incendio conceptos de exposicion
DESCRIPTION
conceptos breves de incendioTRANSCRIPT
BIENVENIDOS A LA PONENCIA SOBRE PROTECION CONTRA
INCENDIOS:
Republica Bolivariana de VenezuelaMinisterios del Poder Popular para la Educación
Instituto Universitario Tecnológico de Seguridad IndustrialI.U.T.S.I.
Profesor:
Richard Delgado
Bachilleres:Rodriguez DeivinC.I: 24.495.152Ugar DarwinC.I:23.435.280López WeslyC.I:24.298.332
San Diego, marzo 2015
Protección contra Incendios
PROTECCION
Acción que consiste en proteger a una persona, animal o cosa, de un daño o peligro.
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS:
Medidas que se toman para evitar un incendio o reducir al mínimo los daños, en caso de producirse. Sus tres fines son:
Salvar vidas humanas. Minimizar las pérdidas económicas producidas por el
fuego. Conseguir que las actividades del edificio puedan
reanudarse en el plazo de tiempo lo más corto posible.
Los tipos de protección contra incendios se dividen en tres:
Medidas preventivas
Medidas pasivas
Medidas activas
Medidas preventivas
Corresponde al estudio de los riesgos resultantes de las distintas actividades humanas y de las características de los ambientes donde dichas actividades se realizan.
Capacitación al personal Mantenimiento preventivo
MEDIDAS PASIVAS
Es la adopción de medidas necesarias para que, en caso de producirse el incendio, quede asegurada la evacuación de las personas, limitando el desarrollo del fuego; impedir los efectos de los gases tóxicos y garantizar la integridad estructural del edificio.
MEDIDAS ACTIVAS
Son aquellas integradas por equipos y dispositivos capaces de detectar el fuego, dar la alarma y en algunos casos extinguir el incendio.
Las medidas activas se dividen en
Detección
Extinción
Presurización de escaleras
Alerta y Señalización
PREVENCION DE INCENDIOS
Es el conjunto de pasos, normas o acciones encaminadas a identificar, valorizar y cuantificar el riesgo de incendio.
Por otra parte; LA PROTECCION CONTRA INCENDIOS
Es el conjunto de herramientas y equipos para detectar, controlar y extinguir el incendio.
DIFERENCIA ENTRE PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIO
BASAMENTO LEGAL
CAPITULO IIIDe los Derechos Civiles Art. Nº 55 y Nº 332
Art. Nº 55 Toda persona tiene Derecho a la protección por parte del Estado.Art. Nº 332 Frente a situaciones que constituyan amenazas o riesgos para la integridad físicas de las personas, disfrutes de sus Derechos y cumplimiento de sus Deberes.
NORMAS COVENIN CONTRA INCENDIOS Y SEGURIDAD HUMANA
Norma covenin 823-3-4-2000sistema de protección contra incendios en edificaciones por construir parte 4: edificaciones comerciales.
Norma covenín 810-95Característica de los medios de escape en edificación según el tipo de ocupación.
Norma covenin 1329-89Sistema de protección contra incendio (símbolos).
Norma covenin 1472-80Lámparas de emergencia auto contenido.
Norma covenin 644-78Puertas resistentes al fuego combatientes.
Norma covenin 2245-85Escaleras, rampas y pasarelas (requisitos de seguridad)
Norma covenin 1764-98Guía para la inspección del sistema de prevención y protección contra incendios para industria y comercios.
REGLAMENTO DE LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Artículo 740. En todo local de trabajo se tomarán medidas preventivas tendientes a evitar incendios y explosivos.
Artículo 755. Los locales de trabajo, los pasillos y patios alrededor de las edificaciones, los patios de almacenamiento y lugares similares, deben mantenerse libres de basuras, desperdicios y otros elementos susceptibles de encenderse con facilidad
Artículo 769. En los establecimientos de trabajo se instalarán equipos o sistemas de extinción de incendio, portátiles o fijos, automáticos o mecánicos de acuerdo a la naturaleza del riesgo, tomando en consideración la construcción, contenido, ubicación y grado de exposición del trabajo que se realiza.
Artículo 770. Los equipos o aparatos de extinción de incendios estarán debidamente ubicados, tendrán fácil acceso y clara identificación, sin objetos o materiales que obstaculicen su uso inmediato u estarán en condiciones de funcionamiento máximo.
Artículo 771. Los equipos, extintores o sistemas de extinción, deberán revisarse por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia. Aquellos que funcionen a presión serán sometidos a una prueba hidrostática por lo menos cada cinco años, señalándose, en lugar visible, la fecha y la presión de la prueba
Artículo 780. Los Cuerpos de Bomberos y el Ministerio del Trabajo deberán ser informados de la existencia y cantidad de elementos y materias de fácil y rápida inflamación o susceptibles de causar una explosión en su protección, manufacturas, comercio o uso
MARCO LEGAL
DECRETO 2195
Art. Nº 27 Las instrucciones serán fijadas en lugares visibles y en idioma castellano
MARCO LEGAL
Art. Nº 357La persona
que por haber realizado su labor con imprudencia o negligencia y haya ocasionado un incendio será castigado con prisión de 3 a 15 meses.
Si el delito resulta un peligro la prisión será de 3 a 30 meses.
Si resultare la muerte de alguna la prisión será de unos 10 años.
¿Ciclo de preguntas?
GRACIAS