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GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS
INVESTIGACIÓN & ANÁLISIS
INFORME DE INVESTIGACIÓN
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN:
ANÁLISIS CUALITATIVO DE ACUSACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO
I. Justificación
La Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP) cuenta con una
Gerencia de Políticas Públicas, Investigación y Análisis, la cual se encarga
del análisis estratégico de aquellos ejes temáticos relevantes para la
institución del Ministerio Público, de cara al desarrollo de proyectos de
investigación que generen publicaciones diversas, con miras a promover un
verdadero conocimiento institucional.
En tal sentido, siguiendo sus atribuciones, esta gerencia ha identificado la
necesidad de desarrollar un estudio cualitativo de las acusaciones que
presenta el Ministerio Público en sus distintas aéreas de especialización, con
la finalidad de obtener una aproximación científica, de acuerdo a unos
indicadores dados, a la calidad de estos escritos, tan valiosos para
determinar el éxito del proceso penal.
Este insumo, una vez obtenido, servirá a la vez para modificar y/o adaptar
nuestros programas de capacitación en la materia, al identificar las
necesidades específicas de capacitación en uno de los oficios principales de
todo fiscal.
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II. Metodología
El análisis cualitativo de la muestra de acusaciones pertenecientes a los
distintos departamentos judiciales del país, fue realizado en base a una ficha
técnica que permitió evaluar los principales indicadores que determinan
una correcta acusación.
Fundamentalmente, fue empleado en el estudio el método analítico,
revisando detalles de forma y de fondo de las acusaciones, así como el
método inductivo en base al se obtuvieron conclusiones generales
partiendo de premisas particulares, para establecer falencias que restaban
calidad y fortalezas a dichos actos conclusivos.
III. Objetivo
Ejecutar un análisis cualitativo de una muestra de acusaciones
pertenecientes a los distintos Departamentos Judiciales del país, con la
finalidad de medir la calidad de las mismas, en base a los siguientes
indicadores:
Contenido de la Acusación
Base de la Acusación
Subsunción de los hechos
Juicio lógico
Asuntos de forma
Fundamentación
IV. Principales Hallazgos
Contenido de la Acusación:
1. No utilización del Dibujo de Ejecución: Uno de los errores más frecuentes
en los escritos de Acusación analizados es que el relato fáctico no responde
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a las preguntas contenidas en el dibujo de ejecución, a saber, ¿Qué? ¿Quién?
¿Cómo? ¿Dónde? ¿Cuándo?
2. Postergación del hecho principal: En la descripción de los hechos, se
detallan acciones ocurridas en el proceso de investigación; se abunda mucho
en escritos, comunicaciones enviadas entre las partes, oficios y depósitos de
documentados, entre otros trámites procesales, diligencias de investigación;
estos resultan ser tediosos, y sobre abundantes, no entendiéndose en
definitiva cual es el hecho ilícito que se imputa.
3. Subsunción inadecuada: Se describen hechos que no son calificados. Ej.
Juan disparó contra Pedro quitándole la vida y posteriormente sustrajo su cartera
conteniendo $5,000 pesos en efectivo y sus documentos personales. Calificación
Jurídica 295 y 304 CPD.
4. Ambigüedad y falta de objetividad: Es preocupante observar acusaciones
donde el fiscal investigador, aún explicando en su teoría fáctica las causales
de justificación que favorecen al imputado, no lo califica como tal. Ej. Excusa
legal de la provocación calificada como homicidio voluntario.
5. Transcripción de declaraciones: En cuanto a la Teoría del Caso, se ha
observado que algunos fiscales citan de manera íntegra las declaraciones de
imputados y testigos, obtenidas en la fase investigativa, lo cual es
improcedente.
6. Sustitución del hecho: Se pudo observar que algunos fiscales en vez de
confeccionar hechos históricos circunstanciados para describir un delito, se
limitan a trascribir las denuncias y los informes policiales.
7. Situación actual del imputado: Se evidencia una omisión en lo concerniente
a la ubicación y situación actual del procesado al momento de presentar el
escrito de acusación.
8. Identificación de la víctima: Otra de las debilidades que denotan las
acusaciones consiste en no identificar a la víctima como sujeto procesal.
9. Petitorio deficiente: Es necesario que el petitorio del Ministerio Público,
incluya la solicitud de apertura a juicio y la admisión de la acusación, la
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calificación jurídica y el mantenimiento o variación de la medida de
coerción, así como la identificación de los sujetos procesales.
10. Emisión de juicios de valor: Se percibe en las acusaciones de algunos
Magistrados Fiscales, que emiten consideraciones personales sobre
situaciones que no pueden ser demostradas en juicio ya que son muy
subjetivas.
