informe auditorÍa de cumplimiento - invias
TRANSCRIPT
INFORME AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
SECRETARIA GENERAL: PROGRAMA DE SEGURIDAD EN CARRETERAS NACIONALES, INVENTARIO BIENES MUEBLES E INMUEBLES, INSUMO Y
SUMINISTRO INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS
CGR-CDSIFTCEDR No. 054 Noviembre de 2017
- 2 -
Contralor General de la República Edgardo José Maya Villazón Vicecontralora Gloria Amparo Alonso Masmela Contralor Delegado Sectorial Julián Eduardo Polanía Polanía Director de Vigilancia Fiscal Diego Alberto Ospina Guzmán Directora de Estudios Sectoriales Martha Marlene Sosa Hernández Coordinadora de Gestión Rosa C. Díaz de Arrieta Líder de Auditoría Luis Guillermo Hernández Ochoa Equipo Auditor Martha Inés Domínguez Táquez
Fabiola Patricia Rodríguez Moncayo Miller Yesid Castro Bohórquez Ramón Eduardo Rojas Vega José Luis Solarte Castro
Asesora Gladys Rojas Rojas
- 3 -
TABLA DE CONTENIDO
1. HECHOS RELEVANTES AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO .............................................................. 4
2. CARTA DE CONCLUSIONES .......................................................................................................... 6
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA .............................................................................................. 8
2.1.1 Objetivo General ......................................................................................................... 8
2.1.2 Objetivos Específicos .................................................................................................. 8
CRITERIOS IDENTIFICADOS .................................................................................................. 9
ALCANCE DE LA AUDITORÍA .............................................................................................. 10
CONCLUSIONES GENERALES Y CONCEPTO DE LA EVALUACIÓN REALIZADA .................. 10
EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO .............................................................................. 12
RELACIÓN DE HALLAZGOS ................................................................................................. 12
PLAN DE MEJORAMIENTO ................................................................................................. 12
3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ................................................................................................ 13
3.1 RESULTADOS GENERALES SOBRE EL ASUNTO O MATERIA AUDITADA ............................. 13
3.1.1 Resultados de seguimiento a resultados de auditorías anteriores ........................ 14
3.2 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 1 .......................................... 14
3.2.1 Registro Contable de los Bienes Inmuebles Fiscales ...................................................... 14
3.3 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 2 .......................................... 23
3.3.1 Evaluación de los mecanismos de Control Interno del proceso contable e inventarios.
................................................................................................................................................... 23
3.4. RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 3 ......................................... 32
3.4.1 Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales. ......................................................... 33
4. ANEXOS ..................................................................................................................................... 44
Anexo 1. Relación de Bienes de la Base de Datos de Inmuebles Fiscales de Invías que aún no se
encuentran registrados en la Contabilidad ....................................................................................... 44
- 4 -
1. HECHOS RELEVANTES AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO
El parágrafo 2º del artículo 63 de la Ley 105 de 1993, autorizaba al Gobierno Nacional para que por conducto del Ministerio de Transporte determinará a cuál de las dos Entidades: Empresa Colombiana de Vías Férreas o al Fondo Pasivo Social de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia, debería cederse a título gratuito los inmuebles y suscribir las respectivas escrituras públicas de transferencia. Posteriormente los artículos 1º y 2º de la Ley 187 de 1995, facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transporte o Ministerio del Transporte para que en nombre y representación de la Nación, efectúe los traspasos de bienes inmuebles de propiedad de la liquidada empresa de Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación, que a la fecha figuren a su nombre o del extinto Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y los traspasos de bienes inmuebles de propiedad de la empresa Puertos de Colombia1. En el mismo sentido los decretos 2053 y 2056 de 2003, en su artículo 3, Patrimonio del Instituto Nacional de Vías, numeral 3.82 establecieron que los bienes que transfiera el Ministerio de Transporte a Invías para el cumplimiento de sus nuevas funciones harán parte del patrimonio del Instituto. Trascurridos 23 años aproximadamente, la Entidad no ha terminado la depuración para el registro contable de los bienes inmuebles trasladados de las entidades liquidadas los cuales son producto de las transferencias realizadas por el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transporte, Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Fondo Nacional de Caminos Vecinales, Patrimonio Autónomo Remanente Ferrovías y Ferrovías en liquidación; inmuebles relacionados en documentos que datan de los años 1993 a 2010. De otra parte, la Secretaría General de Invías tiene a su cargo el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, que tiene por objeto, garantizar el derecho a la libre circulación de personas por el territorio nacional, incentivar el intercambio comercial entre las regiones, reactivar el turismo y permitir el transporte de carga y mercancía desde y hacia los principales puertos del país”. Para el año 2016, tuvo una apropiación presupuestal de $52.916,3 millones, para el cubrimiento de los bienes y servicios que hacen parte de este programa; la eficiencia con que se administren estos recursos debe impactar a la ciudadanía de la siguiente forma:
1 Parágrafo. Dentro de estos inmuebles se entiende incluidos aquellos que pertenecieron al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y a los Ferrocarriles Seccionales o a los Departamentales que no fueron traspasados a los Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 2 Numeral 3.8 “conforman el patrimonio de la Entidad, entre otros, los bienes, contratos derechos y obligaciones que el Ministerio de Transporte le transfiera para el cumplimiento de las nuevas funciones que le han sido encomendadas”
- 5 -
✓ Mejores condiciones de seguridad en las vías nacionales. ✓ Mejor seguridad en vías nacionales incrementando el uso de tecnología. ✓ Fortalecimiento de los sistemas de información y comunicación que permitan
a los actores del Programa reaccionar oportunamente. ✓ Garantía en el funcionamiento de un equipo humano calificado que asegure
la adecuada cobertura y sostenibilidad del Programa.
De conformidad con el convenio interadministrativo No.1056 del 2006, la Policía Nacional tiene un cubrimiento en todo el territorio de 10.812 kilómetros lo que implica una cobertura del 79,7%, el resto lo cubren las otras Fuerzas Públicas; para el cumplimiento de esta misión han asignado 1504 vehículos incluidas las motos que utiliza la Dirección de Tránsito y Transporte – DITRA- de la Policía Nacional.
- 6 -
2. CARTA DE CONCLUSIONES
- 7 -
Doctor: CARLOS ALBERTO GARCIA MONTES Director General Instituto Nacional de Vías Ciudad Respetado doctor García: Con fundamento en las facultades otorgadas por el Artículo 267 de la Constitución Política y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 0010 del 10 de octubre del 2016, la Contraloría General de la República realizó auditoría de cumplimiento a los siguientes procesos a cargo de la Secretaría General: administración de bienes y servicios, control financiero y contable y adicionalmente, el programa de seguridad en carreteras nacionales. Es responsabilidad de la Administración, el contenido en calidad y cantidad de la información suministrada, así como con el cumplimiento de las normas que le son aplicables a su actividad institucional en relación con el asunto auditado. Es obligación de la CGR expresar con independencia una conclusión sobre el cumplimiento de las disposiciones aplicables en la Secretaría General: Programas de seguridad en carreteras nacionales, inventario bienes muebles e inmuebles, insumo y suministros, conclusión que debe estar fundamentada en los resultados obtenidos en la auditoría realizada. Este trabajo se ajustó a lo dispuesto en los Principios, fundamentos y aspectos generales para las auditorías ( Resolución reglamentaria orgánica No. 0012 del 24 de marzo de 2017) y las Directrices impartidas para la auditoría de cumplimiento, conforme a lo establecido en la Resolución Orgánica 0014 del 14 de junio de 2017, proferida por la Contraloría General de la República, en concordancia con las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI3), desarrolladas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI4) para las Entidades Fiscalizadoras Superiores. Estos principios requieren de parte de la Contraloría General de la República la observancia de las exigencias profesionales y éticas, de una planificación y ejecución de la auditoría destinada a obtener garantía limitada, de que los procesos consultaron la normatividad que le es aplicable.
3 ISSAI: The International Standards of Supreme Audit Institutions. 4 INTOSAI: International Organization of Supreme Audit Institutions.
- 8 -
La auditoría incluyó el examen de las evidencias y documentos que soportan el proceso auditado y el cumplimiento de las disposiciones legales de la Secretaría General del INVIAS: administración de bienes y servicios y control financiero y contable, adicionalmente, el Programa de seguridad en carreteras nacionales. Los análisis y conclusiones se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en el Sistema Integrado para el Control de Auditorías – SICA establecido para tal efecto y los archivos de la Contraloría General de la República. La auditoría se adelantó por la Contraloría Delegada para el sector de Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional. El período auditado tuvo como fecha de corte 30 de septiembre del 2017. Las observaciones se dieron a conocer oportunamente a la Entidad dentro del desarrollo de la auditoría, las respuestas fueron analizadas y en este informe se incluyen los hallazgos que la CGR consideró pertinentes.
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA Los objetivos de la auditoría fueron los siguientes:
2.1.1 Objetivo General Evaluar la gestión y resultados de los recursos públicos recaudados y ejecutados de la vigencia 2016, para establecer que se hayan realizado conforme a las normas legales, reglamentaciones estatutarias y de procedimientos.
2.1.2 Objetivos Específicos
1. Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en el registro contable de los bienes muebles e inmuebles trasladados de otras entidades públicas recibidas en donación y comodato.
2. Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en lo relacionado con los mecanismos de control implementados por INVIAS para la administración de los inventarios a su cargo, modo férreo, marítimo y carretero.
3. Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o
- 9 -
normatividad en lo relacionado con el Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales, específicamente en lo relacionado con el suministro de combustible y repuestos destinados a la DITRA de la Policía Nacional.
CRITERIOS IDENTIFICADOS De acuerdo con el objeto de la evaluación, los criterios sujetos a verificación son:
• Que la función administrativa de efectivo cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (Artículo 209 de la Constitución Política Nacional).
• Que la gestión contractual, se haya desarrollado de conformidad con las normas legales y técnicas aplicables, especialmente que se haya dado cumplimiento a lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 105 de 1993 y Ley 1150 de 2007, Ley 1510 de 2013 las normas complementarias y reglamentarias, Manual de contratación de la Entidad (Resolución 1676 de 2015)
• Que Invías y la DITRA cumplan con las obligaciones contenidas en el Convenio Interadministrativo 1056 de 2006.
• Que se cumplan los principios y deberes de la contratación, así como las normas aplicables al proceso de selección y adjudicación de los contratistas distribución de riesgos, legalización, ejecución y cumplimiento de los objetos contractuales.
• Que las estipulaciones contenidas en las pólizas suscritas para los contratos, se cumplan y que los riesgos contenidos estén debidamente amparados.
• Que la Entidad cumpla con su obligación de vigilancia y control de sus procesos y supervisión de sus contratos.
• Que se haya dado un adecuado manejo a los recursos públicos.
• Que la contratación adelantada contribuya al cumplimiento de la labor misional del Invías, velando por sus intereses.
• Que la Entidad revele en sus estados financieros el total de sus bienes muebles e inmuebles.
• Que la Entidad de cumplimiento al Manual de Procedimientos para Almacén e Inventarios.
- 10 -
ALCANCE DE LA AUDITORÍA Para el desarrollo de los objetivos de la auditoría, se evaluaron los Macro Procesos Gestión de Adquisición de Bienes y Servicios y Gestión Financiera Presupuestal y Contable, así: Objetivos 1 y 2 Macroproceso: Gestión Financiera, Presupuestal y Contable Proceso: Realidad Económica y Jurídica de la Contabilidad Materia Específica: Gestión de Registro de Bienes Muebles e Inmuebles La auditoría se basó en el Registro y Control de los inmuebles entregados a Invías de otras entidades liquidadas a partir del año 1992, fecha de su creación y durante la duración de este proceso de traslado. Se evaluaron los mecanismos de control implementados por Invías, para la administración de los bienes muebles e inmuebles (inventario) y su registro contable. Objetivo 3 Macroproceso: Gestión de Custodia, Disposición y Explotación de Bienes Proceso: Ejecución Contractual, Anticipos, Adiciones y Modificaciones Materia Específica: Gestión a la ejecución contractual Se seleccionaron los contratos suscritos por el Programa de seguridad en carreteras nacionales relacionados con el suministro de combustible, mantenimiento preventivo y correctivo con suministro de repuestos y lubricantes para las motos (de marcas Yamaha y Suzuki). Igualmente, se seleccionó una muestra representativa del parque automotor, que fue objeto de comodato por parte del Invías y la DITRA-Policía Nacional, producto de la reversión de equipos de la finalizada concesión DEVINAR y, finalmente, se realizó un seguimiento a las bajas dadas a los automotores que cumplieron su vida útil y que se encuentran en las Bodegas del Invías en el barrio Fontibón y Talleres de mantenimiento en la ciudad de Bogotá.
CONCLUSIONES GENERALES Y CONCEPTO DE LA EVALUACIÓN REALIZADA
Como resultado de la auditoría realizada, la Contraloría General de la República considera que el cumplimiento de la normatividad relacionada con el Inventario Bienes Muebles e Inmuebles, Insumo y Suministro y con el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, salvo en lo referente a lo descrito en los párrafos siguientes, la información acerca de la materia controlada en la entidad auditada resulta conforme, en todos los aspectos significativos, por lo que el concepto es Con Reserva.
- 11 -
• La falta de registro contable de 172 bienes inmuebles que fueron transferidos al Invías de entidades liquidadas desde 1993.
• Debilidades en los mecanismos de control interno contable de la información que alimenta el proceso de registro de los hechos económicos tales como los inmuebles e inventarios.
• Incumplimiento parcial de la destinación de los recursos del Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales- PSCN, en la compra de cinco (5) vehículos que se asignaron a Invías, por cuanto se observaron los estudios y documentos previos que justifican la compra de los mismos para entregar en comodato a las diferentes fuerzas que integran el Programa, la distribución del presupuesto realizada por la Comisión Intersectorial.
