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PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 1
INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA VIGENCIA 2010
OCTUBRE DE 2011
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INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
Contralor Departamental: Freddy Camacho Díaz Contralor Auxiliar: Myriam Cecilia Acero Velandia Directora Técnica de Control Fiscal y Medio Ambiente: Fraxi Nelly Gerena López Equipo Auditor: Nancy Puentes Cruz (Líder) Olga Lucia Lobo Arteaga (Auditora) María del Pilar Montalvo O (Auditora) Luis Alfonso Cortes H (Auditor) Linda Bird Monroy Carrillo (Auditora)
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TABLA DE CONTENIDO
PAGINA
1 HECHOS RELEVANTES DEL PERIODO AUDITADO 5
2 CARTA DE CONCLUSIONES 6
3 RESULTADOS DE LA AUDITORIA 9
3.1. PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD 9
3.2. CONTRATACION VIGENCIA 2010 10
3.2.1. Contratos de Prestación de Servicios 12
3.2.1.1. Contrato No. 0143 y 1195 de 2010 12
3.2.1.2. Contrato No. 774 de 2010 13
3.2.2. Contratos de Obras 15
3.2.2.1. Contrato No. 1066 de 2010 15
3.2.2.2. Contrato No. 1195 17
3.2.3 Contratos de Suministro 20
3.2.3.1 Contrato No. 507 de 2010 20
3.2.3.2. Contrato No. 618 de 2010. 25
3.2.4. Contratos de Arrendamiento 26
3.2.4.1.
Contrato No 055 del 30/12/1991 (German Barberi Perdomo)
27
3.2.4.2. Beneficio de Auditoria 28
3.2.4.3. Contrato No. 1306 del 26/12/2006 (Rubén Darío Gómez Gallo)
29
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3.2.4.4. Contrato No. 0390 de marzo de 2011 (Andrés Losada Sánchez)
29
3.3. ARCHIVO 30
4 EVALUACION ESTAMPILLA PROCULTURA 32
4.1. ASPECTOS LEGALES 32
4.2. ANALISIS PRESUPUESTAL 32
4.2.1. Recaudos 32
4.2.2. Comportamiento de los pagos 33
4.2.3. Comparativo Recaudos v/s Compromisos 34
4.3. ANALISIS CONCEPTO DE INVERSION 34
4.3.1. Otros Aspectos Evaluados 36
5 EVALUACION DENUNCIAS 39
5.1. DENUNCIA No. 028 de 2011 42
5.2. DENUNCIA 053 DE 2011 42
5.3. DENUNCIA 058 DE 2011 43
5.4. DENUNCIA 117 DE 2011 44
6 EXISTENCIA Y EFECTIVIDAD DELCOMPONENTE AUTOEVALUACION DELMODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO
46
7 REVISION DE LA CUENTA VIGENCIA 2010 49
8 CUADRO DE HALLAZGOS
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ANEXOS 52
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1. HECHOS RELEVANTES DEL PERIODO AUDITADO
Durante el Desarrollo del Proceso Auditor se encontraron los siguientes hechos relevantes: La utilización de recursos con destinación específica del recaudo de la ESTAMPILLA PRODESARROLLO, para financiar contratos con objetos diferentes a la construcción de infraestructura educativa, sanitaria y deportiva de conformidad con el artículo 170 del Decreto Ley 1222 de 1986. En las carpetas de los contratos de suministro de combustible (ACPM) y gasolina, no se adjuntan los recibos o facturas individuales por cada suministro, en algunos casos carecen de la fecha, situación que impide la verificación de cada uno de los despachos y la veracidad en poder constatar la entrega a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima. Es evidente la falta de controles por parte de la Administración, en el suministro de combustible y mantenimiento a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima, situación que pone en riesgo los recursos del Departamento, al efectuarse suministro de combustible a vehículos que no hacen parte del parque automotor de la Entidad. Los contratos por concepto de arrendamiento de locales de propiedad de la Gobernación del Tolima, no se encuentran debidamente actualizados, careciendo de controles por la Dependencia responsable. El Fondo Territorial de Pensiones, adolece de instrumentos de control administrativo para el reconocimiento y pago de Transferencia de Pensiones, verbo y gracia: tarjetas de kardes, certificaciones de supervivencia, mecanismos de verificación para las certificaciones de estudios y registros civiles de nacimiento que se pueden corroborar con el aplicativo de informática Gobierno en Línea. Pese a contar la Gobernación del Tolima, con un manual de procedimientos no se están aplicando en su mayoría de conformidad con el Decreto No. 0234 de marzo 28 de 2007.
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2. CARTA DE CONCLUSIONES
Doctor OSCAR BARRETO QUIROGA Gobernador Gobernación del Tolima La Contraloría Departamental del Tolima, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 272, en concordancia con los artículos 267 y 268 Constitucionales y la Ley 42 de 1993, practico Auditoria Gubernamental Modalidad Especial a la Gobernación del Tolima vigencia 2010, a través de la evaluación de los principios constitucionales y legales, teniendo en cuenta en la etapa de ejecución el cumplimiento del objeto contractual, obligaciones de las partes, supervisión – interventoría y pagos realizados, que conlleven a los resultados y liquidación de los actos contractuales relacionados con los contratos seleccionados por concepto de prestación de servicios, obra civil, suministro y arrendamiento. La auditoría incluyo la evaluación de la estampilla pro cultura, inversión de los dineros provenientes del recaudo durante la vigencia 2001 a 2010. Es responsabilidad de la Administración el contenido de la información suministrada por la entidad. La responsabilidad de la Contraloría Departamental del Tolima consiste en producir un informe, que con base en las pruebas practicadas y las evidencias obtenidas contenga un concepto objetivo sobre el examen practicado. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con las normas de auditoria gubernamental colombianas (NAGC) compatibles con las normas internacionales de auditoria (NIA’s) y conforme a las políticas y procedimientos de auditoria gubernamental establecidos en el Manual de Fiscalización del Tolima “MAFISTOL” versión 2.0. En consecuencia, el proceso auditor se adelantó teniendo en cuenta las fases de planeación, ejecución e informe, de manera que el examen proporciona una base razonable para fundamentar nuestro concepto. La auditoría se practicó mediante el examen de una muestra aleatoria sistematizada a la clase de contratos suscritos por la Gobernación del Tolima en la vigencia 2010, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas legales y procedimientos aplicables, el logro de los objetivos propuestos y la confiabilidad del sistema de control interno.
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Los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en los archivos de la Dirección Técnica de Control Fiscal y Medio Ambiente de la Contraloría Departamental del Tolima. ALCANCE La auditoría a que se refiere el presente informe tuvo el siguiente alcance: Contratación Del total de los 1436 contratos suscritos por la Gobernación del Tolima en la vigencia 2010 por concepto de prestación de servicios, obras civiles y suministros, por valor de $306,267,465,261.91, se seleccionaron 75 contratos por valor de $14,347,306,874.00, que representa el 4.7%, en valor y el 5.3% en número de contratos. Estampilla Procultura Evaluación y seguimiento a la inversión de los dineros provenientes del recaudo por concepto de la estampilla pro cultura vigencia 2001 a 2010.
Denuncias Evaluación a las denuncias presentadas por la ciudadanía y que hacen parte de la contratación suscrita por la Gobernación del Tolima, incluidas en la muestra seleccionada. CONCEPTO SOBRE EL ANALISIS EFECTUADO La Contraloría Departamental del Tolima, como resultado de la Auditoria Gubernamental Especial adelantada, conceptúa que la gestión en relación con el proceso contractual, por concepto de prestación de servicios, obra civil, suministro y arrendamiento, cumple con los preceptos legales, documentales y de resultados de conformidad con los actos contractuales evaluados, excepto por lo siguiente: La mayor parte de la información contractual y poscontractual no reposa en las carpetas de los contratos y convenios, un común denominador es la no existencia de soportes de pagos de Tesorería, informe de actividades de los contratistas e interventores, acta de inicio, acta final y de liquidación de los contratos, informe final de supervisión e interventoría entre otros, situación que impide la consulta del material documental.
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Es notoria la desarticulación en el manejo de la información contractual entre las dependencias involucradas en el proceso. Los formatos diseñados por la oficina de la Dirección de Contratación, como registro documental, formato de la Legalización de expediente y control de entrega de documentos, y cronograma documental Contractual, carecen de sus correspondientes datos, en algunos casos se registran sin existir el soporte referenciado; siendo reiterativo en caca una de las carpetas evaluadas. En los procesos administrativos realizados para la perfección de los contratos evaluados, en las etapas contractual y postcontractual, no se evidencia el control por la oficina responsable de conformidad con el artículo 65 de la Ley 80 de 1993.
RELACION DE HALLAZGOS En el desarrollo de la presente auditoria se establecieron presuntamente (19) hallazgos administrativos, de los cuales (1) tienen alcance fiscal en cuantía de $29.104.915.76, (3) sancionatorios, (12) con incidencia disciplinaria, y (2) de connotación penal los cuales serán trasladados a las autoridades competentes, así mismo se obtuvo un beneficio de auditoria por valor de $14.873.305.00. Ibagué, FREDDY CAMACHO DIAZ Contralor Departamental del Tolima Reviso: FRAXI NELLY GERENA LOPEZ Directora Técnica de Control Fiscal y Medio Ambiente Proyecto: Nancy Puentes Cruz Líder Comisión Auditora
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3. RESULTADOS DE LA AUDITORIA
El Plan de Desarrollo 2008 – 2011, de la Gobernación del Tolima, está enmarcado dentro del lema “Soluciones para la Gente”, estructurado bajo tres EJES ESTRATEGICOS: Inclusión Social y Formación del Capital Humano, Competencia Regional, Ambiente Sostenible y Políticas Poblacionales Transversales, en el cual se establecen los principales lineamientos que ha guiado la gestión del Gobierno Departamental en estos 3 años de gobierno y que ha tenido como objetivo principal “Hacer del Tolima una región ganadora dando solución a los problemas de la gente, buscando mayor competitividad y desarrollo mediante un crecimiento sostenible de la economía, la integración y adecuación del territorio, que permite una disminución del desempleo, garantizando sus derechos constitucionales, propendiendo por la inclusión social y haciendo que los ciudadanos tolimenses recuperen la confianza en las acciones del gobierno departamental. Dentro de las fuentes de financiación para la ejecución del Plan de Desarrollo 2008 -2011, se tienen los recursos propios, con $226.470.7 millones, representados en un 12%, recursos provenientes del Sistema General de Participaciones con destinación específica, $1.230.526, lo que equivale al 64%, recursos de regalías, $334.611.4 millones, representan el 18% y otros con $115.472.8 millones, representados en el 6%.
3.1. PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD
RECURSOS PROPIOS
12%
S.G.P.64%
REGALIS18%
OTROS6%
Grafica.1. Fuentes de Financiaciòn de la Inversiòn
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Los cruces presupuestales, contables y de tesorería correspondientes a cada contrato y/o convenio, fueron analizados de manera individual, sin evidenciarse ningún tipo de irregularidad, quedando plasmado en los papeles de trabajo de la auditoria, demostrando de esta manera que la entidad está cumpliendo los principios que rigen la actividad presupuestal. 3.2. CONTRATACION VIGENCIA 2010 La Gobernación del Tolima, durante la vigencia 2010, suscribió 1436 contratos por concepto de prestación de servicios, obras civiles y suministro. Tabla 1. Relación Clase de Contratos vigencia 2010
CLASE DE CONTRATOS TOTAL CONTRATOS PORCENTAJE
SERVICIOS 1132 79
OBRAS 195 13
SUMINISTROS 109 8
TOTAL
1436
100
La grafica 2. Muestra que del total de los contratos el mayor grado porcentual se encuentra centrado en los contratos por prestación de servicios, con una representación del 79%, le siguen los contratos de obras con un 13%, y los contratos de suministro con una representación del 8%.
Servicos79%
Obras13%
Suministro8%
Grafica.2. Representaciòn Porcentual por clase de contratos
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Del total de los contratos suscritos en la vigencia 2010, por valor de ($306.145.946.088.91), se escogió una muestra representativa a través del sistema aleatorio sistematizado por valor de ($14.347.306.874.00), que equivale al 4.7% del total contratado. Tabla 2. Valor Contratación 2010 v/s Valor Muestra
TOTAL CONTRATACION SUSCRITA 2010 TOTAL MUESTRA 2010
REPRESENTACION % CLASE CTO VALOR % VALOR %
SERVICIOS 114,792,169,014.73 37.5 1,182,803,553.00 8.2 1.0
OBRAS 175,230,668,288.46 57.2 12,258,240,574.00 85.4 7.0
SUMINISTRO 16,123,108,785.72 5.3 906,262,747.00 6.3 5.6
TOTAL 306,145,946,088.91 100.0 14,347,306,874.00 100.0 4.7
Fuente: Relación contratos –Dirección Contratación Gobernación del Tolima
Para la evaluación de los contratos, se tuvo como criterio excluir los contratos de las Secretarias de Salud y Educación, dada su complejidad la cual requerirían de una auditoria especial a cada sector. La muestra se determinó en 75 contratos, de los cuales (52) son de prestación de servicios, (17) de obras, (6) de suministro.
Tabla 3. Calculo de la Muestra por Clase de Contratos
CLASE DE CONTRATOS TOTAL CONTRATOS
SERVICIOS 52
OBRAS 17
SUMINISTROS 6
TOTAL 75
Fuente: Relación contratos Gobernación
Se tomaron (3) contratos de vigencias anteriores por concepto de arrendamiento, por presentar irregularidades dadas a conocer a través del periódico “EL NUEVO DIA” de Ibagué, para un total a evaluar de 78 contratos
La Gobernación del Tolima según Decreto No. 0426 del 30 de marzo de 2009, adopto el Manual de Contratación para la Administración Central del Departamento, el cual sirve de guía para efectos del manejo contractual de la Entidad. Teniendo en cuenta lo contemplado en sus disposiciones y las normas
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legales sobre legalidad, fueron revisados los contratos seleccionados en la muestra, de los cuales se encontraron los siguientes hallazgos: 3.2.1. Contratos de Prestación de Servicios 3.2.1.1. Contrato No. 0143 y 1195 de 2010 Tabla 4. Datos Generales del Contrato
No. CTO FECHA PLAZO DIAS CONTRATISTA VALOR
0143 27/01/2010 210 ANA MILENA BONILLA ARANA 28.420.000.00
OBJETO: “Contratar la prestación de servicios profesionales de arquitecto para efectuar el seguimiento, el diseño, ejecución y supervisión de los proyectos “Construcción obras de urbanismo para el desarrollo de proyectos, de vivienda de interés prioritario y social en el Departamento del Tolima”.
1195 05/11/2010 60 GUSTAVO ALBERTO RODRIGUEZ CHAVARRO
$51.427.250.0
OBJETO: construir obras de urbanismos en la urbanización Juan Pablo II en el Municipio de Espinal del Departamento del Tolima, en desarrollo de los Proyectos de Construcción Obras de Urbanismos para Desplazados, Construcción de Vivienda para Desplazados en Municipio del Tolima,
HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.1 (D, P) Fuente de Financiación - Aplicación Oficial Diferente
La Gobernación del Tolima, afecto el rubro presupuestal 7804, para llevar a cabo las actividades descritas en los contratos 0143 y 1195 de 2010, con los recursos provenientes del recaudo de la ESTAMPILLA PRODESARROLLO, inobservando lo contemplado en el estatuto de renta del Departamento. Los pagos efectuados con relación a los contratos 0143 y 1195 e 2010, se giraron de la cuenta bancaria 1660-7046673-4 TGD y 636-04390-3 Estampilla Prodesarrollo, incluido el pago de la retención en la fuente (1%) y la contribución especial sobre contratos de obras públicas orden nacional ley 478/97 (5%), contraviniendo lo establecido en el artículo 213 de la Ordenanza No.026 de 2009, donde literalmente “su producido constituye renta del Departamento del Tolima y se destinará a la construcción de infraestructura educativa, sanitaria y deportiva de conformidad con lo establecido en el artículo 170 del Decreto 1222 de 1996”.
