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INFORME TÉCNICO COES/D/DO/SEV/IT-095-2018

SUB DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN FECHA: 14 ENERO 2019

EVENTO : Mala calidad de tensión en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa.

FECHA : 08.11.2018 al 15.11.2018.

HORA : 16:30 h (08.11.2018) a 16:15 h (15.11.2018).

1. DESCRIPCIÓN DEL EVENTO

En el período de medición comprendido entre el 08.11.2018 y el 15.11.2018, se registró mala calidad de tensión en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa, de titularidad de ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ, en adelante “ENEL”, en la que se registraron variaciones de tensión entre 60,04 kV y 65,62 kV, excediendo la tolerancia del ± 5% de la tensión de operación (61,5 kV), con 89 intervalos de medición1 por encima del 5% de la tensión nominal.

Como consecuencia de estas variaciones de tensión en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa, se transgredió la calidad de producto por tensión, con una tensión superior al 5% de la tensión nominal durante 22,25 horas del período de medición2.

2. CONDICIONES DEL SISTEMA PREVIO AL EVENTO

Por las características del evento, no se consideran condiciones previas.

3. SECUENCIA CRONOLÓGICA DE EVENTOS

Hora S.E. / C.C. Descripción

10.11.2018

01:07 CCO-COES3 Coordinó con el CC-ENG4 absorber el máximo de reactivos con la C.T. Chilca 1.

01:47 CCO-COES

Coordinó con el CC-REP5 conectar el reactor R-2 de la S.E. Independencia. Asimismo, el CC-REP confirmó que todos los bancos de capacitores se encontraban desconectados.

05:18 CC-EDN6 Informó al CCO-COES que la tensión en la S.E. Santa Rosa 60 kV esta elevada.

11.11.2018

1 El indicador para evaluar la tensión de entrega, en un intervalo de medición de quince (15) minutos de duración, es la

diferencia entre la media de los valores eficaces (RMS) instantáneos medidos en el punto de entrega y el valor de la tensión nominal del mismo punto. 2 Periodo de medición: el lapso mínimo de medición es de siete (7) días calendario continuo, equivalente a 168 horas. 3 CCO-COES : Centro de Coordinación de la Operación del COES-SINAC. 4 CC-ENG : Centro de Control de ENGIE. 5 CC-REP : Centro de Control de RED DE ENERGIA DEL PERÚ (REP). 6 CC-EDN : Centro de Control de ENEL DISTRIBUCIÓN.

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INFORME TÉCNICO COES/D/DO/SEV/IT-095-2018

14/01/2019 __________________________________________________________________________________________

Elaborado : Darwin Zela Página 2 de 12 Revisado : Juan Flores VºBº : Eduardo Enríquez

Hora S.E. / C.C. Descripción

01:14 CCO-COES Coordinó con el CC-ENG absorber el máximo de reactivos con la C.T. Chilca 1 y 2.

01:36 CCO-COES Coordinó con el CC-EDG7 absorber el máximo de reactivos con todas sus unidades de generación.

01:44 CCO-COES Coordinó con el CC-KLP8 absorber el máximo de reactivos con todas sus unidades de la C.T. Kallpa.

02:32 CC-EDN Informó al CCO-COES que la tensión en la S.E. Santa Rosa esta elevada.

06:00 CCO-COES Coordinó con el CC-EDG absorber el máximo de reactivos con todas sus unidades de generación.

13.11.2018

01:54 CC-EDN Informó al CCO-COES que la tensión en la S.E. Santa Rosa esta elevada.

02:13 CCO-COES Coordinó con el CC-EDG absorber reactivos con la C.T. Ventanilla.

03:55 CCO-COES Coordinó con el CC-ENG absorber reactivos con la C.T. Chilca 1.

4. SEÑALIZACIÓN DE LAS PROTECCIONES

No se registraron.

5. CONTADOR DE INTERRUPTORES Y PARARRAYOS

No se reportaron.

6. ANÁLISIS DEL EVENTO

Antecedentes

6.1 El COES, mediante la decisión de la Dirección Ejecutiva N ° 009-2016-D/COES9 del 10.02.2016, estableció los valores de tensión de operación para las barras que puede controlar como parte de su función de coordinador de la operación del SEIN, a través de la operación de equipos del sistema de transmisión o centrales de generación.

