informacion seguridad aeropuertos

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GILDER INTRODUCCIÓN: Las obras de construcción para un aeropuerto suponen los riesgos normales de las obras de construcción típicos, pero, además de los riesgos normales existen riesgos adicionales que se deben tomar en cuenta al momento de la construcción por la naturaleza de la obra. El desarrollo e implementación de un Plan de Seguridad es un pre- requisito antes de la construcción comienza. El Plan de Seguridad es desarrollado de acuerdo con las pautas descritas en la Circular de Asesoramiento AC-150/5370-2F y su desarrollo debe incluir a todas las partes implicadas en el proyecto de construcción incluyendo contratistas, arrendatarios, la autoridad aeroportuaria o los propietarios, reguladores y otros. LOS AEROPUERTOS Y SUS IMPLICACIONES: INTRO: La rápida expansión del transporte aéreo desde mediados del siglo XX ha desembocado en una de las formas de construcción más complejas y de mayor importancia: la construcción y ampliación de aeropuertos. La planificación de la obra a veces se ve dificultada por las limitaciones medioambientales relativas a ruidos y contaminación que se imponen al proyecto. Los aeropuertos requieren un espacio considerable, y si se hallan situados en zonas densamente pobladas, la creación de las pistas y el espacio necesario para los edificios terminales y para los aparcamientos de vehículos pueden requerir la rehabilitación de terrenos abandonados o difíciles por otros motivos. CHAN IMPLICACIONES EN LA CONSTRUCCIÓN DE AEROPUERTOS La construcción de un aeropuerto presupone la nivelación de una extensa superficie, lo cual puede requerir el movimiento de tierras e incluso ganar terrenos al mar, y, a continuación, la construcción de numerosos edificios de grandes dimensiones, incluyendo hangares, talleres de mantenimiento, torres de control e instalaciones de abastecimiento de combustibles, además de los edificios terminales y el aparcamiento. Si el aeropuerto se construye en un terreno poco resistente, los edificios necesitarán cimentarse sobre pilotes. Las pistas requieren buenos cimientos; las capas de grava que apoyan a los pavimentos de hormigón u macadam asfáltico deben ser fuertemente compactadas. La maquinaria que se utiliza para la construcción de aeropuertos es similar en tamaño y tipo a la utilizada en los proyectos importantes de autovías, con la salvedad de que se encuentra concentrada en una zona limitada en vez de extenderse a lo largo de muchos kilómetros en una carretera. El mantenimiento de aeropuertos es un trabajo singularmente difícil si la renovación del pavimento de las pistas de

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Page 1: Informacion Seguridad Aeropuertos

GILDERINTRODUCCIÓN:Las obras de construcción para un aeropuerto suponen los riesgos normales de las obras de construcción típicos, pero, además de los riesgos normales existen riesgos adicionales que se deben tomar en cuenta al momento de la construcción por la naturaleza de la obra. El desarrollo e implementación de un Plan de Seguridad es un pre-requisito antes de la construcción comienza. El Plan de Seguridad es desarrollado de acuerdo con las pautas descritas en la Circular de Asesoramiento AC-150/5370-2F y su desarrollo debe incluir a todas las partes implicadas en el proyecto de construcción incluyendo contratistas, arrendatarios, la autoridad aeroportuaria o los propietarios, reguladores y otros.

LOS AEROPUERTOS Y SUS IMPLICACIONES:

INTRO:La rápida expansión del transporte aéreo desde mediados del siglo XX ha desembocado en una de las formas de construcción más complejas y de mayor importancia: la construcción y ampliación de aeropuertos.

La planificación de la obra a veces se ve dificultada por las limitaciones medioambientales relativas a ruidos y contaminación que se imponen al proyecto. Los aeropuertos requieren un espacio considerable, y si se hallan situados en zonas densamente pobladas, la creación de las pistas y el espacio necesario para los edificios terminales y para los aparcamientos de vehículos pueden requerir la rehabilitación de terrenos abandonados o difíciles por otros motivos.