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3.2.1.2. Contrato No. 774 de 2010 Contrato de Prestación de Servicios No.774 del 30 de agosto de 2010, cuyo objeto es la prestación de servicios profesionales de un ingeniero industrial para efectuar el diseño, ejecución y seguimiento de los Proyectos de la Secretaría de Desarrollo Físico del Departamento del Tolima y/o los que se desarrollen dentro del proyecto “Apoyo al Sistema Vial Regional-Plan Vial Regional del Tolima. HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.2 (D, S) Incumplimiento Normatividad y Reincidencia
Es de resaltar que los siguientes hallazgos dejados a la contratista y al supervisor en el Contrato No.774 del 30 de agosto de 2010, fueron dejados en la auditoría anterior adelantada en el año 2010, donde se evaluó el período fiscal 2009, en el cual se revisó y analizó el contrato No.146 del 05 de marzo de 2009, celebrado con la misma contratista siendo el mismo supervisor, lo cual hicieron caso omiso al hallazgo imputado, e inobservando nuevamente lo establecido en la ley, lo cual son reincidentes, por tales razones se dará inicio a un Proceso Administrativo Sancionatorio. En el análisis al hallazgo, se observa en la revisión legal y documental que el contrato No.0774 de fecha 30 de agosto de 2010 no tenía actualizado el RUT (folio 73), se aclara que la fecha de expedición era del año 2008 y el contrato se celebró en la vigencia 2010, además en cuanto a la actividad secundaría distinguida con el código 3693 hace referencia a la fabricación de instrumentos deportivos, actividad que es contraria a las obligaciones del contratista descritas en la cláusula segunda del contrato en comento. En la respuesta al Informe Preliminar, la contratista anexa el RUT con fecha de expedición 01 de enero de 2011, pero se evidencia que no se actualizó la actividad secundaría que cuenta con el código 3693 (fabricación de instrumentos deportivos), corroborándose de nuevo que es contraria a las obligaciones del contratista, y se resalta que la fecha del nuevo RUT es (01 de enero de 2011), no tiene ninguna validez para la fecha en que se celebró el contrato en cuestión (30 de agosto de 2010), pues para esa época se debió haber anexado al contrato el RUT para el año fiscal 2010. En la revisión de los pagos a la seguridad social en pensión y salud, se observa que la contratista en la respuesta al Informe Preliminar, anexa los formularios de autoliquidación para cancelar los aportes en pensión y salud de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2010, pero se detecta que en ninguno de estos formularios la contratista haya cancelado, pues adolecen del sello y timbre que identifica el pago en los bancos y/o recibo de pago al Fondo de Pensión y Empresa promotora de Salud que cotiza la contratista (EPS Coomeva e Instituto de Seguros Sociales); así mismo se observa en estos formularios que la
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autoliquidación no está de acuerdo con la base de cotización de conformidad con su valor mensual cancelado por parte de la Gobernación del Tolima. En los Comprobantes de Pago de la Tesorería General del Departamento se pudo constatar que en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2010, la contratista cotizó con base al salario mínimo legal vigente para el año fiscal 2010 en pensión y salud, es decir sobre la base de $515.500.oo; en el mes de septiembre de 2010, no se encontró pago alguno. Así mismo, el supervisor del contrato estaba en la obligación de verificar los pagos al sistema de seguridad social integral y aportes conforme a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la ley 1150 de 2007, su incumplimiento da lugar a causal de mala conducta, por lo tanto estará sujeto a las sanciones establecidas en el Código Único Disciplinario, ley 734 del 05 de febrero de 2002. Se resalta de nuevo que la contratista debió haber cancelado los aportes en seguridad social en pensión y salud con base al 40% del valor bruto facturado es decir, sobre un $1.887.541,60 ($4.718.874.oo valor mensual x 40%) y no sobre $515,500.oo salario mínimo legal vigente para la vigencia fiscal 2010; el supervisor hizo caso omiso a los mandatos legales anteriormente expuestos y expidió las certificaciones que la contratista se encontraba a paz y salvo por concepto a los aportes en seguridad social en pensión y salud
Es de anotar, que la contratista es reincidente en el pago a la seguridad social en pensión y salud, lo cual debió haberlo efectuado con base a los ingresos a la prestación de servicios y no sobre el salario mínimo legal vigente, tal como lo señala el artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, al establecer que los contratos de vigencia indeterminada el ingreso base de cotización es equivalente al 40% del valor bruto facturado en forma mensualizada; razón por la cual, en aplicación del principio de analogía, que halla su justificación en el principio de igualdad, y según el cual, los seres y las situaciones iguales deben recibir un tratamiento igual, dicho porcentaje debe hacerse extensivo a los contratos de vigencia determinada.
De igual forma, debe señalarse que el artículo 4º de la Ley 797 de 2003, modificatorio del artículo, 17 de la Ley 100 de 1993, establece que durante la vigencia del contrato de prestación de servicios, deberán efectuarse cotizaciones en forma obligatoria a los regímenes del Sistema General de Pensiones, por parte de los contratistas, con base en los ingresos por prestación de servicios que aquellos devenguen.
No obstante lo anterior, las entidades contratantes públicas o privadas, en cumplimiento del deber de colaboración legalmente exigible, deben verificar que el contratista se encuentre afiliado y cancele sus aportes al Régimen de Seguridad Social en Salud e informar a las Entidades Promotoras de Salud EPS o a las
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entidades estatales competentes, de aquellos eventos en los que haya lugar a revisar los aportes a cargo del contratista, tal como determinó el honorable Consejo de Estado en la Sentencia anteriormente citada.
Además del deber de colaboración que mantuvo a salvo el mencionado fallo, el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, consagra para las entidades públicas las obligaciones de verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes al Sistema durante toda la vigencia del contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron cotizar, retener las sumas adeudadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud y girar los recursos a las distintas administradoras. Obligaciones que deben realizarse en el momento de la liquidación de los respectivos contratos.
A continuación se ilustra los aportes que realizó la contratista sobre el salario mínimo legal vigente y no sobre el valor real a cotizar de acuerdo a su valor mensual cancelado por la Gobernación, es de resaltar que en la auditoría anterior se le dejó este hallazgo y a la fecha de hoy sigue inobservando lo establecido en la Ley, de igual forma el supervisor hizo caso omiso a sus funciones dejada en la anterior auditoría, eventualidades estas que darán inicio a un proceso administrativo sancionatorio, así:
VALOR MENSUAL CANCELADO AÑO 2010 4.718.854.oo
Base cotización salud y pensión (4.718.854 x40%) 1.887.541,60
Salud ($1.887.541,60 x 12.5%) 235.942,70
Pensión 16% ($1.887.541,60 x 16%) 302.006,65
Total Aporte x salud y pensión que debe cancelar contratista/Mensual 537.950.oo
Total Aporte x salud y pensión que debió cancelar la contratista en los Cuatro Meses 2.151.797,90
Total Aporte x pensión y salud cancelados por la contratista en los Cuatro Meses: Fecha pago Mes Cotizado NªPlanilla Salud Pensión ? Septiembre Sin soporte 0 0 15/10/2010 Octubre 8265588833 ($515.500 SMLVx12.5%=64.437,50) ($515.500 SMLVx16%=82.480) 24/11/2010 Noviemb 8268398921 ($515.500 SMLVx12.5%=64.437,50) ($515.500 SMLVx16%=82.480) 17/12/2010 Diciemb 8272355471 ($515.500 SMLVx12.5%=64.437,50) ($515.500 SMLVx16%=82.480) Total aportes por pensión y salud cancelados por la contratista en los Cuatro Meses
0.oo 146.800.oo 147.345.oo 146.878.oo 441.023.oo
Valor dejado de Cancelar por Salud y Pensión 1.710.774,90
3.2.2. Contratos de Obras 3.2.2.1. Contrato No. 1066 de 2010 Contrato de Obra No.1066 del 01 de octubre de 2010, suscrito entre la Gobernación del Tolima y el Consorcio CMV PRADO, cuyo representante legal es:
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Gustavo Hernán Velandía Poveda con el objeto de contratar la Rehabilitación de la Vía Secundaría Purificación – Prado en el Departamento del Tolima dentro del Proyecto “Apoyo al Sistema Vial Regional – Plan Vial Regional del Tolima, por valor de $9.906.347.647.00, con un plazo de 240 días calendarios contados a partir del Acta de Inicio previo perfeccionamiento y legalización del contrato. HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.3 (D) Incumplimiento Clausula Vigésima Quinta del Contrato
Incumplimiento a la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato y demás normas, con respecto a la Ampliación de las Garantías inoportuna, dado que el mencionado contrato se suspendió el 28 de octubre de 2010 y se reinició el 6 de diciembre del mismo año, expidiéndose las pólizas el 14 de enero de 2011, cuarenta días a la reiniciación del contrato (folios 1842 y 1843), dejando en claro que en el acta de suspensión de octubre 28 de 2010, no se establece por qué tiempo se va a suspender el contrato para la asignación de la Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera y legal del Proyecto para garantizar la correcta observación del mismo, evidenciándose falta de Planeación en los Estudios de Prefactibilidad y Factibilidad del Proyecto, consagrado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, por lo tanto no se admite que en plena ejecución del proyecto la Secretaría de Desarrollo Físico este pensando en asignarle un Interventor, por lo tanto no se le debió haber dado inicio al contrato sin contar con esta interventoría, evidenciándose además el principio de Planeación y Responsabilidad por parte del Supervisor y el Secretario de Desarrollo Físico, conforme a lo señalado en el artículo 26 de la ley 80 de 1993 e incumplimiento a la Cláusula Décima Cuarta del Contrato y al Decreto 0426 de 2009. Se determinó irregularidad en la fecha de ampliación del plazo del contrato en mención, debido a que el contratista Consorcio CMV PRADO presentó solicitud de plazo adicional al Interventor Externo- Consorcio Entrevías del Tolima, mediante oficio CMV-01-032 de fecha 11 de julio de 2011 (folio 2023), a su vez el Interventor remite solicitud de prorroga a la Gobernación del Tolima con oficio DP-VIASTOL-GOB-1228-11-0733 calendado 12 de julio de 2011 (folio 2022), así mismo, el Secretario de Desarrollo Físico-Ejecutor-Ordenador del Gasto radica el 13 de julio de 2011 oficio con fecha 14 de julio de 2011, la solicitud de prórroga del contrato al Director de Contratación de la Gobernación (folio 2018), visualizándose discrepancia en estas dos últimas fechas, es decir se recibió el oficio un día antes de ser expedido. Así mismo, se dá inicio un mes antes a la “Solicitud de Adición, Prorroga y/o Modificación al Contrato” de fecha 13 de junio de 2011 (folio 2019), sin haberse requerido la adición en plazo por el Contratista, Interventor Externo y Secretario de Desarrollo Físico, (folios 2023, 2022 y 2018).
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Aunado a lo anterior, se inobservó lo establecido en el Capítulo III “Modificación de los Contratos” del Decreto 0426 del 30 de marzo de 2009 “Manual de Contratación”, que literalmente dice: “… el supervisor con el visto bueno del ordenador y el ejecutor deberá solicitar con un plazo mínimo de 10 días hábiles a la Dirección de Contratación, la modificación o adición respectiva…” “Adiciones…por lo menos con diez días hábiles de antelación al vencimiento del plazo de ejecución estipulado en el Contrato.”, constatándose que la solicitud de plazo la efectuó el ordenador-ejecutor con cuatro (04) días hábiles de terminarse el plazo del contrato ante el Director de Contratación, incumplièndose un mandato legal del orden departamental. Es de anotar que la revisión técnica en el sitio de la obra no se efectuó, por no existir persona habilitada en el Organismo de Control para su valoración. Incumplimiento a la Cláusula Décima Cuarta del Contrato y al Decreto 0426 de 2009, en cuanto a los Informes del Supervisor, los cuales presentan en forma muy generalizada el avance de la obra, es así, que los Informes No.02, 03 y 04 de fechas 06 de diciembre de 2010, 04 de febrero y 06 de abril de 2011 (folios 1568 al 1562), la mayoría de su contexto dice lo mismo, entre otras no hizo exigible el oportuno cumplimiento de la expedición de las pólizas en la ampliación del plazo cuando éste se reinició. 3.2.2.2. Contrato No. 1195 de 2010 Contrato de Obra No.1195 del 05 de noviembre de 2010, celebrado entre la Gobernación del Tolima y Proyectos, Diseños, Ingeniería, Arquitectura y Construcciones Ltda-PRODIAC Ltda., con representante legal es: Gustavo Alberto Rodríguez Chavarro cuyo objeto es “construir obras de urbanismos en la urbanización Juan Pablo II en el Municipio de Espinal del Departamento del Tolima, en desarrollo de los Proyectos de Construcción Obras de Urbanismos para Desplazados, Construcción de Viviendas para Desplazados en Municipios del Tolima, por valor de $51.427.250.00, con un plazo de 60 días calendarios contados a partir del perfeccionamiento y legalización del contrato. HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.4 (D)
El Presupuesto Oficial presentado en los Estudios Previos (folio 25), no especifica las características técnicas de los suministros a contratar, con el fin de tener un referente para hacer comparación con lo ofrecido entre la calidad y el precio ofertado por los proponentes que genere mayor eficiencia, rendimiento o duración del bien, obra o servicio como también las ventajas cuantificables en términos monetarios. De igual forma no quedaron incluidas las actividades de obra en el presupuesto oficial. No se especificó las características descriptivas de los
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elementos (clase de poste, tipo, presentación, espesor, diámetro, como por ejemplo postes de alumbrado tubulares o postes de alumbrado troncopiramidales, etc), ni el servicio para el cual iban a hacer utilizados los postes (de luz, señales de tránsito, de monumentos, etc.). De igual forma, la clase de arena, el tipo de cemento; esto con el propósito de consultar precios indicativos en el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal-SICE y/o CUBS para determinar el valor estimado del contrato y establecer sobrecosto en los materiales, según lo estipulado en el Manual de Contratación No. 0426 del 30 de marzo de 2009 en el Título II “ La descripción del objeto a contratar, con sus especificaciones esenciales”, “Análisis de precios del Mercado” sin haber quedado establecido en la Planeación Precontractual No.2268 del 28 de septiembre de 2010 (folios 32 al 37)l, ni en los Estudios Previos No.0146 (folios 24 al 31). Así mismo, en las Condiciones para Contratar la Adquisición de Bienes y/o Servicios No.0146 del 25 de octubre de 2010 (folios 40 al 61). En el análisis de precios unitarios presentado por el proponente a folio 85 y 86, la descripción de los materiales es insuficiente. En cuanto al registro fotográfico del inicio, desarrollo y entrega de las obras, el Sujeto de Control las hace allegar en la respuesta al Informe Preliminar en medio físico (06 fotos) y en medio magnético CD (203 fotos) de las cuales causa extrañeza a la Contraloría Departamental (131 fotos comprendidas entre la PC211515 del 21 de diciembre de 2000 a la PC271503 tomada el 27 de diciembre de 2000) registrando fecha del 22 de diciembre de 2000, donde se observa ya instalados postes en los lotes, aclarando que la revisión técnica en el sitio de la obra no se efectuó, por no existir persona habilitada en el Organismo de Control para su valoración. No siendo coherente estas fotos suministradas por la Administración Departamental, será la Procuraduría quien se encargará de esclarecer estos hechos los cuales son eminentemente de carácter Disciplinario. Causa extrañeza a la Contraloría Departamental que a tan solo tres (03) días de haberse dado inicio a la ejecución del contrato (22 de noviembre de 2010), se dé una Justificación Técnica de Adición (folio 228) , cambiando las especificaciones de los postes, observándose que no hubo inicialmente una planeación, estudios previos y la justificación de la necesidad, donde se contemplara una descripción clara, detallada y precisa de los postes a contratar con sus características técnicas, inobservando lo establecido en el Manual de Contratación en su Segunda Parte Título II incisos a) y b) valor de $8.505.900, con un plazo de dos (02) meses, Así mismo, en la respuesta al Informe Preliminar, la Administración Central del Departamento, adjunta oficio sin número de fecha 18 de mayo de 2011 (folio 260 y 261), donde hace remisión de documentos los cuales no se observaron en la
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carpeta que reposa en la Dirección de Contratación ni en la Tesorería General del Departamento, ni siendo allegados en esta respuesta, tales como: plan de inversión del Acta Adicional No.01 al Contrato de Obra No.1195; informes de supervisión Nos.1 y 2 de fechas 10 de diciembre de 2010 y 20 de febrero de 2011, respectivamente; solicitud de desembolso del 50% del contrato de fecha 07 de diciembre de 2010; informe final del contratista, acta de suspensión de diciembre 29 de 2010, acta de reinicio del 15 de febrero de 2011, acta de modificación de cantidades de obra e incorporación de ítems no previstos de diciembre 28 de 2010, cronograma de actividades de obra; bitácora de obra; certificado de tradición y libertad del predio del 17 de febrero de 2011 ni la escritura No.815 del 14 de agosto de 2008; paz y salvo expedido por la oficina de trabajo del 24 de marzo de 2011; solicitud de adicional por parte del contratista de fecha 21 de diciembre de 2010; factura No.067 del 28 de abril de 2011 por valor de $58.923.400 y acta de liquidación fechada 27 de abril de 2011. De igual forma, en las objeciones la Administración Central presenta Informe Final de Obra, fechada 18 de mayo de 2010, donde se identifica el “Balance del Acto Contractual”, donde se registra como Valor No Ejecutado la suma de $1.009.750.oo; al cruzar esta información con los pagos presupuestales que suministró la Dirección Financiera de Presupuesto en el Listado de Registros de Compromisos y en los pagos de la Dirección Financiera de Tesorería efectuados al contratista mediante los Comprobantes de Egresos Nos.22114, 22116 de fechas 16 de diciembre de 2010, por las sumas de $20.000.000.oo y $5.713.625.oo respectivamente (folios 237 y 244) y Comprobantes de Egresos No.8242, 8240 y 8233 fechados 01 de junio de 2011, por los valores de $20.000.00.oo, $8.505.900 y $5.713.625.oo, respectivamente (folios 141, 86 y 178), arrojando el valor total de $59.933.150.oo incluyendo en este valor los descuentos de la ley 418 y la retefuente; de igual forma, se observó estas sumas en el documento “Proceso de Pago” de la entidad bancaria DAVIVIENDA que reposa en los pagos de Tesorería (folios 246 y 180), así mismo, en el oficio de fecha 18 de mayo de 2011, allegado en las objeciones al Informe donde mencionan la factura No.067 del 28 de abril de 2011 por el valor de $58.923.400.oo más la retención de la fuente que se le efectuó por el valor de $589.234.oo, arrojando el valor total de $59.933.150.oo. En este orden de ideas es claro, que si bien es cierto la suma de $59.933.150.oo fue girada al contratista, la Gobernación del Tolima deberá recuperar el Valor No Ejecutado por la suma de $1.009.750.oo e incorporarlo al Presupuesto del Departamento y presentar el soporte de reintegro (consignación efectuada a la cuenta bancaria de la Gobernación del Tolima) por parte del contratista y la ejecución presupuestal donde se visualice el valor incorporado al presupuesto del Sector Central que deberán ser allegados en la suscripción del Plan de Mejoramiento de conformidad con la Resolución No.351 del 22 de octubre de 2009. Si la Administración Central no adelanta la acción correctiva en el tiempo estipulado, se configurará en un
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Presunto Hallazgo con incidencia Fiscal procediendo la Contraloría Departamental dar traslado a la Dirección Técnica de Responsabilidad Fiscal. 3.2.3. Contratos de Suministro 3.2.3.1. Contrato No. 507 de 2010
Tabla 6. Datos del contrato
No. CTO FECHA PLAZO DIAS CONTRATISTA VALOR
507 13/05/2010 230 Comercializadora de Lubricantes y Combustibles la Quinta LTDA
307.748.048
OBJETO: Contratar el Suministro de Combustible, Gasolina Corriente, ACPM, Gas Natural Vehicular, Aceites y Filtros para los vehículos Adscritos a la Secretaria Administrativa y Secretaria de Salud Departamental
Adicional 22/11/2010 Comercializadora de Lubricantes y Combustibles la Quinta LTDA
153,000,000.00
TOTAL 460,748,048.00
HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.5 Proceso Selección Abreviada No.09 de 2010
El Departamento del Tolima, a través del Decreto No. 255 de 2010, delego en la Secretaria Administrativa y de salud Departamental, la función de celebrar convenios y contratos, para lo cual tendrá la ordenación del gasto de inversión y funcionamiento. Por lo tanto a comienzos de la vigencia 2010, la Secretaria Administrativa inicia el proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 06 de 2010, cuyo objeto es: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE GASOLINA CORRIENTE, ACPM, GAS NATURAL VEHICULAR, ACEITES Y FILTROS PARA LOS VEHICULOS ADSCRITOS A LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA Y SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL”. En el análisis efectuado se pudo constatar, que mediante Resolución No. 777 del 12 de abril de 2010, se declara desierto, el proceso de selección abreviada, teniendo en cuenta que la propuesta presentada por CASAMOTOR S.A., no cumplió con la capacidad de endeudamiento y lo estipulado en los pliegos de condiciones previamente establecidos, de conformidad con la evaluación realizada por el Comité Técnico Económico, Asesor y Evaluador.
