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Informe de Gestión Anual 2016

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Page 1: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

Octubre 2016

Informe de Gestión

Anual 2016

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ii

ÍNDICE GENERAL

CONTENIDO Pág.

ÍNDICE GENERAL i

ÍNDICE DE CUADROS iv

ÍNDICE DE GRÁFICOS vi

ÍNDICE DE FIGURAS vii

INTRODUCCIÓN 2

Capítulo I: Información General de la Contraloría Municipal 4

1. Fecha e Instrumento legal de creación de la Contraloría Municipal de Maracaibo 4

2. Identificación del funcionario que ejerce el cargo de Contralor e instrumento legal

en el cual consta su nombramiento

4

3. Información relacionada con el Plan Estratégico de la Contraloría Municipal de

Maracaibo

5

4. Organigrama estructural de la Contraloría Municipal de Maracaibo 6

5. Universo de órganos y entes sujetos a su control 9

6. Información sobre el Sistema de Control Interno de la Contraloría Municipal de

Maracaibo

10

Capítulo II: Resultados de la Gestión de Control 13

1. Diagnóstico de la Administración Municipal 13

2. Fallas y Deficiencias 14

3. Recomendaciones 17

4. Impacto de la Gestión de Control 22

Capítulo III: Actuaciones de Control 28

1. Actuaciones de Obligatorio Cumplimiento 28

1.1.Opiniones de la Contraloría Municipal, referente a la desafectación de los

bienes del Dominio Público Municipal.

28

2. Actuaciones selectivas 29

2.1.Actuaciones realizadas en los Órganos del Poder Público Municipal: Alcaldía,

Concejo Municipal y sus Órganos Desconcentrados

29

2.2.Actuaciones realizadas en los Entes Descentralizados del Poder Público

Municipal

32

Capítulo IV: Actividades de apoyo a la gestión de control y vinculadas con el

Sistema Nacional de Control Fiscal

36

1. Actividades de apoyo a la gestión de control 36

1.1. Asesorías y asistencia técnica y jurídica 36

1.2. Actividades realizadas para el fortalecimiento de los órganos y Entes sujetos

a Control

38

2. Actividades realizadas para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Control

Fiscal y de la Participación Ciudadana.

40

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2.1. Actividades solicitadas por la Contraloría General de la República. 40

2.2. Actividades relacionadas con la participación ciudadana. 40

2.3. Denuncias recibidas, valoradas y tramitadas 49

2.4. Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana y el Sistema

Nacional de Control Fiscal.

50

3. Actividades vinculadas con la potestad investigativa, acciones fiscales y

expedientes remitidos al Ministerio Público

57

3.1. Valoración Preliminar de informes de las actuaciones de control 57

3.2. Auto motivado realizado de conformidad con lo previsto en el artículo 81 de

la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal

62

3.3. Participaciones realizadas de conformidad con lo previsto en el artículo 97 de

la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal

65

3.4. Actividades realizadas con ocasión de las potestades investigativas, acciones

fiscales o investigaciones y procedimientos sancionatorios llevados a cabo

por el Ministerio Público u otro organismo del sector público

65

Capítulo V: Potestades Investigativa, Acciones Fiscales y Expedientes Remitidos

al Ministerio Público 78

1. Potestad Investigativa 78

2. Acciones Fiscales 83

3. Expedientes remitidos al Ministerio Público 86

Capítulo VI: Gestión Interna de la Contraloría Municipal

88

1. Administración y Finanzas 88

2. Recursos Humanos 93

3. Apoyo Jurídico 94

4. Auditoría Interna 109

Capítulo VII: Otras Informaciones de Obligatorio Cumplimiento 121

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ÍNDICE DE CUADROS

Contenido Pág.

Cuadro Nº 01: Universo de Órganos y Entes sujetos a Control 9

Cuadro Nº 02: Programación de Actuaciones de Seguimiento 23

Cuadro Nº 03: Resultados de las Actuaciones de Seguimiento 24

Cuadro Nº 04: Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Órganos 29

Cuadro Nº 05: Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Entes 32

Cuadro Nº 06: Opiniones Jurídicas 37

Cuadro Nº 07: Taller de Ética, Moral y Valores de los Servidores y Servidoras Públicos 38

Cuadro Nº 08: Talleres Programa de Participación Ciudadana 41

Cuadro Nº 09: Taller ¿Cómo formular una Denuncia? 42

Cuadro Nº 10: Programa La Contraloría va a la Escuela 43

Cuadro Nº 11: Juramentación Programa La Contraloría va a la Escuela 45

Cuadro Nº 12: Programa Abuelo Contralor 47

Cuadro Nº 13: Jornadas de OAC-Móvil 48

Cuadro Nº 14: Denuncias recibidas 49

Cuadro Nº 15: Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana 51

Cuadro Nº 16: Valoración Preliminar de Informe de Control 57

Cuadro Nº 17: Autos de inicio 62

Cuadro Nº 18: Autos de archivo 64

Cuadro Nº 19: Participaciones de la Contraloría General de la República 65

Cuadro Nº 20: Relación de causas en Fiscalías 66

Cuadro Nº 21: Relación de Expedientes 78

Cuadro Nº 22: Expedientes iniciados y sustanciados 83

Cuadro Nº 23: Expedientes decididos 85

Cuadro Nº 24: Declaratoria de Responsabilidad en lo administrativo 86

Cuadro Nº 25: Distribución del Presupuesto de Gastos 88

Cuadro Nº 26: Relación de créditos adicionales 89

Cuadro Nº 27: Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos 90

Cuadro Nº 28: Dozavos 92

Cuadro Nº 29: Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso

Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

101

Cuadro Nº 30: Relación de Causas en Juzgado Superior en lo Contencioso Tributario Región

Zuliana

108

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v

ÍNDICE DE GRÀFICOS

Contenido Pág.

Gráfico Nº 1 Resultados de las actuaciones de seguimiento 26

Gráfico Nº 2 Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Órganos 31

Gráfico Nº 3 Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Entes 34

Gráfico Nº 4 Taller de Ética, Moral de los Servidores y Servidoras Públicos 39

Gráfico Nº 5 Taller de Participación Ciudadana a través del Control Social 42

Gráfico Nº 6: ¿Taller Cómo formular una Denuncia? 43

Gráfico Nº 7: Programa La Contraloría va a la Escuela 45

Gráfico Nº 8: Juramentación Programa La Contraloría va a la Escuela 46

Gráfico Nº 9: Programa Abuelo Contralor 47

Gráfico Nº 10: Relación de Causas en Fiscalía 76

Gráfico Nº 11: Status de expedientes 82

Gráfico Nº 12: Distribución del Presupuesto de Gastos 89

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ÍNDICE DE FIGURAS

Contenido Pág. Nº

Figura Nº 01: Estructura Organizativa de la Contraloría Municipal de Maracaibo

Resolución Nº DC-003-2016

8

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vii

ANEXOS

Contenido

Anexo Nº 01: Resumen Ejecutivo

Anexo Nº 02: Universo de Órganos y Entes sujetos a Control por la Contraloría Municipal

Anexo Nº 03: Manuales de Organización, Normas y Procedimientos aprobados y utilizados por la

Contraloría Municipal de Maracaibo

Anexo Nº 04: Sistema de Información Administrativo y de Apoyo de la Contraloría Municipal de Maracaibo

Anexo Nº 05: Actuaciones de Control de Obligatorio Cumplimiento practicadas por la Contraloría Municipal

de Maracaibo

Anexo Nº 06: Información sobre los procedimientos de Potestad Investigativa

Anexo Nº 07: Personas Naturales y Jurídicas declaradas responsables en lo administrativo

Anexo Nº 08: Personas Naturales y Jurídicas destinatarios de reparos

Anexo Nº 09: Expedientes remitidos al Ministerio Público por indicios de Responsabilidad Civil o Penal

Anexo Nº 10: Información sobre el Plan Operativo Anual (POA) por tipos de actuaciones y actividades

Anexo Nº 11: Distribución del Presupuesto de Gastos por partidas Año 2016 (Millones de bolívares)

Anexo Nº 12: Remuneraciones recibidas por el Contralor Interventor Municipal de Maracaibo

Anexo Nº 13: Información sobre Pasivos Laborales

Anexo Nº 14: Empleados fijos al servicio de la Contraloría Municipal

Anexo Nº 15: Ingresos y egresos (Renuncias, Destituciones, Jubilaciones y Pensiones)

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INTRODUCCIÓN

Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión

desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio económico financiero 2016 y como parte integrante

del Sistema Nacional de Control Fiscal se da cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 107 de la

Ley Orgánica del Poder Público Municipal y el artículo 13, numeral 12 de la Ordenanza de la

Contraloría Municipal de Maracaibo.

En tal sentido, se diseñaron e implementaron políticas, planes, normas, procedimientos,

instructivos y demás instrumentos necesarios para vigilar el uso que los órganos y entes sujetos a

control, dan a los recursos que le son asignados; verificando de igual manera la exactitud, veracidad y

confiabilidad de su información técnica, financiera y administrativa; promoviendo la eficacia,

eficiencia, economía y calidad de sus operaciones, estableciendo así la responsabilidad por la comisión

de irregularidades relacionadas con la gestión de tales entidades.

Todo ello, en aras del logro de la misión, y metas planteadas, así como las actuaciones de este

Órgano, enmarcadas dentro de los objetivos y estrategias contemplados en su Plan Estratégico 2016 -

2020, procurando que cada uno de los pasos dados encaminen hacia el cumplimiento de las funciones y

responsabilidades asignadas.

Por consiguiente, el presente informe de gestión, presenta los resultados de las principales

actuaciones fiscales, realizadas durante el ejercicio económico financiero 2016, es decir, un balance

cuantitativo y cualitativo de la labor de control en sus diferentes modalidades; además deja ver de

manera clara y sucinta los logros más relevantes de los procesos de apoyo del órgano contralor, los

cuales revisten igualmente gran importancia pues sin ellos no sería posible el desarrollo de los procesos

medulares, reflejando las observaciones más resaltantes derivadas de los exámenes y análisis realizados

conjuntamente con las recomendaciones a las máximas autoridades de los entes auditados para la

mejora de la gestión Pública Municipal.

Al respecto, las actuaciones practicadas estuvieron orientadas en la verificación del

cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con: la administración

financiera; los procesos de contratación y ejecución de obras públicas; logro de las metas formuladas

en planes y programas; procesos de adquisición de bienes y contratación de servicios; seguimiento y

control del cumplimiento del compromiso de responsabilidad social; administración de recursos

humanos; control de las finanzas públicas; examen de la cuenta de ingresos, gastos y bienes, entre

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otras, cuyos resultados se presentan de conformidad con el Instructivo para la Elaboración del

Informe Anual de Gestión de Contralorías Municipales, emitido por la Contraloría General de la

República, estructurado en siete (7) capítulos y sus anexos:

Capítulo I: Información General de la Contraloría Municipal.

Capítulo II: Resultados de la Gestión de Control.

Capítulo III: Actuaciones de Control.

Capítulo IV: Actividades de Apoyo a la Gestión de Control y Vinculadas con el Sistema Nacional

de Control Fiscal.

Capítulo V: Potestades Investigativas, Acciones Fiscales y Expedientes Remitidos al Ministerio

Público.

Capítulo VI: Gestión Interna de la Contraloría Municipal.

Capítulo VII: Otras Informaciones de Obligatorio Cumplimiento.

Anexos

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CAPÍTULO I

INFORMACIÓN GENERAL

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

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CAPÍTULO I

INFORMACIÓN GENERAL DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Este capítulo, muestra de forma general la información relacionada con la fecha e

instrumento legal de creación de la Contraloría Municipal de Maracaibo, su distribución estructural y

funcional, información acerca de la máxima autoridad, los lineamientos que conforman el Plan

Estratégico, el universo de órganos y entes sujetos a control, información sobre el sistema de control

interno que comprende la información sobre los manuales de organización, normas y procedimientos,

aprobados y utilizados, así como sobre los sistemas de información, administrativos y de apoyo.

1. Fecha e instrumento legal de creación de la Contraloría Municipal de Maracaibo.

La Contraloría Municipal de Maracaibo, fue creada por el Concejo Municipal del Distrito

Maracaibo, en Sesión de Cámara celebrada el 16 de Abril de 1971, según Ordenanza sobre Contraloría

Municipal, publicada en Gaceta Municipal del Distrito Maracaibo, extraordinaria Nº 71 de fecha 03 de

mayo de 1971, tiene como finalidad la fiscalización, vigilancia, control de los ingresos, egresos y

bienes de la administración municipal, a tales fines gozará de autonomía orgánica, funcional y

administrativa.

2. Identificación del funcionario que ejerce el cargo de Contralor e instrumento legal

en el cual consta su nombramiento.

En la actualidad, ejerce el cargo de Contralor Municipal de Maracaibo el ciudadano Ramón

Enrique Fuenmayor González, en calidad de interventor, designado según Resolución Nro. 01-00-

000482 de fecha 23 de septiembre de 2015, emanada de la Contraloría General de la República,

publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.754 de fecha 25 de

septiembre de 2015.

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6

3. Información relacionada con el Plan Estratégico de la Contraloría Municipal de

Maracaibo.

Para garantizar el cumplimiento de los principios, deberes y derechos, reconocidos y

consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica de

Planificación Pública y Popular, la Contraloría Municipal de Maracaibo, dispone de una Planificación

Estratégica, establecida para el período 2016-2020, según Resolución DC-006-2016 de fecha 11 de

Julio 2016, que contempla los objetivos y metas institucionales en función de los lineamientos

plasmados en los planes municipales, abarcando cinco áreas de competencias: jurídica, administrativa,

de control, de participación ciudadana e imagen corporativa.

Por otra parte, la Contraloría del Municipio Maracaibo, tiene como misión ser el órgano del

Poder Público Municipal encargado de ejercer el control de los ingresos, gastos y bienes del municipio,

apoyado en las normas aplicables y principios del Sistema Nacional de Control Fiscal, con el propósito

de vigilar y promover de manera efectiva la transparencia en el manejo del patrimonio público; con

miras al beneficio de las comunidades del Municipio Maracaibo.

Asimismo, su visión persigue ser un órgano de vanguardia del Poder Público Municipal,

caracterizado por su moral, ética y profesionalismo constituido por un equipo multidisciplinario que

coadyuve efectivamente a preservar el patrimonio municipal con la vinculación y participación de la

ciudadanía, a través de un calificado talento humano y una alta tecnología.

En éste mismo orden de ideas, en el Plan Estratégico 2016-2020, se establece como Objetivo

Estratégico Institucional: “Reafirmar el liderazgo en el control municipal ante el proceso de

transformación institucional del país y los retos históricos, consolidando la formación y participación

de los ciudadanos para hacer más efectiva su contribución al control y vigilancia de la gestión fiscal.”.

Y como Objetivo General: “Ejercer el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y

bienes municipales de los órganos y entes del poder público municipal, mediante auditorías,

inspecciones y cualquier tipo de revisión fiscal con la participación ciudadana en la gestión de control”.

Por otra parte, con el fin de fortalecer la planificación estratégica, se diseñaron cinco

objetivos específicos, los cuales están relacionados, con las áreas de competencia que conforman la

gestión de control y vinculación de la ciudadanía, tales como:

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Consolidar la auditoría de estado e incrementar el control del patrimonio

público municipal.

Fortalecer la gestión del recurso humano de la contraloría municipal.

Promover la participación ciudadana en el ejercicio del control fiscal.

Optimizar el sistema de control interno

4. Organigrama Estructural de la Contraloría Municipal de Maracaibo.

Dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución N° 01-00-000245 emanada de la

Contraloría General de la República, mediante la cual se dictan los Lineamientos para la

Organización y Funcionamiento de las Contralorías Municipales, publicada en Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela N° 40.920 de fecha 07/06/2016, éste Órgano de Control

Fiscal Municipal, mediante Resolución N° DC-003-2016 de fecha 11/07/2016, publicada en Gaceta

Municipal N° 177 de fecha 14/07/2016, aprueba la actualización de la estructura organizativa de la

Contraloría Municipal de Maracaibo, a fin de estructurar y reorganizar administrativamente las

unidades organizativas que conforman la Contraloría Municipal.

En éste sentido, la estructura organizativa de la Contraloría Municipal de Maracaibo expresa

claramente la distribución vertical de los diferentes niveles que la integran, estableciendo las líneas de

mando y las relaciones de dependencia entre las unidades que la conforman, concentrando los

esfuerzos del talento humano, bajo las directrices de la máxima autoridad, hacia una misma dirección

estratégica, en pro del cumplimiento de la misión declarada, con objetivos institucionales basados en

las competencias y atribuciones conferidas en el marco legal que rige al Órgano Contralor, siendo las

siguientes: Despacho Contralor, Unidad de Auditoría Interna, Oficina de Atención Ciudadana,

Consultoría Jurídica, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Administración, Dirección de

Control Posterior y Dirección de Determinación de Responsabilidades. (Ver figura Nº 1).

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Figura Nº 01: Estructura Organizativa de la Contraloría Municipal de Maracaibo

Resolución N° DC-003-2016 de fecha 11/07/2016

Dirección de Control

Posterior

Dirección de Determinación

de Responsabilidades

Dirección de Administración

Oficina de Atención

Ciudadana

Unidad de Auditoría Interna

Dirección de Recursos

Humanos

Consultoría Jurídica

Despacho Contralor

Fuente: Contraloría Municipal de Maracaibo (2016)

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5. Universo de órganos y entes sujetos a su control.

Le corresponde a la Contraloría Municipal de Maracaibo, efectuar el control, la vigilancia y

la fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos del Municipio, así como de las operaciones

relativas a los mismos, cuyas actuaciones están orientadas a la realización de auditorías, inspecciones,

investigaciones y cualquier tipo de revisiones fiscales en los órganos y entes sujetos a su control, de

conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal, las cuales estarán dirigidas a erradicar la corrupción e impunidad,

coadyuvando en la calidad de vida de los ciudadanos, lo cual involucra la responsabilidad de vigilar,

evaluar, orientar y auditar la gestión, para promover la eficacia, eficiencia y la calidad en la

administración del patrimonio público municipal.

En tal sentido, para el ejercicio económico financiero 2016, el ámbito de Control comprende

un total de veintidós (22) órganos, dieciocho (18) entes y una (1) Asociación Civil, que conforman la

administración pública municipal (Ver Anexo Nº 02). Adicionalmente, le corresponde la acción

fiscalizadora sobre las actividades desarrolladas por quinientos quince (515) Consejos Comunales

conformados en el Municipio Maracaibo, que ejecutan proyectos comunitarios aprobados y financiados

por la Alcaldía de Maracaibo del Estado Zulia.

Cuadro Nº 1. Universo de Órganos y Entes sujetos a control

Entes y Órganos

Alcaldía Corporación Alcaldía de Maracaibo

Concejo Municipal Concejo Municipal de Maracaibo

Sindicatura Municipal Sindicatura Municipal

Órganos

Desconcentrados

Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT)

Servicio Autónomo Centro de Procesamiento Urbano de Maracaibo (CPU)

Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

Servicio Autónomo Vereda del Lago (SAVEL)

Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS)

Servicio Integrado de Atención al Ciudadano Emprendedor (SIACE)

Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de Maracaibo (SAPLAZ)

Institutos Instituto Municipal de la Vivienda de Maracaibo (IVIMA)

Instituto Público Policía Municipal de Maracaibo (POLIMARACAIBO)

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

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Cuadro Nº 1. Cont. Universo de Órganos y Entes sujetos a control

Entes y Órganos

Institutos

Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo

Instituto Municipal de Capacitación y Educación Ciudadana (IMCEC)

Instituto Municipal del Deporte y la Recreación del Municipio Autónomo Maracaibo

(IMDEPREC)

Instituto Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo (IMAU)

Instituto Municipal del Ambiente del Municipio Maracaibo (IMA)

Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito

Maracaibo (IMTCUMA)

Instituto Municipal de la Gaita “Ricardo Aguirre” (IMGRA)

Fundaciones

Fundación para el Sistema Autosustentable de Desarrollo Microfinanciero y

Ciudadano de Maracaibo (SAMI)

Fundación Tranvía de Maracaibo

Fundación Fondo Municipal de Financiamiento de Proyectos y Desarrollo Turístico

(FOMUTUR)

Fundación Niños del Sol (FUNDANIS)

Fundación Salud del Municipio Maracaibo (FUNDASALUD)

Fundación para el Servicio de Asistencia Integral a las Comunidades (FUNSAICO)

Fundación Red de Bibliotecas Dr. Jesús Enrique Lossada del Municipio Maracaibo

(FUNDABIBLIOTECA)

Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo del

Estado Zulia (FUNDEPO-MARACAIBO)

Fundación para el Servicio Integrado de Atención al Ciudadano Empresario (SIACE)

Asociaciones Civiles Asociación de Damas de la Municipalidad (ASODAMAS)

Dependencias

pertenecientes a la

Alcaldía -

Administración

Central

Comité Organizador de la Feria Internacional de la Chiquinquirá.

Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo (COMUDENNAM)

Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF )

Oficina de Recursos Humanos

Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional

Oficina de Control de Obras y Programas del Municipio Maracaibo

Dirección de Ingeniería Municipal (DIM)

Dirección de Registro Civil Municipal

Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales

Dirección de Desarrollo Económico

Dirección de Desarrollo y Servicios Sociales

Dirección de Turismo

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

5. Información sobre el Sistema de Control Interno de la Contraloría Municipal de

Maracaibo.

En relación al sistema de control interno, la Contraloría Municipal de Maracaibo, cuenta con

una variedad de manuales a saber: Manual de Organización de la Contraloría Municipal de Maracaibo

aprobado mediante Resolución DC-007-2016 de fecha 11 de julio 2016, Manual de Normas y

Procedimientos de la Contraloría Municipal de Maracaibo aprobado mediante Resolución DC-012-

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2016 de fecha 14 de noviembre 2016, Manual de Normas y Procedimientos en Materia de Potestad

Investigativa aprobado mediante Resolución DC-011-2016 de fecha 14 de noviembre 2016, Manual de

Normas y Procedimientos de Actuaciones de Control Fiscal aprobado mediante Resolución

DC-013-2016 de fecha 14 de noviembre 2016 y Manual de Normas y Procedimientos en Materia de

Determinación de Responsabilidad Administrativa y la Formulación de Reparos aprobado mediante

Resolución DC-010-2016 de fecha 14 de noviembre 2016.

Igualmente, la Contraloría Municipal de Maracaibo, cuenta con una serie de sistemas de

información, administrativo y de apoyo a saber: Sistema de cámaras de vigilancia, Sistema Bienes,

Sistema de Presupuesto, Sistema de Nómina, Sistema de Control Chequeo Biométrico del personal de

la Contraloría Municipal de Maracaibo, Software Biométrico, Sistema de Control de Correspondencia

y Sistema de Requerimientos.

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CAPÍTULO II

RESULTADOS DE LA GESTIÓN DE CONTROL

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14

CAPÍTULO II

RESULTADOS DE LA GESTIÓN DE CONTROL

En este capítulo se presenta un diagnóstico general del Municipio Maracaibo, elaborado a

partir de los resultados consolidados de la gestión de control de la Contraloría Municipal de Maracaibo

en los órganos y entes de la Administración Pública Municipal durante el ejercicio fiscal 2016.

1. Diagnóstico de la Administración Municipal.

En atención al Plan Operativo Anual 2016 de la Contraloría Municipal, del diagnóstico

general del Municipio Maracaibo se efectuó a partir de los resultados consolidados de la gestión de

control que practicó la Contraloría Municipal de Maracaibo, en los órganos y entes sujetos a control,

las cuales estuvieron dirigidas a evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de las operaciones

administrativas, presupuestarias y financieras relacionadas con la captación de recursos y su ejecución,

así como los aspectos legales en materia de administración del recurso humano, la verificación del

cumplimiento de objetivos y metas propuestas en los instrumentos diseñados para tal propósito, en

términos de eficiencia, eficacia y economía de la gestión.

Asimismo, constatar la legalidad y sinceridad de los procesos de selección de contratistas y

administración de los contratos para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de

obras; aunado a verificar la legalidad, sinceridad y exactitud de los procesos ejecutados para el registro,

control, uso, mantenimiento, resguardo y estado de conservación de los bienes muebles, además, el

cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la contabilidad gubernamental y

presupuestaria del gasto público, de conformidad con los instructivos emitidos por la Contraloría

General de la República y la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE).

2. Fallas y Deficiencias

Con motivo de las actuaciones de control planificadas y ejecutadas para el ejercicio

económico financiero 2016, cumpliendo las funciones que tiene conferida la Contraloría

Municipal de Maracaibo, se evidenció debilidades relevantes y concurrentes, en lo

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concerniente a procesos administrativos, presupuestarios, contables y financieros, relacionados

con los recursos administrados por los órganos y entes del Municipio Maracaibo, que afectan

negativamente la gestión, las cuales se describen a continuación:

Omisión del registro de la Ejecución Financiera del Presupuesto de Recursos,

conforme a sus etapas Devengado, Liquidado y Recaudado.

Imputaciones presupuestarias que no se corresponden con la naturaleza del gasto de acuerdo

con lo previsto en el Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos, emitido por la Oficina

Nacional de Presupuesto (ONAPRE).

Ausencia de un Manual de Contabilidad que contenga el catálogo de cuentas contables

y las instrucciones para su utilización en el registro de las operaciones financieras.

Ausencia del Manual de Procedimientos del Sistema de Modificaciones

Presupuestarias y Reprogramaciones de la Ejecución Financiera del Presupuesto de

Ingresos y Gastos, en algunos entes descentralizados.

Incremento a través de créditos adicionales de la partida presupuestaria denominada

“Dietas de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público y de Elección

Popular”, destinados a cubrir insuficiencia presupuestaria producto del aumento de

sueldo a los Concejales y Concejalas y los Suplentes.

Creación de la partida específica “Sueldo Básico del Personal de Alto Nivel y de

Dirección”, sin la debida aprobación por parte de la Alcaldesa del Municipio

Maracaibo, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto del

ejercicio fiscal 2015.

No se efectuó el registro contable con cargo provisional en la Cuenta de la Hacienda

240- “Otros Activos” del Balance General, correspondiente a los bienes muebles

denunciados ante los organismos de seguridad competentes, por encontrarse dichos

bienes en proceso de investigación.

Asimismo, en cuanto a los procesos de selección de contratistas y administración de los

contratos para la adquisición de bienes, ejecución de obras o prestación de servicios, se determinaron

debilidades relacionadas con:

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16

Ausencia de la remisión de la programación de servicios y adquisición de bienes a

contratar al Servicio Nacional de Contrataciones.

Se efectuaron contrataciones para la adquisición de bienes o prestación de servicios,

sin aplicar ninguna modalidad para la selección del contratista, debiendo por la cuantía

del gasto ser aplicada la modalidad de Consulta de Precios.

Se adjudicaron contratos para la adquisición de bienes y prestación de servicios aun

cuando los proveedores no se encontraban inscritos en el Registro Nacional de

Contratistas o se encontraban inhabilitados para el momento de la contratación.

Ausencia de la conformación de un expediente único por cada proceso de contratación

realizado, que contenga los documentos vinculados a los procesos de selección de

contratista, administración del contrato y pago de los bienes o servicios adquiridos.

La Unidad Contratante, no elaboró el presupuesto base correspondientes a los procesos

de contratación efectuados bajo la modalidad de consultas de precios.

En algunos procesos de selección de contratistas realizados bajo la modalidad de

consulta de precios, se constató que la Unidad Contratante no efectuó el Informe de

Recomendación de la Adjudicación.

En revisión efectuada a los procesos de contrataciones, se constató que las invitaciones

no poseen firma y sello de la empresa, como la constancia de recepción por parte del

participante.

Se constató que la Notificación de Adjudicación, no se encuentra firmada y sellada en

señal de recepción por la empresa adjudicada.

De igual manera, se detectaron deficiencias en los instrumentos de control de gestión

implementados por los órganos y entes de la administración pública del municipio Maracaibo, por

cuanto:

Ausencia de Manuales de Normas y Procedimientos que regulen los procesos que se

ejecutan en las áreas de contabilidad, recursos humanos y bienes públicos.

Ausencia de Reglamento Interno, que regule la estructura, organización y

funcionamiento de los órganos y entes que conforman la administración pública del

municipio.

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17

No fueron publicados en Gaceta Municipal, los actos administrativos, mediante los

cuales se aprueban los instrumentos normativos internos de los órganos y entes

públicos de municipio Maracaibo.

Se constataron metas físicas que fueron superadas, sin evidenciarse los ajustes

correspondientes en el Plan Operativo Anual.

Se constataron metas físicas que no fueron alcanzadas, sin evidenciarse los ajustes

correspondientes en el Plan Operativo Anual.

En éste mismo orden de ideas, de la evaluación practicada a los bienes muebles, se detectaron

debilidades en relación a:

Ausencia de registro de los movimientos de bienes muebles y el resumen de la cuenta

de bienes muebles en el respectivo formulario BM-2.

Se observaron bienes muebles que presentan estado avanzado de obsolescencia y

deterioro, los cuales se encuentran en desuso; sin embargo, permanecen reflejados en

los Inventarios de Bienes Muebles Permanente.

Se efectuó el registro de bienes en el Inventario de Bienes Muebles al valor de

adquisición sin incluir el monto correspondiente a la porción del Impuesto Valor

Agregado (IVA).

Se efectuó la desincorporación de bienes muebles por el concepto 67

“Desincorporación por otros Conceptos”, los cuales poseen constancias de denuncias

ante los Organismos de Seguridad competente, debiendo los mismos ser

desincorporados por el concepto 60 “Faltantes por Investigar”.

De la revisión efectuada al Inventario de Bienes Muebles (Formulario BM-1) se

constató, el registro como bienes muebles de las licencias de programas y paquetes de

computación, las cuales por su naturaleza son consideradas Activos Intangibles.

Ausencia del registro en el formulario BM-3 “Relación de Bienes Muebles Faltantes”

de los bienes muebles denunciados ante los organismos de seguridad competentes.

En materia de administración del recurso humano, se detectaron debilidades vinculadas a:

El beneficio de Guardería Infantil o Servicios de Educación Inicial, se otorgó por un

monto inferior al 40% del salario mínimo.

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18

Existen empleados que tienen pendiente el disfrute del período vacacional.

No fue enterado o se enteró de manera extemporánea el Aporte Patronal por concepto

de seguro social obligatorio y régimen prestacional de empleo al Instituto Venezolano

de los Seguros Sociales.

Ausencia de aplicación de las evaluaciones de desempeño individual, dirigidas al

personal adscrito a los entes descentralizados del poder público municipal.

Se observaron expedientes de personal fijo y contratado, que no contienen el

comprobante de haber presentado la Declaración Jurada de Patrimonio.

3. Recomendaciones

Con el firme propósito de erradicar las causas que originaron las deficiencias evidenciadas y

a los efectos de contribuir en el mejoramiento de los procesos administrativos de las áreas objeto de

evaluación en los Órganos y Entes sujetos al control de la Contraloría Municipal de Maracaibo, se

formularon las siguientes recomendaciones:

Efectuar el registro de la Ejecución Financiera del presupuesto de gastos, en el cual se

reflejen sus etapas devengado, liquidado y recaudado, a los fines de disponer

oportunamente de la información exacta, veraz y oportuna del momento en que nace el

derecho a percibir una prestación pecuniaria, la determinación de la cuantía y la

transferencia de recursos.

Efectuar las imputaciones presupuestarias de los gastos con cargo a partidas que

correspondan con su naturaleza, en virtud de lo establecido en el Clasificador

Presupuestario de Recursos y Egresos; con el propósito que la información reflejada en

la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos, sea confiable y sincera, y de ésta

manera privilegiar los principios de transparencia, eficiencia y eficacia que deben

prevalecer en las operaciones administrativas.

Elaborar, aprobar e implantar el Manual de Contabilidad contentivo del catálogo de

cuentas contables y las instrucciones para su utilización en el registro de las

operaciones financieras, con la finalidad que se ejecuten con criterios técnicos

actualizados y que permita gestionar la información institucional, a través de un

sistema de información eficaz que facilite el proceso de toma de decisión.

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19

Elaborar, aprobar e implementar el Manual de Normas y Procedimientos del Sistema

de Modificaciones Presupuestarias y Reprogramaciones de la ejecución del

presupuesto de Recursos y Egresos, que contenga los procedimientos básicos que

orienten el registro de las transacciones por modificaciones presupuestarias y los

niveles de aprobación.

Ajustar las remuneraciones mensuales de los Concejales o Concejalas o sus Suplentes

a la disponibilidad de los créditos presupuestarios aprobados a la partida 4.01.01.37.00

“Dietas de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público y de Elección

Popular”, en aras de ejecutar una gestión administrativa apegada a los principios de

legalidad, eficiencia y transparencia que deben prevalecer en la administración pública.

Someter a aprobación del Alcalde o Alcaldesa la creación de partidas subespecíficas en

el presupuesto de egresos, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto

del ejercicio fiscal correspondiente, con la finalidad de cumplir con el principio de

legalidad de los procesos presupuestarios.

Efectuar los registros contables con cargo provisional a la cuenta 240 “Otros Activos”

del Balance General de los bienes muebles faltantes sujetos a investigación, con el

propósito que los saldos reflejados en el Estado Financiero, sean ciertos y actualizados,

a los fines de mostrar la situación real del patrimonio del órgano.

Remitir al Servicio Nacional de Contrataciones la programación de la adquisición de

bienes y prestación de servicios a contratar, con la finalidad que el órgano rector en

materia de Contrataciones Públicas, disponga oportunamente de información sobre las

contrataciones a efectuar, a los efectos de sistematizarla, y suministrarla al público en

general.

Aplicar la modalidad de selección de contratista que corresponda según la cuantía de

los bienes o servicios a adquirir, con el propósito de garantizar los precios más justos y

razonables a los intereses del órgano o ente, en atención a los principios de economía,

eficiencia, eficacia, libre competencia y transparencia que deben prevalecer en las

contrataciones públicas.

Verificar la inscripción ante el Registro Nacional de Contratistas de las empresas

participantes en los procesos de contrataciones, con la finalidad de constatar que

dispongan de capacidad técnica, legal y financiera para contratar con la Administración

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20

Pública, garantizando la legalidad y transparencia que debe prevalecer en los procesos

de contrataciones públicas.

Conformar un expediente por cada contratación realizada, contentivo de toda la

documentación generada durante la ejecución de las actividades previas, el proceso de

selección, la administración del contrato y el pago, archivada en orden cronológico y

que las transacciones vinculadas a los procesos de contrataciones estén debidamente

respaldadas y sustentadas por la documentación correspondiente.

Preparar el presupuesto base en todas las contrataciones a ejecutar, con la finalidad de

contar con una estimación de precios unitarios por rubro, que permita verificar que los

precios ofertados sean justos y razonables, en aras del uso eficiente de los recursos

presupuestarios y financieros.

Elaborar el Informe de Recomendación de la Adjudicación de los procesos de

selección de contratistas efectuados, considerando los aspectos legales, financieros y

técnicos de las empresas participantes, a los fines de garantizar la selección de la

empresa con mejor calificación y que la oferta sea la más favorable.

Velar por que las invitaciones sean firmadas y selladas por las empresas llamadas a

participar, en señal de recepción, con el propósito de garantizar la exactitud y

veracidad de la información presentada, privilegiando los principios de legalidad,

transparencia y eficiencia de los procesos de selección de contratistas efectuados.

Velar por que las notificaciones de adjudicación sean firmadas y selladas por la

empresa que resulte con la primera opción, en señal de recepción, con la finalidad de

garantizar los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad que debe

prevalecer en la gestión pública.

Elaborar, aprobar e implementar los Manuales de Normas y Procedimientos que

regulen los procesos que se ejecutan en las áreas de contabilidad, recursos humanos y

bienes públicos, así mismo, publicar en Gaceta Municipal el acto administrativo

mediante el cual se apruebe dicho instrumento, con la finalidad que las funciones de

las diferentes dependencias que la conforman, así como las atribuciones y niveles de

autoridad se encuentren formalmente establecidas en el referido instrumento

normativo.

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21

Elaborar, aprobar e implementar el Reglamento Interno, que regule la estructura,

organización y funcionamiento, así mismo, publicar en Gaceta Municipal el acto

administrativo mediante el cual se apruebe dicho instrumento, con la finalidad que las

funciones de las diferentes dependencias que la conforman, así como las atribuciones y

niveles de autoridad se encuentren formalmente establecidas en el referido instrumento

normativo.

Publicar el acto administrativo de la aprobación de los instrumentos normativos, con la

finalidad de disponer de un instrumento normativo que contenga las instrucciones,

pasos y condiciones para realizar las modificaciones presupuestarias, así como los

niveles de autorización de cada operación.

Efectuar oportunamente el seguimiento, evaluación y control del Plan Operativo

Anual, que permita detectar oportunamente las desviaciones en el cumplimiento de las

metas y la aplicación de los correctivos necesarios, con la finalidad de garantizar la

consecución de los objetivos y metas propuestas, en aras de maximizar la gestión del

órgano.

Establecer mecanismos para el control y seguimiento a los objetivos y actividades

programadas en el Plan Operativo Anual, con el fin de evaluar el comportamiento de

las metas previstas y realizar los ajustes necesarios, lo cual contribuye a medir la

gestión en termino de eficacia.

Implementar efectivos controles internos orientados a efectuar el seguimiento,

supervisión, monitoreo, control y registro de los procedimientos de desincorporación e

incorporación de los bienes muebles en las unidades de trabajo, con el fin de presentar

sinceridad y exactitud en los saldos reflejados en la cuenta 214 “Bienes Muebles” del

Balance General de la Hacienda Pública Municipal.

Aplicar el procedimiento correspondiente a desincorporar los bienes que se encuentran

en estado de deterioro y obsolescencia, de conformidad con lo establecido en la

normativa que regula la administración de los bienes, con la finalidad que la

información reflejada en el inventario de bienes muebles sea confiable y exacta, a los

fines administrativos y de control.

Registrar el valor de los bienes en el Inventario de Bienes Muebles, considerando la

porción correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), con el propósito que

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22

las cifras reflejadas en los formularios empleados para el registro y control de los

bienes sean sinceras y exactas, a los fines de privilegiar la rendición de cuentas.

Registrar por el concepto 60 “Faltantes por Investigar” en el Formulario BM-2

“Relación del Movimiento de Bienes Muebles”, los bienes muebles que han sido

objeto de pérdida o sustracción, con la finalidad que las cifras presentadas en el

Inventario y en el Balance General sean exactas, sinceras y veraces, permitiéndole

conocer la situación real de su patrimonio.

Excluir del Inventario de Bienes Muebles (Formulario BM-1), las licencias de

programas y paquetes de computación considerados como bienes intangibles, con el

propósito que el Inventario presente cifras exactas y sinceras, exista consistencia en la

información reflejada en la cuenta 214-“Bienes Muebles” y que el Balance General

refleje la verdadera situación patrimonial del órgano.

Elaborar el Formulario BM-3, aplicando los procedimientos establecidos en la

Publicación N° 21, para el registro de bienes faltantes producto de pérdidas o

sustracciones, con la finalidad que los procesos relacionados con el registro y

administración de los bienes se realicen apegados a los principios de legalidad,

sinceridad y confiabilidad; de igual forma, que los saldos reflejados en la cuenta 214

“Bienes Muebles” del Balance General presente cifras ciertas y actualizadas que

resulten útiles para la toma de decisiones.

Emprender las acciones, tendentes a obtener los recursos necesarios para cubrir las

obligaciones laborales, correspondientes al pago de la matricula anual y mensualidades

por concepto de Guardería Infantil o Servicios de Educación Inicial a favor del

personal, cuyo hijos estén entre las edades comprendidas de cero (0) a cinco (5) años,

por un monto equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo vigente a la

fecha; a fin, de que los empleados dispongan de los recursos suficientes, derivados del

beneficio correspondiente, dirigido a satisfacer el cuidado integral de sus hijos e hijas.

Ejecutar la programación del disfrute del período vacacional del personal con la

finalidad, de otorgar el debido descanso a los trabajadores y trabajadoras y de esta

manera mejorar su productividad y desempeño de sus funciones; así como evitar que al

momento de hacer efectivo el disfrute de sus vacaciones, se les tenga que pagar

nuevamente el bono vacacional, en aras de preservar el Patrimonio Público.

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23

Tramitar la obtención de recursos presupuestarios que les permita cubrir los gastos

correspondientes al Aporte Patronal por concepto de Seguro Social Obligatorio y

Régimen Prestacional de Empleo y enterarlos oportunamente al Instituto Venezolano

de los Seguros Sociales, con la finalidad, de evitar el pago de intereses moratorios y la

imposición de las sanciones pecuniarias previstas en las leyes que regulan el Sistema

de Seguridad Social en Venezuela.

Practicar dos (2) evaluaciones de desempeño al personal, sobre la base de los registros

continuos de actuación que lleve cada supervisor inmediato; con el propósito de

obtener información relacionada con el cumplimiento de las funciones asignadas, al

logro de resultados y la conducta profesional que permita programar los planes de

capacitación y desarrollo, incentivos y licencias otorgadas a los empleados.

Velar que los expedientes del personal fijo y contratado, contenga el comprobante de la

Declaración Jurada de Patrimonio actualizada, con el propósito de garantizar que el

personal haya cumplido con los deberes formales exigidos por la Contraloría General

de la República.

4. Impacto de la Gestión de Control.

En el año 2016, para establecer el impacto de la gestión de control, se tomó como base

lo contemplado en el Capítulo V de la Resolución Nº 01-00-000090, Normas Generales de

Auditoría de Estado, en relación al establecimiento del seguimiento como una de las fases de

las actuaciones de control, así mismo, los artículos 42, 43 y 44, señalan que el Órgano de

Control solicitará a los órganos y entes auditados, un plan de acciones correctivas con base a

las recomendaciones formuladas en el informe definitivo, el cual se debe presentar para su

evaluación y análisis, con el propósito de constatar su cumplimiento y subsanar las causas que

dieron origen a los hallazgos detectados.

En este sentido, durante el ejercicio económico financiero 2016, la Contraloría

Municipal reprogramó la ejecución de treinta (30) actuaciones de seguimiento, dirigidas a

verificar el estado de implementación de los planes de acciones correctivas, elaborados por las

máximas autoridades de los órganos y entes de la administración pública municipal, en

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24

atención a las recomendaciones formuladas por la Contraloría Municipal de Maracaibo en los

Informes Definitivos de las actuaciones fiscales practicadas.

Cuadro No. 2 Programación de las Actuaciones de Seguimiento

Unidad Orgánica Cantidad de Actuación de Seguimiento

Departamento de Control de la Administración Central del Poder

Público Municipal

20

Departamento de Control de la Administración Descentralizada del

Poder Público Municipal

10

TOTAL 30

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Ahora bien, el efecto que se produjo en la gestión, fue medido a través de los

correctivos implementados por los órganos y entes de la administración pública municipal. Al

respecto, durante el ejercicio fiscal 2016, el Departamento de Control de la Administración

Central del Poder Público Municipal y el Departamento de Control de la Administración

Descentralizada del Poder Público Municipal, adscritos a la Dirección de Control Posterior de

la Contraloría Municipal de Maracaibo, practicaron treinta (30) actuaciones de seguimiento,

mediante las cuales se verificaron un total de doscientas diecisiete (217) acciones correctivas,

teniendo como resultados que los órganos y entes de la Administración Pública Municipal han

ejecutado formalmente ciento sesenta (160) recomendaciones, diecinueve (19) se encuentran

parcialmente ejecutadas y treinta y ocho (38) de ellas no han sido ejecutadas, lo que refleja que

la Contraloría del Municipio Maracaibo ha producido un impacto positivo en la gestión de la

administración activa.

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25

Cuadro No. 3 Resultados de las Actuaciones de Seguimiento

N° de

Informe de

Seguimiento

N° del Informe

Definitivo

objeto de

seguimiento

Órgano o Ente

auditado

Total de

Acciones

Correctivas

Verificadas

Ejecutadas Parcialmente

Ejecutadas

No

Ejecutadas

DCAC-001-

2016

DCAC-028-

2014

Servicio Autónomo para

el Suministro de Gas e

Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS)

13 13 - -

DCAC-002-

2016

DCAC-038-

2014

Oficina Municipal de

Planificación Urbana

(OMPU)

11 11 - -

DCAC-003-

2016

DCAC-026-

2014

Concejo Municipal de

Maracaibo 25 21 -

04

DCAC-004-

2016

DCAC-021-

2015

Servicio Autónomo

Sistema Municipal de

Salud del Municipio

Maracaibo (SAMAS)

15 01 01

13

DCAC-005-

2016

DCAC-033-

2015

Servicio Desconcentrado

Municipal de

Administración

Tributaria (SEDEMAT)

04 04 - -

DCAC-006-

2016

DCAC-021-

2015

Consejo Municipal de

Derechos de Niños,

Niñas y Adolescentes

del Municipio

Maracaibo

(COMUDENNAM)

07 07 - -

DCAC-007-

2016

DCAC-010-

2015

Servicio Autónomo

Vereda del Lago

(SAVEL)

06 04 -

02

DCAC-008-

2016

DCAC- 028-

2015

Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía

de Maracaibo

01 01 - -

DCAC-009-

2016

DCAC- 027-

2015

Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía

de Maracaibo

17 12 01 04

DCAC-012-

2016

DCAC- 046-

2014

Dirección de Servicios y

Mercados Públicos

Municipales de la

Alcaldía de Maracaibo

(DSMPM)

03 03 - -

DCAC-013-

2016

DCAC- 022-

2015

Dirección de Ingeniería

Municipal 03 03 - -

DCAC-014-

2016

DCAC- 011-

2015

Dirección de Ingeniería

Municipal 09 09 - -

DCAC-015-

2016

DCAC- 045-

2014

Unidad de Auditoría

Interna del Servicio

Autónomo para el

Suministro de Gas e

Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS)

03 - 02

01

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 31: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

26

Cuadro No. 3 Cont. Resultados de las Actuaciones de Seguimiento

N° de

Informe de

Seguimiento

N° del Informe

Definitivo

objeto de

seguimiento

Órgano o Ente

auditado

Total de

Acciones

Correctivas

Verificadas

Ejecutadas Parcialmente

Ejecutadas

No

Ejecutadas

DCAC-017-

2016

DCAC- 036-

2015

Consejo de Protección

de Niños, Niñas y

Adolescentes del

Municipio Maracaibo

(COMUDENNAM)

05 03 02 -

DCAC-024-

2016

DCAC-023-

2015

Unidad de Auditoría

Interna de la Alcaldía de

Maracaibo

08 07 01 -

DCAC-025-

2016

DCAC-019-

2015

Servicio Desconcentrado

Municipal de

Administración

Tributaria (SEDEMAT)

05 04 01 -

DCAC-027-

2016

DCAC-034-

2015

Consejo Municipal de

Derechos de Niños.

Niñas y Adolescentes

del Municipio

Maracaibo

(COMUDENAM)

07 06 01 -

DCAC-028-

2016

DCAC-042-

2014

Concejo Municipal de

Maracaibo 03 03 - -

DCAC-029-

2016

DCAC-041-

2015

Dirección de Registros

Civil del Municipio

Maracaibo

03 01 02 -

DCAC-030-

2016

DCAC-017-

2015

Oficina General de

Administración y

Finanzas

01 01 - -

DCAD-006-

2016

DCAD-011-

2015

Instituto Municipal de

Aseo Urbano y

Domiciliario del Distrito

Maracaibo (IMAU)

08 06 - 02

DCAD-009

-2016

DCAD-030-

2014

Instituto Público Policía

Municipal de Maracaibo 08 05 02 01

DCAD-012-

2016

DCAD-029-

2014

Fundación Fondo de

Apoyo a la Economía

Popular del Municipio

Maracaibo (FUNDEPO-

MARACAIBO)

10 07

01 02

DCAD-013-

2016

DCAD-028-

2014

Fundación Tranvía de

Maracaibo

09 05 01 03

DCAD-014-

2016

DCAD-019-

2015

Instituto Municipal del

Deporte y la Recreación 09 09 - -

DCAD-015-

2016

DCAD-002-

2014

Fundación para la

Promoción de la Cultura

del Municipio

Maracaibo

04 02 02 -

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 32: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

27

Total de Acciones

Correctivas

Verificadas

217 Ejecutadas

160

Parcialmente

Ejecutadas

19

No Ejecutadas

38

Cuadro No. 3 Cont. Resultados de las Actuaciones de Seguimiento

N° de

Informe de

Seguimiento

N° del Informe

Definitivo

objeto de

seguimiento

Órgano o Ente

auditado

Total de

Acciones

Correctivas

Verificadas

Ejecutadas Parcialmente

Ejecutadas

No

Ejecutadas

DCAD-016-

2016

DCAD-014-

2015

Fundación para el

Sistema Autosustentable

de Desarrollo

Microfinanciero y

Ciudadano de

Maracaibo

05 03 02 -

DCAD-017-

2016

DCAD-002-

2015

Instituto Municipal de

Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros del

Distrito Maracaibo

07 07 - -

DCAD-018-

2016

DCAD-027-

2014

Instituto Municipal de la

Gaita “Ricardo Aguirre” 05 - - 5

DCAD-021-

2016

DCAD-022-

2015

Fundación Fondo de

Apoyo a la Economía

Popular (FUNDEPO)

03 02 - 01

Total 217 160 19 38

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Gráfico No. 1 Resultados de las Actuaciones de Seguimiento

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 33: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

CAPÍTULO III

ACTUACIONES DE CONTROL

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30

CAPÍTULO III

ACTUACIONES DE CONTROL

En este capítulo se hace mención de las actuaciones de control programadas y ejecutadas

durante el ejercicio económico financiero 2016, tales como auditorías, exámenes de cuenta,

inspecciones y fiscalizaciones realizadas por la Contraloría Municipal de Maracaibo que generan

informes a los órganos, entes u organizaciones de base del poder popular sujetas a control.

1. Actuaciones de obligatorio cumplimiento.

Para el ejercicio económico financiero 2016, la Contraloría Municipal de Maracaibo

programó de conformidad con las competencias conferidas en la Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y en la Ley Orgánica del Poder

Público Municipal, la ejecución de las siguientes actuaciones:

1.1. Opiniones de la Contraloría Municipal, referente a la desafectación de los Bienes

del Dominio Público Municipal.

La Contraloría Municipal a través de la Consultoría Jurídica para el ejercicio económico

financiero 2016, revisó un total de ciento trece (113) expedientes de solicitud de compra de Terrenos

Ejidos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada

en Gaceta Oficial Nº 6.015 Extraordinaria de fecha 28/12/2010, en su artículo 134, Decreto con Rango,

Valor y Fuerza de Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los

Asentamientos Urbanos o Periurbanos, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.668 de fecha 06/05/2011 y la

Ordenanza de Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo publicada en Gaceta Municipal de

Maracaibo Nº 012-2008 de fecha 01/09/2008.

De los cuales se remiten ochenta y cuatro (84) expedientes que cumplen con los extremos

legales y técnicos para la desafectación del terreno de condición ejidal, veintiocho (28) expedientes que

no cumplen con los extremos legales y técnicos para la desafectación del mismo, y uno (01) fue

devuelto a la Dirección de Control Posterior para practicar inspección a los fines de verificar las

condiciones del terreno ejido solicitado en compra con respecto al cauce de agua no embaulado

(cañada), de conformidad con las disposiciones de la Ordenanza de Terrenos Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo, publicada en la Gaceta Municipal Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de

Page 35: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

31

2008 y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Regularización Integral de la

Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o Periurbanos, publicada en Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela en fecha 06 de mayo de 2011. (Ver Anexo No. 4).

2. Actuaciones Selectivas.

2.1. Actuaciones Realizadas en los Órganos del Poder Público Municipal: Alcaldías,

Concejo Municipal y sus Órganos Desconcentrados.

El Departamento de Control de la Administración Central del Poder Público Municipal,

adscrito a la Dirección de Control Posterior de ésta Contraloría Municipal de Maracaibo, para el

ejercicio económico financiero 2016, practicó treinta (30) Actuaciones Fiscales, las cuales se

encuentran finalizadas y notificados sus resultados a los órganos de la administración pública

municipal.

Cuadro No. 4 Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Órganos

N° Tipo de Actuación N° y fecha del

Oficio Credencial Órgano Estatus

1

Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-2-001-16

de fecha 10/02/2016

Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

Finalizada

2 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-1-002-16

de fecha 11/02/2016

Oficina Municipal de

Planificación Urbana (OMPU)

Finalizada

3 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-1-003-16

de fecha 12/02/2016

Concejo Municipal de Maracaibo Finalizada

4

Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-2-004-16

de fecha 16/02/2016

Servicio Autónomo Sistema

Municipal de Salud del Municipio

Maracaibo (SAMAS)

Finalizada

5 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-1-005-16

de fecha 18/02/2016

Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración

Tributaria (SEDEMAT)

Finalizada

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 36: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

32

Cuadro No. 4 Cont. Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Órganos

N° Tipo de Actuación N° y fecha del

Oficio Credencial Órgano Estatus

6

Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-2-006-16

de fecha 19/02/2016

Consejo Municipal de Derechos

de Niños, Niñas y Adolescentes

de Maracaibo (COMUDENNAM)

Finalizada

7 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-2-007-16

de fecha 19/02/2016

Servicio Autónomo Vereda del

Lago (SAVEL)

Finalizada

8 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-1-008-16

de fecha 21/04/2016

Recursos Humanos Alcaldía de

Maracaibo

Finalizada

9 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-1-009-16

de fecha 21/04/2016

Recursos Humanos Alcaldía de

Maracaibo

Finalizada

10 Examen de Cuenta DC-DCAC-1-010-16

de fecha 21/04/2016

Concejo Municipal de Maracaibo Finalizada

11 Actuación Fiscal de

Bienes Muebles

DC-DCAC-1-011-16

de fecha 21/04/2016

Alcaldía del Municipio Maracaibo Finalizada

12 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-2-012-16

de fecha 21/04/2016

Dirección de Servicios y

Mercados Públicos Municipales

Finalizada

13 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-2-013-16

de fecha 21/04/2016

Dirección de Ingeniería de la

Alcaldía de Maracaibo

Finalizada

14 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-2-014-16

de fecha 21/04/2016

Dirección de Ingeniería de la

Alcaldía de Maracaibo

Finalizada

15 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-2-015-16

de fecha 25/04/2016

Auditoría Interna del Servicio

Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de

Maracaibo

Finalizada

16

Actuación Fiscal de

Bienes Muebles

DC-DCAC-1-016-16

de fecha 25/04/2016

Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración

Tributaria

Finalizada

17

Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-2-017-16

de fecha 25/04/2016

Consejo Municipal de Protección

del Niño, Niña y Adolescente de

Maracaibo

Finalizada

18

Actuación Fiscal de

Bienes Muebles y

Recursos Humanos

DC-DCAC-018-16

de fecha 28/07/2016

Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

Finalizada

19

Revisión Preliminar de

la Formación de la

Cuenta

DC-DCAC-019-16

de fecha 28/07/2016

Oficina General de

Administración y Finanzas de la

Alcaldía del Municipio Maracaibo

Finalizada

20

Actuación Fiscal de

Ingresos, Gastos y

Bienes Muebles

DC-DCAC-020-16

de fecha 28/07/2016

Servicio Autónomo Sistema

Municipal de Salud del Municipio

Maracaibo (SAMAS)

Finalizada

21

Actuación Fiscal de

Ingresos, Gastos y

Recursos Humanos

DC-DCAC-021-16

de fecha 08/08/2016

Servicio Autónomo Centro de

Procesamiento

Urbano de Maracaibo (CPU)

Finalizada

22

Actuación Fiscal de

Ingresos, Gastos y

Recursos Humanos

DC-DCAC-022-16

de fecha 16/08/2016

Servicio Autónomo Plaza de

Toros

de Maracaibo (SAPLAZ)

Finalizada

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 37: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

33

Cuadro No. 4 Cont. Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Órganos

N° Tipo de Actuación N° y fecha del

Oficio Credencial Órgano Estatus

23

Actuación Fiscal de

Gestión

DC-DCAC-023-2016

de fecha 01/09/2016 Sindicatura Municipal Finalizada

24 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-024-2016

de fecha 01/09/2016

Unidad de Auditoría Interna

Alcaldía de Maracaibo Finalizada

25 Actuación Fiscal de

Seguimiento

DC-DCAC-025-2016

de fecha 01/09/2016

Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración

Tributaria (SEDEMAT)

Finalizada

26

Revisión Preliminar de

la Formación de la

Cuenta

DC-DCAC-026-2016

de fecha 07/10/2016 Concejo Municipal de Maracaibo Finalizada

27 Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-027-2016

de fecha 10/10/2016

Consejo Municipal de Derechos

de Niños. Niñas y Adolescentes

del Municipio Maracaibo

COMUDENAM

Finalizada

28 Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-028-2016

de fecha 10/10/2016 Concejo Municipal de Maracaibo Finalizada

29 Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-029-2016

de fecha 14/10/2016

Dirección de Registros Civil del

Municipio Maracaibo Finalizada

30 Actuación Fiscal de

Seguimiento DC-DCAC-030-2016

de fecha 14/10/2016

Oficina General de

Administración y Finanzas de la

Alcaldía del Municipio Maracaibo

Finalizada

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Gráfico No. 2 Estado de Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Órganos

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Seguimiento

20

Formación

de la Cuenta

2

Fiscal

de Gestión

1

RRHH

Bienes

Muebles 3

Bienes

Muebles

3

Exámen

de Cuenta

1

Total

30

0

5

10

15

20

25

30

35

Page 38: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

34

2.2 Actuaciones Realizadas en los Entes Descentralizados del Poder Público Municipal

El Departamento de Control de la Administración Descentralizada del Poder Público

Municipal, adscrita a la Dirección de Control Posterior, de la Contraloría Municipal de Maracaibo

durante el ejercicio económico financiero 2016, practicó veintiún (21) Actuaciones Fiscales las cuales

se encuentran finalizadas y notificados sus resultados a las máximas autoridades de los entes

descentralizados.

Cuadro No. 5 Estado de la Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Entes

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

N° Tipo de Actuación Oficio

Credencial Ente Estatus

1 Auditoría de Cumplimiento

DCAD-001-16

de fecha

16/02/2016

Instituto Municipal del

Ambiente (IMA) Finalizada

2 Auditoría de Cumplimiento

DCAD-002-16

de fecha

16/02/2016

Instituto Municipal de

Transporte Urbano

(IMCUTMA)

Finalizada

3 Auditoría Financiera

DCAD-003-16

de fecha

16/02/2016

Fundación Niño del Sol Finalizada

4 Auditoría de Cumplimiento

(Ingresos y Gastos)

DCAD-004-16 de

fecha 16/02/2016

Instituto Municipal del

Deporte y la Recreación

(IMDEPREC)

Finalizada

5 Auditoría de Cumplimiento DCAD-005-16 de

fecha 16/02/2016

Fundación Fondo de

Apoyo a la Economía

Popular del Municipio

Maracaibo. (FUNDEPO)

Finalizada

6 Actuación Fiscal de Seguimiento

DCAD-006-16

de fecha

29/02/2016

Instituto Municipal de

Aseo Urbano y

Domiciliario del Distrito

Maracaibo. (IMAU)

Finalizada

7 Auditoría Financiera

DCAD-007-2016

Instituto Municipal de

Aseo Urbano y

Domiciliario del

Municipio Maracaibo

(IMAU)

Finalizada

8 Auditoría Financiera

DCAD-008-2016

Instituto Autónomo

Cuerpo de bomberos del

Municipio Maracaibo

(BOMBEROS)

Finalizada

9 Actuación Fiscal de Seguimiento DCAD-009-2016 Instituto Público Policía

Municipal de Maracaibo Finalizada

Page 39: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

35

Cuadro No. 5 Cont. Estado de la Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Entes

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

N° Tipo de Actuación Oficio Credencial Ente Estatus

10 Auditoría de Cumplimiento

(Ingresos y Gastos

DC-DCAD-010-16

de fecha

16/06/2016

Instituto Municipal de

la Vivienda de

Maracaibo (IVIMA)

Finalizada

11 Auditoría Financiera

DC-DCAD-011-16

de fecha

16/06/2016

Fundación Fondo

Municipal de

Financiamiento de

Proyectos y Desarrollo

Turísticos

(FOMUTUR)

Finalizada

12 Actuación Fiscal de Seguimiento

DC-DCAD-012-16

de fecha

16/06/2016

Fundación Fondo de

Apoyo a la Economía

Popular del Municipio

Maracaibo

(FUNDEPO-

MARACAIBO)

Finalizada

13 Actuación Fiscal de Seguimiento DC-DCAD-013-16

de fecha

16/06/2016

Fundación Tranvía de

Maracaibo Finalizada

14 Actuación Fiscal de Seguimiento DC-DCAD-014-16

de fecha17/08/2016

Instituto Municipal del

Deporte y la

Recreación del

Municipio Autónomo

Maracaibo

(IMDEPREC)

Finalizada

15 Actuación Fiscal de Seguimiento DC-DCAD-015-

2016 de fecha

25/08/2016

Fundación para la

Promoción de la

Cultura de Maracaibo

(FUNDACULTURA)

Finalizada

16 Actuación Fiscal de Seguimiento DC-DCAD-016-

2016 de fecha

29/08/2016

Fundación para el

Sistema

Autosustentable de

Desarrollo

Microfinanciero y

Ciudadano de

Maracaibo (SAMI)

Finalizada

17 Actuación Fiscal de Seguimiento DC-DCAD-017-

2016 de fecha

02/09/2016

Instituto Municipal de

Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros

del Distrito Maracaibo

(IMTCUMA)

Finalizada

18 Actuación Fiscal de Seguimiento DC-DCAD-018-

2016 de fecha

14/09/2016

Instituto Municipal de

la Gaita “Ricardo

Aguirre” (IMGRA)

Finalizada

19 Auditoría Operativa

DC-DCAD-019-

2016 de fecha

16/09/2016

Instituto Municipal de

Capacitación y

Educación Ciudadana

(IMCEC)

Finalizada

Page 40: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

36

Cuadro No. 5 Cont. Estado de la Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Entes

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Gráfico No. 3 Estado de la Ejecución de las Actuaciones Fiscales de los Entes

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

N° Tipo de Actuación Oficio Credencial Ente Estatus

20 Auditoría Operativa

DC-DCAD-020-

2016 de fecha

16/09/2016

Fundación Tranvía de

Maracaibo Finalizada

21 Actuación Fiscal de Seguimiento

DC-DCAD-021-16

de fecha

19/09/2016

Fundación Fondo de

Apoyo a la Economía

Popular del Municipio

Maracaibo del Estado

Zulia (FUNDEPO-

MARACAIBO)

Finalizada

Seguimiento

10

Auditoría

Financiera

4 Cumplimiento

3 Ingresos

y Gastos

2

Auditoría

Operativa

2

Page 41: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE APOYO A LA GESTIÓN DE

CONTROL Y VINCULADAS CON EL SISTEMA

NACIONAL DE CONTROL FISCAL

Page 42: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

82

CAPÍTULO IV

ACTIVIDADES DE APOYO A LA GESTIÓN DE CONTROL Y VINCULADAS CON EL

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL

La Contraloría Municipal de Maracaibo, durante el ejercicio económico financiero 2016,

llevó a cabo una serie de actividades, que aun cuando no generan informes a los órganos, entes o

personas sujetos a control, constituyen elementos de gran apoyo a la gestión fiscalizadora y al

fortalecimiento del Sistema Nacional de Control Fiscal; dentro de tales actividades se cuentan las

asesorías, valoraciones jurídicas o técnicas, notificaciones practicadas en apoyo a otros órganos de

control fiscal.

1. Actividades de apoyo a la gestión de control.

A los fines de coadyuvar al cumplimiento de las disposiciones legales, se orientó a los

órganos y entes sujetos al control de esta Contraloría Municipal, en atención a las consultas

formuladas, con el objeto de hacer más eficiente y efectiva la gestión contribuye al logro de sus

objetivos, para lo cual se dispuso brindar asesoría y apoyo desde el punto de vista jurídico y técnico.

1.1. Asesorías y Asistencia Técnica y Jurídica.

La Contraloría Municipal a través de la Consultoría Jurídica, para el ejercicio económico

financiero 2016, emitió seis (6) opiniones y estudios jurídicos a los órganos y entes de la

Administración Pública Municipal y a particulares.

Page 43: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

83

Cuadro No. 6 Opiniones Jurídicas

Comunicación Tipo Órgano, Ente o Particulares

Oficio

Nº DC-0024-2016 de fecha 15 de

enero de 2016

Valoración Jurídica sobre la posibilidad

de que la Máxima Autoridad de este

Órgano de Control Fiscal, realice la

apertura y sellatura al Libro de Asiento

Registral de las Resoluciones emanadas

de la Presidencia del Concejo Municipal

de Maracaibo

Órgano: Concejo Municipal

de Maracaibo

Oficio

Nº DC-0033-2016 de fecha 22 de

enero de 2016

Valoración Jurídica sobre la solicitud de

interpretación legal del artículo 31 del

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de

Ley de Contrataciones Públicas sobre la

Procedencia de la Responsabilidad

Social para los efectos de las

contrataciones realizadas por el

IMDEPREC

Ente: Instituto Municipal de

Deporte y Recreación

IMDEPREC

Oficio

Nº CM-DC-0077-2016 de fecha

16 de febrero de 2016

Valoración Jurídica sobre la

sustanciación para la instrucción del

procedimiento de destitución de la

Contralora Municipal de Maracaibo,

Flor María Romero Olivares

Particular: Concejal por el

Municipio Maracaibo Ada

Raffalli de Stuyt

Oficio

Nº DC-326-16 de fecha 12 de julio

de 2016

Valoración Jurídica sobre la

Corporación Alcaldía de Maracaibo y a

sus Entes Descentralizados, Órganos

Desconcentrados, Institutos Autónomos,

Instituciones y Fundaciones por

mandato de este Órgano de Control

Fiscal Externo Municipal los

funcionarios, empleados u obreros deben

firmar un contrato por tiempo

determinado al ser reenganchados

Particular: José Gregorio

Delghans Salazar, Presidente

del Sindicato Socialista de

Empleados, Funcionarios

Públicos, Obreros, Promotores

Sociales, Jubilados,

Pensionados, Incapacitados,

Sobrevivientes de la Alcaldía

del Municipio Maracaibo

(SINUSOEFUNAMA)

Oficio Nº CM-DC-CJ-0493-2016

de 14 de noviembre de 2016

Ciudadano Ricardo Boscán, Presidente

del Instituto Autónomo Aseo Urbano y

Domiciliario de Maracaibo (IMAU), a

los fines de hacer de su conocimiento

que en fecha 09 noviembre de 2016 fue

recibido oficio Nº T16-SME-2016-2661,

con la finalidad de informar que el

Tribunal Décimo Sexto de Primera

Instancia de Sustanciación, mediación y

ejecución para el nuevo régimen

procesal y transitorio del Circuito

Judicial Laboral de la Circunscripción

Judicial del estado Zulia, ordenó la

ejecución forzosa de la sentencia a favor

del ciudadano JOSE GREGORIO

LOPEZ.

Órgano: Tribunal Décimo

Sexto de Primera Instancia de

Sustanciación, mediación y

ejecución para el nuevo

régimen procesal y transitorio

del Circuito Judicial Laboral

de la Circunscripción Judicial

del Estado Zulia

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 44: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

84

Cuadro No. 6 Cont. Opiniones Jurídicas

Comunicación Tipo Órgano, Ente o Particulares

Oficio Nº CM-DC-CJ-0539-2016

de fecha 07 de diciembre de 2016.

Dirigido al Gerente Regional de

Tributos Internos de la Región Zuliana

del Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT), a los fines de remitir copia

certificada de oficio DC-0274-2016 de

fecha 17 de mayo de 2016

Ente: Servicio Nacional

Integrado de Administración

Aduanera y Tributaria

(SENIAT)

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

1.2 Actividades Realizadas para el Fortalecimiento de los Órganos y Entes Sujetos a Control.

Con la finalidad de contribuir a la eficiencia y eficacia de los órganos y entes sujetos a

control y de coadyuvar al logro de sus objetivos se difundió mediante la Oficina de Atención

Ciudadana, a través del Departamento de Información y Capacitación Ciudadana: quince (15) talleres

“Ética, Moral y Valores de los Servidores y Servidoras Públicos” a doscientos ochenta y ocho (288)

funcionarios, de diferentes Órganos y Entes de la Administración Pública.

Cuadro No. 7 Taller de Ética, Moral y Valores de los Servidores y Servidoras Públicos

Nº DENOMINACIÓN

DEL CURSO

CIUDADANOS

CAPACITADOS

ORGANIZACIÓN

BENEFICIADA PARTICIPANTES PARROQUIA

1

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

22

Instituto Autónomo Cuerpo

de Bomberos del Municipio

Maracaibo

Funcionarios Públicos

Santa Lucia

2

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

13 Instituto Municipal del

Ambiente Funcionarios Públicos

Santa Lucia

3

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

13 Consejo Comunal Monte

Claro Voceros Olegario Villalobos

4

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

19

Ministerio del Poder

Popular para la Agricultura

Productiva y Tierras

Miembros

Francisco Ochoa/

Municipio San

Francisco

5

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

21

Servicio Desconcentrado

Municipal de

Administración Tributaria

Funcionarios Públicos Santa Lucia

6

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

45

Servicio Autónomo

Hospital Universitario de

Maracaibo

Funcionarios Públicos

Chiquinquirá

7

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

23

Servicio Desconcentrado

Municipal de

Administración Tributaria

Funcionarios Públicos

Santa Lucia

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Page 45: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

85

Cuadro No. 7 Cont. Taller de Ética, Moral y Valores de los Servidores y Servidoras Públicos

Nº DENOMINACIÓN

DEL CURSO

CIUDADANOS

CAPACITADOS

ORGANIZACIÓN

BENEFICIADA PARTICIPANTES PARROQUIA

8

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

11

Fundación para el

Desarrollo y Promoción del

Poder Comunal

Funcionarios Públicos

Chiquinquirá

9

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

24

Servicio Desconcentrado

Municipal de

Administración Tributaria

Funcionarios Públicos

Santa Lucia

10

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

16

Sistema Autosustentable de

Desarrollo Micro

Financiero y Ciudadano de

Maracaibo

Funcionarios Públicos Olegario Villalobos

11

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

15 Ince Construcción Funcionarios Públicos Carracciolo Parra

Pérez

12

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

21 Metro de Maracaibo Grupo

1 Funcionarios Públicos

Francisco Eugenio

Bustamante

13

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

16 Metro de Maracaibo Grupo

2 Funcionarios Públicos

Francisco Eugenio

Bustamante

14

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

16 Metro de Maracaibo Grupo

3 Funcionarios Públicos

Francisco Eugenio

Bustamante

15

Ética Moral y Valores

de los Servidores y

Servidoras Públicos

13 Metro de Maracaibo Grupo

4 Funcionarios Públicos

Francisco Eugenio

Bustamante

TOTAL CIUDADANOS

CAPACITADOS 288

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Gráfico No. 4 Taller de Ética Moral y Valores de los Servidores y Servidoras Públicos

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

22 13

13 19

68 45

11

16

15

66

Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del

Municipio MaracaiboInstituto Municipal del Ambiente

Consejo Comunal Monte Claro

Ministerio del Poder Popular para la

Agricultura Productiva y TierrasServicio Desconcentrado Municipal de

Administración TributariaServicio Autónomo Hospital Universitario

de MaracaiboFundación para el Desarrollo y Promoción

del Poder ComunalSistema Autosustentable de Desarrollo

Micro Financiero y Ciudadano de MaracaiboInce Construcción

Metro de Maracaibo

Total Ciudadanos Capacitados 288

Page 46: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

86

2. Actividades Realizadas para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Control Fiscal y de la

Participación Ciudadana.

Con el objetivo de dar cumplimiento a las normativas legales que rigen la materia del

fortalecimiento del control fiscal y de la participación ciudadana, la Contraloría Municipal de

Maracaibo, realizó diferentes actividades, a través de la Oficina de Atención Ciudadana, promoviendo

y ofreciendo al ciudadano las herramientas necesarias que le permitan intervenir de forma directa y

organizada, individual o asociativa, en la actividad de control fiscal del municipio, logrando una

correcta y sana administración de los recursos públicos.

2.1 Actividades Solicitadas por la Contraloría General de la República.

Con el fin de fortalecer el control de la gestión pública, mediante la participación del

Programa de Fortalecimiento para el Poder Popular, la Contraloría Municipal de Maracaibo,

mantiene actualmente la difusión de programas en materia de participación ciudadana, dirigido

a las comunidades organizadas de las diferentes parroquias que conforman el Municipio

Maracaibo.

En cuanto al Programa “La Contraloría Va a la Escuela”, la Contraloría Municipal de

Maracaibo con el objeto de generar la cultura participativa ciudadana en el sistema educativo,

mediante el ejercicio del control social por parte del estudiante; remite los tres (3) primeros

días de cada mes a la Dirección de Control de Estados de la Contraloría General de la

República, las cifras actualizadas en atención al programa, según, Oficio Circular

Nº 07-01-30, de fecha 08-10-14. Asimismo, para la ejecución de los programas sociales: “La

Contraloría va a la Escuela y Abuelo Contralor” el proceso de juramentación se debe informar

con diez (10) días hábiles de anticipación a la Dirección de Control de Municipios de la

Contraloría General de la República.

2.2 Actividades relacionadas con la participación ciudadana.

En cumplimiento de las normas dictadas por la Contraloría General de la República,

destinadas a fomentar la participación ciudadana y promover valores éticos y ciudadanos contemplados

en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica para la Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes, la Oficina de Atención Ciudadana difundió a través del Departamento de

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87

Información y Capacitación Ciudadana, un total de cuarenta (40) talleres, capacitando a dos mil

diecinueve (2.019) ciudadanos y ciudadanas, distribuidos de la siguiente manera; once (11) talleres

relacionados con el “Programa de Participación Ciudadana a través del Control Social”; capacitando a

ciento cincuenta y un (151) participantes, cinco (05) talleres “¿Cómo formular una denuncia?”;

instruyendo a setenta y un (71) participantes, veinte (20) talleres relacionados con el “Programa La

Contraloría va a la Escuela”, formando a mil seiscientos treinta y tres (1.633) estudiantes de diferentes

colegios del Municipio Maracaibo y cuatro (04) Talleres relacionados con el “Programa Abuelo

Contralor” formando a ciento sesenta y cuatro (164) abuelos (as).

Cuadro No. 8 Talleres Programa de Participación Ciudadana

Nº DENOMINACIÓN DEL CURSO CIUDADANOS

CAPACITADOS ORGANIZACIÓN BENEFICIADA PARROQUIA

1 Participación Ciudadana a través del

Control Social 20 FUNDASOBIS2000 (Grupo Nº1) Juana de Ávila

2 Participación Ciudadana a través del

Control Social 15 FUNDASOBIS2000 (Grupo Nº2) Juana de Ávila

3 Participación Ciudadana a través del

Control Social 23 FUNDASOBIS 2000 Juana de Ávila

4 Participación Ciudadana a través del

Control Social 05 FUNDASOBIS 2000 Juana de Ávila

5 Participación Ciudadana a través del

Control Social 08 FUNDASOBIS 2000 Juana de Ávila

6 Participación Ciudadana a través del

Control Social 09 FUNDASOBIS 2000 Juana de Ávila

7 Participación Ciudadana a través del

Control Social 14 Varios Consejos Comunales

Manuel

Dagnino

8 Participación Ciudadana a través del

Control Social 17 Consejo Comunal La Chamarreta

Francisco

Eugenio

Bustamante

9 Participación Ciudadana a través del

Control Social 17 Comunidad Organizada Valle Frio Santa Lucia

10 Participación Ciudadana a través del

Control Social 12 Comunidad Organizada Calle 81 Santa Lucia

11 Participación Ciudadana a través del

Control Social 11 Comunidad Organizada Callejón Caracas Santa Lucia

TOTAL CIUDADANOS CAPACITADOS 151

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

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Gráfico No. 5 Taller de Participación Ciudadana a través del Control Social

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Cuadro No. 9 Taller ¿Cómo Formular una Denuncia?

Nº DENOMINACIÓN DEL CURSO CIUDADANOS

CAPACITADOS ORGANIZACIÓN BENEFICIADA PARROQUIA

1 ¿Como Formular una Denuncia? 14 Consejo Comunal Monte Claro Olegario

Villalobos

2 ¿Como Formular una Denuncia? 17 Varios Consejos Comunales Manuel

Dagnino

3 ¿Como Formular una Denuncia? 17 Comunidad Organizada Valle Frio Santa Lucia

4 ¿Como Formular una Denuncia? 12 Comunidad Organizada calle 81 Santa Lucia

5 ¿Como Formular una Denuncia? 11 Comunidad Organizada Callejón Caracas Santa Lucia

TOTAL CIUDADANOS

CAPACITADOS 71

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

80

14

17

17

12 11

FUNDASOBIS200

Varios Consejos Comunales

Consejo Comunal La Chamarreta

Comunidad Organizada Valle Frio

Comunidad Organizada Calle 81

Comunidad Organizada Callejón

Caracas

Total Ciudadanos Capacitados 151

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Gráfico No. 6 Taller ¿Cómo Formular una Denuncia?

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Cuadro No. 10 Programa “La Contraloría va a la Escuela”

Nº DENOMINACIÓN DEL CURSO ESTUDIANTES

CAPACITADOS ESCUELA BENEFICIADA PARROQUIA

1 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 66

Escuela Básica Nacional Andrés

Eloy Blanco. (Turno: Diurno) Cecilio Acosta

2 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 60

Escuela Básica Nacional Andrés

Eloy Blanco. (Turno: Vespertino) Cecilio Acosta

3 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 272

Escuela Básica Nacional Olga

María Abreu. (Turno: Diurno)

Idelfonso

Vásquez

4 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 132

Escuela Básica Nacional

Bolivariana Monseñor Godoy Chiquinquirá

5 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 175

Escuela Básica Nacional Olga

María Abreu. (Turno: Vespertino)

Idelfonso

Vásquez

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Consejo Comunal

Monte Claro

14

Varios Consejos

Comunales

17

Comunidad

Organizada Valle Frío

17

Comunidad

Organizada Calle 81

12

Comunidad

Organizada Callejón

Caracas

11

Consejo Comunal Monte Claro

Varios Consejos Comunales

Comunidad Organizada Valle

Frío

Comunidad Organizada Calle 81

Comunidad Organizada Callejón

Caracas

Total Ciudadanos Capacitados 71

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Cuadro No. 10 Cont. Programa “La Contraloría va a la Escuela”

Nº DENOMINACIÓN DEL CURSO ESTUDIANTES

CAPACITADOS ESCUELA BENEFICIADA PARROQUIA

6 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 54

Escuela Básica Nacional Olga

María Abreu. (Turno: Vespertino)

Idelfonso

Vásquez

7 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 102

Unidad Educativa Estadal Maestro

Tomas Rafael Jiménez (Vespertino) Venancio Pulgar

8 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 136

Unidad Educativa Estadal Maestro

Tomas Rafael Jiménez (Diurno) Venancio Pulgar

9 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 55

Unidad Educativa Estadal Maestro

Tomas Rafael Jiménez (Diurno) Venancio Pulgar

10 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 75

Escuela Básica Nacional Santo

Domingo

Cristo de Aranza

11 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 84

Escuela Básica Nacional Atanasio

Girardot Cristo de Aranza

12 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 252

Escuela Social de Avanzada Lucila

Palacios

Olegario

Villalobos

13 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 19 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

14 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 18 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

15 Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 25 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

16

Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 20 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

17

Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 18 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

18

Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 24 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

19

Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 25 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

20

Programa “La Contraloría va a la

Escuela” 21 E.P.N Dr. Máximo Arteaga Pérez

Francisco

Eugenio

Bustamante

TOTAL CIUDADANOS

CAPACITADOS

1.633

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

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Gráfico No. 7 Programa “La Contraloría va a la Escuela”

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Cuadro No. 11 Juramentación Programa “La Contraloría va a la Escuela”

Nº DENOMINACIÓN DE

LA ACTIVAD ESCUELA BENEFICIADA PARROQUIA

CANTIDAD DE

NIÑOS Y NIÑAS

JURAMENTADOS

1 Juramentación Grupo Escolar Dr. Idelfonso Vásquez (Turno:

Diurno) Santa Lucia 3

2 Juramentación Grupo Escolar Dr. Idelfonso Vásquez (Turno:

Vespertino) Santa Lucia 3

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

170

66

60

84

132

272

229

75

252

191

102

EPN DR MAXIMO ARTEAGA PEREZ

EBN ANDRES ELOY BLANCO (DIURNO)

EBN ANDRES ELOY BLANCO

(VESPERTINO)

EBN ATANASIO GIRARDOT

EBN BOLIVARIANA MONSEÑOR GODOY

EBN OLGA MARIA ABREU (DIURNO)

EBN OLGA MARIA ABREU (VESPERTINO)

EBN SANTO DOMINGO

ESCUELA SOCIAL AVANZADA LUCILA

PALACIOS

UEE MAESTRO TOMAS RAFAEL JIMENEZ

(DIURNO)

UEE MAESTRO TOMAS RAFAEL JIMENEZ

(VESPERTINO)

Total Ciudadanos Capacitados 1.633

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Cuadro No. 11 Cont. Juramentación Programa “La Contraloría va a la Escuela”

Nº DENOMINACIÓN DE

LA ACTIVAD ESCUELA BENEFICIADA PARROQUIA

CANTIDAD DE

NIÑOS Y NIÑAS

JURAMENTADOS

3 Juramentación Escuela Básica Estadal F.V.M. (Turno:

Diurno)

Francisco

Eugenio

Bustamante

3

4 Juramentación Escuela Básica Nacional Andrés Eloy Blanco

(Ambos Turnos) Cecilio Acosta 12

5 Juramentación Escuela Básica Estadal F.V.M. (Turno:

Vespertino)

Francisco

Eugenio B 6

6 Juramentación Unidad Educativa Nacional Carlos Rincón

Lubo Cacique Mara 6

7 Juramentación Escuela Básica Estadal Dr. Ramón Reinoso

Núñez (Ambos Turnos)

Carraciolo Parra

Pérez 12

8 Juramentación Escuela Básica Nacional Olga María Abreu

(Turno: Diurno)

Idelfonso

Vásquez 16

9 Juramentación Escuela Básica Nacional Bolivariana

Monseñor Godoy. (Turno: Único) Chiquinquirá 10

10 Juramentación Escuela Básica Nacional Olga María Abreu.

(Turno: Vespertino)

Idelfonso

Vásquez 12

11 Juramentación Unidad Educativa Estadal Maestro Tomas

Rafael Jiménez (Diurno)

Venancio

Pulgar 12

12 Juramentación Unidad Educativa Estadal Maestro Tomas

Rafael Jiménez (Vespertino)

Venancio

Pulgar 08

TOTAL CIUDADANOS

CAPACITADOS

103

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Gráfico No. 8 Juramentación Programa “La Contraloría va a la Escuela”

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Cuadro No. 12 Programa Abuelo Contralor

12 3 6

12

10

16

12 3

3

12

8 6

ESCUELA BASICA ESTADAL DR. RAMON REINOSO NUÑEZ

(AMBOS TURNOS)

ESCUELA BASICA ESTADAL F.V.M (DIURNO)

ESCUELA BASICA ESTADAL F.V.M (VESPERTINO)

EBN ANDRES ELOY BLANCO (AMBOS TURNOS)

EBN BOLIVARIANA MONSEÑOR GODOY (TURNO UNICO)

EBN OLGA MARIA ABREU (DIURNO)

EBN OLGA MARIA ABREU (VESPERTINO)

GRUPO ESCOLAR DR. IDELFONSO VASQUEZ (DIURNO)

GRUPO ESCOLAR DR. IDELFONSO VASQUEZ (VESPERTINO)

UEE MAESTRO TOMAS RAFAEL JIMENEZ (DIURNO)

UEE MAESTRO TOMAS RAFAEL JIMENEZ (VESPERTINO)

UE NACIONAL CARLOS RINCON LUBO

Total Ciudadanos Capacitados 103

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Nº DENOMINACIÓN DEL

CURSO

ABUELOS

CAPACITADOS BENEFICIADA PARROQUIA

CANTIDAD DE

ABUELOS Y

ABUELAS

JURAMENTADOS

1 Programa Abuelo Contralor 27 Casa Hogar “San José de la Montaña” Chiquinquirá 2

2 Programa Abuelo Contralor 17 Casa Hogar “San José de la Montaña” Chiquinquirá 2

3 Programa Abuelo Contralor 40 Instituto Nacional de los Servicios

Sociales Juana de Ávila -

4 Programa Abuelo Contralor 80 Instituto Nacional de los Servicios

Sociales Juana de Ávila -

TOTAL CAPACITADOS 164 CANTIDAD ABUELOS

JURAMENTADOS

04

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Gráfico No. 9 Programa Abuelo Contralor

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Asimismo, se efectuaron cinco (05) jornadas móviles por parte de la Oficina de Atención

Ciudadana, en la cual se atendieron a ciudadanos y ciudadanas de la comunidad marabina con el fin de

promover la formación, capacitación y participación ciudadana a las comunidades en los aspectos

vinculados con el ejercicio del derecho a la participación ciudadana en el control de la gestión pública;

en las referidas jornadas se atendieron a cien (100) ciudadanos.