CHANIMPLICACIONES EN LA CONSTRUCCIÓN DE AEROPUERTOSLa construcción de un aeropuerto presupone la nivelación de una extensa superficie, lo cual puede requerir el movimiento de tierras e incluso ganar terrenos al mar, y, a continuación, la construcción de numerosos edificios de grandes dimensiones, incluyendo hangares, talleres de mantenimiento, torres de control e instalaciones de abastecimiento de combustibles, además de los edificios terminales y el aparcamiento. Si el aeropuerto se construye en un terreno poco resistente, los edificios necesitarán cimentarse sobre pilotes. Las pistas requieren buenos cimientos; las capas de grava que apoyan a los pavimentos de hormigón u macadam asfáltico deben ser fuertemente compactadas. La maquinaria que se utiliza para la construcción de aeropuertos es similar en tamaño y tipo a la utilizada en los proyectos importantes de autovías, con la salvedad de que se encuentra concentrada en una zona limitada en vez de extenderse a lo largo de muchos kilómetros en una carretera. El mantenimiento de aeropuertos es un trabajo singularmente difícil si la renovación del pavimento de las pistas de vuelo ha de efectuarse sin interrumpir las operaciones del aeropuerto. Generalmente al contratista se le asignan un número de horas nocturnas convenido de modo que pueda trabajar en una pista que esté temporalmente sin utilizar. Toda la planta, materiales y trabajadores del contratista han de ser escoltados fuera de las pistas, y estar preparados para regresar al punto de trabajo inmediatamente a la hora de comienzo acordada. El contratista debe acabar su trabajo y abandonar las pistas de nuevo a la hora convenida, en que se reanudan los vuelos. Mientras realiza su trabajo en la pista, el contratista no deberá impedir o poner en peligro el movimiento de aviones en otras pistas adyacentes.

ANTECEDENTESLos antecedentes de la regulación y el desarrollo de la Aviación Civil en Panamá se remontan al Decreto No. 147 de 23 de agosto de 1932, que establece la Comisión Nacional de Aviación, cuya

responsabilidad era cumplir y hacer cumplir las regulaciones internacionales relacionadas con aeronáutica civil.

JEFFERSONAERONÁTICA CIVIL EN LA CONSTRUCCIÓN DE AEROPUERTOS EN PANAMÁ

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En 1969 el Decreto de Gabinete No. 13 del 22 de enero de 1969, mejora y amplía su gestión creando la Dirección de Aeronáutica Civil como una entidad autónoma del estado con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen interno. Se definen en este decreto las funciones de la Dirección Aeronáutica Civil como son: planificación, investigación, dirección, supervisión, inspección, operación y explotación de la aviación civil en Panamá, así como del diseño y construcción de aeropuertos. Se refuerza además, su estructura institucional al proveer los medios materiales y humanos necesarios para su funcionamiento.Para el logro de su objetivo, la Autoridad Aeronáutica Civil ejercerá las siguientes funciones:

Investigar y sancionar las infracciones a la legislación y reglamentación aeronáutica. Adoptar y aplicar como reglamentación nacional, cuando proceda, las normas y métodos

recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Dictar la reglamentación y normativa necesaria para garantizar la seguridad y eficiencia del

sistema de transporte aéreo en Panamá y, en general, las funciones que esta u otras leyes le asignen.

DOCUMENTOS LEGALES EN PANAMÁ: El Contratista está obligado a cumplir y hacer cumplir todas las leyes, tanto nacionales como municipales, las resoluciones de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, los reglamentos y disposiciones en vigor y todos los instrumentos legales regulatorios que puedan afectar el desarrollo de la obra.

Normas Aeronáuticas: RACP: Reglamento de Aviación Civil de Panamá Anexo 14 Aeródromos de la OACI: Organización de Aviación Civil Internacional Manual de Diseño de Aeródromos. Documento 9157 OACI Manual de Planificación de Aeródromos. Documento 9184 OACI Manual de Servicios de Aeropuertos. Documento 9137-AN/898 OACI. Normas de Diseño de Aeropuertos - Aeropuertos Servidos por Transportistas Aéreos - AC-

150/5345 publicada por el Departamento de Transporte de la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA).

Manual de ―Especificaciones Técnicas Generales Para La Construcción Y Rehabilitación de Carreteras y Puentes ―, Segunda edición revisada (2002), Del Ministerio De Obras Públicas, que en lo sucesivo de estos términos de referencia llamaremos Especificaciones del MOP.

