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INFORME SOBRE EL CONSUMO DE GAS NATURAL EN EL AÑO 2009 26 de julio de 2010 Dirección de Relaciones Institucionales

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INFORME SOBRE EL CONSUMO DE GAS NATURAL EN EL AÑO 2009

26 de julio de 2010

Dirección de Relaciones Institucionales

0

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN 1 2. MERCADO DE APROVISIONAMIENTOS 3

2.1. ORÍGENES GEOGRÁFICOS DE LOS ABASTECIMIENTOS 4

2.2. APROVISIONAMIENTOS POR EMPRESAS

COMERCIALIZADORAS Y PARA EL MERCADO REGULADO 9 3. MERCADO MINORISTA DE GAS NATURAL 14 3.1. EL MERCADO REGULADO (A tarifa Integral) 17 3.1.1. Consumidores con suministros a P>60 bar. 20 3.1.2. Consumidores con suministros a p < 4 bar 20

3.1.3. Estadística del mercado a tarifa integral 24 3.2. EL MERCADO LIBERALIZADO 30

3.2.1. Consumidores con suministros a p<60 bar. 34

3.2.2. Consumidores con suministros entre 4 y 60 bar. 36

3.2.3. Consumidores con suministros a p < 4 bar. 40

3.2.4. Consumidores que utilizan el gas natural como materia prima 43

3.2.5. Estadística del mercado liberalizado. 44 ANEXO I. ESTRUCTURA DE LA TARIFA INTEGRAL Y DEL PEAJE DE ACCESO 51

1

1. INTRODUCCIÓN

Los siete años transcurridos desde la total liberalización del mercado gasista, que

tuvo lugar en enero de 2003, se han caracterizado por un crecimiento desigual de

los mercados minoristas. En concreto, por lo que respecta al año 2009, éste ha

supuesto la total desaparición del mercado regulado, ya que, como señala la Ley

12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del

Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva

2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre

normas comunes para el mercado interior del gas natural, hasta el 1 de enero de

2008 (prorrogado hasta el 1 de julio), continuó en vigor el suministro a tarifa

realizado por las empresas distribuidoras y con la consideración de actividad

regulada.

Durante el año 2009 al igual que ocurría desde el 1 de julio de 2008, son los

suministradores de último recurso los que atienden las solicitudes de suministro

de gas natural de aquellos consumidores que se determinen, a un precio

establecido por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo Acuerdo de la

Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que tiene la

consideración de tarifa de último recurso.

De nuevo en el año 2009 se aprecia una fuerte estacionalidad en el consumo de

gas natural, teniendo lugar dos picos, uno en invierno, entre los meses de

noviembre y enero y otro entre los meses de julio y agosto, resultado este último

del incremento de la demanda de gas natural para generación eléctrica.

En el sector del gas natural ha habido una desaparición progresiva de las tarifas

que comenzó por aquellos consumidores con mayores consumos y presiones de

suministro y, que culminó el 1 de julio del año 2008. En la antedicha fecha, los

casi tres millones novecientos mil consumidores que no habían ejercido su

derecho a ser suministrados por una empresa comercializadora, pasaron

automáticamente a Tarifa de Último Recurso, a través de un comercializador de

2

último recurso. No obstante, a comienzos del año 2009 todavía había

consumidores que eran suministrados a través del mercado regulado. Se trata de

los consumidores de aire propanado de Mallorca y de Canarias (en Baleares a

través de Gesa Gas y, en Canarias por medio de Gasificadora Regional Canaria,

ambas del Grupo Endesa).

El presente informe tiene como objetivo analizar el comportamiento de los

mercados de gas natural en el año 2009, presentando aquellos indicadores

económicos que han definido la demanda en el citado año.

En primer lugar, se presenta el mercado de aprovisionamientos en el sistema

gasista español durante el año 2009. La actividad de aprovisionamientos de gas

natural se lleva a cabo en un régimen liberalizado, por lo que, de acuerdo con lo

establecido por el artículo 54.2 de la Ley del Sector de Hidrocarburos, las

actividades de importación, exportación e intercambios comunitarios se realizan

sin más requisitos que los que deriven de la normativa comunitaria. En el punto

segundo del informe se presentan los orígenes geográficos de los

aprovisionamientos.

Asimismo, se presenta el mercado minorista de gas natural durante el año 2009.

En el punto tercero del informe se presentan los indicadores más representativos

de los consumidores acogidos a tarifa integral durante el primer semestre, así

como de aquellos otros que ejercieron su derecho a contratar en libre mercado.

3

2. MERCADO DE APROVISIONAMIENTOS

España carece prácticamente de yacimientos de gas natural, por lo que más del

99% del abastecimiento de gas natural proviene de otros países. Este alto

porcentaje de abastecimiento exterior determina que se establezcan obligaciones

para la diversificación por origen del suministro y el mantenimiento de existencias

mínimas de seguridad.

En relación a la diversificación, el artículo 99 de la Ley del Sector de

Hidrocarburos, modificado por la Ley 12/2007 de 2 de julio, por la que se modifica

la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de

adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del

Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior

del gas natural (en adelante Ley 12/2007) establece que los comercializadores de

gas natural deberán diversificar sus aprovisionamientos cuando en la suma de

todos ellos la proporción de los provenientes de un mismo país sea superior al

60%.

Asimismo, se establece que, en los términos que reglamentariamente se

determinen, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio podrá exigir similares

obligaciones de diversificación de aprovisionamiento a las establecidas en el

punto anterior a los consumidores directos en mercados por la parte de su

consumo no adquirida a comercializadores cuando, por su volumen y origen,

puedan incidir negativamente en el balance de abastecimientos al mercado

español.

Respecto a las existencias, el artículo 98 de la Ley del Sector de Hidrocarburos,

modificado por la Ley 12/2007, establece que los comercializadores de gas

natural estarán obligados a disponer de unas existencias mínimas de seguridad

que vendrán expresadas en días equivalentes de sus ventas firmes en territorio

español. Asimismo, determina que los consumidores directos en mercado estarán

obligados a disponer de unas existencias mínimas de seguridad por sus

4

consumos firmes en la parte no suministrada por un comercializador. Esta

obligación podrá cumplirse por el sujeto obligado con gas de su propiedad o

arrendando y contratando, en su caso, los correspondientes servicios de

almacenamiento.

El artículo 61.3 de la Ley del Sector de Hidrocarburos, modificado por la Ley

12/2007, establece, en relación al fomento de la competencia, que ningún sujeto o

sujetos pertenecientes a un mismo grupo de empresas, de acuerdo con el artículo

42 del Código de Comercio, que actúen en el sector del gas natural, podrán

aportar en su conjunto gas natural para su consumo en España en una cuantía

superior al 70% del consumo nacional.

2.1. ORÍGENES GEOGRÁFICOS DE LOS ABASTECIMIENTOS Los aprovisionamientos en el año 2009 se situaron en 410.613 GWh (458.226

GWh en el año 2008). Es este el primer hecho a destacar, el descenso de 47.614

GWh en los aprovisionamientos del año 2009 respecto a los del 2008. Con

respecto a los orígenes geográficos, los aprovisionamientos de gas natural del

mercado español provienen en su mayoría de Argelia (34,08% en el año 2009

frente al 31,27% en el año 2008). Así, durante dicho año, el 34,08% de las

compras procedieron de Argelia, siguiendo en orden de importancia, Qatar (que

asciende a segundo aprovisionador, con un 12,36%), Egipto (12,32%), Trinidad &

Tobago (con un 12,16% en 2009), Nigeria (11,98%), Noruega (9,42%), Omán

(3,88%), Libia (2,07%) y, otros orígenes con menor importancia cuantitativa.

Dentro de los citados orígenes destaca el acusado descenso de la aportación de

Nigeria al aprovisionamiento del mercado gasista español, pasando de un

porcentaje de participación del 20,21% en 2008 a un 11,98% en 2009.

En la tabla 1 aparece la evolución del origen de los aprovisionamientos desde el

año 2005 hasta el 2009.

5

(En GWh) 2005 2006 2007 2008 2009 % Nacional 1.859 858 1.037 1.432 1.712 0,42%Argelia 169.187 131.703 138.140 143.731 139.951 34,08%Libia 10.641 7.914 9.005 6.090 8.495 2,07%Noruega 24.723 23.768 26.229 32.279 38.671 9,42%Países Golfo 74.179 72.277 57.391 60.111 66.712 16,25%Trinidad&Tobago 4.532 37.255 25.853 55.809 49.944 12,16%Nigeria 61.279 83.161 97.609 92.608 49.208 11,98%Egipto 39.545 50.468 41.321 51.028 50.585 12,32%Otros 6.720 889 4.970 15.138 5.335 1,30%TOTAL 392.665 408.293 401.555 458.226 410.613 100%

Tabla 1. Origen geográfico de los aprovisionamientos de gas natural al mercado español.

Fuente: Resolución MINECO 15/07/02

El epígrafe “otros” incluye aprovisionamientos de diversas procedencias. En todo

caso, es preciso destacar la presencia de un nuevo país aprovisionador, Yemen,

que se incluye dentro del epígrafe “otros”.

En los datos anteriores se aprecia como Argelia sigue siendo el principal país

aprovisionador, si bien su participación disminuye progresivamente, pese al ligero

incremento que se ha producido este último año, lo que supone que cada vez se

sitúe a más distancia del límite reglamentario del 60%. Parece difícil volver a

situaciones en las que los aprovisionamientos de dicho país se sitúen cercanos al

porcentaje citado, ello a pesar de la entrada en funcionamiento del gasoducto

Medgaz, durante el año 2010. Dicho gasoducto, cuya longitud aproximada será de

200 km, tendrá una capacidad inicial de 300 GWh/día (8 bcm/año).

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almacenamientos subterráneos como de producción nacional, utilizados ambos

en otros países para hacer frente a la estacionalidad de la demanda. Otra razón a

considerar relacionada con el GNL y su representación en el balance de

aprovisionamientos, obedece a la limitada interconexión mediante gasoducto con

Europa y Argelia, en el momento de análisis.

