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INFORME SOBRE EL CONSUMO DE GAS NATURAL EN EL AÑO 2009
26 de julio de 2010
Dirección de Relaciones Institucionales
0
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN 1 2. MERCADO DE APROVISIONAMIENTOS 3
2.1. ORÍGENES GEOGRÁFICOS DE LOS ABASTECIMIENTOS 4
2.2. APROVISIONAMIENTOS POR EMPRESAS
COMERCIALIZADORAS Y PARA EL MERCADO REGULADO 9 3. MERCADO MINORISTA DE GAS NATURAL 14 3.1. EL MERCADO REGULADO (A tarifa Integral) 17 3.1.1. Consumidores con suministros a P>60 bar. 20 3.1.2. Consumidores con suministros a p < 4 bar 20
3.1.3. Estadística del mercado a tarifa integral 24 3.2. EL MERCADO LIBERALIZADO 30
3.2.1. Consumidores con suministros a p<60 bar. 34
3.2.2. Consumidores con suministros entre 4 y 60 bar. 36
3.2.3. Consumidores con suministros a p < 4 bar. 40
3.2.4. Consumidores que utilizan el gas natural como materia prima 43
3.2.5. Estadística del mercado liberalizado. 44 ANEXO I. ESTRUCTURA DE LA TARIFA INTEGRAL Y DEL PEAJE DE ACCESO 51
1
1. INTRODUCCIÓN
Los siete años transcurridos desde la total liberalización del mercado gasista, que
tuvo lugar en enero de 2003, se han caracterizado por un crecimiento desigual de
los mercados minoristas. En concreto, por lo que respecta al año 2009, éste ha
supuesto la total desaparición del mercado regulado, ya que, como señala la Ley
12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del
Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva
2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre
normas comunes para el mercado interior del gas natural, hasta el 1 de enero de
2008 (prorrogado hasta el 1 de julio), continuó en vigor el suministro a tarifa
realizado por las empresas distribuidoras y con la consideración de actividad
regulada.
Durante el año 2009 al igual que ocurría desde el 1 de julio de 2008, son los
suministradores de último recurso los que atienden las solicitudes de suministro
de gas natural de aquellos consumidores que se determinen, a un precio
establecido por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo Acuerdo de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que tiene la
consideración de tarifa de último recurso.
De nuevo en el año 2009 se aprecia una fuerte estacionalidad en el consumo de
gas natural, teniendo lugar dos picos, uno en invierno, entre los meses de
noviembre y enero y otro entre los meses de julio y agosto, resultado este último
del incremento de la demanda de gas natural para generación eléctrica.
En el sector del gas natural ha habido una desaparición progresiva de las tarifas
que comenzó por aquellos consumidores con mayores consumos y presiones de
suministro y, que culminó el 1 de julio del año 2008. En la antedicha fecha, los
casi tres millones novecientos mil consumidores que no habían ejercido su
derecho a ser suministrados por una empresa comercializadora, pasaron
automáticamente a Tarifa de Último Recurso, a través de un comercializador de
2
último recurso. No obstante, a comienzos del año 2009 todavía había
consumidores que eran suministrados a través del mercado regulado. Se trata de
los consumidores de aire propanado de Mallorca y de Canarias (en Baleares a
través de Gesa Gas y, en Canarias por medio de Gasificadora Regional Canaria,
ambas del Grupo Endesa).
El presente informe tiene como objetivo analizar el comportamiento de los
mercados de gas natural en el año 2009, presentando aquellos indicadores
económicos que han definido la demanda en el citado año.
En primer lugar, se presenta el mercado de aprovisionamientos en el sistema
gasista español durante el año 2009. La actividad de aprovisionamientos de gas
natural se lleva a cabo en un régimen liberalizado, por lo que, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 54.2 de la Ley del Sector de Hidrocarburos, las
actividades de importación, exportación e intercambios comunitarios se realizan
sin más requisitos que los que deriven de la normativa comunitaria. En el punto
segundo del informe se presentan los orígenes geográficos de los
aprovisionamientos.
Asimismo, se presenta el mercado minorista de gas natural durante el año 2009.
En el punto tercero del informe se presentan los indicadores más representativos
de los consumidores acogidos a tarifa integral durante el primer semestre, así
como de aquellos otros que ejercieron su derecho a contratar en libre mercado.
3
2. MERCADO DE APROVISIONAMIENTOS
España carece prácticamente de yacimientos de gas natural, por lo que más del
99% del abastecimiento de gas natural proviene de otros países. Este alto
porcentaje de abastecimiento exterior determina que se establezcan obligaciones
para la diversificación por origen del suministro y el mantenimiento de existencias
mínimas de seguridad.
En relación a la diversificación, el artículo 99 de la Ley del Sector de
Hidrocarburos, modificado por la Ley 12/2007 de 2 de julio, por la que se modifica
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de
adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior
del gas natural (en adelante Ley 12/2007) establece que los comercializadores de
gas natural deberán diversificar sus aprovisionamientos cuando en la suma de
todos ellos la proporción de los provenientes de un mismo país sea superior al
60%.
Asimismo, se establece que, en los términos que reglamentariamente se
determinen, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio podrá exigir similares
obligaciones de diversificación de aprovisionamiento a las establecidas en el
punto anterior a los consumidores directos en mercados por la parte de su
consumo no adquirida a comercializadores cuando, por su volumen y origen,
puedan incidir negativamente en el balance de abastecimientos al mercado
español.
Respecto a las existencias, el artículo 98 de la Ley del Sector de Hidrocarburos,
modificado por la Ley 12/2007, establece que los comercializadores de gas
natural estarán obligados a disponer de unas existencias mínimas de seguridad
que vendrán expresadas en días equivalentes de sus ventas firmes en territorio
español. Asimismo, determina que los consumidores directos en mercado estarán
obligados a disponer de unas existencias mínimas de seguridad por sus
4
consumos firmes en la parte no suministrada por un comercializador. Esta
obligación podrá cumplirse por el sujeto obligado con gas de su propiedad o
arrendando y contratando, en su caso, los correspondientes servicios de
almacenamiento.
El artículo 61.3 de la Ley del Sector de Hidrocarburos, modificado por la Ley
12/2007, establece, en relación al fomento de la competencia, que ningún sujeto o
sujetos pertenecientes a un mismo grupo de empresas, de acuerdo con el artículo
42 del Código de Comercio, que actúen en el sector del gas natural, podrán
aportar en su conjunto gas natural para su consumo en España en una cuantía
superior al 70% del consumo nacional.
2.1. ORÍGENES GEOGRÁFICOS DE LOS ABASTECIMIENTOS Los aprovisionamientos en el año 2009 se situaron en 410.613 GWh (458.226
GWh en el año 2008). Es este el primer hecho a destacar, el descenso de 47.614
GWh en los aprovisionamientos del año 2009 respecto a los del 2008. Con
respecto a los orígenes geográficos, los aprovisionamientos de gas natural del
mercado español provienen en su mayoría de Argelia (34,08% en el año 2009
frente al 31,27% en el año 2008). Así, durante dicho año, el 34,08% de las
compras procedieron de Argelia, siguiendo en orden de importancia, Qatar (que
asciende a segundo aprovisionador, con un 12,36%), Egipto (12,32%), Trinidad &
Tobago (con un 12,16% en 2009), Nigeria (11,98%), Noruega (9,42%), Omán
(3,88%), Libia (2,07%) y, otros orígenes con menor importancia cuantitativa.
Dentro de los citados orígenes destaca el acusado descenso de la aportación de
Nigeria al aprovisionamiento del mercado gasista español, pasando de un
porcentaje de participación del 20,21% en 2008 a un 11,98% en 2009.
En la tabla 1 aparece la evolución del origen de los aprovisionamientos desde el
año 2005 hasta el 2009.
5
(En GWh) 2005 2006 2007 2008 2009 % Nacional 1.859 858 1.037 1.432 1.712 0,42%Argelia 169.187 131.703 138.140 143.731 139.951 34,08%Libia 10.641 7.914 9.005 6.090 8.495 2,07%Noruega 24.723 23.768 26.229 32.279 38.671 9,42%Países Golfo 74.179 72.277 57.391 60.111 66.712 16,25%Trinidad&Tobago 4.532 37.255 25.853 55.809 49.944 12,16%Nigeria 61.279 83.161 97.609 92.608 49.208 11,98%Egipto 39.545 50.468 41.321 51.028 50.585 12,32%Otros 6.720 889 4.970 15.138 5.335 1,30%TOTAL 392.665 408.293 401.555 458.226 410.613 100%
Tabla 1. Origen geográfico de los aprovisionamientos de gas natural al mercado español.
Fuente: Resolución MINECO 15/07/02
El epígrafe “otros” incluye aprovisionamientos de diversas procedencias. En todo
caso, es preciso destacar la presencia de un nuevo país aprovisionador, Yemen,
que se incluye dentro del epígrafe “otros”.
En los datos anteriores se aprecia como Argelia sigue siendo el principal país
aprovisionador, si bien su participación disminuye progresivamente, pese al ligero
incremento que se ha producido este último año, lo que supone que cada vez se
sitúe a más distancia del límite reglamentario del 60%. Parece difícil volver a
situaciones en las que los aprovisionamientos de dicho país se sitúen cercanos al
porcentaje citado, ello a pesar de la entrada en funcionamiento del gasoducto
Medgaz, durante el año 2010. Dicho gasoducto, cuya longitud aproximada será de
200 km, tendrá una capacidad inicial de 300 GWh/día (8 bcm/año).
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almacenamientos subterráneos como de producción nacional, utilizados ambos
en otros países para hacer frente a la estacionalidad de la demanda. Otra razón a
considerar relacionada con el GNL y su representación en el balance de
aprovisionamientos, obedece a la limitada interconexión mediante gasoducto con
Europa y Argelia, en el momento de análisis.
