Pblicas

Sub Gerencia de Estudios y Proyectos

Sub Gerencia de supervisin y liquidacin de obras

Sub Gerencia de Conservacin de Infraestructura Urbana y mantenimiento vial

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO

Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro

Sub Gerencia de Autorizaciones Urbanas

Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y plan Director

Sub Gerencia de Saneamiento fsico Legal

Sub Gerencia de Transportes y Circulacin vial

GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL

Sub Gerencia de Registro Civil

Sub Gerencia de Educacin, Cultura, Deportes y Recreacin.

Sub Gerencia de Promocin y Participacin Vecinal y Comunal

Sub Gerencia de una persona con discapacidad y adulto mayor

GERENCIA DE SERVICIOS PBLICOS

Sub Gerencia de Gestin Ambiental

Sub Gerencia de limpieza Publica

Sub Gerencia de Salud y control Sanitario

Sub Gerencia de centros de Abastos y Camales

GERENCIA DE PROMOCIN DEL DESARROLLO ECONMICO

Sub Gerencia de fomento a la Inversin privada y Licencias

Sub Gerencia de fomento del Turismo y Artesana

Sub Gerencia de fomento a la Economa Rural

GERENCIA DE PREVENCIN Y SEGURIDAD CIUDADANA

Sub Gerencia de Serenazgo Municipal

Sub Gerencia de Polica Municipal

Sub Gerencia de Defensa Civil

GERENCIA DE FISCALIZACIN Y CONTROL

Sub Gerencia de Operaciones de Fiscalizacin

Sub Gerencia de difusin e Investigacin y Sanciones

RGANOS DESCONCENTRADOS

Administracin de terminales terrestres

Administracin de centros deportivos y recreativos

Mantenimiento de maquinaria, equipo y taller de maestranza

Programa de vaso de leche y complementacin alimentaria

Agencias municipales

Proyectos especiales

EMPRESA MUNICIPAL

Instituto vial Distrital Municipalidades de Centros Poblados Organismos y programas por transferir

DE LOS RGANOS DESCENTRALIZADOS

Artculo 176.- Los rganos Descentralizados de la Municipalidad son aquellos entes con personera propia y con autonoma econmica y administrativa

DEL RGIMEN LABORAL

Artculo 178.- Los funcionarios y servidores de la Municipalidad, son trabajadores pblicos sujetos exclusivamente al rgimen laboral

DEL RGIMEN

ECONMICO

Artculo 180.- La administracin econmica y financiera de la Municipalidad se rige por el proceso del Presupuesto Municipal

1.6.0. ORGANIZACINOrganizacin es la estructura de las relaciones que deben existir entre las funciones, niveles y actividades de los elementos materiales y humanos de un organismo social, con el fin de lograr su mxima eficiencia dentro de los planes y objetivos sealados,Organizar es agrupar y ordenar las actividades necesarias para alcanzar los fines establecidos creando unidades administrativas, asignando en su caso funciones, autoridad, responsabilidad y jerarqua, estableciendo las relaciones que entre dichas unidades debe existir.

1.6.1. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL.

1.6.2. ORGANIGRAMA FUNCIONAL

1.6.3. FUNCIONES DE CADA AREA 1.6.3.1. AREA DE ASESORIA JURDICA Y DEMUNA

Artculo 1.- La oficina de Asesora Jurdica y Demuna, es el rgano de asesoramiento encargado de dirigir, ejecutar y evaluar los asuntos de carcter administrativo legal y Jurdico de la Municipalidad, as como de los casos correspondientes a DEMUNA, absuelven las consultas que le sean formuladas y realiza la recopilacin sistemtica de los dispositivos legales.

Artculo 2.- Son funciones de la Oficina de Asesora Jurdica y Demuna:

1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal, para el uso adecuado y oportuno de las dependencias municipales; 2. Planeamiento y ejecucin de asuntos de carcter jurdico legal en temas de derecho administrativo y derecho tributario municipal; 3. Orientacin y asesoramiento a los rganos de gobierno, rganos de lnea, apoyo y asesoramiento en asuntos de carcter administrativo, laboral y tributario municipal a fin de que no incurran en errores y vicios, los que sern emitidos a travs de informes tcnicos legales; 4. Proyectar ordenanzas, acuerdos de concejo, resoluciones, decretos y otros documentos para la firma del Alcalde, siendo responsable de cuidar que los documentos cumplan estrictamente con las formalidades necesarias, dispositivos y normas legales vigentes. 5. Formular y/o emitir opinin de las bases tcnicas y administrativas para procesos de licitaciones pblicas, contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios en coordinacin con las dependencias competentes; 6. Emitir opinin o dictamen legal en los procesos administrativos correspondientes; 7. Programar, dirigir, coordinar y ejecutar acciones de apoyo contra la agresin fsica y sicolgica del nio, adolescente y de la mujer 8. Establecer canales de concertacin entre las instituciones que trabajen en defensa de los derechos de nios y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores; as como de los derechos humanos en general, con equidad de gnero. 9. Efectuar conciliaciones entre cnyuges, padres y familiares, fijando normas de comportamiento, prestacin de alimentos y colocacin familiar provisional, siempre que no existan procesos judiciales pendientes sobre la materia; 10. Integrar las diferentes comisiones que la ley faculta o que la alta autoridad disponga; 11. A propuesta del concejo Municipal. deber asumir las veces de Procurador Municipal.

1.6.3.2. OFICINA DE PRESUPUESTO Y PLANEAMIENTO DE INVERSIONESArtculo 3.- La Oficina Presupuesto y Planeamiento de Inversiones es el rgano integrante del Sistema Nacional de Presupuesto y del Sistema Nacional de Inversin Pblica, encargado de asesorar tcnica y administrativamente al rgano de Gobierno y Direccin, en los procesos de Planificacin, Presupuesto, Racionalizacin de acuerdo a la normatividad vigente y en materia de Inversin Pblica en el Marco del SNIP.

Artculo 4.- Son funciones de la Oficina de Presupuesto y Planeamiento de Inversiones:

1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento;2. Brindar asesoramiento a los rganos de Gobierno y de Coordinacin en la definicin de objetivos, polticas institucionales y polticas de desarrollo local y formulacin del Plan de Desarrollo Concertado Provincial y Presupuesto Participativo. 3. Formular el Plan de Desarrollo Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Anual en el marco de procesos participativos. 4. Elaborar los informes de actividades boletines y memoria anual de la Municipalidad en coordinacin con los dems rganos. 5. Elaborar el PMIP del Gobierno Local, segn corresponda y lo somete a consideracin de su rgano Resolutivo. Esta funcin la realiza la OPI Institucional. 6. Vela por que el PMIP se enmarque en las competencias de su nivel de gobierno, en los lineamientos de Poltica Sectoriales y en los Planes de Desarrollo Concertado que correspondan. 7. Es responsable por mantener actualizada la informacin registrada en el Banco de Proyectos y dems aplicativos informticos del SNIP. 8. Registra, actualiza y cancela el registro de las UF del Gobierno Local, segn corresponda, en el aplicativo del Banco de Proyectos. Las nuevas UF que registre debern reunir los requisitos establecidos en el numeral 9.4 del artculo 9 de la Directiva del Sistema Nacional de Presupuesto. 9. Promueve la capacitacin permanente del personal tcnico de las UF y UE del Gobierno Local. 10. Coordinar permanentemente con las diferentes unidades estructurales de la municipalidad para formular procesos orientados a mejorar la calidad de funcionamiento de las dependencias municipales; 11. Proyectar de acuerdo a su competencia ordenanzas, acuerdos de concejo, resoluciones. decretos y otros documentos para la firma del Alcalde. siendo responsable de cuidar que los documentos cum plan estrictamente con las formalidades necesarias, dispositivos y normas legales vigentes.

1.6.3.3. OFICINA DE ESTUDIOS Y PROYECTOS

Artculo 5.- La Oficina de Estudios y Proyectos, es la unidad orgnica encargada de planificar, organizar las acciones referidas a las inversiones municipales en estudios de Proyectos orientadas al desarrollo urbano y rural.