En este sentido, se han utilizado mercados de oportunidad y a corto plazo de GNL

–mercados spot - que ayudan a resolver marginalmente los problemas de déficit o

de exceso de abastecimiento y en los que los grupos empresariales que operan

en España participan activamente.

El mercado a tarifa de último recurso lo abastecía mayormente ENAGAS, con GN

argelino hasta el 1 de julio de 20081, dado que el Real Decreto 6/2000 estableció

que hasta el 31 de diciembre de 2003 el titular del contrato de aprovisionamiento

de gas natural procedente de Argelia y suministrado a través del gasoducto de El

Magreb asignaría un 75% del gas proveniente del mismo a “ENAGAS, S.A.”, que

lo vendería a los distribuidores para su posterior venta a los consumidores a tarifa,

y el 25% restante a comercializadores para su venta a consumidores cualificados.

El acuerdo sobre aprovisionamientos entre ENAGAS y el Grupo Gas Natural

permitía que se retiraran las cantidades necesarias para el mercado a tarifa y,

aparte del gas del contrato de Sagane, el aprovisionamiento podía ser

complementado con GNL procedente de otros contratos del Grupo Gas Natural

con Argelia, Libia y Trinidad y Tobago.

En el gráfico 2, en el que está representada la evolución de las importaciones por

tipo de suministro, se aprecia el ascenso experimentado por el GNL frente a la

evolución del GN en el total de los aprovisionamientos de gas natural en España.

1 Desde el 1 de julio de 2008, lo aprovisionan los Suministradores de Último Recurso.

8

Gráfico 2. Evolución de las importaciones de gas natural (en GWh) por tipo de suministro

Fuente: Resolución MINECO 15/07/02

En el mercado, las compañías comercializadoras o grandes consumidores

cualificados adquieren el gas a empresas intermediarias o directamente a través

de contratos con los productores en origen. La mayoría de los nuevos

aprovisionamientos contratados hasta el momento han sido de GNL.

Asimismo, las empresas comercializadoras actúan en el mercado gasista español

mediante aprovisionamientos en forma de GNL, dado que los aprovisionamientos

de GN, a través de los gasoductos internacionales, están básicamente utilizados

por las empresas aprovisionadoras del Grupo Gas Natural.

050.000

100.000150.000200.000250.000300.000350.000400.000

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

Evolución de las importaciones de gas natural por tipo de suministro

GN GNL

9

2.2. APROVISIONAMIENTOS POR EMPRESAS COMERCIALIZADORAS Y PARA EL MERCADO REGULADO

Las empresas implicadas en el aprovisionamiento del sistema gasista español

pueden enmarcarse en dos ámbitos de actuación:

a) Operadores en el mercado internacional

Se trata de los productores internacionales de gas que suministran gas a España

y, de las empresas aprovisionadoras que actúan de intermediarias entre los

productores y, los comercializadores y transportistas que operan directamente en

España. En concreto, en el mercado español, actúan, entre otros, los siguientes

operadores internacionales, además de los propios productores:

- Sagane, Gas Natural Trading y Gas Natural Aprovisionamientos,

pertenecientes todos ellos al Grupo Gas Natural, primer operador

internacional por el volumen de sus suministros. Aprovisiona al mercado

regulado (a través de ENAGAS), a Gas Natural Comercializadora y a

otros comercializadores.

- BP Gas Marketing que aprovisiona fundamentalmente a BP Gas España,

Grupo Eni (Snam y Eni) que aprovisiona al Grupo Iberdrola y a Unión

Fenosa y, Carboex que aprovisiona a Endesa Energía. Otras empresas

fueron Repsol, GdF, GNA, GNT, OMAN LNG y Shell.

b) Operadores en el mercado nacional

En el año 2009 tuvo lugar la desaparición casi total del mercado regulado, que se

mantuvo únicamente para los consumidores de gas natural de los territorios

insulares, por las circunstancias particulares de suministro de los mismos.

10

Desde el 1 de julio de 2008, tal y como establece la Ley 12/2007, de 2 de julio, por

la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,

con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento

Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el

mercado interior del gas natural, (artículo 57), los consumidores que se

establezcan tendrán derecho a acogerse al suministro a unos precios que serán

fijados por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo Acuerdo de la

Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y que tendrán la

consideración de tarifa de último recurso.

Por su parte, la Orden ITC/3861/2007, de 28 de diciembre, por la que se

establece la tarifa de último recurso del sistema de gas natural para el año 2008,

establece que a partir del 1 de julio de 2008 solo será aplicable la tarifa de último

recurso a los consumidores con consumo anual superior a 3 GWh/año.

Posteriormente, por lo que respecta al año 2009, la Resolución de 3 de abril de

2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace

pública la tarifa de último recurso de gas natural, adelanta el calendario de

eliminación previsto de las tarifas de último recurso.

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de abril de 2009, mediante el que se

modifica el calendario previsto inicialmente en la disposición transitoria quinta de

la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de

octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la

Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de

2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, establece

que a partir del 1 de julio de 2009 tienen derecho al suministro de último recurso

los consumidores conectados a presiones inferiores a 4 bar, con consumos

anuales no superiores a 50.000 kWh/año. Sin embargo, es preciso señalar que,

según establece la normativa vigente, a todos los efectos, los consumidores

acogidos a tarifa de último recurso serán considerados como consumidores en el

mercado liberalizado. Estos consumidores reciben su suministro de empresas

comercializadoras de último recurso, que tienen la obligación de prestar el mismo

11

a todos aquellos consumidores con derecho a tarifa de último recurso (fijada por

el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio).

Como resultado de todo lo anterior y, respecto al año 2009, el mercado

liberalizado es el mercado claramente mayoritario con respecto al regulado, que

se mantiene únicamente y con carácter temporal para los territorios insulares y,

consecuentemente los aprovisionamientos con destino al mercado liberalizado.

En este ámbito de actuación están incluidos los productores nacionales de gas,

los comercializadores, los comercializadores de último recurso y los

transportistas.

Los comercializadores y los transportistas, son sujetos que tienen la función de

aprovisionar a los mercados gasistas en el sistema gasista español2. Para ello se

aprovisionan principalmente en el mercado internacional, tanto de los productores

como de las empresas aprovisionadoras intermediarias mencionadas.

En la última actualización del Registro de empresas comercializadoras de gas

natural del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (de fecha 10 de mayo),

figuran las siguientes empresas comercializadoras inscritas: Acciona Green

Energy Developments, S.L., Aduriz Energía, S.L.U., AE3000 Agent

Comercializador, S.L, Agente del mercado eléctrico, S.A., Agri-Energía, S.A.,

Aguas de Barbastro Electricidad, S.A., Aguas de Barbastro Energía, S.L., Alpapat,

S.L.U., Atel Energía, S.A., Bassols Energía Comercial, S.L., Cateneribas, S.L.,

Céntrica Energía Generación, S.L.U., Céntrica Energía, S.L.U., Céntrica Energías

Especiales, S.L.U., Cide HcEnergía, Comercializadora eléctrica de Cádiz, S.A.,

Comercializadora Lersa, S.L., Comercializadora Suministros Especiales

Alginetenses, S.L., Compañía de Electrificación, S.L., Compañía Escandinava de

electricidad en España, S.L., Constellation Energy Commodities Group Limited 2 El artículo 61.1 de la Ley 34/1998, modificado por la Ley 12/2007, establece que podrán incorporar gas natural en el sistema:

a) Los comercializadores b) Los consumidores directos en mercado c) Los transportistas para el nivel mínimo de llenado de tanques de GNL, gasoductos de

transporte, almacenamientos y redes de distribución, y para cualquier otra función que reglamentariamente se establezca que no tenga como finalidad última el suministro.

12

(sucursal en España), DB Energy Commodities Limited, Derivados Energéticos

para el transporte y la industria, S.A. (Detisa), Distribución Eléctrica Caridad e

Ildefonso, S.L., Distribuidora Eléctrica D’Albaterrec, S.L., Distribuidora Eléctrica de

Catoira, S.A., Distribuidora Eléctrica de Montoliu, S.L., E.ON Comercializadora de

Último Recurso, S.L., E.ON Energía, S.L., E.ON Generación, S.L., E-Cogenia,

S.L., Electra Aduriz, S.A., Electra Avellana Comercial, S.L:, Electra Caldense

Energía, S.A., Electra del Cardener Energía, S.A., Electra Energía, S.A.U., Electra

Norte Energía, S.A.U., Electracomercial Centelles, S.L., Eléctrica Antonio Madrid,

S.L., Eléctrica de Montsec, S.L., Eléctrica de Moscoso, S.L., Eléctrica de Vinalesa,

S.L.U., Eléctrica Salas de Pallars, S.L., Eléctrica Serosense, S.L., Eléctrica

Sollerense, S.A., Eléctrica Sudanell, S.L., Eléctrica Vaquer Energía, S.A., Elecval,

Comercializadora Valenciana de Electricidad, S.L., Elektrizitäts-Gesellschaft

Laufenburg España, S.L., Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A.,

Empresa municipal de distribución de energía eléctrica de Almenar, S.L., Empresa

municipal de energía eléctrica de Segre, S.L., Endesa Cogeneración y

Renovables, S.L.U., Endesa Energía, S.A., Endesa Generación, S.A., Enerco

Cuellar, S.L., Energía para grandes consumidores industriales, S.L., Energías de

Benasque, S.L., Energías de la Villa de Campo, S.L.U., Eosa Energía, S.L.,

Epresa Energía, S.A.U., Essent Energy Trading Iberia, S.L., Estabanell y Pahisa

Energía, S.A., Estabanell y Pahisa Mercator, S.A., Factor energía, S.A., Gas

Natural Comercializadora, S.A., Gas Natural Electricidad SDG, S.A. Gas Natural

SUR, SDG, S.A., Gas Natural SDG, S.A., Gas Natural Servicios SDG, S.A.,

Gaselec Diversificación, S.L., Gazprom Marketing & Trading Limited, GDF Suez

Comercializadora, S.A., GEM Suministro Gas 1, S.L, GEM Suministro Gas 2, S.L.,

Geoatlanter Energía, S.L., Geoatlanter, S.L., Global3 Energía Comercializadora,

S.L.U., Hidrocantábrico Energía Último Recurso, S.A., Hidrocantábrico Energía,

S.A. Unipersonal, Hidroeléctrica de Silleda, S.L., Hidroeléctrica del Cabrera, S.L.,