En este sentido, se han utilizado mercados de oportunidad y a corto plazo de GNL
–mercados spot - que ayudan a resolver marginalmente los problemas de déficit o
de exceso de abastecimiento y en los que los grupos empresariales que operan
en España participan activamente.
El mercado a tarifa de último recurso lo abastecía mayormente ENAGAS, con GN
argelino hasta el 1 de julio de 20081, dado que el Real Decreto 6/2000 estableció
que hasta el 31 de diciembre de 2003 el titular del contrato de aprovisionamiento
de gas natural procedente de Argelia y suministrado a través del gasoducto de El
Magreb asignaría un 75% del gas proveniente del mismo a “ENAGAS, S.A.”, que
lo vendería a los distribuidores para su posterior venta a los consumidores a tarifa,
y el 25% restante a comercializadores para su venta a consumidores cualificados.
El acuerdo sobre aprovisionamientos entre ENAGAS y el Grupo Gas Natural
permitía que se retiraran las cantidades necesarias para el mercado a tarifa y,
aparte del gas del contrato de Sagane, el aprovisionamiento podía ser
complementado con GNL procedente de otros contratos del Grupo Gas Natural
con Argelia, Libia y Trinidad y Tobago.
En el gráfico 2, en el que está representada la evolución de las importaciones por
tipo de suministro, se aprecia el ascenso experimentado por el GNL frente a la
evolución del GN en el total de los aprovisionamientos de gas natural en España.
1 Desde el 1 de julio de 2008, lo aprovisionan los Suministradores de Último Recurso.
8
Gráfico 2. Evolución de las importaciones de gas natural (en GWh) por tipo de suministro
Fuente: Resolución MINECO 15/07/02
En el mercado, las compañías comercializadoras o grandes consumidores
cualificados adquieren el gas a empresas intermediarias o directamente a través
de contratos con los productores en origen. La mayoría de los nuevos
aprovisionamientos contratados hasta el momento han sido de GNL.
Asimismo, las empresas comercializadoras actúan en el mercado gasista español
mediante aprovisionamientos en forma de GNL, dado que los aprovisionamientos
de GN, a través de los gasoductos internacionales, están básicamente utilizados
por las empresas aprovisionadoras del Grupo Gas Natural.
050.000
100.000150.000200.000250.000300.000350.000400.000
2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Evolución de las importaciones de gas natural por tipo de suministro
GN GNL
9
2.2. APROVISIONAMIENTOS POR EMPRESAS COMERCIALIZADORAS Y PARA EL MERCADO REGULADO
Las empresas implicadas en el aprovisionamiento del sistema gasista español
pueden enmarcarse en dos ámbitos de actuación:
a) Operadores en el mercado internacional
Se trata de los productores internacionales de gas que suministran gas a España
y, de las empresas aprovisionadoras que actúan de intermediarias entre los
productores y, los comercializadores y transportistas que operan directamente en
España. En concreto, en el mercado español, actúan, entre otros, los siguientes
operadores internacionales, además de los propios productores:
- Sagane, Gas Natural Trading y Gas Natural Aprovisionamientos,
pertenecientes todos ellos al Grupo Gas Natural, primer operador
internacional por el volumen de sus suministros. Aprovisiona al mercado
regulado (a través de ENAGAS), a Gas Natural Comercializadora y a
otros comercializadores.
- BP Gas Marketing que aprovisiona fundamentalmente a BP Gas España,
Grupo Eni (Snam y Eni) que aprovisiona al Grupo Iberdrola y a Unión
Fenosa y, Carboex que aprovisiona a Endesa Energía. Otras empresas
fueron Repsol, GdF, GNA, GNT, OMAN LNG y Shell.
b) Operadores en el mercado nacional
En el año 2009 tuvo lugar la desaparición casi total del mercado regulado, que se
mantuvo únicamente para los consumidores de gas natural de los territorios
insulares, por las circunstancias particulares de suministro de los mismos.
10
Desde el 1 de julio de 2008, tal y como establece la Ley 12/2007, de 2 de julio, por
la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,
con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el
mercado interior del gas natural, (artículo 57), los consumidores que se
establezcan tendrán derecho a acogerse al suministro a unos precios que serán
fijados por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo Acuerdo de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y que tendrán la
consideración de tarifa de último recurso.
Por su parte, la Orden ITC/3861/2007, de 28 de diciembre, por la que se
establece la tarifa de último recurso del sistema de gas natural para el año 2008,
establece que a partir del 1 de julio de 2008 solo será aplicable la tarifa de último
recurso a los consumidores con consumo anual superior a 3 GWh/año.
Posteriormente, por lo que respecta al año 2009, la Resolución de 3 de abril de
2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace
pública la tarifa de último recurso de gas natural, adelanta el calendario de
eliminación previsto de las tarifas de último recurso.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de abril de 2009, mediante el que se
modifica el calendario previsto inicialmente en la disposición transitoria quinta de
la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la
Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de
2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, establece
que a partir del 1 de julio de 2009 tienen derecho al suministro de último recurso
los consumidores conectados a presiones inferiores a 4 bar, con consumos
anuales no superiores a 50.000 kWh/año. Sin embargo, es preciso señalar que,
según establece la normativa vigente, a todos los efectos, los consumidores
acogidos a tarifa de último recurso serán considerados como consumidores en el
mercado liberalizado. Estos consumidores reciben su suministro de empresas
comercializadoras de último recurso, que tienen la obligación de prestar el mismo
11
a todos aquellos consumidores con derecho a tarifa de último recurso (fijada por
el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio).
Como resultado de todo lo anterior y, respecto al año 2009, el mercado
liberalizado es el mercado claramente mayoritario con respecto al regulado, que
se mantiene únicamente y con carácter temporal para los territorios insulares y,
consecuentemente los aprovisionamientos con destino al mercado liberalizado.
En este ámbito de actuación están incluidos los productores nacionales de gas,
los comercializadores, los comercializadores de último recurso y los
transportistas.
Los comercializadores y los transportistas, son sujetos que tienen la función de
aprovisionar a los mercados gasistas en el sistema gasista español2. Para ello se
aprovisionan principalmente en el mercado internacional, tanto de los productores
como de las empresas aprovisionadoras intermediarias mencionadas.
En la última actualización del Registro de empresas comercializadoras de gas
natural del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (de fecha 10 de mayo),
figuran las siguientes empresas comercializadoras inscritas: Acciona Green
Energy Developments, S.L., Aduriz Energía, S.L.U., AE3000 Agent
Comercializador, S.L, Agente del mercado eléctrico, S.A., Agri-Energía, S.A.,
Aguas de Barbastro Electricidad, S.A., Aguas de Barbastro Energía, S.L., Alpapat,
S.L.U., Atel Energía, S.A., Bassols Energía Comercial, S.L., Cateneribas, S.L.,
Céntrica Energía Generación, S.L.U., Céntrica Energía, S.L.U., Céntrica Energías
Especiales, S.L.U., Cide HcEnergía, Comercializadora eléctrica de Cádiz, S.A.,
Comercializadora Lersa, S.L., Comercializadora Suministros Especiales
Alginetenses, S.L., Compañía de Electrificación, S.L., Compañía Escandinava de
electricidad en España, S.L., Constellation Energy Commodities Group Limited 2 El artículo 61.1 de la Ley 34/1998, modificado por la Ley 12/2007, establece que podrán incorporar gas natural en el sistema:
a) Los comercializadores b) Los consumidores directos en mercado c) Los transportistas para el nivel mínimo de llenado de tanques de GNL, gasoductos de
transporte, almacenamientos y redes de distribución, y para cualquier otra función que reglamentariamente se establezca que no tenga como finalidad última el suministro.
12
(sucursal en España), DB Energy Commodities Limited, Derivados Energéticos
para el transporte y la industria, S.A. (Detisa), Distribución Eléctrica Caridad e
Ildefonso, S.L., Distribuidora Eléctrica D’Albaterrec, S.L., Distribuidora Eléctrica de
Catoira, S.A., Distribuidora Eléctrica de Montoliu, S.L., E.ON Comercializadora de
Último Recurso, S.L., E.ON Energía, S.L., E.ON Generación, S.L., E-Cogenia,
S.L., Electra Aduriz, S.A., Electra Avellana Comercial, S.L:, Electra Caldense
Energía, S.A., Electra del Cardener Energía, S.A., Electra Energía, S.A.U., Electra
Norte Energía, S.A.U., Electracomercial Centelles, S.L., Eléctrica Antonio Madrid,
S.L., Eléctrica de Montsec, S.L., Eléctrica de Moscoso, S.L., Eléctrica de Vinalesa,
S.L.U., Eléctrica Salas de Pallars, S.L., Eléctrica Serosense, S.L., Eléctrica
Sollerense, S.A., Eléctrica Sudanell, S.L., Eléctrica Vaquer Energía, S.A., Elecval,
Comercializadora Valenciana de Electricidad, S.L., Elektrizitäts-Gesellschaft
Laufenburg España, S.L., Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A.,
Empresa municipal de distribución de energía eléctrica de Almenar, S.L., Empresa
municipal de energía eléctrica de Segre, S.L., Endesa Cogeneración y
Renovables, S.L.U., Endesa Energía, S.A., Endesa Generación, S.A., Enerco
Cuellar, S.L., Energía para grandes consumidores industriales, S.L., Energías de
Benasque, S.L., Energías de la Villa de Campo, S.L.U., Eosa Energía, S.L.,
Epresa Energía, S.A.U., Essent Energy Trading Iberia, S.L., Estabanell y Pahisa
Energía, S.A., Estabanell y Pahisa Mercator, S.A., Factor energía, S.A., Gas
Natural Comercializadora, S.A., Gas Natural Electricidad SDG, S.A. Gas Natural
SUR, SDG, S.A., Gas Natural SDG, S.A., Gas Natural Servicios SDG, S.A.,
Gaselec Diversificación, S.L., Gazprom Marketing & Trading Limited, GDF Suez
Comercializadora, S.A., GEM Suministro Gas 1, S.L, GEM Suministro Gas 2, S.L.,
Geoatlanter Energía, S.L., Geoatlanter, S.L., Global3 Energía Comercializadora,
S.L.U., Hidrocantábrico Energía Último Recurso, S.A., Hidrocantábrico Energía,
S.A. Unipersonal, Hidroeléctrica de Silleda, S.L., Hidroeléctrica del Cabrera, S.L.,
Hidroeléctrica del Valira, S.L., Hidroeléctrica El Carmen Energía, S.L.,
Hidroeléctrica El Carmen, S.L., Hidroeléctrica Lumymey, S.L., Hispaelec Energía,
S.A., Iberdrola, S.A., Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.,
Iberdrola Generación, S.A.U., Nexus Renovables, S.L., Orus Energía, S.L., RBS
13
Sempra Energy Europe España, S.L.U., Romero Abreu Hermanos, S.L., Saltos
del Cabrera, S.L., Servicios Urbanos de Cerler, S.A., Shell España, S.A.,
Sociedad Electricista de Tuy, S.A., Societat Municipal de Distribució Eléctrica de
Llavorsí, S.L., Societat Municipal de Distribució Eléctrica de Tirvia, S.L., Talarn
Distribució Municipal Eléctrica, S.L.U., Unión Fenosa Comercial, S.L., Unión
Fenosa Metra, S.L., Viacava-Incos de Energía, S.A., Wind to Market, S.A., La
Unión Electro Industrial, S.L. “unipersonal”, Lonjas Tecnología, S.A., Melon
Energy, S.L., Morgan Stanley Capital Group España, S.L., Naturgas Energía
Comercializadora, S.A.U., Navarro Generación, S.A., Nexus Energía, S.A.,
Comercializadora Eléctrica de Meliana, S.L., Eléctrica Municipal de Santa Coloma
de Queralt, S.L., Eléctrica de Guagassuar Comercialización, S.L., Cooperativa
Eléctrica de Castellar, S.C.V., Eléctrica de Chera, S.C.V., Eléctrica de
Guadassuar Coop. V., Municipal de Servicios Villahermosana, S.L.