Oferta Probatoria:
1. Especulación y planteamientos fácticos sin sustento probatorio: Al
analizar las acusaciones resultó obvio que, en el relato de los hechos
realizados por el fiscal, se establecen expectativas que la oferta probatoria
no podrá satisfacer.
2. Ausencia de pretensión probatoria: Se pudo constatar que en varias de las
acusaciones analizadas, no se establecía qué se pretendía probar con
determinado elemento probatorio. En otras, se evidencian ofertas
probatorias idénticas y genéricas para todos los testigos. Ej. Testimonio de
Juan Pérez y Lucas Ramos, con estos testigos probaremos cómo ocurrieron los
hechos.
3. Prueba sin base de sustentación: Algunos elementos de prueba requieren
una autorización previa para su obtención, vg. una interceptación telefónica,
por lo que al momento de ofertarse el medio probatorio es necesario ofertar
de igual modo la autorización que la avala.
4. Prueba material: Entre las debilidades encontradas, se aprecia que no se
toma en cuenta que para establecer una prueba material, resulta
imprescindible demostrar el origen de su obtención y obviamente que sea
licita. Ej. Unos casquillos coincidentes con el arma homicida pero de los cuales no se
sabe cómo fueron obtenidos.
5. Incorporación del contenido de las actas: Las evidencias obtenidas
mediante una diligencia procesal consignada en un acta, deben ser ofertadas
por separado como prueba material, por constituir en sí elementos de
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convicción fundamentales. Ej. Un allanamiento donde se incautó un arma de
fuego, se debe ofertar tanto el acta de allanamiento como el arma física.
6. Testigo instrumental: Se hace necesario ofertar el testimonio de aquellos
oficiales o funcionarios que intervienen en la instrumentación de las actas;
esto, en virtud del principio de Oralidad que rige el proceso, a los fines de
autenticar su contenido y robustecer la acusación.
7. Equívoca enunciación de autores y partícipes: Se colocan como imputadas
personas que en la teoría del caso no se sabe cuál es su participación y, más
aún, ni siquiera son mencionados ni por el fiscal ni por testigos.
8. Oferta de testigos irrelevantes al caso: Esto se evidencia en acusaciones
cuyos testigos no estaban presentes al momento de ocurrir el hecho, por lo
que no pueden establecer circunstancias referenciales del hecho ilícito. Ej.
Un primo del occiso que al momento de la muerte se encontraba en su pueblo natal.
9. Oferta de pruebas irrelevantes e innecesarias: Con frecuencia son ofertadas
pruebas que resultan impertinentes e inútiles al proceso. Ej. Ofertar la copia
de la cédula del imputado para demostrar su culpabilidad. Ofertar la propia medida
de coerción. Otro ejemplo es el ofertar un decreto como prueba.
Asuntos de Forma:
1. Errores de puntuación: Se observa la falta de tildes, falta de mayúsculas
necesarias y colocación de mayúsculas innecesarias. Ej. ministerio publico.
Cuando debería ser Ministerio Público.
2. Uso de expresiones ilógicas: Es común observar acusaciones que narran
acciones realizadas por una persona fallecida lo cual es materialmente
imposible. Ej. El occiso se encontraba bebiendo cerveza en el lugar de los hechos…
3. Estilo inadecuado: Utilización de frases y/o palabras coloquiales, obviando
el lenguaje técnico profesional. Ej. El imputado le dio un trompón…; en
contraposición a otros que usan un lenguaje tan rebuscado y técnico que
dificulta su comprensión.
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4. Transcripción de textos legales: Se evidencia el copiado inextenso de
normas que definen los tipos penales, los cuales resultan innecesarios.
5. Anexos: Es innecesario y sobre abundante hacer referencia a las pruebas en
forma de anexo al final de la acusación, más aun cuando en el cuerpo de la
misma ya se han detallado.
6. Redacción deficiente: Aún cuando el fiscal conoce plenamente como
ocurrieron los hechos, al momento de relatarlos incurre en incoherencias y
errores semánticos.
Estructura y Fundamentación:
1. Ausencia de antecedentes: En muchas acusaciones no existe una relación de
los hechos adjuntada a situaciones de antecedentes, lo que impide una
mejor comprensión de los mismos.
2. Concurso de infractores: En las muestras analizadas se observa como
debilidad que cuando concurren varios infractores, no se delimita
adecuadamente la participación de cada uno de ellos. Ello contribuye a
desmejorar las pretensiones de autoría y/o complicidad.