Artculo 6.- Son funciones de la Oficina de Estudios y Proyectos 1. Planear, coordinar, ejecutar y controlar los procesos de estudios y diseos de proyectos de obras hasta el nivel de expediente tcnico con sus respectivas memorias descriptivas, especificaciones tcnicas, presupuestos de obra, y anlisis de precios unitarios, de acuerdo a las disposiciones legales, y bajo el rgimen del Sistema Nacional de Inversin Pblica. 2. Elabora y suscribe los estudios de pre inversin de cualquier unidad orgnica de la institucin y los registra en el Banco de Proyectos. 3. Elabora los trminos de referencia cuando se contrate la elaboracin de los estudios de pre inversin, siendo responsable por el contenido de dichos estudios. Asimismo, elabora el plan de trabajo cuando la elaboracin de los estudios de pre inversin la realice la propia UF. Para tales efectos, deber tener en cuenta las Pautas de los trminos de referencia o planes de trabajo para la elaboracin de estudios de pre inversin (Anexo SNIP-23). 4. Durante la fase de pre inversin, las UF pondrn a disposicin de la DGPM y de los dems rganos del SNIP toda la informacin referente al PIP, en caso stos la soliciten. 5. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicacin de proyectos, como requisito previo a la remisin del estudio para la evaluacin de la Oficina de Programacin e Inversiones. 6. Formular los proyectos a ser financiados y/o ejecutados por terceros con sus propios recursos o por Gobiernos Locales no sujetos al SNIP. En este caso, la UF correspondiente es aquella que pertenece a la Entidad sujeta al SN I P que asumir los gastos de operacin y mantenimiento del PIP. 7. Informar a su OPI institucional de los proyectos presentados a evaluacin ante la OPI responsable de la funcin en la que se enmarca el PIP, en los casos que corresponda. Son funciones de la Oficina de Programacin e Inversiones 8. Elaborar el PMIP del Gobierno Local, en coordinacin con las diferentes reas orgnicas y la OPI, segn corresponda y lo somete a consideracin de su rgano Resolutivo.

1.6.3.4. RGANOS DE APOYO

Artculo 7.- Los rganos de Apoyo se encargan de prestar servicio de carcter auxiliar o complementario a todos los rganos de Lnea y de Asesoramiento de la Municipalidad, responsables de ejecutar acciones especializadas de carcter administrativo y financiero; permitiendo dar continuidad y sostenibilidad a la accin emprendida por la Municipalidad.

Artculo 8.- Son rganos de Apoyo de la Municipalidad: a. Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional b. Unidad de Logstica y Almacenes c. Unidad de Contabilidad d. Unidad de Tesorera e. Unidad de Recursos Humanos f. Unidad de Supervisin y Liquidacin de Inversiones

1.6.3.5. SECRETARIA GENERAL, ARCHIVO E IMAGEN INSTITUCIONAL

Artculo 9.- La Oficina de Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional es un rgano de apoyo a la Gestin del Concejo y la Alcalda, as mismo es la encargada de generar la buena imagen institucional hacia la poblacin del Distrito de Ajoyani y ante dems mbitos territoriales.

Artculo 10.- Se le atribuye las siguientes funciones: 1. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar, supervisar y controlar las actividades correspondientes al sistema de administracin documentaria de la Municipalidad y del Concejo Municipal. 2. Planear, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar, las actividades de Relaciones Publicas, informacin, protocolo e Imagen institucional de la Municipalidad. 3. Recibir, Registrar, Clasificar, Tramitar y Archivar los documentos internos y externos, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos vigentes del sistema archivstico documentario. 4. Asistir y apoyar a la Alta Direccin en la gestin administrativa en materia de su competencia. 5. Mantener el archivo y el control de los contratos y convenios de la Municipalidad. 6. Asistir y registrar el acta del desarrollo de las sesiones de Concejo ordinarias, extraordinarias y solemnes. 7. Dar fe de las Actas de Concejo Municipal y de las normas emitidas por la Alcalda; as como suscribir las Ordenanzas, Acuerdos, Resoluciones de Alcalda y las Actas de Sesiones del Concejo Municipal 8. Informar oportunamente a los rganos de la Municipalidad sobre los acuerdos y decisiones que toma el Concejo en relacin a sus responsabilidades y funciones. 9. Organizar y atender las sesiones solemnes del Concejo, las ceremonias y actos oficiales que se realicen en la Municipalidad. 10. Organizar, dirigir, coordinar y controlar el sistema de administracin documentara y el Archivo Central de la Municipalidad. 11. Citar a los regidores y funcionarios a las sesiones ordinarias y extraordinarias y solemnes conforme a su reglamento interno. 12. Llevar los correspondientes 1ibros de registros debidamente legalizadas por Notario Pblico de las Resoluciones y Decretos de Alcalda, y dems disposiciones municipales.

1.6.3.6. UNIDAD DE LOGSTICA Y ALMACENES

Artculo 11.- La Unidad de Logstica y Almacenes es aquella conformante del Sistema Nacional de Adquisiciones y con sujecin al Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, encargada de asesorar en materia de adquisiciones.

Artculo 12.- Tiene las siguientes funciones 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Programar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar la ejecucin de los procesos tcnicos de abastecimientos y control patrimonial, en concordancia con la normatividad legal vigente; 3. Efectuar las adquisiciones de bienes y servicios para la Municipalidad dentro del marco establecido por las disposiciones legales vigentes; 4. Elaborar el Cuadro de Necesidades de Bienes y Servicios para la formulacin del Presupuesto Institucional, en coordinacin con las diferentes reas de la municipalidad; 5. Elaborar el Plan anual de Adquisiciones y Contrataciones de acuerdo a los planes de las diferentes dependencias municipales; 6. Elaborar las respectivas rdenes de compra y/o servicio para el funcionamiento de la Municipalidad;7. Formular y proponer a la Gerencia Municipal o Alcalda, alternativas de poltica referente a la administracin de bienes y servicios y patrimonio de la municipalidad; 8. Apoyar a los comits especiales designados para los procesos de licitacin pblica o concurso pblico, brindando la informacin tcnica y econmica relacionada con la materia, en concordancia con la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su reglamento: 9. Organizar, valorizar, actualizar y controlar el inventario de bienes dc la Municipalidad a travs de los registros correspondientes; 10. Cumplir con las disposiciones legales que norman el proceso de adquisiciones en sus modalidades de Adjudicacin Directa, Adjudicacin Directa de Menor Cuanta, Concurso de Precios, Concurso de Mritos, Licitacin Pblica y otras propias de su competencia; 11. Efectuar el control patrimonial de los Activos Fijos adquiridos o donados a la Municipalidad; 12. Mantener actualizado el catlogo de bienes en coordinacin con las dems dependencias municipales; 13. Elaborar oportunamente el Parte Diario de Almacn y proporcionar informacin a la Unidad de Contabilidad, adjuntando la informacin sustentara.14. Programar, ejecutar y supervisar los procesos de codificacin, valorizacin, depreciacin, reevaluacin, bajas y excedentes de inventarios; 15. Coordinar la titulacin de los bienes inmuebles de la Municipalidad en coordinacin con la Oficina de Asesora Jurdica; 16. Formular los contratos respectivos con los proveedores y supervisar el cumplimiento de los mismos.

1.6.3.7. UNIDAD DE CONTABILIDD

Artculo 13.- La Unidad de Contabilidad es un rgano integrante del Sistema Nacional de Contabilidad, encargado de asesorar a todas las dependencias en materia contable.

Artculo 14.- Tiene las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Ejecutar, controlar y mantener actualizado el registro de operaciones contables en los libros principales y auxiliares, as como elaborar los estados financieros correspondientes; 3. Verificar la correcta formulacin y sustentacin de la documentacin fuente para la ejecucin de compromisos de pagos; 4. Realizar el control concurrente de los gastos y conciliaciones bancarias; 5. Controlar, revisar y visar la documentacin sustentadora de cuentas y asesorar para el otorgamiento de las rendiciones de cuenta recibidas; 6. Elaborar y presentar oportunamente la contabilidad y el Balance Anual de la Municipalidad; 7. Controlar y supervisar el fondo de pagos en efectivo; 8. Dirigir y elaborar la cuenta general del ejercicio anual; 9. Implementar medidas correctivas de la gestin administrativa, financiera y contable; 10. Efectuar el control previo de todos los pagos; 11. Llevar la contabilidad patrimonial de los servicios que presta al Municipalidad; 12. Conciliar mensualmente las cuentas y registros contables con la oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Tesorera y la Divisin de Rentas y Contribuciones; 13. Efectuar arqueos peridicos de caja, fondo rotativo de caja chica y especies valoradas.