14
3. MERCADO MINORISTA DE GAS NATURAL En el año 2009, la demanda de gas natural fue un 11% menor que en el año
2008, debiéndose fundamentalmente este descenso de la demanda a la
coyuntura económica del país en dicho periodo.
Como ya se ha puesto de manifiesto a lo largo del presente informe, el 1 de julio
de 2008 desaparece el mercado a tarifa de gas natural y, todos los consumidores
de gas se consideran consumidores en el mercado liberalizado. Es por ello que,
durante todo el año 2009 puede hablarse únicamente de mercado liberalizado3.
No obstante lo anterior existen consumidores en el mercado liberalizado que
están siendo suministrados a un precio establecido por el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, la Tarifa de Último Recurso (en adelante, TUR). Desde el 1
de julio de 2009, se trata únicamente de aquellos consumidores, con presiones
inferiores a 4 bar, cuyo consumo anual es inferior o igual a 50.000 kWh, siendo
los precios máximos los que se indican a continuación.
Término
Fijo (€/cliente)/mes Variable cent/kWh
TUR.1. Consumo inferior o igual a 5.000 kWh/año
3,9 4,350766
TUR.2. Consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000
kWh/año 7,84 3,786566
Tabla . Precios máximos de la tarifa de último recurso de suministro de gas natural desde las cero horas del día 1 de julio de 2009. Fuente: Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural.
Desde el 1 de julio de 2008 y hasta el 1 de julio de 2009 tenían la posibilidad de
ser suministrados a TUR todos aquellos consumidores con un consumo anual
inferior o igual a 3GWh.
La Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas
natural establece, no obstante, el precio máximo aplicable por un comercializador
de último recurso a consumidores con consumos anuales superiores a 50.000 3 Existe una minoría de consumidores suministrados en mercado regulado, se trata de los consumidores de aire propanado de Mallorca.
15
kWh/año e inferiores a 3 GWh/año y suministrados a presiones iguales o
inferiores a 4 bar, que no hayan negociado con un comercializador un precio de
suministro.
del 12 julio al 30 de septiembre
del 1 de octubre al 31 de
diciembre
del 12 julio al 30 de septiembre
del 1 de octubre al 31 de
diciembre
Consumo superior a 50.000 kWh/año e inferior o igual a 100.000 kWh/año
46,14 48,44 3,721758 3,907845
Consumo superior a 100.000 kWh/año e inferior a 3 GWh/año
68,79 72,22 3,447925 3,620321
Fijo (€/cliente)/mes Variable cent/kWh
Término
Tabla 2. Precio máximo aplicable por un comercializador de último recurso a consumidores con consumos anuales superiores a 50.000 kWh/año e inferiores a 3 GWh/año y suministrados a presiones iguales o
inferiores a 4 bar, que no hayan negociado con un comercializador un precio de suministro. Fuente: Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último
recurso de gas natural
Por consumos, la demanda para uso industrial representó un 44,9% (42% en el
año 2008) sobre el total en el año 2009, siendo de especial importancia en las
franjas de máxima demanda y como sistema de back-up de los sistemas de
generación en régimen especial.
Tanto en términos de energía como en número de clientes, el mercado
liberalizado gana todo el protagonismo, tal y como queda reflejado en el presente
informe. En el mercado liberalizado ha sido de especial relevancia la transferencia
de clientes motivada por la consideración de estos consumidores como
consumidores en el mercado liberalizado. En términos de energía, en 2009, el
99,88% del consumo de gas natural correspondía al mercado liberalizado frente al
0,12% del mercado a tarifa (clientes de la red de distribución de aire propanado
de Mallorca).
Durante el año 2009 es preciso destacar que, frente al descenso de la demanda
(un 11%), el número de clientes se incrementó aproximadamente en 123.575.
Pese a haberse incrementado el número de clientes, el ritmo de incremento de los
mismos es significativamente inferior al de años anteriores (193.000 en 2008 y
320.000 en 2007). De ellos, el 47,39% restante recibía su suministro pagando por
16
él la tarifa de último recurso (TUR). Considerando únicamente a los consumidores
suministrados a tarifa de último recurso, el 92,12% eran clientes del Grupo Gas
Natural + Unión Fenosa, frente a los 5,46% del Grupo Endesa, el 2,32% del
Grupo Naturgas y, el 0,10% restante de Iberdrola.
Por lo que respecta a los consumidores suministrados a precio libre, el 54,16%
pertenecían al Grupo Gas Natural + Unión Fenosa, seguido por los Grupos
Endesa, con un 24,72%, Naturgas, con un 14,62% e Iberdrola, con el 6,51%
restante.
En el gráfico siguiente se recogen las cuotas de ventas por grupos empresariales
durante el año 2009.
Grupo Gas Natural36,81%
UF Gas Comercializadora
12,97%
Grupo Iberdrola12,63%
Grupo Endesa11,42%
Grupo Naturgas5,21%
Cepsa4,96%
GDF Suez3,55%
Shell3,60% E ON
3,16%
BBE2,24% BP
1,71%
Sonatrach1,03%
Galp0,44%
Otros0,25%
Cuotas de mercado por volumen de ventas a 31 de diciembre de 2009
Gráfico 3. Cuotas de mercado por volumen de ventas de gas natural. 31 diciembre 2009
Fuente: CNE
17
Tal y como se muestra en el gráfico 4, por segmentos de consumo, casi un 44%
del gas natural se destinó al sector industrial, aproximadamente un 42% a plantas
de cogeneración, en torno a un 14% se utilizó en el sector comercial-residencial y,
menos del 2% se destinó a su uso como materia prima.
Doméstico‐Comercial
14%
Industrial45%
Centrales nucleares
40%
Usos no energéticos
1%
Consumo de gas natural por sectores. Año 2009
Gráfico 4. Consumo de gas natural por sectores en el año 2009
Fuente: Sedigas
3.1. El mercado a tarifa de último recurso (a tarifa integral) Las tarifas de último recurso de gas natural se establecen por Orden Ministerial.
Conforme a lo establecido en el artículo 25.2 del Real Decreto 949/2001, las
tarifas son únicas para todo el territorio nacional, en función del volumen, presión
y forma de consumo. Desde el 1 de julio de 2008, existen unos precios de
suministro de gas natural que fija el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio,
que se llaman Tarifas de Último Recurso (TUR). Los comercializadores de último
recurso (CUR) están obligados a suministrar gas a tarifa de último recurso a
aquellos consumidores que tengan derecho a la misma. Desde el 1 de julio de
2009 tienen derecho a comprar gas a tarifa de último recurso aquellos
consumidores cuyo consumo anual sea inferior a 50.000 kWh/año.
18
Las tarifas de último recurso, calculadas antes de impuestos indirectos, constan
de un término fijo, que depende del tipo de tarifa (expresado en €/mes), y un
término variable, en función del gas consumido (expresado en cent/kWh).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 93.4 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, y el artículo 26.2 del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que
se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un
sistema económico integrado del gas natural, el sistema de cálculo de la tarifa de
último recurso incluirá de forma aditiva el coste de la materia prima, los peajes de
acceso en vigor, los costes de comercialización y los costes derivados de la
seguridad de suministro.
El término fijo de la tarifa se determinará como la suma de los costes que
corresponden al término fijo de conducción del peaje de transporte y distribución
(Tfi), al término de reserva de capacidad (Tfe), al término fijo del peaje de
regasificación (Tfr) y al coste fijo de comercialización.
El término variable de la tarifa se determinará como la suma de los costes que
corresponden al término variable del término de conducción del peaje de
transporte y distribución (Tvi), al término variable del peaje de regasificación (Tvr),
al valor medio del peaje de descarga de buques, al coste medio del canon de
almacenamiento subterráneo, al coste medio del canon de almacenamiento de
GNL, al coste variable de comercialización, y al coste de la materia prima, que
incluirá el coste asociado a las mermas y al riesgo de cantidad.
