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INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO SECRETARIA GENERAL: PROGRAMA DE SEGURIDAD EN CARRETERAS NACIONALES, INVENTARIO BIENES MUEBLES E INMUEBLES, INSUMO Y SUMINISTRO INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS CGR-CDSIFTCEDR No. 054 Noviembre de 2017

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INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO

SECRETARIA GENERAL: PROGRAMA DE SEGURIDAD EN CARRETERAS NACIONALES, INVENTARIO BIENES MUEBLES E INMUEBLES, INSUMO Y

SUMINISTRO INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS

CGR-CDSIFTCEDR No. 054 Noviembre de 2017

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Contralor General de la República Edgardo José Maya Villazón Vicecontralora Gloria Amparo Alonso Masmela Contralor Delegado Sectorial Julián Eduardo Polanía Polanía Director de Vigilancia Fiscal Diego Alberto Ospina Guzmán Directora de Estudios Sectoriales Martha Marlene Sosa Hernández Coordinadora de Gestión Rosa C. Díaz de Arrieta Líder de Auditoría Luis Guillermo Hernández Ochoa Equipo Auditor Martha Inés Domínguez Táquez

Fabiola Patricia Rodríguez Moncayo Miller Yesid Castro Bohórquez Ramón Eduardo Rojas Vega José Luis Solarte Castro

Asesora Gladys Rojas Rojas

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TABLA DE CONTENIDO

1. HECHOS RELEVANTES AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO .............................................................. 4

2. CARTA DE CONCLUSIONES .......................................................................................................... 6

OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA .............................................................................................. 8

2.1.1 Objetivo General ......................................................................................................... 8

2.1.2 Objetivos Específicos .................................................................................................. 8

CRITERIOS IDENTIFICADOS .................................................................................................. 9

ALCANCE DE LA AUDITORÍA .............................................................................................. 10

CONCLUSIONES GENERALES Y CONCEPTO DE LA EVALUACIÓN REALIZADA .................. 10

EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO .............................................................................. 12

RELACIÓN DE HALLAZGOS ................................................................................................. 12

PLAN DE MEJORAMIENTO ................................................................................................. 12

3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ................................................................................................ 13

3.1 RESULTADOS GENERALES SOBRE EL ASUNTO O MATERIA AUDITADA ............................. 13

3.1.1 Resultados de seguimiento a resultados de auditorías anteriores ........................ 14

3.2 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 1 .......................................... 14

3.2.1 Registro Contable de los Bienes Inmuebles Fiscales ...................................................... 14

3.3 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 2 .......................................... 23

3.3.1 Evaluación de los mecanismos de Control Interno del proceso contable e inventarios.

................................................................................................................................................... 23

3.4. RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 3 ......................................... 32

3.4.1 Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales. ......................................................... 33

4. ANEXOS ..................................................................................................................................... 44

Anexo 1. Relación de Bienes de la Base de Datos de Inmuebles Fiscales de Invías que aún no se

encuentran registrados en la Contabilidad ....................................................................................... 44

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1. HECHOS RELEVANTES AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO

El parágrafo 2º del artículo 63 de la Ley 105 de 1993, autorizaba al Gobierno Nacional para que por conducto del Ministerio de Transporte determinará a cuál de las dos Entidades: Empresa Colombiana de Vías Férreas o al Fondo Pasivo Social de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, debería cederse a título gratuito los inmuebles y suscribir las respectivas escrituras públicas de transferencia. Posteriormente los artículos 1º y 2º de la Ley 187 de 1995, facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transporte o Ministerio del Transporte para que en nombre y representación de la Nación, efectúe los traspasos de bienes inmuebles de propiedad de la liquidada empresa de Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación, que a la fecha figuren a su nombre o del extinto Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y los traspasos de bienes inmuebles de propiedad de la empresa Puertos de Colombia1. En el mismo sentido los decretos 2053 y 2056 de 2003, en su artículo 3, Patrimonio del Instituto Nacional de Vías, numeral 3.82 establecieron que los bienes que transfiera el Ministerio de Transporte a Invías para el cumplimiento de sus nuevas funciones harán parte del patrimonio del Instituto. Trascurridos 23 años aproximadamente, la Entidad no ha terminado la depuración para el registro contable de los bienes inmuebles trasladados de las entidades liquidadas los cuales son producto de las transferencias realizadas por el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transporte, Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Fondo Nacional de Caminos Vecinales, Patrimonio Autónomo Remanente Ferrovías y Ferrovías en liquidación; inmuebles relacionados en documentos que datan de los años 1993 a 2010. De otra parte, la Secretaría General de Invías tiene a su cargo el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, que tiene por objeto, garantizar el derecho a la libre circulación de personas por el territorio nacional, incentivar el intercambio comercial entre las regiones, reactivar el turismo y permitir el transporte de carga y mercancía desde y hacia los principales puertos del país”. Para el año 2016, tuvo una apropiación presupuestal de $52.916,3 millones, para el cubrimiento de los bienes y servicios que hacen parte de este programa; la eficiencia con que se administren estos recursos debe impactar a la ciudadanía de la siguiente forma:

1 Parágrafo. Dentro de estos inmuebles se entiende incluidos aquellos que pertenecieron al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y a los Ferrocarriles Seccionales o a los Departamentales que no fueron traspasados a los Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 2 Numeral 3.8 “conforman el patrimonio de la Entidad, entre otros, los bienes, contratos derechos y obligaciones que el Ministerio de Transporte le transfiera para el cumplimiento de las nuevas funciones que le han sido encomendadas”

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✓ Mejores condiciones de seguridad en las vías nacionales. ✓ Mejor seguridad en vías nacionales incrementando el uso de tecnología. ✓ Fortalecimiento de los sistemas de información y comunicación que permitan

a los actores del Programa reaccionar oportunamente. ✓ Garantía en el funcionamiento de un equipo humano calificado que asegure

la adecuada cobertura y sostenibilidad del Programa.

De conformidad con el convenio interadministrativo No.1056 del 2006, la Policía Nacional tiene un cubrimiento en todo el territorio de 10.812 kilómetros lo que implica una cobertura del 79,7%, el resto lo cubren las otras Fuerzas Públicas; para el cumplimiento de esta misión han asignado 1504 vehículos incluidas las motos que utiliza la Dirección de Tránsito y Transporte – DITRA- de la Policía Nacional.

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2. CARTA DE CONCLUSIONES

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Doctor: CARLOS ALBERTO GARCIA MONTES Director General Instituto Nacional de Vías Ciudad Respetado doctor García: Con fundamento en las facultades otorgadas por el Artículo 267 de la Constitución Política y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 0010 del 10 de octubre del 2016, la Contraloría General de la República realizó auditoría de cumplimiento a los siguientes procesos a cargo de la Secretaría General: administración de bienes y servicios, control financiero y contable y adicionalmente, el programa de seguridad en carreteras nacionales. Es responsabilidad de la Administración, el contenido en calidad y cantidad de la información suministrada, así como con el cumplimiento de las normas que le son aplicables a su actividad institucional en relación con el asunto auditado. Es obligación de la CGR expresar con independencia una conclusión sobre el cumplimiento de las disposiciones aplicables en la Secretaría General: Programas de seguridad en carreteras nacionales, inventario bienes muebles e inmuebles, insumo y suministros, conclusión que debe estar fundamentada en los resultados obtenidos en la auditoría realizada. Este trabajo se ajustó a lo dispuesto en los Principios, fundamentos y aspectos generales para las auditorías ( Resolución reglamentaria orgánica No. 0012 del 24 de marzo de 2017) y las Directrices impartidas para la auditoría de cumplimiento, conforme a lo establecido en la Resolución Orgánica 0014 del 14 de junio de 2017, proferida por la Contraloría General de la República, en concordancia con las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI3), desarrolladas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI4) para las Entidades Fiscalizadoras Superiores. Estos principios requieren de parte de la Contraloría General de la República la observancia de las exigencias profesionales y éticas, de una planificación y ejecución de la auditoría destinada a obtener garantía limitada, de que los procesos consultaron la normatividad que le es aplicable.

3 ISSAI: The International Standards of Supreme Audit Institutions. 4 INTOSAI: International Organization of Supreme Audit Institutions.

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La auditoría incluyó el examen de las evidencias y documentos que soportan el proceso auditado y el cumplimiento de las disposiciones legales de la Secretaría General del INVIAS: administración de bienes y servicios y control financiero y contable, adicionalmente, el Programa de seguridad en carreteras nacionales. Los análisis y conclusiones se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en el Sistema Integrado para el Control de Auditorías – SICA establecido para tal efecto y los archivos de la Contraloría General de la República. La auditoría se adelantó por la Contraloría Delegada para el sector de Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional. El período auditado tuvo como fecha de corte 30 de septiembre del 2017. Las observaciones se dieron a conocer oportunamente a la Entidad dentro del desarrollo de la auditoría, las respuestas fueron analizadas y en este informe se incluyen los hallazgos que la CGR consideró pertinentes.

OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA Los objetivos de la auditoría fueron los siguientes:

2.1.1 Objetivo General Evaluar la gestión y resultados de los recursos públicos recaudados y ejecutados de la vigencia 2016, para establecer que se hayan realizado conforme a las normas legales, reglamentaciones estatutarias y de procedimientos.

2.1.2 Objetivos Específicos

1. Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en el registro contable de los bienes muebles e inmuebles trasladados de otras entidades públicas recibidas en donación y comodato.

2. Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en lo relacionado con los mecanismos de control implementados por INVIAS para la administración de los inventarios a su cargo, modo férreo, marítimo y carretero.

3. Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o

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normatividad en lo relacionado con el Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales, específicamente en lo relacionado con el suministro de combustible y repuestos destinados a la DITRA de la Policía Nacional.

CRITERIOS IDENTIFICADOS De acuerdo con el objeto de la evaluación, los criterios sujetos a verificación son:

• Que la función administrativa de efectivo cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (Artículo 209 de la Constitución Política Nacional).

• Que la gestión contractual, se haya desarrollado de conformidad con las normas legales y técnicas aplicables, especialmente que se haya dado cumplimiento a lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 105 de 1993 y Ley 1150 de 2007, Ley 1510 de 2013 las normas complementarias y reglamentarias, Manual de contratación de la Entidad (Resolución 1676 de 2015)

• Que Invías y la DITRA cumplan con las obligaciones contenidas en el Convenio Interadministrativo 1056 de 2006.

• Que se cumplan los principios y deberes de la contratación, así como las normas aplicables al proceso de selección y adjudicación de los contratistas distribución de riesgos, legalización, ejecución y cumplimiento de los objetos contractuales.

• Que las estipulaciones contenidas en las pólizas suscritas para los contratos, se cumplan y que los riesgos contenidos estén debidamente amparados.

• Que la Entidad cumpla con su obligación de vigilancia y control de sus procesos y supervisión de sus contratos.

• Que se haya dado un adecuado manejo a los recursos públicos.

• Que la contratación adelantada contribuya al cumplimiento de la labor misional del Invías, velando por sus intereses.

• Que la Entidad revele en sus estados financieros el total de sus bienes muebles e inmuebles.

• Que la Entidad de cumplimiento al Manual de Procedimientos para Almacén e Inventarios.

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ALCANCE DE LA AUDITORÍA Para el desarrollo de los objetivos de la auditoría, se evaluaron los Macro Procesos Gestión de Adquisición de Bienes y Servicios y Gestión Financiera Presupuestal y Contable, así: Objetivos 1 y 2 Macroproceso: Gestión Financiera, Presupuestal y Contable Proceso: Realidad Económica y Jurídica de la Contabilidad Materia Específica: Gestión de Registro de Bienes Muebles e Inmuebles La auditoría se basó en el Registro y Control de los inmuebles entregados a Invías de otras entidades liquidadas a partir del año 1992, fecha de su creación y durante la duración de este proceso de traslado. Se evaluaron los mecanismos de control implementados por Invías, para la administración de los bienes muebles e inmuebles (inventario) y su registro contable. Objetivo 3 Macroproceso: Gestión de Custodia, Disposición y Explotación de Bienes Proceso: Ejecución Contractual, Anticipos, Adiciones y Modificaciones Materia Específica: Gestión a la ejecución contractual Se seleccionaron los contratos suscritos por el Programa de seguridad en carreteras nacionales relacionados con el suministro de combustible, mantenimiento preventivo y correctivo con suministro de repuestos y lubricantes para las motos (de marcas Yamaha y Suzuki). Igualmente, se seleccionó una muestra representativa del parque automotor, que fue objeto de comodato por parte del Invías y la DITRA-Policía Nacional, producto de la reversión de equipos de la finalizada concesión DEVINAR y, finalmente, se realizó un seguimiento a las bajas dadas a los automotores que cumplieron su vida útil y que se encuentran en las Bodegas del Invías en el barrio Fontibón y Talleres de mantenimiento en la ciudad de Bogotá.

CONCLUSIONES GENERALES Y CONCEPTO DE LA EVALUACIÓN REALIZADA

Como resultado de la auditoría realizada, la Contraloría General de la República considera que el cumplimiento de la normatividad relacionada con el Inventario Bienes Muebles e Inmuebles, Insumo y Suministro y con el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, salvo en lo referente a lo descrito en los párrafos siguientes, la información acerca de la materia controlada en la entidad auditada resulta conforme, en todos los aspectos significativos, por lo que el concepto es Con Reserva.

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• La falta de registro contable de 172 bienes inmuebles que fueron transferidos al Invías de entidades liquidadas desde 1993.

• Debilidades en los mecanismos de control interno contable de la información que alimenta el proceso de registro de los hechos económicos tales como los inmuebles e inventarios.

