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INFORME DE GESTIÓN lll TRIMESTRE 2014

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INFORME DE GESTIÓN

lll TRIMESTRE

2014

INTRODUCCION

El informe que se presenta a la Junta Directiva, contiene la gestión realizada por la

gerencia y el equipo directivo de la ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís

en todo lo concerniente al área administrativa, financiera y asistencial, durante el

periodo julio, agosto y septiembre de 2014.

La gestión realizada va encaminada a dos ejes, al mejoramiento de la calidad en

la prestación del servicio de salud y al sostenimiento financiero de la ESE,

enmarcada siempre al cumplimiento del Plan de Desarrollo Institucional y los

requerimientos legales del sector salud.

GESTION GERENCIAL Y DE PLANEACION

En el tercer trimestre del año en curso, la gerencia y todo su equipo orientaron su

gestión al cumplimiento del plan de desarrollo institucional.

Entre los logros obtenidos de manera general en este periodo se tienen los

siguientes:

Se compraron las dos unidades móviles, que permitió que se disminuyera

las barreras de acceso a salud, llevando la prestación del servicio de salud

lo más cerca posible del lugar donde viven y trabajan las personas. Con

este proyecto los mayores beneficiarios fueron los habitantes de las zonas

más vulnerables, y que no cuentan con un centro de salud cercano. Los

servicios que se ofrecen en esta modalidad son citología, examen médico y

odontología.

Se legalizó el parque automotor de la ESE (La ambulancia y dos unidades

móviles), que permitió el transporte libre por todo el municipio, y con los

seguros correspondiente.

Teniendo como base el estatuto de contratación ya aprobado, se elaboró el

manual de contratación que fue adoptado por la gerencia mediante

Resolución 00436 de septiembre de 2014, que permite a todos los

funcionarios y contratista conocer en forma sencilla el proceso de

contratación de la ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís y los

requisitos para formar parte de nuestro panel de proveedores.

Se obtuvo el crédito y se compró la sede administrativa de la ESE, que fue

un gran logro, ya que desde sus inicios la ESE no contaba con una sede

administrativa propia.

Se inició el curso de soporte vital básico a las enfermeras de la institución,

cumpliendo con los nuevos cambios normativos del sector salud.

Se actualizó los miembros del COPASO

Se logró radicar en el Ministerio de Salud y Protección Social el proyecto de

prestación de servicio de urgencia y hospitalización sede Campiña.

Se eligió nuevo representante de los usuarios ante el Comité de Ética

Hospitalaria.

Se depuraron los inventarios en IPS Gallera, y Argelia, avanzando la

depuración a 7 IPS.

Se realizaron las respectivas autoevaluaciones sobre el cumplimiento del

sistema único de habilitación en todas las sedes de la ESE de acuerdo a la

Resolución 2003 de 2014, cumpliendo con lo exigido por el Ministerio de

Salud y de la Protección Social.

Se está realizando todas las destrucciones de registros documentales de

acuerdo a la tabla de retención documental, cumpliendo así con lo

estipulado en la ley de archivo.

Se fortaleció el grupo extramural, se uniformó, se carnetizó, con las

unidades móviles pueden prestar los servicios de salud en condiciones

idóneas y en cualquier sitio del municipio que se requiera.

INFORME DE GESTION CONTROL INTERNO

METAS: VALORACION DEL RIESGO, ACOMPAÑAMIENTO Y ASESORIAS,

EVALUACION Y SEGUIMIENTO, FOMENTO DE LA CULTURA AUTOCONTROL,

RELACION CON LOS ENTES EXTERNOS.

I. VALORACIÓN DEL RIESGO

Logros: Durante este trimestre la oficina de control interno para unos mejores

resultados en la realización futura de la valoración de los riesgos, dio charlas a

todas las IPS sobre Administración del riesgo en lo que tiene que ver a la

identificación, análisis y evaluación de los riesgos basados en controles.

II. ACOMPAÑAMIENTO Y ASESORIAS

Logros: en el trimestre Julio - Septiembre de 2014, la Oficina de Control Interno

Hizo acompañamiento y Asesoría:

A la oficina de archivo en la digitación de las historias clínicas, como también en el procedimiento para la eliminación de las series documentales, que según la tabla de retención documental de la entidad se encontraban en tiempo para su eliminación, con esto se logró evacuar en gran parte el archivo central, para darle cabida a otras series documentales que por la limitación del espacio reposaban en otras áreas diferentes a la de archivo.

Se le hizo acompañamiento al proceso de actualización del Modelo Estándar de control Interno, MECI a la oficina Asesora de Planeación.

Se dio asesoría a los jefes del proceso en la construcción de planes de mejoramiento, por proceso, como resultante de la auditoría interna.

Mayor correspondencia y compromiso por parte de los jefes de procesos.

Mejoró la gestión del encargado de archivo, mostró más percepción ante

las recomendaciones dadas.

Se le hizo seguimiento a la contratación correspondiente al 2er trimestre de la vigencia 2014.

Se le hizo acompañamiento al equipo MECI, en cuanto a capacitaciones e inducción de algunos temas como administración del riesgo, conocimiento del contenido de la estructura de la encuesta MECI, controles.

Asesoría en la elaboración de las políticas del proceso de Talento Humano y actualización del programa de inducción y reinducción.

III. EVALUACION Y SEGUIMIENTO

Logros: Con respecto a esta meta, durante el trimestre evaluado la Oficina

Asesora de Control Interno realizó seguimiento:

Al Plan de anticorrupción o Matriz de Riesgo a corte 30 de agosto de 2014.

Se evaluó el Sistema de Control Interno a través del pormenorizado cuatrimestral a corte 11 de julio de 2014

Se evalúo la austeridad del gasto del trimestre Julio - Septiembre de 2014 en aplicación del decreto 0948 del 14 de mayo del 2012, en formato de informe semestral direccionado por la Contraloría General del Departamento ajustado a la entidad.

Se le hizo evaluación independiente a la digitalización de las historias clínicas de los usuarios atendidos en las diferentes IPS, revisando su avance de ejecución.

IV. FOMENTO DE LA CULTURA DE AUTOCONTROL

Logros: Durante este trimestre se realizaron charlas alusivas a la importancia del

control como primera instancia para evitar posibles riesgos que atenten con el no

cumplimiento de los objetivos institucionales, esta fue dictada a todas las IPS

adscritas a la entidad en la IPS 20 de enero, también se les hizo entrega de una

cartilla sobre el autocontrol, como guía y reflexión sobre el control que se le debe

aplicar a la actividades que realizan los funcionarios en su día día y el agregado

que queda al aplicarlo.

Limitantes: se encuentra pendiente implementar el fomento del autocontrol a

través de la estrategia de la página WEB, situación dada por falta de tiempo, pero

que deberá ser subsanada en el próximo trimestre.

V. RELACION CON ENTES EXTERNOS

Logros: Se hicieron los descargos ante los hallazgos encontrados durante la

auditoría especial realizada por la contraloría general del departamento

correspondiente a la vigencia 2013.

Se elaboró en coordinación con todas las áreas el Plan de mejoramiento

correspondiente a la auditoría recibida por el ente de control externo Contraloría

General del Departamento.

Se coordinó el envío de la rendición de cuentas de la Gestión Ambiental, haciendo

su respectiva revisión.

INFORME DE GESTION JURIDICA

DERECHOS DE PETICIÓN:

PETICIONARIO D/ M/

A/ RAD.

ESTADO

ARMANDO OEREZ PATERNINA 17 07

2014 006445

RESUELTO

FULGENCIO PEREZ DIAZ 14 07

2014 784

RESUELTO

ESTEFANY TUIRAN FLOREZ 29 07

2014

793

RESUELTO

JORGE ANTONIO MERCADO MEDRANO 21 08

2014 006585

RESUELTO

ALEXANDER PEÑA CORONADO 22 08

2014 006589

RESUELTO

GRISEL BERTEL PEREZ(SECRETARIA DE HACIENDA) 26 08

2014 006607

RESUELTO

ARGEMIRO ALVAREZ BUSRAMANTE 26 08 2014

806

RESUELTO

EDILBERTO ALMANZA RICARDO 02 09

2014 006636

RESUELTO

INGRID YOJANNA ACOSTA ROMERO 04 06

2014 810

RESUELTO

JORGE ANTONIO MERCADO MEDRANO 12 12 2014 812 RESUELTO

RECLAMACIONES ADMINISTRATIVAS LABORALES:

PETICIONARIO D/ M/

A/ RAD.

ESTADO

SIRLEY PATRICIA TENORIO JULIO 16 07

14 596

RESUELTO

NESTRO JULIO DE LA CRUZ ARCO 13 08 14 800 RESUELTO

ZOILA ROSA PEREZ COTERA 26 08 14

807

RESUELTO

TUTELAS:

DESPACHO JUDICIAL

ACCIOANANTE FECHA NOTIFICACION

ESTADO RADICADO Nº

JUEZ PENAL MUNICIPAL DE SINCELEJO (Reparto)

ESE UNIDAD DE SALUD SAN FRANCISCO DE ASIS DE SINCELEJO/MUNICIPIO DE RIOHACHA

JULIO 30 DE 2014

RESUELTO 2014-00082-00

OFICIOS LIBRADOS POR DESPACHOS JUDICIALES, ORGANISMOS DE CONTROL Y OTROS:

DESPCHO JUDICIAL, ORGANISMOS DE CONTROL Y OTROS. D M

A

RADICADO Nº

ESTADO

PROCURADURIA PROVINCIAL DE SINCELEJO 03 07

2014 782

RESUELTO

JUZGADO SEPTIMO PROMISCUO DE FAMILIA DE SINCELEJO SUCRE 25 07

2014 791

RESUELTO

CONTRALORIA GENERAL DEL DEPARTMENTO DE SUCRE 09 09

2014 811

RESUELTO

CONTRALORIA GENERAL DEL DEPARTMENTO DE SUCRE 23 09

2014 818

RESUELTO

SOLICITUD CONCILIACIONES:

CONVOCANTE/APODE

RADO

CONVOCADO CLASE DE

CONCILIACION

Nº DE

RADICACIÓN

Y FECHA DE

RECIBIDO

ESTADO

Nota. Para este periodo no hubo solicitud de conciliación.

Se revisó y aprobó oficio proyectado por el subdirector Administrativo

para la firma de la señora Gerente, dirigido a la Secretaría de Salud Departamental, Tema: Decisión recurso de Reposición contra el acto administrativo que calificó a la empresa en “Riesgo alto”.

Se proyectó respuesta al oficio del 01 de agosto de 2014, suscrito por la

Secretaría de Hacienda Municipal de Riohacha, recibido en este Despacho el día 04 del mismo mes y año, bajo el radicado interno No.795. (Asunto derecho de petición para el pago deuda EMMANUEL).

Se proyectó respuesta al auto de apertura de proceso “ESTAMPILLA

UNIVERSIDAD DE SUCRE TERCER MILENO.

Se viajó a Bogotá DAFP plan de trabajo empleos temporales.

SE proyectó oficio dirigido al Señor Registrador de Instrumentos Públicos solicitando la inscripción en el Folio de matrícula inmobiliaria No. 340-39054, de la Escritura Pública No. 1.630 del 22 de agosto de 2014 de la Notaría Segunda de Sincelejo, la cual contiene venta e hipoteca a favor de la entidad pública E.S.E Unidad de Salud San Francisco de Asís de Sincelejo.

Se proyectó resolución de traslado de FLORIDALBA RICARDO VALDERRAMA.

Se proyectó resolución de traslado de ELFA LIDUEÑAS.

Se proyectó resolución de traslado de MIRNA LUZ VERGARA.

Se elaboró oficio dirigido al Banco de Bogotá, con el cual se remite la Primera Copia de la Escritura Pública No. 1.630 del 22 de agosto de 2014 de la Notaría Segunda de Sincelejo.

Se brindó asesoría asesoría y asistencia en todo lo relacionado con el proceso de la contratación estatal y liquidación de contratos.

Se elaboraron respuestas a derechos de petición, consultas y conceptos elevados ante dicha oficina.

Participación activa en las decisiones de las reuniones de los comités de conciliación.

Elaboración y sustentación de respuestas a las diferentes acciones de tutela, presentadas a la entidad.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO:70001310500220130022900 DEMANDANTE: CARLOS VASQUEZ BENITEZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 22 de noviembre de 2012, reparto y radicación realizada por reparto al Juzgado Primero Laboral del Circuito. radicado 70001310500120120059700

28 de noviembre de 2012, auto que admite demanda, se ordena notificar y correr traslado a la parte demandada, reconoce personería al dr Miguel Arrazola como apoderado del demandante. Se enviaron citatorios.

15 de enero de 2013, Se notificó la ESE 24 de enero de 2013, EL Dr FREDY MOLINA, allego poder, con sus respectivos

anexos, contestó demanda, propuso excepciones de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE.

24 de enero de 2013, igualmente APORTE PODER PARA ACTUAR. 21 de marzo de 2013, se declara impedida la titular del despacho para continuar conociendo del proceso. en consecuencia se ordena él envió del expediente al juzgado segundo laboral del circuito de Sincelejo radicándolo el despacho con numero 70001310500220130022900

25 de abril de 2013, se recepciono y radico en los libros 03 de mayo de 2013, se declara fundado impedimento por la juez laboral primera. A la fecha se encuentra expediente pendiente de continuar trámite y RECONOCERLE PERSONERIA AL SUSCRITO PARA ACTUAR. 21 de abril de 2013, se declara juez impedida para actuar. 25 de abril de 2013, se recepciona proceso en el Juzgado Segundo Laboral y se radica en los libros con el número 70001310500220130022900.

29 de abril de 2014, memorial por parte del apoderado del demandante, manifestando bajo juramento desconocer dirección de la Cooperativa Salud Humana, Velpar, Contupersonal y Coopservicios, solicita nombramiento de curador. 17 de julio de 2014, solicita por segunda vez, nombramiento de curador. 18 de julio de 2014, auto que ordena nombramiento de curador.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500220090001700 DEMANDANTE: JOSE JAVIER ARRIETA HERAZO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido del poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue remitido del juzgado de origen (SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO). Marzo 4 de 2013. Este proceso a la fecha se encuentra así: venía con actuación de segunda audiencia de trámite, el 21 de julio de 2011, de la solicitud de nulidad propuesta por la demandado, se corrió traslado a la demandante, por tres (3) días; en septiembre 7 de 2011, auto no de decreta nulidad solicitada por el demandado, decreta ilegalidad de lo actuado-admite llamamiento en garantía. Aún no reconocen personería al Dr. William Bula. Se Fijó Audiencia para el 14 de febrero de 2013, audiencia que no se realizó por no encontrarse la Juez, en la ciudad de Sincelejo. Se fijó fecha de audiencia de juzgamiento para el día 24 de junio de 2013. Se celebró en fecha y hora indicada, audiencia de juzgamiento, en la que el juez de

conocimiento, declaro que entre el señor JOSE ARRIETA HERAZO y la ESE existió una relación laboral que inicio el día 1 de enero de 2003 y termino el 31 de enero de 2008, CONDENÖ al pago por concepto de indemnización por despido sin justa causa $2.767.050; prestaciones sociales y vacaciones la suma de $7.869.937; sanción moratoria $33.278.388: por concepto de indexación $2.313.376; condenó a pagarle al demandante por concepto de recargo nocturno, horas extras diurnas, nocturnas y recargos dominicales, festivos por la suma de $164.641 y aportes en pensión desde 1 de enero de 2003 hasta 31 de enero de 2008 y absorbió a las demás pretensiones de las demandas y condeno a las costas a la ESE. El día 26 de junio de 2013, interpuse recurso de apelación. En auto de 16/07/2013, se envía expediente al Tribunal Superior de Sincelejo para que se surta el recurso interpuesto. TRIBUNAL SUPERIOR DE SINCELEJJO SALA CIVIL-LABORAL, SE RECIBE CON OFICIO Nº 1164 DEL JUZGADO. PRIMERO LABORAL DE DESCONGESTION; REPARTO Y RADICACION EL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2013, PROCESO QUE SE RADICA EN EL LIBRO 19 FOLIO 548, M.P. ELVIA MARINA ACEVEDO GONZALEZ, SE PASA A DESPACHO CORRE TRASLADO PARA ALEGAR POR CINCO DIAS. EMPIEZAN TERMINOS 9 DE SEPT. VENCE EL 13 DE SEPT. MARZO 3 DE 2014, Recibí COMUNICACIÓN CALENDADA 27 DE FEBRERO DE 2014. POR MEDIO DE LA CUAL ME COMUNICAN, QUE POR AUTO DE 26 DE FEBRERO DE 2014, EL DESPACHO DE LA DRA, ELVIA MARINA ACEVEDO GONZALEZ, ORDENO LA REMISION DEL PROCESO A LA SALA LABORAL DE DESCONGESTION DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE SANTA MARTA, CON EL FIN DE DAR APLICACIÓN AL ACUERDO N° PSSA1410112 DEL 21 DE FEBRERO DE 2014 EMANADO DE LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. Proceso que llega procedente del Tribunal de Santa Marta con fallo, fijaron fecha y hora para lectura del fallo el día 25 de junio de 2014 a las 3.00 p.m.

Se celebró audiencia de lectura de fallo en fecha y hora indicada, en donde el Tribunal de conocimiento, el cual confirma la sentencia de fecha 24 de junio de 2013, proferida por el Juzgado Primero Laboral de Descongestión de Sincelejo, igualmente confirma la suma de 616.000 en condena en costas y ordena liquidar por secretaria.

TRASLADOS, Julio 29 y 28-2014-Liquidación de costas 3 días. JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 7000131050012008-00520-00 / 2013-0071500 DEMANDANTE: RAFAEL ROMERO GUZMAN DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO:ORDINARIO LABORAL

El 19-03-2013, a las 10:34 am, radique poder otorgado por la Gerencia. Se me reconoció personería, y se asistió a tercera audiencia de trámite, en la cual se renunció a la prueba de interrogatorio de la Gerente de la ESE. Dejando constancia en despacho que no se fijó fecha de audiencia de juzgamiento. Se realizó audiencia el día 21de abril a las 10.30. a.m. Mediante auto de fecha 19 de junio de esta anualidad el despacho programo fecha de audiencia de juzgamiento para el día 8 de julio a las 9.00 a.m. No se llevó a cabo la audiencia, se encuentran suspendidos cualquier actuación en este proceso, toda vez, que se encuentra pendiente de resolver un recurso de queja y aun no se ha resuelto. AGOSTO 31 fui al despacho a indagar por este expediente y aún sigue los términos

suspendidos porque el recurso de queja no se ha resuelto aún. Proceso lo recibe en el Tribunal Superior, SE RECIBE CON OFICIO N° 1442 DEL JUZG. PROVENIENTE 1 LABORAL DE DESCONGESTION con oficio 1442, se radica en el Libro 19 folio 1, M.P. LUZ ESTELA ROCA. Se corrió traslado por 5 días para alegar. Nov 5 de 2012. Al despacho proceso informando que la parte demanda alego la contraria gurdo silencio, Septiembre 6 de 2013, se declaró la ilegalidad del auto de fecha 09 de agosto de 2012. Toda vez que el Tribunal recibió dicho proceso como apelación, siendo un recurso de queja. El día 18 de diciembre de 2013, se declara desierto el recurso de queja interpuesto por la parte demandante, Proceso regresa del Tribunal Superior de Sincelejo, del juzgado segundo pasa al Juzgado laboral Itinerante. Se celebró audiencia de juzgamiento el día 30 de mayo de 2014, declararon la existencia laboral desde el 1ro de octubre de 2004, hasta 31 de enero de 2008, declaro parcialmente probada la excepción de prescripción, presentada por la parte de la demandada, condenaron a la ESE a pagar por concepto de prestaciones sociales y vacaciones $3.757.489. Despido injustificado $1.203.741; sanción moratoria un (1) día de salario por cada de retardo, contados a partir de del día siguiente al vencimiento de los 90 días de que habla el parágrafo 2do del artículo 1ro del DECRETO 797 DE 1949.condenaron igualmente a la ESE a consignar a favor del demandante, en la porción que como empleador le corresponda por concepto de pensión, consignar en un fondo de pensiones elegido por el actor, desde el 01 de octubre de 2004 a 31 de enero de 2008. El día 14 de esta anualidad de junio apele la decisión, en espera que se surta la apelación en el Tribunal Superior. Absuelve a Liberty seguros S.A., seguros del Estado S.A y Seguros Temporales Lideres en Colombia como llamadas en garantía. Fija $100.000 en agencias en derecho. En estado 034 de junio 19-2014. Concede el despacho recurso de apelación y se envía al Tribunal Superior de S/lejo. Llego al Tribunal procedente del Juzgado Laboral itinerante con oficio 203 del 27 de junio de 2014. JULIO 14 DE 2014, SE RADICO EN EL LIBRO N° 20 EN EL FOLIO 527; PARA APELAR SENTENCIA DE 25 DE JUNIO DE 2014, EMANADA DEL JUZGADO LABORAL ITINERANTE, SE PASA AL DESPACHO. MAGISTRADA PONENTE MARIA RAQUEL RODELO.

JUZGADO PRIMERO LABORAL ITINERANTE RADICADO:70001310500120100047300 DEMANDANTE: YOMAIDA DEL CARMEN CANCHILA SUAREZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

12 de julio de 2010 Reparto y radicación y admitida por el juzgado 1ro laboral del Circuito de Sincelejo. Ordenó notificar a los demandados y reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz. Notificada a la Cooperativa Salud Humana CTA el día 13 de nov de 2010, notificada la ese el día 21 de nov. de 2010, contestando en termino la ESE , proponiendo excepciones de

prescripción del sueldo o salario, vacilones, prima, cesantías, también propuso la excepción de mala fe, por parte de la demandante, llamando en garantía a Liberty seguros S.A., Contupersonal.. El 08 de mayo 2011, mediante auto por secretaria, se dejó constancia que la secretaria no había enviado expediente al juzgado Laboral de descongestión, por error involuntario, por cuanto se estaba en espera de la notificación a uno de los llamados en garantía, se remitió al juzgado laboral de descongestión. El 09 de nov. de 2011, avoco conocimiento el Juzg. Laboral de descongestión, teniendo por contestada la demandada por la ESE, señalo el día 17 de nov. de 2011, a las 9.a.m, audiencia de conciliación, si esta fracasare, celébrese de inmediato audiencia de trámite, se tienen al Dr, Juan Francisco Domínguez como apoderado de la ESE. 16 de diciembre de 2011, se admite llamamiento en garantía a Liberty Seguros S.A., Cóndor S.A., y Seguros del Estado S.A., Cítese a las Cooperativas Multisalud, Contupersonal y Cooperativa Temporales de Servicios Líder de Colombia, concediendo 10 días para comparecer, devolviendo el expediente al juzgado 1ro Laboral del circuito para que continúe con el procedimiento e impulso procesal, en razón que se había terminado la descongestión. 11 de enero de 2012, el Juzg. 1ro Laboral del Circuito, remitió el expediente a oficina judicial para que designe su conocimiento al Juzg.Laboral de Descongestión por haberse ampliado el plazo para continuar la descongestión. El 11 de enero de 2012, presento memorial el apoderado de la ESE remitiendo poder. Enero 26 de 2012, el juzgado laboral de descongestión avoca conocimiento, la es concede poder al Dr, Marcos Arrieta. .Enero 18 de 2013, auto que fija fecha de audiencia del 101 del C.P.C., 01 de febrero de 2013, hora 8.30 a.m. 19 de enero de 2012, apoderado de la demandante oficia solicitando al despacho impulso procesal Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue remitido del juzgado de origen (PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO). El día 01 de febrero de 2013 se celebró audiencia de conciliación a las 8.30 a.m. en esa misma audiencia se le reconoció poder al Dr., William Bula, se citaron testigos de la parte demandada para la segunda audiencia de trámite, que se realizó el día 26 febrero de 2013 a las 8.30 a.m. El despacho y se fijó el día 24 de mayo de 2013, para continuar practicando pruebas,. Mayo 24 de 2013, se celebró audiencia en hora y fecha indicada y se fija fecha de audiencia de juzgamiento para el 24 de junio de 2013 a las 4.00 p.m., 24 de junio de 2013, se suspende audiencia por que el juez otea que no reposa en el expediente anexos originales aportados por el apoderado de la demandada HUMANA CTA., quien oficio, precisamente manifestando que había allegado al Juzgado primero Laboral, contestación y allega copia del recibido de la misma, para corroborar lo dicho, Por lo que ordenó suspender dicha audiencia y dejar sin efectos el proveido de 24 de mayo de 2013, en el que había fijado fecha de audiencia de juzgamiento, por lo que ordeno requerir

al Juzgado 1° Laboral del Circuito para que remita la documentación original aportada por el apoderado de Cooperativa Humana Salud CTA, para continuar con el trámite correspondiente. El Juagado 1ro Laboral remite al juzgado de descongestión las originales de contestación, Se por lo que el despacho reanuda proceso, Reconoce personera al Dr. Dorian Díaz Barboza como apoderado de Cooperativa Salud Humana CTA., Tiene por contestada la demanda por parte de la ESE, Tiene contestada la demanda por parte de Cooperativa Humana CTA, como llamada en garantía a Liberty S.A., Cóndor S.A., y Seguros del Estado, no tiene denunciado en pleito a las Cooperativas Multisalud, Contupersonal y Temporales Lideres de Colombia en septiembre 20 de 2013 se remite se devuelve el expediente al juzgado primero laboral porque expiro plazo de los juzgados de descongestión 17 octubre 2013 avoca nuevamente conocimiento el juzgado primero laboral. 07 de feb 2014, se envía el proceso al juzgado itinerante para su conocimiento, en cumplimiento al acuerdo PSSA1310072 DE 27 de diciembre de 2013, LA cual adopta medidas de descongestión, se remite a oficina judicial para su reparto. 11 de febrero de 2014, llega al despacho LABORAL ITINERANTE 07 de Julio de 2014, expediente se encuentra en despacho con nota de secretaria para avocar conocimiento y darle impulso procesal.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DE DESCONGESTION RADICADO: 7000131050012012-00004-00 DEMANDANTE: JORGE FONTALVO ARRIETA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos, fue remitido para descongestión del juzgado de origen (PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO), igualmente se corrigió radicado toda vez que fungía en el memorial 2011-0004 y el correcto es 2012-0004, como se observa en el recibido. Marzo 4 de 2013. Este proceso a la fecha se encuentra así: Tiene segunda audiencia de tramite celebrada el 9 de julio de 2012, aun no reconocen personería al Dr. William Bula. Con auto de fecha 08-03-2013, se corrió traslado del dictamen pericial rendido por la Junta Regional de Calificación de Invalides. Se fijó fecha de audiencia de juzgamiento, el día 31 de mayo de 2013 a las 2.30 p.m. en la que condenan a la ESE a pagar la suma de $27.554.300 por concepto de retroactivo pensional y la suma de $3.000.000 por concepto de indexación; absolvieron a la ESE de las demás pretensiones de la demanda. Envié escrito de apelación el 5 de junio de 2013, sustentando el mismo el 11 de junio de esta misma anualidad. El día 14 de junio concede el despacho el recurso de apelación, remetiendo el proceso al tribunal superior. Lo recibe el Tribunal con oficio No. 934 del Juzgado 1 Laboral de Descongestión, se encuentra radicado en el Folio 393 del Libro 19. M.P., ELVIA MARINA ACEVEDO. En auto de fecha 27 de junio de 2013, admite recurso interpuesto por la ESE y corre traslado al demandante. MARZO 3 DE 2014, RECIBI COMUNICACIÓN CALENDADA 27 DE FEBRERO DE 2014. POR MEDIO DE LA CUAL ME COMUNICAN, QUE POR AUTO DE 26 DE FEBRERO DE 2014, EL DESPACHO DE LA DRA, ELVIA MARINA ACEVEDO GONZALEZ, ORDENO LA

RMISION DEL PROCESO A LA SALA LABORAL DE DESCONGESTION DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE SANTA MARTA, CON EL FIN DE DAR APLICACIÓN AL ACUERDO N° PSSA1410112 DEL 21 DE FEBRERO DE 2014 EMANADO DE LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. ABRIL 02 DE 2014, REGRESO PROCESO DEL TRIBUNAL DE SANTA MARTA. EL DIA 24 DE ABRIL DE 2014, PASA AL DESPACHO PARA FIJAR FECHA Y HORA DE LECTURA DEL FALLO. EL DIA 28 DE ABRIL DE ESTA ANUALIDAD MEDIANTE AUTO LA MAGISTRADA FIJO FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA DE LECTURA DEL FALLO, EL DIA 12 DE MAYO DE 2014 A LAS 4.00 P.M; FALLO FAVORABLE A LA ESSE.- PROCESO TERMINADO.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 7000131050022008-00533-00 DEMANDANTE: JORGE FONTALVO ARRIETA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos. Cursa en el juzgado de origen (SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO). Marzo 4 de 2013. Este proceso a la fecha se encuentra así: Agoto audiencias, tiene sentencia, fijaron agencias y costas. Aun no me reconocen personería.

JUZGADO LABORAL DE DESCONGESTION RADICADO: 7000131050022011-00610-00 DEMANDANTE: NANCY ISABEL ALMARIO BORJA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue remitido del juzgado de origen (SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO). Marzo 4 de 2013. Este proceso a la fecha se encuentra así: Se celebró audiencia de juzgamiento el día 4 de marzo de 2013 a la 5.00 p.m., el despacho declaro persistencia de relación laboral entre Nancy Almario Borja y la ESE que inicio el 22 de sept. de 2005 y el 1ro de sept. de 2009; declaro parcialmente probada la excepción de mérito de preinscripción de la relación laboral entre el 22 de sept. de 2005 y 1ro de sept. de 2009, propuesta por el suscrito; condenó a la ESE a pagar por indemnización por despido injusto $66.253.00; prestaciones sociales y vacaciones $4.649.832; sanción moratoria hasta la fecha por el no pago de las prestaciones sociales, que hasta la fecha ascienden a $17.889.120; y por indexación $447.969; igualmente condeno a pagar a favor de a demandante en un fondo de pensiones que ella escoja la porción que como empleador le corresponde en el periodo comprendido 22 de sept. de 2005 y el 18 de sept. de 2009 de acuerdo con el proveido. Presente escrito de solicitud de apelación el 8 de marzo de 2013. El día 8 de marzo de 2013, apelo sentencia y sustento apelación. Mediante auto de fecha 19-03-2013, admitió recurso en apelación. Se remite expediente al Tribunal Superior de Sincelejo, con el oficio N° 491 de abril 03 de 2013. Del Juzgado Primero Laboral de Descongestión Magistrado Ponente Sigfrido Navarro Bernal. Abril 23 en estado N° 050 se publicó, que mediante auto de fecha 22 de Abril. Corre Traslado a las partes por 5 días para alegar de conclusión. En estado de 18 de octubre de 2013, se profirió fallo el día 17 de octubre de 2013, publicado en estado153, la relación del expediente se encuentra en 153 - folio 281 libro 19, en el cual se fija fecha y hora para lectura del fallo el día 8 de noviembre a las 9.00 a.m., Se realizó la lectura del fallo donde condenaron a la ESE. TERMINADO.

Por convenio PSSA 13110072 de dic. 27 de 2013, a partir del día 3 de febrero de 2014, pasa al Juzgado Laboral Itinerante para que asuma el conocimiento y tramite que por ley le corresponda, como se prorrogo la creación del Juzgado laboral Itinerante, y revisado el expediente se observa que llego procedente del Tribunal Regional de descongestión de Santa Marta en apelación., donde se surte la etapa de obedézcase y cúmplase lo resuelto por el superior en providencia de 16 de agosto de 2013.fijaron en $2.305.317 agencias en derecho en este asunto a favor de la parte demandante, liquidar las costas por secretaria..