Los términos fijos y variables de las tarifas se actualizarán en el momento en que
se produzca alguna modificación en los términos fijos y variables de los peajes y
cánones de acceso al sistema o en los coeficientes de mermas en vigor.
Asimismo, el término variable se actualizará con carácter trimestral, desde el día 1
de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, siempre que el coste de
la materia prima experimente una variación al alza o a la baja superior al 2 por
ciento. Por lo tanto, las revisiones se realizarán trimestralmente, mediante
resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, produciendo
efectos a partir del día 12 de los meses de abril, julio y octubre de cada año.
19
La forma de cálculo de los precios a los que los comercializadores de último
recurso suministran gas natural a los consumidores con derecho a acogerse al
suministro de último recurso está recogida en la Orden ITC/1660/2009, de 22 de
junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último
recurso de gas natural.
La Resolución de 3 de abril de 2009, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas
natural, establece que, “como consecuencia de la normativa europea, a partir del
1 de julio de 2009 se ha reducido el umbral máximo de consumo para acogerse a
los precios máximos del suministro del último recurso de gas natural. A partir de
ese momento, como su consumo anual supera los 50.000 kWh, dejará de serle de
aplicación un precio máximo para el gas natural.” Esta información se les envió a
los consumidores sujetos a las tarifas de último recurso T3 y T4, con consumo
anual entre 50.000 kWh y 3 MWh con el objeto de que adoptaran las medidas
oporturnas.
La Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas
natural, establece los precios de la tarifa de último recurso de suministro de gas
natural desde las cero horas del día 1 de julio de 2009. Asimismo, indica cuál será
el precio máximo aplicable por un comercializador de último recurso a
consumidores con consumos anuales superiores a 50.000 kWh/año e inferiores a
3 GWh/año y suministrados a presiones iguales o inferiores a 4 bar, que no hayan
negociado con un comercializador un precio de suministro.
En el momento actual, el consumidor puede elegir la tarifa de último recurso que
estime más conveniente a su interés entre las oficialmente autorizadas (T.1 y T.2),
siempre que cumpla las condiciones establecidas para acogerse a las mismas.
La estructura de las tarifas y de los peajes se adjunta en el Anexo I.
20
Durante el año 2009, la distribución de consumidores y energía en la tarifa fue la
siguiente:
3.1.1. Grupos de consumidores con suministros a una presión superior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Grandes Consumidores Industriales, se
distinguían los acogidos a peajes 1.1, 1.2 y 1.3. Sin embargo, la Orden
ITC/4101/2005, de 27 de diciembre, por la que se establecen las tarifas de gas
natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y
derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de
suministro igual o inferior a 4 bar, estableció en su Disposición transitoria única, la
creación de tarifas transitorias “A” para los clientes a los que a 31 de diciembre de
2005 se les estuvieran aplicando las tarifas del Grupo 1. Sin embargo, estas
tarifas fueron únicamente aplicables hasta el 30 de junio de 2006.
Por lo tanto, durante el año 2009, no existía la posibilidad de que ningún
consumidor estuviera acogido a esta tarifa.
3.1.2. Grupos de consumidores con suministros acogidos a una presión superior a 4 bar e inferior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Industriales, se distinguen los
siguientes:
3.1.2.1 Consumidor acogido a tarifa 2.1
Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con
consumo hasta 0,5 GWh en el año. La Orden ITC/3992/2006, de 29 de diciembre,
por la que se establecen las tarifas de gas natural y gases manufacturados por
canalización, alquiler de contadores y derechos de acometida para los
consumidores conectados a redes de presión de suministro igual o inferior a 4 bar
establece en su Disposición Adicional Segunda la supresión de varias tarifas. En
21
concreto determina que, a partir del 1 de julio de 2007, quedan suprimidas las
tarifas del Grupo 2: 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4, definidas en el artículo 27, del Real Decreto
949/2001, de 3 de agosto por el que se regula el acceso de terceros a las
instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector
de gas natural. Igualmente, a partir de dicha fecha, quedan suprimidas las tarifas
“2 bis”: 2.1 bis, 2.2 bis, 2.3 bis y 2.4 bis, tal como se definen en la presente orden.
En este caso, los suministros a los consumidores que estuviesen acogidos a esta
tarifa podrán acogerse a los peajes “2 bis” que corresponda.
Por lo tanto, durante el año 2009, no existía la posibilidad de que ningún
consumidor estuviera acogido a esta tarifa.
3.1.2.2 Consumidor acogido a tarifa 2.2 Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
consumo entre 0,5 y 5 GWh en el año. Durante el 2009, por el motivo expuesto en
el epígrafe 3.1.2.1, ningún consumidor pudo acogerse a la tarifa 2.2.
3.1.2.3. Consumidor acogido a tarifa 2.3 Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
consumo entre 5 y 30 GWh en el año. Durante el 2009, por el motivo expuesto en
el epígrafe 3.1.2.1, ningún consumidor pudo acogerse a la tarifa 2.3.
3.1.2.4 Consumidor acogido a tarifa 2.4 Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
caudal de consumo entre 30 y 100 GWh en el año. Durante el 2009, por el motivo
expuesto en el epígrafe 3.1.2.1, ningún consumidor pudo acogerse a la tarifa 2.4.
22
3.1.2.5 Consumidor acogido a tarifa 2.5. Los consumidores acogidos a tarifa 2.5 eran aquellos conectados a una presión
entre 4 y 60 bar, con un caudal de consumo entre 100 y 500 GWh en el año.
La Orden ITC/4101/2005, de 27 de diciembre, por la que se establecen las tarifas
de gas natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y
derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de
suministro igual o inferior a 4 bar estableció, en su Disposición Adicional Única, lo
siguiente: Disposición adicional única. Modificación de la estructura de tarifas
1. Se suprimen las tarifas del Grupo 1. Consumidores con presión de suministro superior
a 60 bar.
2. Se suprimen las tarifas 2.5 y 2.6 del Grupo 2: consumidores con presión de suministro
superior a 4 bar e inferior o igual a 60 bar y consumos superiores a 100.000.000
kWh/año.
3.1.2.6. Consumidor acogido a tarifa 2.6 Los consumidores acogidos a tarifa 2.6 eran aquellos conectados a una presión
entre 4 y 60 bar, con un consumo superior a 500 GWh en el año.
La Orden ITC/4101/2005, de 27 de diciembre, por la que se establecen las tarifas
de gas natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y
derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de
suministro igual o inferior a 4 bar estableció, en su Disposición Adicional Única, lo
siguiente: Disposición adicional única. Modificación de la estructura de tarifas
3. Se suprimen las tarifas del Grupo 1. Consumidores con presión de suministro superior
a 60 bar.
4. Se suprimen las tarifas 2.5 y 2.6 del Grupo 2: consumidores con presión de suministro
superior a 4 bar e inferior o igual a 60 bar y consumos superiores a 100.000.000
kWh/año.
23
3.1.2.7. Consumidores industriales suministrados por debajo de 4 bar y acogidos a tarifa 2 Se trataba de consumidores industriales conectados a una presión inferior a 4 bar,
con un consumo superior a 0,2 GWh en el año y que con anterioridad al día 19
de febrero de 2002, se les venía aplicando la tarifa industrial firme.
Estos consumidores podían solicitar a su distribuidor la conexión a presiones
superiores a 4 bar. Si el distribuidor no puede atender a esta solicitud por no
disponer de redes a dicha presión en su zona, el consumidor puede solicitar la
aplicación de la tarifa para consumidores conectados a gasoductos a presión
entre 4 y 60 bar (tarifa 2) correspondientes a su consumo. De ser así, cuando el
distribuidor disponía de redes a presión superior a 4 bar en su zona, el
consumidor tenía la obligación de realizar la acometida correspondiente y
conectarse.
24
3.1.3. Grupos de consumidores con suministros a una presión inferior o igual a 4 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Domésticos y Comerciales (Sector Servicios), se distinguen los siguientes:
3.1.3.1. Consumidor acogido a tarifa 3.1 Se trata de consumidores conectados a una presión inferior a 4 bar, en su
mayoría pequeños consumidores domésticos, con consumo anual inferior a 5.000
kWh/año (instalaciones sin calefacción a gas natural, o con poco uso de la
calefacción de la vivienda). A comienzos del año 2009, únicamente permanecían
en mercado regulado, en la tarifa que nos ocupa, 72.325 consumidores
(Mallorca). A 31 de diciembre del citado año, se encontraban tan solo 321
consumidores.
En términos unitarios, la media de consumidores suministrados a tarifa en el año
2009, pagaron durante dicho año 2009 un precio medio de 6,93 c€/kWh, un
36,35% superior al precio medio del mercado a tarifa (5,08 c€/kWh), y una factura
media anual de 117 €.
3.1.3.2. Consumidor acogido a tarifa 3.2
A esta tarifa pertenecen la mayoría de los consumidores domésticos, conectados
a una presión inferior a 4 bar y con un consumo entre 5.000 y 50.000 kWh en el
año. A comienzos del año 2009, 19.014 consumidores estaban acogidos a esta
tarifa (Mallorca). A 31 de diciembre de 2009, 49 consumidores permanecían en la
antedicha tarifa.
25
En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 5,51
c€/kWh, un 8,49% superior al precio medio del grupo 3 (5,08 c€/kWh), y una
factura media anual de 396 €.
3.1.3.3. Consumidor acogido a tarifa 3.3
Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un
consumo entre 50.000 y 100.000 kWh en el año. A comienzos del año 2009, 307
consumidores se acogían a esta tarifa (Mallorca). A finales del citado año,
únicamente 8 consumidores permanecían en esta tarifa.
En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 4,53
c€/kWh, un 10,81% inferior al precio medio del grupo, y una factura media anual
de 2.135 €.