• Incumplimiento parcial de la destinación de los recursos del Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales- PSCN, en la compra de cinco (5) vehículos que se asignaron a Invías, por cuanto se observaron los estudios y documentos previos que justifican la compra de los mismos para entregar en comodato a las diferentes fuerzas que integran el Programa, la distribución del presupuesto realizada por la Comisión Intersectorial.

• La Secretaría General del Invías por intermedio de Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales- PSCN, en el 2015, incumplió con el objeto para el cual están destinados la totalidad de los recursos recaudados en los peajes como es mantener el orden público, garantizar la libre circulación de personas por el territorio nacional, incentivar el intercambio comercial entre las regiones, reactivar el turismo y permitir el transporte de carga, porque ha utilizado parte de estos recursos en la compra de vehículos que no están destinados para el cumplimiento de la misión del programa.

• Debilidades en el procedimiento de revisión técnico mecánica previa suficiente para determinar el estado físico real de los vehículos automotores del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales PSCN.

• Debilidades de la supervisión técnica y administrativa de los contratos de mantenimiento de vehículos derivados del convenio.

• Falta de control por parte del Programa en el manejo de los repuestos cambiados y reemplazados en cumplimiento del contrato de mantenimiento de los diferentes módulos.

• Falta de estudios de mercado que expongan la realidad fáctica del sector de mantenimiento automotriz.

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EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO Como resultado de la evaluación al diseño de controles implementados por la Secretaría General de Invías en los macro procesos de Administración de Bienes y Servicios y Gestión Financiera y Presupuestal, y de acuerdo a la metodología establecida en la Guía de Auditoría de Cumplimiento, se determinó una calificación de diseño y efectividad de los controles de 1,538 lo que permite a la Contraloría conceptuar que el Control Interno es con deficiencias.

RELACIÓN DE HALLAZGOS Como resultado de la auditoría, la Contraloría General de la República constituyó quince (15) hallazgos administrativos de los cuales once (11) tienen presunta incidencia disciplinaria, uno (1) fiscal y un (1) hallazgo para indagación preliminar.

PLAN DE MEJORAMIENTO La Entidad deberá elaborar y/o ajustar el Plan de Mejoramiento que se encuentra vigente, con acciones y metas de tipo correctivo y/o preventivo, dirigidas a subsanar las causas administrativas que dieron origen a los hallazgos identificados por la Contraloría General de la República como resultado del proceso auditor y que hacen parte de este informe. Tanto el Plan de Mejoramiento como los avances del mismo, deberán ser reportados a través del Sistema de Rendición de Cuentas e Informes (SIRECI), dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo de este informe. La Contraloría General de la República evaluará la efectividad de las acciones emprendidas por las entidades para eliminar las causas de los hallazgos detectados en esta auditoría, según lo establecido en la Resolución orgánica que reglamenta el proceso y la Guía de auditoría aplicable vigentes. Bogotá, D. C, JULIÁN EDUARDO POLANÍA POLANÍA Contralor Delegado Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional Revisó: Diego Alberto Ospina Guzmán, Director de Vigilancia Fiscal

Rosa C Díaz de Arrieta, Supervisora Luis Guillermo Hernández Ochoa, Líder de Auditoría Elaboró: Equipo Auditor Invías Aprobó: Comité de Evaluación Sectorial No. 026 de noviembre 29 de 2017

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3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

3.1 RESULTADOS GENERALES SOBRE EL ASUNTO O MATERIA AUDITADA

Los diferentes grupos de Invías que intervienen en el proceso de Administración de Bienes y Servicios y Control Financiero y Contable, continúan presentando debilidades en la gestión adelantada para realizar el reconocimiento y registro contable de los bienes inmuebles y muebles entregados por terceros desde el momento de su creación, lo cual ha llevado a que se subestime la cuenta Propiedad Planta y Equipo, impactando la revelación de los Estados Financieros presentados por la Entidad en cada vigencia, ocasionado que la opinión de la Contraloría General de la República haya sido con Abstención. De otra parte, los procesos de apoyo de la Entidad no se han desarrollado en la misma medida que los misionales, olvidando que la Entidad es una Unidad, lo anterior observado en los procesos vinculados a la subdirección administrativa, impidiendo el desarrollo efectivo de los mismos. A pesar que se cuenta con el Convenio Interadministrativo 2142 de 2011 con el Ministerio de Cultura, con el objeto de implementar el plan nacional para la recuperación de las estaciones del ferrocarril (PNREF), se evidencia que Invías no hace una vigilancia y control adecuado de estos monumentos históricos, lo que genera un riesgo de pérdida de la posesión de estos bienes en comento.

El Convenio interadministrativo 1056 del 2006, celebrado entre el Ministerio de Transporte, el Instituto Nacional de Vías y la Dirección General de la Policía Nacional, presentó varios incumplimientos en la planeación estratégica, tanto del Invías como de la Dirección de la Policía; igualmente presentó debilidades en la supervisión de los contratos de mantenimiento preventivo y correctivo del parque automotor asignado en comodato a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional. El recibo a satisfacción de las grandes reparaciones que practican a estos vehículos en los talleres es realizado por personal no idóneo y sin experiencia en mecánica, en repuestos, garantías y mantenimiento de los vehículos ingresados a los talleres.

De otra parte, pese a que el Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales- PSCN realizó estudios previos que justifican la compra de vehículos para actualizar el parque automotor, se observa incumplimiento parcial de la distribución de cinco (5) vehículos que se asignaron a Invías.

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A nivel de las direcciones territoriales de Invías, y de acuerdo con las visitas practicadas a Tolima y Antioquia, se evidencia falta de control y seguimiento a los vehículos asignados al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales y a los mantenimientos realizados al parque automotor, adicionalmente, no existe un procedimiento para realizar el proceso de bajas de las reparaciones mayores de estos vehículos. Los anteriores aspectos, conllevan a concluir que afecta el cumplimiento del fin esencial del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales. 3.1.1 Resultados de seguimiento a resultados de auditorías anteriores

Este ejercicio de control fiscal surgió a partir de la iniciativa del equipo auditor que realizó la auditoría integral a la vigencia 2016 sobre en temas susceptibles de riesgo, quien solicitó la auditoría, la cual fue aprobada por la Delegada como consecuencia de los resultados en las auditorías vigencias 2015, 2016: como es el registro de los bienes inmuebles y de los Inventarios, de otra parte, para el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales se identificaron hallazgos con alcance disciplinario, penal y fiscal a partir de denuncias relacionadas con la Secretaría General y su función de Coordinación del Programa. 3.2 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 1

OBJETIVO ESPECÍFICO 1

Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en el registro contable de los bienes muebles e inmuebles trasladados de otras entidades públicas recibidas en donación y comodato.

3.2.1 Registro Contable de los Bienes Inmuebles Fiscales

Como resultado de la auditoría se detectaron las siguientes situaciones de incumplimiento que fueron validadas como hallazgos de auditoría. Hallazgo No. 1. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Registro de los bienes inmuebles fiscales en la Contabilidad La información contable pública debe ser la representación razonable de la realidad económica de una entidad pública, además debe incluir todas las transacciones, hechos y operaciones medidas en términos cualitativos o cuantitativos, en una fecha o durante un período determinado; atendiendo los principios, normas técnicas y procedimientos establecidos.

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Se realizó el cruce de la información de los Bienes Inmuebles Fiscales de propiedad de Invías, los cuales son producto de las transferencias realizadas por el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transporte, Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Fondo Nacional de Caminos Vecinales, Patrimonio Autónomo Remanente Ferrovías y Ferrovías en liquidación; inmuebles relacionados en documentos que datan de los años 1993 a 2010, encontrando inmuebles que carecen de dirección o la misma está desactualizada, sin cédula catastral; bienes sobre los cuales el Invías tiene únicamente la posesión y otros que no figuran registrados en la base de datos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC. Adicionalmente se encontró: De las actas de traslado de bienes inmuebles fiscales inscritos se tomó muestra selectiva de 397 y se determinó que 220 de ellos no se encuentran registrados en la contabilidad de Invías. De la base de datos del Sistema Administración de Control Predial- SACP, suministrada por el Grupo de Bienes Inmuebles y Seguros, correspondiente a 977 registros de inmuebles fiscales, se determinó que: 172 inmuebles no están registrados en la contabilidad (Anexo 1). 58 Inmuebles están registrados en la cuenta 19700502 Derechos de Posesión Terrenos, lo cual se expresa como un Activo Intangible por $21,3 millones, significa que Invías no ha iniciado el proceso para legalizar la propiedad de estos inmuebles, corriendo el riesgo de perderse y tampoco se observa que tenga actualizado su estado (en uso o invadido, difícil recuperación), por tanto, al tener desactualizado estos activos, impacta los Estados Financieros. 129 Inmuebles se encuentran en la cuenta 171006 Bienes de Uso Público en Servicio, red férrea, los cuales no hacen parte del objetivo y las funciones de la Secretaría General a través de la Subdirección Administrativa, como es Mantener actualizado el inventario de bienes inmuebles fiscales a cargo de la entidad. Así mismo, se evidencia que de los 977 bienes inmuebles reportados, el valor de 660 de los inmuebles no ha tenido actualización de sus avalúos, de acuerdo con lo señalado en el numeral 20 que dice: “…La actualización de las propiedades planta y Equipo debe efectuarse con periodicidad de tres años…” Lo anterior, evidencia que persisten las deficiencias en cuanto a la depuración y no se tiene una información exacta sobre el número de sus inmuebles, su valor, ubicación, uso y estado demostrando un inadecuado control de sus recursos o actividades, así como deficiente gestión en el proceso de depuración de los

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inmuebles recibidos de entidades ya liquidadas, lo cual evidencia debilidades en la gestión institucional de las áreas que participan en el proceso contable, para la depuración de la información básica y suficiente que garantice el reconocimiento y revelación que corresponde al Área de Contabilidad, situación que denota presunto incumplimiento de lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública, adoptado mediante la Resolución 354 de 2007, en su Libro I - Plan General de Contabilidad Pública, en su Capítulo Único, numeral 9. Normas Técnicas de Contabilidad Pública5. La Entidad en su respuesta manifiesta que las Actas de transferencia no son un documento idóneo para el registro contable, sin embargo la CGR no se refiere a esta situación sino sobre la gestión que la Entidad no ha realizado a partir del recibo de estas Actas que son el primer documento público para el inicio del proceso que conllevará al saneamiento, reconocimiento y registro de los bienes inmuebles fiscales. Así mismo, informan que la Subdirección Administrativa viene adelantando estudios catastrales y de escrituras, consolidando escrituras públicas de transferencia, para determinar la cadena de tradición de la infraestructura férrea y sus anexidades a nivel nacional, así como acciones complementarias ante las diferentes oficinas e Instrumentos Públicos para que certificara la existencia o no de matrícula inmobiliaria, y ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi para el cambio de nombre del poseedor en la base de datos catastral que administra. De otra parte, los bienes inmuebles registrados como posesiones se han registrado para control, toda vez que las escrituras públicas de transferencia se identifica a Invías como continuador en suma de posesiones con las que ejercieron los Ferrocarriles Nacionales y Ferrovías y, por tanto, no ostentan matrícula inmobiliaria asociada. Además, informan que han realizado 317 avalúos a predios fiscales con base en los recursos que le han asignado a la Entidad para esta gestión.

5 Plan General de Contabilidad Pública. 9. Normas Técnicas de Contabilidad Pública 9.1 Normas Técnicas Relativas a Las Etapas de Reconocimiento Y Revelación de los Hechos Financieros, Económicos, Sociales y Ambientales. 125. En desarrollo de los principios de registro, medición y revelación, la norma técnica relacionada con las etapas de reconocimiento y revelación precisa los criterios que deben tenerse en cuenta al preparar y presentar información financiera, económica, social y ambiental, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública.

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Hallazgo No. 2. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Funciones y Responsabilidades sobre la infraestructura de Transporte, asignadas al Ministerio de Transporte y a las Entidades del Orden Nacional, mediante de la Ley 105 de 1993 Los artículos 19 y 20, funciones y responsabilidades sobre la infraestructura de transporte, de la Ley 105 de 19936, establecen el compromiso del Ministerio de Transporte y Entidades de Orden Nacional en la identificación y conservación de la infraestructura de transporte; en complemento el Artículo 3 del Decreto 2053 de 2003, patrimonio del Instituto Nacional de Vías, estableció que los bienes que transfiera el Ministerio de Transporte a Invías para el cumplimiento de sus nuevas funciones, harán parte del patrimonio del Instituto7. La Contraloría General de la República en visita de inspección física a una muestra de siete (7) Estaciones férreas y un (1) paradero, entregados al Instituto para su administración y custodia, evaluó el estado de conservación y los mecanismos de seguridad implementados para conservar y evitar la ocupación por particulares de estos bienes del Estado, encontrando: Frente a la responsabilidad de conservación de la infraestructura de transporte.

• De los ocho (8) inmuebles, las Estaciones Betania y Suesca, se encuentran en explotación mercantil y presentan un buen estado de conservación, las seis (6) restantes presentan alto grado de deterioro; de los cuales en la base de datos8: las Estaciones Crucero y Santa Rosita se registran en estado “explotación mercantil”, sin embargo, los contratos no están vigentes9, la estación Manas en “restitución del Ministerio”10 y las Estaciones Mortiño, La Laguna y La Nevera su estado es “vacía”.