Hidroeléctrica del Valira, S.L., Hidroeléctrica El Carmen Energía, S.L.,

Hidroeléctrica El Carmen, S.L., Hidroeléctrica Lumymey, S.L., Hispaelec Energía,

S.A., Iberdrola, S.A., Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.,

Iberdrola Generación, S.A.U., Nexus Renovables, S.L., Orus Energía, S.L., RBS

13

Sempra Energy Europe España, S.L.U., Romero Abreu Hermanos, S.L., Saltos

del Cabrera, S.L., Servicios Urbanos de Cerler, S.A., Shell España, S.A.,

Sociedad Electricista de Tuy, S.A., Societat Municipal de Distribució Eléctrica de

Llavorsí, S.L., Societat Municipal de Distribució Eléctrica de Tirvia, S.L., Talarn

Distribució Municipal Eléctrica, S.L.U., Unión Fenosa Comercial, S.L., Unión

Fenosa Metra, S.L., Viacava-Incos de Energía, S.A., Wind to Market, S.A., La

Unión Electro Industrial, S.L. “unipersonal”, Lonjas Tecnología, S.A., Melon

Energy, S.L., Morgan Stanley Capital Group España, S.L., Naturgas Energía

Comercializadora, S.A.U., Navarro Generación, S.A., Nexus Energía, S.A.,

Comercializadora Eléctrica de Meliana, S.L., Eléctrica Municipal de Santa Coloma

de Queralt, S.L., Eléctrica de Guagassuar Comercialización, S.L., Cooperativa

Eléctrica de Castellar, S.C.V., Eléctrica de Chera, S.C.V., Eléctrica de

Guadassuar Coop. V., Municipal de Servicios Villahermosana, S.L.

14

3. MERCADO MINORISTA DE GAS NATURAL En el año 2009, la demanda de gas natural fue un 11% menor que en el año

2008, debiéndose fundamentalmente este descenso de la demanda a la

coyuntura económica del país en dicho periodo.

Como ya se ha puesto de manifiesto a lo largo del presente informe, el 1 de julio

de 2008 desaparece el mercado a tarifa de gas natural y, todos los consumidores

de gas se consideran consumidores en el mercado liberalizado. Es por ello que,

durante todo el año 2009 puede hablarse únicamente de mercado liberalizado3.

No obstante lo anterior existen consumidores en el mercado liberalizado que

están siendo suministrados a un precio establecido por el Ministerio de Industria,

Comercio y Turismo, la Tarifa de Último Recurso (en adelante, TUR). Desde el 1

de julio de 2009, se trata únicamente de aquellos consumidores, con presiones

inferiores a 4 bar, cuyo consumo anual es inferior o igual a 50.000 kWh, siendo

los precios máximos los que se indican a continuación.

Término 

Fijo (€/cliente)/mes  Variable cent/kWh 

TUR.1. Consumo inferior o igual a 5.000 kWh/año 

3,9  4,350766 

TUR.2. Consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 

kWh/año 7,84  3,786566 

Tabla . Precios máximos de la tarifa de último recurso de suministro de gas natural desde las cero horas del día 1 de julio de 2009. Fuente: Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política

Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural.

Desde el 1 de julio de 2008 y hasta el 1 de julio de 2009 tenían la posibilidad de

ser suministrados a TUR todos aquellos consumidores con un consumo anual

inferior o igual a 3GWh.

La Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política

Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas

natural establece, no obstante, el precio máximo aplicable por un comercializador

de último recurso a consumidores con consumos anuales superiores a 50.000 3 Existe una minoría de consumidores suministrados en mercado regulado, se trata de los consumidores de aire propanado de Mallorca.

15

kWh/año e inferiores a 3 GWh/año y suministrados a presiones iguales o

inferiores a 4 bar, que no hayan negociado con un comercializador un precio de

suministro.

del 12 julio al 30 de septiembre

del 1 de octubre al 31 de 

diciembre

del 12 julio al 30 de septiembre

del 1 de octubre al 31 de 

diciembre

Consumo superior a 50.000 kWh/año e inferior o igual a 100.000 kWh/año

46,14 48,44 3,721758 3,907845

Consumo superior a 100.000 kWh/año e inferior a 3 GWh/año

68,79 72,22 3,447925 3,620321

Fijo (€/cliente)/mes Variable cent/kWh

Término

Tabla 2. Precio máximo aplicable por un comercializador de último recurso a consumidores con consumos anuales superiores a 50.000 kWh/año e inferiores a 3 GWh/año y suministrados a presiones iguales o

inferiores a 4 bar, que no hayan negociado con un comercializador un precio de suministro. Fuente: Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último

recurso de gas natural

Por consumos, la demanda para uso industrial representó un 44,9% (42% en el

año 2008) sobre el total en el año 2009, siendo de especial importancia en las

franjas de máxima demanda y como sistema de back-up de los sistemas de

generación en régimen especial.

Tanto en términos de energía como en número de clientes, el mercado

liberalizado gana todo el protagonismo, tal y como queda reflejado en el presente

informe. En el mercado liberalizado ha sido de especial relevancia la transferencia

de clientes motivada por la consideración de estos consumidores como

consumidores en el mercado liberalizado. En términos de energía, en 2009, el

99,88% del consumo de gas natural correspondía al mercado liberalizado frente al

0,12% del mercado a tarifa (clientes de la red de distribución de aire propanado

de Mallorca).

Durante el año 2009 es preciso destacar que, frente al descenso de la demanda

(un 11%), el número de clientes se incrementó aproximadamente en 123.575.

Pese a haberse incrementado el número de clientes, el ritmo de incremento de los

mismos es significativamente inferior al de años anteriores (193.000 en 2008 y

320.000 en 2007). De ellos, el 47,39% restante recibía su suministro pagando por

16

él la tarifa de último recurso (TUR). Considerando únicamente a los consumidores

suministrados a tarifa de último recurso, el 92,12% eran clientes del Grupo Gas

Natural + Unión Fenosa, frente a los 5,46% del Grupo Endesa, el 2,32% del

Grupo Naturgas y, el 0,10% restante de Iberdrola.

Por lo que respecta a los consumidores suministrados a precio libre, el 54,16%

pertenecían al Grupo Gas Natural + Unión Fenosa, seguido por los Grupos

Endesa, con un 24,72%, Naturgas, con un 14,62% e Iberdrola, con el 6,51%

restante.

En el gráfico siguiente se recogen las cuotas de ventas por grupos empresariales

durante el año 2009.

Grupo Gas Natural36,81%

UF Gas Comercializadora

12,97%

Grupo Iberdrola12,63%

Grupo Endesa11,42%

Grupo Naturgas5,21%

Cepsa4,96%

GDF Suez3,55%

Shell3,60% E ON

3,16%

BBE2,24% BP

1,71%

Sonatrach1,03%

Galp0,44%

Otros0,25%

Cuotas de mercado por volumen de ventas a 31 de diciembre de 2009

Gráfico 3. Cuotas de mercado por volumen de ventas de gas natural. 31 diciembre 2009

Fuente: CNE

17

Tal y como se muestra en el gráfico 4, por segmentos de consumo, casi un 44%

del gas natural se destinó al sector industrial, aproximadamente un 42% a plantas

de cogeneración, en torno a un 14% se utilizó en el sector comercial-residencial y,

menos del 2% se destinó a su uso como materia prima.

Doméstico‐Comercial

14%

Industrial45%

Centrales nucleares

40%

Usos no energéticos

1%

Consumo de gas natural por sectores. Año 2009

Gráfico 4. Consumo de gas natural por sectores en el año 2009

Fuente: Sedigas

3.1. El mercado a tarifa de último recurso (a tarifa integral) Las tarifas de último recurso de gas natural se establecen por Orden Ministerial.

Conforme a lo establecido en el artículo 25.2 del Real Decreto 949/2001, las

tarifas son únicas para todo el territorio nacional, en función del volumen, presión

y forma de consumo. Desde el 1 de julio de 2008, existen unos precios de

suministro de gas natural que fija el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio,

que se llaman Tarifas de Último Recurso (TUR). Los comercializadores de último

recurso (CUR) están obligados a suministrar gas a tarifa de último recurso a

aquellos consumidores que tengan derecho a la misma. Desde el 1 de julio de

2009 tienen derecho a comprar gas a tarifa de último recurso aquellos

consumidores cuyo consumo anual sea inferior a 50.000 kWh/año.

18

Las tarifas de último recurso, calculadas antes de impuestos indirectos, constan

de un término fijo, que depende del tipo de tarifa (expresado en €/mes), y un

término variable, en función del gas consumido (expresado en cent/kWh).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 93.4 de la Ley 34/1998, de 7 de

octubre, y el artículo 26.2 del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que

se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un

sistema económico integrado del gas natural, el sistema de cálculo de la tarifa de

último recurso incluirá de forma aditiva el coste de la materia prima, los peajes de

acceso en vigor, los costes de comercialización y los costes derivados de la

seguridad de suministro.

El término fijo de la tarifa se determinará como la suma de los costes que

corresponden al término fijo de conducción del peaje de transporte y distribución

(Tfi), al término de reserva de capacidad (Tfe), al término fijo del peaje de

regasificación (Tfr) y al coste fijo de comercialización.

El término variable de la tarifa se determinará como la suma de los costes que

corresponden al término variable del término de conducción del peaje de

transporte y distribución (Tvi), al término variable del peaje de regasificación (Tvr),

al valor medio del peaje de descarga de buques, al coste medio del canon de

almacenamiento subterráneo, al coste medio del canon de almacenamiento de

GNL, al coste variable de comercialización, y al coste de la materia prima, que

incluirá el coste asociado a las mermas y al riesgo de cantidad.