3.1.3.4. Consumidor acogido a tarifa 3.4
Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un
consumo superior 100.000 kWh en el año. A comienzos del año 2009, 390
consumidores se acogían a esta tarifa (Mallorca), frente a los 53 que todavía
permanecían a finales del citado año.
En términos unitarios, se trató de un consumidor que en el 2009 pagó un precio
medio de 3,65 c€/kWh, un 28,15% inferior al precio medio del mercado a tarifa en
el grupo 3 (5,08 c€/kWh) y una factura media anual de 7.047 €.
26
3.1.6. Estadística del mercado a tarifa integral
A continuación, se presentan algunos gráficos comparativos para las distintas
tarifas integrales comentadas.
En el gráfico 5 se presenta la distribución de consumidores por tarifas para el periodo de referencia. Grupo 3 Número medio de suministros: 92.036
Tarifa 3.1. 78,5834%
Tarifa 3.2.20,6593%
Tarifa 3.3.0,3336%
Tarifa 3.4.0,4237%
Gráfico 5. Distribución del número de suministros de gas natural por grupos tarifarios en el
año 2009
Fuente: CNE El 100% de los suministros peninsulares a tarifa integral correspondieron al grupo
tarifario 3.
En el gráfico 6 se presenta el precio medio obtenido por los consumidores a tarifa
(grupo 3) en el 2009. De igual forma, se compara dicho precio con el precio
medio del total del mercado regulado.
27
301 302 303 304
Precio unitario (c€/kWh) 6,93 5,51 4,53 3,65Precio peaje medio (c€/kWh) 5,08 5,08 5,08 5,08
0,00
1,00
2,00
3,00
4,00
5,00
6,00
7,00
8,00
Gráfico 6. Comparación del precio medio del kWh del gas natural suministrado en cada tarifa
integral. Fuente: CNE
El Cuadro I presenta información general del colectivo de consumidores con suministro a tarifa integral, en el que se especifica para cada grupo: el número de contratos de suministro, el consumo de energía en el periodo de referencia, el consumo unitario, la facturación global y unitaria, así como el precio unitario pagado por cada grupo tarifario y su comparación en términos relativos con el precio medio para la totalidad del mercado regulado. De esta forma, los valores representativos del suministro regulado (a tarifa integral, grupo 3) para todo el mercado peninsular son:
- Nº de suministros (comienzos 2009): 92.036 - Consumo total: 466 GWh - Consumo unitario: 5.062 kWh/año - Facturación total: 23.673 miles de € - Precio unitario: 5,08 c€/kWh
En el Cuadro II se presenta una comparación entre los años 2008 y 2009.
28
Clientes Facturación Factur./ cliente Consumo Consumo /
clientePrecio unitario
Desviación T.
Nº miles de € € /cliente GWh MWh/cliente c€/kWh Media %Total Grupo 3 92.036 23.673 257 466 5,06 5,08 0,00301 72.325 8.443 117 122 1,69 6,93 36,35302 19.014 7.527 396 137 7,18 5,51 8,49303 307 655 2.135 14 47,12 4,53 -10,81304 390 7.047 18.070 193 495 3,65 -28,15TOTAL 92.036 23.673 20.718 466 5,06 5,08 0,00
Grupos de tarifa
Cuadro I. Suministro de gas natural en el mercado a tarifa. Energía, facturación y valor unitario de la tarifa integral en 2009. Datos del Sistema de Liquidaciones SIFCO. No se contabiliza el GNL destinado a plantas satélites.
2008 2009 D % 2008 2009 D % 2008 2009 D% 2008 2009 D% 2008 2009 D% 2008 2009 D%Grupo 3 3.839.558 92.036 -4071,8 17.991 466 -3761,4 0,00469 0,00506 7,440456 866.439 23.673 -3560,08 226 20.718 99 4,82 5,08 5,14
Tarifa 3.1. Demanda < 5.000 kWh 2.057.411 72.325 -2744,67 2.714 122 -2127,1 0,00132 0,00169 21,70977 176.514 8.443 -1990,65 86 117 27 6,5 6,93 6,17Tarifa 3.2. 5.000<D< 50.000 kWh 1.752.254 19.014 -9115,6 9.688 137 -6995,31 0,00553 0,00718 23,00765 494.446 7.527 -6469,11 282 396 29 5,1 5,51 7,48Tarifa 3.3. 50.000<D< 100.000 kWh 10.718 307 -3391,21 425 14 -2835,62 0,03962 0,04712 15,91381 18.208 655 -2677,76 1.699 2.135 20 4,29 4,53 5,33Tarifa 3.4. D>100.000 kWh 19.175 390 -4816,67 5.164 193 -2575,13 0,26931 0,49496 45,59063 177.270 7.047 -2415,44 9.245 18.070 49 3,43 3,65 6,05
TOTAL MERCADO 3.839.558 92.036 -4071,8 17.991 466 -3761,4 0,0046856 0,00506 7,440456 866.439 23.673 -3560,08 226 20.718 4,82 5,08
Precio unitario (c€/kWh)Tipo de suministro Número de suministros Consumo (GWh) Consumo unitario (GWh) Facturación (Miles €) Facturación unitaria (€)
Cuadro II. Suministro de gas natural en el Mercado Regulado. Energía, facturación y valor unitario de la tarifa integral en 2008 y 2009
30
3.2. El mercado liberalizado Los consumidores suministrados en mercado liberalizado, a diferencia de los
consumidores suministrados en el mercado regulado o a tarifa integral que tienen
suscrito un contrato de suministro con una empresa distribuidora, son aquellos
que se suministran directamente del productor, solicitando acceso a las
instalaciones de transporte y distribución para la conducción del gas hasta su
punto de consumo, o bien tienen suscrito un contrato de suministro con una
empresa comercializadora o con una empresa comercializadora de último
recurso, siendo estas dos últimas las opciones elegidas por la mayor parte de los
consumidores de gas natural. En el mercado liberalizado ha sido de especial
relevancia la transferencia de clientes motivada por la desaparición del suministro
a tarifa y el comienzo del suministro de último recurso. La Orden ITC/2309/2007
establecía que, desde el 1 de julio de 2008, los consumidores que estaban siendo
suministrados por una empresa distribuidora, a tarifa, sin que hubieran elegido
una empresa comercializadora, pasaban a ser suministrados por el
comercializador de último recurso del mismo grupo empresarial que la empresa
distribuidora que les estaba suministrando hasta el 1 de julio de 2008.
El precio del gas suministrado por un comercializador en el mercado libre incluye
un término de conducción o peaje de transporte y distribución regulado por niveles
de presión, y de forma congruente con la estructura de tarifas integrales, y un
término de energía, siendo éste último una componente libre del precio del gas
suministrado. En el anexo I se adjunta la estructura de peajes de acceso.
El precio total de venta del gas natural suministrado por un comercializador en
este mercado es libre. El consumidor puede comparar los precios ofrecidos por
distintos comercializadores y elegir la compañía comercializadora que mejor
satisfaga sus necesidades. Por su parte, aquellos consumidores que eligen ser
suministrados por un comercializador de último recurso, pagan por su suministro
un precio que establece el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y, que se
31
conoce, tal y como se ha puesto de manifiesto en el presente informe, como
Tarifa de Último Recurso (TUR).
Los costes repercutidos en el precio final de venta de gas de un comercializador a
un consumidor son:
- Coste de aprovisionamiento.
- Cánones y peajes de almacenamiento, regasificación, transporte y
distribución.
- Coste de la actividad de comercialización.
- Margen o beneficio comercial del comercializador.
La calidad del suministro de gas es la misma para los todos los clientes,
independientemente de que su suministro se realice a través de un
comercializador de último recurso o de un comercializador.
Por lo que respecta a las cuantías de los peajes así como a la tarifa de último
recurso, es preciso remitirse a la Orden ITC/3802/2008, de 26 de diciembre, por la
que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las
instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos
relativos a las actividades del sector gasista. La misma tiene por objeto determinar
los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas
a partir del día 1 de enero del 2009, la tarifa de último recurso y determinados
aspectos relativos a las actividades reguladas del sector del gas natural. Los
importes antes de impuestos de los términos de conducción del peaje de
transporte y distribución firme para consumidores no alimentados mediante planta
satélite, en función de la presión de diseño donde están conectadas las
instalaciones del consumidor final regulados en el artículo 31 apartado B)2. del
Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, son los que figuran a continuación.
32
Término fijoTfij
cent/kWh/día/mes
Término variableTvij
cent/kWhPeaje 1 (P>60 bar)1.1 2,5287 0,06191.2 2,2591 0,04991.3 2,0968 0,045Peaje 2 (4 bar<P≤60 bar)2.1 18,5154 0,14152.2 5,0254 0,11292.3 3,2904 0,09142.4 3,0153 0,0822.5 2,772 0,07192.6 2,5498 0,0624Peaje 3 (P≤4bar)
€/mes3.1 2,12 2,48163.2 4,75 1,85853.3 39,69 1,14453.4 59,25 0,9174
cent/kWh/día/mes3.5 4,3357 0,1123
Tabla nº 3. Términos conducción peaje transporte y distribución firme. Año 2009 Fuente: Orden ITC/3802/2008, de 26 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones
asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos relativos a las actividades reguladas del sector gasista.
Por su parte, la Orden ITC/1724/2009, de 26 de junio, por la que se revisan los
peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas a
partir del día 1 de julio de 2009 es a la que hay que remitirse por lo que respecta
a los peajes vigentes durante el segundo semestre del año 2009.
