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1 Impuestos, Democracia y Transparencia Carlos Elizondo Mayer-Serra CULTURA DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS 2 SERIE:

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Impuestos, Democraciay Transparencia

Carlos Elizondo Mayer-Serra

CULTURA DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS

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SERIE:

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Serie: Cultura de la Rendición de CuentasISBN-968-5500D.R. © Auditoría Superior de la FederaciónAv. Coyoacán 1501, Col. Del Valle,03100 México, D.F., Tel: 52-00-15-00

Impuestos, Democracia y Transparencia.ISBN-968-5500-03-7

El contenido de esta publicación, incluido el diseño de portada e interiores, no podrá ser reproducido total ni parcialmente, ni almacenarse en sistemas de reproducción, ni transmitirse en forma alguna, sin permiso previo, por escrito, de los editores.

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Presentación

Gregorio Guerrero Pozas 5

Introducción 7

I. La fragilidad tributaria 9

II. Una explicación de la fragilidad tributaria 23

III. Transparencia 35

Anexo I: Cuadros y gráficas 49

Anexo II: Exenciones, deducciones, tratamientos especiales y tasa cero 71

Anexo III: Potestades tributarias de los estados, municipios y de la Federación 81

Anexo IV: Cuestionario sobre transparencia fiscal 87

Anexo V: Acciones que debe realizar el gobierno en materia de impuestos para considerarse

transparente 99

Índice

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Presentación

La serie Cultura de la Rendición de Cuentas tiene como finalidad divulgar los conocimientos sobre el entramado institucional, las prácticas y los valores que propician el uso honesto y eficiente de los recursos públicos.

Con este propósito hemos invitado a distinguidos especialistas cuya formación académica y prestigio profesional, así como el respeto a sus opiniones expresadas con absoluta libertad, garantizan que los textos contribuyan eficazmente a la difusión de estos conocimientos.

Un rasgo esencial de esta colección es el esfuerzo por hacer accesibles a un público amplio aspectos fundamentales del proceso de rendición de cuentas, cuya consolidación es una prioridad para nuestra vida democrática.

En este segundo número de la serie, escrito por el doctor Carlos Elizondo Mayer-Serra, se expone de manera didáctica y acuciosa el tema de los impuestos en el devenir mexicano, y se destaca su vínculo con la transición democrática.

En su texto, el doctor Elizondo ofrece un informado análisis de los avatares de la recaudación impositiva en México, desde los inicios de nuestra vida independiente hasta nuestros días; examina las posibilidades y desafíos de la reforma fiscal en la coyuntura presente, y propone diversas acciones para avanzar en el terreno de la transparencia.

Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el proceso democrático de la rendición de cuentas.

De ahí la relevancia de su inserción como tema de esta serie, con la que buscamos impulsar la cultura de la legalidad, la transparencia, la honestidad y la eficiencia en el manejo de los fondos públicos.

GREGORIO GUERRERO POZASAuditor Superior de la Federación

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Introducción

Como lo afirmó Edmund Burke, el teórico político conservador inglés, el ingreso del Estado es el Estado. Un Estado existe sólo si es capaz de recaudar. Conocer de dónde provienen los recursos y para qué se utilizan refleja las relaciones de poder en una sociedad, el proyecto de quienes están en el poder y las condiciones económicas existentes en el mundo.

En una democracia, cobrar impuestos en un nivel congruente con las exigencias de gasto por parte de la ciudadanía no es fácil. El ciudadano no percibe los beneficios del gasto, siempre difusos y muchas veces asignados a tareas distantes, pero sí percibe el costo directo de pagar impuestos.1 Para hacer menos aguda esta tensión se requieren mecanismos de representación adecuados y claridad en el ejercicio del gasto. El viejo lema de ningún impuesto sin representación no es suficiente. Ahora tenemos que asegurarnos de que la representación obligue a generar transparencia y rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos. Sin estos mecanismos, la ciudadanía estará aún menos dispuesta a pagar mayores impuestos y la capacidad del Estado de responder a las demandas sociales será muy limitada, con el riesgo de ser incapaz de acomodar las presiones sociales dentro de las instituciones.

Si el ingreso del Estado es el Estado, uno con baja capacidad recaudatoria es un Estado frágil. Éste es el caso de México. El Estado mexicano recauda poco. Tiene, por tanto, pocos recursos disponibles, y una proporción importante de lo recaudado está sujeto a compromisos que vienen del pasado. Peor aún, no siempre gasta lo disponible de la mejor forma. La fragilidad resultante se ve en todos los espacios del país, desde la inseguridad hasta los baches en las carreteras, por citar dos asuntos distintos.

El Estado mexicano ha sido a lo largo de su historia un pobre recaudador por un conjunto de razones fundamentalmente de orden político. Con el triunfo de Vicente Fox el 2 de julio, la

1 Ver Anthony Downs, “Why the Government Budget is Too Small in a Democracy”, en World Politics, Vol. 12, Núm. 4, julio de 1960, pp. 541-563.

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lógica política del régimen anterior se modifica: ¿qué tanto puede afectar esto su capacidad de recaudar?

En este ensayo analizaremos primero la fragilidad tributaria del Estado mexicano. En una segunda parte exploraremos las causas que explican esta fragilidad.2 Como veremos, una de las razones de esta baja tributación han sido los problemas de legitimidad del Estado y la poca transparencia y efectividad de su gasto. Algunos Estados autoritarios son más efectivos a la hora de gastar que otros, pero ninguno es transparente. La democracia abre el espacio para enfrentar el problema de la legitimidad. También puede permitir avanzar en hacer más transparentes las finanzas públicas. Este ámbito se explora en la parte final del texto, y se hace énfasis en lo mucho que falta, no sólo por el lado del gasto, asunto que suele dominar el debate, sino también por el del ingreso, el tema central de este ensayo.

2 Estas dos secciones fueron desarrolladas a partir de Carlos Elizondo, “El reto interno: balance fiscal en un contexto democrático”, en Gaceta de Economía, ITAM, Vol. 5, Núm. 9, 2000, pp. 209-225.

NOTA: Quiero agradecer a Juan Pablo Guerrero Amparán, quien leyó el docu-mento final y aportó muchas sugerencias interesantes. También quiero agradecer a Flor García y Rebeca Ibarra por su asistencia en la elaboración de los cuadros, gráficas, anexos y por el cuidado en la redacción del documento.

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I. La fragilidad tributaria

México recauda como porcentaje del PIB una proporción más baja que la de otros países con similar nivel de ingreso (ver cuadro 1). Comparado con los países de la OCDE la tributación es aún más baja y lo mismo sucede cuando lo comparamos con América Latina (ver gráfica 1*). Como se observa en la gráfica 2 y el cuadro 2, no obstante los esfuerzos por incrementar la tributación en los últimos 20 años, la carga fiscal se ha mantenido relativamente estable, a pesar de cambios en la estructura impositiva y, por tanto, de modificaciones importantes respecto de quién paga qué.

CUADRO 1. RECAUDACIÓN TRIBUTARIA, COMPARACIÓN INTERNACIONAL1/

(Porcentaje del PIB)

1995 1998

Croacia 43.0 43.3Polonia 36.7 32.8República Checa 37.5 31.6Uruguay 27.6 30.0Estonia 33.2 29.9África del Sur 25.2 24.5Brasil 18.6 19.8Malasia 20.6 18.9Chile 17.8 18.4Panamá 20.1 18.4Corea 17.7 17.3Botsuana 28.1 14.7México 14.8 13.0Venezuela 14.8 12.8Líbano 10.8 12.7Argentina2/ 11.9 12.4México* 9.3 10.5

1/ Países de ingreso medio alto, según criterios del Banco Mundial. Se consideran ingresos tributarios las entradas por concepto de pagos obligatorios sin contrapartida y no reembolsables percibidos por el gobierno federal para fines públicos, los intereses cobrados por los impuestos en mora y las multas cobradas por falta de pago o pago tardío de los impuestos. Los reembolsos y otras transacciones correctivas se presentan deducidos.

2/ Para el caso de Argentina, la información se refiere a 1996.* Cifras oficiales tomadas de SHCP, Sistema de Finanzas Públicas y Deuda Pública,

página electrónica.FUENTE: World Bank, World Development Report, Washington: World Bank, 1998 y

2001.

Existe una suerte de equilibrio entre gobierno y causantes. El gobierno puede modificar el nivel de gasto, sólo a través

* Nota del editor. Las gráficas pueden consultarse en el Anexo I, así como los cuadros estadísticos que no figuran en el texto.

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del endeudamiento, pero no a través de mayor recaudación. Cuando las cuentas del pasado se deben pagar y los déficit públicos ya no son sostenibles, el gobierno logra contraer el gasto, pero no cambiar de forma sustantiva la recaudación (ver gráfica 3). Sin embargo, se debe subrayar que esta suerte de equilibrio entre sociedad y Estado en lo que concierne a la capacidad de este último para extraerle recursos a la sociedad se ha dado en un contexto no sólo de estancamiento del PIB per cápita (ver gráfica 4), sino también de crisis sucesivas (ver gráfica 5) que hacen más difícil cobrar impuestos.

A este bajo nivel de captación hay que agregar la enorme dependencia del erario público en el ingreso petrolero. 3 Como se ve en el cuadro 3, los derechos por extracción de petróleo han oscilado entre 5.5 y 2.8 puntos del PIB entre 1985 y 2000. Esto ha representado, entre 34.3 y 17.2 por ciento del ingreso total del gobierno federal. En sentido estricto, ésta debe ser considerada la renta petrolera, ya que es el ingreso derivado de la posesión de reservas de hidrocarburos. Esta renta ha permitido evitar una mayor presión tributaria sobre el causante, o un recorte del gasto aún mayor.

Cabe señalar, sin embargo, que se suele incluir dentro del rubro Ingresos del sector petrolero los impuestos a gasolinas y otros combustibles, lo cual aumenta erróneamente, de forma significativa, la dependencia en el petróleo (como se ve en los cuadros 3 y 4). Incluir estos impuestos distorsiona el peso de la llamada renta petrolera, ya que los impuestos a las gasolinas y otros combustibles pueden ser poderosos recaudadores aun en países no productores de petróleo.

Si bien se ha modernizado el sistema tributario y éste distorsiona, menos que en el pasado, las decisiones de los agentes económicos, la persistencia de innumerables exenciones lleva a una base gravable pequeña.4 Incluso impuestos generales como el IVA están llenos de exenciones. El 42.03 por ciento del gasto que realiza el 10 por ciento de la población con más ingresos

3 La evidencia muestra que la presencia de un sector de extracción importante dis-minuye la capacidad tributaria del Estado, dada la presencia de fuentes de ingreso alternativas, menos complicadas, desde el punto de vista político. Ver José Antonio Cheibub, “Political Regimes and the Extractive Capacity of Governments: Taxation in Democracies and Dictatorships”, en World Politics, Vol. 50, Núm. 3, abril de 1998, p. 369

4 Ver OECD, “Mejorar los ingresos fiscales. Reforzar el sistema bancario”, Estudios Económicos de la OECD para México:1999, Washington: OECD, pp. 81 y 98.

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se encuentra exento del pago de IVA o tiene tasa cero.5 Este subsidio es relativamente alto entre el sector de mayores ingresos porque si bien como proporción de su ingreso el consumo

5 Andrés Zamudio, “Estudio sobre la incidencia en los niveles de ingreso de la estructura tributaria en México”, documento de distribución para el Programa de Presupuesto y Gasto Público, México: CIDE, en prensa. Para un análisis de la progresividad del ISR, ver Francisco Gil Díaz, “The Incidence of Taxes in Mexico: A Before and After Comparison”, en Pedro Aspe y Paul E. Sigmund (eds.), The Political Economy of Income Distribution in Mexico, New York-London: Holmes & Meier Publishers, 1984, pp. 59-97. Ver también Rebeca Ibarra, Una aproximación a la progresividad del ISR de las personas físicas en México, 1994-1998, tesis de licenciatura en Economía, México: CIDE, marzo de 2001.

Concepto 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001p/

Total 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 Sector petrolero 27.2 35.3 37.6 36.0 31.4 31.1 25.1 23.7 - Derechos PEMEX* 14.5 25.7 28.8 25.8 16.5 14.5 17.2 16.2 - Impuestos gasolina y otros combustibles 10.1 6.2 5.2 6.8 11.3 13.0 5.2 4.9 - IVA neto de PEMEX 2.7 3.4 3.6 3.4 3.6 3.6 2.7 2.5Sector no petrolero 72.8 64.7 62.4 64.0 68.6 68.9 74.9 76.3 - Tributarios 61.6 51.1 48.7 51.7 59.2 60.7 67.0 69.8 - No tributarios 11.1 13.4 13.7 12.3 9.5 8.2 7.9 6.5

p/ Cifras preliminares

* Incluye los derechos por hidrocarburos y los aprovechamientos sobre rendimientos excedentes.

Nota: La suma de los totales puede no coincidir debido al redondeo de cifras.

FUENTE: INEGI, Banco de Información Económica, página electrónica; INEGI, Anuario Estadístico de los Estados Unidos Mexicanos, México: INEGI, 1992.