Los términos fijos y variables de las tarifas se actualizarán en el momento en que

se produzca alguna modificación en los términos fijos y variables de los peajes y

cánones de acceso al sistema o en los coeficientes de mermas en vigor.

Asimismo, el término variable se actualizará con carácter trimestral, desde el día 1

de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, siempre que el coste de

la materia prima experimente una variación al alza o a la baja superior al 2 por

ciento. Por lo tanto, las revisiones se realizarán trimestralmente, mediante

resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, produciendo

efectos a partir del día 12 de los meses de abril, julio y octubre de cada año.

19

La forma de cálculo de los precios a los que los comercializadores de último

recurso suministran gas natural a los consumidores con derecho a acogerse al

suministro de último recurso está recogida en la Orden ITC/1660/2009, de 22 de

junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último

recurso de gas natural.

La Resolución de 3 de abril de 2009, de la Dirección General de Política

Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas

natural, establece que, “como consecuencia de la normativa europea, a partir del

1 de julio de 2009 se ha reducido el umbral máximo de consumo para acogerse a

los precios máximos del suministro del último recurso de gas natural. A partir de

ese momento, como su consumo anual supera los 50.000 kWh, dejará de serle de

aplicación un precio máximo para el gas natural.” Esta información se les envió a

los consumidores sujetos a las tarifas de último recurso T3 y T4, con consumo

anual entre 50.000 kWh y 3 MWh con el objeto de que adoptaran las medidas

oporturnas.

La Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política

Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas

natural, establece los precios de la tarifa de último recurso de suministro de gas

natural desde las cero horas del día 1 de julio de 2009. Asimismo, indica cuál será

el precio máximo aplicable por un comercializador de último recurso a

consumidores con consumos anuales superiores a 50.000 kWh/año e inferiores a

3 GWh/año y suministrados a presiones iguales o inferiores a 4 bar, que no hayan

negociado con un comercializador un precio de suministro.

En el momento actual, el consumidor puede elegir la tarifa de último recurso que

estime más conveniente a su interés entre las oficialmente autorizadas (T.1 y T.2),

siempre que cumpla las condiciones establecidas para acogerse a las mismas.

La estructura de las tarifas y de los peajes se adjunta en el Anexo I.

20

Durante el año 2009, la distribución de consumidores y energía en la tarifa fue la

siguiente:

3.1.1. Grupos de consumidores con suministros a una presión superior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Grandes Consumidores Industriales, se

distinguían los acogidos a peajes 1.1, 1.2 y 1.3. Sin embargo, la Orden

ITC/4101/2005, de 27 de diciembre, por la que se establecen las tarifas de gas

natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y

derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de

suministro igual o inferior a 4 bar, estableció en su Disposición transitoria única, la

creación de tarifas transitorias “A” para los clientes a los que a 31 de diciembre de

2005 se les estuvieran aplicando las tarifas del Grupo 1. Sin embargo, estas

tarifas fueron únicamente aplicables hasta el 30 de junio de 2006.

Por lo tanto, durante el año 2009, no existía la posibilidad de que ningún

consumidor estuviera acogido a esta tarifa.

3.1.2. Grupos de consumidores con suministros acogidos a una presión superior a 4 bar e inferior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Industriales, se distinguen los

siguientes:

3.1.2.1 Consumidor acogido a tarifa 2.1

Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con

consumo hasta 0,5 GWh en el año. La Orden ITC/3992/2006, de 29 de diciembre,

por la que se establecen las tarifas de gas natural y gases manufacturados por

canalización, alquiler de contadores y derechos de acometida para los

consumidores conectados a redes de presión de suministro igual o inferior a 4 bar

establece en su Disposición Adicional Segunda la supresión de varias tarifas. En

21

concreto determina que, a partir del 1 de julio de 2007, quedan suprimidas las

tarifas del Grupo 2: 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4, definidas en el artículo 27, del Real Decreto

949/2001, de 3 de agosto por el que se regula el acceso de terceros a las

instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector

de gas natural. Igualmente, a partir de dicha fecha, quedan suprimidas las tarifas

“2 bis”: 2.1 bis, 2.2 bis, 2.3 bis y 2.4 bis, tal como se definen en la presente orden.

En este caso, los suministros a los consumidores que estuviesen acogidos a esta

tarifa podrán acogerse a los peajes “2 bis” que corresponda.

Por lo tanto, durante el año 2009, no existía la posibilidad de que ningún

consumidor estuviera acogido a esta tarifa.

3.1.2.2 Consumidor acogido a tarifa 2.2 Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

consumo entre 0,5 y 5 GWh en el año. Durante el 2009, por el motivo expuesto en

el epígrafe 3.1.2.1, ningún consumidor pudo acogerse a la tarifa 2.2.

3.1.2.3. Consumidor acogido a tarifa 2.3 Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

consumo entre 5 y 30 GWh en el año. Durante el 2009, por el motivo expuesto en

el epígrafe 3.1.2.1, ningún consumidor pudo acogerse a la tarifa 2.3.

3.1.2.4 Consumidor acogido a tarifa 2.4 Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

caudal de consumo entre 30 y 100 GWh en el año. Durante el 2009, por el motivo

expuesto en el epígrafe 3.1.2.1, ningún consumidor pudo acogerse a la tarifa 2.4.

22

3.1.2.5 Consumidor acogido a tarifa 2.5. Los consumidores acogidos a tarifa 2.5 eran aquellos conectados a una presión

entre 4 y 60 bar, con un caudal de consumo entre 100 y 500 GWh en el año.

La Orden ITC/4101/2005, de 27 de diciembre, por la que se establecen las tarifas

de gas natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y

derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de

suministro igual o inferior a 4 bar estableció, en su Disposición Adicional Única, lo

siguiente: Disposición adicional única. Modificación de la estructura de tarifas

1. Se suprimen las tarifas del Grupo 1. Consumidores con presión de suministro superior

a 60 bar.

2. Se suprimen las tarifas 2.5 y 2.6 del Grupo 2: consumidores con presión de suministro

superior a 4 bar e inferior o igual a 60 bar y consumos superiores a 100.000.000

kWh/año.

3.1.2.6. Consumidor acogido a tarifa 2.6 Los consumidores acogidos a tarifa 2.6 eran aquellos conectados a una presión

entre 4 y 60 bar, con un consumo superior a 500 GWh en el año.

La Orden ITC/4101/2005, de 27 de diciembre, por la que se establecen las tarifas

de gas natural y gases manufacturados por canalización, alquiler de contadores y

derechos de acometida para los consumidores conectados a redes de presión de

suministro igual o inferior a 4 bar estableció, en su Disposición Adicional Única, lo

siguiente: Disposición adicional única. Modificación de la estructura de tarifas

3. Se suprimen las tarifas del Grupo 1. Consumidores con presión de suministro superior

a 60 bar.

4. Se suprimen las tarifas 2.5 y 2.6 del Grupo 2: consumidores con presión de suministro

superior a 4 bar e inferior o igual a 60 bar y consumos superiores a 100.000.000

kWh/año.

23

3.1.2.7. Consumidores industriales suministrados por debajo de 4 bar y acogidos a tarifa 2 Se trataba de consumidores industriales conectados a una presión inferior a 4 bar,

con un consumo superior a 0,2 GWh en el año y que con anterioridad al día 19

de febrero de 2002, se les venía aplicando la tarifa industrial firme.

Estos consumidores podían solicitar a su distribuidor la conexión a presiones

superiores a 4 bar. Si el distribuidor no puede atender a esta solicitud por no

disponer de redes a dicha presión en su zona, el consumidor puede solicitar la

aplicación de la tarifa para consumidores conectados a gasoductos a presión

entre 4 y 60 bar (tarifa 2) correspondientes a su consumo. De ser así, cuando el

distribuidor disponía de redes a presión superior a 4 bar en su zona, el

consumidor tenía la obligación de realizar la acometida correspondiente y

conectarse.

24

3.1.3. Grupos de consumidores con suministros a una presión inferior o igual a 4 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Domésticos y Comerciales (Sector Servicios), se distinguen los siguientes:

3.1.3.1. Consumidor acogido a tarifa 3.1 Se trata de consumidores conectados a una presión inferior a 4 bar, en su

mayoría pequeños consumidores domésticos, con consumo anual inferior a 5.000

kWh/año (instalaciones sin calefacción a gas natural, o con poco uso de la

calefacción de la vivienda). A comienzos del año 2009, únicamente permanecían

en mercado regulado, en la tarifa que nos ocupa, 72.325 consumidores

(Mallorca). A 31 de diciembre del citado año, se encontraban tan solo 321

consumidores.

En términos unitarios, la media de consumidores suministrados a tarifa en el año

2009, pagaron durante dicho año 2009 un precio medio de 6,93 c€/kWh, un

36,35% superior al precio medio del mercado a tarifa (5,08 c€/kWh), y una factura

media anual de 117 €.

3.1.3.2. Consumidor acogido a tarifa 3.2

A esta tarifa pertenecen la mayoría de los consumidores domésticos, conectados

a una presión inferior a 4 bar y con un consumo entre 5.000 y 50.000 kWh en el

año. A comienzos del año 2009, 19.014 consumidores estaban acogidos a esta

tarifa (Mallorca). A 31 de diciembre de 2009, 49 consumidores permanecían en la

antedicha tarifa.

25

En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 5,51

c€/kWh, un 8,49% superior al precio medio del grupo 3 (5,08 c€/kWh), y una

factura media anual de 396 €.

3.1.3.3. Consumidor acogido a tarifa 3.3

Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un

consumo entre 50.000 y 100.000 kWh en el año. A comienzos del año 2009, 307

consumidores se acogían a esta tarifa (Mallorca). A finales del citado año,

únicamente 8 consumidores permanecían en esta tarifa.

En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 4,53

c€/kWh, un 10,81% inferior al precio medio del grupo, y una factura media anual

de 2.135 €.