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A pesar de haberse declarado desierto el proceso de selección No. 06 de 2010, se evidencian facturas de la Empresa CASAMOTOR S.A, por concepto de suministro de combustible y mantenimiento a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima. Posteriormente se inicia un nuevo proceso de selección abreviada No. 09 de 2010, con el mismo objeto, siendo adjudicado a través de la Resolución No. 989 del 10 de mayo de 2010, a la Comercializadora de Combustibles y Lubricantes la 5ª LTDA, siendo evidente el suministro de combustible a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima, en la etapa precontractual de los meses de enero, febrero, marzo, abril, y mayo 2010, con anterioridad a la suscripción del contrato (13/05/2010). No obstante contar con disponibilidad presupuestal, se evidencia en el cuadro resumen remitido por la Comercializadora de Lubricantes y Combustibles la Quinta LTDA, el consumo de combustible de gasolina corriente, gas natural vehicular, aceites, y filtros, a través del programa de control emitido mensualmente por la estación GRP EVOLUTION. No se efectúo cruce con los soportes, por concepto de suministro de combustible y Lubricantes, a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima, por carecer de la totalidad de los vales, y algunos no registran fecha y número de la placa del vehículo, situación que dificulto su verificación.
Lo anterior, demuestra la falta de efectividad en los procesos contractuales que adelanta la Gobernación del Tolima, como quiera que los pliegos deben contener información clara, precisa y detallada, para que los procesos de selección no sean objeto de declaratoria desierta.
Por lo tanto, es preciso traer a colación la sentencia 12344 del 3 de mayo de 1999. En la que en alguno de sus apartes cita: “ Si el proceso licitatorio resulta fundamental para la efectividad del principio de transparencia y del deber de selección objetiva del contratista, el pliego determina, desde el comienzo, las condiciones claras, expresas y concretas que revelan las especificaciones jurídicas, técnicas y económicas, a que se someterá el correspondiente contrato”.
HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.6 (S, F, D, P) Incumplimiento Objeto Contrato 507 de 2010
En la CLAUSULA PRIMERA: OBJETO: establece: “Contratar el suministro de combustible gasolina corriente, ACPM, gas natural vehicular, aceites y filtros para los vehículos adscritos a la Secretaria Administrativa y Secretaria de Salud Departamental”.
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No obstante, al efectuar cruce entre la relación del parque automotor de propiedad de la Gobernación del Tolima, remitida a este Ente de Control, y la planilla de reporte de suministro expedida por la Comercializadora Lubricantes y Combustible la Quinta Ltda, se observa que se efectuó suministro y mantenimiento a vehículos que no se encuentran adscritos a la Secretaria Administrativa del Departamento, vehículos de la policía, y a dos vehículos blindados para seguridad del señor Gobernador del Tolima, entregados por la empresa GMWSECURITYRENTACAR, de acuerdo con el contrato suscrito por el Ministerio del Interior y Justicia, sin haberse evidenciado el procedimiento de entrega de estos vehículos a la Gobernación del Tolima, situación que genera incertidumbre en la descripción del objeto contratado (ver anexo 1 y 2). En el análisis efectuado a los soportes expedidos por la Comercializadora de Combustible y Lubricantes la Quinta LTDA, se pudo evidenciar que se efectúa suministro de combustible y mantenimiento a vehículos diferentes al parque automotor de propiedad de la Gobernación del Tolima, con cargo al contrato 507 de 2010, por valor de $26,937,915.76, por concepto de suministro de combustible y $ 2,167,000.00, por mantenimiento, para un total de $ 29.104.915.76. Por lo anterior se considera que la Gobernación del Tolima incurrió en un presunto detrimento por valor de $29.104.915.76 (ver anexo 1 y 2.)
La Contraloría Departamental del Tolima, emitió Función de Advertencia No. 03 del 30 de marzo de 2010, relacionada con la “Utilización de los vehículos y el Mantenimiento del Parque Automotor con el propósito de elevar los niveles de eficiencia en los entes territoriales a efecto de que en estos se implementen los controles y se ejecuten con eficiencia los recursos. En el análisis efectuado se pudo constatar que la Comercializadora de Lubricantes y Combustibles la Quinta LTDA, de conformidad con la propuesta presentada, expide una relación mensual en la que se detalla el consumo diario de combustible, gasolina corriente, gas natural vehicular, ACPM, aceites y filtros a los vehículos de la Gobernación del Tolima, a través del programa de control de estación G.R.P EVOLUTION, el cual arroja e imprime la información, porque en cada vehículo que forme parte del contrato de suministro, se instala un SHIP (IBUTTO) que permite mediante el lector del IBUTTO, que se encuentra instalado en cada dispensador, llevar una estadística permanente de los vehículos a los cuales se les suministra combustible, como por ejemplo:
Fecha y hora del suministro.
Placa del vehículo
Galones de suministro y precios por galón
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Tipo de combustible
Nombre del conductor
Cedula de Ciudadanía del Conductor
Kilometraje del vehículo al momento del tanqueo
Se puede establecer la fecha y hora de tanqueo de cada vehículo.
El programa GPR EVOLUTION expide 2 tiquetes, 1 para la entidad y otro queda en la estación de servicio como control del suministro.
En el Sistema se lleva una historia del suministro de combustible de cada vehículo por periodo de tiempo determinado la cual será suministrada tan pronto se solicite, esta información puede ser por consumos diarios, semanales, quincenales o mensuales.
Sin embargo en las carpetas de los contratos de suministro de combustible no se adjuntan los recibos o facturas individuales por cada suministro, situación que no permite la verificación de cada uno de los despachos y la veracidad en poder constatar la entrega a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima para su respectivo control, es importante que en las carpetas de esta clase de contratos reposen dichos documentos. Lo anterior demuestra que a pesar de existir un control por parte del contratista, se evidencia en las planillas expedidas por el contratista, la carencia de la totalidad de la información, imposibilitando llevar una estadística de los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima, situación que demuestra que pese a contar con las herramientas, fue notorio que no se elaboraron los procedimientos adoptados mediante Decreto No. 0234 de marzo 28 de 2007, y se inobservo la función de advertencia 03 de marzo de 2010, proferida por la Contraloría Departamental del Tolima. HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.7 Programación Vehículos de Propiedad de la Gobernación del Tolima
La Gobernación del Tolima, no realiza programación semanal de los vehículos y conductores, como mecanismo de control para el suministro de combustible, a excepción de los vehículos asignados al Señor Gobernador que por seguridad no los obliga a detallar los sitios de destino, situación que demuestra la falta de controles, en el seguimiento a los procedimientos adoptados por la Gobernación del Tolima, a través del Decreto 0234 de marzo 28 de 2007 El valor inicialmente pactado en el contrato 507 de 2010, fue por $307 millones por concepto de suministro de combustible a los vehículos adscritos a la Secretaria Administrativa y Secretaria de Salud, con un plazo de 230 días, iniciando su ejecución el (25/05/2010) según acta de inicio,
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Posteriormente, el 22 de noviembre de 2011, se elabora una adición al contrato por valor de $153 millones, ascendiendo el monto del contrato a $460 millones. La Gobernación del Tolima, durante la vigencia 2010, cancelo con cargo al contrato 507 de 2010, el valor de $224.335.154.00, quedando en cuentas por pagar en la vigencia 2011, el valor de $178.644.846.00, para un total cancelado de $402.980,000.00 así:
Tabla 7. Relación pagos con cargo al contrato 507 en la vigencia 2010
COMPROBANTE DE EGRESO FECHA TOTAL CUENTA DESCUENTOS VLR NETO
11840 13/07/2010 92,201,385.00 907,031.00 91,294,354.00
14369 23/08/2010 38,705,447.00 259,343.00 38,446,104.00
16097 22/09/2010 47,191,709.00 247,285.00 46,944,424.00
16532 30/09/2010 46,236,613.00 340,320.00 45,896,293.00
Subtotal 224,335,154.00 1,753,979.00 222,581,175.00
Tabla 8. Relación pagos con cargo al contrato 507 en a vigencia 2011
COMPROBANTE DE EGRESO FECHA TOTAL CUENTA DESCUENTOS VLR NETO
875 28/01/2011 25,664,846.00 0 25,664,846.00
880 28/01/2011 58,000,000.00 0 58,000,000.00
881 28/01/2011 40,000,000.00 0 40,000,000.00
807 28/01/2011 34,980,000.00 1,101,160.00 33,878,840.00
132 28/01/2011 20,000,000.00 0 20,000,000.00
Subtotal 178,644,846.00 1,101,160.00 177,543,686.00
TOTAL 402,980,000.00 2,855,139.00 400,124,861.00
No se evidenciaron soportes (vales y/o recibos) de la vigencia 2011, por concepto de suministro de combustible y mantenimiento a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima, tan solo se anexa el reporte expedido por la Comercializadora de Combustibles la 5ª Ltda, situación que imposibilito efectuar el respectivo cruce entre los documentos. Así mismo, se pudo observar que faltando 40 días para finalizar la vigencia se elabora una adición al contrato 507 de 2010, por valor de $153.0 millones, lo que quiere decir que en 181 días consumió por concepto de suministro de combustible y mantenimiento a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima aproximadamente $224.0 millones comprendidos (de enero a noviembre 22 de 2010) y para 83 días se necesitaron $153.0 millones comprendidos (de
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noviembre 22 al 31 de diciembre de 2010 y de enero al 12 de febrero de 2011) más del 50% del valor del contrato, situación que demuestra la falta de programación y controles por las dependencias involucradas en los procedimientos que tienen que ver con el suministro de combustible y mantenimiento a los vehículos de propiedad de la Gobernación del Tolima. 3.2.3.2. Contrato No. 618 de 2010 Contrato de Suministro No. 618 del 16 de julio de 2010, celebrado entre la Gobernación del Tolima y Alvaro Riaño Mahecha, cuyo objeto es el suministro, diseño, elaboración e impresión de material publicitario y logística necesarios para desarrollar las diferentes actividades que se llevaran a cabo en el marco del Proyecto “Implementación Proyecto de Rendición de Cuentas del Departamento del Tolima”, por valor de $46.980.000.00, con un plazo de 150 días calendario, contados a partir de la suscripción contrato, previo perfeccionamiento y legalización . HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.8 (D)
Respecto al Contrato de Suministro No.618 del 16 de julio de 2010, no se había dado cumplimiento al objeto contractual, cuyo plazo vencía el 16 de diciembre del mismo año y aunado a esto el Sector Central había entregado al contratista un anticipo de $23.490.000 el 24 de diciembre de los corrientes. Frente a las explicaciones y soportes del Sujeto de Control, se observa que en lo atinente con el plazo de ejecución del contrato, a la fecha no se ha vencido, considerando que el mismo se encuentra suspendido a partir del 28 de febrero de 2011; así mismo, que contó con las siguientes suspensiones y modificaciones, tales como:
Acta de suspensión No.1 de fecha 02 de agosto de 2010.
Acta de reiniciación No.01 suscrita el 29 de octubre de 2010.
Acta de suspensión No.02 realizada el 31 de enero de 2011.
Acta de reiniciación No.02 suscrita el 23 de febrero y
Acta de suspensión No.03 realizada realizada el 28 de febrero de 2011. La Auditoría en su revisión documental no observó en la carpeta de la Oficina de Contratación ni en los pagos de la Dirección Financiera de Tesorería las actas mencionadas, aduciendo la Administración Departamental en su respuesta al Informe Preliminar “Las actas de suspensión 1 y 2 como sus reinicios fueron enviadas a la Dirección de contratación, a través de oficio de fecha 02 de Marzo de 2011… para que fueran archivadas en la carpeta correspondiente.” “… no se había remitido el acta de suspensión No.3 a la oficina de contratación era esperando el acta de reinicio y ampliación de vigencia de pólizas, es decir el
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conjunto entero de tal actuación contractual para su remisión, como ocurrió con las suspensiones y reinicios 1 y 2 ya referidas”. El acta de suspensión No.3 tuvo como causal que la audiencia de Rendición de Cuentas de Infancia y adolescencia, no se había realizado a la fecha y que la evidencia de tal actividad debe ir en el material publicitario a suministrar por el Contratista, por ello mientras no se realizara la misma el contratista no podría cumplir con dicha obligación”. “Esta actividad hoy día está programada de acuerdo a lo concertado con la Procuraduría General de la Nación para el próximo 11 de Noviembre. (Ver correo electrónico adjunto).” Lo expuesto y soportado por el Sector Central, conlleva a Eliminar el presunto hallazgo Fiscal debido a que el acto contractual aún se encuentra en ejecución, demostrado mediante el actuar administrativo y avizorándose las diferentes actividades tales como las actas de suspensión y reinicio que legalizan la ejecución del mismo; pero se Confirma el presunto hallazgo con incidencia Disciplinaria porque no hubo una Planeación consagrado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 ni programación concertada y soportada desde un inicio con la Procuraduría General de la Nación para establecer la fecha de la Audiencia de Rendición de Cuentas de la Política Infancia y Adolescencia, para no incurrir en una celebración contractual inoportuna. En este orden de ideas es claro, que si bien es cierto el acto contractual se encuentra en ejecución, el Sector Central debe allegar los Extractos bancarios mensuales y/o Movimiento de la Cuenta, desde su apertura hasta la fecha de comunicación de esta Controversia del Buen Manejo del Anticipo y los rendimientos financieros que han generado estando inactiva esta cuenta bancaria por parte del contratista y presentarlos en la suscripción del Plan de Mejoramiento de conformidad con la Resolución No.351 del 22 de octubre de 2009. Si la Administración Central no adelanta esta acción en el tiempo estipulado, se configurará en un Presunto Hallazgo con incidencia Disciplinaria procediendo la Contraloría Departamental dará inicio a las acciones a que haya lugar. 3.2.4. Contratos de arrendamiento Evaluado el proceso contractual, se encontró que la Gobernación ha celebrado contratos por concepto de arrendamiento de las oficinas ubicadas en el Hotel Ambala, desde la vigencia 1991.
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Tabla 9. Relación de Contratos de Arrendamiento
NªCTO FECHA NOMBRE OBJETO VALOR
055 30/12/1991 GERMAN BARBERI PERDOMO
Arrendamiento mezanine interior No. 2 situado edificio Hotel Ambala.
$480.000.00
1306 26/12/2006 RUBEN DARIO GOMEZ GALLO
Arrendamiento espacio físico ubicado mezanine Hotel Ambala, funcione como oficina
$589.460.40
0390 13/03/2011 JAIME ANDRES LOSADA SANCHEZ
Arrendamiento espacio físico ubicado mezanine Hotel Ambala, funcione como oficina
$9.240.000.00
TOTAL $10.309.460.40
3.2.4.1. Contrato No 055 del 30/12/1991 (German Barberi Perdomo) HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.9 (D) Incumplimiento contrato 055/91
El ARRENDATARIO, no ha efectuado los pagos por concepto de arrendamiento del local interior 2 ubicado en el Hotel Ambala, en mensualidades si no que se han realzado pagos de abonos de mensualidades atrasadas, y no como lo estipula la CLAUSULA CUARTA: “forma de pago. “EL ARRENDATARIO pagará al ARRENDADOR las mensualidades anticipadas dentro de los cinco (5) primeros días del respectivo periodo. En la evaluación realizada a los soportes allegados por la Secretaria Administrativa, se pudo observar que no se han efectuado pagos por $465.199.76, de IVA de los meses de mayo a diciembre de 2009, por arrendamiento los meses de julio y agosto de 2010 por $1.260.600, IVA por $171.900, de los meses de septiembre a noviembre de 2010, para un total de $1.897.699,76. Tabla 10. Relación Pagos Pendientes Local Interior 2 Hotel Ambala
MESES
2009 2010
TOTAL IVA ARRIENDO IVA
MAYO 58,149.97 58.149.97
JUNIO 58,149.97 58.149.97
JULIO 58,149.97 630,300.00 688,449.97
AGOSTO 58,149.97 630,300.00 688,449.97
SEPTIEMBRE 58,149.97 57,300.00 115,449.97
OCTUBRE 58,149.97 57,300.00 115,449.97
NOVIEMBRE 58,149.97 57,300.00 115,449.97
DICIEMBRE 58,149.97 58,149.97
TOTAL 465,199.76 1,260,600.00 171,900.00 1,897,699.76
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La Secretaria Administrativa, no cuenta con la totalidad de los documentos que soportan los pagos efectuados por cada mes de arrendamiento, careciendo consignaciones y facturas, que soportan los pagos mensuales de los canon de arrendamiento y demás que se generan en la ejecución del mismo, desde la vigencia 2006 a 2011, inobservando el numeral 5 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 y artículo 26 de la Ley 594 de 2000. HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.10 Modificación Contrato 055 de 1991
EL contrato se suscribió en el año 1991, entre el señor GERMAN BARBERI PERDOMO y la BENEFICENCIA DEL TOLIMA en calidad de arrendatario, con el siguiente objeto: “El ARRENDATARIO recibe de la BENEFICENCIA DEL TOLIMA en calidad de arrendamiento el Mezanine Interior No. 2, situado en el edificio donde funciona el Hotel Ambala, propiedad de la BENEFICENCIA DEL TOLIMA, con derecho a servicios sanitarios”. A mayo de 2011, el contrato no ha sido modificado, como quiera que la BENEFICENCIA DEL TOLIMA fue liquidada y se creó la actual LOTERIA DEL TOLIMA, situación que no ha sido considerada por los Secretarios Administrativos de turno, aun cuando en la CLAUSULA CUARTA, estipula “El arrendatario pagará al ARRENDADOR las mensualidades anticipadas dentro de los cinco (5) primeros días del respectivo periodo, en la oficina de la Tesorería General de la Beneficencia del Tolima, durante la vigencia del presente contrato y durante todo el tiempo en que el ARRENDATARIO tenga en su poder el local arrendado”. Lo anterior demuestra la falta de gestión y controles por parte de la Administración en la organización y legalización de los contratos. 3.2.4.2. Beneficio de Auditoria HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.11 (B)
Es preciso enunciar que una vez evidenciada la anomalía por el periódico EL NUEVO DIA, la Secretaria Administrativa inicio los trámites pertinentes con el fin de requerir a los señores arrendatarios para que se acercaran a la Tesorería del Departamento y se pusieran al día con los meses adeudados, así mismo la Contraloría Departamental del Tolima, adelanto procedimientos de control fiscal, obteniéndose como beneficio social el valor de $14.873.305.00, consignado por el señor GERMAN BARBERI PERDOMO en el mes de mayo de 2011, como abono a los meses adeudados.