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220090047200 DEMANDANTE: NANCY MARIA BORJA ATENCIA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos. Cursa en el juzgado de origen (SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO). Marzo 4 de 2013. Este proceso a la fecha se encuentra así: por reparto correspondió al Tribunal Superior de Sincelejo, recibido con oficio N° 1407 remitido del Juzgado Primero Laboral de Descongestión el 18 de Septiembre de 2012, se encuentra en la sala Civil-Familia-Laboral Magistrada Ponente Elvia marina Acevedo González. En mayo 03 de 2013, paso al despacho para informar que se corrió traslado de alegatos. Mayo 29 de 2013, el despacho ordeno envió de expediente a Santa Marta. Del Tribunal de Descongestión Laboral de Santa Marta llego expediente con fallo, cuya lectura la fijo el despacho para el día 03 DE SEPTIEMBRE A LAS 4:00 PM. Para

celebrar audiencia de lectura del fallo. Septiembre 4 de 2013, Se celebró audiencia de fallo en la fecha y hora programada, en la que el Tribunal de Descongestión Laboral de santa Marta, en providencia revocó el fallo de primera instancia, calendado 13 de agosto de 2012 proferida por el Juzgado Primero laboral de descongestión de Sincelejo, en donde la ESE había sido absuelta, en su defecto condeno a la ESE a por estar probada la relación laboral entre demandante y demandada, desde 12 de febrero de 2002 hasta el 31 de julio de 2002; igualmente la condeno al pago de aportes a pensión A FAVOR DE LA DEMANDANTE DE LOS PERIODOS COMPRENDIDOS DE FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO Y JULIO DE 2002 A UN FONDO ELEGIDO POR ELLA , ABSOLVIENDO A LA ESE AL RESTO DE PRETENSIONES. TERMINADO.

14 de julio de 2014, auto aprueba liquidación de costas.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220070056200 DEMANDANTE: JOSE DANIEL ARROYO SALGADO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 no recibieron el poder y sus anexos, en virtud a que el proceso se encuentra archivado. Septiembre 10 de 2013. Indague por esta demanda y se encuentra en el siguiente estado: El demandante, pedía en esta, que se declare la existencia de una relación laboral y subordinada entre las partes, que se declare que la relación laboral termino por decisión injusta y unilateral del empleador; que se condene al demandado al pago de primas, vacaciones, cesantías y sus intereses, indemnización moratoria, subido de transporte, indexación Demanda impetrada 08 Nov 2007. 09 de nov, de 2007, admitida.

02 de abril de 2008, se celebró audiencia, se fijó fecha de conciliación el 4 de junio de 2008 a las 10.30 a.m. 04 de junio de 2008. Auto que fija fecha segunda audiencia el 08 de agosto de 2008 a las 8.30 a.m. 19 de agosto de 2008, se fijó fecha de tercera audiencia el día 06 de nov de 2008 a las 2.30 p.m. 06 de febrero de 2009, se aplaza audiencia de juzgamiento. 12 de febrero de 2009, se celebra audiencia y se fija fecha para conciliación el día 06 de marzo de 2009 a las 4.p.m. 31 de marzo de 2009, auto declara desierto recurso. 21 abril de 2009, auto que señala agencias en derecho. 14 de mayo de 2009, auto que aprueba costas. 02 de julio de 2009, auto que acepta retiro de demanda. 17 de junio de 2010, auto que concede recurso de apelación, declarado desierto, luego se tasaron agencias en derecho y se liquidaron costas, en julio de 2009, se archiva el proceso. 06 de octubre de 2009, por secretaria se anota que en la fecha se observa en los libros que el proceso se encuentra archivado, por haberse declarado desierto el recurso de apelación, se tasaron agencias en derecho, se liquidaron las costas y se aprobaron y se archivó el proceso en el mes de julio de 2009. TERMINADO.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO. RADICADO: 70001310500220120053100 DEMANDANTE: ROQUELINA VITOLA SALAZAR. DEMANDADO. ESE SAN FRANCISCO DE ASÍS. CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

07 de diciembre de 2012, reparto y radicación El día 04 de febrero de 2013, Se radico poder con sus anexos y se dio contestación a la Demanda. en espera que el despacho fije fecha de audiencia del 101 del C.P.C.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO. RADICADO: 70001310500220130005100 DEMANDANTE: PIEDAD SALCEDO MEZA. DEMANDADO. ESE SAN FRANCISCO DE ASÍS. CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

El día 23 de mayo de 2013, se presentó ante el Juzgado el poder con sus anexos y se dio contestación de la demanda.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO. RADICADO: 700013105002201300006100 DEMANDANTE: GUIDO ALVAREZ PATERNINA. DEMANDADO. ESE SAN FRANCISCO DE ASÍS. CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

El día 23 de mayo de 2013, se presentó ante el Juzgado el poder con sus anexos y se dio contestación de la demanda.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO. RADICADO: 700013105002201300004100 DEMANDANTE: ROSA MARY ARROYO PATERNINA. CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

El día 30 de mayo de 2013, se presentó ante el Juzgado el poder con sus anexos y se dio contestación de la demanda.

JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO RADICADO: 2004-00018-00

Enero 29-2013 no recibieron el poder y sus anexos, en virtud a que el proceso se encuentra definitivamente en archivo central, desde el 30 de noviembre de 2012.

DEMANDANTE: OSCAR GUZMAN CASTILLO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL D.

PROCESO TERMINADO

JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO RADICADO: 70001233100020030124000 DEMANDANTE: DIANA GOMEZ HOYOS DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL D.

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO Enero 29-2013 no recibieron el poder y sus anexos, en virtud a que el proceso se encuentra archivado, el 27 de noviembre de 2009.

JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO – (QUINTO ) ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO:70001333100120100058500/7000133310052012-0038000 DEMANDANTE: REMBERTO VERGARA MENDEZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL D.

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 no recibieron el poder y sus anexos, en virtud a que según el Despacho envió al Tribunal el expediente en apelación; el Tribunal responde que se remitió confirmando el fallo de nuevo al juzgado de origen con oficio número 1147 con fecha 11-07-2012, El juzgado no aparece el expediente con ningún oficio. Me informaron que regrese al Tribunal y solicite copia del oficio de recibido firmado, para probar que el expediente aun no llega al despacho. PENDIENTE. El día 12 de octubre de 2011, Proceso proveniente del Tribunal Administrativo, con Oficio 001- 01992-11.CONCEDIENDO RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandada. El expediente cursaba en el Juzgado Primero Administrativo y por Descongestión paso al juzgado 5 administrativo, en octubre 13 de 2013, en el cual tiene por radicado 70001333100120120038000. Se siguió el trámite procesal notificando a los llamados en garantía, para tal efecto en auto de fecha, 07 de abril de 2014 ordeno notificar a la cooperativa COOPSERVICIOS, toda vez que se desconoce dirección de la misma, y ordeno notificar a las demás entidades llamadas en garantía. El día 29 de abril de esta misma anualidad, se llevó con oficio al despacho aportando diario judicial nuevo siglo donde se surtió el emplazamiento de que trata el artículo 318 del C.P.C. EN ESPERA QUE LOS DEMAS LLAMADOS EN GARANTIA COMPAREZCAN AL PROCESO.

JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 70001232400020040059200 DEMANDANTE: MARTHA PATRICIA MONTIEL OLASCUAGA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: REPARACIÓN DIRECTA

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29- recibido el poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue remitido del juzgado de origen (SEPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO). Septiembre 02 de 2013, revise expediente proceso que encuentro abierto a prueba mediante auto de febrero 13 de 2009. En auto de 25-10-13, publicado en estado N. 054. – Octubre 29-2013.corrieron traslado del informe allegado, se le corrió traslado a las parte por tres días para objetarlo. En auto de fecha 31 de enero de 2014, publicado en estado N. 007. Febrero 04-2014. auto que corre traslado por 10 días para alegar de conclusión, corren términos desde el día 5 de febrero hasta-el día 19 de febrero, días inhábiles 8 y 9 de febrero de 2014. en

espera de fallo.

JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 7000133317012012-00102-00 DEMANDANTE: SUMAYA CURE HERRERA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL D

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos por el juzgado origen (PRIMERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION). En auto de 13 de mayo de 2013, me reconocieron personería, en mayo 22 el despacho profirió Sentencia condenatoria parcialmente. El 14 de junio de 2013, el apoderado de la demandante interpuso recurso de apelación, el despacho fijo el día 30 de julio a las 10.30 a.m., para audiencia de conciliación. El día 30 de julio de esta anualidad, se celebró audiencia de conciliación, en la fecha y hora indica no se llegó a ningún acuerdo. El Tribunal Administrativo. M. P. TULIA JARAVA, En estado N. 087. -Septiembre 23-2013. Mediante auto de fecha 19-09-2013, Admite recurso de apelación interpuesto, por la demandante y Reconoce Personería. El día 16 de octubre de 2013, auto que ordena corre traslado a las partes para alegar de conclusión. en espera de fallo

JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL RADICADO: 70001333002201220120007200 DEMANDANTE: ANA MARGARITA MERLANO ARRIETA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL D

ESTADO DEL PROCESO

Se allego al expediente poder con sus anexos el día 06 de marzo del 2013, se contestó demanda el día 06 de mayo de 2013. El despacho fijo fecha y hora para audiencia el día 25 de junio de 2013 A LAS 9.30 a.m. El día 25 de junio se presenta incapacidad médica por parte del apoderado de la ESE. El despacho en acta de 25 de junio ,fijó fecha de audiencia de prueba para el día 17 de julio de 2013 a las 10:00 a.m.se llevo a cabo la audiencia y se fijó fecha para nueva audiencia el día 29 de julio de esta misma anualidad. El día 29 de julio de esta anualidad, se llevó a cabo la audiencia en fecha y hora indicada Y SE FIJO FECHA PARA PRSENTAR ALEGATOS DE CONSLUSION. 13 DE AGOSTO DE 2013 SE PRESENTO ESCRITO DE ALEGATOS DE CONCLUSION. Está pendiente de fallo. 10 de julio de 2014, AUTO DE SENTENCIA. donde resolvió lo siguiente:

Declaro prospera la excepción de INEXISTENCIA DE LA OBLIGACIÓN, propuesta por el apoderado del demandado, que coinciden con su defensa y como consecuencia de ello, niega las PRETENSIONES, condenando con pago de costas a

la parte demandada, del 20% reconocido en esta providencia conforme a lo estipulado en el artículo 188 de la Ley 1437 de 2011, toda vez, que el apoderado judicial de la ESE, dentro de este proceso, contesto la demanda, probó a través de la

excepción de inexistencia de la obligación, participo en cada una de las audiencia propuestas, razón suficiente para tazar el 20% de pago en costas de lo pretendido en esta demanda de acuerdo al ACUERDO 1853 de 2003 emanado del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO RADICADO: 2003-002084-00 DEMANDANTE: ROSIRIS BERTEL PEREZ Y OTROS DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO

ESTADO DEL PROCESO Enero 29-2013 no recibieron el poder y sus anexos, porque en el proceso tiene sentencia debidamente ejecutoriada en el año 2007. 20 DE OCT. DE 2009, archivo definitivo de expediente

CLASE DE PROCESO: REPARACION DIRECTA

PROCESO TERMINADO

JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 70001-33-31-703-2007-00212-00 DEMANDANTE: OMAR ENRIQUE ARCIA NISPERUZA Y OTROS

DEMANDADO: HOSP. DE SINCELEJO – ESE UNIDAD

MATERNO INFANTIL – MUNICIPIO DE SINCELEJO –UNIDAD

DE SALUD SAN FRANCISCO DE ASÍS CLASE DE PROCESO: REPARACIÓN DIRECTA

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO 1.-Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue

remitido del juzgado de origen (PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO). Notificado a la ESE el 11-julio-2008 y la contesto el dr. Bula el 29-enero-2009 2.-Enero 31-2013: revocaron poder al Dr. Marcos Arrieta y Reconocieron personería al Dr.

William Bula y corrieron traslado para alegar de conclusión. Se alegó de conclusión dentro del término legal. ESTADO N. 075. – Agosto 05-2013, se acepta renuncia del apoderado de los demandantes. En Auto de 2-08-13, reconoce personería al apoderado de los demandantes.

12 DE SEPTIEMBRE 2014, DESPACHO PROFIERE sentencia publicado en ESTADO N. 065. Septiembre 15-2014, declarando probada la excepción de caducidad preparatoria,

negando la súplica de la demanda, no condeno en costas; quedando esta sentencia en firme y ejecutoriada a la fecha. PROCESO TERMINADO

JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 70001333100320090008900 DEMANDANTE: EMILIA TORRES RIVERA Y OTROS DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: REPARACION DIRECTA

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue remitido del juzgado de origen (TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO). 02 septiembre 2013, indague en el despacho por este proceso, el cual venía con alegatos de conclusión vencidos del juzgado de origen, me reconocieron personería para actuar el 31 de enero de 2013, se encuentra pendiente para fallo. En estado de septiembre 25 de 2013, auto de 23-09-13 reconoce personería Se remitió al juzgado 3° adtvo de descongestión - acuerdo psaa12-9455 y oficio csjs-msa-165. El día 11 de julio de 2012. PROCESO QUE RESUMO DE LA SIGUIENTE MANERA: Se trata de un proceso de reparación directa por falla en el servicio por la mala prestación del servicio médico, toda vez que llego al servicio de urgencias con crisis asmática severa y por la tardanza en atenderla, le produjo un paro respiratorio, que le dejo parapléjica; por ello la demandas son la Unidad Intermedia San Francisco de Asís de Sincelejo y el Hospital Regional II Nivel de Sincelejo. cuyas pretensiones eran la siguientes: Primera: indemnización por perjuicios materiales en la modalidad de lucro cesante por valor $211.984.475 Segundo: indemnización por perjuicios morales a la señora Emilia torres como perjudicada directa y demás familiares 100 SMLMV para cada uno de ellos. Tercera: indemnización por perjuicios morales a favor de los demás familiares el equivalente a 50 SMLMV. Demanda que fue admitida el 09 de octubre de 2009, notificándose a las demandadas el 25 y el 26 de julio de 2010, siendo contestada por el suscrito el 12 de abril de 2010, en agosto 12 de 2010 se abrió a prueba, se corrió traslado para alegar de conclusión, el día

24 de mayo de 2012, no presente alegatos de conclusión, igualmente el ministerio público ante ese despacho no presento visita fiscal.

En estado N. 067 de Septiembre 29-2014, en auto de 26 de septiembre de 2014 el

despacho profiere la sentencia de la siguiente manera: PRIMERO: Declaro probadas las excepciones de falta de legitimación en la cusa invocada por el Apoderado del Hospital Regional II Nivel de Sincelejo, y la falta del elemento Nexo

causal entre la práctica médica de la Unidad Intermedia San Francisco de Asís de Sincelejo y el estado de la señora EMILIA TORRES RIVERA. SEGUNDO: Niéguese las suplicas de la demanda.

TERCERO: No hay lugar a condena, atendiendo los criterios establecidos en el artículo 171 del C.C.A. modificado por el artículo 55 de la Ley 446 de 1998 y dadas las resueltas del presente proceso.

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 7000133331000520100069900 DEMANDANTE: MARTHA MADERA TUIRAN DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue remitido del juzgado de origen (QUINTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO). Se remite expediente al JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION, con pago de gastos procesales, se había surtido las notificaciones a los demandados, venía con llamamiento en garantía en auto de 7 de octubre de 2011, los llamados a comparecer fueron; LA SRA KATERINE CRUZ JIMÉNEZ COMO REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA TEMPORALES LIDER S.A- NIEGA LLAMAMIENTO EN GARANTÍA DE MULDACOOP-SALUD HUMANA-CONTUPERSONAL S.A- EL CONDOR S.A- LIBERTY SEGUROS S.A Y SEGUROS EL ESTADO; contestaron los demandados, propusieron excepciones. En auto de 8 de agosto de 2013, el despacho abre a prueba por 30 días, se ofició a la ESE para que allegue documentación, tales como certificaciones auténticas de hoja de vida de la demandada, certificaciones laborales, de honorarios y/ o salariales y manuales de funciones de la ESE y otras. Así mismo negó el interrogatorio de parte de la Gerente de la Ese de conformidad con el artículo 199 del C.P.C. ,prueba de la parte demandada como llamadas en garantía a la entidad temporales Lideres en Colombia S.A., al ISS y/o Colpensiones allegue certificaciones, etc.

JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 70001333170320090009600 DEMANDANTE: FRANCIA ELENA BUELVAS VILORIA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO:NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

Abril 09-2013, se celebra audiencia pública para recepcionar interrogatorio de parte las 10:00 a.m., la cual se tornó fallida, recibido el poder y sus anexos por el despacho, se le reconoció personería en la misma audiencia. Mediante auto de abril 12 de esta anualidad se fijó audiencia para recepcionar testimonio a las 8: 30 A.M publicado en estado N. 063 de Abril 16 de 2013. Se celebró audiencia para recepcionar testimonio solicitado por la parte demandante en la fecha y hora indica. En estado 085 de 10 de septiembre, corre traslado para alegar de conclusión, empieza el termino el 11 de septiembre y vence el 24 de septiembre, días inhábiles 14,14, 21 y 22 de septiembre. Mediante auto de 31 de enero de 2014, en estado N. 007. – Febrero 04-2014. Fijaron fecha de audiencia el día 18 de febrero a las 2.30 p.m . El día 29 de noviembre de 2013, Se celebró audiencia en la hora y fecha indicada,

pronunciándose el despacho con fallo adverso contra la ESE. Interpuse recurso de apelación el cual se está surtiendo en el TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: en ESTADO ESCRITURAL N. 020. – Marzo 05-

2014.Magistrado Ponente EDUARDO TORRALBO N. FECHA 27/02/2014, auto que ADMITE RECURSO DE APELACION INTERPUESTO. En ESTADO ESCRITURAL N. 028. – Marzo 21-2014. Corre traslado para alegar de conclusión. En edicto escritural, de Mayo 16-2014, se publicó la sentencia de abril 30 de 2014, donde el M.P. Confirmo la sentencia de 29 noviembre de 2009. TERMINADO. 24 de junio de 2014, estado 046 de 26 de jun. Auto de obedézcase y cúmplase lo resuelto por el superior.

ESTADO N. 060. Julio 30-2014.Auto de 28 de julio de 2014, que ordena expedición de copias que prestan merito ejecutivo a la parte demandante.

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 700013333108200110005200 DEMANDANTE: YOLANDA MENDOZA GONZALES DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO:

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos por el juzgado de descongestión, fue remitido del juzgado de origen (OCTAVO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO). Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos. Septiembre 02 de 2013, proceso que reviso y se encuentra abierto a pruebas mediante auto 13 de febrero de 2013, se practicaron testimonios el 11 de julio de esta anualidad.

JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO RADICADO: 2005-01058-00 DEMANDANTE: GLADYS VERGARA GARCIA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos, proceso se encuentra archivado con sentencia condenatoria el 09/114/2011.

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SINCELEJO RADICADO: 2004-02094-00 DEMANDANTE: JAIRO ALVAREZ MONTERROZA

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 no recibieron el poder y sus anexos, porque radicación no existe.

JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO RADICADO: 7000133330092012 0009400 DEMANDANTE: ESE SAN FRANCISCO DEMANDADO: CARSUCRE. ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

14 de noviembre de 2012. reparto y radicación. 21 nov. de 2012: Auto que inadmite demanda y concede 10 días para que el actor subsane. 11 de Dic. de 2012. y se ordena su notificación a las partes y al ministerio público - se corre traslado por 30 días. 22 de julio de 2013, para la audiencia inicial - 22 de agosto a las 3.00. p.m. El 31 de julio de 2013, se presentó valor de la transacción bancaria al despacho donde se pagaron gastos procesales a efecto de notificar a la demandada. 22 de agosto de 2013, audiencia inicial - en la cual se dictó sentencia no 040 que declara la nulidad de la resolución no 0194 en la cual se resuelve una investigación disciplinaria.

Mayo 30 de 2013. Recibo poder para continuar el trámite del mismo. Proceso que inicio la Dra., Mary Luz Redondo Ospino. Se presentó poder al Juzgado con sus anexos. En auto de 22 de julio de 2013, se me reconoció personería para actuar y fijo el despacho

fecha para audiencia de día 22 de agosto a las 3.p.m. Se celebró audiencia y hubo fallo donde se ABSOLVIÓ A LA ESE. TERMINADO

JUZGADO LABORAL DE DESGONESTION-(ITINERANTE) RADICADO: 70001310500220090028700 DEMANDANTE: ORLANDO MARQUEZ CARET DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO Mayo 30 de 2013. Recibo poder con sus anexos para continuar con el trámite del mismo. Presento poder al Juzgado con sus anexos. En auto de fecha 19 de junio de esta anualidad, el despacho programo fecha de audiencia de conciliación para el día 09 de julio a las 2.30 p-m. Se realizó la primera audiencia en la hora y fecha señalada. Se señaló el día 06 de septiembre de 2013, a las 8.30 a.m. audiencia obligatoria de conciliación, se realizó la audiencia, se ofició a la ESE, se citaron testigos, se citó a la Gerente de la ESE, al demandado, se hizo parte Liberty Seguros S.A., llamada en garantía. Se fijó fecha para audiencia segunda de trámite, para el día 26 de septiembre a las 10.a.m., la cual se celebró en la hora y fecha indicada, se recibió la declaración de testigos por parte del demandante. Por acuerdo N° PSAA13-10072 del 27 diciembre de 2013, pasa el presente proceso al Juzgado Laboral Itinerante. Marzo 31 de 2014 se realiza audiencia de juzgamiento en la fecha y hora señalada, con fallo adverso Para la Ese San Francisco, condenándola pagar los siguientes emolumentos salariales: Prima de servicios por valor de $733.275; vacaciones por valor de $596.337;L cesantías $ 1.879.450; intereses de cesantía $ 225.534,:Sancion Moratoria a partir de la fecha de retiro artículo 65 del CST por valor de $33.827.040; Sanción Moratoria artículo 99 de la ley 50 de 1990 por valor de $4.896.000 y las costas por valor de $500.000, El día 01 de abril de 2014, oficie al despacho manifestando que interpongo recurso de apelación contra la sentencia aludida. El día 02 de abril de 2014, allegué al despacho escrito de sustentación del recurso de apelación. Proceso remitido para el Tribunal Superior de Sincelejo se recibe proceso y se radica en el libro 20 folio 450 Magistrado ponente Luz Estela Roca.

JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION Radicado: 70001233100020060074800 Demandante: NINFA ISABEL MORENO GUERRA Demandado: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ACCION REPARACIÓN DIRECTA

ESTADO DEL PROCESO

Inicio en el tribunal administrativo, con fecha de reparto el 6 de junio de 2006, por competencia es remitido al Juzgado Tercero Administrativo avocado el 31 de julio de 2006. Fue notifica y contestada en su oportunidad. Se abrió a prueba el día 18 de febrero de 2009, se remite nuevamente este expediente al Juzgado Primero de descongestión avocando conocimiento el día 19 de noviembre de 2011. El día 29 de enero de 2013, presente poder con sus anexos Me reconocieron personería el 13 de mayo de 2013, continua abierto a prueba y resolviendo memoriales allegados por el apoderado de la parte demandante. QUIEN PIDIO SE PRACTICARAN LAS SIGUIENTES PRUEBAS: si el tratamiento que se le suministro a la señor NINFA ESTABA ACORDE CON LA SONTOMATOLOGIA QUE

PRESENTABA. CON OCASIÓN DEL NACIMIENTO DEL menor JESUS DAVID LUGO MORENO, Que se le practique al menor David Jesús estudio mental para ver su estado actual, se En estado N. 019 de 21 de marzo de 2014, auto que designa perito. a la dra XEOMARA ESCOBAR OSPINA de Montería.

JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO Radicado: 70001333300220130004000 Demandante: DOLORES RAMOS SANCHEZ Demandado: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ACCION REPARACIÓN DIRECTA

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

Se admitió demanda el 22 de Mayo de 2013, ordena el auto notificar a la parte demandada. Se notificó a la ESE el 02 de julio de 2013, se corrió traslado por 30 días para contestar, dentro este mismo término se debe a llegar al presente proceso, expediente administrativo contentivo de los antecedentes de la actuación, objeto de esta Litis. En auto de 06 de agosto de 2013, se corrió traslado de la demanda. Se encuentra en estudio para descorrer el traslado de contestación. Se descorrió traslado de contestación de la demanda. En estado electrónico N. 097. octubre 22-2013 con fecha de auto de 21-10-13, se admite reforma de la demanda por parte del apoderado de la demandante, como apoderado de la ESE, dí contestación el día 05 de noviembre de 2013, 20 de noviembre de 2013, al despacho la demanda con términos vencidos de traslado de reforma de la misma y las excepciones. El 25 de noviembre de 2013, auto que fija fecha de audiencia para el día 12 de febrero de 2014, a las 10.00 a.m. 12 de febrero de 2014, audiencia se suspende y se fija fecha para el día 10 de marzo de 2014, a las 3.00.p.m. 10 de marzo de 2014, audiencia fallida por no asistir la juez, se fija para el día 18 de marzo a las 3.00 P.M. Se realizó Audiencia en hora y fecha señalada, presente el acuerdo de conciliación AVALADO POR EL COMITÉ CIENTIFICO DE LA ESE, SOLICITANDO EL APODERADO DE LA DEMANDANTE, SE SUPENDIERA DICHA AUDIENCIA PARA ESTUDIO DE PROPUESTA FORMULADA, El Despacho acogió solicitud de suspensión de audiencia, fijo fecha para continuación de la misma, para el día 26 de marzo de 2014 a las 9.45 a.m. AUTO FIJA AUDIENCIA INICIAL PARA EL 27 DE MARZO DE 2014 A LAS 10: 00A .M. ACTA No 4 AUIDIENCIA INICIAL APRUEBA CONCILIACION JUDICIAL.31 de marzo de 2014, solicitaron aclaración de auto de marzo 26 de 2014.En auto 17-septiembre-2014 despacho procede a aclarar la conciliación observando que por error involuntario no se incluyeron las medidas y linderos del área ocupada por la ESE los cuales fueron objetos de la conciliación llegada por las partes; el área ocupada por la ESE es en forma rectangular , por el norte calle en medio con predio de Onorio mercado y mide 4 m; sur con predio del municipio de Sincelejo y mide 20 m, este con predio del municipio de Sincelejo y mide 20 m , oeste con predio de Dolores Ramos . Ordenando mantener incólume el resto de la providencia del 26-marzo-2014 publicado en estado 062 del 18-septiembre-2014. 22-septiembre-2014 el despacho por error aritmético de los linderos sur y oeste , decide

aclarar la viñeta única del literal primero, observa que el área ocupada por la ESE por la parte sur es de 4 m y por el este de 20m. Se mantiene incólume el resto de la providencia publicado en estado no. 64 del 23-septiembre-2014

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220130015200 DEMANDANTE: JULIO JOSE TOVAR ARAUJO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

Actuación de radicación de proceso realizada el 12/03/2013. Se admitió el 12 de abril de 2013. Se notificó a la ESE el día 25 de julio de 2013, se encuentra en estudio para descorre traslado de contestación. Agosto 08 de 2013, se contestó demanda. en espera de audiencia

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO Radicado: 70001310500220130042500 Demandante: DEIVIS ROMAN MONTERROZA Demandado: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

11 de abril de 2013, reparto y radicación 70001310500120130019900 15 de abril de 2013, auto que declara impedimento de la titular del despacho para conocer de la demanda. Se ordena él envió del expediente al juzgado segundo laboral del circuito de Sincelejo. 02 May. 2013, se envía el proceso por impedimento al juzgado 2° laboral del circuito para su conocimiento.- 4 Jun. de 2013, reparto y radicación. Con nuevo radicado 70001310500220130042500

18 Jul de 2013, apoderado demandante oficia al despacho solicitando nombramiento curador. 27 Ene. de 2014, se notificó a la ESE. 6 Feb. de 2014, presente poder, conteste demanda, propuse excepciones de inexistencia de la obligación las genéricas o las que resulten probadas en el curso del proceso, interrogatorio oral con reconocimiento de firma. 17 de julio de 2014, nuevamente apoderado del demandante oficia al despacho manifestando bajo juramento desconocer dirección de las bolsas de empleo Contupersonal y temporales líderes de Colombia y solicita nombramiento de curador 18 de julio de 2014, auto que ordena designar curador.

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SINCELEJO Radicado: 70001233100020090000500 Demandante: ESE SAN FRANCISCO Demandado: ESE UNIDAD DE SALUD SAN FRANCISCO DE AISIS, EN ACCION DE LESIVIDAD, por emanar Resolución Nro. 55 de Diciembre 29 de 2006.

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 recibido el poder y sus anexos, se encuentra cursando, cursa en el lugar de origen. Pretende la ESE la nulidad parcial dela Resolución 855 de diciembre 29 de 2006 emanada de la ESE UNIDAD DE SALUD SAN FRANCISCO DE ASIS de Sincelejo. El 13 feb 2009 se radico proceso por reparto le correspondió al M.P Magistrado Sumoza Narváez Armando Alfonso. 31 Mar 2009 al despacho para estudio de admisión y suspensión provisional. 28 Mayo 2009 auto que rechaza la demanda. 03 Jun 2009, fijación de estado de rechaza demanda. 23 Jun 2009 al despacho, se concede recurso de apelación en el efecto suspensivo. 01 Jul 2009 se concede recurso de apelación en el efecto suspensivo. 13 Jul 2009 se remite expediente, CON OFICIO Nº 1031 se remite al CONSEJO DE ESTADO EN SUSPENSIVO, CON RECURSO DE APELACION. 08 Febrero 2010 al despacho proveniente del Consejo de Estado. 24 Agosto 2010 regreso del consejo de Estado revocando auto apelado y dispone admitir la demanda.

20 Oct 2010 auto de obedézcase y cúmplase lo resuelto por el superior mediante el cual revoco la providencia apelada y ordeno la admisión del proceso. 02 Nov 2010 pasa al despacho para considerar la admisión de la demanda. 10 Feb 2011 auto admite demanda, negase suspensión provisional. 11 Marzo 2011 fijaron gastos ordinarios del proceso. 11 Marzo 2011, gastos ordinarios del proceso, valor de la transacción 100000, número del comprobante: 6837573. 17 Mayo 2012 recepción de memorial solicitud de perención del proceso. 18 Mayo 2012 recepción de memorial poder otorgado parte demandada 31 Enero 2013 recepción de memorial, recepción de poder. con fecha septiembre 27 de 2013, lleve oficio al Tribunal Solicitando impulso

JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO:700013331003 2012 0009100 DEMANDANTE: ESE SAN FRANCISCO DEMANDADO: COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO ESPECIALIZADA EN SERVICIOS DE SALUD HUMANA “SALUD HUMANA CTA”

ESTADO DEL PROCESO

Enero 29-2013 no recibieron el poder y sus anexos en ningún juzgado como tampoco en la oficina judicial, me informaron que si el proceso existe debe tener un radicado y un juzgado que haya avocado el conocimiento del mismo. Marzo 4 de 2013: Este proceso después de indagar por su radicado, fue encontrado en el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION, llegando remitido del JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO, Radicado número 2012-00091. El día 01 de marzo se radico poder. El día 5 de marzo se presentó memorial aportando consignación de gastos procesales por $70.000,oo. Se envió notificación personal por REDEX a la demandada, esta misma entidad devuelve la notificación, con nota que la cooperativa no funciona en esa dirección. Se dio información a la ESE SAN FRANCISCO, sobre la necesidad de aportar la nueva dirección de la demandada, para que se pueda surtir la siguiente etapa procesal. Se encuentra en espera para aportar al despacho, la nueva dirección para notificar. Junio 17 de 2013. Como La ESE no ha obtenido la dirección de la demandada, solicite ante el juzgado el emplazamiento de la demandada. Despacho ordeno emplazamiento, el cual se surtió la publicación por dos veces en los días 21 y 28 de julio de 2013, en el periódico el nuevo siglo. 21 de julio de 2014, publicado en estado 050 de 23 de julio de 2014, auto que ordena nombrar curador ad-litem. Mediante auto de 21-agosto-2014 nombro la lista de auxiliares de conformidad con el art. 318 del CPC a los señores francisco del cristo alvarez bueno, carmenza alvarez medina y Arturo manuel alvarez molina, a quienes se oficio y la fecha ninguno de ellos se ha posesionado por lo que el despacho a travaz de auto 22-septiembre-2014 ordeno requerir para que comparezca a tomar posesión.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500120130055400 DEMANDANTE: ELENA PEREZ DE BERTEL DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 01 de agosto de 2013, reparto y radicación. 18 de sept. de 2013,se ordena la devolución de la demanda y se concede a la parte demandante el termino de cinco (05) días para subsanarla. 01 de oct. De 2013, por haber sido subsanada se admite la demanda y se ordena notificar y correr traslado a la parte demandada.