Capacitados Casa

Hogar “San José de

la Montaña”

44

Juramentados Casa

Hogar “San José de

la Montaña”

4

Capacitados

Instituto Nacional

de los Servicios

Sociales

120

CASA HOGAR "SAN JOSE DE

LA MONTAÑA"

(CAPACITADOS)

CASA HOGAR "SAN JOSE DE

LA MONTAÑA"

(JURAMENTADOS)

INSTITUTO NACIONAL DE

LOS SERVICIOS SOCIALES

(CAPACITADOS)

Total Ciudadanos Capacitados y Juramentados 168

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94

Cuadro Nº 13 Jornadas de OAC-MÓVIL

Nº Descripción Parroquia Descripción Organismo/Dirección

DSAC-OAC-1-2016

OAC-MÓVIL en la

Comunidad “Barrio

Bolívar”, del

Municipio Maracaibo

Francisco

Eugenio

Bustamante

Solicitud de recolección de

desechos sólidos solicitud de

presencia policial, solicitud de

alumbrado público

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU), Policía Municipal

(POLIMARACAIBO), Dirección de

Servicios Públicos y Mercados

Municipales (DSPMM)

DSAC-OAC-2-2016

OAC-MÓVIL en la

Comunidad “Urb. La

Chamarreta”, del

Municipio Maracaibo

Francisco

Eugenio

Bustamante

Solicitud de recolección de

desechos sólidos, solicitud de

agua potable, solicitud de

presencia policial, solicitud de

alumbrado público, solicitud

de reasfaltado, solicitud de

gas doméstico

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO);

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU); Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS); Instituto Público

Policía Municipal de Maracaibo

(POLIMARACAIBO); Dirección de

Servicios Públicos y Mercados

Municipales (DSPMM)

DSAC-OAC-3-2016

OAC-MÓVIL en la

Comunidad del Sector

“18 de Octubre”, del

Municipio Maracaibo

Coquivacoa

Solicitud de recolección de

desechos sólidos, solicitud de

agua potable, solicitud de

presencia policial, solicitud de

alumbrado público, solicitud

de reasfaltado, solicitud de

gas doméstico

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO);

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU), Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS); Instituto Público

Policía Municipal de Maracaibo

(POLIMARACAIBO); Dirección de

Servicios Públicos y Mercados

Municipales (DSPMM), Instituto

Municipal del Ambiente (IMA)

DSAC-OAC-4-2016

OAC-MÓVIL en la

Comunidad del Sector

“Valle Frio”, calle 80

con Av. 3E de la

Parroquia Santa Lucia

del Municipio

Maracaibo

Santa Lucia

Solicitud de recolección de

desechos sólidos, solicitud de

agua potable, solicitud de

presencia policial, solicitud de

alumbrado público, solicitud

de reasfaltado de calles y

construcción de aceras y

brocales, solicitud de

saneamiento y embaulamiento

de cañada

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO);

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU), Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS); Instituto Público

Policía Municipal de Maracaibo

(POLIMARACAIBO); Dirección de

Servicios Públicos y Mercados

Municipales (DSPMM), Instituto

Municipal del Ambiente (IMA)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

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Cuadro Cont. Nº 13 Jornadas de OAC-MÓVIL

Nº Descripción Parroquia Descripción Organismo/Dirección

DSAC-OAC-5-2016

OAC-MÓVIL en la

Comunidad del Sector

“Callejón Caracas”,

con calle 81 detrás de

Catastro, Parroquia

Santa Lucia del

Municipio Maracaibo

Santa Lucia

Solicitud de recolección de

desechos sólidos, solicitud de

agua potable, solicitud de

presencia policial, solicitud de

alumbrado público, solicitud

de reasfaltado de calles y

construcción de aceras y

brocales, solicitud de

saneamiento y embaulamiento

de cañada

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO);

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU), Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS); Instituto

Municipal de Policía

(POLIMARACAIBO); Instituto

Municipal del Ambiente (IMA);

Dirección de Ingeniería Municipal

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

2.3 Denuncias recibidas, valoradas y tramitadas.

La Oficina de Atención Ciudadana de la Contraloría Municipal de Maracaibo, avanza en el

fortalecimiento del poder popular, con base en los servicios de atención que presta a las comunidades

del Municipio Maracaibo, haciendo posible la presencia ciudadana en la gestión contralora,

permitiendo el cumplimiento de los objetivos, formas de ejecución y rutas de acción con las que se

logren propósitos de las áreas medulares de esta oficina. En este sentido, las denuncias recibidas,

valoradas y tramitadas por la Oficina de Atención Ciudadana en su enlace entre el Órgano de Control

Fiscal Municipal y la comunidad marabina, recibió durante el ejercicio económico financiero 2016, la

cantidad de trece (13) casos provenientes de denuncias de forma escrita, las cuales fueron valoradas y

tramitadas ante la Dirección de Control y Entes de acuerdo a su competencia.

Cuadro Nº 14 Denuncias recibidas

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-D-01-2016 Denuncia

Presunta toma clandestina de agua por una

camaronera, en el sector llega escasamente

el agua y con color turbio y sabor a

pescado.

Instituto Municipal del Ambiente (IMA),

Instituto Autónomo Regional del Ambiente

(IARA), Instituto para la Conservación de

la Cuenca del Lago de Maracaibo ICLAM e

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-D-02-2016 Denuncia

Omisión en el acatamiento de decisión

dictada en Resolución Administrativa N°

15-05-0203 de fecha 21/10/2015

Oficina Municipal de Planificación Urbana

(OMPU)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

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96

Cuadro Nº 14 Cont. Denuncias recibidas

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-D-03-2016 Denuncia

Solicitando exoneración de sanción

pecuniaria de multa e intereses moratorios

impuesta por el SEDEMAT dictada según

Resolución N° IMT-GAFL-0443-2013 de

fecha 08/11/2013

Servicio Desconcentrado Municipal de

Administración Tributaria (SEDEMAT)

DSAC-D-04-2016 Denuncia

Presuntas irregularidades en el pago del

Beneficio de Guardería Infantil a los

trabajadores de la Alcaldía del Municipio

Maracaibo

Alcaldía del Municipio Maracaibo

DSAC-D-05-2016 Denuncia

Por presunta contratación ilegal de un

equipo de trabajo que no posee experiencia

ni capacidad para sustituir a trabajadores,

una obra inconclusa que afecta a la

comunidad del Sector Veritas, calle 80 con

Av. 12

Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo (SAGAS)

DSAC-D-06-2016 Denuncia

Presunta falta de agua potable,

infraestructura desgastada, baños

inservibles para los pacientes, la

emergencia no funciona por falta de aire

acondicionado y medicamentos guardados

no surtidos a punto de vencerse.

Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo (SAGAS)

DSAC-D-07-2016 Denuncia Retiro de cerca perimetral Oficina Municipal de Planificación Urbana

(OMPU)

DSAC-D-08-2016 Denuncia Irrespeto a la norma de tránsito terrestre

Instituto Municipal del Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros del Distrito Maracaibo

(IMTCUMA)

DSAC-D-09-2016 Denuncia Solicitud por bote de aguas servidas y

desechos sólidos

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

Instituto Municipal de Aseo Urbano (IMAU)

DSAC-D-10-2016 Denuncia Solicitud por bote de aguas servidas Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-D-11-2016 Denuncia Sellamiento de tanquilla de servicio

telefónico

Oficina Municipal de Planificación Urbana

(OMPU)

DSAC-D-12-2016 Denuncia

Presuntas irregularidades en el pago del

aporte patronal por parte de la Alcaldía del

Municipio Maracaibo

Dirección de la Oficina General de

Administración y Finanzas de la Alcaldía del

Municipio Maracaibo

DSAC-D-13-2016 Denuncia

Inobservancia de Resolución

Administrativa para desinstalación de

portón en la Urb. Canaima y presunta

construcción ilegal

Oficina Municipal de Planificación Urbana

(OMPU)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

2.4 Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana y el Sistema Nacional de

Control Fiscal

En cuanto a impulsar la participación ciudadana en el control fiscal y social a través del

desarrollo de inspecciones fiscales en apoyo a los planteamientos de la ciudadanía sobre problemáticas

en materia de servicios públicos, la Oficina de Atención Ciudadana en pro de sensibilizar y vincular a

la comunidad en el proceso del Control Fiscal Participativo, atendió durante el ejercicio económico

Page 57: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

97

financiero 2016, los siguientes requerimientos: un total de once (11) peticiones, dieciocho (18)

reclamos, ocho (08) inspecciones de obras y sesenta (60) inspecciones vinculaciones con la ciudadanía

en las labores de control social; creando el enlace con las acciones de fiscalización de la gestión

pública, los cuales se canalizaron y tramitaron en los órganos y entes competentes. Asimismo, se

efectuaron dos (02) inspecciones especiales en comunidades sobre problemas expresados por la

ciudadanía en materia de servicios públicos.

Cuadro Nº 15 Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-P-01-2016 Petición

Tramitación de solicitud de

nomenclatura ante la oficina de

CATASTRO

Oficina de CATASTRO

DSAC-P-02-2016 Petición Solicitud de patrullaje en el sector

y presencia policial

Instituto Público Policía del Municipio

Maracaibo (POLIMARACAIBO)

DSAC-P-03-2016 Petición Solicitud de reacondicionamiento

de E.B.N. Andrés Eloy Blanco Zona Educativa Región Zuliana

DSAC-P-04-2016 Petición

Intervenir en la solución del

inconveniente presentado para

poder realizar la Declaración

Jurada de Patrimonio por cese de

funciones

Oficina Municipal de Planificación Urbana

(OMPU)

DSAC-P-05-2016 Petición

Intervenir en la solución del

inconveniente presentado por la

Declaración Jurada de Patrimonio

(actualización)

Fundación Tranvía de Maracaibo

DSAC-P-06-2016 Petición Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-P-07-2016 Petición Solicitud por bote de aguas

servidas Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-P-08-2016 Petición Solicitud por bote de aguas

servidas Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-P-09-2016 Petición Solicitud de reparación de

semáforo

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

DSAC-P-10-2016 Petición Solicitud de reparación de

semáforo

Instituto Municipal del Transporte

Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito

Maracaibo (IMTCUMA)

DSAC-P-11-2016 Petición Solicitud de limpieza de antiguo

ambulatorio del CIF

Dirección de Catastro de la Alcaldía del

Municipio Maracaibo

DSAC-R-01-2016 Reclamos Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Page 58: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

98

Cuadro Nº 15 Cont. Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-R-02-2016 Reclamo Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-R-03-2016 Reclamo Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-R-04-2016 Reclamo Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-R-05-2016 Reclamo

Solicitud de recolección de

desechos sólidos e instalación de

cloacas y red de gas domestico

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU), Hidrológica del Lago

(HIDROLAGO), Servicio Autónomo para

el Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS)

DSAC-R-06-2016 Reclamo

Reclamo de la comunidad del

Barrio Bolívar por bote de aguas

negras

Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-R-07-2016 Reclamo Solicitud bote de aguas servidas Hidrológica del Lago (Hidrolago), Instituto

Municipal de Aseo Urbano (IMAU)

DSAC-R-08-2016 Reclamo Solicitud de agua potable Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-R-09-2016 Reclamo Solicitud de agua potable Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-R-10-2016 Reclamo Solicitud por bote de aguas

servidas Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-R-11-2016 Reclamo Solicitud por bote de aguas

servidas Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-R-12-2016 Reclamo Solicitud de colocación de tapas

de bocas de visitas

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-R-13-2016 Reclamo Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-R-14-2016 Reclamo Solicitud de Red de Gas

Doméstico

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas en Maracaibo (SAGAS)

DSAC-R-15-2016 Reclamo Solicitud de agua potable Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-R-16-2016 Reclamo Presunta construcción ilegal Oficina Municipal de Planificación Urbana

(OMPU)

Fuente: DSAC-R-17-

2016 Reclamo Presunta construcción ilegal

Oficina Municipal de Planificación Urbana

(OMPU)

DSAC-R-18-2016 Reclamo

Solicitud de reparación de calle y

alcantarilla y saneamiento de

cañada

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS); Dirección de Servicios Públicos

y Mercados Municipales (DSPMM)

VCLFGP-01-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: Plan de Petróleo,

Parroquia San Isidro

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Page 59: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

99

Cuadro Nº 15 Cont. Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

VCLFGP-02-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: Rehabilitación

Vial, Asfaltado, Reasfaltado,

Bacheo, Bateas, Aceras y

Brocales, Parroquia Raúl Leoni

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

VCLFGP-03-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: Continuación de

Biblioteca, Suministro de

Estructuras Metálicas, Parroquia

Juana de Ávila

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

VCLFGP-04-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: construcción de

batea

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

VCLFGP-05-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: culminación del

reasfaltado de la ruta de

transporte palo negro

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

VCLFGP-06-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: reasfaltado de

Corredor Vial Los Haticos, II

etapa

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

VCLFGP-07-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: reasfaltado

en la ruta de transporte Socorro

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

VCLFGP-08-2016 Inspecciones de

obras

Proyecto/Obra: rehabilitación

vial, asfaltado, reasfaltado,

bacheo, bateas, aceras y brocales

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-01-2016 Inspección Gran cantidad de desechos

sólidos acumulados

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-02-2016 Inspección Reasfaltado y bote de aguas

blancas

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO).

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano del Municipio Maracaibo

(IMTCUMA)

DSAC-I-03-2016 Inspección Reasfaltado de calle. Sector

Curva de Molina

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano del Municipio Maracaibo

(IMTCUMA)

DSAC-I-04-2016 Inspección

Reasfaltado de calle, bote de

aguas negras. Sector La

Ranchería

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO).

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano del Municipio Maracaibo

(IMTCUMA)

DSAC-I-05-2016 Inspección Problemática con el servicio de

Gas PDVSA GAS

DSAC-I-06-2016 Inspección Problemática referente al

reasfaltado

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas (SAGAS)

DSAC-I-07-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-08-2016 Inspección Solicitud de Reparación de

Alcantarillas destapadas

Dirección de Servicios y Mercados

Públicos Municipales (DSMPM)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Page 60: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

100

Cuadro Nº 15 Cont. Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-I-09-2016 Inspección Solicitud de Limpieza del tramo

de la cañada Zapara.

Instituto Municipal del Ambiente (IMA),

Dirección de Servicios y Mercados

Públicos Municipales (DSMPM)

DSAC-I-10-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-11-2016 Inspección Solicitud de Reasfaltado

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-12-2016 Inspección

Solicitud de Reparación de Poste

caído y cambio de cableado

eléctrico de la zona.

Corporación Eléctrica de Venezuela

(CORPOELEC)

DSAC-I-13-2016 Inspección Solicitud de reinstalación del

servicio de agua potable. Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-I-14-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-15-2016 Inspección Solicitud por botes de aguas

negras y reasfaltado

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO),

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-16-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-17-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-18-2016 Inspección Solicitud por botes de aguas

blancas y reasfaltado

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO),

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-19-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-20-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-21-2016 Inspección Solicitud por alcantarillas de

aguas de cloacas desbordadas Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-22-2016 Inspección Solicitud por bote de aguas negras Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-23-2016 Inspección Solicitud por no llegarle el

suministro de aguas blancas Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-24-2016 Inspección Solicitud para saneamiento de

cañada

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-25-2016 Inspección Solicitud por bote de aguas negras Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-26-2016 Inspección

Solicitud por tuberías para el

servicio de gas doméstico y

alumbrado público

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS), Corporación Eléctrica Nacional

(Corpoelec)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Page 61: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

101

Cuadro Nº 15 Cont. Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-I-27-2016 Inspección Solicitud por bote de aguas negras Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-28-2016 Inspección

Solicitud por reparación de mega

hueco por rompimiento de

carretera

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-29-2016 Inspección Solicitud por reparación de

alcantarillas

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-30-2016 Inspección Solicitud por reparación de

alcantarillas

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-31-2016 Inspección Solicitud por bote de aguas negras Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-32-2016 Inspección Solicitud por reparación de

alcantarillas

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-33-2016 Inspección Reparación de Hueco Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-34-2016 Inspección Reparación de calle principal Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-35-2016 Inspección Solicitud por bote de aguas

servidas Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-I-36-2016 Inspección Solicitud de Red de Gas

Doméstico

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-37-2016 Inspección Solicitud de reparación de

colector de aguas servidas Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-38-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-39-2016 Inspección Solicitud de reparación de

semáforo

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

DSAC-I-40-2016 Inspección Solicitud de remarcación de

alcantarilla

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-41-2016 Inspección Solicitud por bote de aguas

blancas Hidrológica del Lago (Hidrolago)

DSAC-I-42-2016 Inspección Solicitud de reparación de

semáforo

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

DSAC-I-43-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-44-2016 Inspección Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

DSAC-I-45-2016 Inspección Solicitud de reparación de huecos

Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros de Maracaibo

(IMTCUMA)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Page 62: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

102

Cuadro Nº 15 Cont. Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-I-46-2016 Inspección Solicitud por bote de aguas

servidas Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-I-47-2016 Inspección Solicitud por alcantarilla abierta Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-48-2016 Inspección Solicitud de agua potable Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-I-49-2016 Inspección Solicitud de agua potable Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-I-50-2016 Inspección Solicitud de reparación de calles

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-51-2016 Inspección Solicitud por alcantarilla abierta Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-52-2016 Inspección Solicitud reparación de

alcantarilla

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-53-2016 Inspección Solicitud de limpieza de cañada Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-54-2016 Inspección Solicitan la reparación de hueco

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO),

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-55-2016 Inspección Solicitud de agua potable Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-I-56-2016 Inspección Solicitud por reparación de

alcantarilla

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM)

DSAC-I-57-2016 Inspección

Solicitud de reparación y

adecuación de tuberías de aguas

servidas

Hidrológica del Lago (HIDROLAGO)

DSAC-I-58-2016 Inspección Solicitud reparación de calles y

avenidas

Servicio Autónomo para el Suministro de

Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

DSAC-I-59-2016 Inspección

Solicitan la reparación de

alcantarilla y recolección de

desechos sólidos

Dirección de Servicios Públicos y

Mercados Municipales (DSPMM); Instituto

Municipal de Aseo Urbano (IMAU)

DSAC-I-60-2016 Inspección Solicitud de recolección de árbol

caído por fuertes lluvias Instituto Municipal del Ambiente (IMA)

DSAC-IE-1-2016

Inspección

Especial en la

Comunidad

“Barrio

Cuatricentenario”,

Parroquia

Francisco

Eugenio

Bustamante, del

Municipio

Maracaibo

Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

Page 63: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

103

Cuadro Nº 15 Cont. Otras actividades vinculadas con la participación ciudadana

Nº Tipo Descripción Organismo/Dirección

DSAC-IE-2-2016

Inspección

especial en la

Comunidad del

sector “Curva de

Molina”,

Parroquia

Venancio Pulgar,

del Municipio

Maracaibo

Solicitud de recolección de

desechos sólidos

Instituto Municipal de Aseo Urbano

(IMAU)

Fuente: Oficina de Atención Ciudadana (2016)

3. Actividades vinculadas con las potestades investigativas, acciones fiscales o investigaciones y

expedientes remitidos al Ministerio Público.

En virtud de lo estipulado en los artículos 81 y 97, de la Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, la Contraloría Municipal de

Maracaibo, dio cumplimiento a las actividades vinculadas con la potestad investigativa, acciones

fiscales y expedientes remitidos al Ministerio Público a través del Departamento de Potestad

Investigativa adscrito a la Dirección de Control Posterior.

3.1 Valoración Preliminar de Informes de las Actuaciones de Control

El Departamento de Potestad Investigativa adscrito a la Dirección de Control Posterior

practicó la valoración jurídica de cuarenta (40) actuaciones de control, de las cuales mediante auto

motivado se archivaron veintidós (22) de las mismas, se dio inicio al procedimiento de potestad

investigativa a trece (13) de ellas y se remitieron previa valoración jurídica cinco (5) actuaciones

fiscales de seguimiento.

Cuadro No. 16 Valoración Preliminar de Informe de Control

Nº Actuación Fiscal Órgano / ente Valoración Jurídica Motivo

1 Nº DCAC-029-2015 Alcaldía de Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 08/01/2016

No existen hechos que puedan

enmarcarse en alguno de los supuestos

generadores de responsabilidad

administrativa.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 64: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

104

Cuadro No. 16 Cont. Valoración Preliminar de Informe de Control

Nº Actuación Fiscal Órgano / ente Valoración Jurídica Motivo

2 Nº DCAC-034-2015

Consejo Municipal de

Derechos de Niños, Niñas y

Adolescentes del Municipio

Maracaibo y al Fondo

Municipal de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes

del Municipio Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 27/01/2016

No existen hechos que puedan

enmarcarse en alguno de los supuestos

generadores de responsabilidad

administrativa.

3 Nº DCAC-026-2015 Servicio Desconcentrado de

Administración Tributaria

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 29/01/2016

En virtud de los principios de economía

y proporcionalidad.

4 Nº DCAC-036-2015

Consejo Municipal de

Derechos de Niños, Niñas y

Adolescentes del Municipio

Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 29/01/2016

En virtud de los principios de economía

y proporcionalidad.

5 Nº DCAD-024-2015 Instituto Municipal del

Deporte y la Recreación

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 26/01/2016

En virtud de los principios de economía

y proporcionalidad.

6 Nº DCAD-023-2015

Instituto Municipal de

Capacitación y Educación

Ciudadana

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 26/01/2016

En virtud de los principios de economía

y proporcionalidad.

7 Nº DCAC-008-2015

Servicio Autónomo Sistema

Municipal de Salud

(SAMAS)

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 26/02/2016

En virtud de los principios de economía

y proporcionalidad.

8 Nº DCAD-025-2015

Fundación para la Promoción

de la Cultura del Municipio

Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 19/02/2016

En virtud de los principios de economía

y proporcionalidad.

9 Nº DCAD-026-2015

Instituto Municipal de

Transporte Colectivo Urbano

de Pasajeros del Municipio

Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 09/03/2016

No existen hechos que permitan dar

inicio al ejercicio de la potestad

investigativa, aunado a los principios de

economía y proporcionalidad.

10 Nº DCAD-015-2015

Fundacion para el Sistema

Autosustentable de

Desarrollo Nicrofinanciero y

Ciudadano de Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 26/04/2016

En virtud de los principios de economía

y proporcionalidad.

11 Nº DCAC-030-2015

Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

Auto de Proceder de

fecha 13/04/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Servicio Autónomo para el Suministro

de Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS), correspondiente al segundo

semestre del año 2013 y al ejercicio

económico financiero 2014.

12 Nº DCAC-008-2015

Servicio Autónomo Sistema

Municipal de Salud del

Municipio Maracaibo

(SAMAS)

Auto de Proceder de

fecha 17/05/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Servicio Autónomo Sistema Municipal

de Salud del Municipio Maracaibo

(SAMAS), correspondiente a los

ejercicios económicos financieros 2012 y

2013.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 65: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

105

Cuadro No. 16 Cont. Valoración Preliminar de Informe de Control

Nº Actuación Fiscal Órgano / ente Valoración Jurídica Motivo

13 Nº DCAD-021-2015 Instituto Municipal del

Ambiente

Auto de Proceder de

fecha 17/05/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Instituto Municipal del Ambiente,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2014.

14 Informe Único

Nº DCAD-006-2016

Instituto Municipal de Aseo

Urbano y Domiciliario del

Municipio Maracaibo

Auto de Archivo de

fecha 29/06/2016

En virtud de que no existen hechos que

permitan dar inicio al ejercicio de la

potestad investigativa, aunado a los

principios de economía y

proporcionalidad.

15

Informe Definitivo de

Seguimiento

Nº DCAC-035-2015

Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración

Tributaria (SEDEMAT)

Auto de Archivo de

fecha 14/06/2016

En tanto la totalidad de las acciones

correctivas fueron acatadas.

16 Informe Definitivo de

seguimiento

Nº DCAC-040-2015

Servicio Integrado de

Atención a los Ciudadanos

Emprendedores

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 28/07/2016

No existen hechos que permitan dar

inicio al ejercicio de la potestad

investigativa, aunado a los principios de

economía y proporcionalidad.

17 Informe Definitivo de

seguimiento

Nº DCAC-038-2015

Servicio Autónomo Plaza de

Toros Monumental de

Maracaibo (SAPLAZ)

Informe de

Valoración Jurídica

de fecha 17/08/2016

En virtud de que existe una acción

correctiva no acatada, relacionada, con la

elaboración de los Manuales de Normas

y Procedimientos de la Oficina de

Recursos Humanos.

18 Informe de

Seguimiento

Nº DCAC-015-2016

Unidad de Auditoría Interna

del

Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS)

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 25/08/2016

En razón de que no existe mérito para el

inicio de potestad investigativa al

respecto.

19 Informe Definitivo

Nº DCAC-041-2016

Dirección de Registro Civil

del Municipio Maracaibo y

las Oficinas de Registro

Civil Parroquial

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 23/08/2016

En razón de que no existe mérito para el

inicio de potestad investigativa al

respecto.

20 Informe Definitivo

Nº DCAC-011-2015

Dirección de Ingeniería

Municipal

Auto de Proceder de

fecha 30/08/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada a la

Dirección de Ingeniería Municipal,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013.

21 Informe Definitivo

Nº DCAD-019-2015

Instituto Municipal del

Deporte y la Recreación Auto de Proceder de

fecha 30/08/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Instituto Municipal del Deporte y la

Recreación, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2014.

22

Informe de

Seguimiento

Nº ID-DCAD-12-2016

Fundación Fondo de Apoyo

a la Economía Popular del

Municipio Maracaibo

(FUNDEPO-MARACAIBO)

Informe de

Valoración Jurídica

de fecha 19/09/2016

En virtud de que existen dos acciones

correctivas no acatadas.

23

Informe de

Seguimiento

Nº DCAC-004-2016

Servicio Autónomo Sistema

Municipal de Salud del

Municipio Maracaibo

(SAMAS)

Informe de

Valoración Jurídica

de fecha 15/09/2016

En virtud de que existen trece acciones

correctivas no acatadas.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 66: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

106

Cuadro No. 16 Cont. Valoración Preliminar de Informe de Control

Nº Actuación Fiscal Órgano / ente Valoración Jurídica Motivo

24 Informe Definitivo

Nº DCAC-043-2015

Concejo Municipal de

Maracaibo

Auto de Proceder de

fecha 27/09/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Concejo Municipal de Maracaibo, para

el período comprendido desde el 01/01

al 31/10 del ejercicio fiscal 2015

25 Informe Definitivo

Nº DCAD-002-2016

Instituto Municipal de

Transporte Colectivo Urbano

de Pasajeros del Municipio

Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 20/09/2016

En razón de que no existe mérito para el

inicio de potestad investigativa al

respecto.

26 Informe Definitivo

Nº DCAD-005-16

Fundación Fondo de Apoyo

a la Economía Popular del

Municipio Maracaibo del

Estado Zulia (FUNDEPO-

MARACAIBO)

Auto de Proceder de

fecha 30/09/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada la

Fundación Fondo de Apoyo a la

Economía Popular del Municipio

Maracaibo del Estado Zulia

(FUNDEPO-MARACAIBO),

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2015.

27

Informe de

Seguimiento

Nº ID-DCAD-013-16

Fundación Tranvía de

Maracaibo

Informe de

Valoración Jurídica

de fecha 23/09/2016

En virtud de que existen dos acciones

correctivas no acatadas.

28

Informe Definitivo de

Seguimiento

Nº DCAC-007-2016

Servicio Autónomo Vereda

del Lado (SAVEL)

Informe de

Valoración Jurídica

de fecha 30/09/2016

En virtud de que existe una acción

correctiva no acatada.

29 Informe Definitivo

Nº DCAD-004-16

Instituto Municipal del

Deporte y la Recreación

Auto de Proceder de

fecha 30/09/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Instituto Municipal del Deporte y la

Recreación correspondiente al ejercicio

económico financiero 2015.

30 Informe Definitivo

Nº DCAC-037-2014

Sistema Integrado Municipal

de Administración (SIMA)

Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración

Tributaria (SEDEMAT)

Auto de Proceder de

fecha 05/10/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Sistema Integrado Municipal de

Administración (SIMA), hoy

Servicio Desconcentrado Municipal de

Administración Tributaria (SEDEMAT),

correspondiente a los ejercicios

económicos financieros 2012 y 2013.

31 Informe Definitivo

Nº DCAD-029-2015

Instituto Autónomo Cuerpo

de Bomberos del Municipio

Maracaibo

Auto de Proceder de

fecha 14/10/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Instituto Autónomo Cuerpo de

Bomberos del Municipio Maracaibo,

correspondiente al período comprendido

del 01/01/2014 al 30/11/2015

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 67: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

107

Cuadro No. 16 Cont. Valoración Preliminar de Informe de Control

Nº Actuación Fiscal Órgano / ente Valoración Jurídica Motivo

32 Informe Definitivo Nº

DCAD-027-2015

Instituto Público Policía

Municipal de Maracaibo

Auto de Proceder de

fecha 14/10/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Instituto Público Policía Municipal de

Maracaibo, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2014.

33 Nº DCAD-028-2015

Instituto Municipal del

Ambiente

Auto de Proceder de

fecha

22/12/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada al

Instituto Municipal del Ambiente,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2014 y ejecución de consulta

de precio Nº C/P IMA-Ord. 2356 de

fecha 11/12/2013.

34

Informe de

Seguimiento

Nº DC-DCAD-024-

2016

Unidad de Auditoría Interna

de la Alcaldía de Maracaibo Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 05/12/2016

En virtud de que no existen suficientes

elementos de convicción para el inicio de

potestad investigativa, se procede al

respectivo archivo.

35

Informe de

Seguimiento

Nº DCAD-021-2016

Fundación Fondo de Apoyo

a la Economía Popular del

Municipio Maracaibo del

Estado Zulia (FUNDEPO-

MARACAIBO)

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 08/12/2016

En virtud de que no existen suficientes

elementos de convicción para el inicio de

potestad investigativa, se procede al

respectivo archivo.

36

Informe de

Seguimiento

Nº DCAD-015-16

Fundación para la Promoción

de la Cultura del Municipio

Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 09/12/2016

En virtud de que no existen suficientes

elementos de convicción para el inicio de

potestad investigativa, se procede al

respectivo archivo.

37

Informe de

Seguimiento

Nº DCAD-009-2016

Instituto Público de Policía

Municipal de Maracaibo Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 15/12/2016

En virtud de que no existen suficientes

elementos de convicción para el inicio de

potestad investigativa, se procede al

respectivo archivo.

38

Informe de

Seguimiento

Nº DCAD-017-2016

Instituto Municipal de

Transporte Colectivo Urbano

de Pasajeros del Distrito

Maracaibo

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 16/12/2016

En virtud de que fueron acatadas la

totalidad de las recomendaciones

formuladas por el órgano de control

fiscal, se procede al respectivo archivo.

39

Informe de

Seguimiento

Nº DCAD-014-2016

Instituto Municipal del

Deporte y la Recreación

Archivo, realizado

mediante Auto de

fecha 16/12/2016

En virtud de que no existen suficientes

elementos de convicción para el inicio de

potestad investigativa, se procede al

respectivo archivo.

40 Nº DCAC-011-2016

Alcaldía del Municipio

Maracaibo

Auto de Proceder de

fecha

22/12/2016

En virtud de presuntas irregularidades

detectadas en actuación practicada a la

Alcaldía del Municipio Maracaibo,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2015.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 68: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

108

3.2 Auto motivado realizado de conformidad con lo previsto en el artículo 81 de la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

La Dirección de Determinación de Responsabilidades, cumpliendo con lo establecido en el

artículo 81 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

y del Sistema Nacional de Control Fiscal, durante el ejercicio económico fiscal 2016, se valoraron un

total de veintiún (21) expedientes de los cuales se ordenó el archivo de doce (12) expedientes y se

apertura procedimiento para la formulación de reparos, determinación de responsabilidades

administrativas o imposición de multas a diez (10) expedientes con el correspondiente auto de inicio.

Cuadro No. 17 Autos de inicio

No. Nº de Expediente Motivo Fecha

1 DDR-001-2016

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas

emprendidas por el Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental

de Maracaibo (SAPLAZ), con respecto a las recomendaciones

plasmadas en el Informe Definitivo Nº DCAC-001-2015 de fecha

19/01/2015, ejercicio 2013 según memorando Nº DCP-007-2016.

30/09/2016

2

D001-2016

Sobre la gestión de los recursos financieros asignados para proyecto

de inversión por programas ejecutados por el Instituto Municipal del

Ambiente, orientada a la comprobación de las operaciones

administrativas, presupuestaria, financieras, contables, económicas y

técnicas para verificar que se haya realizado conforme a las normas

legales, reglamentarias, estatutaria y de procedimientos que le son

aplicables; en tal sentido se procedió a la revisión de la documentación

que respaldan los procesos relacionados con la planificación y

ejecución de los recursos asignados donde tal situación obedece a la

falta de seguimiento y supervisión sobre las obligaciones contraídas.

06/10/2016

3

DDR-002-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal de seguimiento orientada a verificar el estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por la

Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio

Maracaibo (FUNDEPO-MARACAIBO).

07/11/2016

4 DDR-003-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal de seguimiento orientada a verificar el estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por las

máximas autoridades del Servicio Autónomo Sistema Municipal de

Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), relacionada a los efectos

de la verificación del mantenimiento, uso, resguardo y estado,

respecto, a los efectos de la verificación del mantenimiento, uso,

reguardo y estado de conservación de los bienes, se efectúo una

revisión exhaustiva de los 109 bienes ubicados en los ambulatorios:

Los Modines y Santa Inés, así como en el Programa Comunitario

Francisco Eugenio Bustamante, según el registro del Inventario de

Bienes Muebles al 31/12/2015

11/11/2016

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

Page 69: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

109

Cuadro No. 17 Cont. Autos de inicio

No. Nº de Expediente Motivo Fecha

5 C014-2015

Actuación Fiscal practicada a la inversión realizada a través de las

diferentes contrataciones de obras, efectuadas por el Servicio

Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS), correspondiente al ejercicio económico

financiero 2012.

21/11/2016

6 DDR-004-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal de seguimiento orientada a verificar el estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por el

Servicio Autónomo Vereda del Lago (SAVEL), con respecto a las

recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-010-

2015 de fecha 06/04/15, a tales efectos, se efectuó una revisión

exhaustiva de los treinta y siete (37) expedientes del personal

adscrito al SAVEL, conformados por treinta y dos (32) empleados

fijos y cinco (05) contratados para el ejercicio fiscal 2015,

asimismo, se efectuó la revisión de la nómina del personal de los

meses Septiembre y Diciembre de 2015 a los fines de verificar que

las mismas estén conforme a la normativa legal vigente.

24/11/2016

7 DDR-005-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal practicada a la Fundación Tranvía de Maracaibo,

orientada a evaluar el estado de implementación de las acciones

correctivas presentada por las autoridades de la Fundación Tranvía

de Maracaibo, se evaluaron las operaciones administrativas,

financieras, legales y presupuestarias, realizadas por instancias

administrativas que intervienen en los procesos a partir 01 de enero

al 31 de diciembre del 2015.

24/11/2016

8 C001-2016

Actuación fiscal realizada a la evaluación legal, administrativa,

financiera, presupuestaria y técnica de manera selectiva de las

obras programadas, ejecutadas y no concluidas por el Servicio

Autónomo para el suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS). Así mismo, a la revisión de los procesos de

contratación de auditores, profesionales independientes,

consultores y/o firma de auditores en materia de control suscritos

por el sistema y de los informes presentados por estos, durante el

ejercicio económico financiero 2014

16/12/2016

9 C002-2016

Actuación fiscal realizada a la evaluación de los procesos

administrativos, financieros, contables y presupuestarios de los

ingresos y gastos del Servicio Autónomo Sistema Municipal de

Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS). Así mismo, a la

revisión de los procesos de contratación de auditores, profesionales

independientes, consultores y/o firma de auditores en materia de

control suscritos por el sistema y de los informes presentados por

estos, durante los ejercicios económicos financieros 2012 y 2013.

16/12/2016

10 C018-2015

Presuntas irregularidades detectadas en actuación fiscal realizada a

los aspectos legales, administrativos, presupuestarios y financieros

relacionados con la adquisición, registro, control, mantenimiento,

uso, resguardo y estado de conservación de los bienes del Servicio

Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo

(SAMAS) correspondiente al ejercicio económico financiero 2014.

24/08/2016

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

Page 70: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

110

Cuadro No. 18 Autos de archivo

No. Nº de

Expediente Motivo

Fecha del Auto de

Archivo

1 D017-2014

Presuntas irregularidades detectadas en la actuación fiscal practicada

en el Instituto Municipal del Aseo Urbano y Domiciliario del distrito

Maracaibo (IMAU) correspondiente a la auditoria operativa,

relacionada en la planificación, selección, contratación y ejecución de

contratos por prestación de servicios de recolección, transporte,

alquiler de camiones y maquinarias hasta disposición final de los

derechos sólidos, para el ejercicio económico financiero 2013.

15-01-2016

2 D019-2014

Presuntas irregularidades detectadas en la actuación fiscal practicada

en POLIMARACAIBO a la auditoria de bienes muebles e inmuebles,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2013. 25-01-2016

3 D013-2015

Presuntas irregularidades detectadas en la actuación fiscal practicada al

Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación IMDEPREC la

auditoria de cumplimiento al ejercicio económico financiero 2013.

27-01-2016

4 C013-2015

Presuntas irregularidades detectadas en la actuación fiscal relacionada

con los procedimientos legales, administrativos y financieros de los

documentos que intervienen en la conformación y ejecución del fondo

en anticipo asignado al Despacho de la Alcaldesa, por concepto de

donaciones corrientes a personas.

28-01-2016

5 C007-2015

Presuntas irregularidades detectadas en la actuación fiscal practicada a

la Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU), relacionada

con el otorgamiento de permisos, cobro de tarifas y condiciones para la

prestación del servicio de estacionamiento correspondiente al ejercicio

económico 2013.

01-02-2016

6 C005-2015

Presuntas irregularidades detectadas en actuación fiscal practicada en

el Servicio Integrado de Atención a los Ciudadanos Emprendores

(SIACE), ejercicio 2012 y 2013.

02-02-2016

7 C001-2014

Presuntas irregularidades detectadas en la actuación fiscal practicada a

los procedimientos aplicados a la Oficina Municipal de Planificación

Urbana (OMPU), a las construcciones o edificaciones que se

encuentran en situación ilegal, correspondiente al ejercicio económico

2012.

17-02-2016

8 D011-2015

Presuntas irregularidades detectadas en la auditoria de cumplimiento

sobre los ingresos y gastos en el Instituto Municipal de Transporte

Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito Maracaibo (IMTCUMA),

correspondiente al ejercicio económico financiero 2013.

18-02-2016

9 D009-2015

Presuntas irregularidades detectadas en la auditoria de gestión de la

Oficina de Atención Ciudadana del Instituto Municipal de Aseo

Urbano y Domiciliario, correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013.

07-03-2016

10 D012-2015

Presuntas irregularidades detectadas en la auditoria de cumplimiento

en el área de Recursos Humanos en el Instituto Municipal de

Ambiente, correspondiente, al ejercicio económico financiero 2013.

07-03-2016

11 C017-2015

Presuntas irregularidades detectadas en actuación fiscal practicada a la

oficina de empresas recaudadoras adscritas a la Gerencia de Cobranzas

del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria

correspondiente al ejercicio económico financiero 2014.

25-04-2016

12 C009-2015

Actuación fiscal relacionada a evaluar los aspectos legales de los

procesos administrativos, presupuestarios, financieros, del capital

humano y contratación de auditores, consultores y/o firmas de

auditores.

24-11-2016

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

Page 71: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

111

3.3 Participaciones realizadas de conformidad con lo previsto en el artículo 97 de la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal

La Contraloría Municipal de Maracaibo durante el ejercicio financiero 2016, remitió a la

Contraloría General de la República copia debidamente certificada de ocho (8) autos de proceder,

mediante los cuales se dio inicio al procedimiento de potestad investigativa de conformidad con el

artículo 97 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de

Control Fiscal y el artículo 64 de su Reglamento.

Cuadro No. 19 Participaciones a la Contraloría General de la República

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

3.4 Actividades realizadas con ocasión de las potestades investigativas, acciones fiscales o

investigaciones y procedimientos sancionatorios llevados a cabo por el Ministerio Público u otro

organismo del sector público.

Durante el ejercicio económico financiero 2016, la Contraloría Municipal de Maracaibo, se

dirigió a la Fiscalía 12° para revisar ciento seis (106) causas, a la Fiscalía 25° para corroborar sesenta

y seis (66) causas y a la Fiscalía 26° para comprobar treinta (30) causas correspondientes del

Ministerio Público, solicitando informar la numeración y el estado actual de las investigaciones

correspondientes a los expedientes remitidos por este órgano de control fiscal.

Cabe destacar, que en fecha 31 de marzo de 2016, funcionarios de este Órgano de Control

Fiscal realizaron visitas a la sede del Ministerio Público del Estado Zulia, específicamente a las

Nº DE

EXPEDIENTE ORGANISMO Nº DE OFICIO FECHA

C018-2015 SAMAS DC-0341-2016 31/08/2016

DDR-001-2016 SAPLAZ DC-0449-2016 04/10/2016

DDR-002-2016 FUNDEPO-MARACAIBO DC-DDR-0487-2016 10/11/2016

DDR-003-2016 SAVEL CM-DC-0523-2016 24/11/2016

DDR-004-2016 SAMAS CM-DC-0532-2016 02/12/2016

C014-2015 SAGAS CM-DC-0547-2016 12/12/2016

DDR-005-2016 FUNDACIÓN TRANVIA

DE MARACAIBO CM-DC-0547-2016 12/12/2016

DC-001-2016 IMA DC-DDR-0450-2016

DC-DDR-0452-2016

10/10/2016

14/10/2016

Page 72: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

112

Fiscalías Duodécima (12º), Vigésima Quinta (25º) y Vigésima Sexta (26º) para verificar el estado

actual de las causas que cursan por dichas fiscalías.

Asimismo, es de resaltar que se elaboraron los oficios Nº DC-0158-2016,

Nº DC-0159-2016 y Nº DC-0160-2016, dirigidos a las fiscalías Duodécima (12º), Vigésima Quinta

(25º) y Vigésima Sexta (26º), respectivamente, con la finalidad de recibir respuesta sobre las

investigaciones correspondientes a los expedientes remitidos por esta Contraloría hasta la presente

fecha.

En fecha 29 de junio de 2016, funcionarios de este Órgano de Control Fiscal realizaron

visitas a la sede del Ministerio Público del Estado Zulia, específicamente a las Fiscalías Duodécima

(12º), Vigésima Quinta (25º) y Vigésima Sexta (26º) para verificar el estado actual de las causas que

cursan por dichas fiscalías.

En fecha 14 de diciembre de 2016, funcionarios de este Órgano de Control Fiscal realizaron

visitas a la sede del Ministerio Público del Estado Zulia, específicamente a las Fiscalías Duodécima

(12º), Vigésima Quinta (25º) y Vigésima Sexta (26º) para verificar el estado actual de las causas que

cursan por dichas fiscalías, y se remitió informe al Despacho Contralor en fecha 22 de diciembre de

2016 mediante memorando CJ-064-2016.

. Cuadro N° 20 Relación de Causas en Fiscalías

VISITA REALIZADA EL DÍA 14/12/2016

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

12 24-F12-0053-2003 ASODAMAS Concluida

12 24-F12-0044-2003 Reconducción del Presupuesto de la

Alcaldía de Maracaibo Concluida

12 24-F12-0006-2006 Denuncia formulada por la Concejal Ada

Raffalli, referida al cierre de la Av. 3H. Fase de investigación

12 24-F12-0044-2006 Acta de Sesión del Concejo Municipal de

Maracaibo Concluida

12 24-F12-0059-2008 Presuntas irregularidades cometidas en el

manejo de las cuentas del IMDEPREC Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 73: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

113

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

12 24-F12-0060-2008

Presuntas irregularidades presentadas en

las ejecuciones de varias obras por el

IMTCUMA.

Fase de investigación

12 24-F12-0120-2008

Presuntas irregularidades en la ejecución

de la obra de consolidación del Barrio

Monte Bello Santo por el SAGAS.

Fase de investigación

12 24-F12-0038-2009 Créditos adicionales del Concejo

Municipal de Maracaibo. Fase de investigación

12 24-F12-0060-2009

Presuntas irregularidades en expedientes

del personal jubilado para los Años 2006,

2007 y 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0076-2009

Presuntas irregularidades en la

administración del crédito adicional

solicitado por el Alcalde de Maracaibo

(E) Yeitter Urdaneta.

Fase de investigación

12 24-F12-0086-2009 IMDEPREC Fase de investigación

12 24-F12-0114-2009 IMA Fase de investigación

12 24-F12-0010-2010 SAMAT - (Contratación de obras) Fase de investigación

12 24-F12-0011-2010 SAGAS (Auditoria e Inspección de

Obras 2007) Fase de investigación

12 24-F12-020-2010 IMAU - (Actuación Fiscal 2008) Fase de investigación

12 24-F12-026-2010

Presuntas irregularidades en los

presupuestos y gastos asignados al

IMAU.

Fase de investigación

12 24-F12-0062-2010 IMA - (Auditoria 2007 y 2008). Fase de investigación

12 24-F12-0063-2010 IMGRA Fase de investigación

12 24-F12-0067-2010 Alcaldía de Maracaibo Cuenta 102

Tesorería 2003 – 2004 Fase de investigación

12 24-F12-0024-2011

Presuntos irregulares en las donaciones

otorgadas en los ejercicios económicos

financieros 2005 al 2007

Fase de investigación

12 24-F12-0060-2011 IMAU - (Actuación Fiscal) Fase de investigación

12 24-F12-0077-2011 FUNDEPO - (Actuación Fiscal 2008) Fase de investigación

12 24-F12-0082-2011

Presuntas irregularidades en los procesos

de contratación de servicios para la

recolección, transporte y tratamiento

final de desechos sólidos; así como en las

nóminas de pago del personal obrero del

IMAU

Fase de investigación

12 24-F12-0085-2011

Presuntas irregularidades en el Proyecto

FIDES Nº 0820.2003 durante el ejercicio

económico 2006

Fase de investigación

12 24-F12-0093-2011

Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos

de Maracaibo. Área de Recursos

Humanos Año 2008.

Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 74: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

114

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

12 24-F12-0104-2011

Presuntas irregularidades en las

operaciones del área de Recursos

Humanos del IMTCUMA

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2008

Fase de investigación

12 24-F12-0108-2011

Actuación Fiscal practicada en el IVIMA

a las obras programadas y ejecutadas

durante el ejercicio económico 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0113-2011

Actuación Fiscal practicada a los

ingresos y gastos efectuados por el

IMDEPREC, durante el ejercicio

económico 2007 y 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0006-2012 Alcaldía de Maracaibo 2007.

Coordinación de Servicios Jurídicos

Concluida

12 24-F12-0008-2012 IMA - (Expediente Nº D005-2012) Concluida

12

24-F12-0020-2012

Presuntas irregularidades en los ingresos

y gastos del área administrativa de

POLIMARACAIBO.

Fase de investigación

12 24-F12-0062-2012 SIMA - (Exp. Nº D045-2011) Fase de investigación

12 24-F12-0064-2012 IMAU - Recursos Humanos 2009 (Exp.

Nº D006-2012)

Fase de investigación

12 24-F12-0082-2012 SAMAT Fase de investigación

12 MP-452744-2013

Actuación Fiscal practicada a la

ejecución presupuestaria contable y

financiera de los ingresos y gastos a

Fundatranvia. (Exp. Nº D008-2013).

(Ejercicio Económico Financiero 2011).

Concluida

25 24-F25-0051-2003

Retiro y depósito de cheque no endosable

por la ciudadana: Violeta Ávila,

resultado de actuación de control.

Concluida

25 24-F25-0056-2003 Denuncia Pasarela Av. Ziruma

Empresa VIMEVENCA c.a.

Fase de investigación

25 24-F25-0017-2004

Manejo de las O.P. 3194 y 5588 para la

adquisición de camionetas por el IMAU.

Fase de Investigación

25 24-F25-0042-2006 SEGUROS MARACAIBO.

Fase de investigación

25

24-F25-0057-2006

Proceso de licitación por parte de la

Alcaldía de Maracaibo, a través del

IMAU para el contrato de recolección de

desechos sólidos.

Fase de investigación

25 24-F25-0017-2007 IVIMA Concluida

25 24-F25-0080-2008 IMTCUMA Se dictó sobreseimiento de la

causa.

25 24-F25-0026-2010 IMCEC Fase de investigación

25 24-F25-0049-2011 IMTCUMA 2008-2009

(Exp. Nº D022-2011). Fase de investigación

25 24-F25-0031-2011

06/04/2011

FUNDEPO 2009

(Exp. Nº D013-2011). Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 75: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

115

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

25 24-F25-0096-2011

22/09/2011 IVIMA 2009 - (Ingresos y Gastos) Fase de investigación

25 24-F25-0107-2011

14/10/2011

FOMOTUR 2010

(Ingresos, Gastos y Bienes Mueble) Fase de investigación

25 24-F25-0128-2011

07/12/2011 IMDEPREC 2010 - (Ingresos y Gastos) Fase de investigación

25 24-F25-0013-2012

01/03/2012 POLIMARACAIBO 2010 Fase de investigación

25 24-F25-0028-2012

10/04/2012 IMAU 2010 - (Ingresos y Gastos) Fase de investigación

25 24-F25-0029-2012

11/04/2012

IVIMA 2010. Culminación del

Desarrollo Habitacional San Miguel. Fase de investigación

25 24-F25-0070-2012

11/06/2012

Servicio Autónomo del Sistema

Municipal de Salud de Maracaibo 2008 Fase de investigación

25 24-F25-0152-2012

19/11/2012

SEDEMAT

(Ingresos y Gastos 2009 - 2010) Fase de investigación

25 24-F25-237801-2013

Examen de Cuenta al Fondo de Anticipo

Despacho del Alcalde de Maracaibo

2009. Exp. Nº C013-2011

Fase de investigación

25 MP.33691.2013 IMTCUMA. Obra de Rehabilitación y

Asfaltado del Elevado de Ziruma 2011 Fase de investigación

25

MP.311600.2013

OMPU

Constancias de Variables Urbanas

Fase de investigación

25

MP.414562.2013

02/10/2013

Contraloría Municipal

Gastos realizados sobre las Cuotas de

Condominio 2012-2013

Fase de investigación

26

24-F26-0044-2004

Denuncia formulada por el Lic. Jesús

Carrillo - Peculado de Uso (Refresquería

5 de Julio)

Se dictó sobreseimiento de la

causa

26 24-F26-0058-2009

Vehículos asignados al IMAU camiones

de recolección de Desechos Sólidos

(Basura) desincorporados

Fase de investigación

26 24-F26-0115-2009 Alcaldía de Maracaibo Fase de investigación

26 24-F26-0027-2010 Actuación Fiscal en el IMAU

(Primer Trimestre del Año 2009) Fase de investigación

26 24-F26-0032-2010 IMA Fase de investigación

26 24-F26-0050-2010 Constructora COSACO Fase de investigación

26 24-F26-0030-2011 Alcaldía de Maracaibo Fase de investigación

26

MP-76069-2013

FUNDASALUD 2008-2009

(Exp. Nº D016-2011). Fase de investigación

26

MP-33725-2013

FUNDACULTURA 2009-2010

(Exp. Nº D004-2012) Fase de investigación

26 MP-216450-2013

Examen de Cuenta - Fondo de Anticipo

2009. Despacho del Alcalde de

Maracaibo (Exp. Nº C009-2011)

Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 76: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

116

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

VISITA REALIZADA EL DÍA 29/06/2016

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

12 24-F12-0053-2003 ASODAMAS Se dictó sobreseimiento de la

causa

12 24-F12-0044-2003 Reconducción del Presupuesto de la

Alcaldía de Maracaibo.

Se dictó sobreseimiento de la

causa

12 24-F12-0006-2006 Denuncia formulada por la Concejal Ada

Raffalli, referida al cierre de la Av. 3H. Fase de investigación

12 24-F12-0044-2006 Acta de Sesión del Concejo Municipal de

Maracaibo

Se dictó sobreseimiento de la

causa

12 24-F12-0059-2008 Presuntas irregularidades cometidas en el

manejo de las cuentas del IMDEPREC. Fase de investigación

12 24-F12-0060-2008

Presuntas irregularidades presentadas en

las ejecuciones de varias obras por el

IMTCUMA

Fase de investigación

12 24-F12-0120-2008

Presuntas irregularidades en la ejecución

de la obra de consolidación del Barrio

Monte Bello Santo por el SAGAS

Fase de investigación

12 24-F12-0038-2009 Créditos adicionales del Concejo

Municipal de Maracaibo Fase de investigación

12 24-F12-0060-2009

Presuntas irregularidades en expedientes

del personal jubilado para los Años 2006,

2007 y 2008

Fase de investigación

12 24-F12-0076-2009

Presuntas irregularidades en la

administración del crédito adicional

solicitado por el Alcalde de Maracaibo

(E) Yeitter Urdaneta

Fase de investigación

12 24-F12-0086-2009 IMDEPREC Fase de investigación

12 24-F12-0114-2009 IMA Fase de investigación

12 24-F12-0010-2010 SAMAT - (Contratación de obras) Fase de investigación

12 24-F12-0011-2010 SAGAS

(Auditoria e Inspección de Obras 2007) Fase de investigación

12 24-F12-020-2010 IMAU - (Actuación Fiscal 2008) Fase de investigación

12 24-F12-026-2010

Presuntas irregularidades en los

presupuestos y gastos asignados al

IMAU

Fase de investigación

12 24-F12-0062-2010 (IMA y 2008) Fase de investigación

12 24-F12-0063-2010 IMGRA Fase de investigación

12 24-F12-0067-2010 Alcaldía de Maracaibo Cuenta 102

Tesorería 2003 – 2004 Fase de investigación

12 24-F12-0024-2011

Presuntos irregulares en las donaciones

otorgadas en los ejercicios económicos

financieros 2005 al 2007

Fase de investigación

12 24-F12-0060-2011 IMAU - (Actuación Fiscal) Fase de investigación

12 24-F12-0077-2011 FUNDEPO - (Actuación Fiscal 2008) Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 77: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

117

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

12 24-F12-0082-2011

Presuntas irregularidades en los procesos

de contratación de servicios para la

recolección, transporte y tratamiento

final de desechos sólidos; así como en las

nóminas de pago del personal obrero del

IMAU.

Fase de investigación

12 24-F12-0085-2011

Presuntas irregularidades en el Proyecto

FIDES Nº 0820.2003 durante el ejercicio

económico 2006.

Fase de investigación

12 24-F12-0093-2011

Instituto Autónomo

Cuerpo de Bomberos de Maracaibo

Área de Recursos Humanos Año 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0104-2011

Presuntas irregularidades en las

operaciones del área de Recursos

Humanos del IMTCUMA

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0108-2011

Actuación Fiscal practicada en el IVIMA

a las obras programadas y ejecutadas

durante el ejercicio económico 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0113-2011

Actuación Fiscal practicada a los

ingresos y gastos efectuados por el

IMDEPREC, durante el ejercicio

económico 2007 y 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0006-2012 Alcaldía de Maracaibo 2007

Coordinación de Servicios Jurídicos

Se dictó sobreseimiento de la

causa

12 24-F12-0008-2012 IMA - (Expediente Nº D005-2012)

Se dictó sobreseimiento de la

causa

12

24-F12-0020-2012

Presuntas irregularidades en los ingresos

y gastos del área administrativa de

POLIMARACAIBO.

Fase de investigación

12 24-F12-0062-2012 SIMA - (Exp. Nº D045-2011)

Fase de investigación

12 24-F12-0064-2012 IMAU - Recursos Humanos 2009

(Exp. Nº D006-2012) Fase de investigación

12 24-F12-0082-2012 SAMAT

Fase de investigación

12 MP-452744-2013

Actuación Fiscal practicada a la

ejecución presupuestaria contable y

financiera de los ingresos y gastos a

Fundatranvia. (Exp. Nº D008-2013).

(Ejercicio Económico Financiero 2011).

Se dictó sobreseimiento de la

causa

25

24-F25-0051-2003

Retiro y depósito de cheque no endosable

por la ciudadana: Violeta Ávila,

resultado de actuación de control.

Se dictó sobreseimiento de la

causa

25 24-F25-0056-2003

Denuncia

Pasarela Av. Ziruma

Empresa VIMEVENCA c.a.

Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 78: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

118

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

25 24-F25-0017-2004

Manejo de las O.P. 3194 y 5588 para la

adquisición de camionetas por el IMAU. Fase de Investigación

25 24-F25-0042-2006 SEGUROS MARACAIBO.

Fase de investigación

25

24-F25-0057-2006

Proceso de licitación por parte de la

Alcaldía de Maracaibo, a través del

IMAU para el contrato de recolección de

desechos sólidos.

Fase de investigación

25 24-F25-0017-2007 IVIMA Se dictó sobreseimiento de la

causa

25 24-F25-0080-2008 IMTCUMA Se dictó sobreseimiento de la

causa

25 24-F25-0026-2010 IMCEC Fase de investigación

25 24-F25-0049-2011

IMTCUMA 2008-2009

(Exp. Nº D022-2011).

Fase de investigación

25 24-F25-0031-2011

06/04/2011 FUNDEPO 2009 - (Exp. Nº D013-2011). Fase de investigación

25 24-F25-0096-2011

22/09/2011 IVIMA 2009 - (Ingresos y Gastos). Fase de investigación

25 24-F25-0107-2011

14/10/2011

FOMOTUR 2010

(Ingresos, Gastos y Bienes Mueble). Fase de investigación

25 24-F25-0128-2011

07/12/2011 IMDEPREC 2010 - (Ingresos y Gastos). Fase de investigación

25 24-F25-0013-2012

01/03/2012 POLIMARACAIBO 2010 Fase de investigación

25 24-F25-0028-2012

10/04/2012 IMAU 2010 - (Ingresos y Gastos) Fase de investigación

25 24-F25-0029-2012

11/04/2012

IVIMA 2010. Culminación del

Desarrollo Habitacional San Miguel. Fase de investigación

25 24-F25-0070-2012

11/06/2012

Servicio Autónomo del Sistema

Municipal de Salud de Maracaibo 2008. Fase de investigación

25 24-F25-0152-2012

19/11/2012

SEDEMAT

(Ingresos y Gastos 2009 - 2010). Fase de investigación

25 24-F25-237801-2013

Examen de Cuenta al Fondo de Anticipo

Despacho del Alcalde de Maracaibo

2009. Exp. Nº C013-2011

Fase de investigación

25 MP.33691.2013 IMTCUMA Obra de Rehabilitación y

Asfaltado del Elevado de Ziruma 2011. Fase de investigación

25 MP.311600.2013

OMPU Constancias de Variables

Urbanas

Fase de investigación

25 MP.414562.2013

02/10/2013

Contraloría Municipal. Gastos realizados

sobre las Cuotas de Condominio 2012-

2013

Fase de investigación

26

24-F26-0044-2004

Denuncia formulada por el Lic. Jesús

Carrillo - Peculado de Uso (Refresquería

5 de Julio).

Se dictó sobreseimiento de la

causa

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 79: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

119

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

26 24-F26-0058-2009

Vehículos asignados al IMAU camiones

de recolección de Desechos Sólidos

(Basura) desincorporados.

Fase de investigación

26 24-F26-0115-2009 Alcaldía de Maracaibo Fase de investigación

26 24-F26-0027-2010 Actuación Fiscal en el IMAU

(Primer Trimestre del Año 2009). Fase de investigación

26 24-F26-0032-2010 IMA Fase de investigación

26 24-F26-0050-2010 Constructora COSACO Fase de investigación

26 24-F26-0030-2011 Alcaldía de Maracaibo Fase de investigación

26

MP-76069-2013

FUNDASALUD 2008-2009

(Exp. Nº D016-2011). Fase de investigación

26

MP-33725-2013

FUNDACULTURA 2009-2010

(Exp. Nº D004-2012). Fase de investigación

26 MP-216450-2013

Examen de Cuenta - Fondo de Anticipo

2009. Despacho del Alcalde de

Maracaibo (Exp. Nº C009-2011).

Fase de investigación

VISITA DEL DIA 31/03/2016

12 24-F12-0053-2003 ASODAMAS Se dictó sobreseimiento de la

causa en fecha 20/10/2008

12 24-F12-0044-2003 Reconducción del Presupuesto de la

Alcaldía de Maracaibo. Fase de investigación

12 24-F12-0006-2006 Denuncia formulada por la Concejal Ada

Raffalli, referida al cierre de la Av. 3H. Fase de investigación

12 24-F12-0044-2006 Acta de Sesión del Concejo Municipal de

Maracaibo. Fase de investigación

12 24-F12-0059-2008 Presuntas irregularidades cometidas en el

manejo de las cuentas del IMDEPREC. Fase de investigación

12 24-F12-0060-2008

Presuntas irregularidades presentadas en

las ejecuciones de varias obras por el

IMTCUMA.

Fase de investigación

12 24-F12-0120-2008

Presuntas irregularidades en la ejecución

de la obra de consolidación del Barrio

Monte Bello Santo por el SAGAS.

Fase de investigación

12 24-F12-0038-2009 Créditos adicionales del Concejo

Municipal de Maracaibo. Fase de investigación

12 24-F12-0060-2009

Presuntas irregularidades en expedientes

del personal jubilado para los Años 2006,

2007 y 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0076-2009

Presuntas irregularidades en la

administración del crédito adicional

solicitado por el Alcalde de Maracaibo

(E) Yeitter Urdaneta.

Fase de investigación

12 24-F12-0086-2009 IMDEPREC Fase de investigación

12 24-F12-0114-2009 IMA Fase de investigación

12 24-F12-0010-2010 SAMAT - (Contratación de obras). Fase de investigación

12 24-F12-0011-2010 SAGAS

(Auditoria e Inspección de Obras 2007) Fase de investigación

12 24-F12-020-2010 IMAU - (Actuación Fiscal 2008). Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 80: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

120

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

12 24-F12-020-2010

Presuntas irregularidades en las

asignaciones del FIDES y el LAEE al

SAMAT.

Fase de investigación

12 24-F12-026-2010

Presuntas irregularidades en los

presupuestos y gastos asignados al

IMAU.

Fase de investigación

12 24-F12-0062-2010 IMA - (Auditoría 2007 y 2008). Fase de investigación

12 24-F12-0063-2010 IMGRA Fase de investigación

12 24-F12-0067-2010 Alcaldía de Maracaibo Cuenta 102

Tesorería 2003 – 2004 Fase de investigación

12 24-F12-0024-2011

Presuntos irregulares en las donaciones

otorgadas en los ejercicios económicos

financieros 2005 al 2007.

Fase de investigación

12 24-F12-0060-2011 IMAU - (Actuación Fiscal). Fase de investigación

12 24-F12-0077-2011 FUNDEPO - (Actuación Fiscal 2008) Fase de investigación

12 24-F12-0082-2011

Presuntas irregularidades en los procesos

de contratación de servicios para la

recolección, transporte y tratamiento

final de desechos sólidos; así como en las

nóminas de pago del personal obrero del

IMAU.

Fase de investigación

12 24-F12-0085-2011

Presuntas irregularidades en el Proyecto

FIDES Nº 0820.2003 durante el ejercicio

económico 2006.

Fase de investigación

12 24-F12-0093-2011

Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos

de Maracaibo. Área de Recursos

Humanos Año 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0104-2011

Presuntas irregularidades en las

operaciones del área de Recursos

Humanos del IMTCUMA

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0108-2011

Actuación Fiscal practicada en el IVIMA

a las obras programadas y ejecutadas

durante el ejercicio económico 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0113-2011

Actuación Fiscal practicada a los

ingresos y gastos efectuados por el

IMDEPREC, durante el ejercicio

económico 2007 y 2008.

Fase de investigación

12 24-F12-0006-2012 Alcaldía de Maracaibo 2007

Coordinación de Servicios Jurídicos Fase de investigación

12 24-F12-0008-2012 IMA - (Expediente Nº D005-2012) Fase de investigación

12

24-F12-0020-2012

Presuntas irregularidades en los ingresos

y gastos del área administrativa de

POLIMARACAIBO.

Fase de investigación

12 24-F12-0062-2012 SIMA - (Exp. Nº D045-2011) Fase de investigación

12 24-F12-0064-2012 IMAU - Recursos Humanos 2009

(Exp. Nº D006-2012) Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 81: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

121

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

12 24-F12-0082-2012 SAMAT Fase de investigación.

12 MP-452744-2013

Actuación Fiscal practicada a la

ejecución presupuestaria contable y

financiera de los ingresos y gastos a

Fundatranvia. (Exp. Nº D008-2013).

(Ejercicio Económico Financiero 2011)

Se solicitó el sobreseimiento

25 24-F25-0051-2003

Retiro y depósito de cheque no endosable

por la ciudadana: Violeta Ávila,

resultado de actuación de control.

Concluida

25 24-F25-0056-2003 Denuncia Pasarela Av. Ziruma

Empresa VIMEVENCA c.a. Fase de investigación

25 24-F25-0017-2004

Manejo de las O.P. 3194 y 5588 para la

adquisición de camionetas por el IMAU Fase de Investigación

25 24-F25-0042-2006 SEGUROS MARACAIBO Fase de investigación

25

24-F25-0057-2006

Proceso de licitación por parte de la

Alcaldía de Maracaibo, a través del

IMAU para el contrato de recolección de

desechos sólidos

Fase de investigación

25 24-F25-0017-2007 IVIMA Concluida. Sobreseimiento

25 24-F25-0080-2008 IMTCUMA Fase de investigación

25 24-F25-0026-2010 IMCEC Fase de investigación

25 24-F25-0049-2011 IMTCUMA 2008-2009

(Exp. Nº D022-2011) Fase de investigación

25 24-F25-0031-2011

06/04/2011 FUNDEPO 2009 - (Exp. Nº D013-2011) Fase de investigación

25 24-F25-0096-2011

22/09/2011 IVIMA 2009 - (Ingresos y Gastos) Fase de investigación

25 24-F25-0107-2011

14/10/2011

FOMOTUR 2010

(Ingresos, Gastos y Bienes Mueble). Fase de investigación

25 24-F25-0128-2011

07/12/2011 IMDEPREC 2010 - (Ingresos y Gastos) Fase de investigación

25 24-F25-0013-2012

01/03/2012 POLIMARACAIBO 2010. Concluida

25 24-F25-0028-2012

10/04/2012 IMAU 2010 - (Ingresos y Gastos) Fase de investigación

25 24-F25-0029-2012

11/04/2012

IVIMA 2010 Culminación del

Desarrollo Habitacional San Miguel. Fase de investigación

25 24-F25-0070-2012

11/06/2012

Servicio Autónomo del Sistema

Municipal de Salud de Maracaibo 2008 Fase de investigación

25 24-F25-0152-2012

19/11/2012

SEDEMAT

(Ingresos y Gastos 2009 - 2010). Fase de investigación

25 24-F25-237801-2013

Examen de Cuenta al Fondo de Anticipo

Despacho del Alcalde de Maracaibo

2009. Exp. Nº C013-2011

Fase de investigación

25 MP.33691.2013

IMTCUMA

Obra de Rehabilitación y Asfaltado del

Elevado de Ziruma 2011

Fase de investigación

25 MP.311600.2013 OMPU

Constancias de Variables Urbanas Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 82: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

122

Cuadro N° 20 Cont. Relación de Causas en Fiscalías

FISCALIA EXPEDIENTE Nº MOTIVACIÓN ESTADO ACTUAL

25 MP.414562.2013

02/10/2013

Contraloría Municipal

Gastos realizados sobre las Cuotas de

Condominio 2012-2013

Fase de investigación

26

24-F26-0044-2004

Denuncia formulada por el Lic. Jesús

Carrillo - Peculado de Uso (Refresquería

5 de Julio)

Fase preparatoria de investigación

26 24-F26-0058-2009

Vehículos asignados al IMAU camiones

de recolección de Desechos Sólidos

(Basura) desincorporados

Fase de investigación

26 24-F26-0115-2009 Alcaldía de Maracaibo Fase de investigación

26 24-F26-0027-2010 Actuación Fiscal en el IMAU(Primer

Trimestre del Año 2009) Fase de investigación

26 24-F26-0032-2010 IMA Fase de investigación

26 24-F26-0050-2010 Constructora COSACO. Fase de investigación

26 24-F26-0030-2011 Alcaldía de Maracaibo Fase de investigación

26

MP-76069-2013

FUNDASALUD 2008-2009

(Exp. Nº D016-2011) Fase de investigación

26

MP-33725-2013

FUNDACULTURA 2009-2010

(Exp. Nº D004-2012) Fase de investigación

26 MP-216450-2013

Examen de Cuenta - Fondo de Anticipo

2009. Despacho del Alcalde de

Maracaibo (Exp. Nº C009-2011)

Fase de investigación

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Gráfico No. 10 Relación de Causas en Fiscalía

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Fiscalía 12°

105

Fiscalía 25°

65

Fiscalía26°

29

Total Causas

199

Page 83: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

CAPÍTULO V

POTESTADES INVESTIGATIVAS, ACCIONES

FISCALES Y EXPEDIENTES REMITIDOS AL

MINISTERIO PÚBLICO

Page 84: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

82

CAPÍTULO V

POTESTADES INVESTIGATIVAS, ACCIONES FISCALES Y EXPEDIENTES REMITIDOS

AL MINISTERIO PÚBLICO

1. Potestad investigativa.

En virtud de lo estipulado en el artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, durante el ejercicio económico financiero 2016,

en la Contraloría Municipal de Maracaibo, se realizaron trece (13) autos de proceder, quedaron en

trámite tres (3) expedientes en fase de sustanciación, un (1) expediente en fase de notificación y tres (3)

en fase de prueba, para un total de siete (7) expedientes en trámite, igualmente, se concluyeron catorce

(14) que fueron remitidos a la Dirección de Determinación de Responsabilidades, para un total de

iniciadas en trámites y concluidas de veintiún (21) expedientes. (Ver anexo Nº 06)

Cuadro N° 21 Relación de Expedientes

Nº Nº DE

EXPEDIENTE

ÓRGANO O

ENTE HECHO IRREGULAR STATUS

1 DPI-003-2016

Concejo

Municipal de

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAC-043-2015 de

fecha 22/12/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada en el Concejo Municipal de

Maracaibo, durante el período comprendido

desde el 01/01 al 31/10 del ejercicio fiscal 2015.

En Trámite

Fase de

Sustanciación.

2 DPI-008-2016

Instituto

Municipal del

Ambiente

(IMA).

Informe Definitivo Nº DCAD-028-2015 de

fecha 30/03/2016, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada al Instituto Municipal del Ambiente,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2014.

En Trámite

Fase de

Sustanciación.

3 DPI-009-2016 Alcaldía de

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAC-011-2016 de

fecha 17/10/2016, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada a la Alcaldía del Municipio

Maracaibo, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2015.

En Trámite

Fase de

Sustanciación.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 85: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

83

Cuadro N° 21 Cont. Relación de Expedientes

Nº Nº DE

EXPEDIENTE

ÓRGANO O

ENTE HECHO IRREGULAR STATUS

4 DPI-007-2016

Instituto Público

Policía

Municipal de

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAD-027-2015 de

fecha 22/12/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada al Instituto Público Policía Municipal

de Maracaibo, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2014.

En Trámite

Fase de

Notificación.

5 C010-2015

Alcaldía de

Maracaibo/

Servicio

Desconcentrado

de

Administración

Tributaria

(SEDEMAT) y

el Sistema

Integrado de

Administración

(SIMA).

Informe definitivo DCAC-037-2014 de fecha

12/11/2014, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en actuación fiscal

realizada a los ingresos percibidos por la venta

de terrenos ejidos (Ramo 805) de la Alcaldía de

Maracaibo, correspondiente a los ejercicios

económicos financieros 2012 y 2013.

En Trámite

Fase de Prueba.

6 DPI-001-2016

Dirección de

Ingeniería

Municipal de la

Alcaldía de

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAC-011-2015 de

fecha 13/04/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada a la Dirección de Ingeniería

Municipal de la Alcaldía de Maracaibo,

correspondiente a los ejercicios económicos

financieros 2012 y 2013.

En Trámite

Fase Prueba.

7 DPI-006-2016

Instituto

Autónomo

Cuerpo de

Bomberos del

Municipio

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAD-029-2015 de

fecha 17/05/2016, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada al Instituto Autónomo Cuerpo de

Bomberos del Municipio Maracaibo,

correspondiente al período comprendido del

01/01/2014 al 30/11/2015.

En Trámite

Fase de Prueba.

8 D011-2015

Instituto

Municipal de

Transporte

Colectivo

Urbano de

Pasajeros del

Distrito

Maracaibo, hoy

Municipio

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAD-002-2015 de

fecha 29/01/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría de

cumplimiento sobre los ingresos y gastos,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013, en el Instituto Municipal de

Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del

Distrito Maracaibo, hoy Municipio Maracaibo.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

04/01/2016.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 86: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

84

Cuadro N° 21 Cont. Relación de Expedientes

Nº Nº DE

EXPEDIENTE

ÓRGANO O

ENTE HECHO IRREGULAR STATUS

9 D009-2015

Instituto

Municipal de

Aseo Urbano y

Domiciliario del

Municipio

Maracaibo

(IMAU).

Informe Definitivo Nº DCAD-011-2015 de

fecha 21/04/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría de

gestión de la oficina de Atención Ciudadana del

IMAU, correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

19/01/2016.

10 D012-2015

Instituto

Municipal del

Ambiente

(IMA).

Informe Definitivo Nº DCAD-005-2015, de

fecha 18/02/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría de

cumplimiento en el área de Recursos Humanos,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013, en el Instituto Municipal del

Ambiente.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

24/02/2016.

11 C015-2015 Alcaldía de

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAC-003-2014 de

fecha 15/01/2014, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría

practicada a los estados financieros de la

Alcaldía de Maracaibo, correspondiente al

ejercicio económico financiero 2013.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

10/03/2016.

12 C017-2015

Servicio

Desconcentrado

de

Administración

Tributaria

(SEDEMAT).

Informe Definitivo Nº DCAC-019-2015 de

fecha 18/05/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada en el Servicio Desconcentrado de

Administración Tributaria (SEDEMAT),

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2014.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

31/03/2016.

13 C018-2015

Servicio

Autónomo

Sistema

Municipal de

Salud del

Municipio

Maracaibo

(SAMAS).

Informe Definitivo Nº DCAC-021-2015 de

fecha 27/05/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría

practicada al Servicio Autónomo Sistema

Municipal de Salud del Municipio Maracaibo,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2014.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

14/07/2016.

14 D001-2016

Instituto

Municipal del

Ambiente

(IMA).

Informe Definitivo Nº DCAD-021-2015 de

fecha 16/10/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría de

cumplimiento practicada en el Instituto

Municipal del Ambiente, correspondiente al

ejercicio económico financiero 2014.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

18/08/2016.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 87: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

85

Cuadro N° 21 Cont. Relación de Expedientes

Nº Nº DE

EXPEDIENTE

ÓRGANO O

ENTE HECHO IRREGULAR STATUS

15 C014-2015

Servicio

Autónomo para

el Suministro de

Gas e

Infraestructura

de Maracaibo

(SAGAS).

Informe Definitivo Nº DCAC-028-2014 de

fecha 16/10/2014, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría

practicada a la inversión realizada a través de las

diferentes contrataciones de obras, efectuadas

por el SAGAS, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2012.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

27/09/2016.

16 C009-2015

Oficina de

Recursos

Humanos de la

Alcaldía del

Municipio

Maracaibo.

Informe Definitivo Nº DCAC-027-2014 de

fecha 16/10/2014, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría

practicada a la Oficina de Recursos Humanos de

la Alcaldía del Municipio Maracaibo,

correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013 y primer cuatrimestre 2014.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

04/10/2016.

17 C001-2016

Servicio

Autónomo para

el Suministro de

Gas e

Infraestructura

de Maracaibo

(SAGAS).

Informe Definitivo Nº DCAC-030-2015 de

fecha 10/07/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría

practicada en el Servicio Autónomo para el

Suministro de Gas e Infraestructura del

Municipio Maracaibo, correspondiente al

segundo semestre del año 2013 y al ejercicio

económico financiero 2014.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

27/10/2016.

18 C002-2016

Servicio

Autónomo

Sistema

Municipal de

Salud del

Municipio

Maracaibo

(SAMAS).

Informe Definitivo Nº DCAC-008-2015 de

fecha 26/03/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría

practicada en el Servicio Autónomo Sistema

Municipal de Salud del Municipio Maracaibo,

correspondiente a los ejercicios económicos

financieros 2012 y 2013.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

27/10/2016.

19 DPI-002-2016

Instituto

Municipal del

Deporte y la

Recreación

(IMDEPREC).

Informe Definitivo Nº DCAD-019-2015 de

fecha 29/06/2015, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada en el Instituto Municipal del Deporte

y la Recreación, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2014.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

22/12/2016.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 88: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

86

Cuadro N° 21 Cont. Relación de Expedientes

Nº Nº DE

EXPEDIENTE

ÓRGANO O

ENTE HECHO IRREGULAR STATUS

20 DPI-004-2016

Fundación

Fondo de

Apoyo a la

Economía

Popular del

Municipio

Maracaibo del

Estado Zulia

(FUNDEPO).

Informe Definitivo Nº DCAD-005-2016 de

fecha 28/06/2016, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en la auditoría

practicada a la Fundación Fondo de Apoyo a la

Economía Popular del Municipio Maracaibo del

Estado Zulia, para el ejercicio económico

financiero 2015.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

22/12/2016.

21 DPI-005-2016

Instituto

Municipal del

Deporte y la

Recreación

(IMDEPREC).

Informe Definitivo Nº DCAD-004-16 de fecha

17/08/2016, relacionado con presuntas

irregularidades detectadas en auditoría

practicada al Instituto Municipal del Deporte y

la Recreación, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2015.

Concluido

Remitido a la

Dirección de

Determinación de

Responsabilidades

en fecha

22/12/2016.

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Gráfico No. 11 Status de Expedientes

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

7

3

1

3

14

14

En trámite

Sustanciación

Notificación

Prueba

Concluidas

Remitidos a la Dirección de

Determinación

Page 89: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

87

2. Acciones Fiscales

La Contraloría Municipal para el ejercicio económico financiero 2016, inició y sustanció diez

(10) expedientes, de los cuales fueron decididos tres (3) expedientes, donde se declaró responsabilidad

administrativa a dos (2) personas, según consta en el expediente No. C018-2015 y se formularon dos

(2) reparos, correspondiente al expediente No. D001-2016 siendo que fue declarado absuelto de

responsabilidad administrativa en expediente No. DDR-001-2016.

Cuadro N°22 Expedientes iniciados y sustanciados

Nº de Expediente Motivo Fecha

DDR-001-2016

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas

emprendidas por el Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de

Maracaibo (SAPLAZ), con respecto a las recomendaciones plasmadas en

el Informe Definitivo Nº DCAC-001-2015 de fecha 19/01/2015, ejercicio

2013 según memorando Nº DCP-007-2016.

30/09/2016

D001-2016

Sobre la gestión de los recursos financieros asignados para proyecto de

inversión por programas ejecutados por el Instituto Municipal del

Ambiente, orientada a la comprobación de las operaciones administrativas,

presupuestaria, financieras, contables, económicas y técnicas para verificar

que se haya realizado conforme a las normas legales, reglamentarias,

estatutaria y de procedimientos que le son aplicables; en tal sentido se

procedió a la revisión de la documentación que respaldan los procesos

relacionados con la planificación y ejecución de los recursos asignados

donde tal situación obedece a la falta de seguimiento y supervisión sobre

las obligaciones contraídas.

06/10/2016

DDR-002-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal de seguimiento orientada a verificar el estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por la Fundación

Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo

(FUNDEPO-MARACAIBO).

07/11/2016

DDR-003-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal de seguimiento orientada a verificar el estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por las máximas

autoridades del Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del

Municipio Maracaibo (SAMAS), relacionada a los efectos de la

verificación del mantenimiento, uso, resguardo y estado, respecto, a los

efectos de la verificación del mantenimiento, uso, reguardo y estado de

conservación de los bienes, se efectúo una revisión exhaustiva de los 109

bienes ubicados en los ambulatorios: Los Modines y Santa Inés, así como

en el Programa Comunitario Francisco Eugenio Bustamante, según el

registro del Inventario de Bienes Muebles al 31/12/2015

11/11/2016

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

Page 90: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

88

Cuadro N°22 Cont. Expedientes iniciados y sustanciados

Nº de Expediente Motivo Fecha

C014-2015

Actuación Fiscal practicada a la inversión realizada a través de las

diferentes contrataciones de obras, efectuadas por el Servicio Autónomo

para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS),

correspondiente al ejercicio económico financiero 2012.

21/11/2016

DDR-004-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal de seguimiento orientada a verificar el estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por el Servicio

Autónomo Vereda del Lago (SAVEL), con respecto a las

recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-010- 2015

de fecha 06/04/15, a tales efectos, se efectuó una revisión exhaustiva de

los treinta y siete (37) expedientes del personal adscrito al SAVEL,

conformados por treinta y dos (32) empleados fijos y cinco (05)

contratados para el ejercicio fiscal 2015, asimismo, se efectuó la revisión

de la nómina del personal de los meses Septiembre y Diciembre de 2015 a

los fines de verificar que las mismas estén conforme a la normativa legal

vigente.

24/11/2016

DDR-005-2016

SEGUIMIENTO

Actuación fiscal practicada a la Fundación Tranvía de Maracaibo,

orientada a evaluar el estado de implementación de las acciones

correctivas presentada por las autoridades de la Fundación Tranvía de

Maracaibo, se evaluaron las operaciones administrativas, financieras,

legales y presupuestarias, realizadas por instancias administrativas que

intervienen en los procesos a partir del 01 de enero al 31 de diciembre del

2015.

24/11/2016

C001-2016

Actuación fiscal realizada a la evaluación legal, administrativa, financiera,

presupuestaria y técnica de manera selectiva de las obras programadas,

ejecutadas y no concluidas por el Servicio Autónomo para el suministro

de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS). Asimismo, a la revisión

de los procesos de contratación de auditores, profesionales independientes,

consultores y/o firma de auditores en materia de control suscritos por el

sistema y de los informes presentados por estos, durante el ejercicio

económico financiero 2014.

16/12/2016

C002-2016

Actuación fiscal realizada a la evaluación de los procesos administrativos,

financieros, contables y presupuestarios de los ingresos y gastos del

Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo

(SAMAS). Asimismo, a la revisión de los procesos de contratación de

auditores, profesionales independientes, consultores y/o firma de auditores

en materia de control suscritos por el sistema y de los informes

presentados por estos, durante los ejercicios económicos financieros 2012

y 2013.

16/12/2016

C018-2015

Presuntas irregularidades detectadas en actuación fiscal realizada a los

aspectos legales, administrativos, presupuestarios y financieros

relacionados con la adquisición, registro, control, mantenimiento, uso,

resguardo y estado de conservación de los bienes del Servicio Autónomo

Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS)

correspondiente al ejercicio económico financiero 2014.

24/08/2016

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

Page 91: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

89

Cuadro No. 23 Expedientes Decididos

No. de Expediente Motivo Fecha

CM-DDR-002-2016

Por no velar que antes de que se procediera a realizar los pagos, se

efectuará la retención del diez por ciento (10%) tal como lo establece la

cláusula Nº 7 del contrato Nº CA-IMA-14-SC-006 Rubro 1, de fecha

31/07/2014, Celebrado con la Empresa Distribuidora Venezuela en el

cual, acordando entre las partes la retención del diez por ciento (10%)

por cada pago realizado, en sustitución de la fianza de fiel

cumplimiento; no obstante, en la revisión a las órdenes de pago

asignadas con los Nros. 000515 y 000547 de fechas 22/10/2014 y

10/11/2014, respectivamente, no se evidenciaron dichas retenciones.

Incurriendo de tal manera con su conducta en el supuesto generador de

responsabilidad administrativa consagrado en el artículo 91 numeral 2

de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal.