6.2 El OSINERGMIN, con oficio Nº 3021-2018-OS-DSE, recibido por el COES el 28.09.2018, fijó las tensiones nominales para el control de la calidad de tensión y dispuso se consideren estos valores para la aplicación de la NTCSE. En este oficio, se estableció en 61,50 kV la tensión nominal de la S.E. Santa Rosa de 60 kV.

7 CC-EDG : Centro de control de ENEL GENERACIÓN PERÚ. 8 CC-KLP : Centro de control de KALLPA GENERACIÓN. 9 La decisión de la Dirección Ejecutiva N ° 010-2018-D/COES fue emitida el 22.11.2018, con posterioridad a la medición realizada.

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Elaborado : Darwin Zela Página 3 de 12 Revisado : Juan Flores VºBº : Eduardo Enríquez

6.3 Por lo cual, considerando este valor de tensión nominal (VN = 61,50 kV), el rango de tolerancias conforme a la NTCSE (±5%Vn) para la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa, tiene un mínimo de 58,43 kV y un máximo de 64,58 kV.

6.4 En la Figura 1, se muestra el diagrama unifilar simplificado de la zona de influencia de la barra donde se registró la transgresión a la calidad de tensión. Se muestra que la S.E. Santa Rosa Nueva 60 kV de propiedad de ENEL se alimenta desde la S.E. Santa Rosa 220 kV de Red de Energía del Perú, a través de los transformadores de potencia TR1 y TR2 de propiedad de ENEL.

Figura 1 Diagrama unifilar simplificado de la zona de influencia del Evento (Fuente: COES)

6.5 La subestación Santa Rosa 60 kV es de configuración barra doble con seccionador en cada barra de tal forma que hay dos campos en 60 kV uno de ellos perteneciente a LUZ DEL SUR y el otro a ENEL (ver Figura 2). La transgresión reportada fue registrada en la barra de Santa Rosa 60 kV de propiedad de ENEL, por lo que en adelante en el presente informe técnico al referirnos a la subestación Santa Rosa 60 kV nos referiremos al campo de propiedad de ENEL, el cual se encuentra físicamente aislado del campo de LUZ DEL SUR.

Reporte de Mala Calidad de Tensión

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Elaborado : Darwin Zela Página 4 de 12 Revisado : Juan Flores VºBº : Eduardo Enríquez

Figura 2 Diagrama unifilar de la subestación Santa Rosa Nueva (Fuente: COES)

6.6 Mediante carta COES/D/DO-645-2018 se le comunicó a ENEL sobre la mala calidad de tensión producida en la barra de Santa Rosa 60 kV, el cual fue reportado por las empresas KALLPA, EGASA, TERMOSELVA, ORAZUL ENERGY, TERMOCHILCA, SAN GABÁN, EGESUR, EGEJUNIN, FÉNIX POWER y ENGIE y se le indicó que si consideran que ENEL no es responsable de las transgresiones presenten su correspondiente descargo mediante un informe técnico y que podrían solicitar la correspondiente asignación de responsabilidad por las transgresiones a la NTCSE.

6.7 ENEL, con carta GRyRI-201-2018, recibida por el COES el 03.12.2018, presentó su informe técnico y solicitó al COES iniciar el proceso de asignación de responsabilidades para el presente evento de mala calidad de tensión. Por lo cual, de acuerdo con el numeral 9.3 del procedimiento PR-40, el COES inició el proceso solicitado.

6.8 Cabe resaltar que el proceso de asignación de responsabilidad fue iniciado por el COES el 03.12.2018, fecha que se recibió la carta de ENEL solicitando la asignación de responsabilidad por dicho evento. Asimismo, la asignación de responsabilidad solo se efectúa para el periodo comprendido entre las 16:30 h del 08.11.2018 hasta las 16:15 h del 15.11.2018, para el cual se ha solicitado la asignación de responsabilidad.

Esto es así dado que el punto de entrega Santa Rosa 60 kV es una instalación de uso exclusivo de Usuarios Libres y/o Distribuidores, en ese sentido, el numeral 9.3 del PR-40 establece que en estos casos, el COES iniciará el proceso de asignación de responsabilidad solo si la causa del Evento involucra a dos o más Agentes y uno de ellos lo solicita; por lo mencionado, no es potestad del COES asignar responsabilidad por transgresiones ocurridas con anterioridad o posteriores al periodo indicado, si ésta no ha sido solicitada por alguno de los agentes que se encuentre involucrado en la causa del evento.