CUADRO 4. INGRESOS PRESUPUESTALES DEL GOBIERNO FEDERAL, 1985-2001

(Porcentaje del total)

Concepto 1985 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993

Total 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 Sector petrolero 45.0 38.3 43.3 35.0 31.8 29.5 28.8 28.3 27.1

- Derechos PEMEX* 34.3 23.5 30.8 20.5 19.9 22.2 21.2 19.1 18.0

- Impuestos gasolina y otros combustibles 8.5 11.8 9.9 11.1 8.9 4.4 4.7 7.0 6.9

- IVA neto de PEMEX 2.2 3.0 2.6 3.3 3.0 3.0 2.9 2.2 2.2

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en alimentos y medicinas es menor, en términos absolutos su consumo es muy alto en comparación con los otros deciles de ingreso. 6

Asimismo, otros bienes y servicios con tasa cero o exentos, como el consumo en periódicos y libros registran un nivel de concentración muy elevado entre las clases de más altos ingresos. Lo mismo sucede con colegiaturas de escuelas privadas7 y servicios de salud (ver cuadro 5).

En México sólo el 55 por ciento del consumo nacional es gravado con IVA, frente al 65 en Argentina y el 92 en Chile.8 La Organización Económica para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD) ha calculado que de quitarse estas exenciones y manteniendo la tasa de 15 por ciento, la recaudación aumentaría en por lo menos 1.6 puntos porcentuales del PIB.9

La recaudación es todavía menor dada la enorme evasión existente. Ésta ha sido calculada por Marcelo Bergman 10 cercana al 50 por ciento de la recaudación potencial. Según Bergman, si bajo el esquema tributario actual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) alcanzara un nivel de efectividad similar al de las administraciones tributarias de España o Chile, se podría registrar un aumento en la recaudación del orden del 17 o 18 por ciento. 11

6 Se ha calculado que el subsidio implícito del IVA implica que por cada peso con que se subsidia al 20 por ciento más pobre, el 20 por ciento más rico de la población recibe un subsidio de $4.70. Ver Fausto Hernández, John Scott y Andrés Zamudio, “La reforma hacendaria integral: algunos retos”, en Este País, Núm. 119, febrero de 2001, p. 31.

7 Sólo el 7.7 por ciento de los alumnos inscritos en primaria están en escuelas privadas. Ver Presidencia de la República, “Anexo Estadístico”, en Primer Informe de Gobierno de Vicente Fox Quesada, México: Presidencia de la República, septiembre de 2001, pp. 42-48.

8 Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Situación de las Finanzas Públicas, México: SHCP, octubre de 1998.

9 Ver OECD, op. cit., pp. 156 y 157. Para una descripción de los principales impuestos y sus exenciones y privilegios véase el Anexo I al final del presente trabajo.

10 Marcelo Bergman,”Reforma fiscal, recaudación y evasión impositiva”, documento de trabajo para el Programa de Presupuesto y Gasto Público, México: CIDE, en prensa.

11 La estimación de Bergman en cuanto a evasión es menor que la realizada por Martín del Campo Flores, quien calcula que el costo de la evasión como porcentaje de la recaudación potencial se encuentra entre el 61 y el 67 por ciento entre los años de 1988 y 1995 (ver cuadro 6). Erick Martín del Campo Flores, “Estimación de la base, costo de las exenciones y evasión fiscal del impuesto al valor agregado en México”, en Gaceta de Economía, ITAM, año 3, Núm. 6, primavera 1998, cuadro 4, p. 211.

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Para el IVA, la Secretaría de Hacienda calcula que el no cumplimiento en el pago representó el 37.1 por ciento de la captación potencial de este impuesto en 1998 (ver cuadro 7).12 Jorrat ha calculado que si México tuviera una tasa de evasión en IVA que oscilara alrededor del 10 por ciento, podría incrementar su recaudación entre 43 y 67 por ciento.13 Con tanta exención y evasión se recauda poco por IVA en México como proporción del PIB, 3.1 por ciento en 1997 frente a 5.0 como promedio en América del Sur o 6.7 como promedio de la OECD (ver cuadro 8).14

Las dificultades recaudatorias del gobierno no se limitan al ámbito federal. En la Constitución, las potestades tributarias de los estados no son pocas. Sin embargo, para lograr una mayor eficiencia recaudatoria en impuestos como el IVA y el ISR que serían muy difíciles de cobrar en el ámbito estatal, en 1979, las entidades federativas firmaron convenios de coordinación fiscal, cediendo los impuestos más importantes a la federación.15 Con todo, las pocas potestades restantes, y las relativamente bajas potestades de los municipios, son utilizadas al mínimo (ver Anexo III). En México, los gobiernos locales recaudan muy poco. Si bien algunos municipios han logrado aumentar el cobro del predial (el cual representa la gran mayoría de los impuestos municipales),

16 en términos agregados como se ve en los cuadros

12 SHCP, Política de Ingresos: Diagnóstico y Retos, s.f.13 Ver Michael Jorrat De Luis, “Evaluación de la Capacidad Recaudatoria del Sistema

Tributario y de la Evasión Tributaria”, en Trimestre Fiscal, año 19, Núm. 63, julio-septiembre de 1998, p. 6.

14 La información para América del Sur se encuentra en IMF, Government Finance: Statistics Yearbook 2000, Washington: IMF, 2000.

15 En 1970 del total de los ingresos de las entidades federativas, el 50 por ciento era por concepto de impuestos locales, mientras que tan sólo el 14.6 por ciento era vía participaciones federales. Para 1980, año en el cual entra en vigor el nuevo Sistema de Coordinación Fiscal, la situación se revierte y del monto de los ingresos totales de las entidades federativas, sólo el 9.3 por ciento lo representaban los ingresos por concepto de impuestos, mientras que el 50 por ciento eran vía participaciones federales. Cabe señalar que en este mismo periodo la federación toma el control total del ISR (Impuesto sobre la Renta), IVA (Impuesto al Valor Agregado), IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios), ISAN (Impuesto sobre Automóviles Nuevos) e Impuestos al Comercio Exterior. Ver Uri Raich, “Impacts of Expenditure Decentralization on Mexican Local Governments”, Massachusetts Institute of Technology, mimeo, julio de 2001; José Alberto Saucedo Sánchez, Hacia el federalismo fiscal, México: INAP, 1997, pp. 93-104.

16 De 1996 a 1999, los ingresos por concepto de predial representaron el 60 por ciento de los ingresos tributarios de los municipios. Ver INEGI, Estadísticas de las Finanzas Públicas Estatales y Municipales, 1996-1999, México: INEGI, p. 46.

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9 y 10, ni estados ni municipios han logrado incrementar la recaudación. 17

Dada esta baja capacidad recaudatoria y los muchos compromisos de gasto que vienen del pasado como resultado de inumerables ineficiencias y poca previsión, son muchas las responsabilidades públicas no atendidas, que de tener mayores ingresos y buenos mecanismos para asignar adecuadamente el gasto, se podrían atender mejor. Quizá la más seria es la creciente desigualdad en el acceso a servicios de educación y salud. Los bajos niveles de educación y salud de segmentos muy amplios

CUADRO 9. ESFUERZO RECAUDATORIO DE LOS ESTADOS, 1989-19991/

(Porcentaje del PIB)

Año Total Impuestos Derechos Aprovechamientos Productos

1989 0.35 0.08 0.07 0.07 0.13 1990 0.42 0.10 0.09 0.11 0.13 1991 0.41 0.12 0.11 0.09 0.09 1992 0.63 0.14 0.15 0.17 0.17 1993 0.96 0.14 0.15 0.57 0.09 1994 0.71 0.14 0.16 0.34 0.07 1995 0.51 0.13 0.13 0.12 0.14 1996 0.42 0.13 0.11 0.08 0.10 1997 0.50 0.14 0.11 0.09 0.16 1998 0.50 0.14 0.13 0.10 0.13 1999 0.52 0.15 0.13 0.10 0.14

1/ No se considera al Distrito Federal. FUENTE: INEGI, Finanzas Públicas Estatales y Municipales, México: INEGI,

1992-1996, 1994-1997, 1996-1999.

CUADRO 10. ESFUERZO RECAUDATORIO DE LOS MUNICIPIOS, 1989-19991/

(Porcentaje del PIB)

Año Total Impuestos Predial Aprovechamientos Derechos Productos

1989 0.33 0.12 0.05 0.10 0.07 0.051990 0.38 0.17 0.08 0.08 0.08 0.051991 0.43 0.19 0.08 0.10 0.09 0.051992 0.46 0.23 0.11 0.09 0.09 0.051993 0.48 0.25 0.12 0.09 0.09 0.061994 0.47 0.23 0.13 0.11 0.08 0.051995 0.38 0.19 0.10 0.08 0.06 0.051996 0.32 0.16 0.10 0.06 0.07 0.031997 0.31 0.15 0.09 0.06 0.07 0.031998 0.33 0.15 0.09 0.07 0.08 0.041999 0.34 0.14 0.09 0.08 0.08 0.03

1/ No se considera al Distrito Federal. FUENTE: INEGI, Finanzas Públicas Estatales y Municipales, México: INEGI, 1992-1996, 1994-1997, 1996-1999.

17 Para una comparación del impuesto predial recaudado por los Estados como porcen-taje de su PIB, ver el cuadro 11.

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de la población,18 hacen que la desigualdad sea mucho mayor a la esperada dado el nivel de riqueza del país.19 Esta desigualdad no sólo es terriblemente injusta, sino que es fuente de crecientes

18 Ello se puede explicar en gran medida por el bajo nivel de gasto público. Por ejemplo, dado el nivel de ingreso de América Latina, el gasto público como proporción del PIB es nueve puntos debajo de lo que se esperaría. BID, América Latina frente a la desigualdad: Informe 1998-1999, Washington: BID, 1998, p. 200. De acuerdo con el BID, a mediados de los noventa, el 10 por ciento más rico de la población tenía un nivel de escolaridad promedio de 12.1 años, frente al decil más pobre que registraba 2.1 años de escolaridad promedio, una brecha de escolaridad de 10 años entre el 10 por ciento más rico y el más pobre.

19 Según el BID, América Latina registra 12 puntos más en el índice Gini de lo que se esperaría dado su nivel de ingreso. Cabe señalar que dentro de la región, México es uno de los países con mayor desigualdad. Ver BID, op. cit., p. 15.

CUADRO 11. IMPUESTO PREDIAL COMO PORCENTAJE DEL PIB ESTATAL

Entidad 1999 2000

Aguascalientes 0.07 0.09Baja California 0.11 0.14Baja California Sur 0.22 0.23Campeche 0.04 0.04Coahuila 0.09 0.10Colima 0.13 0.13Chiapas 0.03 0.08Chihuahua 0.15 0.17Distrito Federal 0.96 0.44Durango 0.08 0.08Guanajuato 0.15 0.21Guerrero 0.13 0.16Hidalgo 0.10 0.11Jalisco 0.14 0.18México 0.19 0.19Michoacán 0.11 0.11Morelos 0.16 0.20Nayarit 0.11 0.12Nuevo León 0.15 0.15Oaxaca 0.04 0.06Puebla 0.08 0.09Querétaro 0.13 0.15Quintana Roo 0.20 0.28San Luis Potosí 0.08 0.10Sinaloa 0.19 0.23Sonora 0.14 0.17Tabasco 0.06 0.08Tamaulipas 0.09 0.14Tlaxcala 0.05 0.06Veracruz 0.07 0.08Yucatán 0.06 0.06Zacatecas 0.09 0.14

Total Nacional 1/ 0.32 0.21 1/ Se refiere al predial recaudado por todas las entidades como porcentaje del PIB nacional.FUENTE: Para 1999 los datos se tomaron de INEGI, Finanzas Públicas Estatales y Municipales, México: INEGI, 1996-1999. Para el año 2000 la información fue proporcionada por la SHCP.

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tensiones políticas y sociales. Desigualdad y fragilidad estatal en un contexto de cambio político abren camino a la delincuencia. La desigualdad está asociada con menor aceptación de la democracia (ver gráfica 8). Si bien hay ámbitos donde los privados podrían sustituir al sector público, como en el caso del sector energético, las carencias más importantes sólo las puede atender un Estado con más recursos y mayor capacidad de gastar adecuadamente.

La dificultad para gravar no se ha modificado a lo largo de nuestra historia. En algún sentido viene desde los orígenes del México independiente. El Estado mexicano nació quebrado, pero sin saberlo sus fundadores. Uno de los primeros actos del gobierno de Iturbide “fue una reducción radical de los impuestos y derechos.”20 Muy pronto no alcanzaron los recursos. Para enfrentar este primer déficit de la nueva nación, al gobierno de Iturbide se le hizo fácil imponer préstamos forzados y confiscar bienes, lo cual le trajo el repudio de los comerciantes y contribuyó a su caída.

Uno de los primeros actos del gobierno republicano de Guadalupe Victoria fue procurar un crédito con prestamistas ingleses para comprar armamento y financiar el gasto corriente del nuevo gobierno. La historia oficial habla de los extranjeros que nos endeudaron cobrándonos muy altos intereses y de las presiones políticas para que pagáramos, incluyendo la amenaza militar.21 La deuda externa era cara, aunque no mucho más que ahora, ya que suponía una tasa de interés efectiva de cerca del 12 por ciento.22 Además, este dinero, relativamente caro, fue la opción que el gobierno encontró para sobrevivir ante la poca capacidad burocrática para cobrar impuestos y la baja disposición de los nuevos ciudadanos a prestarle al frágil gobierno.