• Si se tiene en cuenta que en la base de datos registra un total de 63 inmuebles en estado “vacías”, 105 en “Proceso de restitución” y 21 para

6 Capítulo II Funciones y responsabilidades sobre la infraestructura de transporte, Artículo 19º.- Construcción y conservación. Corresponde a la Nación y a las Entidades Territoriales la construcción y la conservación de todos y cada uno de los componentes de su propiedad, en los términos establecidos en la presente Ley. Artículo 20º.- Planeación e identificación de propiedades de la infraestructura de transporte. Corresponde al Ministerio de Transporte, a las entidades del Orden Nacional con responsabilidad en la infraestructura de transporte y a las Entidades Territoriales, la planeación de su respectiva infraestructura de transporte, determinando las prioridades para su conservación y construcción. Para estos efectos, la Nación y las Entidades Territoriales harán las apropiaciones presupuestales con recursos propios y con aquellos que determine esta Ley. 7 La citada Ley facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transporte o Ministerio del Transporte para que en nombre y representación de la Nación, efectuaran los traspasos de bienes inmuebles, en cumplimiento del mandato mediante actas de: entrega por parte de ferrovías en liquidación (27) y patrimonio autónomo de remanentes (9) de documentación de bienes muebles transferidos al INVIAS, el Ministerio realizó las transferencias 8 “Estado Estaciones Férreas Base de datos Instituto Nacional de Vías” 9 La Estación Crucero municipio de Suesca, contaba con servicio de vigilancia, por terminación contrato de arrendamiento, pero su estado de deterioro era alto 10 A estos inmuebles, sus habitantes le han realizado obras para su recuperación y han asumido costos de impuesto predial.

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“explotación mercantil”, y con base en lo observado en las Estaciones visitadas, se presume un riesgo de deterioro para el resto de Estaciones que tienen el mismo estado, con lo que podrían verse afectadas un total de 175 inmuebles (Tabla 1).

Tabla No. 1 Estaciones Férreas Base de datos Instituto Nacional de Vías

Estado Numero Estaciones

Comodato 53

Destruidas 53

Restitución 105

Concesionada 60

Explotación Mercantil 21

Sin Datos 9

Vacías 63

Total 366

Fuente: base de datos Estaciones Férreas Invías marzo 2015

• De las estaciones visitadas, 3 se encuentran ocupadas por particulares y no tienen contrato vigente, dos (2) tienen en depósito algunos bienes, pese a que tienen vencido el contrato de arrendamiento, en 3 de ellas se encuentra invasión de predios del inmueble, y en las 8 estaciones visitadas, se evidenció invasión de los predios correspondientes a la Red Férrea, lo cual fue observado en varios y amplios tramos del recorrido. (Tabla 2).

Tabla No.2. Estado de las Estaciones Férreas

Estación Estado Ocupación por particulares

Deposito elementos de particulares

Invasión predios del inmueble

Invasión predios de la Red Férrea

Las Manas Restitución Ministerio Si Si Si

La Nevera Vacía Si

Mortiño Vacía Si Si Si

La Laguna Vacía Si Si Si

Crucero Explotación Mercantil Si Si

Santa Rosita Explotación Mercantil Si Si

Suesca Explotación Mercantil Si

Betania Explotación Mercantil Si

Fuente: Información recolectada en visita, elaborada por la CGR

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Registro Fotográfico de las estaciones visitadas

Las Manas (Cajicá)

La Nevera (Villa Pinzón)

Mortiño (Cogua)

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La Laguna (Suesca)

Crucero (Suesca)

Santa Rosita (Suesca)

Suesca (Suesca)

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Betania (Cajicá)

Frente a la responsabilidad de identificación de la infraestructura de transporte: Comparando la información de las Estaciones férreas que se encuentra en tres bases de datos, dos suministradas por Invías y una por el Ministerio de Cultura (Tabla No. 3), se evidencian diferencias respecto del número de estas a cargo de Invías, así:

Tabla No. 3. Reporte de Estaciones Férreas a cargo de Invías Base de Datos No. Estaciones

Registradas en Contabilidad del Invías 336

Informe Estaciones Férreas a Cargo del Invías11 312

Matriz General Estaciones ferrocarril 2017 (Ministerio de Cultura)12 456 Fuente: Información suministrada por Invías y Ministerio de Cultura, se filtró sólo Estaciones Férreas

• Tres de las Estaciones: La Nevera, Las Manas y Mortiño no se encuentran

censadas en el Programa Nacional de Recuperación de Estaciones

Férreas13, pese a que Invías, las dos primeras las registra sin estado, y la

última en proceso de restitución.

Lo anterior indica cumplimiento parcial de los Artículos 19 y 20 de la Ley 105 de 1993, lo que genera deficiencias en la identificación y conservación de los bienes a cargo del Instituto.

11 Información suministrada en visita a la Subdirección Red Terciaria y Férrea de Invías 12 Información suministrada como respuesta al Oficio 2017EE0109386 del 11/09/2017 13 Convenio interadministrativo de cooperación 2142 de 20113, cuyo objeto es implementar el Plan Nacional para la Recuperación de las Estaciones del Ferrocarril (PNREF).

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Hallazgo No. 3. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Equipo de Transporte Fluvial transferido por el Ministerio de Transporte al Instituto Nacional de Vías En la revisión de la información de bienes muebles a septiembre de 2017, no se evidenció la evaluación realizada a los equipos o las acciones adelantadas por Invías y el Ministerio de Transporte, que llevaron a tomar la decisión de no recibir y no registrar contablemente 17 de los 31 bienes que hacían parte del equipo de transporte fluvial que el Ministerio transfirió a Invías mediante radicado MT-3236-2 del 09/02/2004, en cumplimiento del Artículo 3 Patrimonio del Instituto Nacional de Vías de los Decretos 2053 y 2056 de 2003, como se observa en la siguiente Tabla:

Tabla No. 4. Relación de Embarcaciones mayores susceptibles a ser transferidos al Invías que no se encuentran registradas contablemente

Auxiliar Contable Ministerio de Transporte

Nombre Valor en Libros ($)

Ubicación

Municipio Departamento

67504945 Caribe 400.000.000 Calamar Bolívar

18501502 Mompox 450 años 750.000.000 Yate la Bodega Bolívar

18305519 Santa Cecilia 141.360.000 Talaiga Nuevo Santa Ana

Bolívar

18305512 La Loba 55.606.755 Barranco de Loba Bolívar

18305518 El Sucreño 55.606.755 Guaranda Sucre

18305520 Pacífico 27.500.000 Morales Bolívar

18305525 San José 55.606.755 Regidor Bolívar

18305523 San Marcos 4.500.000 San Marcos Sucre

18305526 San Pablo o Satélite 25.000.000 San Pablo Bolívar

18501503 Francisco José de Caldas L-5-13 200.000.000 Gamarra cerro Burgos

Cesar

18305531 Ferry Omaira 50.000.000 Ambalema Tolima

18305530 Bote Omaira 60.000.000 Ambalema Tolima

18305511 San José del Guaviare AT- 3-204 AT1-802

65.017.675 Puerto Arturo Guaviare

16501508 Bote Leticia (se solicitaba recuperación)

87.000.000 Leticia Amazonas

18305527 Bote a vapor Martinete 203.705 Meta

83113001 Draga DC-1 Burro Viejo 1.181.552 Quibdó Choco

67506007 Yate Chiribico (buen estado) 58.600.180 Cartagena Bolívar

Fuente: anexo oficio MT-3236-2 del 09/02/2004

Por lo anterior, transcurridos 14 años la Entidad no cuenta aún con el reconocimiento total de los bienes transferidos de Entidades liquidadas, subestimando la cuenta 16, Propiedad, Planta y Equipo en cuantía indeterminada y, por ende, no tenga control de los mismos, denotando cumplimiento parcial a las funciones y actividades establecidas al Invías, en el proceso de transferencia de

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bienes, Artículo 3, numeral 3.814 del Decreto 2056 de 2003 y al Artículo 3 deberes de la Ley 73415 de 2002. Invías soportado en que el comunicado incluye el término “susceptibles”, este no es un documento idóneo que permitiera determinar que los bienes relacionados realmente fueron entregados por el Ministerio de Transporte al Instituto Nacional de Vías y, por ende, no existe documento válido para efectuar los registros contables. 3.3 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 2

OBJETIVO ESPECÍFICO 2

Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en lo relacionado con los mecanismos de control implementados por INVIAS para la administración de los inventarios a su cargo, modo férreo, marítimo y carretero.

3.3.1 Evaluación de los mecanismos de Control Interno del proceso contable e inventarios.

Como resultado de la auditoría se detectaron las siguientes situaciones de incumplimiento que fueron validadas como hallazgos de auditoría.

Hallazgo No. 4. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Controles para el desarrollo del Proceso Contable El Invías presenta debilidades en la efectividad de los controles de la información que alimenta los procesos de administración de bienes muebles e inmuebles y el proceso contable, así como lo establece el Procedimiento de Control Interno Contable y de Reporte del Informe Anual de Evaluación a la Contaduría General de la Nación de diciembre de 2015, lo anterior por cuanto a 30 de septiembre de 2017, se evidenciaron los siguientes aspectos:

1. En el Grupo de Inventarios y el de Contabilidad, no se realizan conciliaciones periódicas como lo establece el numeral 3.2.8 Conciliaciones de

14 Artículo 3. Conforman el patrimonio del Instituto Nacional de Vías los siguientes bienes, 3.8 Los bienes, contratos, derechos y obligaciones que el Ministerio de Transporte Dirección de Transporte Fluvial y Dirección General de Transporte Marítimo y de Puertos le transfiera. 15 Ley 734 de 2002, Artículo 34 Deberes 1. Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas, los contratos de trabajo y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente.

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Información16, del citado Procedimiento; por lo anterior, la CGR realizó una conciliación de los valores reportados en el Sistema de Administración de Inventarios y lo reportado en Contabilidad de los grupos de la cuenta 16.35 Bienes Muebles en Bodega y la 16.37 Propiedad, Planta y Equipo no Explotados, encontrando las siguientes diferencias:

Tabla 5. Conciliación Cuentas Bienes Muebles en Bodega y Propiedad, Planta y Equipo

no Explotados

Fuente: Tomado de información suministrada por los grupo de Contabilidad e Inventarios, tabla elaborada por el equipo

auditor.

2. En la revisión de los bienes muebles (vehículos) reportada en el Sistema de

Administración de Inventarios, aplicativo SAI, en algunos casos se observa que la información no está completa e igualmente presenta inconsistencias en los campos del registro, como:

• En el registro de los bienes correspondientes a vehículos, en el campo que presenta la información de chasis se reporta la de motor y, en su mayoría, no se presenta información en los campos: motor, marca, modelo, referencia, que permitan la identificación integral del bien inmueble.

• Se encontró que tres vehículos Toyota HYLUX 4x4, que fueron ingresados al aplicativo el 13 de septiembre de 2005 y dados de baja en el 2015 y 2016 mediante Memorando SG 27370 del 4 de mayo de 2016, durante el tiempo de permanencia en la Entidad, nunca les fue asignada la serie de placa que

16 Procedimiento de Control Interno Contable y de Reporte del Informe Anual de Evaluación, numeral “3.2.8. Conciliaciones de información. Deben realizarse conciliaciones permanentes para contrastar y ajustar, si a ello hubiere lugar, la información registrada en la contabilidad de la entidad contable pública con los datos que tienen las diferentes dependencias respecto de su responsabilidad en la administración de un proceso específico”.

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otorga el Ministerio de Transporte, situación que genera incertidumbre del cómo se realizaba la prestación del servicio y su control, como se presenta en la Tabla 6.

Tabla 6. Relación de vehículos ingresados al inventario sin tener placa de identificación

PLACA INGRESO ESTADO RESPON SABLE

VALOR $

FECHA BAJA OBSERVACIONES

Sin Placa 13/09/2005 Inservible

SUBDIR ADM 52.430.714 27/08/2015

Camioneta con número 3279019, el cual no corresponde a una serie de placa de vehículo, ni registra datos

del motor

Sin Placa 13/09/2005 Inservible

SUBDIR ADM 52.430.714 14/09/2016

Camioneta con número 3300054 Sólo tiene registro de datos del

chasis, no tiene datos del motor, ni placa

Sin Placa 13/09/2005 Inservible

SUBDIR ADM 52.430.714 23/06/2016

Camioneta con número P3311333, el cual no corresponde a una serie de placa de vehículo, adicional no

registra datos del motor.

Fuente: Memorando SG 156014 del 11/09/2017, respuesta a numeral 4 y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR

• Se observa dilación en el procedimiento de dar de baja los vehículos del parque automotor del programa de Seguridad en Carreteras, por cuanto se encontró que los siguientes vehículos a pesar de que en Memorandos de la Secretaria General SG 139601 del 6 de julio de 2017, SG 130288 el 1 de junio de 2017, SG 126821 del 18 de mayo de 2017, SG 120224 del 25 de abril de 2017, SG 90658 del 26 de diciembre de 2016, se autoriza dar de baja, se demoran entre 2 y 6 meses y otros vehículos citados en dichos Memorandos, aún en el aplicativo SAI se presentan en estado de Servicio:

Tabla 7. Relación de vehículos que se encuentran en Servicio y ya fueron dados de baja

Placa Ingreso Estado Memorando Observación

GNK424 29/10/2008 En Servicio SG-139601 del 06/07/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor

NDQ85B 12/12/2007 En Servicio SG-130288 del 01/06/2017 Error en marca de moto Yamaha

BRA202 28/12/2005 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor

IBZ455 22/12/2008 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor

QGB079 17/08/2006 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor

SPP83B 23/12/2009 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor

WAT85A 12/12/2007 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor

ZBW36A 30/08/2007 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor

NDQ98B 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor Error en marca de moto YAMAHA

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Placa Ingreso Estado Memorando Observación

NDR05B 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor Error en marca de moto YAMAHA

NDR13B 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor Error en marca de moto YAMAHA

QGB079 17/08/2006 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor

WAX58A 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor Error en marca de moto YAMAHA

ZBJ11A 02/02/2005 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor

ZBJ23A 02/02/2005 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor

ZBL77A 02/02/2005 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor

ZBK85A 02/02/2005 En Servicio SG-90658 del 26/12/2016 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor

ZBL54A 02/02/2005 En Servicio SG-90658 del 26/12/2016 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor

ZBL70A 02/02/2005 En Servicio SG-90658 del 26/12/2016 Error al digitalizar campo chasis con información de

campo motor

Fuente: Memorando SG 156014 del 11/09/2017, respuesta a numeral 4 y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR

• Se encontraron tres (3) vehículos que en la descripción del bien mueble los reportan como taxis, cabe anotar que la actividad misional de la Entidad no concuerda con el uso de esta clase de vehículos.