3.1.3.4. Consumidor acogido a tarifa 3.4

Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un

consumo superior 100.000 kWh en el año. A comienzos del año 2009, 390

consumidores se acogían a esta tarifa (Mallorca), frente a los 53 que todavía

permanecían a finales del citado año.

En términos unitarios, se trató de un consumidor que en el 2009 pagó un precio

medio de 3,65 c€/kWh, un 28,15% inferior al precio medio del mercado a tarifa en

el grupo 3 (5,08 c€/kWh) y una factura media anual de 7.047 €.

26

3.1.6. Estadística del mercado a tarifa integral

A continuación, se presentan algunos gráficos comparativos para las distintas

tarifas integrales comentadas.

En el gráfico 5 se presenta la distribución de consumidores por tarifas para el periodo de referencia. Grupo 3 Número medio de suministros: 92.036

Tarifa 3.1. 78,5834%

Tarifa 3.2.20,6593%

Tarifa 3.3.0,3336%

Tarifa 3.4.0,4237%

Gráfico 5. Distribución del número de suministros de gas natural por grupos tarifarios en el

año 2009

Fuente: CNE El 100% de los suministros peninsulares a tarifa integral correspondieron al grupo

tarifario 3.

En el gráfico 6 se presenta el precio medio obtenido por los consumidores a tarifa

(grupo 3) en el 2009. De igual forma, se compara dicho precio con el precio

medio del total del mercado regulado.

27

301 302 303 304

Precio unitario (c€/kWh) 6,93 5,51 4,53 3,65Precio peaje medio (c€/kWh) 5,08 5,08 5,08 5,08

0,00

1,00

2,00

3,00

4,00

5,00

6,00

7,00

8,00

Gráfico 6. Comparación del precio medio del kWh del gas natural suministrado en cada tarifa

integral. Fuente: CNE

El Cuadro I presenta información general del colectivo de consumidores con suministro a tarifa integral, en el que se especifica para cada grupo: el número de contratos de suministro, el consumo de energía en el periodo de referencia, el consumo unitario, la facturación global y unitaria, así como el precio unitario pagado por cada grupo tarifario y su comparación en términos relativos con el precio medio para la totalidad del mercado regulado. De esta forma, los valores representativos del suministro regulado (a tarifa integral, grupo 3) para todo el mercado peninsular son:

- Nº de suministros (comienzos 2009): 92.036 - Consumo total: 466 GWh - Consumo unitario: 5.062 kWh/año - Facturación total: 23.673 miles de € - Precio unitario: 5,08 c€/kWh

En el Cuadro II se presenta una comparación entre los años 2008 y 2009.

28

Clientes Facturación Factur./ cliente Consumo Consumo /

clientePrecio unitario

Desviación T.

Nº miles de € € /cliente GWh MWh/cliente c€/kWh Media %Total Grupo 3 92.036 23.673 257 466 5,06 5,08 0,00301 72.325 8.443 117 122 1,69 6,93 36,35302 19.014 7.527 396 137 7,18 5,51 8,49303 307 655 2.135 14 47,12 4,53 -10,81304 390 7.047 18.070 193 495 3,65 -28,15TOTAL 92.036 23.673 20.718 466 5,06 5,08 0,00

Grupos de tarifa

Cuadro I. Suministro de gas natural en el mercado a tarifa. Energía, facturación y valor unitario de la tarifa integral en 2009. Datos del Sistema de Liquidaciones SIFCO. No se contabiliza el GNL destinado a plantas satélites.

2008 2009 D % 2008 2009 D % 2008 2009 D% 2008 2009 D% 2008 2009 D% 2008 2009 D%Grupo 3 3.839.558 92.036 -4071,8 17.991 466 -3761,4 0,00469 0,00506 7,440456 866.439 23.673 -3560,08 226 20.718 99 4,82 5,08 5,14

Tarifa 3.1. Demanda < 5.000 kWh 2.057.411 72.325 -2744,67 2.714 122 -2127,1 0,00132 0,00169 21,70977 176.514 8.443 -1990,65 86 117 27 6,5 6,93 6,17Tarifa 3.2. 5.000<D< 50.000 kWh 1.752.254 19.014 -9115,6 9.688 137 -6995,31 0,00553 0,00718 23,00765 494.446 7.527 -6469,11 282 396 29 5,1 5,51 7,48Tarifa 3.3. 50.000<D< 100.000 kWh 10.718 307 -3391,21 425 14 -2835,62 0,03962 0,04712 15,91381 18.208 655 -2677,76 1.699 2.135 20 4,29 4,53 5,33Tarifa 3.4. D>100.000 kWh 19.175 390 -4816,67 5.164 193 -2575,13 0,26931 0,49496 45,59063 177.270 7.047 -2415,44 9.245 18.070 49 3,43 3,65 6,05

TOTAL MERCADO 3.839.558 92.036 -4071,8 17.991 466 -3761,4 0,0046856 0,00506 7,440456 866.439 23.673 -3560,08 226 20.718 4,82 5,08

Precio unitario (c€/kWh)Tipo de suministro Número de suministros Consumo (GWh) Consumo unitario (GWh) Facturación (Miles €) Facturación unitaria (€)

Cuadro II. Suministro de gas natural en el Mercado Regulado. Energía, facturación y valor unitario de la tarifa integral en 2008 y 2009

30

3.2. El mercado liberalizado Los consumidores suministrados en mercado liberalizado, a diferencia de los

consumidores suministrados en el mercado regulado o a tarifa integral que tienen

suscrito un contrato de suministro con una empresa distribuidora, son aquellos

que se suministran directamente del productor, solicitando acceso a las

instalaciones de transporte y distribución para la conducción del gas hasta su

punto de consumo, o bien tienen suscrito un contrato de suministro con una

empresa comercializadora o con una empresa comercializadora de último

recurso, siendo estas dos últimas las opciones elegidas por la mayor parte de los

consumidores de gas natural. En el mercado liberalizado ha sido de especial

relevancia la transferencia de clientes motivada por la desaparición del suministro

a tarifa y el comienzo del suministro de último recurso. La Orden ITC/2309/2007

establecía que, desde el 1 de julio de 2008, los consumidores que estaban siendo

suministrados por una empresa distribuidora, a tarifa, sin que hubieran elegido

una empresa comercializadora, pasaban a ser suministrados por el

comercializador de último recurso del mismo grupo empresarial que la empresa

distribuidora que les estaba suministrando hasta el 1 de julio de 2008.

El precio del gas suministrado por un comercializador en el mercado libre incluye

un término de conducción o peaje de transporte y distribución regulado por niveles

de presión, y de forma congruente con la estructura de tarifas integrales, y un

término de energía, siendo éste último una componente libre del precio del gas

suministrado. En el anexo I se adjunta la estructura de peajes de acceso.

El precio total de venta del gas natural suministrado por un comercializador en

este mercado es libre. El consumidor puede comparar los precios ofrecidos por

distintos comercializadores y elegir la compañía comercializadora que mejor

satisfaga sus necesidades. Por su parte, aquellos consumidores que eligen ser

suministrados por un comercializador de último recurso, pagan por su suministro

un precio que establece el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y, que se

31

conoce, tal y como se ha puesto de manifiesto en el presente informe, como

Tarifa de Último Recurso (TUR).

Los costes repercutidos en el precio final de venta de gas de un comercializador a

un consumidor son:

- Coste de aprovisionamiento.

- Cánones y peajes de almacenamiento, regasificación, transporte y

distribución.

- Coste de la actividad de comercialización.

- Margen o beneficio comercial del comercializador.

La calidad del suministro de gas es la misma para los todos los clientes,

independientemente de que su suministro se realice a través de un

comercializador de último recurso o de un comercializador.

Por lo que respecta a las cuantías de los peajes así como a la tarifa de último

recurso, es preciso remitirse a la Orden ITC/3802/2008, de 26 de diciembre, por la

que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las

instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos

relativos a las actividades del sector gasista. La misma tiene por objeto determinar

los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas

a partir del día 1 de enero del 2009, la tarifa de último recurso y determinados

aspectos relativos a las actividades reguladas del sector del gas natural. Los

importes antes de impuestos de los términos de conducción del peaje de

transporte y distribución firme para consumidores no alimentados mediante planta

satélite, en función de la presión de diseño donde están conectadas las

instalaciones del consumidor final regulados en el artículo 31 apartado B)2. del

Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, son los que figuran a continuación.

32

Término fijoTfij

cent/kWh/día/mes

Término variableTvij

cent/kWhPeaje 1 (P>60 bar)1.1 2,5287 0,06191.2 2,2591 0,04991.3 2,0968 0,045Peaje 2 (4 bar<P≤60 bar)2.1 18,5154 0,14152.2 5,0254 0,11292.3 3,2904 0,09142.4 3,0153 0,0822.5 2,772 0,07192.6 2,5498 0,0624Peaje 3 (P≤4bar)

€/mes3.1 2,12 2,48163.2 4,75 1,85853.3 39,69 1,14453.4 59,25 0,9174

cent/kWh/día/mes3.5 4,3357 0,1123

Tabla nº 3. Términos conducción peaje transporte y distribución firme. Año 2009 Fuente: Orden ITC/3802/2008, de 26 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones

asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos relativos a las actividades reguladas del sector gasista.

Por su parte, la Orden ITC/1724/2009, de 26 de junio, por la que se revisan los

peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas a

partir del día 1 de julio de 2009 es a la que hay que remitirse por lo que respecta

a los peajes vigentes durante el segundo semestre del año 2009.

33

Término fijoTfij

cent/kWh/día/mes

Término variableTvij

cent/kWhPeaje 1 (P>60 bar)1.1 2,7816 0,06811.2 2,485 0,05491.3 2,3065 0,0495Peaje 2 (4 bar<P≤60 bar)2.1 20,3669 0,15572.2 5,5279 0,12422.3 3,6194 0,10052.4 3,3168 0,09022.5 3,0492 0,07912.6 2,8048 0,0686Peaje 3 (P≤4bar)

€/mes3.1 2,08 2,43443.2 4,78 1,87023.3 43,66 1,2593.4 65,18 1,0091

cent/kWh/día/mes3.5 4,7693 0,1235

Tabla nº 4. Términos conducción peaje transporte y distribución firme. Segundo semestre año 2009

Fuente: Orden ITC/1724/2009, de 26 de junio, por la que se revisan los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas a partir del día 1 de julio de 2009.