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Tabla 11. Relación consignaciones mes de mayo de 2011 (German Barberi Perdomo )
CONSIGNACION
CUENTA No.
VALOR
TOTAL No. FECHA ARRIENDO IVA
33110928 20/05/2011 166070432090 5,155,650.00 515,565.00 5,671,215.00
33110930 20/05/2011 166070432090 8,365,536.00 836,554.00 9,202,090.00
TOTAL 13,521,186.00 1,352,119.00 14,873,305.00
3.2.4.3. Contrato No. 1306 del 26/12/2006 (Rubén Darío Gómez Gallo) HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.12 (D) Incumplimiento Clausula Tercera del Contrato 1306 de 2006
Se observa incumplimiento del contrato toda vez que el ARRENDATARIO, no ha llevado a cabo los pagos en mensualidades si no abonos de periodos atrasados, y no como quedo estipulado en la CLAUSUAL TERCERA “forma de pago. “EL ARRENDATARIO pagará anticipadamente el precio del valor del canon mensual de arrendamiento pactado en este contrato”. Lo anterior lo soportan las consignaciones por medio de las cuales se consignan abonos de vigencias anteriores. La Secretaria Administrativa, no cuenta con la totalidad de los documentos que soportan los pagos efectuados por concepto de canon de arrendamiento mensual del local 1 ubicado en el Hotel Ambala, careciendo de las consignaciones, facturas, comprobantes de ingreso de tesorería y demás que se generan en la ejecución del mismo, inobservando el numeral 5 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 y artículo 26 de la Ley 594 de 2000. 3.2.4.4. Contrato No. 0390 de marzo de 2011 (Andrés Losada Sánchez) HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.13 (D) Garantías
No se evidencia documento que garantice el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del contrato, con una compañía de seguros, de conformidad con la CLAUSULA VIGESIMA CUARTA: GARANTIAS: inobservando el artículo 37 del Decreto 2474 de 2008, y numeral 4.2.3. Artículo 4 del Decreto 4828 de 2008. La Secretaria Administrativa, no cuenta con la totalidad de los documentos que soportan los pagos efectuados por concepto de canon de arrendamiento mensual de la oficina ubicado en el Hotel Ambala, careciendo de las consignaciones y
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comprobantes de ingreso de tesorería y demás que se generan en la ejecución del mismo, inobservando el numeral 5 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 y artículo 26 de la Ley 594 de 2000. 3.3. ARCHIVO HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.14 (S) Organización, Legalización y Archivo de Documentos
En la evaluación a la contratación por prestación de servicios podemos observar, que los documentos que hacen parte del proceso contractual, no se encuentran centrados en la Dirección de Contratación de la Gobernación del Tolima, un común denominador es la no existencia de soportes de pagos de Tesorería, informe de actividades de los contratistas e interventores, acta de inicio, acta final y liquidación de los contratos, informe final de supervisión e interventoría, el formato de control de entrega de documentos, no se encuentra debidamente diligenciado y/o actualizado, inobservando los trámites y procedimientos internos que se deben seguir en el proceso de perfeccionamiento y legalización de los mismos, de conformidad con los lineamientos descritos en el Manual de Contratación de la Gobernación del Tolima, situación que impide la consulta del material documental. En los contratos de obras, se pudo observar que las carpetas carecen de la totalidad de los documentos que hacen parte de las etapas pre contractual, contractual y post contractual, como son: Convocatoria a las veedurías ciudadanas, actas Parciales suscritas por el supervisor y el contratistas para observar la amortización del anticipo, informes de avance de la ejecución de la obra por parte del contratista, registro fotográfico, planilla pila, para constatar que durante la ejecución del contrato estuvieron amparados los trabajadores en estos sistemas, de acuerdo a la Certificación de Cumplimiento de las Obligaciones al Sistema General de seguridad Social en Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales y Aportes Parafiscales, informe final por parte del Supervisor, informe final presentado por el Contratista, acta final y liquidación, certificación de la entidad bancaria de los rendimientos generados.. Las carpetas de los contratos de suministro de combustible y mantenimiento de los vehículos de propiedad de la Gobernación, carecen de la totalidad de los documentos, como son: soportes de pago de la Dirección Financiera de Tesorería, recibos (vales), expedidos por la Estación de Servicios, algunos carecen de fecha y numero de la placa del vehículo, así mismo se pudo observar que estos no se encuentran debidamente organizados por cada vehículo.
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Lo anterior, demuestra que pese a existir un plan de Mejoramiento, la Gobernación del Tolima, no ha cumplido con esta acción correctiva, para subsanar o corregir las causas que dieron origen al hallazgo, de conformidad con la Resolución 351 del 22 de octubre de 2009.
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4. EVALUACION ESTAMPILLA PRO CULTURA
4.1. ASPECTOS LEGALES La Asamblea Departamental del Tolima, mediante ordenanza No. 026 del 30 de diciembre de 2009, expide el Estatuto de Rentas del Departamento del Tolima, en cumplimiento a la Ley 666 de 2001, la cual reza: “El Gobierno Nacional autoriza a las Asambleas Departamentales a los Concejos Municipales, crear y reglamentar en sus territorios la “Estampilla Procultura” y le da facultades al ente territorial para administrar los recursos acordes con los Planes Nacionales y Locales de Cultura”. 4.2. ANALISIS PRESUPUESTAL Dentro de la estructura de ingresos de la Gobernación del Tolima, se encuentran los FONDOS ESPECIALES, y dentro de estos la Estampilla Pro Cultura, con un recaudo promedio del 175% en el periodo auditado ( 2010) como aporte al fisco del Departamento. El hecho generador lo constituyen todas las operaciones, actos y documentos que se lleven a cabo en el Departamento del Tolima (suscritos o expedidos por el Departamento, sus entidades descentralizadas, unidades administrativas especiales y demás entidades del orden departamental, con o sin personería jurídica, incluida la Contraloría, la Asamblea Departamental, y los entes universitarios autónomos en los cuales estos entes actúen como contratantes). De conformidad con la información anterior, se procedió a revisar el comportamiento de los ingresos del tributo y los compromisos asumidos con los mismos, desde la vigencia 2003 hasta el periodo auditado 2010. 4.2.1 Recaudos Tabla 12. % de incremento o decrecimiento de Recaudos y Compromisos con cargo a Estampilla Pro Cultura.
VIGENCIA RECAUDO
% DE INDIDENCIA COMPROMISOS
% DE INCIDENCIA
% DE EJECUCION
2003 95,014,804.80 0.0 260,595,476.00 0.0 274.3
2004 283,172,681.26 298.0 145,339,503.00 55.8 51.3
2005 419,913,822.82 441.9 158,988,254.61 61.0 37.9
2006 487,847,106.97 513.4 376,415,277.46 144.4 77.2
2007 582,122,272.54 612.7 401,928,969.99 154.2 69.0
2008 1,527,161,145.01 1,607.3 701,053,635.28 269.0 45.9
2009 2,299,892,940.90 2,420.6 1,871,145,343.78 718.0 81.4
2010 2,815,387,347.69 2,963.1 1,750,670,687.98 671.8 62.2
TOTAL 8,510,512,121.99 5,666,137,148.10
Fuente: Ejecuciones Presupuestales de Ingresos y Egresos
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De acuerdo con la información anterior, se tiene que los recaudos de la Estampilla Pro Cultura en el Departamento del Tolima, presenta un crecimiento anual; los cuales pasaron de $ 95.014.804.80 en el año base 2003 a $2.815.387.347.69 para el año 2010, con incremento del 2.963.1% con respecto al año base 2003.
Fuente: Ejecuciones Presupuestales de Ingresos
4.2.2. Comportamiento de los pagos
De igual manera la tabla No. 12. indica un factor positivo en el crecimiento de los compromisos con cargo a los recursos de Estampilla Pro Cultura, al pasar de $260.595.476.00 en el 2003 a $1,750.670.687.98 para el año 2010, mostrando una fluctuación porcentual año por año desde el 2003 (año base) hasta el 2010, vigencia que alcanzó un 718%.
0200.000.000400.000.000600.000.000800.000.000
1.000.000.0001.200.000.0001.400.000.0001.600.000.0001.800.000.0002.000.000.000
1 2 3 4 5 6 7 8
Grafica. 4 Evoluciòn de los Pagos con Recursos de la Estampilla Pro Cultura
Fuente: Ejecuciones Presupuestales de Egresos
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4.2.3 Comparativo Recaudos Vs Compromisos Analizada la información de la tabla No. 12. se puede observar que desde el año 2003, hasta la fecha de la auditoria (2010), el comportamiento de los gastos no ha sido directamente proporcional a los recaudos, observándose que en la vigencia 2003 se ejecutó en un 274.3%, por encima de lo recaudado, en las demás vigencias no se ejecutó el 100% de los valores recaudados, sin que con ello se pueda establecer irregularidades en el manejo de los recursos.
4.3. ANALISIS CONCEPTO DE INVERSION De acuerdo con la solicitud presentada por el Tribunal Administrativo, relacionada con la destinación de los dineros provenientes de Estampilla Pro Cultura, es necesario revisar el detalle de los pagos en aras de poder determinar si los mismos se encuentran conforme a las autorizaciones de inversión presentadas en la Ley la cual fue adoptada en la Gobernación del Tolima a través de las ordenanzas de cada vigencia auditada. La información que se detalla a continuación cobija las vigencias 2001 a 2010, teniendo en cuenta que el control fiscal se realiza en forma posterior y selectiva ajustado a los preceptos, concretamente a lo consagrado en el artículo 267 de la C.P.
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Tabla 13. Relación detallada de los compromisos adquiridos con cargo a la Estampilla Pro Cultura
RUBRO NOMBRE PAGOS VIGENCIA
Gestión Cultural Estampilla Procultura 78,869,200.00 2001
Gestión Cultural Estampilla Procultura 69,524,400.00 2002
03-3-2621-788 , 0602-3-383481-78, 0602-3-383484-78, Gestión Cultural Estampilla Pro Cultura 223,637,713.00 2003
03-3-32024 - 7812 03-3-320 23-7812, 03-3-32024-7812, 03-3-32028-7812, 03-3-32023-7812, 03-3-32025-7812, 03-3-32027-7812, 03-3-32022-7812, 03-3-3321-7812, 03-1-3321-7867, 03-1-3321-7867, 03-3-2621-788
Desarrollo de la música, apoyo a las artes, desarrollo de la música, promoción cultural, fortalecimiento del programa de bandas, apoyo a proyectos de divulgación cultural, fortalecimiento del sistema Dptal de Cultura, pensiones Dpto. 231,480,093.00 2004
03-1-332-7803, 03-1-332-7812 , 03-3-2621-788, 03-3-311-7812, 03-3-324-7803, 03-3-325-7803, 03-3-328-7803, 03-3-32011-7812, 03-3-32022-7812, 03-3-32023-7812, 03-3-32024-7812, 03-3-32027-7812
Pensiones, promoción y manejo de los bienes de interés cultural, Fortalecimiento del Sistema Departamental de Cultura, apoyo y promoción de las artes, desarrollo de la música para la convivencia , apoyo a proyectos de divulgación cultural. 167,898,854.61 2005
03-3-23111-7812, 03-3-23311-7812, 03-3-23311-7822, 03-3-23312-7812, 03-3-23325-7812, 03-3-23325-7822, 03-3-23332-7822, 03-3-23341-7812, 03-3-23341-7815
Consolidación, del Sistema Dptal de Cultura, Apoyo a eventos y delegaciones artísticos, Fortalecimiento del programa de bandas, Fortalecimiento y apoyo a festivales y actividades, apoyo a implementación técnica y cultural, fortalecimiento de programas de bibliotecas, promoción y manejo de los bienes de interés cultural en el Tolima, 204,943,778.00 2006
03-3-332-7812, 03-3-23311-7812, 03-3-23311-7822, 03-3-23312-7812, 03-3-23325-7812, 03-3-23325-7822, 03-3-23332-7822, 03-3-5311-7812, 03-3-5311-7838, 03-3-5321-7812, 03-3-5321-7838, 03-3-5322-7812, 03-3-5331-7812, 03-3-5331-7838, 03-3-5341-7812, 03-3-5341-7838
Pensiones, apoyo a eventos y delegaciones artístico culturales del Tolima, fortalecimiento del programa de bandas estudiantiles, coros y banda sinfónica del Tolima, apoyo al programa de bandas estudiantiles y sinfónica coros música tradicional y contemporánea en el Tolima, apoyo eventos delegaciones y actividades de artes escénicas plásticas y literarias en el Tolima, adecuación y operatividad de la emisora cultural del Tolima, investigaciones monográfica de la historia de los municipios y fortalecimiento del patrimonio cultural inmaterial del Tolima, fortalecimiento del programa de bibliotecas públicas dotación y apoyo pedagógico a la lectura y a la promoción del libro. 503,525,382.46 2007
03-3-25112-7812, 03-3-25231-7812, 03-3-25241-7812, 03-3-5111-7838, 03-3-5213-7838, 03-3-5311-7812, 03-3-5311-7813, 03-3-5311-7838, 03-3-5321-7812, 03-3-5322-7812, 03-3-5331-7838, 03-3-5341-7812, 03-3-5341-7813, 03-3-5341-7838
pensiones, actividades encaminadas al desarrollo de la música, promoción y manejo de los bienes de interés cultural, eventos artísticos, fortalecimiento de programas de bandas, programas de bibliotecas entre otros 592,778,919.15 2008
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RUBRO NOMBRE PAGOS VIGENCIA
03-1-332-7828, 03-3-2122-7828, 03-3-2123-7828, 03-3-2231-7812, 03-3-2231-7824, 03-3-2231-7828, 03-3-2241-7812, 03-3-2241-7828, 03-3-2251-7812, 03-3-25211-7812, 03-3-25231-7812, 03-3-25241-7812, 03-3-5311-7812, 03-3-5311-7813, 03-3-5322-7812, 03-3-5341-7812, 03-3-5341-7813
pensiones, actividades encaminadas al desarrollo de la música, promoción y manejo de los bienes de interés cultural, eventos artísticos, fortalecimiento de programas de bandas, programas de bibliotecas entre otros 1,433,338,412.27 2009
03-3-2112-7824, 03-3-2115-7812, 03-3-2122-7828, 03-3-2123-7828, 03-3-2211-
7812, 03-1-332-7812, 03-3-332-7848, 03-3-2221-7812, 03-3-2231-7812,03-3-2231-7846, 03-3- 03-3-2241-7812, 03-3-2241-7837, 03-3-2242-7836, 03-3-2251-7812, 03-3-2231-7812,03-3-2231-7828, 03-3-2241-7812, 03-3-2241-7828, 03-3-
2251-7812
Diagnóstico de los centros históricos de Honda, Ambalema, Mariquita y obras de Mitigación causados por el desbordamiento del Rio Guali en el costado de la plaza de mercado del Municipio de Honda, Implementación del sistema Dptal de cultura del Tolima, apoyo y fortalecimiento a ONGS culturales, apoyo y fortalecimiento del programa de bandas estudiantiles, apoyo y fortalecimiento del programa de bibliotecas públicas, dotación y apoyo pedagógico, apoyo y fortalecimiento del programa de bandas, 1,582,888,804.18 2010
TOTAL 5,088,885,556.67
Fuente: Dirección Financiera de Tesorería
En la información reportada por la Dirección de Tesorería, de las vigencias 2001 a 2010, se observa que la Gobernación del Tolima ejecutó en debida forma los recursos por concepto de Estampilla Pro cultura, conforme a los lineamientos señalados en la Ley 397 de 1997 que establece: “Acciones dirigidas a estimular y
promocionar la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones
culturales de que trata el artículo 18 de la Ley 397 de 1997”, y el mejoramiento de espacios públicos aptos para la realización de actividades culturales, considerando la casa de la cultura un lugar para realizar dichos eventos. 4.3.1. Otros Aspectos Evaluados El valor del recaudo por concepto de estampilla pro cultura desde la vigencia 2001 a 2010, ascendió a la suma de $7.819.656.543.59, y fue ingresado en la cuenta de ahorros No. 636-04389-5, denominada TGD ESTAMPILLA PRO CULTURA del Banco BBVA, de conformidad con la certificación expedida por la Directora Financiera de Tesorería de la Gobernación del Tolima. Tabla 14. Recaudos v/s Compromisos vigencia 2001-2010
VIGENCIAS RECAUDOS COMPROMISOS
2001 257,299,133.36 78,869,200.00
2002 92,072,844.66 69,524,400.00
2003 120,325,892.40 223,637,713.00
2004 317,666,134.83 231,480,093.00
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VIGENCIAS RECAUDOS COMPROMISOS
2005 385,272,393.92 167,898,854.61
2006 343,498,285.83 204,943,778.00
2007 477,529,443.36 503,525,382.46
2008 1,585,311,107.05 592,778,919.15
2009 1,633,734,488.79 1,433,338,412.27
2010 2,606,946,819.39 1,582,888,804.18
TOTAL 7,819,656,543.59 5,088,885,556.67
Fuente: Dirección Financiera de Tesorería
Así mismo en el cuadro No.16. se evidencia que el valor de la inversión o destinación de los recursos de estampilla pro cultura durante el periodo de 2001 a 2010, con base en los pagos efectivos de Tesorería, ascendieron a la suma de $5.088.885,556.67, y se distribuyeron en cada vigencia, estos pagos se realizaron por intermedio de la cuenta de ahorros No. 636-04389-5, denominada TGD ESTAMPILA PRO CULTURA, ,de acuerdo con el cuadro anexo, que hace parte de certificación expedida por la Directora Financiera de Tesorería de la Gobernación del Tolima. Lo que evidencia que la Gobernación del Tolima administró los recursos provenientes del recaudo de la estampilla pro cultura, en cuenta independiente , lo que permite un adecuado control en el manejo del recaudo e inversión de los dineros provenientes por este concepto, sin embargo los registros reflejados en la ejecución de gastos (rubro Estampilla Pro Cultura), permiten establecer que la inversión de recursos se manejó con eficiencia y eficacia, destinando exclusivamente lo recaudado para atender las actividades reglamentadas en la norma. La Gobernación del Tolima tiene habilitadas las cuentas, en las que se consigna el 10% del producto mensual de la estampilla pro cultura, con destino a la seguridad social del artista, y el 70% para inversión, no se evidencia la cuenta por concepto del 20% para pensiones, contraviniendo en este aspecto las disposiciones establecidas en la norma. Es de aclarar que los datos aportados por la Dirección Financiera de Presupuesto, se encuentra desde la vigencia 2003 a 2010, al no reflejarse base de datos de años anteriores, presentando diferencias entre lo recaudado, frente a lo reportado por la Dirección Financiera de Tesorería de $1.040.227.556.42.