El día 06 de noviembre de 2013, Se anexo poder y sus anexos con la contestación. 04 de marzo de 2014, auto que resuelve sobre la contestación; se concede a la parte demandada el termino de cinco 5 días para que subsane la contestación de la demanda, se reconoce personería al doctor William Bula Bitar como apoderado judicial de la E.S.E. Unidad de Salud San Francisco de Asís de Sincelejo. El 10 de marzo de 2014, allegue al despacho corrección de la contestación de la demanda. 18 de marzo de 2014, auto que resuelve sobre la contestación; por haber sido subsanada se admite la contestación de la demanda y se señala el día 12 de mayo de 2014 a las 2:30 p.m., para celebrar la audiencia obligatoria de conciliación, de decisión de excepciones previas, saneamiento y fijación del litigio.- 12 de mayo de 2014, la Audiencia no se llevó a cabo, en virtud que la apoderada de la contra parte, manifestó que el día 28 de enero de esta misma anualidad la demandante había fallecido.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500220130055400 DEMANDANTE: YOLIMA PATRICIA MARTINEZ CURY DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ORDINARIOO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 08 de agosto de 2013, reparto y radiación Se anexo poder y sus anexos con la contestación.

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL; PROCURADURIA 44 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS: CONVOCANTE(S) ELIAS MUGUEL BERTEL Y OTROS CONVOCADO(S) ESE UNIDAD SAN FRANCISCO DE ASIS SINCELEJO-MANEXKA EPS-CLINICA PEDIATRICA NIÑO JESUS REPARACION DIRECTA:

NO SE CONCILIO

ESTADO DEL PROCESO

Se realizó audiencia de conciliación prejudicial, el día 29 de abril de 2014 para que se declare administrativamente responsable a las convocadas de la totalidad de los daños morales y patrimoniales, ocasionados por la muerte del menor ISAIT DAVID BERTEL SOTO ocurrida el día 05 de marzo de 2012, que se reconozca y liquide y ordene el pago de perjuicios morales, perjuicios a la vida en relación, que se declaren responsables de los daños patrimoniales por concepto de daño emergente por los gastos funerarios, cuantía estimada por valor de 679.600.000, presente acta de decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada. NO SE CONCILIO.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500220130004200 DEMANDANTE: DORIS DIAZ SALGADO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ORDINARIOO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

01 de febrero de 2013, reparto y radicación Traslado de la demanda con fecha de recibido 25 d abril de 2014. 05 de mayo de 2014, presente poder y sus anexos, junto con la contestación de la demanda. 15 de julio de 2007, auto que ordena emplazamiento y nombra curador a las cooperativas que no han comparecido por desconocer dirección, a petición del demandante.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500220130066100 DEMANDANTE: SIRLEY PATRICIA TENORIO JULIO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ORDINARIOO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

21 de octubre de 2013, reparto y radicación. 25 de abril de 2014. fecha de recibido el traslado de la demanda 05 de mayo de 2014, presente poder y sus anexos, junto con la contestación de la demanda.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500220130009200

Demanda admitida el día 31 marzo de 2014, de la cual le corrieron traslado a la ESE para contestar conteste el día 26 de mayo de esta misma anualidad,

DEMANDANTE: NUBIA PATRICIA LOPEZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

anexando poder para actuar, llame en garantía a las aseguradoras, Cóndor S.A.; Aseguradoras de Fianzas S.A.; Mundial de seguros S.A.; Seguros del Estado S.-A; Seguros S.A. igualmente solicite denuncia del pleito al Sindicato de asociados de hospitales SINTRASSOHOP, SOCIEDA VELEZ PAREJA S.A. VELPAR S.A.; ETC.

JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DE SINCELEJO RADICADO: 70001333300620130026900 DEMANDANTE: DIANA KARINA MORA BAYTER DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS CALSE DE PROCESO: MEDIO DE CONTROL DE NULID. Y REST.

Junio ESTADO DEL PROCESO

26 de sept. de 2013, reparto y radicación. 31 de enero de 2014, auto que admite demanda, notificada a la ESE el día 06 de junio de 2014, se trata de proceso de Nulidad y Restablecimiento, donde la pretensión de la Actora es

que se declare la nulidad del acto administrativo /oficio 00000686 de fecha abril 5 de 2013, emanado de la ESE, a través del cual se negó a reconocer por vía administrativa todos los derechos laborales y prestacionales derivados de la relación de trabajo existente entra la demandante y la ESE.

05 de 25 de junio de 2014, expediente se encuentra en mi oficina, para descorrer traslado de contestación, con poder y sus anexos.08 de julio de 2014, conteste demanda, llame en garantía a seguros Cóndor S.A. hoy en Liquidación, Liberty Seguros .FALTA FORMATO

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 700013105002201300055300

DE MANDANTE: ENNA RAQUEL DE LA OSSA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS ORDINARIO LABORAL

03 de junio de 2014, expediente se encuentra en estudio en mi oficina para descorrer traslado de contestación. 11 de junio de 2014, se presentó escrito de contestación de la demanda adjuntando poder para actuar.

PROCURADURÍA 103 JUDICIAL I ADMINISTRATIVA DE SUCRE CONVOCANTE:RUBEN DARIO BARROSO GUTIERREZ CONVOCADO:HOSPITAL UNIVERSITARIO DE SINCELEJO-ESE

SAN FRANCISCO DE ASIS SOLICITUD DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL N° 5006-2014 PRESUNTA REPARACION DIRECTA.

NO HUBO CONCILIACION

Se fijó audiencia prejudicial para el día 24 de junio de 2014 a las 8.00 P.M. 24 de junio de 2014, se llevó a cabo diligencia de conciliación extrajudicial, presente acta de decisión tomada por el comité de la ESE, en relación con la solicitud incoada. No hubo ánimo conciliatorio.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500120140009800

DE DEMANDANTE: RUBY JOSEFA GUZMAN LOPEZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS CLASE DE PROCESO:ORDINARIO LABORAL

ESTAD ESTADO DEL PROCESO 20 de Mar. de 2014, reparto y radicación. 31 de 09 de May. 2014, auto que admite demanda, por haber sido subsanada la demanda se

admite y se ordena notificar y correr traslado a las partes demandadas. notificada a la ESE el día 25 de junio de 2014, Se trata de proceso ordinario laboral, contra Recursos Activos S.A.S; Servicios

Temporales VELPAR S:A., Sindicato de Trabajadores Asociados de Hospitales “Sintrasohop”; y Solidariamente la ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís de Sincelejo, pretendiendo que se declare la existencia laboral, condene a las demandadas por despido injusto, prestaciones sociales, aportes pensionales y de salud, compensación en dinero de dotación, sanción moratoria por no pago oportuno, y por no consignación oportuna de las cesantías. expediente se encuentra en mi oficina, para descorrer traslado de contestación, con poder y sus anexos.

07 de julio de 2014, presente poder con sus anexos, descorriendo el traslado de la demanda, proponiendo como excepción de mérito, inexistencia de la obligación y como excepción previa, de falta jurisdicción y competencia, de acuerdo al vínculo laboral, que el demandante estuvo para con la ESE y a la naturaleza de las normas que rigen su relación.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500220130015100

DE DEMANDANTE: YANETH BLANQUICETH DORIA DEMANDADO: UNIDAD DE SALUD SAN FRANCISCO DE ASIS Y OTROS. CLASE DE PROCESO:ORDINARIO LABORAL

ESTAD ESTADO DEL PROCESO 12 de Mar. de 2013, reparto y radicación. 12 de Abril. 2013, auto que admite demanda, por haber sido subsanada la demanda se

admite y se ordena notificar y correr traslado a las partes demandadas. notificada a la ESE el día 20 de junio de 2014, Se trata de proceso ordinario laboral, contra Cooperativa de Trabajo Asociado

Especializado; Coopservicios CTA.; Mulsacoop CTA: Salud Humana CTA: Bolsas de Empleo Temporales Lider de Colombia; Contupersonal S.A., Recursos Activos S.A.S; y Servicios Temporales VELPAR y Solidariamente la ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís de Sincelejo, pretendiendo que se declare la existencia laboral, condene a las demandadas por despido injusto, prestaciones sociales, aportes pensionales y de salud, compensación en dinero de dotación, sanción moratoria por no pago oportuno, y por no consignación oportuna de las cesantías. Expediente se encuentra en mi oficina, para descorrer traslado de contestación, con poder y sus anexos. 04 de julio de 2014, presente poder con sus anexos, descorriendo el traslado de la demanda, proponiendo como excepción, inexistencia de la obligación y como excepción previa, de falta jurisdicción y competencia, de acuerdo al vínculo laboral, que el demandante estuvo para con la ESE y a la naturaleza de las normas que rigen su relación.

JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 700013331005-2009-00094-00

DE DEMANDANTE: JAIRO VERGARA CORENA DEMANDADO: UNIDAD DE SALUD SAN FRANCISCO DE ASIS CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

ESTADO DEL PROCESO

19 Jun. 2009, reparto, radicación y admisión. 1 Sep.2009, auto que admite demanda, ordena correr traslado y fija gastos. 19 Feb. 2010, se fijó en lista. 5 Mar. 2010, recibo de memorial de demanda por parte del demandante. 24 Mar. 2010, auto admite adición de demanda, llama en garantía y reconoce personería a Dr. José Navarro. 10 Jun. 2010, se recibe poder por parte de Liberty Seguros S.A, a través de apoderado Dr. Jairo Arroyo. 16 Jun. 2010, el apoderado judicial de la ESE interpone recurso de reposición contra auto de fecha de 24 de marzo de 2010 por no haber llamado en garantía a Seguros Cóndor S.A; compañía de Seguros Generales, en virtud a que las pólizas aportadas a folio 508-545-547 y 550 no se encuentras vigentes a la fecha de la presentación del llamamiento en garantía. 17 Jun. 2010, apoderado de Liberty Seguros S.A. 30 Jun. 2010, memorial con poder nombrando la parte demandante al Dr. Julio Aníbal Ramos Clason.

1 Jul. 2010, memorial con poder de Seguros del Estado nombrando como apoderado judicial al Dr. Nelson Olmos. 7 de Jul. 2010, Seguros del Estado contesta llamamiento en garantía. 20 Agos. 2010, se corrió traslado por dos días del recurso de reposición Art. 349. 7 Sep. 2010, despacho recibe antecedentes administrativo por parte de la ESE. 13 Sep. 2010, entra proceso al despacho para tramite. 15 Oct. 2010, despacho niega recurso de reposición, por improcedente acepta renuncia de la Dr. Mónica Lafon y reconoció personería al Dr. Julio Aníbal Ramos Clason, tiene por contestado llamamiento en garantía de Seguros del Estado, la contestación de llamamiento en garantía de Liberty Seguro no la tiene por contestada en virtud a que fue presentada extemporánea y abre a prueba. 25 Oct. 2010, memorial de poder presentada por el Dr. Juan Rodríguez Arrieta como apoderado de la ESE. 26 Oct. 2010, apoderado de Liberty Seguro repone auto, de fecha de 15 de octubre de 2010 toda vez, que reitera no haber contestado el llamamiento en garantía de quien apodera de manera extemporánea. 28 Oct. 2010, proceso pasa al despacho para resolver reposición. 11 Nov. 2010, se devuelve expediente a secretaria, para que se fije el traslado del recurso. 23 de nov. de 2010, apoderado del demandante, solicita librar despacho comisorio a la ciudad de B/quilla. 20 de enero de 2011, traslado de reposición, art.349. 03 de febrero, al despacho vencido el término del traslado del recurso de reposición. 07 de febrero de 2011, auto que concede el recuro de reposición donde acepta llamamiento en garantía propuesto por Liberty por estar dentro del término, por tal motivo modifica numeral 3 del auto de fecha 15 de octubre de 2010, reconoce personería la Dr Juan Rodríguez. 28 de febrero. Proceso pasa al despacho para continuar con la siguiente etapa procesal. 07 de marzo de 2011, auto que decreta pruebas por 30 días 05 de abril de 2011, recibido de oficio donde la Coopertaiva Contupersonal, responde oficio al despacho. 08 de abril, recibido de oficio con respuesta a lo solicitado por el oficio 526 -10 13 de abril de 2011, recibido de oficio con respuesta a lo solicitado por el oficio 526-3. 14 de abril de 2011, proceso pasa al despacho para lo pertinente. 02 de mayo de 2011, auto que pone en conocimiento de la parte demandante oficios, a fin que suministre dirección. 11 de mayo, apoderado de la demandante, aporta direcciones. Requeridas. 12 de mayo de 2011, llega despacho comisorio procedente de Barranquilla. 02 de junio de 2011, Gerencia de la ESE allega respuesta al oficio remitido por el despacho. 07 de junio de 2011, auto agrega al expediente despacho comisorio, ordena enviar oficios citatorios a los testigos-ordena requerir al jefe de recursos humanos de la ESE y otros.

10 y 11 de junio de 2011, ESE responde oficios a través de gerencia y recursos humanos 11 de julio de 2011, nuevamente responde oficios gerente de la ESE. 01 de agosto de 2011, audiencia de testimonios. 16 agosto de 2011, al despacho con solicitud por parte del demandante para que requiera a la ESE. 30 de agosto, auto que ordena requerimiento. 06 de octubre de 2011, subgerente de la ESE responde oficio de requerimiento. 09 de diciembre de 2011, proceso pasa al despacho. 12 de diciembre de 2011, auto que ordena correr traslado para alegar por el término de 10 días 11 de enero de 2012, recibido de memorial, con renuncia de poder por parte de apoderado de la ESE. 18 de enero de 2012, recibido poder por parte de la ESE. 19 de enero de 2012, se recibe memorial con alegatos de conclusión por parte de apoderado de la ESE., igualmente alegatos por parte de la parte demandante, Seguros Liberty. 26 de enero de 2012, entra al despacho para sentencia 20 de junio de 2012, Sentencia, que se pronunció así: Declaro no probadas las excepciones propuestas por la ESE. Se inhibe el despacho para pronunciarse sobre las excepciones propuestas por las aseguradoras Liberty y Seguros del Estado, toda vez, no serán condenadas las cooperativas de trabajo, como tampoco las empresas aseguradoras, ya que las mismas fueron ligas al proceso con ocasión de haber suscrito una póliza de garantía entre el tomador, que en este caso es la cooperativa o empresa de servicios temporales y el beneficiario que es la ESE. Que declara la Nulidad del oficio 000726 de 20 de noviembre de 2008, que negó al demandante reconocimiento y pago de los salario con aumentos legales en la misma proporción que un trabajador de planta (médico) de la ESE. Ordeno a la ESE a reconocer y pagar a título de reparación de daño al actor, el valor correspondiente a las prestaciones sociales por el periodo comprendido entre el 01 de enero al 20 de junio de 2002, del 01 al 16 de agosto de 2002, correspondiente a los periodos en los cuales el demandante laboro directamente con la ESE mediante OPS. Así mismo ordena el reconocimiento y pago a favor del actor del 50% de la totalidad de las prestaciones sociales que se reconoce a los empleado de la Entidad en similar labor, tomando como base para la liquidación respectiva el valor de los honorarios pactados en los contratos de prestación de servicios suscritos, en los ciclos en los cuales se demostró la existencia de la relación laboral por intermediación laboral entre las cooperativas y la empresa de servicios temporales Medicoop Cta, desde el 16 de agosto de 2002 hasta diciembre 2006; Contupersonal S.A., desde 1° de marzo de 30 de junio de 2007, del 1° de octubre al 30 de diciembre de 2007 y del 1° al 30 de enero de 2008. Temporales Líder de Colombia S.A. desde el 1° de Julio de 2007, hasta el 30 de

septiembre de 2007. y Conempleo LTDA, del 1° al 28 de febrero de 2007. Ordeno pagar a la ESE 50% de los porcentajes de cotización correspondiente a pensión y salud que debió trasladar a los fondos respectivos durante el periodo acreditado en que el actor presto sus servicios a la ESE y a las cooperativas aludidas. Désele aplicación a los arts 176 y 178 de C.C.A. Se fijó en edicto junio 20 de 2012. Paso al juzgado 5 DE DESCONGESTIÓN POR ACUERDO PSSA12-9455 DE 23 DE MAYO DE 2012. 18 DE JULIO DE 2012. AVOCO CONOCIMIENTO Y REANUDO TERMINOS. 21 DE AGOSTO DE 2012, ESCRITO DE APELACION POR PARTE DEL APODERADO DE LA ESE. 29 DE AGOSTO DE 2012, ESCRITO DE APELACION POR PARTE DEL APODERADO DEL DEMANDANTE. 28 DE AGOTO DE 2012, SE CITO A AUDIENCIA DE CONCILIACION A LAS PARTES EL DIA 30 DE OCTUBRE 2012 A LAS 9.00 A.M, DE QUE TRATA EL ARTICULO 70 DE LA Ley 1395 de 2010 que adiciono el artículo 43 de la Ley 640 de 2001. 29 de agosto de 2012, oficio contentivo de aclaración y adición de sentencia, por parte del Apoderado del demandante. 26 de septiembre de 2012, se pronunció el despacho con referencia a la solicitud de adición y aclaración de la sentencia de fecha 20 de junio de 2012. Que declaro improcedente por extemporánea, dicha solicitud, y que se estuviera a lo dispuesto en providencia de 28 de agosto de 2012 a celebrar audiencia. 12 de diciembre de 2012, a las 2.30 se celebró audiencia, de conciliación. Se tornó fallida. 23 de enero de 2013, presente poder con sus anexos. 11 de maro de 2013, admitió recurso el Tribunal Administrativo M.P Silvia Escudero. 15 de maro de 2013, recurso de reposición presentado por la parte demandante, contra auto de 11 de maro de 2013, porque en dicho auto, declaro improcedente la adición y aclaración de sentencia solicitada. 10 de Julio de 2014; se admitió apelación, ordenaron notificar a las partes. 23 de octubre de 2013, decide el Tribunal Sobre la reposición interpuesta por la parte demandante, ordenando remitir el expediente al Juzgado Quinto Administrativo de Descongestión para que se pronuncie sobre el recurso de reposición. Me reconocieron personería jurídica para actuar.

DATOS DEL PROCESO ESTADO DEL PROCESO

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO

RADICADO: 2007-00035-00

DEMANDANTE: LUIS ALFREDO MARTINEZ PESTANA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS

CLASE PROCESO; ORDINARIO LABORAL

PROCESO TERMINADO

Este proceso a la fecha, se encuentra terminado con sentencia favorable para la

empresa

JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO S/LEJO.

RADICADO: 70-001-33-31-003-2005-00090-00

DEMANDANTE: ELISEO PATERNINA PADILLA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS

CLASE DE PEORCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL

DERECHO.

PROCESO TERMINADO

Mediante sentencia de fecha 04 de noviembre de 2010, el Juzgado Tercero

Administrativo de Sincelejo resolvió absolver a la E.S.E Unidad de Salud San

Francisco de Asís de las Pretensiones de la demanda. La parte demandante

Apeló y a la fecha se cuenta con Sentencia proferida por el Tribunal

Administrativo de Sucre, confirmando el fallo absolutorio

JUZGADO: QUINTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO S/LEJO

RADICADO: 70001.23.31.000.2004.00557

DEMANDANTE: ENALBA ISABEL MARTINEZ ROMERO Y OTROS

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO

CLASE DE PROCESO:REPARACIÓN DIRECTA

PROCESO TERMINADO PARA LA ES.E SIGUE

PROCESO EJECUTIVO CONTRA EL HOSPITAL

REGIONAL.

Mediante sentencia de fecha 06 de octubre de 2010, el Juzgado Quinto

Administrativo de Sincelejo resolvió absolver a la E.S.E Unidad de Salud San

Francisco de Asís de las Pretensiones de la demanda y condenó de las mismas

al HOSPITAL REGIONAL DE SINCELEJO

JUZGADO LABORAL ITINERANTE DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500120080041800 DEMANDANTE: ALFREDO CHARRASQUIEL MEDRANO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO Reparto y radicación 18 Nov 2008, en el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO. 20 de nov de 2008, se admite la demanda y se ordena notificar y correr traslado a la parte demandada.- se reconoce personería al Dr Carlos Espinosa Martínez como apoderado judicial del demandante.- 26 de abril de 2010, auto que resuelve sobre la contestación, se reconoce personería al Dr. Edgar Stave Buelvas como apoderado de la parte demandada.- se admiten llamamientos en garantía y denuncia del pleito y se ordena notificar y correr traslado los citados.- 4 de ago. de 2010, auto que ordena excluir demandados y denuncia del pleito efectuados por la demandada, se ordena seguir el trámite del proceso con la demandada principal únicamente. se señala el día 10 de noviembre de 2010 a las 8:30 a.m., para celebrar la audiencia de conciliación.- 10 de noviembre de 2010, se celebró la audiencia de conciliación y se suspendió para el día 23 de noviembre de 2010, a las 9:30 a.m. 06 de febrero de 2012, auto acepta la renuncia que hace la Dra. Margarita María Montes Vergara al poder conferido por la Ese San Francisco de Asís. 16 de feb. de 2012, se reconoce personería al dr. Gabriel Acuña como apoderado de la ESE. 12 de agosto de 2013, se celebró la 2da aud. de trámite y se fijó el día 14 de septiembre de 2012, a las 2:30 p.m. para fallo. Agosto 29 de 2012, se admiten las contestaciones del llamamiento en garantía de Liberty Seguros S.A., Seguros del Estado S.A. y Contupersonal Ltda.- se tiene por no contestado el llamamiento en garantía por Cóndor compañía de Seguros Generales S.A.- se ordena el archivo de las diligencias surtidas en el proceso con relación a los citados Cooperativa Coopservicios y Temporales Líder de Colombia, por contumacia.- se reconoce personería al dr. Jairo Arroyo como apoderado de Liberty Seguros, al dr Gabriel Angulo como apoderado de Contupersonal y al Dalvarer Nelson Olmos como apoderado de Seguros del Estado S.A. - se señala el día 12 de septiembre de 2012 a las 2:30 p.m., para celebrar la audiencia de conciliación. 12 de Sept. de 2012 se celebró la aud. de conciliación y se fijó el día 27 de Septiembre de 2012 a las 8:30 a.m. para la segunda aud, de tramite.- 27 de sept. De 2012, se celebró la 2da aud. de trámite y se fijó el día 17 de octubre de 2012, a las 8:30 a.m. Para la tercera aud. de tramite.- 17 de oct. de 2012, se celebró la tercera aud. de trámite y se fijó el día 9 de noviembre de 2012, a las 2:30 p.m. para fallo. 13 de noviembre de 2012, se señala el día 30 de noviembre de 2012 a las 3:30 p.m., para celebrar la audiencia de juzgamiento.- 26 Nov 2012, se envía AL JUZGADO PRIMERO LABORAL DE DESCONGESTIÓN en cumplimiento del acuerdo No 081 de 2012 del C.S.J. de Sucre. Despacho que avoca conocimiento, se instala en sala de audiencia en hora y fecha indicada, 25 de febrero

de 2013 a las 3.00 p.m., ordenando aplazar la misma, en aras de garantizar el debido proceso, por faltar pruebas que practicar pedidas por el actor según lo ordenado en el numeral 2 y 4 del acápite de pruebas de la diligencia fechada 12 de sept. de 2012, una vez surtido el tramite anterior vuelva el expediente al despacho para fijar fecha de audiencia de juzgamiento. En diciembre de 2012 vuelve el proceso al JUZGADO PRIMERO LABORAL. 15 de oct. de 2013, se declara impedida la titular del despacho para continuar conociendo del proceso, se ordena él envió del expediente AL JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO. JUNION 5 DE 2014, se envía el proceso AL JUZGADO SEGUNDO LABORAL por declararse impedida la suscrita para seguir conociendo del proceso.- 27 de diciembre de 2013, llega proceso procedente por descongestión al JUZGADO LABORAL ITINERANTE, AVOCANDO CONOCIMIENTO, señala el día 20 de junio de 2014, PARA AUD. DE JUZGAMIENTO. Se celebró aud. en la fecha y hora señalada, en donde el despacho declaro que existió una relación laboral con el demandante, declaro parcialmente probada la excepción de prescripción presentada por la parte demandada, condeno a la ESE a pagar las siguientes sumas de dinero así: Costas $100.000; prestaciones sociales y vacaciones $3.832.321, despido injusto 2.350.134, sanción moratoria hasta la fecha por el no pago de prestaciones sociales, $35.350.134; a pagar aportes en pensión a favor del demandante, en la porción que como empleador le corresponda en un fondo elegido por el actor, desde el 1 de febrero de 2002 al 1 de febrero de 2008. Absolver a Contupersonal CTA y los llamados en garantía Liberty y Seguros del Estado S.A. y agencias en derecho. El día 24 de junio el suscrito presento y sustento recurso de apelación, ante el despacho, en espera que surta dicho recurso. 08 de julio de 2014, en estado 040, se concede recurso de apelación y se envía al Tribunal Superior.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500120120033900 DEMANDANTE: SAMUEL FRANCISCO DOMINGUEZ PALENCIA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO:ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

15 jun. 2012 reparto y radicación 20 jun 2012, se admite la demanda y se ordena notificar y correr traslado a la parte demandadas, se reconoce personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial del demandante. 01 de agosto de 2012, se notificó a la ESE. 1º de agosto de 2013, conteste demanda, propuse excepciones de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial y allegue memorial con sus respectivos anexos. Paso al juzgado Laboral Itinerante para su conocimiento. 07 de julio de 2014, proceso se encuentra en etapa de notificación a las demás demandadas.

11 de julio de 2014, publico estado No 102. Designa terna de curador Ad-Litem. –

Señala honorarios de curaduría.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DE DESCONGESTION RADICADO: 70001310500120070003100 DEMANDANTE: RAFAEL BERTEL SALCEDO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS Y COOPSERVICIOS CLASE DE PROCESO: EJECUTIVO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 25 Jun 2007, reparto y radicación, se avoca conocimiento, se admite la demanda y se ordena notificar y correr traslado a las entidades demandadas por el término de diez días. se reconoce personería al doctor Jorge Mario Amarís Castro como apoderado judicial del demandante 08 May 2007, auto que resuelve sobre la contestación, por falta de requisitos de forma se inadmiten las contestaciones de demanda y se concede los demandados el termino de cinco días para subsanar. Se reconoce personería a las doctoras Sandra Beatriz Giraldo Osorio y Berta Ospina Vergara como apoderadas de la E.S.E. SAN FRANCISCO DE ASIS Y COOPERATIVA COOPSERVICIOS RESPCTIVAMENTE. 22 may 2007, por haber sido subsanada se admite la contestación de la demanda y se señala el día 07 de junio de 2007 a las 10:30 a.m., para celebrar la audiencia de conciliación.. 22 de may. 2007se celebro audiencia pública de conciliación, decisión de excepciones previas, saneamiento y fijación del litigio, se declaró fracasada la conciliación y se suspendió para resolver excepción previa. Se señaló para la continuación el dia 25 de junio de 2007 a las 9:30 a.m. 25 jun 2007, se celebró la audiencia de conciliación y se fijó el día 28 de agosto de 2007,a las 2:30 p.m. para celebrar la segunda audiencia de tramite.- 28 aug 2007, se celebró la segunda audiencia de trámite y se fijó el día 24 de octubre de 2007, a las 8:30 a.m. para celebrar la tercera audiencia de trámite.. 24 oct 2007, se celebró la tercera audiencia de trámite y se fijó el día 2 de noviembre de 2007, a las 2:30 p.m. para celebrar la audiencia de juzgamiento.- 06 nov 2007, sentencia de primera instancia, se dictó sentencia y se absolvió a la E,.S.E. y se condenó a COOPSERVICIOS C.T.A. la suma de $ 2.995.283.91 , por concepto de auxilio de cesantías e intereses de cesantías.- 14 de nov de 2007, se concedió el recurso de apelación interpuesta por la parte demandante. El 27 de noviembre de 2007, se envía el proceso al H. Tribunal Superior, con oficio no. 2240. 06 de enero de 2009, regresa proceso del Tribunal. Se dictó auto de obedézcase y cúmplase lo resuelto por el Tribunal Superior, el cual revoco los numerales primero y segundo de la sentencia proferida por el juzgado y condeno a la ese SAN FRANCISCO DE ASÍS. Se señalan agencias en derecho a favor de la parte demandante y se ordena practicar la liquidación de costas en su oportunidad.- El 04 de febrero de 2009, se practicó la liquidación de costas y corre traslado a las partes por 3 días. 09 Feb 2009, se aprueba la liquidación de costas y se ordena el archivo del expediente en su oportunidad, sino es presentada demanda ejecutiva.- Marzo 09 de 2009, auto ordena pago de títulos, se ordena entrega de título por concepto de costas. 12 de junio de 2009, auto libra mandamiento de pago ejecutivo y se decretaron

medidas cautelares. 13 Jul 2009, LA ESE presenta excepciones de mérito, se corre traslado. - se reconoce personería al Dr Edgar Stave como apoderado de la ESE. 31 de agosto de 2009, sentencia seguir adelante, se declara parcialmente probada excepción de pago propuesta por la ESE. Se ordena seguir adelante la ejecución. 09 de septiembre de 2009, de la liquidación del crédito presentada por el ejecutante se corre traslado por el término de tres (3) días y se acepta la renuncia, que del resto del término para presentar dicha liquidación hace el apoderado del ejecutante. 12 de septiembre de 2009, se aprueba la liquidación del ejecutante, y se señalan agencias en derecho a favor de la demandante. Se ordena por secretaria la liquidación de costas. 05 de octubre de 2009, se aprueba la liquidación de costas. se ordena fraccionamiento y entrega de depósito judicial y devolución del remanente a la E.S.E. se declara terminado el proceso con respecto a la ESE continúa su trámite con relación a la

demandada cooperativa Coopservicios C.T.A. EN AUTO DE FECHA 23-09-13 Reconoce personería Apdo. de la ese Freddy Molina y se ordena oficiar para que suministre información necesaria a su solicitud, para devolver los títulos que reposan en la cuenta del Banco Agrario a ordenes del despacho a favor de la ESE

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DE DESCONGESTION RADICACION :70001310500220080053200 DEMANDANTE: JOSE ESCUDERO VILLALBA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

10 de nov. de 2008, reparto y radicación. 25 de dic. de 2008, auto admite demanda y lo ubicaron en los procesos suspendidos. 07 May. 2009, auto admite intervención, se admitió llamamiento en garantía, denuncia del pleito - se suspende el proceso. 28 jun 2010, se fijó fecha aud. de conciliación 12 de abril de 2010 hora10:30 am y no se tiene llamados y denunciados. 13 de abril de 2010, auto que fija fecha segunda aud.05 de agosto de 2010 hora 8.30 a.m. 05 de agosto de 200, se señala cinco de noviembre a las 4:00 de la tarde para audiencia de juzgamiento, en la fecha y hora indica no se realizó. 08 de noviembre de 2010, auto fija fecha audiencia y/o diligencia, se aplaza aud. de juzgamiento para el 12 de noviembre de 2010 a las 2:00 pm. 10 de diciembre de 2010, auto resuelve corrección providencia. 15 Feb 2011, auto que concede recurso de apelación. 15 Abril 2011, reparto y radicación.