• En la revisión del SAI, se encontró que en la descripción del bien reportan 3 vehículos como “Taxi Chevrolet”, al respecto la Entidad manifiesta que se debió a un error involuntario de digitación y corrigió, sin embargo se verificó nuevamente el sistema y se encontró que 21 vehículos continúan con la misma descripción, si bien 17 de ellos ya fueron dados de baja, 4 aún se encuentran en servicio, por tanto, la información continúa presentando inconsistencias (Tabla 8).

Tabla 8. Relación de vehículos con descripción de taxi

PLACA INGRESO ESTADO MEMORANDO DESCRIPCIÓN

SLE001 07/06/2013 De Baja 03/12/2013 Taxi Chevrolet

XYD102 03/07/2013 De Baja 03/12/2013 Taxi Chevrolet

SHI421 30/12/2002 De Baja 27/04/2015 Taxi Chevrolet

UAM804 29/10/2008 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet

VCF110 29/10/2008 De Baja 27/06/2016 Taxi Chevrolet

VCF114 05/11/2011 De Baja 03/12/2015 Taxi Chevrolet

DBD087 06/12/2006 De Baja 04/04/2016 Taxi Chevrolet

MOA571 06/12/2006 De Baja 27/08/2015 Taxi Chevrolet

QGB097 06/12/2006 De Baja 26/06/2015 Taxi Chevrolet

QGB098 06/12/2006 De Baja 01/08/2014 Taxi Chevrolet

QVT017 06/12/2006 De Baja 27/06/2017 Taxi Chevrolet

QVT018 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet

Page 27: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

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PLACA INGRESO ESTADO MEMORANDO DESCRIPCIÓN

UWQ820 06/12/2006 De Baja 27/05/2014 Taxi Chevrolet

UYR023 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet

WTM418 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet

YHO000 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet

SHI406 30/12/2002 De Baja 03/12/2015 Taxi Chevrolet

UQP755 11/09/2007 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet

WHI017 30/12/2002 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet

MOA570 06/12/2006 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet

MOA573 06/12/2006 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet

Fuente: Memorando SG 156014 del 11/09/2017, respuesta a numeral 4 y aplicativo SAI, tabla elaborada por Equipo Auditor CGR.

• Se encontró diferencias en el valor registrado en Contabilidad versus SAI de 9 transbordadores y 3 pala draga.

Tabla 9. Relación de transbordadores y pala draga que presentan diferencias en los registros SAI vs El Contable

EQUIPO VALOR SAI

($) VALOR LIBROS ($) DIFERENCIA ($)

1 Ferry en comodato Piamonte

390.000.000 280.000.000 (110.000.000)

2 Ferry en comodato

382.525.602 - (382.525.602)

3 Ferry en comodato

382.525.602 - (382.525.602)

4 Ferry en comodato

382.525.602 280.000.000 (102.525.602)

5 Ferry en comodato

390.000.000 280.000.000 (110.000.000)

6 Ferry Puerto Oriente Magdalena

129.360.000 171.000.000 41.640.000

7 Ferry Transborador Metálico Caño Juriepe

8.523.181 250.000.000 241.476.819

8 Ferry Transborador Metálico Caño Muco

8.523.181 46.750.000 38.226.819

9 Ferry Transborador Metálico Rio Bita

6.963.661 37.400.000 30.436.339

1 Draga DHC-10 Carabobo

128.464.384 207.772.236 79.307.852

2 Draga DHC-11 Rio Cesar

850.000.000 1.374.750.514 524.750.514

3 Pala draga

260.800 421.805 161.005

Fuente: Soportes suministrados en el grupo de Contabilidad y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR

3. Se observa que los bienes muebles que han sido reintegrados al INVIAS por

efecto de las reversiones o terminación anticipada de contratos de concesión de entidades como INCO o la ANI, demoran años y meses en ingresar al Sistema de Administración de Inventarios y posteriormente a la Contabilidad, así mismo, se evidencia falta de actualización de la valoración en el momento de su registro a los cuales se les debe aplicar las depreciaciones respectivas, presentando deficiencias en la gestión institucional y comunicación y/o

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articulación entre las Entidades del sector transporte y las áreas que participan en el proceso de reversión de las concesiones, para la depuración de la información básica y suficiente que garantice el reconocimiento y revelación que corresponde al Área de Contabilidad; tal es el caso de los bienes de la concesión la Calera y Devinar, aspecto que lleva a que se subestimen las Cuentas Propiedad, Planta y Equipo y genera el riesgo de pérdida, deterioro y daño de los elementos.

Lo anterior, por cuanto en Memorando SA 2976 del 25 de mayo de 2011, de la Subdirección Administrativa al área de Peaje, señala que la concesión La Calera, carretera Santafé de Bogotá-Gachetá, Sector Los Patios-La Calera-Guasca y el Sector Briceño-Sopó-El Salitre en el departamento de Cundinamarca se revertió del INCO al INVIAS mediante Acta del 15 de julio de 2008, sin embargo, el ingreso se realizó entre diciembre de 2011 y septiembre de 2012, adicionalmente, Contabilidad reportó en dicho Memorando que los inventarios de las Estaciones de Peaje, no coinciden con los registrados en el Acta de Entrega y que se desconoce cómo se realizó la valorización de los mismos. Como evidencia de la valorización, se presenta un ejemplo de los bienes de la estación de peaje La Cabaña ingresados a Almacén del INVIAS mediante Comprobante de Ingreso No. 411-01 y 411-02 del 03 de septiembre de 2012, correspondiente a 27 códigos de artículos, cuyos valores registrados presentan una presunta subvalorización, entre los que se encuentran:

Tabla 10. Relación de elementos de la estación de peaje La Cabaña No. Cód

Articulo Descripción Serie Unidad

Medida Cantidad Valor Unitario

$

10 5640 Lector de Tarjetas sin contacto 86445 PZA 1 2.000

11 5651 Teclado Consola Operario S/XBX8459111 86436 PZA 1 1.300

12 5495 Barrera Manual de Entrada 92502 PZA 1 15.000

13 2277 Cámara de video 180108486 86430 PZA 1 50.000

4891 Sensores Detectores de Llantas N/T PZA 6 4.000

Fuente: Información suministrada en comunicación OCI 105393 del 15/09/2017, respuesta a Oficio CGR-2017-INV-006, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR

Es así como al comparar el valor de la barrera manual del peaje La Cabaña por $15.000 (comprobante 411-01 de 2012), con la del Peaje Patios valorizada en $225.000 ((comprobante 934-01 de 2011), y otra reportada en el SAI con número de placa 92813 de la concesión Odinsa Proyectos de Inversión ingresada el 31 de mayo de 2013 por $1.035.000, mostrando así tales diferencias. Así mismo, con relación a los vehículos reintegrados de la concesión Devinar a la ANI e Invías, mediante actas de Entrega de Bienes en Custodia No.001 y del Centro de Control de Operaciones del 6 de mayo de 2015, se encontró que en dichos documentos los equipos no están valorizados, además, desde la fecha de ingreso

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en el inventario a la fecha de entrada en servicio, transcurren 8 meses y para el caso del vehículo carrotaller 22 meses, sin que exista justificación de la no disposición y uso oportuno de dichos vehículos, como se presenta a continuación:

Tabla 11. Inventario de Vehículos entregados de la concesión Devinar a Invías

PLACA FECHA

INGRESO ESTADO

RESPONSABLE

VALOR FECHA EN SERVICIO

OBSERVACIONES

AUW444 22/10/2015 En Servicio POLCA 43.800.000 22/08/2017 Carrotaller

AUW448 22/10/2015 En Servicio POLCA 43.800.000 22/08/2017 Carrotaller

SMS757 22/10/2015 En Servicio POLCA 90.850.000 10/06/2016 Grúa camabaja

SOY174 22/10/2015 En Servicio POLCA 451.110.000 10/06/2016 Grúa macho

AUW431 22/10/2015 En Servicio POLCA 43.800.000 10/06/2016

Es errónea la descripción del vehículo, Inspector vial.

AUX314 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta

AUX315 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta

AUX316 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta

AUX317 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta

AUX313 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta

DMF70C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

XAH33C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

XAH31C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

XAH32C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

XAH28C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

XAH34C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

XAH30C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

XAH29C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta

AVA534 22/10/2015 En Servicio Subdirección Administrativa

33.500.000 18/11/2016 Camioneta

AVE491 22/10/2015

Inservible Donación Municipio Tolú

80.632.375 18/07/2016 Ambulancia

AVE489 22/10/2015

Inservible Donación Municipio Tolú

80.632.375 18/07/2016 Ambulancia

SOY167 22/10/2015

En Bodega Subdirección Administrativa

90.850.000 22/10/2015 Grúa camabaja

Fuente: Acta del Centro de Control e Operaciones, CCO, vehículos y elementos de Policía de Carreteras del proyecto Rumichaca-Pasto-Chachagüi-Aeropuerto y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR

La concesión Malla Vial del Meta tiene Acta de Reversión del 09 de junio de 2015 y los bienes muebles ingresaron a Almacén mediante comprobante de ingreso No. 86 del 12 de noviembre de 2015. La Concesión Zipaquirá Palenque tiene Acta de Reversión del 30 de junio de 2017 y los bienes muebles ingresaron a Almacén mediante comprobante de ingreso No. 36 del 04 de agosto de 2017 al 43 del 17 de agosto de 2017.

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Lo anterior, genera riesgos de índole contable que pueden afectar la oportunidad, la calidad en la ejecución del proceso contable, la razonabilidad de la información contenida en los estados financieros y por ende el Principio de Revelación17, establecido en el Plan General de Contabilidad Pública, adoptado mediante la Resolución 355 de 2007 contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), así mismo la Resolución N.193 del 5 de mayo de 201618, por medio de la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del Control Interno Contable, emanado por la Contaduría General de la Nación. Hallazgo No. 5. Administrativo. Disposición de los Elementos en el Almacén de la Entidad En visita practicada el 4 de octubre de 2010 al Almacén de la Entidad ubicado en la sede Fontibón, se pudo evidenciar:

1. Se presentan debilidades en la organización de la bodega, por cuanto los bienes muebles no tienen una disposición y clasificación por grupo o por algún tipo de elemento que lo identifique, es así como los elementos inservibles y los de buen estado se encuentran mezclados, inclusive, cuando se tiene equipos nuevos como son motocicletas, radares, alcoholímetros, equipos de rescate, etc. lo que afecta la ubicación rápida de los mismos, máxime cuando algunos elementos carecen de placa de identificación.

2. La bodega no cuenta con una interfase en línea con el Sistema de

Administración de Inventarios, lo que afecta la actualización oportuna de los ingresos y egresos de elementos, por cuanto el control se realiza de forma manual en una hoja de cálculo, formato que no es seguro y confiable.

17 Plan General de Contabilidad Pública, Título II Sistema Nacional de Contabilidad. 8 Principios Contables.122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; la información adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación cuantitativa y cualitativa de la realidad y prospectiva de la entidad contable pública y que no esté contenida en el cuerpo de los estados, informes y reportes contables, debe ser revelada por medio de notas. El Plan General de Contabilidad Pública Contaduría General de la Nación 24 información debe servir, entre otros aspectos, para que los usuarios construyan indicadores de seguimiento y evaluación de acuerdo con sus necesidades, e informarse sobre el grado de avance de planes, programas y proyectos de la entidad contable pública. 18 Resolución 193 de 2016. ART. 1º—Incorpórese, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable, con el fin de medir la efectividad de las acciones mínimas de control que deben realizar los responsables de la información financiera de las entidades públicas y garantizar, razonablemente, la producción de información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel, definidas en el marco conceptual del marco normativo que le sea aplicable a la entidad, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública. El Procedimiento para la evaluación del control interno contable quedará como se indica en el anexo de la presente resolución.

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3. Los vehículos (carros y motocicletas) se encuentran dispuestos al aire libre, no sólo los que se encuentran inservibles sino también los que están esperando ser reparados, es así como un lote de motocicletas nuevas del Programa de Carreteras llevan aproximadamente 10 meses, y aún no han sido entregadas a la Armada Nacional, se encuentran en un patio, que si bien tiene vigilancia, se genera el riesgo de pérdida de sus partes o deterioro de dichos equipos por las condiciones climáticas de frío–calor.

4. Adicionalmente, se observó que las bodegas presentan filtración de agua

(goteras en la cubierta) y presencia de charcos dentro de ellas, lo que afecta el estado de los elementos que se tienen almacenados y puede agilizar su deterioro.

Lo anterior impide la realización de una toma física y evidencias, desactualización de los inventarios y falta de control en el procedimiento por su relevancia dentro de los procesos de apoyo en las actividades misionales de la Entidad y en el reporte de información idónea que se registra en la cuenta de inventario.