Airport Design. FAA AC-150/5300-13 de 29 de Septiembre de 1989.Además: ASTM: American Society for testing and materials ANSI: American National Standars Institute ACI: American Concrete InstituteNormas a Nivel Nacional: Reglamento Estructural Panameño 2004 (REP – 2004) Manual de Especificaciones Técnicas Generales del MOP Código Eléctrico Nacional NFPA Desarrollo de la Normativa Nacional de Accesibilidad (Manual de Acceso – SENADIS) Código de Alarma Contra Incendio NFPA

CAROLINASEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN DE AEROPUERTOS PANAMÁ:La construcción tiene como marco legal principal el Reglamento de Seguridad, Salud e Higiene vigente desde febrero de 2008. Este reglamento es producto del compromiso que la República de Panamá contrajo con la OIT y a la presión ejercida por el principal sindicato de trabajadores de esta industria, SUNTRACS. El principal encargado del Estado que debe velar por su cumplimiento es el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Además, se utiliza como norma de respaldo la OSHA: Occupational Safety and Health Administration.

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La Dirección de Aeronáutica Civil como una entidad autónoma del estado, utiliza normas internacionales antes mencionadas para la construcción de aeropuertos. La norma 150/5370-2F: Operational Safety on Airports During Construction, de seguridad Operacional en Aeropuertos durante la Construcción es un respaldo que se utiliza por la falta de normativa de seguridad especifica de aeropuertos en nuestro país.

Seguridad y Comodidad del Público:El Contratista está en la obligación de velar por la seguridad del público en el área de construcción, de protegerlo contra accidentes causados por sus operaciones y de permitirle libre tránsito. El Contratista protegerá las vidas y la salud de sus empleados y otras personas, previniendo el daño a la propiedad, materiales, provisiones y equipos y evitará la interrupción de las operaciones diarias del aeropuerto.

Con este propósito, el Contratista deberá: A. Cumplir con todas las provisiones pertinentes del manual de requerimientos de salud y seguridad de la Caja de Seguro Social y Riesgos Profesionales, vigentes a la fecha de la Licitación de todo el personal contratado en la obra y deberá suministrar el plan de seguridad para cada etapa de la obra. B. Mantener un registro de todos los incidentes y accidentes de trabajo bajo este contrato que resulten en muerte, herida traumática, enfermedad ocupacional o daño a la propiedad, materiales, abastecimiento o equipo. El Contratista proporcionará esta información inmediatamente por escrito al Inspector de la Autoridad Aeronáutica Civil. C. Responsabilizarse de hacer cumplir a los SubContratistas.Seguridad del Personal: El Contratista proveerá y asegurará que sus empleados usen ropa y equipo protector, tales como: las botas, guantes, máscaras, delantales, anteojos, protectores, correas de seguridad, etc., como le sean requeridos para la protección, dependiendo del tipo de trabajo que están realizando los empleados. El Contratista deberá contar, en todo momento, con facilidades de primeros auxilios y servicio de ambulancia, para atender las contingencias del personal o de cualquier otro individuo afectado, en relación directa con la ejecución de la obra.

ROGERCONTROL E INSPECCIÓN DE LA OBRA:La inspección de los trabajos será efectuada por la Entidad Contratante a través de sí mismo mediante un Inspector o empresas idóneas contratadas en cualquier momento antes o durante la ejecución de los trabajos. Durante todo el período de ejecución de los trabajos hasta la fecha de aceptación final, el Contratista dará a los representantes de la Entidad Contratante, incluyendo también al Inspector y la Contraloría General de la República, si fuera el caso, todas las facilidades adecuadas y necesarias dentro de los rangos normales, para inspeccionar el trabajo en proceso de ejecución o concluido, como también durante la fabricación de materiales y equipos, en el lugar de su elaboración.

Atribuciones del Inspector: El Inspector velará por el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales del Contratista en los documentos contractuales y notificará al Contratista o al Residente de la Obra por cualquier falta, omisión o desviación que observe en el cumplimiento de dichas obligaciones. El Inspector está facultado para rechazar cualquier material, procedimiento u operación, equipo o personal que considere objetable, cuando el trabajo no haya sido o no esté siendo ejecutado de acuerdo con los planos y las especificaciones, y dentro del programa de trabajo. El Inspector confeccionará un informe de cualesquier incidencia que ocurra durante la construcción sobre la calidad del personal, sobre el rendimiento y suficiencia del equipo.