3. Concurso de infracciones: Cuando en una acusación confluyen varios
hechos que dan lugar a varias violaciones legales, se olvida la
fundamentación de algunas de ellas.
4. Falta de correspondencia entre los hechos y la calificación: En la relación
de los hechos se describen agravantes, pero no se plasman en la calificación
legal. Ej. Un robo con violencia, cuya calificación es el artículo 379 del Código
Penal Dominicano. Ocurre, igualmente, que se califica la agravante pero no se
describe en la relación de hechos.
5. Ausencia de fundamentación: Del análisis de las muestras se percibe que se
obvia la fundamentación. Y cuando suele aparecer, no se hace más que
reiterar la narración de los hechos.
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ANÁLISIS CUANTITATIVO DE LAS MUESTRAS
I. Generalidades
PROCURADURÍA FISCAL TOTA
L
Puerto Plata 4
Prov. Santo Domingo 4
Pedernales 4
Bahoruco 4
Distrito nacional 4
JE - Medio Ambiente 3
Barahona 3
Independencia 3
San Cristóbal 3
Duarte (San Francisco) 3
Hato Mayor 3
María Trinidad Sánchez 3
JE - DPCA 2
El Seibo 2
Hermanas Mirabal
(Salcedo) 2
La Altagracia 2
La Romana 1
Santiago 1
San Pedro 1
Montecristi 1
Valverde 1
Azua 1
Constanza 1
San Juan 1
San José de Ocoa 1
TOTAL GENERAL 58
Cuadro 1. Casos estudiados según
fiscalía de procedencia.
INFRACCIÓN PRINCIPAL TOT
AL
Homicidio 21
Ley 50-88 (Drogas y
Sustancias Controladas) 13
Delitos sexuales 8
Ley 64-00 Sobre Medio
Ambiente 4
Estafa y abuso de confianza 3
Delitos contra la
administración pública 3
Robo 3
Ley 137-03 (Trata y tráfico
ilícito de personas) 2
Tortura 1
TOTAL GENERAL 58
Cuadro 2. Casos estudiados según
infracción principal.
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II. Contenido de la Acusación
1.1 ¿Se presentan los datos que sirven para identificar al imputado?
1.2 ¿Se expresa la relación precisa y circunstanciada del hecho punible que se
atribuye al imputado, con indicación específica de su participación?
1.3 ¿Se presenta la fundamentación de la acusación, con la descripción de los
elementos de prueba que la motivan?
No 4%
Si 96%
1.1
No 16%
Si 84%
9
1.4 ¿Se presenta la calificación jurídica del hecho punible y su fundamentación?
1.5 ¿Se expresa el ofrecimiento de la prueba que se pretende presentar en juicio, que
incluye la lista de testigos, peritos y todo otro elemento de prueba, con la
indicación de los hechos o circunstancias que se pretenden probar?
No 19%
Si 81%
1.3
No 20%
Si 80%
1.4
No 11%
Si 89%
1.5
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1.6 ¿Se incluye el petitorio del Ministerio Público?
III. Objetividad de la Acusación
El fiscal, al decidir sobre la solución aplicable a un caso, no puede hacerlo según sus
sentimientos o paradigmas personales, sino conforme a la ley y el derecho aplicable a
los hechos. En este sentido, favor indicar si se presentan las siguientes situaciones:
2.1 ¿Se muestra animadversión hacia el imputado basada en estereotipos personales?
2.2 ¿Se muestra manifestación de animadversión respecto de la raza, la religión, la
nacionalidad, el sexo, la profesión, la posición económica, la afiliación o posición
política, el lugar de residencia de la víctima, del imputado o de los testigos?
No 10%
Si 90%
1.6
No 98%
Si 2%
2.1
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2.3 ¿Se evidencia en la acusación que la misma estuvo motivada por presiones
sociales?
IV. Oferta Probatoria
3.1 ¿Indica el Fiscal que los elementos probatorios son suficientes para demostrar la
ocurrencia de los hechos y la responsabilidad penal del imputado?
No 98%
Si 2%
2.2
No 98%
Si 2%
2.3
No 25%
Si 75%
3.1
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3.2 ¿Se hace referencia a la licitud de los medios de prueba?
3.3 ¿Se denota que existen medios de prueba suficientes para sustentar la coincidencia
entre la identidad del sujeto activo del hecho y la persona a la que se le va a hacer la
imputación?
V. Juicio Lógico
4.1 ¿La proposición mayor, o sea el principio jurídico abstracto, se obtiene de la ley
complementada con la doctrina y la jurisprudencia?