Registro Fotográfico de la visita a la bodega de Almacén

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Hallazgo No. 6. Administrativo. Controles implementados para la administración de Equipos de Transporte trasladados al Instituto Nacional de Vías La Subdirección Administrativa del Instituto Nacional de Vías, responsable de la administración de los equipos de Transporte Fluvial, trasladados de las Entidades públicas en liquidación, no lleva un control adecuado de los equipos a su cargo, lo anterior teniendo en cuenta que estos equipos, debido a su valor deberían llevar un control similar al que el Instituto lleva a los Inmuebles19, evaluadas las carpetas se determinó:

• Cinco (5) de los catorce (14) Ferrys, tres (3) Pala Dragas y uno (1) de dos (2) Dragas, no cuentan con carpeta que contenga información básica.

• Las carpetas de los siete (7) Ferrys y una (1) draga, no cuentan con información completa pertinente como: Descripción del bien pago de impuestos, contrato de comodato vigente, Resolución de traslado del equipo de transporte del Ministerio de Transporte comprobante registros contables, registro fotográfico.

• Revisados los Contratos de Comodato, soportados en la información contenida en la carpeta, se demuestra que cinco (5) Ferrys, dos (2) dragas y dos (2) pala dragas, presentan vencimiento de los contratos de comodato y no han sido renovados.

Lo anterior denota deficiencias en los controles implementados para la administración, mantenimiento y conservación de los equipos, que lleva a que no cuente con la información consolidada y organizada.

3.4. RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 3

OBJETIVO ESPECÍFICO 3

Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en lo relacionado con el Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales, específicamente en lo relacionado con el suministro de combustible y repuestos destinados a la DITRA de la Policía Nacional.

19 Carpeta que contiene Descripción del bien, copia de la Escritura, matricula inmobiliaria, información catastral, avalúos y pago de impuestos, entre otros

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3.4.1 Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales Como resultado de la auditoría se detectaron las siguientes situaciones de incumplimiento que fueron validadas como hallazgos de auditoría. Hallazgo No. 7. Administrativo con presunta connotación disciplinaria. Obligaciones del convenio No. 1056 del 2006- INVIAS-Dirección de Tránsito y Transporte- Policía Nacional- Instrumentos de Planeación El Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, PSCN que depende del Instituto Nacional de Vías, INVIAS incumple con la cláusula cuarta del Convenio Interadministrativo No. 1056 del 200620, así como los principios de la administración pública descritos en el Artículo 209 de la Constitución Nacional, por cuanto no posee instrumentos de planeación que permitan hacer seguimiento y evaluación de su Gestión. En consecuencia, se dificulta medir el impacto social, evaluar la eficacia y eficiencia con que se dispusieron los recursos públicos y hacer la evaluación de la inversión para la realización de la labor misional del PSCN ($52.916 millones para 2016), porque no se da cumplimiento al principio de planeación ya que no cuenta con instrumentos como un plan estratégico y/o de acción que permita identificar y establecer objetivos y metas. Así mismo, no hay manera de definir las estrategias y acciones necesarias para alcanzar los objetivos y así medirlos. El incumplimiento de no poseer los elementos de planeación deja sin insumos para la coordinación y establecimiento de políticas por parte del ente superior21 del Programa PSCN. Hallazgo No. 8. Administrativo con presunta connotación disciplinaria. Obligaciones del convenio No. 1056 del 2006 de la Dirección de Tránsito y Transporte, DITRA con respecto al INVIAS- Informes El Invías a través del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, no exige el cumplimiento del convenio 1056 de 2006 que en su cláusula quinta “Obligaciones de la Dirección de la Policía Nacional”, establece:

20 Promover respecto de la Policía Nacional la adopción de estrategias y medidas apoyen el objetivo de garantizar la seguridad y libre circulación de los usuarios de las carreteras. Diseñar para periodos anuales un plan estratégico para la seguridad en carreteras y para la atención de impactos negativos de situaciones de orden público. 21 La Comisión Intersectorial creada mediante decreto 029 de 2002 integrada por El Ministro de Transporte, quien la presidirá; El Ministro del interior; el Ministro de Defensa Nacional; el Ministro de Salud; el Director del instituto Nacional de Vías, Invías.

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1- Rendir informe al Mintransporte y al Director General del INVIAS dentro de los cinco primeros días de cada mes sobre las actividades desarrolladas en la ejecución del presente convenio.

Lo anterior, debido a que no se exige el cabal cumplimiento de la rendición de informes mensuales, que permitan evidenciar el seguimiento físico por parte del supervisor del Instituto Nacional de Vías-INVIAS, el grado de avance, la situación financiera del convenio en el transcurso del tiempo, entre otros; constituyéndose en situaciones que afectan el cumplimiento de la misión para el cual fue creado el Programa PSCN22. Hallazgo No. 9. Administrativo. Entrega de vehículos por parte del INVIAS a la Dirección de Tránsito y Transporte-DITRA de la Policía Nacional- y examen técnico mecánico de la flota En el Acta del Centro de Control de Operaciones - CCO, vehículos y elementos de Policía de Carreteras del proyecto Rumichaca-Pasto-Chachagüi-Aeropuerto, suscrita el 6 de mayo del 2015, a través de la cual se hizo la entrega de 22 vehículos por parte de la concesión DEVINAR a la ANI e Invías y este último, a su vez hizo entrega de 19 de ellos a la Policía Nacional mediante oficio No. SG 8754 del 01 de marzo del 2016, se evidenció que no poseen una revisión tecno-mecánica previa suficiente que determine el estado en que se reciben, esta falta de control se demuestra porque las actas no registran los kilómetros recorridos de los vehículos hasta el momento de la devolución, así como el kilometraje en el momento de su entrega a la DITRA en comodato, es decir, no se tiene un examen pormenorizado de las condiciones en que se reciben de la concesión todos estos vehículos. La falta de control de los bienes recibidos, genera un riesgo para los recursos públicos, ya que los arreglos técnico- mecánicos en que se incurran, estarán a cargo del presupuesto del PSCN, como en efecto ocurrió cuando se determinó que a los mencionados vehículos recibidos de la concesión DEVINAR se le invirtieron más de $50 millones para poder ser entregados en comodato a la DITRA-Policía Nacional.

22 Ley 1474 del 2011,artículo 84, parágrafo no.1: “No exigir, el supervisor o el interventor, la calidad de los bienes y servicios adquiridos por la entidad estatal, o en su defecto, los exigidos por las normas técnicas obligatorias, o certificar como recibida a satisfacción, obra que no ha sido ejecutada a cabalidad. También será falta gravísima omitir el deber de informar a la entidad contratante los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando se presente el incumplimiento”.

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Hallazgo No. 10. Administrativo. Contratación del servicio de mantenimiento para los vehículos de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional En desarrollo del Convenio 1056 de 200623, se evidenció demora de aproximadamente tres (3) meses, en los tiempos del proceso de selección del servicio de mantenimiento, afectando la disponibilidad de automotores para dar cumplimiento misional a la Policía de Carreteras, por parte de Invías, debido a que hubo imprevistos que causaron paralización de más del 50% del equipo automotor de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional; lo anterior impactando el servicio de la seguridad en las carreteras nacionales, aunado al deterioro de los vehículos al no acceder a un mantenimiento idóneo y oportuno y, en consecuencia, se afectó el cumplimiento del Convenio Interadministrativo No. 1056 del 2006. Lo anterior, debido a la ausencia de un plan de contingencia que diera solución temporal a la necesidad, permitiendo dar continuidad en el mantenimiento de los vehículos pertenecientes al Programa y gestión inoportuna en la contratación del mantenimiento del parque automotor perteneciente al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales. Invías sustenta su respuesta en la declaración de desierto del proceso de mantenimiento y que llevó a prorrogar los contratos vigentes en su momento, no obstante en las visitas practicadas se corroboró que algunas motos de marca Yamaha, grúa y camionetas, no han tenido mantenimiento en el último semestre y están en total abandono. Hallazgo No. 11. Administrativo con presunta connotación disciplinaria. Entrega y Recibo de trabajos de mantenimiento en el convenio Invías y DITRA En desarrollo del Convenio 1056 de 2006, se observó que la supervisión no hace la revisión pormenorizada del cumplimiento del objeto contractual, incumpliendo con su función y con el Artículo 84 de la Ley 1474 de 2011. Las debilidades en la supervisión, al no implementar mecanismos de control del mantenimiento y reparación de los automotores, se observan en algunos de los recibos a satisfacción del servicio de mantenimiento, donde no se evidencia la intervención de algún funcionario del Invías o de la supervisión del programa, que reciba los trabajos, por el contrario, son recibidos por el conductor del vehículo,

23 Objeto: Aunar esfuerzos para la implementación, operación, ejecución y control del programa de seguridad en carreteras del gobierno nacional, que busca coadyuvar en la defensa y garantía de derecho a la libre movilización y segura circulación de las personas por las carreteras que integran la red vial nacional.

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quién no tiene formación para evaluar los trabajos mecánicos, lo que genera el riesgo de cumplimiento del objeto del contrato, dejando en manos del contratista la calidad de los repuestos y su mantenimiento. Hallazgo No. 12. Administrativo con presunta connotación Disciplinaria. Control en las bajas de los repuestos sustituidos en los talleres donde se realiza el mantenimiento preventivo y correctivo del parque automotor asignado en comodato del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales En la evaluación de los contratos números 1585, 1586 del 2015 y 0651 del 2016, que tienen por objeto el mantenimiento preventivo y correctivo, tanto de motocicletas como de vehículos multimarcas pertenecientes al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales24, y de conformidad con visita practicada a la bodega del INVIAS, en la ciudad de Bogotá, se pudo determinar: Que los repuestos retirados de los vehículos en mantenimiento no tienen un registro de ingreso a la bodega del Invías, lo que impide realizar una trazabilidad sobre la cantidad y estado; no se realiza una evaluación sobre la calidad de los repuestos, que permita determinar si son originales y la necesidad de su cambio; lo anterior se debe a que el procedimiento de bajas establecido de conformidad con el manual adoptado por la Entidad25, no contempla estas actividades. Además, se observó que no realizan peritazgos técnicos en los diferentes vehículos26 para que se determine la necesidad y aprobación de las modificaciones o cambios de repuestos solicitados y también se deja la responsabilidad de recibir los trabajos realizados al personal de la Policía. Adicionalmente, se observa que no hay gestión para la disposición en la bodega de almacén de los repuestos reemplazados que permita realizar el proceso de remate como lo indican las normas internas27. De esta manera se está incumpliendo el Art. 2 de la Ley 87 de 199328, la Ley 872 de 2003 “por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios” y específicamente

24 Por valor de $4.943,9 millones aproximadamente. 25 Proceso Administrativo de Bienes y Servicios-Manual de Procedimientos de Almacén e Inventarios-INVIAS. 26 MPAI-INVIAS-“Mediante inspección física de los bienes en referencia efectuada conjuntamente por el Profesional

Coordinador Grupo Almacén e Inventarios y cualquier otro funcionario del área determinará la inservibilidad, se requiere concepto previo de un técnico del área competente e informará mediante un memorando la calidad del mismo”. 27 Manual de Procedimientos de Inventarios. “Las gestiones de subasta pública o remate de los bienes inservibles del INVIAS,

nivel central y territoriales, se adelantarán a través de la Subdirección Administrativa, almacén general y la entrega de estos bienes subastados se realizará en el sitio y en las condiciones en que se encuentren.” 28 Objetivos del sistema de Control Interno.

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en Invías la Resolución 2768 de 2005 “por la cual se adopta y se expide el Manual de Procesos y Procedimientos del Sistema de Gestión de Calidad”. Al respecto Invías manifiesta que no hay disponibilidad de personal para la supervisión de los mantenimientos en todo el país y que el Programa realiza verificación y aprobación de las cotizaciones presentadas por los talleres. En las visitas practicadas se corroboró que no se practica el proceso de recibo y bajas de los repuestos que quedan de las reparaciones mayores que se realizan a la flota de vehículos. Hallazgo No. 13. Administrativo con presunta connotación Fiscal y Disciplinaria. Inversión en vehículos dados de baja La ejecución de los recursos públicos debe respetar los principios de la función administrativa.29 En visita practicada a la bodega del Invías, se evidenció que vehículos tipo camioneta doble cabina de marca GONOW, con placas ISJ 908, ISJ 910, ISJ 911, ISJ 912, ISJ 914, ISJ 916 y ISJ 917 matriculados en Málaga, Santander y pertenecientes al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales se encuentran fuera de circulación y en abandono, adicional, en la revisión en el aplicativo SAI se encontró que fueron dados de baja el 05 de junio de 2017.

29 Artículo 209.C.N. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Ley 489 de 1998, Artículo 3º.- Principios de la función administrativa. La función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Los principios anteriores se aplicarán, igualmente, en la prestación de servicios públicos, en cuanto fueren compatibles con su naturaleza y régimen. Parágrafo.- Los principios de la función administrativa deberán ser tenidos en cuenta por los órganos de control y el Departamento Nacional de Planeación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 343 de la Constitución Política, al evaluar el desempeño de las entidades y organismos administrativos y al juzgar la legalidad de la conducta de los servidores públicos en el cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales o reglamentarios, garantizando en todo momento que prime el interés colectivo sobre el particular. Artículo 4º.- Finalidades de la función administrativa. La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política. Los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben ejercerlas consultando el interés general.