09/12/2016

CM-DDR-002-2016

Por proceder a realizar pagos a través de las órdenes de pagos

asignadas con los Nros. 000515 y 000547 de fechas 22/10/2014 y

10/11/2014, sin efectuarla retención correspondiente, tal como lo

establece la cláusula Nº 7 del contrato Nº CA-IMA-14-SC-006 Rubro

1, de fecha 31/07/2014, con la Empresa Distribuidora Venezuela en el

cual, acordaron entre las partes la retención del diez por ciento (10%)

por cada pago realizado, en sustitución de la fianza de fiel

cumplimiento. Incurriendo de tal manera con su conducta en el

supuesto generador de responsabilidad administrativa consagrado en el

artículo 91 numeral 2 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de

la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

09/12/2016

CM-DDR-001-2016

Por un monto de Bolívares Seis Mil Doscientos Setenta y Nueve con

Setenta y Cuatro Céntimos (Bs. 6.279.74), correspondiente a la Mitad

de la alícuota del valor total de 9 Bienes Muebles registrados en el

Formulario (BM-1) Inventario de Bienes Muebles del Servicio

Autónomo para el 31/12/2014, los cuales alcanzan un valor de Doce

Mil Quinientos Treinta y Nueve Bolívares con Cuarenta y Ocho

Céntimos (Bs. 12.539,48), de los cuales no se garantizó su resguardo,

desconociéndose la ubicación actual de los mismos, tal como se

desprende de Acta Fiscal realizada In Situ, en fecha 23/05/2016.

13/10/2016

CM-DDR-001-2016

Por un monto de Bolívares Seis Mil Doscientos Setenta y Nueve con

Setenta y Cuatro Céntimos (Bs. 6.279.74), correspondiente a la Mitad

de la alícuota del valor total de 9 Bienes Muebles registrados en el

Formulario (BM-1) Inventario de Bienes Muebles del Servicio

Autónomo para el 31/12/2014, los cuales alcanzan un valor de Doce

Mil Quinientos Treinta y Nueve Bolívares con Cuarenta y Ocho

Céntimos (Bs. 12.539,48), de los cuales no se veló por su resguardo,

desconociéndose la ubicación actual de los mismos, tal como se

desprende de Acta Fiscal realizada In Situ, en fecha 23/05/2016.

13/10/2016

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

Page 92: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

90

Cuadro No. 24 Declaratoria de Responsabilidad en lo administrativo

No. de Expediente Motivo Fecha

CM-DDR-002-2016

Por no velar que antes de que se procediera a realizar los pagos, se efectuará

la retención del diez por ciento (10%) tal como lo establece la cláusula Nº 7

del contrato Nº CA-IMA-14-SC-006 Rubro 1, de fecha 31/07/2014,

Celebrado con la Empresa Distribuidora Venezuela en el cual, acordando

entre las partes la retención del diez por ciento (10%) por cada pago

realizado, en sustitución de la fianza de fiel cumplimiento; no obstante, en la

revisión a las órdenes de pago asignadas con los Nros. 000515 y 000547 de

fechas 22/10/2014 y 10/11/2014, respectivamente, no se evidenciaron dichas

retenciones. Incurriendo de tal manera con su conducta en el supuesto

generador de responsabilidad administrativa consagrado en el artículo 91

numeral 2 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal.

09/12/2016

CM-DDR-002-2016

Por proceder a realizar pagos a través de las órdenes de pagos asignadas

con los Nros. 000515 y 000547 de fechas 22/10/2014 y 10/11/2014, sin

efectuarla retención correspondiente, tal como lo establece la cláusula Nº 7

del contrato Nº CA-IMA-14-SC-006 Rubro 1, de fecha 31/07/2014, con la

Empresa Distribuidora Venezuela en el cual, acordaron entre las partes la

retención del diez por ciento (10%) por cada pago realizado, en sustitución

de la fianza de fiel cumplimiento. Incurriendo de tal manera con su conducta

en el supuesto generador de responsabilidad administrativa consagrado en el

artículo 91 numeral 2 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

09/12/2016

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

3. Expedientes remitidos al Ministerio Público.

El Departamento de Potestad Investigativa adscrita a la Dirección de Control Posterior,

remitió al Ministerio Público copia debidamente certificada de dos (02) expedientes investigativos a los

efectos de que ese Despacho determine la procedencia de acciones penales y/o civiles. (Ver anexo 10).

Page 93: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

CAPÍTULO VI

GESTIÓN INTERNA DE LA CONTRALORÍA

MUNICIPAL DE MARACAIBO

Page 94: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

93

CAPÍTULO VI

GESTIÓN INTERNA DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE MARACAIBO

1. Administración y Finanzas

La Contraloría Municipal de Maracaibo para el ejercicio económico financiero 2016, realizó la

planificación operativa de las actividades acorde con los criterios de racionalización en la

administración de los recursos, los cuales tienen como finalidad optimizar la gestión administrativa, el

manejo de los recursos financieros y presupuestarios, salvaguardando los bienes que constituyen el

patrimonio del órgano, haciendo énfasis en el fortalecimiento de los mecanismos de control interno y la

culminación de los resultados previstos.

Apegados a lo establecido en la Ordenanza del Presupuesto de Ingresos y Gastos para el

Ejercicio Económico Financiero 2016, publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 001-2016 de

fecha 01/01/2016, el monto asignado a este Órgano Contralor es por la cantidad de trescientos

veintidós millones veintinueve mil ciento cincuenta y siete bolívares con 00/100 céntimos

(Bs.322.029.157,00).

Cuadro Nº 25 Distribución del Presupuesto de Gastos

PARTIDA DENOMINACIÓN MONTO ASIGNADO

4.01 GASTOS DE PERSONAL 246.781.371,00

4.02 MATERIALES, SUMINISTROS Y MERCANCÍAS 14.939.040,00

4.03 SERVICIOS NO PERSONALES 27.324.475,00

4.04 ACTIVOS REALES 12.725.500,00

4.07 TRANSFERENCIAS Y DONACIONES 19.758.771,00

4.11 DISMINUCIÓN DEL PASIVO 500.000,00

TOTAL…………………………… 322.029.157,00

Fuente: Dirección de Administración (2016)

Asimismo, le fueron asignados recursos adicionales por la cantidad de ciento treinta y tres

millones cuatrocientos ochenta y seis mil seiscientos ochenta bolívares con cincuenta y dos céntimos

(Bs. 133.486.680,52) aprobados durante el ejercicio económico financiero 2016.

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Gráfico No. 12 Distribución del Presupuesto de Gastos

Fuente: Dirección de Administración (2016)

Cuadro Nº 26. Relación de créditos adicionales

Mes Aprobación Crédito adicional

Monto en Bs. Oficio N° Fecha

Enero - - -

Febrero - - -

Marzo OP-397-2016 11/03/2016 14.995.839,92

Abril - - -

Mayo OP-848-2016 30/05/2016 6.000.000,00

Junio OP-1005-2016 17/06/2016 4.132.007,03

Julio OP-1151-2016 18/07/2016 1.000.000,00

Agosto OP-1052-2016 02/08/2016 2.500.000,00

Fuente: Dirección de Administración (2016)

Gasto de Personal Bs.

246.781.371,00

Materiales, suministro y

mercancía 14.939.040,00

Servicios no Personales

27.324.475,00

Activo Reales

12.725.500,00

Transferencia y

Donaciones

19.758.771,00

Disminución de Pasivo

500.000,00

Total Bs. 322.029.157,00

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Cuadro Nº 26. Cont. Relación de créditos adicionales

Mes Aprobación Crédito adicional

Monto en Bs. Oficio N° Fecha

Agosto OF-20160972 09/08/2016 6.198.011,00

Septiembre OP-2144-2016 30/09/2016 10.250.938,56

Octubre OP-2337-2016 17/10/2016 10.000.000,00

Octubre OP-2445-2016 28/10/2016 21.747.510,31

Noviembre OP-2588-2016 15/11/2016 10.000.000,00

Noviembre OP-2689-2016 21/11/2016 10.000.000,00

Diciembre OP-2936-2016 05/12/2016 1.792.000,00

Diciembre OP-3131-2016 19/12/2016 23.150.373,70

Diciembre OP-3253-2016 29/12/2016 6.720.000,00

Diciembre OP-3254-2016 29/12/2016 1.685.525,34

Diciembre OP-3255-2016 29/12/2016 3.314.474,66

TOTAL 133.486.680,52

Fuente: Dirección de Administración (2016)

Al realizar el análisis de la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos del Ejercicio

económico financiero 2016, se pudo determinar lo siguiente:

Cuadro No. 27 Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos

Asignación según Ordenanza Bs. 322.029.157.00

Crédito Adicional Bs. 133.486.680,52

Total Presupuesto Modificado al 31/12/2016 Bs. 455.515.837,52

Fuente: Dirección de Administración (2016)

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Cuadro No. 27 Cont. Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos

Fuente: Dirección de Administración (2016)

La diferencia entre el causado y el pagado acumulado pendiente por pagar es por la cantidad

de setecientos cuarenta y nueve mil quinientos ochenta y tres bolívares con setenta y cinco céntimos

(Bs.749.583,75) esto se debe a las órdenes de pagos Nº 9120 por un monto de quinientos setenta mil

con cero céntimos (Bs. 570.000,00) a favor de la Contraloría Municipal, por concepto de ayuda para

estudios académicos a los hijos de los funcionarios y funcionarias de este órgano de control, así mismo,

las Órdenes de Pago Nº 9128 y Nº 9129 por la cantidad de seis mil setecientos diecisiete bolívares con

diez céntimos (Bs 6.717,10) y la cantidad de ciento setenta y dos mil ochocientos sesenta y seis

bolívares con sesenta y cinco céntimos (Bs.172.866,65) a favor de Jordán Parra y Ana Franco

respectivamente, por diferencia dejada de pagar en liquidación por renuncia a este órgano.

Para el cierre del ejercicio económico financiero 2016, se recibieron de la Alcaldía del

Municipio Maracaibo, los Dozavos y Créditos Adicionales por la cantidad de cuatrocientos cincuenta y

cinco millones quinientos quince mil ochocientos treinta y siete bolívares con cuarenta y ocho

céntimos (455.515.837,48). Distribuidos de la siguiente forma:

Total Presupuesto Acumulado 2016

Monto Comprometido Bs. 455.388.544,77

Bs. 127.292,75

Bs. 455.388.544,77

Bs. 454.638.961,02

Bs. 749.583,75

Disponibilidad

Monto Causado

Monto Pagado

Monto por Pagar

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Cuadro No. 28 Dozavos

Fuente: Dirección de Administración (2016)

Existe una diferencia entre la Asignación Según Ordenanza (Bs. 322.029.157,00) y

los Dozavos recibidos (Bs. 322.029.156,96) por la cantidad de cuatro céntimos (Bs 0,04) que

se dejaron de percibir por parte de la Alcaldía del Municipio Maracaibo.

Lotes/

Depósitos Fecha

Presupuesto

Asignación Según

Ordenanza

Recibido Por Recibir

2016-1000112 14/01/2016 Bs. 322.029.157.00 Bs 13.417.881,54 Bs 308.611.275,46

2016-1000245 22/01/2016 Bs 308.611.275,46 Bs 13.417.881,54 Bs 295.193.393,92

2016-1000486 11/02/2016 Bs 295.193.393,92 Bs 13.417.881,54 Bs 281.775.512,38

2016-1000768 23/02/2016 Bs 281.775.512,38 Bs 13.417.881,54 Bs 268.357.630,84

2016-1001258 09/ 03/2016 Bs 268.357.630,84 Bs 13.417.881,54 Bs 254.939.749,30

2016-1001768 28/03/2016 Bs 254.939.749,30 Bs 13.417.881,54 Bs 241.521.867,76

2016-1001938 14/04/2016 Bs 241.521.867,76 Bs 13.417.881,54 Bs 228.103.986,22

2016-2862996 02/05/2016 Bs 228.103.986,22 Bs 13.417.881,54 Bs 214.686.104,68

2016-2947802 12/05/2016 Bs 214.686.104,68 Bs 13.417.881,54 Bs 201.268.223,14

2016-3095541 30/05/2016 Bs 201.268.223,14 Bs 13.417.881,54 Bs 187.850.341,60

2016-3246660 15/06/2016 Bs 187.850.341,60 Bs 13.417.881,54 Bs 174.432.460,06

2016-3371843 29/06/2016 Bs 174.432.460,06 Bs 13.417.881,54 Bs 161.014.578,52

2016-3520109 14/07/2016 Bs 161.014.578,52 Bs 13.417.881,54 Bs 147.596.696,98

2016-3668497 28/07/2016 Bs 147.596.696,98 Bs 13.417.881,54 Bs 134.178.815,44

2016-1003746 11/08/2016 Bs 134.178.815,44 Bs 13.417.881,54 Bs 120.760.933,90

2016-1004149 24/08/2016 Bs 120.760.933,90 Bs 13.417.881,54 Bs 107.343.052,36

D-469804582 15/09/2016 Bs 107.343.052,36 Bs 13.417.881,54 Bs 93.925.170,82

D-466691746 30/09/2016 Bs 93.925.170,82 Bs 13.417.881,54 Bs 80.507.289,28

D-466697082 17/10/2016 Bs 80.507.289,28 Bs 13.417.881,54 Bs 67.089.407,74

D-464991679 28/10/2016 Bs 67.089.407,74 Bs 13.417.881,54 Bs 53.671.526,20

D-466689620 15/11/2016 Bs 53.671.526,20 Bs 13.417.881,54 Bs 40.253.644,66

D-484393156 30/11/2016 Bs 40.253.644,66 Bs 13.417.881,54 Bs 26.835.763,12

D-484397738 15/12/2016 Bs 26.835.763,12 Bs 13.417.881,54 Bs 13.417.881,58

D-484363985 29/12/2016 Bs 13.417.881,58 Bs 13.417.881,54 Bs 0,04

Total general Bs. 0 Bs. 0 Bs. 0,04

Total de Dozavos

recibidos

Bs 322.029.156,96

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CRÉDITOS ADICIONALES

Fuente: Dirección de Administración (2016)

2. Recursos Humanos

En relación al recurso humano, comprendido por el universo de funcionarios de la

Contraloría Municipal de Maracaibo, esta gestión se llevó a cabo en atención a las políticas que

orientan el Código de Conducta de los Funcionarios Públicos al Servicio de la Contraloría Municipal

de Maracaibo, Ley del Estatuto de la Función Pública, Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y

las Trabajadoras y Manual de Organización, entre otras leyes y normas vigentes en esta materia.

Lotes/

Depósitos Fecha Monto Bs.

2016-1001353 11/03/2016 14.995.839,92

2016-3095577 30/05/2016 6.000.000,00

2016-3275238 17/06/2016 4.132.007,03

2016-3565357 18/07/2016 1.000.000,00

2016-1004149 02/08/2016 2.500.000,00

2016-3781012 08/08/2016 6.198.011,00

2016-4327491 30/09/2016 10.250.938,56

D-67688771 17/10/2016 10.000.000,00

D-464991680 28/10/2016 21.747.510,31

D-466689621 15/11/2016 10.000.000,00

D-47019303 21/11/2016 10.000.000,00

D-484399501 05/12/2016 1.792.000,00

D-484363985 19/12/2016 23.150.373,70

Lote10078931 29/12/2016 6.720.000,00

Lote10078971 29/12/2016 1.685.525,34

Lote10078961 29/12/2016 3.314.474,66

TOTAL GENERAL 133.486.680,52

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Al cierre del ejercicio económico financiero 2016, este órgano de control cuenta con un

recurso humano de ciento cincuenta y siete (157) funcionarios, distribuidos en las diferentes unidades

organizativas que componen su estructura funcional: un (01) Contralor Municipal, siete (7) Directores,

diez (10) jefes de departamentos, tres (3) coordinadores, y cincuenta y seis (56) Auditores, Asistentes

y Auxiliares Fiscales, y ochenta (80) Personal Administrativo.

En este mismo orden de ideas, la Contraloría Municipal de Maracaibo cuenta con cincuenta

(50) personas jubiladas y pensionadas, detallados de la siguiente manera: seis (6) Jubilados Mayor,

veintisiete (27) Jubilados, un (1) Jubilado Alto Funcionario, dos (2) Pensionados Mayor y catorce (14)

Pensionados.

Asimismo, en referencia a los beneficios sociales de carácter legal, este Órgano Contralor

concede a sus trabajadores el beneficio de programa de alimentación, mediante el suministro de tarjetas

electrónicas, por cada jornada laboral y cancelada de manera mensual. De igual forma, se cancelaron

de manera oportuna los beneficios correspondientes al bono vacacional y se efectuó la acreditación de

los días correspondientes, por concepto de antigüedad, enmarcada a razón de lo que especifique la

normativa legal.

En atención a las necesidades técnicas profesionales de cada una de las dependencias, y con

el propósito de dotar al órgano contralor de profesionales y técnicos capaces de cumplir con la alta

misión encomendada, se dio ingreso a veintiocho (28) empleados en condición de fijos. En este mismo

orden de ideas, durante el 2016, egresaron veintiún (21) personas por renuncia, seis (06) por remoción,

once (11) por jubilación. (Ver Anexos Nros.14 y 15).

3. Apoyo Jurídico

Para el ejercicio fiscal 2016 se emitieron veintiún (21) Criterios Jurídicos a solicitud del

Despacho Contralor y las diferentes Unidades Organizativas que conforman la Contraloría Municipal

de Maracaibo.

Según, Memorando Nº DCH-023-2016 de fecha 26 de enero de 2016, emanado de la

Dirección de Capital Humano, mediante el cual solicita criterio jurídico en relación al

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100

escrito S/N de fecha 13 de enero de 2016, presentado por la funcionaria: Ana Mae

Speaker Núñez, titular de la cédula de identidad Nº V-8.501.493, contentivo de una serie

de inquietudes sobre su estatus dentro de este Órgano de Control Fiscal, al respecto se

realizó Criterio Jurídico signado con el Memorando Nº DSJ-015-2016 de fecha 01 de

febrero de 2016.

Según, Memorando Nº DCH-044-2016 de fecha 23 de febrero de 2016, emanado de la

Dirección de Capital Humano, mediante el cual solicita criterio jurídico en relación al

Escrito S/N de fecha 04 de febrero de 2016, presentado por la funcionaria: Ana Lucia

López Suárez, titular de la cédula de identidad Nº V-10.415.419, contentivo de la

solicitud, estudio y otorgamiento de su jubilación especial de conformidad con el

Decreto Nº 1.289, mediante el cual se dicta el Instructivo que establece las Normas que

Regulan los Requisitos y Trámites para la Jubilación Especial de los Funcionarios,

Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los

Estados y de los Municipios y para los Obreros y Obreras al Servicio de la

Administración Pública Nacional, publicado en Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela Nº 40.510 de fecha 2 de octubre de 2014, al respecto se

realizó Criterio Jurídico signado con el Memorando Nº DSJ-026-2016 de fecha 29 de

febrero de 2016.

Según Memorando Nº DCH-044-2016 de fecha 23 de febrero de 2016, emanado de la

Dirección de Capital Humano, mediante el cual solicita criterio jurídico en relación al

Escrito S/N de fecha 05 de febrero de 2016, presentado por la funcionaria: Carmen

Josefina Prieto, titular de la cédula de identidad Nº V-6.831.588, contentivo de la

solicitud, estudio y otorgamiento de su jubilación especial de conformidad con el

Decreto Nº 1.289, mediante el cual se dicta el Instructivo que establece las Normas que

Regulan los Requisitos y Trámites para la Jubilación Especial de los Funcionarios,

Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los

Estados y de los Municipios y para los Obreros y Obreras al Servicio de la

Administración Pública Nacional, publicado en Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela Nº 40.510 de fecha 2 de octubre de 2014, al respecto se

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101

realizó Criterio Jurídico signado con el Memorando Nº DSJ-027-2016 de fecha 29 de

febrero de 2016.

Según Memorando Nº DCH-123-2016 de fecha 09 de marzo de 2016, emanado de la

Dirección de Capital Humano, mediante el cual solicita criterio jurídico en relación al

escrito S/N de fecha 02 de marzo 2016, presentado por la funcionaria: Massiel Finol,

titular de la cédula de identidad Nº V-9.774.425, contentivo de la solicitud, estudio y

otorgamiento de su jubilación especial de conformidad con el Decreto

Nº 1.289, mediante el cual se dicta el Instructivo que establece las Normas que Regulan

los Requisitos y Trámites para la Jubilación Especial de los Funcionarios, Funcionarias,

Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los

Municipios y para los Obreros y Obreras al Servicio de la Administración Pública

Nacional, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Nº 40.510 de fecha 2 de octubre de 2.014, al respecto se realizó Criterio Jurídico signado

con el Memorando Nº DSJ-031-2016 de fecha 11 de marzo de 2016.

Se elaboró Criterio Jurídico según memorando Nº DSJ-034-2016 de fecha 29 de marzo

de 2016, a solicitud de fecha 08 de marzo de 2016 mediante memorando

DT-058-16 remitido por la Dirección Técnica, en relación a la revisión y asesoría legal

en cuanto a los documentos oficiales 2016 que serán desincorporados por la Contraloría

Municipal, de conformidad con los procedimientos legales correspondientes establecidos

en la Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con el Reglamento

Interno de la Contraloría Municipal de Maracaibo y el Manual de Normas y

Procedimientos del Archivo Central de este Órgano de Control Fiscal.

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-044-2016 en fecha 30 de mayo de 2016, en virtud de

la remisión de fecha 23 de Mayo de 2016, efectuada por la Dirección de Capital

Humano a esta Dirección de los Servicios Jurídicos, según Memorando

Nº DCH-297-2016 y recibido en la misma fecha, referido a la jubilación de la

ciudadana: DORIS DEL CARMEN PERDOMO MENDEZ, titular de la cédula de

identidad Nº V-7.801.691, quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo de

ANALISTA CONTABLE I.

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102

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-045-2016 en fecha 30 de mayo de 2016, en virtud de

la remisión de fecha 23 de Mayo de 2016, efectuada por la Dirección de Capital

Humano a esta Dirección de los Servicios Jurídicos, según Memorando

Nº DCH-297-2016 y recibido en la misma fecha, referido a la jubilación del ciudadano:

LUIS ENRIQUE PÉREZ CAMPOS, titular de la cédula de identidad Nº V-4.641.539,

quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo de AUDITOR FISCAL II.

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-046-2016 en fecha 30 de mayo de 2016, en virtud de

la remisión de fecha 23 de Mayo de 2016, efectuada por la Dirección de Capital

Humano a esta Dirección de los Servicios Jurídicos, según Memorando

Nº DCH-297-2016 y recibido en la misma fecha, referido a la jubilación del ciudadano:

JORGE GABRIEL ROJAS MARQUINA, titular de la cédula de identidad

Nº V-5.047.101, quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo de

AUDITOR FISCAL III.

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-047-2016 en fecha 30 de mayo de 2016, en virtud de

la remisión de fecha 23 de Mayo de 2016, efectuada por la Dirección de Capital

Humano a esta Dirección de los Servicios Jurídicos, según Memorando

Nº DCH-297-2016 y recibido en la misma fecha, referido a la jubilación del ciudadano:

HORACIO ENRIQUE TAGLIAFERRO LAGUNA, titular de la cédula de identidad

Nº V-3.909.105, quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo de JEFE DEL

DEPARTAMENTO DE FINANZAS, LOGISTICAS Y SERVICIOS GENERALES.

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-048-2016 en fecha 30 de mayo de 2016, en virtud de

la remisión de fecha 23 de Mayo de 2016, efectuada por la Dirección de Capital

Humano a esta Dirección de los Servicios Jurídicos, según Memorando

Nº DCH-297-2016 y recibido en la misma fecha, referido a la jubilación de la

ciudadana: ZOELY DEL CARMEN SULBARAN SANTIAGO, titular de la cédula de

identidad Nº V-7.712.112, quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo de

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL POSTERIOR DE LA UNIDAD DE

AUDITORÍA INTERNA.

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103

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-050-2016 en fecha 06 de junio de 2016, en virtud de la

remisión efectuada por la Dirección de Capital Humano a esta Dirección de los Servicios

Jurídicos, según Memorando Nº DCH-299-2016 de fecha 30 de mayo de 2016 y recibido en la

misma fecha, referido a la jubilación de la ciudadana: CARMEN ALCIRA RIVAS, titular de la

cédula de identidad Nº V-10.102.739, quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo

de SECRETARIA III.

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-054-2016 en fecha 13 junio de 2016, en virtud de la remisión

efectuada por la Dirección de Capital Humano a esta Dirección de los Servicios Jurídicos, según

Memorando Nº DCH-312-2016 y recibido en la misma fecha, referido a la jubilación de la

ciudadana: NORIS DEL CARMEN CEPEDA ROO, titular de la cédula de identidad Nº V-

7.811.978, quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo de DIRECTORA DE

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-059-2016 en fecha 01 de julio de 2016, en virtud de la

remisión de fecha 22 de Junio de 2016, efectuada por la Dirección de Capital Humano a esta

Dirección de los Servicios Jurídicos, según Memorando Nº DCH-334-2016 y recibido en la

misma fecha, referido a la solicitud de otorgamiento de Incapacidad del ciudadano Guillermo

Gómez, titular de la cédula de identidad Nº V-9.727.875, al respecto esta Consultoría dio

respuesta jurídica a esta solicitud.

Se elaboró criterio jurídico Nº DSJ-061-2016 en fecha 04 de julio de 2016,en virtud de la

remisión de fecha 22 de Junio de 2016, efectuada por la Dirección de Capital Humano a esta

Dirección de los Servicios Jurídicos, según Memorando Nº DCH-331-2016 y recibido en la

misma fecha, referido a la solicitud de incluir en los beneficios laborales al menor de edad

Edward David Gutiérrez García, nieto de la funcionaria Noraida Chiquinquirá Moran Molero,

titular de la cédula de identidad Nº V-10.451.423, al respecto esta Consultoría dio respuesta

jurídica a esta solicitud.

En fecha 05 de agosto de 2016 mediante memorando M-CJ-2-2016, se hizo de conocimiento el

criterio de la Consultoría Jurídica de la Contraloría Municipal de Maracaibo en relación a la

naturaleza de los cargos, así como, la inaplicabilidad de la constitución de sindicatos y

suscripción de contratos colectivos por parte de los funcionarios y funcionarias que se encuentra

adscritos a este Órgano de Control Fiscal Externo Municipal.

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104

Se remitieron al Departamento de Sistemas de Gestión correcciones en físico y digital al Manual

de Normas y Procedimientos de Dictámenes, opiniones y criterios jurídicos emitidos por la

Consultoría Jurídica, mediante memorando M-CJ-49-2016 de fecha 07 de noviembre de 2016.

Se remitieron al Departamento de Sistemas de Gestión correcciones realizadas en físico y digital

a las Resoluciones Organizativas Nº DC-007-2016, Nº DC-008-2016, Nº DC-009-2016, Nº DC-

010-2016, Nº DC-011-2016, Nº DC-012-2016, Nº DC-013-2014, mediante memorando M-CJ-

053-2016 de fecha 22 de noviembre de 2016.

Se realizó criterio Jurídico en fecha 12 de diciembre de 2016, en virtud de solicitud, efectuada

por la Dirección de Recursos Humanos a esta Consultoría Jurídica, según Memorando s/n y

recibido en la misma fecha, referido a la jubilación de la ciudadana: CARMEN LUISA

RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.772.463, quien se desempeña en este

Órgano Contralor en el cargo de AUDITOR II.

Se realizó criterio Jurídico en fecha 12 de diciembre de 2016, en virtud de solicitud, efectuada

por la Dirección de Recursos Humanos a esta Consultoría Jurídica, según Memorando s/n y

recibido en la misma fecha, referido a la jubilación de la ciudadana: DEICY BEATRIZ

CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº V-4.760.589, quien se desempeña en este

Órgano Contralor en el cargo de ARCHIVISTA.

Se realizó criterio Jurídico en fecha 12 de diciembre de 2016, en virtud de solicitud, efectuada

por la Dirección de Recursos Humanos a esta Consultoría Jurídica, según Memorando s/n y

recibido en la misma fecha, referido a la jubilación de la ciudadana: PETRONILA DEL

CARMEN BARRETO CHACIN, titular de la cédula de identidad Nº V-7.785.675,

quien se desempeña en este Órgano Contralor en el cargo de ARCHIVISTA.

Se realizó criterio Jurídico en fecha 12 de diciembre de 2016, en virtud de solicitud, efectuada

por la Dirección de Recursos Humanos a esta Consultoría Jurídica, según Memorando s/n y

recibido en la misma fecha, referido a la jubilación de la ciudadana: ROSA GONZÁLEZ, titular

de la cédula de identidad Nº V-3.382.063, quien se desempeña en este Órgano Contralor en el

cargo de DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN.

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105

Asimismo, la Contraloría Municipal a través de la Consultoría Jurídica realizó actividades

judiciales en defensa de los actos emitidos por el órgano de control fiscal ante los Juzgados Superior en

lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana y Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso

Administrativo de la Circunscripción Judicial, realizando cuatro (4) visitas trimestrales en la cual se

verificó el estado de los dieciséis (16) expedientes cursantes en los referidos juzgados.

.

En fecha 14 de marzo de 2016, funcionarios adscritos a esta Dirección, realizaron visita a la Sede

Judicial de Maracaibo, ubicada en la Avenida 2 (El Milagro) entre Calles 83 y 84, Edificio Torre

Mara, con la finalidad de constatar el estado actual de los dieciséis (16) expedientes que cursan

por ante el Tribunal Superior en lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana.

En fecha 28 y 30 de junio de 2016, funcionarios adscritos a esta Dirección, realizaron

visita a la Sede Judicial de Maracaibo, ubicada en la Avenida 2 (El Milagro) entre Calles

83 y 84, Edificio Torre Mara, con la finalidad de constatar el estado actual de los

diecinueve (19) expedientes que cursan por ante el Juzgado Superior en lo Civil y

Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y los quince

(15) expedientes que cursan por ante el Tribunal Superior en lo Contencioso Tributario

de la Región Zuliana.

En fecha 20 y 21 de septiembre de 2016, funcionarios adscritos a esta Dirección, realizaron

visita a la Sede Judicial de Maracaibo, ubicada en la Avenida 2 (El Milagro) entre Calles 83 y

84, Edificio Torre Mara, con la finalidad de constatar el estado actual de los quince (15)

expedientes que cursan por ante el Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo

de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y los doce (12) expedientes que cursan por ante

el Tribunal Superior en lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana.

En fechas 13,19, 20, 26, 31 de octubre de 2016 , 03, 07, 15, 17 y 23 de noviembre del mismo

año, funcionarios adscritos a esta Dirección, realizaron visita a la Sede Judicial de Maracaibo,

ubicada en la Avenida 2 (El Milagro) entre Calles 83 y 84, Edificio Torre Mara, con la finalidad

de constatar el estado actual de los dieciséis (16) expedientes que cursan por ante el Juzgado

Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado

Zulia.

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106

Cuadro N° 29 Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

VISITAS OCTUBRE Y NOVIEMBRE

EXP. Nº

DEMANDANTE

DEMANDADO

ESTADO ACTUAL

VE31-N-2004-

000015

2do

Lirimo Rubio

Contraloría Municipal

de Maracaibo

ÚLTIMA ACTUACIÓN: En fecha 09/06/2004 fue entregada a ese

despacho judicial, demanda por nulidad de Acto Administrativo

interpuesta por el ciudadano Lirimo Antonio Rubio, asistido en ese

acto por el Abog. Jorge Alejandro Machin.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Solicitar al Abog. Gabriel Puche realice

poder Apud Acta para ser otorgado por el Contralor Municipal

Interventor y pueda ser motivada la causa y solicitada la perención de

la misma.

VP31-R-2016-

000777

NACIONAL

Olga Fermín y

otros

El Municipio

Maracaibo

En fecha 7/11/2016. Se revisó el expediente y se verificó que consta

en acta las notificaciones entregadas por el alguacil del tribunal.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: Se recibió en fecha 02/11/2016 oficio Nº

JNCARCO-66-2016 mediante el cual el Juzgado nacional le dio

entrada al referido expediente contentivo del recurso contencioso

administrativo funcionarial interpuestos por los ciudadanos Olga

Fermín y otro, e informa del abocamiento de la causa.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Solicitar al Abog. Gabriel Puche realice

poder Apud Acta para ser otorgado por el Contralor Municipal

Interventor y consignar al expediente para solicitar la perención de la

causa por falta de motivación.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

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107

Cuadro N° 29 Cont. Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de

la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

EXP. Nº

DEMANDANTE

DEMANDADO

ESTADO ACTUAL

VP31-N-2016-

000052

1ero

Marysabel Rosales Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 3/11/2016, fue recibida ante el organismo notificación la

cual remite copia certificada del libelo de la demanda, de la

documentación que lo acompaña y de auto de admisión.

Estableciendo que dentro de los cinco (5) días de despacho siguiente

a la constancia en autos de las notificaciones ordenadas, el Tribunal

fijará oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: NO HAY DESPACHO DESDE EL

04/11/2016.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Aun no consta en actas la notificación

de admisión del recurso.

VE-31-N-2014-

000025

1ero

Elida Lora Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 10/02/2015, el Recurso Contencioso Funcionarial

interpuesto por la ciudadana Elida Lora contra la Contraloría

Municipal de Maracaibo se encuentra paralizado desde el

vencimiento del lapso de contestación de demanda. Por lo tanto, se

acuerda notificar a las partes haciéndoles saber que el quinto día de

despacho siguiente a la constancia en actas de la última notificación a

las 9:30 am se celebrará la Audiencia Preliminar en el presente juicio.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: No hay actuaciones

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Solicitar al Abog. Gabriel Puche realice

poder Apud Acta para ser otorgado por el Contralor Municipal

Interventor y Consignar al expediente para solicitar la perención de la

causa por falta de motivación.

VE-31-N-2000-

000040

1ero

Iris Romero y

Otros

Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 20/01/2015 se entrega el procedente expediente de la Corte

Segunda de C. Adm. Interpuesto por los ciudadanos Iris Romero y

Otros. Vista la sentencia Nº 2012-1638 dictada por la Corte Suprema,

de lo Contencioso Administrativo con sede en caracas la cual declaro

su competencia para conocer el recurso de apelación interpuesto,

revoca por razones de orden público el fallo dictado por este juzgado

mediante el cual declaró con lugar el recurso ejercido inadmisible el

Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado. Se

ordena el archivo del presente expediente debido a que no quedan

actuaciones procesales.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: No hay actuaciones

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Solicitar al Abog. Gabriel Puche realice

poder Apud Acta para ser otorgado por el Contralor Municipal

Interventor y consignar al expediente para solicitar la perención de la

causa por falta de motivación.

VE-31-N-2011-

000271

1ero

Luzmila Vásquez

Contraloría Municipal

de Maracaibo

ÚLTIMA ACTUACIÓN: En fecha 06/10/2016 a las 9:44 am se

recibió del ciudadano Ramón Fuenmayor asistido por el Abog.

Gabriel Puche diligencia constante de un folio útil mediante la cual

confiere Apud Acta al abogado Gabriel Puche.

VE-31-N-2013-

000203

1ero

Julio Magallanes

Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 17/09/2013 se consignó escrito de informe de pruebas Dra.

Lorena Pérez, se le da entrada, agréguese al expediente respectivo

por la juez, secretaria del tribunal.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: No hay actuaciones

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Solicitar al Abog. Gabriel Puche realice

poder Apud Acta para ser otorgado por el Contralor Municipal

Interventor y consignar al expediente para solicitar la perención de la

causa por falta de motivación.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

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108

Cuadro N° 29 Cont. Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de

la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

EXP. Nº

DEMANDANTE

DEMANDADO

ESTADO ACTUAL

VP-31-N-2016-

000038

1ero

Aroldo de Jesús

Díaz Cubillan

Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 06/10/2016, el Abog. Gabriel Puche actuando como

apoderado de la Contraloría Municipal consigna copia

conjuntamente con el original a efectos videndi y le sea devuelto el

poder que le otorgó su representada por ante la notaria décima

primera de Maracaibo en fecha 11/08/2002 ya que por error

involuntario en la audiencia de juicio se consignó uno por la

anterior contralora Flor Romero.

En fecha 31/10/2016, Se solicitó el expediente, el archivista

informa que lo está trabajando el secretario del tribunal.

ÚLTIMA ACTUACIÓN En fecha 11/10/2016, se agregó al

expediente CD Audiencia de Juicio

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Vencimiento de lapso de pruebas y

presentación de informes. No hay despacho desde el 04/11/2016

VE31-N-2002-

000062

1ro

Salín Ciriaco Contraloría Municipal

de Maracaibo

ÚLTIMA ACTUACIÓN: En fecha 06/10/2016, Comprobante de

Recepción de Documento. Consignó Diligencia constante en un

folio la cual confiere Apud Acta al Abog. Gabriel Puche por el

ciudadano Contralor (I) Ramón Fuenmayor. No hay despacho

desde el 04/11/2016

10º

VE-31-2012-

000140

2do

Yahendry

Villalobos

Contraloría Municipal

de Maracaibo

El día 23/11/2016, Se solicitó el expediente permanece en el mismo

estado.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: Cartel de Notificación de fecha

29/09/2016, cumplo con notificarle formalmente que este tribunal

por auto de en mediación procesal dictado en fecha 30/09/2016

acordó la celebración de una reunión con las partes materiales de la

audiencia se llevará a cabo a las (10:00 am) al quinto día de

despacho siguiente que conste en acta la última notificación.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: PENDIENTE POR RECIBIR oficio

de notificación a Contraloría Municipal de Maracaibo, Síndico

Municipal y Alcaldesa de Maracaibo. No han sido entregados por

el tribunal.

11º

VP-R-2016-

000582-

NACIONAL

Julio Marrero Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 23/11/2016, el archivista informa que el tribunal se

encuentra trabajando expediente.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: En fecha 25/10/2016, Comprobante de

Recepción de Documento. Consignó Diligencia constante en un

folio la cual confiere Apud Acta al Abog. Gabriel Puche por el

ciudadano Contralor (I) Ramón Fuenmayor.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Solicitar la perención de la causa por

falta de la motivación.

12º

VE-31-N-2014-

000001

1ro

Verónica Castillo

Contraloría Municipal

de Maracaibo

El día 13/10/2016, se revisó el estado del expediente. Se le notifica

a la ciudadana Verónica Castillo que sobre el Recurso Contencioso

Administrativo Funcionarial interpuesto, se le ordena consignar los

instrumentos en que se fundamenta la Pretensión en el lapso de 03

días de despacho contados a partir de la constancia en actas de su

notificación a fin de que el juzgado haga posible la tramitación y

decisión de dicho Recurso. De no ser subsanado será inadmisible.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: No hay actuación tiene un año sin

movimiento.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: Solicitar al Abog. Gabriel Puche

realice poder Apud Acta para ser otorgado por el Contralor

Municipal Interventor y consignar al expediente para solicitar la

perención de la causa por falta de motivación.

NO HAY DESPACHO DESDE EL 04/11/2016

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

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109

Cuadro N° 29 Cont. Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de

la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

EXP. Nº

DEMANDANTE

DEMANDADO

ESTADO ACTUAL

13º

VE-31-2015-

00041

2do

Noryluz Bravo Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 23/11/2016, Se solicitó el expediente, el archivista

informa que lo está trabajando el secretario del tribunal.

En fecha: 17/11/2016, se revisó el estado del expediente y

se constató que en fecha 13/06/2016, Abog. Jesús Ángel

Urdaneta Flores, actuando como apoderado de la

ciudadana Noriluz Bravo Cure, solicito de ese Juzgado

Superior Segundo Estadal se avoque al conocimiento y

decisión de la presente causa. Vista la anterior diligencia se

aboca al conocimiento de la causa y se ordena darle entrada

y agregarse al expediente respectivo

ÚLTIMA ACTUACIÓN: Se solicita en la Oficina

Atención al Público OAP, el estado del expediente, la cual

informó que el día 1/11/2016, es fijada audiencia definitiva

al Décimo Quinto día de despacho a la hora: 10:30 am.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: en fecha 24/11/2016 es fijada

audiencia definitiva. En espera de sentencia (Pospuesta la

audiencia definitiva)

14º

VE-31-N-2014-

000263

2do

Maryana Machado Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 23/11/2016, se revisó el estado del expediente y

se constató que en fecha 17/11/2016, declara: CON

LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de

Nulidad interpuesto por la ciudadana MARYANA

MACHADO CASTILLO ya identificada, contra la

Resolución Nº DC-003-2014 de fecha 09 de marzo de

2.014 y ratificada mediante Recurso de Reconsideración de

fecha 10 de marzo de 2014, Dictado por la Dirección de

Procedimientos Especiales adscrita a la Contraloría

Municipal de Maracaibo, mediante la cual se declaró la

Responsabilidad Administrativa de la ciudadana antes

identificada y la imposición de multa.

PROXIMA ACTUACIÓN: En fecha 24/11/2016 el Abog.

Gabriel Puche consigno diligencia ante el juzgado apelando

la sentencia Nº 046-2016

15º

VE-31-N-2015-

000065

2da

Maryana Machado Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 23/11/2016, Se solicitó el expediente, el archivista

informa que lo está trabajando el secretario del tribunal.

ÚLTIMA ACTUACIÓN: Celebrada para el día

25/10/2016 audiencia de juicio. En fecha 25/10/2016,

Comprobante de Recepción de Documento. Consignó

Diligencia constante en un folio la cual confiere Apud

Acta al Abog. Gabriel Puche por el ciudadano Contralor (I)

Ramón Fuenmayor.

PRÓXIMA ACTUACIÓN: En espera de audiencia

definitiva por sentencia.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 111: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

110

Cuadro N° 29 Cont. Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de

la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

EXP. Nº

DEMANDANTE

DEMANDADO

ESTADO ACTUAL

16º

VE-31-N-2015

000179

2do

Maritza Josefina

Chandler Borjas

Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 17/11/2016, se revisó el estado del expediente, para

la fecha 15/11/2016, el dispositivo declara: INADMISIBLE

la presente querella por haber operado la CADUCIDAD DE

LA ACCIÓN, en el recurso contencioso administrativo

funcionarial interpuesto por la ciudadana MARITZA

JOSEFINA CHANDLER BORJAS en contra de la

CONTRALORÍA MUNICIPAL DE MARACAIBO DEL

ESTADO ZULIA.

No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la

decisión y por gozar el ente querellado del privilegio procesal

de conformidad con lo establecido en los artículos 274 del

Código de Procedimiento Civil, 102 de la Ley del Estatuto de

la Función Pública y 97 de la Ley Orgánica de la

Administración Pública

PROXIMA ACTUACIÓN: Por remitir sentencia a la

Contraloría Municipal de Maracaibo.

VISITA EL DIA 20/09/2016 y 21/09/2016

VE31-N-2001-

000037 1ro

Rubén Paredes El Municipio Maracaibo

El día 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que a la presente fecha, se encuentra en el mismo

estado. El día 05/10/2004, ese Despacho Judicial ordena

notificar su avocamiento a las partes.

VE31-N-2002-

000033 1ro

Alfredo

Jiménez Sánchez El Municipio Maracaibo

El día 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató para la presente fecha 30/06/2016, que se encuentra

en el mismo estado. Informe de la presente causa el tribunal

dice visto y entra en término para dictar sentencia.

VE-31-N-2004-

000013 1ero

Irunu Paz de

Sylverter

Presidente de la

Asociación Civil

Unidos por

El Parque.

El Municipio Maracaibo

y la

Universidad

Rafael Urdaneta

(URU).

El día 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que a la presente fecha, se encuentra en el mismo

estado. El día 21/05/2004, fue entregada a ese Despacho

Judicial demanda por nulidad de acto administrativo con

amparo cautelar, interpuesta por la ciudadana: Irunu Paz de

Sylverter, actuando como Presidenta de la referida asociación

civil, siendo representada en ese acto por el Abog. Juan

Marcos Colmenares – Inpreabogado Nº 12909

VE-31-N-2004-

000015 2do

Lirimo Antonio

Rubio El Municipio Maracaibo

El día 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que a la presente fecha, se encuentra en el mismo

estado. El día 09/06/2004, fue entregada a ese Despacho

Judicial, demanda por nulidad de acto administrativo,

interpuesta por el ciudadano: Lirimo Antonio Rubio, cédula

de identidad Nº V-7.603.325, asistido en ese acto por el

Abog. Jorge Alejandro Machín – Inpreabogado Nº 22872.

VE-31-N-2004-

00116

Liliana

Casa Atencio El Municipio Maracaibo

El día 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que a la presente fecha, se encuentra en el mismo

estado. Recurso de carencia en contra de la Corporación

Alcaldía de Maracaibo se encuentra cumplida 04/04/2014

VE-31-N-2004-

000062

Milagros

Valera Romero El Municipio Maracaibo

El día 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató, visto lo anterior demanda por cobro de prestaciones

sociales se admite cuanto a lugar en derecho y se ordena citar

al ciudadano Síndico Procurador del Municipio Maracaibo

del estado Zulia, a fin de que remita el expediente

administrativo respectivo, combinándosele igualmente para

que de contestación a la demanda.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 112: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

111

Cuadro N° 29 Cont. Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de

la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

EXP. Nº

DEMANDANTE

DEMANDADO

ESTADO ACTUAL

09º

VE-31-N-2009-

000119

Yuranys

Fernández Polimaracaibo

En fecha: 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que a la presente fecha, se encuentra en el mismo

estado. Según Auto, emanado de ese Despacho Judicial del

13/04/2015, acuerda la prórroga de 30 días de despacho para

la elaboración de la expertica contable, solicitada por la

Licenciada en Contaduría Zulay Valecillos, cédula de

identidad Nº V-9.778.211 – Colegio de Contadores Públicos

del Estado Zulia Nº 41.062, designada por ese Juzgado

Superior como experta contable en el referente caso, para que

realice la experticia complementaria del fallo, solicitando

para ello: revisión, verificación y análisis de los montos

adeudados por el Instituto Autónomo Policía Municipal de

Maracaibo (Polimaracaibo) a la ciudadana: Yuranys

Fernández, cédula de identidad Nº V-12.697.602

10º

VE-31-N-2011-

000271

Luzmila Vázquez

Contraloría Municipal de

Maracaibo

El día 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que a la presente fecha, se encuentra en el mismo

estado. El día 06/07/2011, ese Despacho Judicial certificó

copias del libelo de la demanda para ser agregados a las

notificaciones dirigidas al: Síndico Procurador Municipal de

Maracaibo, Alcaldesa del Municipio Maracaibo y Contralora

Municipal de Maracaibo. El referido Juzgado Superior,

realizo las siguientes actuaciones: El día 02/08/2011, se

emitieron Boletas de Notificación S/N, dirigidas a las

referidas autoridades municipales; el 15/11/2011, se admitió

escrito presentado por el Abog. Gabriel Puche; el 14/12/2011,

se procedió a notificar a las partes sobre la realización de

audiencia preliminar, y el 19/12/2011, la ciudadana: Luzmila

Vásquez, presentó poder nombrando como apoderado judicial

al Abog. Edwar Villasmil.

12º

VE-31-2012-

000140 2do

Yahendry

Villalobos

Contraloría Municipal de

Maracaibo

El día 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que en fecha 30/05/2016 el Abogado Jesús Márquez

Mendoza, solicita devolver el expediente al Juzgado Superior

Estadal Primero de la Circunscripción Judicial del Estado

Zulia para que su Juez Natural sea quien culmine las

actuaciones.

13º

Ve-31-N-2014-

000025 1ero

Elida

Lora Barrionuevo

Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha: 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

encuentra en el mismo estado se constató que según Auto del

10/02/2015, emanado de ese Despacho Judicial, acuerda

notificar a las autoridades: Síndico Procurador Municipal de

Maracaibo, Contralora Municipal de Maracaibo y Alcaldesa

del Municipio Maracaibo, para hacerles del conocimiento que

al 5 día de despacho siguiente a la constancia en actas de la

última de las notificaciones ordenadas, a las 9:30 horas y

minutos de la mañana, se celebrará la audiencia preliminar en

el presente juicio, según recurso contencioso funcionarial,

interpuesto por la Abog. Elida Lora Barrionuevo, contra la

Contraloría Municipal de Maracaibo, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la

Función Pública. En esa misma fecha, se emitieron Oficios

Nros. 139-15, 140-15 y 141-15, dirigidos a las referidas

autoridades municipales.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Page 113: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

112

Cuadro N° 29 Cont. Relación de Causas en Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de

la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

EXP. Nº

DEMANDANTE

DEMANDADO

ESTADO ACTUAL

15º

VE-31-2015-

00041 2do

Noryluz Bravo Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que en fecha 13/06/2016, Abog. Jesús Ángel

Urdaneta Flores, actuando como apoderado de la ciudadana

Noriluz Bravo Cure, solicito de ese Juzgado Superior

Segundo Estadal se avoque al conocimiento y decisión de

la presente causa. Vista la anterior diligencia se aboca al

conocimiento de la causa y se ordena darle entrada y

agregarse al expediente respectivo.

16º

VE-31-N-2014-

000263 2do

Maryana Machado

Castillo

Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que en fecha 13/06/2016, se recibe diligencia de

los abogados exponiendo de mutuo acuerdo de las partes de

esta causa suspenderla por un lapso de 30 días hábiles

solicitándole nuevamente al tribunal que fije audiencia de

juicio, suspendiéndola otra vez en fecha 15/07/2016. El

10/02/2016 se recibe diligencia por el abogado Jesús

Márquez Mendoza apoderado judicial de la parte actora al

recurso de nulidad de acto administrativo el cual se

encuentra vencido el lapso para celebración de la audiencia

de la audiencia de juicio en la presente causa.

18º

VE-31-N-2015

000179 2do

Maritza Josefina

Chandder Borjas

Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 20/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató que el 03/05/2016 solicita abocamiento de la

causa, el día 20/06/2016 se aboca el tribunal y en fecha

30/06/2016, según oficio Nº 132-2016 se ordena notificar a

las partes haciendo saber que al quinto (5) día de despacho

siguiente a constancia en actas de la última notificación

ordenadas a diez de la mañana (10:00 am) se celebra la

audiencia definitivita en el presente juicio.

19

VP31-N-2016-

00038 1°ro

Aroldo de Jesús

Díaz Cubillan

Contraloría Municipal de

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató. En fecha 10/08/2016, se dejó constancia a la

Contraloría Municipal de Maracaibo de la notificación

sobre la admisión y solicitud de procesos administrativo,

Alcalde del Municipio Maracaibo y Sindico del Municipio

Maracaibo, se fijó audiencia de juicio para el décimo

segundo día de despacho para la fecha 11/08/2016.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

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113

Cuadro N° 30 Relación de Causas en Juzgado Superior en lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana

VISITA REALIZADA EL DÍA 20/09/2016 y 21/06/2016

EXP. Nº DEMANDANTE DEMANDADO ESTADO ACTUAL

281-05 Baker Eastern S.A.

Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que fue declarar la pérdida del interés procesal por la inactividad de

la parte interesada.

288-05

Taimar Motors

C.A.

El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se declaró

perimida la instancia y por consiguiente extinguido el presente

proceso.

463-05

Inversiones

Amazonia C.A.

El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que a la presente fecha, se encuentra en el mismo estado.

El referido Despacho Judicial emitió Oficio Nº 189-2014 del

03/04/2014, dirigido al Síndico Procurador Municipal de Maracaibo,

donde hizo del conocimiento el estado de ejecución de la sentencia

definitiva, dictada según Resolución Nº 548-2013 del 14/08/2013,

donde se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso

tributario interpuesto por la parte recurrente, en contra de la

Resolución Nº 647 del 20/05/2005, emanada de la Alcaldía del

Municipio Maracaibo.

517-06

Hanover de

Venezuela

El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que a la presente fecha, se encuentra en el mismo estado. Ese

Despacho Judicial, emitió Oficio Nº 273-2014 del 07/05/2014,

dirigido al Síndico Procurador Municipal de Maracaibo, donde se

notifica que se fijó un lapso de 10 días de despacho previa

notificación, para que las partes procedan al cumplimiento

voluntario de la sentencia en los términos descritos en el fallo, según

Resolución Nº 118-2014 del 07/05/2014, emanada de ese Juzgado

Superior.

625-06

CoreLaboratories

de Venezuela.

El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, que a la presente fecha, se encuentra en el

mismo estado. El referido Despacho Judicial declaró firme la

decisión según Resolución Nº 657-2013 del 17/10/2013, en virtud de

la inactividad de las partes interesadas en recurrir de la Decisión Nº

470-20132 del 28/06/2013, en la cual se declaró con lugar el recurso

contencioso tributario interpuesto por la parte recurrente.

819-07 Jr. Publicidad

El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se constató que la causa se encuentra en el

mismo estado. Ésta declaró perimida la instancia y por consiguiente

extinguido el presente proceso.

868-08

Imola Motors. El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que a la presente fecha, se encuentra en el mismo estado.

Constatándose que ese Despacho Judicial emitió Boletas de

Notificación S/N del 02/08/2013, dirigidas a las partes intervinientes

en el proceso, para hacerles saber que mediante Resolución Nº 020-

2008 del 31/01/2008, ese Juzgado Superior se declaró competente

para el conocimiento del recurso contencioso tributario interpuesto

en contra de la Resolución Nº IMT-1301-2007-R del 08/08/2007,

emanada del Intendente Municipal (SAMAT), se le advierte el deber

que tienen las partes de impulsar el proceso en los lapsos previstos

en la Ley.

869-08

Procesamiento

Electrónico

de Datos.

El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que a la presente fecha, se encuentra en el mismo estado.

Juzgado Superior el día 27/07/2011, declaró la extinción de la acción

por perdida del interés procesal de la misma parte.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

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Cuadro N° 30 Cont. Relación de Causas en Juzgado Superior en lo Contencioso Tributario de la Región

Zuliana

EXP. Nº DEMANDANTE DEMANDADO ESTADO ACTUAL

921-08

COTECA R.L. El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que mediante Auto del 07/11/2013, emanado del referido Despacho

Judicial, se ordenó la fijación de carteles a las puertas del Tribunal, a

fin de informar que se concede un lapso de 10 días de despacho

contados a partir de que se haga constancia en actas, para que la

Empresa Cotecar.l. - Rif. J-31022451-0, vencido dicho lapso, se

entenderá que está a derecho la parte notificada y que continuara el

presente proceso, teniendo la obligación de impulsar el mismo.

10º

924-08

Terminales de

Maracaibo

El Municipio

Maracaibo

En fecha 14/03/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que se declaró la extinción de la acción por perdida de interés

procesal mediante resolución.

11º

928-08

Automotores

Rústicos C.A.

Contraloría Municipal

de Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se

constató, donde se declara la extinción de la acción por pérdida de

interés procesal mediante resolución de la misma fecha.

12º

939-08

Automores

Rincón C.A.

El Municipio

Maracaibo

En fecha 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que a la presente fecha, el Tribunal declaró la extinción de la acción

por perdida de interés procesal, mediante resolución identificada con

las siglas y números CM-DC-016-91, emanada de la Contraloría del

Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 01/02/1991.

13º

940-08

Cigarrera Bigott

Sucesores

Contraloría Municipal

de Maracaibo

El día 21/09/2016, se revisó el estado del expediente y se constató

que a la presente fecha, se encuentra en el mismo estado. Mediante

Oficio Nº 1748 del 18/06/2013, emanado de la Sala Político

Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, declara la

competencia del Tribunal Superior Contencioso Tributario de la

Región Zuliana, para conocer y decidir del recurso contencioso

tributario, interpuesto por la parte recurrente. Asimismo, mediante

Oficio Nº 633-2013 del 23/07/2013, emanado del referido Juzgado

Superior, dirigido a la Contralora Municipal de Maracaibo, donde

hace del conocimiento la decisión, emanada de la Sala Político

Administrativa.

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

4. Auditoría Interna

Las competencias establecidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del

Sector Público, en el Reglamento Interno de la Contraloría Municipal de Maracaibo, las Resoluciones

Organizativas, las Normas para la Formación, Rendición y Examen de las Cuentas de los Órganos y

Entidades de la Administración Pública y de sus Respectivas Oficinas o Dependencias, y demás

disposiciones aplicables.

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115

Sobre este particular, y en función de velar por la correcta administración del patrimonio de

la Contraloría Municipal de Maracaibo, las actuaciones se enfocaron en las auditorías de cumplimiento

con la finalidad de fortalecer el control interno.

En cuanto al Plan Operativo Anual (POA) 2016, se concluyeron treinta y cuatro (34)

actuaciones, realizadas de la siguiente manera: un (01) examen de las cuentas, dieciséis (16)

actuaciones fiscales, doce (12) auditoras de seguimiento, seis (06) verificaciones y revisiones de actas

de entrega de funcionarios públicos, una (01) auditoría para evaluar la gestión de la Oficina de

Atención Ciudadana de la Contraloría Municipal de Maracaibo, una (01) auditoría operativa, una (01)

auditoría de gestión correspondiente al Plan Operativo 2015, ocho (08) valoraciones en ocasión a las

actuaciones fiscales realizadas y un (01) Examen de cuentas.

En las actuaciones concluidas se formularon las observaciones y recomendaciones, las cuales

fueron recogidas en los respectivos informes. La metodología empleada en las referidas actuaciones

consistió en la aplicación de técnicas y prácticas de auditoría de general aceptación; evaluaciones de

control interno mediante el uso de entrevistas, pruebas selectivas y revisión; análisis y procesamiento

de la información documental que sirve de soporte a las operaciones realizadas, así como el examen de

las transacciones, incluyendo la evaluación de cumplimiento de leyes y reglamentos aplicables.

A los fines de hacer más eficiente y eficaz el funcionamiento de las dependencias de este

Órgano Contralor, durante el ejercicio económico financiero del año 2016 la Unidad de Auditoría

Interna realizó las siguientes actividades especiales:

Participó en calidad de observador en un (01) proceso de elaboración de Actas de

Entrega.

Se recibieron y revisaron tres (03) cauciones de la Contraloría Municipal de

Maracaibo, del Contralor Municipal Interventor, la Directora de Administración y la

Directora de Administración Encargada.

Se ejecutaron diecinueve (19) controles perceptivos a las compras de bienes y se

practicó el control posterior.

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116

Dirección de Recursos Humanos:

- Auditoría para evaluar los procedimientos administrativos, presupuestarios y

financieros, correspondiente al pago por concepto de nóminas del mes de Agosto 2015.

Oficio Credencial UAI-C-077-2015 fecha 16/09/2015, dirigido a la Directora de

Capital Humano. Informe Definitivo Nº UAI-002-2016 de fecha 26/01/2016. Remisión

de Informe Definitivo a través de Memorando UAI-114-2016 fecha 26/01/2016,

dirigido a la Directora de Capital Humano.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente al pago por concepto de Nómina de los meses de Septiembre a

Diciembre 2015. Informe Definitivo Nº UAI-006 de fecha 09/03/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente al pago por concepto de Cesta ticket de los meses de Agosto a

Diciembre 2015. Informe Definitivo, Nº UAI-007 de fecha 09/03/2016, Remisión de

Informe Definitivo Memorando Nº UAI-007-2016, de fecha 09/03/2016

- Auditoría para evaluar los procedimientos administrativos, presupuestarios y

financieros correspondientes al pago por concepto de nóminas del mes de enero 2016.

UAI-C-007-2016 de fecha 03/03/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros, por

concepto de pago nómina correspondiente a los meses de Febrero y Marzo 2016,

igualmente valorar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros por

concepto de Cesta Ticket en lo concerniente al primer trimestres del

2016 UAI-C-012-2016 de fecha 13/06/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros, por

concepto del pago de fideicomiso por prestaciones sociales, correspondiente al primer

trimestre de 2016. UAI-C-024-2016 de fecha 22/08/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros, por

concepto de pago de nómina correspondiente a los meses de abril, mayo y junio del

2016; igualmente auditar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

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117

por concepto del bono de alimentación del segundo trimestre de

2016 UAI-C-017-2016 de fecha 03/08/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros, por

concepto de pago de nómina correspondiente a los meses de julio y agosto 2016;

igualmente auditar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros, por

concepto del bono de alimentación de los meses julio y agosto de

2016. UAI-C-028-2016 de fecha 14/09/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros, por

concepto de pago de nómina correspondiente al mes de septiembre de 2016; en el

Informe Definitivo N° UAI-042-2016 de fecha 09/12/2016 igualmente auditar los

procesos administrativos, presupuestarios y financieros, por concepto del bono de

alimentación del mes de septiembre de 2016. UAI-C-034-2016 de fecha 01/12/2016.

- Auditoría para evaluar los aspectos administrativos, presupuestarios y financieros, por

concepto del pago de fideicomiso por prestaciones sociales, en el Informe Definitivo

N° UAI-045-2016 de fecha 16/12/2016 correspondiente a los meses de abril, mayo,

junio, julio, agosto y septiembre de 2016. UAI-C-031-2016 de fecha 16/11/2016

Dirección de Administración:

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente al pago por concepto de Fideicomiso de los meses: Septiembre y

Cuarto Trimestre del 2015. Oficio Credencial UAI-C-002-2015 fecha 05/01/2016,

dirigido a la Directora de Capital Humano. Informe Definitivo Nº UAI-019-2016 de

fecha 17/05/2016 Remisión de Informe Definitivo Memorando Nº UAI-154-2016 de

fecha 17/05/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente a los ingresos y gastos del mes de Septiembre 2015 de fecha

20/04/2016. UAI-C-009-2016

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente a los ingresos y gastos de los meses de Octubre y Noviembre 2015

UAI-C-008-2016 de fecha 17/03/2016

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- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente a los ingresos y gastos del mes de Diciembre y cierre del año fiscal

para el ejercicio económico financiero de 2015 UAI-C-022-2016 de fecha 03/08/2016.

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente a los ingresos y gastos de los meses enero, febrero y marzo del

ejercicio económico financiero 2016. UAI-C-018-2016 de fecha 03/08/2016

- Auditoría para evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

correspondiente a los ingresos y gastos de los meses Abril, Mayo y Junio del ejercicio

económico financiero 2016 en el Informe Definitivo N° UAI-046-2016 de fecha

20/12/2016

Auditorías de seguimiento:

En atención a lo plasmado en las Normas Generales de Auditoría de Estado

Gaceta Oficial N° 40.172 del 22-05-13, se efectuaron auditorías de seguimiento, para verificar el Plan

de Acciones Correctivas, basado en la revisión del cumplimiento de las recomendaciones formuladas

en los siguientes informes definitivos:

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por esa Dirección según Memorando Interno

Nº DA-535 de fecha 17/12/2015, relacionada con la auditoría para evaluar los procesos

legales, administrativos, presupuestarios y contables, realizados en los bienes muebles

del ejercicio económico financiero 2014 y primer semestre 2015. Remisión de Informe

a través de Memorando Nº UAI-152-2016, de fecha 10/05/2016 dirigido a la Directora

de Administración.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por esa Dirección según Memorando Interno

Nº DA-009 de fecha 13/01/2016, relacionada con la auditoría para evaluar los

procesos administrativos, presupuestarios y financieros, efectuados en la Reposiciones

1 y 2 del Fondo en Anticipo de Caja Chica 2015.

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119

- Auditoría de seguimiento, para verificar el Plan de Acción Correctiva con el

cronograma de ejecución enviado por la Dirección de Administración mediante

Memorando Nº DA-003 de fecha 11/01/2016, con motivo de la recomendación

formulada en el Informe Definitivo UAI-079-2015 de fecha 16/12/2015, relacionadas

a la actuación practicada a los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

realizados a los ingresos y gastos del mes de agosto 2015. Oficio Credencial UAI-013-

2016 fecha 13/06/2016 dirigido a la Directora de Administración. Informe

Nº UAI-021-2016 de fecha 22/06/2016.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por la Dirección de Administración según

Memorando Interno Nº DA-009 de fecha 13/01/2016, relacionada con la auditoría para

evaluar los procesos administrativos, presupuestarios y financieros, efectuados en la

Reposiciones 1 y 2 del Fondo en Anticipo de Caja Chica 2015 UAI-C-011-2016 de

fecha 16/05/2016.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el Plan de Acción Correctiva con el

cronograma de ejecución enviado por la Dirección de Administración mediante

Memorando Nº DA-003 de fecha 11/01/2016, con motivo de la recomendación

formulada en el Informe Definitivo UAI-079-2015 de fecha 16/12/2015, relacionadas

a la actuación practicada a los procesos administrativos, presupuestarios y financieros,

realizados a los ingresos y gastos del mes de agosto 2015. UAI-C-013-2016 de fecha

13/06/2016.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por la Oficina de Atención Ciudadana según

Memorando Interno Nº OAC-041 de fecha 22/02/2016, relacionada con la actuación

fiscal realizada a la Gestión de enero a septiembre 2015.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por la Dirección de Capital Humano según

Memorando Interno Nº CH-RUAI-023 de fecha 16/12/2015, relacionada con la

Page 121: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

120

actuación fiscal de Fideicomiso por prestaciones sociales, correspondiente al mes de

agosto de 2015.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por la Dirección de Recursos Humanos según

Memorando Interno Nº CH-RUAI-025 de fecha 20/06/2016, relacionada con la

actuación fiscal de Fideicomiso por prestaciones sociales, correspondiente a los meses

de septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2015.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por la Dirección de Recursos Humanos según

Memorando Interno Nº CH-RUAI-024 de fecha 26/02/2016, relacionada con la

actuación fiscal de nómina agosto 2015.

- Auditoría de seguimiento, para verificar el plan de acciones correctivas con el

cronograma de ejecución, enviado por la Dirección de Recursos Humanos en fecha

16/09/2016 sin Memorando, relacionada con la actuación fiscal de nómina enero de

2015. UAI-C-029-2016 de fecha 18/10/2016.

- Auditoría de seguimiento para verificar el plan de acciones correctiva

con el cronograma de ejecución, en atención a las recomendaciones formuladas en el

Informe Definitivo N° UAI-041-2016 de fecha 30/11/2016, correspondiente auditoría

de nóminas y beneficio de alimentación pagadas en los meses de Julio y Agosto 2016.

UAI-C-043-2016 de fecha 15/12/2016

- Auditoría de seguimiento para verificar el plan de acciones correctiva

con el cronograma de ejecución, en atención a las recomendaciones formuladas en el

Informe Definitivo N° UAI-044-2016 de fecha 16/12/2016, correspondiente al cuarto

trimestre de Contrataciones Públicas del ejercicio económico financiero

2015. UAI-C-022-2016 de fecha 28/06/2016.

Informes de verificación de Actas de Entrega

De acuerdo con las Normas para Regular la entrega de los Órganos de la

Administración Pública y de sus respectivas Oficinas y Dependencias.

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121

(Gaceta Oficial Nº 39229 del 28-07-09), se realizó la verificación y revisión de cinco (05)

Actas de Entrega de funcionarios públicos responsables de las dependencias que conforman la

estructura organizativa de la Contraloría Municipal de Maracaibo, de las cuales emanaron los

siguientes informes definitivos:

- Informe de Acta de Entrega Departamento de Servicios de Atención Ciudadana de

Denuncias, Reclamos, Quejas, Sugerencias y Peticiones.

Remisión según Oficio OF-UAI-006-2016 de fecha 06/04/2016

- Informe Acta de Entrega del Departamento de Control del Sector Infraestructura y

Social. Remisión según Oficio OF-UAI-005-2016 de fecha 06/04/2016.

- Informe Acta de Entrega Coordinación de Potestad Investigativa de la Dirección de

Control de la Administración Central. Remisión según Memorando UAI-142-2016 de

fecha 06/04/2016

- Informe de Acta de Entrega de la Dirección Procedimientos Especiales Remisión

según Oficio OF-UAI-004-2016 de fecha 06/04/2016

- Informe de Acta de Entrega de la Dirección Control de la Administración Central.

Remisión según Oficio OF-UAI-003-2016 de fecha 06/04/2016

- Informe de Acta de Entrega de la Dirección General. Remisión según Oficio

OF-UAI-004-2016 de fecha 06/04/2016

- Informe dirigido a verificar Acta de entrega del funcionario saliente, quien se

desempeñó como jefe del Departamento de Finanzas de la Contraloría Municipal de

Maracaibo, Informe N° UAI-039-2016 de fecha 28/11/2016, con Oficio Credencial

N° UAI-C-032-2016 de fecha 21/11/2016.

Auditoría a la Oficina de Atención Ciudadana

Auditoría para evaluar la Gestión de la Oficina de Atención Ciudadana de la Contraloría

Municipal de Maracaibo, correspondiente a los tres trimestres del año 2015. Informe Definitivo Nº

Page 123: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

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UAI-003-2016 de fecha 26/01/2016. Remisión Informe Definitivo Memorando UAI-115-2016 fecha

26/01/2016, dirigido al Director de la Oficina de Atención Ciudadana.

Auditoría Operativa

Se realizó una (01) Auditoría Operativa

Auditoría, para evaluar los aspectos legales, presupuestarios y financieros de los procesos de

Contratación realizados por la Contraloría Municipal de Maracaibo en el periodo comprendido de

Septiembre a Diciembre 2015. Informe Definitivo Nº UAI-022-2016 de fecha 28/06/2016. Remisión

de Informe Definitivo Memorando Nº UAI-167-2016 de fecha 30/06/2016 dirigido a la Directora de

Administración.

Auditoría de gestión correspondiente al Plan Operativo 2016

Se evaluó el grado de cumplimiento así como, los resultados de los programas y

metas ejecutadas por las Direcciones que conforman la Contraloría Municipal de Maracaibo,

en este sentido se compararon y analizaron las metas programadas en el Plan Operativo Anual

y ejecutadas por la diferentes Direcciones que integran este Organismo Contralor

- Se elaboró un (01) informe de evaluación de cumplimiento de Plan Operativo Anual

del Año 2015: en los cuales reflejan las debidas observaciones, conclusiones y

recomendaciones. Oficio Credencial UAI-004-2016 de fecha 12/02/2016, dirigida al

Contralor (I) de la Contraloría Municipal de Maracaibo. Remisión de Informe

Definitivo Memorando Nº UAI-160-2016 de fecha 24/05/2016 dirigido al Contralor (I)

del Municipio de Maracaibo.

Se realizó la valoración de las actuaciones fiscales

Se realizaron ocho (08) valoraciones en ocasión a las actuaciones fiscales realizadas.

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Actividades relevantes

Formación, Participación, Rendición, Examen y Calificación de las Cuentas de Ingresos,

Gastos y Bienes del ejercicio económico financiero 2014.

Examen de las Cuentas, correspondiente al ejercicio económico financiero 2014. Remisión

de Informe Definitivo sobre el examen de las cuentas, Memorando Nº UAI-EC-006-2016, de fecha

12/08/2016 dirigido a la Directora de Administración; así mismo, remisión de Informe Definitivo

sobre el examen de las cuentas Memorando Nº UAI-EC-007-2016, de fecha 12/08/2016 dirigido a

Ramón Fuenmayor Contralor Municipal (I).

Se recibieron y revisaron tres (03) cauciones de la Contralora Municipal de Maracaibo, del

Contralor Municipal Interventor, la Directora de Administración y la Directora de Administración

Encargada.

Impacto o contribución de la Gestión de Control para el fortalecimiento del Órgano de Control

Externo Local

La Unidad de Auditoría Interna, dentro del marco constitucional y legal que la regula, cuenta

con autonomía funcional para el cumplimiento de sus procesos de forma objetiva, eficiente y efectiva,

lo cual incluye la facultad para realizar actuaciones fiscales tal es el caso de auditorías, que contemplan

a su vez fases o etapas como son: la programación de las auditorías, los planes, la ejecución, informe

y seguimiento a las acciones correctivas, considerada esta última de gran importancia, así mismo, la

revisión de la gestión del Órgano sujeto a su control mediante el examen de los indicadores de gestión

para medir la eficiencia, eficacia, efectividad e impacto de la gestión, evaluación del control interno,

control perceptivo, entre otras actuaciones realizadas con la finalidad de verificar que las debilidades

observadas hayan sido subsanadas o en su defecto, minimizadas.

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CAPÍTULO VII

OTRAS INFORMACIONES DE OBLIGATORIO

CUMPLIMIENTO

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CAPÍTULO VII

OTRA INFORMACIONES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO

Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos de la Alcaldía, por rubro reales y

estimados.

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Estado de Ejecución de Presupuesto de Gasto de la Alcaldía y de la Contraloría

Municipal.

Balance de la Hacienda Pública Municipal, aprobado por la Alcaldía, acompañado de

análisis contable detallado de todas y cada una de las cuentas del Tesoro y de la

Hacienda Pública Municipal, las cuales no deben exceder de tres (3) páginas por cada

análisis de cuenta.

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El análisis correspondiente a la Cuenta del Tesoro. Se debe reflejar los ingresos por

depositar, los cheques devueltos, los traslados por depositar a la cuenta de fondo de

tercero y las transferencias por depositar.

Numero de cuentas bancarias de la Administración Municipal especificando el nombre

del titular de la cuenta, denominación y uso de las mismas y saldo al cierre del

ejercicio fiscal, de cada una de ellas.

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.

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Anexos

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Anexo Nº 01

Resumen Ejecutivo de Actuación

Informe de Seguimiento Nº DCAC-2-001-2016

de fecha 09/03/2016

Órgano: Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS).

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS),

fue creado a través de Decreto Nº 039, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 274

de fecha 16/03/2001, emitida por el Despacho del Alcalde de Maracaibo y complementado por

los Decretos Nros 086 y 175-A, publicados en Gacetas Extraordinarias Nros 323 y 401 de

fechas 29/11/2001 y 20/11/2002, respectivamente; responsable de promover, desarrollar y

ejecutar programas, proyectos y planes que propendan la participación ciudadana para el

aseguramiento de la optimización de la prestación del Servicio de Gas e infraestructura de la

ciudad.

Tiene por objeto suministrar gas en el Municipio Maracaibo y la ejecución de obras de

infraestructura para la ciudad, sean estas de ornato; cloacas; embaulamiento y limpieza de

cañadas; construcción, refacción y mantenimiento de plazas parques y jardines, distribuidores

de autopistas de la ciudad, promover y desarrollar soluciones habitacionales coordinadamente

con otros entes públicos y privados en situaciones de emergencias.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estuvo orientada a verificar el estado de implementación de

las acciones correctivas emprendidas por las máximas autoridades del Servicio Autónomo

para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), remitidas a este órgano

de control mediante oficio Nº DG-1173-2014 de fecha 04/12/2014, recibido en la misma

fecha, en atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo

Nº DCAC-028-2014 de fecha 16/10/2014, notificado mediante oficio

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Nº DC-DCAC-2-0657-2014 de fecha 16/10/2014. A tales efectos, se efectuó la revisión de las

operaciones relacionadas con el área de obras efectuadas durante el período 2015.

Al respecto, se tomó una muestra selectiva de dos expedientes de obras correspondientes al

ejercicio económico financiero 2015, así como, una Orden de Servicio correspondiente al

período antes mencionado

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas emprendidas por el Servicio

Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), remitidas

mediante oficio Nº DG-1173-2014 de fecha 04/12/2014, recibido en la misma fecha, con

respecto a las recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-028-2014 de

fecha 16/10/2014, sobre actuación fiscal practicada al referido Servicio Autónomo,

relacionada con las inversiones realizadas a través de las diferentes contrataciones de obras,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2012.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por el Servicio Autónomo

para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), con ocasión a la

Actuación Fiscal orientada hacia la revisión legal, administrativa, financiera y técnica, de

manera selectiva de la inversión realizada, a través de las diferentes contrataciones de obras

realizadas por el Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS), correspondiente al ejercicio económico financiero 2012; cuyos resultados fueron

presentados en Informe Definitivo Nº DCAC-028-2014 de fecha 16/10/2010, se determinó que

se presentaron trece (13) acciones correctivas, las cuales fueron oficialmente ejecutadas en su

totalidad. En este sentido, las acciones correctivas ejecutadas son las siguientes:

En el Informe Definitivo se recomienda: “Verificar la aplicación de mecanismos de control

interno relacionados con la revisión de los documentos que soportan los procesos de

contrataciones, de manera que al momento de conformar los expedientes se incluya la

solicitud de la unidad usuaria o requirente en todos los procesos realizados”; al respecto, el

Servicio Autónomo planteó como acción correctiva: “Comprobar que los expedientes

contengan la solicitud de la unidad usuaria y en caso de no poseerla se solicitará por escrito

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a la unidad correspondiente”. Sobre el particular, de la revisión de la documentación

justificativa del expediente del proceso de contratación efectuado por el SAGAS,

correspondiente a la obra: Rehabilitación vial, asfaltado, reasfaltado, bacheo, bateas, aceras y

brocales, en varios sectores del Municipio Maracaibo (Reasfaltado de la Av. 15J y calle de

servicio (C-2) de la Urbanización Villa Delicias) Parroquia Juana de Ávila Municipio

Maracaibo Estado Zulia, se constató que contiene la solicitud de la unidad usuaria. De tal

manera, que fue oficialmente ejecutada la recomendación plasmada en el Informe Definitivo.

De igual manera, en el Informe Definitivo se planteó como recomendación: “Implementar

un adecuado sistema de control interno al momento de conformar los expedientes que permita

la organización consecutiva, cronológica y en un expediente único de la documentación

justificativa de todos los procesos de contratación realizados desde la selección de contratista

hasta la administración del contrato, con la finalidad de facilitar la oportuna localización de

toda la documentación”; indicando el SAGAS como acción correctiva la siguiente: “Revisar y

organizar continuamente los expedientes aplicando las normas para el uso y manejo de los

mismos. En caso de faltar algún documento se solicitará por escrito a la unidad

correspondiente”. Al respecto, se procedió a revisar la documentación contenida en tres (03)

expedientes de contrataciones para la ejecución de obras, tomados como muestra,

evidenciándose que contienen todos los documentos que avalan el proceso de contrataciones

desde la selección de contratista hasta la administración del contrato, estando conformados en

un expediente único por cada procedimiento realizado, siguiendo un orden cronológico,

facilitando así su oportuna localización. Considerándose, oficialmente ejecutada la

recomendación plasmada en el Informe Definitivo.

Igualmente, se recomendó: “Verificar que en los expedientes de obras al momento de su

conformación se incluyan las facturas de prestación de servicio o suministro de material

como soporte justificativo de las erogaciones realizadas”; en este sentido, el SAGAS indicó

como acción correctiva: “1.-Confirmar la presencia del recaudo en cada expediente.

2.- Solicitar por escrito a la unidad administrativa los soportes de cada trámite de pago.

3.- Incluir las facturas en los expedientes de obras”. En éste sentido, se efectuó la revisión de

la contratación efectuada mediante Orden de Servicio Nº SAGAS-DC-CP-2015-0046 de fecha

18/05/2015, por un monto de Bs. 428.310,30 correspondiente a la obra: Rehabilitación Vial,

Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Batea, Aceras y Brocales, en varios sectores del Municipio

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Maracaibo (Reasfaltado de área adyacente Villa Delicias) Parroquia Juana de Ávila Municipio

Maracaibo, Estado Zulia, y el expediente de contrataciones correspondiente a la obra:

Mantenimiento, Reparación y Construcción de Red de Gas y Adquisición de Compresores,

Retroexcavador y Bombonas de Gas. Sectores varios del Municipio Maracaibo, Estado Zulia

Reemplazo de la Red de Gas del Barrio Santa Bárbara ST. 1, Parroquia Bolívar, Municipio

Maracaibo, Estado Zulia, según contrato Nº SAG-CJ-SC-OBRA-018-15 de fecha 13/07/2015,

constatándose las respectivas facturas relacionadas con la prestación de servicio o suministro

de material para la ejecución de la obra como soporte justificativo del gasto causado. De tal

manera, se considera oficialmente ejecutada la recomendación formulada en el Informe

Definitivo.

En el Informe Definitivo se planteó como recomendación: “Supervisar la correcta

conformación y validación de las valuaciones, al momento de su elaboración, a los fines que

no exista discrepancia entre las cantidades de obras y los montos señalados en las planillas

de demostración de las obras ejecutadas”; siendo formulada como acción correctiva por el

SAGAS lo siguiente: “Revisar por cada tramite de valuación las cantidades de obra según

presupuesto original/modificado y cómputos por partida”. Al respecto, se procedió a revisar

la Valuación Única por un monto de Bs. 428.310,30, correspondiente a la obra: Rehabilitación

Vial, Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Batea, Aceras y Brocales, en varios sectores del

Municipio Maracaibo (Reasfaltado de área adyacente a Villa Delicias) Parroquia Juana de

Ávila Municipio Maracaibo, Estado Zulia, ejecutada por la empresa "COOPERATIVA DE

CONSTRUCCIÓN E INGENIERIA GONZALEZ, R.L", ejecutada según Orden de Servicio

Nº SAGAS-DC-CP-2015-0046 de fecha 18/05/2015, verificándose que las cantidades de obras

y montos señalados en la planilla de demostración de obra ejecutada se corresponden con los

indicados en las facturas respectivas. Considerándose, oficialmente ejecutada la

recomendación plasmada en el Informe Definitivo.

Seguidamente en el Informe Definitivo se recomendó: “Verificar que en las órdenes de

servicio al ser solicitadas, las partidas de las unidades de medición contenidas se ajusten a lo

establecido en las Normas COVENIN, de manera que la información reflejada sea veraz,

exacta y confiable”; indicando el SAGAS como acción correctiva la siguiente: “Cotejar por

cada tramite las cantidades de obra según presupuesto original/modificado y computo por

partida”. Sobre el particular, se revisó la Orden de Servicio Nº SAGAS-DC-CP-2015-0046 de

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fecha 18/05/2015, correspondiente a la obra: Rehabilitación Vial, Asfaltado, Reasfaltado,

Bacheo, Batea, Aceras y Brocales, en varios sectores del Municipio Maracaibo (Reasfaltado

de área adyacente Villa Delicias) Parroquia Juana de Ávila Municipio Maracaibo, Estado

Zulia, constatándose que las unidades de medidas de las partidas reflejadas en la misma, se

ajustan a lo establecido en las Normas COVENIN. De tal manera, fue oficialmente ejecutada

la recomendación plasmada en el Informe Definitivo.

Asimismo, en el Informe Definitivo se recomendó: “Conformar los expedientes de obras

de manera que durante la ejecución de las mismas, se anexen los cuadros correspondientes al

aumento, disminución y cierre de las obras, dentro de los soportes justificativos de las

valuaciones y modificaciones”; sobre la referida recomendación el SAGAS formuló la

siguiente acción correctiva: “1.- Revisión continua de cada expediente de manera que deban

contener los cuadros en cada tramite de pago. En caso de no poseerlo se solicitará por escrito

al ingeniero inspector. 2.- Verificar que con el último pago se tramite el cuadro cierre.”

Sobre el particular, se efectuó la revisión de la valuación y modificaciones de obra, contenidas

en el expediente correspondiente a la obra: Rehabilitación vial, asfaltado, reasfaltado, bacheo,

bateas, aceras y brocales, en varios sectores del Municipio Maracaibo (Reasfaltado de la Av.

15J y calle de servicio (C-2) de la Urbanización Villa Delicias) Parroquia Juana de Ávila

Municipio Maracaibo Estado Zulia, según contrato Nº SAG-CJ-RO-OBRA-009-15 de fecha

04/05/2015, evidenciándose en el mismo, el respectivo cuadro de aumentos, disminución y

cierre de obra. De tal manera, que se considera oficialmente ejecutada la recomendación

formulada en el Informe Definitivo.

El Informe Definitivo plantea como recomendación:“Planificar y programar todas las

adquisiciones de bienes y servicios, así como de las modalidades de procedimiento de

selección de contratista a realizar, a los fines de obtener la oferta más favorable y realizar las

contrataciones y operaciones en condiciones de economía, igualdad y transparencia”; al

respecto, el SAGAS formuló la siguiente acción correctiva: “Realizar una programación de

adquisición de bienes y servicios que incluya la modalidad de adquisición”. Sobre el

particular, se evidenció que el SAGAS efectuó la programación anual para la adquisición de

bienes, prestación de servicios y ejecución de obras correspondiente al ejercicio económico

financiero 2015. De tal manera, que fue oficialmente ejecutada la recomendación plasmada en

el Informe Definitivo.

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Igualmente, se recomendó: “Verificar, controlar y supervisar que al momento de

proceder a realizar las órdenes de servicio y compra, la adquisición de bienes y prestación de

servicios, se indique el lugar exacto donde se realiza la prestación del servicio o se utiliza el

material adquirido, con el objeto de poder comprobar la sinceridad de los hechos en cuanto a

su existencia y efectiva realización”; planteando el SAGAS la siguiente acción correctiva:

“Indicar en las órdenes de compra y/o adquisición de bienes el sitio exacto donde será

despachado, entregado o prestado el servicio”. A los fines de verificar la referida acción

correctiva, se efectuó la revisión de la Orden de Servicio Nº SAGAS-DC-CP-2015-0046 de

fecha 18/05/2015, tomada como muestra, constatándose que la misma indica la dirección del

lugar donde se realizará la prestación del servicio o se utilizará el material adquirido. De tal

manera, que se considera oficialmente ejecutada la recomendación formulada en el Informe

Definitivo.