No 49%
Si 51%
3.2
No 9% Si
91%
3.3
No 5% Si
91%
No Aplica 4%
4.1
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4.2 ¿La proposición menor, o sea, los hechos, se obtienen por la vía probatoria
extrayéndola de los testigos, documentos, rastros, pericias y demás medios de prueba
lícitos?
4.3 ¿La conclusión es la afirmación de la subsunción o no de los hechos a la norma
penal y al derecho?
VI. Asuntos de Forma
a. Lenguaje
5.1 ¿El lenguaje es apropiado?
No 9% Si
91%
4.2
No 9% Si
91%
4.3
14
5.2 ¿Es claro, sencillo y fluido?
5.3 ¿El fiscal domina la ortografía y la redacción?
5.4 ¿La puntuación es correcta?
No 11%
Si 89%
5.1
No 15%
Si 85%
5.2
No 27%
Si 73%
5.3
15
5.5 ¿Se utiliza el tiempo correcto de los verbos?
5.6 ¿La descripción de los hechos es sencilla y sobria?
b. Estructura
No 15%
Si 85%
5.4
No 5%
Si 95%
5.5
No 22%
Si 78%
5.6
16
5.7 ¿Se contextualizan los hechos con circunstancias antecedentes, temporales o
espaciales que permiten la mejor comprensión de su dinámica?
5.8 ¿Se describen por separado las acciones de cada partícipe?
5.9 ¿Se describen las relaciones relevantes que existen entre los partícipes?
No 23%
Si 77%
5.7
No 19%
Si 53%
No Aplica 28%
5.8
No 20% Si
44%
No Aplica 36%
5.9
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5.10 ¿Tratándose de delitos especiales propios, se describen las calidades del sujeto
activo?
5.11 ¿Se describe el objeto de ataque u objeto de la acción?
5.12 ¿Se describe la forma o modo de comisión?
No 3%
Si 45%
No Aplica 52%
5.10
No 32%
Si 57%
No Aplica 11%
5.11
No 5%
Si 93%
No Aplica 2%
5.12
18
5.13 En los delitos de resultado ¿Se describe el nexo causal entre los hechos y el
resultado?
5.14 En los delitos de peligro concreto ¿Se describe la amenaza al bien jurídico
tutelado?
5.15 ¿Se describen los elementos objetivos (siempre) y subjetivos (si existen) de la
conducta que expliquen el dolo o la culpa?
No 9% Si
75%
No Aplica 16%
5.13
No 14%
Si 12%
No Aplica 74%
5.14
No 33%
Si 62%
No Aplica 5%
5.15
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5.16 Si con respecto a un mismo autor se dan diversas violaciones legales ¿Se
describen por separado los hechos de cada uno?
5.17 En la tentativa ¿Se describe la causa por la que se interrumpió el iter-criminis?
VII. Fundamentación
6.1 ¿Se hace una breve, clara, pero suficiente explicación del respaldo probatorio de
cada una de las afirmaciones que se hizo en la relación de los hechos, con lo cual se
está denotando la objetividad, la pertinencia y la utilidad de cada medio de prueba
citado?
No 30%
Si 30%
No Aplica 40%
5.16
No 2%
Si 2% No Aplica
96%
5.17
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6.2 Si son varios hechos ¿Se mencionan no sólo los artículos de la ley sino también el
tipo de concurso del que se trata (material, ideal, aparente)?
No 16%
Si 84%
6.1
No 28%
Si 41%
No Aplica 31%
6.2
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V. Recomendaciones
La Escuela Nacional del Ministerio Público debe fortalecer su programa de
capacitación continua, implementando seminarios y talleres prácticos sobre los
aspectos puntuales de la acusación, como son: la correcta fundamentación de la
teoría del caso, la correcta subsunción del hecho al tipo penal y las pruebas que la
avalan.
Es pertinente y necesario que se promuevan capacitaciones en cada Distrito
Judicial, donde los facilitadores puedan trasladarse y constatar de forma directa
la realidad imperante en estas fiscalías.
Por otro lado, se recomienda la estandarización de las acusaciones del Ministerio
Público, estableciendo reglas mínimas de contenido y forma, que permitan que
una acusación realizada en un Distrito Judicial responda a los mismos criterios
técnicos que una realizada en cualquier otro del país.
Equipo Técnico:
Consultores:
Lic. Fernando Quezada
Licda. Aleyda Olmos
Lic. Wagner Cubilete
Lic. Moisés Jáquez-Sistematización de datos
Gerente GPPI&A:
Lic. Orlidy Inoa
Coordinadoras GPPI&A:
Lic. Ilena Rosario
Lic. Vanessa Cobo
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Noviembre 2011