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Fotos visita practicada por la CGR a la Bodega en Fontibón-Bogotá, en donde se encontraban las camionetas doble cabina marca Gonow

A pesar de ello, Invías dispuso recursos durante los últimos meses en repuestos y mantenimiento, sin que se evidencie un estudio de costo/beneficio, dado que a los seis (6) meses se determinó su baja y se almacenaron en la bodega de Fontibón,

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acción que no permitió obtener el beneficio esperado de la inversión como era incrementar la vida útil de los vehículos. Lo anterior muestra una gestión antieconómica que impacta el presupuesto del Programa y a su vez el cumplimiento misional de los objetivos de seguridad en carreteras nacionales; desconociendo las obligaciones establecidas en la cláusula cuarta, numeral 3 del Convenio 1056 de 2006 y el artículo 209 principios de la Administración Pública de la Constitución Nacional y la Ley 87 de 199330, por lo tanto se configura un presunto detrimento patrimonial por $37,62 millones. Tabla 12. Relación de Mantenimiento realizados a vehículos del programa de Seguridad de

Carreteras PLACAS

VEHICULO MARCA FACTURAS VALOR

REPARACION ($)

ISJ 908 GONOW FT 113749( 8 junio 2017), 111240 (3 febrero 2017) $4.111.015

ISJ 910 GONOW Factura 109806 (dic-2016). $ 2.763.036

ISJ 911 GONOW Facturas 108734 (3 septiembre 2016), 112049 (marzo 2017) $7.755.832

ISJ 912 GONOW Facturas 109807 (15 dic-2016) $ 2.438.436

ISJ 914 GONOW Facturas 109987 (15 dic. 2016), 111252 (4 febrero de 2017) $7.487.282

ISJ 916 GONOW Reparaciones de conformidad a las facturas 109810(15-dic 2016), 110373

$4.802.744

ISJ 917 GONOW Facturas 109019 (5 oct-2016), 111232 (2 febrero 2017),102037 (27 marzo de 2017)

$8.257.499

TOTALES $37.615.844 *Fuente: Contrato 651 del 2016

Invías manifiesta en su respuesta que: “…los mantenimientos, las intervenciones realizadas a los vehículos corresponden a mantenimientos (sic) mecánicos básicos derivados del uso del vehículo…”, sin embargo, la CGR en la auditoría estableció que la mayoría de los recursos dispuestos fueron inversiones en mantenimientos correctivos y reparaciones, tales como suspensión, trasmisión, accesorios como ruedas libres, sistema electrónico y eléctrico, etc. Hallazgo No.14. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria. Camionetas del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales - PSCN El Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales - PSCN se financia con un porcentaje de cada peaje que se recauda en las vías nacionales, tasa que se establece anualmente mediante una resolución que expide el Ministerio de Transporte en la que se fijan los precios de los peajes.

30 Artículo 2º.- Objetivos del sistema de Control Interno.

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En los considerandos de la Resolución No. 003966 de 27 de diciembre de 2000, por la cual se establece un incremento en las tarifas de peaje en las carreteras concesionadas por el Instituto Nacional de Vías se manifiesta:

“Que se considera viable el incremento en las tarifa de peajes de las vías concesionadas, con el objeto de utilizar los recursos provenientes del mismo en la preservación de la infraestructura vial y la seguridad de los usuarios”

Igualmente en su artículo 2, se establece que:

“Los recursos provenientes del incremento tarifario a que hace referencia el artículo precedente, serán utilizados por el Instituto Nacional de Vías para adelantar programas que fortalezcan la seguridad en las carreteras concesionadas por esta Entidad.”

En cada uno de los actos administrativos que actualizan las tarifas de los peajes, se consigna algo similar a lo descrito en la Resolución 228 de 2013, que establece en su:

“Artículo 19.- De los recursos que se recauden en las Estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías -INVIAS-, serán destinados doscientos cuarenta y seis pesos ($246) por cada vehículo que pase por las Estaciones de peaje, para adelantar programas de seguridad en las carreteras a cargo de la Nación (…), recursos que serán ejecutados a través del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales.”

Así mismo, la Resolución 1958 de 2014 reitera el destino de los recursos ya previsto en la Resolución No.003966 de 2000. De otra parte, en el Plan Nacional de Desarrollo, Prosperidad para Todos, en el marco de la Política de Defensa y Seguridad Nacional, el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales se constituye como una de las estrategias a implementar. No obstante lo anterior, Invías con recursos del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales PSCN compró quince (15) vehículos Nissan (camionetas doble cabina uniformadas), mediante la Orden de Compra 5942 de 2015, de los cuales sin previa autorización, destinó cinco (5) para la administración de Invías (Tabla 13), contradiciendo con ello los estudios y documentos previos31 que justificaban la necesidad de su adquisición, en donde se especificaban que la 31 Estudios y documentos previos para llevar a cabo la adquisición de camionetas doble cabina tipo pick up 4 Diesel para entregar en comodato a las diferentes fuerzas que integran el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales del Invías, suscrito por la Directora del PSCN y contó con CDP No. 258115 del 17/12/2015.

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totalidad de los vehículos adquiridos debían ser entregados en comodato a las diferentes Fuerzas que integran el programa, buscando con esto la reposición del parque automotor, directrices trazadas por el Comité Intersectorial del 13 de diciembre de 2013.

Tabla 13. Vehículos del programa de Seguridad de Carreteras No. Placa Ingreso Fecha de servicio Valor ($) Observaciones

1 FDY-025 30/12/2015 06/05/2016 $91.646.440 Secretaría General

2 FDY-027 30/12/2015 19/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Caldas

3 FDY-029 30/12/2015 20/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Atlántico

4 FDY-030 30/12/2015 18/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Bolívar

5 FDY-035 30/12/2015 18/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Quindío

Fuente: Información tomada del Sistema de Administración de Inventarios SAI, elaboración equipo auditor

La Entidad en su respuesta dice: “que todo el parque automotor del programa está a cargo de Invías y del PSCN”, justificando que las camionetas se entregaron a los Directores Territoriales dado que dentro de sus funciones32 están algunas relacionadas con la Seguridad en Carreteras Nacionales, como es “Coordinar con la Policía de Carreteras y demás autoridades competentes el cumplimiento de las normas sobre uso de las vías, derechos de las zonas de carreteras y protección de la seguridad de los usuarios de las mismas”, no obstante, en las visitas realizadas a las regionales de la DITRA no se evidenciaron soportes de las actividades de coordinación previstas entre el Invías y el PSCN. Por lo anterior, se configura una presunta connotación disciplinaria. Hallazgo No. 15. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria, para Indagación Preliminar-Estudio de Mercado En materia de contratación estatal el Principio de Economía está consagrado en el Artículo 25 del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), el cual delimita su contenido. El artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 prevé que las Entidades Estatales deben analizar el sector, o sea, el mercado alrededor del objeto del Proceso de Contratación, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo. El resultado del análisis es el valor estimado del contrato, éste y su justificación debe plasmarse como en los estudios y documentos previos dentro de la etapa de planeación del Proceso de Contratación33.

32 Resolución 01588 del 17 de marzo de 2015, por medio del cual se expide el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta personal del Invias.

33Decreto 1082 de 2015 Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y documentos previos

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El estudio de mercado del Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales, que realiza la Dirección de Contratación, no cumple con los principios de economía, eficiencia y eficacia34, por cuanto la construcción del total del presupuesto oficial lo elabora teniendo en cuenta los promedios mensuales históricos de mantenimiento de contratos ejecutados por la Entidad, los cuales aparentemente son muy superiores al mercado, dejando de lado un estudio real al momento del proceso de selección del contratista. Demostración de ello, es la elaboración del análisis de precios unitarios que soporta el valor del presupuesto oficial del proceso para cada uno de los módulos del mantenimiento especializado preventivo y correctivo de los vehículos del parque automotor del PSCN. Lo anterior, por cuanto se observó que el valor del contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos del PSCN de 2016, está hecho sobre el cálculo de valor histórico sumado a los formularios 1A y 1B que son resultantes de las cotizaciones solicitadas pero que se mantienen por encima de los precios del mercado. En el estudio previo del proceso de contratación del mantenimiento de los vehículos del PSCN se anuncia que se construye con el valor histórico “… junto con los estudios de mercado solicitados…”. Ejemplo de ello:

Tabla 14. Promedios Históricos

Concepto Valor ($)

Promedio Histórico Mensual Contrato Chevrolet PSCN $106.161.828

Presupuesto estimado (09 meses) $955.456.452

IPC 2015 (6.77%) $64.684.402

TOTAL MODULO $1.020.140.854 Fuente: Estudios Previos contrato 651/2016

“Una vez mencionado lo anterior, se establece que el valor total para el módulo 3 asciende a la suma de mil veinte millones ciento cuarenta mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos m/cte ($1.020.140.854) IVA incluido. Este valor incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para la celebración, ejecución y liquidación del contrato”. La demostración de la desarticulación del estudio previo con la realidad de los precios reales del mercado del sector de mantenimiento de vehículos, se observó en el contrato 651 del 2016 con el taller Almacén y Talleres del Norte, donde se verificaron facturas de venta de mantenimientos del 15 de diciembre del 2016; entre ellas la FT 109907 por $2,9 millones relacionados con cambio de aceite del camión International; reparaciones varias del 2 de diciembre del 2016 factura FT 109936

34 Ibídem 29

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por $20,6 millones camión International BWI 020 y la factura FT 109937 del 15 de diciembre por $7,6 millones del mismo camión; el cambio de pastillas del vehículos Ford Sandcat de placas EAK 020 incluye alineación, balanceo factura FT 110121 del 15 de diciembre 2016 por $3,4 millones; factura de venta FT 110123 del 15 de diciembre del 2016-camion Ford Sandcat, incluye juego de pastillas, reparaciones de frenos entre otros por $ 4,6 millones. Otro aspecto del cual se tuvo conocimiento es la cotización de un oferente en el proceso de selección de mantenimiento preventivo y correctivo del programa del módulo 5 Multimarcas vigencia 201735, donde la oferta a quien se le adjudicó el contrato tiene valores por un 46% del presupuesto oficial, a pesar de las variaciones del proceso de selección y de las posibles diferencias en marcas, una diferencia de tal tamaño. De esta manera estamos ante el riesgo de que los presupuestos presentados no reflejen la realidad de los precios de mercado, dejando de lado el estudio de la oferta, contradiciendo el principio de economía que se preocupa, precisamente de la manera en que se administran unos recursos escasos, con objeto de producir diversos bienes y distribuirlos para su consumo entre los miembros de la sociedad. Lo anterior, son indicios suficientes para considerar una solicitud para el inicio de una Indagación Preliminar.

35 Proceso SECOP SA-MC-SG-PSCN-014-2017

Page 44: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

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4. ANEXOS

Anexo 1. Relación de Bienes de la Base de Datos de Inmuebles Fiscales de Invías

que aún no se encuentran registrados en la Contabilidad

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

1 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Nicanor Restrepo

Estación Nicanor Restrepo - Amagá

033-0007944 12003800000000 030-2-001-000-0012-00380-0000-00000

2 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Minas o Miney

Estación Férrea Minas - Amagá

001-593415 20100001200386000

030-2-001-000-001-2-00386-0000-00000

3 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Amaga o Piedecuesta

Estación Férrea - Amagá

033-0007945 200012002230000 030-2-001-000-0012-00376-0000-00000

4 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Camilo C Restrepo

Estación Camilo C. Restrepo - Amagá

033-0007946 280010007700000 030-2-002-000-0001-00077-0000-00000

5 ANTIOQUIA AMAGA Férreo - Paradero el Cuatro

Paraje en la Vereda de Sinifana - Paradero el Cuatro - Amagá

033-0006898 NO REGISTRO IGAC

030-2-001-000-0001-00041-0000-00000

6 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Venecia

Estación Férrea Venecia - Amaga

033-0006914 NO REGISTRO IGAC

030-2-001-000-0003-00105-0000-00000

7 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) San Julián

Estación Férrea San Julián - Amagá

033-0006920 NO REGISTRO IGAC

030-2-001-000-0005-00108-0000-00000

8 ANTIOQUIA ANGELO POLIS

Férreo (Estación) Angelópolis

Estación Férrea - Angelopolis

001-593414 036-1-002-001-0500-00001-0000-00000

036-1-002-001-0500-00001-0000-00000

9 ANTIOQUIA CALDAS Férreo (Estación) La Quiebra o Santa Bárbara

Estación Férrea la Quiebra - Caldas

001-593413 12901000009000100000000

129-2-001-500-0003-00005-0000-00000

10 ANTIOQUIA CALDAS Férreo (Estación) Salina

Estación Férrea Salina - Caldas

001-0153240 1290100001400104-000

129-2-001-000-0500-00001-0000-00000

11 ANTIOQUIA CALDAS Férreo (Estación) Caldas

Estación Férrea - Caldas

001-153148 129100110600003 129-1-001-001-0106-00003-0000-00000

12 ANTIOQUIA FREDONIA Férreo (Estación) Palomos

Estación Palomos - Fredonia

010-0008767

2820900100900004-000000 y 2820900100600017-000000

282-1-008-001-0001-0001-0000-00000

13 ANTIOQUIA FREDONIA Férreo (Estación) Jonas

Estación Jonás - Fredonia

010-0008766 208000000400059000000

282-2-008-000-0004-00059-0000-00000

14 ANTIOQUIA FREDONIA Férreo (Estación) Jerico o Bernado Gómez

Estación Férrea Jericó - Fredonia

010-0008789 26002828000102200000000

282-2-002-000-0001-000242-0000-00000

15 ANTIOQUIA ITAGUI Férreo (Estación) Itagui

Estación Férrea - Itagui

001-153141 1-001-5000-01000-0100-000

360-1-001-500-0001-00001-0000-00000

Page 45: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 45 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

16 ANTIOQUIA LA PINTADA

Férreo (Estación) Alejandro Lopez

Estación Férrea Alejandro López - La Pintada

023-0010448 160-0390-010-0005-0001

390-1-001-010-0001-00029-0000-00000

17 ANTIOQUIA PUERTO BERRIO

Férreo (Estación) Nápoles

Estación Férrea Nápoles - Puerto Berrio

019-0012264 NO REGISTRO IGAC

18 ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO

Férreo (Estación Puerto Triunfo)