Seguidamente en el Informe Definitivo se plantea como recomendación: “Verificar al

momento de proceder a la contratación para la adquisición de bienes y prestación de

servicios, el cumplimiento del requisito relacionado con la documentación legal de la persona

natural o jurídica que presta el servicio, solvencias y garantías establecidas en la norma que

regula la materia, como soporte de las órdenes de compra y servicio utilizadas en los

procedimientos, a los fines de obtener información veraz, eficaz y confiable sobre los

responsables de suministrar o prestar el servicio requerido”; siendo formulada como acción

correctiva por el SAGAS lo siguiente: “Solicitar la documentación legal de las personas

naturales o jurídicas que se contraten para la adquisición de bienes o servicios”. Al respecto,

de la revisión efectuada al proceso de contratación bajo la modalidad de consulta de precio,

correspondiente a la obra: Rehabilitación Vial, Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Batea, Aceras

y Brocales, en varios sectores del Municipio Maracaibo (Reasfaltado de área adyacente Villa

Delicias) Parroquia Juana de Ávila, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por un monto de Bs.

428.310, 30, ejecutada por la empresa "COOPERATIVA DE CONSTRUCCIÓN E

INGENIERIA GONZALEZ, R.L", según Orden de Servicio Nº SAGAS-DC-CP-2015-0046

de fecha 18/05/2015, se evidenció la documentación legal de la empresa contratada para la

adquisición de bienes o prestación de servicio. Por lo que se considera, que la recomendación

formulada en Informe Definitivo, fue oficialmente ejecutada.

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Asimismo, en el Informe Definitivo se recomendó: “Verificar antes de proceder a la

contratación de servicios, que el mismo no haya sido contratado y pagado a otras empresas

y/o cooperativas, con el propósito de obtener la legalidad, transparencia y sinceridad de las

operaciones realizadas, el cumplimiento de esta acción es responsabilidad del Director

General y el Gerente de Ingeniería”; planteando el SAGAS la siguiente acción correctiva:

“1.- En la actualidad el personal que realiza todos los trabajos de Mantenimiento de la Red

de Distribución de Gas de Maracaibo, es personal dependiente de la Alcaldía de Maracaibo.

2.- El Suministro de todos los Insumos y/o Materiales requeridos para el Mantenimiento de la

Red de Distribución de Gas de Maracaibo, en la actualidad, lo asume directamente SAGAS”.

Al respecto, se procedió a revisar las Órdenes de compras y/o servicio, constatándose que el

SAGAS no suscribió contratos con diferentes Asociaciones Cooperativas mediante órdenes de

servicio para la ejecución de los trabajos de la acometida de gas doméstico y las reparaciones

de la red de distribución del gas en el Municipio Maracaibo, no obstante, el Servicio

Autónomo suscribe contratos con empresas para ejecutar la construcción y reemplazo de la red

de gas en el Municipio Maracaibo. Considerándose, que la recomendación se encuentra

oficialmente ejecutada.

CONCLUSIÓN

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas emprendidas por el Servicio Autónomo

para el Suministro de Gas e Infraestructura (SAGAS), en atención a las recomendaciones

efectuadas por la Contraloría Municipal de Maracaibo, plasmadas en Informe Definitivo

Nº DCAC-028-2014 de fecha 16/10/2014, correspondiente a la Actuación Fiscal relacionada

con las inversiones realizadas a través de las diferentes contrataciones de obras,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2012; se concluye que las trece (13)

acciones correctivas presentadas en el respectivo Plan de Acciones Correctivas remitido por el

SAGAS mediante oficio Nº DG-1173-2014 de fecha 04/12/201, fueron oficialmente

ejecutadas en su totalidad.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-001-2016 de fecha 09/03/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-2-001-2016 de fecha 14/03/2016.

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Informe de Seguimiento Nº-DCAC-2-002-16

de fecha 28/03/2016

Órgano: Oficina Municipal de Planificación Urbana. (OMPU)

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Oficina Municipal de Planificación Urbana de Maracaibo, se crea en el año 1980, por

iniciativa de un grupo de concejales e ingenieros que interactuaron de conformidad al

ordenamiento jurídico, ésta Dirección regula su competencia, funcionamiento y atribuciones

en atención a lo consagrado en su Ordenanza de creación; y tiene como objetivo principal

evaluar, planificar y vigilar los planes de desarrollo urbano, el crecimiento urbano del

Municipio en concordancia con las normas vigentes e inherentes en materia urbana.

Su misión es contribuir en el aseguramiento de la calidad en la prestación del servicio de

catastro, planificación y ordenamiento urbano de Maracaibo, a través de la implementación de

procesos de gestión, técnicos y operativos, enmarcados en la cultura de la optimización, de

manera que sean ejecutados, efectiva, eficiente y eficazmente, para satisfacer las expectativas

de los usuarios y en beneficio de la colectividad marabina, propendiendo a la elevación de la

calidad de vida del ciudadano. Su visión es ser el órgano desconcentrado municipal más

automatizado y desarrollado de Venezuela, de referencia por su consolidado desarrollo

urbanístico, catastral y social, donde exista una plataforma monolítica de calor humano, que

garantice la interrelación familiar y vecinal de los primeros ciudadanos de latinoamérica, con

una imagen de eficiencia demostrada en la rapidez y efectiva capacidad de respuesta percibida

por aquellos que demandan nuestros servicios, que a su vez controla el crecimiento urbano en

función de las necesidades de la comunidad, con sentido de compromiso en lograr un

Municipio sustentable, con orden y justicia social.

La Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU) está adscrita al Servicio Autónomo

Centro de Procesamiento Urbano de Maracaibo, (CPU), cuenta con una estructura

organizativa descrita a continuación: Departamento Jurídico de Planificación Urbana,

Departamento de Planificación Física y Apoyo Urbano, Departamento de Control Urbano,

Departamento de Fiscalización y Demolición que a su vez comprende la Sección de

Fiscalización y la Sección de Demolición.

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ALCANCE Y OBJETIVOS GENERAL:

La actuación fiscal de seguimiento, estuvo dirigida a la verificación del cumplimiento de las

acciones correctivas presentadas por la Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU)

mediante oficio Nº OMPU-D-15-010 de fecha 14/01/2015, en atención a las recomendaciones

formuladas por la Dirección de Control de la Administración Central en Informe Definitivo

Nº DCAC-038-2014 de fecha 24/11/2014, notificado mediante oficio Nº DC-DC-AC-1-0777-

2014 de fecha 26/11/2014 y relacionada con el otorgamiento de permisos, cobro de tarifa y

condiciones para la prestación del servicio de estacionamiento del Municipio Maracaibo,

Estado Zulia, correspondiente a los ejercicios económicos financieros 2011, 2012 y al tercer

trimestre del 2013.

A tales efectos, de un universo de 33 expedientes de estacionamientos correspondientes al

período comprendido desde el 01/09/2015 hasta el 31/12/2015, se tomó una muestra selectiva

de 10 expedientes que representan los 30%, seleccionados a través de la técnica de muestreo

aleatorio simple.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN

Con respecto a la recomendación de contemplar inmediatamente en el formato

Nº CPU-OMPU-PF-009 los requisitos estipulados en el ordenamiento jurídico que rige la

materia, con la finalidad que los usuarios manejen y tengan la información necesaria al

momento de solicitar la autorización, se considera que la misma fue oficialmente ejecutada.

En cuanto a verificar en la etapa de recepción, que los documentos consignados por los

contribuyentes cumplan con los requisitos mínimos para el otorgamiento de la Autorización

para la Regularización y cobro en la Explotación Comercial de los estacionamientos del

Municipio Maracaibo, con la finalidad de confirmar el cumplimiento de los recaudos

establecidos. Se considera que esta recomendación fue oficialmente ejecutada con respecto a

supervisar permanentemente la conformación de los expedientes para el otorgamiento de la

autorización y la regulación de las tarifas en los estacionamientos comerciales, con el

propósito de generar mecanismo de organización y localización oportuna para su respectivo

control. Se considera que la misma fue oficialmente ejecutada. Con respecto a, implementar

periódicamente mecanismos de control en los estacionamientos a objeto de verificar que las

administradoras de los mismos, brinden los servicios de acceso gratuito los primeros 15

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150

minutos, exoneración de pago a personas mayores de 60 años y discapacitados, con la

finalidad que el usuario disfrute el derecho concedido, se considera que la misma fue

oficialmente ejecutada. En relación a, supervisar periódicamente la vigencia de las

autorizaciones concedidas a los administradores de los estacionamientos con la finalidad de

garantizar la efectiva gestión pública, se considera que la misma fue oficialmente ejecutada.

En cuanto a, establecer de manera inmediata mecanismos de supervisión para el cumplimiento

de las normativas que determinan la duración de la autorización para el funcionamiento y

explotación comercial de estacionamientos, con la finalidad de preservar la legalidad de los

procesos en la gestión pública, se considera la recomendación oficialmente ejecutada. En

cuanto a la recomendación relacionada con implementar permanentemente control de

seguimiento en los procedimientos administrativos aperturados, a los administradores de los

estacionamientos de los centros comerciales, con la finalidad de garantizar la captación de

recursos por concepto de multa, esta recomendación se considera oficialmente ejecutada. En

relación, a la recomendación de fortalecer el proceso de inspecciones que efectúa la Oficina

Municipal de Planificación Urbana (OMPU), en cuanto a verificar las condiciones de los

servicios que prestan los estacionamientos, se considera la misma oficialmente ejecutada. En

relación, a fiscalizar periódicamente las tarifas aplicadas por los administradores de los

estacionamientos de los centros comerciales con la finalidad de garantizar el cumplimiento

estipulado en la ordenanza, se considera la recomendación oficialmente ejecutada. En cuanto

a, supervisar el cumplimiento de las formalidades que debe contener los tickets emitidos por

los administradores de los estacionamientos de los centros comerciales, antes de otorgar la

autorización a fin de que los mismos contengan los requisitos e información estipulada en la

norma venezolana (COVENIN), se considera la recomendación oficialmente ejecutada. En

relación a, establecer de manera inmediata, mecanismos de control y seguimiento en cuanto a

las inspecciones realizadas a los propietarios o administradores de los estacionamientos con la

finalidad de garantizar el cumplimiento de lo previsto en el ordenamiento jurídico y la

captación de los ingresos producto de los servicios prestados, así como, la imposición de

sanciones o multas impuestas por la Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU), se

considera esta recomendación oficialmente ejecutada.

CONCLUSIÓN

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151

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento, dirigida a la

verificación del cumplimiento de las acciones correctivas presentadas por la Oficina Municipal

de Planificación Urbana (OMPU) en oficio Nº OMPU-D-15-010 de fecha 14/01/2015, en

atención a las recomendaciones formuladas por este órgano de Control Fiscal Externo, en el

Informe Definitivo Nº DCAC-038-2014 de fecha 24/11/2014 notificado mediante oficio

Nº DC-DC-AC-1-0777-2014 de fecha 26/11/2014, se concluye que las once (11) acciones

contenidas en el Plan de Acciones Correctivas presentado por la OMPU fueron oficialmente

ejecutadas en su totalidad.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-2-003-2016

de fecha 30/03/2016

Órgano: Concejo Municipal de Maracaibo.

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Concejo Municipal de Maracaibo tiene por objeto la función deliberante del Municipio, la

cual ejercerá conforme a los principios de descentralización, desconcentración, servicio,

cogestión, solidaridad, participación ciudadana, autonomía funcional. Todo ello de acuerdo con

la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Poder Público

Municipal, el Ordenamiento Jurídico Municipal, además de toda normativa de organización y

funcionamiento interno que dicte el Concejo Municipal de Maracaibo.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estuvo dirigida a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas presentadas por el Concejo Municipal de

Maracaibo, mediante oficio Nº PCM-013-2015 de fecha 13/01/2015, en atención a las

recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-026-2014 de fecha 08/10/2014,

remitido según oficio Nº DC- DCAC-1-0634-2014 de fecha 09/10/2014. A tales efectos, a los

fines de verificar las operaciones relacionadas con el recurso humano del órgano legislativo, se

seleccionó una muestra de noventa y cuatro (94) expedientes de Personal que representan el

20% del universo de 471, así mismo, en relación a las contrataciones para la adquisición de

bienes y prestación de servicios, se seleccionó una muestra de cinco (05) expedientes de

contrataciones, que representan el 62% del total de ocho (08) procesos de contrataciones

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152

ejecutados. Por otra parte, en relación a la verificación de las modificaciones presupuestarias,

se seleccionaron veinte (20) que representan el 20%; además, se verificaron ciento noventa y

siete (197) Bienes, que representan 16.8% del universo de 1166, durante el periodo

comprendido del 01/11/2015 hasta el 31/12/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas emprendidas por la máxima autoridad del

Concejo Municipal de Maracaibo, vinculadas a las recomendaciones impartidas por la

Contraloría Municipal de Maracaibo en Informe Definitivo Nº DCAC-026-2014 de fecha

08/10/2014, correspondiente a la actuación fiscal realizada al Concejo Municipal de

Maracaibo, dirigida a la evaluación de los aspectos legales, administrativos, presupuestarios,

financieros, modalidades de contratación, capital humano y bienes públicos, ejecutados por el

Concejo Municipal de Maracaibo correspondiente al ejercicio económico financiero 2013, se

determinó que se presentaron veinticinco (25) acciones en el Plan de Acciones Correctivas

remitidas según oficio Nº PCM-013-2015 de fecha 13/01/2015, arrojando los siguientes

resultados:

No fueron ejecutadas cuatro (04) recomendaciones, desatendiendo lo establecido en el artículo

48 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de

Control Fiscal.

En el Informe Definitivo se recomienda“Elaborar, aprobar e implementar normas y

procedimientos, que regulen los procesos inherentes a las modificaciones en la ejecución

presupuestaria de ingresos y gastos”; al respecto, el Concejo Municipal plantea la siguiente

acción “Se elabora en la actualidad el Manual de Procedimientos de modificaciones

presupuestarias”. De la revisión efectuada al Manual de Normas y Procedimientos, no se

evidenció las normas y procedimientos que regulan los procesos inherentes a las

modificaciones en la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos, considerando no ejecutada

la recomendación, dejando constancia de ésta situación en Acta Fiscal de fecha 30/03/2016.

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153

De igual forma en el Informe Definitivo se recomienda “Proceder solo por la vía del

contrato, en aquellos casos que se requiera personal altamente calificado, para realizar

tareas específicas y por tiempo determinado, tal cual lo establece la norma”; al respecto, el

Concejo Municipal planteó la siguiente acción correctiva “Revisar los requerimientos de cada

unidad administrativa a los efectos de contratar personal altamente calificado, así mismo se

realizaron las estimaciones pertinentes en el presupuesto 2015 para incluir en la nómina de

empleados fijos al personal que actualmente está en el estatus de contratado” De la revisión

efectuada a la nómina de contratados correspondientes a los meses de noviembre y diciembre

de 2015, se evidenció que la misma está conformada por treinta y un (31) personas, que

ocupan cargos y ejecutan funciones propias del órgano legislativo municipal (Ver anexo Nº 9);

razón por la cual se considera no ejecutada la recomendación plasmada en el Informe

Definitivo. Dejando constancia de ésta situación en Acta Fiscal de fecha 30/03/2016.

En el Informe Definitivo se recomienda “Implementar la entrega de recibos de pago al

momento de cancelar los sueldos y salarios al personal adscrito al Concejo Municipal de

Maracaibo”; en tal sentido, el Concejo Municipal planteó la siguiente acción “Para el mes de

septiembre 2014 se implementó la entrega de recibos de pago a través de correo electrónicos,

dicho procesos actualmente se encuentra en periodo de prueba, ya que se presentan

problemas con el internet el cual es limitado y no permite realizar las cargas masivas y se

hace un proceso muy engorroso. Se procederá a realizar la impresión de los recibos de pagos

para comenzar la entrega a cada trabajador. Cabe destacar que se están realizando las

acciones pertinentes conjuntamente con la Dirección de Tecnología e Informantica para

realizar la entrega de los recibos de pagos en forma digital a través de correos electrónicos o

de la pagina web del concejo, esto con la finalidad de acatar el artículo 4 de la Ley de

simplificación de trámites administrativos y basado en los principio de economía procesal y el

articulo 44 ejusdem, que permite hacer uso de la vía de tecnología”. Se determinó que

durante los meses de noviembre y diciembre de 2015, el Concejo Municipal de Maracaibo no

efectuó la entrega de manera física ni digital a través de los correos electrónicos o la página

web del órgano legislativo municipal, de los recibos de pago de nómina al personal, razón por

lo cual se considera no ejecutada la recomendación. Dejando constancia de ésta situación en

Acta Fiscal de fecha 30/03/2016.

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154

En el Informe Definitivo se recomendó, “Adecuar la captación y selección del personal

idóneo conforme al Manual Descriptivo de Clases de Cargos del Concejo Municipal de

Maracaibo y la normativa legal vigente”; al respecto, el Concejo Municipal de Maracaibo

planteó la acción siguiente “Elevar a las máximas autoridades para tomar decisiones

relativas al ingreso de personal, conforme a la norma establecida en el Manual Descriptivo

de Clase de Cargo”. Se evidenció para el periodo objeto de evaluación, que el Concejo

Municipal de Maracaibo, no aplicó el procedimiento establecido en el Manual Descriptivo de

Clases de Cargos del Concejo Municipal de Maracaibo ni lo estipulado en la normativa legal

vigente, para el ingreso del personal, considerando no ejecutada la misma. Dejando constancia

de ésta situación en Acta Fiscal de fecha 30/03/2016.

CONCLUSIÓN.

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento, dirigida a la

verificación del estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por el

Concejo Municipal de Maracaibo, según oficio Nº PCM-013-2015 de fecha 13/01/2015, en

atención a las recomendaciones formuladas por este órgano de Control Fiscal Externo, en el

Informe Definitivo de la Auditoria Nº DCAC-026-2014 de fecha 08/10/2014, notificado

mediante oficio Nº DC- DCAC-1-0634-2014 de fecha 09/10/2014, la cual estuvo orientada al

análisis de los aspectos legales, estructura organizativa, y la revisión de las operaciones

administrativas, relacionadas con los ingresos y gastos, asignaciones presupuestarias y

financieras, modalidades de contratación, capital humano y bienes públicos, se concluye que

de veinte y cinco (25) acciones contenidas en el Plan de acciones correctivas presentado por el

Concejo Municipal, veintiuna (21) que representan un 84% fueron ejecutadas, así mismo, se

determinó que cuatro (04) que representan un 16% no fueron ejecutadas. Sin embargo, este

órgano de control fiscal municipal, reconoce las acciones promovidas por las autoridades del

Concejo Municipal de Maracaibo, a los fines de una gestión eficiente y eficaz que debe

prevalecer en la Administración Pública.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-003-2016 de fecha 30/03/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-2-003-16 de fecha 31/03/2016.

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155

Informe de Seguimiento Nº DCAC-004-2016

de fecha 30/03/2016

Órgano: Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo

(SAMAS).

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), se

crea mediante Decreto Nº 308 publicado en Gaceta Municipal Nº 016 de fecha 12/04/2004, sin

personalidad jurídica, con autonomía funcional y financiera, adscrito al despacho del Alcalde,

dirigido por un Director General, el cual será de libre nombramiento y remoción del Alcalde y

tiene como misión dirigir la política municipal en el área de salud, coordinando para ello la

ejecución de los planes y programas en materia de saneamiento ambiental, atención médica a

nivel primario y contraloría sanitaria, con el objeto de garantizar la prestación de estos

servicios de forma eficiente, eficaz y efectiva, para que los ciudadanos reciban una atención

médica de carácter preventiva, curativa y rehabilitadora, así como, de educación sanitaria e

información epidemiológica mediante la implementación de estrategias destinadas a optimizar

los procesos y satisfacer las necesidades básicas que demande la colectividad en materia de

salud.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estuvo orientada a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por las máximas autoridades del

Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS),

remitidas a este órgano de control mediante oficio Nº SMS-DG-087-2015 de fecha

13/07/2015, recibido en fecha 13/07/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en el

Informe Definitivo Nº DCAC-021-2015 de fecha 27/05/2015, notificado mediante oficio

Nº DC-DCAC-2-0375-2015 de fecha 28/05/2015. Al respecto, a los efectos de la verificación

del mantenimiento, uso, resguardo y estado de conservación de los bienes, se efectuó una

revisión exhaustiva de los 109 bienes ubicados en los ambulatorios: Los Modines y Santa Inés,

así como, en el Programa Comunitario Francisco Eugenio Bustamante, según el registro del

Inventario de Bienes Muebles al 31/12/2015.

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156

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas emprendidas por la máxima

autoridad del Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo

(SAMAS), remitidas a este órgano de control mediante oficio Nº SMS-DG-087-2015 de fecha

13/07/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº

DCAC-021-2015 de fecha 27/05/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-2-0375-2015

de fecha 28/05/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN FISCAL DE SEGUIMIENTO

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por el Servicio Autónomo

Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), vinculadas a la Actuación

Fiscal orientada a evaluar los aspectos legales, administrativos, presupuestarios y financieros,

relacionados con la adquisición, registro, control, mantenimiento, uso, resguardo y estado de

conservación de los bienes del Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio

Maracaibo (SAMAS), correspondiente al ejercicio económico financiero 2014; cuyos

resultados fueron presentados en Informe Definitivo Nº DCAC-021-2015 de fecha

27/05/2015, se determinó que se presentaron quince (15) acciones correctivas, de las cuales se

ejecutó una (01), una (01) fue parcialmente ejecutada y trece (13) no fueron ejecutadas. En

este sentido, la acción correctiva acatada fue la siguiente:

En el Informe Definitivo se recomienda “Describir completamente cada bien al momento de

su registro en el inventario permanente, con el fin de que la información presentada sea

transparente, veraz y exacta”; al respecto, el SAMAS consideró como acción correctiva

“Asignar un numero correctivo a cada bien”. Sobre el particular, se procedió a la revisión del

Inventario de Bienes Muebles al 31/12/2015 (Formulario BM-1) constatándose que todos los

bienes presentan nombre y descripción del mismo, por lo tanto se considera ésta

recomendación ejecutada.

Ahora bien, de la actuación fiscal de seguimiento, se constató que una (01) de las

recomendaciones efectuadas por este órgano de control fiscal externo fue parcialmente

ejecutada, la misma se describe a continuación: En el Informe Definitivo se recomienda

“Tramitar ante una empresa aseguradora para el presente ejercicio económico financiero, la

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157

adquisición de pólizas de responsabilidad civil para los vehículos del Servicio Autónomo

Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), con el fin de garantizar el

resarcimiento por posibles daños y perjuicios ocasionados en caso de accidentes”; al

respecto, el SAMAS consideró la siguiente acción correctiva “Adquisición de Pólizas”. En

este sentido, se constató que de los doce (12) vehículos que pertenecen al SAMAS, nueve (09)

de ellos cuentan con una Póliza de Responsabilidad Civil, no obstante tres (03) de los

vehículos no contaban con las referidas Pólizas para el período evaluado, tales como: Unidad

Móvil de Zoonosis internacional modelo 440, Vans tipo mini bus Mercedes Benz capacidad

20 puestos placa DCE-05A, Vans tipo mini bus Mercedes Benz capacidad 20 puestos placa

LAZ-12V. En virtud de lo expuesto, se considera esta recomendación parcialmente ejecutada.

Dejando constancia de ésta situación, en Acta Fiscal de fecha 09/03/2016.

Adicionalmente, es importante destacar, que de la actuación fiscal objeto de seguimiento, no

fueron ejecutadas trece (13) recomendaciones, las cuales se mencionan a continuación:

En el Informe Definitivo se recomienda “Elaborar e implantar en la brevedad posible el

Manual de Normas y Procedimientos, que regule los mecanismos de control, mantenimiento,

uso, resguardo y estado de conservación de los bienes, para agilizar los procesos

administrativos”, en este sentido, el Servicio Autónomo planteó la siguiente acción correctiva

“Elaborar”. Sobre el particular, se constató que el SAMAS se encuentra en proceso de

elaboración y revisión por parte del Departamento de Modernización de la Alcaldía de

Maracaibo, del Manual de Normas y Procedimientos que regule las operaciones relativas a los

bienes muebles, para posteriormente someterlo a su aprobación por parte de la autoridad

competente, no obstante, en la actualidad el Servicio Autónomo no dispone del referido

instrumento normativo. Por lo antes expuesto, se considera ésta recomendación no ejecutada.

Dejando constancia de ésta situación, en Acta Fiscal de fecha 09/03/2016.

En el Informe Definitivo se recomienda “Resguardar, custodiar y proteger de manera

inmediata y constante los bienes del organismo, a los fines de mantener un control sobre la

ubicación de los mismos, detectar los bienes faltantes, y que la información reflejada en el

inventario permanente sea sincera y veraz”; el SAMAS consideró como acción correctiva

“Resguardo y custodia de los bienes”. En este sentido, se efectuaron inspecciones “in situ” en

los ambulatorios Los Modines y Santa Inés, así como en el Programa Comunitario Francisco

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158

Eugenio Bustamante, en fechas 25/02/2016 y 02/03/2016, constatándose la ausencia de 29

bienes que ascienden a un monto de Bs. 38.610,48, los cuales se encuentran registrados en

Inventario de Bienes Muebles del Servicio Autónomo correspondiente al año 2015,

considerándose bienes faltantes, siendo esta recomendación no ejecutada. Dejando constancia

de ésta situación, en Actas Fiscales de fechas 25/02/2016 y 02/03/2016.

CONCLUSIÓN

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas emprendidas por el Servicio Autónomo

Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), en atención a las

recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-021-2015 de fecha 27/05/2015,

correspondiente a la Actuación Fiscal orientada a evaluar los aspectos legales, administrativos,

presupuestarios y financieros, relacionados con la adquisición, registro, control,

mantenimiento, uso, resguardo y estado de conservación de los bienes del Servicio Autónomo

Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), correspondiente al ejercicio

económico financiero 2014; se concluye que de quince (15) acciones contenidas en el Plan de

Acciones Correctivas presentado por el SAMAS, mediante oficio Nº SMS-DG-087-2015 de

fecha 13/07/2015, fue ejecutada una (01) de ellas, la cual representa el 6,67 %, una fue

parcialmente ejecutada, que representan el 6,67 %, y no fueron ejecutadas trece (13) acciones

correctivas, que representan el 86,66%.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en informe de seguimiento

Nº DCAC-004-2016 de fecha 30/03/2016, remitidos al organismo evaluado mediante oficio

Nº OID-DCAC-2-004-16 de fecha 30/03/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-2-005-2016

de fecha 28/03/2016

Órgano: Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT)

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), es un

servicio desconcentrado sin personalidad jurídica, con autonomía funcional y financiera y con

su propio Sistema Profesional de Recursos Humanos, organizado como una entidad de

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159

carácter técnico, adscrito al Despacho del Alcalde o Alcaldesa. Su objeto es la administración

del sistema de los ingresos tributarios municipales, la recaudación de los tributos, multas,

intereses, recargos y demás accesorios, así como, la recaudación de los demás tributos

municipales que sean atribuidos mediante ordenanzas.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento, estuvo dirigida a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades del

Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT) relacionado

con el Ramo 115 Espectáculos Públicos, remitidas a este Órgano Contralor Municipal

mediante oficio Nº IMT-GR-0587-2015 de fecha 13/08/2015, recibido el 20/08/2015, en

atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-033-2015 de

fecha 03/08/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0557-2015 de fecha

04/08/2015. A tales efectos, durante los meses de octubre a diciembre del 2015, se efectuaron

setenta (70) espectáculos públicos, de los cuales se efectuó la revisión de veintiún (21)

expedientes que representa un 30%, seleccionados a través del método de muestreo

estratificado.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por la máxima

autoridad del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT)

en oficio Nº IMT-GR-0587-2015 de fecha 13/08/2015, en atención a las recomendaciones

formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-033-2015 de fecha 03/08/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas emprendidas por la máxima autoridad del

Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), vinculadas a

las recomendaciones impartidas por la Contraloría Municipal de Maracaibo mediante Informe

Definitivo Nº DCAC-033-2015 de fecha 03/08/2015 correspondiente a la Actuación fiscal

dirigida a evaluar los aspectos legales y administrativos relacionados con el ramo 115

“Espectáculos Públicos” realizados por el SEDEMAT para el ejercicio económico financiero

2014, se determinó que se presentaron cuatro (04) acciones correctivas que fueron ejecutadas

en su totalidad, siendo las siguientes:

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En el Informe Definitivo de la actuación fiscal se recomienda “Establecer de manera

inmediata, una adecuación de los lapsos establecidos para la recepción de los requisitos

exigidos para la presentación de eventos”; sobre el particular, se consideró la siguiente acción

correctiva por parte del SEDEMAT “Supervisar adecuadamente todo el proceso de

conformación del expediente de espectáculo público ajustándose a la normativa que regula la

materia”. Sobre el particular, de la revisión efectuada a los veintiún (21) expedientes de

espectáculos públicos tomados como muestra, correspondientes al período 01/10/2015 al

31/12/2015, se constató que los mismos contenían los requisitos necesarios para la realización

del evento, así mismo, se cumple con los lapsos establecidos en la Reforma Parcial de la

Ordenanza de Regulación e Impuestos de Espectáculos Públicos. Considerándose esta

recomendación oficialmente ejecutada.

De igual forma, en el Informe Definitivo se recomienda “Establecer en la brevedad

posible, mecanismos de control interno en cuanto a una revisión efectiva al momento de

recibir la solicitud de permiso y la verificación de los requisitos exigibles para la

presentación de los eventos”; considerando el (SEDEMAT) la siguiente acción correctiva

“Supervisar adecuadamente todo el proceso de conformación de expediente de espectáculo

público ajustándose a la normativa que regula la materia.” Al respecto, se constató la

vigencia de la Constancia de Cumplimiento de Normas Técnicas del local para la realización

del evento, obtenida durante el proceso de conformación de los veintiún (21) expedientes de

espectáculos públicos seleccionados como muestra, ejecutados durante el período del

01/10/2015 al 31/12/2015. Considerándose esta recomendación oficialmente ejecutada.

En el Informe Definitivo se recomendó “Implantar de manera inmediata, controles

internos en cuanto a la revisión y verificación de los documentos exigibles para todo

espectáculo público”; a lo que el Servicio Desconcentrado Municipal de Administración

Tributaria (SEDEMAT) planteó la acción correctiva siguiente “Supervisar adecuadamente

todo el proceso de conformación del expediente de espectáculos públicos ajustándose a la

normativa que regula la materia”. En tal sentido, de la muestra seleccionada de veintiún (21)

expedientes de espectáculos públicos conformados durante el período del 01/10/2015 al

31/12/2015, se constató que siete (07) fueron dirigidos a niños, niñas y adolescentes,

presentando la clasificación por parte de la Junta Clasificadora de Espectáculos Públicos para

este tipo de eventos. Considerándose esta recomendación oficialmente ejecutada.

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161

Adicionalmente, en el Informe Definitivo se recomienda “Diseñar de manera inmediata,

antes de la realización del evento el Plan de Organización de la Inspección y Fiscalización

respectiva”; para lo cual el Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria

(SEDEMAT) manifestó la siguiente acción “Supervisar adecuadamente todo el proceso de

conformación del expediente de espectáculos públicos ajustándose a la normativa que regula

la materia, implementándose de forma inmediata la conformación del plan de organización de

la inspección y fiscalización respectiva”. Se constató el Plan de Organización de Inspección y

Fiscalización de Espectáculos Públicos, en los veintiún (21) expedientes conformados durante

el período del 01/10/2015 al 31/12/2015, tomados como muestra. Considerándose esta

recomendación oficialmente ejecutada.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento, orientada a

verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por la máxima

autoridad del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT),

remitidas al Órgano Contralor Municipal mediante oficio Nº IMT-GR-0587-2015 de fecha

13/08/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-

033-2015 de fecha 03/08/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0557-2015 de

fecha 04/08/2015, relacionado con actuación fiscal cuyo objetivo fue evaluar los aspectos

legales y administrativos relacionados con el ramo 115 “Espectáculos Públicos” realizados por

el SEDEMAT para el ejercicio económico financiero 2014, se concluye que las cuatro (04)

acciones, contenidas en el Plan de Acción Correctiva presentados por el SEDEMAT, fueron

implementadas en su totalidad.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-005-2016 de fecha 28/03/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-2-005-16 de fecha 29/03/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-006-2016

de fecha 30/03/2016

Órgano: Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo (COMUDENNAM)

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CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo,

es un órgano desconcentrado de la administración pública municipal que ejerce sus funciones

con plena autonomía, con personalidad jurídica propia, deliberativo, consultivo y contralor,

cuya misión es velar por el cumplimiento de los derechos colectivos y difusos de los niños,

niñas y adolescentes, sin menoscabo del principio de legalidad, consagrado en nuestro

ordenamiento jurídico.

El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo,

tiene entre sus objetivos institucionales los siguientes:

Presentar a consideración del Alcalde o Alcaldesa el Plan Municipal para la Protección

Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, en estricto cumplimiento de la política y Plan

Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes aprobados por el órgano

rector, así como los lineamientos y directrices emanadas de este.

Presentar a consideración del Alcalde o Alcaldesa la propuesta de presupuesto del Consejo.

Coordinar y brindar apoyo técnico en el ámbito municipal a los integrantes del Sistema

Rector Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes.

Promover la divulgación de los derechos, garantías y deberes de niños, niñas y adolescentes

y ser vocero de sus intereses e inquietudes.

Crear entidades de atención para la ejecución de programas de protección.

Promover, acompañar y supervisar a las entidades de atención y programas de protección,

específicamente a través de las comunidades organizadas.

Mantener el Registro Nacional de Defensorías, entidades de atención y programas de

protecciones de niños, niñas y adolescentes, de conformidad con lo establecido por el Consejo

Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Conocer, evaluar y opinar sobre los planes municipales intersectoriales que elaboren los

órganos competentes, así como de las políticas y acciones públicas y privadas referidas a

niños, niñas y adolescentes.

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163

Solicitar a las autoridades municipales competentes acciones y adjudicación de recursos para

la solución de problemas específicos que afecte a niños, niñas y adolescentes.

Denunciar ante los órganos competentes la omisión o prestación irregular de los servicios

públicos municipales, prestados por entes públicos o privados, que amenacen o violen los

derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes.

Conocer casos de amenazas o violaciones a los derechos colectivos o difusos de los niños,

niñas y adolescentes en el ámbito municipal.

Intentar de oficio o por denuncia la acción de protección, así como solicitar la nulidad de la

normativa o actos administrativos cuando éstos violen o amenacen los derechos y garantías de

niños, niñas y adolescentes.

Brindar protección especial a los derechos y garantías específicos de los niños, niñas y

adolescentes de los pueblos y comunidades indígenas y afro descendientes.

Ejercer con relación al Fondo Municipal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del

Municipio Maracaibo, la atribución que establece el artículo 339 de la LOPNNA.

Dictar su Reglamento Interno.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento, se orientó a la verificación del estado de implementación

de las acciones correctivas emprendidas por las máximas autoridades del Consejo Municipal

de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo (COMUDENNAN),

remitidas a este órgano de control mediante Oficio N° CMD-6157-2014 de fecha 24/11/2014,

en atención de las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-025-2014 de

fecha 25/09/2014, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-2-0618-2014 de fecha

25/09/2014, correspondiente a la Actuación Fiscal orientada a la evaluación de la legalidad,

veracidad y exactitud de las operaciones administrativas, financieras, presupuestarias y las

diferentes modalidades de contratación efectuadas por el Consejo Municipal de Derechos de

Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo (COMUDENNAM.), correspondiente

al ejercicio económico financiero 2014. A tales efectos, se procedió a la evaluación de la

legalidad, veracidad y exactitud de las operaciones administrativas, financieras y

presupuestarias, en tal sentido, de los gastos efectuados durante el 2015 por el referido

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164

Consejo, los cuales ascienden a la cantidad de Bs. 428.539,26, que representan el 100%, se

procedió a la revisión de Bs. 131.190,00, que representan un 30,61%, de la muestra

seleccionada utilizando el Método Estadístico de Muestra Intencional, así como, tomando en

cuenta aspectos relevantes como la planificación, ejecución, control y evaluación de los

procesos administrativos, financieros y presupuestarios.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas emprendidas por la máxima

autoridad del Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo (COMUDENNAN.), remitidas a este órgano de control mediante Oficio N° CMD-

6157-2014 de fecha 24/11/2014, en atención de las recomendaciones formuladas en el Informe

Definitivo Nº DCAC-025-2014 de fecha 25/09/2014, notificado mediante oficio

Nº DC-DCAC-2-0618-2014 de fecha 25/09/2014.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por el Consejo Municipal de

Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo (COMUDENNAN.);

cuyos resultados fueron presentados en Informe Definitivo Nº DCAC-025-2014 de fecha

25/09/2014, se determinó que se presentaron siete (07) acciones correctivas, las cuales fueron

ejecutadas en su totalidad. Como se señala a continuación, en este sentido, las acciones

correctivas ejecutadas son las siguientes:

Se evidenció que el (COMUDENNAN) dispone de Manuales, tales como el Manual de

Normas y Procedimientos correspondientes a las áreas administrativas, financieras y

presupuestarias; en este sentido, los referidos instrumentos, fueron elaborados y presentados al

Consejo Directivo del COMUDENNAM, en reuniones ordinarias de asambleas celebradas en

fechas 14/11/2014 y 23/01/2015, asentadas en el libro de Actas de Asambleas bajo los Nros.

19-2014 y 01-2015 aprobó los Manuales de Normas y Procedimientos para el proceso

administrativo, financiero y presupuestario del órgano. Por lo cual, se considera ésta

recomendación ejecutada.

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165

Se constató que el Manual de Normas y Procedimientos que regule la gestión de cobranza en

relación a las multas impuestas por concepto de funcionamiento y uso de las Salas de Internet

y Video Juego fue elaborado y aprobado por el Consejo Directivo, según se evidencia en

reunión ordinaria de asamblea celebrada en fecha 16/06/2015, asentada en el libro de Actas de

Asambleas del COMUDENNAM bajo el Nº 10-2015. Por lo cual, se considera ésta

recomendación ejecutada.

De la revisión efectuada a dos (2) expedientes de contrataciones efectuadas por el

COMUDENNAM para la adquisición de materiales y prestación de servicios, bajo la

modalidad de Consulta de Precios, durante el ejercicio económico financiero 2015, se constató

que los mismos están debidamente conformados y contienen toda la documentación que avala

el proceso de contratación aplicado, de conformidad con lo establecido en la normativa que

rige la materia. De tal manera, que fue ejecutada la recomendación plasmada en el Informe

Definitivo.

De la revisión realizada a dos (02) órdenes de pago emitidas en el ejercicio económico

financiero 2015, se constató que las mismas fueron imputadas de acuerdo a la naturaleza del

gasto realizado, considerándose ejecutada la recomendación.

En comparación realizada entre el registro de once (11) resoluciones emitidas por concepto

de multas con el mayor analítico y el Balance General al 31/12/2015, se evidenció que las

mismas se encuentran oportunamente registradas, coincidiendo con la información reflejada

en el Estado Financiero. Considerándose ejecutada la recomendación plasmada en el Informe

Definitivo.

De la revisión efectuada a tres (3) reposiciones de Fondo en Anticipo por concepto de

Adquisición de materiales y servicios, se constató que los gastos se efectuaron de conformidad

con las partidas presupuestarias contempladas en la Resolución de creación del referido fondo.

Por lo tanto, se considera que la recomendación fue ejecutada.

De la revisión efectuada al presupuesto formulado y aprobado para el ejercicio económico

financiero 2015, se constató que las partidas presupuestarias fueron proyectadas en función de

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166

los logros y metas establecidas en el Plan Operativo Anual para el ejercicio económico

financiero 2015. De tal manera, se considera ejecutada dicha recomendación.

CONCLUSIÓN

Se concluye que de siete (07) acciones contenidas en el Plan de acciones correctivas

presentado por el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del

Municipio Maracaibo (COMUDENNAN.), fueron implementadas siete (07) de ellas, que

representan el 100%. En tal sentido, este órgano de control fiscal externo, reconoce las

acciones emprendidas para dar cumplimiento a las recomendaciones formuladas en el Informe

Definitivo antes señalado.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-006-2016 de fecha 30/03/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-2-006-2016 de fecha 30/03/2016.

Informe de Seguimiento N° DCAC-007-2016

de fecha 30/03/2016.

Órgano: Servicio Autónomo Vereda del Lago (SAVEL)

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Servicio Autónomo Vereda del Lago (SAVEL), fue creado mediante Decreto Nº 056,

publicado en Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 044 de fecha 10/05/2005, es un organismo

desconcentrado, sin personalidad jurídica propia, dotado de autonomía funcional y financiera,

adscrito al Instituto Municipal del Ambiente (IMA), tiene por objetivo la administración

directa de los bienes, espacios y servicios que presta el parque de Recreación a Campo Abierto

Vereda del Lago.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento, se orientó a la verificación del estado de implementación

de las acciones correctivas emprendidas por la máxima autoridad del Servicio Autónomo

Vereda del Lago (SAVEL), remitidas a éste órgano de control fiscal externo mediante oficio

Nº SAVEL-0057-2015 de fecha 21/05/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en

el Informe Definitivo Nº DCAC-010-2015 de fecha 06/04/2015, notificado mediante oficio

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167

Nº DC-DCAC-2-0218-2015 de fecha 08/04/2015. A tales efectos, se efectuó una revisión

exhaustiva de los treinta y dos (32) empleados fijos y cinco (05) contratados para el ejercicio

económico financiero 2015, así mismo, se efectuó la revisión de la nómina del personal de los

meses Septiembre y Diciembre 2015, a los fines de verificar que las mismas estén conforme a

la normativa legal vigente.

OBJETIVO:

Verificar el cumplimiento de las acciones correctivas presentadas por el Servicio Autónomo

Vereda del Lago (SAVEL), mediante oficio Nº SAVEL-0057-2015 de fecha 21/05/2015, en

atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-010-2015 de

fecha 06/04/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-2-0218-2015 de fecha

08/04/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por el Servicio Autónomo

Vereda del Lago (SAVEL), en atención a las recomendaciones formuladas por éste Órgano de

Control Fiscal Municipal en Informe Definitivo Nº DCAC-010-2015 de fecha 06/04/2015,

correspondiente a la Actuación Fiscal orientada a la evaluación de la legalidad, veracidad y

exactitud de los procesos legales, administrativos, financieros y presupuestarios relacionados

con el Recurso Humano, correspondiente al ejercicio económico financiero 2014; se

determinó que se presentaron seis (06) acciones correctivas, de las cuales se ejecutaron cuatro

(04) de ellas y dos (02) no se ejecutaron.

En este sentido, las acciones ejecutadas son las siguientes:

Se constató que el Servicio Autónomo, realizó las gestiones pertinentes para la corrección y

formulación de dicho Manual de Normas y Procedimientos que regule el área de Recursos

Humanos, constatándose las acciones emprendidas por el Servicio Autónomo mediante Oficio

Nº SAVEL-0010-2016 de fecha 01/02/2016. De ésta manera, se considera ejecutada la

recomendación formulada en el Informe Definitivo.

Se constató que el SAVEL, efectuó durante el ejercicio económico financiero 2015, dos (02)

evaluaciones de desempeño en los meses de Marzo y Noviembre a treinta y dos (32)

funcionarios fijos adscritos al Servicio Autónomo, las cuales se encuentran insertas en sus

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168

respectivos expedientes. De tal manera, que se considera ejecutada la recomendación

formulada en el Informe Definitivo.

Se evidenció que el SAVEL, tramitó los requisitos necesarios para realizar dicha

inscripción del personal para luego aplicar la respectiva retención del Fondo de Pensiones y

Jubilaciones, constándose las diligencias emprendidas por el referido Servicio Autónomo a

través de Oficio Nº SAVEL-0010-2016 de fecha 01/02/2016. De tal manera, se considera

oficialmente ejecutada la recomendación formulada en el Informe Definitivo.

Sobre el particular, de la revisión efectuada a los expedientes del personal adscritos al

SAVEL, se constató que contienen la copia del comprobante de la Declaración Jurada de

Patrimonio.

Ahora bien, de la actuación fiscal de seguimiento practicada en el Servicio Autónomo Vereda

del Lago (SAVEL), se constató que dos (02) de las recomendaciones efectuadas por este

órgano de control fiscal externo no fueron ejecutadas:

Se verificó que no fue implementado dicho sistema de remuneraciones que establezca la

escala de sueldos y salarios para el personal de SAVEL, corroborándose la situación

observada mediante Oficio Nº SAVEL 0010-2016 de fecha 01/02/2016. Por lo que se

considera, que la recomendación formulada en el Informe Definitivo no fue ejecutada,

observándose un incumplimiento injustificado de la misma. Dejando constancia de ésta

situación, en Acta Fiscal de fecha 29/03/2016.

Se verificó que durante el ejercicio económico financiero 2015, el Servicio Autónomo

Vereda del Lago (SAVEL) efectuó la contratación de cinco (05) trabajadores para ejercer

funciones estipuladas en el Manual Descriptivo de Clases de Cargos del referido servicio, y no

para realizar tareas específicas y por tiempo determinado como lo establece la Ley del Estatuto

de la Función Pública. Por lo que se considera, que la recomendación formulada en el Informe

Definitivo, no fue ejecutada, observándose un incumplimiento injustificado de la misma.

Dejando constancia de ésta situación, en Acta Fiscal de fecha 29/03/2016.

CONCLUSIÓN

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas emprendidas por el Servicio Autónomo

Vereda del Lago (SAVEL) a los fines del cumplimiento de las recomendaciones plasmadas en

Page 168: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

169

Informe Definitivo Nº DCAC-010-2015 de fecha 06/04/2015, correspondiente a la Actuación

Fiscal orientada a evaluar la legalidad, veracidad y exactitud de los procesos legales,

administrativos, financieros y presupuestarios relacionados con el Recurso Humano del

Servicio Autónomo Vereda del Lago (SAVEL), correspondiente al ejercicio económico

financiero 2014; se concluye que de seis (06) acciones contenidas en el plan de acciones

correctivas presentado por el Servicio Autónomo, fueron oficialmente ejecutadas cuatro (04)

que representan el 66,67%, y no fueron ejecutadas dos (02) acciones correctivas, que

representan el 33,33%; en este sentido, se observa que persisten debilidades en cuanto a la

ausencia de un sistema de remuneraciones de sueldos y salarios del personal adscrito al

SAVEL, así como también el ingreso de personal bajo la figura de contratado, para ejercer

funciones propias del Servicio Autónomo. Sin embargo, este órgano de control fiscal externo,

reconoce las acciones emprendidas por el SAVEL para dar cumplimento al resto de las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo antes señalado.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

N° DCAC-007-2016 de fecha 30/03/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-2-007-16 de fecha 30/03/2016.

Informe de SeguimientoNº DCAC-008-2016

de fecha 05/05/2016

Órgano: Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Maracaibo.

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía de Maracaibo es la encargada de la

administración del capital humano, funcionarial y laboral, del Ejecutivo Municipal y del

cumplimiento de las directrices y políticas emanadas del Alcalde (sa) y de la normativa

especial vigente en esta materia.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento, estuvo orientada a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por la máxima autoridad de la

Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía de Maracaibo, remitidas a este órgano de control

mediante oficio Nº RR.HH-0-1570-15 de fecha 31/07/2015, recibido en fecha 03/08/2015, en

Page 169: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

170

atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-028-2015 de

fecha 09/07/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-00487-2015 de fecha

10/07/2015. A tales efectos, se efectuó la revisión de las operaciones ejecutadas durante el

periodo comprendido del 01/11/2015 al 31/12/2015.

Al respecto, del total de empleados que conforman la nómina ejecutiva de la Alcaldía de

Maracaibo, que asciende a 85, se tomó una muestra selectiva del 30% que representan

26 empleados, para la revisión de las nóminas de pagos y evaluaciones de

desempeño relacionadas con los aspectos legales, administrativos, presupuestarios y

financieros, aplicados para la asignación de bonos especiales, utilidades o cualquier otra

remuneración otorgada por la Oficina de Recursos Humanos al personal adscrito a la nómina

de la Alcaldía del Municipio Maracaibo.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas emprendidas por la máxima

autoridad de la Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía de Maracaibo, remitidas

mediante oficio Nº RRHH-0-1570-15 de fecha 31/07/2015, con respecto a las

recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-028-2015 de fecha 09/07/2015,

de fecha 09/07/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-00487-2015 de fecha

10/07/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía de Maracaibo, con ocasión a la Actuación Fiscal practicada por éste

Órgano de Control Fiscal Municipal, orientada hacia a la evaluación de los aspectos legales,

administrativos, y presupuestarios, aplicados para la asignación de bonos especiales, utilidades

o cualquier otra remuneración otorgada por la Oficina de Recursos Humanos al personal

adscrito a la nómina de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, correspondiente al ejercicio

económico financiero 2014; cuyos resultados fueron presentados en Informe Definitivo

Nº DCAC-028-2015 de fecha 31/07/2015, se determinó que se presentó una (01) acción

correctiva, la cual fue ejecutada en su totalidad, siendo la siguiente:

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171

En el Informe Definitivo se recomienda: “Aplicar periódicamente los instrumentos que

permiten evaluar los altos estándares de desempeño del capital humano con la finalidad que

prevalezca la transparencia en cuanto a las tomas de decisiones referentes a la asignación de

sueldo, bonos especiales y cualquier otra remuneración otorgada al personal ejecutivo o

directiva de la Alcaldía de Maracaibo”; al respecto, la Oficina de Recursos Humanos planteó

como acción correctiva: “aplicar periódicamente los instrumentos que permitan evaluar los

altos estándares de desempeño del capital humano con la finalidad de que prevalezca la

transparencia en cuanto a las tomas de decisiones referente a la asignación de sueldo, bonos

especiales y cualquier otra remuneración otorgada al personal ejecutivo o directiva de la

Alcaldía de Maracaibo”. Sobre el particular, de la revisión efectuada a los expedientes del

personal ejecutivo de la Alcaldía se observó que contienen las evaluaciones de desempeño

realizadas durante el mes de Diciembre del ejercicio económico financiero 2015. Asimismo,

de la revisión efectuada a la documentación justificativa, conformada por las nóminas de dicho

personal ejecutivo correspondiente a los meses Noviembre y Diciembre 2015, no se evidencia

ningún pago realizado por concepto de bonificaciones. De tal manera, se considera

oficialmente ejecutada la recomendación plasmada en el Informe Definitivo.

CONCLUSIÓN.

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas emprendidas por la Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía de Maracaibo, en atención a las recomendaciones efectuadas por la

Contraloría Municipal de Maracaibo, plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-028-2015 de

fecha 31/07/2015, correspondiente a la Actuación Fiscal relacionada con la evaluación de los

aspectos legales, administrativos, presupuestarios y financieros, aplicados para la asignación

de bonos especiales, utilidades o cualquier otra remuneración otorgada por la Oficina de

Recursos Humanos al personal adscrito a la nómina de la Alcaldía del Municipio Maracaibo,

durante el periodo comprendido de Mayo a Diciembre 2014; se concluye que la acción

correctiva presentada en el respectivo Plan de Acciones Correctivas remitido por dicha

oficina mediante oficio Nº RRHH-0-1570-17 de fecha 31/07/2015, fue ejecutada en su

totalidad.

Page 171: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

172

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-008-2016 de fecha 05/05/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-2-008-16 de fecha 06/06/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-009-2016

de fecha 15/08/2016

Órgano: Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Maracaibo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía de Maracaibo es la encargada de la

administración del capital humano, funcionarial y laboral, del Ejecutivo Municipal y del

cumplimiento de las directrices y políticas emanadas del Alcalde (sa) y de la normativa

especial vigente en esta materia.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento, estuvo orientada a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por la máxima autoridad de la

Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía de Maracaibo, remitidas a este órgano de control

mediante oficio Nº RRHH-O-0963-15 de fecha 29/01/2015, recibido en fecha 02/02/2015, en

atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-027-2014 de

fecha 16/10/2014, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0648-2014 de fecha

16/10/2015. A tales efectos, se efectuó la revisión de las operaciones ejecutadas durante el

periodo comprendido del 01/01/2015 al 31/12/2015.

Al respecto, se efectuó una evaluación selectiva de las operaciones ejecutadas por la Oficina

de Recursos Humanos en relación a la nómina y expedientes del personal adscrito a la

Alcaldía del Municipio Maracaibo, que ascienden a 1.749, de los cuales se revisaron 525

expedientes que representan el 30% del personal, distribuidos de la siguiente manera: 2

funcionarios de la nómina ejecutiva especial, 23 funcionarios de la nómina ejecutiva, 305

empleados (260 fijos y 45 contratados) y 195 obreros (170 fijos y 25 contratados),

seleccionados a través de la técnica de muestreo aleatorio simple.

OBJETIVO:

Page 172: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

173

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas

autoridades de la Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Maracaibo,

mediante oficio Nº RRHH-O-0963-15 de fecha 29/01/2015, con respecto a las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAC-027-2014 de fecha

16/10/2014, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0648-2014 de fecha 16/10/2014.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía de Maracaibo, con ocasión a la Actuación Fiscal practicada por éste

Órgano de Control Fiscal Municipal, orientada a evaluar los procesos administrativos,

presupuestarios, financieros y del capital humano ejecutados por la Dirección de Personal

ahora Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Maracaibo; así como, la

contratación de auditores independientes; consultores y/o firmas de auditores que en materia

de control hayan suscrito la Dirección de Personal ahora Oficina de Recursos Humanos de la

Alcaldía del Municipio Maracaibo, durante el ejercicio económico financiero 2013 y primer

cuatrimestre del 2014; cuyos resultados fueron presentados en el Informe Definitivo Nº

DCAC-027-2014 de fecha 16/10/2014, se determinó que se presentaron diecisiete (17)

acciones correctivas, de las cuales fueron ejecutadas doce (12), una fue parcialmente

ejecutadas y cuatro (04) no ejecutadas.

De la actuación fiscal de seguimiento, se constató que una (01) de las acciones correctivas fue

parcialmente ejecutada, la misma se describe a continuación:

El Informe Definitivo plasma la siguiente recomendación: “Efectuar de manera inmediata

la retención al personal del porcentaje correspondiente al Fondo Especial de Jubilaciones y

Pensiones”, sobre lo cual la Oficina de Recursos Humanos planteó como acción correctiva:

“Tomar los correctivos pertinentes a la retención de dicho porcentaje”. Ahora bien, se

constató que para el período evaluado, no se retuvo el porcentaje correspondiente al Fondo de

Jubilaciones y Pensiones en ninguna de las nóminas del personal adscrito a la Alcaldía del

Municipio Maracaibo, debido a que no se realizó la inscripción de los trabajadores ante el

organismo respectivo, no obstante, al término de la actuación se verificaron las diligencias

llevadas a cabo para formalizar dicha inscripción. En tal sentido, se considera parcialmente

Page 173: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

174

ejecutada la acción correctiva; dejando constancia de los hechos en Acta Fiscal N° 8 de fecha

09/08/2016.

Es importante destacar, que de la actuación fiscal en referencia no fueron ejecutadas cuatro

(04) acciones correctivas, las cuales se mencionan a continuación:

El Informe Definitivo plasma la siguiente recomendación: “Realizar contratos de trabajo,

solo en casos que se necesite personal altamente calificado, previa solicitud de requerimiento,

para efectuar tareas específicas y por tiempo determinado, tal cual lo establece la norma.”,

sobre lo cual la Oficina de Recursos Humanos planteó como acción correctiva: “Tomar

acciones pertinentes para garantizar la óptima utilización de los recursos humanos y

financieros.”. En este sentido, se evidenció que para el ejercicio económico financiero 2015,

la Alcaldía del Municipio Maracaibo a través de la Oficina de Recursos Humanos, realizó seis

(6) contratos de trabajos del personal empleado, desempeñando cargos y actividades propias

del Órgano. En tal sentido, se considera no ejecutada la acción correctiva; del hecho plasmado

se dejo constancia en Acta Fiscal N° 1 de fecha 04/08/2016.

De igual forma en el Informe Definitivo se recomienda: “Implementar mecanismos y

herramientas en los procesos de la Oficina de Recursos Humanos que permitan realizar dos

evaluaciones en el período fiscal”, para lo cual la Oficina de Recursos Humanos plantea como

acción correctiva: “Ejecutar evaluación al personal pertinente”. De lo expuesto, se constató

en revisión a los expedientes del personal que durante el ejercicio económico financiero 2015,

a diecisiete (17) empleados adscritos a la Alcaldía del Municipio Maracaibo, no se les efectuó

la evaluación periódica de desempeño. (Ver Anexo Nº 10). En tal sentido, se considera no

ejecutada la acción correctiva; de lo anterior se dejó constancia en Acta Fiscal N° 10 de fecha

04/08/2016.

En el Informe Definitivo se recomienda: “Elaborar e implementar escala de sueldos y

salarios ajustada a la clasificación de los grados con respecto a los cargos establecidos en el

Manual Descriptivo de Clases de Cargos del organismo” para lo cual la Oficina de Recursos

Humanos plantea como acción correctiva.” Tomar en consideración tal observación e

implementar los correctivos que se ameriten”. Con referencia a esto, se constató que la

Alcaldía del Municipio Maracaibo, para el ejercicio económico financiero 2015, no posee

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175

escala de sueldos y salarios para fijar la remuneración, partiendo de la definición del cargo con

sus respectivos niveles. En tal sentido, se considera no ejecutada la acción correctiva; de tal

hecho se dejó constancia en Acta Fiscal N° 15 de fecha 04/08/2016.

De igual forma en el Informe Definitivo se recomienda: “Verificar el control de asistencia

del personal adscrito a la Alcaldía de Maracaibo, de forma que no se sigan realizando

erogaciones por pago de nóminas, sin la contraprestación del servicio”. Planteando la Oficina

de Recursos Humanos la siguiente acción correctiva: “Realizar un seguimiento más exhaustivo

para normalizar la situación laboral de la referida trabajadora”. Sobre el particular, en

revisión efectuada al expediente de la Funcionaria Murielle Urdaneta, titular de la cédula de

identidad Nº V-7.823.778, quien desempaña en cargo de Asistente de Oficina en la

Dependencia de Planes Administrados de la Oficina de Recursos Humanos, se constató

mediante control de asistencia desde el 27/07/2015 al 31/08/2015, que dicha funcionaria no

asistió a sus labores diarias, sin existir justificativo que soporte su ausencia al lugar de trabajo.

Asimismo, se constató a través de la nómina de empleados fijos que la funcionaria percibió las

remuneraciones por concepto de sueldos. Razón por la cual, se considera no ejecutada la

acción correctiva; de este hecho se dejó constancia en Acta Fiscal N° 16 de fecha 04/08/2016.

CONCLUSIÓN.

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas emprendidas por la Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía de Maracaibo, en atención a las recomendaciones efectuadas por la

Contraloría Municipal de Maracaibo, plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-027-2014

de fecha 16/10/2014, correspondiente a la Actuación Fiscal orientada a evaluar los procesos

administrativos, presupuestarios, financieros y del capital humano ejecutados por la Dirección

de Personal ahora Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Maracaibo; así

como la contratación de auditores independientes; consultores y/o firmas de auditores que en

materia de control hayan suscrito la Dirección de Personal ahora Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, durante el ejercicio económico financiero

2013 y primer cuatrimestre 2014; se concluye que la acción correctiva presentada en el

respectivo Plan de Acciones Correctivas remitido por dicha oficina mediante oficio Nº RRHH-

O-0963-15 de fecha 29/01/2015, se presentaron diecisiete (17) acciones correctivas, de las

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176

cuales fueron ejecutadas doce (12), una (01) parcialmente ejecutada y cuatro (04) no

ejecutadas.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-009-2016 de fecha 15/08/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-2-00-2016 de fecha 15/08/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-010-16

De fecha 21/12/2016

Órgano: Concejo Municipal de Maracaibo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ÓRGANO EVALUADO

El Concejo Municipal de Maracaibo tiene por objeto la función deliberante del Municipio, la

cual ejerce conforme a los principios de descentralización, desconcentración, servicio,

cogestión, solidaridad, participación ciudadana, autonomía funcional. Todo ello de acuerdo

con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Poder

Público Municipal, el Ordenamiento Jurídico Municipal, así como la normativa de

organización y funcionamiento interno que dicte el Concejo Municipal de Maracaibo.

ALCANCE:

La presente actuación estuvo orientada a examinar la legalidad y exactitud de las operaciones

administrativas, presupuestarias y financieras, relacionadas con las cuentas de ingresos, gastos

y bienes públicos, ejecutados por el Concejo Municipal de Maracaibo; así como, el resultado

de la gestión del órgano legislativo correspondiente al período desde el 01/01 al 31/12 del

ejercicio económico financiero 2014. A tales efectos, se examinaron de manera exhaustiva los

documentos que soportan los ingresos devengados, liquidados y recaudados que ascienden a

Bs. 65.645.250,41. Asimismo, se revisaron de manera selectiva las operaciones

administrativas, financieras y presupuestarias relacionadas con los egresos, en tal sentido, de

un total de 851 órdenes de pago emitidas, se seleccionaron de manera aleatoria simple 255,

que totalizan Bs. 27.717.353,01. Adicionalmente, se revisaron de manera selectiva los

procesos relativos a la formación de inventarios de bienes muebles y a la custodia y estado de

conservación de los mismos, a tal efecto, de un total de 1.111 bienes muebles, se revisaron

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333; que representan el 30%. Además, se revisaron de manera exhaustiva los instrumentos de

control interno, planificación y evaluación de la gestión desempeñada en el 2014.

OBJETIVO GENERAL:

Examinar la legalidad, sinceridad y exactitud de las operaciones administrativas,

presupuestarias y financieras relacionadas con las cuentas de ingresos, gastos y bienes del

Concejo Municipal de Maracaibo; así como el resultado de la gestión del Órgano Legislativo,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2014.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

1. De la revisión efectuada a la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos del Concejo

Municipal correspondiente al ejercicio económico financiero 2014, se evidenció que la partida

presupuestaria 4.01.01.37.00 denominada “Dietas de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias

del Poder Público y de Elección Popular,” le fue asignada un monto de Bs. 3.100.000,00, el

cual fue incrementado a Bs. 3.387.650,04, a través de tres (3) Créditos Adicionales que

ascienden a Bs. 287.650,04, destinados a cubrir insuficiencia presupuestaria, producto del

aumento de sueldo a los Concejales y Concejalas y a los Suplentes. Al respecto, lo establecido

en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos

Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público. Lo anteriormente obedece, a que el

Concejo Municipal de Maracaibo según Resolución Nº CMM-034-2014 de fecha 09/07/2014,

aprobó incrementar las remuneraciones mensuales de los Concejales y Concejalas a cinco (05)

salarios mínimos equivalentes a Bs. 21.257,00 a partir del 01/07/2014, e incorporar a los

concejales suplentes más de una vez, sin tomar en consideración lo indicado por la Dirección

de Planificación y Presupuesto del Concejo Municipal de Maracaibo, mediante Oficio S/N de

fecha 08/07/2014, donde manifiesta que solo existía disponibilidad presupuestaría para

realizar ajustes por este concepto por Bs. 21.000,00 mensuales y que los Concejales y

Concejalas suplentes solo podrían incorporarse una (01) vez al mes a partir de la fecha de

solicitud en función de cubrir eficientemente el gasto generado. Tal situación, vulnera los

principios de legalidad, eficiencia y transparencia que deben prevalecer en la Administración

Pública. Se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 30/11/2016.

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2. De la revisión efectuada al Plan Operativo Anual y el Informe de Gestión ambos del

ejercicio económico financiero 2014 del Concejo Municipal de Maracaibo, se constató que

once (11) acciones vinculadas a cinco (5) metas físicas fueron superadas en valores que

oscilan entre el 5% y 1.287%, sin evidenciarse los ajustes correspondientes al referido Plan

Operativo anual. Al respecto, los artículos 6 y 22 de la Ley Orgánica de Planificación Pública

y Popular, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Extraordinario Nº 6.011 de fecha 21/12/2010. De igual forma, los artículos 6, 22 y 87 del

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular,

publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinario Nº 6148

de fecha 18/11/2014. Tal situación, obedece a debilidades en el Control y Seguimiento a la

ejecución del Plan Operativo Anual por parte de la autoridad competente, que permita efectuar

oportunamente los ajustes necesarios. Lo que dificulta la medición de la gestión del órgano

legislativo en términos de eficacia, al no existir vinculación entre el instrumento de

planificación y el de medición de la gestión. Hecho del cual se dejó constancia en Acta Fiscal

de fecha 30/11/2016.

3. Se constató en la matriz de seguimiento de la gestión del órgano legislativo municipal,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2014, que existen ocho (8) acciones

vinculadas a seis (6) metas físicas cuya ejecución no alcanzó lo programado, sin evidenciarse

los motivos que justifiquen tal situación. En tal sentido, lo establecido en el artículo 19 de la

Ley Orgánica de Administración Pública. Asimismo, lo contemplado en el artículo 6 la Ley

Orgánica de Planificación Pública y Popular, publicada en Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela Extraordinario Nº 6.011 de fecha 21/12/2010. Igualmente, el

artículo 6 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Planificación Pública y

Popular, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinario

Nº 6148 de fecha 18/11/2014. De igual manera, el artículo 10 literal c) y 16 de la Resolución

Nº 01-00-00-015 “Normas Generales de Control Interno” emanadas de la Contraloría General

de la República. Lo anteriormente descrito, obedece a debilidades de control interno por parte

de las diferentes Unidades Organizativas en cuanto al Seguimiento, Control y Evaluación de la

ejecución del Plan Operativo Anual 2014; que permita detectar oportunamente posibles

desviaciones en el cumplimiento de las metas, y la aplicación de los correctivos necesarios,

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179

afectando la eficiencia, eficacia y efectividad de la gestión realizada por el Concejo Municipal

de Maracaibo. Se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 30/11/2016.

CONCLUSIÓN

Sobre la base de las observaciones formuladas vinculadas a examinar la legalidad, sinceridad y

exactitud de las operaciones relacionadas con las cuentas de ingresos, gastos, bienes y

resultados de la gestión del Concejo Municipal de Maracaibo correspondiente al ejercicio

económico financiero 2014; se concluye que existen debilidades administrativas,

presupuestarias, financieras y de control interno que inciden en el desarrollo eficaz y eficiente

de la gestión, por cuanto se observó el incremento de la partida presupuestaria 4.01.01.37.00,

denominada “Dietas de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público y de

Elección Popular” por presentar insuficiencia presupuestaria, así como deficiencias en el

control y seguimiento de la ejecución de los objetivos, actividades y metas programas en el

Plan Operativo Anual.

RECOMENDACIONES

En virtud de la importancia de las observaciones señaladas, y con firme propósito de que estas

sean subsanadas a los fines de lograr una gestión más eficaz y eficiente que beneficie a la

colectividad del Municipio de Maracaibo, este Órgano Contralor Fiscal Municipal,

recomienda:

1.- Ajustar las remuneraciones mensuales de los Concejales o Concejalas o sus Suplentes a la

disponibilidad de los créditos presupuestarios aprobados a la partida 4.01.01.37.00 ´´Dietas de

Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público y de Elección Popular”, en aras de

ejecutar una gestión administrativa apegada a los principios de legalidad, eficiencia y

transparencia que deben prevalecer en la administración pública.

2. Efectuar oportunamente el seguimiento, evaluación y control del Plan Operativo Anual, que

permita detectar oportunamente las desviaciones en el cumplimiento de las metas y la

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180

aplicación de los correctivos necesarios, con la finalidad de garantizar la consecución de los

objetivos y metas propuestas, en aras de maximizar la gestión del órgano.

3. Establecer mecanismos para el control y seguimiento a los objetivos y actividades

programadas en el Plan Operativo Anual del Concejo Municipal de Maracaibo, con el fin de

evaluar el comportamiento de las metas previstas y realizar los ajustes necesarios, lo cual

contribuye a medir la gestión en término de eficacia.

CALIFICACIÓN DE LAS CUENTAS DE INGRESOS, GASTOS Y BIENES, ASÍ

COMO EL RESULTADO DE LA GESTIÓN DEL ÓRGANO LEGISLATIVO, DEL

EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2014.

De los resultados obtenidos en el examen realizado a las cuentas de ingresos, gastos y bienes,

así como el resultado de la gestión del Órgano Legislativo Municipal, correspondiente al

período comprendido del 01/01 al 31/12 del ejercicio económico financiero 2014, se

determinó que surgieron observaciones en cuanto a la legalidad, eficiencia y transparencia en

el manejo de los fondos públicos recibidos, así como en el cumplimiento de los objetivos y

metas contenidas en el Plan Operativo Anual, que ameritan la objeción de la cuenta, por

cuanto no reúne los extremos de legalidad, sinceridad y exactitud numérica y con las metas y

objetivos vinculadas a la cuenta, de conformidad con lo establecido en las Normas para la

Formación, Rendición y Examen de las Cuentas de los Órganos del Poder Público Nacional,

Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes Descentralizados (Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N° 40.492 de fecha 08/09/2014). Por consiguiente, este Órgano de

Control Fiscal Municipal, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 de la Ley Orgánica

de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela extraordinario N° 6.013 de fecha

23/12/2010), en concordancia con el artículo 28 de las referidas Normas, considera pertinente:

OBJETAR la cuenta del ejercicio económico financiero 2014 del Concejo Municipal de

Maracaibo.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en el Informe Definitivo

Nº DCAC-010-16 de fecha 21/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DCAC-010-16 de fecha 21/12/2016.

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Informe Definitivo Nº DCAC-011-2016

de fecha 17/10/2016

Órgano: Alcaldía del Municipio Maracaibo

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Alcaldía del Municipio Maracaibo, se creó como una unidad política primaria de la

Organización Nacional, goza de personalidad jurídica y autonomía municipal, tal como lo

consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes que la regulan.

En este sentido, es una organización de carácter público y tendrá como finalidad el eficaz

gobierno y administración de los intereses peculiares de la entidad. El Gobierno Municipal se

ejerce por un Alcalde o Alcaldesa (rama ejecutiva) y un Concejo Municipal (rama

deliberante), donde al segundo le corresponde legislar y ejercer funciones de control.

ALCANCE:

La actuación fiscal que se expone en el presente informe, se circunscribió al ejercicio

económico financiero 2015, y estuvo orientada a evaluar de manera selectiva los aspectos

administrativos, presupuestarios, financieros, legales y técnicos relacionados con el proceso de

adquisición, registro, uso y estado de conservación de los bienes muebles de la Alcaldía del

Municipio Maracaibo. Al respecto, del total de 11.005 bienes registrados en el inventario

general de bienes muebles al 31/12/2015, se inspeccionaron 3.768 bienes que representan el

34,23% seleccionado a través de la técnica de muestreo estratificado, tomando en

consideración el monto y las características de los bienes muebles.

OBJETIVO:

Evaluar los aspectos administrativos, presupuestarios, financieros, legales y técnicos

relacionados con el proceso de adquisición, registro, uso y estado de conservación de los

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bienes muebles propiedad de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, correspondiente al

ejercicio económico financiero 2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

De la revisión realizada a los formularios BM-2, “Relación de Movimientos de Bienes

Muebles” de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, se constató en el mes de agosto del año

2015, la desincorporación a través del concepto 51, (desincorporación por traspaso) de ochenta

y cinco (85) bienes muebles adscritos a la Coordinación de Apoyo a la Mujer Maltratada, los

cuales ascienden a un monto de Bs. 30.393,36; no obstante, no se evidenció los formularios

que indiquen la incorporación de los referidos bienes a otra unidad de trabajo. En este sentido,

lo estatuido en la Publicación N° 21 “Instrucciones y Modelo para la Contabilidad Fiscal de

los Municipios de la República”, Anexo N° 4 “Instructivo para la formación de Inventario y

Cuentas de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Estados y Municipios de la República”,

Capítulo VII, “Formación de Inventario, Registro del Movimiento y Rendición de Cuentas de

los Bienes Muebles e Inmuebles”, Sub-punto Numero 6 “Formularios destinados a la

formulación de Inventarios, registro de operaciones y rendición de cuentas de los bienes

muebles”. La situación antes descrita, obedece a debilidades en el seguimiento, supervisión,

monitoreo, control y registro de los procedimientos aplicados para las desincorporaciones e

incorporaciones de bienes muebles en las unidades de trabajo, por concepto de traslados

internos; lo que trae como consecuencia que las desincorporaciones realizadas por traspasos

internos disminuyan la cuenta 214 “Bienes Muebles” del Balance General, afectando la

veracidad, sinceridad y razonabilidad de los saldos reflejados en los Estados Financieros y el

Inventario de Bienes de la Alcaldía de Maracaibo.

En inspección “In Situ” realizada, no se constató la existencia física de un (01) vehículo

Marca Ford, Modelo PICK-UP F-150, año 1993, color blanco, serial de carrocería:

AJF1PP28925, registrado en el Inventario Permanente de la Alcaldía del Municipio Maracaibo

al 31/12/2015, con el número de identificación 332, por un valor de Bs.1.015,00, igualmente,

no se evidenció formulario BM-2 “Rendición de Movimiento de Bienes Muebles”, ni BM-3

“Relación de Bienes Muebles Faltantes” o documento que indique la ubicación física o

situación administrativa de dicho bien. Al respecto, la Publicación Nº 21,” Instrucciones y

Modelos para la Contabilidad Fiscal de los Municipios de la República”, Anexo Nº 4

“Instructivo para la formación de Inventario y Cuentas de los Bienes Muebles e Inmuebles de

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183

los Estados y Municipios de la República”, en su Capítulo VII, “Formación de Inventarios,

Registro del Movimiento y Rendición de Cuentas de los Bienes Muebles e Inmuebles”, Punto

4 “Rendición Mensual de la Cuenta de los Bienes Muebles e Inmuebles”, Sub punto 3,

“Concepto de Incorporaciones y Desincorporaciones de Bienes Muebles e Inmuebles”,

Conceptos de desincorporación (descargos).

Lo antes mencionado, ocurre por debilidades en la supervisión, vigilancia y control, ejercida

para el resguardo y custodia de los bienes, por parte de los responsables de cada unidad de

trabajo; trayendo como consecuencia posibles pérdidas o sustracciones de los bienes muebles,

y por ende posible daño al patrimonio de la Alcaldía, aunado al hecho de la falta de sinceridad

de los saldos reflejados en la cuenta 214 “Bienes Muebles” del Balance General de la

Hacienda Pública Municipal, ante la ausencia de registro de dicho bien como faltante.

En inspección “In Situ” realizada se constató, que diecinueve (19) vehículos registrados en

el Inventario Permanente al 31/12/2015, de la Alcaldía del Municipio de Maracaibo, cuyo

monto ascienden a Bs. 518.779,67, se encuentran inoperativos y en estado de deterioro. Al

respecto, el contenido del Artículo 86 la Ley Orgánica de Bienes Públicos. Esto se debe a la

ausencia de la aplicación del procedimiento de desincorporación de los bienes en estado de

deterioro, por parte del Departamento de bienes públicos de la Alcaldía de Maracaibo; en

consecuencia, se afecta la sinceridad y exactitud del saldo que presenta la cuenta 214 “Bienes

Muebles” del Balance General de la Hacienda Pública Municipal, por contener bienes que no

están operativos y no prestan utilidad alguna.

CONCLUSIÓN.

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal, dirigida a evaluar los aspectos

administrativos, presupuestarios, financieros, legales y técnicos relacionados con los procesos

de adquisición, registro, uso y estado de conservación de los bienes muebles de la Alcaldía de

Maracaibo, para el ejercicio económico financiero 2015, se concluye que existe debilidades en

la aplicación de los procedimientos de incorporación y desincorporación de los bienes muebles

por concepto de traslados internos en las unidades de trabajo; así como, la ausencia de un

sistema para el registro del mantenimiento preventivo, correctivo y/o reparaciones realizadas a

los bienes muebles, así mismo, se detectaron diferencias en el resguardo y custodia de los

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bienes propiedad de la Alcaldía de Maracaibo y la falta de aplicación de los procedimientos de

desincorporación de los bienes que se encuentran inoperativos y en estado de deterioro.

RECOMENDACIONES

En virtud de las observaciones señaladas en este Informe y con el firme propósito de que sean

subsanadas en beneficios de una gestión administrativa más efectiva y eficiente, que tienda a

la optimización de los recursos, éste órgano contralor presenta las siguientes

recomendaciones:

1. Implementar efectivos controles internos orientados a efectuar el seguimiento, supervisión,

monitoreo, control y registro de los procedimientos de desincorporación e incorporación de los

bienes muebles en las unidades de trabajo, con el fin de presentar sinceridad y exactitud en los

saldos reflejados en la cuenta 214 “Bienes Muebles” del Balance General de la Hacienda

Pública Municipal.

2. Establecer los mecanismos de control interno, relacionado con la supervisión, vigilancia y

control de los bienes, a fin de garantizar la guardia y custodia de los mismos y evitar posibles

pérdidas o sustracciones que lesionen el Patrimonio Público Municipal.

3. Proceder a la desincorporación de los bienes muebles que se encuentran en estado de

inoperatividad y deterioro, con el fin de sincerar el saldo que presenta la cuenta 214- “Bienes

Muebles” del Balance General de la Hacienda Pública Municipal.

Los resultados de la presente actuación fiscal fueron plasmados en Informe Definitivo

Nº DCAC-011-2016 de fecha 17/10/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DCAC-011-2016 de fecha 17/10/2016.

Informe de Seguimiento N° DCAC-012-2016

de fecha 21/07/2016

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Órgano: Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales de la Alcaldía de

Maracaibo (DSMPM)

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales de la Alcaldía de Maracaibo

(DSMPM) fue creada a través de la fusión de la Dirección de Servicios Públicos y la

Dirección de Mercados Públicos Municipales, tal como lo señala el Decreto Nº 227 de fecha

03/10/2006, otorgándole entre las principales atribuciones el dirigir y fiscalizar el

funcionamiento de los mercados y cementerios, velar por el cumplimiento de las normas de

salubridad y saneamiento ambiental en tales establecimientos, así como planificar con la

compañía que presta servicio de electricidad, el funcionamiento del sistema de alumbrado

público del Municipio. Posteriormente en fecha 09/08/2008, mediante Decreto Nº 368 se

deroga el Decreto Nº 227. Asimismo, la Dirección actualmente ejecuta las funciones

contempladas en el Decreto 040 de fecha 20/10/2014, publicado en Gaceta Municipal Nº 285-

2014, que establece la Organización y Funcionamiento del Ejecutivo del Municipio

Maracaibo, siendo la Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales el órgano

encargado de mejorar las condiciones de vida de la comunidad marabina, a través del control,

mantenimiento y gestión de los servicios públicos siendo su competencia, obras civiles,

cementerios y mercados públicos municipales, entre otros.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estuvo orientada a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por las máximas autoridades de la

Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales (DSMPM) y la Oficina General de

Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo (OGAF), remitidas a este órgano de

control mediante oficios Nros. 0063 y OGAF-15-000028 de fechas 21/01/2015 y 19/01/2015

respectivamente, en atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº

DCAC-046-2014 de fecha 11/12/2014. Al respecto, se seleccionó una muestra de cinco (5)

procesos de contrataciones realizadas por la DSMPM durante el ejercicio económico

financiero 2015.

OBJETIVO:

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186

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas emprendidas por las

máximas autoridades de la Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales

(DSMPM) y la Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo

(OGAF), remitidas a este órgano de control mediante oficios Nros. 0063 y OGAF-15-000028

de fechas 21/01/2015 y 19/01/2015 respectivamente, en atención a las recomendaciones

formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-046-2014 de fecha 11/12/2014.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la Dirección de Servicios

y Mercados Públicos Municipales y la Oficina General de Administración y Finanzas de la

Alcaldía de Maracaibo (OGAF), vinculadas a la Actuación Fiscal donde se evaluaron los

aspectos legales, administrativos, presupuestarios, financieros y técnicos de las obras y

servicios programados y ejecutados por la referida Dirección, verificación de la inscripción y

certificación ante la Contraloría General de la República de los auditores, profesionales

independientes, consultores, y/o firmas de auditores que hayan prestado servicios en materia

de control, así como, la legalidad de la contratación de los referidos servicios y los trabajos

presentados de la Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales de la Alcaldía de

Maracaibo (DSMPM), correspondientes a los ejercicios económicos financieros 2012 y 2013;

cuyos resultados fueron presentados en Informe Definitivo Nº DCAC-046-2014 de fecha

11/12/2014, se determinó que se presentaron tres (3) acciones correctivas, las cuales fueron

oficialmente ejecutadas en su totalidad, siendo las siguientes:

De la revisión efectuada a los cinco (05) procesos de contrataciones seleccionados como

muestra, se determinó que a la contratación Nº CA-ADM-DSMPM-15-FCI-001 de fecha

26/05/2015, se le otorgó anticipo por un monto de Bs. 6.695.707,12, que corresponde al 50 %

del monto total estipulado en el contrato, según se evidencia en la Orden de Pago

Nº 2015-06-1004021 de fecha 30/06/2015. Por otra parte, se verificó el registro del referido

anticipo en el sistema contable, hecho del cual se dejó constancia en acta fiscal de fecha

21/07/2016, por lo tanto se considera ésta recomendación oficialmente ejecutada.

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187

Se constató que al proceso de contratación No

CC-ADM-DSMPM-15-SC-003, se le efectuó

la retención por concepto de Impuesto sobre la Renta, aplicando la alícuota del 5%, de

conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1.808, Reglamento Parcial de la Ley de

Impuesto sobre la Renta en materia de retenciones, verificándose a través del respectivo

comprobante de egreso, que el monto calculado por concepto de I.S.L.R, fue el correcto.

Hecho del cual se dejó constancia en acta fiscal de fecha 21/07/2016, por lo tanto se considera

ésta recomendación oficialmente ejecutada.

Se constató que la Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía de

Maracaibo constituyó un fideicomiso en el Banco Occidental de Descuento para la

administración de los recursos correspondientes al Proceso de Contratación No

CA-ADM-

DSMPM-15-FCI-001, observándose las instrucciones giradas por el Director de Servicios y

Mercados Públicos Municipales mediante oficio S/N de fecha 29/08/2015 dirigido al

Departamento de Fideicomiso de la entidad bancaria, en el cual se le indica realizar las

respectivas retenciones de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1.808 y Providencia

Administrativa SNAT/2013/029 emanada del SENIAT. De este hecho, se dejó constancia en

el acta fiscal de fecha 21/07/2016, por lo tanto se considera esta recomendación oficialmente

ejecutada.

CONCLUSIÓN

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas emprendidas por la Dirección de

Servicios y Mercados Públicos Municipales (DSMPM) y la Oficina General de

Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo (OGAF), en atención a las

recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-046-2014 de fecha 11/12/2014,

correspondiente a la Actuación Fiscal donde se evaluaron los aspectos legales,

administrativos, presupuestarios, financieros y técnicos de las obras y servicios programados

y ejecutados por la Dirección de Servicios y Mercados Públicos Municipales de la Alcaldía de

Maracaibo, correspondiente a los ejercicios económicos financieros 2012 y 2013; verificación

de la inscripción y certificación ante la Contraloría General de la República de los auditores,

profesionales independientes, consultores, y/o firmas de auditores que hayan prestado

servicios en materia de control en la Dirección objeto de estudio, así como, la legalidad de la

contratación de los referidos servicios y los trabajos presentados de la Dirección de Servicios

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y Mercados Públicos Municipales de la Alcaldía de Maracaibo (DSMPM), correspondiente a

los ejercicios económicos financieros 2012 y 2013; se concluye que de tres (3) acciones

contenidas en el Plan de Acciones Correctivas presentado por la Dirección de Servicios y

Mercados Públicos Municipales (DSMPM) y la Oficina General de Administración y

Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo (OGAF), mediante oficios Nº 0063 de fecha 21/01/2015

y No OGAF-15-000028 de fecha 19/01/2015, fueron oficialmente ejecutadas en su totalidad.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

N° DCAC-012-2016 de fecha 21/07/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-012-2016 de fecha 25/07/2016

Informe de Seguimiento Nº DCAC-013-16

de fecha 08/07/2016

Órgano: Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía de Maracaibo (DIM).

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Dirección de Ingeniería Municipal fue creada mediante Ordenanza sobre Direcciones

Municipales, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 114 de fecha 19/08/1982, con

las competencias adaptadas al régimen jurídico vigente y a la estructura organizativa existente

de la Alcaldía de Maracaibo y sus Órganos Desconcentrados y Entes Descentralizados. La

Dirección de Ingeniería Municipal, es el órgano encargado de la inspección, mantenimiento y

reparaciones menores y mayores de obras de infraestructura y equipamiento urbano ejecutados

por los distintos entes descentralizados, órganos centralizados y desconcentrados adscritos a la

Alcaldía del Municipio Maracaibo.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estará orientada a verificar el estado de implementación de

las acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades de la Dirección de Ingeniería

Municipal y la Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo,

remitidas a este órgano de control mediante oficios Nros. DIM-DG-0341-2015 y OGAF-15-

0000335 ambos de fecha 09/07/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en

Informe Definitivo Nº DCAC-022-2015 de fecha 29/05/2015.