02 de mayo de 2011, se radica y pasa al despacho. JUZGADO LABORAL ITINERANTE RADICADO: 70001310500220110069000

DEMANDANTE: BERTA ISABEL PEREZ ORTEGA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 09 Dic. 2011. reparto y radicación. 14 Dic 2011, auto admite demanda, se pretende reconocimiento y pago de prestaciones sociales, indemnización por despido injusto, indemnización moratoria y pensión sanción de jubilación. 09 diciembre de 2011, repartida y radicada

12 de junio de 2012, fue notificada a la ESE, 19 de junio de 2012, conteste demanda, adjuntando poder y sus anexos para actuar, propuse excepción de prescripción de acción judicial, inexistencia de la obligación, interrogatorio con reconocimiento de firma, denuncia del pleito a la Cooperativa Salud humana CTA, llame en garantía a las aseguradoras Liberty S.A.,; Condor S.A., Compañía de seguros Generales. 26 de noviembre de 2013, la Sala Administrativa del C.S. de la J. a través de acuerdo N° PSAA11-898915 de diciembre de 2011, fijo operatividad al Juez Primero laboral de Descongestión, estimando en su art. 5to, que a este despacho debían remitirse el 30% de todos los procesos ordinarios activos, bajo el imperio de la Ley 712 de 2001. ESTADO N. 127. – Septiembre 24-2013, proceso es remitido por competencia al JUZGADO PRIMERO LABORAL DE DESCONGESTION:. 4 de diciembre de 2013, avoco conocimiento el despacho de descongestión. El 30 de enero de 2013, concedieron a la parte demandada 05 días para que subsánela contestación, me reconocieron personería para actuar. 06 de enero de 2013, presente escrito de subsanación. El 08 de marzo de 2013, el despacho admitió el llamamiento en garantía a Liberty Seguros, S.A., la denuncia del pleito, a la Cooperativa Humana CTA, concediéndole 10 días para que comparezcan al proceso, quedando suspendido por 90 días hasta que venza el término. 23 de sept. de 2013, se tiene por contestada la demanda por Parte de la ESE, no se tiene como llamada en garantía a Liberty, no se tiene como llamada en pleito a Cooperativa Humana CTA, se continua con el tramite ( en virtud a que la interesada en notificar a los llamados en garantía a los denunciados en el pleito no lo hizo). 30 de septiembre de 2013, se devuelve el expediente al Juzgado Segundo Laboral para que continúe con el conocimiento y su impulso porque la medida de descongestión finalizo. 07 de octubre de 2013, avoca conocimiento. 10 de febrero de 2014, se remitió al Juzgado ITINERANTE, en virtud de la creación del nuevo despacho por acuerdo N° PSAA 13-10072 de diciembre 27 de 2013, El 03 de febrero de 2014, se ordenó la remisión al juzgado laboral ITINERANTE. 11 de febrero de 20 de 2014, se recibe y se avoca conocimiento, 07 de julio de 2014, pendiente de fijar fecha de audiencia. 09 de julio de 2014, auto que fijo fecha de audiencia para el día 29 de julio de 2014. a las 3.30 p.m. 01 de agosto de 2014, auto que fija fecha de audiencia de trámite para el día 12 de agosto de 2014 a las 2.30 p.m., 12 de agosto de 2014, se profiere sentencia condenando ala ese a pagar los emolumentos salariales.

ESTADO N. 064. Septiembre 12-2014 concediendo recurso de apelación JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 700013105002201300005000

ESTADO DEL PROCESO 06 de febrero de 2013, Reparto y radicación.

DEMANDANTE: LILIANA ISABEL MARTINEZ ESCOBAR

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

08 de febrero de 2013, se recibe y se radica en los libros. 15 de febrero 2013 se admite demanda y se ordena notificar a la ESE, a las bolsas de empleos Líder Temporales de Colombia, Contupersonal S.A, y Velpar S.A., se ordena correr traslado a las demandadas, se reconoce personería Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado de la demandante. 21 de marzo de 2013, se notificó a la ESE, 04 de abril de 2013, conteste demanda propuse excepciones de inexistencia de obligación, y prescripción de la acción judicial, igualmente allegue memorial con sus respectivos anexos. 16 de junio de 2014, con oficio de recibido por parte del apoderado de la demandante solicitando impulso procesal y nombramiento de curador a las cooperativas que no han contestado a la fecha. 07 de julio de 2014, proceso se encuentra en proceso que se nombre curador para que represente a las Cooperativas con tu personal CTA y Velpar S.A. 18 de julio de 2014, mediante auto ordena emplazar a Contupersonal S. A y Líder Temporales de Colombia

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO:70001310500220130003900

DEMANDANTE: NADIS MARIA RAMOS VILORIA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

01 de febrero de 2013, reparto y radicación. 05 de junio de 2013, se recibe y se radica en los libros. 16 de febrero, se admite la demanda, se ordena noticiar a las ESE, Mulsacoop CTA, Salud Humana CTA, y las bolsas de empleo temporales Lideres de C/bia, Contupersonal S.A, recursos activos S.A.S., y servicios temporales Velpar S.A, reconoció personería al Dr, Miguel Arrazola Sáenz. 17 de mayo de 2013, notificaron a la ESE. 29 de mayo de 2013, allegue poder con sus respectivos anexos, conteste demanda, propuse excepciones de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE. 25 de abril de 2014, memorial presentado por parte del apoderado de la demandante, solicitando impulso procesal, manifestando además, bajo la gravedad de juramento desconocer dirección de estas entidades por lo que se hace necesario emplazar y nombrar de curador, en virtud que a la fecha no han comparecido al proceso. 07 de julio de 2014, se encuentra proceso que el despacho mediante auto ordene emplazamiento.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220130022800

DEMANDANTE: ERVIN PADILLA SIERRA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

08 de abril de 2013, reparto y radicación. 11 de mayo de 2013, la juez se declara impedida y lo remite al juzgado segundo laboral. 23 de abril de 2013, se recibe se radica en los libros y se pasa al despacho. 03 de mayo de 2013, se admite demanda, se ordena notificar a las demandadas, se reconoce personería al Dr, Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial del demandante.

17 de mayo se notificó a la ESE. 29 de mayo de 2013, conteste demanda, propuse excepciones de inexistencia de obligación, prescripción de la acción judicial, inspección judicial, reconocimiento de firma, allegue memorial con sus respectivos anexos. 07 de julio de 2014 se encuentra surtiéndose las notificaciones a las demás demandadas.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 7000131050020130008700

DEMANDANTE: RICARDO RODRIGUEZ MONTOYA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 25 de febrero de 2013, reparto y radicación. 1 de marzo del 2013, se admitió demanda, se ordenó notificar 09 de marzo de 2013, notificada la ESE. 22 de marzo de 2013, conteste la demanda, propuse excepciones de prescripción de la acción judicial e inexistencia de la obligación, adjunte poder con sus respectivos anexos. 18 de diciembre de 2013, apoderado del demandante, allega memorial solicitando impulso procesal y nombramiento de curador a las cooperativas contupersonal CTA, servicios temporales líderes de Colombia S.A, Medicoop CTA y recursos activos S.A.S. 27 de mayo de 2014, contesto demanda apoderado de recursos activos. 07 de julio de 2014 proceso se encuentra en etapa de notificación a espera de audiencia.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500120130027800

DEMANDANTE: ORLANDO ROMERO GARAY

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL 70001310500120130027800

ESTADO DEL PROCESO

14 de may. de 2013 Reparto y radicación 17 de may.se admite la demanda, ordena notificar y correr traslado a la demandada y a la agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.- se reconoce personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la parte demandante. 28 de jun. de 2013. se admite contestación de la d/da.- se señala el día 03 de sept. de 2013 a las 8:30 a.m. para celebrar la audiencia obligatoria de decisión de excepciones previas, de saneamiento y fijación del litigio. se reconoce per/neria al Dr Saúl Enrique Vega Mendoza como apoderado del demandado.- 03 de sep. de 2013 a solicitud de los apoderados de las partes se aplaza audiencia. Se señala el día 9 de diciembre de 2013 a las 2:30 p.m., para celebrar la audiencia obligatoria de conciliación, de decisión de excepciones previas, saneamiento y fijación del litigio. Se reconoce personería al Dr. Guillermo Espinosa Paternina como apoderado del Dr. Miguel Arrazola Sáenz. 09 de dic. de 2013, se celebró la audiencia de conciliación y se fijó el día 28 de abril de 2014, a las 2:30 p.m. para la audiencia de trámite y juzgamiento.-no hubo animo conciliatorio, se le reconoció personería al Dr William Bula como apoderado sustituto del Dr Fredy Molina. 06 de may. de 2014. Se aplaza audiencia señalada para el día 28 de abril del 2014 por encontrarse la titular de permiso. Se señala el día 27 de junio de 2014 a las 10.30 am para llevar a cabo audiencia de trámite y juzgamiento, en la que condenan a la ESE al pago de los emolumentos salariales. 01 jul 2014, se envía el proceso al tribunal superior en apelación.

14 de julio de 2014, se radica en el libro 20 folio 236 para surtirse apelación sentencia de 27 de junio de 2014, se pasa al despacho, se admitió.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500200201322900

DEMANDANTE: CARLOS VASQUEZ BENITEZ

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL no

ESTADO DEL PROCESO 22 de noviembre de 2012, reparto y radicación realizada por reparto al Juzgado Primero Laboral del Circuito. radicado70001310500120120059700

28 de noviembre de 2012, auto que admite demanda, se ordena notificar y correr traslado a la parte demandada, reconoce personería al dr Miguel Arrazola como apoderado del demandante. Se enviaron citatorios.

15 de enero de 2013, Se notificó la ESE 24 de enero de 2013, se allego poder, allegue poder con sus respectivos anexos,

conteste demanda, propuse excepciones de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE. 21 de marzo de 2013, se declara impedida la titular del despacho para continuar conociendo del proceso. en consecuencia se ordena el envió del expediente al juzgado segundo laboral del circuito de Sincelejo radicándolo con numero 70001310500200201322900 25 de abril de 2013, se recepción y radico en los libros 03 de mayo de 2013, se declara fundado impedimento por la juez laboral primera. A la fecha se encuentra expediente pendiente de continuar trámite. CABE ACLARAR QUE EL DR BULA BITAR, EL DIA 24 DE ENERO DE 2014, APORTO PODER PARA ACTUAR, AUN NO LE HAN RECONOCIDO PERSONERIA.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220130007300

DEMANDANTE: MARIELA DEL CARMEN ROMERO CONTRERAS

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

18 de febrero de 2013, reparto y radicación. 19 de febrero se decepciono y se radica en los libros. 01 de marzo de 2013, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE y a las cooperativa de trabajo asociado especializada Cooperesvicios CTA, Salud Humana CTA y las bolsas de empleo Temporales Líder de Colombia, Contupersonal S.A., Recurso Activo S.A.S., y Servicios Temporales Velpar S.A., y reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. Octubre 17 de 2013, se notificó a la ESE personalmente. 25 de octubre, allego poder, conteste demanda, propuse excepciones de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios a la demandante. A la fecha de 11 de julio, se encuentran surtiéndose las notificaciones de las demás entidades demandadas.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220130012500

DEMANDANTE: JOSEFINA MERCADO TAMARA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO

ESTADO DEL PROCESO 08 de Marzo de 2013, reparto y radicación. 11 de Marzo se recepcionó y se radica en los libros. 05 de abril de 2013, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE, Recurso Activo

CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

S.A.S., Contupersonal S.A., Temporales Líder de Colombia y Servicios Temporales Velpar S.A., y reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 18 de abril de 2013, Apoderado de la demandante, allego oficio al despacho solicitando nombramiento de curador por desconocer dirección de las cooperativas demandas. 27 de enero de 2014, se notificó a la ESE personalmente. Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. Abril 24 de 2014, apoderado demandante oficia de nuevo solicitando nombramiento de curador, manifestando bajo la gravedad de juramento que desconoce dirección de las demandadas. 11 de junio de 2014, se notificó y contesto demanda Recursos Activos S.A. A la fecha de 11 de julio, se encuentran surtiéndose las notificaciones de las demás entidades demandadas.

JUZGADO PRIMERO SEGUNDO DEL CIRCUITO RADICADO: 700013105003220130066600

DEMANDANTE: ANGELINA MARTINEZ PEREZ

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

20 de octubre de 2013, reparto y radicación. 28de octubre de 2013 se recepcionó y se radica en los libros. 24 de noviembre de 2013, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE, Recurso Activo S.A.S., Servicios Temporales Velpar S.A., y a la ESE. Reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 07 de enero de 2014, se notificó a la ESE 07 de febrero de 2014, se notificó a la ESE personalmente. Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 07 de abril de 2014, Apoderado de la demandante, allego oficio al despacho solicitando nombramiento de curador, bajo la gravedad de juramento, por desconocer dirección de las cooperativas demandas. 11 de julio de 2014, se encuentra pendiente de resolver memorial.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220130018900

DEMANDANTE: MEDARDO VILLADIEGO MARTINEZ

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 22 de marzo de 2013, reparto y radicación. 02de abril de 2013 se recepcionó y se radica en los libros. 18 de abril de 2013, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE. Temporales líder de Colombia, Contupersonal S.A., Recurso Activo S.A.S. y Servicios Temporales Velpar S.A.,. Reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 18 de diciembre de 2013, Apoderado de la demandante, allego oficio al despacho solicitando nombramiento de curador, bajo la gravedad de juramento, por desconocer dirección de las cooperativas demandas.

27 de febrero de 2014, se notificó a la ESE 10 de marzo de 2014, Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, se encuentra pendiente de resolver memorial.

Mediante auto de fecha 22 de septiembre de 2014, publicado por estado N. 145. Septiembre 23-2014.auto que tiene como nueva Tiene nueva dirección para notificar al

demandado Recursos Activos S. A JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 7000131050022013025900

DEMANDANTE: MARIA ROMERO REYES

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

14 de mayo de 2013, reparto y radicación. 17 de mayo de 2013 se recepcionó y se radica en los libros. 24 de mayo de 2013, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE. A la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 23 de abril de 2014, se notificó a la ESE 03 de mayo de 2014, Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, aún se están enviando notificaciones.

31 de julio de 2014, Auto que fija Fecha audiencia, Junio 25 de 2015; a las 11:00 a.m.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 7000131950020130071700

DEMANDANTE: ARLETH PATRICIA HERNANDEZ VERGARA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

21 de octubre de 2013, reparto y radicación juzgado primero laboral. 24 de octubre de 2013, se declara impedida la titular del despacho para continuar conociendo del proceso. en consecuencia se ordena él envió del expediente al juzgado segundo laboral del circuito 22 de noviembre de 2013, se recepcionó y se radica en los libros. 22 de noviembre de 2013, avoco conocimiento y se radica en los libros 23 de enero de 2014, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE Contupersonal S.A., Temporal Líder de Colombia y Servipersonal, reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 25 de abril de 2014, se notificó a la ESE 05 de mayo de 2014, Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, aún se están surtiendo las notificaciones

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500222014009300

DEMANDANTE: ASIS MERCEDES RICO GUERRA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 20 de marzo de 2014, reparto y radicación. 24 de marzo de 2014, se recepcionó y se radica en los libros. 31 de marzo de 2014,se admite demanda, se ordena notificar a la ESE Recurso Activo S.A.S., Servicios temporales Velpar S.A., reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 12 de marzo de 2014, se notificó a la ESE 19 de marzo de 2014, Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, aún se están surtiendo las notificaciones

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220120050300

DEMANDANTE: DAVID ALVAREZ VARGAS

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

22de noviembre de 2012, reparto y radicación. 11 de diciembre de 2012, se recepcionó y se radica en los libros. 23 de noviembre de 2012, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE Cooperativa de Trabajo Asociado Coopservicios CTA., Salud Humana CTA, bolsas de empleo Contupersonal S.A., Recurso Activo SAS, reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 18 de diciembre de 2013, solicitud de apoderado de la parte demandante, solicitando nombramiento de curador 15 de marzo de 2014, se notificó a la ESE Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, en espera de nombrar curador.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220130014500

DEMANDANTE: OVER TURCIO HERAZO

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 01 de febrero de 2013, reparto y radicación al juzgado primero laboral 01 de febrero de 2013, Se declara impedida la titular del despacho para continuar conociendo del proceso. en consecuencia se ordena él envió del expediente al juzgado segundo laboral del circuito 12 de marzo de 2013, se declaró fundado el impedimento de la juez primera y avoco conocimiento. Se recepcionó y se radica en los libros 12 de abril de 2013,se admite demanda, se ordena notificar a la ESE, Cooperativa Especializada de Trabajo Medicoop CTA, a las bolsas de empleo Temporal Líder de Colombia, Servipersonal, Contupersonal S.A., Recurso Activo SAS, y servicios temporales Velpar S.A., reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 28 de mayo de 2014, se notificó a la ESE 25 de mayo de 2014, Allego poder, conteste demanda en término y propuse

excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, a la fecha se están notificando

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 700013105002201327800

DEMANDANTE: NELCY ESTHELA MARTINEZ MARTINEZ

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

se admite demanda, se ordena notificar a la ESE, Cooperativas demandadas reconoció personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz como apoderado judicial de la demandante. 28 de mayo de 2014, se notificó a la ESE Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, a la fecha se están surtiendo notificaciones

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO:70001310500220140016100

DEMANDANTE: YADIRA RIVERA RETAMOZA

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO

25 de mayo de 2014, se recepcionó y se radico 25 de mayo de 2014, se admite demanda, se ordena notificar a la ESE, Cooperativa Mulsacoop, Salud Humana CTA, Contupersonal S.A temporal Líder de Colombia S.A. Velpar SA., reconoció personería al Dr. Johany Contreras Agudelo como apoderado judicial de la demandante. 29 de mayo de 2014, se notificó a la ESE 05 de junio de 2014, Allego poder, conteste demanda en término y propuse excepciones, de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial, interrogatorio oral con reconocimiento de firma, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, a fin de corroborar que no existe constancia de pago de salarios por ningún concepto a la demandante. 11 de julio de 2014, a la fecha se están surtiendo las notificaciones, 31 DE JULIO DE 2014, AUTO PUBLICADO EN ESTADO 117 DE AGOSTO 01 DE 2014, ordena emplazamiento a las cooperativas que no han comparecido al proceso y designa curador ad-litem.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 7000131050020120050400

DEMANDANTE: JOSE GREGORIO TOVAR PORTACIO

DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL

ESTADO DEL PROCESO 22 de nov. de 2012, reparto y radicación. 23 de noviembre de 2013, se admite demanda, se ordena notificar a los demandados y se reconoce personería al Dr. Miguel Arrazola Sáenz. 09 de marzo de 2013, se notificó a la ESE. 22 de marzo de 2013, conteste demanda, propuse excepciones de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial y allegue poder con sus respectivos anexos. 19 de junio de 2013, escrito de renuncia de poder. 13 de agosto de 2013, auto que acepta renuncia de poder de la Dr. Merly Rodelo Martínez, apoderada de Contupersonal y se ordena comunicar a la demandada, para que nombre nuevo apoderado.

18 de diciembre de 2013, memorial solicitando impulso procesal y nombramiento de curador a las cooperativas demandadas que no han comparecido hasta la fecha. 07 de julio de 2014, proceso se encuentra en espera de nombramiento de curador.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO 12 RADICADO: 70001310500220130015300 DEMANDANTE: FERNEY ANTONIO FUENTES VASQUEZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: LABORAL ORDINARIO

ESTADO DEL PROCESO Reparto y radicación 70001310500120120021000 proceso laboral ordinario Realizada

el 17 abril de 2012. 18 abril 2012 se admite la demanda y se radica y se ordena notificar y correr traslado a la parte demandada. Ordena a la ESE que cuando conteste debe anexar copias autenticadas de los contratos y demás documentos requeridos, se reconoce personería al Dr. Miguel Arrázola Sáenz, como apoderado del demandante. 23 de abril de 2012, se notificó a la ESE. 08 de mayo de 2012, conteste demanda, propuse excepciones de prescripción de la acción judicial e inexistencia de la obligación, interrogatorio oral de reconocimiento de firma, inspección judicial a las oficinas de la ESE, para revisar cada uno de los libros de contabilidad para aseverar que en ellos no figuran pago de salarios al demandante, allegue poder con sus respectivos anexos. 28 Feb 2013. auto se declara impedida la titular del juzgado para continuar conociendo del proceso, se ordena envió del expediente al juzgado segundo laboral del circuito de Sincelejo, para su conocimiento.- 25 feb. 2013 se envía proceso al juzgado 2do laboral.- 12 marzo 2013, radicación de proceso En El Juzgado Segundo Laboral Del Circuito Radicado 70001310500220130015300.

Agosto 29 de 2013, auto que avoca conocimiento, y se continua con el trámite procesal 07 de julio de 2014, aún se encuentra pendiente la notificación, o en su defecto que se les emplace y nombre curador el despacho, para las cooperativas y bolsas de empleo demandas que no comparezcan al proceso.

JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO RADICADO: 70001310500220050052001 DEMANDANTE: BETTY BLANCO HERNANDEZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: LABORAL ORDINARIO PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

El apoderado de este proceso era el Dr, José Vicente González Vergara, 10 de abril de 2005, se recepción demanda, se inscribió en los libros. 28 de abril de 2005, auto que admitió demanda y ordeno notificar. 05 de abril de 2005, se notificó demanda Mayo 20 de 2005, la demanda fue contestada en término por la ESE.se presento excepción prescripción de reclamación por extemporánea. 08 de junio de 2005, auto que señalo el 13 de junio de 2005, a las 10.00 a.m., para audiencia de conciliación,. 11 de agosto de 2006 el despacho profirió sentencia absolviendo a la ESE de todas las pretensiones de la demanda por prescripción de la acción. 24 de agosto de 2006. La parte demandante interpuso recurso de apelación. Llego proceso al Tribunal Superior de Sincelejo Magistrada Ponente Marriaraquel Rodelo. 15 de marzo de 2007se profirió sentencia revocando la sentencia de primera instancia de fecha 11 de agosto de 2006, declarando la relación laboral desde 1 de enero de

1999 al 30 de agosto de 2002, condeno a la ESE a pagar lo siguiente: Cesantía $18.830, intereses de la cesantía $98.259 prima de navidad $818.830, vacaciones $602.934, indexación $602.934, condeno a pagar $10.300 diarios a partir del 1 de diciembre de 2002 hasta la fecha de cancelación de todo lo adeudado a título de indemnización moratoria. Proceso que fue cancelado en su oportunidad . PROCESO TERMINADO

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO RADICADO: 70001333100920050056400 DEMANDANTE: TANIA OZUNA PEREZ y ORLANDO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: REPARACIÓN DIRECTA PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

01 de mayo de 2005, reparto y radicación, demanda presentada por el Dr. Pantaleón Narváez, quien la pretensión de que se declare a la ESE administrativamente responsable por los daños y perjuicios que le causaron a los demandantes por la muerte del feto que esperaba la señora Tania Ozuna en la IPS San Luis el día 20 de mayo de 2004. El 18 de marzo de 2005, de mayo se recibe, se radica en los libros. 13 de abril de 2005, se ordena notificar a la ESE, al ministerio público, fijo gastos procesales, se fijó en lista por 10 días, se reconoció personería al apoderado de los demandantes. 29 de junio de 2006, se notificó a la ESE 29 de agosto de 2006, se envía al juzgado noveno administrativo, por competencia, avocando conocimiento. 30 de agosto de 2006 fijo en lista por 10 días. Contestando la demanda en termino el Dr Henrry Valeta, propuso excepciones de ausencia de responsabilidad civil extracontractual, por intervención de un tercero, falta de nexo causal entre la atención brindad a la paciente en la IPS San Luis a la paciente, y la muerte de su feto. 20 de septiembre de 2006, contesto excepciones la parte demandante. 31 de octubre de 2006, auto que abre a prueba por 30 días, decreto pruebas testimoniales, oficio a la ESE, ordeno inspección judicial y oficio a medicina legal para practicar dictamen pericial. 09 de noviembre de 2006, secretaria dejo constancia del vencimiento del término probatorio 15 de noviembre de 2006, se celebró audiencia de recepción de testimonios. 12 de diciembre de 2006, se celebró audiencia de recepción de testimonios 07 de diciembre de 2007, se celebró audiencia de recepción de testimonios 21 de febrero de 2007, corre traslado por 3 días para que las partes objeten dictamen pericial allegado por medicina legal. 27 de marzo de 2007, corre traslado para alegar por 10 días 31 de marzo de 2007, titular del despacho encuentra puntos oscuros que esclarecer sobre el dictamen pericial practicado por medicina legal, por lo que decide no fallar, y decide oficiar a medicina legal, para rinda dictamen sobre el tiempo transcurrido entre la muerte del feto y su extracción. 18 de noviembre de 2008, auto que acepta renuncia de poder, presentado por

apoderado de la ESE, se tiene como nuevo apoderado al Dr. Stave 07 de octubre de 2011, auto de mejor proveer, ordenando oficiar al Registrador Nacional del estado Civil, se revoca poder al Dr Stave y se reconoce personería a la Dra Margarita Montes apodera de la ESE, oficia a medicina legal. 20 de octubre de 2012, oficia requiriendo a Registrador, acepta renuncia de la apoderada de la ESE, reconociendo al Dr Acuña como nuevo apoderado 12 de diciembre de 2012, pasa al juzgado cuarto administrativo del circuito por descongestión 30 de septiembre de 2012, se celebró audiencia de juzgamiento, fallando el despacho a lo siguiente: Declaro no probada la ausencia de responsabilidad civil extracontractual Declaro responsable patrimonialmente a la ESE por la muerte de la hija que esperaba Tania Ozuna Condeno a la ESE a pagar a cada uno de los demandados 100 SMLMV Condeno a la parte demandante a pagar al despacho arancel del 2% del valor total del valor efectivo recaudado conforme lo dispone el artículo 9° Ley 1349 de 2010, el cual deberá ser ajustado a la fecha en que se efectúe el pago No condeno en costas a la ESE 21 de octubre de 2013, Se notificó por edicto 31 de octubre de 2013, la ESE a través de apoderado interpone recurso de apelación,. 12 de noviembre de 2013, despacho mediante auto no accede a conceder el recurso de apelación, en virtud a que muy a pesar que fue presentado dentro del término legal y sustentado debidamente, no allego la ESE poder por parte de la ese para que el profesional derecho pudiese actuar. En virtud, a que quien fungía como apodera era el Dr Acuña, se allego poder por parte de la ESE 17 de enero de 2014, se reconoce personería al Dr. Fredy Molina, no dio trámite al recurso de reposición interpuesto por el Dr Molina, contra el auto de calendado 12 de noviembre de 2013, por extemporaneidad, niega la solicitud de copias para la interposición del recurso de queja. 03 de febrero de 2014, despacho ordena expedición de primeras copias que prestan merito ejecutivo al apoderado de los demandantes. 14 de mayo de 2014, se remite al juzgado de Origen para su archivo. PROCESO TERMINADO.

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 7000133100420120017900 DEMANDANTE: CARMEN VALENZUELA JIMENEZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

ESTADO DEL PROCESO 01 de julio de 2012, radicación del proceso 09 de octubre de 2012, al despacho con respuesta a los llamamientos en garantía. 26 de nov. de 2012, auto ordeno emplácese al representante legal de CONTUPERSONAL LTDA. y a la COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO COOPSERVICIO, los gastos que esta actuación comporta son a cargo de la ESE SAN FRANCISCO DE ASIS DE SINCELEJO

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION ESTADO DEL PROCESO

RADICADO: 70001333100620080003400 DEMANDANTE: CLAUDIA RIVERO BARRIOS DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: REPARACIONDIRECTA

07 de 2008, reparto y radicación. 18 de abril de 2008, se admitió, se ordenó notificar al ministerio público y a la ESE, se fijaron gastos procesales, se reconoció personería al apoderado de la demandante José Luis Barrios, se fijó en lista por 10 días. 15 de julio de 2008, se notificó a la ESE. 18 de diciembre de 2009, contesto la ESE a través del Dr Edagr Stave, propuso excepciones de inespecificidad del daño irrogado a quien funge como víctima y ausencia de intención para dañar, denuncio el pleito al centro de enseñanza Yire de la costa CECOM, llamo en garantía a la aseguradora Solidaria de Colombia LTDA. 23 de febrero de 2009, se admite vinculación forzada a las siguientes personas centro de enseñanza Yire de la costa CECOM, llamo en garantía a la aseguradora Solidaria de Colombia LTDA., se ofició a la ESE, se suspende proceso por 90 días, se reconoció personería al Dr Stave. 23 de septiembre de2011, presento renuncia el Dr Stave. 10 de febrero de 2012, se reconoció personería a la Dra margarita Montes apoderad de la ESE. Y a la vez se acepta renuncia presentada por la misma.. 15 de febrero de 1012. Presento memorial de poder el Dr Gabriel Acuña como apoderado de la ESE. 12 de septiembre de 2012 paso proceso al juzgado de descongestión. Avoca conocimiento, e reanudan los términos se allegan pruebas y contestaciones, se ofició a medicina legal para practicar prueba. 22 de enero de 2013, se realizó audiencia de recepción de testimonios. 22 de noviembre auto que ordena a la parte actora prestar colaboración para realizarle prueba pericial que recae sobre el menor LUIS ALFREDO GARCIA RIVERO, para la cual debe presentarse a Medicina Legal. Para que sea valorado antes de cerrar periodo probatorio. Se ofició 07 de febrero de 2014, auto de requerimiento para la actora, en el sentido que preste colaboración para prueba pericial ya ordenada. 04 de abril de 2014, se allega al expediente prueba pericial remitida de medicina legal-28 de abril de 2014, la parte demandante solicita al despacho, se oficie a Junta Médica Regional de Invalidez Seccional Bolívar, para valoración del menor lesionado. 10 de diciembre de 2014. Se remitió al menor a Junta Médica Regional de Invalidez Seccional Bolívar. 20 de marzo de 2014, allego escrito de reposición del apoderado de la actora, solicitando se requiera a Medicina Legal. 26 de mayo de 2014, se fijó aviso legal del presente recurso por 2 días 07 de julio de 2014, la parte demandante oficio al despacho, solicitando se oficie al juzgado con función de pena, para que remita al despacho, copia del proceso seguido contra Miladis del Carmen Mercado por el delito de lesiones personales. A la fecha de julio 10 de 2014, se encuentra este proceso en espera de resolver memoriales y escrito de reposición. En auto de 02 de octubre de 2014.Se oficia al Juzgado de ejecución de pena, para que

llegue denuncia penal que cursa en contra de la enfermera que le aplico la droga a l menor LUIS ALFREDO GARCIA RIVERO .

JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 70001233100020060005800 DEMANDANTE: MARIA SALCEDO AGUAS Y OTROS DEMANDADOS:MUNICIPIO DE SINCELEO HOSPITAL REGIONAL DE II NIVEL DE SINCELEJO DEPARTAMENTO DE SUCRE MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL ESE SAN FRANCISCO NACION CLINICA SANTA MARIA LTDA Y OTROS CLASE DE PROCESO: REPARACIONDIRECTA

ESTADO DEL PROCESO 18 de septiembre de 2006, reparto y radicación, en el Tribunal administrativo, que tiene por pretensión declara a los demandados responsables administrativamente por los perjuicios materiales, morales, fisiológicos o a la vida en relación presentes y futuro y demás causados por la muerte de Norys del Carmen Guzmán Salcedo por falla de en la prestación de servicio de salud. 21 de junio de 2006, se envió la juzgado sexto administrativo por competencia 26 de octubre de 2006, apoderado de la ESE, Dr Nicolás Guerreo, allega escrito de nulidad O7 de diciembre de 2006, se inadmite y se concede 5 días para subsanar, reconoce personería al Dr Bladimiro Blanco como apoderado de la parte demandante 14 de diciembre de 2006, allego apoderado de los demandantes escrito de subsanación de demanda. 17 dic 2007, auto que admite corrección de demanda, ordena notificar al ministerio público y a los demandados, fijo en lista por 10 días. Reconoció personería. 04 de diciembre de 2008, auto que corre traslado por 3 días por solicitud de nulidad interpuesta por del Dr Guerrero, términos que corrieron en diciembre 2 de 2008, hasta el 9 de diciembre de 2008, en virtud a que no se notificó a la ESE. 26 de enero de 2009, despacho mediante auto corrió traslado, se allego poder por Parte de la ESE 09 de febrero de 2009, auto que decreto la nulidad de diligencia de notificación, reconoció personería a los apoderados. 19 de abril de 2009, se fijó en lista por 10 días. 04 de agosto de 2010, se corrió traslado de las excepciones 31 de agosto de 2010, ordeno notificar a los llamados en garantía 24 de enero de 2011, acepta renuncia de poder, del apoderado del hospital. 13 de agosto de 2012, acepta renuncia de poder por parte de la ESE y se reconoció como nuevo apoderado al Dr. Acuña 30 de julio de 2013, se envió proceso por descongestión al Juzgado Segundo administrativo de Descongestión, quien avoco conocimiento, abrió a pruebas y oficio a medicina legal. 12 de febrero de 2012, niega recurso de reposición interpuesto por apoderado de la Aseguradora Liberty llamada en garantía.. 17 de diciembre de 2006, se admite, se ordena notificar al ministerio público y a las demandadas, se fijó en lista. 15 de octubre de 2003, remitido proceso al segundo administrativo de descongestión, A la fecha de 11 de julio de 2014, proceso se encuentra pendiente de resolver nulidad. 14 de julio de 2014, proceso con nota secretarial, que antecede y como quiera que la información solicitada mediante oficios números 816-818 y 819 no ha sido allegada al expediente; se dispone por secretaria requiérase la información solicitada mediante los

anteriores oficios en atención a la solicitud realizada por la clínica Santa María S.A., realizarse la aclaración, advirtiéndole a la parte interesada que debe coordinar con las entidades él envió de documentación requerida en el término de 10 días so pena de pasar a la siguiente etapa procesal

28 de julio de 2014. Ordena no reponer auto de fecha Mayo 13-2014.

JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 7000123310002006111200 DEMANDANTE: DERLY PATERNINA SALCEDO Y LISESETH DEMANDADOS: MUNICIPIO DE SINCELEJO DEPARTAMENTO DE SUCRE HOSPITAL REGIONAL DE II NIVEL DE SINCELEJO ESE SAN FRANCISCO DE ASIS CLASE DE PROCESO: REPARACIONDIRECTA

ESTADO DEL PROCESO 11 de diciembre de 2006, reparto y radicación, 19 de enero de 2007, recibida en el Tribunal Administrativo Despacho del M.P. Horacio Coral, Con las siguientes pretensiones declarar administrativa y extra contractualmente responsable a los demandados por los daños y perjuicios ocasionados a los demandantes con ocasión de la muerte del señor MANUEL FRANCISCO ROMERO ocurrida el 16 de diciembre de 2004. 23 de enero de 2007, por competencia se remite para los juzgados se envía con oficio 0187(2006-1112)-HCCC-RD, 01 de febrero 6 de 2007, recibido en el Juzgado Sexto, 06 de 2007, avoco conocimiento, admite demanda reconoció personería al Dr, Luis Gómez Meza, ordeno notificar a las entidades demandadas. 11 de agosto de 2007, se notificó a la ESE. 31 de oct. de 2007 a través de apoderada Dra Sandra Giraldo Osorio y Mary Luz Redondo Ospino, proponiendo excepciones de inexistencia de la falla del servicio falta de legitimidad pasiva. 11 de julio de 2008 oficio con renuncia de poder de la apoderada de la Ese Sandra Giraldo. 27 de febrero de 2009, auto que tiene por contestada la demanda, acepta renuncia de apoderado de la ESE, se tiene como nuevo apoderado al Dr Edgar Stave Buelvas, Se abrió a prueba por 30 días, el despacho ordeno oficiar al Hospital y a Medicina Legal para que aporten pruebas documentales y periciales, se ordenó citar a testigos para que rindan sus testimonios. 15 de abril de 2009, audiencia de recepción de testimonios. 22 de abril de 2009, audiencia de recepción de testimonios. 05 de noviembre de 2009, auto que ordena poner en conocimiento a las partes de las respuestas de los oficios librados por el despacho a las entidades hospitalarias y a medicina legal. 02 de febrero de 2010, audiencia de recepción de testimonios. 03 de noviembre de 2010, apoderado de los demandantes oficio al despacho por inconformidad en el informe técnico legal emanado de Medicina Legal, por haber faltado y/o aportado unos puntos requerido por el despacho en dicho informe. 12 de marzo de 2010, auto que se ordena oficiar a medicina legal a fin que rinda informe técnico sobre los puntos solicitados por el apoderado de los actores, en escrito que descorrió el traslado de las excepciones previas propuesta por las demandadas., estudio de historia clínica y demás documentos

17 de septiembre de 2010, se señaló audiencia de testimonios al Dr Ossiam Díaz Vergara, se llevó a cabo audiencia 01 de julio de 2011, se adiciono experticio rendido por medicina legal, se aprobó dictamen. 11 de julio de 2011presento escrito de reposición apoderado de los demandantes contra auto de 01 de julio de 2011. 15 de julio de 2011, memorial manifestando renuncia de pode 10 de noviembre de 2011. auto que no concede recurso, se aceptó renuncia de apoderado Dr, Edgar Stave y otros, se ofició nuevamente a medicina legal. 19 de enero de 2012, escrito renunciando al poder (apoderado gobernación). 27 de enero de 2012, por auto se acepta la renuncia. 15 de enero de 2012, presento memorial de poder a Gabriel Acuña en representación de la ESE. 27 de febrero de 2012, se acepta renuncia y reconoce personería. 13 de abril de 2012, de oficio el despacho ordena ampliación de dictamen pericial, se abstuvo reconocer personería al apoderado del departamento. 19 de junio de 2012, revoco poder y reconoce personería a nuevos apoderados, fijo gastos procesales adicionales al demandante por $30.000. 06 de julio de 2012, se dejó constancia secretarial de pasar el proceso a los juzgados de descongestión por acuerdo PSSA12-9455, por lo que se envía al juzgado quinto de descongestión. 13 de junio de 2012, avoco conocimiento,, se reanudaron los términos que estuvieron corriendo a partir del día siguiente de la notificación de este auto. 18 de octubre de 2012, auto revocando poder a la Dra Julia Imbett apoderad del Departamento. Memorial con poder por parte de la demandante. 18 de enero de 2013, requiere a la actora para que consigne gastos procesales adicionales. 04 de abril de 2013, se presentó poder conferido al Dr, Fredy molina como apoderado de la ESE. 29 de abril de 2013, se acepta renuncia de apoderado de la ESE y se reconoció personería la Dr Fredy Molina y al Dr Eder Sierra como apoderado de la parte actor. 29 de abril de 2013, oficio requiero al actor para pago de gastos procesales adicionales. 09 de mayo de 2013, la demandante aporto consignación de gastos procesales, se enviaron oficios de requerimiento al notario primero y al registrador para que aporten lo solicitado por el despacho. 02 de julio de 2013,auto que corre traslado por 10 días para alegar de conclusión. 15 de julio de 2013, descorrí traslado para alegar. 10 de julio de 2013, el apoderado de la demandante repuso el auto de 02 de julio de 2013, en virtud a que medicina legal no ha enviado el informe técnico legal de acuerdo a lo solicitado.

10 de septiembre de 2010, auto que deja sin efecto, el auto de 02 de julio de 2013, que dispuso correr traslado por no haberse pronunciado medicina legal de acuerdo a lo solicitado por el despacho, en tal sentido oficie a medicina legal para lo pertinente. 02 de 2013, se ofició a medicina legal, 09 de octubre de 2013, recibió medicina legal el oficio. 13 de diciembre de 2013, allego medicina legal informe técnico. 07 de julio de 2014, se encuentra proceso pendiente de alegatos.

JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO:70001233100020040180000

DEMANDANTE: ESE SAN FRANCISCO DE ASIS DEMANDADA: ALICIA MARINA LLACH LOPEZ CLASE DE PROCESO: ACCION DE REPETICION

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

Mediante acta de conciliación aprobada por el proceso de reparación directa que curso contra la ESE por la falla en el servicio médico, la ESE pago a los actores DOMINGO HERRERA, DAMERIS SILGADO DE LA ROSA, GUILLERMINA DE LA ROSA DE SILGADO Y LUIS ROMAN SILGADO BELLO, la suma de $80.000.000, que sirvió de base para instaurar la acción de repetición directa contra la médico. 25 de enero de 2005, reparto y radicación Tribunal Administrativo, en acción de repetición contra la Dra. ALICIA MARINA LLACH LOPEZ, a fin que se declare patrimonialmente responsable de la muerte fetal del hijo que esperaba la paciente DAMERIS SILGADO DELA ROSA, igualmente. Que se condene a la a pagar a la demandante la suma de $80.000.000 como consecuencia de su falla médica. 28 de julio de 2006, Este el proceso por competencia fue remitido al JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO. 20 de septiembre de 2006, se radica y se inscribe en los libros radiadores, se continuó surtiendo la etapa proceso de notificación, se envió citatorio de notificación a la demandada, como no compareció la demandada, se emplazó y se nombró, curador. 28 Mayo de 2012, se envió expediente al JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVIO DE DESCONGESTION. Avocando conocimiento y continuando con el trámite correspondiente. 27 de septiembre de 2012, despacho mediante auto, revoca poder al Dr. Acuña y reconoce y corre traslado para alegar después de haberse surtido la etapa probatoria. 08 de octubre de 2012, contesto el suscrito alegato de conclusión. 12 de mayo de 2013, sentencia de primera instancia que declaro responsable patrimonialmente a la demandada Dra. Alicia Marina Llach López por la muerte fetal del hijo que esperaba la Sra. Dameris Silgado De La Rosa, condeno a pagar a la demandada a la ESE la suma de $80.000.000 valor este que debe ser actualizado a la IPC según lo estipulado en el Art. 178 del CCA. 13 de marzo de 2013, se fijó en edicto. 26 de junio de 2013, auto que expide copias auténticas de la demanda a petición de la parte interesada. 25 de julio de 2013, se envió al despacho de origen para su archivo definitivo. (PROCESO TERMINADO)

JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 70001233100020050209600 DEMANDANTE: EDILSA NIETO CARRASCAL

ESTADO DEL PROCESO

Demanda de reparación contra la ese y otros, a fin de declarar solidaria, administrativa y extrapatrimonialmente responsables a los demandados por los perjuicios generados

DEMANDADOS: NACION - MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL-ESE SAN FRANCISCO DE ASIS CENTRO DE SALUD SAN LUIS DE SINCELEJO CLASE DE PROCESO: REPARACIÓN DIRECTA

a la parte actora como consecuencia de la muerte ocasionada a la niña (hija de la señora EDILSA NIETO CARRASCAL) por la falla en la prestación del servicio médico. Demanda que se inició en los tribunales administrativos, donde se admitió, se ordenó notificar a las partes demandadas y al ministerio público, a al apoderado de la demandante, se fijó en lista. 25 de mayo de 2007, proceso que por competencia es remitido al juzgado Sexto Administrativo. 20 de marzo de 2009, auto que abre a prueba. Envía citatorios a los testigos, oficia a las entidades a las entidades demandadas para que aporten documentación requerida y a medicina legal. 25 de mayo de 2012, se remite expediente al Jugado Quinto de Descongestión, donde se siguen las etapas pertinentes del proceso. 31 de julio de 2013, auto que corre traslado para alegar. Marzo de 2013, Proceso que se remite al Tribunal Administrativo con sentencia de primera instancia donde accede a las pretensiones de la demanda, para revisión.

JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 700013331075200200508401 DEMANDANTE: CESAR LAGUNA ALARCON DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

08 de junio de 2012, sentencia de primera instancia emanada del JUZGADO 5TO ADMINISTRATIVO .que declaro probada. La excepción de inepta. Apoderado del demandante interpone recurso de apelación. 31 de agosto de 2012, reparto en apelación en razón al oficio N°167 del juzg. 5to adtivo de descong. 18 jun. 2013, al despacho recurso de apelación. 28 jun 2013, admitieron recurso. 26 jun 2013, para alegatos de conclusión. 28 de junio de 2013, auto que ordena correr traslado y reconoce personería. 11 jul 2013, recepción de memorial, alegatos del demandado y demandada. 26 mar 2014, sentencia de segunda instancia, confirma sentencia de primera instancia que declaro probada la excepción de inepta demanda. 28 mar 2014, fijación edicto, se notificó. Sent. De marzo 20 de 2014,

13 may 2014, se devuelve Juzg. 5 aditivo. Descongs. Cto., sljo., con ofc. Nº 0906

mayo. 13 2014 y sentencia que. Confirmó. prob. Excep. Inepta demanda.

Juzgado Quinto Administrativo de Descongestión estado 003 de 22 de agosto de 2014,

quien en auto 20-08-14 ordeno enviar el expediente al despacho de origen.

PROCESO TERMINADO

JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RDICADO:70001233100020040059800 DEMANDANTE: MIGUEL ALVAREZ BUSTAMANTE DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

16 Feb 2007, Reparto y radicación del proceso, asignado al Magistrado Horacio Eduardo Coral Caicedo, con la pretensión, que Se declare LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN N. 0000023 por la cual se declaró la insubsistencia del nombramiento

del actor en el cargo de jefe de la división administrativa. 23 de febrero de 2007, profiere sentencia por la cual se denegaron las pretensiones de la demanda

14 May 2007, UNA VEZ EJECUTORIADA LA PROVIDENCIA EN FECHA DE 23-02-2007, SE PROCEDE AL ARCHIVO DEL MISMO 25 May 2010, ARCHIVO DEFINITIVO DEL EXPEDIENTE, EL DIA 30 DE ABRIL DE 2007. PROCESO TERMINADO

JUZGADO SEPTIMO ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTION RADICADO: 70001333100072002138501 DEMANDANTE: OSCAR PEREZ MARTINEZ DEMANDADA: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO Demanda con sentencia del 24 de julio de 2008 proferida por el juzgado 7 adm. que tenía por pretensión, se declarara el silencio negativo y en consecuencia la nulidad del acto presunto de la omisión de la demandada al no darle respuesta al petitorio y se condene a título de indemnización los derechos laborales adquiridos por el demandante 16 oct 2008, reparto y radicación. 17 oct 2008, al despacho para admisión del recurso. 06 may 2009, se admite el recurso de apelación 16 oct 2009, al despacho para fallo 03 dic 2009, sentencia de segunda instancia, que confirma la sentencia de primera instancia de fecha 24 de julio de 2008 proferida por el juzgado 7° adm. Que denegó las pretensiones de la demanda. 11 dic 2009, se fijó edicto 20 jun 2010, devuelto expediente con oficio Nº 0061 se devuelve al juzgado 7, confirma sentencia apelada PROCESO TERMINADO

TRIBUNAL SUPERIOR DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500120090015900 DEMANDANTE: ISIDORO FERNANDEZ PADILLA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: LABORAL ORDINARIO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO

03 Abril 2009, reparto y radicación 16 Abril 2009, y se ordena notificar y correr se admite demanda, traslado a la parte demandada.- se reconoce personería al Dr Carlos Espinosa Martínez como apoderado judicial del demandante.- 26 abril 2010, se admite la contestación de la demanda. se inadmiten los llamamientos en garantía y denuncia del pleito que hace la demandada por falta de requisitos de forma y se le concede el termino de cinco días para subsanarla. se reconoce personería al Dr. William Bula Bitar como apoderado de la demandada. 10 may 2010, auto que resuelve sobre la contestación. por haber sido subsanados se admiten los llamamientos en garantía y denuncia del pleito que hace la demandada ese SAN F/CO DE ASIS. se reconoce personería la Dra. Katiuska Fernández Castillo como apoderada de la entidad demandada. 04 agosto 2010, se rechazan los llamamientos en garantía y denuncia del pleito efectuados por la demandada y en consecuencia se ordena seguir el trámite del proceso con la demandada principal únicamente. se señala el día 10 de noviembre de 2010 a las 9:30 a.m., para celebrar la audiencia de conciliación.- 10 nov 2010, se celebró la audiencia de conciliación y se suspende para el día 23 de noviembre de 2010, a las 10:00 a.m.

23 nov 2010, se celebró la audiencia de conciliación y se suspende el proceso durante el término para la competencia de los citados.- 23 DE marzo de 2011_ REMITASE PROCESO AL JUZGADO ADJUNTO PARA SU CONOCIMIENTO.- 04 Abril 2011, regreso del juzgado adjunto por falta de notificación por aviso de uno de los llamados en garantía. 06 feb 2012, se acepta la renuncia que hace la doctora Margarita María Montes Vergara al poder conferido por la E.S.E. UNIDAD DE SALUD SAN FRANCISCO DE ASIS DE SINCELEJO. 23 jul 2012, se admiten las contestaciones de las denuncias del pleito y llamamiento en garantía de los citados TEMPORALES LIDER DE COLOMBIA S.A., CONTUPERSONAL S.A., LIBERTY SEGUROS S.A. Y SEGUROS DEL ESTADO S.A. - se tiene por no contestada la denuncia del pleito por COOPSERVICIOS y por no contestado el llamamiento en garantía efectuado a la ASEGURADORA CONDOR S.A. en los términos del parágrafo segundo del artículo 31 del C.P.T.S.S. - se señala el día 02 de agosto de 2012 a las 8:30 a.m., para celebrar la audiencia de conciliación. se reconoce personería a los doctores JAIRO ARROYO RODRIGUEZ como apoderado LIBERTY SEGUROS S.A. , al dr Gabriel Angulo Sánchez como apoderado de CONTUPERSONAL, al dr Luis Carlos Pérez Arias como apoderado de TEMPORALES LIDER DE COLOMBIA S.A. y al dr Nelson Olmos Sánchez como apoderado de SEGUROS DEL ESTADO S.A. 02 agosto 2012, e celebro la continuación de la audiencia de decisión de excepciones previas, saneamiento y decisión del litigio. Se decretaron pruebas y se señaló el día 16 de agosto de 2012 a las 8:30 a.m., para celebrar la segunda audiencia de trámite. 16 agosto de 2012, se celebró la segunda aud. De trámite y se fijó el día 14 de septiembre de 2012,a las 12:30 p:ñm: para fallo. 29 agosto de 2012 4 de marzo de 2013, Proceso con sentencia de primera instancia emanada del Juzgado Laboral de Descongestión, enviado al Tribunal Superior de Sincelejo con oficio 539, para que se surta apelación de la sentencia Con reparto y radicación en el tribunal el 19 de abril de 2013. LIBRO 19 FOLIO 19 M.P ELVIA MARINA ACEVEDO GONZALEZ. Abril 25 de 2013, se recibe, se pasa al despacho Abril 25 de 2013, se admite, se corre traslado por 5 días para alegar se pasa a secretaria. Marzo 10 de 2013, se pasa al despacho informando que las partes no alegaron. Mayo 13 de 2013, se ordenó el envío del expediente al Tribunal de Santa Marta. Regreso expediente con fallo de Santa marta, se realizó lectura del fallo. 25 mar 2014, se dictó auto de obedézcase y cúmplase lo resuelto por el superior, el

cual modifico parcialmente la sentencia de primera instancia. se señalan agencias en

derecho a favor dela parte demandante. se ordena practicar por secretaria la

liquidación de costas.-

04 abril 2014, traslado liquidación costas art. 393 núm. 4 CPC. 10 abril 2014, se aprueba la liquidación de costas practicada por secretaria y se ordena el archivo del expediente en la oportunidad legal, si no fuere presentada demanda ejecutiva.- 28 abril 2014, archivo definitivo de expediente. PROCESO TERMINADO

TRIBUNAL SUPERIOR DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500120090054802

DEMANDANTE: GERMAN GARAY SIERRA DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: EJECUTVO

PROCESO TERMINADO

ESTADO DEL PROCESO 06 oct 2009, reparto y radicación

29 oct 2009, auto ordena corregir demanda

10 dic 2009, auto libra mandamiento de pago ejecutivo.

17 jun 2010, se ordena requerir a la parte ejecutante,

26 jul 2010. auto ordena levantar medida cautelar

12 agosto 2010, a secretaría, repone auto ordena retener mayor valor.

09 mar 2011, se envía al juzgado adjunto para su conocimiento.

31 mar 2011, auto resuelve excepciones previas.

se declaran no probadas exc. Previas- no se accede a suspensión de proceso- se corre

traslado a excepciones de mérito.

06 may 2011, auto que concede recurso de apelación, en el efecto devolutivo

20 sep 2011, auto de obedézcase y cúmplase y se acepta renuncia de poder.

02 nov 2011, auto de sentencia seguir adelante.

05 dic 2011, auto que ordena correr traslado, tramítese como incidente de nulidad

propuesta por el apoderado de la demandada- córrase traslado por 3 días

Viene procedente del Juzgado Segundo Laboral. En apelación del auto 27 de febrero

de 2012.

12 marzo de 2012, reparto y radicación del proceso LIBRO 19 FOLIO.

13 de mar de 2012 se pasa al despacho. M.P ELVIA MARINA ACEVEDO GONALEZ,

se corrió traslado por 5 días para alegar.

Mar. 26 de 2012 se pasa al despacho.

Agosto 16 de 2012, al despacho escrito para anexar al proceso.

Septiembre 17 de 2012, pasa oficio 1738 de 10 de septiembre de 2012, del juzgado

segundo laboral del circuito con seis (6) anexos.

Septiembre 18 de 2012, se le reconoció personería al Dr. Fredy Fernando Molina

Chima, como apoderado de la ESE.

Septiembre 26 del 2012, pasa al despacho proceso ejecutoriado con el auto anterior.

Octubre 17 de 2012, se ordenaron copias simples.

Noviembre 27 2012, pasa al despacho para resolver.

Abril 25 de 2013, Se confirmó el auto de fecha febrero 27 de 2012,

Mayo 20 de 2013, se aprobó la liquidación de costas.

Mayo 28 de 2013, con oficio 2630 se devolvió al despacho de origen.

PROCESO TERMINADO

TRIBUNAL SUPERIOR DE SINCELEJO RADICADO: 70001310500220100075002

DEMANDANTE: EDELSON PEREZ PEREZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: LABORAL ORDINARIO PROCESO TERMINDO

ESTADO DEL PROCESO

29 de octubre de 2010, reparto y radicación. 0 2 de noviembre de 2010, se recibe y se anota en los libros. 08 de noviembre de 2010, se admite, se ordena notificar, se reconoce personería al apoderado del demandante. 15 de diciembre de 2010, se notificó a la ESE. 17 de enero de 2011, el Dr, Stave apoderado de la ESE contesto demanda, presento excepciones de inexistencia de la obligación, prescripción de la acción judicial solicito interrogatorio de parte oral al demandante, inspección judicial a los libros de contabilidad de la ESE, para corroborar que no existe pago de salarios al demandante; llamo en garantía a las cooperativas de trabajo asociado “Coopservicios, Contupersonal LTDA, temporales liders de Colombia S.A., y a la Cooperativa Salud humana CTA y denuncio el pleito a las aseguradoras 22 de marzo de 2011, se admitió llamamiento en garantía acepto denuncia del pelito, quedo suspendido el proceso por 90 días hasta que comparezca los llamados. O9 de septiembre de 2011, presento apoderado de la ESE renuncia de poder. 22 de septiembre de 2011, presento la ESE memorial de poder 11 de enero de 2012, se remitió proceso al juagado adjunto, 25 de enero de 1012, se avoco conocimiento y se radico en los libros. 15 de febrero de 2012, se recibe memorial de poder por parte de la ESE. 20 de febrero de 2012, auto acepta renuncia, se tiene como apodera a María Montes y Gabriel Acuña; no se tiene como a Litis consortes necesarios a Liberty seguros S.A.,Seguros del Estado S.A,; a la compañía de seguros Generales S.A., y a Cóndor S.A.; como tampoco a las Cooperativas denunciadas en pleito, fijo audiencia de conciliación para el 15 de marzo de 2012 a la 4.00 p.m. 15 de marzo de 2012. Se celebró audiencia, se solicitaron pruebas y se fijó el día 25 de abril de 2012 a las 4.30 p.m., para segunda audiencia de trámite. 25 de abril de 2012, se celebró audiencia, se fijó el día 23 de julio de 2012 a las 2.30 p.m, para audiencia de juzgamiento, 23 de julio de 2012, se celebró audiencia de juzgamiento, donde se RESOLVIO lo siguiente: Declarar probada la existencia de la relación laboral entre demandante y demandada, que inicio el 15 de junio de 1999 a 30 de junio de 2010. Declaro parcialmente probada la excepción de mérito de prescripción presentada por la demandada. Condeno a la ESE a pagar la suma de $387.662 por despido injusto. Condeno a la Ese a pagar por concepto de prestaciones sociales y vacaciones $6.995.849. Condeno a la ESE al pago de $15.868.216 por concepto de sanción moratoria. Condeno a la ESE, por el no pago de prestaciones sociales liquidadas hasta tanto no

se cancele y se seguirán causando hasta tanto no se cancelen la obligación de conformidad con la Ley. Condeno a la ESE a pagar $2.045.400 por concepto de auxilio de transporte. Condeno a la ESE, a pagar $250.000 por concepto de indexación. Condeno a la ESE, a pagar aportes al señor EDELSON PEREZ, en la porción que como empleador le corresponde pagar en un fondo de pensiones escogido por este con base en el cálculo que se debe hacer. En el periodo comprendido entre el 15 de junio 1999 a 30 de junio de 2010. Condeno en costa ordeno tazar. 28 de julio de 2012, las partes apelaron 30 de julio de 2012 las partes presentaron escrito de sustentación de apelación. 06 de agosto de 2012, se envió para el Tribunal. 19 de diciembre regreso proceso de la apelación. Se obedeció lo resuelto por El superior, se señaló la suma de $5.514.000 como agencias en derecho. 20 de enero de 2014, Por secretaria se liquidó la suma de $5.518.00. 23 de julio se fijó en lista, se aprobó liquidación en todas sus partes. Se publicó en estado el 28 de enero de 2014 PROCESO TERMINDO

TRIBUNAL SUPERIOR DE SINCELEJO RADICADO : 70001310500220080066902

DEMANDANTE: DAIRO MARTINEZ PEREZ DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: LABORAL ORDINARIO-EJECUTIVO

ESTADO DEL PROCESO 12 de diciembre de 2008, se recepción. 20 de septiembre de 2009,se notificó a la ESE 09 de septiembre de 2009, contesto la ESE, llamo en garantía las cooperativas de trabajo asociado, y denuncio el pleito a las aseguradoras. 13 de octubre de 2009, auto admitiendo llamamiento en garantía y a los denunciados en pleito. Se suspendió por 90 días hasta que comparezcan los llamados. 19 de enero de 2011, se fijó fecha de conciliación 23 de marzo de 2011 a las 3.30 p.m, 23 de mayo de 2011, avoca conocimiento el juzgado adjunto,. 07 junio de 2012, no se repuso auto de enero 19 de 2011, por lo que se envió ante el superior en efecto suspensivo, se concede apelación ante el superior, se envió a oficina judicial para reparto. 01 de febrero de 2012, regreso proceso del tribunal. 29 de mayo de 2012, se remitió al juzgado de descongestión. 30 de agosto de 2013, se libró mandamiento de pago por 41.528.302, más interés, asciende a la suma de $ 91.528.321 por concepto de condena impuesta, no se

decretaron medidas cautelares solicitadas. A la fecha de julio 10 de 2014, Se encuentra proceso para notificar personalmente a la parte ejecutada según articulo 41 CPT.

JUZGADO OCTAVO ADMINISTARTIVO ORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO : 700013333008201400103300

DEMANDANTE: ITALO JOSE DIAZ GALVAN DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO

ESTADO DEL PROCESO MEDIANTE APODERADO JUDICIAL DR VICTOR MAYA GONZALEZ con c.c 8.668.024 de Barranquilla T.P N° 40.392, [email protected] Presento medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho para que declare la nulidad del oficio 18 de octubre de 2013, suscrito por la gerente de la

CLASE DE PROCESO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO ESE mediante el cual niega al demandante las prestaciones que por concepto de prestaciones sociales y demás emolumentos salariales le adeudan. 18 de junio de 2014 fue admitida la demanda. Notificada por correo electrónico el día 11 de septiembre de 2014, Notificada a la ESE, físicamente el día 16 de septiembre de 2014. 01 de octubre de 2014, conteste demanda, aportando poder y sus anexos.

JUZGADO SEPTIMO ADMINISTARTIVO ORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO RADICADO : 70001333300720140005400

DEMANDANTE: JUDITH BUSTILLO DE MARQUEZ Y AGUSUTO RAFAEL MARQUEZ BUSTILLO DEMANDADO: ESE SAN FRANCISCO CLASE DE PROCESO: REPARACIÓN DIRECTA

ESTADO DEL PROCESO MEDIANTE APODERADO JUDICIAL DR NUMA RAFAEL ORTIZ FERNANDEZ con c.c 15.042.621 de Sahagún T.P N° 72.814, yahoo.es. Presento medio de control REPARACION DIRECTA para que la ESE sea declarada administrativamente responsable de la muerte del señor RAFAEL MARIA BUSTILLO Y POR ENDE DEL DAÑO CAUSADO A LOS SEÑORES JUDITH BUSTILLO DE MARQUEZ Y OTROS, y la condenen a indemnizar en forma integral el daño causado por valor de $646.800.000monela legal colombiana. O lo que resulte probado en el proceso por perjuicios inmateriales actuales y futuros. Por daño a la vida en relación 530 smlmv, es decir la suma de $215.600.000, que condenen a la ESE a agencias en derecho y costas. De conformidad con el 188 del CPACA. 09 de mayo de 2014 fue admitida la demanda. 08 de julio de 2014, Notificada a la ESE, 25 de julio de 2014, conteste demanda, aportando poder y sus anexos.

LOGROS DE LA DEPENDENCIA DE AUDITORIA MÉDICA

Se encuentran al día el auditaje de: Contratos, facturas, glosas y recobros, de las diferentes EPSs. que tienen contratos con nuestra empresa y del Hospital Universitario de Sincelejo.

Se realizó reporte satisfactorio a la Supersalud de los indicadores de calidad según circular única 049 de 2008, correspondiente al período 41 del 2014.

Se enviaron oportunamente los indicadores de Alerta Temprana, Circular única, Trazadores de la IPS, Decreto 019 de 2012, a todas las EPS con las que la Institución tiene relación contractual.

Se le realizó el trámite oportuno a las 25 quejas interpuestas por los usuarios a través de los diferentes mecanismos establecidos por la entidad tales como buzones de sugerencias, pagina web, y además las radicadas en el despacho de Auditoria Medica y de Calidad.

Se revisaron y se ajustaron las acciones de mejoras establecidas en el

PAMEC.

Se le dio trámite y respuesta oportuna a 15 derechos de petición radicados en la Entidad.

A través de la página de la Gobernación de sucre, link de la Secretaria de

Salud Departamental, esta dependencia realizó el respectivo proceso de autoevaluación de todos los servicios prestados en las diferentes IPS adscritas a la ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís, así como también el descargue de los portafolios de servicios de las mismas según instructivo Resolución 2003 de 2014.

A través de la página de la Gobernación de sucre, link de la Secretaria de

Salud Departamental, se realizaron las impresiones de todos los distintivos de habilitación de cada una de las IPS, según instructivo Resolución 2003 de 2014.

Con el fin de evaluar sistemáticamente la prestación de los servicios se lideró

reuniones mensuales de Comité de Historias Clínicas en donde se analizó las debilidades presentadas en cuanto al manejo, diligenciamiento y adherencia de guías, además se determinaron acciones de mejora enfocadas a fortalecer este proceso; cabe anotar que mediante este Comité la Entidad monitorea los

indicadores relacionados con historias clínicas propuestos por la Resolución 743 de 2013, como se puede constatar en las respectivas actas.

Dando cumplimiento al Estándar de Procesos Prioritarios emanado por la

Resolución 2003 de 2014, (Sistema único de habilitación) se organizaron y ajustaron de acuerdo a las características de la IPS Sede Administrativa, los siguientes Documentos:

Proceso de Mantenimiento Hospitalario Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalario Programa de Seguridad del Paciente Manual de Esterilización Manual de Historias Clínicas Manual de Referencia y Contrareferencia Manual de Aseo y Desinfección Portafolio de Servicios Protocolo de Inspección y Mantenimiento de Equipos Biomédicos Manual de Bioseguridad Guías de Atención en Odontología Manual SIAU Protocolo de Promoción y Prevención Manual de Infecciones PAMEC Modelo de Atención

Se dio trámite legal a todos los requisitos dispuestos por las EPS para la suscripción de contratos de prestación de servicios por parte de esta Entidad.

Se aprobó en comité de calidad el programa de seguridad del paciente.

GESTIÓN DE CALIDAD OPERATIVIDAD DE LOS COMITES DE LA INSTITUCIÓN

Con relación a la operatividad de comités en la E.S.E Unidad de Salud San Francisco de Asís, es de precisar que a la dependencia de Asesoría Médica y de

Calidad le corresponde y/o tiene a su cargo los siguientes comités los cuales se relacionan en el siguiente cuadro:

COMITÉ DE CALIDAD Y SEGURIDAD AL PACIENTE

Durante este trimestre se puede concluir:

a. Se realizó el análisis del comportamiento del indicador de reingresos en el servicio de urgencias, comparándolo con lo dispuesto en la Resolución 743 de 2013. Cabe anotar que según el estudio cumplimos la meta de este indicador.

b. Se brindó asesoría en cuanto a los instrumentos a seguir en cada servicio para implementar el Programa de Seguridad del Paciente.

c. Se socializó al equipo de trabajo de calidad las actividades a implementar para dar cumplimiento al Programa de Seguridad del Paciente.

d. Se dieron las herramientas para la implementación del programa de seguridad del paciente al equipo PAMEC.

e. Se le brindo asesoría acerca de la implementación y puesta en marcha de las acciones de mejoras en el PAMEC institucional, vigencia 2014.

f. Se realizó el análisis del comportamiento del indicador en la oportunidad de consulta externa por medicina general, comparándolo con lo dispuesto en la Resolución 743 de 2013. Cabe anotar que según el estudio cumplimos la meta de este indicador, en lo referente al promedio general de la institución.

g. A través de este comité se analizaron eventos adversos y se levantaron respectivos planes de mejoramiento, los cuales se ilustran en la siguiente tabla.