Enel Distribución Luz del sur

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Medición reportada por los Suministradores:

6.9 Las empresas KALLPA, EGASA, TERMOSELVA, ORAZUL ENERGY, TERMOCHILCA, SAN GABÁN, EGESUR, EGEJUNIN, FÉNIX POWER y ENGIE reportaron en el período de medición comprendido entre las 16:30 h del 08.11.2018 y las 16:15 h del 15.11.2018, registros de perfiles de tensión que estuvieron entre 60,04 kV y 65,62 kV en la barra de la S.E. Santa Rosa 60 kV (ver Figura 3). Como consecuencia, se transgredió la calidad de producto de tensión durante 22,25 horas (89 intervalos de medición) del período de medición (ver Cuadro 1).

Cuadro 1. Resumen de la cantidad de intervalos de sobretensión

Fecha Cantidad de intervalos de sobretensión

Sábado 10.11.2018 01:45 h – 06:45 h 21

Domingo 11.11.2018 00:45 h – 02:00 h 6

Domingo 11.11.2018 02:30 h - 08:00 h 23

Domingo 11.11.2018 23:15 h- 23:30 h 2

Lunes 12.11.2018 00:30 h – 06:15 h 24

Martes 13.11.2018 02:00 h – 05:00 13

Total 89

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Figura 3 Tensión en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa del 08.11 al 15.11 (Fuente: COES)

6.10 En el Cuadro 2, se muestra el resumen de las transgresiones a la calidad de producto tensión en la barra de la S.E. Santa Rosa 60 kV, para las mediciones reportadas por los suministradores KALLPA, EGASA, TERMOSELVA, ORAZUL ENERGY, TERMOCHILCA, SAN GABÁN, EGESUR, EGEJUNIN, FÉNIX POWER y ENGIE.

Cuadro 2. Resumen de la Calidad de Tensión en la barra 60 kV de la S.E. Santa Rosa.

Ítem Período de Medición VN

(kV)

< -5 %VN > + 5%VN Transgresión

Total

Inicio Final Intervalos Horas Intervalos Horas Total (h) %

1 16:30 08/11/2018 16:15 15/11/2018 61,50 0,00 0,00 89,00 22,25 22,25 13,24

Análisis del comportamiento de las tensiones en la S.E. Santa Rosa 60 kV

6.11 Durante el periodo de medición, el comportamiento de los perfiles de tensión en la S.E. Santa Rosa 220 kV, barra que está bajo el control y supervisión del COES, y que es la más cercana a la S.E. Santa Rosa 60 kV, se mantuvo dentro de los márgenes establecidos en la NTCSE (± 5%VN). Cabe resaltar que la tensión de operación de la barra de 220 kV de la S.E. Santa Rosa fue definida en 216,00 kV (ver Figura 4).

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Figura 4 Tensión en la barra de 220 kV de la S.E. Santa Rosa (Fuente: COES)

6.12 También se verificó el comportamiento de los perfiles de tensión en la barra de 220 kV de la S.E. Chavarría y San Juan, barras asociadas a la barra de 220 kV de la S.E. Santa Rosa y que están bajo el control y supervisión del COES, encontrándose que el valor de tensión estuvo dentro de los márgenes establecidos en la NTCSE (± 5%VN). Cabe resaltar, que la tensión de operación de la barra de 220 kV de la S.E. Chavarría y San Juan fue definida en 216,00 kV y 215,00 kV, respectivamente (ver Figura 5 y 6).

Figura 5 Tensión en la barra de 220 kV de la S.E. Chavarria (Fuente: COES)

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Figura 6 Tensión en la barra de 220 kV de la S.E. San Juan (Fuente: COES)

6.13 Por otro lado, también se verificó el comportamiento del perfil de tensión en la barra de 220 kV de la S.E. Carapongo, asociada a la barra de 220 kV de la S.E. Santa Rosa, encontrándose que el valor de tensión estuvo dentro de los márgenes establecidos en la NTCSE (± 5%VN). Cabe resaltar, que la tensión de operación de la barra de 220 kV de la S.E. Carapongo fue definida en 216,00 kV (ver Figura 7).

Figura 7 Tensión en la barra de 220 kV de la S.E. Carapongo (Fuente: COES)

6.14 Por lo mencionado, el COES realizo el control de la tensión en todo el sistema de transmisión del área centro, en particular, en la barra de 220 kV de la S.E. Santa Rosa,

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para lo cual realizo las maniobras necesarias para mantener la tensión dentro de las tolerancias establecidas en la NTCSE.