20 Jean Bazant, Historia de la deuda exterior de México, 1823-1946, México: Fondo de Cultura Económica, 1968, p.14.

21 Para revisar esta versión de la historia de México bastaría con ver algunos libros de texto de primaria y secundaria. Ver Secretaría de Educación Pública, Historia: Sexto Grado, México: SEP, 1995, pp. 35, 46 y 63; Rosalía Velázquez, Marcela Arce y Ma. Cristina Montoya, Historia: Tercer Curso, México: Publicaciones Cultural, 1994, p. 132; y Roberto Juárez y Francisco de la Torre, Historia de México I, México: McGraw-Hill, 1993, pp. 136 y 137.

22 Ver Bazant, op. cit., p. 27.

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Era una estrategia riesgosa. De no pagar, confrontábamos un poder externo con capacidad de fuego para pretender cobrarse por la fuerza, como lo hicieron. Sin embargo, era más riesgoso no tener para pagar los sueldos a los soldados y se esperaba organizar rápido la hacienda pública y generar así recursos fiscales para solventar los gastos y pagar las deudas contraídas.

Tanto Iturbide en su reducción de impuestos como Guadalupe Victoria tenían la memoria de una Nueva España rica que generaba más recursos públicos de los que gastaba, y mandaba el resto a otras colonias deficitarias o a la propia España, donde los recursos de la Nueva España llegaron a ser una parte importante de sus ingresos fiscales.23 Los comerciantes, mineros y corporaciones religiosas tenían la suficiente solvencia incluso para prestarle a la Corona Española para financiar sus aventuras bélicas.

Fueron vanas esperanzas. El gobierno novohispano estaba adecuadamente diseñado para transferir recursos a la metrópoli. Pero esta capacidad quedó hecha añicos después de la Independencia, no sólo por la fragilidad institucional del nuevo gobierno, sino porque la economía estaba también destruida y se deterioró aún más con la salida y luego expulsión de los españoles. La Constitución Federal de la naciente República concentró las potestades tributarias en los estados. Por ley tenían que participar (con el llamado contingente) a la Federación. Casi nunca lo hacían y la Federación se volvió muy dependiente de los ingresos por comercio exterior, recaudados en aduanas fáciles de controlar por extranjeros con deudas o con ambiciones sobre el país.24 En palabras de Carmagnani: “La distinción

23 La relación fiscal entre la Nueva España, otras colonias españolas y la metrópoli están analizadas en Carlos Marichal, La bancarrota del virreinato. Nueva España y las finanzas del Imperio español, 1780-1810, México: Fondo de Cultura Económica, 1999. Marichal subraya un dato importante: Nueva España era capaz de recaudar más de lo que gastaba, no sólo por su riqueza minera, sino gracias al desarrollo de una notable capacidad extractiva que imponía a los residentes de la Nueva España una carga tributaria mayor que la de la mayoría de los países europeos. Esto tam-bién se discute en Bazant, op. cit., pp. 85-95.

24 Ver Marcello Carmagnani, “Finanzas y Estado en México, 1820-1880”, en Luis Jáuregui y José Antonio Serrano Ortega (coords.), Las finanzas públicas en los siglos XVIII-XIX, Col. Lecturas de Historia Económica Mexicana, México: Instituto Mora-Colegio de Michoacán-Colegio de México-UNAM, 1998, pp. 131-177.

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constitucional entre ingresos federales y estatales condujo a definir implícitamente a la federación como un estado tendencialmente sin territorio”.25

Los únicos cuatro años de paz anteriores a 1867 fueron los del primer gobierno republicano, el cual gozó del dinero de los primeros préstamos externos. Los gobiernos subsecuentes del México independiente no duraban, en parte por falta de recursos. En palabras de Justo Sierra “cuando los sueldos se pagan, se apagan las revoluciones”.26 Sin duda, debió haberse pensado en aumentar las contribuciones, como muchos contemporáneos lo señalaron, pero, en palabras de Bazant, “nadie quería pensar en cosas desagradables”.27

Pocos han querido. Las finanzas públicas en México han tendido a oscilar entre dos extremos. Prudencia macroeconómica basada en un bajo nivel de tributación o alto gasto público sin el debido financiamiento tributario y por tanto insostenible en el tiempo.

Ejemplo de equilibrio presupuestal con baja tributación es el prudente manejo hacendario de Limantour.28 Éste se logró en buena medida no gastando, sin importar que en 1910 el 70.2 por ciento de los mexicanos fueran analfabetas, por dar sólo un dato del brutal rezago social de la época.29 El balance presupuestal de una Hacienda Pública puede llevar a la quiebra política del Estado, una vez que es insostenible esta baja provisión de bienes públicos y de servicios básicos a los sectores más pobres.

25 Ibíd., p. 140.26 Bazant, op. cit., p. 40.27 Ídem.28 A partir de 1896 la política trazada por Limantour empezó a generarle al gobierno

recursos excedentes. En el ejercicio fiscal de 1903-1904, los ingresos del gobierno sumaban 86.5 millones de pesos, mientras que el gasto ascendió a 83.5 millones. Cabe señalar que en el periodo de Limantour el componente más importante de los ingresos totales del gobierno eran los impuestos al comercio exterior, los cuales entre 1895 y 1910 representaron en promedio el 46 por ciento del total. Ver Fernando Paz Sánchez, La política económica del Porfiriato, México: INEHRM-SEGOB, 2000, pp. 75-100.

29 Rosemary Thorp, Progreso, pobreza y exclusión, Washington: BID, 1998, p. 374. Como se señala en este texto, para 1910 Estados Unidos, gracias a una educación pública universal, tenía sólo 8.2% de analfabetas. Poco menos que el 10.4% de anal-fabetas que México lograría en 1994.

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Otro ejemplo de equilibrio presupuestal con bajos impuestos es la responsable política macroeconómica del desarrollo estabilizador. Ésta permitió un entorno de baja inflación propicio para el crecimiento. Cabe destacar, sin embargo, que este crecimiento gozaba de los beneficios de la inversión pública de la década de los cincuenta. El crecimiento, sin embargo, perdió fuerza. En buena medida por los excesos de un modelo de desarrollo basado en la protección comercial, en regulaciones excesivas y con un gasto no siempre bien asignado; pero también porque tal prudencia en alguna forma se basaba en posponer parte del gasto en educación, salud e infraestructura, y financiar crecientemente otra parte con recursos externos. Finalmente, no fue posible fortalecer los ingresos públicos a través de una política tributaria más agresiva. 30

El gobierno recaudaba poco en los sesenta. En 1960 apenas se recaudaba el 6.31 por ciento del PIB; de éste, sólo 2.41 puntos por concepto de Impuesto Sobre la Renta. 31 En los años sesenta, México era uno de los países con menor carga fiscal. De una muestra de 72 países, México ocupaba el lugar 66, 70 ó 67, dependiendo del indicador usado. 32 Aunque para el inicio de los años setenta la carga fiscal se había incrementado, era aún la segunda más baja de América Latina; sólo Argentina se encontraba en peor situación. 33 Ante esta fragilidad tributaria, la premisa de mantener finanzas públicas estables dependía en buena medida de gastar poco.

También la prudencia fiscal del sexenio de Salinas en mucho dependió de no gastar o de que lo hicieran los inversionistas privados, con garantías públicas que luego podían representar

30 Una alternativa parcial fue el endeudamiento externo. La deuda pública externa pasó de 813.3 millones de dólares, equivalente a 6.1% del PIB en 1960 a 3,280.5, el 9.2% del PIB en 1970. Para este año su servicio representaba 26.3% de los ingresos por exportación e implicaba sacrificar inversión pública. Enrique Cárdenas, La política económica en México, 1950-1994, México: Fondo de Cultura Económica, 1996, pp. 79 y 85.

31 Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Difusión Fiscal, Indicadores Tributarios, varios números, México: SHCP.

32 Citado por Roger Hansen, The Politics of Mexican Development, Baltimore: Johns Hopkins, 1971, p.84.

33 Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Difusión Fiscal, Indicadores Tributarios, México: SHCP, 1977, p. 94.

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un alto costo fiscal, como fue el caso de la inversión en carreteras o la privatización bancaria. Si bien el gobierno de Salinas hizo una reforma tributaria importante, sus beneficios fueron más por el lado de distorsionar menos la economía con una serie de impuestos especiales que por el de la recaudación, la cual si bien aumentó, no fue sostenible.

En el caso del sexenio de Zedillo fue tan fuerte la caída en la recaudación como resultado de la crisis económica que comenzó en 1995, que a pesar de aumentar las tasas (el IVA pasó de 10 a 15 por ciento), no se pudo incrementar la tributación por arriba de lo alcanzado en el sexenio anterior; ni siquiera al final del sexenio, cuando la economía llevaba varios años de crecimiento sostenido. Algunos datos son reveladores de esta fragilidad. Por ejemplo, el ingreso total por IVA no alcanza a financiar el gasto público federal total en educación, menos aún si se consideran los tres niveles de gobierno (ver cuadro 13).

En el otro extremo están esos sexenios de alto gasto público, en parte para hacer frente a las demandas sociales no atendidas en el periodo anterior, pero gastando sin orden y sin una mejora sustantiva de los ingresos públicos capaz de financiar tasas de crecimiento en el gasto tan elevadas, como en los sexenios de Echeverría y López Portillo. En ambos sexenios la expansión del gasto público fue el motor del crecimiento. Sin embargo, un crecimiento de la deuda insostenible (ver cuadro 14, y gráfica 9) obligó a frenar la economía en 1977 y a detenerla por completo en 1983.

En el cerrado sistema de los sesenta, las demandas sociales se posponían por miedo a trastocar la estabilidad macroeconómica y afectar los intereses de los grupos que más se beneficiaban con el desarrollo estabilizador y que eran su motor, es decir, los inversionistas privados. La falta de democracia hizo de la contención de las demandas sociales un mecanismo de control en apariencia más barato que ampliar las oportunidades.

El gobierno de Echeverría heredó las tensiones de una estrategia política excluyente, sin embargo, no estaba dispuesto a modificar la lógica autoritaria del sistema político. No se democratizó el sistema, pero cuando la reforma fiscal fracasó y los esfuerzos recaudatorios subsecuentes resultaron insuficientes,

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se abrió el gasto público aprovechando la disponibilidad de fondos prestables. Se optó por aumentar el gasto para ampliar las oportunidades sociales y para incrementar el papel del Estado en la economía, mecanismo útil para incorporar nuevos actores dentro del gobierno.

Un mayor gasto social era necesario dada la desigualdad y pobreza que el crecimiento del desarrollo estabilizador no

CUADRO 14. DEUDA DEL SECTOR PÚBLICO, 1971-20001/

Externa Año Interna (Millones de dólares) (Millones de pesos Tasa de corrientes) Monto crecimiento

1971 55.0 4,546.0 -1972 51.0 5,065.0 11.41973 23.0 7,071.0 39.61974 68.0 9,975.0 41.11975 116.0 14,449.0 44.91976 152.0 19,600.0 35.61977 nd 22,912.0 16.91978 nd 26,264.0 14.61979 nd 29,757.0 13.31980 600.0 33,813.0 13.61981 900.0 52,961.0 56.61982 2,600.0 58,874.2 11.21983 4,100.0 62,556.2 6.31984 5,700.0 69,377.9 10.91985 9,700.0 72,080.1 3.91986 21,500.0 75,350.9 4.51987 42,200.0 81,406.8 8.01988 84,600.0 81,003.2 -0.51989 110,500.0 76,059.0 -6.11990 138,600.0 77,770.3 2.21991 123,800.0 79,987.8 2.91992 69,200.0 75,755.2 -5.31993 59,700.0 78,747.4 3.91994 67,400.0 85,435.8 8.51995 31,100.0 100,933.7 18.11996 89,200.0 98,284.5 -2.61997 112,000.0 88,321.2 -10.11998 187,400.0 92,294.5 4.51990 314,200.0 92,289.5 0.02000 474,300.0 84,600.2 -8.3

1/ Saldos al final del periodo. nd: No disponibles.Nota: La fuente (INEGI) para los datos de deuda interna anteriores a 1980 no reporta los años 1977-1979.

FUENTE: INEGI, Estadísticas Históricas, 1985; SHCP, Sistema de Finanzas Públicas y Deuda Pública, página electrónica; Banco de México, Información Económica y Financiera, página elec-trónica. Los datos de la deuda externa anterio res a 1982 se tomaron de Rosario Grren, Lecciones de la deuda externa de México, de 1973 a 1997, México: Fundación Colosio- FCE; 1998, pp 104-105

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había logrado eliminar. Sin embargo, el gasto en sistemas no democráticos suele ser presa de intereses organizados y de prácticas clientelares. Se asignó más con criterios políticos que con base en las necesidades sociales o la racionalidad económica. Por ejemplo, contra la lógica económica que señala que el gasto público en primaria es socialmente más rentable, el gasto por estudiante en primaria quedó estacionado.34 El gasto en un sistema político no democrático suele ser, además, poco eficiente, ya que una parte de éste se pierde en una enorme burocracia y en actos de corrupción.

Por otro lado, el creciente gasto en empresas públicas fue más el resultado de la desconfianza de los empresarios, de una visión ideológica del papel económico del Estado y de la racionalidad política de un sistema basado en el reparto de puestos, que de buscar la forma de hacer más competitiva una economía cerrada e ineficiente. Fue una estrategia que llevó a orientar la inversión en proyectos de baja rentabilidad. A pesar de que se logró cierto incremento en la recaudación, se optó por un déficit público creciente, parcialmente financiado con deuda externa, que explica en buena medida la inflación y la subsecuente devaluación.