1.6.3.8. UNIDAD DE TESORERIA

Artculo 15.- La unidad de Tesorera es aquella, conformante del Sistema Nacional de Tesorera rigindose a las disposiciones emitidas por esta, es encardada de apoyar y asesorar a los distintos rganos de la Municipalidad en materia de Tesorera.

Artculo 16.- Tiene las siguientes Funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Programar, ejecutar y controlar las acciones de Tesorera, superando el cumplimiento de las normas y procedimientos relacionados con la Unidad; 3. Programar, dirigir, controlar y registrar las actividades de Ingresos y Egresos y formular el parte Diario y el consolidado de fondos mensuales de ingresos y gastos; 4. Llevar el control, registro y custodia de las fianzas, garantas, plizas de seguro y otros valores; 5. Girar los pagos programados, manejar las cuentas corrientes, registro de valores e informar al Gerente o Alcalde permanentemente de la situacin de caja; 6. Elaborar el calendario de pagos y ejecutar la programacin de los mismos en atencin a las necesidades, requerimientos y prioridades de la gestin municipal; 7. Llevar el control de Caja Chica de acuerdo a su directiva y remitir el reporte de gastos a la Unidad de contabilidad para su afectacin contable y presupuestal; 8. Ejecutar el balance diario de caja, formulando el estado correspondiente, revisar y firmar el parte diario de ingresos; 9. Realizar el pago de las planillas de haberes del personal, as como las liquidaciones de los beneficios sociales; 10. Planificar y ejecutar el pago de proveedores de bienes, servicios, remuneraciones del personal y otras cuentas por pagar de acuerdo a condiciones y cronogramas establecidos. 11. Ejecutar permanentemente trmites bancarios a nivel local para efectuar depsitos y otros; 12. Conciliar mensualmente sus operaciones y cuentas con las unidades orgnicas correspondientes; 13. Proponer los procedimientos y las normas de control de Tesorera que sean necesarias para el cabal cumplimiento de sus funciones;

1.6.3.9. UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS

Artculo 17.- Es aquel integrante del Sistema de Gestin de Recursos Humanos, encargado de asesorar a las diferentes unidades orgnicas en materia de personal.

Artculo 18.- Son funciones de la Unidad de Recursos Humanos: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales. Relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Programar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar el desarrollo del Sistema de Personal de acuerdo a los lineamientos y polticas de personal de la Municipalidad y normas presupuestales, tcnicas de control y otras relativas al sistema. 3. Administrar los programas de bienestar social para el personal, con un enfoque de promocin social, educativo y preventivo. 4. Desarrollar programas de carcter educativo, cultural, recreativo y deportivo, que promuevan la integracin, participacin y compromiso de los trabajadores con la Municipalidad. 5. Evaluar las propuestas de rotacin, promocin, contratacin y cese del personal, en funcin del perfil del cargo y competencias del trabajador, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos. 6. Administrar los procesos de control de asistencia y permanencia del personal. 7. Organizar, implementar y mantener actualizados los registros y el escalafn del personal.8. Organizar y ejecutar peridicamente evaluaciones de desempeo laboral, y ejecutar medidas correctivas o de estmulo. 9. Expedir certificados de trabajo y constancia de haberes. 10. Participar en el procedimiento de las negociaciones colectivas con las organizaciones sindicales y administrar las relaciones laborales en la Municipalidad. 11. Efectuar las coordinaciones, para el clculo, control y pago de los tributos y/o retenciones que se efectan por diversos conceptos, impuestos (SUNAT), aportes (AFP o ESSALUD) y retenciones judiciales y/o legales. 12. Asesorar a las diferentes dependencias en aspectos relacionados con la administracin, desarrollo y control de personal. 13. Mantener actualizado el Cuadro Nominativo del Personal Municipal. 14. Formular, mantener actualizado y coordinar el Cuadro de Asignacin de Personal (CAP) y el Presupuesto Analtico de Personal (PAP) con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

1.6.3.10. UNIDAD SUPERVISIN Y LIQUIDACIN DE INVERSIONES

Artculo 19.- La unidad de Supervisin y Liquidacin de Inversiones es aquel que apoya a la consecucin de los objetivos institucionales dentro de los parmetros del Sistema Nacional de Inversin Pblica.

Artculo 20.- Son funciones de esta unidad en materia de Supervisin de Inversiones: 1. Revisar y dar conformidad a los expedientes tcnicos elaborados por las Unidades Formuladoras de acuerdo al Sistema Nacional de Inversin Pblica, el mismo que ser aprobado por el Concejo Municipal; 2. Supervisar y controlar el estricto cumplimiento de las obras de infraestructura en sus plazos establecidos que ejecuta la Municipalidad, por administracin directa, por convenio, o por contrata, en concordancia con las especificaciones tcnicas del expediente tcnico. 3. Revisar y dar conformidad a los expedientes de pre liquidacin de obra en el aspecto financiero y tcnico y remitir a la Comisin de Liquidacin de Obras. 4. Proponer las medidas correctivas que correspondan en caso de comprobar irregularidades en la elaboracin de expedientes tcnicos y ejecucin de la obra por administracin directa, convenio o por contrata y las diferencias detectadas en la liquidacin de obras. 5. Exigir. verificar que los terrenos en los cuales se proyecten ejecutar obras de infraestructura, estn debidamente saneados y habilitados con los planes de prevencin, emergencia y rehabilitacin cuando el caso lo requiera, antes de la conformidad de los proyectos correspondientes. 6. Participar en la Absolucin de consultas y/o modificaciones que se presenten en la Ejecucin de Obras.

Artculo 21.- Son funciones de esta unidad, en materia de liquidaciones, las siguientes: 1. Establecer las normas y procedimientos a seguir para la elaboracin del Informe Final de Liquidacin Tcnica y Financiera. 2. Cuantificar el avance fsico real de Obra Valorizada y determinar el gasto real de la obra por asignaciones presupuestales. 3. Revisar y verificar las valorizaciones de obra de los proyectos contratados, de acuerdo a los reajustes de precio ya las disposiciones vigentes sobre la materia.4. Revisar y verificar la correcta formulacin de las bases tcnicas y administrativas para concursos y licitaciones pblicas, as como las liquidaciones de obra y actas de conformidad, antes de su suscripcin; 5. Verificar u observar las normas y especificaciones tcnicas de construccin para los materiales a ser utilizados en las obras pblicas municipales y su mantenimiento. 1.6.3.11. RGANOS DE LNEA

Artculo 22.- Los rganos de Lnea de la Municipalidad tienen la responsabilidad de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades de la gestin municipal referente a los servicios sociales y bsicos, proyectos y obras pblicas en beneficio de la comunidad as como de la promocin del desarrollo local y desarrollo humano.

Artculo 23.- Los rganos de lnea de la Municipalidad son: a. La Gerencia de Infraestructura Urbano Rural b. La Gerencia de Desarrollo Econmico Local y Desarrollo Humano c. La Gerencia de Medio Ambiente y Servicios Pblicos.