El hoy vigente, Real Decreto 104/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la

puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector del gas natural,

establece en su artículo primero que “A todos los efectos, los consumidores

acogidos a tarifa de último recurso serán considerados como consumidores en el

mercado liberalizado.” Ello significa que aquellos consumidores suministrados por

comercializadores de último recurso a tarifas T.1 y T.2 son considerados a todos

los efectos consumidores en el mercado liberalizado. Las diferencias estriban –

como ya se ha manifestado-, por una parte, en que estos consumidores reciben

su suministro de los comercializadores de último recurso y, por otra parte, en que

el precio que pagan por su suministro lo establece el Ministerio de Industria,

Turismo y Comercio y, por lo tanto se trata de un precio determinado

normativamente y, no negociable por las partes.

34

A continuación se presenta la distribución de consumidores y energía en los

distintos peajes de acceso, si bien se resalta que estos peajes de acceso son

satisfechos por las empresas comercializadoras, por el total de sus clientes, y no

directamente por los consumidores.

3.2.1. Grupos de consumidores con peajes de acceso a red a una presión superior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Industriales, se distinguen los

siguientes: 3.2.1.1. Consumidor con peaje de acceso 1.1.

Se trata de un gran consumidor conectado a presión superior a 60 bar y con

caudales de consumo no superiores a 200 GWh en el año. En el año 2009 una

media de 18 consumidores se acogieron a este peaje de acceso.

Estos consumidores pagaron un peaje medio de 0,1726 c€/kWh, un 65,12%

inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 5.746.686 kWh/día, con un factor de carga del 44% y una

facturación media anual de 130.030 €.

En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el

0,23% del gas consumido en mercado y un 0,12% de la facturación total en dicho

mercado.

35

3.2.1.2. Consumidor con peaje de acceso 1.2. Se trata de un gran consumidor conectado a presión superior a 60 bar y con

caudales de consumo entre 200 GWh y 1000 GWh en el año. En el año 2009 una

media de 32 consumidores, se acogieron a este peaje de acceso.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,1986 c€/kWh, un 59,85%

inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 86.225.748 kWh/día, con un factor de carga del 51% y una

facturación media anual de 991.922 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 4,07% del gas consumido en mercado libre y un 1,63% de la facturación

total en dicho mercado.

3.2.1.3. Consumidor con peaje de acceso 1.3. Se trata de un consumidor conectado a una presión superior a 60 bar y con un

caudal de consumo superior 1.000 GWh en el año. En el año 2009 una media de

32 consumidores, se acogieron a esta tarifa.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,1695 c€/kWh, un 65,75%

inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

36

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 761.543.223 kWh/día, con un factor de carga del 57% y una

facturación media anual de 8.317.202 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 40,01% del gas consumido en mercado libre y el 13,70% de la facturación

total en dicho mercado.

3.2.2. Grupos de consumidores con suministros peaje de acceso a una presión superior a 4 bar e inferior a 60 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Industriales, se distinguen los

siguientes:

3.2.2.1 Consumidor con peaje de acceso 2.1.

Se trata de un consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

caudal de consumo no superior a 0,5 GWh en el año. En el año 2009 hubo una

media de 642 puntos de suministros acogidos a dicho peaje.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 2,5303 c€/kWh, un 411,4%

superior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 12.818.556 kWh/día, con un factor de carga del 3% y una

facturación media anual de 4.710,28 €.

En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el

0,03% del gas consumido en mercado libre y el 0,16% de la facturación total en

dicho mercado.

37

3.2.2.2 Consumidor con peaje de acceso 2.2 Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

caudal de consumo entre 0,5 y 5 GWh en el año. Durante el año 2009 una media

de 1.319 consumidores, se acogieron a esta tarifa.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,5181 c€/kWh, un 4,73%

superior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 15.697.632 kWh/día, con un factor de carga del 41% y una

facturación media anual de 9.296 €.

En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el 0,6%

del gas consumido en mercado y el 0,63% de la facturación total en dicho

mercado.

3.2.2.3. Consumidor con peaje de acceso 2.3

Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

caudal de consumo superior a 5 y 30 GWh en el año. En el 2009 una media de

1.034 consumidores se acogieron a esta tarifa.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,3677 c€/kWh, un 25,68%

inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 80.666.798 kWh/día, con un factor de carga del 40% y una

facturación media anual de 41.649 €.

38

En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el

2,22% del gas consumido en mercado y el 0,3677% de la facturación total en

dicho mercado.

3.2.2.4 Consumidor con peaje de acceso 2.4 Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

caudal de consumo entre 30 y 100 GWh en el año. En el año 2009 una media de

463 consumidores, se acogieron a este peaje de acceso.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,2832 c€/kWh, un 42,76%

inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 113.965.753 kWh/día, con un factor de carga del 50% y una

facturación media anual de 127.838 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 5,32% del gas consumido en mercado y un 3,05% de la facturación total

en dicho mercado.

3.2.2.5 Consumidor con peaje de acceso 2.5

Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

caudal de consumo entre 100 y 500 GWh en el año. En el año 2009 se acogieron

a este peaje de acceso una media de 288 consumidores.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,2135 c€/kWh, un 56,85%

inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

39

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 214.870.701 kWh/día, con un factor de carga del 66% y una

facturación media anual de 383.282 €.

En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2008 el

13,17% del gas consumido en mercado libre y el 5,68% de la facturación total en

dicho mercado.

3.2.2.6. Consumidor con peaje de acceso 2.6

Se trata de un gran consumidor conectado a una presión entre 4 y 60 bar, con un

caudal de consumo superior a 500 GWh en el año. Durante el año 2008 una

media de 32 consumidores, se acogieron a este peaje.

Estos consumidores pagaron un precio medio de 0,1826 c€/kWh, un 63,09%

inferior al precio medio de los peajes de acceso a terceros (0,4948 c€/kWh).

En términos unitarios medios, se trató de un consumidor de capacidad media

contratada de 167.453.532 kWh/día, con un factor de carga del 72% y una

facturación media anual de 2.506.464 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 11,19% del gas consumido en mercado y el 4,13% de la facturación total

en dicho mercado.

40

3.2.2.7. Consumidores industriales suministrados por debajo de 4 bar y acogidos a peaje de acceso 2 Se trata de consumidores industriales conectados a una presión inferior a 4 bar,

con un caudal de consumo superior a 0,2 GWh en el año y que con anterioridad

al día 19 de febrero de 2002, se les venía aplicando la tarifa industrial firme.

En la Tabla 4 se muestra, en términos unitarios, el precio medio resultante de los

peajes para estos consumidores en el 2009, la capacidad contratada y su factor

de carga, la facturación anual, así como los porcentajes sobre el total del gas

consumido en el mercado libre y sobre el total de la facturación.

Consumidor industrial (P<4 bar) acogido a tarifa

Número medio de

consumidores

Precio medio (c€/kWh)

Capacidad contratada (kWh/día)

Factor de carga (%)

% sobre el total del gas

consumido

Facturación media anual

(€/año)

% sobre el total de la

facturación

2.1 142 2,3389 335.324 29 0,01% 5.803,08 0,04%2.2 506 0,7191 5.322.672 46 0,23% 12.734,96 0,33%2.3 174 0,6193 10.196.361 42 0,40% 55.598,17 0,50%2.4 20 0,4154 4.631.217 50 0,22% 175.732,97 0,18%2.5 2 0,3500 1.125.177 74 0,08% 534.834,72 0,06%2.6 En el 2009 no hubo consumidores acogidos a esta tarifa de acceso

Tabla 4. Características de consumo en el 2009 de los consumidores industriales conectados a una presión inferior a 4 bar, con un caudal de consumo superior a 0,2 GWh en el año y que con

anterioridad al día 19 de febrero de 2002, se les venía aplicando la tarifa industrial firme. 3.2.3. Grupos de consumidores acogidos a peaje de acceso a una presión inferior a 4 bar Constituidos en su mayoría por Consumidores Domésticos y Comerciales (Sector Servicios), a finales del 2009 ya eran más de 7.063.756 clientes. Es

preciso señalar que se encuentran aquí incluidos los consumidores suministrados

por comercializadoras de último recurso a tarifa de último recurso.

3.2.3.1. Consumidor acogido a peaje 3.1 Se trata de consumidores conectados a una presión inferior a 4 bar, en su

mayoría pequeños consumidores domésticos, con consumo anual inferior a 5.000

41

kWh/año. Durante el año 2009, unos 3.558.075 consumidores se acogieron a este

peaje de acceso.

En términos unitarios, estos consumidores pagaron en el 2009 un precio medio de

3,4697 c€/kWh, un 601,27% superior al precio del peaje medio (0,4948 c€/kWh), y

una factura media anual de 83,41 €.

En términos globales, este grupo de pequeños consumidores representó en el

2009 el 2,18% del gas consumido en mercado libre y el 15,28% de la facturación

total en dicho mercado.

3.2.3.2. Consumidor acogido a peaje 3.2

A esta tarifa pertenecen la mayoría de los consumidores domésticos, conectados

a una presión inferior a 4 bar y con un consumo entre 5.000 y 50.000 kWh en el

año. Durante el año 2009, unos 3.441.810 consumidores se acogieron a este

peaje de acceso.

En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 2,4823

c€/kWh, un 401,70% superior al precio del peaje medio (0,4948 c€/kWh), y una

factura media anual de 224 €.

En términos globales, este grupo de consumidores representó en el 2009 el

7,91% del gas consumido en mercado libre y casi el 39,70% de la facturación total

en dicho mercado.

3.2.3.3. Consumidor acogido a peaje 3.3

Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un

consumo entre 50.000 y 100.000 kWh en el año. Durante el año 2009, unos

22.170 consumidores se acogió a este peaje de acceso.