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Al respecto, se tomó una muestra selectiva de cuatro (4) procesos de contrataciones para la

ejecución de obras, correspondientes al ejercicio económico financiero 2015.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por la máxima

autoridad de la Dirección de Ingeniería Municipal y la Oficina General de Administración y

Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo, mediante oficios Nros. DIM-DG-0341-2015 y OGAF-

15-0000335 ambos de fecha 09/07/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en

Informe Definitivo Nº DCAC-022-2015 de fecha 29/05/2015, notificado mediante oficios

Nros. DC-DCAC-2-0380-2015 y DC-DCAC-2-0381-2015 de fecha 01/06/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la Dirección de

Ingeniería Municipal (DIM) y la Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF) de la

Alcaldía de Maracaibo, con ocasión a la Actuación Fiscal orientada hacia la revisión legal,

administrativa, financiera y técnica, de manera selectiva, relacionada con la selección,

contratación y ejecución física, de los proyectos en materia de vialidad, financiados con

recursos provenientes del Consejo Federal de Gobierno (CFG), a través del Fondo de

Compensación Interterritorial (FCI), específicamente la verificación y evaluación de todas las

obras, adquisición de bienes y servicios para el Proyecto Reasfaltado del Corredor Vial Los

Robles, Parroquia Cristo de Aranza, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, indiferentemente del

origen de los recursos para su ejecución, durante ejercicio económico financiero 2014; cuyos

resultados fueron presentados en Informe Definitivo Nº DCAC-022-2015 de fecha

29/05/2015, se determinó que se presentaron tres (3) acciones correctivas, las cuales fueron

oficialmente ejecutadas en su totalidad. En este sentido, las acciones correctivas ejecutadas

son las siguientes:

Se efectuó la revisión de dos (2) procesos de contratación para la ejecución de la obra

“Rehabilitación Vial, Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Bateas, Aceras y Brocales, en varios

sectores del Municipio Maracaibo, Estado Zulia”, por Bs. 4.606.327,05 y un (1) proceso de

contratación para la Prestación de Servicio de Alquiler de maquinarias por Bs. 3.715.502,40,

constatándose en los mismos las respectivas garantías legales necesarias y suficientes para la

contratación de adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obra, tales como:

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Fianza de Fiel Cumplimiento y Fianza Laboral o sus respectivas retenciones. De tal manera, se

considera oficialmente ejecutada la recomendación formulada en el Informe Definitivo. Se

levantó acta fiscal de fecha 28/06/2016.

En revisión efectuada a los procesos de contrataciones Nº CP-ADM-IM-15-ORD-005 y

Nº CP-ADM-IM-15-ORD-006, realizados por la Dirección de Ingeniería Municipal de la

Alcaldía de Maracaibo para la ejecución de obras, correspondientes a “Rehabilitación Vial,

Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Bateas, Aceras y Brocales, en varios sectores del Municipio

Maracaibo, Estado Zulia”, se constató que las modificaciones de obras fueron debidamente

solicitadas por el Ingeniero Inspector, conteniendo la información técnica y las variaciones

que dichas modificaciones causan al presupuesto original, las cuales fueron autorizadas por la

Directora del DIM, facultada según Decreto 077 de fecha 30/07/2015, mediante el cual la

Alcaldesa del Municipio Maracaibo le delega a la máxima autoridad del ente contratante, las

atribución de firmar los documentos que sean necesarios en la modalidad de contratación

pertinente. Asímismo, se constató la exhortación que realizara la Directora de Ingeniería

Municipal, mediante comunicación s/n de fecha 20/07/2015, a los Ingenieros Inspectores y/o

Supervisores que antes de proceder a realizar algún cambio en la obra a ejecutar o durante su

ejecución que origine alguna modificación del proyecto original, debe ser notificada por

escrito con la debida información técnica para su análisis y aprobación de la autoridad

competente del órgano contratante, previa a su ejecución. Por lo que se considera, que la

recomendación formulada en Informe Definitivo, fue oficialmente ejecutada. Se levantó Acta

Fiscal de fecha 28/06/2016.

En revisión de dos (2) de los procesos de contratación tomados como muestra con sus

respectivos soportes justificativos: Nº CC-DIM-2015-RO-S-004 Alquiler de maquinarias para

realizar los trabajos de petróleo y conformación de sectores en la parroquia Idelfonso Vásquez

Municipio Maracaibo, Estado Zulia y Nº CP-DIM-2015-RO-A-007 Suministro de pintura para

la demarcación de calles y avenidas del casco central, Parroquia Bolívar, Municipio

Maracaibo, Estado Zulia, constatándose que la Orden de Servicio Nº 4515001164 de fecha

17/11/2015 y la Orden de Compra Nº 4515001290 de fecha 11/12/2015, correspondiente a los

procesos de contrataciones señalados, indican con exactitud las especificaciones generales y

particulares de la obra o servicio prestado. De tal manera, que fue oficialmente ejecutada la

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recomendación plasmada en el Informe Definitivo. Se levantó Acta Fiscal de fecha

07/07/2016.

CONCLUSIÓN

Se concluye que las tres (03) acciones correctivas que representan el 100% contenidas en el

Plan de Acciones Correctivas presentadas por la Dirección de Ingeniería Municipal (DIM) y la

Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF) de la Alcaldía de Maracaibo, mediante

oficios Nros. DIM-DG-0341-2015 y OGAF-15-0000335 ambos de fecha 09/07/2015, fueron

oficialmente ejecutadas en su totalidad.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-013-16 de fecha 08/07/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-013-16 de fecha 08/07/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-014-2016

de fecha 15/07/2016

Órgano: Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía de Maracaibo (DIM).

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Dirección de Ingeniería Municipal fue creada mediante Ordenanza sobre Direcciones

Municipales, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 114 de fecha 19/08/1982, con

las competencias adaptadas al régimen jurídico vigente y a la estructura organizativa existente

de la Alcaldía de Maracaibo y sus Órganos Desconcentrados y Entes Descentralizados. La

Dirección de Ingeniería Municipal, es un órgano encargado de la inspección, mantenimiento y

reparaciones menores y mayores de obras de infraestructura y equipamiento urbano ejecutados

por los distintos entes descentralizados, órganos centralizados y desconcentrados adscritos a la

Alcaldía del Municipio Maracaibo.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estuvo orientada a verificar el estado de implementación de

las acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades de la Dirección de Ingeniería

Municipal y la Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo,

remitidas a este Órgano de Control mediante oficios Nros. DIM-DG-0332-2015 y

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OGAF-15-0000270 de fecha 07/07/2015 y 27/05/2015 respectivamente, en atención a las

recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-011-2015 de fecha 13/04/2015.

Al respecto, se seleccionó una muestra de cuatro (4) procesos de contrataciones

correspondientes al ejercicio económico financiero 2015.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas

autoridades de la Dirección de Ingeniería Municipal y la Oficina General de Administración y

Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo, mediante oficios Nros. DIM-DG-0332-2015 y OGAF-

15-0000270 de fechas 07/07/2015 y 27/05/2015 respectivamente, en atención a las

recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-011-2015 de fecha 13/04/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la Dirección de

Ingeniería Municipal (DIM) y la Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF) de la

Alcaldía de Maracaibo, sobre Actuación Fiscal practicada a la referida Dirección, donde se

evaluaron los aspectos legales, administrativos, financieros, presupuestarios y técnicos

relacionados con la selección de contratistas, contratación y ejecución de las obras, así como,

lo concerniente a la contratación de auditores, profesionales independientes, consultores y/o

firmas de auditores que hayan prestado servicios en materia de control, correspondiente a los

ejercicios económicos financieros 2012 y 2013; cuyos resultados fueron presentados en

Informe Definitivo Nº DCAC-011-2015 de fecha 13/04/2015, se determinó que se presentaron

nueve (9) acciones correctivas, las cuales fueron oficialmente ejecutadas en su totalidad,

siendo las siguientes:

De la revisión efectuada a los expedientes referidos a los procesos de contrataciones

Nros. CP-ADM-IM-15-ORD-007 y CP-ADM-IM-15-ORD-003, correspondientes a la

ejecución de obras y procesos Nros. CC-ADM-IM-A-15-ORD-001 y CP-ADM-IM-S-15-

ORD-009 para el suministro y prestación de servicios para la ejecución de obras, se constató

que los mismos se encuentran debidamente conformados, conteniendo toda la documentación

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193

que avala la contratación, desde la selección de contratista hasta la administración del contrato,

tales como: solicitud de la unidad usuaria, acta de inicio del procedimiento, presupuesto base,

pliego de condiciones, invitaciones a los participantes, ofertas, informe de recomendación,

garantías, valuaciones, pagos, entre otros; estando la documentación archivada en orden

cronológico, facilitando así su oportuna localización. Considerándose oficialmente ejecutada

la recomendación plasmada en el Informe Definitivo. Dejándose constancia en Acta Fiscal de

fecha 14/07/2016.

En revisión a los actos administrativos generados en los procedimientos de selección de

contratistas de los cuatro (4) procesos de contrataciones seleccionados como muestra, tales

como: solicitud de la unidad usuaria o requirente, acta de inicio de contratación, presupuesto

base y certificación de proyecto, entre otros, se constató que dichos actos administrativos

cumplen con los lapsos y parámetros establecidos en la Ley de Contrataciones. De tal manera,

que fue oficialmente ejecutada la recomendación plasmada en el Informe Definitivo. De tal

situación se dejó constancia en acta fiscal de fecha 14/07/2016.

De la revisión efectuada al proceso de contratación Nº CP-ADM-IM-15-ORD-003:

“Rehabilitación Vial, Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Bateas, Aceras y Brocales, en varios

sectores del Municipio Maracaibo, Estado Zulia. (Reasfaltado de la calle 108A Prolongación

Circunvalación Número 3 entre calle 79E y 79F, Parroquia Antonio Borjas Romero Municipio

Maracaibo, Estado Zulia”, se constató que las modificaciones de obras fueron debidamente

solicitadas por el Ingeniero Inspector, conteniendo la información técnica y las variaciones

que dichas modificaciones causan al presupuesto original, las cuales fueron autorizadas por la

Directora del DIM, facultada según Decreto N° 077 de fecha 30/07/2015, mediante el cual la

Alcaldesa del Municipio Maracaibo le delega a la máxima autoridad del órgano contratante,

las atribución de firmar los documentos que sean necesarios en la modalidad de contratación

pertinente. Asímismo, se constató la exhortación que realizara la Directora de Ingeniería

Municipal, mediante comunicación s/n de fecha 20/07/2015, a los Ingenieros Inspectores y/o

Supervisores que antes de proceder a realizar algún cambio en la obra a ejecutar o durante su

ejecución que origine alguna modificación del proyecto original, debe ser notificada por

escrito con la debida información técnica para su análisis y aprobación de la autoridad

competente del órgano contratante, previa a su ejecución. Por lo que se considera, que la

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194

recomendación formulada en Informe Definitivo, fue oficialmente ejecutada. Situación

plasmada en Acta Fiscal de fecha 14/07/2016.

En revisión a los expedientes de dos (2) procesos de contratación para el suministro y

prestación de servicio para la ejecución de obras a través de la Administración Directa con sus

respectivos soportes justificativos; el Nº CC-ADM-IM-A-15-ORD-001, para la Rehabilitación

Vial, Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Bateas, Aceras y Brocales, en varios sectores del

Municipio Maracaibo, Estado Zulia. (Suministro y Transporte de mezcla asfáltica en caliente

para realizar los trabajos de reasfaltado y bacheo en diferentes parroquias del Municipio

Maracaibo Estado Zulia)” y el Nº CP-ADM-IM-S-15-ORD-009, para la Rehabilitación vial,

Asfaltado, Reasfaltado, Bacheo, Bateas, Aceras y Brocales, en varios sectores del Municipio

Maracaibo, Estado Zulia. (Suministro de mezcla asfáltica en caliente para realizar los trabajos

de bacheo en la Av. 5 con calle 59, sector 18 de octubre, Parroquia Olegario Villalobos,

Municipio Maracaibo. Estado Zulia), se constató que los mismos estaban conformados en un

expediente único, conteniendo los documentos desde la selección de contratista hasta la

administración del contrato por cada contratación. De tal manera, que fue oficialmente

ejecutada la recomendación plasmada en el Informe Definitivo, situación plasmada en Acta

Fiscal de fecha 14/07/2016.

En revisión efectuada a los procesos de contratación Nros.CC-ADM-IM-A-15-ORD-001 y

CP-ADM-IM-S-15-ORD-009, para el suministro y prestación de servicio para la ejecución de

obras a través de la Administración Directa, se evidenció en ambos expedientes el respectivo

proyecto de obra contentivo de la planificación de los trabajos a realizar, el presupuesto base y

los análisis de precios unitarios, que permiten conocer con exactitud las especificaciones

generales y particulares de cada obra. Considerándose oficialmente ejecutada la

recomendación plasmada en el Informe Definitivo. Dejándose constancia en Acta Fiscal de

fecha 14/07/2016.

En revisión a dos (2) procesos de contratación para el suministro y prestación de servicio

para la ejecución de obras a través de la Administración Directa

Nros. CC-ADM-IM-A-15-ORD-001 y CP-ADM-IM-S-15-ORD-009 por Bs. 2.037.882,69, se

constató que contienen los formularios o valuaciones que reflejan la cantidad de obra

ejecutada, así mismo, los informes de cierre técnico emitido por el Supervisor designado,

contentivo de los cómputos y cantidades de servicios prestados o bienes suministrados. De tal

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195

manera que fue oficialmente ejecutada la recomendación plasmada en el Informe Definitivo.

De este hecho se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 14/07/2016.

Se efectuó la revisión de la valuación única correspondiente a un (1) proceso de

contratación para la ejecución de la obra: “Rehabilitación Vial, Asfaltado, Reasfaltado,

Bacheo, Bateas, Aceras y Brocales, en varios sectores del Municipio Maracaibo, Estado Zulia”

por Bs. 2.297.152,41; así como, la revisión de los informes técnicos con sus respectivos

formularios pertenecientes a dos (2) procesos de contratación para el suministro y prestación

de servicio, para la ejecución de obras a través de la Administración Directa por Bs.

2.037.882,69, constatándose que las cantidades de obras ejecutadas, suministro de bienes y

prestación de servicios, señaladas en las respectivas planillas de obra ejecutada y las

plasmadas en las planillas de resumen de mediciones, así como, los resultados obtenidos de la

medición en conjunto con el Ingeniero Inspector designado por la Dirección de Ingeniería

Municipal (DIM) de la mezcla asfáltica en caliente colocada, se corresponden con las

canceladas mediante las respectivas órdenes de pago. Asimismo, se evidenció comunicación

de fecha 27/07/2015 emitida por la Directora de Ingeniería Municipal, donde exhorta al

Ingeniero/Arquitecto, Inspector y/o superior a corroborar y revisar exhaustivamente las

mediciones de las obras por partidas ejecutadas en la obra o durante su ejecución, así como,

verificar en las planillas de mediciones la concordancia de lo medido en sitio con lo plasmado

en las hojas de soporte de valuaciones de obras ejecutadas, antes de procesar y tramitar las

valuaciones para su cancelación, lo que evidencia las gestiones emprendidas. De tal manera,

que se considera oficialmente ejecutada la recomendación formulada en el Informe Definitivo.

Se levantó Acta Fiscal de fecha 14/07/2016.

En inspección realizada en conjunto con el Ingeniero Inspector designado por la DIM, en el

sitio de la obra donde se efectuó la ejecución de la “Rehabilitación Vial, Asfaltado,

Reasfaltado, Bacheo, Bateas, Aceras y Brocales, en varios sectores del Municipio Maracaibo,

Estado Zulia”, correspondiente al proceso de contratación N° CP-ADM-IM-15-ORD-003 por

Bs 2.297.152,41 y a dos (2) procesos de contratación para el suministro y prestación de

servicio, para la ejecución de obras a través de la Administración Directa por Bs.

2.037.882,69, se evidenció que todos los trabajos de reasfaltado ejecutados se encuentra en

condiciones aceptables. De tal manera, que se considera oficialmente ejecutada la

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196

recomendación formulada en el Informe Definitivo. Dejándose constancia en acta fiscal de

fecha 14/07/2016.

De la revisión efectuada a la Ejecución Financiera del Presupuesto de Egresos,

correspondiente al segundo semestre del ejercicio económico financiero 2015, específicamente

a la sub especifica 4.04.02.02.00 “Conservación, ampliaciones y mejoras mayores de obras en

bienes del dominio público”, se determinó el adecuado registro de las veinticinco (25) órdenes

de pago por concepto de valuaciones de obras ejecutadas, por Bs. 26.078.437,45, emitidas

durante el periodo de julio a diciembre 2015. De tal manera, que fue oficialmente ejecutada la

recomendación plasmada en el Informe Definitivo. Dejándose constancia en Acta Fiscal de

fecha 15/07/2016.

CONCLUSIÓN

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas emprendidas a los fines del cumplimiento

de las recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-011-2015 de fecha

13/04/2015, correspondiente a la Actuación Fiscal practicada a la referida Dirección, donde se

evaluaron los aspectos legales, administrativos, financieros, presupuestarios y técnicos

relacionados con la selección de contratistas, contratación y ejecución de las obras, así como,

lo concerniente con la contratación de auditores, profesionales independientes, consultores y/o

firmas de auditores que hayan prestado servicios en materia de control, correspondiente a los

ejercicios económicos financieros 2012 y 2013; se concluye que las nueve (9) acciones

correctivas, presentadas por la Dirección de Ingeniería Municipal (DIM) y la Oficina General

de Administración y Finanzas (OGAF) de la Alcaldía de Maracaibo, mediante oficios Nros.

DIM-DG-0332-2015 y OGAF-15-0000270 de fecha 07/07/2015 y 27/05/2015

respectivamente, fueron oficialmente ejecutadas en su totalidad.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-014-2016 de fecha 15/07/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-014-16 de fecha 19/07/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-2-015-2016

de fecha 15/07/2016

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197

Órgano: Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS).

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Unidad de Auditoría Interna del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), fue creada mediante Resolución Nº 015-2011, de

fecha 05/05/2011, adaptada a las pautas que disponen las leyes, reglamentos y normas que

rigen la materia, es la encargada de prestar el servicio de auditoría interna en los términos

establecidos en la ley.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento, estuvo orientada a verificar el estado de implementación

de las acciones correctivas emprendidas por la Unidad de Auditoría Interna y la Dirección

General del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS), remitidas a este órgano de control mediante oficios Nros. UAI-SAGAS-046-15 y

DG-0038-2015, ambos de fecha 26/01/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en

Informe Definitivo Nº DCAC-045-2014 de fecha 10/12/2014, notificado mediante oficios

Nros. DC-DCAC-2-0838-2014 y Nº DC-DCAC-2-0839-2014, ambos de fecha 11/12/2014.

Al respecto, la UAI del SAGAS practicó cinco (05) actuaciones fiscales durante el ejercicio

económico financiero 2015, de las cuales se procedió a evaluar dos (02) actuaciones que

representan el 30% de la muestra seleccionada, aplicando la técnica de muestreo aleatorio

simple.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas emprendidas por la Unidad

de Auditoría Interna y la Dirección General del SAGAS, remitidas a este Órgano de Control

Fiscal, mediante oficios Nros. UAI-SAGAS-046-15 y DG-0038-2015, ambos de fecha

26/01/2015, en atención a las recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-

045-2014 de fecha 10/12/2014.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN DE SEGUIMIENTO:

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198

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la Unidad de Auditoría

Interna y la Dirección del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS), en atención a las recomendaciones formuladas por la Contraloría

Municipal de Maracaibo en informe Definitivo Nro. DCAC-045-2014 de fecha 10/12/2014,

correspondiente a la actuación fiscal orientada a revisar y evaluar la gestión realizada por la

Unidad de Auditoría Interna del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo (SAGAS); el uso, disposición , manejo y conservación de los

bienes muebles asignados a la referida unidad, correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013 y primer semestre del 2014; se determinó que se presentaron siete (7) acciones

correctivas, de las cuales cuatro (4), fueron oficialmente ejecutadas en su totalidad, dos (2)

fueron parcialmente ejecutadas y una (1) no ejecutada.

Las acciones correctivas parcialmente ejecutadas son:

En el Informe Definitivo se recomienda a la Dirección del SAGAS: “Efectuar los trámites

legales pertinentes para reorganizar la estructura del Servicio Autónomo, incorporando la

Unidad de Auditoría Interna, a fin de que prevalezca la legalidad de sus actuaciones como

órgano de control fiscal interno del SAGAS”; al respecto, la Dirección General del SAGAS,

planteó como acción correctiva: “Se redactó la reforma del decreto 175-A donde se incluye la

Unidad de Auditoría Interna en la Estructura Organizativa y se encuentra en la revisión de la

información”. Sobre el particular, se evidenció la reorganización de la estructura organizativa

del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas Infraestructura de Maracaibo (SAGAS),

donde se incluye la Unidad de Auditoría Interna en el Manual de Organización aprobado en

fecha 14/08/2015, así como también la elaboración de la Reforma del Decreto 175-A. Sin

embargo, el mismo no ha sido aprobado por la Alcaldesa del Municipio Maracaibo, por lo

tanto, la recomendación fue parcialmente ejecutada, hecho plasmado en Acta fiscal de fecha

28/06/2016.

Seguidamente en el Informe Definitivo se recomendó a la Dirección: “Dotar a la Unidad

de Auditoría Interna del personal idóneo y necesario para su buen funcionamiento

organizativo, a los fines de que esta dependencia ejecute sus funciones de control interno

adecuadamente”; indicando la Dirección General del SAGAS como acción correctiva la

siguiente: “Designación del personal requerido por la Unidad de Auditoría Interna”. Sobre el

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199

particular, se constató que la Directora General del SAGAS, emitió comunicación

Nro. DG-0156-2015 de fecha 23/03/2015, dirigida a la Oficina de Recursos Humanos de la

Alcaldía del Municipio de Maracaibo, mediante la cual solicita un (01) Abogado para cumplir

funciones en la Unidad de Auditoría Interna, sin embargo el mismo no fue designado. De tal

manera, que la recomendación planteada fue parcialmente ejecutada, hecho plasmado en Acta

Fiscal de fecha 28/06/2016.

Adicionalmente, es importante destacar, que de la actuación fiscal objeto de seguimiento, no

fue ejecutada una (01) recomendación, desatendiendo lo establecido en el artículo 48 de la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

En el Informe Definitivo se recomendó: “Aprobar el Reglamento Interno que regula el

funcionamiento de la Unidad de Auditoría Interna, para que la misma obtenga atribuciones

delegadas por la ley; y ejecute sus funciones conforme a su estructura organizativa, a las

leyes y normas que rigen la materia”; sobre la referida recomendación la Dirección General

del SAGAS formuló la siguiente acción correctiva: “En los actuales momentos se está a la

espera de la revisión y posterior aprobación de los manuales de Actuación fiscal, Potestad

Investigativa y Determinación de Responsabilidad Administrativa, por parte de la oficina de

Planificación y Desarrollo Organizacional, para posteriormente aprobar el reglamento

interno de la unidad”. Sobre el particular, se constató que actualmente la Unidad de Auditoría

Interna del SAGAS no dispone de Reglamento Interno en el cual se establezcan las normas

relacionadas con la estructura, organización y funcionamiento de las dependencias que la

conforman, así como, la atribución de funciones y la asignación de competencias, tal como lo

indica el Director General del SAGAS mediante oficio Nro. DG-0188-2016 de fecha

23/06/2016, De tal manera, que la recomendación no se encuentra ejecutada, hecho plasmado

en acta fiscal de fecha 28/06/2016.

CONCLUSIÓN.

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas emprendidas por la Unidad de Auditoría

Interna y la Dirección General del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura (SAGAS), en atención a las recomendaciones efectuadas por la Contraloría

Municipal de Maracaibo, plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-045-2014 de fecha

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200

10/12/2014, correspondiente a la Actuación Fiscal relacionada con la revisión y evaluación de

la gestión realizada por la Unidad de Auditoría Interna, correspondiente al ejercicio económico

financiero 2013 y primer semestre del 2014; se concluye que cuatro (4) acciones correctivas

presentadas en el respectivo Plan de Acciones Correctivas remitido por la Unidad de Auditoría

Interna mediante oficio Nros. UAI-SAGAS-046-15, de fecha 26/01/2015, fueron Oficialmente

Acatadas, en su totalidad. Asimismo, en relación al Plan de Acciones Correctivas presentado

por la Dirección General del SAGAS, remitido mediante oficio Nro. DG-0038-2015, de fecha

26/01/2015, que contiene tres (3) acciones correctivas, se determinó que dos (2) fueron

parcialmente ejecutadas, el cual representa un 66,66% y una (1) no ejecutada que representa el

33,33%. Sin embargo, este Órgano de Control Fiscal Municipal, reconoce las acciones

correctivas promovidas por las autoridades de la Dirección General del SAGAS, a los fines de

una gestión eficiente y eficaz que debe prevalecer en la Administración Publica.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-015-2016 de fecha 15/07/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº OID-DCAC-2-015-2016 de fecha 15/0703/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-016-16

de fecha 16/12/2016

Órgano: Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria

(SEDEMAT).

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El objeto del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT),

es la administración del sistema de ingresos tributarios municipales, la recaudación de tributos,

multas, intereses, recargos y demás accesorios, así como, la recaudación de los demás tributos

municipales que sean atribuidos mediante ordenanza.

ALCANCE:

La presente actuación se circunscribió al ejercicio económico financiero 2015, la misma

estuvo orientada a evaluar de manera selectiva los aspectos legales, administrativos, contables,

presupuestarios y financieros, relacionados con la adquisición, registro, control,

mantenimiento, uso, resguardo y estado de conservación de los bienes muebles del Servicio

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201

Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), para lo cual se

procedió a revisar una muestra de 852 bienes que representan el 31,12% de un total de 2.737

Bienes Muebles propiedad del órgano de administración tributaria municipal, seleccionados de

manera intencional tomando en consideración aspectos relevantes como el monto y las

características del bien (Ver Anexo N° 1), de igual forma, se procedió a la verificación

exhaustiva de los catorce (14) procesos de selección de contratistas efectuados para la

adquisición de bienes muebles, que asciende a un monto total de Bs. 3.129.176,73.

OBJETIVO GENERAL:

Evaluar los aspectos legales, administrativos, contables, presupuestarios y financieros,

relacionados con la adquisición, registro, control, mantenimiento, uso, resguardo y estado de

conservación de los bienes muebles del Servicio Desconcentrado Municipal de

Administración Tributaria (SEDEMAT), correspondiente al ejercicio económico financiero

2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

1. En inspección “in situ” en fecha 16/06/2016 realizada en la Sección Depósito del

SEDEMAT, se evidenció la existencia de 191 bienes muebles, que totalizan Bs. 212.650,85,

que se encuentran en estado de inservibilidad y obsolescencia y no han sido desincorporados

del Inventario Bienes Muebles al 31/12/2015. Al respecto, el artículo 86 del Decreto con

Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos. Asimismo, la Publicación N° 21

“Instrucciones y Modelos para la Contabilidad Fiscal de los Municipios de la República”,

Anexo N° 4 “Instructivo para la Formación de Inventarios y Cuentas de los Bienes Muebles e

Inmuebles de los Estados y Municipios de la República”, en su punto 3. INVENTARIO Y

CUENTA DE LOS BIENES MUEBLES, Sub-punto 2 Formación del Inventario Físico de

Bienes Muebles. Esto obedece, a que los responsables de los bienes muebles del SEDEMAT,

no han procedido a aplicar el procedimiento correspondiente para desincorporar los bienes

que se encuentran en estado de inservibilidad u obsolescencia de conformidad con lo

establecido en la normativa legal que regula la materia. Esta situación, genera que la

información reflejada en el Inventario de Bienes Muebles, no sea confiable y exacta, al

encontrarse registrados bienes que no prestan ninguna utilidad, vulnerando así los principios

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202

contables que prevalecen en el ejercicio de la función pública. Hecho del cual se dejó

constancia en Acta Fiscal de fecha 26/09/2016.

3. En revisión efectuada a los formularios BM-2 Relación del Movimiento de Bienes

Muebles de los meses de enero, febrero, abril, julio, agosto y octubre del ejercicio

económico financiero 2015, se constató que fueron desincorporados 71 bienes muebles

por el concepto “67 Desincorporación por otros conceptos” por un monto total de

Bs. 231.478,69, sin embargo, los mismos poseen constancia de denuncias ante los organismos

de seguridad competentes, por lo cual debieron ser desincorporados por el concepto 60

“Faltantes por investigar”. Al respecto, el punto 4 Rendición Mensual de la Cuenta de los

Bienes Muebles e Inmuebles, sub-punto 3 “Conceptos de Incorporaciones y

Desincorporaciones de Bienes Muebles e Inmuebles” Concepto 60 “Faltantes por Investigar

de la Publicación N° 21”, “Instrucciones y Modelos para la Contabilidad Fiscal de los

Municipios de la República”, Anexo N° 4 “Instructivo para la Formación de Inventarios y

Cuentas de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Estados y Municipios de la República”. Lo

planteado, obedece a debilidades por parte de los responsables de la elaboración del

Formulario BM-2, en la aplicación del adecuado concepto de desincorporación cuando se

produzcan faltas por pérdida o sustracción de los mismos, lo que genera que las cifras

presentadas en el inventario y en el balance general no muestren información actualizada sobre

los mismos, lo que impide garantizar la exactitud, sinceridad y veracidad de los montos

presentados para los fines administrativos y de control, aunado al hecho que el SEDEMAT

desconozca la situación real de su patrimonio.

4. Se constató que el SEDEMAT, no elaboró el formulario BM-3 “Relación de Bienes

Muebles Faltantes” para los meses de enero, febrero, abril, julio, agosto y octubre del ejercicio

económico financiero 2015, para el registro de los 71 bienes muebles denunciados ante los

organismos de seguridad competentes por un monto total de Bs. 231.478,69. No obstante, la

Publicación N° 21 “Instrucciones y Modelos para la Contabilidad Fiscal de los Municipios de

la República”, Anexo N° 4 “Instructivo para la Formación de Inventarios y Cuentas de los

Bienes Muebles e Inmuebles de los Estados y Municipios de la República”, en su punto IV

numeral 3 REGISTROS CONTABLES. Asimismo, en el punto V, OPERACIONES OBJETO

DE REGISTRO CONTABLE Y PROCEDIMIENTOS PARA SU CONTABILIZACIÓN,

numeral 1, de la supra mencionada Publicación N° 21. Lo antes planteado, obedece a falta de

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203

mecanismos de control por parte de los responsables de los Bienes Muebles del SEDEMAT, al

no aplicar los procedimientos establecidos en la Publicación N° 21, en cuanto a la elaboración

del Formulario BM-3, en el cual se relacionen los bienes faltantes, afectando la legalidad,

sinceridad y confiabilidad de los procedimientos relacionados con el registro y administración

de los bienes del órgano de administración tributaria municipal, de igual forma, que los saldos

reflejados en la cuenta 214 “Bienes Muebles” del Balance general no presente cifras ciertas y

actualizadas que resulten útiles para la toma de decisiones.

5. El SEDEMAT, no realizó el registro contable con cargo provisional en la Cuenta de la

Hacienda 240- “Otros Activos” del Balance General al 31/12/2015, por un monto de Bs.

231.478,69, correspondiente a los 71 bienes muebles denunciados ante los organismos de

seguridad competentes, por encontrarse dichos bienes en proceso de investigación. Al

respecto, la Publicación N° 21 “Instrucciones y Modelos para la Contabilidad Fiscal de los

Municipios de la República”, Anexo N° 4 “Instructivo para la Formación de Inventarios y

Cuentas de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Estados y Municipios de la República”, en

su capitulo VI CUENTAS MAYORES CUYO USO SE PRESCRIBE PARA EL REGISTRO

DE LAS OPERACIONES RELATIVAS A LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES.

Asimismo, el punto 4 Rendición Mensual de la Cuenta de los Bienes Muebles e Inmuebles,

sub-punto 3 Conceptos de Incorporaciones y Desincorporaciones de Bienes Muebles e

Inmuebles Concepto 60 Faltantes por Investigar de la mencionada Publicación N° 21. Lo antes

planteado, obedece a falta de mecanismos de control interno por parte de los responsables de

efectuar los registros contables relacionados con los bienes muebles faltantes sujetos a

investigación, generando que los saldos reflejados en la cuenta 240- “Otros Activos” del

Balance General al 31/12/2015, no sean ciertas y actualizadas, afectando la situación

patrimonial del órgano.

CONCLUSIONES.

Sobre la base de las observaciones formuladas vinculadas a los aspectos legales,

administrativos, contables, presupuestarios y financieros, relacionados con la adquisición,

registro, control, mantenimiento, uso, resguardo y estado de conservación de los bienes

muebles del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT),

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se concluye que existen debilidades en la formación de inventarios, en virtud de que en el

Inventario de Bienes Muebles (formulario BM-1) del SEDEMAT al 31/12/2015, aparecen

registrados bienes muebles bajo una clasificación funcional que no se corresponde con su

naturaleza, uso y destino, así como, bienes que no contienen la descripción adecuada y

completa de sus características, bienes muebles registrados sin el valor de adquisición, bienes

muebles inoperativos o fuera de servicio, se registraron como bienes muebles artículos o

materiales de consumo y suministros y el registro como bienes muebles de Activos

Intangibles, en consecuencia, la información reflejada en dicho inventario no es confiable para

los fines administrativos y de control.

Adicionalmente, existen debilidades en los procesos aplicados por el SEDEMAT, para el

registro de los traslados, incorporación y desincorporación de bienes muebles, por cuanto los

formularios destinados al registro de las operaciones y rendición de cuentas de los bienes BM-

2 “Relación del Movimiento de Bienes Muebles” y BM-3 “Relación de Bienes Muebles

Faltantes”, no son utilizados de manera adecuada o en algunos casos no son utilizados de

conformidad a lo establecido en la Publicación N° 21.

De igual manera, se evidenciaron debilidades en la aplicación de planes o programas de

conservación y mantenimiento preventivo, correctivo y sistemático de los bienes muebles,

toda vez que existen bienes muebles que no se encuentran en condiciones apropiadas de uso y

conservación.

Recomendaciones:

En virtud de la importancia de las observaciones señaladas y con el firme propósito de que

estas sean subsanadas en beneficio de una gestión administrativa eficaz y eficiente, que tienda

a la optimización de los recursos y a salvaguardar el patrimonio del Municipio, este Órgano de

Control Fiscal Municipal, recomienda a las máximas autoridades del Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), lo siguiente:

1. Desincorporar del Inventario de Bienes Muebles (Formulario BM-1), los bienes que se

encuentran en estado de inservibilidad u obsolescencia, aplicando el procedimiento

establecido en la normativa legal que regula la materia de Bienes Públicos, con el fin de que la

información reflejada en el Inventario de Bienes Muebles, sea confiable y exacta.

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205

2. Registrar por el concepto 60 “Faltante por Investigar” en el Formulario BM-2 “Relación

del Movimiento de Bienes Muebles”, los bienes muebles que han sido objeto de pérdida o

sustracción, con la finalidad que las cifras presentadas en el Inventario y en el Balance General

sean exactas, sinceras y veraces, permitiéndole al SEDEMAT conocer la situación real de su

patrimonio.

3. Elaborar el Formulario BM-3, aplicando los procedimientos establecidos en la Publicación

N° 21, para el registro de bienes faltantes producto de pérdidas o sustracciones con la finalidad

que los procesos relacionados con el registro y administración de los bienes se realicen

apegados a los principios de legalidad, sinceridad y confiabilidad; de igual forma, que los

saldos reflejados en la cuenta 214 “Bienes Muebles” del Balance General presente cifras

ciertas y actualizadas que resulten útiles para la toma de decisiones.

4. Efectuar los registros contables con cargo provisional a la cuenta 240 “Otros Activos” del

Balance General de los bienes muebles faltantes sujetos a investigación, con el propósito de

que los saldos reflejados en el Estado Financiero, sean ciertos y actualizados, a los fines de

mostrar la situación real del patrimonio del órgano.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe Definitivo

Nº DCAC-016-2016 de fecha 16/12/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-016-2016 de fecha 16/12/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-2-017-16

de fecha 01/07/2016

Órgano: Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo

y Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF).

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, se crea

mediante Ordenanza del Sistema de Protección del Niño y Adolescentes del Municipio

Maracaibo, publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinario N° 296 de fecha

12/07/2001, reformada mediante Ordenanza del Sistema de Protección Integral de Niños,

Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo

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206

N° 168-2013 de fecha 20/08/2013, es un órgano desconcentrado de la administración pública

municipal que ejerce sus funciones con plena autonomía. Es de naturaleza pública,

deliberativo, consultivo, y Contralor, cuya misión es velar por la garantía de los derechos

colectivos y difusos de los niños, niñas y adolescentes dentro del ámbito de su jurisdicción,

conforme al Principio de la legalidad, consagrado en nuestro ordenamiento jurídico.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estuvo dirigida a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas presentadas por el Consejo de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, mediante oficio Nº CPNNA CG-

00305-2015 de fecha 02/11/2015, así como, por la Oficina de General Administración y

Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo mediante oficio N° OGAF-15-0000478 de fecha

02/11/2015, en atención a las recomendaciones formuladas por la Dirección de Control de la

Administración Central en Informe Definitivo Nº DCAC-036-2015 de fecha 02/09/2015; a

tales efectos se efectuó la revisión selectiva del 30% de la documentación relacionada con los

procesos legales y administrativos de la gestión realizada por el Consejo de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, durante los meses de julio, septiembre

y diciembre. En cuanto al uso, manejo, control, resguardo y conservación de los bienes

muebles asignados al Organismo, del universo de 352 Bienes, se tomó como muestra el 30%

que representa 105 Bienes, correspondiente al ejercicio económico financiero 2015, siendo la

muestra seleccionada a través de la aplicación del Método Estadístico de Muestra Intencional.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas emprendidas por el Consejo

de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, remitidas a este

órgano de control fiscal mediante Oficio Nº CPNNA CG-00305-2015 de fecha 02/11/2015, así

como por la Oficina de General Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo

mediante oficio N°OGAF-15-0000478 de fecha 02/11/2015, en atención a las

recomendaciones plasmadas en Informe Definitivo Nº DCAC-036-2015 de fecha 02/09/2015.

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207

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

En búsqueda del cumplimiento de las recomendaciones expuestas en Informe Definitivo

Nº DCAC-036-2015 de fecha 02/09/2015, sobre actuación fiscal realizada al Concejo de

Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, donde se evaluaron los

procesos legales y administrativos de la gestión realizada por el Consejo de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, así como, el uso, manejo, control,

resguardo y conservación de los bienes muebles asignados al Organismo. Igualmente, verificar

que los auditores, profesionales independientes, consultores y/o firmas de auditores que hayan

prestado servicios en materia de control durante el período evaluado, se encuentren inscritos

en el registro llevado por la Contraloría General de la República y certificado por esta, así

mismo, lo concerniente a la legalidad de la contratación de los referidos servicios y los

trabajos presentados, se procedió a evaluar las propuestas enviadas en el plan de acciones

correctivas remitidas según oficios Nº CPNNA CG-00305-2015 y OGAF-15-0000478 ambos

de fecha 02/11/2015, arrojando los siguientes resultados:

En este sentido, las acciones ejecutadas son las siguientes:

Se verificó que durante los meses seleccionados como muestra, se efectuaron noventa y

dos (92) registros de Adolescentes trabajadores, efectuados por el Consejo de Protección los

cuales fueron remitidos a la Inspectoría del Trabajo. Asimismo se constató a través del

memorando Nº CPNNA CG-00236-2015 de fecha 03/08/2015 la designación del funcionario

responsable de tramitar las credenciales de adolescentes trabajadores y de organizar las

mismas para ser remitidas al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo durante el año 2015.

Igualmente, se observó el archivo de los referidos oficios durante los meses de Julio a

Diciembre del 2015, concluyendo de esta manera que la acción correctiva esta oficialmente

ejecutada; dejando constancia en Acta Fiscal de fecha 01/07/2016.

Se constató la desincorporación de los mismos en el inventario permanente al cierre del

ejercicio económico financiero 2015; razón por la cual se considera oficialmente ejecutada la

acción correctiva; dejando constancia en Acta Fiscal de fecha 01/07/2016.

Se observó la gestión emprendida por el Consejo de Protección a través del oficio

Nº CPNNA GG-00190-2015 de fecha 15/06/2015, dirigida al Departamento de Bienes de la

Alcaldía de Maracaibo, solicitando la colocación de las etiquetas con los números de

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208

identificación de los bienes asignados a ese órgano; en tal sentido se efectúo la inspección a

105 bienes muebles seleccionados como muestra, evidenciándose que los mismos se

encuentran etiquetados; comprobándose que la acción correctiva está oficialmente ejecutada;

dejando constancia en acta fiscal de fecha 01/07/2016.

De la revisión efectuada al Plan Operativo Anual del Consejo de Protección de Niños,

Niñas y Adolescentes, ajustado en el mes de abril 2015 y el respectivo Informe de Gestión, se

constataron dos (02) metas que no fueron cumplidas en su totalidad y sobre las cuales no se

efectúo la justificación de las mismas, razón por la cual se considera que la acción correctiva

fue ejecutada parcialmente; hecho plasmado en Acta Fiscal de fecha 01/07/2016.

Ahora bien, de la actuación fiscal de seguimiento practicada en el Consejo de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, se constató que dos (02) de las

recomendaciones efectuadas por este órgano de control fiscal externo fueron parcialmente

ejecutadas:

De la revisión efectuada al plan operativo anual del Consejo de Protección de Niños, Niñas

y Adolescentes del Municipio Maracaibo y por la Oficina General de Administración y

Finanzas (OGAF), ajustado en el mes de abril de 2015 y el respectivo Informe de Gestión, se

constataron dos (02) metas que fueron superadas, sobre las cuales no se efectúo el respectivo

ajuste, razón por la cual se considera que la acción correctiva fue ejecutada parcialmente;

hecho plasmado en acta fiscal de fecha 01/07/2016.

Se constató que de las siete (07) metas programadas y ejecutadas, dos (02) fueron

superadas, sobre las cuales no se efectuó el respectivo ajuste, razón por la cual se considera

que la acción correctiva fue ejecutada parcialmente; hecho plasmado en acta fiscal de fecha

01/07/2016.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento, orientada a

verificar el estado de implementación de las acciones correctivas comprendidas por la

máxima autoridad del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo y de la Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF) remitidas a este

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209

órgano de control fiscal mediantes Oficios N° CPNNA CG-00305-2015 y

N° OGAF-15-0000478 ambos de fecha 02/11/2015, en atención a las recomendaciones

formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-036-2015 de fecha 02/09/2015, notificado

mediante oficios N° DC-DCAC-2-0610-2015 y N° DC-DCAC-2-0611-2015 ambos de fecha

03/09/2015, en atención a las recomendaciones formuladas por este órgano de Control Fiscal

Externo, se concluye que de cinco (05) acciones contenidas en el Plan de Acciones

Correctivas presentado por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del

Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fueron oficialmente ejecutadas tres (03) que

representan un 60%, dos (02) de las acciones correctivas fueron parcialmente ejecutadas para

un porcentaje del 40%. Sin embargo, este órgano de control fiscal municipal, reconoce las

acciones promovidas por las autoridades del Consejo de Protección de Niños, Niñas y

Adolescentes del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los fines de una gestión eficiente y

eficaz que debe prevalecer en la Administración Pública.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

DCAC-2-017-16 de fecha 01/07/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DCAC-017-16 de fecha 01/07/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-018-2016

de fecha 21/12/2016

Órgano: Servicio Autónomo para El Suministro de Gas E Infraestructura de Maracaibo

(SAGAS).

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ÓRGANO EVALUADO

El Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS) es

un Órgano desconcentrado sin personalidad jurídica, con autonomía funcional y financiera,

tendrá a su cargo la realización de obras de infraestructura para la ciudad, sean estas de ornato;

cloacas; embaulamiento y limpieza de cañadas; construcción, refacción y mantenimiento de

plazas, parques y jardines, distribuidores de autopistas de la ciudad y áreas deportivas

públicas; asfaltado y mantenimiento de calles y avenidas de la ciudad, promover y desarrollar

soluciones habitacionales coordinadamente con otros entes públicos y privados en situaciones

de emergencia.

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210

ALCANCE.

La actuación fiscal estuvo dirigida a la evaluación de la legalidad, sinceridad y exactitud de los

procedimientos administrativos, presupuestarios y financieros, relacionados con la

administración del recurso humano adscrito al Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), así como, la adquisición, registro, control, uso y

disposición de los bienes de su propiedad, correspondiente al ejercicio económico financiero

2015 y el período comprendido del 01/01/2016 al 31/08/2016; a tales efectos, se efectuó la

revisión de manera selectiva de los expedientes del personal, en tal sentido, de un total de 138

expedientes del personal adscrito al Servicio Autónomo para el ejercicio económico financiero

2015 y 133 para el período comprendido del 01/01/2016 al 31/08/2016, se tomó una muestra

de 52 expedientes, equivalentes al 37,67% y 39,09%, respectivamente, a los fines de verificar

su conformación. De igual forma, se realizó un análisis exhaustivo de las Órdenes de Pago por

concepto de Nóminas canceladas al personal, considerando el beneficio de Guardería Infantil o

Servicios de Educación Inicial, Bono de Alimentación, Régimen Prestacional de Vivienda y

Hábitat, Seguro Social Obligatorio y Régimen Prestacional de Empleo. Asimismo, se procedió

a la revisión exhaustiva de 863 bienes muebles registrados en el Inventario General de Bienes

Muebles para el ejercicio económico financiero 2015 y 862 bienes muebles para el período

comprendido del 01/01/2016 al 31/08/2016.

OBJETIVO GENERAL.

Evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de los procedimientos administrativos,

presupuestarios y financieros, relacionados con la administración del recurso humano adscrito

al Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), así

como la adquisición, registro, control, uso y disposición de los bienes de su propiedad,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2015 y el período comprendido del

01/01/2016 al 31/08/2016.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN.

Se evidenció en el Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS), durante el ejercicio económico financiero 2015 y el período

comprendido del 01/01/2016 al 31/08/2016, once (11) empleados que tienen pendiente el

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211

disfrute del período vacacional, por cuanto les fueron pagadas y para el período evaluado no

fueron disfrutadas. Sin embargo, el artículo 24 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.

En concordancia, con el artículo 197 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica

del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras. Situación, que se origina por debilidades

en el sistema de control interno implementado por parte de la Oficina de Recursos Humanos,

al no ejercer un efectivo seguimiento y control sobre el disfrute del período vacacional; lo que

pudiera afectar el patrimonio del Servicio Autónomo, toda vez, que estos trabajadores

pudieran solicitar que le sea nuevamente pagado el monto correspondiente al bono vacacional,

al momento de hacer efectivo el disfrute.

Se constató que el Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de

Maracaibo (SAGAS), durante el ejercicio económico financiero 2015 y el período

comprendido del 01/01/2016 al 31/08/2016, pagó al personal con derecho al beneficio de

Guardería Infantil o Servicios de Educación Inicial, un monto de Bs. 800, el cual es inferior al

40% del salario mínimo vigente a la fecha que le fue otorgado el mencionado beneficio. Al

respecto, el artículo 102 literal b) del Reglamento la Ley Orgánica del Trabajo. En

concordancia, con la cláusula Nº 35 de la Convención Colectiva de Trabajo entre el Servicio

Autónomo para el Suministro de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS) y el Sindicato

Único Bolivariano de Trabajadores del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura del Municipio de Maracaibo (SINUBOLTRAGAS). Hecho, que se genera

debido a que las máximas autoridades del Servicio Autónomo para el Suministro de Gas e

Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), no han emprendido las acciones pertinentes, tendentes

a obtener los recursos necesarios para cubrir las obligaciones laborales con el personal;

generando que los empleados no dispongan de los recursos suficientes, derivados del

beneficio correspondiente, dirigido a satisfacer el cuidado integral de sus hijos e hijas,

afectando la economía familiar.

CONCLUSIONES

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal, dirigida a evaluar la legalidad, sinceridad y

exactitud de los procedimientos administrativos, presupuestarios y financieros, relacionados

con la administración del recurso humano adscrito al Servicio Autónomo para el Suministro

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de Gas e Infraestructura de Maracaibo (SAGAS), así como, la adquisición, registro, control,

uso y disposición de los bienes de su propiedad, correspondiente al ejercicio económico

financiero 2015 y el período comprendido del 01/01/2016 al 31/08/2016, se concluye que

existen debilidades en los mecanismos de control interno relacionados con los procedimientos

aplicados para el control interno implementado por la Oficina de Recursos Humanos, que

garantice el disfrute efectivo del período vacacional del personal; igualmente, se evidenció que

las máximas autoridades no han emprendido las acciones, tendentes a obtener los recursos

necesarios para cubrir las obligaciones laborales con el personal, correspondiente al beneficio

de guardería infantil o servicios de educación inicial.

RECOMENDACIONES

En virtud de las observaciones señaladas en este informe y con el firme propósito de que sean

subsanadas en beneficio de una gestión administrativa más efectiva y eficiente, que tienda a la

optimización de los recursos, éste Órgano Contralor presenta las siguientes recomendaciones:

1. Ejecutar la programación del disfrute del período vacacional del personal adscrito al

Servicio Autónomo en la oportunidad que les corresponda, con la finalidad, de otorgar el

debido descanso a los trabajadores y trabajadoras y de esta manera mejorar su productividad y

desempeño de sus funciones; así como, evitar que al momento de hacer efectivo el disfrute de

sus vacaciones, se les tenga que pagar nuevamente el bono vacacional, en aras de preservar el

Patrimonio Público.

2. Emprender las acciones, tendentes a obtener los recursos necesarios para cubrir las

obligaciones laborales, correspondientes al pago de la matricula anual y mensualidades por

concepto de Guardería Infantil o Servicios de Educación Inicial a favor del personal cuyo hijos

estén entre las edades comprendidas de cero (0) a cinco (5) años, por un monto equivalente al

cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo vigente a la fecha; a fin, de que los empleados

dispongan de los recursos suficientes, derivados del beneficio correspondiente, dirigido a

satisfacer el cuidado integral de sus hijos e hijas.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe Definitivo

Nº DCAC-018-16 de fecha 21/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DCAC-018-16 de fecha 21/12/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-020-16

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de fecha 19/12/2016

Órgano: Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO

El Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), fue

creado mediante Decreto Nº 308 publicado en Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 016 de

fecha 12/04/2004, sin personalidad jurídica, con autonomía funcional y financiera, adscrito al

Despacho del Alcalde, tiene como objeto dirigir la política municipal en el área de salud,

coordinando para ello la ejecución de los planes y programas en materia de saneamiento

ambiental, atención médica a nivel primario y contraloría sanitaria, con el objeto de garantizar

la prestación de estos servicios de forma eficiente, eficaz y efectiva, para que los ciudadanos

reciban una atención médica de carácter preventiva, curativa y rehabilitadora, así como, de

educación sanitaria e información epidemiológica mediante la implementación de estrategias

destinadas a optimizar los procesos y satisfacer las necesidades básicas que demande la

colectividad en materia de salud.

ALCANCE:

La presente actuación estuvo orientada a evaluar de manera selectiva la legalidad, sinceridad y

exactitud de los procedimientos administrativos, presupuestarios, financieros y técnicos

relacionados con la recepción de recursos y la ejecución de los egresos efectuados por el

Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del Municipio Maracaibo (SAMAS), así

como, con los procesos de selección del contratista y administración de los contratos para la

adquisición de bienes, material médico quirúrgico, medicamentos y prestación de servicios,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2015; a tales efectos, durante el período

evaluado, el SAMAS emitió 162 órdenes de pago, de las cuales se procedió a revisar de

manera selectiva 74 órdenes de pago por un monto total de Bs. 15.290.543,16, que representan

el 45,67% de la órdenes de pago, seleccionadas a través de la técnica de muestreo

sistematizado. Asimismo, se revisaron los expedientes de contratación Nros. CA-ADM-

SAMAS-15-RO-001 “Contratación de Servicio de Hospitalización, Cirugía y Maternidad

(H.C.M) para los Empleados y Contratados” del Servicio Autónomo Sistema Municipal de

Salud Maracaibo (SAMAS) y CA-ADM-SAMAS-15-RO-002 “Contratación de Servicio de

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Alimentación (Modalidad: Tarjeta Electrónica) para los Empleados y Contratados del Servicio

Autónomo Sistema Municipal de Salud Maracaibo (SAMAS).

OBJETIVO GENERAL:

Evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de los procedimientos administrativos,

presupuestarios, financieros y técnicos relacionados con la recepción de recursos y la

ejecución de los egresos efectuados por el Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del

Municipio Maracaibo (SAMAS), así como, con el proceso de selección de contratista y

administración de los contratos para la adquisición de bienes, material médico quirúrgico,

medicamentos y prestación de servicios realizados durante el ejercicio económico financiero

2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

1. Se observó, que mediante dos (2) órdenes de pago emitidas para el ejercicio económico

financiero 2015, por Bs.128.755, 06, el SAMAS pagó reparación de vehículos y de aires

acondicionados los cuales fueron imputadas presupuestariamente a partidas que no

corresponden con la naturaleza y finalidad del gasto realizado. Al respecto, el artículo 38

numeral 1, de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal y el artículo 4 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la

Administración Financiera del Sector Público, sobre el sistema presupuestario. La situación

mencionada, se originó producto de las deficiencias por parte de los responsables del manejo y

administración del presupuesto del Servicio Autónomo, en cuanto al registro presupuestario de

los egresos y la aplicación del Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos, emanado de

la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), toda vez que este instrumento especifica las

características y naturaleza de los gastos ejecutados. Generando, que la información

presupuestaria presentada por el SAMAS carezca de confiabilidad, veracidad y exactitud, no

siendo útil a los fines de análisis presupuestario y de control.

2. Se constató, que el SAMAS pagó a través de ocho (8) órdenes de pago que asciende a un

monto total de Bs 789.042,18, la adquisición de bienes y servicios, sin haber realizado el

proceso de contratación correspondiente, observándose que por su cuantía debió realizarse

bajo la modalidad de consulta de precio. Al respecto, el artículo 38, numeral 5 del primer

aparte de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de

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Control Fiscal y el artículo 96 numerales 1 y 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley

de Contrataciones Públicas. Lo expuesto anteriormente, se origina por deficiencias en la

aplicación de mecanismos de control interno por parte de la Unidad Contratante del Servicio

Autónomo, dirigido a la aplicación de la modalidad de selección de contratista que

corresponda según la cuantía de los bienes y servicios a adquirir. Generando como

consecuencia, vulnerabilidad en los principios de legalidad y transparencia que deben

prevalecer en los procesos de contrataciones públicas.

3. De la revisión efectuada a los procesos de selección de contratistas signados con los

Nros. CP-SAMAS-10-2015 y CP-SAMAS-15-2015 por Bs.18.880, 06 y Bs. 23.326,69

respectivamente, realizados bajo la modalidad de consulta de precios, se constató que la

Unidad Contratante no efectuó el Informe de Recomendación de la Adjudicación. No obstante,

el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas y los

artículos 2 y 111 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas. Lo expuesto, obedece

a la inobservancia por parte de la unidad contratante del SAMAS de los procedimientos de

selección de contratistas establecidos en la normativa legal. Trayendo como consecuencia, que

se efectuara la adjudicación sin considerar los aspectos legales, financieros y técnicos de las

empresas participantes, afectando la legalidad y transparencia de los procesos de

contrataciones públicas efectuados.

4. La Unidad Contratante del SAMAS, no elaboró el presupuesto base correspondientes a los

procesos de contrataciones efectuados bajo la modalidad de consultas de precios signados con

los Nros. CP-SAMAS-10-2015 y CP-SAMAS-15-2015 que ascienden a un monto total de Bs.

42.206,75. No obstante, el artículo 59 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas y los artículos 7 y 93 del Reglamento de la Ley de Contrataciones

Públicas. Lo mencionado, obedece a la ausencia de mecanismos de control interno

relacionados con la ejecución de la fase previa de los procesos de selección de contratista por

parte de la Unidad Contratante del SAMAS, respectivamente en cuanto a la preparación del

presupuesto base donde se estimen los precios unitarios por rubros. Lo que genera, que no se

pueda determinar la razonabilidad y precios justos de las ofertas presentadas, afectando los

principios de legalidad, transparencia, economía y competencia que deben prevalecer en la

administración pública.

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216

CONCLUSIÓN.

De la actuación fiscal practicada para el ejercicio económico financiero 2015, orientado a la

evaluación de la legalidad, sinceridad y exactitud de los procedimientos administrativos,

presupuestarios, financieros y técnicos relacionados con la recepción de recursos y la

ejecución de los egresos efectuados por el Servicio Autónomo Sistema Municipal de Salud del

Municipio Maracaibo (SAMAS), así como, con el proceso de selección de contratistas y

administración de los contratos para la adquisición de bienes, material médico quirúrgico,

medicamentos y prestación de servicios realizados; se concluye que el órgano evaluado,

presenta debilidades vinculadas a la legalidad, sinceridad y exactitud de los egresos

ejecutados, por cuanto existen gastos que fueron imputados a una partida presupuestaria que

no se corresponde con la naturaleza del servicio presentado; así mismo, se crearon partidas

subespecificas sin la aprobación de la Alcaldesa. De igual manera, se detectaron deficiencias

en la planificación de las contrataciones a efectuar, toda vez que no fue remitido al SNC, la

programación de la adquisición de bienes y prestación de servicios a ejecutar en el 2015. Por

otra parte, se detectaron debilidades en los procesos de selección de contratistas y

administración de los contratos ejecutados por el SAMAS, en virtud, de la ausencia de la

aplicación de la modalidad de selección de contratistas para la adquisición de bienes y

prestación de servicios, los cuales debían proceder por consulta de precios; así mismo, no se

conformaron los expedientes de dos (02) contrataciones ejecutadas, la unidad contratante del

SAMAS no efectuó el informe de recomendación de la adjudicación, ni el presupuesto base de

dos (02) procedimientos de contrataciones. Adicionalmente, las invitaciones a participar no

presentan firma y sello en señal de haber sido recibidas, igual situación se presenta con la

orden de compra utilizada como contrato y la notificación de la adjudicación. Por último, los

expedientes de dos (02) contrataciones efectuadas bajo la modalidad de concurso abierto no

presentan documentos tales como: notificación al beneficiario de la adjudicación, acta de

terminación, recepción definitiva de los servicios, evaluación o desempeño del contratista.

RECOMENDACIONES

En virtud de las observaciones formuladas en este informe y con el firme propósito de que

éstas sean subsanadas, en beneficio de una gestión administrativa eficiente, este Órgano de

Control presenta las siguientes recomendaciones:

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1. Imputar presupuestariamente los gastos de acuerdo a la naturaleza del bien adquirido o del

servicio prestado considerando lo establecido en el clasificador presupuestario de recursos y

egresos emanado de la ONAPRE, con la finalidad de generar información presupuestaria,

confiable, veraz y útil para el análisis presupuestario y de control.

2. Aplicar la modalidad de selección de contratista que corresponda según la cuantía de los

bienes y servicios a adquirir por el Servicio Autónomo, a los fines de garantizar la obtención

de los precios más justos y razonables a los intereses del Servicio Autónomo privilegiando los

principios de legalidad, transparencia y libre competencia que deben prevalecer en los

procesos de contrataciones públicas.

3. Elaborar el Informe de Recomendación de la Adjudicación de los procesos de selección de

contratistas efectuados, considerando los aspectos legales, financieros y técnicos de las

empresas participantes, a los fines de garantizar la selección de la empresa con mejor

calificación y que la oferta sea la más favorable para el SAMAS.

4. Preparar el presupuesto base en todas las contrataciones a ejecutar, con la finalidad de

contar con una estimación de precios unitarios por rubro, que permita verificar que los precios

ofertados sean justos y razonables, en aras del uso eficiente de los recursos presupuestarios y

financieros.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe Definitivo

Nº DCAC-020-2016 de fecha 19/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DCAC-020-2016 de fecha 19/12/2016.

Informe Definitivo Nº DCAD-021-16

de fecha 19/12/2016

Órgano: Servicio Autónomo Centro de Procesamiento Urbano de Maracaibo (CPU)

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO

El Servicio Autónomo Centro de Procesamiento Urbano de Maracaibo (CPU), es un

organismo de la administración pública municipal, sin personalidad jurídica, con autonomía

funcional, financiera, presupuestaria y de gestión, adscrito a la Dirección General Ejecutiva de

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la Alcaldía de Maracaibo; creado mediante Decreto Nº 286, publicado en Gaceta Municipal de

Maracaibo Extraordinario Nº 070 de fecha 23/12/2003, cuyo objeto es el aseguramiento de la

calidad en la prestación del servicio de Catastro, Planificación y Ordenamiento Urbano de

Maracaibo a través de la implementación de procesos de gestión, técnicos y operativos,

enmarcados en la cultura de la optimización, de manera que sean ejecutados, efectiva,

eficiente y eficazmente, para satisfacer las expectativas de los usuarios y en beneficio de la

colectividad marabina, propendiendo a la elevación de la calidad de vida del ciudadano.

ALCANCE

La presente actuación fiscal estuvo orientada a evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de

los procedimientos administrativos, presupuestarios, financieros y técnicos relacionados con la

recepción de recursos y la ejecución de los egresos efectuados por el Servicio Autónomo

Centro de Procesamiento Urbano de Maracaibo (CPU), así como, lo relacionado con la

administración del Recurso Humano del referido servicio, durante el ejercicio económico

financiero 2015; a tales efectos, se procedió a revisar de manera exhaustiva las cuentas que

conforman los Estados Financieros y la Ejecución Financiera del Presupuesto de Recursos,

durante el período objeto de la presente actuación; así mismo, se consideró una muestra de 257

órdenes de pago emitidas por el CPU, que representan el 52.99%, y ascienden a Bs.

41.913.042,77 del universo de 485 órdenes de pago, para efectuar el análisis de los

documentos que avalan los gastos, de igual forma, en el área de Recursos Humanos del total

de 138 trabajadores se tomó una muestra de 42 de los mismos que representan el 30%, para

verificar los pagos y deducciones efectuados a través de las nóminas de pago para los meses

de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre, así como, para comprobar la

conformación de los expedientes del personal

OBJETIVO GENERAL:

Evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de los procedimientos administrativos,

presupuestarios, financieros y técnicos relacionados con la recepción de recursos y la

ejecución de los egresos efectuados por el Servicio Autónomo Centro de Procesamiento

Urbano de Maracaibo (CPU) así como lo relacionado con la administración del Recurso

Humano del referido servicio, durante el ejercicio económico financiero 2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN

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1. El Servicio Autónomo Centro de Procesamiento Urbano de Maracaibo (CPU), no dispone

de un Manual de Normas y Procedimientos que regule los procesos administrativos,

presupuestarios, financieros y técnicos, ejecutados durante el ejercicio económico financiero

2015. Al respecto, el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Esta situación, obedece a que la máxima autoridad

del CPU, no se abocó a la elaboración, aprobación e implementación del referido Manual, a

fin de garantizar la uniformidad y la estandarización de los procesos administrativos,

presupuestarios, financieros y técnicos del CPU; generando que los procesos se ejecuten sin

criterios técnicos definidos y de manera discrecional, lo que incide en la gestión del Servicio

Autónomo. Hecho del cual se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 25/11/2016.

2. Se constató que para el ejercicio económico financiero 2015, el CPU ejecutó catorce

(14) procesos de contrataciones bajo la modalidad de consulta de precios, que totaliza

Bs. 1.386.912,00, por concepto de reparación y adquisición de repuestos para vehículos,

constatándose que la empresa adjudicada no se encuentra inscrita en el Registro Nacional de

Contrataciones. Al respecto, el artículo 47 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas. Esto se debe, a la ausencia de mecanismos de control interno por

parte de la unidad contratante, dirigidos a verificar la inscripción ante el Registro Nacional de

Contratistas de las empresas participantes en los procesos de contrataciones; en consecuencia,

se contrató a empresas que no cuentan con la capacidad técnica, legal y financiera para

contratar con la Administración Pública, no garantizando la legalidad y transparencia que debe

prevalecer en los procesos de contrataciones públicas. En este sentido, se procedió a levantar

Acta en fecha 25/11/2016.

3. Para el ejercicio económico financiero 2015, la nómina de personal contratado por el

Servicio Autónomo Centro de Procesamiento Urbano de Maracaibo, está conformada por 46

trabajadores de los cuales 35 fueron contratados para ejercer profesiones, no obstante, se

constató que ejercen funciones inherentes a los cargos vacantes contemplados en su estructura

posicional. No obstante, el artículo 37 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Tal

situación, obedece a la inobservancia de las máximas autoridades del Servicio Autónomo de

Procesamiento Urbano de Maracaibo de la normativa legal que regula las relaciones laborales,

al suscribir contratos de personal sin especificar el cargo a ejercer, lo antes expuesto, podría

incidir negativamente en el cumplimiento de las actividades y objetivos planteados, debido a

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que no se puede establecer con precisión las funciones y actividades a desempeñar por el

personal contratado, evadiéndose así la responsabilidad por las labores desempeñadas. En este

sentido, se procedió a levantar Acta Fiscal en fecha 25/11/2016, para dejar constancia de lo

antes expuesto.

CONCLUSIÓN

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal dirigida a evaluar aspectos administrativos,

legales, presupuestarios y financieros, relacionados con la captación de los ingresos y la

ejecución del gasto del CPU, así como, lo relacionado con la administración del Recurso

Humano del referido servicio, para el ejercicio económico financiero 2015, se concluye que

existen debilidades de control interno, por cuanto no disponen del Manual de Normas y

Procedimientos, que regule los procesos administrativos, financieros, presupuestarios y

técnicos. De igual manera, existen deficiencias en la legalidad y sinceridad de los egresos,

toda vez que se efectuaron contrataciones con empresas que no se encuentran registradas en el

Registro Nacional de Contratistas. Por otra parte, se detectaron deficiencias en la

administración del personal adscrito al CPU, se efectuó la suscripción de Contratos de

Personal sin establecer el cargo a desempeñar, determinándose que cumplen labores en los

cargos vacantes. Tales observaciones, inciden negativamente en el desarrollo y

funcionamiento de la gestión administrativa del CPU.

RECOMENDACIONES

En virtud de la importancia de las observaciones señaladas en el presente informe y con el

firme propósito de que estas sean subsanadas, en beneficio de una gestión administrativa y

operativa eficaz y eficiente del Servicio Autónomo Centro de Procesamiento Urbano de

Maracaibo (CPU); este órgano de control fiscal externo presenta las siguientes

recomendaciones:

1. Elaborar, aprobar e implementar el Manual de Normas y Procedimientos que regule los

procesos administrativos, presupuestarios, financieros y técnicos, así como, la publicación en

Gaceta Municipal del acto administrativo de la aprobación del referido manual, con la

finalidad que los procesos se ejecuten con criterios técnicos definidos.

2. Verificar la inscripción ante el Registro Nacional de Contratistas de las empresas

participantes en los procesos de contrataciones, con la finalidad de constatar que dispongan de

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capacidad técnica, legal y financiera para contratar con la Administración Pública,

garantizando la legalidad y transparencia que debe prevalecer en los procesos de

contrataciones públicas.

3 Especificar en los contratos de personal el cargo a ejercer, con el fin de establecer con

precisión las funciones y actividades a desempeñar, así como, la responsabilidad asignada al

personal contratado.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe Definitivo

Nº DCAC-021-2016 de fecha 19/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-0231-2016 de fecha 19/12/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-022-16

de fecha 16/12/2016

Órgano: Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de Maracaibo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de Maracaibo, se crea mediante Decreto

Nº 082, de fecha 31/10/2001 publicado en Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinario Nº

319 de fecha 05/11/2001, como un Servicio Autónomo sin personalidad jurídica, con

autonomía funcional y financiera, adscrito al Despacho del Alcalde, su objetivo es la

administración directa de los servicios que preste la Plaza de Toros, pudiéndose arrendar, dar

en comodato, celebrar convenios y contratos de servicios, de cooperación de espectáculos

públicos y privados, musicales, teatrales, religiosos, recreacionales, taurinos, en forma parcial

o total en sus espacios, inclusive en el área de estacionamiento, fijando los respectivos

cánones, tasas, contribuciones o cualquier modalidad pecuniaria legalmente permitida;

recaudarlas y administrarlas para el funcionamiento del Servicio y cualquier otra área que a

bien tenga que implementar previendo la posibilidad presupuestaria y financiera, a fin de

garantizar el servicio adecuado a los usuarios de conformidad con el ordenamiento jurídico

sobre la materia, propondrá planes, programas y proyectos relacionado con el servicio,

enfocado desde el punto de vista social, así como el aseguramiento de la calidad en la

prestación del servicio.

ALCANCE:

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La actuación fiscal se orientó a la evaluación de la legalidad, sinceridad y exactitud de los

procedimientos administrativos, presupuestarios, financieros y técnicos, relacionados con la

recepción de recursos y la ejecución de los egresos efectuados por el Servicio Autónomo Plaza

de Toros de Maracaibo (SAPLAZ), así como, lo relacionado con la administración del

Recurso Humano adscrito al referido Servicio, correspondiente al ejercicio económico

financiero 2015. A tales efectos, del total de los ingresos recaudados que ascienden a la

cantidad de Bs. 8.728.990,47, se procedió a revisar de manera selectiva los ingresos percibidos

durante los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, que totalizan Bs. 2.893.499,01, los

cuales representan el 33,15%.

Asimismo, durante el periodo evaluado el SAPLAZ emitió 186 órdenes de pago de las cuales

se revisaron 56 que totalizan Bs. 5.511.877,78 las cuales representan el 30%. Adicionalmente,

a los efectos de evaluar los procedimientos vinculados con la administración del recurso

humano, se revisaron los expedientes de personal de 5 trabajadores, que representan el 30% de

un total de 15 trabajadores, que conforman la nómina del Servicio Autónomo. Además de

revisar de manera exhaustiva las obligaciones laborales correspondientes al aporte patronal

por concepto a Seguro Social Obligatorio y Pérdida Involuntaria de Empleo.

Es importante destacar, que las muestras fueron seleccionadas a través de la técnica de

muestreo aleatorio simple.

OBJETIVO GENERAL:

Evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de los procedimientos administrativos,

presupuestarios, financieros y técnicos, relacionados con la recepción de recursos y la

ejecución de los egresos efectuados por el Servicio Autónomo Plaza de Toros de Maracaibo

(SAPLAZ), así como, lo relacionado con la administración del Recurso Humano adscrito al

referido servicio, correspondiente al ejercicio económico financiero 2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

1. Se constató para el ejercicio económico financiero 2015, que el Servicio Autónomo Plaza

de Toros Monumental de Maracaibo (SAPLAZ), elaboró su Reglamento Interno según consta

en acta de sesión de Junta Directiva Ordinaria Nº SJD-O-SAPLAZ-036-15 de fecha

09/12/2015, sin embargo, el mismo no fue sometido a la aprobación de la Alcaldesa del

Municipio Maracaibo. Sobre el particular, el artículo 3 literal h) del Decreto Nº 082, mediante

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el cual se crea el Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de Maracaibo. Lo

anteriormente, obedece a que las máximas autoridades del Servicio Autónomo, no efectuaron

las gestiones pertinentes, dirigidas a someter a la aprobación el referido instrumento a la

Alcaldesa del Municipio Maracaibo, esta situación, trae como consecuencia, que el

instrumento normativo que regula la organización y funcionamiento del Servicio Autónomo

carezca de legalidad. De este hecho se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 15/11/2016.

2. Se constató que el Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de Maracaibo

(SAPLAZ), para el ejercicio económico financiero 2015, pagó a través de tres (3) órdenes de

pago que asciende a un total de Bs. 95.918,60, por concepto de servicios prestados, sin haber

realizado el proceso de contratación correspondiente, observándose que por su cuantía debió

realizarse bajo la modalidad de consulta de precios. Al respecto, el artículo 38, numeral 5 del

primer aparte de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal. Lo expuesto anteriormente, es originado por la ausencia de

mecanismos de control interno relacionado con la supervisión, control y evaluación en los

procesos de contratación por parte de la unidad usuaria efectuados por el Servicio Autónomo,

en virtud de la aplicación de la modalidades de selección de contratista prevista en la

respectiva Ley, lo que trae como consecuencia, vulnerabilidad en los principios de legalidad,

transparencia, economía e igualdad que deben prevalecer en el ejercicio de la administración

pública. De este hecho se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 15/11/2016.

3. Se constató que el Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de Maracaibo

(SAPLAZ), no enteró durante el ejercicio económico financiero 2015, el aporte patronal por

concepto de Seguro Social Obligatorio, cuyo monto asciende a Bs. 139.010,72 y el

correspondiente por concepto de Pérdida Involuntaria de Empleo de Bs. 27.802,09. Al

respecto, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Seguro Social, en su artículo 62.

Lo antes mencionado, obedece a que el Servicio Autónomo no cuenta con la suficiente

disponibilidad en las partidas presupuestarias, correspondientes al aporte patronal exigido por

el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, para ser cancelado simultáneamente con la

retención efectuada al personal; en consecuencia, el personal adscrito al SAPLAZ, no se

encuentra protegido por un sistema de seguridad social que les garantice en las contingencias

de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y

cesantía estos beneficios sociales, aunado que el Servicio Autónomo se expone al pago de

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224

intereses de mora y la imposición de sanciones previstas en la normativa que regula el sistema

de seguridad social de Venezuela. De este hecho se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha

15/11/2016.

CONCLUSIÓN.

Con fundamento en los resultados obtenidos de la Actuación Fiscal dirigida a evaluar la

legalidad, sinceridad y exactitud de los procedimientos administrativos, presupuestarios,

financieros y técnicos, relacionados con la recepción de recursos y la ejecución de los egresos

efectuados por el Servicio Autónomo Plaza de Toros de Maracaibo (SAPLAZ), así como lo

relacionado con la administración del Recurso Humano adscrito al referido Servicio,

correspondiente al ejercicio económico financiero 2015, se constató debilidades en el sistema

de control interno relacionadas con la ausencia de la aprobación del Reglamento Interno por

parte de la Alcaldesa del Municipio Maracaibo, siendo este instrumento el que permite regular

el funcionamiento y organización del Servicio Autónomo, así mismo, se determinó que existen

deficiencias relacionadas con la legalidad, sinceridad y exactitud de los recursos asignados,

toda vez que existen diferencias entre los registros contables y los presupuestarios de los

ingresos propios recaudados. De igual manera, se observaron debilidades en la ejecución de

los gastos, por cuanto se constataron desembolsos, sin haber realizado el proceso de

contratación correspondiente; por último, en lo referente a las obligaciones patronales, no

enteró durante el ejercicio económico financiero 2015, el aporte patronal por concepto de

Seguro Social Obligatorio y el correspondiente por concepto de Pérdida Involuntaria de

Empleo.

RECOMENDACIONES

En virtud de las observaciones efectuadas por este Órgano de Control Fiscal Externo y con la

finalidad que sean subsanadas y atendidas en beneficio de una gestión eficiente y eficaz, que

tienda a optimizar los procesos administrativos relacionados con la recepción de recursos y la

ejecución de los egresos efectuados por el Servicio Autónomo Plaza de Toros de Maracaibo

(SAPLAZ), así como, lo relacionado con la administración del Recursos Humano adscrito al

referido Servicio, se recomienda:

1. Efectuar las gestiones necesarias tendentes a la aprobación del Reglamento Interno del

Servicio Autónomo Plaza de Toros Monumental de Maracaibo (SAPLAZ), por parte la

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Alcaldesa del Municipio Maracaibo; con la finalidad de proporcionarle legalidad al

instrumento normativo que regula su organización y funcionamiento.

2. Aplicar las modalidades de selección de contratistas que corresponda según la cuantía de

los servicios a prestar, con la finalidad de garantizar la escogencia de la oferta que más

favorezca al Servicio Autónomo; en aras de privilegiar los principios de legalidad,

transparencia, economía e igualdad que deben prevalecer en las contrataciones públicas.

3. Emprender las acciones tendentes a obtener los recursos necesarios suficientes para cubrir

los gastos correspondientes al aporte patronal por conceptos de Seguro Social Obligatorio y de

Pérdida Involuntaria de Empleo; a fin de garantizar que los funcionarios adscritos al SAPLAZ,

se encuentren protegidos por el Sistema de Seguridad Social Venezolano, además de evitar el

pago de intereses de mora y la imposición de sanciones por la acumulación de pasivos

laborales por los conceptos antes indicados.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe Definitivo

Nº DCAC-022-2016 de fecha 16/12/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-022-2016 de fecha 19/12/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-023-16

de fecha 21/12/2016

Órgano: Sindicatura Municipal de Maracaibo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ÓRGANO EVALUADO

La Sindicatura Municipal de Maracaibo tiene por objeto apoyar jurídicamente al Poder

Público Municipal, estructurado con el fin de representar y defender al Municipio en sus

derechos, bienes e intereses, así como también, en la solución de conflictos que vayan en

beneficio de la comunidad, manteniendo como fundamento los principios de democracias,

eficacia, eficiencia justicia y participación ciudadana. La Sindicatura es un organismo que se

rige según lo establecido en la Ordenanza Sobre la Organización y Funcionamiento de la

Sindicatura Municipal Maracaibo, publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 005 de

fecha 26 de junio del 2006

ALCANCE:

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226

La presente actuación se circunscribió al ejercicio económico financiero 2015, la misma

estuvo orientada a evaluar la legalidad y sinceridad de los procesos y operaciones ejecutadas

por la Sindicatura Municipal de Maracaibo y el cumplimento de la misión, objetivos y metas

programadas en el Plan Operativo Anual, así como, la eficacia, eficiencia, economía e impacto

de su gestión, durante el ejercicio económico financiero 2015; en tal sentido, se analizaron y

revisaron de manera exhaustiva los objetivos y metas establecidas en los instrumentos de

planificación y evaluación de gestión realizada por la Sindicatura Municipal de Maracaibo.

OBJETIVO GENERAL:

Evaluar la legalidad y sinceridad de los procesos y operaciones ejecutadas por la Sindicatura

Municipal de Maracaibo y el cumplimiento de la misión, objetivos y metas programadas en el

Plan Operativo Anual. Así como, la eficacia, eficiencia, economía e impacto de su gestión,

durante el ejercicio económico financiero 2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

1. Se constató que para el ejercicio económico financiero 2015, la Sindicatura del Municipio

Maracaibo, no dispone del Reglamento Interno que regule su estructura, organización y

funcionamiento. Al respecto, el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema de Control Fiscal. Asimismo, el artículo 3 de la Ordenanza Sobre la

Organización y Funcionamiento de la Sindicatura Municipal de Maracaibo. Lo antes

mencionado, obedece a que las máximas autoridades de la Sindicatura Municipal, no han

emprendido las acciones pertinentes para la elaboración, aprobación e implementación del

instrumento normativo que regule la estructura, organización y funcionamiento del órgano, lo

que ocasiona que las funciones de las diferentes dependencias que conforman la estructura

organizativa del órgano, así como, las atribuciones y niveles de autoridad no se encuentren

formalmente establecidas en el referido instrumento normativo, vulnerando el principio de

legalidad y transparencia que deben prevalecer en la gestión de la administración pública. De

este hecho se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 14/11/2016.

2. De la revisión efectuada al Plan Operativo Anual y el Informe de Gestión ambos del

ejercicio económico financiero 2015 de la Sindicatura Municipal de Maracaibo, se constató

que cuarenta y un (41) acciones vinculadas a nueve (9) metas físicas cuya ejecución no

alcanzó lo programado en valores que oscilan entre el 24,5% y 96,87%, sin evidenciarse los

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ajustes correspondientes al referido Plan Operativo anual. No obstante, el artículo 19 de la Ley

Orgánica de la Administración Pública. De igual forma, los artículos 6 numeral 6, 22 y 87 del

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular.

Asimismo, el artículo 16 de la Resolución Nº 01-00-00-015 “Normas Generales de Control

Interno”, emanadas de la Contraloría General de la República. Tal situación, obedece a

debilidades en el Control y Seguimiento a la ejecución del Plan Operativo Anual por parte de

la autoridad competente, que permita efectuar oportunamente los ajustes necesarios. Lo que

dificulta la medición de la gestión de la Sindicatura Municipal en términos de eficacia, al no

existir vinculación entre el instrumento de planificación y el de medición de la gestión. De este

hecho se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 14/11/2016.

3. De la revisión efectuada al Plan Operativo Anual y el Informe de Gestión ambos del

ejercicio económico financiero 2014 del Concejo Municipal de Maracaibo, se constató que

diez (10) acciones vinculadas a cinco (5) metas físicas fueron superadas en valores que oscilan

entre el 111,11% y 523%, sin evidenciarse los ajustes correspondientes al referido Plan

Operativo anual (Ver Anexo Nº 2). Al respecto, los artículos 6 numeral 6, 22 y 87 del Decreto

con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular. Tal situación,

obedece a debilidades en el Control y Seguimiento a la ejecución del Plan Operativo Anual

por parte de la autoridad competente, que permita efectuar oportunamente los ajustes

necesarios. Lo que dificulta la medición de la Sindicatura Municipal en términos de eficacia,

al no existir vinculación entre el instrumento de planificación y el de medición de la gestión.

De este hecho se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 14/11/2016.

CONCLUSIÓN

De la actuación fiscal practicada para el ejercicio económico financiero 2015, orientada a

evaluar la legalidad y sinceridad de los procesos y operaciones ejecutadas por la Sindicatura

Municipal de Maracaibo y el cumplimento de la misión, objetivos y metas programadas en el

Plan Operativo Anual, así como, la eficacia, eficiencia, economía e impacto de su gestión,

durante el ejercicio económico financiero 2015, este órgano de control evidenció que existen

debilidades de control interno, por cuanto, la Sindicatura Municipal de Maracaibo no cuenta

con un Reglamento Interno que regule su estructura, organización y funcionamiento, de igual

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manera, se constataron debilidades en el seguimiento y evaluación de la gestión, toda vez que

no se practicaron los ajustes al Plan Operativo Anual, afectando la eficacia de la gestión.

RECOMENDACIONES

En virtud de la importancia de las observaciones señaladas, y con firme propósito de que estas

sean subsanadas a los fines de lograr una gestión más eficaz y eficiente que beneficie a la

colectividad del Municipio de Maracaibo, este Órgano Contralor Fiscal Municipal,

recomienda:

1. Elaborar, aprobar e implementar el Reglamento Interno, que regule la estructura,

organización y funcionamiento de la Sindicatura Municipal, así mismo, publicar en Gaceta

Municipal el acto administrativo mediante el cual se apruebe dicho instrumento. Con la

finalidad que las funciones de las diferentes dependencias que la conforman, así como, las

atribuciones y niveles de autoridad se encuentren formalmente establecidas en el referido

instrumento normativo.

2.- Establecer mecanismos para el control y seguimiento a los objetivos y actividades

programadas en el Plan Operativo Anual de la Sindicatura Municipal, con el fin de evaluar el

comportamiento de las metas previstas y realizar los ajustes necesarios, lo cual contribuye a

medir la gestión en términos de eficacia.

3. Efectuar oportunamente el seguimiento, evaluación y control del Plan Operativo Anual, que

permita detectar oportunamente las desviaciones en el cumplimiento de las metas y la

aplicación de los correctivos necesarios, con la finalidad de garantizar la consecución de los

objetivos y metas propuestas, en aras de maximizar la gestión del órgano.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe Definitivo

Nº DCAC-023-16 de fecha 21/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC- DCAC-023-16 de fecha 21/12/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-024-16

de fecha 28/10/2016

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Órgano: Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía de Maracaibo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, fue creada mediante

Decreto N° 131 de fecha 03/06/2002, publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo

Extraordinaria N° 370 de fecha 03/06/2002, como organismo técnico para ejercer el control

fiscal, capacitado para actuar con celeridad en las actuaciones de control fiscal.

Posteriormente, en fecha 04 de febrero de 2003, se revoca el Decreto N° 131, mediante

Decreto N° 198, publicado en Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinaria N° 007, de

fecha 07/02/2003, y en consecuencia se suprime la Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía

de Maracaibo creándose la Contraloría Municipal de Auditoría y Control Interno.

Seguidamente, en Resolución N° 001, de fecha 22 de septiembre de 2003, publicada en Gaceta

Municipal de Maracaibo N° 062, de fecha 23/9/2003, se aprueba el Organigrama Estructural

de la Unidad de Auditoría Interna, en Gaceta Municipal de Maracaibo N° 036, de fecha 23 de

Mayo de 2006, se publica el Decreto N° 051, referido a las Normas Generales de Control

Interno, donde vuelve a tomar el nombre de Auditoría Interna.