1.6.3.12. GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANO RURAL

Artculo 24.- Es el rgano de lnea de la Municipalidad, encargado de planificar, ejecutar y supervisar las acciones referidas al Acondicionamiento Territorial, Planes de Desarrollo Urbano, ejecucin de obras pblicas e infraestructura econmica y social, administracin del catastro y control urbano. As como su coordinacin para el desarrollo territorial Rural

Artculo 25.- La Gerencia de infraestructura Urbano Rural, cuenta con las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales, relacionados con la funcin municipal correspondientes a su Gerencia y velar su cumplimiento: 2. Programar, administrar, ejecutar, dirigir las acciones referidas a la ejecucin de obras pblicas urbanas y rurales; a garantizar la operatividad y mantenimiento de la infraestructura y vas construidas, as como a tener un adecuado sistema catastral en el distrito. 3. Programar, administrar, dirigir ejecutar, coordinar y controlar el planeamiento de la Infraestructura Urbana y Rural en concordancia con la poltica establecida en materia de obras pblicas, obras privadas, ornato y catastro; 4. Recopilar, sistematizar y mantener actualizada informacin pertinente a su gerencia para la oportuna toma de decisiones. 5. Conducir el proceso de formulacin de planes de trabajo u operativo de cada una de las unidades orgnicas a su cargo 6. Programar, administrar, coordinar y controlar el proceso de abastecimiento de bienes o servicios tiles para la consecucin de los objetivos de la gerencia a su cargo, en coordinacin con la Unidad de Logstica y Abastecimientos 7. Establecer a travs de directiva procedimientos especficos que contribuyan a mejorar las acciones correspondientes a ejecucin de obras, mantenimiento de las mismas y un planeamiento urbano adecuado. 8. Mantener el liderazgo sobre las unidades orgnicas a su cargo9. Mantener un sistema de comunicacin con capacidad para retroalimentar la ejecucin de los objetivos de su unidad orgnica 10. Formular los detalles tcnicos para los concursos, licitaciones y contratos de obras pblicas; 11. Es responsable del manejo de conflictos arribando a soluciones que beneficien a todos los intervinientes 12. Adecuarse oportunamente ante los cambios suscitados en los procedimientos internos, o por la emisin de nuevas normas tcnicas referidas al rea.

Artculo 26.- La Gerencia de Infraestructura Urbano Rural para el mejor desempeo de sus funciones cuenta con las siguientes divisiones: a. Divisin de Obras Pblicas Urbanas y Rurales. b. Divisin de Operacin y Mantenimiento de Infraestructura. c. Divisin de Planeamiento Urbano y Catastro

1.6.3.13. DIVISIN DE OBRAS PBLICAS URBANAS Y RURALES

Artculo 27.- La divisin de obras pblicas, es la encargada de la ejecucin de proyectos de infraestructura, representa a la Unidad Ejecutora y es integrante del Sistema Nacional de Inversiones, se le atribuye las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Organizar, dirigir la ejecucin de obras pblicas aprobadas en el Programa de Inversiones de la Municipalidad; 3. Ejecutar las obras por encargo o convenio que celebre la Municipalidad con otras instituciones pblicas; 4. Informar peridicamente sobre el avance fsico y financiero de los proyectos en ejecucin 5. Tener al da el legajo documentario de cada obra que venga ejecutando. 6. Mantener estricta comunicacin con el rea de Supervisin de Inversiones 7. Al cumplimiento del plazo de ejecucin de obra, la pre liquidacin de la misma deber estar debidamente organizada, concluida y con todas las formalidades exigidas en la normativa

Artculo 28.- Las acciones referidas a Supervisin de Obras as como de Liquidacin de las mismas son debidamente presupuestadas en su expediente, dichos montos no debern utilizarse para otros fines. La asignacin de los responsables estar a cargo del Gerente Municipal o de Alcalde.

1.6.3.14. DIVISIN DE OPERACIN Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA

Artculo 29.- Es la unidad orgnica encargada de realizar el mantenimiento de la infraestructura fsica y vial generada como consecuencia de la intervencin a travs de Inversiones. Tiene las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Ejecutar acciones de mantenimiento y operacin de infraestructura. 3. Formular los expedientes de mantenimiento y operacin de infraestructura construida conforme a la normatividad vigente; 4. Formular los expedientes para el mantenimiento y conservacin de la infraestructura vial construida; 5. Coordinar con el IVP provincial para el mantenimiento de los caminos vecinales; 6. Programar y ejecutar acciones orientadas al mantenimiento, conservacin de reas verdes, parques y jardines de la ciudad, 7. Realizar el mantenimiento de vas locales, sealizaciones, semforos parchado de pistas entre otros. 8. Mantener en orden la documentacin de las intervenciones de mantenimiento ejecutadas; 9. Informar peridicamente sobre la ejecucin fsica y financiera de las obras de mantenimiento;

1.6.3.15. DIVISIN DE PLANEAMIENTO URBANO Y CATASTRO

Artculo 30.- La divisin de Planeamiento Urbano y Catastro es la unidad encargada de planificar organizar y supervisar las acciones referidas a la planeamiento urbano rural y el catastro de los mismos, tiene las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Aprobar los estudios preliminares de habilitacin urbana, que corresponde a la etapa de aprobacin de planes de lotizacin, aprobacin de proyectos definitivos de habilitacin urbana, trazado de pistas, veredas, electrificacin, agua y desage; 3. Normalizar y regularizar las habilitaciones urbanas y subdivisin de tierras, al margen de los Reglamentos; 4. Subdividir las tierras sin cambio de uso, que comprende la aprobacin de particin de terrenos urbanos destinados al mismo uso, asignado en el Plan Director; 5. Integrar las Comisiones Tcnicas Calificadoras de Habilitaciones Urbanas. 6. Velar por el cabal cumplimiento del Reglamento de Construcciones y dar normas que emita la Municipalidad, proponiendo sanciones para los infractores. 7. Mantener actualizados e implementados los planes de acondicionamiento territorial de acuerdo al Plan Director, as mismo los planes de ordenamiento y expansin urbana del distrito; 8. Actualizar y llevar el registro topnimo de la ciudad, nomenclatura de avenidas, calles, plazas y numeracin de los predios urbanos del distrito; 9. Proponer la expropiacin de terrenos y predios para el cumplimiento del acondicionamiento territorial; Otorgar certificacin de zonificacin, vas y de compatibilidad de uso conforme; 10. Otorgar las licencias de construccin, remodelacin, reparacin, demolicin, llevando sus correspondientes registros; 11. Coordinar con el Instituto Nacional de Cultura, el tratamiento de la conservacin y problemtica en general del patrimonio histrico arqueolgico de la provincia; 12. Elaborar planos, memorias descriptivas y la publicacin de los estudios referentes al Planeamiento Urbano del Distrito de Ajoyani.

1.6.3.16. GERENCIA DE DESARROLLO ECONMICO LOCAL y DESARROLLO HUMANO

Artculo 31.- La Gerencia de Desarrollo Econmico Local y Desarrollo Humano es el rgano de lnea de la Municipalidad encargado de planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones y proyectos en materia del desarrollo econmico y humano del distrito, con sujecin a la legislacin vigente la misma que deber adecuar a la realidad del distrito.

Artculo 32.- Cuenta con las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su Gerencia y velar su cumplimiento; 2. Programar, administrar, ejecutar, dirigir las acciones y proyectos referidos al desarrollo agropecuario del distrito e incrementar los niveles de competitividad entre los productores y comerciantes; el manejo de los programas sociales incidiendo en la Focalizacin a travs de la Unidad Local de Focalizacin y el manejo de los registros civiles e incidencia en temas de educacin cultura y recreacin. 3. Recopilar, sistematizar y mantener actualizada informacin pertinente a su gerencia para la oportuna toma de decisiones. 4. Conducir el proceso de formulacin de planes de trabajo u operativo de cada una de las unidades orgnicas a su cargo 5. Programar, administrar, coordinar y controlar el proceso de abastecimiento de bienes o servicios tiles para la consecucin de los objetivos de la gerencia a su cargo, en coordinacin con la unidad de Logstica y Abastecimientos 6. Establecer a travs de directiva procedimientos especficos que contribuyan a mejorar las acciones correspondientes al mejoramiento del desarrollo econmico local como del desarrollo humano en el distrito 7. Mantener el liderazgo sobre las unidades orgnicas a su cargo 8. Mantener un sistema de comunicacin con capacidad para retroalimentar la ejecucin de los objetivos de su unidad orgnica 9. Es responsable del manejo de conflictos arribando a soluciones que beneficien a todos los intervinientes 10. Adecuarse oportunamente ante los cambios suscitados en los procedimientos internos, o por la emisin de nuevas normas tcnicas referidas al rea.

Artculo 33.- La Gerencia de Desarrollo Econmico Local y Desarrollo Humano, para el mejor desempeo de sus funciones cuenta con las siguientes divisiones: a. Divisin de Desarrollo Agropecuario y Competitividad. b. Divisin de Programas Sociales y Unidad Local de Focalizacin. c. Divisin de Registro Civil.