33
Término fijoTfij
cent/kWh/día/mes
Término variableTvij
cent/kWhPeaje 1 (P>60 bar)1.1 2,7816 0,06811.2 2,485 0,05491.3 2,3065 0,0495Peaje 2 (4 bar<P≤60 bar)2.1 20,3669 0,15572.2 5,5279 0,12422.3 3,6194 0,10052.4 3,3168 0,09022.5 3,0492 0,07912.6 2,8048 0,0686Peaje 3 (P≤4bar)
€/mes3.1 2,08 2,43443.2 4,78 1,87023.3 43,66 1,2593.4 65,18 1,0091
cent/kWh/día/mes3.5 4,7693 0,1235
Tabla nº 4. Términos conducción peaje transporte y distribución firme. Segundo semestre año 2009
Fuente: Orden ITC/1724/2009, de 26 de junio, por la que se revisan los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas a partir del día 1 de julio de 2009.
El hoy vigente, Real Decreto 104/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la
puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector del gas natural,
establece en su artículo primero que “A todos los efectos, los consumidores
acogidos a tarifa de último recurso serán considerados como consumidores en el
mercado liberalizado.” Ello significa que aquellos consumidores suministrados por
comercializadores de último recurso a tarifas T.1 y T.2 son considerados a todos
los efectos consumidores en el mercado liberalizado. Las diferencias estriban –
como ya se ha manifestado-, por una parte, en que estos consumidores reciben
su suministro de los comercializadores de último recurso y, por otra parte, en que
el precio que pagan por su suministro lo establece el Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio y, por lo tanto se trata de un precio determinado
normativamente y, no negociable por las partes.
34
A continuación se presenta la distribución de consumidores y energía en los
distintos peajes de acceso, si bien se resalta que estos peajes de acceso son
satisfechos por las empresas comercializadoras, por el total de sus clientes, y no
directamente por los consumidores.
3.2.1. Grupos de consumidores con peajes de acceso a red a una presión superior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Industriales, se distinguen los
siguientes: 3.2.1.1. Consumidor con peaje de acceso 1.1.
Se trata de un gran consumidor conectado a presión superior a 60 bar y con
caudales de consumo no superiores a 200 GWh en el año. En el año 2009 una
media de 18 consumidores se acogieron a este peaje de acceso.
Estos consumidores pagaron un peaje medio de 0,1726 c€/kWh, un 65,12%
inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 5.746.686 kWh/día, con un factor de carga del 44% y una
facturación media anual de 130.030 €.
En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el
0,23% del gas consumido en mercado y un 0,12% de la facturación total en dicho
mercado.
35
3.2.1.2. Consumidor con peaje de acceso 1.2. Se trata de un gran consumidor conectado a presión superior a 60 bar y con
caudales de consumo entre 200 GWh y 1000 GWh en el año. En el año 2009 una
media de 32 consumidores, se acogieron a este peaje de acceso.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,1986 c€/kWh, un 59,85%
inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 86.225.748 kWh/día, con un factor de carga del 51% y una
facturación media anual de 991.922 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 4,07% del gas consumido en mercado libre y un 1,63% de la facturación
total en dicho mercado.
3.2.1.3. Consumidor con peaje de acceso 1.3. Se trata de un consumidor conectado a una presión superior a 60 bar y con un
caudal de consumo superior 1.000 GWh en el año. En el año 2009 una media de
32 consumidores, se acogieron a esta tarifa.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,1695 c€/kWh, un 65,75%
inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
36
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 761.543.223 kWh/día, con un factor de carga del 57% y una
facturación media anual de 8.317.202 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 40,01% del gas consumido en mercado libre y el 13,70% de la facturación
total en dicho mercado.
3.2.2. Grupos de consumidores con suministros peaje de acceso a una presión superior a 4 bar e inferior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Industriales, se distinguen los
siguientes:
3.2.2.1 Consumidor con peaje de acceso 2.1.
Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
caudal de consumo no superior a 0,5 GWh en el año. En el año 2009 hubo una
media de 642 puntos de suministros acogidos a dicho peaje.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 2,5303 c€/kWh, un 411,4%
superior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 12.818.556 kWh/día, con un factor de carga del 3% y una
facturación media anual de 4.710,28 €.
En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el
0,03% del gas consumido en mercado libre y el 0,16% de la facturación total en
dicho mercado.
37
3.2.2.2 Consumidor con peaje de acceso 2.2 Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
caudal de consumo entre 0,5 y 5 GWh en el año. Durante el año 2009 una media
de 1.319 consumidores, se acogieron a esta tarifa.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,5181 c€/kWh, un 4,73%
superior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 15.697.632 kWh/día, con un factor de carga del 41% y una
facturación media anual de 9.296 €.
En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el 0,6%
del gas consumido en mercado y el 0,63% de la facturación total en dicho
mercado.
3.2.2.3. Consumidor con peaje de acceso 2.3
Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
caudal de consumo superior a 5 y 30 GWh en el año. En el 2009 una media de
1.034 consumidores se acogieron a esta tarifa.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,3677 c€/kWh, un 25,68%
inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 80.666.798 kWh/día, con un factor de carga del 40% y una
facturación media anual de 41.649 €.
38
En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el
2,22% del gas consumido en mercado y el 0,3677% de la facturación total en
dicho mercado.
3.2.2.4 Consumidor con peaje de acceso 2.4 Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
caudal de consumo entre 30 y 100 GWh en el año. En el año 2009 una media de
463 consumidores, se acogieron a este peaje de acceso.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,2832 c€/kWh, un 42,76%
inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 113.965.753 kWh/día, con un factor de carga del 50% y una
facturación media anual de 127.838 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 5,32% del gas consumido en mercado y un 3,05% de la facturación total
en dicho mercado.
3.2.2.5 Consumidor con peaje de acceso 2.5
Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
caudal de consumo entre 100 y 500 GWh en el año. En el año 2009 se acogieron
a este peaje de acceso una media de 288 consumidores.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,2135 c€/kWh, un 56,85%
inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
39
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 214.870.701 kWh/día, con un factor de carga del 66% y una
facturación media anual de 383.282 €.
En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2008 el
13,17% del gas consumido en mercado libre y el 5,68% de la facturación total en
dicho mercado.
3.2.2.6. Consumidor con peaje de acceso 2.6
Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un
caudal de consumo superior a 500 GWh en el año. Durante el año 2008 una
media de 32 consumidores, se acogieron a este peaje.
Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,1826 c€/kWh, un 63,09%
inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).
En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media
contratada de 167.453.532 kWh/día, con un factor de carga del 72% y una
facturación media anual de 2.506.464 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 11,19% del gas consumido en mercado y el 4,13% de la facturación total
en dicho mercado.
40
3.2.2.7. Consumidores industriales suministrados por debajo de 4 bar y acogidos a peaje de acceso 2 Se trata de consumidores industriales conectados a una presión inferior a 4 bar,
con un caudal de consumo superior a 0,2 GWh en el año y que con anterioridad
al día 19 de febrero de 2002, se les venía aplicando la tarifa industrial firme.
En la Tabla 4 se muestra, en términos unitarios, el precio medio resultante de los
peajes para estos consumidores en el 2009, la capacidad contratada y su factor
de carga, la facturación anual, así como los porcentajes sobre el total del gas
consumido en el mercado libre y sobre el total de la facturación.
Consumidor industrial (P<4 bar) acogido a tarifa
Número medio de
consumidores
Precio medio (c€/kWh)
Capacidad contratada (kWh/día)
Factor de carga (%)
% sobre el total del gas
consumido
Facturación media anual
(€/año)
% sobre el total de la
facturación
2.1 142 2,3389 335.324 29 0,01% 5.803,08 0,04%2.2 506 0,7191 5.322.672 46 0,23% 12.734,96 0,33%2.3 174 0,6193 10.196.361 42 0,40% 55.598,17 0,50%2.4 20 0,4154 4.631.217 50 0,22% 175.732,97 0,18%2.5 2 0,3500 1.125.177 74 0,08% 534.834,72 0,06%2.6 En el 2009 no hubo consumidores acogidos a esta tarifa de acceso
Tabla 4. Características de consumo en el 2009 de los consumidores industriales conectados a una presión inferior a 4 bar, con un caudal de consumo superior a 0,2 GWh en el año y que con
anterioridad al día 19 de febrero de 2002, se les venía aplicando la tarifa industrial firme. 3.2.3. Grupos de consumidores acogidos a peaje de acceso a una presión inferior a 4 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Domésticos y Comerciales (Sector Servicios), a finales del 2009 ya eran más de 7.063.756 clientes. Es
preciso señalar que se encuentran aquí incluidos los consumidores suministrados
por comercializadoras de último recurso a tarifa de último recurso.
3.2.3.1. Consumidor acogido a peaje 3.1 Se trata de consumidores conectados a una presión inferior a 4 bar, en su
mayoría pequeños consumidores domésticos, con consumo anual inferior a 5.000
41
kWh/año. Durante el año 2009, unos 3.558.075 consumidores se acogieron a este
peaje de acceso.
En términos unitarios, estos consumidores pagaron en el 2009 un precio medio de
3,4697 c€/kWh, un 601,27% superior al precio del peaje medio (0,4948 c€/kWh), y
una factura media anual de 83,41 €.
En términos globales, este grupo de pequeños consumidores representó en el
2009 el 2,18% del gas consumido en mercado libre y el 15,28% de la facturación
total en dicho mercado.
3.2.3.2. Consumidor acogido a peaje 3.2
A esta tarifa pertenecen la mayoría de los consumidores domésticos, conectados
a una presión inferior a 4 bar y con un consumo entre 5.000 y 50.000 kWh en el
año. Durante el año 2009, unos 3.441.810 consumidores se acogieron a este
peaje de acceso.
En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 2,4823
c€/kWh, un 401,70% superior al precio del peaje medio (0,4948 c€/kWh), y una
factura media anual de 224 €.
En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el
7,91% del gas consumido en mercado libre y casi el 39,70% de la facturación total
en dicho mercado.
3.2.3.3. Consumidor acogido a peaje 3.3
Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un
consumo entre 50.000 y 100.000 kWh en el año. Durante el año 2009, unos
22.170 consumidores se acogió a este peaje de acceso.