ALCANCE:

La actuación fiscal estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las acciones

correctivas presentadas por la máxima autoridad de la Unidad de Auditoría Interna de la

Alcaldía de Maracaibo, mediante oficio N° UAI-0192-15 de fecha 20/07/2015, en atención a

las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo N° DCAC-023-2015 de fecha

02/06/2015, notificado mediante oficio N° DC-DCAC-1-0394-2015 de fecha 03/06/2015. A

tales efectos, se evaluó la gestión realizada por la Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía

de Maracaibo; durante los meses Agosto a Diciembre del año 2015, en relación a las

operaciones vinculadas con el uso, resguardo y estado de conservación de los bienes muebles

asignados a la referida Unidad. Asimismo, se revisaron de manera exhaustiva diez (10)

actuaciones fiscales practicadas por la Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía de

Maracaibo, en el referido período, que representan el 100%.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por la máxima

autoridad de la Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía de Maracaibo, mediante oficio

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N°UAI-0192-15 de fecha 20/07/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en

Informe Definitivo N° DCAC-023-2015 de fecha 02/06/2015, notificado mediante oficio

N° DC-DCAC-1-0394-2015 de fecha 03/06/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la Unidad de Auditoría

Interna de la Alcaldía de Maracaibo, en fecha 20/07/2015, mediante oficio UAI-0192-15, en

atención a las recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo N° DCAC-023-2015 de

fecha 02/06/2015 correspondiente a la auditoría dirigida al análisis de los aspectos legales,

estructura organizativa, capital humano y al uso, resguardo y estado de conservación de los

bienes muebles asignados a la referida Unidad, para el ejercicio económico financiero 2014, se

determinó que de ocho (08) acciones correctivas contenidas en el plan, siete (07) fueron

oficialmente ejecutadas y una (01) no ejecutada. En tal sentido, se obtuvo como resultado:

1. En relación a la recomendación que se refiere a “Implementar oportunamente en cada

actuación fiscal mecanismos de conformación, revisión y supervisión en cuanto a los papeles

de trabajo que soportan los informes de auditoría, con la finalidad de cumplir con los

principios de legalidad y transparencia que debe prevalecer en la gestión pública” la Unidad de

Auditoría Interna, formuló la siguiente acción correctiva “Dar cumplimiento en forma

inmediata a la recomendación del órgano de control externo, siendo más estrictos en la

exigencia de los soportes que sustentan los informes (Papeles de Trabajo)”. Sobre el

particular, se procedió a la verificación de diez (10) actuaciones fiscales, efectuadas por la

Unidad de Auditoría durante los meses de Agosto a Diciembre 2015, constatándose que las

mismas contienen los papeles de trabajo que conforman los hallazgos respectivos,

considerándose oficialmente ejecutada la acción correctiva.

2. En relación a la recomendación sobre “Unificar de forma inmediata los informes y los

papeles de trabajo en un expediente único generado de la Auditoría, con el propósito de lograr

organización y localización oportuna” por lo tanto, la Unidad de Auditoría Interna, formuló la

siguiente acción correctiva “Implementar un nuevo sistema de archivos en donde tanto los

informes preliminar y definitivo como los papeles de trabajo conforman un único expediente

con el sentido y la lógica requerida”. Sobre el particular, de la revisión efectuada a las diez

(10) actuaciones fiscales practicadas por la Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía de

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231

Maracaibo, se constató que toda la documentación que conforman los papeles de trabajo, así

como los informes preliminares y definitivo, se hallaban archivados en un único expediente,

encontrándose organizados en orden cronológico, por lo tanto, la acción correctiva esta

oficialmente ejecutada.

3. Con respecto a la recomendación que concierne a “Implementar inmediatamente en cada

actuación fiscal la elaboración de índice de auditoría e incorporarlo en los papeles de trabajo,

con el fin de garantizar una pertinente orientación a terceras personas al momento de la

revisión y ubicación de los documentos que soportan las actuaciones realizadas” la Unidad de

Auditoría Interna, formuló la siguiente acción correctiva “Realizar de forma inmediata las

acciones necesarias para que tanto el índice de auditoría, la foliatura y las referencias de los

papeles de trabajo se elaboran con apego a las normas que lo establecen”. De la revisión

efectuada a los expedientes de auditorías correspondiente a las diez (10) actuaciones fiscales

practicadas por la Unidad de Auditoria Interna de la Alcaldía de Maracaibo en el período

comprendido desde Agosto hasta Diciembre 2015, se evidenció que contienen el índice

debidamente referenciado garantizando la ubicación de los documentos que soportan las

actuaciones realizadas, en tal sentido se considera oficialmente ejecutada la acción correctiva

antes mencionada.

4. En relación a la recomendación referida a “Velar permanentemente que la documentación

que justifica y sustente los hallazgos formulados en el informe de auditoría, contenga la

certificación correspondiente, garantizando así la exactitud y veracidad de los soportes” La

Unidad de Auditoría Interna, formuló la siguiente acción correctiva “Vigilar de manera

permanente, que los auditores, actuantes exijan la certificación de la documentación que

sustentan los hallazgos e implementar con carácter de obligatoriedad el levantamiento de actas

fiscales cuando haya motivos que los requieran”. De la revisión efectuada a los expedientes de

auditoría correspondiente a las diez (10) actuaciones fiscales practicadas por la Unidad de

Auditoría Interna durante los meses de Agosto a Diciembre 2015, que toda la documentación

que sustentan los hallazgos están debidamente certificadas por la autoridad competente

conteniendo la nota de certificación los datos siguientes: nombres, apellidos, número de cédula

de identidad y cargo del funcionario que certifica, gaceta oficial municipal o acto

administrativo de designación del cargo y fecha de publicación o emisión. Asimismo, firma

autógrafa del funcionario que certifica y sello húmedo de la dependencia auditada,

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garantizando así la exactitud y veracidad de los soportes de auditoría, por lo tanto, se

considera oficialmente ejecutada de esta acción correctiva.

5. En relación a la recomendación referida a “Supervisar permanentemente la realización del

Plan de Trabajo de la Auditoría, con la finalidad de permitir el mejor desarrollo en el

cumplimiento de tareas y objetivos plasmados, siendo el auditor interno quien debe velar por

el cumplimiento de esta recomendación” la Unidad de Auditoría Interna, formuló la siguiente

acción correctiva “Revisar exhaustiva y permanentemente la realización del Plan de auditoría

por cada auditor actuante”. Sobre el particular, se constató que previo a la ejecución de las

diez (10) actuaciones fiscales practicadas por la Unidad de Auditoria Interna de la Alcaldía de

Maracaibo, durante los meses de Agosto a Diciembre 2015, se efectuó la planificación de la

auditoría, en la cual se establecieron los objetivos generales y específicos, los procedimientos

a practicar para alcanzarlos, las técnicas a emplear y el cronograma o tiempo de ejecución

quedando esto plasmado en el programa de trabajo, por lo tanto, se considera oficialmente

acatada la acción correctiva.

6. Sobre la recomendación referida a “Incluir al momento de realizar el Plan Operativo Anual

de la Unidad los indicadores de gestión correspondientes a cada ejercicio fiscal, con el fin de

facilitar la evaluación sobre el cumplimiento y ejecución de las metas programadas”. Al

respecto a la Unidad de Auditoría Interna, formuló la siguiente acción correctiva “Evaluar el

cumplimiento y ejecución de las metas programadas en el Plan Operativo incluyendo los

indicadores de gestión presentados en la planificación correspondiente”. Se constató que la

Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía de Maracaibo, dispone de un sistema de

indicadores que le permiten medir en términos de eficacia y efectividad el cumplimiento de los

objetivos y metas programadas, por consiguiente la acción correctiva se considera

oficialmente ejecutada.

Adicionalmente, es importante destacar, que de la actuación fiscal objeto de seguimiento, no

fue ejecutada una (01) recomendación, desatendiendo lo establecido en el artículo 48 de la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

7. En cuanto a la recomendación referida a “Implementar mecanismos de revisión y

seguimiento permanentemente al instrumento técnico de gestión, a fin de detectar cualquier

desviación o error en las mismas, para realizar los ajustes necesarios que coadyuven al

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cumplimiento del mismo” la Unidad de Auditoría Interna, formuló la siguiente acción

correctiva “De acuerdo a la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular los ajustes y

modificaciones al Plan Operativo Anual se efectuarán, como se viene haciendo, cada trimestre

con la supervisión de la Oficina de Planificación y Desarrollo Organizacional de la Alcaldía de

Maracaibo”. De la comparación a los objetivos y metas contenidos en el Plan Operativo Anual

Ajustado al 31/03/2015 de la Unidad de Auditoría Interna y el informe de Gestión Anual al

cierre del ejercicio económico financiero 2015, se comprobó que existen cincuenta y cinco

(55) metas programadas y cuarenta y una (41) metas ejecutadas, evidenciándose disparidad en

ambos, en cuanto a la implementación de mecanismos de revisión y seguimiento a dichos

instrumentos técnicos de gestión, por lo tanto se considera no ejecutada esta acción correctiva.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento, dirigida a verificar el

cumplimiento del Plan de Acciones Correctivas, emprendidas por las máximas autoridades de

la Unidad de Auditoría Interna de la Alcaldía de Maracaibo, en atención a las

recomendaciones formuladas por este órgano de control, en el informe definitivo

Nº DCAD-023-2015 de fecha 02/06/2015, se concluye que de ocho (08) acciones correctivas

emprendidas por las autoridades de la Unidad de Auditoría Interna, se encuentran

Oficialmente Ejecutadas siete (07) que representa el (87,5%), y una (01) se encuentra no

ejecutada que representa el (12,5%), de las acciones. Por lo tanto, este Órgano de Control

Fiscal Municipal, reconoce las acciones promovidas por las autoridades de la Unidad de

Auditoría Interna de la Alcaldía de Maracaibo, a los fines de ejecutar una gestión eficiente y

eficaz, en cumplimiento de los principios que debe prevalecer en la Administración Pública.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

DCAC-024-16 de fecha 28/10/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DCAC-024-16 de fecha 28/10/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-025-2016

de fecha 19/10/2016

Órgano: Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT)

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CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

El Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), es creado

mediante Ordenanza de Creación y Funcionamiento del Servicio Desconcentrado de

Administración Tributaria, publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 223-2011 de

fecha 04/05/2011 y su reforma publicada en Gaceta Municipal Nº 318-2011 de fecha

08/11/2011. Su objeto es la administración del sistema de ingresos tributarios municipales, la

recaudación de tributos, multas, intereses, recargos y demás accesorios, así como, la

recaudación de los demás tributos municipales que sean atribuidos mediante ordenanza. Es un

servicio desconcentrado sin personalidad jurídica, con autonomía funcional y financiera y con

su propio Sistema Profesional de Recursos Humanos, organizado como una entidad de

carácter técnico adscrito al Despacho del Alcalde o Alcaldesa.

ALCANCE:

La Actuación Fiscal de Seguimiento, estuvo dirigida a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades del

Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), remitidas a

este órgano de control mediante oficio N° IMT-0539-15 de fecha 20/07/2015, en atención de

las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-019-2015 de fecha

18/05/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0353-2015 de fecha 19/05/2015. Al

respecto, se procedió a la revisión del Manual de Normas y Procedimientos del SEDEMAT,

Plan Operativo Anual 2015 y 2016, y cinco (5) contratos realizados a las Empresas

Recaudadoras para el año 2015 y cuatro (4) para el primer trimestre del año 2016, los cuales

representan el 100%

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas

autoridades del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria

(SEDEMAT), remitidas a este órgano de control mediante oficio N° IMT-0539-15 de fecha

20/07/2015, en atención de las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo

Nº DCAC-019-2015 de fecha 18/05/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0353-

2015 de fecha 19/05/2015.

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235

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN DE SEGUIMIENTO:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad del

Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), se determinó

que se presentaron cinco (5) acciones correctivas, de las cuales cuatro (4) acciones correctivas,

fueron oficialmente ejecutadas en su totalidad y una (1) no fue ejecutada.

En éste sentido las acciones correctivas ejecutadas son las siguientes:

El Informe Definitivo plantea como recomendación:“Implementar, en el menor tiempo

posible, mecanismos de control interno en cuanto a la supervisión e inclusión de los

procedimientos en el Manual de Normas y Procedimientos de la Oficina de Empresas

Recaudadoras, adscritas a la Gerencia de Cobranzas del Servicio Desconcentrado Municipal

de Administración Tributaria (SEDEMAT) tal y como son descritas en el Manual de

Organización, con el propósito de garantizar el eficaz funcionamiento del sistema en el área

operativa, unidad organizativa, programa, proyecto actividad y operaciones de la oficina

evitando así el incumplimiento de las funciones. Al respecto, El SEDEMAT, formuló la

siguiente acción correctiva: “Requerir a la Gerencia de Recursos Humanos la modificación y

ajuste inmediato del Manual de Normas y Procedimientos de la Oficina de Empresas

Recaudadoras, donde se detallen todas las funciones y operaciones reflejadas en el Manual de

Organización”. Al respecto se evidenció la emisión de instrumentos normativos bajo la figura

de Boletines, incorporados al Manual de Normas y Procedimientos de la Intendencia

Municipal Tributaria, los cuales detallan las funciones y operaciones de la Oficina de

Empresas Recaudadoras reflejadas en el Manual de Organización, siendo los siguientes:

Boletín de Normas y Procedimientos para evaluar continuamente el rendimiento de las

Empresas Recaudadoras del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración

Tributaria, Boletín de Normas y Procedimientos para el pago de comisiones a Empresas

Recaudadoras del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria, Boletín

de Normas y Procedimientos para establecer un catálogo de clientes únicos para las Empresas

Recaudadoras del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria, Boletín

de Normas y Procedimientos para evaluar los casos de contribuyentes sujetos a ser remitidos a

la Gerencia de Consultoría Jurídica para el análisis del Servicio Desconcentrado Municipal de

Administración Tributaria, constatándose su validación y aprobación por la Alcaldesa del

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Municipio Maracaibo en fecha 01/10/2015. De tal manera, que fue ejecutada la

recomendación formulada en el Informe Definitivo.

En el Informe Definitivo se planteó como recomendación: “Establecer de manera

inmediata, mecanismos de control interno referentes a la conformación de los documentos

que son parte integrante de los contratos suscritos entre la Administración Tributaria y las

Empresas Recaudadoras, con la finalidad de evitar vacíos de información al momento de la

ejecución de los contratos, aumentando así la veracidad de las operaciones realizadas por la

Gerencia de Cobranzas, en la selección y asignación de categorías por contribuyentes a las

empresas recaudadoras”. En tal sentido, el SEDEMAT planteó como acción correctiva la

siguiente: “Incorporar como parte integral de los contratos 2015, celebrados con todas las

Empresas Recaudadoras, entre ellas, ASESORES & CONSULTORES TRIBUTARIOS

ASECOT S.A. B&B ASESORES MUNICIPALES C.A. Y SEGECOM ZULIA, C.A. una clausula

donde se especifique la metodología de pago de comisiones a las mismas”. En tal sentido, de

la revisión efectuada a los contratos celebrados por el SEDEMAT, con las Empresas

Recaudadoras B&B Asesores Municipales C.A, Network & Control Ingeniería, C.A.,

Segecom Zulia, C.A, y con Asesores & Consultores Tributarios ASECOT, S.A, durante el

ejercicio económico financiero 2015 y primer trimestre del año 2016, se evidenció que en la

cláusula correspondiente a los honorarios profesionales como contraprestación de los servicios

profesionales de cobranza, se establecen los porcentajes equivalentes a la remuneración a

percibir de acuerdo a la categoría de contribuyente sobre quien se ejerce la acción de cobro,

considerando el rubro tributario, bien sea actividad económica, servicios municipales,

propaganda y publicidad, inmuebles urbanos e impuestos sobre vehículos. (Ver anexo N° 1).

Considerándose oficialmente ejecutada la recomendación plasmada en el Informe Definitivo.

Igualmente, se recomendó: “Implementar, en el menor tiempo posible, mecanismos de

supervisión en el proceso de elaboración y aprobación del Plan Operativo Anual de La

Oficina de Empresas Recaudadoras adscrita a la Gerencia de Cobranzas del Servicio

Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), para que el mismo

contenga los indicadores de gestión tal y como lo establece la Ley Orgánica de Planificación

Pública y Popular, con el fin de verificar, cuantificar y medir los objetivos y metas propuestas

por la oficina así como evaluar la eficacia, eficiencia e impacto del plan”. En este sentido, el

Servicio Desconcentrado indicó como acción correctiva: “Incorporar al Plan Operativo 2.015

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los indicadores de Gestión correspondientes”. Al respecto, se constató que el SEDEMAT

dispone de un sistema de indicadores de gestión que permite medir en términos de eficacia y

efectividad el grado de cumplimiento de los objetivos y metas propuestas por la Gerencia de

Cobranzas en el Plan Operativo 2015. Considerando de esta manera, oficialmente ejecutada la

recomendación formulada en el Informe Definitivo.

En el Informe Definitivo se planteó como recomendación: “Establecer de manera

inmediata mecanismos de seguimiento y control por parte de la Unidad Contratante en cuanto

a la ejecución y cumplimiento de la Responsabilidad Social implantada en los contratos

suscritos entre la Administración Tributaria y las Empresas Recaudadoras, con la finalidad

de minimizar las fallas presentadas entre la fecha en que se ejecuta el Compromiso de

Responsabilidad Social con la comunidad y la fecha en la cual el SEDEMAT demuestra haber

cumplido con la entrega del compromiso de responsabilidad”. Siendo formulada como acción

correctiva por el SEDEMAT lo siguiente: “Emanar una resolución que regule la metodología

de verificación de cumplimiento de la Responsabilidad Social. (Gerencia de Administración y

Bienes Públicos)”. Sobre el particular, se constató que la Intendente Municipal Tributario del

SEDEMAT, emitió Resolución N° IMT-GCJ-1577-2015 de fecha 30/07/2015, mediante la

cual instruye que se incorpore en el texto de todos los contratos que emanen del Órgano

Tributario Municipal una cláusula en la que se establezca la obligación de realizar el aporte de

Responsabilidad Social de conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas, publicada en Gaceta Oficial N° 6.154 Extraordinario de fecha

19/11/2014, así mismo, se indica en la referida Resolución que la Unidad de Seguimiento y la

Unidad Usuaria de Contratación, son las encargadas de verificar el cumplimiento de tal

instrucción. Considerándose oficialmente ejecutada la recomendación formulada.

Adicionalmente, es importante destacar, que de la actuación fiscal objeto de seguimiento, no

fue ejecutada una (01) recomendación, desatendiendo lo establecido en el artículo 48 de la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal,

siendo la siguiente:

En el Informe Definitivo se planteó como recomendación: “Adoptar oportunamente los

reajustes de los objetivos propuestos, ejecutando mecanismos adecuados que permitan el

seguimiento del Plan Operativo Anual, su evaluación continua y oportuna, con el propósito de

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detectar a tiempo cualquier desviación de los objetivos y metas programadas para poder

llevar a cabo la consecución de los ingresos equilibrando el eficiente manejo de los recursos

públicos, incidiendo favorablemente en los principios de eficiencia, solvencia, transparencia y

responsabilidad que debe prevalecer en el ejercicio de la función pública”. Siendo formulada

como acción correctiva por el SEDEMAT lo siguiente: “Remitir a la Unidad Administrativa

correspondiente (Oficina de Planificación y Control de Gestión) la Modificación y Ajuste del

Plan Operativo 2015”. A los fines de verificar la referida acción correctiva, se procedió a

revisar la ejecución de la meta contenida en el Plan Operativo Anual al 31/12/2015

correspondiente a la estimación presupuestaria de ingresos de la Gerencia de Cobranza,

constatándose que la ejecución de la meta supera lo programado, en este sentido no se

realizaron los ajustes o modificaciones a la meta programada en el Plan Operativo Anual

2015. Considerándose no ejecutada la recomendación formulada, hecho del cual se dejó

constancia en Acta Fiscal de fecha 17/10/2016.

CONCLUSIÓN.

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad del

Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT), remitidas a

este órgano de control mediante oficio N° IMT-0539-15 de fecha 20/07/2015, en atención de

las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-019-2015 de fecha

18/05/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0353-2015 de fecha 19/05/2015, se

concluye que de las cinco (5) acciones correctivas presentadas en el respectivo Plan de

Acciones Correctivas remitido por el Servicio Desconcentrado Municipal de Administración

Tributaria (SEDEMAT), mediante oficio Nº IMT-0539-15, de fecha 20/07/2015, se determinó

que tres (3) acciones fueron oficialmente ejecutadas las cuales representan el 80% y una (1)

acción no fue ejecutada, que representan el 20%.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

Nº DCAC-025-2016 de fecha 19/10/2016 y remitidos al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-2-025-16 de fecha 19/10/2016.

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Informe de Seguimiento Nº DCAC-027-16

de fecha 15/12/2016

Órganos: Consejo Municipal de derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo y el Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo.

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS ÓRGANOS EVALUADOS:

El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo

(COMUDENNAM), y el Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo, se crean mediante Ordenanza del Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas

y Adolescentes del Municipio Maracaibo, publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo Nº

168-2013 de fecha 20/08/2013, reformada mediante Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 242

de fecha 30/11/2015.

El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo,

es un órgano centralizado de la administración pública municipal, que gozará de la autonomía

establecida en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es de

naturaleza pública, deliberativa, consultiva y contralora, cuya finalidad es velar por la garantía

de los derechos colectivos y difusos de los niños, niñas y adolescentes dentro del municipio

Maracaibo, conforme al principio de legalidad consagrado en el ordenamiento jurídico

positivo.

Asimismo, mediante Decreto Nº 101 de fecha 22/01/2016, publicado en Gaceta de Municipal

de Maracaibo N° 016-2016 de fecha 22/01/2016, se crea el Fondo de Protección de Niños,

Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, con carácter de servicio desconcentrado sin

personalidad jurídica propia de acuerdo a lo estipulado en la Ley Orgánica para la Protección

de Niños, Niñas y Adolescentes, con el objeto de administrar los recursos financieros y no

financieros para la ejecución de programas, proyectos, acciones o servicios dirigidos a la

protección y atención de los niños, niñas y adolescentes.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento, estuvo orientada a verificar el estado de implementación

de las Acciones Correctivas presentadas por las máximas autoridades del Consejo Municipal

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de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo (COMUDENNAM) y

del Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, mediante

oficios N° CMD-6441-2014 y N° CMD-6446-2015, ambos de fecha 15/09/2015, en atención a

las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo N° DCAC-034-2015 de fecha

03/08/2015, notificado mediante oficios N° DC-DCAC-2-0554-2015 y Nº DC-DCAC-2-0553-

2015 de fecha 04/08/2015; en tal sentido, se procedió a evaluar las operaciones administrativas

efectuadas en el período comprendido del 01/10/2015 al 31/12/2015 y del 01/01/2016 al

30/06/2016. A tales efectos, se examinaron de manera exhaustiva los documentos que

soportan los ingresos devengados, liquidados y recaudados por concepto de multas que

ascienden a Bs. 76.500,00. Asimismo, se revisaron de manera selectiva las operaciones

administrativas, financieras y presupuestarias relacionadas con los egresos efectuados a través

de la orden de pago Nº 000007, correspondiente al proceso de contratación N° CP-

FONPRONNAM-2015 por un monto de Bs. 44.800,00. Además, se revisaron de manera

exhaustiva los instrumentos de control interno elaborados e implementados por el

COMUDENNAM.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas

autoridades del Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del

Municipio Maracaibo (COMUDENNAM) y el Fondo de Protección de Niños, Niñas y

Adolescentes del Municipio Maracaibo, mediante oficios N° CMD-6441-2014 y N° CMD-

6446-2015 ambos de fecha 15/09/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en

Informe Definitivo N° DCAC-034-2015 de fecha 03/08/2015, notificado a través de oficios

N° DC-DCAC-2-0554-2015 y N° DC-DCAC-2-0553-2015 de fecha 04/08/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN FISCAL DE SEGUIMIENTO:

En el Informe Definitivo se planteó como recomendación a la Presidenta del Consejo

Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo

(COMUDENNAM) “Elaborar en la brevedad posible el Manual de Normas y

Procedimientos que regule las áreas administrativas, financieras, contables y presupuestarias

y gestionar su respectiva aprobación”; en este sentido, la Presidenta del Consejo Municipal de

Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, indicó como acción

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241

correctiva: “1) Elaboración de los Manuales de Compras, Presupuesto, Contabilidad,

Tesorería y Bienes. 2) Convocar a la Junta Directiva para aprobar los manuales

elaborados”. Al respecto, se constató que el COMUDENNAM dispone de los Manuales de

Normas y Procedimientos, que regulan los trámites, pasos y condiciones de las operaciones

Contables, Presupuestarias y de Tesorería, los cuales fueron aprobados por la Junta Directiva

del Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo

(COMUDENNAM), según consta en Actas de Directorio Nº 19-2014 de fecha 14/11/2014; así

mismo, en reunión ordinaria de Asamblea de Junta Directiva Nº 01-2015 celebrada en fecha

23/01/2015, se aprobaron los Manuales de Normas y Procedimientos de Bienes Públicos y el

de Compras y Contrataciones Públicas. De tal manera, se considera oficialmente ejecutada la

recomendación formulada en el Informe Definitivo.

De igual manera, en el Informe Definitivo se planteó como recomendación: “Incluir al

momento de elaborar el presupuesto la partida correspondiente a los ingresos extraordinarios

en el presupuesto inicial de ingresos, con el propósito de verificar el monto estimado por

concepto de las multas”; la Administradora del Fondo de Protección de Niños, Niñas y

Adolescentes del Municipio Maracaibo, propuso como acción correctiva la siguiente:

“Elaborar el Presupuesto de Ingresos y Gastos, incluyendo la partida Ingresos

Extraordinarios e Ingresos por Multas cybers”. En este sentido, de la revisión efectuada a la

Ejecución Financiera del Presupuesto de Ingresos correspondiente al período comprendido del

cuarto trimestre del año 2015 y el primer semestre del año 2016; se constató que el Fondo de

Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, incluyó en el

Presupuesto de Ingresos la partida presupuestaria 3.02.99.01.00 correspondiente a Otros

Ingresos Extraordinarios, por un monto de Bs. 37.649,33. Por lo que se considera que la

recomendación formulada en Informe Definitivo, fue oficialmente ejecutada.

En relación a la recomendación referida a: “Registrar de manera oportuna en el balance

general el monto correspondiente a la cuenta 301 (Ingresos) del respectivo Fondo, con la

finalidad que la información presentada en los estados financieros sea real y veraz”; así

mismo, la Administradora del Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del

Municipio Maracaibo, formuló la siguiente acción correctiva: “Registro de Ingresos al

momento de elaborar el Balance General Mensual”. De la revisión efectuada al Balance

General de los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2015 y del primer semestre

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del año 2016; se constató que el Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del

Municipio Maracaibo, registró de manera oportuna las operaciones relacionadas con los

ingresos devengados, reflejándose en los mencionados Estados Financieros, las cifras

correspondientes a la cuenta 301 “Ingresos”. En tal sentido, se considera oficialmente

ejecutada la acción correctiva antes mencionada.

En el Informe Definitivo se planteó como recomendación: “Registrar al momento de

elaborar el Balance General del Fondo Municipal de Protección los ingresos extraordinarios

obtenidos por concepto de multas impuestas por el COMUDENNAM a los Cybers, con la

finalidad que las cuentas que intervienen en las operaciones contables sean confiables y

veraz”: al respecto, la Administradora del Fondo de Protección de Niños, Niñas y

Adolescentes del Municipio Maracaibo, planteó como acción correctiva: “Registro de

Ingresos extraordinarios e ingresos por multas a los cybers al momento de elaborar el

Balance General Mensual”. En revisión efectuada al saldo de la cuenta 303 “Ingresos

Extraordinarios” del Balance General al 30/12/2015 y del Balance General al 31/01/2016, se

constató que el Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo, registró los Ingresos Extraordinarios por concepto de multas impuestas por el

COMUDENNAM a los cybers, los cuales alcanzaron un monto de Bs. 76.500,00. Por lo tanto,

se considera oficialmente acatada la acción correctiva.

Igualmente, se recomendó en el Informe Definitivo: “Incluir el documento de adjudicación

al momento de conformar el expediente de contratación, con el fin de que dichos procesos

sean sinceros y confiables”; al respecto el Fondo de Protección de Niños, Niñas y

Adolescentes, formuló la siguiente acción correctiva: “Elaborar el documento de

adjudicación para la contratación de servicios. Anexar al expediente de contratación de

servicios”. A los fines de verificar la referida acción correctiva, se efectuó la revisión del

expediente de contratación correspondiente al proceso N° CP-FONPRONNAM-2015-FP-001

de fecha 21/12/2015, por concepto de “Adquisición de Material de Papelería”, constatándose

que contiene el documento de adjudicación efectuado a la empresa Asociación Cooperativa

BLACKON, por un monto de Bs. 44.800,00. Por consiguiente, la acción correctiva se

considera oficialmente ejecutada.

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243

En cuanto a la recomendación referida a: “Incluir la fecha de emisión al momento de

elaborar las órdenes de pago del Fondo Municipal de Protección de Niños, Niñas y

Adolescentes del Municipio Maracaibo, de manera que se pueda comprobar el pago por la

adquisición de los bienes o la prestación de los servicios”; al respecto, la Administradora del

Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, planteó como

acción correctiva: “Elaboración de la Orden de Pago, inclusión de fecha”. De la revisión

efectuada a la orden de pago Nº 000007 de fecha 28/12/2015 por un monto de Bs. 44.800,00,

por concepto de “Adquisición de Material de Papelería”, se constató que contiene la fecha de

emisión, por lo tanto se considera ejecutada esta acción correctiva.

Adicionalmente, es importante destacar, que de la actuación fiscal objeto de seguimiento, fue

parcialmente ejecutada una (01) acción correctiva, siendo la siguiente:

En el Informe Definitivo se recomienda a la Administradora del Fondo de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, “Elaborar en la brevedad posible el

Manual de Normas y Procedimientos que regule las áreas administrativas, financieras,

contables y presupuestarias y gestionar su respectiva aprobación”; al respecto, la

Administradora del Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo, planteó como acción correctiva: “1) Elaboración de los Manuales de Compras,

Presupuesto, Contabilidad, Tesorería y Bienes. 2) Convocar a la Junta Directiva para

aprobar los manuales elaborados”. Al respecto, se constató que para el período comprendido

del cuarto trimestre del año 2015 y el primer semestre del año 2016, el Fondo de Protección de

Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, no dispone del Manual de Normas y

Procedimientos, que regule las áreas administrativas, financieras, contables y presupuestarias,

por cuanto mediante Decreto N° 101, de fecha 22/01/2016, publicado en Gaceta de Municipal

de Maracaibo N° 016-2016 de fecha 22/01/2016, se modifica su naturaleza jurídica y se crea

con carácter de Servicio Desconcentrado, sin personalidad jurídica propia, por lo que en los

actuales momentos, se encuentra en proceso de restructuración y organización de su estructura

organizativa, de conformidad con lo señalado en el referido Decreto, las cuales serán

establecidas en los Manuales Administrativos correspondientes. Por lo tanto, la

recomendación formulada se considera parcialmente ejecutada.

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244

CONCLUSIÓN

Del seguimiento realizado a las acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad del

Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo

(COMUDENNAM) y el Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio

Maracaibo, mediante oficios N° CMD-6441-2014 y N° CMD-6446-2015 ambos de fecha

15/09/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo

N° DCAC-034-2015 de fecha 03/08/2015, notificado mediante oficios N° DC-DCAC-2-0553-

2015 y N° DC-DCAC-2-0554-2015 ambos de fecha 04/08/2015. Se concluye que de siete

(07) acciones correctivas emprendidas por las autoridades del Consejo Municipal de Derechos

de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo (COMUDENNAM) y el Fondo de

Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maracaibo, seis (06) se encuentran

Oficialmente Ejecutadas lo que representa el 85,71% y una (01) se encuentra parcialmente

ejecutada la cual representa el 14,29%, de las acciones correctivas.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

N° DCAC-027-16 de fecha 15/12/2016 y remitidos a los órganos evaluados mediante Oficios

Nros. DC-DCAC-027-16 y DC-DCAC-027-1-16 de fecha 15/12/2016.

Informe de SeguimientoN° DCAC-028-16

de fecha 05/12/2016

Órgano: Concejo Municipal de Maracaibo.

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ÓRGANO EVALUADO:

El Concejo Municipal de Maracaibo tiene por objeto la función deliberante del Municipio, la

cual ejercerá conforme a los principios de descentralización, desconcentración, servicio,

cogestión, solidaridad, participación ciudadana, autonomía funcional. Todo ello de acuerdo

con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Poder

Público Municipal, el Ordenamiento Jurídico Municipal, además de toda normativa de

organización y funcionamiento interno que dicte el Concejo Municipal de Maracaibo.

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ALCANCE.

La actuación fiscal estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las Acciones

Correctivas presentadas por la máxima autoridad del Concejo Municipal de Maracaibo,

mediante oficio Dir. RR.HH-14.00831 de fecha 23/12/2014 en atención a las recomendaciones

formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAC-042-2014 de fecha 02/12/2014, notificado

mediante oficio Nº DC-DCAC-1-0814-2014 de fecha 03/12/2014, a tal efecto, se evaluarán los

procedimientos relacionados con la administración del Recurso Humano adscrito a la Unidad

de Auditoría Interna ejecutados durante el período comprendido desde el 01/01/2016 al

31/07/2016.

OBJETIVO GENERAL.

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por la máxima

autoridad del Concejo Municipal de Maracaibo, mediante oficio N° Dir. RR.HH-14.00831 de

fecha 23/12/2014, en atención a las recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo

Nº DCAC-042-2014 de fecha 02/12/2014, notificado mediante oficio

Nº DC-DCAC-1-0814-2014, de fecha 03/12/2014.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN DE SEGUIMIENTO:

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por el Concejo Municipal de

Maracaibo, mediante Oficio Nº Dir. RR.HH.- 14.00831 de fecha 23/12/2014 en atención a las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAC-042-2014 de fecha

02/12/2014, en el cual se plasmaron los resultados de la actuación fiscal, orientada a verificar

los procedimientos administrativos y legales relacionados con el capital humano del Concejo

Municipal de Maracaibo, específicamente con los adscritos a la Unidad de Auditoría Interna,

se determinó que las tres (3) Acciones Correctivas presentadas por el Concejo Municipal de

Maracaibo, fueron Oficialmente Ejecutadas. En tal sentido, se obtuvo como resultado:

En relación a la recomendación atinente a: “Eludir el contenido de los

oficios Nros. UAI- 095/14 y UAI-221/14 de fecha 15/04/2014 y 20/08/2014 respectivamente,

remitidos por la Unidad de Auditoría Interna; exigiendo al titular y al personal de la

mencionada unidad someterse al sistema de control de asistencia implementado por el

Concejo Municipal de Maracaibo, con la finalidad de confirmar el registro de asistencia de

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246

este personal, obteniendo información veraz y confiable que soporte el pago de beneficios

contractuales”. El Concejo Municipal planteó la siguiente acción correctiva: “Se remitió

oficio, mediante el cual se envía copia de la comunicación N° DC-DCAC-1-0814-2014 de la

Contraloría Municipal, antes aludida al ciudadano Auditor Interno del Concejo Municipal de

Maracaibo y se le informó que el personal adscrito a esa Unidad Auditora debe someterse al

sistema biométrico instalado en el Concejo Municipal, so pena de incurrir en sanciones

disciplinarias, sin perjuicio de las implicaciones que tal omisión pueda generar con respecto

al pago de los beneficios laborales vinculados con el servicio activo”. En concordancia, a lo

planteado se evidenció, oficio N° Dir. RR.HH-14.00604 de fecha 24/11/2014, suscrito por la

Directora de Recursos Humanos del Concejo Municipal de Maracaibo mediante el cual

imparte instrucciones para la toma de huella del personal adscrito a la Unidad de Auditoría

Interna en el sistema biométrico de asistencia del personal, no obstante el sistema de control

de asistencia de los funcionarios y funcionarias, obreros y obreras del Concejo Municipal de

Maracaibo (sistema biométrico) presentó fallas de acuerdo con lo expresado en acta levantada

en fecha 27 de abril de 2015, por la Directora de Recursos Humanos, la Analista de Nómina y

el Director (E) de Tecnología e Información, procediendo a implementar un control de

asistencia manual para el registro de la entrada y salida del personal, tal como se constata en

las hojas de Control de Asistencia; por lo cual se demostró la ejecución de la acción correctiva

antes planteada, por tal razón se considera Oficialmente Ejecutada la recomendación.

En el Informe Definitivo se efectuó la recomendación: “Archivar inmediatamente en cada

expediente del personal adscrito a la Unidad de Auditoría Interna del Concejo Municipal de

Maracaibo el certificado actualizado de la Declaración Jurada de Patrimonio según

corresponda, con el propósito de optimizar el control en la conformación de soportes

actualizados que deben estar contenidos en los expedientes del personal”. Siendo planteada

por el Concejo Municipal la siguiente acción correctiva: “La Dirección de Recursos Humanos

del Concejo Municipal de Maracaibo, solicitó a su homóloga de la Alcaldía de Maracaibo,

los expedientes del personal adscrito al Concejo Municipal, incluyendo los del personal

adscrito a la Unidad de Auditoría Interna”. Luego de una revisión exhaustiva, se

identificaron aquellos expedientes en los cuales no reposaba la Declaración Jurada de

Patrimonio o la actualización de la misma, según fuere el caso, y sobre esa base se emitirá

Circular, mediante la cual se insta al personal la consignación respectiva. Del total de

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247

expedientes, que conforman el personal adscrito al Concejo Municipal de Maracaibo, se han

regularizado, lo que equivale a un noventa por ciento (90%), siendo que el diez por ciento

(10%) restante, se estima adecuar a la brevedad posible, en el entendido que esto dependerá

del acceso de la página de internet de la Contraloría General de la República, para poder

realizar la Declaración Jurada o actualización de la misma”. En atención a la recomendación

sometida al análisis, de la revisión efectuada a los expedientes del personal adscrito a la

Unidad de Auditoría Interna del Concejo Municipal de Maracaibo, se constató que contienen

archivados el certificado de actualización de la Declaración Jurada de patrimonio, por lo que

esta comisión considera Oficialmente Ejecutada la recomendación planteada.

Del análisis efectuado a la recomendación referente a: “Establecer inmediatamente

mecanismos de control interno para que los expedientes contengan el nombramiento o sesión

de cámara de los cargos correspondientes al personal adscrito a la Unidad de Auditoría

Interna del Concejo Municipal de Maracaibo, con el propósito de garantizar la legalidad y

veracidad de los soportes que conforman los expedientes laborales del personal”. La acción

correctiva planteada por el Concejo, es la siguiente: “Con respecto al nombramiento del

personal adscrito al Concejo Municipal de Maracaibo, se solicitó al ciudadano Secretario

Municipal información certificada acerca de las sesiones en las cuales se hubiesen aprobados

los ingresos de funcionarios y funcionarias del Concejo, para ser agregados al expediente de

personal correspondiente. Igualmente, se procedió a instruir a la Oficina de Recursos

Humanos, a los fines de regularizar dicha situación”. De la revisión efectuada a los once (11)

expedientes de personal adscrito a la Unidad de Auditoría Interna, se evidenció que contienen

las postulaciones al cargo, aprobación del ingreso en sesión del Concejo Municipal y los

nombramientos emanados por la Secretaria Municipal. Por tal motivo, se considera

Oficialmente Ejecutada la recomendación planteada.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento, dirigida a

verificar el estado de implementación de las Acciones Correctivas presentadas por la máxima

autoridad del Concejo Municipal de Maracaibo, mediante oficio Dir. RR.HH-14.00831 de

fecha 23/12/1012 en atención a las recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo

Nº DCAC-042-2014 de fecha 02/12/2015, se concluye que las tres (3) acciones contentivas,

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fueron Oficialmente Ejecutadas. Por lo tanto, este Órgano de Control Fiscal Municipal,

reconoce las acciones promovidas por las autoridades del Concejo Municipal de Maracaibo, a

los fines de ejecutar una gestión eficiente y eficaz, en cumplimiento de los principios que debe

prevalecer en la Administración Pública.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

N° DCAC-028-16 de fecha 05/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-028-16 de fecha 05/12/2016.

Informe de Seguimiento N° DC-DCAC-029-16

de fecha 15/12/2016

Órgano: Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo.

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo, se crea como Coordinación General

de Jefaturas Civiles el 02/01/2004, encargada de velar por la eficaz y eficiente prestación del

servicio de Registro Civil, a los fines de evaluar y hacer seguimiento permanente a la labor

desempeñada por las Jefaturas Civiles de las 18 Parroquias que conforman el Municipio

Maracaibo, una vez transferidos y asumidos los libros nacimiento, matrimonio y defunciones,

además de los distintos actos civiles a la primera autoridad civil del Municipio, con ocasión a

Sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de fecha

02/10/2003, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.797

y Extraordinario Nº 5.670 de fecha 15/10/2003, mediante la cual se interpretó el alcance de los

artículos 174, 292 y 293 de la Constitución Nacional, donde reza que son los Alcaldes quienes

deben cumplir estas funciones.

Posteriormente, debido al incremento en el volumen de usuarios y a la demanda de servicios

en las Oficinas de Registro Civil Parroquial y buscando la implementación de medidas para

mejorar el buen funcionamiento de las mismas, se decreta elevar a la Coordinación General de

Jefaturas Civiles al rango de Dirección de Registro Civil Municipal, según Decreto N° 292 de

fecha 21/03/2007, emitido por el Alcalde de Maracaibo.

Actualmente según Decreto Nº 040, sobre Organización y Funcionamiento del Ejecutivo del

Municipio Maracaibo, publicado en Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinaria Nº 285 de

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fecha 20/10/2014, la misma se ubica en el Nivel de Dirección y Control del Ejecutivo

Municipal, como un Órgano encargado de planificar, coordinar y ejecutar las acciones que

conducen a la atención y asistencia inmediata del registro de actos civiles del ciudadano que

habita en el Municipio Maracaibo, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento

jurídico de la República Bolivariana de Venezuela.

ALCANCE:

La actuación fiscal de seguimiento estuvo, dirigida a verificar el estado de implementación de

las acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad de la Dirección de Registro Civil

del Municipio Maracaibo, a este Órgano de Control Fiscal Municipal, mediante oficio

Nº DRCM-0083-16 de fecha 15/01/2016, en atención a las recomendaciones formuladas en el

Informe Definitivo Nº DCAC-041-2015 de fecha 21/12/2015, notificado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-2-0696-2015 de fecha 22/12/2015. A tales efectos, se procedió a revisar las

operaciones administrativas efectuadas y los instrumentos de planificación de la gestión

correspondiente al primer semestre del ejercicio económico financiero 2016 de la Dirección de

Registro Civil y de cinco (5) de las dieciocho (18) Oficinas de Registro Civil Parroquial, que

representan una muestra del 31,57%.

OBJETIVO:

Verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por la Dirección

de Registro Civil del Municipio Maracaibo, mediante oficio Nº DRCM-0083-16, de fecha

15/01/2016, en atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo

Nº DCAC-041-2015 de fecha 21/12/2015, notificado mediante oficio Nº DC-DCAC-2-0696-

2015 de fecha 22/12/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN FISCAL DE SEGUIMIENTO

Del seguimiento efectuado a las acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad de

la Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo, según oficio Nº DRCM-0083-16, de

fecha 12/01/2016, en atención a las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo

Nº DCAC-041-2015 de fecha 21/12/2015, mediante el cual se presentaron los resultados de la

actuación fiscal realizada a la Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo, dirigida

a evaluar los procesos legales y administrativos correspondientes al ejercicio económico

financiero 2015. Al respecto, se presentaron tres (03) acciones correctivas de las cuales (01)

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fue oficialmente acatada y dos (02) parcialmente ejecutadas. En tal sentido, la acción

correctiva ejecutada fue la siguiente:

En el Informe Definitivo se recomendó: “Implementar mecanismos de supervisión y

verificación al momento de la elaboración del Informe Estadístico Mensual de la Dirección de

Registro Civil del Municipio Maracaibo, a los fines de confirmar y validar los resultados de la

información presentada por las Oficinas de Registro Civil Parroquiales en cuanto a la gestión

realizada”; a lo que la Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo planteó la acción

correctiva siguiente “Evaluación y control eficaz, mediante la modificación del formato

estadísticas anexando el número de acta de inicio del mes y ultima acta del mes, en relación a

los hechos vitales, de igual manera se implementó al resto de las tramitaciones de Registro

Civil el número de expediente inicio del mes y ultimo del mes respectivamente”. Al respecto,

se constató que las cifras reflejadas en el Informe Estadístico mensual de la Dirección de

Registro Civil del Municipio Maracaibo, correspondiente al primer semestre del ejercicio

económico financiero 2016, coinciden con los registros de matrimonios, nacimientos,

defunciones y constancia de residencias efectuados por las Oficinas de Registro Civil

Parroquial. Por lo que esta recomendación se considera Oficialmente Ejecutada. Hecho del

cual se dejó constancia en Acta Fiscal de fecha 25/11/2016.

Adicionalmente, es importante destacar que de la actuación fiscal objeto de seguimiento,

fueron parcialmente ejecutadas dos (02) acciones correctivas, siendo las siguientes:

En el Informe Definitivo de la actuación fiscal se recomienda:“Efectuar de manera

permanente el seguimiento, control y evaluación a la ejecución del Plan Operativo Anual, con

el objeto de aplicar los ajustes pertinentes, a los fines de que exista vinculación entre los

instrumentos de planificación y evaluación, que facilite la medición en términos de eficacia de

la gestión de la Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo, sobre el particular, se

consideró la siguiente acción correctiva por parte del Director de la Dirección de Registro

Civil del Municipio Maracaibo “Evaluación constante y trabajo en conjunto con el

departamento de estadística”. Sobre el particular, en revisión efectuada al Plan Operativo

Anual Ajustado 2016 y el Informe de Gestión del primer semestre del ejercicio económico

financiero 2016 de la Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo, se constató que la

ejecución de las metas correspondientes a cinco (5) objetivos específicos, no alcanzó lo

programado en valores que oscilan entre el 65,09% y 75%, sin evidenciarse los justificativos

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de tal situación. Por lo que se considera parcialmente ejecutada la recomendación formulada.

Hecho del cual se dejo constancia en Acta Fiscal de fecha 25/11/2016.

De igual forma en el Informe Definitivo se recomienda: “Realizar de manera continua el

seguimiento y evaluación a la ejecución del Plan Operativo Anual, a los fines de garantizar el

cumplimiento de los objetivos y metas programadas”; considerando el Director de la

Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo la siguiente acción correctiva

“Evaluación continua al cumplimiento de cada uno de los objetivos y la programación de

cada uno de ellos”. De la revisión efectuada al Plan Operativo Anual Ajustado 2016 y el

Informe de Gestión del primer semestre del ejercicio económico financiero 2016 de la

Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo, se constató que las metas

correspondientes a cuatro (04) objetivos específicos, fueron superados en valores que oscilan

entre el 15,42% y 31,45%, sin evidenciarse los justificativos de tal situación, considerándose

la Recomendación Parcialmente Ejecutada. Hecho del cual se dejó constancia en Acta Fiscal

de fecha 25/11/2016.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento, dirigida a

verificar el estado de cumplimiento de las acciones correctivas presentadas por la Dirección de

Registro Civil del Municipio Maracaibo en oficio Nº DRCM-0083-16 de fecha 12/01/2016, en

atención a las recomendaciones formuladas por este Órgano de Control Fiscal Municipal

Externo, en Informe Definitivo Nº DC-DCAC-029-16, de fecha 25/11/2016, notificado

mediante oficio DC-DCAC-029-16, de fecha 19/10/2016, se concluye que de tres (03)

acciones correctivas emprendidas por la Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo,

una (01) se encuentra Oficialmente Ejecutada lo que representa el 33,33 % y dos (02) se

encuentran Parcialmente ejecutadas, que representan el 66,66% de las acciones correctivas.

Por lo tanto, este Órgano de Control Fiscal Municipal, reconoce las acciones promovidas por

las autoridades de la Dirección de Registro Civil del Municipio Maracaibo, a los fines de

ejecutar una gestión eficiente y eficaz, en cumplimiento de los principios que deben prevalecer

en la Administración Pública.

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Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

N° DC-DCAC-029-16 de fecha 15/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-029-16 de fecha 15/12/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAC-030-16

de fecha 16/12/2016

Órgano: Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía del Municipio

Maracaibo

CARACTERISTICAS GENERALES DEL OBJETO EVALUADO:

La Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF), es un órgano rector y coordinador

de las políticas administrativas y financieras a ser aplicadas por las oficinas responsables de la

gestión presupuestaria, crédito público, contabilidad, tesorería, regencia de bienes y

administración tributaria del municipio. La Oficina General de Administración y Finanzas está

integrado por: la Oficina de Servicios Administrativos, Oficina de Presupuesto, Oficina de

Tesorería, Oficina de Contabilidad y será el órgano de control del Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración Tributaria (SEDEMAT).

ALCANCE:

La actuación fiscal estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las Acciones

Correctivas presentadas por la Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía

del Municipio Maracaibo a este Órgano de Control Fiscal Municipal, mediante Oficio Nº

OGAF-16-0000023 de fecha 11/02/2016, en virtud de las recomendaciones formuladas en el

Informe Definitivo Nº DCAC-017-2015 de fecha 14/05/2015, notificadas mediante Oficio

Nº DC-DCAC-1-0324-2015 de fecha 15/05/2015; a tal efecto, se revisaron de manera

selectiva 882 Órdenes de Pago Permanentes que totalizan Bs. 1.709.738.124,70 emitidas por

la Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía del Municipio Maracaibo;

durante el período del 01/03/2016 al 30/09/2016, que representan el 40,83% de un total de

2.160 Órdenes de Pago.

OBJETIVO GENERAL.

Verificar el estado de implementación de las Acciones Correctivas remitidas por la Oficina

General de Administración y Finanzas de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, a este Órgano

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de Control Fiscal Municipal, mediante Oficio Nº OGAF-16-0000023 de fecha 11/02/2016, en

virtud de las recomendaciones formuladas en Informe Definitivo Nº DCAC-017-2015 de fecha

14/05/2015, notificadas mediante Oficio Nº DC-DCAC-1-0324-2015 de fecha 15/05/2015.

RESULTADOS DE LA ACTUACIÓN FISCAL DE SEGUIMIENTO

Del seguimiento efectuado a la acción correctiva presentada por la Oficina General de

Administración y Finanzas de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, mediante Oficio

Nº OGAF-16-0000023 de fecha 11/02/2016, en atención a la recomendación formulada en el

Informe Definitivo Nº DCAC-017-2015 de fecha 14/05/2015, en el cual se plasmaron los

resultados de la actuación fiscal dirigida a la revisión, análisis y verificación de los

procedimientos legales administrativos, presupuestarios y contables de las órdenes de pago

permanentes, emitidas por la Alcaldía de Maracaibo a través de la Oficina de Administración

y Finanzas, se determinó; que una (01) acción correctiva contenida en el Plan, fue

Oficialmente Ejecutada. En tal sentido, se obtuvo como resultado:

En el Informe Definitivo, se planteó como recomendación a la Oficina General de

Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo: “Establecer mecanismos de revisión

y supervisión para el proceso de codificación presupuestaria en las órdenes de pago, de

manera que se garantice la correcta distribución de los recursos asignados, y de esta forma se

cumpla con lo que establece el Clasificador Presupuestario de Recurso y Egresos”. Siendo

planteada por la Oficina la siguiente acción correctiva: “Medir la efectividad, codificación

presupuestaria de las órdenes de pago, emitidas mediante métodos de observación periódica y

comparación del gasto, según lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto”. Al respecto,

se verificaron 882 Órdenes de Pago Permanentes, emitidas por la Alcaldía de Maracaibo a

través de la Oficina General de Administración y Finanzas, observando que la imputación

presupuestaria aplicada se corresponde con la naturaleza del gasto, cumpliendo con lo

establecido en el Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos año 2016, emanado de la

ONAPRE, por lo que se considera Oficialmente Ejecutada la recomendación antes citada.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento dirigida a

verificar el cumplimiento de la acción correctiva presentada por la Oficina General de

Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo, en virtud de la recomendación

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formulada por este Órgano de Control Fiscal, en el Informe Definitivo Nº DCAC-017-2015 de

fecha 14/05/2015, notificada a las máximas autoridades mediante Oficio Nº DC-DCAC-1-

0324-2015 de fecha 15/05/2015; se concluye que la acción correctiva presentada por la

Oficina General de Administración y Finanzas de la Alcaldía de Maracaibo, mediante Oficio

N° OGAF-16-0000023 de fecha 11/02/2016, fue implementada en su totalidad, en tal sentido,

este Órgano de Control Fiscal, reconoce la acción promovida por las autoridades de esta

Oficina, a los fines de llevar a cabo una gestión eficiente y eficaz, que debe prevalecer en la

Administración Pública.

Los resultados de la presente actuación fueron plasmados en Informe de Seguimiento

N° DC-DCAC-030-16 de fecha 16/12/2016 y remitido al órgano evaluado mediante Oficio

Nº DC-DCAC-030-16 de fecha 16/12/2016.

Informe Definitivo Nº DCAD-001-2016

de fecha 02/11/2016

Órgano: Instituto Municipal de Ambiente

El Instituto Municipal del Ambiente, es un ente autónomo con personalidad jurídica y

patrimonio propio, independiente del Fisco Municipal; fue creado mediante Ordenanza de

Creación, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 194 de fecha 13/12/1996.

OBJETIVO Y ALCANCE

La auditoría de cumplimiento, se circunscribió al ejercicio económico financiero 2015, la

misma estuvo orientada a evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de los aspectos

relacionados con los Fondos de Terceros por concepto de HCM, SSO, FAOV y RPE

practicada a las Nóminas de Obreros base IMA y los Obreros del Barrido Manual del Instituto

Municipal del Ambiente, para el ejercicio económico financiero 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. Durante el ejercicio económico financiero 2015, el Instituto realizó las retenciones de las

cotizaciones por concepto de Seguro Social Obligatorio, Régimen Prestacional de Empleo y

del Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda, correspondiente a la nómina de Obreros

Barrido Manual, perteneciente al turno nocturno en base al salario básico semanal devengado

sin considerar las demás retribuciones laborales otorgadas de carácter permanente como:

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Sábados, Domingos y Feriados Trabajados; Bono Nocturno; Bono por Disponibilidad; Horas

Extras y Bono de Productividad que constituye el Salario Normal. Inobservando lo

establecido, en el artículo 83 del Reglamento General de la Ley del Seguro Social y el artículo

31 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y

Hábitat. Esto obedece, a debilidades en los procedimientos aplicados por los responsables de

calcular las retenciones laborales para la realización de las nóminas de pago en la oficina de

recursos humanos, en consecuencia le corresponde al Instituto asumir las diferencias del

monto de las cotizaciones dejadas de retener a los trabajadores, lo que compromete su

situación financiera y patrimonial.

2. De la revisión efectuada a la nómina de Obreros de Barrido Manual y Base IMA, se

constató que el Instituto efectuó las retenciones por concepto de SSO, RPE y FAOV; no

obstante las cotizaciones de los meses de mayo a diciembre del 2015, no fueron enteradas a

los organismos correspondientes. Situación contraria a lo estipulado en los artículos 62 del

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Seguro Social, 47 de la Ley del Régimen

Prestacional de Empleo, y 31 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen

Prestacional de Vivienda y Hábitat. Tal situación, obedece a que el Instituto no cuenta con la

suficiente disponibilidad en las partidas presupuestarias, correspondientes al aporte patronal

exigido por el Instituto Venezolano del Seguro Social y el Banco Nacional de Vivienda y

Hábitat para ser cancelado simultáneamente con la retención efectuada al personal; en

consecuencia, el personal obrero del IMA, no se encuentra protegido por un sistema de

seguridad social que les garantice el mejoramiento de la calidad de vida su bienestar social.

Adicionalmente, el Instituto se expone al pago de intereses moratorios y de imposición de las

sanciones pecuniarias previstas en las leyes que regulen el Sistema de Seguridad Social en

Venezuela.

3. De la Revisión efectuada al Balance General al 31/12/2015, el mayor analítico de las

cuentas Bancarias Nros. 0022777814 y 0016079965 del Banco Occidental de Descuento, a

través de la cual se manejan los recursos correspondientes a Fondos de Terceros y los estados

de cuentas bancarios se constató que al cierre del ejercicio económico financiero 2015, la

referida cuenta presenta un saldo de Bs. 65.718,77, no encontrándose disponibles las

retenciones efectuadas a los obreros de Barrido Manual y Base IMA por concepto de SSO,

RPE y FAOV, no enterados a las Instituciones correspondientes, que ascienden a un monto de

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Bs. 2.397.125,70. Situación contraria a lo establecido en la Publicación N° 21, Instrucciones y

Modelos para la Contabilidad Fiscal de los Municipios de la República, Capítulo VI –

CUENTAS CUYO USO SE PRESCRIBE. NATURALEZA Y EMPLEO, Cuentas del Tesoro,

Activo Corriente y Pasivo Corriente, 132 – Fondos de Terceros y 133 – Depósitos de

Terceros”. Esto obedece, a las deficiencias de control interno administrativo relacionado con

la ejecución de los recursos de la Cuenta de fondos de terceros. Lo antes expuesto, afecta la

transparencia de las operaciones contables y financieras relacionadas con la cuenta de fondos

de tercero, vulnerando los principios de eficiencia, eficacia y rendición de cuentas, que deben

prevalecer en la función de la gestión pública.

CONCLUSIONES

De los resultados obtenidos, se concluye que existen debilidades en los procedimientos

aplicados por los responsables de calcular las retenciones laborales para la realización de las

nóminas de pago en la oficina de recursos humanos, así como, no cuenta con la suficiente

disponibilidad en las partidas presupuestarias, correspondientes al aporte patronal exigido por

el Instituto Venezolano del Seguro Social y el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat para ser

cancelado simultáneamente con la retención efectuada al personal, no obstante posee

deficiencias de control interno administrativo relacionado con la ejecución de los recursos de

la Cuenta de fondos de terceros.

RECOMENDACIONES

1. Aplicar el salario normal devengado por el trabajador como base para el cálculo de las

retenciones por concepto de Seguro social obligatorio, Régimen prestacional de empleo y

Fondo de ahorro obligatorio para la vivienda; con la finalidad de retener el monto acorde con

lo establecido en la normativa legal que regula la materia.

2. Presupuestar los recursos necesarios para cumplir oportunamente con el pago del aporte

patronal por concepto de SSO, RPE y FAOV; con el fin de evitar la acumulación de pasivos

laborales por tales conceptos, que ocasionen el pago de intereses de mora y la imposición al

Instituto de las sanciones pecuniarias previstas en la normativa legal que regula el sistema de

seguridad social, aunado al detrimento de la protección que dicho sistema le otorga a los

trabajadores, en función del mejoramiento de la calidad de vida.

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3. Implementar controles efectivos sobre el manejo de los recursos, producto de las retenciones

laborales que constituyen Fondos de Terceros, con el fin de garantizar que dichos recursos se

encuentren disponibles en la respectiva cuenta bancaria; garantizando la legalidad,

sinceridad, eficiencia y eficacia de las operaciones efectuadas por la administración pública.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máximas autoridades del

Instituto Municipal del Ambiente, mediante oficio Nº DC-DCAD-001-16 de fecha

04/11/2016.

Informe Definitivo Nº DCAD-002-16

de fecha 12/08/2016

Órgano: Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del

Municipio Maracaibo.

El Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito Maracaibo, fue creado

mediante ordenanza publicada en Gaceta Municipal del Distrito Maracaibo Extraordinario Nº 108 de

fecha 27/11/1980 y tendrá por objeto prestar el servicio de transporte colectivo de pasajeros en el

Distrito Maracaibo y demás actividades conexas, siendo competente para programar, organizar, dirigir,

coordinar, administrar, regular y controlar todo lo relativo a la prestación del referido servicio de

transporte colectivo en esta ciudad.

OBJETIVO Y ALCANCE

La auditoría de cumplimiento, estuvo orientada a la evaluación de los aspectos

administrativos, legales, presupuestarios y financieros, relacionados con el manejo, uso y

destino de los recursos financieros, asignados al Instituto Municipal de Transporte Colectivo

Urbano de Pasajeros del Municipio Maracaibo, para el ejercicio económico financiero 2015;

ahora bien, la misma se efectuó de manera exhaustiva para la verificación de los Ingresos y

selectiva para la revisión de los Gastos que afectaron las partidas presupuestarias

4.02.00.00.00 por un monto total de Bs. 103.381.344,92 que representa el 33,94% y

4.03.00.00.00 por un monto de Bs. 35.820.981,04 que representa el 11,76%, ascendiendo a un

monto total de Bs. 139.202.325,96 que representa el 45,70% del total de los gastos ejecutados.

Page 257: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

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OBSERVACIONES RELEVANTES

1. Se observó en la Ejecución Financiera del Presupuesto de Ingresos del Instituto Municipal

de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Municipio Maracaibo, durante el segundo,

tercer y cuarto trimestre del ejercicio económico financiero 2015, que la Cuenta de Ingresos

Extraordinarios Nº 3.02.00.00.00, presenta discrepancia en el saldo reflejado en el presupuesto

modificado por un monto de Bs. 21.642.454,61. En contravención con lo establecido en los

artículos 4 numeral 3 y el artículo 6 numeral 10 de la Resolución N° 01-00-00-032 “Normas

Generales de Contabilidad del Sector Público”, emanada de la Contraloría General de la

República. Situación, que obedece a fallas en el sistema de control interno aplicado por parte

de los responsables de efectuar los registros presupuestarios de todas las transacciones que

afecten la situación económica y financiera del Instituto, generando que el saldo reflejado en el

presupuesto modificado de ingresos extraordinarios carezca de veracidad, exactitud, sinceridad

y transparencia, principios éstos, que deben prevalecer en la administración pública.

2. De la revisión efectuada a la Ejecución Financiera del Presupuesto de Ingresos del Instituto

Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Municipio Maracaibo, durante el

tercer y cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2015, se constató que existe una diferencia de Bs.

1.927.248,87 en la Cuenta de Fondo de Compensación Interterritorial Nº 3.05.08.02.00.

Situación contraria a lo establecido en los artículo 4 numeral 3 y el artículo 6 numeral 10 de la

Resolución N° 01-00-00-032 “Normas Generales de Contabilidad del Sector Público”,

emanada de la Contraloría General de la República. Hecho, que se origina por debilidades en

el sistema de control interno aplicado por parte de los responsable de practicar las

conciliaciones, generando que la información suministrada carezca de exactitud, sinceridad,

veracidad, transparencia y confiabilidad en los saldos reflejados en las etapas de la ejecución

financiera.

CONCLUSIONES

De los resultados obtenidos se determinó que existen ausencias de mecanismos y controles

para efectuar los registros presupuestarios de todas las transacciones que afecten la situación

económica y financiera del Instituto, así como, debilidades en la práctica de las conciliaciones

de la información contenida en la ejecución financiera del presupuesto de ingresos con sus

respectivos soportes.

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RECOMENDACIONES.

1. Efectuar oportunamente los registros presupuestarios de los créditos adicionales aprobados

al Instituto, con la finalidad de reflejar en la Ejecución Financiera del Presupuesto de Ingresos

información veraz, sincera y exacta en cada uno de los ramos.

2. Registrar oportunamente los ingresos provenientes del Fondo de Compensación

Interterritorial en la Ejecución Financiera del Presupuesto de Ingresos, a fin de garantizar que

la información contenida en dicho instrumento presupuestario sea exacta, sincera, veraz,

transparente y confiable.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máximas autoridades del

Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Municipio Maracaibo,

mediante oficio Nº DC-DCAD-002-16 de fecha 12/08/2016.

Informe Definitivo Nº DCAD-003-16

de fecha 29/07/2016

Órgano: Fundación Niños del Sol

Se creó como Fundación Civil sin fines de lucro y con personalidad jurídica propia, según

Acta Constitutiva de fecha 23 de junio de 2003, registrada por ante el Registro Subalterno

Primer Circuito del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, registrado bajo el Nº 1, Tomo 25,

Protocolo 1º. Reformada según acta de asamblea ordinaria de miembros de la Junta Directiva

de fecha 06 de febrero 2015, registrada por ante el Registro Público del Primer Circuito del

Municipio Maracaibo, Estado Zulia, bajo el Nº 40, Folio 222, Tomo 5, Protocolo de

Transcripción del presente año respectivamente.

OBJETIVO Y ALCANCE

La Auditoría Financiera, estuvo orientada a la evaluación de la legalidad, sinceridad y

exactitud de los saldos reflejados en los Estados Financieros para el cierre del ejercicio

económico financiero 2015 y a la ejecución financiera del presupuesto de recursos y egresos

de la Fundación para el ejercicio económico financiero 2015. En este sentido, se efectúo la

revisión exhaustiva de las operaciones financieras y presupuestarias relacionadas con los

recursos percibidos por la Fundación que asciende a Bs. 37.014.108,60, así como los egresos

efectuados por Bs. 35.775.750,26.

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OBSERVACIONES RELEVANTES.

1. Se constató, que las retenciones efectuadas en el ejercicio económico financiero 2015, por

concepto de Fondo de Ahorro para la Vivienda (FAOV), Impuesto Sobre la Renta (I.S.L.R),

Timbre Fiscal, Garantía por Fiel Cumplimiento y Garantía Laboral, por un monto de Bs.

1.221.188,67, no se transfieren a la cuenta Fondos de Terceros, los mismos son pagados a sus

legítimos beneficiarios, directamente de la cuenta de Funcionamiento (0009057056) y no de la

cuenta correspondiente. Inobservando lo estipulado en la Publicación N° 21, Instrucciones y

Modelos para la Contabilidad Fiscal de los Municipios de la República, Capítulo VI –

CUENTAS CUYO USO SE PRESCRIBE. NATURALEZA Y EMPLEO, Cuentas del Tesoro,

Activo Corriente y Pasivo Corriente, 132 – Fondos de Terceros y N° “133 – Depósitos de

Terceros. Esta situación, es producto del desconocimiento y falta de capacitación, del personal

designado para efectuar los registros y pagos de los montos retenidos; generando que la

información reflejada en los estados financieros, carezca de confiabilidad, sinceridad,

exactitud y veracidad, necesaria para la toma de decisiones, de manera tal que se pueda

promover la eficacia de las operaciones realizadas, y así lograr el cumplimiento de sus planes

y programas.

2. La Cuenta 240-Otros Activos, presenta en el Balance General al 31/12/2015, un monto de

Bs. 7.698,93, conformado por bienes faltantes; no obstante, no se ha iniciado gestión alguna

dirigida a conocer el destino y recuperación de dichos bienes, y en consecuencia no se ha

emitido decisión firme que permita establecer responsabilidad de los cuentadantes o jefes de

las unidades responsables, procediendo a sincerar la respectiva cuenta. Situación contraria a lo

establecido en la Publicación Nº 21 Instrucciones y Modelos para la Contabilidad Fiscal de los

Municipios de la República, en su Capítulo VII “Formación de Inventarios, Registro del

Movimiento y Rendición de Cuentas de los Bienes Muebles e Inmuebles”, sub-punto 4,

Numeral 3 “Concepto de Incorporaciones y Desincorporaciones de Bienes Muebles e

Inmuebles”, concepto de Desincorporaciones (Descargos), 60 Faltantes por Investigar, y en las

Cuentas de la Hacienda, Activo de la Hacienda, Cuenta 240-Otros Activos, Cuenta 222-

Responsabilidades Fiscales. Esta situación se origina, por la ausencia de lineamientos

dirigidos al seguimiento que debe efectuársele a los procedimientos llevados como

consecuencia de los bienes faltantes, con el objeto de determinar la responsabilidad de los

jefes de las unidades de trabajo de la Fundación; lo que genera, que la información reflejada en

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261

los estados financieros, carezcan de confiabilidad, sinceridad, exactitud y veracidad, necesaria

para la toma de decisiones que afecta el patrimonio de la Fundación.

CONCLUSIONES.

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal, se concluye que existen debilidades en el

sistema de control interno, referidos a establecer controles en los sistemas financieros, a los

fines de asegurar que los datos procesados y la información producida sean consistentes,

veraces y pertinentes.

RECOMENDACIONES.

1. Calcular y practicar las retenciones de las cotizaciones del Seguro Social Obligatorio y

Régimen Prestacional de Empleo, en base al período de cuatro (4) o cinco (5) semanas que

contenga el mes, con la finalidad de enterar oportunamente a las Instituciones

correspondientes las cuotas retenidas y el aporte patronal ajustados a la normativa legal que

regula el Sistema de Seguridad Social.

2. Efectuar un adecuado seguimiento sobre los procedimientos administrativos iniciados,

relacionados con los bienes faltantes, a los fines de sincerar el monto reflejado en la cuenta

240-Otros Activos del Balance General.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máxima autoridad de la

Fundación Niños del Sol, mediante oficio Nº DC-DCAD-003-16 de fecha 29/07/2016.

Informe Definitivo Nº DCAD-004-16

de fecha 17/08/2016

Órgano: Instituto Municipal del Deporte y la Recreación.

El Instituto Municipal del Deporte y la Recreación, fue creado mediante Ordenanza publicada

en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 221 de fecha 11/03/1999, con personalidad jurídica y

patrimonio propio, por lo que ejercerá su gestión administrativa y técnica con absoluta

independencia, guiándose por las decisiones de la Junta Directiva. Su objetivo es la dirección,

organización, coordinación, planificación, protección, estímulo, fomento, supervisión y

evaluación de políticas, planes, programas y actividades relacionadas con el deporte y la

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262

recreación, en la jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo, de conformidad con las

disposiciones legales nacionales, regionales y municipales.

OBJETIVO Y ALCANCE

La Auditoria de cumplimiento, estuvo orientada a la evaluación exhaustiva de los aspectos

administrativos, legales, presupuestarios y financieros, relacionados con el manejo, uso y

destino de los recursos financieros, asignados al Instituto Municipal del Deporte y se

circunscribió al ejercicio económico financiero 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. El Instituto, no efectuó el registro contable de las operaciones financieras realizadas en el

ejercicio económico financiero 2015, ni emitieron estados financieros básicos (Balance

General y Estado de Resultados). Situación contraria a lo establecido en el artículo 25 de la

Resolución Nº 01-00-00-015, sobre Normas Generales de Control Interno. Tal circunstancia,

obedece a la ausencia de un sistema contable, con su respectiva licencia, que permita el

registro oportuno de sus operaciones, con sus correspondientes respaldos y soportes. Lo que

trae como consecuencia, que no se garantice la exactitud, cabalidad, veracidad y oportunidad

de la información financiera en el ejercicio económico financiero 2015, indispensable para la

toma de decisiones, aunado al hecho de atentar contra el principio de Rendición de Cuentas.

2. Durante el primer semestre del ejercicio económico financiero 2015, se efectuaron siete (7)

adquisiciones de bienes y una (1) prestación de servicios, que totalizan Bs. 235.616,81, sin

aplicar ningún procedimiento de selección de contratistas, a los cuales en virtud del monto, les

correspondería proceder bajo la modalidad de Consulta de Precios. Situación contraria a lo

establecido en los artículos 96 y 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas y 38, numeral 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Lo antes mencionado, se debe a la

ausencia de un efectivo control interno, por parte de la Unidad Contratante del Instituto, sobre

los procesos de selección de contratistas para la adquisición de bienes y prestación de

servicios. Esta situación impide efectuar un análisis de precios que permita seleccionar la

oferta más favorable a los intereses del Instituto, lo que vulnera los principios de

transparencia, economía, eficacia, eficiencia y libre competencia, que debe prevalecer en las

contrataciones públicas.

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263

CONCLUSIONES

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal, para el ejercicio económico financiero

2015, se concluye que existen deficiencias en el sistema de control interno, referidos a la

ausencia de un sistema contable, que permita el registro oportuno de sus operaciones y la

emisión de los estados financieros básicos y la omisión de la aplicación de los procesos de

selección de contratistas para la adquisición de bienes y prestación de servicios.

RECOMENDACIONES

1. Implementar un efectivo sistema contable, que permita el registro oportuno de las

operaciones financieras y la emisión de los Estados Financieros Básicos (Balance General y

Estado de Resultados), con la finalidad de garantizar la exactitud, cabalidad, veracidad y

oportunidad de la información financiera, indispensable para la toma de decisiones y rendición

de cuentas.

2. Aplicar la modalidad de selección de contratista que corresponda según la cuantía de los

bienes o servicios a adquirir, con el propósito de garantizar los precios más justos y razonables

a los intereses del Instituto, en atención a los principios de economía, eficiencia, eficacia, libre

competencia y transparencia que deben prevalecer en las contrataciones públicas.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máxima autoridad del

Instituto Municipal del Deporte y la Recreación, mediante oficio Nº DC-DCAD-004-16 de

fecha 17/08/2016

Informe de Definitivo DCAD-005-2016

Fecha 28/06/2016

Órgano: Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo

del Estado Zulia. (Fundepo-Maracaibo).

Fue creada según Ordenanza publicada en la Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 143 de fecha

12/07/1991, siendo reformada, según Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinario Nº 198

de fecha 05/02/1997; así mismo, se reforma nuevamente su Ordenanza siendo publicada en

Gaceta Municipal Nº 255-2014 de fecha 18/08/2014; adicionalmente en Gaceta Municipal

Nº 035-2015, de fecha 06/02/2015, se publicó la última reforma a la Ordenanza de Creación

de la Fundación, la cual se encuentra vigente; siendo su objeto principal llevar a cabo en la

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264

jurisdicción del Municipio Maracaibo, el Programa Estratégico de Abastecimiento de

Alimentos de la Cesta Básica dirigido a comunidades del Municipio Maracaibo, en situación

económica vulnerable, para suministrar seguridad alimentaria a los habitantes de los sectores

más desasistidos.

OBJETIVO Y ALCANCE

La auditoría de cumplimiento, estuvo orientada a la evaluación de los aspectos

administrativos, legales, presupuestarios y financieros, relacionados con el manejo, uso y

destino de los recursos financieros, asignados a la Fundación Fondo de Apoyo a la Economía

Popular del Municipio Maracaibo del Estado Zulia (FUNDEPO-MARACAIBO), para la

ejecución del Programa Estratégico de Abastecimiento de Alimentos de la Cesta Básica,

dirigida a Comunidades del Municipio Maracaibo, para el ejercicio económico financiero

2015, la misma se efectuó de manera exhaustiva.

OBSERVACIONES DERIVADAS DEL ANÁLISIS

1.- Se constató, que la Fundación no elaboró el Manual de Normas y Procedimientos del

Sistema de Modificaciones Presupuestarias y Reprogramaciones de la Ejecución del

Presupuesto de Ingresos y Gastos, durante el ejercicio económico financiero 2015. Situación

no enmarcada en lo establecido en el artículo 102 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de

la Administración Financiera del Sector Público. Lo anteriormente expuesto, es ocasionado

por debilidades del sistema de control interno, por parte de los niveles gerenciales de la

Fundación al no girar instrucciones dirigidas a dotarse de un instrumento normativo; así como,

constituir comisiones encaminadas a la elaboración del requerido instrumento, que regule los

procesos que han de cumplirse en las distintas fases del presupuesto y las actividades que

realiza el personal que interviene en dichas fases. Lo que genera, que los procesos

presupuestarios y financieros, se ejecuten sin criterios teóricos y de manera discrecional,

impidiendo verificar la legalidad y sinceridad de las operaciones relativas a las modificaciones

y reprogramaciones de la ejecución del presupuesto, limitando la acción administrativa

tendente a cumplir con los objetivos y metas de la Fundación.

2.- Se evidenció la adjudicación del contrato N° CD-Fundepo-15-Ordinario-001 de fecha

13/03/2015, cancelado mediante orden de pago N° 002652 de fecha 06/03/2015, por un monto

de Bs. 3.950.000,00, a favor del proveedor Corporación Estudio C.A., a través de la modalidad

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265

de Contratación Directa; no obstante, el mencionado proveedor, para la fecha de suscripción

del contrato, no se encuentra inscrito en el Servicio Nacional de Contratistas. Hecho éste no

apegado al criterio, del artículo 47 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas, publicada en Gaceta Oficial Extraordinario N° 6.154 de fecha

19/11/2014. Lo anteriormente planteado, obedece a la ausencia de controles efectivos en

relación con la verificación de la data informativa del Registro Nacional de Contratistas

durante el ejercicio económico financiero 2015. Lo que genera vulnerabilidad de los principios

de legalidad, eficacia y eficiencia que deben de prevalecer en los procesos administrativos de

la gestión pública.

3.- Se evidenciaron 37 expedientes de contrataciones bajo la Modalidad de Contratación

Directa, ejecutados por la Fundación para la adquisición de alimentos, no obstante, los

expedientes, no se encuentran debidamente foliados. Situación que se encuentra al margen del

criterio artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas

publicada en Gaceta Oficial Extraordinario N° 6154 de fecha 19/11/2014. Lo descrito

anteriormente, obedece a la falta de control y organización, por parte de los responsables del

manejo de los expedientes de los procesos de contratación, al momento de conformar el

expediente, con toda la documentación administrativa y financiera debidamente foliada, lo que

puede originar vulnerabilidad en los expedientes conformados, por cuanto los mismos pueden

estar expuestos a omisiones, sustracciones, copias o sustituciones. Dejando constancia de esta

situación en Acta Fiscal Nº 002-2016 de fecha 10/05/2016.

CONCLUSIÓN

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal, dirigida a evaluar aspectos administrativos,

legales, presupuestarios y financieros, relacionados con el manejo, uso y destino de los

recursos financieros, asignados a la Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del

Municipio Maracaibo (FUNDEPO-MARACAIBO), para la ejecución del Programa

Estratégico de Abastecimiento de Alimentos de la Cesta Básica, dirigida a Comunidades del

Municipio Maracaibo, para el ejercicio económico financiero 2015, se concluye que existen

deficiencias en el sistema de control interno, referidos a la ausencia de instrumento normativo,

concerniente a procesos internos administrativos y presupuestarios; así como, procesos en

materia de contrataciones al margen de la normativa legal, tales como, contratación con

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266

proveedores sin la respectiva inscripción en el Registro Nacional de Contratistas y expedientes

de contratación sin foliaturas.

RECOMENDACIONES

En virtud a la importancia de las observaciones señaladas, este órgano de control recomienda:

1. Elaborar, aprobar e implantar el Manual de Procedimientos del Sistema de Modificaciones,

Presupuestarias y Reprogramaciones de la Ejecución del Presupuesto, a fin de garantizar el

desempeño de las actividades de la Fundación.

2. Comprobar que antes de proceder a la suscripción de contratos para la adquisición de

bienes y prestación de servicios, el adjudicatario se encuentre debidamente inscrito ante el

Registro Nacional de Contratistas.

3. Iniciar la conformación del expediente para la contratación de adquisición de bienes y

prestación de servicios por cada contratación, contentivo de la documentación pertinente,

archivada y foliada en orden cronológico.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a la máxima autoridad dela

Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo (FUNDEPO-

MARACAIBO), mediante oficio Nº DC-DCAD-005-16 de fecha 28/06/2016

Informe de Seguimiento DCAD-006-2016

fecha: 13/06 /2016

Órgano: Instituto Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo

Creado mediante Ordenanza Municipal publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N°

104 de fecha 24/01/1980 y según reforma parcial de la Ordenanza de creación del referido Instituto,

publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 134 de fecha 09/07/1986 es un ente autónomo de

naturaleza paramunicipal, con personería Jurídica y patrimonio propios, independiente del

patrimonio y presupuesto del Concejo Municipal del Distrito Maracaibo, gozará de los privilegios y

prerrogativas que la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional acuerda al Fisco Nacional; y las que

prevén las Leyes Estadales y Ordenanzas Municipales al respecto, estando exento de toda clase de

Impuestos, tasas y contribuciones.

Page 266: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

267

OBJETIVO Y ALCANCE.

La actuación fiscal de seguimiento, estuvo orientada a la verificación del estado de

implementación de las acciones correctivas emprendidas por la máxima autoridad del Instituto

Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo, remitidas a este órgano de

control fiscal externo mediante oficio Nº 0880-15 de fecha 05/05/2015, en virtud de las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAD-011-2015 de fecha

21/04/2015, notificada a las máximas autoridades mediante Oficio Nº DC-DCAD-1-202-2015

de fecha 21/04/2015 y recibido en fecha 23/04/2015, a tal efecto se evaluaron las operaciones

administrativas, realizadas por instancias administrativas que intervienen en los procesos a

partir del segundo semestre 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. En el Oficio de notificación Nº DC-DCAD-1-202-2015 de fecha 21/04/2015 se

recomendó: “Publicar en medios de comunicación oficial oportunamente los actos emanados

por las máximas autoridades del Instituto, cuando estos los ameriten; específicamente los de

carácter general, ésta actividad es competencia de la Junta Directiva, como máxima autoridad

del Instituto o en quien ésta delegue.” Sobre el particular, el Instituto Municipal de Aseo

Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo, consideró la siguiente acción correctiva:

“Actualmente se pública en los medios de comunicación Oficial mediante notas de prensa,

redes sociales y se está elaborando el mecanismo para realizarlo de manera impresa”; es

oportuno indicar que para el periodo evaluado las máximas autoridades no realizaron actos

administrativos de carácter general que ameriten la publicación en Gaceta Municipal, según

comunicación s/n de fecha 08/04/2016, por tal motivo, la acción correctiva no pudo ser

evaluada para el período auditado.

2. Con relación a la recomendación atinente a: “Crear y aprobar la estructura organizativa de

la Oficina de Atención Ciudadana contentiva de las dos (2) áreas medulares, la primera

referida a la atención de las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones, y la

segunda dirigida a la difusión de la información sobre el servicio público prestado por la

Institución y la promoción de la participación ciudadana; ésta competencia le corresponde a la

Junta Directiva, como máxima autoridad del Instituto o en quien ésta delegue”, siendo

planteada por el Instituto la siguiente acción correctiva: “En la estructura actual aprobada en el

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268

2014 existen esos cargos con esas responsabilidades establecidas, actualmente se están

haciendo la modificaciones para crear esas dos coordinaciones modulares estructuralmente”.

En atención a los soportes presentados por el Instituto Municipal de Aseo Urbano y

Domiciliario del Distrito Maracaibo, se constató la aprobación de la Estructura Organizativa

de la Oficina de Atención Ciudadana, en cuanto a las dos (2) áreas medulares, la primera

referida a la atención de las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones, y la

segunda dirigida a la difusión de la información sobre el servicio público en la estructura

organizativa de la Oficina de Atención Ciudadana, las mismas fueron emprendidas mediante

memorandos internos s/n de fecha 14/04/2015 mediante el cual se solicitó la modificación del

Organigrama Estructural y memorando de fecha 05/01/2015 a través del cual se solicita la

aprobación del proyecto de Reforma del Organigrama Estructural del Instituto, resultando

aprobado en acta de Junta Directiva Nº 001-2016 de fecha 04/01/2016. Dado que los soportes

evidenciados son congruentes y consistentes este Órgano de Control Externo considera

Oficialmente Ejecutada la recomendación antes citada.

3. Del análisis efectuado a la recomendación relacionada a: “Designar comisión para la

elaboración del Manual de Normas y Procedimientos que establezca las fases, lapsos,

procedimientos, responsables, actividades y/o acciones, relacionadas a procesar la recepción,

registro, clasificación, asignación, valoración y solución de las denuncias, quejas, reclamos y

sugerencias; seguidamente aprobar e implantar el referido instrumento, esta actividad es

competencia de la Junta Directiva en su condición de Máxima Autoridad.”; al respecto, el

Instituto plantea la siguiente acción correctiva: “A partir del manual existente 2014 se está

realizando la modificación adaptado a la creación de las dos coordinaciones: 1) Atención a las

denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones, 2) difusión de la información sobre el

servicio público prestado por la Institución.”; en cuanto a la recomendación sobre la

aprobación del Manual de Normas y Procedimientos, relacionado con establecer fases, lapsos,

procedimientos, responsables, actividades y/o acciones se verificó el proceso administrativo

desde su elaboración hasta su aprobación, en virtud de lo antes expuesto, este Órgano de

Control Externo considera Oficialmente Ejecutada la recomendación antes citada.

4. En referencia a la recomendación dirigida a: “Elaborar anualmente el Plan Operativo de la

Oficina de Atención Ciudadana contentivo de políticas, estrategias y recursos que serán

implementados para alcanzar los objetivos y metas que se estimen, esta actividad es

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269

competencia del titular de la Oficina de Atención Ciudadana, en coordinación con los jefes de

las unidades adscritas a ésta”; en tal sentido, el Instituto Municipal de Aseo Urbano y

Domiciliario del Distrito Maracaibo, planteó la siguiente acción correctiva: “Actualmente se

lleva el Plan Operativo Anual de la Oficina de Atención Ciudadana para el ejercicio

económico financiero 2015, en donde se establecen las políticas, estrategias y recursos que

serán implementados para alcanzar los objetivos y metas que se estimen”. Se verificó en el

Plan Operativo Anual de la Oficina de Atención Ciudadana, para el cierre del ejercicio

económico financiero 2015, que el mismo presenta las políticas, estrategias y recursos para

alcanzar los objetivos y metas programadas. En relación a lo antes expuesto, este Órgano de

Control Externo, considera Oficialmente Ejecutada la recomendación antes citada.