1.6.3.17. DIVISIN DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y COMPETITIVIDAD

Artculo 34.- La divisin de Desarrollo agropecuario tiene las siguientes funciones: 1. Planear, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar el cumplimiento de las actividades y proyectos concernientes al fomento agrcola pecuario, actividades extractivas y de transformacin, de cooperacin tcnica internacional y de promocin empresarial. 2. Planificar. dirigir, y supervisar el desarrollo de las actividades tendientes al ordenamiento del comercio ambulatorio, y del transporte. 3. identificar las potencialidades y promocionar el desarrollo de las actividades econmicas, a travs de estudios tcnicos de evaluacin anual 4. Proyectar la poltica de iniciativas locales de empleo de fomento productivo y atraccin de inversiones posibilitando el desarrollo local concertado.5. Coordinar y concertar con organismos del sector pblico (industria, agricultura, turismo, trabajo, etc.) y del sector privado, la formulacin y ejecucin de programas y proyectos para la promocin del empleo y el desarrollo econmico. 6. Planificar, organizar, dirigir, coordinar, promocionar y controlar la realizacin de las actividades econmicas de la localidad. 7. Promover el desarrollo econmico sostenible, en funcin de los recursos disponibles y las necesidades de la Micro y Pequeas empresas MYPES. 8. Identificar potencialidades y proponer planes para Promocin empresarial, el desarrollo de las actividades econmicas, a travs de estudios tcnicos de evaluacin anual. 9. Fomentar la formalizacin de empresas y prestar servicios de orientacin para la constitucin y formacin empresarial 10. Fomentar la asociacin de los micros y pequeos empresarios para mejorar la competitividad e incursionar en otros mercados.

1.6.3.18. DIVISIN DE PROGRAMAS SOCIALES Y UNIDAD LOCAL DE FOCALIZACIN

Artculo 35.- La divisin de programas sociales mantendr las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Gestionar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar los programas sociales de lucha contra la pobreza, como el Programa del Vaso de Leche y Programas de Apoyo Alimentario con la participacin concertada de las organizaciones sociales de base y en concordancia con la legislacin sobre la materia 3. Formular, proponer, ejecutar y monitorear las polticas, planes y programas municipales de Desarrollo Humano y Promocin Social en concordancia con el Plan de Desarrollo Distrital Concertado y Presupuesto Participativo. 4. Concertar con el sector pblico y privado la elaboracin y ejecucin de programas de apoyo al Desarrollo Humano de manera sostenible. 5. Ejecutar los programas locales de: lucha contra la pobreza, asistencia social, proteccin y apoyo a la poblacin de los diversos grupos, priorizando a la poblacin en riesgo. 6. Promover y fomentar programas de bienestar social en los aspectos de salud, vivienda y rehabilitacin social. 7. Efectuar acciones de reconocimiento y registro de organizaciones vecinales, organizaciones comunales, club de madres y organizaciones juveniles; 8. Realizar el registro y seguimiento operativo de la aplicacin de la Ficha Socioeconmica nica como lo establece la RM W 399-2004-PCM

1.6.3.19. DIVISIN DEREGISTRO CIVL

Artculo 36.- La divisin de registro civil, mantiene las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios. defunciones y dems actos que modifiquen el estado civil de las personas, as como las resoluciones judiciales, actos notariales y administrativos que a ellos se refieren susceptibles de inscripcin y los dems actos que seala la ley; 3. Emitir las constancias de inscripcin correspondiente; expedir copias certificadas y/u otras transcripciones. 4. Organizar la celebracin de matrimonios civiles de acuerdo a las normas legales vigentes, previa delegacin expresa del despacho de Alcalda;5. Informar los hechos vitales a la Oficina de Estadstica del REDES Carabaya- Macusani y a RENIEC; 6. Informar peridicamente sobre los fallecidos a RENIEC para depuracin del Padrn Electoral; 7. Cumplir los procedimientos administrativos de acuerdo a la normatividad vigente; 8. Proponer Resoluciones Administrativa de naturaleza registral; 9. Proporcionar a los usuarios la informacin requerida; 10. Colaborar con las autoridades judiciales y policiales para la identificacin de las personas;

1.6.3.20. GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS PBLICOS

Artculo 37.- La Gerencia de Medio Ambiente y Servicios Pblicos es la encargada de planificar, conducir, coordinar y ejecutar acciones directas con la poblacin, evaluando constantemente la percepcin de la poblacin sobre estas y generando polticas de mejor atencin al ciudadano. Cuenta con las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su Gerencia y velar su cumplimiento; 2. Programar, administrar, ejecutar, dirigir las acciones referidas a los servicios pblicos concernientes al saneamiento y limpieza pblica, la seguridad ciudadana y defensa civil. 3. Recopilar, sistematizar y mantener actualizada informacin pertinente a su gerencia para la oportuna toma de decisiones. 4. Conducir el proceso de formulacin de planes de trabajo u operativo de cada una de las unidades orgnicas a su cargo 5. Programar, administrar, coordinar y controlar el proceso de abastecimiento de bienes o servicios tiles para la consecucin de los objetivos de la gerencia a su cargo, en coordinacin con la unidad de Logstica y Abastecimientos 6. Establecer a travs de directiva procedimientos especficos que contribuyan a mejorar las acciones correspondientes al mejoramiento de los servicios que se dan a los ciudadanos en el cumplimiento de las disposiciones vigentes. 7. Mantener el liderazgo sobre las unidades orgnicas a su cargo 8. Mantener un sistema de comunicacin con capacidad para retroalimentar la ejecucin de los objetivos de su unidad orgnica 9. Es responsable del manejo de conflictos arribando a soluciones que beneficien a todos los intervinientes 10. Adecuarse oportunamente ante los cambios suscitados en los procedimientos internos, o por la emisin de nuevas normas tcnicas referidas al rea.

Artculo 38.- La Gerencia de Servicios Pblicos, para el mejor desempeo de sus funciones cuenta con las siguientes divisiones: a. Divisin de Salubridad y Limpieza Pblica b. Divisin de Educacin Cultura y Recreacin c. Divisin de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil.

1.6.3.21. DIVISIN DE SALUBRIDAD Y LIMPIEZA PBLICA

Artculo 39.- La divisin de Salubridad y Limpieza Pblica, tiene las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Formular, ejecutar y monitorear los planes operativos anuales referidos a los servicios pblicos de la Municipalidad en materia de limpieza pblica, jardines y reas verdes, comercializacin y mercados, y transporte pblico; 3. Formular, proponer, ejecutar y monitorear el Plan Integral de Gestin Ambiental de Residuos Slidos PIGARS, en concordancia con el sistema de gestin ambiental nacional y regional y el Plan de Desarrollo Provincial Concertado, y en coordinacin con la Divisin de Medio Ambiente. 4. Establecer normas y procedimientos para la organizacin y control del comercio ambulatorio, en coordinacin permanente con los representantes autorizados; 5. Supervisar el cumplimiento de las normas de higiene, salubridad y ordenamiento del acopio, distribucin, almacenamiento y comercializacin de alimentos y bebidas a nivel de su jurisdiccin. 6. Desarrollar y ejecutar proyectos a favor de la prevencin de la contaminacin y el ordenamiento ambiental, la calidad del agua para riego, manejo de residuos, el rescate de la identidad tradicional local, as como control de posibles riesgos a la salud pblica. y el mejoramiento de los servicios pblicos. 7. Realizar frecuentemente operativos sorpresivos en los establecimientos comerciales, panaderas, restaurantes, puestos de expendio de carnes rojas, blancas y otras, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las normas establecidas, en coordinacin con la Comisin de Servicios Pblicos. 8. Programar y ejecutar operaciones de limpieza, fumigacin, desinfeccin en establecimientos pblicos, privados y aquel que rena grupos humanos. 9. Administrar y reglamentar directamente o por concesin el servicio de agua potable, alcantarillado y desage, limpieza pblica y tratamiento de residuos slidos, cuando por economas de escala resulte eficiente centralizar provincial mente el servicio. 10. Proponer normas y directivas locales para el adecuado funcionamiento de establecimientos de hospedaje, restaurantes y centros de esparcimiento en base a las normativas vigentes.