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Tabla 15. Movimiento Recaudos v/s Compromisos
VIGENCIA
RECAUDOS
DIFERENCIAS PRESUPUESTO TESORERIA
2003 95,014,804.80 120,325,892.40 -25,311,087.60
2004 283,172,681.26 317,666,134.83 -34,493,453.57
2005 419,913,822.82 385,272,393.92 34,641,428.90
2006 487,847,106.97 343,498,285.83 144,348,821.14
2007 582,122,272.54 477,529,443.36 104,592,829.18
2008 1,527,161,145.01 1,585,311,107.05 -58,149,962.04
2009 2,299,892,940.90 1,633,734,488.79 666,158,452.11
2010 2,815,387,347.69 2,606,946,819.39 208,440,528.30
TOTAL 8,510,512,121.99 7,470,284,565.57 1,040,227,556.42
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5. EVALUACION DENUNCIAS
En la evaluación efectuada a las denuncias, se puede observar en la tabla No. 16 que algunas no presentaron mérito para iniciar proceso de ninguna índole, sin embargo es preciso enunciar aquellas que por sus inconsistencias reflejaron hallazgos administrativos con incidencia Disciplinaria, y Fiscal. Los análisis de los estudios de cada denuncia, se encuentran en las carpetas del archivo de la Dirección Técnica de Control Fiscal y Medio Ambiente, las cuales pueden ser consultadas. Tabla 16. RESULTADO EVALUACION DENUNCIAS AUDITORIA GOBERNACION DEL TOLIMA
Nª DENUNCIA No. VIGENCIA CONCEPTO OBSERVACIONES
1 012 2010
Artículo publicado en el periódico el "NUEVO DIA" el 29 de diciembre de 2009, denominado " docentes inconformes por elevados precios para cambiar bonos de dotación"
En el análisis efectuado no se detectaron hallazgos de ningún tipo.
2 018 2010
Presuntas irregularidades que se están presentando con el contrato No. 1372 del 23/12/2010, realizado entre la Gobernación del Tolima y el Consorcio CUESCO, por valor de $149.372.504, cuyo objeto fue la adecuación del Parque del Barrio Jordán, 3a Etapa entre calles 43 y 44 con 4ta de Ibagué.
Que realizadas las diligencias pertinentes y conducentes, no se presenta irregular alguna por parte del CONSORCIO CUESCO, que amerite el traslado a otras instancias.
3 023 2011
Irregularidades en algunos contratos durante los 3 años de creada y no se ha visto el impacto que el señor NELSON GERMAN SANCHEZ PEREZA, argumenta y todo el presupuesto que ha sido asignado a esta Secretaria no ha tenido el impacto esperado
En el análisis efectuado no se detectaron hallazgos de ningún tipo.
4 028 2011
Solicita que se investigue el contrato relacionado con la obra de construcción del Laboratorio Departamental de Salud Pública el cual se encuentra ubicado en la Cra. 2a No. 33-34 Barrio Departamental de la Ciudad de Ibagué, cuyo costo fue aproximadamente de $7.500 millones y cuya obra en la actualidad se encuentra en pésimo estado y apenas lleva año y medio de construido.
Que durante el desarrollo de la auditoria, se evidencio el deterioro que viene presentando la parte exterior del edificio, situación que permite a esta comisión sugerir se adelanten por la Gobernación las acciones pertinentes con el fin de resarcir el daño que pueda generarse en la edificación, y a futuro no sea objeto de investigaciones de tipo fiscal, penal o disciplinario.
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Nª DENUNCIA No. VIGENCIA CONCEPTO OBSERVACIONES
5 053 2011
En el anónimo se solicita con carácter urgente adelantar las averiguaciones sobre las informaciones radiales emitidas por el noticiero popular del Tolima, relacionadas con llamadas de larga distancia internacional no de naturaleza oficial, realizadas por la Secretaria Privada del Señor Gobernador, e igualmente con un contrato de la empresa departamental de aguas por valor de $300 millones, sobre un estudio técnico, cuestionado por su valor.
No se detectaron hallazgos de ningún tipo, toda vez que el monto de las llamadas no presentan valores significativos, que ameriten iniciar proceso de responsabilidad fiscal, así mismo se expidió certificación de la Dirección de Contratación y la EDAT , que no existe ningún contrato por este valor y concepto en la vigencia 2010 y 2011.
6 058 2011
Presuntas irregularidades por parte de la señora MARERLY ZUACHA ZARRATE, que esta recibiendo una pensión por transferencia departamental , desde hace varios años, en la cual presento documentación falsa según el denunciante.
En conclusión se demuestra que las omisiones del Director del Fondo Territorial de Pensiones causaron presunto daño patrimonial a las arcas del tesoro del Sector Central de la Gobernación del Tolima en la suma $31.753.994.00) M/cte, conforme lo establece la ley 12 de 1975, ley 33 de 1973 y el Decreto 690 de 1974,.
7 079 2011
Presuntas irregularidades con el manejo de los recursos que han sido recaudados y destinados por el despacho de la primera gestora social departamental, por medio de su Fundación ENLACE - TOLIMA.
No se detectaron hallazgos, toda vez que los recursos manejados por al FUNDACIÒN .ENLACE - TOLIMA, no son de competencia de la Contraloría Departamental del Tolima.
8 095 2011
Presuntas irregularidades en contratación pública, realizada en el contrato de obra No. 1403 del 29/12/2011, una deuda de la Gobernación con el Hospital Federico Lleras Acosta.
En el análisis efectuado a la denuncia no se encontró mérito para iniciar proceso de responsabilidad fiscal, toda vez que los hechos denunciados por el señor LUIS GONZALO DUARTE V. fueron desvirtuados.
9 117 2011
Presuntas irregularidades relativas a la ejecución de la licitación pública No. 018 de 2010, mediante la cual celebro el contrato No. 1332 de fecha 15 de diciembre de 2010, entre la Gobernación del Tolima y el Ingeniero Luis Ricardo Ortigoza González, para el mejoramiento de la vía secundaria Rovira-Ibagué, ya que su empresa fue utilizada para la adjudicación de esa licitación pública y del contrato en mención.
Incumpliendo de esta norma, tanto el ingeniero Ortigoza González y la Gobernación del Tolima, lo pactado en el documento del 19 de octubre de 2010, que fue fundamental para la adjudicación de la Licitación mencionada, adquiriendo presuntamente materiales de la Mina “La Granada”, sin ésta presentar y/o reunir los requisitos exigidos por INVIAS,
10 120 2010
Presuntas irregularidades relacionadas con el manejo de los recursos destinados a la realización de obras en el Departamento del Tolima, por parte del señor Gobernador y el Secretario de Desarrollo Físico de la Gobernación del Tolima.
Requiere de un estudio técnico, de personal idóneo con el fin de determinar el posible valor del detrimento.
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Nª DENUNCIA No. VIGENCIA CONCEPTO OBSERVACIONES
11 134 2011
Presuntas irregularidades que se están presentando en el 6o piso de la Secretaria de Salud Departamental del Tolima, donde es un carrusel de medicamentos por que los autorizan, los reclaman, se los venden a uno de los mismos proveedores y vuelven y se los entregan al paciente.
En el análisis efectuado no se encontró mérito para iniciar acciones de ninguna índole.
12 160 2010
Presuntas irregularidades de carácter fiscal en contra del interventor y contratista del contrato de obra no. 0597 de julio de 2010, cuyo objeto fue la construcción de 197 metros de correas y una alcantarilla en la vereda el cual la tigrera de la ciudad de Ibagué, por valor de $33 millones, la cual se encuentra según el denunciante inconclusa y de mala calidad la cual solicita un apoyo técnico para la revisión de la obra.
en el análisis efectuado, se pudo establecer que no se incurrió en irregularidad alguna, como quiera que los hechos fueron desvirtuados por el denunciante.
13 171 2010
Copia derecho de petición, dirigido a la Secretaria de Salud del Dpto. para que se cumpla a cabalidad los derechos laborales del señor ALVARO VIVEROS LANCHEROS, por la FUNDACION GRUPO APOYO.
No se presentaron hallazgos de ningún tipo, toda vez que en la gestión adelantada por la Contraloría se allego copia de paz y salvo del señor ALVARO VIVEROS LANCHJEROS , que La FUNDACIÒN GRUPO APOYO, se encuentra a paz y salvo por todo concepto.
14 Memo_038-2011-132
2011
Presuntas irregularidades en concurso de méritos No. 07 de 2010, a través el cual se efectuó la adjudicación del contrato de interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental para realizar el seguimiento a los contratos de obra para el mejoramiento y rehabilitación de las vías secundarias de algunos Municipios del Tolima.
Que al realizar un detallado análisis a las pretensiones del denunciante y no detectarse desmedro económico alguno que lesione al Departamento, de conformidad con el Artículo 6 de la Ley 610 de 2000, se correrá traslado de los hechos denunciados a la entidad competente para que se pronuncie sobre las presuntas faltas en que se pudo haber incurrido en la etapa precontractual, relacionada con la selección dentro del Concurso de Méritos Nro. 07 de 2010.
15 RECORTE PERIODICO
2010
Recorte del periódico "EL NUEVO DIA". Denominado "Gerente del EDAT se defiende de las acusaciones por acueducto de la chamba".
En el análisis efectúa se pudo establecer que no hay lesión alguna a los recursos del Departamento y por consiguiente no da mérito a formalizar una acción fiscal ni disciplinaria, según lo certificado por la Secretaría de Salud del Tolima.
16 RECORTE PERIODICO
Hay un atraso de 20 años en cuotas partes pensionales a pagar $1.4000 millones de pesos
Con respecto a este artículo el Departamento del Tolima suscribió Acuerdo de Pago, razón por la cual no existen hechos de carácter fiscal ni disciplinario.
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5.1 DENUNCIA No. 028 de 2011 HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.15 Irregularidades en la Edificación del Laboratorio de Salud Pública
Mediante memorando No. 0092 - 2011 – 131 del 07 de Febrero de 2011, expedido por la Dirección Técnica de Participación Ciudadana de la Contraloría Departamental, se remite fotocopia simple del correo electrónico expedido por [email protected], fechado el 29 de Enero de 2011 y registrado como Denuncia 028 de 2011, en la que señala: “…. se investigue el contrato relacionado con la obra de contratación del Laboratorio Departamental de Salud Pública, el cual se encuentra ubicado en la carrera 2ª No. 33A – 34 Barrio Departamental de esta ciudad y cuyo costo fue aproximadamente de SIETE MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS (7.500.000.000.oo) y cuya obra en la actualidad se encuentra en pésimo estado y únicamente lleva año y medio de construido. En visita realizada por la Contraloría al Laboratorio Departamental de Salud Pública ubicado en la Carrera 2ª Nro. 33ª -34 Barrio Departamental, se hizo un registro fotográfico donde se puede apreciar que con las lluvias este se encuentra deteriorando afectando la parte exterior debido al material utilizado, situación que se puso en conocimiento de la Supervisión del Convenio con el fin de llegar a una solución con el contratista e interventor de la obra, frente a las inconsistencias detectadas en la visita a la edificación. Que durante el desarrollo de la auditoria, no se manifestó ningún interés por parte de los responsables de la obra, para subsanar el deterioro que viene presentando la parte exterior del edificio, situación que permite a esta comisión sugerir se adelanten por la Gobernación las acciones pertinentes con el fin de resarcir el daño que pueda generarse en la edificación, y a futuro no sea objeto de investigaciones de tipo fiscal, penal o disciplinario. 5.2. DENUNCIA 053 DE 2011. La denuncia refiere a llamadas efectuadas a larga distancia, no de naturaleza oficial a través de los móviles adscritos al Despacho del Señor Gobernador, por la Secretaria de Despacho.
HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.16 No se evidencian controles
Se evidencia la falta de controles por parte de la Secretaría Administrativa, en el manejo de las líneas de celulares, toda vez que la facturación se realiza de
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manera global, sin exigir que esta sea presentada de manera detallada, situación que dificulta efectuar cruces de la información.
5.3. DENUNCIA 058 DE 2011 HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.17 (D) Irregularidades en Pago de Pensión por Transferencia En el proceso de verificación de la Denuncia No.058 de 2011, presentada por el accionante José Góngora Sandoval por los presuntos hechos denunciados que la señorita MAYERLY SUACHE ZARATE aportó certificaciones de estudios falsas para adquirir el derecho a la Pensión por Transferencia de su progenitor Casiano Suache (q.e.p.d.); así mismo el Fondo Territorial de Pensiones canceló las mesadas pensionales a la señorita en comento sin percatarse que desde el 19 de agosto de 2006 contaba con dieciocho (18) años, de igual manera, en la revisión y análisis de esta Transferencia se observó que la señorita Jennifer Alexandra Suache Carrillo progenitora también del señor Casiano Suache (q.e.p.d.), el Fondo Territorial de Pensiones le canceló igualmente las mesadas pensionales sin fijarse que desde el 20 de enero de 2008 contaba con dieciocho (18) años. Consecuente con lo anterior, este Ente de Control dejó como un presunto hallazgo con incidencia disciplinaria a la inobservancia de la Resolución 0672 del 13 de mayo de 1993, por medio de la cual se reconoció la Transferencia de Pensión. Lo concerniente a la acción penal con las certificaciones falsas de estudio de la señorita Mayerly Suache Zarate, el Fondo Territorial de Pensiones una vez oficiado por la Contraloría Departamental, puso en conocimiento estos hechos ante la Fiscalía general de la Nación. En cuanto al Presunto Hallazgo Disciplinario, este Ente de Control resalta el incumplimiento al párrafo tercero de la Resolución 0672 del 13 de mayo de 1993, por medio de la cual se reconoció la Transferencia de Pensión, que textualmente dice: Que es procedente hacer el reconocimiento conforme lo ordena la ley 12 de 1975, Ley 33 de
1973 y Decreto 690 de 1974, así: El 50% a favor de la esposa legítima del causante y el otro 50% entre los hijos menores de edad, hasta, que cumplan los 18 años o hasta los 23 si demuestran estar estudiando.”
Así mismo, inobservaron el artículo tercero que literalmente dice: “El derecho transferido en favor de los hijos del causante será hasta que estos cumplan la mayoría de Edad o hasta los veintitrés (23) años si demuestran estar estudiando, para lo cual deben aportar el certificado de estudios correspondiente…”
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Igualmente no le dieron cumplimiento a lo regulado en la Ley 12 de 1975, Ley 33 de 1973, el decreto 690 de 1974, en donde se fijan los parámetros legales para la adquisición a los derechos de pensión a los herederos. Consecuente con lo anterior, el Fondo Territorial de Pensiones, inobservó el numeral 1º del artículo 34 de la Ley 734 del 2002. De igual forma adolece de instrumentos de control administrativo para el reconocimiento y pago de Transferencia de Pensiones, verbo y gracia: tarjetas de kardex, certificaciones de supervivencia, mecanismos de verificación para las certificaciones de estudios y registros civiles de nacimiento que se pueden corroborar con el aplicativo de informática Gobierno en Línea, si tenemos en cuenta las herramientas del Internet que nos ofrece desde el comienzo del presente siglo. Tabla 17. Mesadas Pensionales Canceladas a la Señora Mayerly Suache Zarate.
DETALLE PERIODO VALOR
Pago Mesadas Pensionales a la señora Denis Zarate Madrigal, progenitora de la heredera Mayerly Suache Zarate, después de haber cumplido los dieciocho (18) años
Desde el 19 de Agosto de 2006 hasta el mes de Mayo de 2008
$3.556.327.oo
Pago de Mesadas Pensionales de la señorita Mayerly Suache Zarate, heredera del señor Casiano Suache (q.e.p.d), con certificaciones de estudio presuntamente falsas. En el año 2008, la certificación de estudio corresponde únicamente al primer semestre, faltando el segundo semestre. En el año 2009, no aportó certificaciones de estudio. En el año 2010, faltó la certificación de estudios del primer semestre. En el año 2011, falta la certificación de estudios del segundo semestre.
Desde Junio de 2008 hasta el mes de Junio de 2011
$26.752.354.oo
SUBTOTAL $30.308.681.oo
Pago Mesadas Pensionales a la señora Alicia Rojas Carrillo, progenitora de la heredera Jennifer Alexandra Suache Carrillo, después de haber cumplido los dieciocho (18) años.