5. En lo que respecta a la recomendación referida a: “Establecer controles efectivos para el

seguimiento, control y evaluación oportuna de las metas y objetivos programados por la

Oficina de Atención Ciudadana, y de ser el caso, efectuar los ajustes necesarios. La ejecución

de esta actividad corresponde al titular de la Oficina de Atención Ciudadana y jefes de sus

unidades adscritas”. Sobre el particular, el Instituto planteó la siguiente acción correctiva: “Se

diseñaron los controles efectivos a través de formas pertinentes y los indicadores de gestión”.

Al respecto, se evidenciaron las formas técnicas elaboradas por el Instituto para llevar el

control y seguimiento de la acciones a ejecutar para el logro de metas y objetivos planteados y

los indicadores de gestión, a tal efecto este Órgano de Control Externo considera Oficialmente

Ejecutada la recomendación antes plasmada.

6. En atención a la recomendación relativa a: “Elaborar y Publicar trimestralmente informes

sobre la utilización de los recursos que integran el patrimonio del Instituto, de fácil manejo

comprensible y a disposición de los ciudadanos. Esta responsabilidad es atribución del titular

de la Oficina de Atención Ciudadana”, siendo planteada por el Instituto la siguiente acción

correctiva: “Se realizan informes trimestralmente”. En vista a lo antes señalado, se constató

que la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) para el ejercicio económico financiero 2015,

elaboró y publicó los Informes Trimestrales correspondientes, considerando este Órgano de

Control Externo Oficialmente Ejecutada la recomendación antes plasmada.

7. En cuanto a la recomendación concerniente a: “Incluir dentro de la planificación,

objetivos y metas dirigidos a la promoción y difusión de la Oficina de Atención Ciudadana, a

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270

través de los distintos medios de comunicación, apoyándose en el trabajo efectuado en la

Oficina de Prensa y Relaciones Interinstitucionales”. Esta actividad le corresponde a la

Oficina de Atención Ciudadana. Al respecto, el Instituto planteó la siguiente acción correctiva:

“Actualmente está activa la difusión”. Al verificar los Planes Operativos Anual 2015 del

instituto y de la OAC, inclusive los ajustes efectuados al POA 2015; se observó que los

referidos instrumentos no contienen objetivos, metas o actividades dirigidas a la promoción y

difusión de la Oficina de Atención Ciudadana; sin embargo, ésta Oficina realiza acciones

tendentes a la difusión y promoción de sus actividades con el apoyo de la Oficina de

Comunicación y Relaciones Interinstitucionales (Prensa), en tal sentido, éste Órgano de

Control Externo considera No Ejecutada la recomendación antes descrita.

8. Del análisis efectuado a la recomendación referente a: “Programar talleres de capacitación

dirigido al personal adscrito a la Oficina de Atención Ciudadana en materia de denuncias,

quejas y reclamos dos veces al año. La ejecución de esta actividad corresponde a la Oficina de

Recursos Humanos a solicitud de la Oficina de Atención Ciudadana”. Siendo planteada por el

Instituto la siguiente acción correctiva: “Dos (2) Talleres Anuales”. En este sentido, es preciso

señalar que en fecha 18/06/2015, según memorando Interno, la Jefa de la Oficina de Atención

Ciudadana, solicitó a la Oficina de Recursos Humanos que se programe talleres dirigido al

personal de la referida Oficina; no obstante, el Plan Operativo Anual (POA) Ajustado 2015, no

contempla objetivos dirigido a la programación de talleres de capacitación del personal de la

OAC; a pesar de ello, fueron consignados soportes correspondientes a certificados de

capacitación en materia de formación, que no se corresponden a los talleres en materia de

denuncias, quejas y reclamos. Por lo cual, se considera No Ejecutada la recomendación antes

citada.

CONCLUSIONES

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento, dirigida a verificar el

cumplimiento del Plan de Acciones Correctivas, emprendidas por la máxima autoridad del

Instituto Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo, en atención a las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAD-011-2015 de fecha

21/04/2015, notificada a las máximas autoridades mediante Oficio Nº DC-DCAD-1-202-2015

de fecha 21/04/2015 y recibido en fecha 23/04/2015; se concluye que de ocho (08) acciones

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271

correctivas, emprendidas por las autoridades del Instituto, se encuentran oficialmente

ejecutadas cinco (05), acciones que representan 62,5%, una (01) que no pudo ser evaluada,

que representa el 12,5% y dos (02) no fueron ejecutadas y representan 25%, para un total del

100%. Sin embargo, este Órgano de Control Fiscal Municipal, reconoce las acciones

promovidas por las autoridades de la Oficina de Atención al Ciudadana a los fines de una

gestión eficiente y eficaz que debe prevalecer en la administración pública.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máximas autoridades del

Instituto Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo, mediante oficio Nº

DC-DCAD-006 de fecha 13/06/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-007-16

de fecha: 17/11/2016

Instituto Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo

Creado mediante Ordenanza Municipal publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 104 de fecha

24/01/1980 y según reforma parcial de la Ordenanza de creación del referido Instituto, publicada en

Gaceta Municipal Extraordinaria N°134 de fecha 09/07/1986, es un ente autónomo de naturaleza

paramunicipal, con personería Jurídica y patrimonio propio, independiente del patrimonio y

presupuesto del Concejo Municipal del Distrito Maracaibo, gozará de los privilegios y prerrogativas

que la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional acuerda al Fisco Nacional; y las que prevén las

Leyes Estadales y Ordenanzas Municipales al respecto, estando exento de toda clase de impuestos,

tasas y contribuciones.

OBJETIVO Y ALCANCE.

La auditoría financiera, estuvo orientada a la evaluación selectiva, de la legalidad, sinceridad y

exactitud, de los saldos reflejados en los Estados Financieros al cierre del ejercicio económico

financiero 2015, y la Ejecución Financiera del Presupuesto de Recursos y Egresos del Instituto

de Aseo Urbano y Domiciliario del Municipio Maracaibo para el ejercicio económico

financiero 2015; a tales efectos, durante el periodo evaluado, el Instituto emitió 1780 órdenes

de pago, procediendo a revisar 534 órdenes de pago que representan el 30%, a los fines de

determinar la legalidad, sinceridad y exactitud de los egresos efectuados.

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272

OBSERVACIONES RELEVANTES.

1.- En cuanto a la existencia y aplicación de instrumentos normativos que contenga los pasos,

tramites y condiciones para ejecutar las operaciones contables y presupuestarias, se constató

que el Instituto de Aseo Urbano y Domiciliario del Municipio Maracaibo (IMAU), para el

ejercicio económico financiero 2015, dispone de Manual de Normas y Procedimientos

Contables y el Manual de Procedimientos del Sistema de Modificaciones Presupuestarias y

Reprogramaciones de la Ejecución del Presupuesto aprobados en Sesión de Directorio,

celebrada en fecha 26/12/2014, según Acta Nº 035-14, cumpliendo así con lo establecido en

los artículos 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal, articulo 102 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de

la Administración Financiera del Sector.

2.- En relación a la verificación de la legalidad, sinceridad y exactitud de los registros,

comprobantes y soportes de las operaciones efectuadas por el Instituto, relacionadas con los

recursos y egresos; se constató que las mismas se efectuaron de conformidad con las

disposiciones contenidas en las Normas Generales de Control Interno, las Normas Generales

de Contabilidad del Sector Público y el Reglamento Nº 4 de la Ley Orgánica de la

Administración Financiera del Sector Público.

3. En relación a la veracidad, sinceridad, exactitud y razonabilidad de los Estados Financieros

y de la Ejecución Financiera del Presupuesto de Recursos y Egresos del Instituto, se determinó

que los mismos se efectuaron atendiendo los principios de contabilidad del sector público y los

requisitos de la información contable contenidos en las Normas Generales de Contabilidad del

Sector Público, así mismo, los registros presupuestarios se efectuaron de conformidad con lo

establecido en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y su

Reglamento Nº 1, así como el Clasificador Presupuestario, emitido por la ONAPRE, sobre el

particular.

4. Se constató que el Instituto realizó la imputación de los gastos efectuados, de conformidad

con su naturaleza y destino, aplicando la codificación presupuestaria acorde a lo señalado en el

Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos, emanado de la ONAPRE. Asimismo, se

constató la emisión de la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos, en el cual se

reflejan las etapas de compromiso, causado y pagado.

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273

CONCLUSIÓN.

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal, practicada al Instituto de Aseo Urbano y

Domiciliario del Municipio Maracaibo (IMAU), del ejercicio económico financiero 2015, se

concluye que las operaciones presupuestarias, financieras y contables, se ejecutaron en

atención a los instrumentos normativos internos que regulan operaciones contables y

presupuestarias en concordancia con las Normas Generales de Contabilidad del Sector

Público; igualmente, los registros presupuestarios de recursos y egresos se efectuaron de

conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector

Público, el Reglamento Nº 1 y el Clasificador Presupuestario 2015, emitido por la ONAPRE;

en lo concerniente a las cuentas del Balance General 2015 las mismas presentan exactitud y

razonabilidad en sus saldos.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a la máxima autoridad del Instituto

Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario del Distrito Maracaibo, mediante oficio

Nº DC-DCAD-007-16 de fecha 25/11/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-008-16

de fecha 21/12/2016

Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo.

Es un ente con personalidad jurídica, patrimonio propio e independiente del Fisco Municipal,

con autonomía financiera y funcional, el cual tiene como competencia la prestación del

servicio de Bomberos dentro de su jurisdicción, velar por la seguridad e integridad de las

personas y sus bienes. El Instituto se crea mediante Ordenanza de Creación y Regulación del

Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo publicada en la Gaceta

Municipal de Maracaibo Nº 297 Extraordinaria de fecha 26/07/2001, reformada según Gaceta

Municipal de Maracaibo Nº 004-2015 de fecha 19/01/2015, con personalidad jurídica y

patrimonio propio e independiente del Fisco Municipal con autonomía financiera y funcional.

OBJETIVO Y ALCANCE.

La auditoría financiera, estuvo orientada a evaluar la legalidad, sinceridad y exactitud de los

saldos reflejados en los Estados Financieros al cierre del ejercicio económico financiero 2015

y la Ejecución Financiera del Presupuesto de Recursos y Egresos del Instituto Autónomo

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274

Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo correspondiente al ejercicio económico

financiero 2015; la misma se efectuó de manera exhaustiva y se procedió a la revisión de

1.338 órdenes de pago por un monto total de Bs. 178.658.648,56.

1. El Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo, para el ejercicio

económico financiero 2015, no posee un Manual de Contabilidad que contenga el catálogo de

cuentas contables y las instrucciones para su utilización en el registro de las operaciones

financieras. Al respecto, el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Lo descrito, obedece a que las máximas

autoridades del Instituto, no han iniciado acciones tendentes a la elaboración, aprobación e

implantación de un instrumento normativo que regule el ordenamiento y clasificación de las

operaciones contables del Ente. Trayendo como consecuencia, que los registros de las

operaciones financieras se ejecuten sin criterios técnicos actualizados y de forma discrecional.

2. El Reglamento Interno del Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio

Maracaibo, mediante el cual se regula el otorgamiento de ayudas económicas para el personal;

no se encuentra aprobado por el Consejo Directivo como máxima autoridad del Instituto; sin

embargo, fue implementado para el ejercicio económico financiero 2015; otorgándose 70

ayudas al personal por un monto total de Bs. 467.983,50. Al respecto, el artículo 22 de la

Resolución Nº 01-00-00-015 “Normas Generales de Control Interno” emanadas de la

Contraloría General de la República. Asimismo, el artículo 4 del Decreto con Rango, Valor y

Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública. De igual forma, el artículo 12 numeral

2 de la Ordenanza de Creación y Regulación del Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del

Municipio Maracaibo. Tal situación obedece, a que la autoridad competente no presentó ante

el Consejo Directivo como máxima autoridad del Instituto, el Reglamento Interno sobre

ayudas económicas del personal, para su aprobación. Generando, que el Reglamento carezca

de legalidad, afectando los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad que deben

prevalecer en la gestión pública.

3. Se observó que mediante 34 órdenes de pago emitidas por un monto total de

Bs. 499.154,02, el Instituto efectuó pagos por concepto de servicios prestados por personas

naturales, reparaciones de vehículos, otorgamiento de ayudas económicas a funcionarios

jubilados y gastos de representación al Presidente del Instituto; las cuales fueron imputadas

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275

presupuestariamente con cargo a partidas que no se corresponden con la naturaleza y finalidad

del gasto realizado. Situación no ajustada a lo establecido en el artículo 38 numeral 1de la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y

artículo 4 numeral 13 de la Resolución Nº 00-00-00-032 “Normas Generales de Contabilidad

del Sector Público”, emanada de la Contraloría General de la República, Capítulo II Principios

de Contabilidad del Sector Público. Así como, el artículo 4 del Reglamento Nº 1 de la Ley

Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Sobre El Sistema

Presupuestario. La situación mencionada, se origina por deficiencias en los mecanismos de

control interno en el ámbito presupuestario, relacionados con el registro de los egresos y la

aplicación del clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos, lo que genera que la

información reflejada en la ejecución financiera del Presupuesto de Gastos, no sea confiable y

sincera, vulnerando los principios de transparencia, eficiencia y eficacia que deben prevalecer

en las operaciones administrativas.

4. Para el ejercicio económico financiero 2015, no fue prevista en el presupuesto de gastos la

partida subespecífica presupuestaria 4.07.01.01.75 “Subsidios a organismos laborales y

gremiales”; no obstante, se realizaron tres (3) pagos a los Bomberos Voluntarios por un monto

total de Bs. 12.000,00, cinco (5) pagos a la Asociación de Bomberos Jubilados por un monto

total de Bs. 20.145,00 y un (1) pago a la Brigada Infantil y Juvenil por Bs. 15.000,00 los

cuales fueron imputados a las partidas presupuestarias 4.03.07.03.00 Relaciones sociales,

4.07.01.01.16 Otras subvenciones socio - económicas del personal empleado, obrero y militar

jubilado, y 4.01.07.96.00, Otras subvenciones a empleados, las cuales no se corresponden con

la naturaleza del gasto. Sobre el particular, es preciso considerar los criterios establecidos en el

artículo 21 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración

Financiera del Sector Público. Asimismo, el artículo 4, numeral 13 de la Resolución

Nº 00-00-00-032 “Normas Generales de Contabilidad del Sector Público”, emanadas de la

Contraloría General de la República, Capítulo II Principios de Contabilidad del Sector

Público. De igual forma, el artículo 38 numerales 1 y 2 del Primer Aparte de la Ley Orgánica

de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Dicha

situación, obedece a debilidades en la formulación y control sobre el presupuesto de gastos,

que permitan prever las partidas presupuestaria necesarias para su funcionamiento; así como al

uso inadecuado del Clasificador Presupuestario de Recursos y de Egresos y demás

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276

disposiciones legales y sublegales que rigen la materia presupuestaria; situación que origina

que el Instituto Autónomo, no disponga de créditos presupuestarios necesarios para atender los

compromisos derivados de las asignaciones otorgadas a otras asociaciones bomberiles,

incidiendo en los resultados de la gestión presupuestaria.

5. De la revisión realizada al Rubro de Ingresos del Estado de Resultados del 01/01/2015 al

31/12/2015 y la Ejecución Financiera del Presupuesto de Ingresos correspondiente al mismo

período; se constató, que el Instituto no registró presupuestariamente 4 ramos de ingresos por

un monto total de Bs. 684.573,58. En tal sentido, es imperante considerar el criterio

establecido en el artículo 4, numeral 3 de la Resolución No. 01-00-00-032 “Normas Generales

de Contabilidad del Sector Público” emanadas de la Contraloría General de la República. En

concordancia con el artículo 26 de la Resolución 01-00-00-015 “Normas Generales de Control

Interno” emanadas de la Contraloría General de la República. Asimismo, el artículo 12 del

Reglamento Parcial Nº 4 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector

Público, sobre el Sistema de Contabilidad Pública. Lo antes expuesto, obedece a la ausencia

de mecanismos de control interno dirigidos a efectuar permanentemente las conciliaciones de

los registros contables y presupuestarios, de las operaciones vinculadas a los recursos

recaudados por el ente. Ocasionando, que las cifras reflejadas en la Ejecución Financiera del

Presupuesto de Ingresos carezcan de sinceridad, exactitud y confiabilidad, necesarios para la

toma de decisiones, por parte de las máximas autoridades, que contribuyan al fortalecimiento

de una efectiva gestión.

CONCLUSIONES

Sobre la base de las observaciones formuladas vinculadas a la evaluación de la legalidad,

sinceridad y exactitud de los saldos reflejados en los Estados Financieros al cierre del ejercicio

económico financiero 2015 y la Ejecución Financiera del Presupuesto de Recursos y Egresos

del Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo, correspondiente al

ejercicio económico financiero 2015, se concluye, que existen debilidades relacionadas a la

ausencia, aplicación y aprobación de instrumentos normativos internos.

De igual manera, existen deficiencias en los registros contables y presupuestarios de las

operaciones vinculados a los recursos y egresos ejecutados; por cuanto existen gastos

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277

imputados por partidas presupuestarias que no corresponden con su naturaleza del bien o

servicio; así mismo, pagos por concepto de reintegro a un funcionario.

RECOMENDACIONES:

1. Elaborar, aprobar e implantar el Manual de Contabilidad contentivo del catálogo de cuentas

contables y las instrucciones para su utilización en el registro de las operaciones financieras,

con la finalidad que se ejecuten con criterios técnicos actualizados y que permita gestionar la

información institucional, a través de un sistema de información eficaz que facilite el proceso

de toma de decisión.

2. Someter a consideración y aprobación del Consejo Directivo como máxima autoridad del

Instituto, el Reglamento Interno que prevé el otorgamiento de ayudas económicas para el

personal; a los fines de honrar los principios de legalidad, publicidad normativa y competencia

que rigen la actividad de la gestión pública.

3. Efectuar las imputaciones presupuestarias de los gastos con cargo a partidas que

correspondan con su naturaleza, en virtud de lo establecido en el Clasificador Presupuestario

de Recursos y Egresos; con el propósito que la información reflejada en la Ejecución

Financiera del Presupuesto de Gastos, sea confiable y sincera, y de ésta manera privilegiar los

principios de transparencia, eficiencia y eficacia que deben prevalecer en las operaciones

administrativas.

4. Realizar el pago del Aporte Patronal por concepto de Régimen Prestacional de Vivienda y

Hábitat, dentro del lapso establecido en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y

Hábitat, con la finalidad que los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo puedan

beneficiarse de los planes, programas, proyectos y acciones que implemente el Ejecutivo

Nacional, para la adquisición de viviendas dignas; así como, evitar sanciones, multas y pagos

de interés moratorios.

5. Incluir en el Proyecto del Presupuesto de Egresos, partidas subespecíficas para el pago de

subsidios a organismos laborales y gremiales; así como, utilizar de manera adecuada el

Clasificador Presupuestario de Recursos y de Egresos y demás disposiciones legales y

sublegales que rigen la materia presupuestaria; con la finalidad de disponer de créditos

presupuestarios necesarios para atender las obligaciones contraídas..

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278

6. Efectuar el registro presupuestario de todos los ramos de ingresos producto de las

operaciones y transacciones efectuadas por el ente; con el objeto de proporcionar sinceridad,

exactitud y confiabilidad en la información reflejada en la Ejecución Financiera del

Presupuesto de Ingresos, para que las mismas sean útiles para la toma de decisiones por parte

de las máximas autoridades del Instituto y contribuyan al fortalecimiento de una efectiva

gestión.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a la máxima autoridad del Instituto

Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo, mediante oficio Nº DC-DCAD de

fecha 21/12/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAD-009-16

de fecha 19/09/2016

Instituto Público Policía Municipal de Maracaibo

Creado mediante Ordenanza de fecha 01/12/2000, publicada en la Gaceta Municipal de

Maracaibo Extraordinaria No. 255 de fecha 01/12/2000; y modificado a través de la

Ordenanza del Instituto Público Policía Municipal de Maracaibo, publicada en Gaceta

Municipal de Maracaibo Nº 192-2013 de fecha 14/10/2013; posee personalidad jurídica y

patrimonio propio e independiente del fisco municipal y tiene como función proteger el libre

ejercicio de los derechos humanos, las libertades públicas y garantizar la paz social; prevenir

la comisión de delitos; apoyar el cumplimiento de las decisiones de las autoridades

competentes; controlar y vigilar las vías de circulación y tránsito del Municipio; facilitar la

resolución de conflictos mediante el diálogo, la mediación y la conciliación y velar por el

cabal cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación de seguimiento estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las

acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades del Instituto Público Policía

Municipal de Maracaibo, remitidas mediante Oficio Nº IAPMM/DG/000028/2015 de fecha

20/01/2015; en virtud de las recomendaciones formuladas por este Órgano de Control Fiscal,

en el Informe Definitivo Nº DCAD-030-2014 de fecha 22/12/2014, notificadas a la máxima

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279

autoridad mediante Oficio Nº DC-DCAD-1-0531-2014 de fecha 22/12/2014; en tal sentido, se

procedió a evaluar el período comprendido del 01/01/2016 al 31/05/2016.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. En el Informe Definitivo se recomendó: “Planificar oportunamente la adquisición de bienes y

prestación de servicios a contratar en cada período fiscal y remitir al Servicio Nacional de

Contrataciones su programación dentro de los quince días continuos siguientes a la aprobación del

presupuesto, así mismo, remitir los sumarios de contrataciones contentivos de la identificación de

cada procedimiento, su tipo, su objeto, nombre de las empresas participantes, la adjudicataria y el

monto del contrato, dentro de los primeros quince días continuos siguientes al vencimiento de cada

trimestre, dicha programación podrá ser modificada, con la finalidad de que las obligaciones

válidamente contraídas dispongan de los recursos necesarios para su efectivo ejecútese”. El Instituto

planteó la siguiente acción correctiva: “Se giró instrucciones al Jefe de la Oficina de Gestión

Organizacional; a la Jefe de la Unidad de Adquisiciones; a la Jefe de la Dirección de Planificación,

Presupuesto y Servicios Administrativos, para: adecuar el Plan de Inversiones del Instituto al Plan de

Inversiones aprobado por la Alcaldía del Municipio Maracaibo para POLIMARACAIBO; Coordinar la

respectiva programación de obras, adquisición de bienes y prestación de servicios aprobadas en

nuestro plan operativo anual y plan de inversiones a los fines de ser remitida al Sistema Nacional de

Contrataciones Públicas, de conformidad con lo establecido en la vigente Ley de Contrataciones

Públicas; Remitir en tiempo hábil al Sistema Nacional de Contrataciones Públicas la programación de

compras, los sumarios y desempeño del contratista, de conformidad con la vigente Ley de

Contrataciones Públicas; Realizar trimestralmente un análisis de riesgos sobre el cumplimiento de

nuestro plan operativo anual y nuestro plan de inversión, notificando dichos resultados a la Dirección

General del Instituto”. En este sentido, se constató que el Instituto remitió la Programación de la

Adquisición de Bienes y Servicios a contratar, para al ejercicio económico financiero 2016, en fecha

05/01/2016, según lo establecido en el artículo 38 numeral 1 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza

de Ley de Contracciones Públicas, publicado en Gaceta Oficial Extraordinario Nº 6.154 de fecha

19/11/2014; no obstante, la rendición de la información de las contrataciones ejecutadas

correspondientes al primer trimestre, fue realizada en fecha 21/04/2016, fuera del lapso legal

establecido en la normativa vigente, por lo que se considera Parcialmente Ejecutada la

recomendación plasmada.

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280

2. Con respecto, a la recomendación dirigida a: “Notificar a los titulares designados, que

ejercerán las atribuciones como miembros del comité técnico de contrataciones públicas,

integradas por un número impar de miembros principales con sus respectivos suplentes, y

publicar en Gaceta Municipal el acto administrativo de su designación”. El Instituto planteó la

siguiente acción correctiva: “Se giró instrucciones a la Jefe de la Oficina de Talento Humano

y Consultoría Jurídica del Instituto, para realizar la conformación del Comité Técnico de

Contrataciones Públicas del Instituto”. En este sentido, se evidenció que, el Instituto conformó

la comisión de contrataciones, designando a los miembros principales y suplentes, así como,

el secretario de la misma, mediante Resolución N° 001 de fecha 06/04/2016, siendo

debidamente notificados en fecha 06/04/2016; no obstante, dicho acto administrativo no ha

sido publicado en Gaceta Municipal, observándose las gestiones emprendidas a tales fines, tal

como se desprende de Oficio Nº IAPMM-DG-0134-16 de fecha 06/04/2016, dirigido al

Secretario Municipal, en consecuencia la recomendación, antecedida se considera

Parcialmente Ejecutada.

3. En el Informe Definitivo se recomienda: “Velar por que en los contratos suscritos, para la

adquisición de bienes o prestación de servicios, se establezca y se cumpla con el Compromiso

de Responsabilidad Social, que deben asumir las empresas contratistas en relación a proyectos

sociales”. Siendo planteada por el Instituto, la siguiente acción correctiva: “Se giró

instrucciones a la Jefe de la Dirección de Planificación, Presupuesto y Servicios

Administrativos, indicándole que en los casos donde resulte aplicable el cumplimiento del

compromiso de responsabilidad social, deberá asegurar el acatamiento del mismo o en su

defecto la retención de Ley sobre los pagos que se realicen al contratista obligado”. De la

revisión efectuada a los procesos de contrataciones signados con los Nros. CP-IAPMM-2016-

0007 y CP-IAPMM-2016-0008, para la Prestación de Servicio de Logística para el Operativo

Carnaval 2016, por Bs. 381.428,20 y para el Operativo Semana Santa 2016 por

Bs. 705.600,00, respectivamente, se constató, en las condiciones de la contratación el

establecimiento del Compromiso de Responsabilidad Social; sin embargo, no se evidenció en

los expedientes soporte demostrativo del cumplimiento de dicho compromiso, por lo tanto se

considera No Ejecutada la recomendación indicada en el Informe Definitivo.

CONCLUSIONES

Page 280: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

281

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento dirigida a

verificar el cumplimiento de las acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad del

Instituto Público Policía Municipal de Maracaibo, en virtud de las recomendaciones

formuladas por este Órgano de Control Fiscal, en el Informe Definitivo Nº DCAD-030-2014

de fecha 22/12/2014, notificadas a las máximas autoridades mediante Oficio

Nº DC-DCAD-1-0531-2014 de fecha 22/12/2014; se concluye que de ocho (08) acciones

contenidas en el Plan de acciones correctivas presentadas por el Instituto Público Policía

Municipal de Maracaibo, mediante Oficio N° IAPMM/DG/000028/2015 de fecha 20/01/2015,

fueron implementadas cinco (05) de ellas, dos (02) Parcialmente Ejecutadas y una (01) No

Ejecutada, en tal sentido, este Órgano de Control Fiscal Municipal, reconoce las acciones

promovidas por las autoridades del Instituto Público Policía Municipal de Maracaibo, a los

fines de llevar a cabo una gestión eficiente y eficaz, que debe prevalecer en la Administración

Pública. No obstante, aún persiste una debilidad relacionada con los soportes que evidencien

el cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social, por lo que se considera que

existe un incumplimiento injustificado.

Los resultados de ésta actuación, fueron remitidos a las máximas autoridades del Instituto

Público Policía Municipal de Maracaibo, mediante oficio Nº DC-DCAC-009-16 de

fecha19/09/2016.

Informe Definitivo Nº DCAD-010-16

de fecha 06/10/2016

Instituto Municipal de la Vivienda de Maracaibo

Creado con personalidad jurídica y patrimonio propio, mediante Ordenanza Municipal,

publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 7 de fecha 19 de Enero de 1959,

actualmente, su funcionamiento se rige mediante la Ordenanza publicada en Gaceta Municipal

Extraordinario Nº 93 de fecha 12/11/1974. Tiene como objetivo principal la construcción de

viviendas de interés social en las zonas marginales del Municipio Maracaibo.

OBJETIVO Y ALCANCE

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282

La Auditoría de cumplimiento, estuvo orientada a la evaluación de manera exhaustiva de la

legalidad, sinceridad y exactitud de los saldos reflejados en los Estados Financieros del

Instituto Municipal de la Vivienda de Maracaibo, para el ejercicio económico financiero 2015.

OBSERVACIÓN RELEVANTE

1. En revisión efectuada al Balance General del Instituto Municipal de la Vivienda de

Maracaibo al 31/12/2015, se constató que las cuentas “ingresos por recaudar”, “ingresos de

lenta y difícil recaudación” y “anticipos a contratistas”, reflejan saldos por cobrar que datan de

más de diez años, que totalizan un monto de Bs. 1.592.010,00. Situación no ajustada a lo

establecido en el artículo 4, numerales 5 y 6 de la Resolución N° 01-00-00-032, sobre Normas

Generales de Contabilidad del Sector Público, emanadas de la Contraloría General de la

República. Tal hecho, surge por la ausencia de mecanismos de control interno contables,

dirigidos a efectuar oportunamente los análisis e informes relativos a la calificación de los

ingresos por recaudar y los de lenta y difícil recaudación, así como de los anticipos a

contratistas no amortizados, que por su antigüedad ameritan la aplicación de ajustes para

sincerar sus saldos; en consecuencia, el Balance General al 31/12/2015 no presenta cifras

razonables en el rubro de los Activos, lo que afecta la sinceridad, veracidad y exactitud de la

información financiera del Instituto, necesaria para la toma decisiones.

CONCLUSIÓN

Del resultado obtenido de la Auditoría de cumplimiento, dirigida a evaluar la legalidad,

sinceridad y exactitud de los saldos reflejados en los Estados Financieros al cierre del ejercicio

económico financiero 2015 del Instituto Municipal de la Vivienda de Maracaibo, se concluye

que existen deficiencias en el sistema de control interno contable, relacionado con la falta de

sinceridad de los saldos de las cuentas que conforman el Balance General al 31/12/2015,

específicamente en los correspondientes a “Ingresos por Recaudar”, “Ingresos de Lenta y

Difícil Recaudación” y “Anticipos a Contratistas”.

RECOMENDACIÓN

1. Efectuar oportunamente el análisis de las cuentas que conforman el Balance General,

considerando la antigüedad de las operaciones con la finalidad de realizar los ajustes

pertinentes para sincerar los saldos, proporcionándole sinceridad, veracidad y exactitud a la

información financiera del Instituto, de manera que resulte útil para la toma de decisiones.

Page 282: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

283

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máximas autoridades del

Instituto Municipal de la Vivienda de Maracaibo, mediante oficio Nº DC-DCAD-010-16 de

fecha 11/10/2016.

Informe Definitivo DCAD-011-16

de fecha 19/09/2016

Fundación Fondo Municipal de Financiamiento de Proyectos y Desarrollos Turísticos.

Se crea la Fundación Fondo Municipal de Financiamiento de Proyectos y Desarrollos

Turísticos (FOMUTUR) adscrita a la Alcaldía del Municipio Maracaibo, con personalidad

jurídica y como institución social sin fines de lucro, distinto e independiente del Fisco

Municipal, mediante acta constitutiva de fecha 04/10/2006, registrada el día 24/01/2007 ante

el Registro Inmobiliario Primer Circuito del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado

Zulia, bajo el Nº 24, Tomo 5º, Protocolo1º. Su objeto se enmarca dentro de las actividades

lícitas para la obtención de recursos y para el financiamiento de proyectos y desarrollos

turísticos.

OBJETIVO Y ALCANCE

La auditoría financiera, estuvo orientada a la evaluación exhaustiva de los aspectos

administrativos, legales, presupuestarios y financieros, relacionados con el manejo, uso y

destino de los recursos financieros asignados en la Fundación Fondo Municipal de

Financiamiento de Proyectos y Desarrollos Turísticos (FOMUTUR), para el ejercicio

económico financiero 2015. A tales efectos, se efectuó la revisión de la totalidad de los

recursos ejecutados por la Fundación, que ascienden a Bs. 2.341.822,51.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. La Fundación Fondo Municipal de Financiamiento de Proyectos y Desarrollos Turísticos

(FOMUTUR), no dispone del Manual de Normas y Procedimientos del Sistema de

Modificaciones Presupuestarias y Reprogramaciones de la ejecución del presupuesto de

Ingresos y Gastos. Sobre lo precedente es preciso considerar lo establecido en el artículo

N° 102 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector

Público; en concordancia con el artículo 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General

de la República y del Sistema Nacional del Control Fiscal. Tal situación, obedece a que la

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284

máxima autoridad de la Fundación no han emprendido las acciones pertinentes a la

elaboración, aprobación e implantación del Manual en referencia. En consecuencia, los

procesos y actividades realizadas para tramitar y aprobar las modificaciones presupuestarias se

efectúan de manera discrecional, sin criterios uniformes, limitando la identificación de los

responsables de ejecutarlos de una manera clara y ajustada a las disposiciones legales vigentes.

CONCLUSIÓN

De los resultados obtenidos de la actuación fiscal, relacionados con el manejo, uso y destino

de los recursos financieros asignados en la Fundación Fondo Municipal de Financiamiento de

Proyectos y Desarrollos Turísticos (FOMUTUR), para el ejercicio económico financiero 2015.

Se concluye que existe debilidad del sistema de control interno por cuanto el Ente no dispone

del Manual de Normas y Procedimientos del Sistema de Modificaciones Presupuestarias y

Reprogramaciones de la ejecución del presupuesto de Ingresos y Gastos.

RECOMENDACIÓN

1. Elaborar, aprobar e implementar el Manual de Normas y Procedimientos del Sistema de

Modificaciones Presupuestarias y Reprogramaciones de la ejecución del presupuesto de

Recursos y Egresos. Así como, publicar el acto administrativo de la aprobación del referido

Manual, con la finalidad de disponer de un instrumento normativo que contenga las

instrucciones, pasos y condiciones para realizar las modificaciones presupuestarias, así como,

los niveles de autorización de cada operación.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máximas autoridades de la

Fundación Fondo Municipal de Financiamiento de Proyectos y Desarrollos Turísticos

(FOMUTUR), mediante oficio Nº DC-DCAD-011-16 de fecha 16/09/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAD-012-16

de fecha 29/07/2016

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285

Órgano: Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo

Creada según Ordenanza publicada en la Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 143 de fecha

12/07/1991, siendo reformada, según Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinario Nº 198

de fecha 05/02/1997, así mismo, se reforma su Ordenanza siendo publicada en Gaceta

Municipal Nº 255-2014 de fecha 18/08/2014 y recientemente fue publicada en Gaceta

Municipal Nº 035-2015, de fecha 06/02/2015, otra reforma a la Ordenanza de Creación de la

Fundación, la cual se encuentra vigente; posee personalidad jurídica y patrimonio propio e

independiente del Fisco Municipal, siendo su objeto principal llevar a cabo en la jurisdicción

del Municipio Maracaibo el programa estratégico de Abastecimiento de Alimentos de la Cesta

Básica dirigido a comunidades del Municipio Maracaibo, en situación económica vulnerable

para suministrar seguridad alimentaria a los habitantes de los sectores más desasistidos.

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación de seguimiento, estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las

acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades de la Fundación Fondo de

Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo (FUNDEPO-MARACAIBO),

notificadas a este Órgano de Control, mediante Oficio Nº F-032-2015 de fecha 30/01/2015 y

recibido en fecha 30/01/2015, en atención a las recomendaciones formuladas por este Órgano

de Control en el Informe Definitivo Nº DCAD-029-2014 de fecha 18/12/2014 y notificado

mediante Oficio Nº DC-DCAD-2-0527-2014 de fecha 19/12/2014.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. En relación a la recomendación referente a: “Efectuar oportunamente la retención

correspondiente a la cotización del Sistema de Seguridad Social (Fondo de Pensiones y

Jubilaciones), en el plazo y condición que establece la normativa legal”. Al respecto, la

Fundación planteó la siguiente acción correctiva: “Verificar que cada quincena que se realice

la retención respectiva”. En virtud de la revisión efectuada a la documentación presentada por

la Fundación, se observó que se han emprendido las acciones tendentes a efectuar la

Inscripción del personal de la Fundación, ante el Sistema de Seguridad Social (Fondo de

Pensiones y Jubilaciones) para su posterior retención y cotización, permitiendo que el personal

cuente con este beneficio, tal como se evidencia en el Oficio dirigido a la Tesorería de

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286

Seguridad Social, Formato para el Registro de Órganos o Entes; en tal sentido, se considera

Parcialmente Ejecutada.

2. La recomendación dirigida a: “Constituir comisiones para la elaboración de los

instrumentos normativos que regulen los procesos normativos y presupuestarios, fases,

actividades y acciones emprendidas por el personal que interviene en su ejecución, con la

finalidad de garantizar el funcionamiento de la Oficina de Recursos Humanos de la

Fundación”. Sobre el particular, la Fundación planteó la siguiente acción correctiva: “Enviar el

Manual de Normas y Procedimientos a la Oficina de Modernización de la Alcaldía de

Maracaibo con la finalidad de que el mismo sea revisado y aprobado y así posteriormente sea

aprobado por el consejo Directivo de la Fundación”. Es menester mencionar que las

autoridades competentes, en los actuales momentos, no disponen de instrumentos normativos

que regulen los procedimientos relacionado con la administración del Recurso Humano de la

Fundación, motivado a que la Ordenanza de Creación de la Fundación, fue reformada y

publicada en Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 035-2015, de fecha 06/02/2015, por lo tanto

se hace necesario actualizar los Manuales de Organización y Descriptivo de Clases de Cargos,

y posteriormente actualizar el Manual de Normas y Procedimientos, para su respectiva

valoración, y posterior aprobación por las máximas autoridades de la Fundación. En virtud de

las consideraciones antes esgrimidas, se considera No Ejecutada la recomendación.

3. En cuanto a la recomendación: “Tramitar la obtención de recursos, mediante créditos

adicionales, para la cancelación de obligaciones contractuales pendientes con el personal que

labora en la Fundación”. En tal sentido, la Fundación planteó la siguiente acción correctiva:

“Se harán las reuniones pertinentes para gestionar con el Ente Central (Oficina de Recursos

Humanos de la Alcaldía de Maracaibo) el cumplimiento de los beneficios y derechos de los

trabajadores y trabajadoras”. En revisión efectuada, se constató que solo se tramitó en una

oportunidad, la solicitud de recursos destinados a la cancelación de la deuda pendiente, por

concepto de beneficios contractuales (Guardería); sin embargo, para el ejercicio económico

financiero 2015 el beneficio de guardería aún se cancela con el 17,2% sobre el salario mínimo

y no con el 40% que establece el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Por lo cual, se

considera No Ejecutada la recomendación antes citada.

CONCLUSIONES

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287

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento, dirigida a verificar el

cumplimiento del Plan de Acciones Correctivas, emprendidas por la máxima autoridad de la

Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo del Estado Zulia

(FUNDEPO-MARACAIBO), en atención a las recomendaciones formuladas en el Informe

Definitivo Nº DCAD-029-2014 de fecha 18/12/2014; se concluye que de diez (10) acciones

contentivas en el plan de acciones correctivas, fueron Oficialmente Ejecutadas siete (07),

acciones que representan 70%, una (01) se encuentra Parcialmente Ejecutada que representa el

10%, y dos (02), No Ejecutadas, que representan 20%; por los argumentos previos, se

concluye que aún persisten debilidades relacionadas con la ausencia de instrumentos

normativos que regulen los procedimientos relacionados con la administración del Recurso

Humano de la Fundación; así como, el hecho que aún se cancela el beneficio de guardería con

el 17,2% sobre el salario mínimo y no con el 40 % que establece el Reglamento de la Ley

Orgánica del Trabajo; por lo que se considera que existe un incumplimiento injustificado.

Los resultados de la presente actuación fueron remitidos a las máximas autoridades de la

Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo del Estado Zulia

(FUNDEPO-MARACAIBO)mediante oficio Nº DC-DCAC-012-16 de fecha 22/07/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAD-013-16

de fecha 11/08/2016

Órgano: Fundación Tranvía de Maracaibo

Mediante Decreto Nº 242 emanado del Alcalde del Municipio Maracaibo, publicado en Gaceta

Municipal de Maracaibo Nº 004, de fecha 04/03/2008, se autoriza la creación de la Fundación

“Tranvía de Maracaibo”, la cual tendrá por objeto la ejecución del proyecto “Transporte

Turístico Recreativo” Tranvía de Maracaibo, a través de una gestión descentralizada que

permita desarrollar un óptimo funcionamiento del turismo local

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación de seguimiento, estuvo orientada a la evaluación del estado de implementación

de las acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades de la Fundación Tranvía

de Maracaibo notificadas a éste órgano de control, mediante oficio N° TM-CJ-2015-001 de

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288

fecha 05/02/2015, en virtud de las recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo

Nº DCAD-028-2014 de fecha 18/12/2014, notificado mediante oficio

Nº DC-DCAD-2-0524-2014 de fecha 18/12/2014. A tal efecto, se evaluaron las operaciones

administrativas, financieras, legales y presupuestarias, realizadas por instancias

administrativas que intervienen en los procesos desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre

de 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. En relación a la recomendación que refiere “Cancelar oportunamente el pago de las

retenciones efectuadas al personal que labora en la Fundación, en lo referente al aporte al

Fondo Obligatorio para la Vivienda”, la Fundación Tranvía de Maracaibo planteó la siguiente

acción correctiva “Previa consulta con BANAVIH, se remitió oficio signado con el N° TM-

RRHH-14-238 de fecha 15 de diciembre 2014, donde se solicitó el procedimiento para realizar

el enteramiento oportuno del personal ingresado en el 2013”. Se constató que la máxima

autoridad de la Fundación emprendió las acciones pertinentes a los fines de enterar ante el

BANAVIH el monto de los recursos retenidos al personal que labora en la Fundación por

concepto de Fondo Obligatorio para la Vivienda y Hábitat, no obstante, presentan dificultad

para accesar al sistema, lo cual no les permite cargar los TXT correspondientes a dichas

retenciones. En este sentido, se considera Parcialmente Ejecutada la recomendación contenida

en el Informe Definitivo.

2. Con respecto a la recomendación que concierne a “Implantar el Manual Descriptivo de

Cargos y su respectivo Organigrama Estructural, dirigido a regular las acciones a ejecutar por

quienes intervienen en los procesos realizados en el manejo y disposición del recurso

humano”, la Fundación Tranvía de Maracaibo planteó lo siguiente “En el mes de agosto se

ofició a la oficina de modernización para realizar cambios a nivel organizacional, los mismos

incluyen desde la creación de oficinas; reorganización y demás fines que se especifican en

comunicación signada con el N° 14-160 de fecha 05/08/2014”. Al respecto, la Presidenta de

FUNDATRANVIA emitió oficio signado con el N° TM-RRHH-14-160 de fecha 05/08/2014,

dirigido a la Oficina de Planificación y Desarrollo Organizacional, a los fines de informar que

la Fundación se encontraba en proceso de revisión del Manual de Organización, no obstante,

en la actualidad, se constató en las nóminas de la Fundación Tranvía de Maracaibo que existen

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289

cargos que no están reflejados en el organigrama funcional, tal es el caso de diecisiete (17)

cargos adscrito a la Dirección General, la cual no se refleja en la Estructura Organizacional; de

igual manera, los cargos de Gerente de Reserva y Programación de ruta, Coordinación de

Rutas Especiales y el de Auditor Interno, se encuentran adscritos según la nómina de

empleados fijos a la Oficina de Recursos Humanos, no evidenciándose los mismos en el

Organigrama posicional adscritos a dicha unidad estructural; situación que además se presenta

en relación a los cargos de Analista de Gestión y Talento Humano y Operador, los cuales

difiere su adscripción en la nómina y en el organigrama posicional, dejándose constancia de

ésta situación en Acta Fiscal de fecha 10/08/2016; por lo tanto, se considera No Ejecutada la

recomendación.

3. Con respecto a la recomendación relacionada con “Conformar los expedientes del personal

que labora en la Fundación, contentivo de toda la documentación pertinente, exigidos por las

normativas legales vigentes”, la acción correctiva propuesta por la Fundación Tranvía de

Maracaibo fue, “En fecha 2 de septiembre de 2014, fue emitido por la Oficina de Recursos

Humanos a las diferentes oficinas y gerencias de la Fundación un memorando interno donde

se solicitó la consignación de la Inscripción Militar, lo cual trajo como resultado la entrega de

lo solicitado por parte del personal”. Al respecto, se observó en la revisión de los expedientes

del personal que labora en la Fundación, que once (11) expedientes de personal contratado y

cuatro (4) de personal fijo, no contienen la planilla de inscripción militar, dejándose

constancia de ésta situación en Acta Fiscal de fecha 09/08/2016. En función de lo antes

planteado, se considera No Ejecutada la recomendación.

4. En relación a la recomendación referida a “Tramitar la obtención de recursos, mediante

créditos adicionales, para la cancelación de obligaciones contractuales pendiente con el

personal que labora en la Fundación”, la Fundación Tranvía de Maracaibo planteó lo siguiente

“Cabe destacar que somos un organismo adscrito a la Corporación Alcaldía de Maracaibo, por

lo tanto es quien nos concede el recurso para cumplir con los compromisos contractuales

incluyendo el beneficio de guardería y hasta los momentos, estamos a la espera de la

actualización o nivelación de dicho beneficio”. De la revisión efectuada al pago de las

nóminas de la Fundación Tranvía de Maracaibo, se evidenció que el beneficio de Guardería

pagado al personal fijo que labora en el ente es por un monto de Bs. 580.00 mensuales, que

representa el 6.01% del sueldo mínimo vigente al 31/12/2015, siendo éste porcentaje inferior

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290

al establecido por la normativa legal, dejándose constancia de ésta situación en Acta Fiscal de

fecha 09/08/2016. En función de este hecho, se considera no ejecutada la recomendación

plasmada en el Informe Definitivo N° DCAD-028-2014 emanado de éste órgano de control

fiscal municipal.

CONCLUSIONES

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento, dirigida a verificar el

cumplimiento del Plan de Acciones Correctivas, emprendidas por las máximas autoridades de

la Fundación Tranvía de Maracaibo, en atención a las recomendaciones formuladas por este

órgano de control, en el Informe Definitivo Nº DCAD-028-2014 de fecha 18/12/2014,

notificado mediante oficio Nº DC-DCAD-2-0524-2014 de fecha 18/12/2014, se concluye que

de nueve (09) acciones correctivas emprendidas por las autoridades de la Fundación, se

encuentran Oficialmente Ejecutadas cinco (05), acciones que representan el 55,56%, una (01)

se encuentra Parcialmente Ejecutada, acción que representa el 11,11%, y tres (03) se

encuentran No Ejecutadas, acciones que representan el 33,33%. En tal sentido, este Órgano de

Control Fiscal Municipal, reconoce las acciones promovidas por las autoridades de la

Fundación Tranvía de Maracaibo a los fines de llevar a cabo una gestión eficiente y eficaz, que

debe prevalecer en la Administración Pública.

No obstante, aún persisten debilidades relacionadas con, cancelar oportunamente el pago de

las retenciones efectuadas al personal que labora en la Fundación, en lo referente al aporte del

Fondo Obligatorio para la Vivienda. Implantar el Manual Descriptivo de Cargos y su

respectivo Organigrama Estructural. Conformar los expedientes del personal, contentivo de

toda la documentación pertinente, exigidos por las normativas legales vigentes. Tramitar la

obtención de recursos, mediante créditos adicionales, para la cancelación de obligaciones

contractuales pendiente con el personal que labora en la Fundación, por lo que se considera

que existe un incumplimiento injustificado.

Los resultados de la presente actuación fueron remitidos a las máximas autoridades de la

Fundación Tranvía de Maracaibo, mediante oficio Nº DC-DCAC-013-16 de fecha 11/08/2016.

Informe de Seguimiento Nº DC-DCAD-014-16

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291

de fecha 15/11/2016

Órgano: Instituto Municipal del Deporte y la Recreación.

El Instituto Municipal del Deporte y la Recreación, creada según Ordenanza, publicada en

Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinaria Nº 221 de fecha 11/03/1999, es un ente local

de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propio; la administración del

instituto será ejercida por una junta directiva integrada por un presidente y cuatro directores

principales y sus respectivos suplentes. Su objetivo es la dirección, organización,

coordinación, planificación, protección, estimulo, fomento, supervisión y evaluación de

políticas, planes, programas y actividades relacionadas con el deporte y la recreación, en la

jurisdicción del Municipio autónomo Maracaibo, de conformidad con las disposiciones legales

nacionales, regionales y municipales.

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación de seguimiento estuvo dirigida a verificar el estado de implementación de las

acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades del Instituto Municipal del

Deporte y la Recreación, notificadas a este órgano de control mediante oficio Nº S/N de fecha

30/10/2015, en atención a las recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo

Nº DCAD-019-2015, de fecha 29/09/2015, notificadas mediante oficio

Nº DC-DCAD-1-477-2015 de fecha 30/09/2015, a tal efecto, se efectuó la evaluación de las

operaciones administrativas, financieras, legales y presupuestarias, realizadas por las unidades

administrativas que intervinieron en los procesos de planificación y contrataciones efectuadas

durante el periodo comprendido desde el 01/01/2016 al 31/07/2016.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. Con respecto a la recomendación dirigida a: “Elaborar, Aprobar e Implementar un manual

de Normas y procedimientos que regule los procesos relacionados con la Selección y

Administración de contratos para la ejecución de obras”. El Instituto planteó la siguiente

acción correctiva: “Se está ejecutando la creación de los Manuales de los Manuales de

Normas y Procedimientos que regulen los procesos de contrataciones públicas”. Sobre el

particular, se constató que en sesión ordinaria de Junta Directiva celebrada en fecha

21/12/2015 se aprueba el manual de contrataciones públicas que regirán los procesos del

instituto, así mismo, mediante resolución Nº IMD-CJ-014-15 de fecha 22/12/2015, el

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292

Presidente del Instituto Municipal del Deporte y la Recreación del Municipio Autónomo de

Maracaibo resuelve darle aplicabilidad a los manuales de normas y procedimientos para las

contrataciones públicas bajo las diferentes modalidades de Consulta de Precios, Concurso

Cerrado y Concurso Abierto de los Órganos y Entes de la Alcaldía de Maracaibo, llevada por

la Comisión de Contrataciones Publicas aprobados por la Alcaldesa de Maracaibo en fecha

22/09/2014. En virtud de las consideraciones antes esgrimidas, se considera la acción

correctiva Oficialmente Ejecutada.

2. En el Informe Definitivo se efectuó la recomendación: “Revisar periódicamente el Plan

Operativo Anual del Instituto y realizar los ajustes según el caso, en virtud del plan estratégico

del mismo”. Siendo planteada por el Instituto, la siguiente acción correctiva: “Se ha venido

ajustando periódicamente el plan operativo durante el ejercicio económico financiero 2015,

con el fin de dar cumplimiento con los objetivos del Instituto”. En este sentido, se constató que

el Instituto durante el primer semestre (Enero-Julio) del 2016 efectuó dos ajustes al Plan

Operativo Anual, uno en el mes de enero y otro en el mes de julio motivado al incremento de

ingresos propios siendo modificada la distribución de la meta financiera en el instrumento de

planificación, por lo que esta comisión considera Oficialmente Ejecutada la acción correctiva

planteada.

3. En relación a la recomendación atinente a: “Resguardar la suficiente documentación

justificativa correspondiente a la programación de obras, servicios de adquisición de bienes a

contratar y los sumarios de contrataciones remitidos al Servicio Nacional de Contratistas”. El

Instituto planteó la siguiente acción correctiva: “En el ejercicio actual se cumplió con el

resguardo de los documentos y se cumplió con el sumario de contrataciones”. De la revisión

efectuada a la data digital correspondiente a la programación de la adquisición de bienes,

prestación de servicios y ejecución de obras a contratar en el 2016, así como, la información

de las contrataciones realizadas durante el primer y segundo trimestre del 2016, se constató el

resguardo de la documentación justificativa y suficiente relacionada con la información

remitida al Servicio Nacional de Contratista (SNC). En vista a los soportes suministrados, se

demostró la ejecución de la acción correctiva antes planteada, por tal razón se considera

Oficialmente Ejecutada.

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293

4. En lo concerniente a la recomendación relatada a: “Realizar los procedimientos de

selección y contratación de empresas de acuerdo con lo establecido en la normativa legal

aplicable para ello, evitándose las múltiples contrataciones con el mismo objeto y la misma

naturaleza”. Al respecto, el Instituto expuso la siguiente acción correctiva “En el ejercicio

económico financiero 2015 se cumplió toda la normativa establecida en la Ley de

contrataciones públicas y su reglamento.” Al respecto, de la revisión efectuada a los procesos

de selección de contratista y la administración de los contratos realizados por el Instituto

durante el periodo de enero a julio 2016 signados con los números

CA-IMDEPREC-16-FCI-001 y CA-IMDEPREC-16-RO-003, se constató que los mismos se

efectuaron bajo la modalidad de Concurso Abierto, en virtud del monto de la obra. Por lo que

se considera Oficialmente Ejecutada la acción correctiva planteada.

5. Del análisis efectuado a la recomendación referente a: “Elaborar, verificar y revisar los

pliegos de condiciones estableciendo en los mismos el Compromiso de Responsabilidad

Social; es decir, especificando el porcentaje a ser aplicado, la comunidad beneficiada el

proyecto social y el lapso de ejecución”. La acción correctiva planteada por el Instituto es la

siguiente: “Se tomaran los correctivos necesarios para incluir en el pliego de condiciones las

definiciones de la comunidad beneficiada, el proyecto social y el lapso de ejecución”. De la

revisión efectuada a los expedientes de contrataciones para la ejecución de obra identificados

con los Nros. CA-IMDEPREC-16-FCI-001 y CA-IMDEPREC-16-RO-003, se constató que el

pliego de condiciones y los contratos suscritos establecen el Compromiso de Responsabilidad

Social, mediante el aporte en especie (tanques de agua, color azul), equivalentes al tres (3%)

por ciento del monto del contrato. Por tal motivo, se considera Oficialmente Ejecutada la

acción correctiva planteada.

6. En atención a la recomendación relativa a: “Verificar que los sobres que contienen la

documentación solicitada al momento de presentar oferta en los procedimientos de selección

de contratistas se encuentran debidamente sellados con lacre o silicona”. El Instituto emitió la

siguiente acción correctiva: En las contrataciones correspondientes en el ejercicio económico

financiero 2015, todos los procesos de contrataciones en su oferta presentan sello con lacre”.

De la revisión efectuada a los expedientes de obras Nros. CA-IMDEPREC-16-FCI-001 y

CA-IMDEPREC-16-RO-003, se constató que los sobres contentivos de las ofertas estaban

debidamente sellados con lacre o silicona, de conformidad con lo establecido en el pliego de

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294

condiciones de la contratación. Por lo que se considera Oficialmente Ejecutada la acción

correctiva.

7. En lo que respecta a la recomendación referida a: “Conformar los expedientes contentivos

de los contratos de obras de acuerdo a lo establecido en el artículo 32 del Reglamento de

Contrataciones Públicas”. Sobre el particular, el Instituto planteó la siguiente acción

correctiva: “Dicha recomendación no es aplicable para el ejercicio 2015 ya que se ha cumplido

totalmente”. De la revisión efectuada a los dos expedientes de contrataciones para la ejecución

de obra, signado con los Nros.CA-IMDEPREC-16-FCI-001 y CA-IMDEPREC-16-RO-003, se

constató que contienen los documentos establecidos en el artículo 32 del Reglamento de

Contrataciones Públicas, relacionados con el proceso de selección de contratistas,

administración del contrato y pagos. Por lo que se considera Oficialmente Ejecutada la acción

correctiva plasmada.

8. En referencia a la recomendación: “Definir en la estructura organizativa del Instituto la

unidad técnica administrativa que se encarga de la ejecución y cumplimiento del Compromiso

de Responsabilidad Social asumido por los contratistas”. Al respecto, el Instituto expuso la

siguiente acción correctiva: “Se creará durante el último trimestre del ejercicio económico

financiero 2015 la unidad técnica encargada del seguimiento a los compromisos de

responsabilidad social”. En relación a la recomendación sometida al análisis, se constató que

la junta directiva aprobó en sesión ordinaria celebrada en fecha 21/12/2015, el nombramiento

de las ciudadanas Rossier Rossell y Angelina Petit para que conformen la unidad técnica y

administrativa para el seguimiento y control del Compromiso de Responsabilidad Social, en

este sentido, mediante resolución Nº IMD-CJ-013-15, de fecha 22/12/2015 suscrita por el

Presidente del IMDEPREC fueron designadas como miembro de la mencionada unidad. En tal

sentido, esta comisión considera Oficialmente Ejecutada la acción correctiva planteada.

9. En cuanto a la acción correctiva dirigida a: “Efectuar la evaluación, control y seguimiento

de los documentos que justifican el cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social

de los contratos de obras e incluir los mismos en el respectivo expediente de contratación”. En

relación a tal recomendación, el Instituto emitió la siguiente acción correctiva: “se efectuará la

evaluación, control y seguimiento de la responsabilidad social para incluir en los documentos

los expedientes de contratación”. En concordancia a lo planteado, se evidenció que el Instituto,

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295

para el periodo evaluado (enero-julio 2016) se formalizó dos contratos de obra Nros.

CJ-CA-IMDEPREC-16-FCI-001 y CJ- CA-IMDEPREC-16-RO-003, los cuales al 23/06/2016

se encuentran en etapa de ejecución; no habiendo producido el cierre administrativo de tales

contratos razón por la que no se había otorgado el compromiso de responsabilidad social, por

parte de las contratistas.

CONCLUSIONES

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento, dirigida a verificar el

estado de implementación de las acciones correctivas remitidas por el Presidente del Instituto

a este órgano de control, mediante oficio Nº S/N de fecha 30/10/2015, en virtud de las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAD-019-2015, de fecha

29/09/2015, notificadas mediante oficio Nº DC-DCAD-1-477-2015 de fecha, 30/09/2015, se

concluye que las nueve (09) acciones contentivas en el plan de acciones correctivas fueron

Oficialmente Ejecutadas en su totalidad.

Los resultados de la presente actuación fueron remitidos a las máximas autoridades del

Instituto Municipal del Deporte y la Recreación, mediante oficio Nº DC-DCAC-014-16 de

fecha 16/11/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAD-015-16

de fecha 25/10/2016

Órgano: Fundación para la Promoción de la Cultura de Maracaibo

(FUNDACULTURA)

Es una Fundación con personalidad jurídica propia, con capacidad para realizar todos los actos

de naturaleza civil necesarios para el cumplimiento de sus fines, y conforme a su naturaleza

jurídica es una Institución social sin fines de lucro, y se regirá por lo previsto en el acta

estatutaria registrada en fecha 28/09/2005, ante el Registro Inmobiliario Primer Circuito del

Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, bajo el Nº 15, Protocolo 1°, tomo 37°, en el

Código Civil y en las leyes especiales que existan o que puedan existir en el futuro, que rijan

esta materia.

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296

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación de seguimiento estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las

Acciones Correctivas, remitidas por la máxima autoridad de la Fundación a este órgano de

control, mediante Oficio N° FC-070-2014 de fecha 12/03/2014, en virtud de las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo N° DCAD-002-2014 de fecha

13/01/2014, notificadas mediante Oficio N° DC-DCAD-2-0101-2014 de fecha 11/02/2014. A

tal efecto, se evaluaron los procesos presupuestarios, financieros y contables de los ingresos y

gastos a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. Con relación a la recomendación, dirigida a: “Conformar los expedientes, que surjan con

motivo de contrataciones por la adquisición de bienes y servicios, contentivos de toda la

documentación establecida según la modalidad de selección de contratistas y conservándola

por el tiempo establecido”. Sobre el particular, la Fundación emitió la siguiente acción

correctiva: “1.- Conformación de los expedientes de las contrataciones de la adquisición de

bienes y servicios de la Fundación para el año 2012. Revisión de Expedientes año 2013”. Al

respecto, de la revisión efectuada a los quince (15) expedientes de contrataciones para

adquisición de bienes y prestación de servicios, ejecutadas por la Fundación durante el

ejercicio económico financiero 2015, se constató que contienen documentos establecidos en el

artículo 32 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas, relacionados con la

selección de contratista, administración del contrato y pago. Por lo que dicha recomendación

se considera Oficialmente Ejecutada.

2. En referencia a la recomendación: “Velar que los soportes que respaldan las operaciones

administrativas, presupuestarias, financieras y contables, contengan información completa,

clara, exacta, confiable y acorde a las necesidades del ente”. En este sentido, la Fundación

planteó la siguiente acción correctiva: “1.- Revisar, adecuar y complementar la información en

las operaciones administrativas, presupuestarias, financieras y contables de la Fundación; 2.-

Revisión de soportes correspondientes a los años 2012 y 2013; 3.- Garantizar la información

oportuna y pertinente en las operaciones administrativas, financieras y contables de la

Fundación año 2014. De la revisión efectuada al mayor analítico, libro de banco y las

operaciones financieras efectuadas por la Fundación en el ejercicio económico financiero

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2015, tales como: Cheques emitidos, depósitos, notas de débitos y notas de créditos,

encontrándose la información completa, clara, exacta, confiable y acorde a las necesidades del

ente, conteniendo los siguientes datos: Fecha de realización de la operación, descripción,

(N° de cheque y beneficiario, N° de depósito, concepto de la nota de débito, de crédito y

saldo). Razón por la cual esta recomendación se considera Oficialmente Ejecutada.

3. En cuanto a la recomendación de: “Remitir al Sistema Nacional de Contrataciones, dentro

de los lapsos tipificados en la Ley de Contrataciones Públicas, la Programación de compras de

bienes y servicios y los sumarios de contrataciones realizadas”. De lo referido, la Fundación

formuló la siguiente acción correctiva: “1.- Garantizar cumplimiento de lapsos establecidos en

la Ley de Contrataciones Públicas”. Sobre el particular, se evidenció que la Fundación efectuó

diversas gestiones, a los fines de remitir al Servicio Nacional de Contrataciones la información

relacionada con la programación de la adquisición de bienes, prestación de servicios y

ejecución de obras a contratar en el 2015, así como, de las contrataciones realizadas

trimestralmente, no obstante, dicha remisión no fue posible debido a que los módulos del

sistema se encontraban desactivados, arrojando error al cargar la información, de este hecho se

dejó constancia en Acta Fiscal N° 4 de fecha 29/09/2016, por lo que se considera Parcialmente

Ejecutada la recomendación.

4. En relación a la recomendación, que se refiere a: “Elaborar, aprobar e implementar el

Manual de Normas y Procedimientos, del área administrativa, y el Manual de Procedimientos

del Sistema de Modificaciones Presupuestarias y Reprogramación de la Ejecución del

Presupuesto, contentivos de las normas relativas a la ejecución de los ingresos y gastos, así

como a las actividades, pasos y procedimientos a seguir, y el personal que interviene en cada

una de las fases realizadas”. En tal sentido, la Fundación expuso las siguientes acciones

correctivas: “1.-Elaborar y enviar a la oficina de Planificación Organizacional, los borradores

de los Manuales de Normas y Procedimientos del área administrativa y contable,

presupuestaria y de bienes 2.-Acatar las observaciones de la Oficina de Planificación y

Desarrollo Organizacional; 3.-Solicitar a la Consultoría Jurídica y al Despacho de la Alcaldesa

la conformación de una nueva Junta Directiva de la Fundación; 4.- Conformada la nueva Junta

Directiva, presentar para su aprobación los Manuales referidos.” Al respecto, se constató que

mediante oficio Nº DC-FC-666-2014 de fecha 06/10/2014 que la Fundación remitió para su

revisión, los Manuales de Normas y Procedimiento de las áreas contables, planificación,

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presupuesto, tesorería, compras, contrataciones, control y registro de bienes, no obstante, en la

actualidad, dichos manuales no han sido aprobados por la Junta Directiva, ni debidamente

implantados, por lo que FUNDACULTURA no dispone de instrumentos normativos que

regulen los procesos de las áreas anteriormente mencionadas, igualmente, no dispone del

Manual de Procedimientos del Sistema de Modificaciones Presupuestarias y Reprogramación

del Presupuesto. Por lo que se considera No Ejecutada la recomendación.

CONCLUSIÓN.

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento, dirigida a verificar el

estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas autoridades

de la Fundación para la Promoción de la Cultura del Municipio Maracaibo mediante oficio

N° DC-DCAD-015-16 de fecha 25/08/2016, en virtud de las recomendaciones formuladas en

el Informe Definitivo N° DCAD-002-2014 de fecha 13/01/2014, notificadas mediante Oficio

N° DC-DCAD-2-0101-2014 de fecha 11/02/2014, se concluye que de cuatro (04) acciones

contentivas en el plan de acciones correctivas, fueron oficialmente ejecutadas dos (02), una

(01) Parcialmente Ejecutada y una (01) No Ejecutada. En tal sentido, este Órgano de Control

Fiscal Municipal, reconoce las acciones promovidas por las autoridades de la Fundación; sin

embargo, aún se observa que existen debilidades relacionadas con el proceso de remitir al

Sistema Nacional de Contrataciones, la Programación de compras de bienes y servicios.

Igualmente, en lo que respecta a implementar el Manual de Normas y Procedimientos, del área

administrativa y el Manual de Procedimientos del Sistema de Modificaciones Presupuestarias

y Reprogramación de la Ejecución del Presupuesto, por lo que se considera que existe un

incumplimiento justificado.

Los resultados de la presente actuación fueron remitidos a las máximas autoridades de la

Fundación para la Promoción de la Cultura del Municipio Maracaibo, mediante oficio

Nº DC-DCAC-015-16 de fecha 28/10/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAD-016-16

de fecha 15/12/2016

Fundación para el Sistema Autosustentable de Desarrollo Microfinanciero y Ciudadano

de Maracaibo

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Se crea mediante Decreto Nº 240, de fecha 14/11/2006, publicada en Gaceta Municipal

N° 010 de fecha 15/01/2007, es una Fundación con personalidad jurídica propia, con

capacidad para realizar todos los actos de naturaleza civil necesarios para el cumplimiento de

sus fines y conforme a su naturaleza jurídica es una institución social sin fines de lucro. Su

objeto es la Promoción de la Ciudadanía Plena, como mecanismo de generación de la riqueza

a través del mejoramiento de las condiciones de vida y el fortalecimiento del ejercicio de los

deberes y derechos que implica la Ciudadanía Plena, a través del desarrollo de las capacidades

y la corresponsabilidad social de diversos actores en el Municipio Maracaibo.

OBJETIVO Y ALCANCE.

La actuación de seguimiento, estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las

acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad de la Fundación a este órgano de

control mediante Oficio N° SAMI-136-2015 de fecha 22/09/2015, en virtud de las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAD-014-2015 de fecha

07/08/2015, notificadas mediante oficio Nº DC-DCAD-2-394-2015 de fecha 11/08/2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. Con relación a la recomendación dirigida a: “Realizar los Ajustes al Plan Operativo Anual

con base a las asignaciones que ocasionan las modificaciones presupuestarias efectuadas

durante el ejercicio económico correspondiente”. Siendo planteada por la Fundación la

siguiente acción correctiva: “Realizar los ajustes al Plan Operativo Anual, conforme a las

modificaciones presupuestarias aprobadas”. En este sentido, se constató que la Fundación

SAMI elaboró el Plan Operativo Anual 2016, ajustado al mes de julio, en el cual se refleja el

incremento de las metas financieras vinculadas a la ejecución de los objetivos y ocho (08)

actividades programadas inicialmente, toda vez que el presupuesto inicial de Bs. 59.020.703 se

incrementó durante el primer semestre 2016, a través de créditos adicionales por

Bs. 3.287.344,50 para alcanzar un presupuesto modificado de Bs. 62.308.047,50. Por lo que se

considera Oficialmente Ejecutada la acción correctiva.

2. En referencia a la recomendación: “Elaborar un Plan Estratégico donde se establezcan las

políticas, objetivos, metas y acciones dirigidas al cumplimiento del Plan de Desarrollo

Económico Municipal”. En tal sentido, la Fundación planteó la siguiente acción correctiva:

“Elaboración y aprobación del Plan Estratégico”. Se constató la elaboración del Plan

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Estratégico 2016-2017, contentivo de los objetivos y estrategias a desarrollar por la

Fundación, vinculadas al Plan de desarrollo del Municipio Maracaibo, enmarcado en el

Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, el cual

fue aprobado por la Junta Directiva de la Fundación SAMI en Reunión Extraordinaria N° 34,

de fecha 30/10/2015, en atención a lo antes expuesto se considera la acción correctiva

Oficialmente Ejecutada

3. En cuanto a: “Incluir y aprobar en el Manual de Normas y Procedimientos, relacionado con

el Acto de Entrega de Microcréditos (MNP-GA-OAA-03), que establezcan las fases, que

regulen los procesos de seguimiento, vigilancia y monitoreo posterior a la entrega de los

recursos, permitiendo advertir oportunamente cualquier desviación e incumplimiento de la

ley”. La Fundación planteó la siguiente acción correctiva: “Elaboración, aprobación e

implantación del Manual de Normas y Procedimientos”. En este sentido, se evidenció que la

Fundación en acta de asamblea N° 33 de fecha 29/09/2015, aprobó el Manual de Normas y

Procedimientos, contentivo del proceso relacionado con el Seguimiento de la Gestión y

Proceso de la Cobranza de la Cartera Microcrediticia; así mismo, se verificó el cumplimiento

de las acciones tendentes al seguimiento, la vigilancia y monitoreo de la recuperación de los

créditos otorgados durante el período comprendido de abril a junio del 2016; sobre el

particular, la Fundación realizó acciones referidas a: conciliaciones de cobranzas, llamadas a

los deudores de créditos, gestión de cobranza; entre otras, que demuestra la aplicación del

referido Manual. Por lo que se considera Oficialmente Ejecutada la acción correctiva.

4. En lo concerniente a: “Publicar oportunamente sin excepción los Manuales de

Organización, de Normas y Procedimientos y Descriptivo de Clases de Cargos, en la Gaceta

correspondiente” la fundación emitió la siguiente acción correctiva: “Gestionar la publicación

de los Manuales de Organización, Normas y Procedimientos y Descripción de Clases de

Cargos en Gaceta Oficial”. Sobre el particular, se constató que la máxima autoridad de la

Fundación para el Sistema Autosustentable de Desarrollo Microfinanciero y Ciudadano de

Maracaibo, mediante comunicación N°SAMI-014-2016 de fecha 10/02/2016, emprendió las

acciones pertinentes para gestionar la publicación en Gaceta Municipal de la Resolución

Nº 002-2016 de fecha 05/02/2016, mediante la cual se aprobaron los Manual de Organización,

Manual de Normas y Procedimientos, y el Manual Descriptivo de Cargo, aprobados en

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301

reunión de Junta Directiva Nº 33 de fecha 29/09/2015; por lo que dicha acción correctiva se

considera Parcialmente Ejecutada.

5. De igual manera, en el Informe Definitivo se recomienda a la Fundación: “Dar

cumplimiento a las metas y objetivos programados, con base a las asignaciones

presupuestarias establecidas para las mismas, siendo diligentes en la adopción de las medidas

necesarias ante cualquier evidencia de desviación de las mismas”. En este sentido, la

Fundación expuso la siguiente acción correctiva: “Verificación de cumplimiento de las metas

y objetivos programados”. Al respecto, se procedió a constatar la ejecución de las actividades,

metas y objetivos establecidos en el Plan Operativo Anual durante el periodo comprendido

desde abril hasta junio 2016, observándose que cuatro (04) actividades no han sido cumplidas

en su totalidad, en el periodo evaluado, presentando valores de ejecución que oscilan entre el

50% y el 73,33%, así mismo, dos (02) de las actividades no fueron ejecutadas. Razón por la

cual se considera Parcialmente Ejecutada la acción correctiva emprendida.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento dirigida a verificar el

cumplimiento de las acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad de la

Fundación para el Sistema Autosustentable de Desarrollo Microfinanciero y Ciudadano de

Maracaibo (SAMI), en virtud de las recomendaciones formuladas por este Órgano de Control

Fiscal, en el Informe Definitivo N° DCAD-014-2015 de fecha 07/08/2015, y notificadas a las

máximas autoridades mediante Oficio Nº DC-DCAD-2-394-2015, se concluye que de cinco

(05) acciones señaladas en el Plan de acciones correctivas por la Fundación para el Sistema

Autosustentable de Desarrollo Microfinanciero y Ciudadano de Maracaibo, mediante oficio

N° SAMI-136-2015 de fecha 22/09/2015 tres (03) fueron Oficialmente Ejecutadas y dos (02)

Parcialmente Ejecutadas.

Los resultados de la presente actuación fueron remitidos a la máxima autoridad de la

Fundación para el Sistema Autosustentable de Desarrollo Microfinanciero y Ciudadano de

Maracaibo (SAMI), mediante oficio Nº DC-DCAC-016-16 de fecha 15/12/2016.

Page 301: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

302

Informe de Seguimiento Nº DCAC-017-16

de fecha 26/10/2016

Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito Maracaibo

Es un ente autónomo, con personería jurídica y patrimonio propios, independientes del

patrimonio y presupuesto del Consejo Municipal del Distrito Maracaibo, creado mediante

Ordenanza sobre la creación del Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de

Pasajeros del Distrito Maracaibo, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria No. 108, de

fecha 27 de noviembre de 1980, el cual tiene por objeto prestar el servicio de transporte

colectivo de pasajeros en el Distrito Maracaibo y demás actividades conexas, siendo

competente para programar, organizar, dirigir, coordinar, administrar, regular y controlar todo

lo relativo a la prestación del referido servicio de transporte colectivo en esta ciudad.

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación de seguimiento, estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las

acciones correctivas presentadas por la máxima autoridad del Instituto, a este órgano de

control, mediante Oficio Nº IMT-ADM-093-2015 de fecha 20/03/2015, en virtud de las

recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAD-002-2015 de fecha

29/01/2015 notificadas mediante Oficio Nº DC-DCAD-1-090-2015 de fecha 09/02/2015

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. En cuanto a la recomendación dirigida a: “Implementar la utilización de formas libres pre-

impresas y numeradas consecutivamente para la emisión de listines y permisos de salida, que

faciliten la actualización de la Unidad Tributaria con la finalidad de evitar pérdida de material

o emisión de formatos que reflejen datos irreales”. Siendo planteado por el instituto la

siguiente acción correctiva: “Se solicitarán los presupuestos para la adquisición de las formas

continuas e impresoras a fin de acatar su recomendación”. Al respecto, se constató que el

Instituto efectuó un proceso de contrataciones bajo la modalidad de Consulta de Precios,

signado con el Nº CP-IMT-ADM-ORD-16-0000005, para la “Implementación de sistemas de

formas libres pre-impresas, numeradas y automatización de los precios de acuerdo a la unidad

tributaria vigente para la emisión de listines y tasas de salida para la venta, a los usuarios de la

Terminal de Pasajeros del Municipio Maracaibo Estado Zulia”, resultando adjudicada en fecha

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303

27/01/2016 la empresa MEDIARTS, C.A.; así mismo, de la revisión efectuada a los listines y

permisos de salida emitidos durante el período del 01/01/2016 al 31/07/2016, se constató la

utilización de formas libre pre-impresas y numeradas, siendo calculada la tasa administrativa

al valor de la Unidad Tributaria vigente. Por lo que se considera, Oficialmente Ejecutada la

acción correctiva antes citada.

2. Con relación a la recomendación, dirigida a: “Designar personal capacitado en sistemas de

procesamiento de datos computarizados, con el fin de realizar los ajustes en el valor de las

tasas una vez publicada el cambio de la unidad tributaria”. Siendo planteado por el Instituto la

siguiente acción correctiva: “Capacitar el personal involucrado a fin de realizar los ajustes

correspondiente de acuerdo a los cambios de la Unidad Tributaria”. Al respecto, se constató

que el Instituto contrató los servicios profesionales de una persona jurídica (MEDIART, C.A),

para la instalación del sistema de formas libre pre-impresas en la Caja Principal de la Terminal

de Pasajeros, además de impartir la inducción al personal involucrado en el proceso de

emisión de Listines y Tasas de Salida de la Terminal de Pasajeros, sobre la adecuada

utilización y funcionamiento del sistema, en relación a la actualización del valor de la Unidad

Tributaria, según se evidencia en informe de fecha 15/02/2016; por lo que se considera

Oficialmente Ejecutada la acción antes plasmada.

3. De igual manera, en el Informe Definitivo se recomienda al Instituto: “Dictar, aprobar e

implementar el Manual de Normas y Procedimientos que regule la captación de los ingresos

percibidos por la caja receptora y el Manual del Sistema de Modificaciones Presupuestarias y

Reprogramación de la ejecución de presupuesto”. En este sentido, el Instituto presentó las

siguientes acciones correctivas: “El manual que Regula la captación de los Ingresos percibidos

por la caja receptora de la Terminal de Pasajeros del Municipio Maracaibo, se encuentra en

fase: desglose de los sub-proceso, esta acción fue recomendación é Indicada por la Dirección

de Planificación y desarrollo organizacional de la alcaldía de Maracaibo, la cual dicta la

metodología y los lineamientos para la elaboración de normas y procedimientos” y “El manual

que regula los procesos administrativos del sistema de modificaciones presupuestarias y

reprogramación de la ejecución del presupuesto, se encuentra en la fase de elaboración y

análisis por parte de la jefatura de presupuesto”. Al respecto, se constató que para el período

de 01/01/2016 al 31/07/2016, el Instituto cuenta con los Manuales de Normas y

Procedimientos para el Proceso de Ingresos recibidos por la Caja del Terminal de Pasajeros y

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304

su Registro y el Manual de Normas y Procedimientos para el Proceso de Modificaciones

Presupuestarias y Reprogramación del presupuesto debidamente aprobados, según consta en

Acta de Junta Directiva de los Miembros del Directorio del Instituto Municipal de Transporte

Colectivo Urbano de Pasajeros del Municipio Maracaibo (IMTCUMA) Nº 12 de fecha

28/05/2015, igualmente, se notificó la aprobación de los Manuales antes citados, a la Oficina

de Control y Gestión según Memorando de fecha 29/05/2015 y se evidenció la hoja de

validación y aprobación con fecha de implantación 28/05/2015, por lo tanto, se considera

Oficialmente Ejecutada la acción correctiva antes plasmada.

4. En referencia a la recomendación: “Conformar los expedientes de contrataciones

contentivos de la documentación establecida, en virtud de la modalidad de consulta de precios

específicamente lo concerniente al acta de inicio, invitación o llamado a los participantes,

ofertas recibidas, análisis de las ofertas e informes de resultados; sin menoscabo de cualquier

otro requerimiento legalmente establecido”. En tal sentido, el Instituto planteó la siguiente

acción correctiva: “Se tomarán las acciones correctivas. Existe un funcionario encargado de

velar por que esto se realice conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas”.

Al respecto, se evidenció que durante el período comprendido del 01/01/2016 al 31/07/2016,

el Instituto realizó once (11) procesos de contratación, bajo la modalidad de consulta de

precios, conformando los expedientes con la debida documentación establecida en el Artículo

32 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas. Por lo que dicha acción correctiva se

considera Oficialmente Ejecutada.

5. En el Informe Definitivo se recomendó: “Afectar y registrar con cargo a la partida

presupuestaria 4.03.10.02.00 los gastos por concepto de Contabilidad y Auditoría, incurridos

con motivo de la suscripción de contratos por conceptos de servicios con auditores,

profesionales independientes, consultores en materia de control”. El Instituto planteó la

siguiente acción correctiva: “Para el ejercicio económico financiero 2015 se está afectando a la

partida presupuestaria 4.03.10.02.00”. En este sentido, se constató que los pagos efectuados

por el Instituto para el período 01/01/2016 al 31/07/2016 a favor de Asociación Civil de

Contadores Públicos Gómez, García, Medina & Asociados, por concepto de Asesoramiento en

materia de control interno, incluyendo la asesoría técnica, legal y administrativa para la

evaluación de procesos y desarrollo de mecanismos de control de contratos, control financiero

y presupuestario del Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del

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305

Municipio Maracaibo (IMTCUMA), fueron imputados por la partida presupuestaria

4.03.10.02.00 (Servicios de Contabilidad y Auditoría), según se evidenció en contrato S/N de

fecha 22/01/2016, Órdenes de pago y ejecución presupuestaria del mes de enero al mes de

Junio 2016. En consecuencia, la acción correctiva antes expuesta se considera Oficialmente

Ejecutada.

6. Con respecto, a la recomendación dirigida a: “Exigir la fianza de fiel cumplimiento a las

empresas con las cuales se suscribieron contrato por servicios con auditores profesionales

independientes, consultores y/o firmas de auditores en materia de control, con la finalidad de

responder por las obligaciones adquiridas”. El Instituto planteó la siguiente acción correctiva:

“En el año 2014, la empresa con quien se suscribió contrato por servicios profesionales

independientes, consultores y/o firmas de auditores en materia de control, consigno fianza de

fiel cumplimiento. Para el año 2015, se estableció en el contrato que para asegurar el

cumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato de servicios profesionales para el

asesoramiento de control interno, se está reteniendo el 10% sobre los pagos que se realicen”.

En este sentido, se evidenció que durante el periodo del 01/01/2016 al 31/07/2016, el Instituto

contrato los servicios profesionales de la Asociación Civil de Contadores Públicos Gómez,

García, Medina & Asociados, mediante contrato S/N, suscrito en fecha 22/01/2011, por

concepto de Asesoramiento en materia de control interno, incluyendo la asesoría técnica, legal

y administrativa para la evaluación de procesos y desarrollo de mecanismos de control de

contratos, control financiero y presupuestario del Instituto, evidenciándose que la misma

consignó carta de autorización de fecha 04/01/2016, mediante la cual autoriza al instituto para

que efectué la retención del 10%, por concepto de fianza de fiel cumplimiento, sobre cada

pago realizado. Asimismo, de la revisión efectuada a las seis (06) órdenes de pago emitidas

para la cancelación de los servicios profesionales de los meses de enero a julio de 2016, se

constató que el IMTCUMA efectivamente efectúa la retención correspondiente a la Fianza de

Fiel cumplimiento, por lo que se considera Oficialmente Ejecutada la acción correctiva

indicada en el Informe Definitivo.

CONCLUSIONES.

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento, dirigida a

verificar el estado de implementación de las acciones correctivas presentadas por las máximas

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autoridades del Instituto Municipal de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito

Maracaibo, en virtud de las recomendaciones formuladas por este Órgano de Control Fiscal,

en el Informe Definitivo Nº DCAD-002-2015 de fecha 29/01/2015 y notificadas mediante

Oficio Nº DC-DCAD-1-090-2015 de fecha 09/02/2015; se concluye que las siete (07)

acciones contenidas en el Plan de acciones correctivas presentadas por el Instituto Municipal

de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito Maracaibo, mediante Oficio

Nº IMT-ADM-093-2015 de fecha 20/03/2015, fueron implementadas en su totalidad.

Los resultados de la actuación fueron notificados a la máxima autoridad de Instituto Municipal

de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros del Distrito Maracaibo, mediante oficio

Nº DC-DCAD-017-16 de fecha 29/11/2016.

Informe de Seguimiento NºDCAD-18-16

de fecha 03/11/2016

Órgano: Instituto Municipal de la Gaita Ricardo Aguirre

Es un ente municipal autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e

independiente del Fisco Municipal, creado según Ordenanza N°156 publicada en Gaceta

Municipal de Maracaibo de fecha 05/10/1993. Tiene como objetivo principal brindar

protección y fomento al género musical zuliano denominado Gaita, proteger su cadencia y

estilo derivados de la costumbre y tradición, reconocer y apoyar a quienes destaquen en la

composición, interpretación vocal y ejecución instrumental de la gaita, así como también a la

promoción, fundación y organización de agrupaciones o eventos gaiteros y cualquier esfuerzo

destinado a la defensa y apoyo de la gaita.

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación fiscal de seguimiento estuvo orientada a verificar el estado de implementación de

las Acciones Correctivas remitidas por la máxima autoridad del Instituto Municipal de la Gaita

“Ricardo Aguirre” a éste Órgano de Control, mediante oficio S/N de fecha 06/03/2015, en

virtud de las recomendaciones formuladas en el Informe DefinitivoNº DCAD-027-2014 de

fecha 08/12/2014, notificado mediante oficio Nº DC-DCAD-2-0512-2014 de fecha

09/12/2014. A tal efecto, se evaluaron las operaciones administrativas, financieras, legales y

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307

presupuestarias, realizadas por instancias administrativas que intervinieron en los procesos a

partir del 01 de abril al 31 de diciembre de 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. En relación a la recomendación dirigida a “Elaborar, aprobar e implementar dos Manuales

de Normas y Procedimientos, uno dirigido a regular y establecer los Procedimientos

Administrativos y las Acciones a Ejecutar, por quienes intervienen en los procesos realizados

en el manejo y disposición de los recursos Financieros y el otro orientado al sistema de

modificaciones Presupuestarias y reprogramaciones de la Ejecución del Presupuesto de

ingresos y gastos”. Al respecto, el Instituto Municipal de la Gaita “Ricardo Aguirre” consideró

como acción correctiva “1. Convocar a la junta directiva de este Instituto con la finalidad de

dar inicio a la elaboración de los dos manuales de Normas y Procedimientos ya mencionados.