IPS SERVICIO TIPO DE EVENTO ADVERSO

Las Américas

Consulta externa

Hurto de glucómetro

San Francisco

Urgencias Fuga de paciente

San Francisco

Urgencias Demora en la atención

San Luis Laboratorio Cambio de Apellido de paciente

COMITÉ DE ÉTICA HOSPITALARIA

a. Durante este trimestre se hizo análisis a cada uno de los requerimientos encontrados en la apertura de buzones (quejas, anónimos, reclamos, sugerencias y exaltaciones) de otra parte se examinaron otras herramientas del Sistema de información y atención al usuario como lo constituye las encuestas de satisfacción, las quejas interpuestas a través de la página web, las radicadas en la dependencia de Asesoría Médica y Calidad, y SIAU, dándole tramite respectivo de forma oportuna con el fin de tomar los correctivos pertinentes.

b. En aras de tomar los correctivos pertinentes por las frecuentes quejas de la atención brindada en el área del call center de esta Entidad se reorganizó el equipo de trabajo de esta dependencia.

c. Analizando los informes presentados mensualmente en este comité por la dependencia SIAU y la Oficina de Auditoria Médica y de Calidad se dio traslado de las necesidades que aquejan a los usuarios en la zona rural a la subdirección administrativa y financiera de esta Entidad quien está ejecutando un cronograma para subsanar dichas falencias.

d. Se continúo con la campaña del buen trato en las diferentes IPS de la Entidad.

e. Se detectó en este comité debilidad en el sistema informativo institucional por lo tanto se estableció la labor con apoyo en la coordinadora de P y P de proveer videos educativos en todas las IPS.

f. Teniendo en cuenta las constantes quejas por inconformidad con la atención brindada en el servicio de rayos x, este informe fue presentado a gerencia en donde actualmente se está gestionando los correctivos para optimizar este servicio.

g. Con el fin de fortalecer el sistema de información corporativo, actualmente el contratista asignado para el diseño de las imágenes está por entregarlas con el fin de que sean desplegadas a todas las IPS.

COMITÉ DE HISTORIAS CLÍNICAS

Durante este trimestre:

a. Se analizaron los respectivos informes que soportan las auditorías a las historias clínicas de los servicios prestados lo que permitió tomar correctivos de acuerdo a las falencias detectadas.

b. Se hizo monitoreo al comportamiento de los indicadores evaluados a través de este comité los cuales corresponden a: Proporción de gestantes captadas antes de la

semana 12 de gestación. Evaluación de aplicación de guía de manejo

especifica. Guía de manejo de enfermedad hipertensiva

ESTRATEGIAS UTILIZADAS PARA PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS Y BENEFICIOS

ALCANZADOS.

Es de suma Importancia destacar que la dependencia de Asesoria Medica y de Calidad presenta un informe consolidado al comité de ética donde se analizan las inconformidades interpuestas por los usuarios lo que se constituye como un canal interactivo que nos permite efectuar acciones de mejora de acuerdo al plano de la realidad que vive el usuario en cada una de las IPS adscritas a la ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís. Asi mismo , durante las sesiones esta dependencia se tomo por parte de los miembros de la oficina de auditoria medica atenta nota, acerca de las falencias detectadas en el proceso de atención expuestas por los usuarios con el fin de tomar los correctivos pertinentes y lograr el mejoramiento continuo.

Mediante el Link estructurado en la pagina web los usuarios pueden acceder de manera mas facil, para interponer sus quejas sin necesidad de formalismos, lo que contribuye a un mayor grado de interaccion con este, facilitando asi mismo el tramite y/o respuesta a sus inconformidades.

RENDIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD

Evaluación de aplicación de guía de manejo de Crecimiento y Desarrollo. Cabe anotar que estos indicadores se mantienen dentro de lo exigido por la normatividad excepto el primero de ellos, el cual aunque va en aumento no entra dentro de los parámetros establecidos. Dentro de las razones dadas por la Jefe de P y P de esta Entidad se destaca la búsqueda activa realizada por la Secretaria Municipal de embarazos captados posterior al primer trimestre, lo que afecta el resultado de este indicador, teniendo en cuenta que con la portabilidad Nacional que incorporó el Sistema de Salud en Colombia, frecuentemente a esta institución llegan gestantes con semanas de gestación avanzadas lo que trae como consecuencia que los embarazos se capten en un mayor numero solo durante su último trimestre y en varios casos en su término.

Se han implementado estrategias para la captación oportuna en los diferentes programas de P y P.

Teniendo en cuenta las múltiples falencias detectadas en las auditorias de historias clínicas se establece la prioridad de la sistematización de las mismas en cada servicio, por lo tanto la gerente establece que la implantación de este proceso sea evaluado constantemente por cada coordinador del servicio respectivo.

Hubo una ligera disminución en la Consulta Externa por Medicina General

Ambulatoria. En el periodo de JULIO a SEPTIEMBRE DEL 2.014 se realizaron 48.246 consultas, contra 57.772 en mismo periodo del año 2.013, Esto se puede atribuir a la disminución de la población contratada para este servicio.

Hubo un aumento significativo del promedio del Rendimiento del servicio de Consulta Externa de Odontología en el periodo de JULIO a SEPTIEMBRE de 2.014 se realizaron 41.471 consultas, en comparación con el mismo periodo del 2.013 se realizaron 26.308 consultas. Esto debido a la reorganización de este servicio en la institución en cuanto a la clasificación y facturación del mismo (Anexo 2)

40,000 45,000 50,000 55,000 60,000

3° Trimestre 2013

3° Trimestre 2014

57,772

48,246

3° Trimestre 2013 3° Trimestre 2014

Consulta General por Medicina General

57,772 48,246

RENDIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE CONSULTA EXTERNA POR MEDICINA GENERAL III TRIMESTRE 2013-2014

Se presentó una disminución significativa en el número de partos atendidos en el I nivel. Notándose que en los meses de JULIO a SEPTIEMBRE del 2.013 se atendieron en el I Nivel 106 Partos y para el año 2.014 la atención fue de 66 Partos. Teniendo en cuenta que las políticas Nacionales de seguridad materna establecen que las embarazadas clasificadas como de alto riesgo obstétrico, deben ser atendidas en el II Nivel de atención y a la alta competitividad con el sector privado. (Anexo 3).

0 10,000 20,000 30,000 40,000 50,000

3° Trimestre 2013

3° Trimestre 2014

26,308

41,471

3° Trimestre 2013 3° Trimestre 2014

Consulta Externa por Odontologia General

26,308 41,471

RENDIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE CONSULTA EXTERNA POR ODONTOLOGIA GENERAL III TRIMESTRE 2013-2014

Hubo aumento en la atención de la Consulta de Urgencias en el período JULIO a SEPTIEMBRE del 2.014 se atendieron 15.758 y en el mismo periodo del año 2.013 se atendieron 10.821 (Anexo 4). Cabe anotar que esta estadística es fluctuante de acuerdo al pico epidemiológico que presenta la población.

0 20 40 60 80 100 120

3 Trimestre 2013

3 Trimestre 2014

106

66

3 Trimestre 2013 3 Trimestre 2014

Partos 106 66

RENDIMIENTO DE LA ATENCIÓN DE PARTOS DE BAJA COMPELJIDAD III TRIMESTRE 2013-2014

Se ha logrado estandarizar la priorización del paciente en el servicio de urgencias, manteniéndose el triage 1 en inmediato.

Solución de Solicitudes de Ayudas Diagnósticas y Pequeñas Cirugías a los

Usuarios a más tardar en 72 Horas.

Se presentó un incremento notable en la de Cirugías de I nivel, se autorizaron 559 pequeñas cirugías (de I Nivel) en el periodo de JULIO a SEPTIEMBRE del 2.014 frente a 310 en el año 2.013, teniendo en cuenta que se realizaron ajustes en los procedimientos de este nivel relacionados con la calificación de las pertenecientes este grupo, así mismo es de carácter fundamental tener en cuenta las fluctuaciones del POS de acuerdo al primer nivel de complejidad. (Anexo 5).

0 5,000 10,000 15,000 20,000

3 Trimestre 2013

3 Trimestre 2014

10,821

15,758

3 Trimestre 2013 3 Trimestre 2014

Consultas en el servicio de Urgencia

10,821 15,758

RENDIMIENTO DE CONSULTAS EN EL SERVICIO DE URGENCIA III TRIMESTRE 2013-2014

En la realización de Ecografías Obstétricas se presentó un ligero incremento de JULIO A SEPTIEMBRE 1.463 del año 2.014 a 1.203 en el mismo periodo en el año 2.014. (Anexo 6).

En la realización de Rayos X de 4260 del mes de JULIO a SEPTIEMBRE del 2.014 hubo un aumento a 4.086 en el TRIMESTRE del 2.014. (Anexo 7). Esto debido a las fluctuaciones según el POS para los procedimientos en el I

0 100 200 300 400 500 600

3 Trimestre 2013

3 Trimestre 2014

310

559

3 Trimestre 2013 3 Trimestre 2014

Cirugías de Baja Complejidad 310 559

RENDIMIENTO DE LAS CIRUGÍAS DE BAJA COMPLEJIDAD III TRIMESTRE 2013-2014

0 500 1,000 1,500

3 Trimestre 2013

3 Trimestre 2014

1,203

1,463

3 Trimestre 2013 3 Trimestre 2014

Ecografias Obstetricas 1,203 1,463

RENDIMIENTO DE LAS ECOGRAFIAS OBSTETRICAS III TRIMESTRE 2013-2014

Nivel y al fortalecimiento del área de Imágenes diagnósticas con la adquisición del nuevo equipo.

Se aumentó la realización de paraclínicos de baja complejidad con relación al año anterior se realizaron 98.292 exámenes de Laboratorio Clínico en el periodo de JULIO a SEPTIEMBRE de 2.014 contra 86.481 en el mismo periodo del año 2.014. (Anexo 8).

3,950 4,000 4,050 4,100 4,150 4,200 4,250 4,300

3 Trimestre 2013

3 Trimestre 2014

4,086

4,260

3 Trimestre 2013 3 Trimestre 2014

Rayos x 4,086 4,260

RENDIMIENTO DE LAS AYUDAS DIAGNOSTICAS III TRIMESTRE 2013-2014

80,000 82,000 84,000 86,000 88,000 90,000 92,000 94,000 96,000 98,000 100,000

3 Trimestre 2013

3 Trimestre 2014

86,481

98,292

3 Trimestre 2013 3 Trimestre 2014

Paraclinicos 86,481 98,292

RENDIMIENTO DE PARACLÍNICOS DE BAJA COMPLEJIDAD III TRIMESTRE 2013-2014

SUBDIRECCION CIENTIFICA

Esta gestión del equipo de subdirección científica, se basa en la objetividad,

participación, confiabilidad, planeación, continuidad y eficiencia, necesarias para

tratar de mejorar el desempeño laboral, el diagnóstico adecuado y la calidad de los

profesionales que laboran con nuestra empresa.

CONSULTA EXTERNA MÉDICA ZONA URBANA

A través del comité de estadísticas vitales tomamos los derroteros a seguir para el

fortalecimiento de la consulta externa y promoción y prevención y a través de las

políticas de mejoramiento continuo, seguimos fortaleciendo nuestra institución con

IPS competitivas, con una capacidad médica instalada del 100%, la cual satisface

adecuadamente la demanda de usuarios.

Se coordinaron estrategias tendientes a incrementar las metas en cuanto el

número de consultas de P y P .

Se reorganizó el personal médico y paramédico de las diferentes IPS, con un

horario de doble jornada (8:00am a 12:00m y de 2:00pm a 6:00pm), que permitirá

brindar un servicio de calidad y una capacidad instalada adecuada para estos

usuarios.

Se creó e implementó la historia clínica sistematizada en la zona urbana,

colocando como prueba piloto la IPS San Luis, y en la actualidad se sigue

evaluando este proceso en las siguientes IPS (Libertad, vallejo ,20 de Enero y

Argelia obteniendo hasta el momento una buena adherencia en este proceso de

digitación de historias por parte de los médicos de nuestra institución, hasta la

fecha se encuentran digitadas 31970.

En la implementación de historias clínicas se parametrizaron las historias

clínicas de PyP fueron puestas en funcionamiento en nuestra red ,para esto se

hicieron capacitaciones a todo el personal médico y paramédico que deben

utilizar estas historias, también se puso a consideración y evaluación la historia

clínica de urgencias para ponerla en marcha en nuestra institución.

Se ha fortalecido el seguimiento continuo con nuestro equipo de trabajo en el

sentido de cumplimiento de los horarios laborales y de la consulta programada, lo

cual permite llevar un control oportuno frente a las responsabilidades asignadas en

torno al mejoramiento de la atención en términos de calidad y de oportunidad.

En este periodo se ha venido fortaleciendo la consulta de PyP para así cumplir

con un funcionamiento integral en cada una de nuestras IPS como lo estipula la

normatividad vigente.

Se fortaleció la consulta externa en varias IPS como son Vallejo e IPS Campiña

las cuales requerían de Médicos para así dar mejor atención a la población.

Se viene dirigiendo el comité de Infecciones Hospitalarias, Estadísticas vitales,

Residuos Hospitalarios, para con ello hacer planes de mejoramiento para prestar

un mejor servicio en nuestras IPS

En el siguiente cuadro tenemos el número de médicos

MEDICOS

DE 6 HORAS

SERVICIOS Nº DE

MEDICOS

ANTERIOR

Nº DE

MEDICOS

ACTUAL

P Y P 7 11

CONSULTA EXTERNA 10 07

URGENCIAS 2 5

PRIORITARIA 1 1

MEDICOS

DE 4 HORAS

SERVICIOS Nº DE

MEDICOS

ANTERIOR

Nº DE

MEDICOS

ACTUAL

P Y P 5 11

CONSULTA EXTERNA 12 07

MEDICOS

DE 8 HORAS

SERVICIOS Nº DE

MEDICOS

ANTERIOR

Nº DE

MEDICOS

ACTUAL

P Y P 7 8

CONSULTA EXTERNA

URGENCIAS

3

19

6

19

CONSULTA EXTERNA ZONA RURAL

Se presta el servicio de consulta externa médica en 11 corregimientos en los cuales se cubre el 100% de la zona rural de Sincelejo, para lo cual contamos con ocho (8) médicos generales, y doce (12) médicos S.S.O de los cuales 10 están asignados para la atención de consulta externa en las IPS de estos corregimientos.

Se logró incrementar un día más (8 horas) de atención en las IPS de San Martín y La Arena.

El siguiente cuadro describe la distribución actual de las consultas en la zona rural.

No DE

MEDICOS

CORREGIMIENTO DIAS DE ATENCIÓN HORAS DE

ATENCIÓN

1 San Martín Lunes a Viernes 8

2 Chocho Lunes a Viernes 8

1 La Gallera Lunes a Viernes 8

1 La Arena Lunes a Viernes 8

1 Buena Vista Lunes, Martes y jueves 8

1 San Antonio Lunes y miércoles. 8

1 Las Huertas Martes y viernes 8

1 Las Palmas Miércoles 8

1 Cruz del Beque Jueves y Viernes 8

1 Laguna Flor Lunes, miércoles y viernes 8

1 Cerrito La Palma Martes, miércoles y jueves 8

Para mejorar nuestros servicios en la parte extramural se hizo la adquisición de 2 unidades móviles las cuales constan de 3 consultorios cada una, en donde se brindara a los usuarios la atención de odontología, citología y consulta externa con las comodidades de un consultorio totalmente adecuado.

ATENCION DE URGENCIAS

En el área de urgencias con el equipo de subdirección científica conformado por el jefe de salud pública, laboratorio clínico, AIEPI, el jefe de urgencias, monitoreando constantemente el funcionamiento de este servicio se asignó un médico disponible por turno dado el alto número de usuarios que acuden a este servicio, desbordando en ocasiones la capacidad instalada puesto que un número importante de usuario utiliza mal el servicio consultando con patologías triage (4).

Alterno la estrategia de dejar un medico disponible incrementamos las citas prioritarias en las demás IPS.

Se continúan efectuando auditorias continuas a las historias clínicas

Se sigue con el plan de asistencia técnica continua al personal médico en lo referente a elaboración de historia clínica, salud pública, laboratorio clínico,

AIEPI.

Disponibilidad Médica del Servicio de Urgencia:

El siguiente cuadro describe el horario y la disponibilidad médica del servicio

de Urgencias.

HORARIO Nº DE MEDICOS

7: 00 A.M. - 1: 00 P.M. 7- Médicos

1: 00 P.M. - 7: 00 P.M. 7- Médicos

7: 00 P.M. - 7: 00 A.M. 3- Médicos

6:00 P.M. - 10: 00 P.M. 4- Médico

DESCANSO 3- Médicos

Contamos con una (1) médico Pediatra en la sala de hospitalización de la IPS San

Francisco de Asís que permite la atención especializada de los niños y las niñas

durante todo el periodo de hospitalización.

Disponibilidad de camas:

IPS San Francisco de Asís

CANTIDAD DETALLE

7 camas adultas

7 camas pediátricas

Se hace adquisición de ambulancia de transporte básico para mejorar nuestros servicio en urgencias y fortalecer referencia y contra referencia ya que con esta nueva ambulancia podremos tener más cobertura para

nuestros usuarios.

SERVICIO DE MATERNIDAD

Es de establecer que se está haciendo seguimiento constante al comportamiento

de los partos, los cuales actualmente han reflejado un leve aumento con respecto

al trimestre anterior pero aún no alcanza las metas esperadas, a pesar de las

estrategias encaminadas a incrementar el número de estos, sin embargo es de

anotar la imagen positiva de la IPS y en especial su servicio materno infantil en la

población Sincelejana.

Se cuenta en este servicio con nueve (9) médicos generales y tres (3)

ginecobstetras con amplia experiencia en maternidad. Hay una disponibilidad de

dos (2) médicos y un (1) ginecobstetra por turno siendo la única E.S.E en el

departamento de Sucre que cuenta con esta capacidad para la atención de las

usuarias garantizando la calidad del servicio. De igual manera se cuenta con dos

(2) Pediatras disponibles para la atención de los neonatos.

Cuadro de distribución del servicio de Maternidad:

NUMERO DE CAMAS AREA DE MATERNIDAD

HOSPITALIZACIÓN OBSERVACIÓN PREPARTO

8 CAMAS 3 CAMAS 3 CAMAS

OTRAS ESPECIFICACIONES

2 SALAS DE ATENCIÓN DE PARTOS

1 CONSULTORIO DE URGENCIAS

OBSTETRICAS

1 SALA DE PROCEDIMIENTOS Y

REANIMACION

1 SALA DE LACTARIO

ATENCION INTEGRAL A ENFERMEDADES PREVALENTES DE LA

INFANCIA

En el componente de AIEPI Comunitario se han realizado 19 visitas de

seguimiento a los hogares comunitarios de los barrios Normandía, Villa Mady, y

el Hogar Múltiple Kiwanis, verificando el diligenciamiento de los registros,

encontramos que el personal esta comprometido con la estrategia

implementándola en los hogares comunitarios y en las familias a su cargo. Se

han realizado foros comunitarios en cada uno de estos barrios contando con

buena asistencia por parte de las madres gestantes y lactantes.

En el componente Clínico de la estrategia AIEPI se están realizando visitas de

auditoria a las IPS privadas hasta la fecha se han realizado 5 visitas donde se

aplica lista de verificación, para evaluar la implementación de la estrategia, en

las IPS públicas adscritas a la ESE Unidad de Salud San francisco de Asís se

realizaron visitas de asistencia técnica al personal de salud y auditorias de

historias clínicas las cuales se rindió informe en el comité de historias clínicas.

COMITE DE LA E.S.E.

Se continua con el lideramos los comités de historias clínicas, infecciones,

Coves, residuos hospitalarios y de farmacia los cuales hemos reunido sin falta

cada mes obteniendo con este liderazgo un mejoramiento continuo de la

empresa, se practican seguimientos continuos, auditorias, asistencias técnicas

durante todos los meses del año.

Los comités se están reuniendo mensualmente para analizar las situaciones de

los procesos correspondientes, siendo este un avance significativo, por lo que

esto permite la toma de decisiones de manera oportuna en torno a las

alternativas de solución de las situaciones encontradas en cada ámbito.

GESTION ODONTOLÓGICA

Ejecución de tratamientos:

Los servicios Odontológicos prestados se ciñen a los parámetros establecidos en

la atención de Primer Nivel de complejidad como son los relacionados con

Operatoria, Periodoncia, Endodoncia, Cirugía, Odontopediatría, Promoción y

Prevención.

Odontólogos y Auxiliares:

Constantemente se les recalca a los Odontólogos y Auxiliares de Odontología que

laboran en las distintas IPS, que se debe prestar, a los usuarios, tratamientos

óptimos y oportunos, la presentación, esterilización del instrumental, el buen trato

a los pacientes, el orden y aseo de los consultorios, siguiendo los manuales de

procedimientos, cumpliendo las normas de bioseguridad, con el objetivo de

cumplir las metas establecidas.

Utilización de Materiales e Insumos:

Las dotaciones de materiales requeridas en cada IPS, se suministran por medio

del Almacén de la E.S.E San Francisco de Asís, para lo cual se hace un estudio

comparativo entre los productos solicitados, los productos que hay en existencia

en cada I.P.S y el número de actividades realizadas en el mes inmediatamente

anterior, según la demanda de usuarios en la Consulta Odontológica para así

poder tener un control, racionalizando el gasto, atendiendo satisfactoriamente las

necesidades de estas y evitar a corto plazo posibles vencimientos de insumos.

Se exige a los proveedores de insumos y materiales que sean despachadas las

marcas que son recomendadas por la ley de calidad.

Supervisión:

Se vienen realizando visitas periódicas para el cumplimiento del horario, calidad,

oportunidad y continuidad del personal, (Odontólogos y Auxiliares) para mejorar la

prestación de los servicios, superando las deficiencias detectadas,

Se hicieron Auditorias de las Historias Clínicas, para mejorar su diligenciamiento,

para la buena ejecución de los diferentes tratamientos y una mejor atención a los

pacientes

Cumplimiento de Normas:

Se hizo capacitación sobre Protocolo de Atención en Odontología a Odontólogos

y Auxiliares de Odontología, en cada capacitación se les recuerda a todos los

asistentes en el cumplimiento de normas, reglas y horarios laborales.

Mantenimiento:

Con la nueva contratación de los servicios técnicos, se están realizando las

reparaciones, los mantenimientos y recuperación de los equipos de forma continua

y oportuna dando como resultado una estabilidad en la prestación del servicio.

Estadísticas:

Se entregaron las Estadísticas a la oficina de Estadística así: Mes Julio, Agosto y

Septiembre del presente.

Promoción y Prevención:

Se realizan visitas periódicas a cada IPS, donde se hace énfasis para que los odontólogos realicen a todo paciente que consulte por primera vez el control de placa, detartraje, flúor y sellantes, además al paciente que ya tenga 6 meses de haber consultado por primera vez realizarle el control placa así como los demás procedimientos de promoción y prevención y atención a Embarazadas, y Adulto mayor.

Fortalezas:

Las fortalezas con que contamos es un personal capacitado en la ejecución de los

programas, y consecución de las metas establecidas, dispuesto para colaborar en

todo lo relacionado con el área de salud oral, el grupo profesional muy

comprometido con su trabajo y dedicado a sus pacientes.

Conocimiento de las normas establecidas por la ley.

Estrategias para mejoramiento en el servicio:

Incrementar el personal para obtener mayor cobertura de la población.

Optimizar el sistema de red y facturación, Mejorar la demanda inducida por parte de los agentes educativos, Obtener la base de datos de los usuarios de las diferente E.P.S

Subsidiadas y así mejorar la cobertura.

Debilidades:

Demanda del servicio supera la oferta, por la falta de infraestructuras. En el sector rural, en el grupo extramural y en las diferentes I.P.Ss no se

cuenta con un sistema en red y la falta de datos de la población, donde se pueda verificar derechos y realización de actividades de promoción y prevención.

Constantes fallas en el fluido eléctrico, especialmente en la zona rural. Se ha presentado una baja consulta y atención de los pacientes, ya que

varios han sido trasladados a otras IPSs.

CUADROS COMPARATIVOS DE CONSULTAS Y ACTIVIDADES SEGUNDO Y TERCER TRIMESTRE AÑO 2014

Segundo Trimestre

Tercer

Trimestre

CONSULTAS PROGRAMADAS 30.336 31.964

CONSULTAS REALIZADAS 26.000 26.863

SEGUNDO Y TERCER TRIMESTRE 2.014

TRI. Ex.Tem. Ex.Per Resinas Amalg Obt.Temp Endod. Sellantes C.Placa Detart. Fluor

2DO 1009 1046 5515 6318 1130 185 20379 10729 22818 3359

3ER 1025 1168 4603 6324 1488 171 20520 11298 23620 3921

FIGURA COMPARATIVA 2DO Y 3ER TRIMESTRE 2014

0

5000

10000

15000

20000

25000

SELLANTE CONTROL PLACA

DETARTRAJE FLUOR

2DO TRIMESTRE

3ER TRIMESTRE

GESTION ACTIVIDADES DE SALUD PÚBLICA

PERFIL EPIDEMIOLOGICO

Durante el trimestre comprendido entre Julio a Septiembre del presente año y

específicamente en los periodos epidemiológicos 7, 8, y 9 que comprende desde

el 15 de Junio hasta el 06 de Septiembre de 2014, se notificaron a la secretaria de

Salud Municipal un total de 524 eventos de objeto de vigilancia en salud pública,

dentro de los que se destacan 168 casos probables de dengue, 94 casos de

agresiones por animales potencialmente transmisores de rabia, 128 casos de

violencia intrafamiliar, violencia contra la mujer y/o abuso sexual y 60 casos de

varicela. Gráfico 1

Otros eventos de interés que presentaron alta frecuencia fueron: ETA 25 casos,

intoxicaciones 14 casos (2 por plaguicida, 4 por fármaco, 6 por otras sustancias,

una por solvente y 1 por psicoactivas) y 13 sífilis gestacional. Gráfico 2.

Otros eventos con menos frecuencia, pero no menos importantes fueron: hepatitis

A 4 casos, parotiditis 4 casos, 3 bajo peso al nacer, 2 chikungunya y un accidente

ofídico.

Gráfico 1. Eventos de vigilancia epidemiológica con mayor frecuencia entre

Julio y septiembre de 2014.

Gráfico 1. Eventos de vigilancia epidemiológica con menor frecuencia entre Julio y

septiembre de 2014.

0

20

40

60

80

100

120

140

160

180

Dengue Expos. Rabica Varicela VCM, VIF, VS

168

94

60

128

0 5 10 15 20 25

ETA

Intoxicaciones

Sif. Gestacional

Hepatitis A

Parotiditis

bajo peso al nacer

Chikungunya

25

14

13

4

4

3

2

CAPACITACIONES

Durante el periodo de Julio a Septiembre se capacitó al recurso humano de salud

en los siguientes temas: diagnóstico y manejo de chikungunya, notificación

epidemiológica en el software SIVIGILA, desinfección de pisos y paredes,

inmunoprevenibles, entre otras.

Durante este mismo periodo ingresaron a la empresa tres médicos servicio social

obligatorio a las que se les realizaron inducción en los temas de interés en salud

pública. La ESE San Francisco continuó brindando asesoría y asistencia técnica

permanente a los médicos del servicio de urgencias en temas relacionados con

salud pública.

MONITOREO SIFILIS GESTACIONAL

En el trimestre comprendido entre Julio y Septiembre de 2014 se inscribieron un

total de 838 gestantes para inicio de su control prenatal, se realizaron igual

número de serologías para detectar sífilis obteniendo un total de 13 casos nuevos.

Se atendieron además un total de 66 partos sin casos de sífilis congénita.

INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO (IVE)

En el tercer trimestre del 2014 no se presentaron solicitudes de IVE pese a tener

múltiples embarazos en menores de 14 años.

VIOLENCIA FISICA Y DELITOS SEXUALES

Durante los meses de Julio a septiembre de 2014 se reportaron un total de 125

casos al SISVIF (Sistema de Vigilancia de Violencia Intrafamiliar), de los cuales el

más frecuente fue la violencia física, seguido de casos de privación y negligencia

contra menores de edad (14 casos), 13 casos de abuso sexual y dos de asalto

sexual.

NATURALEZA

cod_eve V.

FISICA

PSICOLOGICA

PRIVACION

Y NEGLI

ABUSO

SEX

acoso ASALTO

SEX

Total

general

875 85 1 18 22 1 1 128

Total general 85 1 18 22 1 1 128

Se siguen realizando análisis de los casos atendidos y se sigue evidenciando

dificultades en la aplicación completa del protocolo por parte de algunos médicos.

TRATAMIENTO EXPOSICIONES RABICAS

Durante los meses de Julio a Septiembre se presentaron un total de 94 agresiones

por animales potencialmente trasmisores de rabia, de las cuales 83 fueron

clasificadas como no exposición, 9 exposiciones leves y 2 graves. Estos dos

últimos son pacientes que manipularon un gato que murió a los pocos días de la

agresión y que resultó positivo para rabia animal.

COD E.V.E Clasificación Total

300 No exposición 83

Exposición leve 9

Exposición grave 2

Total General 94

COMITES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA

Se desarrollaron tres reuniones en las que se discutieron temas como

desinfección de superficies, control de vectores para la prevención de dengue,

medidas sanitarias para identificación y manejo de casos de chikungunya.

MORTALIDAD MATERNA

No se presentaron casos de mortalidad materna en nuestra institución durante los

meses de Julio a septiembre de 2014.

GESTION DE LABORATORIO CLINICO

El comportamiento del laboratorio en el tercer trimestre del 2014, en cuanto a la

demanda en el servicio, se observa que hay una incremento de 13.65 % de

procedimientos descritos en el cuadro anterior, con respecto al tercer trimestre

del año 2013.

ACTIVIDADES

Planeación y asignación de los procedimientos mensuales, de sus

funciones y actividades en las diferentes áreas al personal de laboratorio.

Vigilancia, supervisión y seguimiento, a los procesos del laboratorio clínico.

Intervención y presentación de informe en los comités y capacitaciones

programadas por la empresa. Es así como hemos participado de forma

activa en el comité de infecciones asociadas al cuidado del paciente e

igualmente en análisis de caso programados y en comité de Calidad.

Se continua participado activamente en las actividades de salud pública,

apoyando en el diagnostico pronostico seguimiento y control de

enfermedades. Además siendo receptores de muestras biológicas para

remisión al LDSP y a las respectivas EPSs.

CAPACITACIÓN

Se realizaron capacitaciones sobre “La Clínica y el laboratorio en Diabetes

80000

85000

90000

95000

100000

2013 2014

TOTAL DE PROCEDIMIENTOS 86481 98292

GRAFICO COMPARATIVO - LABORATORIO CLINICO

Mellitus y Disciplinaria “reinducción en el manejo de equipo de BS 120.

Socialización Procedimiento de siembra de Cultivo de Secreción vaginal

GESTION DE SANEAMIENTO AMBIENTAL

METAS Y

RESULTADOS

INDICADORES ACTIVIDADES

REALIZADAS

COMENTARIOS Y

AVANCES

Diseño de Planes

de Gestión

Integral de

Residuos

Hospitalarios y

Similares

(PGIRHS) de las

Unidades Móviles

Terrestres de la

Unidad de salud

E.S.E San

Francisco de Asís.

Planes de Gestión

Integral de

Residuos

Hospitalarios y

Similares

(PGIRHS)

diseñados acorde

a las

características de

los servicios

prestados en

estos vehículos.

Se elaboró el Plan de

Gestión Integral de

residuos

Hospitalarios y

similares de las

Unidades Móviles

Terrestres de la

Unidad de salud

E.S.E San Francisco

de Asís.

Los PGIRHYS se

enviaron a CARSUCRE

para su revisión,

aprobación y la

respectiva adopción.

Elaboración de

informe de gestión

Ambiental

requerido por la

contraloría.

Informes

entregados a la

fecha estipulada y

establecida por la

Contraloría.