6.15 De acuerdo con el numeral 1.4.4 de la NTCOTRSI10, literal a), establece que es responsabilidad de ENEL11 supervisar y controlar la operación de sus instalaciones. Para tal efecto, de acuerdo con el numeral 1.4.1 de la NTCOTRSI, los Agentes del SEIN están obligados a contar con un centro de control para la operación en tiempo real de sus instalaciones, así como a adquirir automáticamente información de su sistema. En este sentido, durante el periodo de medición en el punto de entrega Santa Rosa 60 kV, en el cual los valores de tensión en dicha subestación se encontraban fuera de las tolerancias establecidas en la NTCSE, correspondía a ENEL realizar la regulación de tensión.

6.16 Por lo mencionado, la supervisión de la tensión en la S.E. Santa Rosa 60 kV y las acciones para evitar las transgresiones a la calidad de tensión son responsabilidad de ENEL, al ser la empresa competente de supervisar y controlar los niveles de tensión debido a su condición de titular de la instalación. Para esto, ENEL está obligada a proveer los equipos necesarios para la supervisión de los niveles de tensión en sus respectivas instalaciones (numeral 6.4.1 de la NTCOTRSI), como es el caso de la S.E. Santa Rosa 60 kV.

6.17 La empresa ENEL, ha informado al COES mediante correo del 04.01.2018, que las transgresiones a la calidad de producto en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa, no es válida, debido a que dicha barra fue retirada de las tensiones de operación de las principales barras del SEIN y; por lo tanto, las mediciones de acuerdo a la NTCSE en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa, deben ser suspendidas ya que existe alta variación en los perfiles de tensiones que se producen en dicha barra desde el año 2017 a la fecha y que fueron informadas en su momento al COES, lo cual consta en la carta COES/D/DO-035-2018 de fecha 22.01.2018 y en el informe COES/D/DO/SEV-INF-015-2018. Asimismo, indica que en la Decisión Ejecutiva N ° 008-2018-D/COES del 08 de marzo de 2018 se retiró la tensión de operación de la barra 60 kV de la SE Santa Rosa debido a la alta dispersión de los valores de tensión registrados.

Al respecto, debe indicarse que en la carta COES/D/DO-035-2018 se comunicó a ENEL que la supervisión y control de la tensión en las barras de nivel de tensión menor a 100 kV de propiedad de los usuarios libres y distribuidores, son de responsabilidad de los titulares de dichos equipos, tal como se señala en el numeral 7.4.3 del

10 En efecto, el numeral 1.4.4 de la NTCOTRSI establece lo siguiente: 1.4.4 Los Integrantes del Sistema que deben contar con un Centro de Control, tienen las siguientes obligaciones operativas:

a) Supervisar y controlar la operación, así como obtener datos de sus instalaciones; estableciendo con el Coordinador las

acciones conducentes a mantener el Estado Normal de la misma;

(…)

e) En caso ocurra un estado de emergencia en sus instalaciones, informar inmediatamente al Coordinador y bajo la

dirección de éste, determinar el estado operativo e iniciar las acciones de restablecimiento de sus instalaciones, siguiendo

las secuencias de maniobras elaboradas por el COES. De ser necesario, con conocimiento del Coordinador y utilizando los

procedimientos pre-establecidos, puede optar por rechazos manuales de carga y/o desconexión de unidades de generación

u otros equipos para preservar la estabilidad del Sistema. 11 En la medida que debe contar con un Centro de Control de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.4.1 de la NTCOTRSI

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Procedimiento Técnico Nº 09 del COES12. El COES como operador del sistema limita su accionar a las barras del sistema de transmisión de nivel de tensión mayor a 100 kV en la cuales realiza el control de tensión con los recursos disponibles. Asimismo, en dicha carta se indicó que corresponde a ENEL realizar el análisis de corto y mediano plazo para la solución temporal y definitiva del problema.

Tal como es reconocido por ENEL, debido a la alta dispersión de valores de tensión en la S.E. Santa Rosa 60 kV, el COES mediante Decisión Ejecutiva N ° 008-2018-D/COES del 08 de marzo de 2018, decidió no definir tensiones de operación en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa; por lo mencionado, con base en este análisis del COES, correspondía a ENEL gestionar con sus suministradores ante OSINERGMIN las modificaciones pertinentes en la tensión de operación de la S.E. Santa Rosa 60 kV.