42
En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 1,9991
c€/kWh, un 304,05% superior al precio medio del mercado a tarifa (0,4948
c€/kWh), y una factura media anual de 1.203,94 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 0,34% del gas consumido a tarifa y el 1,37% de la facturación total en
dicho mercado.
3.2.3.4. Consumidor acogido a peaje 3.4
Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un
consumo superior 100.000 kWh en el año. Durante el año 2009, unos 41.504
consumidores se acogieron a esta tarifa.
En términos unitarios, se trató de un consumidor que en el 2009 pagó un precio
medio de 1,1249 c€/kWh, un 127,37% superior al precio medio del mercado a
tarifa (0,4948 c€/kWh) y una factura media anual de 4.637,7 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 4,36% del gas consumido en el mercado y un 9,91% de la facturación
total en dicho mercado. 3.2.3.5. Consumidor acogido a peaje 3.5
Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un
consumo superior 1.000.000 kWh en el año. Durante el año 2009, unos 197
consumidores se acogieron a esta tarifa.
43
En términos unitarios, se trató de un consumidor que en el 2009 pagó un precio
medio de 0,4318 c€/kWh, un 12,72% superior al precio medio del mercado a tarifa
(0,4948 c€/kWh) y una factura media anual de 63.985 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 0,74% del gas consumido en el mercado libre y un 0,65% de la
facturación total en dicho mercado. 3.2.4. Consumidores que utilizan el gas natural como materia prima
Durante el año 2009, fueron atendidos dos suministros en este peaje.
En términos unitarios, estos consumidores pagaron, por su peaje, un precio medio
de 0,0140 c€/kWh, un 97,16% inferior al precio medio del peaje de (0,4948
c€/kWh), y una factura media anual de 344.523 €.
En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el
2009 el 1,25% del gas consumido en el mercado y el 0,04% de la facturación total
en dicho mercado.
44
3.2.5. Estadísticas del mercado
En los gráficos siguientes se presenta la distribución de consumidores por peajes
para el periodo de referencia.
Grupo 1 Número medio de suministros: 82
21,95%
39,02%
39,02%
Peaje 1.1. Peaje 1.2. Peaje 1.3.
Gráfico 7. Distribución de consumidores en mercado por niveles de peaje.
Grupo 2 Número medio de suministros: 3.778
16,99%
34,91%27,37%
12,26%7,62%
0,85%
Peaje 2.1. Peaje 2.2. Peaje 2.3. Peaje 2.4. Peaje 2.5. Peaje 2.6.
Gráfico 8. Distribución de consumidores en mercado por niveles de peajes.
45
Grupo 3 Número medio de suministros: 7.063.756
50,37%48,72%
0,31% 0,59% 0,0028%
Peaje 3.1. Peaje 3.2. Peaje 3.3. Peaje 3.4. Peaje 3.5.
Gráfico 9. Distribución de consumidores en mercado por niveles de peajes. En el gráfico 10 se presenta el precio medio obtenido de peaje por los
consumidores en el 2009. De igual forma, se compara dicho precio con el precio
medio del total del mercado.
46
1.1 1.2 1.3 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 2.6 2.1Bis
2.2Bis
2.3Bis
2.4Bis
2.5Bis 3.1 3.2 3.3 3.4 3.5 4.1
B4.3A
4.3B
4.6B
4.7B
Tarifa m.p
Precio unitario (c€/kWh) 0,25 0,19 0,16 2,53 0,51 0,36 0,28 0,21 0,18 2,33 0,71 0,61 0,41 0,35 3,46 2,48 1,99 1,12 0,43 0,35 0,07 0,05 0,07 0,07 0,01Precio peaje medio (c€/kWh) 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49
0,0000
0,5000
1,0000
1,5000
2,0000
2,5000
3,0000
3,5000
4,0000
Gráfico 10. Comparación del precio medio del peaje satisfecho para cada tarifa
En el Cuadro III se muestra la información desglosada para cada grupo de
consumo, relativa al suministro en el ámbito del sistema de ATR (peajes de
acceso).
Una representación del suministro en el mercado, podría basarse en los
siguientes datos:
- Nº de suministros: 7.068.473
- Consumo de energía: 392.547 GWh
- Consumo unitario: 0,056 GWh
- Facturación por peajes: 1.942 Millones de €
- Facturación unitaria por peajes: 275 €
47
- Precio unitario por peajes: 0,4948 c€/kWh
Como puede apreciarse, se ha dado una muy significativa incorporación de
clientes a este mercado, en particular por lo que afecta a los consumidores del
Grupo 3. El motivo es que, como se ha puesto ya de manifiesto a lo largo del
presente informe, todos los consumidores son considerados consumidores en el
mercado liberalizado, independientemente de si son suministrados a tarifa de
último recurso o a precio negociado con una comercializadora. Por lo que
respecta al consumo firme, ha tenido lugar un descenso para todos los grupos
excepto por lo que respecta al grupo 3 en el periodo objeto de análisis (año 2009).
48
Tipo de suministro Nº Suministros Consumo energía en el periodo GWh % Consumo
unitario GWhFacturación en el periodo. Miles € % Facturación
unitaria €Valor unitario tarifa
acceso c€/kWhDesviación valor medio
tarifa acceso en %Grupo 1 82 173.959 44,32% 2121,452 300.233 15,46% 3.661.372,24 0,1726 65,12
Tarifa 1.1. Demanda<200 GWh 18 918 0,23% 51,013 2.341 0,12% 130.030,08 0,2549 48,48Tarifa 1.2. 200<D<1.000 GWh 32 15.980 4,07% 499,375 31.742 1,63% 991.922,50 0,1986 59,85Tarifa 1.3. Demanda>1.000 GWh 32 157.061 40,01% 4908,152 266.150 13,70% 8.317.201,95 0,1695 65,75
Grupo 2 3.778 130.726 33,30% 34,602 308.131 15,87% 81.559,28 0,2357 52,36Tarifa 2.1. Demanda<0,5 GWh 642 120 0,03% 0,186 3.024 0,16% 4.710,28 2,5303 -411,40Tarifa 2.2. 0,5<D<5 GWh 1.319 2.366 0,60% 1,794 12.261 0,63% 9.295,63 0,5181 -4,73Tarifa 2.3. 5<D<30 GWh 1.034 11.712 2,98% 11,327 43.065 2,22% 41.648,87 0,3677 25,68Tarifa 2.4. 30< D< 100 GWh 463 20.899 5,32% 45,137 59.189 3,05% 127.838,11 0,2832 42,76Tarifa 2.5. 100< D<500 GWh 288 51.703 13,17% 179,526 110.385 5,68% 383.281,93 0,2135 56,85Tarifa 2.6. Demanda> 500 GWh 32 43.926 11,19% 1372,678 80.207 4,13% 2.506.464,39 0,1826 63,09
Grupo 2 bis 844 3.645 0,93% 4,319 21.526 1,11% 25.505,14 0,5905 -19,36Tarifa 2.1. Bis Damanda< 0.5 GWh 142 35 0,01% 0,248 824 0,04% 5.803,08 2,3389 -372,73Tarifa 2.2. Bis 0,5<D<5 GWh 506 896 0,23% 1,771 6.444 0,33% 12.734,96 0,7191 -45,33Tarifa 2.3. 5<D<30 GWh 174 1.562 0,40% 8,978 9.674 0,50% 55.598,17 0,6193 -25,16Tarifa 2.4. 30< D< 100 GWh 20 846 0,22% 42,303 3.515 0,18% 175.732,97 0,4154 16,04Tarifa 2.5. 100< D<500 GWh 2 306 0,08% 152,788 1.070 0,06% 534.834,72 0,3500 29,25
Grupo 3 7.063.756 60.976 15,53% 0,009 1.299.501 66,91% 183,97 2,1312 -330,74Tarifa 3.1. Demanda<5.000 kWh 3.558.075 8.553 2,18% 0,002 296.765 15,28% 83,41 3,4697 -601,27Tarifa 3.2. 5.000<D<50.000 kWh 3.441.810 31.059 7,91% 0,009 770.956 39,70% 224,00 2,4823 -401,70Tarifa 3.3. 50.000<D<100.000 kWh 22.170 1.335 0,34% 0,060 26.691 1,37% 1.203,94 1,9991 -304,05Tarifa 3.4. Demanda>100.000 kWh 41.504 17.111 4,36% 0,412 192.483 9,91% 4.637,70 1,1249 -127,37Tarifa 3.5. Demanda>1.000000 kWh 197 2.919 0,74% 14,817 12.605 0,65% 63.984,55 0,4318 12,72
Grupo 4 (Interrumpible) 11 18.335 4,67% 1666,818 12.117 0,62% 1.101.576,09 0,0661 86,64Tarifa 4.1.B. Demanda ≤ 200 GWh 1 3 0,00% 2,660 9 0,00% 9.431,64 0,3545 28,34Tarifa 4.3.A. Demanda > 1.000 GWh 2 4.670 1,19% 2334,975 3.595 0,19% 1.797.664,68 0,0770 84,44Tarifa 4.3.B. Demanda > 1.000 GWh 4 9.546 2,43% 2386,588 5.516 0,28% 1.378.902,68 0,0578 88,32Tarifa 4.6.B. 100<D<500 GWh 2 804 0,20% 401,824 630 0,03% 315.016,48 0,0784 84,15Tarifa 4.7.B. Demanda>500 GWh 2 3.312 0,84% 1656,192 2.367 0,12% 1.183.466,17 0,0715 85,56
Tarifa m.p. 2 4.906 1,25% 2452,954 689 0,04% 344.522,86 0,0140 97,16Suministros 7.068.473 392.547 100,00% 0,056 1.942.197 100,00% 274,77 0,4948 0,00
Cuadro III. Suministro de gas natural en el Mercado Liberalizado. Energía, facturación y valor unitario del peaje de acceso relativo al 2009. Datos del Sistema de Liquidaciones SIFCO. No se contabiliza el GNL destinado a plantas satélite.