• La Secretaría General del Invías por intermedio de Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales- PSCN, en el 2015, incumplió con el objeto para el cual están destinados la totalidad de los recursos recaudados en los peajes como es mantener el orden público, garantizar la libre circulación de personas por el territorio nacional, incentivar el intercambio comercial entre las regiones, reactivar el turismo y permitir el transporte de carga, porque ha utilizado parte de estos recursos en la compra de vehículos que no están destinados para el cumplimiento de la misión del programa.
• Debilidades en el procedimiento de revisión técnico mecánica previa suficiente para determinar el estado físico real de los vehículos automotores del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales PSCN.
• Debilidades de la supervisión técnica y administrativa de los contratos de mantenimiento de vehículos derivados del convenio.
• Falta de control por parte del Programa en el manejo de los repuestos cambiados y reemplazados en cumplimiento del contrato de mantenimiento de los diferentes módulos.
• Falta de estudios de mercado que expongan la realidad fáctica del sector de mantenimiento automotriz.
- 12 -
EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO Como resultado de la evaluación al diseño de controles implementados por la Secretaría General de Invías en los macro procesos de Administración de Bienes y Servicios y Gestión Financiera y Presupuestal, y de acuerdo a la metodología establecida en la Guía de Auditoría de Cumplimiento, se determinó una calificación de diseño y efectividad de los controles de 1,538 lo que permite a la Contraloría conceptuar que el Control Interno es con deficiencias.
RELACIÓN DE HALLAZGOS Como resultado de la auditoría, la Contraloría General de la República constituyó quince (15) hallazgos administrativos de los cuales once (11) tienen presunta incidencia disciplinaria, uno (1) fiscal y un (1) hallazgo para indagación preliminar.
PLAN DE MEJORAMIENTO La Entidad deberá elaborar y/o ajustar el Plan de Mejoramiento que se encuentra vigente, con acciones y metas de tipo correctivo y/o preventivo, dirigidas a subsanar las causas administrativas que dieron origen a los hallazgos identificados por la Contraloría General de la República como resultado del proceso auditor y que hacen parte de este informe. Tanto el Plan de Mejoramiento como los avances del mismo, deberán ser reportados a través del Sistema de Rendición de Cuentas e Informes (SIRECI), dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo de este informe. La Contraloría General de la República evaluará la efectividad de las acciones emprendidas por las entidades para eliminar las causas de los hallazgos detectados en esta auditoría, según lo establecido en la Resolución orgánica que reglamenta el proceso y la Guía de auditoría aplicable vigentes. Bogotá, D. C, JULIÁN EDUARDO POLANÍA POLANÍA Contralor Delegado Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional Revisó: Diego Alberto Ospina Guzmán, Director de Vigilancia Fiscal
Rosa C Díaz de Arrieta, Supervisora Luis Guillermo Hernández Ochoa, Líder de Auditoría Elaboró: Equipo Auditor Invías Aprobó: Comité de Evaluación Sectorial No. 026 de noviembre 29 de 2017
- 13 -
3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA
3.1 RESULTADOS GENERALES SOBRE EL ASUNTO O MATERIA AUDITADA
Los diferentes grupos de Invías que intervienen en el proceso de Administración de Bienes y Servicios y Control Financiero y Contable, continúan presentando debilidades en la gestión adelantada para realizar el reconocimiento y registro contable de los bienes inmuebles y muebles entregados por terceros desde el momento de su creación, lo cual ha llevado a que se subestime la cuenta Propiedad Planta y Equipo, impactando la revelación de los Estados Financieros presentados por la Entidad en cada vigencia, ocasionado que la opinión de la Contraloría General de la República haya sido con Abstención. De otra parte, los procesos de apoyo de la Entidad no se han desarrollado en la misma medida que los misionales, olvidando que la Entidad es una Unidad, lo anterior observado en los procesos vinculados a la subdirección administrativa, impidiendo el desarrollo efectivo de los mismos. A pesar que se cuenta con el Convenio Interadministrativo 2142 de 2011 con el Ministerio de Cultura, con el objeto de implementar el plan nacional para la recuperación de las estaciones del ferrocarril (PNREF), se evidencia que Invías no hace una vigilancia y control adecuado de estos monumentos históricos, lo que genera un riesgo de pérdida de la posesión de estos bienes en comento.
El Convenio interadministrativo 1056 del 2006, celebrado entre el Ministerio de Transporte, el Instituto Nacional de Vías y la Dirección General de la Policía Nacional, presentó varios incumplimientos en la planeación estratégica, tanto del Invías como de la Dirección de la Policía; igualmente presentó debilidades en la supervisión de los contratos de mantenimiento preventivo y correctivo del parque automotor asignado en comodato a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional. El recibo a satisfacción de las grandes reparaciones que practican a estos vehículos en los talleres es realizado por personal no idóneo y sin experiencia en mecánica, en repuestos, garantías y mantenimiento de los vehículos ingresados a los talleres.
De otra parte, pese a que el Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales- PSCN realizó estudios previos que justifican la compra de vehículos para actualizar el parque automotor, se observa incumplimiento parcial de la distribución de cinco (5) vehículos que se asignaron a Invías.
- 14 -
A nivel de las direcciones territoriales de Invías, y de acuerdo con las visitas practicadas a Tolima y Antioquia, se evidencia falta de control y seguimiento a los vehículos asignados al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales y a los mantenimientos realizados al parque automotor, adicionalmente, no existe un procedimiento para realizar el proceso de bajas de las reparaciones mayores de estos vehículos. Los anteriores aspectos, conllevan a concluir que afecta el cumplimiento del fin esencial del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales. 3.1.1 Resultados de seguimiento a resultados de auditorías anteriores
Este ejercicio de control fiscal surgió a partir de la iniciativa del equipo auditor que realizó la auditoría integral a la vigencia 2016 sobre en temas susceptibles de riesgo, quien solicitó la auditoría, la cual fue aprobada por la Delegada como consecuencia de los resultados en las auditorías vigencias 2015, 2016: como es el registro de los bienes inmuebles y de los Inventarios, de otra parte, para el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales se identificaron hallazgos con alcance disciplinario, penal y fiscal a partir de denuncias relacionadas con la Secretaría General y su función de Coordinación del Programa. 3.2 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 1
OBJETIVO ESPECÍFICO 1
Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en el registro contable de los bienes muebles e inmuebles trasladados de otras entidades públicas recibidas en donación y comodato.
3.2.1 Registro Contable de los Bienes Inmuebles Fiscales
Como resultado de la auditoría se detectaron las siguientes situaciones de incumplimiento que fueron validadas como hallazgos de auditoría. Hallazgo No. 1. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Registro de los bienes inmuebles fiscales en la Contabilidad La información contable pública debe ser la representación razonable de la realidad económica de una entidad pública, además debe incluir todas las transacciones, hechos y operaciones medidas en términos cualitativos o cuantitativos, en una fecha o durante un período determinado; atendiendo los principios, normas técnicas y procedimientos establecidos.
- 15 -
Se realizó el cruce de la información de los Bienes Inmuebles Fiscales de propiedad de Invías, los cuales son producto de las transferencias realizadas por el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transporte, Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Fondo Nacional de Caminos Vecinales, Patrimonio Autónomo Remanente Ferrovías y Ferrovías en liquidación; inmuebles relacionados en documentos que datan de los años 1993 a 2010, encontrando inmuebles que carecen de dirección o la misma está desactualizada, sin cédula catastral; bienes sobre los cuales el Invías tiene únicamente la posesión y otros que no figuran registrados en la base de datos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC. Adicionalmente se encontró: De las actas de traslado de bienes inmuebles fiscales inscritos se tomó muestra selectiva de 397 y se determinó que 220 de ellos no se encuentran registrados en la contabilidad de Invías. De la base de datos del Sistema Administración de Control Predial- SACP, suministrada por el Grupo de Bienes Inmuebles y Seguros, correspondiente a 977 registros de inmuebles fiscales, se determinó que: 172 inmuebles no están registrados en la contabilidad (Anexo 1). 58 Inmuebles están registrados en la cuenta 19700502 Derechos de Posesión Terrenos, lo cual se expresa como un Activo Intangible por $21,3 millones, significa que Invías no ha iniciado el proceso para legalizar la propiedad de estos inmuebles, corriendo el riesgo de perderse y tampoco se observa que tenga actualizado su estado (en uso o invadido, difícil recuperación), por tanto, al tener desactualizado estos activos, impacta los Estados Financieros. 129 Inmuebles se encuentran en la cuenta 171006 Bienes de Uso Público en Servicio, red férrea, los cuales no hacen parte del objetivo y las funciones de la Secretaría General a través de la Subdirección Administrativa, como es Mantener actualizado el inventario de bienes inmuebles fiscales a cargo de la entidad. Así mismo, se evidencia que de los 977 bienes inmuebles reportados, el valor de 660 de los inmuebles no ha tenido actualización de sus avalúos, de acuerdo con lo señalado en el numeral 20 que dice: “…La actualización de las propiedades planta y Equipo debe efectuarse con periodicidad de tres años…” Lo anterior, evidencia que persisten las deficiencias en cuanto a la depuración y no se tiene una información exacta sobre el número de sus inmuebles, su valor, ubicación, uso y estado demostrando un inadecuado control de sus recursos o actividades, así como deficiente gestión en el proceso de depuración de los
- 16 -
inmuebles recibidos de entidades ya liquidadas, lo cual evidencia debilidades en la gestión institucional de las áreas que participan en el proceso contable, para la depuración de la información básica y suficiente que garantice el reconocimiento y revelación que corresponde al Área de Contabilidad, situación que denota presunto incumplimiento de lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública, adoptado mediante la Resolución 354 de 2007, en su Libro I - Plan General de Contabilidad Pública, en su Capítulo Único, numeral 9. Normas Técnicas de Contabilidad Pública5. La Entidad en su respuesta manifiesta que las Actas de transferencia no son un documento idóneo para el registro contable, sin embargo la CGR no se refiere a esta situación sino sobre la gestión que la Entidad no ha realizado a partir del recibo de estas Actas que son el primer documento público para el inicio del proceso que conllevará al saneamiento, reconocimiento y registro de los bienes inmuebles fiscales. Así mismo, informan que la Subdirección Administrativa viene adelantando estudios catastrales y de escrituras, consolidando escrituras públicas de transferencia, para determinar la cadena de tradición de la infraestructura férrea y sus anexidades a nivel nacional, así como acciones complementarias ante las diferentes oficinas e Instrumentos Públicos para que certificara la existencia o no de matrícula inmobiliaria, y ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi para el cambio de nombre del poseedor en la base de datos catastral que administra. De otra parte, los bienes inmuebles registrados como posesiones se han registrado para control, toda vez que las escrituras públicas de transferencia se identifica a Invías como continuador en suma de posesiones con las que ejercieron los Ferrocarriles Nacionales y Ferrovías y, por tanto, no ostentan matrícula inmobiliaria asociada. Además, informan que han realizado 317 avalúos a predios fiscales con base en los recursos que le han asignado a la Entidad para esta gestión.
5 Plan General de Contabilidad Pública. 9. Normas Técnicas de Contabilidad Pública 9.1 Normas Técnicas Relativas a Las Etapas de Reconocimiento Y Revelación de los Hechos Financieros, Económicos, Sociales y Ambientales. 125. En desarrollo de los principios de registro, medición y revelación, la norma técnica relacionada con las etapas de reconocimiento y revelación precisa los criterios que deben tenerse en cuenta al preparar y presentar información financiera, económica, social y ambiental, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública.
- 17 -
Hallazgo No. 2. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Funciones y Responsabilidades sobre la infraestructura de Transporte, asignadas al Ministerio de Transporte y a las Entidades del Orden Nacional, mediante de la Ley 105 de 1993 Los artículos 19 y 20, funciones y responsabilidades sobre la infraestructura de transporte, de la Ley 105 de 19936, establecen el compromiso del Ministerio de Transporte y Entidades de Orden Nacional en la identificación y conservación de la infraestructura de transporte; en complemento el Artículo 3 del Decreto 2053 de 2003, patrimonio del Instituto Nacional de Vías, estableció que los bienes que transfiera el Ministerio de Transporte a Invías para el cumplimiento de sus nuevas funciones, harán parte del patrimonio del Instituto7. La Contraloría General de la República en visita de inspección física a una muestra de siete (7) Estaciones férreas y un (1) paradero, entregados al Instituto para su administración y custodia, evaluó el estado de conservación y los mecanismos de seguridad implementados para conservar y evitar la ocupación por particulares de estos bienes del Estado, encontrando: Frente a la responsabilidad de conservación de la infraestructura de transporte.
• De los ocho (8) inmuebles, las Estaciones Betania y Suesca, se encuentran en explotación mercantil y presentan un buen estado de conservación, las seis (6) restantes presentan alto grado de deterioro; de los cuales en la base de datos8: las Estaciones Crucero y Santa Rosita se registran en estado “explotación mercantil”, sin embargo, los contratos no están vigentes9, la estación Manas en “restitución del Ministerio”10 y las Estaciones Mortiño, La Laguna y La Nevera su estado es “vacía”.