Desde el 20 de Enero de 2008 hasta el mes de Mayo de 2008
$1.445.313.oo
TOTAL $31.753.994
5.4. DENUNCIA 117 DE 2011 HALLAZGO ADMINISTRATIVO No.18 (D) Presuntas irregularidades en Licitación Pública No.018 de 2010
En la Denuncia No.117 de 2011, interpuesta por el propietario de la Mina Martínez, da a conocer lo inobservado en el ítems “Factor de Calidad-Fuente de Material” de la Licitación Pública No.018 de 2010, Propuesta y Acto Contractual No.1332 del 15 de diciembre de 2010, celebrado entre la Gobernación y el Ingeniero Ortigoza
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González, donde se presentó documentación de su Mina, la cual reunió todas las normas exigidas por INVIAS y que conllevó a la adjudicación de la Licitación Pública; manifestando que el ingeniero Ortigoza no está adquiriendo los materiales de su mina para el mejoramiento de la vía secundaría Rovira-Ibagué. La Administración Central en la respuesta al Informe Preliminar, aduce que al propietario de la Mina Martínez se le canceló un anticipo de $15 millones para la adquisición de los materiales, incumpliendo éste con el suministro, motivo por el cual el Ingeniero Ortigoza adquirió los materiales de otras fuentes para dar cumplimiento con el acto contractual suscrito con la Gobernación del Tolima. No siendo coherente los argumentos expuestos por la Administración Departamental y lo denunciado por el propietario de la Mina Martínez, será la Procuraduría quien se encargará de continuar con el esclarecimiento de estos hechos los cuales son eminentemente de carácter Disciplinario; aclarando que la parte técnica no se evaluó, por no existir persona habilitada en la Auditoria para su valoración.
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6. EXISTENCIA Y EFECTIVIDAD DEL COMPONENTE AUTOEVALUACION DEL MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO
HALLAZGO ADMINISTARTIVO No.19 (D) Existencia y Efectividad del Componente Autoevaluación del Modelo Estándar de Control Interno Autoevaluación del Control: La Oficina de Control Interno no realizó ninguna evaluación al proceso de contratación durante la vigencia 2010, pese a que este proceso reviste especial importancia dentro de la estructura administrativa de la entidad, por cuanto a través de él la Gobernación ejecuta en gran medida los programas y proyectos formulados en el Plan de Desarrollo, además de constituir el instrumento por el cual se ejecuta el presupuesto, según lo manifestado en el oficio No.263 del 28 de julio de 2011, que por consiguiente no se ha suscrito Plan de Mejoramiento y por tal razón no existe seguimiento.. . La entidad en su proceso de implementación del sistema integrado de gestión elaboró la caracterización del proceso de contratación de bienes y servicios, que incluye actividades generales, los documentos y registros asociados, controles existentes e indicadores. Sin embargo no existe una caracterización o documentación del proceso de contratación para la ejecución de obras, cuyo número de actos y valor son altamente representativos dentro del total de contratos celebrados por la entidad en la vigencia. La dirección de contratación ha expresado que el proceso de contratación de bienes y servicios cobija también a esta clase de contratos, pero el objetivo y el alcance hacen referencia únicamente a la adquisición de bienes y prestación de servicios, cuyas características son muy distintas a los de obra y demás clases. La Dirección de Contratación elaboró las listas de chequeo para los actos contractuales “Registro de Documentos”, las cuales en la mayoría se diligencian hasta la legalización del contrato, prueba de ello se observa en las carpetas que reposa en dicha dirección que contiene los soportes hasta la legalización del contrato, sin contener acta de iniciación, pagos efectuados por Tesorería con sus respectivos soportes: informes de supervisión (éste refleja únicamente el balance contractual, en el caso de los contratos de obra no detalla el avance de la obra en ejecución, registros fotográficos al inicio, del avance y terminación, etc.), informes de los contratistas, informes de actas parciales, modificatorias, suspensión, reiniciación, recibo final y liquidación, informe final de supervisión y del contratista, etc., observándose el incumplimiento de las funciones del supervisor y/o interventor contenidas en el Manual de Contratación, de tener actualizada la carpeta que reposa en esa oficina y por ende al seguimiento en la ejecución del
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contrato hasta su liquidación. Hallazgo dejado en la auditoría anterior en la revisión y análisis a cada contrato de la muestra seleccionada y que a la fecha no ha sido corregida esta falencia. Autoevaluación a la Gestión: En oficio sin número fechado 04 de agosto de 2011, para la vigencia objeto de auditoría, no se cuenta con un Plan de Acción para el Proceso de Contratación, lo cual impide formular indicadores orientados a medir el cumplimiento de las metas y objetivos del Plan. De igual forma no se diseñó un Plan de Mejoramiento. Según la información suministrada mediante oficio sin número del 4 de agosto de 2011, suscrito por el Director de Contratación y Control Interno, para el presente año se diseñó un Plan de Acción, sólo hasta el 23 de junio de 2011, lo que indica que durante el primer semestre continuó la misma situación planteada para la vigencia anterior. Es preciso aclarar que los planes de acción por dependencia o proceso, permite planificar las acciones que se llevarán a cabo durante un período de tiempo (generalmente un año), para cumplir los objetivos del área dentro del marco de sus funciones y definir las metas que se pretenden alcanzar en este lapso. Adicionalmente el Plan de Acción constituye un instrumento de planeación a través del cual la dependencia define su aportación a los objetivos institucionales y en el caso de la Gobernación a los programas y proyectos formulados en el Plan de Desarrollo. Si bien en la caracterización del proceso de contratación de bienes y servicios, se prevé una serie de indicadores como mecanismo de seguimiento y medición, los cuales se desarrollan con mayor detalle en la matriz de indicadores, código mAT-MC-001, no se encontró evidencia de su aplicación en el período objeto de estudio, ni durante el tiempo de ejecución de la auditoría, inobservando la aplicación del elemento 3.1.2 “Autoevaluación a la Gestión” del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005, además de impedir al dueño del proceso y al nivel directivo en general, contar con información sobre el nivel de gestión del área, así como eventuales desviaciones que permitan la implementación de correctivos. La documentación allegada al proceso auditor, como el acta de reunión del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, fechada 22 de febrero de 2011, permite establecer que la implementación del Sistema Integrado de Gestión no ha avanzado lo que debiera, principalmente por la falta de compromiso y respaldo del nivel directivo. Se observa que su participación en la mayoría de reuniones de trabajo se realiza a través de delegación en funcionarios de menor rango, lo cual
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contradice los postulados del MECI y SGC que se pueden identificar en la Ley 872 de 2003 y Decreto 4110 de 2004. Lo anterior se evidencia en los obstáculos que se han encontrado para el cumplimiento del Plan de Auditorías internas de calidad, de las cuales quedaron por realizarse nueve (9), además de la implementación de todos los procesos identificados, faltando cinco (5), entre éstos el Proceso de Contratación “Contratación de bienes y servicios”, todo al cierre de la vigencia 2010, según lo consignado en el Informe de Auditorías Internas de Calidad calendado 14 de diciembre de 2010 y en acta de reunión del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno del 22 de febrero de 2011.
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7. REVISION DE LA CUENTA VIGENCIA 2010
Verificada la documentación entregada por la Gobernación del Tolima, en medio
impreso sobre la información Contable y Financiera “ CGN2005.001 Saldos y
Movimientos” de la vigencia 2010 de la Gobernación del Tolima frente a la
transferencia electrónica de datos en el enlace correspondiente a la Web de
la Contaduría General de la Nación – Consolidador de Hacienda e Información
Financiera Pública (CHIP) a diciembre de 2010; se tomó la información en miles
de pesos
Se cotejó los saldos del Total Activo el cual reflejó un diferencia significativa (en
miles de pesos) $15.652.747, representados en las subcuentas de efectivo en
(miles de pesos) $3.811.739, Deudores $-445.273, Propiedad Planta y Equipo con
$11.338.583 Y Otros Pasivo con $947.698.
Se confrontó los saldos del Total Pasivo, presentando una variación (en miles de pesos) de $1.836.530, compuesto por las subcuentas Cuentas por Pagar por $777.887, Obligaciones Laborales con $108.190, Pasivos Estimados – Provisión Para Contingencias $724.532 y Otros Pasivos $225.921.
Se verificó los saldos del Total Patrimonio (Capital Fiscal, Resultados el Ejercicio,
Superávit por Valorización, Superávit por Donación y Patrimonio Público
Incorporado) , arrojando un sobrante (en miles de pesos) de $ 13.816.217 con
respecto a la información reportada por la Gobernación del Tolima mediante la
plataforma Chip.
Igualmente, se comparó el Estado de Actividad Financiera, Económica y Social,
en los Ingresos Totales presentó una diferencia en (miles de pesos) de
$8.388.960, representados por las subcuentas: Ingresos Fiscales (Tributarios y No
Tributarios) en $332.441, Venta de Servicios – Educación en $1.655.965, Otras
Transferencias (Proyectos de inversión, Para Gastos de Funcionamiento,
Programas de Salud, Programas de Educación y Otras Transferencias) por
$5.821.137 y Otros Ingresos (financieros, ingresos Ordinarios, Extraordinarios, y
Ajustes ejercicios anteriores) por $ 579.417.
Se cotejó el Total de Gastos mostrando una variación en (miles de pesos) de
$7.387.247, compuesto por Gastos Generales, Gastos de Operación - Generales,
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Provisión, Amortización y Depreciación, Transferencias, Gasto Público Social y
Otros Gastos.
Teniendo en cuenta que la información Financiera Contable, afecta la
razonabilidad de algunas subcuentas, considerando que se deberá realizar el
proceso de depuración y sostenibilidad de las cifras del balance y estado de
resultados.
Las anteriores diferencias significativas las cuales se encuentran soportadas en el
anexo 3, impiden establecer con certeza el valor real de las cuentas
mencionadas, y por ende la razonabilidad de los estados financieros contables y
producto de la revisión de esta cuenta conlleva a concluir que la Cuenta Fiscal
Anual NO SE FENECE
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8. CUADRO DE HALLAZGOS
Número Hallazgo
INCIDENCIA
Página
Beneficio Sancionatorio Fiscal Valor Disciplinario Penal
1 X X 12
2 X X 13-15
3 X 15-17
4 X 17-20
5 20-21
6 X X 29.104.915.76 X X 21-23
7 23-25
8 X 25-26
9 X 27-28
10 28
11 14.873.305 28-29
12 X 29
13 X 29-30
14 X 30-31
15 42
16 42-43
17 X 43-44
18 X 44-45
19 X 46-48
Total 14.873.305 3 1 29.104.915.76 12 2
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ANEXOS
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RELACION VEHICULOS QUE NO HACEN PARTE DEL PARQUE AUTOMOR DE LA GOBERNACIÒN DEL TOLIMA
ANEXO 1.
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
CXP-644 02/02/2010 s/n CORRIENTE 12.561 7.379 92.688
CXP-644 02/02/2010 s/n CORRIENTE 12.165 7.379 89.766
CXP-644 04/02/2010 s/n CORRIENTE 16.408 7.379 121.075
CXP-644 06/02/2010 s/n CORRIENTE 9.878 7.379 72.890
CXP-644 07/02/2010 s/n CORRIENTE 11.486 7.379 84.755
CXP-644 17/02/2010 s/n LUBRICANTES 125.801
CXP-644 09/04/2010 314365 CORRIENTE 12.504 7.741 96.793
CXP-644 13/04/2010 314337 CORRIENTE 6.532 7.741 50.564
CXP-644 14/04/2010 314335 CORRIENTE 7.957 7.741 61.595
CXP-644 16/04/2010 314333 CORRIENTE 10.000 7.741 77.410
CXP-644 17/04/2010 314472 CORRIENTE 12.350 7.741 95.601
CXP-644 20/04/2010 314375 CORRIENTE 15.504 7.741 120.016
CXP-644 24/04/2010 314543 CORRIENTE 8.861 7.741 68.593
CXP-644 26/04/2010 314542 CORRIENTE 10.000 7.741 77.410
CXP-644 27/04/2010 314614 CORRIENTE 8.214 7.741 63.585
CXP-644 28/04/2010 314613 CORRIENTE 13.910 7.741 107.677
CXP-644 01/05/2010 314674 CORRIENTE 10.000 7.741 77.410
CXP-644 03/05/2010 314698 CORRIENTE 6.732 7.741 52.112
CXP-644 08/05/2010 314675 CORRIENTE 10.000 7.741 77.410
CXP-644 09/05/2010 314641 CORRIENTE 6.296 7.741 48.737
CXP-644 12/05/2010 314300 CORRIENTE 10.000 7.741 77.410
CXP-644 13/05/2010 314895 CORRIENTE 12.927 7.741 100.068
CXP-644 17/05/2010 315122 CORRIENTE 13.000 7.741 100.633
CXP-644 17/05/2010 315121 CORRIENTE 14.001 7.741 108.382
CXP-644 19/05/2010 314912 CORRIENTE 4.407 7.741 34.115
CXP-644 20/05/2010 315142 CORRIENTE 12.274 7.741 95.013
CXP-644 21/05/2010 314712 CORRIENTE 18.711 7.741 144.842
CXP-644 22/05/2010 315148 CORRIENTE 10.337 7.741 80.019
CXP-644 22/05/2010 314820 CORRIENTE 14.861 7.741 115.039
CXP-644 23/05/2010 315149 CORRIENTE 4.173 7.741 32.303
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NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
CXP-644 24/05/2010 315153 CORRIENTE 17.244 7.741 133.486
CXP-644 26/05/2010 315160 CORRIENTE 8.919 7.741 69.042
CXP-644 27/05/2010 314956 CORRIENTE 13.000 7.741 100.633
CXP-644 27/05/2010 315161 CORRIENTE 13.783 7.741 106.694
CXP-644 28/05/2010 315164 CORRIENTE 11.951 7.741 92.513
CXP-644 30/05/2010 314821 CORRIENTE 13.331 7.741 103.195
CXP-644 31/05/2010 313796 CORRIENTE 8.856 7.741 68.554
CXP-644 3/07/2010 318880 CORRIENTE 15.334 8.056 123.531
CXP-644 5/07/2010 318879 CORRIENTE 9.002 8.056 72.520
CXP-644 9/07/2010 319275 CORRIENTE 13.890 8.056 111.898
CXP-644 10/07/2010 319276 CORRIENTE 14.000 8.056 112.784
CXP-644 11/07/2010 319519 CORRIENTE 12.312 8.056 99.185
CXP-644 14/07/2010 319357 CORRIENTE 9.877 8.056 79.569
CXP-644 14/07/2010 320262 CORRIENTE 5.048 8.056 40.667
CXP-644 19/07/2010 319358 CORRIENTE 7.776 8.056 62.643
CXP-644 20/07/2010 320840 CORRIENTE 12.000 8.056 96.672
CXP-644 20/07/2010 320839 CORRIENTE 8.391 8.056 67.598
CXP-644 16/07/2010 320282 CORRIENTE 14.300 8.056 115.201
CXP-644 22/07/2010 321126 CORRIENTE 11.190 8.056 90.147
CXP-644 24/07/2010 321510 CORRIENTE 9.965 8.056 80.278
CXP-644 25/07/2010 321154 CORRIENTE 15.730 8.056 126.721