En el sexenio de 1976 a 1982, la historia se repitió, y como suele pasar cuando el espíritu de la historia retorna: lo hizo de forma extrema. Fundado en la expectativa de un precio del petróleo infinitamente a la alza, se expandió la economía con base en los ingresos petroleros, un elevado endeudamiento (ver gráfica 9) y creciente déficit público. Ante la evidente sobrevaluación y con el precio del petróleo a la baja, los ahorradores más solventes sacaron sus recursos del país y la economía se desplomó . 35

34 El gasto en educación primaria por estudiante se mantuvo en los 200 pesos (de 1989). Por su parte, el gasto por estudiante en educación superior pasó de 2,380 pesos en 1969 a 6,080 pesos en 1976. Ver John Scott, “Perdedores invisibles”, en Enfoque, 11 de octubre de 1998, pp. 18 y 19.

35 Se calcula que la fuga de capitales de 1973 a 1987 fue de 60,970 millones de dóla-res, 63.9% de la deuda contraída en ese mismo periodo. Ver Manuel Pastor, “Capital Flight from Latin America”, en World Development, Vol. 18, Núm.1, p. 3.

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II. Una explicación de la fragilidad tributaria 36

¿Por qué ha sido el Estado mexicano tan mal recaudador? La respuesta a esta pregunta no es fácil, ya que son muchas las variables detrás de la capacidad de recaudar de un Estado. 37 Como ya se dijo, las crisis recurrentes que han mantenido al PIB per cápita oscilando, pero sin aumentar desde 1981, han hecho más difícil la labor de recaudar (ver gráfica 4). Existen, además, dos condiciones de tipo estructural que en parte explican esta fragilidad.

1) Cualquier gobierno, independientemente de su ideología, enfrenta fuertes restricciones estructurales a la hora de hacer una reforma tributaria de fondo. La fácil fuga de capital financiero y humano, o la mera evasión del causante, pone un límite claro a las pretensiones fiscalizadoras de cualquier Estado. Impuestos excesivos desincentivan la inversión, siempre con alternativas en otros países, por lo que tratar de establecerlos no hace más que minar el crecimiento y la capacidad tributaria futura.

En el caso de México, la frontera con Estados Unidos fortalece la capacidad de los individuos y empresarios para transferir ingresos, o para amenazar con hacerlo en caso de que se incrementen los impuestos a los ingresos. Los impuestos al consumo tampoco pueden ser muy superiores a los de nuestro vecino, ni muy bajos en comparación con los de las demás democracias con economías desarrolladas.38 Existe, además, una libertad cambiaria y de tránsito que no es modificable dada la porosidad de la frontera. Hay muchos mexicanos, en términos de la cantidad de recursos que controlan, que ya han pagado el costo de entrada al mercado financiero de Estados Unidos o algún otro país con moneda estable.

36 Un primer bosquejo de esta sección se encuentra en Carlos Elizondo y Blanca Heredia, “Vivir sin impuestos”, en Nexos, Núm. 254, febrero de 1999, pp. 8-12.

37 Para una propuesta de cómo modelar las distintas variables que inciden en la deci-sión del contribuyente de pagar impuestos o de no hacerlo, ver Laura Sour, “An Economic Model of Tax Compliance with Individual Morality and Group Conformity”, Documento de Trabajo, División de Administración Pública, Núm. 100, México: CIDE, 2001.

38 La frontera norte, relativamente más rica que el resto del país, paga un IVA menor que las otras entidades federativas, en promedio más pobres. Por la misma razón no es fácil aumentar un impuesto tan eficiente como el de la gasolina, dados los bajos impuestos a este combustible pagados en nuestro vecino del norte.

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Una explicación

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Es de suponer que estas restricciones para gravar se han acrecentado recientemente. La apertura comercial abre nuevos mecanismos de subfacturación. La mayor sofisticación de los mercados financieros permite acceso más fácil a paraísos fiscales.39

La globalización también permite una mayor movilidad de las personas, sobre todo de las que tienen una mayor educación o capital. Esto les permite incluso mudarse hacia países con mejores servicios públicos. En la medida que el servicio gobierno conlleva economías a escala y de agregación, los mejores proveedores del servicio gobierno terminan por atraer a algunos de los mejores causantes potenciales de los países más pobres, los cuales pueden pagar el precio de entrada a una ciudadanía que otorgue más derechos efectivos, o por lo menos la residencia, erosionando la base tributaria del país pobre.

Con todo, el otro vecino de Estados Unidos, Canadá, ha logrado sostener cargas fiscales superiores a las de México y del propio Estados Unidos, como se ve en el cuadro 15. En el caso de Canadá el grueso de la actividad económica y de la población se encuentra en la frontera, mientras que en México sólo hasta muy recientemente la frontera se ha poblado y desarrollado, y todavía representa un porcentaje relativamente menor de la población y del producto nacional. Dada la alta capacidad de tributación del Estado canadiense la mera frontera no explica la fragilidad tributaria de México.

2) Dada la enorme concentración del ingreso, el costo de aumentar impuestos tiende a recaer sobre un grupo pequeño. Un ejemplo: con todo y las innumerables exenciones que tienen los más ricos, el 10 por ciento de mayores ingresos paga el 37.18 por ciento del IVA total recaudado, mientras que el 10 por ciento más pobre sólo paga 1.71 por ciento del IVA. 40 En México, el consumo está tan concentrado41 que el IVA es en términos absolutos un impuesto progresivo (en términos relativos, es decir,

39 Para un análisis más detallado sobre este tema véase OECD, Harmful Tax Competition. An Emerging Global Issue, París: OECD, 1998.

40 Datos de Fausto Hernández, John Scott y Andrés Zamudio, op. cit., p. 6.41 Andrés Zamudio, op. cit., p. 3.

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como proporción del ingreso, es regresivo). Cabe aclarar que si no existiera tasa cero en alimentos y medicinas, esto implicaría una mayor proporción del gasto de los más pobres. En el caso del impuesto al ingreso la progresividad es claramente más dramática en términos absolutos.42

La minoría de mayores ingresos, al concentrar un porcentaje tan alto de los recursos disponibles, tiene la capacidad para oponerse ya sea políticamente o sacando sus capitales del país.43 Los beneficiarios potenciales de un aumento en los impuestos están, por el contrario, mucho más dispersos y, por tanto, son mucho más difíciles de movilizar. La tensión entre esta minoría rica y movilizada y esa mayoría dispersa se ha resuelto con bajas tasas impositivas y poco gasto público.

42 Ver Rebeca Ibarra, op. cit., p. 58.43 Véase, Adam Przeworski, “El Estado y el ciudadano”, en Política y Gobierno, CIDE,

Vol. 5, Núm. 1, pp. 341-379.

CUADRO 15. INGRESOS TRIBUTARIOSDE LOS PAÍSES DE NORTEAMÉRICA, 1980 - 1995

(Porcentaje del PIB)

CANADÁ

Total Directos Indirectos Cont. Seg. Soc.

1980 31.6 17.8 10.4 3.41985 32.7 17.7 10.5 4.51990 35.6 21.1 9.3 5.21995 35.5 20.6 9.0 5.9

ESTADOS UNIDOS

Total Directos Indirectos Cont. Seg. Soc.

1980 26.9 16.3 4.7 5.91985 26.1 14.6 4.9 6.61990 26.6 15.1 4.6 6.91995 27.9 15.9 5.0 7.0

MÉXICO

Total Directos Indirectos Cont. Seg. Soc.

1980 15.9 5.3 8.3 2.31985 17.0 4.1 11.0 1.91990 17.1 5.2 9.6 2.31995 16.3 4.6 9.0 2.7

Nota: Estos datos no son comparables con el cuadro 17 que refiere a los ingresos tributarios para América Latina. La fuente considera como

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Si bien desde el punto de vista técnico en principio es más fácil cobrar más impuestos a un pequeño grupo que a muchos causantes dispersos, la distribución tan regresiva del ingreso en México es una de las dificultades políticas mayores para ampliar radicalmente la base gravable. Sin embargo, cabe señalar que no es una barrera insuperable. Dos países de América Latina, aún más desiguales que México, Chile y Brasil,44 gravan notablemente más que México.

La cercanía con Estados Unidos y la histórica desigualdad del país dificultan la tarea de gravar; no obstante, las principales razones que hay detrás de la fragilidad tributaria probablemente se encuentren en la naturaleza del régimen político que emanó después de la Revolución. Éste trajo consigo cuatro elementos centrales que dificultaron la posibilidad de construir un sistema tributario capaz de gravar mejor.

Uno, un pacto corporativo basado en privilegios discrecionales que erosionaron la base gravable. Dos, una baja legitimidad de la autoridad que dificulta la capacidad de gravar. Tres, la ausencia de una administración profesional relativamente estable, inmune a las presiones políticas y capaz de implementar adecuadamente las políticas tributarias. Cuatro, la centralización del gasto y la recaudación, lo cual debilitó las capacidades locales para recaudar.

Otros países de América Latina comparten algunos de estos puntos, en particular, largos episodios de gobiernos no democráticos con ciertos rasgos corporativos. Sin embargo, en ningún caso el régimen duró tanto, en parte por no contar con estructuras corporativas incluyentes. En México, la longevidad del régimen fue notable, también lo fue su dificultad de imponer los costos de una reforma fiscal capaz de incrementar de forma sostenida la recaudación.

1) La lógica del corporativismo Las instituciones emanadas de la revolución lograron una

notable estabilidad política, en buena medida, gracias a

44 OECD, op. cit., p. 78.

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mecanismos discrecionales establecidos para repartir privilegios a grupos, sectores o incluso individuos. Estos mecanismos, concentrados en el Presidente, le daban instrumentos para premiar aliados o castigar enemigos y fueron el pilar sobre el que descansó durante décadas su enorme poder. El modelo de desarrollo, basado en una política de protección y subsidios, estaba íntimamente relacionado con este arreglo político. Lo fiscal no fue una excepción. (La lista de exenciones vigentes en el año 2001 se encuentra en el Anexo II).

Algunos de estos privilegios fiscales se justificaron, en sus inicios, para promover la inversión o por las dificultades de gravar ciertas actividades. Los otorgaba directamente el Secretario de Hacienda o incluso funcionarios de menor nivel. Justificado por razones económicas, este poder discrecional permitió construir redes clientelares con diversos actores que iban más allá de la racionalidad económica que pudo haber tenido en sus inicios y que una vez puestos en marcha resultaban difíciles de quitar.

Diversos sectores de la sociedad se beneficiaron por momentos de la presidencia dadivosa, pero en un sistema autoritario las minorías logran el acceso al poder con más facilidad. Éste, desde su discrecionalidad, tiende a conceder exenciones, para evitar incómodas presiones. Los diversos grupos económicos pugnaron, y muchas veces con éxito, por tratos especiales o de plano exenciones totales.

En muchos ámbitos, estos privilegios concedidos por el Ejecutivo partían de no aplicar la ley, pero en otros la propia legislación permite innumerables excepciones. Éstas pueden estar claramente estipuladas en la ley o permitidas siempre y cuando la autoridad lo juzgue conveniente.

Dada la importancia de los empresarios en el modelo de desarrollo, los gobernantes no querían vulnerar uno de los fundamentos de la llamada alianza para las ganancias: utilidades con bajos impuestos. Los compromisos adquiridos con los empresarios y el temor de enfrentar una caída en la inversión privada que pudiera debilitar los fundamentos del crecimiento dificultaban incrementar la gravación. Los muchos intentos por reformar el sistema tributario fueron enfrentados con éxito por las redes de poder existentes, siempre apoyadas en el temor

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del gobierno de propiciar menores inversiones o fugas de capitales.45

El corporativismo y la fragilidad de la administración tributaria fueron permitiendo, además, la creación de una economía subterránea que creció con cada nueva crisis, dejando fuera del ámbito tributario a amplios grupos de la población.46 Una vez fuera del alcance del fisco, es muy difícil localizarlos y hacerlos tributar en el futuro. Entre más queden fuera del brazo recaudador del Estado, más fuertes son las resistencias cuando éste pretende mejorar su capacidad fiscalizadora.

Sólo en algunos momentos, como por ejemplo en el sexenio de Salinas, con un proyecto de más largo plazo, con el apoyo de ciertos empresarios clave, y con menos presión por atraer la inversión privada dadas otras reformas que hacían atractivo invertir en México, se logró revertir algunos de estos privilegios. Sin embargo, esto no implicó tocar los privilegios de los empresarios más grandes, que probablemente incluso ganaron con tasas más bajas en el ISR y con la consolidación del ISR empresarial.

No obstante, la relativa autonomía por parte de los funcionarios de Hacienda a ciertas presiones políticas para adoptar estas reformas duró poco. Muchas de las exenciones fueron retornando. Algunas desde el primer año de la reforma, mediante concesiones administrativas o simple renuencia a pagar por parte de sectores políticamente bien conectados o con capacidad de movilización. 47 Otras, como el impuesto al activo, se sostuvieron para no vulnerar del todo la reforma, pero aisladas perdieron mucha de su fuerza recaudatoria.

45 Ver Carlos Elizondo, “In Search of Revenue: Tax Reform in Mexico Under the Administration of Echeverría and Salinas”, en Journal of Latin American Studies, Vol. 26, Núm. 1, pp. 159-190.