• Si se tiene en cuenta que en la base de datos registra un total de 63 inmuebles en estado “vacías”, 105 en “Proceso de restitución” y 21 para
6 Capítulo II Funciones y responsabilidades sobre la infraestructura de transporte, Artículo 19º.- Construcción y conservación. Corresponde a la Nación y a las Entidades Territoriales la construcción y la conservación de todos y cada uno de los componentes de su propiedad, en los términos establecidos en la presente Ley. Artículo 20º.- Planeación e identificación de propiedades de la infraestructura de transporte. Corresponde al Ministerio de Transporte, a las entidades del Orden Nacional con responsabilidad en la infraestructura de transporte y a las Entidades Territoriales, la planeación de su respectiva infraestructura de transporte, determinando las prioridades para su conservación y construcción. Para estos efectos, la Nación y las Entidades Territoriales harán las apropiaciones presupuestales con recursos propios y con aquellos que determine esta Ley. 7 La citada Ley facultó al Ministerio de Obras Públicas y Transporte o Ministerio del Transporte para que en nombre y representación de la Nación, efectuaran los traspasos de bienes inmuebles, en cumplimiento del mandato mediante actas de: entrega por parte de ferrovías en liquidación (27) y patrimonio autónomo de remanentes (9) de documentación de bienes muebles transferidos al INVIAS, el Ministerio realizó las transferencias 8 “Estado Estaciones Férreas Base de datos Instituto Nacional de Vías” 9 La Estación Crucero municipio de Suesca, contaba con servicio de vigilancia, por terminación contrato de arrendamiento, pero su estado de deterioro era alto 10 A estos inmuebles, sus habitantes le han realizado obras para su recuperación y han asumido costos de impuesto predial.
- 18 -
“explotación mercantil”, y con base en lo observado en las Estaciones visitadas, se presume un riesgo de deterioro para el resto de Estaciones que tienen el mismo estado, con lo que podrían verse afectadas un total de 175 inmuebles (Tabla 1).
Tabla No. 1 Estaciones Férreas Base de datos Instituto Nacional de Vías
Estado Numero Estaciones
Comodato 53
Destruidas 53
Restitución 105
Concesionada 60
Explotación Mercantil 21
Sin Datos 9
Vacías 63
Total 366
Fuente: base de datos Estaciones Férreas Invías marzo 2015
• De las estaciones visitadas, 3 se encuentran ocupadas por particulares y no tienen contrato vigente, dos (2) tienen en depósito algunos bienes, pese a que tienen vencido el contrato de arrendamiento, en 3 de ellas se encuentra invasión de predios del inmueble, y en las 8 estaciones visitadas, se evidenció invasión de los predios correspondientes a la Red Férrea, lo cual fue observado en varios y amplios tramos del recorrido. (Tabla 2).
Tabla No.2. Estado de las Estaciones Férreas
Estación Estado Ocupación por particulares
Deposito elementos de particulares
Invasión predios del inmueble
Invasión predios de la Red Férrea
Las Manas Restitución Ministerio Si Si Si
La Nevera Vacía Si
Mortiño Vacía Si Si Si
La Laguna Vacía Si Si Si
Crucero Explotación Mercantil Si Si
Santa Rosita Explotación Mercantil Si Si
Suesca Explotación Mercantil Si
Betania Explotación Mercantil Si
Fuente: Información recolectada en visita, elaborada por la CGR
- 19 -
Registro Fotográfico de las estaciones visitadas
Las Manas (Cajicá)
La Nevera (Villa Pinzón)
Mortiño (Cogua)
- 20 -
La Laguna (Suesca)
Crucero (Suesca)
Santa Rosita (Suesca)
Suesca (Suesca)
- 21 -
Betania (Cajicá)
Frente a la responsabilidad de identificación de la infraestructura de transporte: Comparando la información de las Estaciones férreas que se encuentra en tres bases de datos, dos suministradas por Invías y una por el Ministerio de Cultura (Tabla No. 3), se evidencian diferencias respecto del número de estas a cargo de Invías, así:
Tabla No. 3. Reporte de Estaciones Férreas a cargo de Invías Base de Datos No. Estaciones
Registradas en Contabilidad del Invías 336
Informe Estaciones Férreas a Cargo del Invías11 312
Matriz General Estaciones ferrocarril 2017 (Ministerio de Cultura)12 456 Fuente: Información suministrada por Invías y Ministerio de Cultura, se filtró sólo Estaciones Férreas
• Tres de las Estaciones: La Nevera, Las Manas y Mortiño no se encuentran
censadas en el Programa Nacional de Recuperación de Estaciones
Férreas13, pese a que Invías, las dos primeras las registra sin estado, y la
última en proceso de restitución.
Lo anterior indica cumplimiento parcial de los Artículos 19 y 20 de la Ley 105 de 1993, lo que genera deficiencias en la identificación y conservación de los bienes a cargo del Instituto.
11 Información suministrada en visita a la Subdirección Red Terciaria y Férrea de Invías 12 Información suministrada como respuesta al Oficio 2017EE0109386 del 11/09/2017 13 Convenio interadministrativo de cooperación 2142 de 20113, cuyo objeto es implementar el Plan Nacional para la Recuperación de las Estaciones del Ferrocarril (PNREF).
- 22 -
Hallazgo No. 3. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Equipo de Transporte Fluvial transferido por el Ministerio de Transporte al Instituto Nacional de Vías En la revisión de la información de bienes muebles a septiembre de 2017, no se evidenció la evaluación realizada a los equipos o las acciones adelantadas por Invías y el Ministerio de Transporte, que llevaron a tomar la decisión de no recibir y no registrar contablemente 17 de los 31 bienes que hacían parte del equipo de transporte fluvial que el Ministerio transfirió a Invías mediante radicado MT-3236-2 del 09/02/2004, en cumplimiento del Artículo 3 Patrimonio del Instituto Nacional de Vías de los Decretos 2053 y 2056 de 2003, como se observa en la siguiente Tabla:
Tabla No. 4. Relación de Embarcaciones mayores susceptibles a ser transferidos al Invías que no se encuentran registradas contablemente
Auxiliar Contable Ministerio de Transporte
Nombre Valor en Libros ($)
Ubicación
Municipio Departamento
67504945 Caribe 400.000.000 Calamar Bolívar
18501502 Mompox 450 años 750.000.000 Yate la Bodega Bolívar
18305519 Santa Cecilia 141.360.000 Talaiga Nuevo Santa Ana
Bolívar
18305512 La Loba 55.606.755 Barranco de Loba Bolívar
18305518 El Sucreño 55.606.755 Guaranda Sucre
18305520 Pacífico 27.500.000 Morales Bolívar
18305525 San José 55.606.755 Regidor Bolívar
18305523 San Marcos 4.500.000 San Marcos Sucre
18305526 San Pablo o Satélite 25.000.000 San Pablo Bolívar
18501503 Francisco José de Caldas L-5-13 200.000.000 Gamarra cerro Burgos
Cesar
18305531 Ferry Omaira 50.000.000 Ambalema Tolima
18305530 Bote Omaira 60.000.000 Ambalema Tolima
18305511 San José del Guaviare AT- 3-204 AT1-802
65.017.675 Puerto Arturo Guaviare
16501508 Bote Leticia (se solicitaba recuperación)
87.000.000 Leticia Amazonas
18305527 Bote a vapor Martinete 203.705 Meta
83113001 Draga DC-1 Burro Viejo 1.181.552 Quibdó Choco
67506007 Yate Chiribico (buen estado) 58.600.180 Cartagena Bolívar
Fuente: anexo oficio MT-3236-2 del 09/02/2004
Por lo anterior, transcurridos 14 años la Entidad no cuenta aún con el reconocimiento total de los bienes transferidos de Entidades liquidadas, subestimando la cuenta 16, Propiedad, Planta y Equipo en cuantía indeterminada y, por ende, no tenga control de los mismos, denotando cumplimiento parcial a las funciones y actividades establecidas al Invías, en el proceso de transferencia de
- 23 -
bienes, Artículo 3, numeral 3.814 del Decreto 2056 de 2003 y al Artículo 3 deberes de la Ley 73415 de 2002. Invías soportado en que el comunicado incluye el término “susceptibles”, este no es un documento idóneo que permitiera determinar que los bienes relacionados realmente fueron entregados por el Ministerio de Transporte al Instituto Nacional de Vías y, por ende, no existe documento válido para efectuar los registros contables. 3.3 RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 2
OBJETIVO ESPECÍFICO 2
Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en lo relacionado con los mecanismos de control implementados por INVIAS para la administración de los inventarios a su cargo, modo férreo, marítimo y carretero.
3.3.1 Evaluación de los mecanismos de Control Interno del proceso contable e inventarios.
Como resultado de la auditoría se detectaron las siguientes situaciones de incumplimiento que fueron validadas como hallazgos de auditoría.
Hallazgo No. 4. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria. Controles para el desarrollo del Proceso Contable El Invías presenta debilidades en la efectividad de los controles de la información que alimenta los procesos de administración de bienes muebles e inmuebles y el proceso contable, así como lo establece el Procedimiento de Control Interno Contable y de Reporte del Informe Anual de Evaluación a la Contaduría General de la Nación de diciembre de 2015, lo anterior por cuanto a 30 de septiembre de 2017, se evidenciaron los siguientes aspectos:
1. En el Grupo de Inventarios y el de Contabilidad, no se realizan conciliaciones periódicas como lo establece el numeral 3.2.8 Conciliaciones de
14 Artículo 3. Conforman el patrimonio del Instituto Nacional de Vías los siguientes bienes, 3.8 Los bienes, contratos, derechos y obligaciones que el Ministerio de Transporte Dirección de Transporte Fluvial y Dirección General de Transporte Marítimo y de Puertos le transfiera. 15 Ley 734 de 2002, Artículo 34 Deberes 1. Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas, los contratos de trabajo y las órdenes superiores emitidas por funcionario competente.
- 24 -
Información16, del citado Procedimiento; por lo anterior, la CGR realizó una conciliación de los valores reportados en el Sistema de Administración de Inventarios y lo reportado en Contabilidad de los grupos de la cuenta 16.35 Bienes Muebles en Bodega y la 16.37 Propiedad, Planta y Equipo no Explotados, encontrando las siguientes diferencias:
Tabla 5. Conciliación Cuentas Bienes Muebles en Bodega y Propiedad, Planta y Equipo
no Explotados
Fuente: Tomado de información suministrada por los grupo de Contabilidad e Inventarios, tabla elaborada por el equipo
auditor.
2. En la revisión de los bienes muebles (vehículos) reportada en el Sistema de
Administración de Inventarios, aplicativo SAI, en algunos casos se observa que la información no está completa e igualmente presenta inconsistencias en los campos del registro, como:
• En el registro de los bienes correspondientes a vehículos, en el campo que presenta la información de chasis se reporta la de motor y, en su mayoría, no se presenta información en los campos: motor, marca, modelo, referencia, que permitan la identificación integral del bien inmueble.
• Se encontró que tres vehículos Toyota HYLUX 4x4, que fueron ingresados al aplicativo el 13 de septiembre de 2005 y dados de baja en el 2015 y 2016 mediante Memorando SG 27370 del 4 de mayo de 2016, durante el tiempo de permanencia en la Entidad, nunca les fue asignada la serie de placa que
16 Procedimiento de Control Interno Contable y de Reporte del Informe Anual de Evaluación, numeral “3.2.8. Conciliaciones de información. Deben realizarse conciliaciones permanentes para contrastar y ajustar, si a ello hubiere lugar, la información registrada en la contabilidad de la entidad contable pública con los datos que tienen las diferentes dependencias respecto de su responsabilidad en la administración de un proceso específico”.
- 25 -
otorga el Ministerio de Transporte, situación que genera incertidumbre del cómo se realizaba la prestación del servicio y su control, como se presenta en la Tabla 6.
Tabla 6. Relación de vehículos ingresados al inventario sin tener placa de identificación
PLACA INGRESO ESTADO RESPON SABLE
VALOR $
FECHA BAJA OBSERVACIONES
Sin Placa 13/09/2005 Inservible
SUBDIR ADM 52.430.714 27/08/2015
Camioneta con número 3279019, el cual no corresponde a una serie de placa de vehículo, ni registra datos
del motor
Sin Placa 13/09/2005 Inservible
SUBDIR ADM 52.430.714 14/09/2016
Camioneta con número 3300054 Sólo tiene registro de datos del
chasis, no tiene datos del motor, ni placa
Sin Placa 13/09/2005 Inservible
SUBDIR ADM 52.430.714 23/06/2016
Camioneta con número P3311333, el cual no corresponde a una serie de placa de vehículo, adicional no
registra datos del motor.
Fuente: Memorando SG 156014 del 11/09/2017, respuesta a numeral 4 y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR
• Se observa dilación en el procedimiento de dar de baja los vehículos del parque automotor del programa de Seguridad en Carreteras, por cuanto se encontró que los siguientes vehículos a pesar de que en Memorandos de la Secretaria General SG 139601 del 6 de julio de 2017, SG 130288 el 1 de junio de 2017, SG 126821 del 18 de mayo de 2017, SG 120224 del 25 de abril de 2017, SG 90658 del 26 de diciembre de 2016, se autoriza dar de baja, se demoran entre 2 y 6 meses y otros vehículos citados en dichos Memorandos, aún en el aplicativo SAI se presentan en estado de Servicio:
Tabla 7. Relación de vehículos que se encuentran en Servicio y ya fueron dados de baja
Placa Ingreso Estado Memorando Observación
GNK424 29/10/2008 En Servicio SG-139601 del 06/07/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor
NDQ85B 12/12/2007 En Servicio SG-130288 del 01/06/2017 Error en marca de moto Yamaha
BRA202 28/12/2005 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor
IBZ455 22/12/2008 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor
QGB079 17/08/2006 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor
SPP83B 23/12/2009 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor
WAT85A 12/12/2007 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor
ZBW36A 30/08/2007 En Servicio SG-126821 del 18/05/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor
NDQ98B 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de campo motor Error en marca de moto YAMAHA
- 26 -
Placa Ingreso Estado Memorando Observación
NDR05B 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor Error en marca de moto YAMAHA
NDR13B 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor Error en marca de moto YAMAHA
QGB079 17/08/2006 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor
WAX58A 12/12/2007 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor Error en marca de moto YAMAHA
ZBJ11A 02/02/2005 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor
ZBJ23A 02/02/2005 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor
ZBL77A 02/02/2005 En Servicio SG-120224 del 25/04/2017 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor
ZBK85A 02/02/2005 En Servicio SG-90658 del 26/12/2016 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor
ZBL54A 02/02/2005 En Servicio SG-90658 del 26/12/2016 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor
ZBL70A 02/02/2005 En Servicio SG-90658 del 26/12/2016 Error al digitalizar campo chasis con información de
campo motor
Fuente: Memorando SG 156014 del 11/09/2017, respuesta a numeral 4 y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR
• Se encontraron tres (3) vehículos que en la descripción del bien mueble los reportan como taxis, cabe anotar que la actividad misional de la Entidad no concuerda con el uso de esta clase de vehículos.