6.18 Por otro lado, durante el periodo de medición (08.11.2018 al 15.11.2018) en la S.E. Santa Rosa 60 kV, los días en los que se produjeron las transgresiones a la NTCSE fueron el sábado 10.11.2018, domingo 11.11.2018, lunes 12.11.2018 y el martes 13.11.2018, en los periodos de mínima demanda. De la revisión de la demanda de los transformadores TR1 y TR2 de 220/60/10 kV de la S.E. Santa Rosa, esta fue similar a las de las semanas previas, es decir, la demanda de la zona no vario significativamente en el periodo de medición (ver Figura 8 y 9), por lo que las transgresiones no correspondieron a una demanda atípica del sistema.

Figura 8 Perfil de carga del TR1 lado 60 kV de la S.E. Santa Rosa (Fuente: COES)

12 Las tensiones de las barras de la red eléctrica interconectada con tensión menor a 100 kV de propiedad de los usuarios

libres y distribuidores, son reguladas autónoma e independientemente y bajo responsabilidad de sus respectivos titulares, cumpliendo el estándar definido en la NTCSE, para lo cual ejecutarán acciones sobre sus equipos

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Figura 9 Perfil de carga del TR1 lado 60 kV de la S.E. Santa Rosa (Fuente: COES)

6.19 Ahora, considerando que los transformadores TR1 y TR-2 de 220/60 kV de titularidad ENEL, son de Tap fijo y no cuenta con regulador de tensión bajo carga, no es factible regular tensión en tiempo real con los transformadores, por lo mencionado, los problemas de tensión en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa, son de tipo local y corresponde a ENEL, como titular de la instalación, realizar un análisis detallado de la problemática del control de tensión en esta barra y disponer las medidas necesarias para controlarla en forma local.

7. CONSECUENCIAS

7.1 En la Calidad del Producto: Se presento las siguientes transgresiones a la calidad del producto por tensión.

Suministros afectados S.E. Periodo de evaluación VN (kV) Duración (Horas)

Enel – Santa Rosa 60kV Santa Rosa 16:30 h – 08.11.2018 al 16:15

h – 15.11.2018 61,50 22,25

7.2 En la Calidad del suministro: No se presentó transgresiones a la calidad de suministro.

8. CONCLUSIONES

8.1 Se transgredió la calidad de producto por tensión, en la barra de 60 kV de la S.E. Santa Rosa de ENEL, durante el periodo de medición comprendido entre el 08.11.2018 y el 15.11.2018. La tensión en la referida barra se encontró fuera del rango establecido en la NTCSE (±5% de la tensión nominal, cuyo valor es 61,50 kV, por un tiempo superior al 5% del periodo de medición), con valores fuera del rango establecido durante 22,25 horas.

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8.2 La tensión en las barras de 220 kV de las subestaciones Chavarría, Carapongo, Santa Rosa y San Juan, barras de nivel de tensión mayor a 100 kV bajo supervisión del COES, se mantuvieron dentro de los márgenes establecidos en la NTCSE en el periodo comprendido entre el 08.11.2018 al 15.11.2018.

8.3 Las acciones de supervisión y control de la tensión de la barra 60 kV de la S.E. SANTA ROSA, en donde se produjeron las transgresiones a la calidad de producto por tensión, son responsabilidad de la empresa ENEL.

9. OBSERVACIONES:

Ninguna.

10. RECOMENDACIONES:

10.1 A ENEL: Informar al COES las acciones a realizar respecto a la regulación de tensión, en la S.E. Santa Rosa 60 kV, para mantener sus valores dentro de las tolerancias establecidas en la NTCSE.

11. DOCUMENTOS CONSIDERADOS EN EL INFORME

N° EMPRESA INFORMACIÓN FINAL FECHA

DOCUMENTO

1 COES SINAC SEV/CTAF-EV-095-2018 02.01.2018

2 Kallpa Carta KG-0787/18 19.11.2018

3 Egasa Carta GG/GC-0499/2018-EGASA 20.11.2018

4 Termoselva Carta C-TMR-194-2018 20.11.2018

5 Orazul Energy Carta C-OEP—232-2018 20.11.2018

6 Termochilca Carta GG-MISC-032-2018 21.11.2018

7 San Gabán Carta EGESG N ° 146-2018-GC 21.11.2018

8 Egesur Carta C-G-1631-2018/EGS 23.11.2018

9 Egejunin Correo Electrónico 17.11.2018

10 Fénix Power Correo Electrónico 19.11.2018

11 Engie Correo Electrónico 19.11.2018

San Isidro, 14 de enero de 2019