46 OECD, op. cit., pp. 81-8347 Esto ocurrió con el gremio de los intelectuales y sus privilegios. A los gobiernos no les

gusta que todos escriban en su contra. Menos aún a un gobierno con la legitimidad cuestionada, como era el de Salinas que necesitaba de notas positivas en prensa. Cuando pretendió cobrar impuestos por los ingresos derivados por derechos de autor, la rebelión intelectual no se hizo esperar y, pronto, el gobierno cedió. Les regresó la exención, primero limitada en monto y luego ni eso se sostuvo. El peso de los intelec-tuales no ha cambiado. Ver mi artículo “Trailers y libros”, Reforma, 27 de octubre de 2001.

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2) Legitimidad

Los impuestos son un reflejo de la relación sociedad-Estado. Todo recurso proviene finalmente de la sociedad, la cual siempre se resiste a ceder parte de lo que considera suyo. La coerción es el garante último de todo sistema tributario. Quien no paga puede enfrentar una sanción, incluida la cárcel en algunos casos. Sin embargo, cierto convencimiento como lo ha denominado Margaret Levi, el cumplimiento cuasi-voluntario que depende de mecanismos de representación adecuados y de una percepción de cierta justicia en el pago de impuestos, permite utilizar menos recursos coercitivos para gravar y, en general, gravar más.48

Un Estado no democrático en un contexto geográfico e histórico como el nuestro, donde la democracia se mantuvo como un ideal retórico, incluso con un gobierno efectivo en términos de crecimiento e inflación, como lo fue durante varias décadas, vive con un déficit de legitimidad. El gobierno gravaba poco, aunque tampoco gastaba demasiado. Cuando el gobierno mexicano enfrentó los problemas políticos derivados del movimiento estudiantil del 68 y los desequilibrios de un modelo económico agotado, optó por incrementar el gasto público para incorporar nuevos grupos, aunque esto generara inflación y se basara en mayor endeudamiento.

Cuando este camino se volvió insostenible y el ajuste macroeconómico era inevitable, la aguda crisis económica había reducido aún más la legitimidad del gobierno y la posibilidad de imponer costos fiscales a la población. El gobierno contaba con el poder para gastar menos, ya que el perdedor era difuso, pero gravar más de forma significativa resultó imposible (ver gráfica 10).

Dado que el autoritarismo mexicano se sustentaba en la discrecionalidad, el gasto era poco transparente. En este contexto, donde además no existía el riesgo de la alternancia, la corrupción invadió diversos ámbitos de la burocracia y, ante la falta de transparencia, fácilmente se percibía como amplia y generalizada,

48 Véase Margaret Levi, Of Rule and Revenue, Los Angeles: University of California Press, 1988.

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lo que profundizó el déficit de legitimidad (ver gráfica 11).49 En situaciones como ésta, el gasto no suele verse como un servicio al público que puede generar beneficios sociales mayores que el gasto privado sacrificado por los impuestos. 50

En la medida que un Estado cada vez más pobre provee menos bienes públicos, los ciudadanos con recursos van pagando privadamente los bienes o servicios en que pueden internalizar una parte importante de los beneficios de su gasto. La seguridad, por ejemplo, se provee crecientemente en forma privada. Una vez pagado el servicio privadamente, el incentivo para pagar impuestos a través del servicio público es mucho menor, sobre todo cuando el sector que está invirtiendo privadamente en éste y otros bienes que son públicos en otras sociedades (como la educación) es aquél en que recae una gran proporción de los impuestos.51

Durante el sexenio de Zedillo, en una encuesta levantada por Reforma era evidente la poca credibilidad de que más impuestos podían apoyar un mayor gasto social. Ante la pregunta de si se prefiere un aumento de impuestos para financiar programas sociales e inversión pública o que no aumenten los impuestos para así sostener el actual nivel de consumo privado, sólo cerca del 10 por ciento prefirió el aumento de impuestos.52 La desconfianza en el gobierno y la falta de compromiso compartido en disminuir las enormes desigualdades predisponen a la sociedad contra un aumento en los impuestos.

La propia reforma económica, basada en el retraimiento del Estado, dificulta justificar aumentos impositivos. Si el Estado

49 Cabe resaltar que de la muestra de 41 países que consideraba el Índice de Percepción de la Corrupción en el año 1995, México se encontraba en el lugar 32. De esa misma muestra de países, en el año 2001, después de seis años, México no registró ningún cambio.

50 En una discusión entre diputados del PRI y autoridades hacendarias a fines del sexenio de Zedillo, el gobierno pidió comprender la necesidad de una reforma tributaria. La respuesta de los diputados fue: el sacrificio debe venir del gobierno. Ya no más costos para el pueblo. Sin embargo, los impuestos son sólo costos para el que los paga. El que recibe el gasto puede ser el pueblo. No gastar puede ser un costo mayor para este pueblo, siempre y cuando se perciba que ese gasto puede proveer ese beneficio.

51 Por ejemplo, en 1998, el decil de más bajos ingresos participaba con el 0.11 por ciento del ISR total recaudado de las personas físicas, mientras el decil de más altos ingresos registraba una participación del 63.42 por ciento de la recaudación total por ISR. Ver Rebeca Ibarra, op. cit., cuadro 13, p. 58.

52 Publicada en Este País, Núm. 90, septiembre de 1998, p. 29.

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no asigna bien los recursos, como se dijo hasta el cansancio para justificar la reforma, ¿por qué se requiere que controle más recursos?

La constante búsqueda de nuevos mecanismos para gravar lleva a un permanente cambio de las leyes que erosiona aún más la legitimidad. Tanto cambio hace difícil para los ciudadanos internalizar las reglas del juego. Esto, aunado a una baja cultura financiera y legal, obliga a los contribuyentes a consultar a un especialista para llenar los formularios de Hacienda. La percepción dominante es que la ley fiscal es más compleja que en otros países, lo cual justifica el no pagar.53

Para hacer más complejo el escenario, el gobierno ha tenido que generar superávit fiscales primarios para así poder pagar la deuda adquirida en el pasado. Es decir, el gobierno gasta en servicios y bienes públicos menos de sus ingresos totales, por lo que el ciudadano en la práctica paga más de lo que recibe, y los servicios que recibe son, además, de baja calidad (ver gráfica 3).

3) Fragilidad administrativa

La estabilidad política requería de poder distribuir miles de puestos públicos entre los simpatizantes del Presidente y de su partido. Esto erosionó la distinción entre burocracia profesional y clase política. El resultado ha sido la persistencia de cuerpos burocráticos débiles, con poca capacidad para implementar decisiones complejas. El Estado tenía el poder para expropiar a un empresario rico pero incómodo políticamente; sin embargo, no podía administrar rutinariamente la fatigosa tarea de cobrarles impuestos, como se ve en las altas tasas de evasión ya mencionadas.54

Existe una alta burocracia bien adiestrada que puede diseñar políticas tributarias adecuadas. Por ejemplo, se considera al sistema tributario mexicano, en términos de neutralidad, como

53 Esta complejidad también está relacionada con un régimen lleno de exenciones que obliga a hacer aún más compleja la ley y los mecanismos de control. Para una revisión de las exenciones actuales, ver Anexo II al final del trabajo

54 Esto lo discuto en La importancia de las reglas. Gobierno y empresario después de la nacionalización bancaria, México: Fondo de Cultura Económica, 2001, Capítulo III, pp. 84-126.

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superior al del resto de, prácticamente, todos los países de la OECD.55 Sin embargo, esta capa profesionalizada es muy delgada y no tiene la capacidad para instrumentar adecuadamente las reformas que diseña. Los relativos bajos salarios y la inseguridad en el empleo, incluso de esta alta burocracia, hacen difícil retener a funcionarios exitosos, los cuales pueden tener una promisoria carrera en el sector privado, donde se suelen concentrar los mejores fiscalistas, capaces de encontrar mecanismos para eludir el pago de impuestos.

Esta dificultad para construir una burocracia efectiva se hizo evidente en la reforma tributaria del gobierno de Salinas. Se buscó, correctamente desde el punto de vista técnico, eliminar impuestos especiales y a cambio ampliar la base. Sin embargo, a pesar del esfuerzo por renovar y consolidar la administración tributaria,56 no se lograron construir los mecanismos administrativos efectivos para ampliar, sostenidamente, la recaudación. Esto parece depender de la presión de funcionarios muy motivados por razones seguramente personales, dispuestos a pagar el costo político y personal de implementar el llamado terrorismo fiscal, que no es otra cosa que buscar aplicar la ley. Sin embargo, este espíritu es difícil de sostener cuando el funcionario sale, lo cual sucede más pronto que tarde, dado el desgaste al que es sometido.

Cuando finalmente el Ejecutivo logra detectar una evasión, no es difícil que pierda el caso frente al poder Judicial, ya sea por una legislación mal diseñada, la poca capacidad de los abogados del gobierno, o por la corrupción de los jueces. Según el Cuaderno de Estadísticas Judiciales, publicado por INEGI, en 1997 hubo únicamente 431 presuntos delincuentes del código fiscal registrados en los juzgados de primera instancia, de los cuales a 366 se les dictó auto de formal prisión. De éstos, 300 fueron sentenciados, 62 fueron puestos en libertad por falta de elementos, 3 estuvieron en el caso de extinción penal y 1 estuvo sujeto a proceso.57

55 OECD, op. cit., p. 91.56 Estos esfuerzos están descritos en Francisco Gil Díaz, “Fiscal Policy and Tax

Administration: The Experience of Mexico”, en IDB, Reform of Tax Administration in Latin America, Washington: IDB, 1996, pp. 48-51.

57 INEGI, Cuaderno de Estadísticas Judiciales, Núm. 6, México: INEGI, 1998, p. 102.

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4) Pacto Federal

La presencia de caciques locales fuertes dificultó pacificar el país después de la Revolución. Éste, que fue también el problema de la primera mitad del siglo XIX, se resolvió concentrando dramáticamente el poder en la Federación. En el siglo XIX ésta sólo tenía la potestad sobre los impuestos al comercio, y los estados no le participaban los otros impuestos, salvo la Ciudad de México, controlada por la Federación.58

La Constitución dota a los estados de amplias facultades tributarias (ver anexo III). Sin embargo, el gobierno federal, a través de la Ley de Coordinación Fiscal,59 ha concentrado el grueso de los impuestos y del gasto. Esto le permitió al Ejecutivo federal imponer su voluntad sobre los políticos locales, a la par que construir una relación paternalista donde el gobernante local no pagaba el costo de recaudar, pero no tenía la libertad para gastar. El resultado fue el desarrollo de autoridades locales con pocos impuestos a su cargo, y aún menores incentivos para utilizar los pocos impuestos que podían cobrar. La Federación es la rica a la que se le puede presionar por recursos excedentes, con un menor costo político que el de cobrar impuestos a la ciudadanía local.

Esta concentración de recursos en la Federación ha disminuido en los últimos años. Sin embargo, la lógica para repartir las responsabilidades no se ha modificado sustantivamente. Tampoco ha variado uno de sus mayores vicios: los pocos incentivos de las autoridades locales para recaudar. La evidencia disponible muestra que, al menos en el ámbito municipal, dado el reciente incremento de recursos, ha disminuido el interés por incrementar la recaudación.60 Finalmente, tanto para el municipio

58 En palabras de Carmagnani: “La innovación sustancial introducida por la nueva repú-blica fue solamente la de determinar los impuestos que pertenecían a la federación y los pertenecientes a los estados. La ley del 4 de agosto de 1824 dejó al Estado Federal los derechos aduaneros, el monopolio del tabaco, de la pólvora de detonación, de las salinas, el correo, la lotería, los bienes nacionales y las rentas de los territorios de Tlaxcala y Baja California. Todos los demás impuestos pasaron a manos de los estados, los cuales sin embargo debían dar a las cajas de la federación un importe mensual, denominado contingente, calculado sobre la base de la presunta riqueza del estado.”, Marcelo Carmagnani, op. cit., p. 139.

59 Para una revisión histórica sobre el tema, ver Fernando A. Orrantia Arellano, Las facultades del Congreso Federal en materia fiscal, México: Porrúa, 1998.

60 Uri Raich, op. cit., pp. 1-3.

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como para las entidades federativas, resulta políticamente más sencillo solicitarle a la federación que se encargue del incómodo papel de cobrar impuestos y presionar por un aumento en las participaciones federales que aumentar impuestos locales.

Los esfuerzos de las autoridades federales, a partir de 1997, de dotar a las entidades federativas de mayores capacidades tributarias han sido bloqueados por todos los partidos. Tal fue el caso de un impuesto local del 2 por ciento a las ventas propuesto en 1998 y 1999 por el gobierno federal. La reforma en cuestión no obligaba a cobrarlo, sólo ampliaba las potenciales facultades tributarias de los estados. Ningún gobernador apoyó públicamente la reforma y esta propuesta fue rechazada por el Congreso.

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En libro reciente, Przeworski y sus colaboradores definen a un país como democrático cuando existen las condiciones para que el partido en el poder pueda perder las elecciones. Cuando un régimen de partido dominante, en el poder durante muchos años, permite elecciones, pero presenta ciertos rasgos que hacen suponer que de perderlas no respetará los resultados, se considera que es democrático sólo cuando la alternancia se da en la práctica. Pero si la alternancia se da, entonces esto demuestra que sí existían condiciones para la competencia democrática, y por tanto, los autores ya citados consideran ex post al país como democrático. “Cuando un partido en el poder eventualmente sufre una derrota electoral y permite a la oposición llegar al poder, el régimen es clasificado como democrático por todo el periodo que este partido estuvo en el poder bajo las mismas reglas” (traducción propia).61 Quizás desde 1994, pero ciertamente desde 1997 vivimos con las mismas reglas, ¿ergo éramos democráticos?

