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Información al IMSS, outsourcing

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Información al IMSS, outsourcing

Información al IMSS, outsourcing

Reformas a la LSS DOF 9 de julio de 2009Reglas generales DOF 8 de octubre de 2009

La reforma va dirigida a los prestadores deservicios de personal (outsourcing) y a losbeneficiarios de este servicio (cliente).

Entró en vigor el 10 de julio de 2009.

Información al IMSS, outsourcing

Modificación al Art. 15-A de la LSS:

El beneficiario será obligado solidario cuando:El patrón ponga a disposición trabajadores:

Para que ejecuten el servicio o trabajo bajo ladirección del beneficiarioEn las instalaciones que éste determine

En el supuesto de que el patrón omita susobligaciones ante el IMSS, ySiempre y cuando el IMSS hubiese notificadoal patrón y éste no hubiera atendido elrequerimiento.

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Recomendación:

Cuidar que en los contratos de prestaciónde servicios se establezca:La obligación, para el prestador deservicios, de demostrar periódicamente albeneficiario que cumple con susobligaciones ante el IMSS.Condicionar el pago del servicio a lapresentación de las cuotas pagadas.

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Modificación al Art. 15-A de la LSS:

Nueva obligación: Comunicar al IMSS lainformación de los contratos deprestación de servicios de personal,celebrados en el trimestre.

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¿Quiénes deben comunicar la información al IMSS?

El patrón (outsourcing), yEl beneficiario de los servicios o trabajos(cliente).

Art. 15-A LSS, párrafo 5

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¿Cuándo hay la obligación de comunicar al IMSS?

Cuando en virtud de un contrato:El patrón ponga trabajadores adisposición del beneficiario.Para que ejecuten los servicios o trabajosbajo la dirección del beneficiario.En las instalaciones que éstedetermine.

Art. 15-A LSS párrafo 5 y Regla 3

Información al IMSS, outsourcing

El término dirección se define como:

La facultad de mando sobre lostrabajadores, con respecto a larealización de los servicios o trabajoscontratados.

Regla 4.4

Información al IMSS, outsourcing Ejemplos de servicios en outsourcing

Servicio de vigilanciaServicio de limpiezaMantenimiento de equipo de cómputoMantenimiento de maquinaria y equipoServicio contableServicio legalServicio de limpieza de vidriosServicio de jardineríaEtc.

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Ejemplo de servicios en outsourcing

¿La dirección (facultad de mando) es acargo del beneficiario? Y¿El servicio se presta en las instalacionesque éste determina?

Sí: Hay obligación de informarNo: No hay obligación de informar

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¿Qué se debe comunicar al IMSS?

La información correspondiente a loscontratos celebrados en el trimestre deque se trate.Y de aquellos por los que exista novaciónde contrato.¿Y si no hay contrato?

Art. 15-A LSS párrafo 5 y Reglas 4.7

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Existe novación

Cuando las partes alteran sustancialmente elcontrato, al sustituir obligaciones tales como:

El objeto.Periodo de vigencia.Lugar de ejecución de los trabajos o prestación deservicios.Perfiles, puestos, categorías o el número estimadomensual de trabajadores que pondrán adisposición del beneficiario.

Regla 4.8

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¿Qué información deben comunicar al IMSS el patrón y el beneficiario?

Información de las partes del contrato.Información del contrato.

Art. 15-A LSS párrafo 5

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Información de las partes del contrato:Nombre, denominación o razón social.Clase de persona moral de que se trate, en su caso.Objeto social.Domicilio social, fiscal y, en su caso, convencionalpara efectos del contrato.RFC.Número de registro patronal.Datos del acta constitutiva.Nombre del representante legal.

Art. 15-A LSS párrafo 5

Información al IMSS, outsourcing

Información del contrato:

Objeto.Periodo de vigencia.Perfiles, puestos o categorías.Indicar, en cada caso, si se trata de personaloperativo, administrativo o profesional.Número estimado mensual de trabajadoresque se pondrán a disposición del beneficiario.

Art. 15-A LSS párrafo 5

Información al IMSS, outsourcing

¿Cuál es el plazo para informar al IMSS?

Dentro de los primeros 15 días hábiles de enero,abril, julio y octubre.El plazo siguiente vence el 22 de enero de 2010.

Art. 15-A LSS párrafo 5 y Reglas 4.2

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¿Cuál es el formato de presentación?

PS-1. “Información de los contratos a quese refiere el quinto párrafo del artículo 15-Ade la Ley del Seguro Social”.Publicado en el DOF el 8 de octubre de2009.

Regla 4.1

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¿En qué subdelegación se debe presentar la información trimestral?

En la correspondiente al registro patronal, silos trabajos o servicios se ejecutan en un solocentro de trabajo.

En la correspondiente al domicilio fiscal:Cuando los trabajos o servicios se ejecuten envarios centros de trabajos.Cuando el beneficiario no cuente con númerode registro patronal.

Art. 15-A párrafo 7 y Reglas 4.5 y 4.6

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¿Cuáles son los medios de presentación del formato PS-1?

A través de Internet:Mediante el IDSE. Los patrones ybeneficiarios.Mediante el portal del IMSS. Losbeneficiarios sin registro patronal.

En el formato pre-llenado en el portal delIMSS.

Regla 4.9

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El patrón, conforme al sexto párrafo del Art. 15-A de la LSS, además debe:

Incorporar, por cada uno de sustrabajadores, el nombre del beneficiario, en elsistema de cómputo que el IMSS autorice.

A la fecha el sistema no está disponibleaún.

Art. 15-A LSS párrafo 6 y 2° Trans.

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Multa por incumplimiento:

De 20 a 350 veces el salario mínimogeneral vigente en el D.F., actualmente de$1,096 a $19,180.

Arts. 304-A-XII y 304-B-IV LSS

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Conclusiones y recomendaciones:

Hacer inventario de los contratoscelebrados.Repasar las cláusulas y condicionesestablecidas en cada contrato.Verificar si se está o no obligado a informar,por cada contrato celebrado.Designar a la persona responsable decumplir con esta obligación.