Coordinar un comité responsable de levantar los procedimientos por área de la oficina de

Administración y Bienes Públicos, para luego dar inicio a la elaboración del respetivo manual.

2. Llevar a la aprobación de la máxima autoridad del Instituto, para luego llevar a cabo su

ejecución.”. En función de lo planteado anteriormente, se constató que el Instituto inicio el

proceso para la elaboración del Manual de Normas y Procedimientos de la Oficina de

Administración y Bienes Públicos, toda vez que mediante comunicaciones emitidas en fecha

19/06/2015 el presidente del IMGRA giró instrucciones al personal responsable del área

administrativa para que procediera a levantar dichos procedimientos, en función de elaborar el

instrumento normativo respectivo, no obstante, aún se encuentra en fase de elaboración para

su posterior aprobación e implementación; así mismo, no se observaron acciones tendentes a

la elaboración del Manual de Normas y Procedimientos del Sistema de Modificaciones

Presupuestarias y Reprogramaciones de la Ejecución del Presupuesto, por lo tanto se considera

No Ejecutada la recomendación.

2. Con respecto a la recomendación que concierne a “Incluir como fuente financiera de

ingresos, los excedentes financieros que se estimen obtener al cierre del ejercicio fiscal

anterior al presupuestado (de ser el caso)”. Sobre el particular, el Instituto Municipal de la

Gaita “Ricardo Aguirre” planteó la siguiente acción correctiva “1. La información sobre los

excedentes de caja y Banco debe ser suministrada por el Analista Contables de este Instituto,

quien deberá estimar dicha cantidad para registrarla en el Anteproyecto del Ejercicio

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Económico siguientes. 2. Los excedentes de caja y banco serán incluidos dentro de una Partida

de Materiales y Suministros (4.02), por ejemplo en Materiales para Equipos de Computación,

Contenida en el Formato de la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos, la cual sumada

al Presupuesto Aprobado daría el Presupuesto Modificado”. En tal sentido, de la revisión

efectuada al anteproyecto del presupuesto de ingresos 2016 se constató, que no contempla la

aplicación financiera, correspondiente a los ingresos por concepto de disponibilidades

financieras no comprometidas al cierre del ejercicio económico financiero 2015,

constituyendo estos recursos los excedentes en caja y banco, en tal sentido esta recomendación

se considera No Ejecutada.

3. En relación a la recomendación, que se refiere a “Incluir en los planes de capacitación y

desarrollo del personal, talleres dirigidos al personal del área de Administración, en materia de

formulación ejecución, registro, y control de presupuesto, dos veces al año”, el Instituto

Municipal de la Gaita “Ricardo Aguirre” formuló la siguiente acción correctiva “Capacitar y

Adiestrar al Personal de Ejecutar las operaciones administrativas mediante solicitud remitidas

al Instituto Municipal de Capacitación y Educación Ciudadana (IMCEC), o la Contraloría

Municipal de Maracaibo”. Sobre el particular, se constató que el personal que labora en el área

administrativa del Instituto, no participó durante el ejercicio económico financiero 2015 en

actividades de formación en materia de formulación, ejecución, registro y control de

presupuesto, a los cuales hacía referencia el plan de acción correctiva, por las consideraciones

precedentes se considera No Ejecutada la recomendación.

4. En relación a la recomendación referida a “Conciliar los registros presupuestarios y

financieros mensualmente de todas las cuentas, a los fines de verificar el equilibrio

presupuestario financiero del Instituto”, el Instituto Municipal de la Gaita “Ricardo Aguirre”

planteó la siguiente acción correctiva “1. La información sobre los cheques o transferencias de

gastos de funcionamiento debe ser suministrada por la Administradora del Instituto al

Presidente, y a las áreas de Contabilidad y presupuesto para que se lleven a efecto los registros

en forma transparente. 2. Para evitar la omisión de registros de Transferencias de gastos de

funcionamiento, se comparan los registros contables con los registros bancarios

mensualmente; información suministrada por el Analista Contable”. En tal sentido, se efectuó

la comparación de los registros de las operaciones efectuadas en la Ejecución Financiera del

Presupuesto de Ingresos 2015, en el libro auxiliar de banco de la cuenta corriente

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309

N° 0116-0140-51-0009454977 del Banco Occidental de Descuento y los Estados de Cuenta

bancarios emitidos por la institución financiera, constatándose que existe una diferencia de

Bs. 712.778,81 correspondiente a depósitos y transferencias recibidas de la Alcaldía de

Maracaibo, no registrados en el instrumento presupuestario, motivo por el cual se considera no

ejecutada la recomendación contenida en el Informe Definitivo N° DCAD-027-2014.

5. En cuanto a la recomendación dirigida a “Conciliar los registros presupuestarios y

financieros mensualmente de todas las cuentas, a los fines de verificar el equilibrio

presupuestario financiero del Instituto”, el Instituto planteó la siguiente acción correctiva

“Para detectar la no imputación de montos presupuestados verdaderos, se compara el monto

total mensualmente de la sumatoria de las órdenes de pago, con el monto asentado en el

Formato de Ejecución Financiera, cuyo resultado debe dar exacto”. De la revisión y análisis

efectuada a la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos mensuales, se constató que

durante el mes de Octubre se omitió el registro presupuestario en la sub-especifica

4.01.03.02.00 “Prima por Transporte” de Bs. 30,00 pagados mediante orden de pago N°438 de

fecha 30/10/2015; así mismo, en el mes de diciembre no se efectuó el registro presupuestario

en la sub-especifica 4.01.06.05.00 “Aporte patronal Ley Política Habitacional” de Bs. 5.215,

pagados mediante orden de pago N°455 de fecha 01/12/2015, por lo tanto se considera

No Ejecutada la recomendación.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación de Seguimiento, dirigida a verificar el

cumplimiento del Plan de Acciones Correctivas, emprendidas por las máximas autoridades del

Instituto Municipal de la Gaita “Ricardo Aguirre” notificadas a éste órgano de control,

mediante oficio S/N de fecha 06/03/2015, en virtud de las recomendaciones formuladas en el

Informe Definitivo Nº DCAD-027-2014 de fecha 08/12/2014, notificado mediante oficio

Nº DC-DCAD-2-0512-2014 de fecha 09/12/2014, se concluye que las cinco (05) acciones

correctivas emprendidas por las autoridades del Instituto, se encuentran No Ejecutadas; las

cuales están dirigidas a la ausencia de un Manual que establezca las Normas y Procedimientos

para regular los procesos ejecutados por la Oficina de Administración y Bienes Públicos del

Instituto y el Manual de Modificaciones Presupuestarias y Reprogramaciones de la Ejecución

del Presupuesto; así mismo, persisten debilidades relacionadas con la estimación de los

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310

recursos correspondientes a los excedentes en caja y banco al cierre del ejercicio fiscal anterior

al que se presupuesta, el personal del área administrativa no recibió capacitación en materia

presupuestaria, además se constató la omisión de registros tanto de ingresos como de gastos en

la Ejecución Financiera del Presupuesto del Instituto. Por lo que se considera, que existe un

incumplimiento injustificado.

Los resultados de la actuación fiscal fueron notificados a la máxima autoridad del Instituto

Municipal de la Gaita Ricardo Aguirre, mediante oficio Nº DC-DCAD-018-16 de fecha

04/11/2016.

Informe Definitivo Nº DCAC-019-2016

de fecha 21/12/2016

Órgano: Instituto Municipal de Capacitación y Educación Ciudadana (IMCEC).

Es un Instituto Autónomo adscrito a la Alcaldía del Municipio Maracaibo, con personalidad

jurídica y patrimonio propio, con capacidad para realizar todos los actos de naturaleza civil y

conforme a su naturaleza jurídica es una Institución Social sin fines de lucro

OBJETIVO Y ALCANCE

La auditoría operativa, estuvo dirigida a la evaluación de la legalidad, sinceridad y exactitud

de las operaciones administrativas, presupuestarias, financieras y técnicas ejecutadas por el

Instituto Municipal de Capacitación y Educación Ciudadana (IMCEC), relacionadas con la

recepción de recursos y su ejecución, los procesos de contrataciones para la adquisición de

bienes y prestación de servicios, la administración del personal, el registro y el control de

bienes; así como, la planificación y el resultado de la gestión ejecutada, durante el ejercicio

económico financiero 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES.

1. De la revisión efectuada a los expedientes del personal fijo y contratado por el Instituto

Municipal de Capacitación y Educación Ciudadana (IMCEC), correspondiente al ejercicio económico

financiero 2015, no se evidenció en treinta y uno (31) de ellos, copia del comprobante en el que

conste la presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio. Hecho no ajustado a lo establecido en

los artículos 23 y 26 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Tal situación,

obedece a debilidades en la supervisión y monitoreo por parte de la Oficina de Recursos Humanos,

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311

que permitan garantizar la conformación de los expedientes del personal con toda la documentación

exigida al momento de su ingreso; en consecuencia, el IMCEC no dispone de información, respecto al

cumplimiento de los deberes formales por parte del personal obligado a presentar la Declaración

Jurada de Patrimonio, vulnerando los principios de honestidad y transparencia.

2. Se observó mediante la revisión efectuada al Plan Operativo Anual y al Informe de Gestión

2015, del Instituto de Capacitación Ciudadana de Maracaibo (IMCEC), que una (1) meta

denominada: “Realizar tres (3) eventos (exposiciones al término del período de clases en los

centros comunitarios y EXPOVENTA IMCEC en fechas especiales en localidades externas)”

no fue cumplida en su totalidad, alcanzando solo un 66,67% de su ejecución, realizando solo

dos (2) eventos sin efectuar los ajustes correspondientes en el referido Plan Operativo Anual

del ejercicio evaluado. Hecho contrario a lo estipulado en el artículo 6 numeral 6 y 22 del

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Planificación

Pública y Popular y el artículo 19 de la Ley Orgánica de Administración Pública. La situación

in comento, se debe a debilidades de control interno por parte de la máxima autoridad del

Instituto, en cuanto al seguimiento, control y evaluación oportuna al plan operativo anual, con

el propósito de realizar los ajustes precisos para su cumplimiento, en el ejercicio económico

financiero 2015, tal hecho afecta los principios de eficiencia, eficacia y transparencia que

deben prevalecer en el ejercicio de la Administración Pública.

CONCLUSIONES.

De los resultados obtenidos de la Auditoria Operativa, orientada a la evaluación de la legalidad,

sinceridad y exactitud de las operaciones administrativas, presupuestarias, financieras y técnicas

ejecutadas por el Instituto Municipal de Capacitación y Educación Ciudadana (IMCEC),

correspondiente al ejercicio económico financiero 2015; se concluye, que existen debilidades,

concernientes a la administración de personal, atinente a la ausencia de documentación necesaria

que conforman los expedientes de personal fijo y contratado del Instituto, Declaración Jurada de

Patrimonio y la evaluación de desempeño. Asimismo, se constató la ausencia de un mecanismo de

control relacionado con el monitoreo y seguimiento al Plan Operativo Anual que permitan efectuar

los ajustes pertinentes ante cualquier desviación.

RECOMENDACIONES

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312

1. Velar que los expedientes del personal fijo y contratado, contenga la Declaración Jurada de

Patrimonio actualizada, con el propósito de garantizar que el personal adscrito al Instituto haya

cumplido con los deberes formales exigidos por la Contraloría General de la República.

2. Practicar dos (2) evaluaciones de desempeño al personal adscrito al Instituto, sobre la base

de los registros continuos de actuación que lleven cada supervisor inmediato; con el propósito

de obtener información relacionada con el cumplimiento de las funciones asignadas al logro

de resultados y la conducta profesional que permita programar los planes de capacitación y

desarrollo, incentivos y licencias otorgadas a los empleados.

3. Establecer controles efectivos para el seguimiento, control y evaluación oportuna de las

metas y objetivos programados por el Instituto, y de ser el caso, efectuar los ajustes necesarios.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máximas autoridades del

Instituto Municipal de Capacitación y Educación Ciudadana (IMCEC), mediante oficio

Nº DC-DCAD-019-16 de fecha 21/12/2016.

Informe Definitivo Nº DCAD-020-2016

de fecha: 19/09/2016

Órgano: Fundación Tranvía de Maracaibo

Mediante Decreto N° 242 emanado del Alcalde del Municipio Maracaibo, publicado en

Gaceta Municipal de Maracaibo N° 004, de fecha 04/03/2008, se autoriza la creación de la

Fundación. Según Acta Constitutiva protocolizada de fecha 26/09/2003, se constituye ante la

OFICINA SUBALTERNA DEL TERCER CIRCUITO DEL REGISTRO DEL MUNICIPIO

AUTONOMO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA; la Fundación como una Institución

Social sin fines de lucro, con personalidad jurídica propia, con capacidad para realizar todos

los actos de naturaleza civil necesarios para el cumplimiento de sus fines.

OBJETIVO Y ALCANCE

Page 312: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

313

La auditoría operativa, estuvo orientada a la evaluación de la legalidad, sinceridad y exactitud

de las operaciones administrativas, presupuestarias, financieras y técnicas ejecutadas por la

Fundación Tranvía de Maracaibo, relacionadas con la recepción de recursos y su ejecución, los

procesos de contrataciones para la adquisición de bienes y prestación de servicios, la

administración del personal, el registro y el control de bienes; así como, la planificación y el

resultado de la gestión ejecutada durante el ejercicio económico financiero 2015.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. La Fundación no efectuó el registro de la Ejecución Financiera del Presupuesto de

Recursos, conforme a sus etapas Devengado, Liquidado y Recaudado. Al respecto, el artículo

20 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera

del Sector Público. Situación no ajustada a lo establecido al artículo 4, numeral 13 de la

Resolución Nº 01-00-00-32 “Normas Generales de Contabilidad Pública”. Tal circunstancia,

obedece a la ausencia de efectivos mecanismos de control interno, relacionados con el registro

presupuestario de las operaciones financieras vinculada a los ingresos; en consecuencia, la

Fundación no dispone de información exacta, veraz y oportuna que indique el momento en

que nace el derecho a percibir una prestación pecuniaria, la determinación de la cuantía y la

transferencia de recursos vulnerando el principio de la rendición de cuentas.

2. La Fundación no dispone de un instrumento normativo que regule la asignación de viáticos

y pasajes para el cumplimiento de instituciones conferidas que establezca el procedimiento a

seguir, los trámites, niveles de aprobación, así como la tarifa de asignación. Circunstancia

contraria a lo estipulado el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Lo antes expuesto, surge a que las

máximas autoridades de la Fundación no han efectuado las acciones pertinentes a elaborar,

aprobar e implantar instrumento normativo que regule los viáticos asignados al personal de la

Fundación; trayendo como consecuencia, que se ejecuten gastos por este concepto de manera

discrecional sin considerar aspectos tales como el destino, tiempo de estadía, el nivel

jerárquico del solicitante entre otros.

3. Se constató que la Fundación, efectuó 16 contrataciones para la prestación de servicios que

totalizan un monto de Bs. 305.440,00, sin efectuar el proceso de selección de contratistas a los

cuales por su cuantía les correspondía aplicar la modalidad de consulta de precios, de acuerdo

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314

a la unidad tributaria vigente. Tal suceso, es contrario a lo establecido en el artículo 38, en su

numeral 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal. Lo antes mencionado, es originado por ausencia de mecanismos

de control interno por parte de la Unidad Contratante, dirigidos a garantizar la aplicación de la

modalidad de contratación para la selección de contratistas que correspondan de conformidad

con lo establecido en la normativa legal que regula la metería. Situación que impide efectuar

un análisis de precios que permita seleccionar la oferta más favorable a los intereses de la

Fundación, lo que vulnera los principios de transparencia, economía, eficacia, eficiencia y

libre competencia, que debe prevalecer en las contrataciones públicas.

4. Se constató que la Fundación durante el ejercicio económico financiero 2015, efectuó cinco

(5) contrataciones por concepto de prestación de servicios, que ascienden a un monto de Bs.

302.700,00; con personas naturales y jurídicas que no se encuentran inscritos ante el Registro

Nacional de Contratistas. Hecho éste, al margen de lo contemplado en el artículo 47, del

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas. Esto obedece, a

deficiencias de control interno por parte de la unidad contratante de la Fundación, relacionadas

a la evaluación de la documentación legal necesaria para contratar con los órganos y entes de

la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en la norma vigente; en

consecuencia, la Fundación no dispones de información relevante y necesaria para la selección

de contratista a ser considerada en la ejecución de las actividades previas.

5. Se evidenció que al 31/12/2015 la Fundación posee una deuda de Bs. 1.650.021,95 con el

Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, por concepto de Aporte patronal

correspondiente al Seguro Social Obligatorio y Régimen Prestacional de Empleo. Situación

contraria a lo tipificado en el artículo 62 de la Ley del Seguro Social y 47 de la Ley de

Régimen Prestacional de Empleo. Tal circunstancia, obedece a que la Corporación Alcaldía de

Maracaibo, no efectúo la transferencia de los recursos correspondiente al aporte patronal por

concepto de Seguro Social Obligatorio y Régimen Prestacional de Empleo, durante el ejercicio

económico financiero 2015; lo que ocasiona que no se les garantice a los trabajadores los

beneficios de pensión por invalidez o vejez y jubilación que constituyen un derecho social

fundamental previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;

adicionalmente, la Fundación se expone al pago de intereses moratorios y de imposición de las

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315

sanciones pecuniarias, establecidas en la normativa legal que regula el Sistema de Seguridad

Social.

6. En Inspección In Situ realizada en la Fundación, no se constató la existencia física de

sesenta y cuatro (64) bienes muebles, que ascienden a un costo histórico de Bs. 4.806,55 los

cuales se encuentran registrados en el Inventario permanente al 31/12/2015, no evidenciándose

documento y/o soportes que demuestren su desincorporación. Hecho no ajustado al ANEXO

Nº 4 de la Publicación Nº 21, en su CAPITULO VII FORMACIÓN DE INVENTARIO,

REGISTRO DEL MOVIMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LOS BIENES

MUEBLES E INMUEBLES, en su punto 4 Rendición mensual de la cuenta de los bienes

muebles e inmuebles, numeral 3 “Conceptos de incorporaciones y desincorporaciones de

Bienes Muebles e Inmuebles”. Tal situación, surge como debilidades de control interno

inherente a la asignación, manejo, guarda y custodia de los bienes muebles, por parte de la

Oficina de Administración y Bienes Públicos; lo que conlleva a la inexistencia de garantías en

la supervisión permanente que permita establecer las condiciones y ubicación de los bienes

asignados; así como, perdida o extravíos generando daño al patrimonio público.

7. De la revisión efectuada al Plan Operativo Anual 2015 y al Informe de Gestión de la

Fundación, se evidenció que nueve (9) metas físicas programadas fueron ejecutadas en valores

que oscilan entre 5 % y 91,66 % no evidenciándose el respectivo ajuste al Plan Operativo

Anual. Evento contrario a lo tipificado en el artículo 6, numeral 6, articulo 22 y 87 de la Ley

Orgánica de Planificación Pública y Popular y el artículo 19 de la Ley Orgánica de

Administración Pública. Tal situación surge, por la ausencia de efectivos mecanismos de

monitoreo y seguimiento que deben efectuar niveles directivos y gerenciales sobre las metas

planificadas, que permita detectar oportunamente desviaciones y aplicar los ajustes

pertinentes; lo anteriormente señalado, trae como consecuencia que se afecten los principios

de eficiencia, eficacia y transparencia que deben prevalecer en la función pública.

CONCLUSIONES

De los resultados obtenidos de la Auditoria Operativa, dirigida a la evaluación de la legalidad,

sinceridad y exactitud de las operaciones administrativas, presupuestarias, financieras y

técnicas ejecutadas por la Fundación Tranvía de Maracaibo, durante el ejercicio económico

financiero 2015; se concluye; que existen debilidades relacionadas con el sistema de control

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316

interno, en lo referente al oportuno registro presupuestario de los ingresos percibidos en cada

una de sus etapas y publicación de los actos administrativos, mediante los cuales se aprueban

los instrumentos normativos pertenecientes a la organización y funcionamiento de la

Fundación y la ausencia de un instrumento normativo interno que regule la cancelación de

viáticos dentro y fuera del territorio nacional. Asimismo, se constató la omisión en la

aplicación de los procesos de selección de contratistas para la adquisición de bienes y

servicios, así como, la suscripción de contratos con empresas que no se encontraban inscritos

ante el Registro Nacional de Contratistas y se determinó deficiencia inherente a la cancelación

oportuna de los aportes patronales por concepto de seguro social obligatorio y régimen

prestacional de empleo; igualmente omisión del registro en el formulario BM-2 de las

incorporaciones y desincorporaciones que justifique el movimiento de los mismos. En cuanto

a la planificación y evaluación de la gestión de la Fundación, ausencia de mecanismos de

control relacionado con el monitoreo y seguimiento al plan operativo anual que permitan

efectuar los ajustes pertinentes ante cualquier desviación.

RECOMENDACIONES.

1. Efectuar el registro de la Ejecución Financiera del presupuesto de recursos, en el cual se

reflejen sus etapas devengado, liquidado y recaudado, a los fines de disponer oportunamente

de la información exacta, veraz y oportuna del momento en que nace el derecho a percibir una

prestación pecuniaria, la determinación de la cuantía y la transferencia de recursos.

2. Realizar los trámites para la publicación en Gaceta Municipal, de los Actos administrativos

que aprueban los instrumentos normativos que regulan la organización y funcionamiento de la

Fundación, con la finalidad de privilegiar los principios de legalidad y publicidad que deben

imperar en la Administración Pública.

3. Elaborar, aprobar e implantar el instrumento normativo que regule los viáticos asignados al

personal adscrito a la Fundación, así como, publicar el acto administrativo mediante el cual la

máxima autoridad lo aprueba, con la finalidad de disponer de un instrumento normativo que

contenga las instrucciones, pasos y condiciones para realizar tales erogaciones, así como, los

niveles de autorización de cada operación, evitando que se efectúen gastos por conceptos de

viáticos de manera discrecional.

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317

4. Aplicar la modalidad de selección de contratistas que corresponda según la cuantía de los

bienes o servicios a adquirir, con el propósito de garantizar los precios más justos y razonables

a los intereses de la Fundación, en atención a los principios de economía, eficiencia, eficacia,

libre competencia y transparencia que deben prevalecer en las contrataciones públicas.

5. Gestionar la obtención de los recursos financieros necesarios para cumplir oportunamente

con el pago del aporte patronal por concepto de SSO y RPE; con el fin de evitar la

acumulación de pasivos por tales conceptos, que ocasione el pago de intereses de mora y la

imposición a la Fundación de sanciones pecuniarias previstas en la normativa legal que regule

el sistema de seguridad social, aunado al detrimento de la protección que dicho sistema le

otorga a los trabajadores en función del mejoramiento de la calidad de vida.

6. Emitir el formulario BM-2 “Relación de movimientos de Bienes Muebles”, cuando se

requiera el movimiento interno (traslados) de los bienes a otra unidad de trabajo, a fin de

garantizar el debido control y custodia de los mismos y evitar posibles pérdidas o

sustracciones que lesionen el patrimonio público municipal.

7. Establecer mecanismos para el control y seguimiento a los objetivos y actividades

programadas en el Plan Operativo Anual del Instituto, con el fin de evaluar el comportamiento

de las metas previstas y realizar los ajustes necesarios, lo cual contribuye a medir la gestión en

términos de eficacia.

Las conclusiones y las recomendaciones fueron notificadas a las máximas autoridades de la

Fundación Tranvía de Maracaibo, mediante oficio Nº DC-DCAD-020-16 de fecha 22/12/2016.

Informe de Seguimiento Nº DCAD-021-16

de fecha 19/10/2016

Órgano: Fundación Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo

del Estado Zulia (Fundepo-Maracaibo)

Fue creada según Ordenanza publicada en la Gaceta Municipal de Maracaibo Nº 143 de fecha

12/07/1991, siendo reformada, según Gaceta Municipal de Maracaibo Extraordinario Nº 198

de fecha 05/02/1997; así mismo, se reforma nuevamente su Ordenanza siendo publicada en

Gaceta Municipal Nº 255-2014 de fecha 18/08/2014; adicionalmente en Gaceta Municipal Nº

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318

035-2015, de fecha 06/02/2015, se publicó la última reforma a la Ordenanza de Creación de la

Fundación, la cual se encuentra vigente; siendo su objeto principal llevar a cabo en

jurisdicción del Municipio Maracaibo, el Programa Estratégico de Abastecimiento de

Alimentos de la Cesta Básica dirigido a comunidades del Municipio Maracaibo, en situación

económica vulnerable, para suministrar seguridad alimentaria a los habitantes de los sectores

más desasistidos.

OBJETIVO Y ALCANCE

La actuación de seguimiento, estuvo orientada a verificar el estado de implementación de las

acciones correctivas remitidas por la máxima autoridad de la Fundación Fondo de Apoyo a la

Economía Popular del Municipio Maracaibo del Estado Zulia (FUNDEPO-MARACAIBO), a

este Órgano de Control Fiscal, mediante Oficio Nº F-AD-266-2015 de fecha 30/11/2015, en

virtud de las recomendaciones formuladas en el Informe Definitivo Nº DCAD-022-2015 de

fecha 20/10/2015, notificadas mediante Oficio Nº DC-DCAD-2-500-2015 de fecha

20/10/2015; en tal sentido, se procedió a evaluar las operaciones efectuadas por la Fundación,

durante el primer semestre del ejercicio económico financiero 2016.

OBSERVACIONES RELEVANTES

1. En el Informe Definitivo se planteó como recomendación a la Fundación: “Elaborar los

inventarios mensuales de bienes muebles, contentivos de las características completas y

detalladas de los bienes adquiridos por la Fundación, de igual manera la identificación de los

mismos”. La Fundación emitió la siguiente acción correctiva: “Elaborar los instrumentos de

bienes muebles oportunamente, según lo establecido por la normativa legal, contentiva de las

características de los mencionados bienes, así como, su identificación”. Sobre el particular, se

constató que durante el primer semestre del ejercicio económico financiero 2016, los

formularios BM-1 Inventario de Bienes Muebles, BM-2 Relación del Movimiento de Bienes

Muebles, y BM-4 Resumen del Movimiento de la Cuenta de Bienes Muebles, elaborados por

la Fundación contienen el N° de identificación de los bienes muebles; igualmente, se

evidenció que en los mencionados formularios se registraron de forma completa y detallada

las características de los bienes, tales como: material, color, marca, modelo, medidas, serial,

entre otros, de acuerdo con lo establecido en la Publicación N° 21 Instrucciones y Modelos

para la Contabilidad Fiscal de los Municipios de la República, emanadas por la Contraloría

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319

General de la República en Gaceta Oficial N° 2.681 de fecha 31/10/1980; de igual manera, de

la muestra seleccionada de cuarenta y un (41) bienes muebles, se verificó que la Fundación si

identificó los bienes con su respectiva etiqueta; así mismo, se constató que durante el primer

semestre del presente año, la Fundación no realizó el Formulario BM-3 Relación de Bienes

Muebles Faltantes, motivado a que no hubo ninguna incidencia de bienes muebles faltantes,

por lo que dicha recomendación se considera Oficialmente Ejecutada.

2. Con relación a la recomendación atinente a: “Implantar y mantener un sistema de

comunicación y coordinación, entre los analistas de bienes y contabilidad, que garantice la

retroalimentación de la información, relacionada con el movimiento de los bienes y el

respectivo registro contable, así como también, emitir mensualmente el formulario BM-2 y

BM-4, contentivo de todas las características detalladas, incorporaciones, desincorporaciones

y valor real de los bienes pertenecientes a la Fundación, con la finalidad de obtener

información confiable, precisa y exacta, que permita la formulación de la Cuenta 214 Bienes

Muebles, en el Balance General”. En este sentido, la Fundación expuso la siguiente acción

correctiva: “Enviar mensualmente el formulario BM-2 y BM-4”. Al respecto, se evidenciaron

los formularios BM-2 “Relación del Movimiento de Bienes Muebles” emitidos por las

unidades organizativas de la Fundación, correspondientes a los meses de Febrero, Marzo,

Abril, Mayo y Junio, los cuales fueron remitidos oportunamente al Analista de Bienes

Públicos; así mismo, se evidenció la elaboración del formulario BM-4 “Resumen de la Cuenta

de Bienes Muebles”, por parte del Analista de Bienes Públicos, contentivo de los movimientos

de bienes muebles, perteneciente al periodo objeto de análisis y consignado al Analista

Contable, para su respectivo registro; por lo que dicha recomendación se considera

Oficialmente Ejecutada.

3. La recomendación dirigida a: “Incluir en el Plan Operativo Anual, programas contentivos

de lineamientos dirigidos al mantenimiento preventivo y/o correctivo periódico a los bienes

muebles, con la finalidad de prevenir fallas o averías que afecten la vida útil de los mismos”.

Siendo planteada por la Fundación, la siguiente acción correctiva: “Incluir programas de

mantenimiento preventivos y/o correctivos a los bienes muebles de la Fundación”. De la

revisión efectuada a los objetivos, actividades y metas programadas en el Plan Operativo

Anual 2016 se constató que, la Fundación no incluyó programas dirigidos al mantenimiento

preventivo y/o correctivo a los bienes muebles que permitan su conservación a los fines de

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320

garantizar la vida útil de los mismos, por lo que dicha recomendación se considera No

Ejecutada.

CONCLUSIÓN

De acuerdo a los resultados obtenidos en la Actuación Fiscal de Seguimiento dirigida a

verificar el estado de implementación de las acciones correctivas remitidas por la máxima

autoridad de la Fundación a este Órgano de Control Fiscal, en virtud de las recomendaciones

formuladas en el Informe Definitivo N° DCAD-022-2015 de fecha 20/10/2015, notificadas

mediante Oficio N° DC-DCAD-2-500-2015 de fecha 20/10/2015, se concluye que de tres (03)

acciones contenidas en el Plan de Acciones Correctivas presentadas por la Fundación Fondo

de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo del Estado Zulia (FUNDEPO-

MARACAIBO), mediante Oficio N° F-AD-266-2015 de fecha 30/11/2015, fueron

implementadas dos (02) de ellas, acciones que representan el 66,67% y una (01) No Ejecutada

que representa el 33,33% de las acciones notificadas; en tal sentido, este Órgano de Control

Fiscal Municipal, reconoce las acciones promovidas por las autoridades de la Fundación

Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo del Estado Zulia

(FUNDEPO-MARACAIBO), a los fines de llevar a cabo una gestión eficiente y eficaz, que

debe prevalecer en la Administración Pública. No obstante, aún persiste una debilidad

relacionada con la planificación de programas de mantenimiento preventivo y/o correctivo a

los bienes muebles, por lo que se considera que existe un incumplimiento injustificado.

Los resultados de la actuación fueron notificados a la máxima autoridad de la Fundación

Fondo de Apoyo a la Economía Popular del Municipio Maracaibo del Estado Zulia

(FUNDEPO-MARACAIBO), mediante oficio Nº DC-DCAD-021-16 de fecha 27/10/2016.

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321

Anexo Nº 02

Universo de Órganos y Entes Sujetos a Control Por la Contraloría Municipal

Entes y Órganos Cantidad

Alcaldía 1

Concejo Municipal 1

Institutos Autónomos 9

Servicios Autónomos Desconcentrados 7

Fundaciones 9

Asociaciones Civiles 1

Empresas Municipales -

Consejo Local de Planificación Pública 1

Comunas -

Consejo Comunales 115

Mancomunidades -

Otros entes o instancias de participación ciudadana -

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

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322

Anexo Nº 03

Manuales de organización, normas y procedimientos, aprobados y utilizados por la Contraloría

Municipal de Maracaibo

DENOMINACIÓN

INSTRUMENTO

Y FECHA DE

APROBACIÓN

OBJETIVO

Manual de Organización de

la Contraloría Municipal de

Maracaibo

Resolución

DC-007-2016 de

fecha 11-07-2016

El objetivo de este manual, se mide en el grado de utilidad

que proporciona a sus usuarios, independientemente del

nivel jerárquico que éstos tengan en la organización, al servir

como medio de consulta permanente sobre cualquier aspecto

relativo a la organización; expresa la especialización y

división del trabajo, así como, la ubicación de las diferentes

unidades organizativas.

Manual de Normas y

Procedimientos de la

Contraloría Municipal de

Maracaibo

Resolución

DC- 012- 2016 de

fecha 14-11-2016

Coadyuvar al desarrollo, consolidación del sistema de

control interno, a través de la realización de un conjunto de

normas y procedimientos que hacen posible la ejecución

correcta de los procesos que se llevan a cabo en la

Contraloría Municipal garantizando la transparencia,

claridad, eficiencia, eficacia y efectividad de la gestión

contralora.

Manual de Normas y

Procedimientos en Materia de

Potestad Investigativa

Resolución

DC- 011- 2016 de

fecha 14- 11- 2016

Desarrollar los aspectos normativos y procedimentales de la

potestad de investigación, prevista en el Titulo III, Capítulo I

de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

y del Sistema Nacional de Control Fiscal, Capitulo XI del

Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de

la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y en

el Titulo III Capítulo I de la Ordenanza de la Contraloría

Municipal de Maracaibo, describiendo en forma sistemática,

secuencial cada una de las actividades, tareas, que deben

realizarse durante las distintas fases de dicho procedimiento,

estableciendo los sujetos responsables de llevarlas a cabo,

todo ello con el fin de dotar a las Direcciones de Control del

Órgano Contralor de un instrumento que sirva de apoyo para

el ejercicio de la potestad investigativa unificando criterios

en la materia.

Manual de Normas y

Procedimientos en Materia de

Actuaciones de Control Fiscal

Resolución

DC-013- 2016 de

fecha 14- 11- 2016

Desarrollar los aspectos normativos y procedimentales que

regulan el proceso de auditoría, describiendo en forma

sistemática, secuencial cada una de las actividades que deben

realizarse durante las distintas fases del mismo, tomando en

consideración criterios generalmente aceptados,

estableciendo los sujetos responsables de llevarlas a cabo,

con el fin de dotar a la Dirección de Control Posterior de la

Contraloría de un instrumento que sirva de apoyo para la

planificación, ejecución, presentación de resultados y

seguimiento de la auditoría

Manual de Normas y

Procedimientos en Materia de

Determinación de

Responsabilidad

Administrativa y la

Formulación de Reparos

Resolución

DC -010-2016 de

fecha 14- 11- 2016

Es un instrumento de control interno que tiene por objeto

desarrollar los aspectos normativos y procedimentales que

regulan su proceso que contiene las normas, procedimientos

u otros elementos de sistematización de las actividades a

ejecutar en sus procedimientos.

Fuente: Dirección de Administración (Departamento de Sistema de Gestión (2016)

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Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

1) Barrió Brisas del Sur Nº 2,

Calle 126G entre Avenidas 40

y 42, Casa Nº 40-66.

Parroquia Manuel Dagnino.

2) Barrio Bello Monte,

Avenida 50 entre Calles 126D

y 126F, Casa Nº 126D-34.

Parroquia Manuel Dagnino.

3) Sector San José, Calle 90A

entre Avenidas 5 y 6, Casa Nº

5-96. Parroquia Bolívar.

4) Barrio El Progreso, Calle

119 entre Avenidas 25C y

25E, Casa Nº 25C-88 (Antes

112A-41). Parroquia Cristo de

Aranza.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

1) Cumple

2) Cumple

3) Cumple

4) Cumple

1) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

2) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

3) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

4) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

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141

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

5) Sector Las Américas, Calle

89B entre Avenidas 16A y 18,

Casa Nº 16A-48. Parroquia

Chiquinquirá.

6) Barrio Valle Frio, Sector El

Milagro Nº 5, Calle 84B entre

Avenidas 2-2 y Calle Tapón,

Casa Nº 2-2-07. Parroquia

Santa Lucia.

7) Sector las Veritas, Avenida

8 entre Calles 87 y 88, Casa

Nº 87-84 (Antes 87A-06).

Parroquia Bolívar.

8) Barrio Chocolate, Calle

110C entre Avenida 17B y

Tapón, Casa Nº 17B-68.

Parroquia Cristo de Aranza.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

5) Incumple

6) Incumple

7) Incumple

8) Cumple

5) Por cuanto incumple con lo establecido en el

artículo 11 de la Ordenanza sobre Terrenos Ejidos y

Propios del Municipio Maracaibo publicada en la

Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-2008 de

fecha 01 de febrero de 2008.

6) Por cuanto incumple con lo establecido en el

artículo 11 de la Ordenanza sobre Terrenos Ejidos y

Propios del Municipio Maracaibo publicada en la

Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-2008 de

fecha 01 de febrero de 2008.

7) Por cuanto incumple con lo establecido en el

artículo 11 de la Ordenanza sobre Terrenos Ejidos y

Propios del Municipio Maracaibo publicada en la

Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-2008 de

fecha 01 de febrero de 2008.

8) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

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142

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

9) Barrio Pueblo Nuevo, Calle

60A entre Avenidas 9 y 9A,

Casa Nº 9-46. Parroquia

Olegario Villalobos.

10) Barrio Santa Bárbara Nº 4,

Sector Plaza Rafael Urdaneta,

Avenida 12 entre Calles 91 y

93, Casa Nº 91-125. Parroquia

Bolívar.

11) Sector San José, Calle

90A entre Avenidas 5 y 6,

Casa Nº 5-61. Parroquia

Bolívar.

12) Barrio Ayacucho, Calle

79B entre Avenidas 79 y 80A,

Casa Nº 79-71. Parroquia Raúl

Leoni.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

9) Cumple

10) Cumple

11) Cumple

12) Cumple

9) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

10) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

11) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

12) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 325: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

143

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

13) Barrio Ricardo Aguirre,

Calle 113B entre Avenidas 25

y 25B, Casa Nº 25-42.

Parroquia Cristo de Aranza.

14) Barrio 18 de Octubre

Sector Las Playitas, Avenida 9

entre Calle 57 y Tapón, Casa

Nº 57-45 (Antes C-45).

Parroquia Olegario Villalobos.

15) Barrio San Agustín, Calle

47 entre Avenidas 16 y 16C,

Casa Nº 16-19 (División del

inmueble Nº 16-155).

Parroquia Idelfonso Vásquez.

16) Barrio El Poniente, calle

102, entre Avenidas 18 y 19,

casa Nº 18-151. Parroquia

Cristo de Aranza.

Uso industrial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

13) Incumple

14) Incumple

15) Incumple

16) Incumple

13) Por cuanto no pudo ser practicada la inspección

del terreno por los acontecimientos según consta en

acta suscrita por los funcionarios de la Dirección de

Control de la Administración Central de fecha

03/02/2016.

14) Por cuanto consta en el correspondiente

expediente, documento inserto en los folios del 8 al

10, inscrito en fecha 21/01/1965, ante el Registro

Público del 1º Circuito del Mcpio. Maracaibo del

Edo. Zulia, bajo el Nº 7, Protocolo 1º, Tomo 10-A, el

ciudadano: Reyes Quintero, C.I.Nº V-1.421.314,

vende de manera pura y simple a la ciudadana:

Teolinda Rosa Villegas Riera, C.I.Nº V-1.042.975,

una parcela ubicada en Barrio Monte Claro,

Municipio Coquivacoa, por lo tanto la solicitante

posee los derechos de propiedad sobre del inmueble

solicitado en compra.

15) Incumple con lo establecido en el literal “C” del

artículo 27 de la Ordenanza sobre Terrenos Ejidos y

Propios del Municipio Maracaibo publicada en la

Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-2008 de

fecha 01 de septiembre de 2008.

16) Por existir una diferencia en el vértice V6-V1,

de 1,5 metros. Se evidenció en documento inserto en

los folios 8 y 9, la ciudadana Ana Graciela Medina

Urdaneta vende de manera irrevocable al ciudadano

Mansour Eid Amiella Aldauajira, todos los derechos

de propiedad, dominio y posesión sobre el terreno

propio, por lo tanto posee los derechos de propiedad

sobre el inmueble solicitado en compra.

Page 326: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

144

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

17) Barrio Silvestre

Manzanilla, Avenida 95D

entre Calles 60 y 60B, Casa

Nº 60-205. Parroquia

Venancio Pulgar.

18) Sector Ayacucho, Calle

79H entre Avenidas 80 y 80D,

Nº 80A-09. Parroquia Raúl

Leoni.

19) Sector San José, Calle 89E

entre Avenidas 7A y 8, Nº 7A-

61. Parroquia Bolívar.

20) Barrió Santa Bárbara,

Sector 3, Avenida 11 entre

Calles 97 y 98, Nº 97-45.

Parroquia Bolívar.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

17) Incumple

18) Cumple

19) Incumple

20) Cumple

17) Por cuanto existe error material respecto al

nombre de la solicitante en el Plano de Mensura

inserto en el expediente, signado con el folio número

21.

18) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

19) De los documentos que rielan insertos en el

expediente bajo estudio, no se infiere ningún estudio

en conjunto del Ministerio del Poder Popular para el

Ambiente, con la autoridad urbanística del municipio

que permita la aprobación de la venta del ejido objeto

del presente análisis tal como lo estipula la

Ordenanza de Terrenos Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo en su artículo 59 parágrafo

único, por lo tanto este Órgano de Control Externo

Municipal considera que incumple con los extremos

legales y técnicos para la desafectación del referido

terreno.

20) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 327: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

145

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

21) Barrió 18 de Octubre

Sector Las Playitas, Avenida 9

entre Calles 57 y 58, Nº 57-12

(Antes B-67). Parroquia

Olegario Villalobos.

22) Barrio Ricardo Aguirre,

Avenida 23 entre Calles 114 y

119, Nº 114-20 (Antes

Avenida 19). Parroquia Cristo

de Aranza.

23) Sector San José, Calle 88

entre Avenidas 4 y 7A, Casa

Nº 4-93. Parroquia Bolívar.

24) Barrio Chocolate, Avenida

19 entre Calles 110 y 110A,

Nº 110-51 (Antes Barrio San

Rafael). Parroquia Cristo de

Aranza.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

21) Cumple

22) Cumple

23) Incumple

24) Incumple

21) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

22) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

23) Por cuanto no pudo practicarse la inspección al

terreno por parte de los funcionarios adscritos al

Departamento del Sector de Infraestructura y Social

de la Dirección de Control de la Administración

Central de este Órgano de Control Fiscal, porque el

solicitante reside en una parte del inmueble ubicado

en el predio en cuestión, y en la otra parte éste

manifestó que vive otro grupo familiar ajeno a él,

quienes al momento de la inspección no se

encontraban, según la observación plasmada en la

Planilla de Enajenación de Terrenos Ejidos de la

Dirección de Control de la Administración Central de

fecha 12/02/2016, emanada de este Órgano de

Control Fiscal.

24) Incumple con lo establecido en el Artículo 11 de

la Ordenanza de Terrenos Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo, publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008

Page 328: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

146

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

25) Barrio San Trino, Avenida

19B entre Calle 103 y Tapón,

Nº 103-32 (Antes 18A-105).

Parroquia Cristo de Aranza.

26) Sector las veritas, Avenida

8, entre Calles 87 y 88,

Casa Nº 87-84 (Antes 87A-

06), Parroquia Bolívar.

27) Barrio Valle Frio Nº4

Sector Monseñor Godoy,

Calle 85A-1 entre Avenidas

3C y 3E, Casa Nº 3C-36,

Parroquia Santa Lucia

28) Barrio la Ranchería Sector

Freddy Hernández, Avenida

17B-3 entre calle 112C y calle

112D Casa Nº 112C-20 (antes

17-447), Parroquia Cristo de

Aranza.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

25) Cumple

26) Cumple

27) Cumple

28) Cumple

25) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

26) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

27) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

28) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

Page 329: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

147

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

29) Barrio Santa Bárbara Nº 2

Sector Belloso, Calle 89A

entre Avenidas 9B y 11, Casa

Nº 9B-88, Parroquia Bolívar.

30) Sector Plaza de la

República, Avenida 3G, entre

Calles 79 y 80, Casa Nº 79-75,

Parroquia Santa Lucia,

31) Barrio San Rafael, calle

113 entre Avenida 19B-1 y

calle 19D Casa Nº 19B-1-96

(antes 19C-32), Parroquia

Cristo de Aranza.

32) Barrio Santa Lucia,

Avenida 2B y entre calle 86A

y 86C, Casa Nº 86A-70 (Antes

86-134), Parroquia Santa

Lucia.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

29) Cumple

30) Cumple

31) Cumple

32) Cumple

29) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

30) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

31) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

32) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 330: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

148

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

33) Barrio Valle Frio, Calle

84A entre Avenida 3A y 3C,

Casa Nº 3A-64 (Antes 3C-74),

Parroquia Santa Lucia.

34) Sector la Consolación,

Avenida 10 entre calle 82 B y

83, casa Nº 82B-06, Parroquia

Bolívar.

35) Barrio Valle Frío, Sector

El Milagro, calle 84B, entre

Avenida 2-2 y Calle Tapón,

casa Nº 2-2-07, Parroquia

Santa Lucía

36) Barrio Chocolate, Avenida

19 entre calles 110 y 110A,

Casa Nº 110-51 (antes Barrio

San Rafael), Parroquia Cristo

de Aranza.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

33) Incumple

34) Incumple

35) Cumple

36) Cumple

33) Incumple con lo establecido en el artículo 11 de

la Ordenanza de Terrenos Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo.

34) incumple con los extremos técnicos para la

desafectación del referido terreno, en función de la

vulnerabilidad que representa la cañada no

embaulada para el inmueble según se evidencia en

inspección de fecha 24/05/2016, asimismo se observó

que el vértice v4-v5 no fue subsanado manteniéndose

la diferencia de 0,51cm.

35) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

36) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 331: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

149

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

37) Barrio 18 de Octubre,

Sector Las Playitas, Avenida

9, entre calle 57 y calle Tapón,

casa N˚ 57-45 (Antes C-45),

Parroquia Olegario Villalobos.

38) Barrio Valle Frío, calle

84A, entre avenidas 3A y 3C,

casa Nº3A-64 (antes 3C-74),

Parroquia Santa Lucía.

39) Sector Las Veritas,

Avenida 8, entre Calles 86A y

87, Casa Nº 86A-52,

Parroquia Bolívar.

40) Barrio Blanco, Avenida

91, entre Calles 52 y 60B,

Casa Nº 52-44 (antes 51-140),

Parroquia Venancio Pulgar.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial.

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

37) Cumple

38) Cumple

39) Cumple

40) Cumple

37) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

38) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

39) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

40) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 332: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

150

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

41) Sector Santa Rita, Calle

62, entre Avenidas 8B y 9,

Casa Nº 8B-61, Parroquia

Olegario Villalobos.

42) Barrio La Misión, Sector

La Sonrisa, Calle 100B, entre

Avenidas 22E y Tapón, Casa

Nº 22E-101, Parroquia

Manuel Dagnino.

43) Barrio Santa Bárbara Nº 4,

Sector Plaza Rafael Urdaneta,

Calle 91A, entre Avenidas 8A

y 9, Casa Nº 8A-54 Parroquia

Bolívar.

44) Sector San José, Calle

89E, entre Avenidas 6 y 7,

Casa Nº 6-08 Parroquia

Bolívar.

Uso residencial.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

41) Cumple

42) Cumple

43) Cumple

44) Cumple

41) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

42) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

43) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

44) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

Page 333: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

151

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

45) Sector 1º de Mayo,

Cañada La Negra, Avenida

21A, entre Avenidas 19B y

21B, Casa Nº 19B-173,

Parroquia Chiquinquirá.

46) Barrio Brisas del Sur,

Sector Nº 2, Calle 127, entre

Avenidas 38A y 40, Casa Nº

38A-30, Parroquia Manuel

Dagnino²

47) Barrio 14 de Noviembre,

Avenida 77, entre Calles 81 y

83, Casa Nº 81-25, Parroquia

Raúl Leoni.

48) Sector Don Bosco, Calle

65, entre Avenidas 3D y 3D-3,

Casa Nº 3D-118, Parroquia

Olegario Villalobos.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

45) Cumple

46) Cumple

47) Cumple

48) Cumple

45) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

46) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

47) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

48) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 334: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

152

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

49) Barrio 23 Enero, Sector 1,

Avenida 17C, entre Calles

124B y 125, Casa Nº 124B-84

(antes 124-186), Parroquia

Cristo de Aranza.

50) Barrio Pomona, Nº 5,

Avenida 19C, entre calles

102C y 102D, Casa Nº 102C-

92, Parroquia Cristo de

Aranza.

51) Barrio El Poniente,

Avenida 18, entre Calles 105A

y 106, Casa Nº 105A-02,

Parroquia Cristo de Aranza.

52) Barrio Villa Altamira Sur,

Calle 106A-1, entre Avenidas

28 y 29, Casa Nº 28-133,

Parroquia Cristo de Aranza

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

49) Cumple

50) Incumple

51) Cumple

52) Cumple

49) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

50) Incumple con los extremos legales y técnicos

para la desafectación del referido terreno. Por cuanto

existe una diferencias en los vértices V3-V4 (0,75

mts), V4-V5 (1.50 mts) y V5-V1 (2,50 mts), según

planilla emanada de la Dirección de Control de la

Administración Central (Enajenación de Terrenos

Ejidos).

51) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

52) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 335: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

153

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

53) Residencias El Portón,

Avenida 12, entre Calles 59A

y 60, Casa Nº 59A-07,

Parroquia Olegario Villalobos.

54) Barrio Santa Lucia, Sector

5, Calle 89E, entre Avenidas

3A y 4, Casa Nº 3A-47,

Parroquia Santa Lucia,

55) Barrio Paraíso, Calle 83,

entre Avenidas 19 y 20, Casa

Nº 19-69, Parroquia

Chiquinquira.

56) Barrio San Trino, Calle

100A, entre avenidas 18A y

19B, Casa Nº 18A-21,

Parroquia Cristo de Aranza

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

53) Cumple

54) Cumple

55) Cumple

56) Cumple

53) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

54) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

55) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

56) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 336: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

154

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

57) Parcelamiento Zapara,

Calle 53, entre Avenidas 6A y

6B, casa Nº 6A-73, Parroquia

Coquivacoa.

58) Barrio Santa Lucia, Calle

91, entre Avenidas 2 y 2A,

Casa Nº 2-38, Parroquia Santa

Lucia.

59) Barrio Valle Frio, Sector

2, Calle 83 entre Avenidas 3E

y 3F, Casa Nº 3E 109 (Antes

3A-97). Parroquia Santa

Lucia.

60) Barrio El Milagro,

Avenida 2A entre Calles 78A

y 78B, Casa Nº 78-99

Parroquia Santa Lucia.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

57) Cumple

58) Incumple

59) Cumple

60) Cumple

57) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

58) Incumple con los extremos legales y técnicos

para la desafectación del referido terreno. Por cuanto

al momento de efectuar la inspección en el sitio no se

encontraba el solicitante ni otra persona adulta que

ocupara el inmueble, solo unos menores de edad.

59) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

60) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 337: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

155

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

61) Sector Saladillo, Calle

89E entre Avenidas 13B y 14,

Casa Nº 13B-29, Parroquia

Chiquinquira.

62) Sector Santa Rosalia,

Avenida 16 entre Calles 95B y

95D, Casa Nº 95B-44,

Parroquia Chiquinquira.

63) Barrio Santa Barbara,

Calle 84B entre Avenidas 12

y 13A, Casa Nº 12-154,

Parroquia Bolívar.

64) Sector Las Veritas,

Avenida 8 entre Calles 87 y

88, Casa Nº 87-102,

Parroquia Bolívar.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

61) Cumple

62) Cumple

63) Cumple

64) Cumple

61) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

62) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

63) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008

64) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 338: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

156

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD

O NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN DE

LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

65) Sector Don Bosco-

Hospital Psiquiátrico, Avenida

3D-4 entre Calles 58A y 62,

Casa Nº 58A-235, Parroquia

Olegario Villalobos.

66) Urbanización Creole

Gabaldón y Virginia, Calle 62

entre Avenidas 2 y 3C, Casa

Nº 2-67, Parroquia Olegario

Villalobos.

67) Barrio Corito Sector Nº 1,

Calle 117 entre Avenidas 21A

y 22A, Casa Nº 21A-59

(Antes 166-24), Parroquia

Cristo de Aranza.

68) Barrio Santa Barbara Nº 2,

Avenida 10 entre Calles 89D y

90, Casa Nº 89D-65,

Parroquia Bolívar.

Uso residencial

Uso residencial.

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

65) Incumple

66) Incumple

67) Incumple

68) Cumple

65) Incumple con los extremos legales para la

desafectación del referido terreno, en función, que el

tiempo posesorio no es transferible, ni computable

como tiempo en el ejercicio pleno de la posesión por

parte del solicitante de la compra del terreno ejido, no

cumpliendo con lo establecido en el Literal ii del

artículo 6 de la Ley de Aguas, publicada en la Gaceta

Oficial Nº 38.595 de fecha 02 de enero de 2007

66) Incumple con los extremos técnicos para la

desafectación del referido terreno, por no evidenciarse

en la revisión efectuada a los documentos insertos en el

expediente ningún estudio en conjunto del Ministerio

del Poder Popular del Ambiente, con la autoridad

urbanística del municipio que permita la aprobación de

la venta del terreno ejido, tal como lo establece el

Parágrafo Único del artículo 59 de la Ordenanza Sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo,

publicada en la Gaceta Municipal Nº 012-2008 de fecha

01 de Septiembre de 2008.

67) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

68) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008Nº 012-

2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

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157

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

69) Barrio Vista al Lago,

Sector La Arreaga, Avenida

17-1 entre Calle 128 y tapón,

Casa Nº 128-28, Parroquia

Bolívar.

70) Sector Las Veritas, Calle

86B entre Avenida 8 y Tapón,

Casa Nº 8-14, Parroquia

Bolívar.

71) Barrio La Ranchería

Sector 2 Avenida 17A entre

Calles 116 y 117, Casa Nº

116-36, Parroquia Bolívar.

72) Barrio La Pomona Sector

N° 03, Calle 102C entre

Avenidas 19 y 19A, Casa Nº

19-97, Parroquia Cristo de

Aranza.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

69) Cumple

70) Incumple

71) Cumple

72) Cumple

69) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008Nº 012-

2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

70) Incumple con los extremos legales para la

desafectación del referido terreno, por no

evidenciarse en la revisión efectuada a los

documentos insertos en el expediente ningún

documento notariado o recibo de servicio público que

demuestre la posesión antes de la entrada en vigencia

de la Ordenanza Sobre Terrenos Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo publicada en la Gaceta

Municipal Nº 012-2008 de fecha 01 de Septiembre de

2008, no pudiéndose subsumir en las excepciones del

artículo 11 de la supra indicada norma.

71) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

72) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

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158

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

73) Barrio Cerro Pelao,

Avenida 19C entre Calles

109A y 109B Casa Nº 109A-

114, parroquia Cristo de

Aranza.

74) Barrio Silvestre

Manzanilla, Avenida 95D

entre Calles 60 y 60B, Casa

Nº 60-205, Parroquia

Venancio Pulgar.

75) Sector Saladillo, Calle 93

entre Avenidas 12 y 13,

Casa Nº 12-28, Parroquia

Chiquinquira.

76) Sector Tierra Negra, Calle

69A entre Avenidas 12 y 13,

Casa Nº 12-69, Parroquia

Olegario Villalobos.

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

73) Cumple

74) Cumple

75) Cumple

76) Incumple

73) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de febrero de 2008.

74) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

75) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

76) Incumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008. En cuanto a que no cumple con

lo establecido en el Articulo 27 Literales b) y c) de la

Ordenanza sobre Terrenos Ejidos.

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159

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

77) Barrio La Ranchería

Sector Freddy Hernández,

Calle 112A-3 entre Avenidas

17B-3 y Tapón, Casa Nº 17B-

3-69, Parroquia Cristo.

78) Barrio La Misión, Calle

100B-2 entre Avenidas 19C y

19D, Casa Nº 19C-07 (Antes

Nº 19C-17), Parroquia Manuel

Dagnino.

79) Barrio San Agustín,

Avenida 16A entre Calles 52 y

59, Casa Nº 52-768 (Antes Nº

16-80), Parroquia

Chiquinquira,

80) Barrio San Trino, Avenida

19, entre Avenida 18 y Calle

102A Nº18-94, Parroquia

Cristo de Aranza,

Uso residencial

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

77) Incumple

78) Cumple

79) Cumple

80) Cumple

77) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

78) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

79) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

80) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

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160

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

81) Barrio La Rancheria,

Sector Freddy Hernández,

calle 112A-3, entre Avenida

17B-3 y tapón Nº 17B-3-89,

Parroquia Cristo de Aranza,

82) Sector Casco Central,

Calle 100, entre Avenidas 10

y 11, Nº 10-68 ( Local Nº

01), Parroquia Bolívar,

83) Barrio Nectario Andrade

Labarca, Avenida 61,

entre Calles 59 y 59A, Nº 59-

30, Parroquia Idelfonso

Vásquez.

84) Barrio Nectario Andrade

Labarca, Avenida 61,

entre Calles 52 y 58, Nº 52-22,

Parroquia Idelfonso Vásquez,

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

81) Cumple

82) Cumple

83) Cumple

84) Cumple

81) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

82) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

83) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

84) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 343: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

161

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo establecido

en el artículo 133 de la

Ley Orgánica del Poder

Público Municipal.

85) Barrio El Chocolate, calle

110, entre Avenida 18B y 18C Nº

18B-71, Parroquia Cristo de Aranza,

86)Barrio Cujicito, Calle 40 entre

avenida 39 y 40 Nº 39-44,

Parroquia Idelfonso Vásquez,

87) Barrio Blanco, Sector Terepaima, Avenida 92, entre

Calle 37 y Calle 51, Casa Nº 37-

65, Parroquia Idelfonso Vásquez,

88) Sector Valle Frio, sector 1,

Vereda 3E-2, entre calles 79 y

Tapón, Casa Nº 79-35 (antes 3E-111), parroquia Santa lucia

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la

Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-2008 de

fecha 01 de febrero de 2008, en

su artículo 37, le corresponde fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

85) Cumple

86) Incumple

87) Incumple

88) Cumple

85) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

86) Incumple con los extremos legales para la desafectación

del referido terreno, Por cuanto de conformidad con lo

establecido en el Artículo 33 del decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Secularización Integral de la

Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o

Periurbanos, la superficie máxima incluyendo el excedente no podrá ser mayor de 800 mts2 establecido en Ordenanza

Sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Nº 012-2008 de fecha 01 de Septiembre de 2008, no pudiéndose subsumir en las

excepciones del artículo 11 de la supra indicada norma.

87) Incumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-

2008 de fecha 01 de septiembre de 2008. Por cuanto al

momento de realizar la inspección se observa que existen dos (2) construcciones de la cual una de ella no se encuentra

plasmado en el plano de mensura, según planilla emanada de la Dirección de Control Posterior Enajenación de

Terrenos Ejidos.

88) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 012-

2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

Page 344: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

162

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

87) Barrio Blanco, Sector

Terepaima, Avenida 92, entre

Calle 37 y Calle 51, Casa Nº

37-65, Parroquia Idelfonso

Vásquez,

88) Sector Valle Frio, sector 1,

Vereda 3E-2, entre calles 79 y

Tapon, Casa Nº 79-35 (antes

3E-111), parroquia Santa lucia

89) Sector Callejón Gustavo

Zinc, Avenida 16A, entre calle

118 y Tapón, Casa Nº 118-65,

Parroquia Cristo de Aranza

90) Barrio La Victoria, Calle

64, entre Avenidas 75A y 76,

Casa Nº 75A-60, Parroquia

Caracciolo Parra Pérez

Uso residencial.

Uso residencial

Uso residencial.

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

87) Incumple

88) Cumple

89) Cumple

90) Cumple

87) Incumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008. Por cuanto al momento de

realizar la inspección se observa que existen dos (2)

construcciones de la cual una de ella no se encuentra

plasmado en el plano de mensura, según planilla

emanada de la Dirección de Control Posterior

Enajenación de Terrenos Ejidos.

88) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

89) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

90) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

Page 345: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

163

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

91) Barrio Cujicito, Calle 40,

entre Avenidas 39 y 40, Casa

Nº 39-44, Parroquia Idelfonso

Vásquez.

92) Barrio La Rancheria,

Sector 2, Avenida 17B, entre

Calles 115B y 116,

Casa Nº 115B-56 (antes Nº

115-66), Parroquia Cristo de

Aranza

93) Barrio La Pomona, Sector

Nº 6, Calle 107B, entre

Avenidas 19A y 19A-2, Casa

Nº 19A-08 (antes 103-245),

Parroquia Cristo de Aranza

94) Barrio La Misión, Sector

La Sonrisa, Avenida 22E-1,

entre Calles 100A-1 y 100B,

Casa Nº 100A-1-06, Parroquia

Manuel Dagnino

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

91) Cumple

92) Incumple

93) Cumple

94) Cumple

91) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

92) Incumple con los extremos legales y técnicos

para la desafectación del referido terreno. Por cuanto

existe diferencia en los vértices V1-V2 de (0,78 m).

93) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008

94) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº

012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 346: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

164

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

95) Sector Las Playitas,

Avenida 9, entre Calle 57 y

58, Nº 57-31, Parroquia

Olegario Villalobos

96) Barrio Alberto Carnevalli,

Calle 82, entre Avenidas 65 y

67, Casa Nº 65-12 (antes Nº

63A-170, Parroquia Raúl

Leoni

97) Barrio Zulia, Calle 79G,

entre Avenidas 103 y 104,

Casa Nº 103-19, Parroquia

Antonio Borjas Romero

98) Barrio Alberto Carnevalli,

Calle 82, entre Avenidas 65 y

67, Casa Nº 65-12 (antes

Nº 63A-170, Parroquia Raúl

Leoni

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

95) Incumple

96) Cumple

97) Cumple

98) Cumple

95) Se considera que incumple con los extremos legales

y técnicos para la desafectación del referido terreno.

Por cuanto existen diferencias en los vértices (V3-V4)

de (14,91 m) y V4-V1) de (6,51m), según planilla

emanada de la Dirección de Control Posterior

Enajenación de Terrenos Ejidos

96) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

97) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

98) Cumple con lo establecido en la Ordenanza sobre

Terrenos Ejidos y Propios del Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de septiembre de 2008.

Page 347: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

165

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

99) Sector Tierra Negra, Calle

69A entre Avenidas 12 y 13,

Casa Nº 12-69, Parroquia

Olegario Villalobos

100) Barrio Motocross, Calle

39, entre Avenidas 18 y 22,

Casa Nº 18-114, Parroquia

Idelfonso Vásquez

101) Barrio Santa Lucia,

Avenida 2B , entre calles 89 y

89B, Casa Nº 89-

66 (antes Nº 89-04), Parroquia

Santa Lucia

102) Barrio San Fernando

Sector Miranda La Florida,

Calle 95A, entre Avenidas 17

y 95C, Casa Nº 17-52,

Parroquia Cacique Mara

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

99) Incumple

100) Cumple

101) Cumple

102) Cumple

99) Incumple con los extremos legales y técnicos

para la desafectación del referido terreno. Por cuanto

la Solvencia Municipal Nº A.E.- 16020166700,

Trimestre 02, Año 2016, relacionada con el Impuesto

a las Actividades Económicas, es válida hasta el

30/09/2016, la misma se encuentra vencida.

100) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

101) Incumple con los extremos legales y técnicos

por cuanto el plano de mensura no tienen las firmas

correspondientes y sello húmedo.

102) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

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166

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

103) Barrio El Marite,

Avenida 102A, entre Calles

79D y 79E, Casa Nº 79D-65,

Parroquia Antonio Borjas

Romero

104) Barrio Valle Frio Nº 4,

Sector Monseñor Godoy,

Calle 86, entre Avenidas 3 y

3A, Casa Nº 3-26, Parroquia

Santa Lucia

105) Barrio Alberto

Carnevalli, Sector Esteban

Espina, Calle 81, entre

Avenidas 61 y 63A, Casa Nº

61-35, Parroquia Raúl Leoni

106) Barrio Valle Frio, Nº 3,

Sector Nº 2, Josefa Aponte,

Vereda 2A-2, entre Calles

81A y 81A-1, Casa Nº 81A-35

(antes Nº 2B-86), Parroquia

Santa Lucia

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

103) Cumple

104) Cumple

105) Cumple

106) Cumple

103) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

104) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

105) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

106) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

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167

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

107) Barrio Santa Bárbara Nº

4, Sector Plaza Rafael

Urdaneta, Calle 91A, entre

avenidas 7A y 8, Casa Nº 7A-

53, Parroquia Bolívar

108) Barrio San Sebastián,

Avenida 19C, entre Avenida

50 y Calle 125C, Casa Antes

110-05), Parroquia Manuel

Dagnino

109) Barrio Indio Mara, Calle

33, entre Avenida 37 y 38,

Casa Nº 37-60, Parroquia

Idelfonso Vásquez

110) Barrio La Misión,

Avenida 19D, entre Calles

100B y 100C, Casa Nº

100B-41, Parroquia Manuel

Dagnino

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

107) Cumple

108) Incumple

109) Cumple

110) Incumple

107) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

108) Incumple por cuanto existe diferencia en los

vértices V7-V8 de (3,66 mts).

109) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

110) Incumple con los extremos legales y técnicos

para la desafectación del referido terreno. Según

planilla emanada de la Dirección de Control Posterior

Enajenación de Terrenos Ejidos, en inspección

realizada en sitio se observó que existe una

construcción que colinda con los vértices V1-V14 la

cual no aparece reflejado en el plano de mensura Nº

M.E-2016-101.

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168

Anexo Nº 05

Actuaciones de control de obligatorio cumplimiento practicadas

por la Contraloría Municipal de Maracaibo

Fuente: Consultoría Jurídica (2016)

Nota: fue devuelto (01) un expediente a la Dirección de Control Posterior para practicar inspección a los fines de verificar las condiciones del terreno ejido

solicitado en compra con respecto al cauce de agua no embaulado (cañada).

TIPO

UBICACIÓN DEL

INMUEBLE

USO QUE SE

PRETENDE DAR

AL INMUEBLE

PRECIO

DE AQUISICIÓN

EXPRESADO EN Mts. 2.

CONFORMIDAD O

NO DE LA

CONTRALORÍA

MUNICIPAL

RAZONES QUE FUNDAMENTEN OPINIÓN

DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

Desafectación de los

Bienes del Dominio

Público del Municipio

conforme a lo

establecido en el

artículo 133 de la Ley

Orgánica del Poder

Público Municipal.

111) Sector El Milagro,

Avenida 2A-1, entre calle 78A

y 78B, Casa Nº 78A-93

(antes Avenida 2B y Nº 78-

81), Parroquia Santa Lucia

112) Barrio Chocolate, Calle

110, entre Avenidas 17 y17A,

Casa Nº 17-57, Parroquia

Cristo de Aranza.

Uso residencial.

Uso residencial.

Según lo establecido en la

Ordenanza sobre Terrenos

Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo

publicada en la Gaceta

Municipal Extraordinaria

Nº 012-2008 de fecha 01 de

febrero de 2008, en su

artículo 37, le corresponde

fijar el precio del terreno al

Concejo Municipal.

111) Cumple

112) Incumple

111) Cumple con lo establecido en la Ordenanza

sobre Terrenos Ejidos y Propios del Municipio

Maracaibo publicada en la Gaceta Municipal

Extraordinaria Nº 012-2008 de fecha 01 de

septiembre de 2008.

112) Incumple con los extremos legales y técnicos

para la desafectación del referido terreno. Por cuanto

no está ajustado a lo establecido en el artículo 11 de

la ordenanza de Terrenos Ejidos y Propios del

Municipio Maracaibo.

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Anexo Nº 06

Información Sobre Los Procedimientos De Potestad Investigativa

Contraloría Municipal

POTESTAD INVESTIGATIVA CANTIDAD

AUTOS DE PROCEDER 13

EN TRÁMITE 7

Fase de Sustanciación 3

Fase de Notificación 1

Fase de Prueba 3

Fase de Informe de Resultados 0

CONCLUIDAS 14

Expedientes remitidos a la Dirección de Determinación de

Responsabilidades 14

Expedientes remitidos a la Contraloría General de la República 0

TOTAL INICIADAS EN TRÁMITE Y CONCLUIDAS 21

Fuente: Dirección de Control Posterior (Departamento de Potestad Investigativa) (2016)

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141

Anexo N° 07

Personas naturales y jurídicas declaradas responsables en lo administrativo

Identificación Ente u Órgano

Decisión Nº Motivación Monto Bs.

Juan P. Lombardi IMA

CM-DDR-002-2016

Por no velar que antes de que se

procediera a realizar los pagos, se

efectuará la retención del diez por ciento

(10%) tal como lo establece la cláusula

Nº 7 del contrato Nº CA-IMA-14-SC-

006 Rubro 1, de fecha 31/07/2014,

Celebrado con la Empresa Distribuidora

Venezuela en el cual, acordando entre las

partes la retención del diez por ciento

(10%) por cada pago realizado, en

sustitución de la fianza de fiel

cumplimiento; no obstante, en la revisión

a las órdenes de pago asignadas con los

Nros. 000515 y 000547 de fechas

22/10/2014 y 10/11/2014,

respectivamente, no se evidenciaron

dichas retenciones. Incurriendo de tal

manera con su conducta en el supuesto

generador de responsabilidad

administrativa consagrado en el artículo

91 numeral 2 de la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y

del Sistema Nacional de Control Fiscal.

Bs. 69.850,00

Piedad Silva IMA CM-DDR-002-2016

Por proceder a realizar pagos a través

de las órdenes de pagos asignadas con

los Nros. 000515 y 000547 de fechas

22/10/2014 y 10/11/2014, sin efectuarla

retención correspondiente, tal como lo

establece la cláusula Nº 7 del contrato Nº

CA-IMA-14-SC-006 Rubro 1, de fecha

31/07/2014, con la Empresa

Distribuidora Venezuela en el cual,

Bs. 69.850,00

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142

Fuente: Dirección de Determinación de Responsabilidades (2016)

acordaron entre las partes la retención

del diez por ciento (10%) por cada pago

realizado, en sustitución de la fianza de

fiel cumplimiento. Incurriendo de tal

manera con su conducta en el supuesto

generador de responsabilidad

administrativa consagrado en el artículo

91 numeral 2 de la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y

del Sistema Nacional de Control Fiscal.

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143

Anexo Nº 09

Expedientes Remitidos al Ministerio Público por Indicios de Responsabilidad Civil y/o Penal

ORGÁNO O ENTE MOTIVACIÓN AÑO OFICIO DE REMISIÓN

NUMERO FECHA

Instituto Público Policía

Municipal de Maracaibo

Presuntas irregularidades detectadas en

Actuación Fiscal practicada en el

Instituto Público Policía Municipal de

Maracaibo, orientada a evaluar la

legalidad, sinceridad y exactitud de las

operaciones administrativas,

financieras, contables y presupuestarias

de la totalidad los ingresos recibidos y

la ejecución de los gastos que afectaron

las partidas presupuestarias

4.02.00.00.00 y 4.03.00.00.00,

considerando esta selección por

presentar montos de mayor cuantía del

presupuesto ejecutado. Igualmente, la

verificación de los Bienes Muebles

(Parque Automotor), correspondiente

al ejercicio económico financiero 2014

2014 CM-DCP-3-067-

2016 24/12/2016

Instituto Autónomo

Cuerpo de Bomberos del

Municipio

Presuntas irregularidades detectadas en

Actuación Fiscal practicada al Instituto

Autónomo Cuerpo de Bomberos del

Municipio Maracaibo, orientada a

evaluar los aspectos legales,

administrativos, financieros, contables

y presupuestarios, relacionados con el

registro, control, mantenimiento, uso,

resguardo y estado de conservación de

los Bienes Muebles, asignados a la

Dirección de Prevención y

Fiscalización e Investigación de

Siniestros y Oficina de Tecnología,

inclusive las Unidades Organizativas

que las conforman; asimismo, al

Parque Automotor del referido

Instituto, correspondiente al período

comprendido del 01/01/2014 al

30/11/2015

2014

2015

CM-DCP-3-056-

2016

02/11/2016

Fuente: Dirección de Control Posterior (2016)

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144

Anexo Nº 10

Información sobre el plan operativo anual (poa) por tipo de actuaciones y actividades

ACTUACIONES

EJECUTADAS

PLANIFICADAS

EJECUTADAS

NO

PROGRAMADAS

NO CONCLUIDAS

(PROGRAMADAS

Y NO

PROGRAMADAS)

TOTAL

EJECUTADAS

Actuaciones de

Obligatorio

Cumplimiento

100 11 - 111

Actuaciones Selectivas 51 - - 51

Total Actuaciones 151 11 162

ACTUACIONES

EJECUTADAS

PLANIFICADAS

EJECUTADAS

NO

PROGRAMADAS

NO CONCLUIDAS

(PROGRAMADAS

Y NO

PROGRAMADAS)

TOTAL

EJECUTADAS

Actividades de apoyo a

la Gestión de Control - - - -

Actividades realizadas

para el Fortalecimiento

del Sistema Nacional

de Control Fiscal

- - - -

Actividades vinculadas

con la Potestad

Investigativa y

Expedientes remitidos

al Ministerio Público

2 - - 2

Total Actividades 2 - - 2

Fuente: Contraloría Municipal de Maracaibo (2016)

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145

Anexo Nº 11

Distribución del presupuesto de gastos por partidas Año 2016

(Millones De Bolívares)

CODIGO / DENOMINACIÓN DE

LA PARTIDA

APROBADO

(BS.F)

MODIFICADO

(BS.F)

EJECUTADO

(BS.F)

4.01. GASTOS DE PERSONAL 246.781.371,00 338.031.325,06 0,00

4.02. MATERIALES, SUMINISTROS

Y MERCANCÍAS 14.939.040,00 17.602.093,33 0,00

4.03. SERVICIOS NO PERSONALES 27.324.475,00 55.403.990,60 0,00

4.04. ACTIVOS REALES 12.725.500,00 19.675.853,00 0,00

4.07.TRANSFERENCIAS Y

DONACIONES 19.758.771,00 24.802575,53 127.292,75

4.11. DISMINUCIÓN DEL PASIVO 500.000,00 455.515.837,52 0,00

TOTAL 322.029.157,00 455.515.837,52 127.292,75

Fuente: Dirección de Administración (2016)

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146

Anexo Nº 12

Remuneraciones percibidas por el

Contralor Interventor Municipal de Maracaibo

REMUNERACIONES MONTO EN Bs RESOLUCIONES MEDIANTE LAS CUALES SE

ACORDARON AUMENTOS

Emolumento 929.794,77

Ley Orgánica de Emolumento, Pensiones y Jubilaciones de

Altos Funcionarios del Poder Público, Resolución DC-

0130-2012 de fecha 27/06/2012.

Compensaciones 0,00

Prima Profesional 0,00

Prima de Antigüedad 0,00

Bono Vacacional 150.511,53

Bonificación de Fin de Año 376.278,83

Bonificaciones Especiales 0,00

Adquisición de Lentes 30.000,00

Otros Beneficios 74.970,34 Pago de guardería 2016

Gastos de Representación 0,00

TOTAL Bs. 1.561.555,47

Fuente: Dirección de Recursos Humanos (2016)

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147

Anexo Nº 13

Información sobre pasivos laborales

DESCRIPCION MONTO

Intereses por Aporte de Gastos de Prestaciones Sociales Constituido en un Fideicomiso en el Banco

Nacional de Crédito (BNC)

Prestaciones Sociales 20.089.812,52

Aporte Patronal al I. V. S. S. (2016) 6.642.439,67

Aporte Patronal al Fondo de Pensiones y Jubilaciones 2016 2.030.939,62

Fondo de Ahorro y Préstamo. (FAPPTCOMUN) 1.877.042,68

Aporte Patronal al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda

(FAOV) 2016 1.299.387,14

TOTAL Bs. 31.939.621,63

Fuente: Dirección de Recursos Humanos (2016)

Page 359: Informe de Gestión Anual 2016...Con el propósito de informar a la Contraloría General de la República, acerca de la gestión desarrollada por este Órgano, durante el ejercicio

148

Anexo Nº 14

Empleados Fijos al servicio de la Contraloría Municipal

DENOMINACIONES Nº DE

TRABAJADORES PROFESIÓN CARGO

Altos Funcionarios del Poder

Público 1

Lcdo. en Contaduría

Pública Contralor Municipal (I)

DENOMINACIONES Nº DE

TRABAJADORES PROFESIÓN CARGO

Directores

1 Lcda. en Contaduría

Pública Auditora Interna

1 Economista Director de Atención

Ciudadana

1 Abogada Directora de Recursos

Humanos

1 Lcda. en Contaduría

Pública Directora de Administración

1 Abogado Consultor Jurídico

1 Lcda. en Contaduría

Pública Directora de Control Posterior

1 Abogada Directora de Determinación de

Responsabilidades

Total Directores 7

Fuente: Dirección de Recursos Humanos (2016)

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149

Anexo Nº 14 (cont.)

Empleados Fijos al servicio de la Contraloría Municipal

DENOMINACIONES Nº DE

TRABAJADORES PROFESIÓN CARGO

Jefes de Departamento

1 Abogado

Jefe de Departamento de

Control Posterior de la Unidad

de Auditoría Interna

1 Abogada

Jefa del Departamento de

Servicios de Atención

Ciudadana, Denuncias, Quejas,

Reclamos, Sugerencias y

Peticiones

1 Ingeniero Civil

Jefa del Departamento de

Información y Capacitación

Ciudadana

1 Economista

Jefa del Departamento de

Control de la Administración

Central del Poder Público

Municipal

1

Lcda. en Relaciones

Industriales

Jefa del Departamento de

Bienestar y Desarrollo Integral

1

TSU en Administración

en Sistemas

Administrativos y

Contables

Jefe del Departamento de

Logística y Servicios Generales

1 Lcda. en Contaduría

Pública

Jefa del Departamento de

Sistemas de Gestión

1 Abogado Jefe del Departamento de

Bienes

1 Abogada Jefe de Departamento de

Potestad Investigativa

1 Lcda. en Administración

de Empresas

Jefa de Departamento de

Control de la Administración

Descentralizada del Poder

Público Municipal

Total Jefes 10

DENOMINACIONES N° DE

TRABAJADORES PROFESION CARGO

Coordinadores

1 Abogada Coordinadora de Asuntos

Jurisdiccionales

1 Abogada

Coordinadora Legal de

Planificación, Organización y

Desarrollo

1 Lcda. En Relaciones

Públicas

Coordinadora de Secretaría y

Comunicación

Total Coordinadores 3

Fuente: Dirección de Recursos Humanos (2016)

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150

Anexo Nº 14 (cont.)

Empleados Fijos al servicio de la Contraloría Municipal

DENOMINACIONES Nº DE

TRABAJADORES PROFESIÓN CARGO

Auditores, Asistente y

Auxiliares Fiscales

1 Lcdo. en Contaduría

Pública Auditor Fiscal Supervisor

1 Economista Auditor Fiscal Supervisor

1 Lcda. en Administración

de Empresas Auditor Fiscal Supervisor

1 Lcdo. (a) en Contaduría

Pública Auditor Fiscal II

1 Arquitecto Auditor Fiscal II

1 Lcdo. en Administración

de Empresas Auditor Fiscal II

1 Abogado Auditor Fiscal II

3 Lcdo. en Administración

de Empresas Auditor Fiscal I

1 Economista Auditor Fiscal I

1 Lcdo. en Contaduría

Pública Auditor Fiscal I

1 Ingeniero Mecánico Auditor Fiscal I

12 Lcdo. en Contaduría

Pública Auditor Fiscal

5 Lcdo. en Administración

de Empresas Auditor Fiscal

1 Lcda. en Gerencias de

Recurso Humanos Auditor Fiscal

2 Ingeniero Civil Auditor Fiscal

2 Ingeniero Industrial Auditor Fiscal

1 Abogado Auditor Fiscal

1 Arquitecto Auditor Fiscal

3 T. S. U. en Administración

de personal Asistente de Auditoría

5 T. S. U. en Administración Asistente de Auditoría

4 T.S.U en Contabilidad Asistente de Auditoría

1 T.S.U en Comercio

Exterior Asistente de Auditoría

1 T. S. U. en Seguros

Mercantiles Asistente de Auditoría

5 Bachiller Auxiliar de Auditoría

Total Auditores 56

Fuente: Dirección de Capital Humano (2016)

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151

Anexo Nº 14 (cont.)

Empleados Fijo al servicio de la Contraloría Municipal

DENOMINACIONES Nº DE

TRABAJADORES PROFESIÓN CARGO

Administrativos

1 Lcda. en Trabajo Social Promotor de Atención

Ciudadana Supervisor

1 Economista Analista de Organización y

Planificación Supervisor

2 Abogado Analista Legal Supervisor

1 T.S.U en Informática Programador de Sistemas

Supervisor

1 Lcda. en Educación Analista de Documentación y

Archivo Supervisor

1 Lcda. en Administración y

Gestión Municipal

Analista de Organización y

Planificación I

3 Abogados (as) Analista Legal I

1 Lcda. Comunicación Social Promotor de Atención

Ciudadana

2 Lcda. en Contaduría Pública Analista Contable

1 Lcda. en Administración de

Empresas Analista Contable

1 Lcda. en Administración de

Empresas Registrador de Bienes

2 Lcda. en Comunicación

Social

Analista de Relaciones Pública y

Prensa

1 Ingeniero en Sistema Analista de Sistemas e

Informática

15 Abogados (as) Analista Legal

2 Lcda. en Gerencia de

Recursos Humanos Analista de Recursos Humanos

2 Lcdo. En Contaduría Publica Analista de Recursos Humanos

1 Bachiller Auxiliar de Recursos Humanos

2 T. S. U. en Psicopedagogía Asistente de Atención Ciudadana

1 T. S. U. en Administración Asistente Registrador de Bienes

2 T. S. U. en Contabilidad

Computarizada Asistente Contable

1 T. S. U. en Informática Asistente de Sistemas e

Informática

1 Bachiller Alguacil

7 Bachiller Secretaria

1 Educación Básica Secretaria

1 Bachiller Recepcionista

4 Bachiller Archivista

1 Bachiller Auxiliar de Atención Ciudadana

1 Bachiller Auxiliar Registrador de Bienes

1 Bachiller Auxiliar Contable

Total Administrativos 80

TOTAL EMPLEADOS 157

Fuente: Dirección de Recursos Humanos (2016)

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152

Anexo Nº 15

Ingresos y egresos

(Renuncias, Destituciones, Jubilaciones y Pensiones)

DENOMINACIONES

DEL CARGO No. DE INGRESOS

(Nº DESIGNACIONES Y FECHA)

EGRESOS,RENUNCIAS,

DESTITUCIONES,

JUBILACIONES Y

PENSIONES (FECHA)

Directivos

24/01/2016

03/08/2016

15/12/2016

Jefes de

Departamentos

24/02/2016

01/03/2016

05/06/2016

05/06/2016

25/07/2016

20/09/2016

21/12/2016

Auditores Fiscales

CM-DC-005-2016 (04/01/2016)

CM-DC-022-2016 (01/02/2016)

CM-DC-101-2016 (01/07/2016)

CM-DC-208-2016 (18/07/2016)

CM-DC-289-2016 (18/07/2016)

CM-DC-282-2016 (01/09/2016)

CM-DC-281-2016 (01/09/2016)

05/06/2016

05/06/2016

06/06/2016

04/07/2016

09/08/2016

09/08/2016

15/09/2016

04/10/2016

31/10/2016

10/11/2016

22/12/2016

Administrativos

CM-DC-019-2016 (21/01/2016)

CM-DC-027-2016 (12/02/2016)

CM-DC-051-2016 (16/03/2016)

CM-DC-050-2016 (16/03/2016)

CM-DC-054-2016 (04/04/2016)

CM-DC-059-2016 (20/04/2016)

CM-DC-062-2016 (03/05/2016)

CM-DC-080-2016 (01/06/2016)

CM-DC-079-2016 (01/06/2016)

CM-DC-077-2016 (01/06/2016)

CM-DC-090-2016 (13/06/2016)

CM-DC-100-2016 (01/07/2016)

CM-DC-267-2016 (17/08/2016)

CM-DC-280-2016 (01/09/2016)

CM-DC-295-2016 (15/09/2016)

CM-DC-293-2016 (16/09/2016)

CM-DC-297-2016 (19/09/2016)

CM-DC-319-2016 (16/10/2016)

CM-DC-318-2016 (16/10/2016)

CM-DC-324-2016 (01/11/2016)

CM-DC-325-2016 (01/11/2016)

30/03/2016

15/04/2016

15/05/2016

05/06/2016

16/06/2016

20/06/2016

28/06/2016

30/06/2016

08/08/2016

09/08/2016

12/09/2016

13/09/2016

20/09/2016

14/10/2016

16/10/2016

23/11/2016

16/12/2016

Fuente: Dirección de Recursos Humanos (2016)