Esto no deja de ser una mera especulación. Ni en 1997 y mucho menos en 1994 dominaba la idea, ni entre la oposición ni en la ciudadanía en su conjunto, de que éramos democráticos; ahora sí. Las encuestas ya señalan que una mayoría así lo reconoce (ver gráfica 12).

El hecho de que la alternancia haga creíble que la ciudadanía puede llamar a cuenta a sus gobernantes debiera incrementar la percepción de que el electorado está representado y que el gasto de los impuestos puede ser un buen vehículo para generar mejores bienes públicos. Como lo ha mostrado Margaret Levi, sólo con mecanismos de representación se puede pretender alcanzar una carga tributaria mayor. Los representantes de los ciudadanos aceptan mayores impuestos porque saben cómo se gastan los recursos y, por tanto, pueden convencer a los votantes de que el pago de impuestos es razonablemente justo. Si bien a final de cuentas la coerción es garantía de pago, el ciudadano

61 Adam Przeworski, Michael E. Álvarez, José Antonio Cheibub y Fernando Limongi (eds.), Democracy and Development: Political Institutions and Well-Being in the World, 1950-1990, Cambridge: Cambridge University Press, 2000, p. 24.

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cumple de una forma cuasi-voluntaria, en los términos de Levi, por la confianza en la equidad del sistema tributario y el buen uso de los recursos.62

Esto, sin embargo, no es aún el caso en México. Según encuesta encargada por GEA,63 el rechazo de la población a la reforma fiscal es amplio y contundente. A pesar del enorme esfuerzo inicial del gobierno de convencer a la población de las bondades de una reforma que permitiría regresar con mayor gasto a las familias más pobres el impuesto adicional pagado por éstas, en agosto de este año, el 64 por ciento de los mexicanos encuestados cree que el gobierno cuenta con suficientes recursos para cubrir sus necesidades, el 84 por ciento que no se deben cobrar más impuestos y el 91 por ciento se opone al IVA en medicinas y alimentos.

En buena medida, esto es resultado de la bajísima confianza de que recursos adicionales puedan ayudar a tener un mejor gobierno. Sólo el 16 por ciento piensa que cobrar más impuestos le permitiría al gobierno funcionar mejor. Un 59 por ciento considera que el gobierno utiliza de forma incorrecta el dinero de los impuestos y el 80 por ciento piensa que si se redujera el gasto gubernamental no se tendría que incrementar el cobro de impuestos.

La alternancia, la legitimidad incuestionable del triunfo de Fox y su enorme popularidad harían pensar en una mayor confianza en cómo se utilizan los recursos públicos, única forma de poder convencer a la sociedad de las virtudes de una reforma fiscal. Ciertamente, en marzo, el 51 por ciento de los encuestados pensaba que los recursos públicos se usaban mejor que en el pasado, pero para el mes de agosto este número se había desplomado a 34 por ciento.

El gobierno electo el 2 de julio intentó pagar en su primer año de gobierno el costo de una reforma fiscal, siempre dolorosa en el corto plazo. Los resultados electorales del 2000, sin embargo, dispersaron el poder. El partido del Ejecutivo no controla ninguna de las dos cámaras y debe compartir el poder en las

62 Ver Levi, op. cit., pp. 175-184.63 GEA, Escenarios de gobernabilidad en México, 2001-2003, México: GEA, agosto de 2001.

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entidades federativas, incluida la capital de la República, con una mayoría de gobernantes emanados de la oposición. Esta dispersión del poder dificulta llevar a cabo una reforma fiscal coherente, recaudadora y que incremente el margen presupuestal del gobierno federal.

La estrategia seguida por el gobierno, además, complicó las cosas, ya que no se pudo utilizar el bono democrático para convencer a la sociedad de las virtudes de pagar más impuestos. Se debió mejorar primero la mala percepción de cómo ejerce el gobierno su gasto, buscando una mayor transparencia y una adecuada rendición de cuentas. Como lo ha argumentado Juan Pablo Guerrero Amparán, en la reforma administrativa que el nuevo gobierno tenía enfrente, “el orden sí altera el producto”. Para hacerle sentir a la sociedad las virtudes de la alternancia, la administración pública debía iniciar con rapidez una reforma profunda, pero el primer paso tenía que venir por el lado de la transparencia y la rendición de cuentas, como decisión del gobierno federal que finalmente no requería la colaboración de los otros poderes.64 Esta inexplicable carencia, aunada al propio diseño de la reforma fiscal, como bajar el ISR a los más ricos y al mismo tiempo pretender un IVA más generalizado, dificultaron alcanzar los apoyos ciudadanos necesarios para presionar al Congreso por la reforma.

Dada nuestra historia y la estrategia seguida, no es gratuito que el ciudadano no haya sido un apoyo para los intentos de reforma fiscal. No es nada fácil saber con cierto detalle en qué se erogan los recursos públicos. A la tensión ineludible que deviene de la dispersión en los beneficios del gasto público y el costo directo en el bolsillo del contribuyente uno debe agregar la baja calidad de una buena parte del gasto público65 y la opacidad con que se presentan las finanzas públicas. Hoy por hoy saber de dónde vienen los ingresos públicos y qué se hace con ellos no es tarea fácil, como quedó demostrado en el concurso

64 Ver Juan Pablo Guerrero Amparán, “La reforma a la administración pública mexicana en el nuevo régimen político ¿Por dónde empezar?”, CIDE, mimeo, octubre de 2000.

65 Para una revisión de los rubros más importantes en torno a la transparencia del presupuesto y su relación con los controles al gasto público, ver Franco Reviglio, “Budgetary Transparency for Public Expenditure Control”, IMF Working Paper, Núm. WP/01/8, Washington: FMI, enero 2001.

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convocado por el periódico Reforma, donde se preguntaban ciertas cifras de finanzas públicas que debieran estar a la mano de los ciudadanos.66

Los regímenes autoritarios suelen ser opacos. No enfrentan presiones para no serlo. Siempre es más cómodo para el gobernante manejar con discreción y recato los recursos públicos. No obstante, la presión social derivada de la baja credibilidad del gobierno, sobre todo a partir de la primera gran crisis, la de 1982, llevó a ciertos controles internos. Estos, sin embargo, estaban basados en una buena dosis de discrecionalidad de la autoridad. En la medida en que las reglas se fueron estrechando, no mejoró la percepción del ciudadano sobre la calidad y honradez del gobierno, aunque sí se limitó enormemente su capacidad de respuesta.

Dadas las presiones derivadas del triunfo de la oposición en las elecciones legislativas de 1997, el gobierno pasó a una estrategia de mayor transparencia. Para 1998, la partida secreta controlada por la Presidencia, que llegó a administrar 2 mil millones de pesos (a pesos del 2000), utilizada en su gran mayoría para rescatar gobiernos locales con base en una enorme discrecionalidad,67 se había reducido a 63.9 millones y ni siquiera fueron ejercidos. Los recursos asignados a aumentos salariales y a nuevas plazas fueron, a partir de 1998, hechos explícitos en la elaboración del presupuesto. Los salarios de los altos funcionarios se presentaron, a partir de 1998, con los intervalos autorizados, con todo y bonos, por cada categoría, aunque hay opacidad aún en ingresos netos, incluidas prestaciones, gastos de representación, vehículos asignados, etc. Un buen número de programas sociales cuentan ya con reglas de operación, lo cual hace más difícil su uso con

66 Ver Juan P. Guerrero, Rodolfo Madrid y Ángel M. Reyes, “Transparencia limitada: Diez preguntas ciudadanas sin resolver”, Documento para el Programa de Presupuesto y Gasto Público del CIDE y Transparencia Mexicana, México: CIDE-Transparencia Mexicana, febrero de 2001. Sobre la baja calidad en la información ver a John Scott, “Calidad del gobierno: Gasto Público y desarrollo humano”, CIDE, mimeo, 2001. En este último, Scott demuestra que la falta de utilidad en la información presupuestaria no permite conocer adecuadamente qué se hace con los recursos públicos.

67 Ver Fausto Hernández, “Los dilemas de la descentralización fiscal en México, 1995-2000”, CIDE, mimeo, 1998. En este documento Fausto Hernández indica que a partir de 1998 el gobierno federal decidió eliminar el ramo 23 (la partida secreta) y la subcuenta de este ramo que contenía las participaciones extraordinarias a las entidades federativas, a la cual la SHCP denominó “Programa de Fortalecimiento Financiero a los Estados”. Para un análisis más profundo sobre la elaboración del presupuesto véase, Jorge A. Chávez Presa, Para recobrar la confianza en el gobierno, México: Fondo de Cultura Económica, 2000.

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criterios políticos, aunque no existen criterios de calidad para garantizar evaluaciones adecuadas. La creación de la Auditoría Superior de la Federación que inició sus funciones el 30 de diciembre de 2000 dotó a la sociedad de un órgano mucho más autónomo y con mayores atribuciones para la fiscalización del gasto público. 68

En términos generales, sin embargo, los avances son aún incompletos. Existe, por tanto, mucho por hacer para lograr una administración más transparente y eficiente y con una mejor rendición de cuentas. Esto, sin embargo, se debe hacer sin criterios meramente legalistas que bloquearían aún más la gestión pública.69

Como ya se ha sostenido en este ensayo, una ciudadanía que no se siente representada y adecuadamente informada, al igual que lo harían los accionistas de una empresa, no tiene buenas razones para “comprar” más “acciones de la empresa”. No es fácil convencerla de que existen razones de interés común para pagar más. En la medida en que el gasto siga siendo opaco y exista la percepción de baja calidad en el mismo o corrupción dominante, el mero hecho de tener representantes electos democráticamente e incluso el contar con mejor información sobre el gasto público no le da al ciudadano certidumbre sobre el destino de sus impuestos.70 Si bien puede castigar al gobernante en turno no eligiéndolo en futuras elecciones (en el caso mexicano no eligiendo a su partido, dada la ausencia de reelección, lo cual vuelve esta facultad del votante mucho más débil), no por esto confiará más en él como para dotarlo de mayores recursos.

La prensa puede desempeñar un papel clave. Entre mayor sea la libertad de prensa, menor tiende a ser la corrupción (ver gráfica 13). Sin embargo, para que esta libertad pueda estimular de forma óptima la lucha contra la corrupción deben existir mejores niveles de transparencia en el gobierno.

68 Para una descripción de los aspectos positivos de estos cambios ver Santiago Levi, “Transparencia, discrecionalidad y eficiencia en el presupuesto de egresos de la fede-ración”, México: SHCP, julio de 2000.

69 Ver Juan Pablo Guerrero, op. cit., p. 2.70 Una descripción de las implicaciones de la corrupción en las finanzas públicas la pode-

mos encontrar en Vito Tanzi y Hamid R. Davoodi, “Corruption, Growth, and Public Finances”, IMF Working Paper, Núm. WP/01/182, Washington: IMF, noviembre 2000.

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En forma natural, los gobiernos y sus aparatos burocráticos se resisten a revelar datos sobre su desempeño, gastos y resultados. Por esta razón, los diversos contrapesos del gobierno y de su administración son centrales en el esfuerzo para alcanzar una mayor apertura de la información pública del gobierno. Además del papel de los poderes Legislativo y Judicial, en muchas democracias han desempeñado un papel cada vez más importante las organizaciones civiles y académicas. Éstas pueden presionar por mayor transparencia al generar información propia sobre cuestiones gubernamentales o al analizar la información que produce el gobierno desde una perspectiva objetiva e independiente. En el caso de México, aunque en forma incipiente, varias organizaciones, junto con la prensa y algunas instituciones de educación superior, empiezan a tener un papel destacado en la producción de mediciones o diagnósticos sobre diversos aspectos del desempeño gubernamental.71

El gobierno está consciente de la necesidad de que haya mayor transparencia. Ha estimulado algunos de los ejercicios ya citados y ha propuesto una reforma al respecto.72 Sin embargo, los tiempos de la misma parecieran más lentos que los deseables. A partir de lo observado en el contexto internacional, Florini señala 71 El capítulo mexicano de International Transparency, por ejemplo, ha firmado varios

convenios con el gobierno del presidente Vicente Fox para actuar como testigo en importantes procesos de licitaciones o privatizaciones. También ha coordinado el índice de percepciones sobre la corrupción en las entidades federativas del país, que se dio a conocer en la última semana de octubre. Por su parte, el CIDE y organizaciones aca-démicas y civiles de cinco países latinoamericanos han generado un índice de transpa-rencia presupuestaria, además de una serie de manuales y folletos de difusión para mejorar el conocimiento y el análisis sobre cuestiones relativas a los ingresos y gasto públicos, varios de los cuales he citado a lo largo del trabajo. La producción de diag-nósticos y mediciones del desempeño gubernamental, a cargo de agencias indepen-dientes, favorece los esfuerzos que hagan los gobiernos en el ámbito de la transparen-cia.