CXP-644 27/07/2010 321511 CORRIENTE 10.000 8.056 80.560
CXP-644 29/07/2010 320379 CORRIENTE 11.806 8.056 95.109
CXP-644 30/07/2010 321561 CORRIENTE 12.000 8.056 96.672
CXP-644 31/07/2010 322044 CORRIENTE 6.705 8.056 54.015
CXP-644 8/07/2010 318633 CORRIENTE 14.000 8.056 112.784
CXP-644 6/07/2010 318634 CORRIENTE 9.933 8.056 80.020
CXP-644 3/08/2010 322043 CORRIENTE 12.967 8.056 104.462
CXP-644 4/0872010 322083 CORRIENTE 18.079 8.056 145.644
CXP-644 5/08/2010 322082 CORRIENTE 9.866 8.056 79.480
CXP-644 8/08/2010 321956 CORRIENTE 13.002 8.056 104.744
CXP-644 9/08/2010 321957 CORRIENTE 10.304 8.056 83.009
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
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NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
CXP-644 10/08/2010 8056 CORRIENTE 5.226 8.056 42.101
CXP-644 12/08/2010 321991 CORRIENTE 6.117 7.921 48.453
CXP-644 12/08/2010 322167 CORRIENTE 15.961 7.921 126.427
CXP-644 14/08/2010 8094 CORRIENTE 14.001 7.921 110.902
CXP-644 17/08/2010 8094 CORRIENTE 14.568 7.921 115.393
CXP-644 18/08/2010 8124 CORRIENTE 13.510 7.921 107.013
CXP-644 19/08/2010 325803 CORRIENTE 8.485 7.921 67.210
CXP-644 20/08/2010 323419 CORRIENTE 14.905 7.921 118.063
CXP-644 22/08/2010 323414 CORRIENTE 11.557 7.921 91.543
CXP-644 26/08/2010 323496 CORRIENTE 15.000 7.921 118.815
CXP-644 27/08/2010 323437 CORRIENTE 12.531 7.921 99.258
CXP-644 29/08/2010 8212 CORRIENTE 14.142 7.921 112.019
CXP-644 31/08/2010 325978 CORRIENTE 15.915 7.921 126.063
CXP-644 21/09/2010 9037 CORRIENTE 17.847 7.971 142.258
CXP-644 18/09/2010 9036 CORRIENTE 14.409 7.971 114.854
CXP-644 19/09/2010 320234 CORRIENTE 4.376 7.971 34.881
CXP-644 16/09/2010 329208 CORRIENTE 12.073 7.971 96.234
CXP-644 23/09/2010 320235 CORRIENTE 11.921 7.971 95.022
CXP-644 29/09/2010 332638 CORRIENTE 11.188 7.971 89.180
CXP-644 30/09/2010 329426 CORRIENTE 14.488 7.971 115.484
CXP-644 03/09/2010 326462 CORRIENTE 11.923 7.971 95.038
CXP-644 04/09/2010 8212 CORRIENTE 12.734 7.971 101.503
CXP-644 12/09/2010 324653 CORRIENTE 12.422 7.971 99.016
CXP-644 06/09/2010 6939 CORRIENTE 10.245 7.971 81.663
CXP-644 08/09/2010 6940 CORRIENTE 8.109 7.971 64.637
CXP-644 11/09/2010 324638 CORRIENTE 7.960 7.971 63.449
CXP-644 25/09/2010 329424 CORRIENTE 3.793 7.971 30.234
CXP-644 22/10/2010 328534 CORRIENTE 18.919 7.971 150.803
CXP-644 24/10/2010 328062 CORRIENTE 12.339 7.971 98.354
CXP-644 26/10/2010 332496 CORRIENTE 9.631 7.971 76.769
CXP-644 27/10/2010 330226 CORRIENTE 9.880 7.971 78.753
CXP-644 28/10/2010 9298 CORRIENTE 10.000 7.971 79.710
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“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 56
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
CXP-644 29/10/2010 328379 CORRIENTE 7.711 7.971 614.634
CXP-644 30/10/2010 328090 CORRIENTE 13.055 7.971 104.061
CXP-644 17/10/2010 9276 CORRIENTE 9.546 7.971 76.091
CXP-644 21/10/2010 328449 CORRIENTE 12.359 7.971 98.514
CXP-644 20/10/2010 328416 CORRIENTE 7.000 7.971 55.797
CXP-644 14/10/2010 9263 CORRIENTE 15.002 7.971 119.581
CXP-644 13/10/2010 326154 CORRIENTE 11.180 7.971 89.116
CXP-644 12/10/2010 9262 CORRIENTE 9.534 7.971 75.996
CXP-644 11/10/2010 332449 CORRIENTE 3.835 6.966 26.715
CXP-644 10/10/2010 9205 CORRIENTE 14.004 7.971 111.626
CXP-644 09/10/2010 332417 CORRIENTE 17.001 7.971 135.515
CXP-644 08/10/2010 320239 CORRIENTE 10.042 7.971 80.045
CXP-644 02/10/2010 326113 CORRIENTE 8.371 7.971 66.725
CXP-644 04/10/2010 326119 CORRIENTE 7.570 7.971 60.340
CXP-644 01/10/2010 332418 CORRIENTE 15.256 7.971 121.526
CXP -644 02/11/2010 333006 CORRIENTE 10.001 7.971 79.718
DBU-305 9/04/2010 314339 CORRIENTE 13.712 7.741 106.145
DBU-305 9/04/2010 314341 CORRIENTE 2.958 7.741 22.898
DBU-305 10/04/2010 314343 CORRIENTE 10.000 7.741 77.410
DBU-305 12/04/2010 314269 CORRIENTE 8.000 7.741 61.928
DBU-305 13/04/2010 314410 CORRIENTE 12.987 7.741 100.532
DBU-305 15/04/2010 314431 CORRIENTE 7.365 7.741 57.012
DBU-305 17/04/2010 314424 CORRIENTE 17.542 7.741 135.793
DBU-305 19/04/2010 314488 CORRIENTE 14.001 7.741 108.382
DBU-305 21/04/2010 314374 CORRIENTE 13.000 7.741 100.633
DBU-305 22/04/2010 314515 CORRIENTE 11.134 7.741 86.188
DBU-305 26/04/2010 314540 CORRIENTE 16.728 7.741 129.491
DBU-305 29/04/2010 314541 CORRIENTE 15.003 7.741 116.138
DBU-305 01/05/2010 314672 CORRIENTE 10.000 7.741 77.410
DBU-305 03/05/2010 314673 CORRIENTE 14.820 7.741 114.722
DBU-305 05/05/2010 314640 CORRIENTE 14.487 7.741 112.144
DBU-305 07/05/2010 314830 CORRIENTE 6.727 7.741 52.074
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 57
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
DBU-305 09/05/2010 314703 CORRIENTE 10.876 7.741 84.191
DBU-305 12/05/2010 314805 CORRIENTE 11.008 7.741 85.213
DBU-305 13/05/2010 314894 CORRIENTE 15.505 7.741 120.024
DBU-305 16/05/2010 315130 CORRIENTE 16.575 7.741 128.307
DBU-305 18/05/2010 314711 CORRIENTE 10.264 7.741 79.454
DBU-305 18/05/2010 313734 CORRIENTE 16.891 7.741 153.976
DBU-305 28/05/2010 315131 CORRIENTE 13.000 7.741 100.633
DBU-305 29/05/2010 315181 CORRIENTE 16.000 7.741 123.856
DBU-305 31/05/2010 316216 CORRIENTE 15.003 7.741 116.138
DBU-305 15/07/2010 320211 CORRIENTE 14,00 8.056 112.784
DBU-305 16/07/2010 319273 CORRIENTE 12.925 8.056 104.124
DBU-305 16/07/2010 319389 CORRIENTE 7.042 8.056 56.730
DBU-305 19/07/2010 319390 CORRIENTE 12.099 8.056 97.470
DBU-305 21/07/2010 320842 CORRIENTE 10.420 8.056 83.944
DBU-305 22/07/2010 320942 CORRIENTE 21.781 8.056 175.468
DBU-305 23/07/2010 320855 CORRIENTE 14.649 8.056 118.012
DBU-305 24/07/2010 321505 CORRIENTE 6.168 8.056 49.689
DBU-305 25/07/2010 321506 CORRIENTE 11.000 8.056 88.616
DBU-305 27/07/2010 320292 CORRIENTE 12.001 8.056 96.680
DBU-305 29/07/2010 321528 CORRIENTE 12.224 8.056 98.477
DBU-305 31/07/2010 321507 CORRIENTE 12.002 8.056 96.688
DBU-305 16/07/2010 320281 CORRIENTE 6.000 8.056 48.336
DBU-305 1/07/2010 317588 CORRIENTE 17.019 8.056 137.105
DBU-305 1/07/2010 318837 CORRIENTE 8.161 8.056 65.745
DBU-305 3/07/2010 318697 CORRIENTE 10.247 8.056 82.550
DBU-305 3/07/2010 318883 CORRIENTE 16.065 8.056 129.420
DBU-305 4/07/2010 319221 CORRIENTE 17.900 8.056 144.202
DBU-305 7/07/2010 318881 CORRIENTE 7.573 8.056 61.008
DBU-305 9/07/2010 319274 CORRIENTE 15.063 8.056 121.348
DBU-305 11/07/2010 318647 CORRIENTE 14.002 8.056 112.800
DBU-305 11/07/2010 318882 CORRIENTE 14.400 8.056 116.006
DBU-305 13/07/2010 319344 CORRIENTE 13.708 8.056 110.432
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 58
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
DBU-305 14/07/2010 319534 CORRIENTE 10.535 8.056 84.870
DBU-305 4/08/2010 322022 CORRIENTE 14.730 8.056 118.665
DBU-305 6/08/2010 321953 CORRIENTE 6.115 8.056 49.262
DBU-305 7/08/2010 322012 CORRIENTE 7.196 8.056 57.971
DBU-305 7/08/2010 321921 CORRIENTE 10.000 8.056 80.560
DBU-305 10/08/2010 321954 CORRIENTE 15.626 8.056 123.774
DBU-305 12/08/2010 8073 CORRIENTE 6.083 8.056 48.183
DBU-305 13/08/2010 8072 CORRIENTE 9.162 8.056 72.572
DBU-305 13/08/2010 8096 CORRIENTE 12.954 8.056 102.609
DBU-305 16/08/2010 8073 CORRIENTE 10.000 8.056 79.210
DBU-305 17/08/2010 8111 CORRIENTE 15.503 8.056 122.799
DBU-305 18/08/2010 8096 CORRIENTE 16.121 8.056 127.694
DBU-305 20/08/2010 323416 CORRIENTE 17.001 8.056 134.665
DBU-305 22/08/2010 8111 CORRIENTE 6.973 8.056 55.233
DBU-305 28/08/2010 323421 CORRIENTE 13.788 8.056 109.215
DBU-305 29/08/2010 323428 CORRIENTE 15.834 8.056 125.421
DBU-305 31/08/2010 6901 CORRIENTE 7.777 8.056 61.602
DBU-305 21/09/2010 329412 CORRIENTE 15.998 7.971 127.520
DBU-305 18/09/2010 9044 CORRIENTE 10.029 7.971 79.941
DBU-305 19/09/2010 320236 CORRIENTE 12.166 7.971 96.975
DBU-305 17/09/2010 9005 CORRIENTE 18.000 7.971 143.478
DBU-305 27/09/2010 329423 CORRIENTE 10.000 7.971 79.710
DBU-305 24/09/2010 9097 CORRIENTE 4.131 7.971 32.928
DBU-305 23/09/2010 9083 CORRIENTE 25.624 7.971 204.249
DBU-305 28/09/2010 329425 CORRIENTE 20.146 7.971 160.584
DBU-305 30/09/2010 332666 CORRIENTE 13.538 7.971 107.911
DBU-305 01/09/2010 8249 CORRIENTE 10.000 7.971 79.710
DBU-305 03/09/2010 325993 CORRIENTE 17.221 7.971 137.269
DBU-305 05/09/2010 323750 CORRIENTE 16.903 7.971 134.734
DBU-305 07/09/2010 6933 EXTRA 4.623 7.971 43.576
DBU-305 09/09/2010 6933 CORRIENTE 16.233 7.971 129.393
DBU-305 10/09/2010 324873 CORRIENTE 17.378 7.971 138.520
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 59
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
DBU-305 12/09/2010 324874 CORRIENTE 17.964 7.971 143.191
DBU-305 13/09/2010 9023 CORRIENTE 6.777 7.971 54.019
DBU-305 15/09/2010 6901 CORRIENTE 17.794 7.971 141.836
DBU-305 18/10/2010 326171 CORRIENTE 19.002 7.971 151.465
DBU-305 22/10/2010 328340 CORRIENTE 18.559 7.971 147.934
DBU-305 25/10/2010 328067 CORRIENTE 6.346 7.971 50.584
DBU-305 26/10/2010 9298 CORRIENTE 13.477 7.971 107.425
DBU-305 27/10/2010 330232 CORRIENTE 5.019 7.971 40.006
DBU-305 28/10/2010 330244 CORRIENTE 9.010 7.971 71.819
DBU-305 29/10/2010 9252 CORRIENTE 13.953 7.971 111.219
DBU-305 17/10/2010 326875 CORRIENTE 12.840 7.971 102.348
DBU-305 22/10/2010 328448 CORRIENTE 9.306 7.971 74.178
DBU-305 20/10/2010 328447 CORRIENTE 6.035 7.971 48.105
DBU-305 19/10/2010 328408 CORRIENTE 10.001 7.971 79.718
DBU-305 14/10/2010 9274 CORRIENTE 11.493 7.971 91.611
DBU-305 12/10/2010 9204 CORRIENTE 16.341 7.971 130.254
DBU-305 10/10/2010 332450 CORRIENTE 13.578 7.971 108.230
DBU-305 07/10/2010 332451 CORRIENTE 16.923 7.971 134.893
DBU-305 04/10/2010 332673 CORRIENTE 14.196 7.971 113.156
DBU-305 01/10/2010 9044 CORRIENTE 10.000 7.971 79.710
DBU-305 02/11/2010 330264 CORRIENTE 15.250 7.971 121.558
POLICIA 2/02/2010 s/n DIESEL 7 6.181 43.267
POLICIA 2/02/2010 s/n DIESEL 7.001 6.181 43.273
POLICIA 3/02/2010 s/n DIESEL 12 6.181 74.172
POLICIA 3/02/2010 s/n DIESEL 18 6.181 111.258
POLICIA 16/04/2010 314492 ACPM 30.000 6.639 199.170
POLICIA 07/09/2010 6949 CORRIENTE 10,00 7.971 79.710
POLICIA 15/09/2010 329302 ACPM 13.783 6.966 96.012
POLICIA 3/09/2010 6928 ACPM 11.469 6.966 79.893
POLICIA 30/09/2010 332680 CORRIENTE 12.548 7.971 100.020
POLICIA 08/10/2010 326273 CORRIENTE 20.534 7.971 163.677
EJERCITO 22/12/2010 ACPM 40.000 289.840
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 60
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
BOMBEROS 15/09/2010 323895 ACPM 10.631 6.966 74.056
BOMBEROS 9/09/2010 324846 CORRIENTE 12.000 7.971 95.652
BOMBEROS 10/09/2010 324846 CORRIENTE 3.000 7.971 23.912
BOMBEROS 27/10/2010 328366 ACPM 14.356 6.966 100.004
BOMBEROS 12/10/2010 9265 CORRIENTE 5.000 7.971 39.855
BOMBEROS 05/11/2010 330109 CORRIENTE 8.000 7.971 63.768
BOMBEROS 18/11/2010 333447 CORRIENTE 6.000 7.971 47.826
BOMBEROS 23/11/2010 333477 CORRIENTE 6.000 7.971 47.826
BOMBEROS 02/12/2010 CORRIENTE 6.000 49.326
BOMBEROS 23/12/2010 CORRIENTE 7.000 57.547
ICK-393 13/08/2010 8091 ACPM 12,00 6.789 81.468
ICK-393 18/08/2010 8121 ACPM 8,0 6.816 54.528
ICK-393 19/08/2010 8133 ACPM 8,001 6.816 54.535
ICK-393 20/08/2010 8143 ACPM 10,00 6.816 68.160
ICK-393 21/08/2010 323409 ACPM 9,002 6.816 61.358
ICK-393 23/10/2010 328345 ACPM 14.356 6.966 100.000
ICK-393 02/11/2010 330713 ACPM 14.234 7.026 100.008
ICK-393 20/11/2010 333744 ACPM 12.812 7.026 90.017
ICK-393 24/11/2010 333755 ACPM 21.350 7.026 150.000
ICK-393 30/11/2010 336106 ACPM 14.233 7.026 100.000
ICK-393 06/12/2010 ACPM 16.561 120.000
ICK-393 20/12/2010 ACPM 4.000 28.984
OTD-671 7/05/2010 314846 CORRIENTE 10,00 7.741 77.410
OTD-671 14/05/2010 315113 CORRIENTE 8,00 7.741 61.928
OTD-671 13/05/2010 279910 MOBIL 120.000
OTD-671 04/09/2010 6930 CORRIENTE 8.000 7.971 63.768
OTD-671 02/11/2010 330122 CORRIENTE 9.472 7.971 75.501
OTD-675 20/07/2010 320817 CORRIENTE 10,887 8.056 87.706
OTD-675 08/07/2010 319262 CORRIENTE 12,00 8.056 96.672
OTD-675 10/07/2010 319318 CORRIENTE 9.186 8.056 74.002
OTD -675 29/12/2010 CORRIENTE 5.000 41.105
OTD -675 13/01/2011 CORRIENTE 41.605 5.000
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 61
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
XTH-448 24/07/2010 321521 CORRIENTE 6.000 8.056 48.336
OGL-016 28/07/2010 321066 CORRIENTE 12,0 8.056 96.672
OGL-016 30/07/2010 322035 CORRIENTE 10,0 8.056 80.560
OGL-016 16/09/2010 9035 CORRIENTE 10,00 7.971 79.710
OGL-016 29/09/2010 332651 CORRIENTE 8,00 7.971 63.768
OGL-072 17/04/2010 314484 ACPM 18,00 6.639 119.502
NBX-075 3/08/2010 7949 CORRIENTE 2,000 8.056 16.112
INO-096 15/05/2010 313320 ACPM 15,001 6.639 99.592
OTI-583 24/04/2010 314555 ACPM 13,00 6.639 86.307
OTD-591 5/01/2010 CORRIENTE 10,00 7.277 72.770
OTI-587 12/04/2010 314243 ACPM 12,00 6.639 79.668
OTI-720 12/07/2010 319079 ACPM 14,730 6.789 100.000
ICN -972 11/02/2010 CORRIENTE 10,00 7.379 73.790
OTD - 685 21/09/2010 9038 ACPM 8.627 6.966 60.096
OTD - 685 20/09/2010 9076 ACPM 6.000 6.966 41.796
OTD - 685 16/09/2010 324807 ACPM 14.000 6.966 97.524
OTD - 685 17/09/2010 9038 ACPM 5.002 6.966 34.844
OTD - 685 27/09/2010 3322615 ACPM 13.639 6.966 95.009
OTD - 685 22/09/2010 330051 ACPM 10.000 6.966 69.660
OTD - 685 30/09/2010 332409 ACPM 12.000 6.966 83.592
OTD - 685 01/09/2010 326111 ACPM 5.043 6.966 35.130
OTD - 685 02/09/2010 6908 ACPM 13.061 6.966 90.983
OTD - 685 07/09/2010 6929 ACPM 10.000 6.966 69.660
OTD - 685 09/09/2010 324819 ACPM 10.000 6.966 69.660
OTD - 685 09/09/2010 324746 ACPM 11.000 6.966 76.626
OTD - 685 10/09/2010 324634 ACPM 9.278 6.966 64.631
OTD - 685 11/09/2010 324029 ACPM 8.003 6.966 55.749
OTD - 685 15/09/2010 324050 ACPM 5.001 6.966 34.837
OTD - 685 15/09/2010 323921 ACPM 12.000 6.966 83.592
OTD - 685 3/01/2011 s/n ACPM 10,00 72.460
OGL - 058 18/01/2011 s/n CORRIENTE 5,00 41.605
OTD -675 13/01/2011 s/n CORRIENTE 5,00 41.605
919 18/12/2010 ACPM 10,00 72.460
OTI -561 18/12/2010 ACPM 11,000 79.706
000 14/12/2010 CORRIENTE 7.000 57.547
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 62
NO. PLACA FCHA VALE COMBUSTIBLE VOLUMEN VLR.GALON TOTAL
OAF -092 09/11/2010 332950 CORRIENTE 10.000,0 7.971 79.710
SW -070 02/11/2010 328440 CORRIENTE 4.000,0 7.971 31.884
SW -070 04/11/2010 330263 CORRIENTE 3.769,00 7.971 30.043
SW -070 09/11/2010 330262 CORRIENTE 4.000,00 7.971 31.884
OTE -273 24/11/2010 333669 CORRIENTE 5.000,00 7.971 39.855
OTD -988 01/10/2010 320237 CORRIENTE 10.000,00 7.971 79.710
NME -410 06/10/2010 332467 CORRIENTE 6.000,00 7.971 47.826
TOTAL 26.937.915,76
Fuente: Relaciòn vehìculos Comercializadora la 5a LTDA
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 63
MANTENIMIENTO VEHICULOS QUE NO HACEN PARTE DEL PARQUE AUTOMOTOR DE LA GOBERNACION DEL TOLIMA