• En la revisión del SAI, se encontró que en la descripción del bien reportan 3 vehículos como “Taxi Chevrolet”, al respecto la Entidad manifiesta que se debió a un error involuntario de digitación y corrigió, sin embargo se verificó nuevamente el sistema y se encontró que 21 vehículos continúan con la misma descripción, si bien 17 de ellos ya fueron dados de baja, 4 aún se encuentran en servicio, por tanto, la información continúa presentando inconsistencias (Tabla 8).
Tabla 8. Relación de vehículos con descripción de taxi
PLACA INGRESO ESTADO MEMORANDO DESCRIPCIÓN
SLE001 07/06/2013 De Baja 03/12/2013 Taxi Chevrolet
XYD102 03/07/2013 De Baja 03/12/2013 Taxi Chevrolet
SHI421 30/12/2002 De Baja 27/04/2015 Taxi Chevrolet
UAM804 29/10/2008 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet
VCF110 29/10/2008 De Baja 27/06/2016 Taxi Chevrolet
VCF114 05/11/2011 De Baja 03/12/2015 Taxi Chevrolet
DBD087 06/12/2006 De Baja 04/04/2016 Taxi Chevrolet
MOA571 06/12/2006 De Baja 27/08/2015 Taxi Chevrolet
QGB097 06/12/2006 De Baja 26/06/2015 Taxi Chevrolet
QGB098 06/12/2006 De Baja 01/08/2014 Taxi Chevrolet
QVT017 06/12/2006 De Baja 27/06/2017 Taxi Chevrolet
QVT018 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet
- 27 -
PLACA INGRESO ESTADO MEMORANDO DESCRIPCIÓN
UWQ820 06/12/2006 De Baja 27/05/2014 Taxi Chevrolet
UYR023 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet
WTM418 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet
YHO000 06/12/2006 De Baja 28/05/2014 Taxi Chevrolet
SHI406 30/12/2002 De Baja 03/12/2015 Taxi Chevrolet
UQP755 11/09/2007 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet
WHI017 30/12/2002 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet
MOA570 06/12/2006 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet
MOA573 06/12/2006 En Servicio POLCA Taxi Chevrolet
Fuente: Memorando SG 156014 del 11/09/2017, respuesta a numeral 4 y aplicativo SAI, tabla elaborada por Equipo Auditor CGR.
• Se encontró diferencias en el valor registrado en Contabilidad versus SAI de 9 transbordadores y 3 pala draga.
Tabla 9. Relación de transbordadores y pala draga que presentan diferencias en los registros SAI vs El Contable
EQUIPO VALOR SAI
($) VALOR LIBROS ($) DIFERENCIA ($)
1 Ferry en comodato Piamonte
390.000.000 280.000.000 (110.000.000)
2 Ferry en comodato
382.525.602 - (382.525.602)
3 Ferry en comodato
382.525.602 - (382.525.602)
4 Ferry en comodato
382.525.602 280.000.000 (102.525.602)
5 Ferry en comodato
390.000.000 280.000.000 (110.000.000)
6 Ferry Puerto Oriente Magdalena
129.360.000 171.000.000 41.640.000
7 Ferry Transborador Metálico Caño Juriepe
8.523.181 250.000.000 241.476.819
8 Ferry Transborador Metálico Caño Muco
8.523.181 46.750.000 38.226.819
9 Ferry Transborador Metálico Rio Bita
6.963.661 37.400.000 30.436.339
1 Draga DHC-10 Carabobo
128.464.384 207.772.236 79.307.852
2 Draga DHC-11 Rio Cesar
850.000.000 1.374.750.514 524.750.514
3 Pala draga
260.800 421.805 161.005
Fuente: Soportes suministrados en el grupo de Contabilidad y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR
3. Se observa que los bienes muebles que han sido reintegrados al INVIAS por
efecto de las reversiones o terminación anticipada de contratos de concesión de entidades como INCO o la ANI, demoran años y meses en ingresar al Sistema de Administración de Inventarios y posteriormente a la Contabilidad, así mismo, se evidencia falta de actualización de la valoración en el momento de su registro a los cuales se les debe aplicar las depreciaciones respectivas, presentando deficiencias en la gestión institucional y comunicación y/o
- 28 -
articulación entre las Entidades del sector transporte y las áreas que participan en el proceso de reversión de las concesiones, para la depuración de la información básica y suficiente que garantice el reconocimiento y revelación que corresponde al Área de Contabilidad; tal es el caso de los bienes de la concesión la Calera y Devinar, aspecto que lleva a que se subestimen las Cuentas Propiedad, Planta y Equipo y genera el riesgo de pérdida, deterioro y daño de los elementos.
Lo anterior, por cuanto en Memorando SA 2976 del 25 de mayo de 2011, de la Subdirección Administrativa al área de Peaje, señala que la concesión La Calera, carretera Santafé de Bogotá-Gachetá, Sector Los Patios-La Calera-Guasca y el Sector Briceño-Sopó-El Salitre en el departamento de Cundinamarca se revertió del INCO al INVIAS mediante Acta del 15 de julio de 2008, sin embargo, el ingreso se realizó entre diciembre de 2011 y septiembre de 2012, adicionalmente, Contabilidad reportó en dicho Memorando que los inventarios de las Estaciones de Peaje, no coinciden con los registrados en el Acta de Entrega y que se desconoce cómo se realizó la valorización de los mismos. Como evidencia de la valorización, se presenta un ejemplo de los bienes de la estación de peaje La Cabaña ingresados a Almacén del INVIAS mediante Comprobante de Ingreso No. 411-01 y 411-02 del 03 de septiembre de 2012, correspondiente a 27 códigos de artículos, cuyos valores registrados presentan una presunta subvalorización, entre los que se encuentran:
Tabla 10. Relación de elementos de la estación de peaje La Cabaña No. Cód
Articulo Descripción Serie Unidad
Medida Cantidad Valor Unitario
$
10 5640 Lector de Tarjetas sin contacto 86445 PZA 1 2.000
11 5651 Teclado Consola Operario S/XBX8459111 86436 PZA 1 1.300
12 5495 Barrera Manual de Entrada 92502 PZA 1 15.000
13 2277 Cámara de video 180108486 86430 PZA 1 50.000
4891 Sensores Detectores de Llantas N/T PZA 6 4.000
Fuente: Información suministrada en comunicación OCI 105393 del 15/09/2017, respuesta a Oficio CGR-2017-INV-006, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR
Es así como al comparar el valor de la barrera manual del peaje La Cabaña por $15.000 (comprobante 411-01 de 2012), con la del Peaje Patios valorizada en $225.000 ((comprobante 934-01 de 2011), y otra reportada en el SAI con número de placa 92813 de la concesión Odinsa Proyectos de Inversión ingresada el 31 de mayo de 2013 por $1.035.000, mostrando así tales diferencias. Así mismo, con relación a los vehículos reintegrados de la concesión Devinar a la ANI e Invías, mediante actas de Entrega de Bienes en Custodia No.001 y del Centro de Control de Operaciones del 6 de mayo de 2015, se encontró que en dichos documentos los equipos no están valorizados, además, desde la fecha de ingreso
- 29 -
en el inventario a la fecha de entrada en servicio, transcurren 8 meses y para el caso del vehículo carrotaller 22 meses, sin que exista justificación de la no disposición y uso oportuno de dichos vehículos, como se presenta a continuación:
Tabla 11. Inventario de Vehículos entregados de la concesión Devinar a Invías
PLACA FECHA
INGRESO ESTADO
RESPONSABLE
VALOR FECHA EN SERVICIO
OBSERVACIONES
AUW444 22/10/2015 En Servicio POLCA 43.800.000 22/08/2017 Carrotaller
AUW448 22/10/2015 En Servicio POLCA 43.800.000 22/08/2017 Carrotaller
SMS757 22/10/2015 En Servicio POLCA 90.850.000 10/06/2016 Grúa camabaja
SOY174 22/10/2015 En Servicio POLCA 451.110.000 10/06/2016 Grúa macho
AUW431 22/10/2015 En Servicio POLCA 43.800.000 10/06/2016
Es errónea la descripción del vehículo, Inspector vial.
AUX314 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta
AUX315 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta
AUX316 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta
AUX317 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta
AUX313 22/10/2015 En Servicio POLCA 60.990.000 10/06/2016 Camioneta
DMF70C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
XAH33C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
XAH31C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
XAH32C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
XAH28C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
XAH34C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
XAH30C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
XAH29C 22/10/2015 En Servicio POLCA 17.000.000 10/06/2016 Motocicleta
AVA534 22/10/2015 En Servicio Subdirección Administrativa
33.500.000 18/11/2016 Camioneta
AVE491 22/10/2015
Inservible Donación Municipio Tolú
80.632.375 18/07/2016 Ambulancia
AVE489 22/10/2015
Inservible Donación Municipio Tolú
80.632.375 18/07/2016 Ambulancia
SOY167 22/10/2015
En Bodega Subdirección Administrativa
90.850.000 22/10/2015 Grúa camabaja
Fuente: Acta del Centro de Control e Operaciones, CCO, vehículos y elementos de Policía de Carreteras del proyecto Rumichaca-Pasto-Chachagüi-Aeropuerto y aplicativo SAI, tabla elaborado por Equipo Auditor CGR
La concesión Malla Vial del Meta tiene Acta de Reversión del 09 de junio de 2015 y los bienes muebles ingresaron a Almacén mediante comprobante de ingreso No. 86 del 12 de noviembre de 2015. La Concesión Zipaquirá Palenque tiene Acta de Reversión del 30 de junio de 2017 y los bienes muebles ingresaron a Almacén mediante comprobante de ingreso No. 36 del 04 de agosto de 2017 al 43 del 17 de agosto de 2017.
- 30 -
Lo anterior, genera riesgos de índole contable que pueden afectar la oportunidad, la calidad en la ejecución del proceso contable, la razonabilidad de la información contenida en los estados financieros y por ende el Principio de Revelación17, establecido en el Plan General de Contabilidad Pública, adoptado mediante la Resolución 355 de 2007 contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), así mismo la Resolución N.193 del 5 de mayo de 201618, por medio de la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del Control Interno Contable, emanado por la Contaduría General de la Nación. Hallazgo No. 5. Administrativo. Disposición de los Elementos en el Almacén de la Entidad En visita practicada el 4 de octubre de 2010 al Almacén de la Entidad ubicado en la sede Fontibón, se pudo evidenciar:
1. Se presentan debilidades en la organización de la bodega, por cuanto los bienes muebles no tienen una disposición y clasificación por grupo o por algún tipo de elemento que lo identifique, es así como los elementos inservibles y los de buen estado se encuentran mezclados, inclusive, cuando se tiene equipos nuevos como son motocicletas, radares, alcoholímetros, equipos de rescate, etc. lo que afecta la ubicación rápida de los mismos, máxime cuando algunos elementos carecen de placa de identificación.
2. La bodega no cuenta con una interfase en línea con el Sistema de
Administración de Inventarios, lo que afecta la actualización oportuna de los ingresos y egresos de elementos, por cuanto el control se realiza de forma manual en una hoja de cálculo, formato que no es seguro y confiable.
17 Plan General de Contabilidad Pública, Título II Sistema Nacional de Contabilidad. 8 Principios Contables.122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; la información adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación cuantitativa y cualitativa de la realidad y prospectiva de la entidad contable pública y que no esté contenida en el cuerpo de los estados, informes y reportes contables, debe ser revelada por medio de notas. El Plan General de Contabilidad Pública Contaduría General de la Nación 24 información debe servir, entre otros aspectos, para que los usuarios construyan indicadores de seguimiento y evaluación de acuerdo con sus necesidades, e informarse sobre el grado de avance de planes, programas y proyectos de la entidad contable pública. 18 Resolución 193 de 2016. ART. 1º—Incorpórese, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable, con el fin de medir la efectividad de las acciones mínimas de control que deben realizar los responsables de la información financiera de las entidades públicas y garantizar, razonablemente, la producción de información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel, definidas en el marco conceptual del marco normativo que le sea aplicable a la entidad, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública. El Procedimiento para la evaluación del control interno contable quedará como se indica en el anexo de la presente resolución.
- 31 -
3. Los vehículos (carros y motocicletas) se encuentran dispuestos al aire libre, no sólo los que se encuentran inservibles sino también los que están esperando ser reparados, es así como un lote de motocicletas nuevas del Programa de Carreteras llevan aproximadamente 10 meses, y aún no han sido entregadas a la Armada Nacional, se encuentran en un patio, que si bien tiene vigilancia, se genera el riesgo de pérdida de sus partes o deterioro de dichos equipos por las condiciones climáticas de frío–calor.
4. Adicionalmente, se observó que las bodegas presentan filtración de agua
(goteras en la cubierta) y presencia de charcos dentro de ellas, lo que afecta el estado de los elementos que se tienen almacenados y puede agilizar su deterioro.
Lo anterior impide la realización de una toma física y evidencias, desactualización de los inventarios y falta de control en el procedimiento por su relevancia dentro de los procesos de apoyo en las actividades misionales de la Entidad y en el reporte de información idónea que se registra en la cuenta de inventario.