Carrera 13 No. 8 - 218 - Puerto Triunfo

019-0012264 1-01-038-00003-000-0000

19 ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO

Férreo Campamento Cocorná

Carrera 10 No. 8 - 46 - Puerto Triunfo

019-0012264 1-02-003-00016-000-0000

591-1-002-001-003-00016-0000-00000

20 ANTIOQUIA

SAN ANDRES DE CUERQUIA

Campamento de Obras Públicas

Carrera 27 No. 32 - 105 Manzana 27 Zona 6 - San Andres de Cuerquia

POSESIÓN 64701001027 647-1-001-001-0027-0026-000-00000

21 ANTIOQUIA SAN ROQUE

Férreo (Estación) San Jorge

Estación Férrea San Jorge - San Roque

026-0011327 100002600082000

00000 670-2-001-000-0026-00082-0000-00000

22 ANTIOQUIA SAN ROQUE

Férreo (Estación) Caramanta

Estación Férrea Caramanta - San Roque

026-0010255 NO REGISTRA IGAC

23 ANTIOQUIA SONSON Férreo (Estación) El Totumo

Estación Férrea - Sonsón

019-0012264 NO REGISTRO IGAC

24 ANTIOQUIA VENECIA

Férreo (Estación) Bolombolo - Sector Urbano Corregimiento de Bolombolo (Adosada la Bodega)

Carrera 7 A No. 07 - 10 - Venecia

010-0008781 861020010040000100000000

25 ANTIOQUIA VENECIA Férreo (Estación) Tarso

Estación Férrea Tarso - Venecia

010-0008785 2020000010008700000

861-2-002-000-0001-00087-0000-0000

26 ANTIOQUIA VENECIA Férreo (Estación) Tulio Ospina

Estación Férrea Tulio Ospina - Venecia

010-0008780 8610200000100043000

861-2-002-000-00001-00043-0000-00000

27 ANTIOQUIA VENECIA Férreo (Embarcadero)

Embarcadero - Municipio de Venecia

010-0008781 102001020000030000

28 ANTIOQUIA YOLOMBO Férreo (Estación) Guacharacas

Estación Férrea Guacharacas - Yolombó

038-0007356 NO REGISTRA IGAC

890-2-002-000-0015-00026-0000-00000

29 ATLANTICO BARRAN QUILLA

FISCAL - Dirección Territorial

Municipio de Barranquilla K57 75-42 (Pertenece al MT)

040-78617 01-01-0486-0002-000

08-00101-01-0486-0002-000

30 BOGOTA BOGOTA, D.C.

FISCAL - Distrito 8 - Fontibón

AC 17 - 130-34 Polca - Suizo - Bogotá

50C-58870 (AAA0080LRRU)

22 128 32 006418 44 10 000 00000 (Código Predial)

Page 46: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 46 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

31 BOLIVAR CARTAGE NA

Lote de Terreno restante - Terminal Marítimo de Cartagena

Calle 29 No. 25- 120 - Barrio Manga - Cartagena

060-227279 01-01-0204-0001-000

13-001-01-01-0204-0001-000

32 BOLIVAR CARTAGENA

FISCAL - Sede Territorial (Pertenece al MT)

Calle del Candilejo No. 33 - 41 de la Actual Nomenclatura (K 6 33-63) Segundo piso COMODATO INV - Cartagena

060-71925 01-01-0076-0017-901

13-001-01-01-0076-0017-901

33 BOLIVAR CARTAGENA

Terminal Marítimo de Cartagena Polígono No. 2

Calle 29 No. 25 - 120 Polígono No. 2 - CARTAGENA

060-49764 01-01-0235-0001-000

13-001-01-01-0235-0001-000

34 BOYACA SOGAMO SO

Férreo - Estación Sogamoso

Estación Férrea - Sogamoso

095-61339 NO REGISTRO IGAC

35 BOYACA SOGAMO SO

Férreo (Estación) Chicamocha o Belencito

Carrera 11 No. 67 - 21 Estación Férrea - Sogamoso

095-61385 00-01-0004-1840-000

15-759-00-01-0004-1840-000

36 BOYACA SUTATEN ZA

Inmueble Rural SANTA CECILIA

Vereda Siguique No. 1 - 098 A - Sutatenza

079-28829 00-02-0002-0478-000

15-778-00-02-0002-0478-000

37 BOYACA SUTATEN ZA

Inmueble Rural EL RECUERDO

Vereda Siguique No. 1 - 097 - Sutatenza

079-27041 00-02-0002-0474-000

15-778-00-02-0002-0474-000

38 BOYACA SUTATEN ZA

Inmueble Rural SAN JOSE

Vereda Siquique - San José No. 1 - 026 - Sutatenza

079-26957 00-02-0002-0356-000

15-778-00-02-0002-0356-000

39 BOYACA SUTATEN ZA

Inmueble Rural Las Margaritas

Vereda Siquique - Las Margaritas No. 1 - 019 - Sutatenza

079-26954 00-02-0002-0400-000

15-778-00-02-0002-0400-000

40 BOYACA SUTATEN ZA

Inmueble Rural La Quinta

Vereda Siguique No. 1 - 092 - Sutatenza

079-27037 00-02-0002-0403-000

15-778-00-02-0002-0403-000

41 BOYACA TUNJA Férreo (Estación) Puente Boyaca

Estación Férrea Vereda Puente Boyacá - Tunja

070-0074828 00-02-0004-0090-000

15-001-00-02-0004-0090-000

42 BOYACA TUNJA Férreo (Estación) Germania

Estación Férrea - Tunja

070-0074828 NO REGISTRO IGAC

43 BOYACA VENTA QUEMADA

Férreo - Corredor férreo y zona de seguridad férrea en la vereda de Siata

Zona: 761 Corredor Férreo - Ventaquemada

070-0074828 00-04-0004-0123-000

15-861-00-04-0004-0123-000

44 CALDAS AGUADAS

Férreo (Estación) María, Embarcadero y Campamentos

Estación Férrea, Embarcadero y Campamento - Aguadas

102-0008183 00-02-0003-0022-000

17-013-00-02-0003-0022-000

45 CALDAS LA DORADA

Férreo (Estación) La Miel

Estación Férrea en el Municipio de Dorada

106-19124 NO REGISTRO IGAC

46 CALDAS LA MERCED

Férreo (Corredor Férreo Catastrado)

Tramo Férreo El Bosque / La Pintada - La Merced

118-0011621 02-00-0014-0009-000

17-388-02-00-0014-0009-000

Page 47: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 47 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

47 CALDAS SALAMINA Férreo Campamento, Casino y Bodega

Municipio de Salamina

118-0011391 00-02-001-0058-000

48 CALDAS VILLAMA RIA

Férreo (Estación)Río Claro

Municipio de Villamaria

POSESIÓN 00-01-0012-0019-000

17-873-00-01-0012-0019-000

49 CAUCA POPAYAN

Fiscal Lote Predio 3 (Funciona la Dirección de Policía Transito Cauca)

C 25 N 7 - 116 - Lote Predio 3 - Popayán

120-197075 (Se desprende del 120-0022496)

01-02-0349-0069-000

19-001-01-02-0349-0069-000

50 CAUCA POPAYAN

Fiscal - Lote No. 4 (Cancha de Basquetbol y Microfutbol)

Calle 25 N No. 7 - 116 Lote Predio 4 - Popayán

120-197076 (Se desprende del 120-0022496)

01-02-0349-0070-000

19-001-01-02-0349-0070-000

51 CAUCA POPAYAN

Área utilizada por Parques Naturales del Ministerio de Medio Ambiente

Calle 25 N No. 7 116 Lote Predio 5 - Popayán

120-197077 (Se desprende del 120-0022496)

01-02-0349-0071-000

19-001-01-02-0349-0071-000

52 CESAR AGUACHI CA

Férreo Municipio de Aguachica

303-23731 NO REGISTRO IGAC

53 CESAR AGUACHI CA

Férreo Municipio de Aguachica

303-23731 NO REGISTRO IGAC

54 CESAR AGUACHI CA

Férreo (Estación) Patiño

Estación Férrea Patiño - Aguachica

303-23731 NO REGISTRO IGAC

55 CESAR AGUACHI CA

Férreo (Estación) Santa Lucia

Estación Férrea San Lucia - Aguachica

303-23731 NO REGISTRO IGAC

56 CESAR BOSCONIA Férreo (Estación) Loma Colorada

Estación Férrea Loma Colorada - Bosconia

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

57 CESAR BOSCONIA Férreo (Estación) Las Pavas

Estación Férrea las Pavas - Bosconia

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

58 CESAR CHIRIGUA NA

Férreo (Estación) Loma Potrerillo o La Loma

Municipio de Chiriguaná

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

59 CESAR CHIRIGUA NA

Férreo (Estación) Agua Fría

Estación Férrea - Chiriguaná

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

60 CESAR EL PASO Férreo (Estación) Municipio de El Paso

POSESIÓN 00-02-0001-0430-000

20-250-00-02-0001-0430-000

61 CESAR GAMARRA Férreo Área Resto del Corredor Férreo

Municipio de Gamarra

196-1141 No aparece en el IGAC

62 CESAR GAMARRA Férreo (Estación) Municipio de Gamarra

00-01-0001-0288-000

NO REGISTRO IGAC

63 CESAR VALLEDU PAR

Dirección Territorial Cesar - Edificio la Vallenata

Calle 16 No. 12 - 89 Acera Sur Avenida

190-46652 01-01-0177-0001-000

20-001-01-01-0177-0001-000

Page 48: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 48 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

Barranquilla - Valledupar

64 CUNDINA MARCA

CAJICA Férreo (Estación) Las Manas

Vereda Río Grande Sector las Manas - Cajicá

176-73663 00-00-0002-2253-000

25-126-00-00-0002-2253-000

65 CUNDINA MARCA

CHIA

BIEN DE USO PUBLICO (Memorando SA 113943 DE 29/03/2017)

LOTE DE TERRENO - ZONA DE CARRETERA - CHIA

50N-20303623 00-00-0005-1011-000

25-175-00-00-0005-1011-000

66 CUNDINA MARCA

SASAIMA Férreo Paradero San Bernardo

Municipio de Sasaima

156-36409 NO REGISTRO IGAC

67 CUNDINA MARCA

SASAIMA Férreo Estación La Victoria

Municipio de Sasaima

156-0036635 NO REGISTRO IGAC

68 CUNDINA MARCA

SASAIMA Férreo Estación La Victoria

Vereda la Victoria - Sasaima

156-36635 NO REGISTRO IGAC

69 CUNDINA MARCA

SESQUILE Fiscal - LA COLINA La colina - Sesquile 00-00-0002-0026-000

25-736-00-00-0002-0026-000

70 CUNDINA MARCA

SIBATE Férreo Alicachin Municipio de Sibaté 50S-900254 NO REGISTRO IGAC

71 CUNDINA MARCA

ZIPACON Férreo (Estación) Tablanca

Municipio de Zipacón

156-0058529 NO REGISTRO IGAC

72 HUILA VILLA VIEJA

Férreo Municipio de Villavieja

01-00-0014-0007-000

73 HUILA VILLA VIEJA

Férreo (Paradero) Polonia

Vereda Polonia - Villavieja

200-0082229 02-00-0023-0001-000

74 HUILA VILLA VIEJA

Férreo Paradero las Lajas

Vereda las Lajas - Villavieja

200-0082227 NO REGISTRO IGAC

75 MAGDALE NA

ALGARRO BO

Férreo (Estación) Municipio de Algarrobo

POSESIÓN 03-00-0004-007-000

76 MAGDALE NA

ALGARRO BO

Férreo Estación Algarrobo

K 832 Municipio de Algarrobo

POSESIÓN 030-03-00-004-002-000

03-00-004-007-000

77 MAGDALENA

ARACATA CA

FISCAL- Lote rural Piedecuesta

Variante Aracataca Carretera rio Ariguaní PR5+057Municipio de Aracataca

225-11305 00-02-0040-4920-000-101

78 MAGDALE NA

CIENAGA Férreo Estación Puerto Zuñiga o Prodeco

Municipio de Ciénaga

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

79 MAGDALE NA

FUNDA CION

Férreo Estación Fundación

Municipio de Fundación

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

Page 49: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

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No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

80 MAGDALE NA

SANTA MARTA

Zona Franca Industrial y Comercial de Santa Marta

Carrera3 No. 8 - 52 (Hoy Avenida Circunvalar No. 1C - 135) - Santa Marta

080-8727 01-01-0069-0005-000

81 MAGDALE NA

SANTA MARTA

Férreo Estación Bonda

Municipio de Santa Marta

080-11149/11165/11152/11156/11162

00-02-0004-2008-000

82 MAGDALE NA

SANTA MARTA

Férreo Estación Pozos Colorados

Municipio de Santa Marta

080-40981 NO APARAECE INSCRITA EN EL IGAC

83 MAGDALE NA

ZONA BANANE RA

Férreo Estación Guamachito

Municipio de Zona Bananera

POSESIÓN 08-01-0017-0001-000

84 MAGDALE NA

ZONA BANANE RA

Férreo Neerlandia Municipio de Zona Bananera

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

85 META RESTRE PO

Campamento Santa Teresita

Campamento en la Vereda Puente Amarillo - K12 - Vía Villavicencio - Restrepo

POSESIÓN 00-01-0007-0035-000

50-606-00-01-0007-0035-000

86 META VILLAVI CENCIO

CCO - Malla Vial del Meta

Carrera 220No. 4 - 105 Urbanización la Alborada - Villavicencio

230-91293 01-05-0768-0013-000

50-0001-01-05-0768-0013-000

87 QUINDIO LA TEBAIDA

Férreo Estación Paradero Maravelez

Corregimiento Pisamal KM 35 - La Tebaida

POSESIÓN 00-00-0005-0003-0000

88 QUINDIO LA TEBAIDA

Férreo Estación La tebaida

Carrera 1 D No. 17 - 27 Ur. La Estación Km 344 - La Tebaida

POSESIÓN 01-00-0080-0001-000

01-00-00-00-0080-0001-0-00-00-0000

89 QUINDIO MONTENEGRO

Férreo Campamento Macho Negro La Julia

Vereda la Julia - Montenegro

POSESIÓN 00-01-0001-0230-000

00-01-00-00-0001-0230-0-00-00-0000

90 RISARALDA DOSQUE BRADAS

Férreo Estación y Campamento Boquerón

Campamento - Dosquebradas

296-44892 00-01-0007-0115-000

6-170-00-01-0007-0115-000

91 RISARALDA MARSE LLA

Férreo Estación Otún

Municipio de Marsella Vereda la argentina Estación Otún

290-160541 00-04-0001-0009-000

66-440-00-04-0001-0009-000

92 RISARALDA MARSE LLA

Férreo Estación Beltran o Belalcazar

Municipio de Marsella Estación Beltrán

290-82301 00-01-0002-0003-000

66-440-00-01-0002-0003-000

93 RISARALDA MARSE LLA

Férreo Estación la Miranda Y Campamentos

Municipio de Marsella Estación Miranda

POSESIÓN 00-01-0001-0211-000

66-440-00-01-0001-0211-000

94 RISARALDA PEREIRA

FISCAL- Puente Salida Marsella (Declarado Bien de uso Público)