42

En términos unitarios, estos consumidores pagaron un precio medio de 1,9991

c€/kWh, un 304,05% superior al precio medio del mercado a tarifa (0,4948

c€/kWh), y una factura media anual de 1.203,94 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 0,34% del gas consumido a tarifa y el 1,37% de la facturación total en

dicho mercado.

3.2.3.4. Consumidor acogido a peaje 3.4

Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un

consumo superior 100.000 kWh en el año. Durante el año 2009, unos 41.504

consumidores se acogieron a esta tarifa.

En términos unitarios, se trató de un consumidor que en el 2009 pagó un precio

medio de 1,1249 c€/kWh, un 127,37% superior al precio medio del mercado a

tarifa (0,4948 c€/kWh) y una factura media anual de 4.637,7 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 4,36% del gas consumido en el mercado y un 9,91% de la facturación

total en dicho mercado. 3.2.3.5. Consumidor acogido a peaje 3.5

Se trata de un consumidor conectado a una presión inferior a 4 bar y con un

consumo superior 1.000.000 kWh en el año. Durante el año 2009, unos 197

consumidores se acogieron a esta tarifa.

43

En términos unitarios, se trató de un consumidor que en el 2009 pagó un precio

medio de 0,4318 c€/kWh, un 12,72% superior al precio medio del mercado a tarifa

(0,4948 c€/kWh) y una factura media anual de 63.985 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 0,74% del gas consumido en el mercado libre y un 0,65% de la

facturación total en dicho mercado. 3.2.4. Consumidores que utilizan el gas natural como materia prima

Durante el año 2009, fueron atendidos dos suministros en este peaje.

En términos unitarios, estos consumidores pagaron, por su peaje, un precio medio

de 0,0140 c€/kWh, un 97,16% inferior al precio medio del peaje de (0,4948

c€/kWh), y una factura media anual de 344.523 €.

En términos globales, este grupo reducido de consumidores representó en el

2009 el 1,25% del gas consumido en el mercado y el 0,04% de la facturación total

en dicho mercado.

44

3.2.5. Estadísticas del mercado

En los gráficos siguientes se presenta la distribución de consumidores por peajes

para el periodo de referencia.

Grupo 1 Número medio de suministros: 82

21,95%

39,02%

39,02%

Peaje 1.1.  Peaje 1.2.  Peaje 1.3.

Gráfico 7. Distribución de consumidores en mercado por niveles de peaje.

Grupo 2 Número medio de suministros: 3.778

16,99%

34,91%27,37%

12,26%7,62%

0,85%

Peaje 2.1.  Peaje 2.2.  Peaje 2.3.  Peaje 2.4. Peaje 2.5. Peaje 2.6. 

Gráfico 8. Distribución de consumidores en mercado por niveles de peajes.

45

Grupo 3 Número medio de suministros: 7.063.756

50,37%48,72%

0,31% 0,59% 0,0028%

Peaje 3.1. Peaje 3.2. Peaje 3.3. Peaje 3.4. Peaje 3.5.

Gráfico 9. Distribución de consumidores en mercado por niveles de peajes. En el gráfico 10 se presenta el precio medio obtenido de peaje por los

consumidores en el 2009. De igual forma, se compara dicho precio con el precio

medio del total del mercado.

46

1.1 1.2 1.3 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 2.6 2.1Bis

2.2Bis

2.3Bis

2.4Bis

2.5Bis 3.1 3.2 3.3 3.4 3.5 4.1

B4.3A

4.3B

4.6B

4.7B

Tarifa m.p

Precio unitario (c€/kWh) 0,25 0,19 0,16 2,53 0,51 0,36 0,28 0,21 0,18 2,33 0,71 0,61 0,41 0,35 3,46 2,48 1,99 1,12 0,43 0,35 0,07 0,05 0,07 0,07 0,01Precio peaje medio (c€/kWh) 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49 0,49

0,0000

0,5000

1,0000

1,5000

2,0000

2,5000

3,0000

3,5000

4,0000

Gráfico 10. Comparación del precio medio del peaje satisfecho para cada tarifa

En el Cuadro III se muestra la información desglosada para cada grupo de

consumo, relativa al suministro en el ámbito del sistema de ATR (peajes de

acceso).

Una representación del suministro en el mercado, podría basarse en los

siguientes datos:

- Nº de suministros: 7.068.473

- Consumo de energía: 392.547 GWh

- Consumo unitario: 0,056 GWh

- Facturación por peajes: 1.942 Millones de €

- Facturación unitaria por peajes: 275 €

47

- Precio unitario por peajes: 0,4948 c€/kWh

Como puede apreciarse, se ha dado una muy significativa incorporación de

clientes a este mercado, en particular por lo que afecta a los consumidores del

Grupo 3. El motivo es que, como se ha puesto ya de manifiesto a lo largo del

presente informe, todos los consumidores son considerados consumidores en el

mercado liberalizado, independientemente de si son suministrados a tarifa de

último recurso o a precio negociado con una comercializadora. Por lo que

respecta al consumo firme, ha tenido lugar un descenso para todos los grupos

excepto por lo que respecta al grupo 3 en el periodo objeto de análisis (año 2009).

48

Tipo de suministro Nº Suministros Consumo energía en el periodo GWh % Consumo

unitario GWhFacturación en el periodo. Miles € % Facturación

unitaria €Valor unitario tarifa

acceso c€/kWhDesviación valor medio

tarifa acceso en %Grupo 1 82 173.959 44,32% 2121,452 300.233 15,46% 3.661.372,24 0,1726 65,12

Tarifa 1.1. Demanda<200 GWh 18 918 0,23% 51,013 2.341 0,12% 130.030,08 0,2549 48,48Tarifa 1.2. 200<D<1.000 GWh 32 15.980 4,07% 499,375 31.742 1,63% 991.922,50 0,1986 59,85Tarifa 1.3. Demanda>1.000 GWh 32 157.061 40,01% 4908,152 266.150 13,70% 8.317.201,95 0,1695 65,75

Grupo 2 3.778 130.726 33,30% 34,602 308.131 15,87% 81.559,28 0,2357 52,36Tarifa 2.1. Demanda<0,5 GWh 642 120 0,03% 0,186 3.024 0,16% 4.710,28 2,5303 -411,40Tarifa 2.2. 0,5<D<5 GWh 1.319 2.366 0,60% 1,794 12.261 0,63% 9.295,63 0,5181 -4,73Tarifa 2.3. 5<D<30 GWh 1.034 11.712 2,98% 11,327 43.065 2,22% 41.648,87 0,3677 25,68Tarifa 2.4. 30< D< 100 GWh 463 20.899 5,32% 45,137 59.189 3,05% 127.838,11 0,2832 42,76Tarifa 2.5. 100< D<500 GWh 288 51.703 13,17% 179,526 110.385 5,68% 383.281,93 0,2135 56,85Tarifa 2.6. Demanda> 500 GWh 32 43.926 11,19% 1372,678 80.207 4,13% 2.506.464,39 0,1826 63,09

Grupo 2 bis 844 3.645 0,93% 4,319 21.526 1,11% 25.505,14 0,5905 -19,36Tarifa 2.1. Bis Damanda< 0.5 GWh 142 35 0,01% 0,248 824 0,04% 5.803,08 2,3389 -372,73Tarifa 2.2. Bis 0,5<D<5 GWh 506 896 0,23% 1,771 6.444 0,33% 12.734,96 0,7191 -45,33Tarifa 2.3. 5<D<30 GWh 174 1.562 0,40% 8,978 9.674 0,50% 55.598,17 0,6193 -25,16Tarifa 2.4. 30< D< 100 GWh 20 846 0,22% 42,303 3.515 0,18% 175.732,97 0,4154 16,04Tarifa 2.5. 100< D<500 GWh 2 306 0,08% 152,788 1.070 0,06% 534.834,72 0,3500 29,25

Grupo 3 7.063.756 60.976 15,53% 0,009 1.299.501 66,91% 183,97 2,1312 -330,74Tarifa 3.1. Demanda<5.000 kWh 3.558.075 8.553 2,18% 0,002 296.765 15,28% 83,41 3,4697 -601,27Tarifa 3.2. 5.000<D<50.000 kWh 3.441.810 31.059 7,91% 0,009 770.956 39,70% 224,00 2,4823 -401,70Tarifa 3.3. 50.000<D<100.000 kWh 22.170 1.335 0,34% 0,060 26.691 1,37% 1.203,94 1,9991 -304,05Tarifa 3.4. Demanda>100.000 kWh 41.504 17.111 4,36% 0,412 192.483 9,91% 4.637,70 1,1249 -127,37Tarifa 3.5. Demanda>1.000000 kWh 197 2.919 0,74% 14,817 12.605 0,65% 63.984,55 0,4318 12,72

Grupo 4 (Interrumpible) 11 18.335 4,67% 1666,818 12.117 0,62% 1.101.576,09 0,0661 86,64Tarifa 4.1.B. Demanda ≤ 200 GWh 1 3 0,00% 2,660 9 0,00% 9.431,64 0,3545 28,34Tarifa 4.3.A. Demanda > 1.000 GWh 2 4.670 1,19% 2334,975 3.595 0,19% 1.797.664,68 0,0770 84,44Tarifa 4.3.B. Demanda > 1.000 GWh 4 9.546 2,43% 2386,588 5.516 0,28% 1.378.902,68 0,0578 88,32Tarifa 4.6.B. 100<D<500 GWh 2 804 0,20% 401,824 630 0,03% 315.016,48 0,0784 84,15Tarifa 4.7.B. Demanda>500 GWh 2 3.312 0,84% 1656,192 2.367 0,12% 1.183.466,17 0,0715 85,56

Tarifa m.p. 2 4.906 1,25% 2452,954 689 0,04% 344.522,86 0,0140 97,16Suministros 7.068.473 392.547 100,00% 0,056 1.942.197 100,00% 274,77 0,4948 0,00

Cuadro III. Suministro de gas natural en el Mercado Liberalizado. Energía, facturación y valor unitario del peaje de acceso relativo al 2009. Datos del Sistema de Liquidaciones SIFCO. No se contabiliza el GNL destinado a plantas satélite.