Registro Fotográfico de la visita a la bodega de Almacén
- 32 -
Hallazgo No. 6. Administrativo. Controles implementados para la administración de Equipos de Transporte trasladados al Instituto Nacional de Vías La Subdirección Administrativa del Instituto Nacional de Vías, responsable de la administración de los equipos de Transporte Fluvial, trasladados de las Entidades públicas en liquidación, no lleva un control adecuado de los equipos a su cargo, lo anterior teniendo en cuenta que estos equipos, debido a su valor deberían llevar un control similar al que el Instituto lleva a los Inmuebles19, evaluadas las carpetas se determinó:
• Cinco (5) de los catorce (14) Ferrys, tres (3) Pala Dragas y uno (1) de dos (2) Dragas, no cuentan con carpeta que contenga información básica.
• Las carpetas de los siete (7) Ferrys y una (1) draga, no cuentan con información completa pertinente como: Descripción del bien pago de impuestos, contrato de comodato vigente, Resolución de traslado del equipo de transporte del Ministerio de Transporte comprobante registros contables, registro fotográfico.
• Revisados los Contratos de Comodato, soportados en la información contenida en la carpeta, se demuestra que cinco (5) Ferrys, dos (2) dragas y dos (2) pala dragas, presentan vencimiento de los contratos de comodato y no han sido renovados.
Lo anterior denota deficiencias en los controles implementados para la administración, mantenimiento y conservación de los equipos, que lleva a que no cuente con la información consolidada y organizada.
3.4. RESULTADOS EN RELACIÓN CON EL OBJETIVO ESPECÍFICO No. 3
OBJETIVO ESPECÍFICO 3
Evaluar si el INVIAS en las actividades derivadas de la gestión fiscal, operaciones financieras e información, cumplen con las regulaciones o normatividad en lo relacionado con el Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales, específicamente en lo relacionado con el suministro de combustible y repuestos destinados a la DITRA de la Policía Nacional.
19 Carpeta que contiene Descripción del bien, copia de la Escritura, matricula inmobiliaria, información catastral, avalúos y pago de impuestos, entre otros
- 33 -
3.4.1 Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales Como resultado de la auditoría se detectaron las siguientes situaciones de incumplimiento que fueron validadas como hallazgos de auditoría. Hallazgo No. 7. Administrativo con presunta connotación disciplinaria. Obligaciones del convenio No. 1056 del 2006- INVIAS-Dirección de Tránsito y Transporte- Policía Nacional- Instrumentos de Planeación El Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, PSCN que depende del Instituto Nacional de Vías, INVIAS incumple con la cláusula cuarta del Convenio Interadministrativo No. 1056 del 200620, así como los principios de la administración pública descritos en el Artículo 209 de la Constitución Nacional, por cuanto no posee instrumentos de planeación que permitan hacer seguimiento y evaluación de su Gestión. En consecuencia, se dificulta medir el impacto social, evaluar la eficacia y eficiencia con que se dispusieron los recursos públicos y hacer la evaluación de la inversión para la realización de la labor misional del PSCN ($52.916 millones para 2016), porque no se da cumplimiento al principio de planeación ya que no cuenta con instrumentos como un plan estratégico y/o de acción que permita identificar y establecer objetivos y metas. Así mismo, no hay manera de definir las estrategias y acciones necesarias para alcanzar los objetivos y así medirlos. El incumplimiento de no poseer los elementos de planeación deja sin insumos para la coordinación y establecimiento de políticas por parte del ente superior21 del Programa PSCN. Hallazgo No. 8. Administrativo con presunta connotación disciplinaria. Obligaciones del convenio No. 1056 del 2006 de la Dirección de Tránsito y Transporte, DITRA con respecto al INVIAS- Informes El Invías a través del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales, no exige el cumplimiento del convenio 1056 de 2006 que en su cláusula quinta “Obligaciones de la Dirección de la Policía Nacional”, establece:
20 Promover respecto de la Policía Nacional la adopción de estrategias y medidas apoyen el objetivo de garantizar la seguridad y libre circulación de los usuarios de las carreteras. Diseñar para periodos anuales un plan estratégico para la seguridad en carreteras y para la atención de impactos negativos de situaciones de orden público. 21 La Comisión Intersectorial creada mediante decreto 029 de 2002 integrada por El Ministro de Transporte, quien la presidirá; El Ministro del interior; el Ministro de Defensa Nacional; el Ministro de Salud; el Director del instituto Nacional de Vías, Invías.
- 34 -
1- Rendir informe al Mintransporte y al Director General del INVIAS dentro de los cinco primeros días de cada mes sobre las actividades desarrolladas en la ejecución del presente convenio.
Lo anterior, debido a que no se exige el cabal cumplimiento de la rendición de informes mensuales, que permitan evidenciar el seguimiento físico por parte del supervisor del Instituto Nacional de Vías-INVIAS, el grado de avance, la situación financiera del convenio en el transcurso del tiempo, entre otros; constituyéndose en situaciones que afectan el cumplimiento de la misión para el cual fue creado el Programa PSCN22. Hallazgo No. 9. Administrativo. Entrega de vehículos por parte del INVIAS a la Dirección de Tránsito y Transporte-DITRA de la Policía Nacional- y examen técnico mecánico de la flota En el Acta del Centro de Control de Operaciones - CCO, vehículos y elementos de Policía de Carreteras del proyecto Rumichaca-Pasto-Chachagüi-Aeropuerto, suscrita el 6 de mayo del 2015, a través de la cual se hizo la entrega de 22 vehículos por parte de la concesión DEVINAR a la ANI e Invías y este último, a su vez hizo entrega de 19 de ellos a la Policía Nacional mediante oficio No. SG 8754 del 01 de marzo del 2016, se evidenció que no poseen una revisión tecno-mecánica previa suficiente que determine el estado en que se reciben, esta falta de control se demuestra porque las actas no registran los kilómetros recorridos de los vehículos hasta el momento de la devolución, así como el kilometraje en el momento de su entrega a la DITRA en comodato, es decir, no se tiene un examen pormenorizado de las condiciones en que se reciben de la concesión todos estos vehículos. La falta de control de los bienes recibidos, genera un riesgo para los recursos públicos, ya que los arreglos técnico- mecánicos en que se incurran, estarán a cargo del presupuesto del PSCN, como en efecto ocurrió cuando se determinó que a los mencionados vehículos recibidos de la concesión DEVINAR se le invirtieron más de $50 millones para poder ser entregados en comodato a la DITRA-Policía Nacional.
22 Ley 1474 del 2011,artículo 84, parágrafo no.1: “No exigir, el supervisor o el interventor, la calidad de los bienes y servicios adquiridos por la entidad estatal, o en su defecto, los exigidos por las normas técnicas obligatorias, o certificar como recibida a satisfacción, obra que no ha sido ejecutada a cabalidad. También será falta gravísima omitir el deber de informar a la entidad contratante los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando se presente el incumplimiento”.
- 35 -
Hallazgo No. 10. Administrativo. Contratación del servicio de mantenimiento para los vehículos de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional En desarrollo del Convenio 1056 de 200623, se evidenció demora de aproximadamente tres (3) meses, en los tiempos del proceso de selección del servicio de mantenimiento, afectando la disponibilidad de automotores para dar cumplimiento misional a la Policía de Carreteras, por parte de Invías, debido a que hubo imprevistos que causaron paralización de más del 50% del equipo automotor de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional; lo anterior impactando el servicio de la seguridad en las carreteras nacionales, aunado al deterioro de los vehículos al no acceder a un mantenimiento idóneo y oportuno y, en consecuencia, se afectó el cumplimiento del Convenio Interadministrativo No. 1056 del 2006. Lo anterior, debido a la ausencia de un plan de contingencia que diera solución temporal a la necesidad, permitiendo dar continuidad en el mantenimiento de los vehículos pertenecientes al Programa y gestión inoportuna en la contratación del mantenimiento del parque automotor perteneciente al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales. Invías sustenta su respuesta en la declaración de desierto del proceso de mantenimiento y que llevó a prorrogar los contratos vigentes en su momento, no obstante en las visitas practicadas se corroboró que algunas motos de marca Yamaha, grúa y camionetas, no han tenido mantenimiento en el último semestre y están en total abandono. Hallazgo No. 11. Administrativo con presunta connotación disciplinaria. Entrega y Recibo de trabajos de mantenimiento en el convenio Invías y DITRA En desarrollo del Convenio 1056 de 2006, se observó que la supervisión no hace la revisión pormenorizada del cumplimiento del objeto contractual, incumpliendo con su función y con el Artículo 84 de la Ley 1474 de 2011. Las debilidades en la supervisión, al no implementar mecanismos de control del mantenimiento y reparación de los automotores, se observan en algunos de los recibos a satisfacción del servicio de mantenimiento, donde no se evidencia la intervención de algún funcionario del Invías o de la supervisión del programa, que reciba los trabajos, por el contrario, son recibidos por el conductor del vehículo,
23 Objeto: Aunar esfuerzos para la implementación, operación, ejecución y control del programa de seguridad en carreteras del gobierno nacional, que busca coadyuvar en la defensa y garantía de derecho a la libre movilización y segura circulación de las personas por las carreteras que integran la red vial nacional.
- 36 -
quién no tiene formación para evaluar los trabajos mecánicos, lo que genera el riesgo de cumplimiento del objeto del contrato, dejando en manos del contratista la calidad de los repuestos y su mantenimiento. Hallazgo No. 12. Administrativo con presunta connotación Disciplinaria. Control en las bajas de los repuestos sustituidos en los talleres donde se realiza el mantenimiento preventivo y correctivo del parque automotor asignado en comodato del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales En la evaluación de los contratos números 1585, 1586 del 2015 y 0651 del 2016, que tienen por objeto el mantenimiento preventivo y correctivo, tanto de motocicletas como de vehículos multimarcas pertenecientes al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales24, y de conformidad con visita practicada a la bodega del INVIAS, en la ciudad de Bogotá, se pudo determinar: Que los repuestos retirados de los vehículos en mantenimiento no tienen un registro de ingreso a la bodega del Invías, lo que impide realizar una trazabilidad sobre la cantidad y estado; no se realiza una evaluación sobre la calidad de los repuestos, que permita determinar si son originales y la necesidad de su cambio; lo anterior se debe a que el procedimiento de bajas establecido de conformidad con el manual adoptado por la Entidad25, no contempla estas actividades. Además, se observó que no realizan peritazgos técnicos en los diferentes vehículos26 para que se determine la necesidad y aprobación de las modificaciones o cambios de repuestos solicitados y también se deja la responsabilidad de recibir los trabajos realizados al personal de la Policía. Adicionalmente, se observa que no hay gestión para la disposición en la bodega de almacén de los repuestos reemplazados que permita realizar el proceso de remate como lo indican las normas internas27. De esta manera se está incumpliendo el Art. 2 de la Ley 87 de 199328, la Ley 872 de 2003 “por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios” y específicamente
24 Por valor de $4.943,9 millones aproximadamente. 25 Proceso Administrativo de Bienes y Servicios-Manual de Procedimientos de Almacén e Inventarios-INVIAS. 26 MPAI-INVIAS-“Mediante inspección física de los bienes en referencia efectuada conjuntamente por el Profesional
Coordinador Grupo Almacén e Inventarios y cualquier otro funcionario del área determinará la inservibilidad, se requiere concepto previo de un técnico del área competente e informará mediante un memorando la calidad del mismo”. 27 Manual de Procedimientos de Inventarios. “Las gestiones de subasta pública o remate de los bienes inservibles del INVIAS,
nivel central y territoriales, se adelantarán a través de la Subdirección Administrativa, almacén general y la entrega de estos bienes subastados se realizará en el sitio y en las condiciones en que se encuentren.” 28 Objetivos del sistema de Control Interno.
- 37 -
en Invías la Resolución 2768 de 2005 “por la cual se adopta y se expide el Manual de Procesos y Procedimientos del Sistema de Gestión de Calidad”. Al respecto Invías manifiesta que no hay disponibilidad de personal para la supervisión de los mantenimientos en todo el país y que el Programa realiza verificación y aprobación de las cotizaciones presentadas por los talleres. En las visitas practicadas se corroboró que no se practica el proceso de recibo y bajas de los repuestos que quedan de las reparaciones mayores que se realizan a la flota de vehículos. Hallazgo No. 13. Administrativo con presunta connotación Fiscal y Disciplinaria. Inversión en vehículos dados de baja La ejecución de los recursos públicos debe respetar los principios de la función administrativa.29 En visita practicada a la bodega del Invías, se evidenció que vehículos tipo camioneta doble cabina de marca GONOW, con placas ISJ 908, ISJ 910, ISJ 911, ISJ 912, ISJ 914, ISJ 916 y ISJ 917 matriculados en Málaga, Santander y pertenecientes al Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales se encuentran fuera de circulación y en abandono, adicional, en la revisión en el aplicativo SAI se encontró que fueron dados de baja el 05 de junio de 2017.
29 Artículo 209.C.N. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Ley 489 de 1998, Artículo 3º.- Principios de la función administrativa. La función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Los principios anteriores se aplicarán, igualmente, en la prestación de servicios públicos, en cuanto fueren compatibles con su naturaleza y régimen. Parágrafo.- Los principios de la función administrativa deberán ser tenidos en cuenta por los órganos de control y el Departamento Nacional de Planeación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 343 de la Constitución Política, al evaluar el desempeño de las entidades y organismos administrativos y al juzgar la legalidad de la conducta de los servidores públicos en el cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales o reglamentarios, garantizando en todo momento que prime el interés colectivo sobre el particular. Artículo 4º.- Finalidades de la función administrativa. La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política. Los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben ejercerlas consultando el interés general.