Municipio de Pereira Puente salida a Marsella

290-00109144/94 01-07-0290-0006-000

66-001-01-07-0290-0006-000

95 RISARALDA PEREIRA Estación Férreo Caimalito o la Virginia

Corregimiento Caimalito - Pereira

290-166922 05-00-0011-0001-000

66-001-05-00-0011-0001-000

Page 50: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 50 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

96 RISARALDA PEREIRA Embarcadero Caimalito o la Virginia

Lote No. 2 Barrio 20 de Julio Corregimiento Caimalito - Pereira

290-166922 05-00-0009-0001-000

66-001-05-00-0009-0001-000

97 RISARALDA PEREIRA

Triangulo de Inversión y Oficinas Caimalito o la Virginia

Lote 1 Kilómetro 362+483 Carregimiento Caimalito - Pereira

290-166921 05-00-0019-0001-000

66-001-05-00-0019-0001-000

98 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL

Férreo - Lote Corredor férrea

Sector Guayabito - Santa Rosa de Cabal

29644894 00-04-0002-0269-000

66-682-00-04-0002-0269-000

99 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL

Férreo - Sector Estación (Lote Corredor Férreo)

Sector Guayabito - Santa Rosa de Cabal

296-44894 00-04-0002-0243-000

66-682-00-04-0002-0243-000

100 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL

Férreo - Sector Estación la Capilla (Lote corredor férreo) (Paradero)

Municipio de Santa Rosa de Cabal

296-44896 05-00-0004-0001-000

66-682-05-00-0004-0001-000

101 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL

Férreo - Lote corredor férreo y campamento

Sector Guayabito - Santa Rosa de Cabal

296-44895 00-03-0002-0129-000

66-682-00-03-0002-0129-000

102 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL

Férreo - Lote Corredor Férreo (ESTACIÓN CAMPO ALEGRE)

Santa Rosa de Cabal

296-44896 00-03-0002-0073-000

66-682-00-03-0002-0073-000

103 SANTANDER BARRAN CABERMEJA

Férreo Estación Cuatro Bocas

Municipio de Barrancabermeja

303-23731 00-02-0001-0002-000

104 SANTANDER GUEPSA Férreo Estación Guepsa

Municipio de Guepsa

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

105 SANTANDER PUERTO WILCHES

Férreo Estación Comuneros

Municipio de Puerto Wilches

POSESIÓN 00-01-0007-0010-000

106 SANTANDER PUERTO WILCHES

Férreo Estación González Vásquez

Municipio de Puerto Wilches

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

107 SANTANDER RIONE GRO

Férreo Estación Las Palmas

Municipio de Rionegro

300-066231 NO REGISTRO IGAC

108 SANTANDER SABANA DE TORRES

Férreo Balastera La Gómez

Municipio de Sabana de Torres

303-39046 00-01-0003-0070-000

109 SANTANDER SABANA DE TORRES

Férreo Estación Eloy Venezuela

Municipio de Sabana de Torres

303-23731 NO REGISTRO IGAC

110 SANTANDER SABANA DE TORRES

Férreo Estación Peralonso

Municipio de Sabana de Torres

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

111 SANTANDER SIMACOTA Férreo Estación Pupapel

Municipio de Simacota

303-23731 NO REGISTRO IGAC

112 SANTANDER SIMACOTA Férreo Estación Vizcania

Municipio de Simacota

303-23731 NO REGISTRO IGAC

Page 51: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 51 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

113 SUCRE SINCELE JO

FISCAL - Sede Territorial Sucre

Calle 38 No. 8 -111 - Sincelejo

340-97856 01-02-0686-0009-000

70-001-01-02-0686-0009-000

114 TOLIMA AMBALE MA

Férreo Triangulo de Inversión y Ruinas del campamento

Calle 10 A Zona Férrea Municipio de Ambalema

POSESION 01-01-0006-0011-000

115 TOLIMA COELLO Férreo Estación Paradero Alto de Gualanday

Municipio de Coello 357-0020947 NO REGISTRO IGAC

116 TOLIMA FLANDES Férreo Talleres Flandes

Municipio de Flandes

357-20915 01-01-0024-0001-000

117 TOLIMA FLANDES Férreo Estación Paradero Santa Ana

Municipio de Flandes

357-0020926 NO REGISTRO IGAC

118 TOLIMA HONDA Férreo (Estación) Municipio de Honda 362-0015206 NO REGISTRO IGAC

119 TOLIMA IBAGUE

Férreo Campamento y Patios de Maniobras

Corregimiento Buenos Aires Municipio de Ibagué

350-81201 NO REGISTRO IGAC

120 TOLIMA IBAGUE

Férreo Estación Buenos aires Bodega Casa Jefe Estación Campamentos y Triangulo de Inversión

Corregimiento Buenos Aires Municipio de Ibagué

350-0080807 NO REGISTRO IGAC

121 TOLIMA IBAGUE FISCAL L0 5 Mirolindo Municipio de Ibagué

01-13-0086-0011-000

122 TOLIMA MARIQUI TA

Férreo Cementerio Laico de los Ingleses

Municipio de Mariquita

362-0029999 00-01-0007-0048-000

123 TOLIMA NATAGAI MA

Férreo Estación Paradero Guaguarco

Resguardo Palmalta Municipio de Natagaima

368-0023559 NO REGISTRO IGAC

124 TOLIMA NATAGAI MA

Férreo Balastera Anchique

Municipio de Natagaima

368-0023593 NO REGISTRO IGAC

125 TOLIMA VENADI LLO

Férreo Campamento Tonoli

Municipio de Venadillo

351-0004705 NO REGISTRO IGAC

126 VALLE ANDALU CIA

Estación Férrea Andalucía

K 14 No. 13 - 07 LO 2 - Andalucía

384-65185 01-00-0033-0001-000

76-036-01-00-0033-0001-000

127 VALLE BUENA VENTURA

Lote - Parqueadero Retec - Terminal marítimo

K 18A No. 7-21763 - Municipio de Buenaventura

372-52196 01-01-0319-0001-000

76-109-01-01-0319-0001-000

128 VALLE BUENA VENTURA

Terminal Marítimo Sector Muelles - Buenaventura

372-2276 01-01-0002-0003-000

Page 52: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 52 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

129 VALLE BUENA VENTURA

Muelle 13 Petrolero - Terminal Marítimo

Sector Muelle 13 - Terminal Marítimo de Buenaventura - Buenaventura

372-47716 01-01-0002-0006-000

130 VALLE BUENA VENTURA

Estación Férrea El Pinal Km 3

Sector el Piñal POSESIÓN Cancelada por IGAC fue domolida, vía vehicular hoy

Fue demolida la edificación pero está el terreno

131 VALLE BUENA VENTURA

Paradero Balastera km 24

Rural no registra 372-0036318 NO REGISTRO IGAC

132 VALLE BUENA VENTURA

Paradero campamento Bodegas Estación Bodegas Km 32

Rural no registra 372-0036319 NO REGISTRO IGAC

133 VALLE CALI Paradero Caucaseco Km 178

Hacienda Salomia POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

134 VALLE CARTAGO Paradero Campamento Piedras

Cartago 375-0040593 NO REGISTRO IGAC

135 VALLE CARTAGO PARADERO CAMPAMENTO PIEDRAS

PARADERO CAMPAMENTO PIEDRAS

375-0040593

136 VALLE DAGUA Campamento 2 Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0003-000

137 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada

Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0007-000

138 VALLE DAGUA Campamento 3 Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0010-000

139 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada

Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0013-000

140 VALLE DAGUA Estación Férrea Lobo Guerrero Km 68

Vereda Lobo Guerrero

372-0036319 05-00-0015-0027-000

141 VALLE DAGUA Campamento 1 Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0006-000

142 VALLE DAGUA Zona de seguridad férrea catastrada

Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0009-000

143 VALLE DAGUA Zona de seguridad férrea catastrada

Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0012-000

144 VALLE DAGUA Campamento Lobo Guerrero

Vereda Lobo Guerrero

372-0036319 05-00-0015-0019-000

145 VALLE DAGUA Paradero Cisneros Km 56

Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0004-000

Page 53: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 53 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

146 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada

Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0008-000

147 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada

Rural sector Tierra Blanca

372-0036319 00-02-0004-0011-000

148 VALLE DAGUA Estación Férrea Naranjo Km 61

Vereda Naranjo 372-0036319 00-02-0005-0229-000

149 VALLE DAGUA Campamento Lobo Guerrero

Vereda Lobo Guerrero

372-0036319 00-02-0005-0100-000

150 VALLE DAGUA Estación Férrea Puerto Dagua Km 74

Vereda Puerto Dagua

372-0036319 00-02-0005-0101-000

151 VALLE DAGUA Dos campementos junto a Paradero San Joaquin Km 90

Vereda San Joaquin

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

152 VALLE DAGUA Paradero San Joaquin km 90 y dos campamentos

Vereda San Joaquin - Dagua

POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

153 VALLE EL CERRITO

Paradero Hatillo o Hatico km 213

vereda Hatillo POSESIÓN NO REGISTRO IGAC

154 VALLE GUACARI Paradero campamento Niza Km 231

Vereda Niza 373-63186 NO REGISTRO IGAC

155 VALLE GUADALA JARA DE BUGA

Estación Férrea Chambimbal

Sector Chambimbal 373-63186 NO REGISTRO IGAC

156 VALLE JAMUNDI Estación Férrea Guachinte Km 208

Sector Guachinte 370-0369856 00-02-0004-0034-000

157 VALLE JAMUNDI Estación Férrea Timba Km 216

CR 6 2-104 POSESIÓN 06-00-0018-0004-000

158 VALLE LA CUMBRE

Triangulo de inversión trenes Km 109

T 2 2-12 370-369997 04-00-0007-0001-000

159 VALLE LA CUMBRE

Triangulo de inversión trenes km 129

K1 5A-03 POSESIÓN 01-00-0050-0001-000

160 VALLE OBANDO

Paradero Campamento El Guanábano o Área Km 331

Rural 375-0040593 NO REGISTRO IGAC

161 VALLE SEVILLA Estación Férrea Corozal Km 325

K 4 3-19 POSESIÓN 05-00-0005-0002-000

162 VALLE SEVILLA Estación Férrea Caicedonia Km 332

Sector rural Caicedonia

POSESIÓN 00-01-0008-0043-000

76-736-00-01-0008-0043-000

163 VALLE YOTOCO FISCAL - ESTACIÓN DE PESAJE

LOTE No. 1 Municipio de Yotoco

373-63171 00-02-0003-0493-000

76-890-00-02-0003-0493-000

Page 54: INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - INVIAS

- 54 -

No. DEPARTA

MENTO MUNICIPIO

NOMBRE DEL INMUEBLE

DIRECCION FMI FICHA

CATASTRAL NUEVA CEDULA

CATASTRAL

164 VALLE YUMBO

Paradero y campamento Arroyohondo Km 165

Sector Arroyo Hondo

POSESION NO REGISTRO IGAC

165 VALLE YUMBO Estación Férrea Pasajeros Yumbo

C 37 370-69600 No aparece IGAC fue demolida para construcción vía

166 VALLE YUMBO Estación Férrea Planta Lavadora Yumbo

Sector Planta Lavadora

370-69691 NO REGISTRO IGAC

167 VALLE YUMBO Férreo - Campamento No. 1

Kilómetro 146+400 - YUMBO

00-02-0003-0051-000

76-892-00-02-0003-0051-000

168 VALLE YUMBO Férreo - Campamento No. 2

Kilómetro 145 + 800 - YUMBO

00-02-0003-0123-000

76-892-00-02-0003-0123-000

169 VALLE YUMBO Férreo - Campamento No. 3

Kilómetro 139 + 800 - YUMBO

00-02-0001-0035-000

76-892-00-02-0001-0035-000

170 VALLE ZARZAL Estación Férrea Zarzal Km 301

K 13 8 85 91 119

384-56118 01-00-0027-0002-000

171 VALLE ZARZAL Paradero Villajuelo Km 314

Corregimiento Vallejuelo

POSESIÓN 00-02-0003-0087-000

172 VALLE ZARZAL

Estación Férrea Alvarez Salas Km 320 - Quebrada Nueva

Corregimiento Vallejuelo

POSESIÓN 00-02-0004-0136-000

76-895-03-00-0009-0014-000