72 Al momento de escribir este texto el Poder Ejecutivo ha sometido el tema de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental a consulta con la ciu-dadanía a través de foros en distintas ciudades y un foro virtual que se puede con-sultar en la página electrónica con la dirección URL http://www.ltg.org.mx. Ésta tiene por objeto permitir la participación de todos los ciudadanos a través de ponencias relacionadas con los puntos de la agenda diseñada por el gobierno, para así generar una propuesta de ley con mayores apoyos sociales. En la página electrónica también se pueden encontrar algunos documentos sobre el acceso a la información en otros países. A pesar de lo anterior, las participaciones a través de internet son a la fecha muy escasas, dada la poca difusión que se le ha dado y el limitado acceso que una gran proporción de la población tiene a este medio electrónico. Adicionalmente, la mayoría de los documentos y leyes que se mencionan en la página de internet todavía no se encuentran disponibles.

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que los gobiernos no tienen incentivos claros para procurar una verdadera transparencia. Pueden tener la voluntad, pero al querer poner en práctica sus buenos deseos se enfrentan a los costos políticos de hacer transparentes los beneficios que se llevan grupos dentro o fuera de la burocracia.

Como bien se ha argumentado en un trabajo reciente del FMI, la supuesta complejidad presupuestal en las economías modernas es parcialmente falsa, creada para ayudar a los políticos a ocultar los impuestos, sobrevalorando los beneficios del gasto y escondiendo la capacidad del gobierno. Existen diversas formas en que los gobiernos pueden alterar el presupuesto: a través de proyecciones muy optimistas en el crecimiento económico y los ingresos fiscales, que derivan en déficit inesperados; al mantener diversas partidas fuera del presupuesto; al inflar la base de las proyecciones presupuestarias haciendo que incrementos en el presupuesto futuro sean más pequeños de lo que en realidad son, y a través de paquetes presupuestales que comprometen el presupuesto durante varios años y van posponiendo las decisiones difíciles, que de alguna manera se siguen aplazando indefinidamente.73

Por momentos incluso parecería que el gobierno parte de la premisa de que la alternancia per se ya resolvió el problema de la transparencia. El propio presidente Fox, en su primer informe de gobierno, dijo:

La administración pública trabaja hoy en una vitrina que permite al ciudadano y a los medios observar y evaluar todo lo que el gobierno hace y deja de hacer. Rendimos cuentas claras y puntuales de cómo y en qué se gasta el dinero. Hemos actuado con apego al código de ética que protestamos cumplir. 74

Esta vitrina aún no existe. Falta mucho por el lado del gasto, como se hizo evidente en el ejercicio convocado por el diario

73 Ver Ann Florini, “Does the Invisible Hand Need a Transparent Glove? The Politics of Transparency”, Carnegie Endowment for International Peace, sin año, pp. 15-16. El original se encuentra en inglés, ésta es una traducción propia.

74 Mensaje del C. presidente Vicente Fox, con motivo del Primer Informe de Gobierno, versión estenográfica.

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Reforma ya citado, y nada se dice por el lado de los ingresos. El concepto de transparencia debe incluir a los dos.

De acuerdo con George Kopits y Jon Graig:

La transparencia en las operaciones del gobierno tiene varias dimensiones. Primero, en un nivel agregado, la transparencia requiere de la disposición de información confiable sobre las intenciones y los pronósticos de la política fiscal del gobierno. En segundo lugar, se requieren datos e información detallada de las operaciones del gobierno, tales como la publicación de documentos completos sobre el presupuesto que contengan las cuentas correctamente clasificadas para el gobierno central y estimaciones de las actividades cuasifiscales dirigidas fuera del gobierno. La tercera dimensión consiste, principalmente, en aspectos que tienen que ver con el comportamiento del aparato público, como el establecimiento de reglas claras para resolver los conflictos-de-interés entre los funcionarios elegidos y los designados, libertad en la requisición de la información, un marco regulatorio transparente, apertura en las compras gubernamentales y contratación de personal, un código de conducta para los funcionarios de la administración tributaria, y la publicación del resultado de las auditorías. En las tres dimensiones, la transparencia fiscal se asocia fuertemente con un desempeño exitoso del gobierno. [...] Desde un punto de vista práctico, resulta necesario distinguir entre la información confidencial, o no reportada, y la falta de habilidad técnica para proporcionar cierta información (e.g., debido a sistemas de procesamiento de datos inadecuados). 75

Como se desprende de esta larga cita se trata de un tema complejo y con muchas aristas, pero como la ha resumido Juan Pablo Guerrero implica que “toda decisión gubernamental y administrativa, así como los costos y recursos comprometidos en esa decisión y su aplicación, están accesibles, son claros y

75 George Kopits y Jon Graig “Transparency in Government Operations”, Ocassional Paper, Núm. 158, Washington: Fondo Monetario Internacional, 1998, p.1.

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se comunican al público en general”. Sólo así se puede: uno, “favorecer el apego a la ley y reducir la discrecionalidad”; dos, hacer más eficiente al gobierno; tres, incentivar la honestidad, y cuatro, “facilitar la coordinación entre agencias gubernamentales.”76 En el Anexo IV se hace un breve recuento de qué tan transparentes son las finanzas en México conforme a la metodología del Fondo Monetario Internacional.77

Un tema adicional vinculado al de la transparencia, pero indispensable para cerrar la pinza de una mejor rendición de cuentas, es el de definir con claridad la responsabilidad del funcionario público y la evaluación de las políticas públicas. En la legislación vigente ambos temas están inadecuadamente definidos, lo que propicia una gestión deficiente.78

Como se aprecia en el Anexo IV falta mucho por hacer en cuanto a la forma en que se presenta la información del gasto del gobierno, y más aún en términos de cómo se presenta la información impositiva, el tema que nos ocupa. Como lo han descrito con puntualidad Kopits y Graig:

Los privilegios fiscales otorgados de manera discrecional a ciertos individuos o empresas, o la negociación caso-por-caso de los tratamientos fiscales especiales entre los funcionarios públicos encargados de la administración tributaria y los contribuyentes, aunque es inevitable en algunas circunstancias, deteriora la transparencia y la credibilidad del sistema fiscal. Para una mayor transparencia en la administración tributaria, muchos países han adoptado estatutos basados en los derechos y obligaciones de los contribuyentes, así como reglas claras de comportamiento para los funcionarios públicos encargados de la administración tributaria. [...] Los privilegios tributarios se pueden ver como gastos presupuestarios que benefician sólo a ciertos consumidores, empresas, sectores o actividades.

76 Ver Guerrero, op. cit., p. 22.77 Fondo Monetario Internacional, Cuestionario sobre transparencia fiscal, Washington:

FMI, 23 de abril de 2001.78 Ver Juan Pablo Guerrero, op. cit.

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Estimaciones de su costo fiscal —es decir, aquellos ingresos que se dejan de percibir por la aplicación de tratamientos especiales— son críticos tanto en el debate anual para la aprobación del presupuesto así como en una propuesta de reforma fiscal. Asimismo, los estudios de incidencia fiscal pueden proporcionar información útil sobre las implicaciones distributivas del sistema de subsidios fiscales. Aunque, obviamente, sólo algunas economías avanzadas tienen la capacidad técnica de prepararse y publicar tales estimaciones sobre una base regular, incluso estimaciones aproximadas de los gastos fiscales pueden facilitar la evaluación del costo de tratamientos tributarios especiales, incorporando propuestas alternativas.79

Muchas de las inequidades del sistema tributario son posibles por la opacidad del mismo, opacidad que era fundamental en el pacto político anterior basado en la discrecionalidad del ejecutivo. Si fuera evidente el tamaño del subsidio a los distintos sectores con privilegios, serían mayores las presiones por terminarlos. Como lo ha argumentado Vishwanath, los países con mayor transparencia tienen menores grados de evasión.80 Con mayor transparencia, es más difícil otorgar privilegios y el causante, al percibir mayor equidad, se encuentra más dispuesto a pagar.

Por ello es conveniente publicar con regularidad datos sobre la capacidad recaudatoria del gobierno federal. No sabemos bien qué tan eficiente es, cuántos no pagan, ni cuánto le cuestan las auditorías y los juicios que emprende contra los causantes. Lo que sí sabemos es que la evasión es muy alta, que mercancías de contrabando se venden con amplia libertad en varias zonas del país y que ambas son responsabilidad del órgano recaudador, el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin un SAT más transparente y confiable81 es difícil que avance de forma adecuada el resto de la agenda y que se recupere la confianza ciudadana. (Para una revisión de los principales rubros de transparencia en materia impositiva ver el Anexo V).

79 Ver George Kopits y Jon Graig, op. cit., p. 7.80 Ver Tara Vishwanath y Daniel Kaufmann, “Towards Transparency in Finance and

Governance”, World Bank, septiembre de 1999, p. 18. En este trabajo los autores tam-bién muestran cómo, a menor transparencia, el riesgo de crisis financieras es mayor.

81 Sobre la eficiencia ver Bergman, op. cit., pp. 10-12.

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Dado que el grueso de los impuestos son recaudados a nivel federal, la opacidad en este rubro no puede ser resuelta cotejándolo con la información de otras instituciones. Aquí el monopolio gubernamental es tan amplio que ni las entidades federativas tienen claro si las participaciones que les toca por ley son debidamente pagadas.

Para romper el perverso círculo de la desconfianza, un sistema tributario transparente en su funcionamiento y efectivo puede ser de gran utilidad. Sobre todo si es capaz de gravar genuinamente todos los ingresos de los ciudadanos, aunque en un mundo global esto resulte muy difícil.

Es la sociedad en su conjunto, los intereses de múltiples actores, individuales o colectivos, los que pueden vigilar el gasto y los ingresos, si tienen la debida información. Ésta sólo se puede obtener con agencias independientes que auditen y procesen la información. Ya tenemos autonomía en los órganos de vigilancia, pero falta construir una institución evaluadora de las políticas públicas y presentar información relevante de acceso fácil, no en este otro estilo igualmente opaco que es presentar cifras desagregadas y a precios nominales.

Como han argumentado Alt, Lassen y Skilling, esta transparencia debe incluir varios rubros. El primero se refiere al procesamiento de mayor información en un menor número de documentos, lo cual favorece el acceso a la información y el monitoreo de la misma. En segundo lugar, una mayor transparencia debe involucrar la posibilidad de realizar auditorías por parte de organismos autónomos del Ejecutivo, rubro en el que ya hemos hecho el grueso de las reformas necesarias. El tercero tiene que ver con un manejo del lenguaje claro, simple y que no deje lugar a ambigüedades en el significado de las palabras y las clasificaciones que se realicen. Finalmente, una mayor transparencia se puede lograr si existe una mayor justificación en el origen y destino de los recursos fiscales.82

Afortunadamente la tecnología puede ayudar para alcanzar este fin. Como consecuencia de la globalización el mundo se ha

82 Ver James E. Alt, David D. Lassen y David Skilling, “Fiscal Transparency and Fiscal Policy Outcomes in OECD Countries”, Trabajo presentado en 2001, Canterbury, septiembre 6-8 de 2001, p. 3.

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vuelto más interdependiente. Por este motivo, la demanda de una mayor transparencia en la información ha crecido en los últimos años. De acuerdo con Florini, existen otros factores que ayudan a explicar este crecimiento, entre los cuales se encuentra la tecnología. Debido a la revolución de la informática, los costos del procesamiento de la información se han reducido.

Las tecnologías de la información han evolucionado notablemente en las últimas tres décadas. Ahora contamos con sistemas de telecomunicaciones (satélites capaces de rastrear objetos del tamaño de un metro cuadrado), cámaras de video y computadoras personales más rápidos y eficientes, que han permitido al mundo intercambiar información de muy diversa naturaleza a muy bajos costos. Esto se ha convertido en la esencia de la revolución digital. Además, los progresos de las tecnologías han estimulado el desarrollo de otras áreas. El mundo entero, desde ciudadanos hasta gobiernos, pueden acceder a información confiable que permite analizar desde el comportamiento de los consumidores, hasta la política económica de un país. De acuerdo con Florini, toda esta generación y uso de las tecnologías ha tenido un impacto significativo en la reducción de los costos de una mayor transparencia en la información, aumentando su demanda. 83

Sin embargo, la tecnología no deja de ser sólo una herramienta. Lo realmente importante es que las reglas del juego propicien una mejor rendición de cuentas y una mayor claridad en las responsabilidades de los funcionarios públicos. De hecho, a pesar de todo lo escrito al respecto, la evidencia sobre cómo se vinculan tecnología y rendición de cuentas es más bien frágil.

Los verdaderos cambios sólo se dan modificando las reglas vigentes, de tal suerte que se obligue a una mayor transparencia en el uso de los recursos y en el origen de los mismos y una mayor claridad en las responsabilidades de las distintas entidades públicas y de los funcionarios que las componen. Mejores instituciones, debidamente constituidas, pueden ir modificando la profunda desconfianza que hoy el ciudadano tiene respecto

83 Ver Florini, op. cit., pp. 26-28.

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de cómo se gastan sus impuestos. No es tarea fácil, pero si no se resuelve seguiremos viviendo en un Estado débil, con pocos recursos para atender las demandas de la ciudadanía y con las necesidades de una economía que pretende ser competitiva, y que ni siquiera gasta óptimamente los recursos a su cargo.

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Anexo ICuadros y gráficas

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1.7

2.0

2.1

1.9

1.3

1.2

1.3

1.1

P/ C

ifras

pre

limin

ares

* In

cluy

e lo

s de

rech

os p

or h

idro

carb

uros

y lo

s ap

rove

cham

ient

os s

obre

ren

dim

ient

os e

xced

ente

s.N

ota:

La

sum

a de

los

tota

les

pued

e no

coi

ncid

ir de

bido

al r

edon

deo

de c

ifras

.