Se realizó la

evaluación de la

Gestión Ambiental

Institucional y

encuestas

ambientales

requeridas por la

contraloría. Estas

fueron realizadas

mediante el

diligenciamiento de

los formatos CGDS-

045 y CGDS-048

respectivamente. El

informe corresponde

al periodo

comprendido entre

los meses de mayo a

agosto de 2014.

Los informes fueron

enviados a contraloría

en la fecha prevista

cumplimiento con este

requerimiento.

34 funcionarios del

área asistencial,

administrativo y de

servicios

generales de las

IPS capacitados

en Gestión integral

de residuos

Hospitalarios y

Similares.

No de personal

Capacitado en

Manejo de RSH /

Total de personal

X 100

Se realizaron

capacitaciones en el

manejo de Residuos

Hospitalarios y

Similares dirigido a

funcionarios de la

ESE del área

asistencial.

También se capacito

al personal sobre

Bioseguridad y

legislación ambiental

y sanitaria referente

a Residuos

Hospitalarios y

similares.

Se desarrollaron 6

capacitaciones en el

tercer trimestre de

2014, donde se

capacitó a

34funcionarios, los

cuales recibieron

retroalimentación en

aras de seguir

fortaleciendo el proceso

de disposición

adecuada de los RSH.

Con lo cual también se

está cumpliendo con los

compromisos

establecidos en cada

Plan de Gestión Integral

de Residuos

Hospitalarios y

Similares de las

diferentes I.P.S. vale la

pena resaltar que se

capacitó al personal

que esta asociado a la

prestación de servicios

en Las unidades

móviles terrestres de la

E.S.E

100% de las IPS

al día en el

Subsistema de

información sobre

uso de los

recursos Naturales

Renovables –

SIUR (IDEAM),

como generadores

de Residuos

Hospitalarios.

Cumplimiento de

la Resolución

1362 del 2 de

agosto de 2007

NA Actualmente todas las

I.P.S Adscritas a la

Unidad de Salud San

Francisco de Asís.

Cumplen con los

lineamientos

establecidos en la

Resolución 1362 del 2

de agosto de 2007, en

relación en la

actualización de la

información en el

subsistema de

información de Uso de

los recursos naturales,

SIUR, del IDEAM.

I.P.S al día con el

informe de

Gestión ante la

Corporación

Autónoma

Regional de

Sucre,

CARSUCRE

Cumplimiento de

la Resolución

1662 de 2002.

Se está recopilando

la información para

actualizar los

informes de las

vigencias 2009, 2010

y 2011.de la I.P.S

Cerrito La Palma.

Se requiere actualizar

la información

correspondiente a la

vigencia 2009, 2010 y

2011 de la I.P.S Cerrito

La Palma. La cual fue

solicitada por

CARSUCRE.

Disminuir al 100%

los factores de

riesgo que atenten

con la salud de los

funcionarios,

usuarios y

personal externo.

No de Factores

de Riesgos

Identificados por

IPS / No de FR

actuales por IPS

X 100

No de IPS sin FR /

No de IPS X 100

En el tercer trimestre

de 2014, se

realizaron asistencias

técnicas para

verificar la Gestión

en el manejo de

residuos

Hospitalarios y

aspectos

ambientales en las

diferentes IPS y

cumplimiento de la

normativa vigente en

materia de residuos y

saneamiento básico,

con el objeto de

tomar los correctivos

necesarios para

realizar una buena

gestión en materia de

residuos.

Identificación de

debilidades, fallas y

anomalías por parte de

los funcionarios de las

IPS en relación al

manejo de residuos

hospitalarios e

identificación de

necesidades para que

cada I.P.S cumpla con

los respectivos Planes

de Gestión Integral de

Residuos Hospitalarios.

Es así como se

identificaron aspectos

relacionados con la

dotación de recipientes,

adecuación de cuartos

de almacenamiento de

residuos y mejoras en

la infraestructura física

de cada I.P.S.

Registro diario de los

formatos RH1,

separando por tipo

de residuos para

llevar un mejor

control en el pesaje y

generación de los

mismos

Se lleva control en el

pesaje de residuos

generados en las

diferentes I.PS.

Se Continuo con el

control de plagas,

roedores, en todas

las I.P.S Adscritas a

la Unidad de salud,

San Francisco de

Asís.

Con la fumigación

realizada en las

diferentes IPS se logro

mitigar y/o erradicar

estos vectores y

disminuir la

probabilidad que exista

proliferación de esto

animales contribuyendo

al bienestar de

funcionarios y usuarios

de las diferentes IPS,

ya que la presencia de

estos animales no

deseados permite

condiciones sanitarias

deficientes que son las

que propician su

desarrollo, ocasionando

alteración de la

salubridad de la

Institución por la

cantidad de

microorganismos

infecciosos que ellos

son capaces de

trasladar, tanto en el

exterior como en el

interior de su cuerpo.

Se realizaron capacitaciones a funcionarios en las distintas I.P.S sobre gestión integral de residuos hospitalarios.

Se ha mejorado la

segregación de los

residuos en las distintas

I.P.S.

Realización de comités de Gestión Ambiental para verificar el cumplimiento de los programas asociados al manejo de residuos y a la gestión Ambiental de la E.S.E

Se realizaron todas las

reuniones

correspondientes.

RESUMEN ANALITICO

METODOLOGIA

IMPLEMENTADA PARA EL

LOGRO DE LOS

OBJETIVOS

LIMITANTES PROPUESTAS PARA EL

MEJORAMIENTO Y

SOSTENIBILIDAD DEL

PROCESO

Elaboración de informe de

gestión Ambiental

requerido por la

contraloría.

Revisión de formatos,

análisis de información

asociada a consumo de

energía, agua, manejo de

residuos; verificación de

medidas, programas y

estrategias utilizadas en la

Unidad de Salud San

Francisco de Asís para la

gestión de residuos, solicitud

de información a compras o

almacén para verificar los

gastos realizados

relacionados con la gestión

ambiental en la ESE.

NA Separar los gastos

asociados a la

implementación de

programas de Residuos

Hospitalarios y

Similares.

34 funcionarios del área

asistencial, administrativo

y de servicios generales de

las IPS capacitados en el

manejo de Residuos

Sólidos Hospitalarios y

Similares:

Charlas educativas sobre

Gestión Integral de Residuos

Hospitalarios.

Aun se tiene dificultades

con el traslado a la zona

rural por no contar con

vehículo permanente para

realizar asistencias técnicas

a las I.P.S.

Capacitaciones

personalizadas en las

I.P.S de la zona rural

Adscritas a la E.S.E

Unidad de salud San

Francisco de Asís.

100% de las IPS al día en el

Subsistema de información

sobre uso de los recursos

Naturales Renovables –

SIUR (IDEAM), como

generadores de Residuos

Hospitalarios.

Diligenciamiento de los

formatos de la pagina web

del Subsistema de

información sobre uso de los

recursos Naturales

Renovables – SIUR (IDEAM)

Dificultad en la información

correspondiente a años de

anteriores (2009, 2010), en

caso que CARSUCRE

solicite el ingreso de

información de cualquier

I.P.S en estos años, dado

que no existía soware

donde se encuentre

ingresada la información

requerida.

100% de las I.P.S al día con

el informe de Gestión ante

la Corporación Autónoma

Regional de Sucre,

CARSUCRE

Elaborar y remitir a

CARSUCRE todos los

informes de Gestión de las

I.P.S adscritas a la Unidad de

Salud San Francisco de Asís.

NA En el periodo no se

requiere elaborar los

informes de Gestión.

Frente a la Disminuir al

100% los factores de riesgo

que atenten con la salud de

los funcionarios, usuarios

y personal externo:

Se han realizado visitas de

seguimiento donde se

implementó un proceso de

observación puntual de la

presencia de los riesgos.

Visitas de inspección,

vigilancia y control a la

Gestión Integral de los

residuos Hospitalarios

realizada en cada IPS.

Cuartos de almacenamiento

de residuos en I.P.S de la

Zona rural que no cumplen

a cabalidad con las

características establecidas

por la Normativa vigente.

Falda dotación de

recipientes para el

almacenamiento de

residuos en algunas I.P.S.

Entrega inoportuna de los

Formatos RH1 para

consolidar la información

relacionada con el pesaje

de residuos.

No se cuenta con vehículo

permanente para realizar

asistencias técnicas a I.P.S

localizadas en la zona rural.

Disponibilidad de recursos

para la realización de los

controles de vertimientos

líquidos de todas las I.P.S.

Cumplir a cabalidad con los

planes de Gestión Integral

de Residuos Hospitalarios y

Similares de todas las I.P.S

adscritas a la Unidad de

salud ESE San Francisco

de Asís.

INFORME DE GESTION DEL AREA DE PROMOCION Y PREVENCION

La E.S.E Unidad de Salud San Francisco de Asís cuenta con un equipo extramural

que tiene como objetivo realizar acciones de Promoción y Prevención en el

ámbito familiar, institucional y comunitario, en la zona urbana y rural del Municipio

de Sincelejo.

La atención extramural se ha constituido en una herramienta útil para impulsar la

promoción de la salud y prevención de la enfermedad en sus componentes

fundamentales de información, educación, capacitación y atención en los

diferentes programas de protección específica y detección temprana.

Para el desarrollo de las actividades extramurales se cuenta con un grupo

interdisciplinario (Grupo Extramural Comunitario) conformados por Médico,

Enfermera, Auxiliares de Enfermería, Odontólogos, Auxiliares de Odontología,

Bacteriólogo, y Gestores en Salud, todos ellos prestan los siguientes servicios:

Inscripción a los programas de:

- Detección Temprana de las Alteraciones del Crecimiento y

Desarrollo de 0 a 9 años

- Detección Temprana de las Alteraciones del Embarazo

- Atención en Planificación Familiar para Hombres y Mujeres (asesoría

y entrega de métodos)

- Detección Temprana de las Alteración del Joven de 10 a 29 años

- Detección Temprana de las Alteraciones del Adulto Mayor con

edades de 45, 50, 55, 60, 65, 70, 75,80 y más años.

Salud oral preventiva (control placa, fluorización, suplantes y detartraje

supragingival) desde dos años de edad.

Tamizaje de hemograma y hematocrito a niñas entre los 10 y 13 años de

edad.

Valoración de la Agudeza Visual a usuarios con edades de 4, 11,16, 45, 50,

55, 60, 65, 70, 75, 80, 85, 90 años .

Detección temprana del Cáncer Cérvico Uterino y Examen manual de Seno.

Demanda inducida casa a casa y educación por parte de los Gestores en

Salud sobre los diferentes servicios de Promoción y Prevención.

GRUPO DE ATENCION COMUNITARIA Y DEMANDA INDUCIDA:

Este grupo extramural realiza jornadas de promoción y prevención en las

comunidades ya sea en el área urbana o rural con el propósito de atender al

usuario en su zona de residencia, facilitando el acceso a los servicios y

contribuyendo al aumento de la cobertura.

Está conformado por 2 Médico, 3 Auxiliares de Enfermería de los cuales una

realiza citologías casa a casa, 2 Odontólogos, 2 Auxiliares de Odontología, y 2

Gestores en salud.

Durante éste periodo se realizaron 62 jornadas de toma de citología casa a casa

en barrios de la zona urbana de Sincelejo para un total de 242 Citologías.

El Bacteriólogo, realizó 243 pruebas de Hemoglobina y Hematocrito a niñas entre

10 y 13 años de edad.

En lo que respecta a la salud oral preventiva los Odontólogos atendieron 1674

usuarios a los que se les realizó control placa, fluorización, detartraje,

supragingival y sellantes.

Se realizaron 81 actividades colectivas en los distintos barrios e instituciones

educativas de Sincelejo, los temas desarrollados fueron los siguientes:

Importancia de la realización de la Citología Cérvico Uterina.

Prevención y manejo de EDA e IRA en el hogar.

Importancia de la realización del Control Prenatal y signos de alarma

durante el embarazo.

Promoción de servicios amigables

en las IPS adscritas a la ESE.

Planificación familiar y prevención de ITS.

Promoción de estilos de vida saludables.

Importancia de la Salud Oral.

Se realizó Demanda Inducida a los programas de:

Crecimiento y Desarrollo, Alteración del Joven, Planificación Familiar, Control

Prenatal, Agudeza Visual, Salud Oral, Toma de muestra de Citología y Adulto

Mayor.

En este mes se visitaron diferentes comunidades, instituciones y hogares infantiles

descritos en las tablas anteriores y se educaron 4010 usuarios afiliados a las EPS

Subsidiadas.

ACTIVIDADES REALIZADAS POR GRUPO EXTRAMURAL

PROGRAMAS CANTIDAD

AGUDEZA VISUAL 539

PLANIFICACION FAMILIAR 581

ADULTO MAYOR 47

ALT. DEL JOVEN 1262

CONTROL PRENATAL 0

CRECIMIENTO Y DESARROLLO 5

CITOLOGIA 242

SALUD ORAL 3889

HB-HTO 243

FORTALEZAS

La experiencia de los Gestores en Salud y demás funcionarios del equipo

en el trabajo comunitario.

Demanda Inducida casa a casa, perifoneo.

Equipo de Salud interdisciplinario, capacitado, idóneo, que brinda atención

integral a los usuarios.

Unidades médicas de transporte que empezaran a laborar desde octubre.

DEBILIDADES

Diferencias numéricas entre el Informe de Gestión de Servicios Prestados

suministrado por la dependencia de Estadísticas de la ESE y el presentado

por el Equipo Extramural de Promoción y Prevención.

Exposición del equipo de salud en comunidades con presencia de pandillas.

AREA DE CITOLOGIA

La ESE Cuenta con un centro de acopio de citologías donde se realiza

coloración y lectura de las muestras de citología cervicouterina que envían

cada una de las IPS de la red.

Este centro de acopio tiene asignada 20 horas diarias de cito tecnólogos

con experiencia certificada para la lectura de las muestras.

Todas las IPS urbanas tienen asignada una auxiliar de enfermería exclusiva

para la toma de muestras de citología cervicouterina para garantizar el fácil

acceso a la población afiliada que lo requiera. Las IPS Rurales tienen una

auxiliar que realiza todas las actividades de enfermería. Además el equipo

extramural realiza tomas de muestras casa a casa facilitando este servicio

a aquellas personas que por cualquier motivo no puede desplazarse a las

IPS.

Durante el tercer trimestre del 2014 se tomaron y leyeron 5901 muestras

de citología a usuarias de las diferentes EPS subsidiadas.

INFORME TECNICO PAI

El Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) Presta sus servicios a nivel

institucional y extramural para dar cumplimiento a las coberturas exigidas por la

Secretaria de Salud Departamental, Municipal y el Ministerio de la Protección

Social y de Salud. El esquema que se utiliza en el Esquema Único de Vacunación

Colombiano que comprende las vacunas de: BCG, Antipolio (VOP), Anti hepatitis

B (HB), Pentavalente (PV), Rotavirus (RV), Neumococo (NC), Fiebre Amarilla

(FA), Triple Viral (TV), Hepatitis A, DPT, Influenza tipo A, Toxoide Tetánico y

Diftérico (Td), a la población diana.

La población objeto que la ESE debe vacunar es de 4296 menores de un año de

edad y 4074 de un año de edad.

Las IPS atienden a todos los usuarios que soliciten el servicio sin tener en cuenta

la afiliación en salud (Vacunación sin Barreras) de lunes a viernes de 7 AM a 12 y

de 2 a 5 PM y los sábados de 7 a 11 AM.

La vacunación extramural se realiza en 6 vueltas anuales en la zona rural y los

barrios de estrato I, II y III de Sincelejo. También se vacuna a Hogares de

Bienestar Familiar e Instituciones Educativas.

Las estrategias utilizadas para alcanzar las coberturas exigidas son: casa a casa,

por concentración, micro concentración y barridos, además de la intramural.

TABLA 1: DOSIS APLICADAS Y COBERTURAS ALCANZADAS EN TERCER

TRIMESTRE DE 2014

BIOLOGICO DOSIS APLICADAS

COBERTURA ALCANZADA (%)

COBERTURA EXIGIDA

BCG 66 100 100 HB 66 100 100

3RA PV 785 73 100 TV 767 75.6 100

FA 794 78.3 100

RV 2DA 747 70 100

3RA NEUMOCOCO 762 73.2 100

H.A 768 75.7 100

Como puede observarse no se alcanzaron las coberturas, a excepción de BCG y

HB. Cabe aclarar que se están realizando todas las estrategias para poder lograr

las coberturas exigidas y ser calificados con coberturas óptimas.

Una de estas estrategias es la canalización (censo) en todo el municipio para

determinar la población real de Sincelejo y ajustar nuestras coberturas para

realizar todas las modalidades de vacunación.

En total se aplicaron 29.491 dosis de los diferentes biológicos.

ACTIVIDADES DE P Y P REALIZADAS EN IPS DE NUESTRA RED Y GRUPO

EXTRAMURAL

La ESE cuenta con 7 IPS urbanas que ofertan los Programas de P y P, a saber:

San Luis, La Campiña, Las Américas, Argelia, Libertad, Vallejo y 20 de Enero.

También brinda los servicios de P y P en 11 IPS ubicadas en la zona rural:

Chocho, La Gallera, La Arena, Las Palmas, Cerrito La Palma, San Antonio, Las

Huertas, Cruz del Beque, Buena Vista, Laguna Flor y San Martin.

CONSULTAS DE P Y P REALIZADAS EN LAS IPS DE LA RED Y GRUPO

EXTRAMURAL.

PROGRAMA/CONSULTA 1RA VEZ REPETIDA TOTAL

C Y DESARROLLO 1467 10913 12.380

P. FAMILIAR 1223 7565 8.788

CONTROL PRENATAL 825 4576 5.401

CITOLOGIA 5901 0 5901

AG. VISUAL 2421 0 2421

ALT. DEL JOVEN 4928 0 4928

CONSULTA

DIFERENCIAL AL JOVEN

12072 0 12.072

ADULTO MAYOR 502 0 502

TOTAL 29.339 23.054 52.393

EVALUACION DE PROGRAMA CONTROL PRENATAL

EVALUACION DE OPORTUNIDAD DE CONTROL PRENATAL

MES/ TRIM

EMB

1ER (%) 2DO (%) 3ER (%) TOTAL

JULIO 236 (78%) 56 (18%) 13 (4%) 305

AGOSTO 188 (71%) 65 (25%) 10 (5%) 263

SEPT 181 (71%) 65 (23%) 11 (4%) 257

TOTAL 605 (73.3%) 186 (22.5%) 34 (4%) 825

OPC: No. Número de inscripciones al control prenatal antes de las 12 semanas /

Total de inscritas al control prenatal durante el periodo:

Indicador 1ER TRIM 2014 R.U

Numerador 605

73.3% Denominador 825

Este indicador evalúa la oportunidad de la inscripción que debe ser antes de las 12

semanas de gestación. El estándar debe ser igual o mayor de 0.85.

Como puede observarse, no se ha podido cumplir con este indicador. Solo se ha

alcanzado el 73.3%, a pesar de las estrategias implementadas para aumentar este

indicador ha sido muy difícil debido a la poco cultura del autocuidado.

Por otro lado continuamos con la declaratoria de alerta amarilla por mortalidad

materna en el departamento y en el municipio de Sincelejo, lo cual obliga a

inscribir a las gestantes sin importar la procedencia (eliminación de barreras de

acceso) y generalmente estas ingresan tardíamente al control. Además los DLS,

las EPSs y la ESE hacen búsqueda de gestantes casa a casa para inscribirlas, y

casi siempre son las renuentes al control.

EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO

EVALÚACIÓN DE LA APLICACIÓN DE LA GUÍA DE ATENCIÓN DE

CRECIMIENTO Y DESARROLLO.

3ER TRIMESTRE 2014 # INSCRITOS – (CUMPLIMIENTO)

JULIO 597 (95%)

AGOSTO 408 (80%)

SEPTIEMBRE 462 (81%)

TOTAL 1.467 (85.3%)

OPC= Número de Aplicación del manejo especifico de la Guía / Total de Inscritos

durante el período

INDICADOR 3ER TRIMESTRE 2014 R.U (> o igual 0.8)

Numerador 1.252 0.85

Denominador 1.467

Este indicador arroja un resultado positivo, pues está por encima de lo exigido

(080)

EVALUACION DEL CONTROL DE HIPERTENSION ARTERIAL

EVALÚACIÓN DE LA APLICACIÓN DE LA GUÍA DE ATENCIÓN DE

HIPERTENSION ARTERIAL

3ER TRIMESTRE 2014 # INSCRITOS – (CUMPLIMIENTO)

JULIO 55 (91%)

AGOSTO 43 (90%)

SEPTIEMBRE 56 (91%)

TOTAL 154 (90.6%)

INDICADOR 2DO TRIM 2014 R. U (> o igual 09)

NUMERADOR 140 0.90

DENOMINADOR 154

Como puede observarse este indicador logró alcanzarse, pues lo mínimo es 0.9 y

se logró el 0.909

CONSOLIDADO DE DEMANDA INDUCIDA 3ER TRIMESTRE DE 2014

PROGRAMA DEMANADA INDUCIDA

Vacunación 3208

Salud Oral 21793

Atención del Parto 153

Alt. Del Recién Nacido 35

Planificación Familiar 6125

Crecimiento y Desarrollo 2424

Alteración del Joven 9605

Adulto Mayor 1113

Agudeza Visual 2649

Control Prenatal 333

Citología 7980

TOTAL 55418

Es de anotar que no todas las demandas fueron efectivas como se puede

evidenciar claramente. Es primordial que la población sea educada en el

autocuidado para que puedan demandar los servicios oportunamente.

ACTIVIDADES PIC

Visitas Domiciliarias: 13.820

Actividades Colectivas: 764

FORTALEZAS

La experiencia de los Gestores en Salud y demás funcionarios del equipo

en el trabajo comunitario.

Demanda Inducida casa a casa, perifoneo.

Equipo de Salud interdisciplinario, capacitado, idóneo, que brinda atención

integral a los usuarios.

Dotación de Equipos, tales como: mesas, sillas, biombos, unidades

odontológicas portátiles, curetas, extensión (corriente eléctrica), entre otros;

indispensables para el desarrollo de las actividades y procedimientos de

Promoción y Prevención.

Para este año la ESE contará con dos (2) unidades móviles para fortalecer

las actividades de atención primaria en salud a partir del mes de octubre.

También contará con computadores portátiles para la verificación de

derechos de los usuarios.

DEBILIDADES

Diferencias numéricas entre el Informe de Gestión de Servicios Prestados

suministrado por la dependencia de Estadísticas de la ESE y el presentado

por el Equipo Extramural de Promoción y Prevención.

Barreras administrativas a los usuarios de los programas de P y P.

INFORME

ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

III TRIMESTRE DE 2014

Realizado por:

Subgerencia Administrativa y Financiera

CONTENIDO

1. Introducción 2. Informe Financiero

2.1 Sección Presupuesto 2.1.1. Capítulo Ingresos 2.1.2. Capítulo Egresos

2.2. Área Contabilidad 2.3. Área Facturación 2.4. Área Tesorería

2.5. Área Almacén 3. Informe Administrativo

3.1. Área Talento Humano 3.2 Área Sistemas 3.3 Área Archivo

4. Otras Actividades de la Subdirección Administrativa y Financiera

1. INTRODUCCIÓN. El tercer trimestre del año 2014, representa un período en el que se asumieron compromisos para terminar el año y que son necesarios para la normal prestación de los servicios de salud. En materia financiera se han hecho esfuerzos importantes dado el Plan Desarrollo de la entidad 2012- 2015, para responder a los proyectos contemplados. Lo cual, reafirma el direccionamiento gerencial, en consonancia con la naturaleza de las empresas sociales del estado que deben ser autosostenibles pero propender por servicios de salud bajo estándares de calidad, pues algunos compromisos asumidos para tal habilitación han sido recibidos a satisfacción (obligaciones) en este trimestre objeto de análisis.

Este trimestre aun siente los avatares financieros de la habilitación de la ips Argelia y la adquisición del parque automotor (unidades móviles y ambulancia). Para este tercer trimestre, se destaca por el logro significativo de la entidad de terminar de forma satisfactoria el crédito que posibilito la adquisición de la sede administrativa, todo lo cual, cumple el sueño de los funcionarios de la ESE de tener sede propia. Esto sin duda, es un logro sin precedentes en la institución, lo cual se debió en gran significancia al liderazgo de la gerencia y el apoyo irrestricto de la Subgerencia Administrativa y Financiera. La ESE históricamente ha pagado cerca de $ 800.000.000 por concepto de cannon de arriendo, por lo cual, las directivas estudiaron la posibilidad de acceder a un crédito para adquirir el inmueble donde funciona la sede administrativa; financiación que no afectaría su flujo de caja, por lo cual, logró acceder a crédito hipotecario con el Banco de Bogotá por 1.000.000.000. Desde el punto de vista administrativo se destacan las actividades desarrolladas en el área de talento humano, en donde, se realizó la Semana de la Seguridad y la Salud en el trabajo, la cual, contemplo entre otras, simulacros, dinámicas, charlas, actividades lúdicas, juegos recreativos, entre otras, la cual tuvo mucha receptividad por parte de los funcionarios de la ESE. Finalmente, es importante señalar el mantenimiento hospitalario y los trabajados desarrollados a parte de los sistemas hidrosanitarios y eléctricos de las ips San Luis, Vallejo, San Francisco, Cerrito la Palma, entre otras, labor que se viene haciendo cada trimestre con el firme propósito de propender por la mejora continua a las condiciones de calidad del servicio.

2. INFORME FINANCIERO 2.1 SECCIÓN PRESUPUESTO 2.1.1. Capítulo Ingresos:

A continuación resumen de ejecución presupuestal de ingresos del II trimestre de 2014 vs II trimestre de 2013:

ANALISIS FINANCIERO INGRESOS

PERÍODO: III TRIM 2014 VS III TRIM 2013

CONCEPTO PERIODO

PRESUPUESTO DEFINITIVO

RECONOCIMIENTO

RECAUDADO COMPARATIVO SOBRE

RECONOCIMIENTO COMPARATIVO

SOBRE RECAUDO

Venta de servicios de salud (régimen subsidiado, SGP, promoción y prevención, IPS privada, cuotas de recuperación).

III TRIM 2014

$ 30.933.836.000 $ 8.915.723.000 $ 6.835.797.000

1.583.108.000 22% $ 268.090.000 4% III TRIM

2013 $ 26.102.057.000 $ 7.332.615.000 $ 6.567.707.000

Venta de otros bienes y servicios (arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y otros).

III TRIM 2014

$ 214.294.000 $ 168.251.000 $ 168.251.000

$ 93.090.000 124% $ 93.090.000 124% III TRIM

2013 $ 77.904.000 $ 75.161.000 $ 75.161.000

Recursos de capital (excedentes financieros, rendimientos financieros y cartera).

III TRIM 2014

$ 508.188.000 $ 2.651.000 $ 2.651.000

-$ 299.199.000 -99% -$ 299.199.000 -99% III TRIM

2013 $ 2.282.247.000 $ 301.850.000 $ 301.850.000

Total presupuesto de ingresos III

TRIM 2014

III TRIM 2014

$ 31.656.318.000 $ 9.086.625.000 $ 7.006.699.000

1.376.999.000 18% $ 61.981.000 1% Total Presupuesto

de Ingresos III TRIM 2013

III TRIM 2013

$ 28.462.208.000 $ 7.709.626.000 $ 6.944.718.000

2.1.1.1 Análisis Capítulo Ingresos:

En el III trimestre de 2014 los ingresos reconocidos ascendieron a $ 9.086.625.000, un 18% ($ 1.376.999.000) más que el III trimestre de 2013 el cual estuvo en $ 7.709.626.000, así mismo el recaudo se situó $ 7.006.699.000, un 1%, es decir una diferencia positiva de $ 61.981.000, más que el mismo trimestre de análisis que se asentó en $ 6.944.718.000, todo lo cual, estuvo dado por la facturación de los eventos de enero, febrero, marzo y abril del año corriente, que significaron $ 103.475.33, De igual manera, se destaca la cuentas por cobrar de la vigencia anterior, la cual aporto $ 574.094.116 de la eps Coosalud y $ 88.643.145 de la eps Manexka, es decir, en su totalidad $ 662.737.265 , todo lo cual tributó un 42%, en la fuente de venta de servicios de salud por régimen subsidiado.

A propósito de esta fuente para el III trimestre de 2014, los ingresos por este concepto, $ 8.915.723.000 mientras que para el III trimestre del año anterior, se ubicaron en $ 7.332.615.000, es decir, $ 1.583.108.000 menos que la vigencia actual, lo cual, representa un 22% y lo que corresponde al recaudo el III trimestre estuvo por encima en un 4%, con una diferencia positiva de 268.090.000, tal y como lo muestra el cuadro anterior.

En lo que respecta a la fuente de ingresos venta de otros bienes y servicios, se destaca los recursos que se recepcionaron por concepto del saneamiento de aportes patronales, atendiendo a la dinámica de depuración de saldo con los fondos que representaron $ 8.358.769 por el saneamiento con la ARL positiva y 147.148.713, producto del saneamiento con el Seguro social en liquidación y finalmente $ 9.665.280 de Saludcoop, todo lo anterior sumo $ 165.172.762. En este concepto, el III trimestre objeto de revisión aumento en $ 93.090.000,es decir, un 124%.

Por otro lado, los recursos de capital estuvieron por debajo en un 99%, todo lo cual, se debió evidentemente por la recuperación de cartera de años anteriores que se logro recaudar en el III trimestre del año 2013, las cifras corresponden a $286.014.587, es decir, un aporte del 94%, en la fuente de ingresos en cuestión.

2.1.2 Capítulo Egresos: Durante este periodo se definieron compromisos presupuestales por $ $ 8.839.873.000 y obligaciones presupuestales por valor de $ 7.490.837.000, los cuales se utilizaron para pago de empleados de nomina, sindicato, seguridad social, insumos y suministros hospitalarios, gastos generales, entre otros.

A continuación resumen de ejecución presupuestal de egresos del III trimestre de 2014 vs III trimestre de 2013, teniendo en cuenta lo señalado en cuanto a las obligaciones asumidas de la vigencia anterior (2013).

CONCEPTOAÑOS

ANALIZADOS

PRESUPUESTO

DEFINITIVOCOMPROMISO OBLIGACIONES PAGOS

III TRIM 2014 $ 21.074.717.000 $ 7.151.129.000 $ 4.825.370.000 $ 4.849.806.000

III TRIM 2013 $ 19.101.488.000 $ 3.217.723.000 $ 5.549.972.000 $ 5.334.155.000

III TRIM 2014 $ 2.536.408.000 $ 468.000.000 $ 694.355.000 $ 695.199.000

III TRIM 2013 $ 2.622.922.000 $ 573.050.000 $ 718.979.000 $ 710.497.000

III TRIM 2014 $ 3.721.008.000 $ 758.475.000 $ 821.353.000 $ 730.604.000

III TRIM 2013 $ 3.978.683.000 $ 710.619.000 $ 754.845.000 $ 713.283.000

III TRIM 2014 $ 300.000.000 $ 58.613.000 $ 58.613.000 $ 58.613.000

III TRIM 2013 $ 100.000.000 $ 44.319.000 $ 44.319.000 $ 44.319.000

III TRIM 2014 $ 4.024.624.000 $ 403.656.000 $ 1.091.146.000 $ 518.533.000

III TRIM 2013 $ 2.659.216.000 $ 237.301.000 $ 681.416.000 $ 667.409.000

Total Presupuesto de Gastos

2014III TRIM 2014 $ 31.656.757.000 $ 8.839.873.000 $ 7.490.837.000 $ 6.852.755.000

Total Presupuesto de Gastos

2013III TRIM 2013 $ 28.462.309.000 $ 4.783.012.000 $ 7.749.531.000 $ 7.469.663.000

ANALISIS FINANCIERO EGRESOS

PERÍODO: III TRIM 2014 VS III TRIM 2013

Transferencias corrientes

(sentencias y conciliaciones).

Gastos de inversion (promoción y

prevención, fortalecimiento

institucional).

Insumos y suministros

hospitalarios (medicamentos,

material medico quirúrgico,

odontológico, laboratorio, RX,

Gastos generales

(mantenimiento, servicios

públicos, papelería, compra de

equipo, combustible, bienestar

Gasto de personal (nomina y

bolsa de empleo, seguridad

social).