49
Finalmente, en el Cuadro IV se presenta una comparación entre los años 2009 y
2008, para los parámetros más indicativos del suministro de GN y facturación de
peajes.
50
Facturación
en el periodo. Miles €
% Facturación unitaria €
Valor unitario tarifa acceso
c€/kWh
Desviación valor medio tarifa acceso
en %
2008 2009 D% 2008 2009 D% 2008 2009 D% 2009 2009 2009 2009 2009
Grupo 1 79 82 3,66% 193.783 173.959 -11,40% 2.452,943 2.121,452 -0,156 300.233 15,39% 3.661.372,24 0,1726 0,65Peaje 1.1. Demanda<200 GWh 16 18 11,57% 1.532 918 -66,80% 96,226 51,013 -0,886 2.341 0,12% 130.030,08 0,2549 0,48Peaje 1.2. 200<D<1.000 GWh 30 32 6,25% 19.539 15.980 -22,27% 651,314 499,375 -0,304 31.742 1,63% 991.922,50 0,1986 0,60Peaje 1.3. Demanda>1.000 GWh 33 32 -3,13% 172.712 157.061 -9,96% 5.233,682 4.908,152 -0,066 266.150 13,65% 8.317.201,95 0,1695 0,66
Grupo 2 3.813 3.778 -0,93% 148.163 130.726 -13,34% 38,856 34,602 -0,123 308.131 15,80% 81.559,28 0,2357 0,52Peaje 2.1. Demanda<0,5 GWh 567 642 11,67% 153 120 -27,82% 0,269 0,186 -0,447 3.024 0,16% 4.710,28 2,5303 -4,14Peaje 2.2. 0,5<D<5 GWh 1.260 1.319 4,50% 2.597 2.366 -9,74% 2,062 1,794 -0,149 12.261 0,63% 9.295,63 0,5181 -0,05Peaje 2.3. 5<D<30 GWh 1.115 1.034 -7,79% 13.840 11.712 -18,17% 12,417 11,327 -0,096 43.065 2,21% 41.648,87 0,3677 0,25Peaje 2.4. 30< D< 100 GWh 554 463 -19,74% 28.823 20.899 -37,92% 51,988 45,137 -0,152 59.189 3,03% 127.838,11 0,2832 0,42Peaje 2.5. 100< D<500 GWh 286 288 0,72% 56.853 51.703 -9,96% 198,844 179,526 -0,108 110.385 5,66% 383.281,93 0,2135 0,57Peaje 2.6. Demanda> 500 GWh 32 32 1,30% 45.898 43.926 -4,49% 1.453,227 1.372,678 -0,059 80.207 4,11% 2.506.464,39 0,1826 0,63
Grupo 2 bis 989 844 -17,13% 5.298 3.645 -45,34% 5,359 4,319 -0,241 21.526 1,10% 25.505,14 0,5905 -0,20Peaje 2.1. Bis Damanda< 0.5 GWh 161 142 -13,32% 43 35 -21,52% 0,266 0,248 -0,072 824 0,04% 5.803,08 2,3389 -3,75Peaje 2.2. Bis 0,5<D<5 GWh 552 506 -8,99% 1.054 896 -17,63% 1,911 1,771 -0,079 6.444 0,33% 12.734,96 0,7191 -0,46Peaje 2.3. 5<D<30 GWh 242 174 -39,32% 2.482 1.562 -58,86% 10,237 8,978 -0,140 9.674 0,50% 55.598,17 0,6193 -0,26Peaje 2.4. 30< D< 100 GWh 32 20 -60,42% 1.511 846 -78,54% 47,082 42,303 -0,113 3.515 0,18% 175.732,97 0,4154 0,16Peaje 2.5. 100< D<500 GWh 2 2 16,67% 209 306 31,63% 125,346 152,788 0,180 1.070 0,05% 534.834,72 0,3500 0,29
Grupo 3 2.446.164 7.063.756 65,37% 43.886 60.976 28,03% 0,018 0,009 -1,078 1.299.501 66,63% 183,97 2,1312 -3,33Peaje 3.1. Demanda<5.000 kWh 977.713 3.558.075 72,52% 5.542 8.553 35,21% 0,006 0,002 -1,358 296.765 15,22% 83,41 3,4697 -6,05Peaje 3.2. 5.000<D<50.000 kWh 1.447.838 3.441.810 57,93% 22.664 31.059 27,03% 0,016 0,009 -0,735 770.956 39,53% 224,00 2,4823 -4,05Peaje 3.3. 50.000<D<100.000 kWh 7.939 22.170 64,19% 892 1.335 33,16% 0,112 0,060 -0,867 26.691 1,37% 1.203,94 1,9991 -3,06Peaje 3.4. Demanda>100.000 kWh 12.639 41.504 69,55% 12.827 17.111 25,04% 1,015 0,412 -1,462 192.483 9,87% 4.637,70 1,1249 -1,29Peaje 3.5. Demanda>1.000000 kWh 35 197 82,23% 1.961 2.919 32,83% 56,021 14,817 -2,781 12.605 0,65% 63.984,55 0,4318 0,12
Grupo 4 (Interrumpible) 15 11 -31,82% 24.305 22.210 -9,43% 1.676,201 2.019,081 0,170 20.333 1,04% 1.848.419,36 0,0915 0,81Peaje 4.1.B. Demanda ≤ 200 GWh 1 1 - 41 3 -1436,84% 40,883 2,660 - 9 0,00% 9.431,64 0,3545 0,28Peaje 4.3.A. Demanda > 1.000 GWh 2 2 0,00% 5.456 4.670 -16,83% 2727,846 2334,975 -0,168 3.595 0,18% 1.797.664,68 0,0770 0,84Peaje 4.3.B. Demanda > 1.000 GWh 4 4 0,00% 14332,77764 9.546 -50,14% 3583,194 2386,588 -0,501 5.516 0,28% 1.378.902,68 0,0578 0,88Peaje 4.6.B. 100<D<500 GWh 2 2 4,17% 600 804 25,39% 312,824 401,824 0,221 2.367 0,12% 1.183.466,17 0,2945 0,40Peaje 4.7.B. Demanda>500 GWh 1 2 50,00% 1 3.312 99,97% 1,086 1656,192 0,999 2.367 0,12% 1.183.466,17 0,0715 0,85
Tarifa m.p. 2 2 - 5.046 4.906 -2,86% 2523,043 2452,954 - 689 0,04% 344.522,86 0,0140 0,97Suministros al mercado 2.451.061 7.068.473 65,32% 420.480 396.422 -6,07% 0,172 0,056 -2,059 1.950.412 100,00% 275,93 0,4920 0,00
Tipo de suministroNº Suministros Consumo energía en el periodo GWh Consumo unitario GWh
Cuadro IV. Suministro de gas natural en el mercado. Energía, facturación y valor unitario del peaje de acceso. Comparación 2009-2008
51
ANEXO 1. Estructura de la Tarifa de Último Recurso y del peaje. Año 2009.
Tarifas de Último Recurso Aplicables a los consumidores de gas natural de carácter firme, conectados a un gasoducto cuya presión de diseño es inferior o igual a 4 bar.
Tarifa Consumo T.1 Q ≤ 5.000 T.2 5.000 < Q ≤ 50.000 T.3 50.000 < Q ≤ 100.000 T.4 100.000 < Q
Las tarifas de último recurso T.3 y T.4 desaparecieron el 30 de junio de 2009. La Disposición transitoria única modifica el calendario de aplicación del suministro de último recurso y, establece que “Desde el 1 de julio, en caso de que un consumidor con consumo anual superior a 50.000 kWh/año e inferior a 3 GWh/año no haya negociado con un comercializador un precio de suministro, se le aplicarán los precios indicados en la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural.
Peajes
Grupo 1 Aplicable a los consumidores conectados a un gasoducto cuya presión máxima de diseño es superior a 60 bar.
Peaje de transporte y distribución firme (Término de conducción)
Consumo
1.1 Q ≤ 200.000.000 1.2 200.000.000 < Q ≤ 1.000.000.000 1.3 1.000.000.000 < Q
Grupo 2 Aplicable a consumidores conectados a un gasoducto cuya presión de diseño es superior a 4 bar e inferior a 60 bar.
Peaje de transporte y distribución ( término de conducción)
Consumo
2.1 Q ≤ 500.000 2.2 500.000 < Q ≤ 5.000.000 2.3 5.000.000 < Q ≤ 30.000.000 2.4 30.000.000 < Q ≤ 100.000.000 2.5 100.000.000 < Q ≤ 500.000.000 2.6 500.000.000 < Q
52
Grupo 3 Consumidores conectados a un gasoducto cuya presión de diseño es inferior o igual a 4 bar.
Peaje de transporte y distribución ( término de conducción)
Consumo
3.1 Q ≤ 5.000 3.2 5.000 < Q ≤ 50.000 3.3 50.000 < Q ≤ 100.000 3.4 100.000 < Q 3.5 Q>8 GWh/año
El peaje 3.5 se aplicará exclusivamente a los consumos superiores a 8 GWh/año Grupo 2 Bis Aplicables a consumidores industriales que con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden ECO 302/2002, de 15 de febrero, estuviesen conectados a gasoductos a presión inferior o igual a 4 bar, con un consumo anual igual o superior a 200.000 kWh/año. Dichos peajes convergerán de forma lineal con los correspondientes del Grupo 3 en el periodo que finaliza el 1 de enero de 2015. A partir de esta fecha, a estos consumidores se les aplicará el peaje correspondiente a su presión de suministro.
Peaje de transporte y distribución ( término de conducción)
Consumo
2.1 bis Q ≤ 500.000 2.2 bis 500.000 < Q ≤ 5.000.000 2.3 bis 5.000.000 < Q ≤ 30.000.000 2.4 bis 30.000.000 < Q ≤ 100.000.000 2.5 bis 100.000.000 < Q ≤ 500.000.000 2.6 bis 500.000.000 < Q