1.6.3.22. DIVISIN DE EDUCACIN CULTURA Y RECREACIN

Artculo 40.- La divisin de Salubridad y Limpieza Pblica, tiene las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Formular, ejecutar y monitorear los planes operativos anuales referidos a la Educacin Cultura y Recreacin en la Jurisdiccin del Distrito de Ajoyani; 3. Desarrollar y/o apoyar actividades educativas, conforme a los objetivos de la Municipalidad. 4. Organizar la participacin de la ciudadana en las actividades culturales que promueva la municipalidad. 5. Fomentar la creacin, y desarrollo de grupos educativos, musicales y culturales 6. Organizar espacios educativos de conversatorios, teatros, oratoria y similares. 7. Promover la conservacin del patrimonio cultural. 8. Planificar, organizar y dirigir el funcionamiento de la Biblioteca Municipal 9. Planificar, organizar y dirigir acciones de vacaciones tiles. 10. Proponer normas y directivas relacionadas a la Educacin Cultura y Recreacin.

1.6.3.23. DIVISIN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVL

Artculo 41.- La divisin de seguridad ciudadana y Defensa Civil, tiene las siguientes funciones: 1. Recopilar, sistematizar y mantener actualizados las normas y dispositivos legales relacionados con la funcin municipal correspondientes a su rea y velar su cumplimiento; 2. Planificar. organizar. dirigir. ejecutar y controlar los programas de accin destinados a la prevencin y seguridad del distrito. 3. Formular el Plan Integral de Defensa Civil y el de Seguridad Ciudadana. 4. Coordinar y planificar en forma conjunta con la Polica Nacional operaciones de patrullaje integrado, as como acciones de apoyo en proteccin de personas, bienes y mantenimiento de la tranquilidad y el orden. 5. Apoyar en la seguridad interna de las instalaciones del palacio municipal y de otros inmuebles de propiedad de la municipalidad. 6. Colaborar y prestar apoyo en el mbito de su competencia a todas las Gerencias y Oficinas de la Municipalidad cuando lo soliciten. 7. Brindar apoyo prioritario y permanente a las Juntas Vecinales, Rondas y Asociaciones que apoyen con la Seguridad Ciudadana y que estn debidamente acreditadas ante la Municipalidad. 8. Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades orientadas al cumplimiento de las disposiciones municipales, actuando en funcin a las directivas que reciba de la Gerencia Municipal o quien haga sus veces en concordancia a su reglamento interno, as como de las disposiciones legales correspondientes. 9. Imponer, registrar y controlar las papeletas de infraccin de los administrados que transgredan las disposiciones Municipales en las siguientes reas funcionales: a. Infraestructura Urbana y Seguridad Colectiva b. Salubridad y Saneamiento Ambiental c. Educacin, cultura, turismo, recreacin, espectculos y conservacin del patrimonio histrico. d. Abastecimiento y Comercializacin de productos. e. Transporte colectivo, circulacin y trnsito. 10. Denunciar ante las autoridades policiales correspondientes, las situaciones que pudieran afectar la tranquilidad y seguridad integral. 11. Ejecutar acciones de capacitacin para la prevencin de desastres emergencia y rehabilitacin. 12. Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en las salas de espectculos, ferias, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al pblico, incluyendo los establecimientos hoteleros, sociales, culturales y religiosos. 13. Identificar peligros. analizar las vulnerabilidades y estimar riesgos o reducir riesgos adoptando medidas de prevencin efectivas. 14. Realizar simulacros o simulaciones de desastres naturales o causados por el hombre en centros laborales, educativos y comunales as como en locales pblicos y privados de su mbito.

1.6.3.24. RGANOS DESCONCENTRADOS Unidad Operativa (Equipo Mecnico)

Artculo 42.- Considerando la Autonoma administrativa que versa la Ley la municipalidad desconcentra las funciones referidas a equipo mecnico del rea de Infraestructura denominndola Unidad Operativa.

Artculo 43.- La funciones que se atribuyen a dicha unidad son: 1. Velar por el debido cumplimiento del Reglamento de uso y control del equipo mecnico liviano y pesado de propiedad de la Municipalidad y de las que estn bajo su responsabilidad. 2. Formular y ejecutar los contratos que son objeto por parte de la Municipalidad determinando las condiciones del caso conforme al Reglamento de uso y control de equipo mecnico. para lo que coordinara con la Oficina de Asesora Jurdica de la Municipalidad. 3. Brindar servicio de alquiler de la Maquinaria y Equipo Pesado y Liviano a toda persona natural y/o jurdica que lo solicite. 4. Elaborar el Cronograma del uso de la Maquinaria y Equipos Pesados y Livianos en las distintas obras ejecutadas. 5. Evaluar el desempeo del personal de operadores de la Maquinaria y Equipos Pesados y Livianos a su cargo. evacuando los informes pertinentes.

1.6.3.25. RCANOS DESCENTRALIZADOS Junta Administradora de Servicios de Saneamiento

Artculo 44.- La municipalidad implementara un plan de sensibilizacin para a futuro poder constituir, con su debida personera jurdica la junta administradora de servicios de saneamiento JASS; para as la poblacin poder gozar del servicio de agua potable con la calidad debida.

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artculo 45.- En concordancia al Artculo 1210 de la Ley las relaciones que mantienen las municipalidades con el Gobierno Nacional los Gobiernos Regionales y los Poderes del Estado tienen por finalidad garantizar el ejercicio del derecho de iniciativa legislativa la coordinacin de las acciones de competencia de cada uno as como el derecho de propuesta o peticin de normas reglamentarias de alcance nacional. Estas relaciones implican respeto mutuo y atencin a las solicitudes que se formulen recprocamente.

Las relaciones que mantienen las municipalidades entre ellas son de coordinacin de cooperacin o de asociacin para la ejecucin de obras o prestacin de servicios. Se desenvuelven con respeto mutuo de sus competencias y gobierno

DEL RGIMEN LABORAL

Artculo 46.- Los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al rgimen laboral general aplicable a la administracin pblica, conforme a ley.

DEL RGIMEN ECONMICO, BIENES y RENTAS MUNICIPALES

Artculo 47.- Son bienes y rentas municipales lo estipulado en los Arts. 56, 69 de la Ley. N 27972 Son bienes de propiedad de Municipal: 1. Los bienes inmuebles y muebles de uso pblico destinados a servicios pblicos locales 2. Los edificios municipales y sus instalaciones y, en general, todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la municipalidad; 3. Las acciones y participaciones de las empresas municipales; 4. Los caudales, acciones, bonos, participaciones sociales, derechos o cualquier otro bien que represente valores cuantificables econmicamente; 5. Los terrenos eriazos, abandonados y ribereos que le transfiera al Gobiernos Nacional; Los aportes provenientes de habilitaciones urbanas; 6. Los legados o donaciones que se instituyan en su favor; Todos los dems que adquiera cada municipio. 7. Son rentas Municipales: 8. Los tributos creados por ley a su favor; 9. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su concejo municipal, los que constituyen sus ingresos propios: 10. Los recursos asignados del Fondo de Compensacin Municipal - FONCOMN, 11. Las asignaciones y transferencias presupuestales del gobierno nacional; 12. Los recursos asignados por concepto de canon, conforme a ley; 13. Las asignaciones y transferencias especificas establecidas en la Ley Anual de Presupuesto, para atender los servicios descentralizados; 14. Los recursos provenientes de sus operaciones de endeudamiento, concertadas con cargo a sus patrimonio propio, y con aval o garanta del Estado y la aprobacin del Ministerio de Economa y Finanzas cuando se trate de endeudamiento externo, conforme a ley; 15. Los recursos derivados de la concesin de sus bienes inmuebles y los nuevos proyectos, obras o servicios entregados en concesin; 16. Los derechos por la extraccin de materiales de construccin ubicados en los lveos y causes de los ros, y canteras local izadas en su jurisdiccin, conforme a ley; 17. Las dems que determine la ley,

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA: El Alcalde es el Titular del Pliego Presupuestal por lo tanto es responsable de la gestin administrativa, financiera y operativa del Municipio, que no sean prohibitivas por mandato legal. El presente Reglamento establece la organizacin y funciones de la Municipalidad hasta el tercer nivel organizacional. SEGUNDA: Las competencias del Concejo Municipal y de los rganos consultivos sern fijadas en sus respectivos Reglamentos Internos.