- 38 -
Fotos visita practicada por la CGR a la Bodega en Fontibón-Bogotá, en donde se encontraban las camionetas doble cabina marca Gonow
A pesar de ello, Invías dispuso recursos durante los últimos meses en repuestos y mantenimiento, sin que se evidencie un estudio de costo/beneficio, dado que a los seis (6) meses se determinó su baja y se almacenaron en la bodega de Fontibón,
- 39 -
acción que no permitió obtener el beneficio esperado de la inversión como era incrementar la vida útil de los vehículos. Lo anterior muestra una gestión antieconómica que impacta el presupuesto del Programa y a su vez el cumplimiento misional de los objetivos de seguridad en carreteras nacionales; desconociendo las obligaciones establecidas en la cláusula cuarta, numeral 3 del Convenio 1056 de 2006 y el artículo 209 principios de la Administración Pública de la Constitución Nacional y la Ley 87 de 199330, por lo tanto se configura un presunto detrimento patrimonial por $37,62 millones. Tabla 12. Relación de Mantenimiento realizados a vehículos del programa de Seguridad de
Carreteras PLACAS
VEHICULO MARCA FACTURAS VALOR
REPARACION ($)
ISJ 908 GONOW FT 113749( 8 junio 2017), 111240 (3 febrero 2017) $4.111.015
ISJ 910 GONOW Factura 109806 (dic-2016). $ 2.763.036
ISJ 911 GONOW Facturas 108734 (3 septiembre 2016), 112049 (marzo 2017) $7.755.832
ISJ 912 GONOW Facturas 109807 (15 dic-2016) $ 2.438.436
ISJ 914 GONOW Facturas 109987 (15 dic. 2016), 111252 (4 febrero de 2017) $7.487.282
ISJ 916 GONOW Reparaciones de conformidad a las facturas 109810(15-dic 2016), 110373
$4.802.744
ISJ 917 GONOW Facturas 109019 (5 oct-2016), 111232 (2 febrero 2017),102037 (27 marzo de 2017)
$8.257.499
TOTALES $37.615.844 *Fuente: Contrato 651 del 2016
Invías manifiesta en su respuesta que: “…los mantenimientos, las intervenciones realizadas a los vehículos corresponden a mantenimientos (sic) mecánicos básicos derivados del uso del vehículo…”, sin embargo, la CGR en la auditoría estableció que la mayoría de los recursos dispuestos fueron inversiones en mantenimientos correctivos y reparaciones, tales como suspensión, trasmisión, accesorios como ruedas libres, sistema electrónico y eléctrico, etc. Hallazgo No.14. Administrativa con presunta connotación Disciplinaria. Camionetas del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales - PSCN El Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales - PSCN se financia con un porcentaje de cada peaje que se recauda en las vías nacionales, tasa que se establece anualmente mediante una resolución que expide el Ministerio de Transporte en la que se fijan los precios de los peajes.
30 Artículo 2º.- Objetivos del sistema de Control Interno.
- 40 -
En los considerandos de la Resolución No. 003966 de 27 de diciembre de 2000, por la cual se establece un incremento en las tarifas de peaje en las carreteras concesionadas por el Instituto Nacional de Vías se manifiesta:
“Que se considera viable el incremento en las tarifa de peajes de las vías concesionadas, con el objeto de utilizar los recursos provenientes del mismo en la preservación de la infraestructura vial y la seguridad de los usuarios”
Igualmente en su artículo 2, se establece que:
“Los recursos provenientes del incremento tarifario a que hace referencia el artículo precedente, serán utilizados por el Instituto Nacional de Vías para adelantar programas que fortalezcan la seguridad en las carreteras concesionadas por esta Entidad.”
En cada uno de los actos administrativos que actualizan las tarifas de los peajes, se consigna algo similar a lo descrito en la Resolución 228 de 2013, que establece en su:
“Artículo 19.- De los recursos que se recauden en las Estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías -INVIAS-, serán destinados doscientos cuarenta y seis pesos ($246) por cada vehículo que pase por las Estaciones de peaje, para adelantar programas de seguridad en las carreteras a cargo de la Nación (…), recursos que serán ejecutados a través del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales.”
Así mismo, la Resolución 1958 de 2014 reitera el destino de los recursos ya previsto en la Resolución No.003966 de 2000. De otra parte, en el Plan Nacional de Desarrollo, Prosperidad para Todos, en el marco de la Política de Defensa y Seguridad Nacional, el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales se constituye como una de las estrategias a implementar. No obstante lo anterior, Invías con recursos del Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales PSCN compró quince (15) vehículos Nissan (camionetas doble cabina uniformadas), mediante la Orden de Compra 5942 de 2015, de los cuales sin previa autorización, destinó cinco (5) para la administración de Invías (Tabla 13), contradiciendo con ello los estudios y documentos previos31 que justificaban la necesidad de su adquisición, en donde se especificaban que la 31 Estudios y documentos previos para llevar a cabo la adquisición de camionetas doble cabina tipo pick up 4 Diesel para entregar en comodato a las diferentes fuerzas que integran el Programa de Seguridad en Carreteras Nacionales del Invías, suscrito por la Directora del PSCN y contó con CDP No. 258115 del 17/12/2015.
- 41 -
totalidad de los vehículos adquiridos debían ser entregados en comodato a las diferentes Fuerzas que integran el programa, buscando con esto la reposición del parque automotor, directrices trazadas por el Comité Intersectorial del 13 de diciembre de 2013.
Tabla 13. Vehículos del programa de Seguridad de Carreteras No. Placa Ingreso Fecha de servicio Valor ($) Observaciones
1 FDY-025 30/12/2015 06/05/2016 $91.646.440 Secretaría General
2 FDY-027 30/12/2015 19/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Caldas
3 FDY-029 30/12/2015 20/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Atlántico
4 FDY-030 30/12/2015 18/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Bolívar
5 FDY-035 30/12/2015 18/05/2016 $91.646.440 Dirección Territorial Quindío
Fuente: Información tomada del Sistema de Administración de Inventarios SAI, elaboración equipo auditor
La Entidad en su respuesta dice: “que todo el parque automotor del programa está a cargo de Invías y del PSCN”, justificando que las camionetas se entregaron a los Directores Territoriales dado que dentro de sus funciones32 están algunas relacionadas con la Seguridad en Carreteras Nacionales, como es “Coordinar con la Policía de Carreteras y demás autoridades competentes el cumplimiento de las normas sobre uso de las vías, derechos de las zonas de carreteras y protección de la seguridad de los usuarios de las mismas”, no obstante, en las visitas realizadas a las regionales de la DITRA no se evidenciaron soportes de las actividades de coordinación previstas entre el Invías y el PSCN. Por lo anterior, se configura una presunta connotación disciplinaria. Hallazgo No. 15. Administrativo con presunta incidencia Disciplinaria, para Indagación Preliminar-Estudio de Mercado En materia de contratación estatal el Principio de Economía está consagrado en el Artículo 25 del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), el cual delimita su contenido. El artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 prevé que las Entidades Estatales deben analizar el sector, o sea, el mercado alrededor del objeto del Proceso de Contratación, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo. El resultado del análisis es el valor estimado del contrato, éste y su justificación debe plasmarse como en los estudios y documentos previos dentro de la etapa de planeación del Proceso de Contratación33.
32 Resolución 01588 del 17 de marzo de 2015, por medio del cual se expide el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta personal del Invias.
33Decreto 1082 de 2015 Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y documentos previos
- 42 -
El estudio de mercado del Programa de Seguridad de Carreteras Nacionales, que realiza la Dirección de Contratación, no cumple con los principios de economía, eficiencia y eficacia34, por cuanto la construcción del total del presupuesto oficial lo elabora teniendo en cuenta los promedios mensuales históricos de mantenimiento de contratos ejecutados por la Entidad, los cuales aparentemente son muy superiores al mercado, dejando de lado un estudio real al momento del proceso de selección del contratista. Demostración de ello, es la elaboración del análisis de precios unitarios que soporta el valor del presupuesto oficial del proceso para cada uno de los módulos del mantenimiento especializado preventivo y correctivo de los vehículos del parque automotor del PSCN. Lo anterior, por cuanto se observó que el valor del contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos del PSCN de 2016, está hecho sobre el cálculo de valor histórico sumado a los formularios 1A y 1B que son resultantes de las cotizaciones solicitadas pero que se mantienen por encima de los precios del mercado. En el estudio previo del proceso de contratación del mantenimiento de los vehículos del PSCN se anuncia que se construye con el valor histórico “… junto con los estudios de mercado solicitados…”. Ejemplo de ello:
Tabla 14. Promedios Históricos
Concepto Valor ($)
Promedio Histórico Mensual Contrato Chevrolet PSCN $106.161.828
Presupuesto estimado (09 meses) $955.456.452
IPC 2015 (6.77%) $64.684.402
TOTAL MODULO $1.020.140.854 Fuente: Estudios Previos contrato 651/2016
“Una vez mencionado lo anterior, se establece que el valor total para el módulo 3 asciende a la suma de mil veinte millones ciento cuarenta mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos m/cte ($1.020.140.854) IVA incluido. Este valor incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para la celebración, ejecución y liquidación del contrato”. La demostración de la desarticulación del estudio previo con la realidad de los precios reales del mercado del sector de mantenimiento de vehículos, se observó en el contrato 651 del 2016 con el taller Almacén y Talleres del Norte, donde se verificaron facturas de venta de mantenimientos del 15 de diciembre del 2016; entre ellas la FT 109907 por $2,9 millones relacionados con cambio de aceite del camión International; reparaciones varias del 2 de diciembre del 2016 factura FT 109936
34 Ibídem 29
- 43 -
por $20,6 millones camión International BWI 020 y la factura FT 109937 del 15 de diciembre por $7,6 millones del mismo camión; el cambio de pastillas del vehículos Ford Sandcat de placas EAK 020 incluye alineación, balanceo factura FT 110121 del 15 de diciembre 2016 por $3,4 millones; factura de venta FT 110123 del 15 de diciembre del 2016-camion Ford Sandcat, incluye juego de pastillas, reparaciones de frenos entre otros por $ 4,6 millones. Otro aspecto del cual se tuvo conocimiento es la cotización de un oferente en el proceso de selección de mantenimiento preventivo y correctivo del programa del módulo 5 Multimarcas vigencia 201735, donde la oferta a quien se le adjudicó el contrato tiene valores por un 46% del presupuesto oficial, a pesar de las variaciones del proceso de selección y de las posibles diferencias en marcas, una diferencia de tal tamaño. De esta manera estamos ante el riesgo de que los presupuestos presentados no reflejen la realidad de los precios de mercado, dejando de lado el estudio de la oferta, contradiciendo el principio de economía que se preocupa, precisamente de la manera en que se administran unos recursos escasos, con objeto de producir diversos bienes y distribuirlos para su consumo entre los miembros de la sociedad. Lo anterior, son indicios suficientes para considerar una solicitud para el inicio de una Indagación Preliminar.
35 Proceso SECOP SA-MC-SG-PSCN-014-2017
- 44 -
4. ANEXOS
Anexo 1. Relación de Bienes de la Base de Datos de Inmuebles Fiscales de Invías
que aún no se encuentran registrados en la Contabilidad
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
1 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Nicanor Restrepo
Estación Nicanor Restrepo - Amagá
033-0007944 12003800000000 030-2-001-000-0012-00380-0000-00000
2 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Minas o Miney
Estación Férrea Minas - Amagá
001-593415 20100001200386000
030-2-001-000-001-2-00386-0000-00000
3 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Amaga o Piedecuesta
Estación Férrea - Amagá
033-0007945 200012002230000 030-2-001-000-0012-00376-0000-00000
4 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Camilo C Restrepo
Estación Camilo C. Restrepo - Amagá
033-0007946 280010007700000 030-2-002-000-0001-00077-0000-00000
5 ANTIOQUIA AMAGA Férreo - Paradero el Cuatro
Paraje en la Vereda de Sinifana - Paradero el Cuatro - Amagá
033-0006898 NO REGISTRO IGAC
030-2-001-000-0001-00041-0000-00000
6 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) Venecia
Estación Férrea Venecia - Amaga
033-0006914 NO REGISTRO IGAC
030-2-001-000-0003-00105-0000-00000
7 ANTIOQUIA AMAGA Férreo (Estación) San Julián
Estación Férrea San Julián - Amagá
033-0006920 NO REGISTRO IGAC
030-2-001-000-0005-00108-0000-00000
8 ANTIOQUIA ANGELO POLIS
Férreo (Estación) Angelópolis
Estación Férrea - Angelopolis
001-593414 036-1-002-001-0500-00001-0000-00000
036-1-002-001-0500-00001-0000-00000
9 ANTIOQUIA CALDAS Férreo (Estación) La Quiebra o Santa Bárbara
Estación Férrea la Quiebra - Caldas
001-593413 12901000009000100000000
129-2-001-500-0003-00005-0000-00000
10 ANTIOQUIA CALDAS Férreo (Estación) Salina
Estación Férrea Salina - Caldas
001-0153240 1290100001400104-000
129-2-001-000-0500-00001-0000-00000
11 ANTIOQUIA CALDAS Férreo (Estación) Caldas
Estación Férrea - Caldas
001-153148 129100110600003 129-1-001-001-0106-00003-0000-00000
12 ANTIOQUIA FREDONIA Férreo (Estación) Palomos
Estación Palomos - Fredonia
010-0008767
2820900100900004-000000 y 2820900100600017-000000
282-1-008-001-0001-0001-0000-00000
13 ANTIOQUIA FREDONIA Férreo (Estación) Jonas
Estación Jonás - Fredonia
010-0008766 208000000400059000000
282-2-008-000-0004-00059-0000-00000
14 ANTIOQUIA FREDONIA Férreo (Estación) Jerico o Bernado Gómez
Estación Férrea Jericó - Fredonia
010-0008789 26002828000102200000000
282-2-002-000-0001-000242-0000-00000
15 ANTIOQUIA ITAGUI Férreo (Estación) Itagui
Estación Férrea - Itagui
001-153141 1-001-5000-01000-0100-000
360-1-001-500-0001-00001-0000-00000
- 45 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
16 ANTIOQUIA LA PINTADA
Férreo (Estación) Alejandro Lopez
Estación Férrea Alejandro López - La Pintada
023-0010448 160-0390-010-0005-0001
390-1-001-010-0001-00029-0000-00000
17 ANTIOQUIA PUERTO BERRIO
Férreo (Estación) Nápoles
Estación Férrea Nápoles - Puerto Berrio
019-0012264 NO REGISTRO IGAC
18 ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO
Férreo (Estación Puerto Triunfo)
Carrera 13 No. 8 - 218 - Puerto Triunfo
019-0012264 1-01-038-00003-000-0000
19 ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO
Férreo Campamento Cocorná
Carrera 10 No. 8 - 46 - Puerto Triunfo
019-0012264 1-02-003-00016-000-0000
591-1-002-001-003-00016-0000-00000
20 ANTIOQUIA
SAN ANDRES DE CUERQUIA
Campamento de Obras Públicas
Carrera 27 No. 32 - 105 Manzana 27 Zona 6 - San Andres de Cuerquia
POSESIÓN 64701001027 647-1-001-001-0027-0026-000-00000
21 ANTIOQUIA SAN ROQUE
Férreo (Estación) San Jorge
Estación Férrea San Jorge - San Roque
026-0011327 100002600082000
00000 670-2-001-000-0026-00082-0000-00000
22 ANTIOQUIA SAN ROQUE
Férreo (Estación) Caramanta
Estación Férrea Caramanta - San Roque
026-0010255 NO REGISTRA IGAC
23 ANTIOQUIA SONSON Férreo (Estación) El Totumo
Estación Férrea - Sonsón
019-0012264 NO REGISTRO IGAC
24 ANTIOQUIA VENECIA
Férreo (Estación) Bolombolo - Sector Urbano Corregimiento de Bolombolo (Adosada la Bodega)
Carrera 7 A No. 07 - 10 - Venecia
010-0008781 861020010040000100000000
25 ANTIOQUIA VENECIA Férreo (Estación) Tarso
Estación Férrea Tarso - Venecia
010-0008785 2020000010008700000
861-2-002-000-0001-00087-0000-0000
26 ANTIOQUIA VENECIA Férreo (Estación) Tulio Ospina
Estación Férrea Tulio Ospina - Venecia
010-0008780 8610200000100043000
861-2-002-000-00001-00043-0000-00000
27 ANTIOQUIA VENECIA Férreo (Embarcadero)
Embarcadero - Municipio de Venecia
010-0008781 102001020000030000
28 ANTIOQUIA YOLOMBO Férreo (Estación) Guacharacas
Estación Férrea Guacharacas - Yolombó
038-0007356 NO REGISTRA IGAC
890-2-002-000-0015-00026-0000-00000
29 ATLANTICO BARRAN QUILLA
FISCAL - Dirección Territorial
Municipio de Barranquilla K57 75-42 (Pertenece al MT)