COMPARATIVO SOBRE

COMPROMISO

$ 3.933.406.000 122%

(105.050.000)$ -18%

$ 4.056.861.000 85%

$ 47.856.000 7%

$ 14.294.000 32%

$ 166.355.000 70%

COMPARATIVO SOBRE

0BLIGACIONES

(724.602.000)$ -10%

(24.624.000)$ -2%

(258.694.000)$ 0,28%

$ 66.508.000 15%

$ 14.294.000 32%

$ 409.730.000 63%

2.1.2.1 Análisis Capítulo Egresos. Los egresos del III trimestre de 2014 estuvieron por debajo en un 0,28% con respecto al III trimestre del 2013. Los gastos más representantivos que aportaron a tales cifras son los insumos y suministros hospitalarios y los gastos de personal. El análisis se hace con respecto a las obligaciones presupuestales, por cuanto, si nos comparamos con el compromiso presupuestal el aumento es muy significativo, es decir, unos $ 4.056.861.000, todo lo cual se debe a que se asumieron compromisos del trimestre subsiguiente, más concretamente hasta

noviembre, no obstante, algunos se llevaron hasta diciembre como el contrato de vigilancia. En lo correspondiente al gasto de personal, muestran una disminución del 10%, toda vez que, en el III Trimestre del año 2013, se contabilizaron cuentas de sintrasohop del mes de junio por valor de $981.663.878, todo lo cual, incremento las obligaciones del III trim de 2013. En lo atinente a los gastos por insumos y suministros hospitalarios, se evidencia una disminución de $ 24.624.000, lo que equivalente al 2%, sin embargo, es importante señalar que si bien es cierto este trimestre hubo una reducción desde el punto de vista presupuestal, los picos epidemiológicos, afectaron y seguiran seguramente con una profunda afectación de las cifras del IV trimestre de 2014, así como la contratación y causación de cuentas de fin de año. Lo anterior, por cuanto, se han disparado los casos de los virus del chincunguña, dengue y la enfermedad diarreica aguda (EDA), por lo cual, ha sido imperativo el consumo de soluciones parenterales, dispositivos, reactivos para rayos x y laboratorio, entre otros. Así mismo, se aperturaron los servicios de toma de muestra de las ips libertad y se aumento de forma importante la cobertura de la ips las Américas, lo cual, por supuesto incrementa el consumos de tales insumos. También se resalta el aumento citologías en todas las ips, lo que aumento el consumo de espéculos y reactivos, láminas de lectura de muestras, etc. Por su parte, las transferencias corrientes (sentencias y conciliaciones) aumentaron en $ 14.294.000, con respecto al mismo trimestre del año anterior, lo cual significa un incremento del 32%, en razón a que, en el III trimestre de 2014, se pagaron por procesos litigiosos fallados en contra la suma de $ 58.613.000, mientras que para el mismo trimestre del año anterior se pagaron $ 44.319.000.

Los gastos generales, aumentaron un 15%, es decir, ($ 66.000.000), lo cual estuvo dado por la compra de equipos de computo por valor de (60.000.000) para la implementación de la Historia Clínica Digital.

De igual manera se aumento el consumo de papelería, toda vez que, aumentó la papelería para las historias clínicas, nuevos formatos de historias clínicas de maternidad, hojas de gastos, etc.

Lo atinente a los gastos de inversión aumentaron un 63% con respecto a las obligaciones, dado que, se situaron en $ 1.091.146.000, mientras que en el III trimestre de 2013, se ubicaron en $

681.416.000, es decir, $ 409.730.000 por encima, lo cual estuvo influenciado por el pago del excedente del contrato de adquisición y ampliación del parque automotor (Unidades Móviles y Ambulancia) que ascendió a $ 400.000.000.

No obstante, el análisis con respecto al compromiso presupuestal aumento un 70%, lo cual, se debe a que se asumieron apropiaciones de recursos hasta el siguiente trimestre.

Es importante resaltar que toda este comportamiento fluctuante en picos altos o bajos en los gastos, se debe precisamente a que dependiendo de los ingresos se va comprometiendo el presupuesto y por eso en ocasiones unos trimestres se ven afectados por la dinámica de la facturación de los contratistas y la recepción efectiva del compromiso que se traduce en la obligación presupuestales de las relacionadas apropiaciones asumidas.

2.2 SECCIÓN CONTABILIDAD

2.2.1 ANALISIS FINANCIERO A PARTIR DE LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADOS DE RESULTADOS): Se presenta el análisis financiero de la empresa, con fecha de corte a 30 de septiembre de 2014, teniendo en cuenta la necesidad de aplicar los indicadores financieros como la liquidez, eficiencia, endeudamiento y rentabilidad, con el fin de aportar a la dirección de la empresa elementos que permitan realizar una oportuna toma de decisiones, adoptar medidas que dfcontribuyan a la eliminación de sus puntos débiles, alcanzar los objetivos propuestos por la entidad y cumplir con su objetivo social.

Como fuente de información se tomaron las cifras arrojadas en los Estados Financieros (Balance General y Estado de Resultados) de los años 2014 y 2013, en lo correspondiente al III trimestre de cada año, es decir, lo pertinente a los meses de Julio, Agosto y Septiembre de las anualidades en cuestión.

2.2.1.1 INDICADORES DE SOLVENCIA.

La razón corriente es uno de los indicadores financieros que nos permite determinar el índice de liquidez de una empresa. La razón corriente indica la capacidad que tiene la

empresa para cumplir con sus obligaciones financieras, deudas o pasivos a corto plazo, así las cosas, una vez analizados los indicadores de liquidez, encontramos que EL DE RAZÓN CORRIENTE nos muestra que la variación de nuestros activos corrientes con relación a los pasivos corrientes, ascienden a $ 2,92. Este indicador nos dice que por cada peso de deuda a corto plazo disponemos de $ 2,92 para cubrir oportunamente nuestros compromisos, sin embargo, comparado con el II trimestre de 2013, este indicador disminuyó en 1,67, aunque el activo corriente aumento en cerca de un 14,1%, el pasivo aumento cerca del 74% lo cual afecto la liquidez.

Ahora bien, este aumento en los pasivos, se debe evidentemente al incremento en las cuentas por pagar, que se tradujo en mejor calidad del servicio, por cuanto, hoy la ESE tiene habilitadas 5 ips, es decir, la Ips San Luis, Ips 20 de enero, Ips Vallejo, Ips Libertad y recientemente Ips Argelia. Así mismo, sigue afectando la incorporación de los pasivos contingentes de los procesos litigiosos; de igual manera, los indicadores de solvencia de 2013 se ven apalancados, por el saldo en bancos que viene de la vigencia 2012, que para el III trimestre de 2013, se ubico en $ 1.162.351.532.

En consonancia con lo anterior, es importante señalar, que las empresas sociales del estado se conciben desde su naturaleza para prestación de servicios de salud bajo estandares de calidad, lo cuales, estan contenidos en las normas Resolución 4445 de 1996 y la Resolución 2003 de 2014, entre otras, que exigen cada vez más que las entidades del sector salud, incrementen sus gastos por las exigencias que las mismas contemplan.

En efecto, todas estos gastos e inversiones se han traducido en una reducción sustancial de las quejas por parte de los usuarios que hoy reconocen como ha mejorado de manera ostensible la calidad de los servicios, y eso incluye, mejores instalaciones, insumos oportunos, personal calificado y comprometido, ampliación de cobertura de los servicios, apertura del portafolio, entre otros.

Por otra parte, al someter nuestros activos corrientes, menos los inventarios y luego dividir el resultado entre los pasivos corrientes, obtenemos LA PRUEBA ÁCIDA, que en este caso nos arroja un porcentaje en pesos de $ 2,66 sin recurrir a la venta de nuestros inventarios, lo que nos dice que por cada peso de deuda a corto plazo disponemos de $ 2,66 para pagar oportunamente nuestros compromisos.

En lo que corresponde al CAPITAL DE TRABAJO nos encontramos con un valor de $ 9.797.358.250, por cuanto nuestros Activos Corrientes se ubicaron en $ 14.909.269.314 y los pasivos corrientes en $ 5.111.911.064.

2.2.1.2 INDICADORES DE EFICIENCIA

En los indicadores de eficiencia, tomamos inicialmente el de ROTACIÓN DE CARTERA y vemos que en el período objeto de análisis, el promedio de cobro se ubico en 81 días, esto quiere decir que la cartera de la entidad tiene un proceso de retorno que abarca 81 días, el cual aumento ligeramente, pues en el III trimestre de 2013 se situó en 69, todo lo cual, esta dado por la afectación en la demora en la facturación a causa en parte por los informes de pyp que trata la resolución 4505 de 2012.

Con relación a LA ROTACIÓN DE INVENTARIOS, la E.S.E. Unidad de Salud San Francisco de Asís ha utilizado o rotado sus inventarios a corte 30 de septiembre de 2014 cada 1,72 días, el cual disminuyo, por cuanto, para el III trimestre de 2013 se situó en 2,76, todo lo cual, es benefico para la entidad, porque la rotación de inventarios coadyuva a mejorar la liquidez, dado que son recursos que la empresa deja tener inmovilizados y que en lo sucesivo representan un costo de oportunidad.

0.00

1.00

2.00

3.00

4.00

5.00

III TRIM 2014 III TRIM 2013

2.92

4.59

2.66

4.33

Indicadores de Solvencia

Liquidez

Prueba Acida

Por otra parte, el indicador ROTACIÓN DE CUENTAS POR PAGAR nos muestra 1,14 días, esto significa que tardamos menos tiempo para cumplir con las obligaciones pactadas. Con respecto, al III trimestre de 2013, disminuyo 1,36, esto quiere decir que estamos pagando con mayor oportunidad las obligaciones contraidas.

2.2.1.3 INDICADORES DE ENDEUDAMIENTO

Al analizar el indicador RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO TOTAL el cual nos muestra la forma en que se ha afectado nuestro capital de trabajo con recursos de terceros para la obtención de activos, encontramos un porcentaje de 20%.

El indicador de PATRIMONIO demuestra que nuestros activos totales están financiados por el patrimonio de la Empresa Social del Estado Unidad de Salud San Francisco de Asís en un 80%.

Rotacion CxC Rotacion

Inventarios Rotación CxP Rotacion KT

III Trim 2014 81.81 1.72 1.14 1.46

III Trim 2013 69.99 2.76 2.50 1.34

0.00 10.00 20.00 30.00 40.00 50.00 60.00 70.00 80.00 90.00

Ran

go

Indicadores de Eficiencia

2.2.1.4 INDICADORES DE RENTABILIDAD

Al analizar los indicadores de rentabilidad, vemos que el de RENDIMIENTO DEL ACTIVO TOTAL, nos arroja un porcentaje de 3,1%, EL MARGEN BRUTO DE UTILIDAD, nos arroja un porcentaje de 53,8%, EL MARGEN OPERACIONAL un porcentaje del 8 %, EL MARGEN NETO DE UTILIDAD, un porcentaje de 4%, el MARGEN Y EL RENDIMIENTO DEL PATRIMONIO, un 4,4%.

Si revisamos la gráfica siguiente, se evidencia claramente un aumento en cada uno de los indicadores de rentabilidad, aun incluyendo en este trimestre la provisión de cartera por valor de $ 581.606.020, toda vez que, los ingresos por ventas de servicios de salud se ubicaron en $ 22.676.173.021.

20% 13%

80% 87%

20% 13%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

III Trim 2014 III Trim 2013

Rotacion Endeudamiento Rotacion Patrimonio Rotacion Endeudamiento a CP

2.3 SECCIÓN FACTURACIÓN Y CARTERA

El siguiente es el comportamiento de la cartera de la entidad a corte de septiembre de 2014.

REGIMEN SUBSIDIADO

COMPARATIVO ESTADO DE CARTERA A JUNIO 2014 - SEPTIEMBRE 2014

REGIMEN SUBSIDIADO

CONCEPTO DE 0 A 60

DIAS DE 61 A 90 DE 91 A 180 D DE 181 A 360 MAS DE 361 T.por Cobrar

REG SUBSIDIADO JUNIO 2014

1.440.541.615 168.091.752 618.416.855 2.033.161.808 3.093.422.371 7.353.634.401

REG SUBSIDIADO SEPT 2014

785.978.695 637.056.184 1.122.247.397 1.402.340.661 3.951.418.534 7.899.041.471

DIFERENCIAS (654.562.920) 468.964.432 503.830.542 (630.821.147) 857.996.163 (545.407.070)

Margen Bruto

Margen Operativo

Margen Utilidad

Neta

Rendimiento Activo Total

Rendimieto Patrimonio

III Trim 2014 53.8% 8.0% 4.0% 3.5% 4.4%

III Trim 2013 46.4% 5.2% 2.0% 1.9% 2.2%

0.0%

10.0%

20.0%

30.0%

40.0%

50.0%

60.0%

Indicadores de Rentabilidad

III Trim 2014

III Trim 2013

ANALISIS PORCENTUAL

-45,44% 278,99% 81,47% -31,03% 27,74% -7,42%

La cartera con corte a septiembre de 2014 por concepto de Régimen Subsidiado tuvo un incremento del 7.42% con relación al trimestre anterior.

Aunque se ha mejorado un poco, persisten los inconvenientes al entregar mensualmente a las Eps´s las actividades de pyp que trata la Resolución 4505, por lo tanto, no llegan los giros completos a la entidad, por cuanto desde el año anterior se tiene esta dificultad con las eps.

En el caso de la eps Coosalud en respuesta de queja interpuesta ante los organismos de control se obtuvo como resultado una conciliación en el mes de julio lograndose un pago pacrial de 574 millones, correspondiente a las actividades presentadas en el año 2013, y se esta haciendo revisión de las glosas presentadas por 1.192 millones para poder lograr una conciliación tratando que dicha eps levante el mayor porcentaje de glosas y se reciba el pago final.

Así mismo, con la eps Ambuq se tiene una glosa de aproximadamente 500 millones de pesos, al respecto, se logro reunión con los auditores encargados y se espera que para el proximo trimestre este definido sobre el particular.

Con relación a la cartera de vigencias anteriores, desde el año 2013 se viene adelantando un proceso de conciliación con las eps, al respecto, se espera terminar en el proximo trimestre con la eps caprecom, manexka, comfasucre e iniciar con Salud Vida.

Así las cosas, es preciso seguir mejorando en la entrega de la información que trata la Resolución 4505, para que sus cuentas por cobrar disminuyan y evitar la reducción en el giro directo que afecta el flujo de caja de la entidad y aumenta las glosas.

IPS PRIVADAS

IPS PRIVADAS

CONCEPTO DE 0 A 60

DIAS DE 61 A

90 D DE 91 A 180 D

DE 181 A 360 D

MAS DE 361

T.por Cobrar

IPS PRIVADAS JUNIO 2014 - - - - 195.928 195.928

IPS PRIVADAS SEPT 2014 - - - - 195.928 195.928

DIFERENCIAS - - - - - -

La cartera por concepto de prestación de servicios a ips privadas se mantiene igual aunque se continua con la depuración de pagos recibidos por anticipado.

CARTERA MUNICIPIO DE SINCELEJO

CARTERA OTROS (MUNICIPIO DE SINCELEJO)

CONCEPTO DE 0 A 60

DIAS DE 61 A

90 D DE 91 A 180

D DE 181 A

360 D MAS DE 361 T.por Cobrar

OTROS MUNICIPIO DE SINCELEJO JUNIO 2014

8.015.617 - 16.096.895 - 6.552.072.420 6.576.184.932

OTROS MUNICIPIO DE SINCELEJO SEPT 2014

10.487.483 - - - 6.552.072.420 6.562.559.903

DIFERENCIAS 2.471.866 - (16.096.895) - - (13.625.029)

ANALISIS PORCENTUAL 30,84% -100% (0,0021)

La cartera por concepto de prestación de servicios al municipio de Sincelejo, tuvo una ligera disminución del 0,21% debido a que se recupero la cartera de hasta 180 días y se continúa facturando mensualmente las atenciones a la población vinculada.

Sobre esta cartera, aun falta que el comite de conciliación defina los $ 1.823.000.000 que se encuentran en discusión acerca de las bases de datos de afiliados facturados.

CARTERA DPTO DE SUCRE

CARTERA DEPARTAMENTO DE SUCRE

CONCEPTO DE 0 A 60

DIAS DE 61 A 90 DE 91 A 180

DE 181 A 360

MAS DE 361 T.por Cobrar

P YP DEPARTAMENTO DE SUCRE JUNIO 2014

- - - - - -

P YP DEPARTAMENTO DE SUCRE SEPTIEMBRE 2014

- - - - - -

DIFERENCIAS - - - - - -

La cartera por concepto de prestación de servicios departamento de Sucre se mantiene en $0 pesos.

En terminos generales nuestra cartera con corte a septiembre 30 de 2014 aumento el 4 %; con relacion a la cartera del trimestre anterior detallada asi:

1. LA CARTERA DE 0 A 60 DIAS DISMINUYO U 45 %

2. LA CARTERA DE 61 A 90 DIAS TUVO UN AUMENTO DEL 279 %

3. LA CARTERA DE 91 A 180 DIAS TUVO UN AUMENTO DEL 77 %

4. LA CARTERA DE 180 A 360 DIAS DISMINUYO UN 31 %

5. LA CARTERA MAYOR DE 360 DIAS TUVO UN AUMENTO DEL 9 %

2.4. SECCIÓN TESORERIA

A partir de la alianza con el Banco de Bogotá se disminuyeron los gastos financieros y por el contrario se aumentaron los rendimientos financieros.

Por otra parte a la fecha las cuentas por pagar de 2013, se han cancelado en un 94%, es decir de los $ 2.005.466.579 se han pagado $ 1.884.804.559. Se conservan las mismas cifras pues no hubo movimiento en este trimestre de las cuentas por pagar.

CONSOLIDADO CARTERA ESE SAN FRANCISCO DE ASIS

Cartera total JUNIO 2014

1.448.557.232 168.091.752 634.513.750 2.033.161.808 9.645.690.719 13.930.015.261

Cartera total SEPTIEMBRE

2014 796.466.178 637.056.184 1.122.247.397 1.402.340.661 10.503.686.882 14.461.797.302

DIFERENCIAS (652.091.054) 468.964.432 487.733.647 (630.821.147) 857.996.163 531.782.041

ANÁLISIS PORCENTUAL

-45% 279% 77% -31% 9% 4%

PAGO CTAS VIG

ANT

IMPUES

TOS VIG ANT

2013

TOTAL PAGO V

ANTERIOR

NOTAS

CONTA

BLES

AJUSTES

SALDO DE

RESOLUCION

SALD INICIAL

/14

2.005.466.579,60 2.005.466.579,60

ENERO 1.729.796.073,00 1.729.796.073,00 275.670.506,60

FEBRERO 113.799.394,00 140.000 113.939.394,00 384.350 161.346.762,60

MARZO 22.040.000,00 211.753 22.251.753,00 139.095.009,60

ABRIL 0,00 0,00 139.095.009,60

MAYO 18.147.695,39 18.147.695,39 120.947.314,21

JUNIO 669.644 669.644,21 120.277.670,00

JULIO 0,00 120.277.670,00

AGOSTO 0,00 120.277.670,00

SEPTIEMBRE 0,00 120.277.670,00

OCTUBRE 0,00 120.277.670,00

NOVIEMBRE 0,00 120.277.670,00

DICIEMBRE 0,00 120.277.670,00

SALD FINAL

/13

1.883.783.162,39 1.021.397,21 1.884.804.559,60 384.350

2.5. SECCIÓN ALMACEN Los principales avances son:

1) Adquisición de computadores para sistematizar los programas de promoción y prevención para agilizar los procesos de atención a pacientes.

2) Adquisición de bienes para dotar las Unidades Móviles, brindándole comodidad, seguridad y atención para funcionarios y usuarios.

3) Entrega oportuna en los programas de micronutrientes y control prenatal 4) Se realizaron los inventarios físicos de bienes de las I.P.S. Las Palmas y la I.P.S. La Gallera.

3. Informe Administrativo

3.1. SECCIÓN TALENTO HUMANO

La ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís de Sincelejo, en cumplimiento de las directrices relativas a los Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con el fin de implementar los criterios que deben ser aplicados en todos los lugares de trabajo de la Institución ha diseñado un Plan De Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo Año 2014, contando con la Asesoría de la ARL Positiva y Con los Miembros del Comité Paritario se ha venido desarrollando una series de Capacitaciones a los funcionarios que desempeñan sus labores dentro de las diferentes IPS Adscritas a la ESE.

En el tercer trimestre del año en curso se ha desarrollado las siguientes actividades en cumplimiento al Plan de Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el trabajo año 2014, socializado entre los miembros del comité paritario en acompañamiento con la asesora de la ARL POSITIVA la Señora Berenice Montes.

1. Informe final del aplicativo de Riesgos Psicosociales. Organización de las Brigadas

de las IPS Vallejo y Libertad. 2. Matriz de Intervención del Programa de Riesgos Psicosociales, en donde la ESE en

Apoyo con la ARL Positiva y un grupo interdisciplinario conformado por Psicólogo, Medico Ocupacional, Trabajadora Social entre otros organizan un cronograma de Actividades que conlleva a el mejoramiento del Clima Organizacional, relaciones interpersonales, relaciones familiares.

3. Aplicativo Estadístico de Accidentabilidad en se observa que a la fecha la ESE Unidad de Salud San Francisco de Asís y sus Ips Adscritas no han reportado ningún accidente e incidente laboral.

4. En la Semana del 22 al 26 de Septiembre, se llevo a cabo la Semana de Seguridad de Salud en el Trabajo.

5. Charla sobre Acoso Laboral 6. Catarsi del Manejo de Estrés 7. Rumba Terapia 8. Terapia de Pausas Activas. 9. Se realizo el Simulacro de Evacuación en la IPS San Francisco, se pidió la

colaboración de los organismos de rescates, como la Cruz Roja, Defensa Civil, Bomberos, los cuales nos brindaron su apoyo; luego del simulacro asesoraron a los Brigadistas en las inexactitudes que observaron durante el ejercicio.

10. Informe Final Sobre Desordenes Musculo Esquelético de la Población de la IPS San Francisco

CAPACITACIONES INTERNAS Y EXTERNAS Se vienen realizando de acuerdo al cronograma presentado por cada dependencia. Capacitación del Mecí. Se encuentra en plan de Mejoramiento para el año 2015.

La dependencia de Gestión de Talento Humano se encuentra realizando la Actualización de los Expedientes Laborales de los funcionarios de Planta de La ESE y el proceso de inducción reducción se viene realizando satisfactoriamente.

Por su parte, la Evaluación de Desempeño se ha realizado dentro de los términos legales y los compromisos Laborales fijados entre el evaluador y evaluado, ha permitido obtener una estimación Cuantitativa y Cualitativa del Grado de Eficacia y Compromiso con el trabajo,, lo cual ha permitido determinar las fallas y tomar medidas correctivas obteniendo una comunicación más fluida y directa entre el evaluador y Evaluado.

Se viene adelantado el proceso de Saneamientos de aportes con los diferentes fondos de salud y de pensión.

PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL Se viene desarrollando de acuerdo al Cronograma y presupuesto fijado por el Comité de Bienestar Social, hasta el momento se han desarrollado actividades como: 1. Participación del Equipo de Futbol Masculino; en el torneo intersecretarial. 2. Participación del Equipo de Softbol 3. Participación equipo de Voleibol Mixto 4. Participación del Equipo de femenino de Futbol 5. Aprobación y cancelación del Auxilio Estudiantil (Preescolar, Primaria,

Secundaria, Universitario) 6. Promoción y Prevención en Salud Oral 7. Acompañamiento a los Pre pensionados 8. A continuación algunas evidencias fotográficas de las actividades desarrolladas

en lo que corresponde a salud ocupacional

3.2 SECCIÓN SISTEMAS

Las Tareas y logros realizados en el área de Sistemas de la Entidad fueron:

Administración de la Página Web.

Soporte a los servicios de Internet de las diferentes I.P.S.

Actualización diaria de las novedades de los sitios web.

Actualización diaria de información pertinente a los sitios.

Administración de direcciones IP de la red interna (en constante crecimiento)

Instalación y actualización del software ESPIRAL y CITAS MEDICAS E HISTORIAS CLINICAS.

Definición de políticas de usuario.

Backups.

Mantenimiento de los Servicios de Correo Electrónico.

Mantenimiento de las cuentas de correo de la red interna.

Actualización de Bases de Datos de usuarios de Correo Electrónico.

Mantenimiento de los equipos, detección y resolución de averías Gestión de cuentas de usuario y asignación de recursos a las mismas.

Preservación de la seguridad de los sistemas y de la privacidad de los datos de usuario, incluyendo copias de seguridad diarias.

Evaluación de necesidades de recursos (memoria, discos, Equipos, UPS)

Instalación y actualización de utilidades de software.

Reportes mensuales de la seguridad social a través de Aportes en Línea.

Validación y cargue de archivos planos de la resolución 4505 para las diferentes EPS.

Acompañamiento al inicio del proceso de sistematización de red de voz y datos de la IPS la campiña.

Soporte al proceso de actualizaciones del software Salud al Día. Para citas medicas e historias clínicas.

Seguimiento al software de Historias Clínicas en los diferentes consultorios médicos de las IPS Vallejo, Libertad, 20 de enero, San Luis, Argelia. Además del modulo de Citas Médicas.

Actualización del portal WEB de la entidad y realización de copias de seguridad diarias tanto de la página Web como de la base de datos y actualización de las redes sociales de la entidad.

Configuración trimestral del Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP para la presentación de los informes Contables de la Contaduría General.

Configuración mensual de la plataforma MUISCA de la DIAN para la presentación de impuestos (Declaración de IVA, Retención en la Fuente) entre otros.

Implementación y validación de la resolución 4505, elaboración de archivos planos y actualización del formato 4505 en Excel.

Implementación de red de voz, datos y circuito cerrado de televisión y configuración de nuevos computadores instalados en la IPS Argelia.

Actualizaciones del software del nuevo servidor para citas médicas e historias clínicas.

Monitoreo de cámaras de la sede administrativa y las diferentes IPS.

Seguimiento a los diferentes contratos de mantenimiento y suministros.

Dotación, configuración e instalación de equipos para las IPS rurales.

Elaboración y validación de archivos planos para informes de familias en acción. 3.3. SECCIÓN ARCHIVO

Se sigue con el procedimiento de la entrega de fólder y traslado de Historias Clínicas a las diferentes I.P.S. Por solicitud de familiares y propietarios de las mismas.

En el archivo de Historias Clínicas de la I.P.S. La Campiña sigue con el procedimiento de organización y mejorando la pronta entrega de Historias Clínicas cuando la solicitan.

En las I.P.S. Rurales se le sigue haciendo seguimiento y permanente orientación en la técnica de archivar las historias clínicas.

El proceso de digitación de las historias clínicas en las I.P.S. Urbanas continúan y se encuentran muy atrasadas para la entrega en la fecha estipulada en el acta Nº 003.

Continuamos con el traslado de las historias clínicas a las diferentes I.P.S. Solicitud realizadas por sus propietarios.

Se continúa con el proceso de digitación, socialización y unificación de las historias de las I.P.S. Urbanas.

En la oficina del archivo central se organizaron las series documentales de la oficina de contabilidad “Causaciones”.

Continuamos con el traslado de las historias clínicas a las diferentes I.P.S. Solicitadas por sus propietarios y familiares.

Se realizo la destrucción por mecanismo de picado manual de las Series y Sub series documentales de la oficina de Promoción y Prevención que tenían su

periodo de vida cumplido estipulado en la Tabla de Retención Documental.

Se trasladaron las cajas de facturas de venta de servicio de la población Vinculada de los años del 2000 hasta el 2008 a la I.P.S. La Campiña.

A continuación le muestro el cuadro de las I.P.S. Urbanas en relación a la cantidad de historias clínicas ingresadas, agrupadas y unificadas. Visita realizada el día 27 de Junio A continuación le muestro el cuadro de las I.P.S. Urbanas en relación a la cantidad de historias clínicas ingresadas, agrupadas y unificadas. Visita realizada el día 27 de Junio.

I.P.S. Estimativo de Historias Clínicas.

Historias Clínicas digitalizadas a la

fecha

Historias Clínicas

unificadas

VISITA 27 de Junio de 2014

Fecha Término para entrega.

Vallejo 8.750 7.520 100 % 7520 Marzo 30 de 2014

Libertad 13.062 10.157 100% 13.062 Mayo 30 de 2014

Campiña 90.925 24.257 27293 Agosto 30 de 2014

San Luis 40.650 19.978 19.652 Julio 30 de 2.014

Las Américas

50.550 19.200 16927 16927 Junio 30 de 2.014

20 de Enero 16.645 O.K Ok

Argelia 40.000 8610 Agosto 30 de 2.014

San Francisco

7340(mes de Marzo 2014)

Junio 30 2014, incluyendo junio 2014

3.2 Otras Actividades de la Subdirección Administrativa y Financiera.

3.2.1. LIDERAZGO EN EL PROCESO DEL CRÉDITO PARA ADQUISICIÓN SEDE ADTIVA. Se lidero todo el proceso del crédito hipotecario por ($ 1.000.000.000), el cual incluyo, proceso de calificación de la calificadora Fitch Rating, documentación aportada y visita de calificación, Documentación oportuna al Banco de Bogotá, Registro del Crédito ante el Ministerio de Hacienda, Análisis Financiero de Viabilidad, Trámite ante el Comité de Hacienda Municipal, Apoyo en la revisión del contrato de empréstitos, Informe ente de Control, entre otros, todo lo cual, termino con la adquisición de la sede administrativa de la entidad.

3.2.2. ADECUACION DEL PARQUEADERO PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DE LA E.S.E UNIDAD DE SALUD SAN FRANCISCO DE ASIS. En razón a la ampliación del parque automotor de la entidad la E.S.E San Francisco adecuo el parqueadero contiguo a la sede administrativa con el propósito de parquear las unidades móviles y las ambulancia en virtud de la aprobación de proyecto que significo la adquisición de los mismos. Así mismo este parqueadero posibilita mayor organización y cumplimiento de la normatividad a los que respecta al bodegaje del área de almacén.

3.2.3 MANTENIMIENTO HOSPITALARIO - SISTEMA HIDROSANITARIO - ELÉCTRICO. A continuación algunas evidencias de los trabajos de mantenimiento hospitalario de infraestructura, así como las actividades de mantenimiento del sistema eléctrico y el hidrosanitario.

ANTES - Alberca Ips San Fco DESPUES - Alberca Ips San Fco

ANTES - Alberca Ips San Fco DESPUES - Alberca Ips San Fco

ANTES - Cuarto Residuos Hospitalario- Cerrito la

Palma

DESPUES Cuarto Residuos Hospitalario- Cerrito

la Palma

DESPUES - Cuarto Residuos Hospitalario

Cerrito la Palma

DESPUES - Cuarto Residuos Hospitalario

Cerrito la Palma

ANTES - Excavación para instalar tuvo PVC para desagüe de agua lluvia en viga canales del techo - IPS VALLEJO

Excavación para instalar tuvo PVC para desagüe de agua lluvia en viga canales del techo - IPS VALLEJO

Vigas canales sucias Limpieza y Pintada de vigas canales en fibratex.

.

Arreglo y mantenimiento de Cielo Raso Ips Vallejo

Pintada de muro de pared en vinilo tipo I. Ips Vallejo

Desmonte de lámina eternit de techo

Ips San Francisco

Desmonte de lámina eternit de techo

Ips San Francisco

Después - Instalación lámina de eternit y de techo -

Ips San Francisco

Ips San Francisco

Pintada de puerta principal de hierro con raspada, base en contra oxido y su acabado en esmalte. Ips San Francisco

Antes - Puerta principal de hierro -

Ips San Francisco

Antes - Desmonte de láminas de rurali #8

Ips San Luis

Instalación de Láminas e Impermeabilización en fibratex de viga canales en concreto - Ips San Luis

Curación del techo de la cubierta de prevención y Promoción.

- Ips San Luis

EVIDENCIAS FOTOGRÁFICAS SISTEMA HIDROSANITARIO

Adecuación de divisiones en súper boar con su acabado en pintura. Para SIAU.- Ips San

Luis

Ips 20 de Enero

Ips 20 de Enero

Ips Chocho

Ips la Arena

Ips la Gallera

Ips la Campiña

Ips Buenavista

Ips Buenavista

Ips Libertad

Ips Libertad

Ips San Luis

Ips Cerrito la Palma