TERCERA: La provisin de cargos para el cumplimiento de las funciones establecidas en el presente Reglamento se concretaran en el Cuadro para Asignacin de Personal y su implementacin se efectuara en forma gradual, de acuerdo con el potencial humano y a la disponibilidad de los recursos correspondientes. CUARTA: Son cargos de responsabilidad directiva: las Gerencias, las Jefaturas de Oficina de los rganos de apoyo y asesoramiento.

QUNTA: La Gerencia Municipal, es el rgano encargado de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento; para el efecto realizaran acciones de seguimiento, estudios y recepcin de las observaciones de los diferentes rganos y ejecutaran las medidas de implementacin correspondientes, a fin de perfeccionar su contenido y aplicacin.

SEXTA: La Municipalidad formulara el Cuadro para la Asignacin de Personal (CAP), a fin de dar sostenibilidad al presente Reglamento. SETIMA: Los funcionarios debern disponer la elaboracin o actualizacin de los Manuales de Organizacin y Funciones (MOF) tomando como base normativa el ROF y el CAP vigentes. El MOF de cada rgano de segundo nivel organizacional, incluir los rganos adscritos en los casos que corresponda, y sern aprobados por Resolucin de Alcalda. OCTAVA: La implementacin del presente Reglamento no dar lugar a la perdida de los derechos adquiridos por los trabajadores de la Municipalidad, de conformidad con la Constitucin Poltica del Estado. De la Ley y dems normas legales vigentes.

NOVENA: El personal que desempea funcin directiva debe de cumplir su labor siguiendo los siguientes criterios y principios: Planificar, organizar, conducir y controlar las actividades de la Direccin a su cargo, Asesorar, apoyar e informar por los canales correspondientes al rgano de Gobierno sobre las actividades, fines y metas cumplidas, Supervisar el buen uso de los recursos y la mejora de los servicios que presta la Municipalidad, Demostrar una conducta tica y moral acorde con el cargo desempeado y velar por el personal a su cargo de acuerdo a la Ley N 27815, Ley del Cdigo de tica de la Funcin Pblica.

DCIMA: El presente Reglamento de Organizacin y Funciones entrara en vigencia a partir del da siguiente de su promulgacin y ser actualizado de acuerdo a la dinmica institucional ya los lineamientos del planeamiento municipal.

UN DCIMA: El ordenamiento jurdico municipal detallado en la Ley establece las siguientes normas municipales: ORDENANZAS, ACUERDOS, DECRETOS DE ALCALDIA y RESOLUCIONES DE ALCALDIA.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA: Derguense y djense sin efecto las disposiciones municipales que en materia de Reglamento de Organizacin y Funciones se hayan aprobado y todas aquellas que se opongan a la presente disposicin.

SEGUNDA: La Estructura Orgnica de la Municipalidad se considera como parte del Reglamento.

TERCERA: Hasta la implementacin de la Gerencia Municipal, El titular del pliego es responsable de la implementacin progresiva de lo dispuesto en el presente Reglamento, pudiendo delegar dicha funcin en un funcionario que crea conveniente.

CUARTA: El Cuadro de Asignacin de Personal de la entidad segn lo establecido en la tercera disposicin complementaria del D.S. N 043-2006-PCM deber adecuarse a esta nueva estructura. Aprobado el CAP se elaborara el Manual de Organizacin y Funciones (MOF).

1.7.0. REGLAMENTOSDISPOSICIONES GENERALESDEL CONTENIDO, ALCANCE, DOMICILIO Y OBJETIVOS

Cuando el funcionario o servidor pblico de la institucin u otro lector encuentre el termino LEY tendr presente que hace referencia a la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972; del mismo modo el termino MUNICIPALIDAD hace referencia a la Municipalidad Distrital de Ajoyani de la provincia de Carabaya en el Departamento de Puno.

El presente Reglamento determina la naturaleza, jurisdiccin, finalidad, objetivos, funciones y atribuciones de la estructura orgnica de la Municipalidad, en concordancia con la Ley y dems disposiciones legales pertinentes.

El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio dentro de la Municipalidad as como de sus rganos de coordinacin, desconcentrados y sirve como referencia a la sociedad civil del Distrito de Apoyan.

La Municipalidad tiene su domicilio real en la Plaza Manco Capac S/N del Distrito de Ajoyani en la provincia de Carabaya en el Departamento de Puno.

El presente reglamento tiene como objetivos: a. Articular y dinamizar la gestin municipal; b. Descentralizar y desconcentrar las funciones y competencias segn las necesidades del servicio; c. Determinar con claridad los diferentes campos funcionales; d. Contribuir a la utilizacin racional de los recursos de la Municipalidad; e. Propiciar la orientacin de los recursos a las unidades que cumplan los servicios pblicos y a la inversin en obras prioritarias.

DEFINICIONES BSICAS

Se precisa Conforme al DS N 043-2006-PCM las siguientes definiciones bsicas:

SISTEMA.- Es un conjunto de elementos o componentes en relacin dinmica entre s y con su entorno organizado en funcin a sus fines. Un centro educativo, una posta mdica, la organizacin municipal, la ciudad, el cuerpo humano, etc. son sistemas.

ORGANIZACIN.- Es un sistema abierto insertado en un medio orientado por objetivos y compuesto por subsistemas que interactan entre s.

ESTRUCTURA ORGNICA.- Conjunto de rganos ordenados e interrelacionados, destinados a cumplir determinadas funciones tareas o actividades. Es un esquema que representa grficamente a la organizacin permite su visualizacin y consistencia lgica con los propsitos de la organizacin. Refleja las relaciones entre las unidades orgnicas y siendo de fcil comprensin permite a la poblacin conocer el funcionamiento esquemtico de su municipalidad.

UNIDAD ORGNICA.- Es un componente de la estructura organizacional que mantiene relaciones internas y / o externas y cumple determinadas funciones.

NIVEL ORGANIZACIONAL.- Primer nivel: constituido por los rganos de gobierno: concejo municipal y alcalda y la alta direccin constituido por la gerencia municipal. A este nivel le corresponde las decisiones y responsabilidades estratgicas de la municipalidad. Segundo nivel: integrado por las gerencias de asesoramiento apoyo y de lnea, dependen directamente del primer nivel. Son conocidas por el rol estratgico - tcnico que cumplen en la organizacin. Tercer nivel: formado por las unidades orgnicas intermedias que dependen directamente del segundo nivel. Constituyen los niveles tcnico - operativos de la organizacin municipal.

FUNCIONES.- Es el conjunto de actividades orientadas al cumplimiento de determinados objetivos y que corresponde a determinada unidad orgnica.

COMPETENCIAS LABORALES.- Son todas aquellas habilidades, cualidades, conocimientos, actitudes y aptitudes que permiten a la persona desempear un cargo o actividad en el mximo nivel de rendimiento. Existen distintas formas de clasificar las competencias. Una manera es clasificar en competencias generales: aquellas que deben tener todos los miembros de la organizacin, aunque puede haber diferencias en los niveles exigidos. Ejemplo: trabajo en equipo, servicio al cliente, comunicacin etc.; competencias especficas: aquellas de orden tcnico o especializado que permite el logro de objetivos especficos. Ejemplo: toma de decisiones, solucin de conflictos, planificacin, evaluacin, etc.

ATRIBUCIONES.- Se denominan atribuciones a aquellas facultades asignadas por norma especfica a determinada persona o personas para ejercer funciones pblicas. No es inherente a la persona sino por encargo de autoridad o estamento superior. La diferencia entre atribucin y funcin radica en que esta ltima se refiere al agrupamiento de actividades que debe realizarse para cumplir una misin u objetivos. La atribucin se refiere a la persona o personas encargadas de realizar las funciones.

PROCESO.- Un proceso es el conjunto de operaciones lgicamente concertadas con cierta secuencia para lograr un objetivo. Decimos que es lgico porque obedece a una razn con la intencin de conseguir algo. Los procesos se inscriben en la gestin de proyectos y actividades.

NATURALEZA, FINALIDAD Y FUNCIONES GENERALES

NATURALEZA y FINALIDAD DE LA MUNICIPALIDAD

La Municipalidad, como rgano de Gobierno Local, promotor del desarrollo local, es persona jurdica de Derecho Pblico Interno y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, con autonoma poltica, econmica y administrativa en asuntos de su competencia. Siendo elegidos sus representantes por la voluntad popular de sufragio directo.