49

Finalmente, en el Cuadro IV se presenta una comparación entre los años 2009 y

2008, para los parámetros más indicativos del suministro de GN y facturación de

peajes.

50

Facturación

en el periodo. Miles €

% Facturación unitaria €

Valor unitario tarifa acceso

c€/kWh

Desviación valor medio tarifa acceso

en %

2008 2009 D% 2008 2009 D% 2008 2009 D% 2009 2009 2009 2009 2009

Grupo 1 79 82 3,66% 193.783 173.959 -11,40% 2.452,943 2.121,452 -0,156 300.233 15,39% 3.661.372,24 0,1726 0,65Peaje 1.1. Demanda<200 GWh 16 18 11,57% 1.532 918 -66,80% 96,226 51,013 -0,886 2.341 0,12% 130.030,08 0,2549 0,48Peaje 1.2. 200<D<1.000 GWh 30 32 6,25% 19.539 15.980 -22,27% 651,314 499,375 -0,304 31.742 1,63% 991.922,50 0,1986 0,60Peaje 1.3. Demanda>1.000 GWh 33 32 -3,13% 172.712 157.061 -9,96% 5.233,682 4.908,152 -0,066 266.150 13,65% 8.317.201,95 0,1695 0,66

Grupo 2 3.813 3.778 -0,93% 148.163 130.726 -13,34% 38,856 34,602 -0,123 308.131 15,80% 81.559,28 0,2357 0,52Peaje 2.1. Demanda<0,5 GWh 567 642 11,67% 153 120 -27,82% 0,269 0,186 -0,447 3.024 0,16% 4.710,28 2,5303 -4,14Peaje 2.2. 0,5<D<5 GWh 1.260 1.319 4,50% 2.597 2.366 -9,74% 2,062 1,794 -0,149 12.261 0,63% 9.295,63 0,5181 -0,05Peaje 2.3. 5<D<30 GWh 1.115 1.034 -7,79% 13.840 11.712 -18,17% 12,417 11,327 -0,096 43.065 2,21% 41.648,87 0,3677 0,25Peaje 2.4. 30< D< 100 GWh 554 463 -19,74% 28.823 20.899 -37,92% 51,988 45,137 -0,152 59.189 3,03% 127.838,11 0,2832 0,42Peaje 2.5. 100< D<500 GWh 286 288 0,72% 56.853 51.703 -9,96% 198,844 179,526 -0,108 110.385 5,66% 383.281,93 0,2135 0,57Peaje 2.6. Demanda> 500 GWh 32 32 1,30% 45.898 43.926 -4,49% 1.453,227 1.372,678 -0,059 80.207 4,11% 2.506.464,39 0,1826 0,63

Grupo 2 bis 989 844 -17,13% 5.298 3.645 -45,34% 5,359 4,319 -0,241 21.526 1,10% 25.505,14 0,5905 -0,20Peaje 2.1. Bis Damanda< 0.5 GWh 161 142 -13,32% 43 35 -21,52% 0,266 0,248 -0,072 824 0,04% 5.803,08 2,3389 -3,75Peaje 2.2. Bis 0,5<D<5 GWh 552 506 -8,99% 1.054 896 -17,63% 1,911 1,771 -0,079 6.444 0,33% 12.734,96 0,7191 -0,46Peaje 2.3. 5<D<30 GWh 242 174 -39,32% 2.482 1.562 -58,86% 10,237 8,978 -0,140 9.674 0,50% 55.598,17 0,6193 -0,26Peaje 2.4. 30< D< 100 GWh 32 20 -60,42% 1.511 846 -78,54% 47,082 42,303 -0,113 3.515 0,18% 175.732,97 0,4154 0,16Peaje 2.5. 100< D<500 GWh 2 2 16,67% 209 306 31,63% 125,346 152,788 0,180 1.070 0,05% 534.834,72 0,3500 0,29

Grupo 3 2.446.164 7.063.756 65,37% 43.886 60.976 28,03% 0,018 0,009 -1,078 1.299.501 66,63% 183,97 2,1312 -3,33Peaje 3.1. Demanda<5.000 kWh 977.713 3.558.075 72,52% 5.542 8.553 35,21% 0,006 0,002 -1,358 296.765 15,22% 83,41 3,4697 -6,05Peaje 3.2. 5.000<D<50.000 kWh 1.447.838 3.441.810 57,93% 22.664 31.059 27,03% 0,016 0,009 -0,735 770.956 39,53% 224,00 2,4823 -4,05Peaje 3.3. 50.000<D<100.000 kWh 7.939 22.170 64,19% 892 1.335 33,16% 0,112 0,060 -0,867 26.691 1,37% 1.203,94 1,9991 -3,06Peaje 3.4. Demanda>100.000 kWh 12.639 41.504 69,55% 12.827 17.111 25,04% 1,015 0,412 -1,462 192.483 9,87% 4.637,70 1,1249 -1,29Peaje 3.5. Demanda>1.000000 kWh 35 197 82,23% 1.961 2.919 32,83% 56,021 14,817 -2,781 12.605 0,65% 63.984,55 0,4318 0,12

Grupo 4 (Interrumpible) 15 11 -31,82% 24.305 22.210 -9,43% 1.676,201 2.019,081 0,170 20.333 1,04% 1.848.419,36 0,0915 0,81Peaje 4.1.B. Demanda ≤ 200 GWh 1 1 - 41 3 -1436,84% 40,883 2,660 - 9 0,00% 9.431,64 0,3545 0,28Peaje 4.3.A. Demanda > 1.000 GWh 2 2 0,00% 5.456 4.670 -16,83% 2727,846 2334,975 -0,168 3.595 0,18% 1.797.664,68 0,0770 0,84Peaje 4.3.B. Demanda > 1.000 GWh 4 4 0,00% 14332,77764 9.546 -50,14% 3583,194 2386,588 -0,501 5.516 0,28% 1.378.902,68 0,0578 0,88Peaje 4.6.B. 100<D<500 GWh 2 2 4,17% 600 804 25,39% 312,824 401,824 0,221 2.367 0,12% 1.183.466,17 0,2945 0,40Peaje 4.7.B. Demanda>500 GWh 1 2 50,00% 1 3.312 99,97% 1,086 1656,192 0,999 2.367 0,12% 1.183.466,17 0,0715 0,85

Tarifa m.p. 2 2 - 5.046 4.906 -2,86% 2523,043 2452,954 - 689 0,04% 344.522,86 0,0140 0,97Suministros al mercado 2.451.061 7.068.473 65,32% 420.480 396.422 -6,07% 0,172 0,056 -2,059 1.950.412 100,00% 275,93 0,4920 0,00

Tipo de suministroNº Suministros Consumo energía en el periodo GWh Consumo unitario GWh

Cuadro IV. Suministro de gas natural en el mercado. Energía, facturación y valor unitario del peaje de acceso. Comparación 2009-2008

51

ANEXO 1. Estructura de la Tarifa de Último Recurso y del peaje. Año 2009.

Tarifas de Último Recurso Aplicables a los consumidores de gas natural de carácter firme, conectados a un gasoducto cuya presión de diseño es inferior o igual a 4 bar.

Tarifa Consumo T.1 Q ≤ 5.000 T.2 5.000 < Q ≤ 50.000 T.3 50.000 < Q ≤ 100.000 T.4 100.000 < Q

Las tarifas de último recurso T.3 y T.4 desaparecieron el 30 de junio de 2009. La Disposición transitoria única modifica el calendario de aplicación del suministro de último recurso y, establece que “Desde el 1 de julio, en caso de que un consumidor con consumo anual superior a 50.000 kWh/año e inferior a 3 GWh/año no haya negociado con un comercializador un precio de suministro, se le aplicarán los precios indicados en la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural.

Peajes

Grupo 1 Aplicable a los consumidores conectados a un gasoducto cuya presión máxima de diseño es superior a 60 bar.

Peaje de transporte y distribución firme (Término de conducción)

Consumo

1.1 Q ≤ 200.000.000 1.2 200.000.000 < Q ≤ 1.000.000.000 1.3 1.000.000.000 < Q

Grupo 2 Aplicable a consumidores conectados a un gasoducto cuya presión de diseño es superior a 4 bar e inferior a 60 bar.

Peaje de transporte y distribución ( término de conducción)

Consumo

2.1 Q ≤ 500.000 2.2 500.000 < Q ≤ 5.000.000 2.3 5.000.000 < Q ≤ 30.000.000 2.4 30.000.000 < Q ≤ 100.000.000 2.5 100.000.000 < Q ≤ 500.000.000 2.6 500.000.000 < Q

52

Grupo 3 Consumidores conectados a un gasoducto cuya presión de diseño es inferior o igual a 4 bar.

Peaje de transporte y distribución ( término de conducción)

Consumo

3.1 Q ≤ 5.000 3.2 5.000 < Q ≤ 50.000 3.3 50.000 < Q ≤ 100.000 3.4 100.000 < Q 3.5 Q>8 GWh/año

El peaje 3.5 se aplicará exclusivamente a los consumos superiores a 8 GWh/año Grupo 2 Bis Aplicables a consumidores industriales que con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden ECO 302/2002, de 15 de febrero, estuviesen conectados a gasoductos a presión inferior o igual a 4 bar, con un consumo anual igual o superior a 200.000 kWh/año. Dichos peajes convergerán de forma lineal con los correspondientes del Grupo 3 en el periodo que finaliza el 1 de enero de 2015. A partir de esta fecha, a estos consumidores se les aplicará el peaje correspondiente a su presión de suministro.

Peaje de transporte y distribución ( término de conducción)

Consumo

2.1 bis Q ≤ 500.000 2.2 bis 500.000 < Q ≤ 5.000.000 2.3 bis 5.000.000 < Q ≤ 30.000.000 2.4 bis 30.000.000 < Q ≤ 100.000.000 2.5 bis 100.000.000 < Q ≤ 500.000.000 2.6 bis 500.000.000 < Q