040-78617 01-01-0486-0002-000
08-00101-01-0486-0002-000
30 BOGOTA BOGOTA, D.C.
FISCAL - Distrito 8 - Fontibón
AC 17 - 130-34 Polca - Suizo - Bogotá
50C-58870 (AAA0080LRRU)
22 128 32 006418 44 10 000 00000 (Código Predial)
- 46 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
31 BOLIVAR CARTAGE NA
Lote de Terreno restante - Terminal Marítimo de Cartagena
Calle 29 No. 25- 120 - Barrio Manga - Cartagena
060-227279 01-01-0204-0001-000
13-001-01-01-0204-0001-000
32 BOLIVAR CARTAGENA
FISCAL - Sede Territorial (Pertenece al MT)
Calle del Candilejo No. 33 - 41 de la Actual Nomenclatura (K 6 33-63) Segundo piso COMODATO INV - Cartagena
060-71925 01-01-0076-0017-901
13-001-01-01-0076-0017-901
33 BOLIVAR CARTAGENA
Terminal Marítimo de Cartagena Polígono No. 2
Calle 29 No. 25 - 120 Polígono No. 2 - CARTAGENA
060-49764 01-01-0235-0001-000
13-001-01-01-0235-0001-000
34 BOYACA SOGAMO SO
Férreo - Estación Sogamoso
Estación Férrea - Sogamoso
095-61339 NO REGISTRO IGAC
35 BOYACA SOGAMO SO
Férreo (Estación) Chicamocha o Belencito
Carrera 11 No. 67 - 21 Estación Férrea - Sogamoso
095-61385 00-01-0004-1840-000
15-759-00-01-0004-1840-000
36 BOYACA SUTATEN ZA
Inmueble Rural SANTA CECILIA
Vereda Siguique No. 1 - 098 A - Sutatenza
079-28829 00-02-0002-0478-000
15-778-00-02-0002-0478-000
37 BOYACA SUTATEN ZA
Inmueble Rural EL RECUERDO
Vereda Siguique No. 1 - 097 - Sutatenza
079-27041 00-02-0002-0474-000
15-778-00-02-0002-0474-000
38 BOYACA SUTATEN ZA
Inmueble Rural SAN JOSE
Vereda Siquique - San José No. 1 - 026 - Sutatenza
079-26957 00-02-0002-0356-000
15-778-00-02-0002-0356-000
39 BOYACA SUTATEN ZA
Inmueble Rural Las Margaritas
Vereda Siquique - Las Margaritas No. 1 - 019 - Sutatenza
079-26954 00-02-0002-0400-000
15-778-00-02-0002-0400-000
40 BOYACA SUTATEN ZA
Inmueble Rural La Quinta
Vereda Siguique No. 1 - 092 - Sutatenza
079-27037 00-02-0002-0403-000
15-778-00-02-0002-0403-000
41 BOYACA TUNJA Férreo (Estación) Puente Boyaca
Estación Férrea Vereda Puente Boyacá - Tunja
070-0074828 00-02-0004-0090-000
15-001-00-02-0004-0090-000
42 BOYACA TUNJA Férreo (Estación) Germania
Estación Férrea - Tunja
070-0074828 NO REGISTRO IGAC
43 BOYACA VENTA QUEMADA
Férreo - Corredor férreo y zona de seguridad férrea en la vereda de Siata
Zona: 761 Corredor Férreo - Ventaquemada
070-0074828 00-04-0004-0123-000
15-861-00-04-0004-0123-000
44 CALDAS AGUADAS
Férreo (Estación) María, Embarcadero y Campamentos
Estación Férrea, Embarcadero y Campamento - Aguadas
102-0008183 00-02-0003-0022-000
17-013-00-02-0003-0022-000
45 CALDAS LA DORADA
Férreo (Estación) La Miel
Estación Férrea en el Municipio de Dorada
106-19124 NO REGISTRO IGAC
46 CALDAS LA MERCED
Férreo (Corredor Férreo Catastrado)
Tramo Férreo El Bosque / La Pintada - La Merced
118-0011621 02-00-0014-0009-000
17-388-02-00-0014-0009-000
- 47 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
47 CALDAS SALAMINA Férreo Campamento, Casino y Bodega
Municipio de Salamina
118-0011391 00-02-001-0058-000
48 CALDAS VILLAMA RIA
Férreo (Estación)Río Claro
Municipio de Villamaria
POSESIÓN 00-01-0012-0019-000
17-873-00-01-0012-0019-000
49 CAUCA POPAYAN
Fiscal Lote Predio 3 (Funciona la Dirección de Policía Transito Cauca)
C 25 N 7 - 116 - Lote Predio 3 - Popayán
120-197075 (Se desprende del 120-0022496)
01-02-0349-0069-000
19-001-01-02-0349-0069-000
50 CAUCA POPAYAN
Fiscal - Lote No. 4 (Cancha de Basquetbol y Microfutbol)
Calle 25 N No. 7 - 116 Lote Predio 4 - Popayán
120-197076 (Se desprende del 120-0022496)
01-02-0349-0070-000
19-001-01-02-0349-0070-000
51 CAUCA POPAYAN
Área utilizada por Parques Naturales del Ministerio de Medio Ambiente
Calle 25 N No. 7 116 Lote Predio 5 - Popayán
120-197077 (Se desprende del 120-0022496)
01-02-0349-0071-000
19-001-01-02-0349-0071-000
52 CESAR AGUACHI CA
Férreo Municipio de Aguachica
303-23731 NO REGISTRO IGAC
53 CESAR AGUACHI CA
Férreo Municipio de Aguachica
303-23731 NO REGISTRO IGAC
54 CESAR AGUACHI CA
Férreo (Estación) Patiño
Estación Férrea Patiño - Aguachica
303-23731 NO REGISTRO IGAC
55 CESAR AGUACHI CA
Férreo (Estación) Santa Lucia
Estación Férrea San Lucia - Aguachica
303-23731 NO REGISTRO IGAC
56 CESAR BOSCONIA Férreo (Estación) Loma Colorada
Estación Férrea Loma Colorada - Bosconia
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
57 CESAR BOSCONIA Férreo (Estación) Las Pavas
Estación Férrea las Pavas - Bosconia
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
58 CESAR CHIRIGUA NA
Férreo (Estación) Loma Potrerillo o La Loma
Municipio de Chiriguaná
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
59 CESAR CHIRIGUA NA
Férreo (Estación) Agua Fría
Estación Férrea - Chiriguaná
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
60 CESAR EL PASO Férreo (Estación) Municipio de El Paso
POSESIÓN 00-02-0001-0430-000
20-250-00-02-0001-0430-000
61 CESAR GAMARRA Férreo Área Resto del Corredor Férreo
Municipio de Gamarra
196-1141 No aparece en el IGAC
62 CESAR GAMARRA Férreo (Estación) Municipio de Gamarra
00-01-0001-0288-000
NO REGISTRO IGAC
63 CESAR VALLEDU PAR
Dirección Territorial Cesar - Edificio la Vallenata
Calle 16 No. 12 - 89 Acera Sur Avenida
190-46652 01-01-0177-0001-000
20-001-01-01-0177-0001-000
- 48 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
Barranquilla - Valledupar
64 CUNDINA MARCA
CAJICA Férreo (Estación) Las Manas
Vereda Río Grande Sector las Manas - Cajicá
176-73663 00-00-0002-2253-000
25-126-00-00-0002-2253-000
65 CUNDINA MARCA
CHIA
BIEN DE USO PUBLICO (Memorando SA 113943 DE 29/03/2017)
LOTE DE TERRENO - ZONA DE CARRETERA - CHIA
50N-20303623 00-00-0005-1011-000
25-175-00-00-0005-1011-000
66 CUNDINA MARCA
SASAIMA Férreo Paradero San Bernardo
Municipio de Sasaima
156-36409 NO REGISTRO IGAC
67 CUNDINA MARCA
SASAIMA Férreo Estación La Victoria
Municipio de Sasaima
156-0036635 NO REGISTRO IGAC
68 CUNDINA MARCA
SASAIMA Férreo Estación La Victoria
Vereda la Victoria - Sasaima
156-36635 NO REGISTRO IGAC
69 CUNDINA MARCA
SESQUILE Fiscal - LA COLINA La colina - Sesquile 00-00-0002-0026-000
25-736-00-00-0002-0026-000
70 CUNDINA MARCA
SIBATE Férreo Alicachin Municipio de Sibaté 50S-900254 NO REGISTRO IGAC
71 CUNDINA MARCA
ZIPACON Férreo (Estación) Tablanca
Municipio de Zipacón
156-0058529 NO REGISTRO IGAC
72 HUILA VILLA VIEJA
Férreo Municipio de Villavieja
01-00-0014-0007-000
73 HUILA VILLA VIEJA
Férreo (Paradero) Polonia
Vereda Polonia - Villavieja
200-0082229 02-00-0023-0001-000
74 HUILA VILLA VIEJA
Férreo Paradero las Lajas
Vereda las Lajas - Villavieja
200-0082227 NO REGISTRO IGAC
75 MAGDALE NA
ALGARRO BO
Férreo (Estación) Municipio de Algarrobo
POSESIÓN 03-00-0004-007-000
76 MAGDALE NA
ALGARRO BO
Férreo Estación Algarrobo
K 832 Municipio de Algarrobo
POSESIÓN 030-03-00-004-002-000
03-00-004-007-000
77 MAGDALENA
ARACATA CA
FISCAL- Lote rural Piedecuesta
Variante Aracataca Carretera rio Ariguaní PR5+057Municipio de Aracataca
225-11305 00-02-0040-4920-000-101
78 MAGDALE NA
CIENAGA Férreo Estación Puerto Zuñiga o Prodeco
Municipio de Ciénaga
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
79 MAGDALE NA
FUNDA CION
Férreo Estación Fundación
Municipio de Fundación
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
- 49 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
80 MAGDALE NA
SANTA MARTA
Zona Franca Industrial y Comercial de Santa Marta
Carrera3 No. 8 - 52 (Hoy Avenida Circunvalar No. 1C - 135) - Santa Marta
080-8727 01-01-0069-0005-000
81 MAGDALE NA
SANTA MARTA
Férreo Estación Bonda
Municipio de Santa Marta
080-11149/11165/11152/11156/11162
00-02-0004-2008-000
82 MAGDALE NA
SANTA MARTA
Férreo Estación Pozos Colorados
Municipio de Santa Marta
080-40981 NO APARAECE INSCRITA EN EL IGAC
83 MAGDALE NA
ZONA BANANE RA
Férreo Estación Guamachito
Municipio de Zona Bananera
POSESIÓN 08-01-0017-0001-000
84 MAGDALE NA
ZONA BANANE RA
Férreo Neerlandia Municipio de Zona Bananera
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
85 META RESTRE PO
Campamento Santa Teresita
Campamento en la Vereda Puente Amarillo - K12 - Vía Villavicencio - Restrepo
POSESIÓN 00-01-0007-0035-000
50-606-00-01-0007-0035-000
86 META VILLAVI CENCIO
CCO - Malla Vial del Meta
Carrera 220No. 4 - 105 Urbanización la Alborada - Villavicencio
230-91293 01-05-0768-0013-000
50-0001-01-05-0768-0013-000
87 QUINDIO LA TEBAIDA
Férreo Estación Paradero Maravelez
Corregimiento Pisamal KM 35 - La Tebaida
POSESIÓN 00-00-0005-0003-0000
88 QUINDIO LA TEBAIDA
Férreo Estación La tebaida
Carrera 1 D No. 17 - 27 Ur. La Estación Km 344 - La Tebaida
POSESIÓN 01-00-0080-0001-000
01-00-00-00-0080-0001-0-00-00-0000
89 QUINDIO MONTENEGRO
Férreo Campamento Macho Negro La Julia
Vereda la Julia - Montenegro
POSESIÓN 00-01-0001-0230-000
00-01-00-00-0001-0230-0-00-00-0000
90 RISARALDA DOSQUE BRADAS
Férreo Estación y Campamento Boquerón
Campamento - Dosquebradas
296-44892 00-01-0007-0115-000
6-170-00-01-0007-0115-000
91 RISARALDA MARSE LLA
Férreo Estación Otún
Municipio de Marsella Vereda la argentina Estación Otún
290-160541 00-04-0001-0009-000
66-440-00-04-0001-0009-000
92 RISARALDA MARSE LLA
Férreo Estación Beltran o Belalcazar
Municipio de Marsella Estación Beltrán
290-82301 00-01-0002-0003-000
66-440-00-01-0002-0003-000
93 RISARALDA MARSE LLA
Férreo Estación la Miranda Y Campamentos
Municipio de Marsella Estación Miranda
POSESIÓN 00-01-0001-0211-000
66-440-00-01-0001-0211-000
94 RISARALDA PEREIRA
FISCAL- Puente Salida Marsella (Declarado Bien de uso Público)
Municipio de Pereira Puente salida a Marsella
290-00109144/94 01-07-0290-0006-000
66-001-01-07-0290-0006-000
95 RISARALDA PEREIRA Estación Férreo Caimalito o la Virginia
Corregimiento Caimalito - Pereira
290-166922 05-00-0011-0001-000
66-001-05-00-0011-0001-000