La Municipalidad tiene como finalidad representar al vecindario de su jurisdiccin, promoviendo la adecuada prestacin de los servicios bsicos pblicos; conduciendo el desarrollo de programas orientados a la comunidad, a travs de la participacin vecinal en actividades relativas a los servicios comunales, sociales y de infraestructura vecinal, con sujecin a la Constitucin, a las Leyes y Planes Nacionales de Desarrollo.

COMPETENCIAS DE LA MUNICIPALIDAD - ESPECFICAS Y COMPARTIDAS

La ley de bases de la descentralizacin establece la condicin de Exclusiva o Compartida de una Competencia. Las funciones especficas Municipales que se derivan de las competencias se ejercen con carcter exclusivo o compartido entre las Municipalidades Distritales y Provinciales con arreglo a Ley.

Las municipalidades pueden delegar, entre ellas o a otras entidades del Estado, las competencias y funciones exclusivas establecidas en la ley, en los casos en que se justifique la necesidad de brindar a los vecinos un servicio oportuno y eficiente, o por economas de escala.

La Municipalidad ejerce, de manera exclusiva o compartida, una funcin promotora, normativa y reguladora, as como las de ejecucin y de fiscalizacin y control, en las materias de su competencia, conforme a la Ley y la Ley de Bases de la Descentralizacin, teniendo as las siguientes Competencias y Funciones:

ORGANIZACIN DEL ESPACIO FSICO Y USO DEL SUELO

La Municipalidad, en materia de organizacin del espacio fsico y uso del suelo, ejerce las siguientes funciones: Funciones exclusivas de las municipalidades distritales:

1. Aprobar el plan urbano o rural distrital, segn corresponda, con sujecin al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia. 2. Autorizar y fiscalizar la ejecucin del plan de obras de servicios pblicos o privados que afecten o utilicen la va pblica o zonas areas, as como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental. 3. Elaborar y mantener el catastro distrital. 4. Disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeracin predial. 5. Reconocer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalizacin. 6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacin de: 6.1. Habilitaciones urbanas, 6.2. Construccin, remodelacin o demolicin de inmuebles y declaratorias de fbrica6.3. Ubicacin de avisos publicitarios y propaganda poltica. 6.4. Apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacin. 6.5. Construccin de estaciones radioelctricas y tendidas de cables de cualquier naturaleza. 6.6. Las dems funciones establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia.

Funciones compartidas de las municipalidades distritales:

1. Ejecutar directamente o proveer la ejecucin de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la produccin, el comercio, el transporte y la comunicacin en el distrito, tales como pistas o calzadas, vas, puentes, parques, mercados, canales de irrigacin, locales comunales, y obras similares, en coordinacin con la municipalidad provincial respectiva. 2. Identificar los inmuebles en estado ruinoso y calificar los tugurios en los cuales deban realizarse tareas de renovacin urbana en coordinacin con la municipalidad provincial y el gobierno regional. En el saneamiento de la propiedad predial la Comisin de Formalizacin de la Propiedad Informal actuar como rgano tcnico de asesoramiento de los gobiernos locales, para cuyo efecto se suscribirn los convenios respectivos.

SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALD

La Municipalidad, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejerce las siguientes funciones:

Funciones exclusivas de las municipalidades distritales: 1. Proveer del servicio de limpieza pblica determinando las reas de acumulacin de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. 2. Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares pblicos locales. 3. Instalar y mantener servicios higinicos y baos de uso pblico. 4. Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisin de humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la atmsfera y el ambiente 5. Expedir carns de sanidad.

Funciones compartidas de las municipalidades distritales:

1. Administrar y reglamentar directamente o por concesin los servicios de agua potable, alcantarillado y desage, limpieza pblica y tratamiento de residuos slidos, cuando est en capacidad de hacerlo, directamente o por concesin. 2. Proveer los servicios de saneamiento rural y coordinar con las municipalidades de centros poblados para la realizacin de campaas de control de epidemias y control de sanidad animal. 3. Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacin con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes. 4. Gestionar la atencin primaria de salud, as como construir y equipar postas mdicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinacin con las municipalidades provinciales, los centros poblados y los organismos regionales y nacionales pertinentes. 5. Realizar campaas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educacin sanitaria y profilaxis.TRNSITO, VIALIDAD y TRANSPORTE PBLICO

La Municipalidad, en materia de trnsito, vialidad y transporte pblico, ejerce las siguientes funciones:

Funciones compartidas de las municipalidades distritales:

1. Establecer la nomenclatura y sealizacin de calles y vas de acuerdo con la regulacin provincial y en coordinacin con la municipalidad provincial. 2. Otorgar licencias para la circulacin de vehculos menores y dems, de acuerdo con lo establecido en la regulacin provincial.

EDUCACIN, CULTURA, DEPORTES y RECREACIN

La Municipalidad, en materia de educacin, cultura, deportes y recreacin, tienen como competencias y funciones compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: 1. Promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras. 2. Disear, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdiccin, contribuyendo en la poltica educativa regional y nacional con un enfoque y accin intersectorial. 3. Promover la diversificacin curricular, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, econmica, productiva y eco lgica. 4. Monitorear la gestin pedaggica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdiccin, fortaleciendo su autonoma institucional. 5. Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos de su jurisdiccin de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional concertado y al presupuesto que se le asigne. 6. Apoyar la creacin de redes educativas como expresin de participacin y cooperacin entre los centros y los programas educativos de su jurisdiccin. Para ello se harn alianzas estratgicas con instituciones especializadas de la comunidad.7. Impulsar y organizar el Consejo Participativo Local de Educacin, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadanos. 8. Apoyar la incorporacin y el desarrollo de nuevas tecnologas para el mejoramiento del sistema educativo. Este proceso se realiza para optimizar la relacin con otros sectores. 9. Promover, coordinar, ejecutar y evaluar, con los gobiernos regionales, los programas de alfabetizacin en el marco de las polticas y programas nacionales, de acuerdo con las caractersticas socioculturales y lingsticas de cada localidad. 10. Fortalecer el espritu solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevencin de desastres naturales y a la seguridad ciudadana. 11. Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados. 12. Promover la proteccin y difusin del patrimonio cultural de la nacin, dentro de su jurisdiccin, y la defensa y conservacin de los monumentos arqueolgicos, histricos y artsticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificacin, registro, control, conservacin y restauracin. 13. Promover la cultura de la prevencin mediante la educacin para la preservacin del ambiente. 14. Promover y administrar parques zoolgicos, jardines botnicos, bosques naturales ya sea directamente o mediante contrato o concesin, de conformidad con la normatividad en la materia. 15. Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacin con las entidades competentes. 16. Impulsar una cultura cvica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservacin y mejora del ornato local. 17. Promover espacios de participacin, educativos y de recreacin destinados a adultos mayores de la localidad. 18. Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreacin de la niez y del vecindario en general, mediante la construccin de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines antes indicados. 19. Promover actividades culturales diversas. 20. Promover la consolidacin de una cultura de ciudadana democrtica y fortalecer la identidad cultural de la poblacin campesina, nativa y afroperuana. En aquellos casos en que la municipalidad no pueda asumir las funciones a que se refiere el artculo anterior, se proceder conforme a lo dispuesto en los artculos 76 y 77de la Ley.

ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACIN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

La Municipalidad, en materia de abastecimiento y comercializacin de productos y servicios, ejerce las siguientes funciones:

Funciones exclusivas de las municipalidades distritales:

1. Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribucin, almacenamiento y comercializacin de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales. 2. Regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial.3. Realizar el control de pesos y medidas, as como el del acaparamiento, la especulacin y la adulteracin de productos y servicios. 4. Promover la construccin, equipamiento y mantenimiento de mercados de abastos que atiendan las necesidades de los vecinos de su jurisdiccin. 5. Promover la construccin, equipamiento y mantenimiento de carnales, silos, terminales pesqueros y locales similares, para apoyar a los productores y pequeos empresarios locales. 6. Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales.

Funciones compartidas de las municipalidades distritales:

1. Promover la realizacin de ferias de productos alimenticios, agro pecuarios y artesanales, y apoyar la creacin de mecanismos de comercializacin y consum