ANEXO .2
NO. PLACA FCHA PRODUCTO UNIDAD VLR UNITARIO VLR TOTAL
ICK-393 13/08/2010 ACEITE 1 20.000,00 20.000,00
IBN-305 25/08/2010 MOBIL 80W90 15 20.000,00 300.000,00
DBU - 305 4/01/2011 MOBIL HD 50 6 20.000,00 120.000,00
DBU -305 4/01/2011 MOBIL 80W90 1 20.000,00 20.000,00
DBU - 305 4/01/2011 FILTRO A 4044 2 12.000,00 24.000,00
DBU -305 13/09/2010 MOBIL DELVAC MX 4 20.000,00 80.000,00
DBU -305 13/09/2010 LIQUIDO DE FRENO 4 15.000,00 60.000,00
DBU -305 02/11/2010 MOBIL 80W90 4 20.000,00 80.000,00
DBU -305 02/11/2010 MOBIL DELVAC MX 2 20.000,00 40.000,00
DBU -305 02/11/2010 LIQUIDO DE FRENO 2 15.000,00 30.000,00
DBU -305 02/11/2010 MOBIL SUPER 1000 2 20.000,00 40.000,00
DBU -305 02/11/2010 REFRIGERANTE 3 6.000,00 18.000,00
OTD - 581 5/02/2011 MOBIL HD 50 5 20.000,00 100.000,00
ODT- 581 5/02/2011 MOBIL OUTBOARD PLUS 50.1 4 20.000,00 80.000,00
OTD - 581 5/02/2011 FILTRO A 4053 1 12.000,00 12.000,00
ODT- 581 5/02/2011 FILTRO A 4044 1 12.000,00 12.000,00
OTD - 581 5/02/2011 REFRIGERANTE 2 6.000,00 12.000,00
CXP -644 11/02/2011 ACEITE MOBIL SUPER 1000 5 20.000,00 100.000,00
CXP -644 11/02/2011 MOBIL HD 50 3 20.000,00 60.000,00
CXP -644 11/02/2011 FILTRO A 4053 1 12.000,00 12.000,00
CXP -644 11/02/2011 FILTRO AIP 682 1 12.000,00 12.000,00
CXP -644 11/02/2011 LIQUIDO FRENOS 1 15.000,00 15.000,00
CXP -644 11/02/2011 FILTRO A 4050 1 12.000,00 12.000,00
CXP -644 11/02/2011 REFRIGERANTE 1 6.000,00 6.000,00
CXP -644 09/08/2010 MOBILSUPER1000 CUARTO 10 20.000,00 200.000,00
CXP -644 09/08/2010 FILTRO AIP 682 1 12.000,00 12.000,00
CXP -644 09/08/2010 FILTRO A 4044 3 12.000,00 36.000,00
CXP -644 09/08/2010 REFRIGERANTE 6 6.000,00 36.000,00
CXP -644 08/10/2010 MOBIL SUPER 1000 3 20.000,00 60.000,00
CXP -644 08/10/2010 REFRIGERANTE 1 6.000,00 6.000,00
CXP -644 08/10/2010 LIQUIDO DE FRENO 2 15.000,00 30.000,00
CXP -644 08/10/2010 MOBIL HD 50 2 20.000,00 40.000,00
CXP -644 09/12/2010 MOBIL 80W90 4 20.000,00 80.000,00
CXP -644 09/12/2010 MOBIL OUTBOARD PLUS 50.1 5 20.000,00 100.000,00
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 64
NO. PLACA FCHA PRODUCTO UNIDAD VLR UNITARIO VLR TOTAL
CXP -644 09/12/2010 FILTRO A 4044 3 12.000,00 36.000,00
CXP -644 09/12/2010 FILTRO A 4053 1 12.000,00 12.000,00
CXP -644 09/12/2010 REFRIGERANTE 4 6.000,00 24.000,00
CXP -644 09/12/2010 LIQUIDO PARA FRENOS 2 15.000,00 30.000,00
CXP -644 09/12/2010 MOBIL HD 50 6 20.000,00 120.000,00
000 14/12/2010 MOBIL HD 50 2 20.000,00 40.000,00
OTE - 273 24/11/2010 MOBIL OUTBOARD PLUS 1 20.000,00 20.000,00
OTE - 273 26/11/2010 MOBIL HD 50 1 20.000,00 20.000,00
TOTAL 2.167.000,00
Fuente: Relaciòn vehìculos Comercializadora la 5a LTADA
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 65
BALANCE GENERAL A DICIEMBRE 31 DE 2010
Anexo. 3
Miles de pesos
CUENTA
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 REPORTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA EN PLATAFORMA CHIP
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
ACTIVOS 664.584.945 648.932.198 15.652.747
EFECTIVO 146.786.052 142.974.313 3.811.739
CAJA 52.816 0 52.816
DEPOSITOS INSTITUCIONES FINANCIERAS. 146.733.236 142.974.313 3.758.923
CUENTA CORRIENTE 8.276.510 5.697.639 2.578.871
CUENTA DE AHORROS 138.376.296 137.276.673 1.099.623
CERTIFICADO DE DEPOSITO DE AHORRO A TERMINO 42.943 1 42.942
CUENTA ESPECIAL 6.685 - 6.685
OTROS DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS 30.802 - 30.802
INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS 3.525.616 3.525.616 0
RENTAS POR COBRAR 4.086.642 4.086.642 0
VIGENCIA ACTUAL 626.090 626.090 0
IMPUESTO AL CONSUMO DEL TABACO Y CIGARRILLOS 56.188 56.188 0
IMPUESTO AL CONSUMO DE LICORES, VINOS, APERITIVOS O PARTICIPACION PORCENTUAL 206.909 206.909 0
IMPUESTO AL CONSUMO DE LA CERVEZA 16.785 16.785 0
IMPUESTO SOBRE VEHICULO AUTOMOTOR 232.465 232.465 0
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………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 66
CUENTA
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 REPORTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA EN PLATAFORMA CHIP
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
IVA DE LICORES A PRODUCTORES 110.386 110.386 0
IMPUESTO A LA VENTA DE CERVEZA 8% 3.357 3.357 0
VIGENCIAS ANTERIORES 3.460.552 3.460.552 0
IMPUESTO AL CONSUMO DEL TABACO Y CIGARRILLOS 776.758 776.758 0
IMPUESTO AL CONSUMO DE LICORES, VINOS, APERITIVOS O PARTICIPACION PORCENTUAL 904.224 904.224 0
IMPUESTO AL CONSUMO DE LA CERVEZA 246.234 246.234 0
IMPUESTO DE GANADO MAYOR 57.143 57.143 0
IMPUESTO SOBRE VEHICULO AUTOMOTOR 1.130.412 1.130.412 0
IVA DE LICORES A PRODUCTORES 257.117 257.117 0
IMPUESTO VTA CERVEZA 8% 88.664 88.664 0
DEUDORES 89.361.074 89.806.347 -445.273
INGRESOS NO TRIBUTARIOS 7.186.217 7.134.397 51.820
PRESTACION DE SERVICIOS 25.000 - 25.000
TRANSFERENCIAS POR COBRAR 10.664.964 10.664.964 0
AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS 47.906.300 47.868.999 37.301
ANTICIPOS O SALDOS A FAVOR POR 306 - 306
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………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 67
CUENTA
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 REPORTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA EN PLATAFORMA CHIP
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES
RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION 4.561.522 4.561.522 0
DEPOSITOS ENTREGADOS EN GARANTIA 4.991.989 4.498.561 493.428
OTROS DEUDORES 14.024.776 15.077.904 -1.053.128
PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO 97.757.034 86.418.451 11.338.583
TERRENOS 31.450.095 30.214.628 1.235.467
SEMOVIENTES 147.168 - 147.168
PLANTACIONES AGRICOLAS 86.287 - 86.287
CONTRUCCIONES EN CURSO 96.295 0 96.295
BIENES EN BODEGA 2.360.859 2.288.164 72.695
PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPOS NO EXPLOTADOS 1.598.064 1.598.064 0
EDIFICACIONES 45.134.772 41.358.866 3.775.906
MAQUINARIA Y EQUIPO 16.411.330 10.923.077 5.488.253
EQUIPO MEDICO CIENTIFICO 3.775.811 3.570.435 205.376
MUEBLES Y ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA 13.135.811 6.647.856 6.487.955
EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACION 24.024.067 14.207.904 9.816.163
EQUIPO DE TRANSPORTE 5.410.085 5.065.903 344.182
EQUIPOS DE COMEDOR, COCINA, DESPENSA Y HOTELERIA 455.714 102.296 353.418
DEPRECIACION ACUMULADA -46.329.324 -29.558.742 -16.770.582
BIENES DE BENEFICIO 36.924.386 36.924.386 0
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………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 68
CUENTA
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BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
Y USO PUBLICO E HISTORICO Y CULTURALES
OTROS ACTIVOS 286.144.141 285.196.443 947.698
PASIVOS 515.905.576 514.069.046 1.836.530
OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL 47.000.000 47.000.000 0
CUENTAS POR PAGAR 24.314.705 23.536.818 777.887
ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES 8.747.131 8.681.535 65.596
TRANSFERENCIAS POR PAGAR 216.565 251.296 -34.731
INTERESES POR PAGAR 225.304 225.304 0
ACREEDORES 7.804.623 7.355.341 449.282
RETENCION EN LA FUENTE 1.006.624 905.424 101.200
IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES – TASAS POR PAGAR 165.834 165.834 0
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 2.819 2.559 260
DEPOSITO RECIBIDO EN GARANTIA 196.280 - 196.280
CREDITOS JUDICIALES - SENTENCIAS 7.075 7.075 0
ADMINISTRACION Y PRESTACION DE DE SERVICIOS DE SALUD 5.942.450 5.942.450 0
OBLIGACIONES LABORALES 38.019.109 37.910.919 108.190
OTROS BONOS TITULOS EMITIDOS 44.499 44.499 0
PASIVOS ESTIMADOS- PROVISION PARA CONTINGENCIAS
405.416.893 404.692.361 724.532
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CUENTA
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BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
OTROS PASIVOS 1.110.370 884.449 225.921
RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS 976.863 884.449 92.414
INGRESOS RECIBIDO POR ANTICIPADO 133.507 - 133.507
PATRIMONIO 148.679.369 134.863.152 13.816.217
HACIENDA PUBLICA 148.679.369 134.863.152 13.816.217
CAPITAL FISCAL 63.380.280 52.813.406 10.566.874
RESULTADO DEL EJERCICIOS 84.795.729 83.794.016 1.001.713
EXCEDENTE/DEFICIT DEL EJERCICIO 84.795.729 83.794.016 1.001.713
SUPERAVIT POR VALORIZACION 573.880 548.418 25.462
SUPERAVIT POR METODO PARTICIP. PATRIMONIAL 4.294.703 4.294.703 0
SUPERAVIT POR DONACION 5.116.232 1.037.467 4.078.765
PATRIMONIO INCORPORADO 311.036 156.217 154.819
PROVISIONES, DEPRECIACION Y AMORTIZACION -9.792.491 -7.781.075 -2.011.416
INGRESOS 774.731.710 766.342.750 8.388.960
INGRESOS FISCALES 269.691.064 269.358.623 332.441
TRIBUTARIOS 144.847.883 144.847.885 -2
IMPUESTO DE REGISTRO 13.638.379 13.638.379 0
IMPUESTO AL CONSUMO DEL TABACO Y CIGARRILLOS 18.197.568 18.197.568 0
IMPUESTO AL CONSUMO DE LICORES, VINOS, APERITIVOS Y SIMILARES 3.771.130 3.771.130 0
IMPUESTO AL 57.371.366 57.371.366 0
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GOBERNACION DEL TOLIMA
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………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 70
CUENTA
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 REPORTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA EN PLATAFORMA CHIP
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
CONSUMO DE LA CERVEZA
IMPUESTO DE DEGUELLO GANADO MAYOR 402.445 402.445 0
IMPUESTO SOBRE VEHICULO AUTOMOTOR 9.869.462 9.869.462 0
SOBRETASA A LA GASOLINA 10.199.708 10.199.708 0
SOBRETASA AL ACPM 10.929.989 10.929.989 0
IMPUESTO GANADORES SORTEOS ORDINARIOS 531.978 531.978 0
IMPUESTOS LOTERIAS FORANEAS 588.324 588.324 0
IVA DE LICORES A PRODUCTORES 7.885.251 7.885.251 0
IMPUESTO A LA VENTA DE CERVEZA 8% 11.462.283 11.462.285 -2
NO TRIBUTARIOS 124.965.654 124.633.211 332.443
TASAS 1.701.956 1.701.956 0
MULTAS 1.886.090 1.886.090 0
SANCIONES 3.601 0 0
REGALIAS Y COMPENSACIONES TRIBUTARIAS 86.565.117 86.565.117 0
INSCRIPCIONES 177.647 177.647 0
ESTAMPILLAS 10.402.302 10.402.302 0
PUBLICACIONES 248.800 248.800 0
DERECHOS DE TRANSITO 238.895 238.895 0
DERECHOS DE EXPLOTACION 12.986.282 12.986.282 0
CONTRIBUCIONES 4.433.833 4.433.833 0
CUOTAS DE FISCALIZACION Y AUDITAJE 657.686 328.844 332.842
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 71
CUENTA
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 REPORTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA EN PLATAFORMA CHIP
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS 5.663.445 5.663.445 0
DEVOLUCION Y DESCUENTOS -122.473 -122.473 0
VENTA DE SERVICIOS 1.776.376 120.411 1.655.965
SERVICIOS EDUCATIVOS 1.662.990 - 1.662.9990
SERVICIOS EN SALUD 120.411 120.411 0
DEVOLUC, REBAJAS, DESCTOS EN VTA SERVICIOS -7.025 - -7.025
TRANSFERENCIAS 362.041.129 356.219.992 5.821.137
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 334.479.937 334.479.937 0
PARTICIPACIONES PARA SALUD 43.184.994 43.184.994 0
PARTICIPACION PARA EDUCACION 289.737.369 289.737.369 0
PARTICIPACION PARA PROPOSITO GENERAL 1.557.574 1.557.574 0
PARTICIPACION PARA AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 0 0 0
OTRAS TRANSFERENCIAS 27.561.192 21.740.055 5.821.137
PROYECTOS DE INVERSION 9.169.304 9.105.549 63.755
PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 5.321.942 0 5.321.942
PARA PROGRAMAS SALUD 11.215.615 11.215.615 0
PARA PROGRAMAS EDUCACION 432.954 117.363 315.591
OTRAS TRANSFERENCIAS 1.421.377 1.301.528 119.849
OTROS INGRESOS 141.223.141 140.643.724 579.417
FINANCIEROS 22.410.511 22.397.726 12.785
UTILIDAD POR EL METODO DE PARTICIPACION 382.397 382.397 0
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 72
CUENTA
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 REPORTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA EN PLATAFORMA CHIP
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
PATRIMONIAL
OTROS INGRESOS ORDINARIOS 2.092.828 1.698.702 394.126
INGRESOS EXTRAORDINARIOS 7.269.089 7.107.197 161.892
AJUSTE EJERCICIOS ANTERIORES 109.068.316 109.057.702 10.614
INGRESOS FISCALES 2.642.302 2.642.302 0
VENTA DE BIENES 41 - 41
VENTA DE SERVICIOS 903 188 715
TRANSFERENCIAS 45.360.843 45.350.261 10.582
OTROS INGRESOS 61.064.227 61.064.951 -724
GASTOS 689.935.981 682.548.734 7.387.247
GASTOS DE ADMINISTRACION 171.174.541 157.130.468 14.044.073
SUELDOS Y SALARIOS 20.429.306 14.529.416 5.899.890
CONTRIBUCIONES IMPUTADAS 131.495.975 131.462.572 33.403
CONTRIBUCION EEFECTIVAS 2.856.434 1.949.201 907.233
APORTES SOBRE LA NOMINA 710.877 458.318 252.559
GASTOS GENERALES 15.091.973 8.164.847 6.927.126
IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS 589.976 566.114 23.862
GASTOS DE OPERACIÓN - GENERALES 58.888.197 58.708.358 179.839
PROVISION, AMORTIZACION Y DEPRECIACION 14.213.964 13.713.964 500.000
TRANSFERENCIAS 7.068.172 14.064.449 -6.996.277
TRANSFERENCIA DEL SECTOR PRIVADO 221.200 221.200 0
OTRAS TRANSFERENCIAS 6.846.972 13.843.249 -6.996.277
PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3.720.607 10.716.884 -6.996.277
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
VERSION: 2 CODIGO: PR-AUD-009
………………………………………………………………. “TODOS SOMOS CONTROL”
“LO HACEMOS BIEN SIEMPRE” 73
CUENTA
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 REPORTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA EN PLATAFORMA CHIP
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE 2010 PRESENTADO POR LA GOBERNACION DEL TOLIMA A LA CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL TOLIMA
DIFERENCIAS
PARA PROGRAMAS DE SALUD 344.320 344.320 0
PARA PROGRAMAS DE EDUCACION 1.817.885 1.817.885 0
OTRAS TRANSFERENCIAS 964.160 964.160 0
GASTOS PUBLICO SOCIAL 448.638.233 449.135.494 -497.261
EDUCACION 324.372.078 324.869.339 -497.261
SALUD 103.890.645 103.890.645 0
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 10.981.440 10.981.440 0
VIIVENDA 1.370.276 1.370.276 0
RECREACION Y DEPORTE 507.630 507.630 0
CULTURA 2.102.620 2.102.620 0
DESARROLLO COMUNITARIO Y BIENESTAR SOCIAL 4.624.342 4.624.342 0
MEDIO AMBIENTE 789.202 789.202 0
OTROS GASTOS -10.047.126 -10.203.999 156.873
INTERESES 500.607 500.187 420
COMISIONES 6.067 0 6.067
FINANCIEROS 17.360 - 17.360
OTROS GASTOS ORDINARIOS 5.913.691 5.904.229 9.462
GASTOS EXTRAORDINARIOS 23.316 21.015 2.301
AJUSTES DE EJERCICIOS ANTERIORES -16.508.167 -16.629.430 -121.263
PROCESO AUDITOR INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL MODALIDAD ESPECIAL
GOBERNACION DEL TOLIMA
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