- 50 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
96 RISARALDA PEREIRA Embarcadero Caimalito o la Virginia
Lote No. 2 Barrio 20 de Julio Corregimiento Caimalito - Pereira
290-166922 05-00-0009-0001-000
66-001-05-00-0009-0001-000
97 RISARALDA PEREIRA
Triangulo de Inversión y Oficinas Caimalito o la Virginia
Lote 1 Kilómetro 362+483 Carregimiento Caimalito - Pereira
290-166921 05-00-0019-0001-000
66-001-05-00-0019-0001-000
98 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL
Férreo - Lote Corredor férrea
Sector Guayabito - Santa Rosa de Cabal
29644894 00-04-0002-0269-000
66-682-00-04-0002-0269-000
99 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL
Férreo - Sector Estación (Lote Corredor Férreo)
Sector Guayabito - Santa Rosa de Cabal
296-44894 00-04-0002-0243-000
66-682-00-04-0002-0243-000
100 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL
Férreo - Sector Estación la Capilla (Lote corredor férreo) (Paradero)
Municipio de Santa Rosa de Cabal
296-44896 05-00-0004-0001-000
66-682-05-00-0004-0001-000
101 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL
Férreo - Lote corredor férreo y campamento
Sector Guayabito - Santa Rosa de Cabal
296-44895 00-03-0002-0129-000
66-682-00-03-0002-0129-000
102 RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL
Férreo - Lote Corredor Férreo (ESTACIÓN CAMPO ALEGRE)
Santa Rosa de Cabal
296-44896 00-03-0002-0073-000
66-682-00-03-0002-0073-000
103 SANTANDER BARRAN CABERMEJA
Férreo Estación Cuatro Bocas
Municipio de Barrancabermeja
303-23731 00-02-0001-0002-000
104 SANTANDER GUEPSA Férreo Estación Guepsa
Municipio de Guepsa
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
105 SANTANDER PUERTO WILCHES
Férreo Estación Comuneros
Municipio de Puerto Wilches
POSESIÓN 00-01-0007-0010-000
106 SANTANDER PUERTO WILCHES
Férreo Estación González Vásquez
Municipio de Puerto Wilches
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
107 SANTANDER RIONE GRO
Férreo Estación Las Palmas
Municipio de Rionegro
300-066231 NO REGISTRO IGAC
108 SANTANDER SABANA DE TORRES
Férreo Balastera La Gómez
Municipio de Sabana de Torres
303-39046 00-01-0003-0070-000
109 SANTANDER SABANA DE TORRES
Férreo Estación Eloy Venezuela
Municipio de Sabana de Torres
303-23731 NO REGISTRO IGAC
110 SANTANDER SABANA DE TORRES
Férreo Estación Peralonso
Municipio de Sabana de Torres
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
111 SANTANDER SIMACOTA Férreo Estación Pupapel
Municipio de Simacota
303-23731 NO REGISTRO IGAC
112 SANTANDER SIMACOTA Férreo Estación Vizcania
Municipio de Simacota
303-23731 NO REGISTRO IGAC
- 51 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
113 SUCRE SINCELE JO
FISCAL - Sede Territorial Sucre
Calle 38 No. 8 -111 - Sincelejo
340-97856 01-02-0686-0009-000
70-001-01-02-0686-0009-000
114 TOLIMA AMBALE MA
Férreo Triangulo de Inversión y Ruinas del campamento
Calle 10 A Zona Férrea Municipio de Ambalema
POSESION 01-01-0006-0011-000
115 TOLIMA COELLO Férreo Estación Paradero Alto de Gualanday
Municipio de Coello 357-0020947 NO REGISTRO IGAC
116 TOLIMA FLANDES Férreo Talleres Flandes
Municipio de Flandes
357-20915 01-01-0024-0001-000
117 TOLIMA FLANDES Férreo Estación Paradero Santa Ana
Municipio de Flandes
357-0020926 NO REGISTRO IGAC
118 TOLIMA HONDA Férreo (Estación) Municipio de Honda 362-0015206 NO REGISTRO IGAC
119 TOLIMA IBAGUE
Férreo Campamento y Patios de Maniobras
Corregimiento Buenos Aires Municipio de Ibagué
350-81201 NO REGISTRO IGAC
120 TOLIMA IBAGUE
Férreo Estación Buenos aires Bodega Casa Jefe Estación Campamentos y Triangulo de Inversión
Corregimiento Buenos Aires Municipio de Ibagué
350-0080807 NO REGISTRO IGAC
121 TOLIMA IBAGUE FISCAL L0 5 Mirolindo Municipio de Ibagué
01-13-0086-0011-000
122 TOLIMA MARIQUI TA
Férreo Cementerio Laico de los Ingleses
Municipio de Mariquita
362-0029999 00-01-0007-0048-000
123 TOLIMA NATAGAI MA
Férreo Estación Paradero Guaguarco
Resguardo Palmalta Municipio de Natagaima
368-0023559 NO REGISTRO IGAC
124 TOLIMA NATAGAI MA
Férreo Balastera Anchique
Municipio de Natagaima
368-0023593 NO REGISTRO IGAC
125 TOLIMA VENADI LLO
Férreo Campamento Tonoli
Municipio de Venadillo
351-0004705 NO REGISTRO IGAC
126 VALLE ANDALU CIA
Estación Férrea Andalucía
K 14 No. 13 - 07 LO 2 - Andalucía
384-65185 01-00-0033-0001-000
76-036-01-00-0033-0001-000
127 VALLE BUENA VENTURA
Lote - Parqueadero Retec - Terminal marítimo
K 18A No. 7-21763 - Municipio de Buenaventura
372-52196 01-01-0319-0001-000
76-109-01-01-0319-0001-000
128 VALLE BUENA VENTURA
Terminal Marítimo Sector Muelles - Buenaventura
372-2276 01-01-0002-0003-000
- 52 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
129 VALLE BUENA VENTURA
Muelle 13 Petrolero - Terminal Marítimo
Sector Muelle 13 - Terminal Marítimo de Buenaventura - Buenaventura
372-47716 01-01-0002-0006-000
130 VALLE BUENA VENTURA
Estación Férrea El Pinal Km 3
Sector el Piñal POSESIÓN Cancelada por IGAC fue domolida, vía vehicular hoy
Fue demolida la edificación pero está el terreno
131 VALLE BUENA VENTURA
Paradero Balastera km 24
Rural no registra 372-0036318 NO REGISTRO IGAC
132 VALLE BUENA VENTURA
Paradero campamento Bodegas Estación Bodegas Km 32
Rural no registra 372-0036319 NO REGISTRO IGAC
133 VALLE CALI Paradero Caucaseco Km 178
Hacienda Salomia POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
134 VALLE CARTAGO Paradero Campamento Piedras
Cartago 375-0040593 NO REGISTRO IGAC
135 VALLE CARTAGO PARADERO CAMPAMENTO PIEDRAS
PARADERO CAMPAMENTO PIEDRAS
375-0040593
136 VALLE DAGUA Campamento 2 Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0003-000
137 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada
Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0007-000
138 VALLE DAGUA Campamento 3 Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0010-000
139 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada
Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0013-000
140 VALLE DAGUA Estación Férrea Lobo Guerrero Km 68
Vereda Lobo Guerrero
372-0036319 05-00-0015-0027-000
141 VALLE DAGUA Campamento 1 Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0006-000
142 VALLE DAGUA Zona de seguridad férrea catastrada
Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0009-000
143 VALLE DAGUA Zona de seguridad férrea catastrada
Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0012-000
144 VALLE DAGUA Campamento Lobo Guerrero
Vereda Lobo Guerrero
372-0036319 05-00-0015-0019-000
145 VALLE DAGUA Paradero Cisneros Km 56
Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0004-000
- 53 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
146 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada
Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0008-000
147 VALLE DAGUA Zona seguridad férrea catastrada
Rural sector Tierra Blanca
372-0036319 00-02-0004-0011-000
148 VALLE DAGUA Estación Férrea Naranjo Km 61
Vereda Naranjo 372-0036319 00-02-0005-0229-000
149 VALLE DAGUA Campamento Lobo Guerrero
Vereda Lobo Guerrero
372-0036319 00-02-0005-0100-000
150 VALLE DAGUA Estación Férrea Puerto Dagua Km 74
Vereda Puerto Dagua
372-0036319 00-02-0005-0101-000
151 VALLE DAGUA Dos campementos junto a Paradero San Joaquin Km 90
Vereda San Joaquin
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
152 VALLE DAGUA Paradero San Joaquin km 90 y dos campamentos
Vereda San Joaquin - Dagua
POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
153 VALLE EL CERRITO
Paradero Hatillo o Hatico km 213
vereda Hatillo POSESIÓN NO REGISTRO IGAC
154 VALLE GUACARI Paradero campamento Niza Km 231
Vereda Niza 373-63186 NO REGISTRO IGAC
155 VALLE GUADALA JARA DE BUGA
Estación Férrea Chambimbal
Sector Chambimbal 373-63186 NO REGISTRO IGAC
156 VALLE JAMUNDI Estación Férrea Guachinte Km 208
Sector Guachinte 370-0369856 00-02-0004-0034-000
157 VALLE JAMUNDI Estación Férrea Timba Km 216
CR 6 2-104 POSESIÓN 06-00-0018-0004-000
158 VALLE LA CUMBRE
Triangulo de inversión trenes Km 109
T 2 2-12 370-369997 04-00-0007-0001-000
159 VALLE LA CUMBRE
Triangulo de inversión trenes km 129
K1 5A-03 POSESIÓN 01-00-0050-0001-000
160 VALLE OBANDO
Paradero Campamento El Guanábano o Área Km 331
Rural 375-0040593 NO REGISTRO IGAC
161 VALLE SEVILLA Estación Férrea Corozal Km 325
K 4 3-19 POSESIÓN 05-00-0005-0002-000
162 VALLE SEVILLA Estación Férrea Caicedonia Km 332
Sector rural Caicedonia
POSESIÓN 00-01-0008-0043-000
76-736-00-01-0008-0043-000
163 VALLE YOTOCO FISCAL - ESTACIÓN DE PESAJE
LOTE No. 1 Municipio de Yotoco
373-63171 00-02-0003-0493-000
76-890-00-02-0003-0493-000
- 54 -
No. DEPARTA
MENTO MUNICIPIO
NOMBRE DEL INMUEBLE
DIRECCION FMI FICHA
CATASTRAL NUEVA CEDULA
CATASTRAL
164 VALLE YUMBO
Paradero y campamento Arroyohondo Km 165
Sector Arroyo Hondo
POSESION NO REGISTRO IGAC
165 VALLE YUMBO Estación Férrea Pasajeros Yumbo
C 37 370-69600 No aparece IGAC fue demolida para construcción vía
166 VALLE YUMBO Estación Férrea Planta Lavadora Yumbo
Sector Planta Lavadora
370-69691 NO REGISTRO IGAC
167 VALLE YUMBO Férreo - Campamento No. 1
Kilómetro 146+400 - YUMBO
00-02-0003-0051-000
76-892-00-02-0003-0051-000
168 VALLE YUMBO Férreo - Campamento No. 2
Kilómetro 145 + 800 - YUMBO
00-02-0003-0123-000
76-892-00-02-0003-0123-000
169 VALLE YUMBO Férreo - Campamento No. 3
Kilómetro 139 + 800 - YUMBO
00-02-0001-0035-000
76-892-00-02-0001-0035-000
170 VALLE ZARZAL Estación Férrea Zarzal Km 301
K 13 8 85 91 119
384-56118 01-00-0027-0002-000
171 VALLE ZARZAL Paradero Villajuelo Km 314
Corregimiento Vallejuelo
POSESIÓN 00-02-0003-0087-000
172 VALLE ZARZAL
Estación Férrea Alvarez Salas Km 320 - Quebrada Nueva
Corregimiento Vallejuelo
POSESIÓN 00-02-0004-0136-000
76-895-03-00-0009-0014-000