FUE

NT

E:

INE

GI,

Ban

co d

e In

form

ació

n E

conó

mic

a, p

ágin

a el

ectr

ónic

a; IN

EG

I, A

nuar

io E

stad

ístic

o de

los

Est

ados

Uni

dos

Mex

ican

os, M

éxic

o: IN

EG

I, 19

92

CU

AD

RO

3.

ING

RE

SO

S P

RE

SU

PU

ES

TALE

S D

EL G

OB

IER

NO

FE

DE

RA

L, 1

98

5-2

00

1

(Por

cent

aje

del

PIB

)

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Impuestos, Democracia y Transparencia

52

Carlos Elizondo Mayer-Serra

53

Anexo I

CU

AD

RO

5.

DIS

TR

IBU

CIÓ

N D

EL G

AS

TO

PR

IVA

DO

E

N E

DU

CA

CIÓ

N Y

SA

LUD

, 1

99

6

D

ecil

E

duca

ción

S

alud

y S

egur

idad

S

ocia

l

I

1.1

1.5

II

2.1

2.6

III

3.

1 3.

9

IV

4.1

3.9

V

5.

5 5.

5

VI

6.7

6.3

VII

8.1

8.2

VIII

11

.3

11.5

IX

15

.2

18.9

X

42

.8

37.6

FU

EN

TE

: Joh

n Sc

ott,

“Who

Ben

efits

from

the

Stat

e in

Hig

h-In

equa

lity,

M

iddl

e-In

com

e C

ount

ries?

The

Cas

e of

Mex

ico”

, Méx

ico:

CID

E,

en p

rens

a, p

. 56.

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Impuestos, Democracia y Transparencia

54

Carlos Elizondo Mayer-Serra

55

Anexo I

CU

AD

RO

6. C

OS

TO

DE

LA

EV

AS

IÓN

FIS

CA

L(M

iles

de

mil

lone

s de

pes

os d

e 2000)

R

ecau

daci

ón

Rec

auda

ción

C

osto

po

tenc

ial

tota

l ob

serv

ada

d

e la

eva

sión

(c

)/(b

) (c

)/(a

)

(a)

(b)

(c)

1988

23

4.9

92.1

14

2.8

155%

61

%19

89

280.

7 98

.6

182.

2 18

5%

65%

1990

30

4.7

123.

0 18

1.7

148%

60

%19

91

323.

5 12

3.0

200.

6 16

3%

62%

1992

24

9.8

101.

1 14

8.7

147%

60

%19

93

251.

7 99

.7

152.

0 15

2%

60%

1994

26

3.9

104.

8 15

9.1

152%

60

%19

95

299.

2 97

.9

201.

4 20

6%

67%

Not

a: L

a m

etod

olog

ía a

plic

ada

es la

del

pot

enci

al tr

ibut

ario

lega

l, la

cua

l con

-si

ste

en e

stim

ar la

bas

e im

posi

tiva

teór

ica

del I

VA c

on in

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ació

n de

l Sis

tem

a de

Cue

ntas

Nac

iona

les.

La

reca

udac

ión

pote

ncia

l tot

al in

cluy

e a

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ona

fron

-te

riza

y no

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teriz

a y

excl

uye

las

exen

cion

es; l

a re

caud

ació

n ob

serv

ada

con-

side

ra e

xenc

ione

s y

zona

fro

nter

iza.

El

cost

o de

la

evas

ión

es l

a di

fere

ncia

en

tre la

reca

udac

ión

pote

ncia

l tot

al y

la re

caud

ació

n ob

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ada.

FUE

NT

E:

Eric

k M

artín

del

Cam

po F

lore

s, “

Est

imac

ión

de la

bas

e, c

osto

de

las

exen

cion

es y

eva

sión

fis

cal d

el im

pues

to a

l val

or a

greg

ado

en

M

éxic

o”, e

n G

acet

a de

Eco

nom

ía, I

TAM

, prim

aver

a 19

98, A

ño 3

,

Núm

. 4, p

p. 2

03-2

11.

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Impuestos, Democracia y Transparencia

54

Carlos Elizondo Mayer-Serra

55

Anexo I

* M

éxic

o co

n la

mis

ma

estr

uctu

ra d

el IV

A q

ue C

hile

.FU

EN

TE

: S

HC

P, P

olíti

ca d

e In

gres

os, D

iagn

óstic

o y

Ret

os, s

.f.

Port

ugal

14

.0C

hile

23

.00

Esp

aña

26.0

Arg

entin

a 31

.5C

olom

bia

35.8

Méx

ico

37.1

Méx

ico

* 28

.5B

oliv

ia

43.9

Perú

68

.2

CU

AD

RO

7.

EV

AS

IÓN

DE

L I

VA

C

OM

O P

OR

CE

NTA

JE D

E L

A R

EC

AU

DA

CIÓ

N

PO

TE

NC

IAL,

1998

P

aís

%

Rec

auda

ción

pot

enci

al

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Impuestos, Democracia y Transparencia

56

Carlos Elizondo Mayer-Serra

57

Anexo I

CU

AD

RO

8.

EFE

CTIV

IDA

D D

E L

A R

EC

AU

DA

CIÓ

N D

EL I

VA

, 1

99

7

Tasa

efe

ctiv

a de

l IV

A

In

gres

os p

or I

VA

Tasa

efe

ctiv

a c

omo

porc

enta

je

(% d

el P

IB)

Tasa

de

l IV

Aa (

%)

de l

a ta

sa

A

B

B

/A

Japó

nb 1.

8 5.

0 3.

1 89

Ale

man

ia

6.6

15.0

11

.5

77Fr

anci

a 7.

9 20

.6

14.7

71

Italia

c 5.

7 19

.0

9.8

52R

eino

Uni

do

6.9

17.5

10

.8

62C

anad

á 2.

5 7.

0 4.

3 61

Méx

ico

3.1

15.0

4.

7 32

Prom

edio

OC

DE

6.

7 17

.7

12.5

73

Prom

edio

G7

5.3

14.4

9.

0 69

Prom

edio

Uni

ón E

urop

ea

7.3

19.4

14

.0

71

a.

La

tasa

efe

ctiv

a de

l IV

A s

e re

fiere

a lo

s in

gres

os p

or IV

A d

ivid

idos

por

la b

ase

(es

deci

r, el

con

sum

o ex

cluy

endo

el

IVA

).b.

Año

fisc

al b

ase

(2°

trim

estre

de

1997

/1er

. trim

estre

de

1998

).

c.

La

tasa

cam

bió

de 1

9 a

20 p

or c

ient

o el

1 d

e oc

tubr

e de

199

7.

FUE

NT

E:

Mar

celo

M. G

iuga

le, O

livie

r L

afou

rcad

e y

Vin

h H

. Ngu

yen,

Méx

ico,

A C

ompr

ehen

sive

Dev

elop

men

t

Age

nda

for T

he N

ew E

ra, W

ashi

ngto

n: W

orld

Ban

k, 2

001,

p. 1

88.

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Impuestos, Democracia y Transparencia

56

Carlos Elizondo Mayer-Serra

57

Anexo I

CU

AD

RO

13.

GA

STO

EN

ED

UC

AC

IÓN

E I

NG

RE

SO

S P

OR

CO

NC

EP

TO

DE

IV

A,

199

0-2

000

(Por

cent

aje

del

PIB

)

Año

G

asto

fed

eral

G

asto

est

atal

y m

unic

ipal

In

gres

os t

otal

es

en

edu

caci

ón

en e

duca

ción

po

r IV

A

1990

3.

0 0.

68

3.5

1991

3.

4 0.

66

3.2

1992

3.

8 0.

64

2.7

1993

4.

3 0.

63

2.8

1994

4.

6 0.

58

2.7

1995

4.

2 0.

47

2.8

1996

4.

0 0.

80

2.9

1997

4.

0 0.

77

3.1

1998

4.

1 0.

75

3.1

1999

4.

1 0.

74

3.3

2000

4.

1 0.

71

3.5

FUE

NT

E:

Pres

iden

cia

de

la

Rep

úblic

a,

“Ane

xo

Est

adís

tico”

, en

Pr

imer

In

form

e de

G

obie

rno,

Méx

ico:

Pre

side

ncia

de

la R

epúb

lica,

200

1, p

p. 4

, 81-

82 y

149

.

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Impuestos, Democracia y Transparencia

58

Carlos Elizondo Mayer-Serra

59

Anexo I

Not

a: P

ara

Bra

sil l

os d

atos

de

ingr

esos

trib

utar

ios

y P

IB p

er c

ápita

cor

resp

onde

n a

1994

; pa

ra C

anad

á a

1995

; pa

ra C

osta

Ric

a, E

spañ

a y

Ale

man

ia a

199

6; p

ara

Arg

entin

a, E

stad

os U

nido

s, P

ortu

gal,

Aus

tria

, Fr

anci

a y

Bél

gica

a 1

997;

par

a B

oliv

ia,

Chi

le,

Polo

nia

y R

eino

Uni

do a

19

98; y

par

a M

éxic

o a

1999

.

1/

Incl

uye,

ade

más

de

los

ingr

esos

reca

udad

os p

or lo

s go

bier

nos

cent

ral,

esta

tal y

mun

icip

al p

or c

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pto

de im

pues

tos,

las

cont

ribuc

ione

s a

la S

egur

idad

Soc

ial.

FUE

NT

ES:

C

AD

E,

Una

Pro

pues

ta d

e R

efor

ma

Trib

utar

ia p

ara

Méx

ico,

Méx

ico:

CA

DE

, p.

5;

FMI,

Est

adís

ticas

Fin

anci

eras

Int

erna

cion

ales

,

Was

hing

ton:

FM

I, 20

00.

GR

ÁFIC

A 1

. IN

GR

ES

OS

TR

IBU

TAR

IOS

1/

Y P

IB P

ER

PIT

A, C

OM

PAR

AC

IÓN

IN

TE

RN

AC

ION

AL

Page 55: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

58

Carlos Elizondo Mayer-Serra

59

Anexo I

p/ C

ifra

prel

imin

ar e

stim

ada

con

los

dato

s di

spon

ible

s a

juni

o de

200

1.

FUE

NT

E:

SHC

P, S

iste

ma

de F

inan

zas

Públ

icas

y D

euda

Púb

lica,

pág

ina

elec

trón

ica.

GR

ÁFIC

A 2

. IN

GR

ES

OS

DE

L G

OB

IER

NO

FE

DE

RA

L, 1

98

0-2

00

1

Page 56: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

60

Carlos Elizondo Mayer-Serra

61

Anexo I

1/

Se r

efie

re a

l ba

lanc

e ec

onóm

ico

prim

ario

del

gob

iern

o fe

dera

l, el

cua

l se

def

ine

com

o la

dife

renc

ia e

ntre

los

ing

reso

s y

egre

sos

tota

les

excl

uyen

do lo

s in

tere

ses

de la

deu

da.

2/

Es

el g

asto

pro

gram

able

del

gob

iern

o fe

dera

l cen

tral

izad

o, e

l cua

l no

cons

ider

a pa

raes

tata

les,

cos

to fi

nanc

iero

de

la d

euda

, ni p

artic

ipac

ione

s fe

dera

les.

FUE

NT

E:

SHC

P, S

iste

ma

de F

inan

zas

Públ

icas

y D

euda

Púb

lica,

pág

ina

elec

trón

ica.

GR

ÁFIC

A 3

. B

ALA

NC

E P

ÚB

LIC

O,

GA

STO

E I

NG

RE

SO

S D

EL G

OB

IER

NO

FE

DE

RA

L,

1980-2

000

Page 57: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

60

Carlos Elizondo Mayer-Serra

61

Anexo I

FUE

NT

E:

Pode

r E

jecu

tivo

Fede

ral,

Proy

ecto

de

Pres

upue

sto

de E

gres

os d

e la

Fed

erac

ión,

Méx

ico:

Pod

er E

jecu

tivo

Fede

ral,

200

1, p

. III.

3.

GR

ÁFIC

A 4

. P

IB P

ER

PIT

A,

1980-2

001

Page 58: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

62

Carlos Elizondo Mayer-Serra

63

Anexo I

Not

a: L

os d

atos

de

1989

a 2

000

se to

mar

on d

el P

rimer

Info

rme

de G

obie

rno

del P

resi

dent

e V

icen

te F

ox y

tien

en c

omo

base

el a

ño 1

993.

Los

da

tos

prev

ios

prov

iene

n de

l IN

EG

I y s

u ba

se e

s 19

80.

e/ C

ifra

proy

ecta

da.

FUE

NT

ES:

IN

EG

I, B

anco

de

Info

rmac

ión

Eco

nóm

ica,

pág

ina

elec

trón

ica;

SH

CP,

Dat

os E

conó

mic

os y

Fin

anci

eros

, pá

gina

ele

ctró

nica

;

Pres

iden

cia

de la

Rep

úblic

a, “

Ane

xo E

stad

ístic

o” e

n Pr

imer

Info

rme

de G

obie

rno,

Méx

ico:

Pre

side

ncia

de

la R

epúb

lica,

200

1, p

.

145.

GR

ÁFIC

A 5

. C

ICLO

S P

OLÍT

ICO

S Y

CR

EC

IMIE

NTO

EC

ON

ÓM

ICO

, 1965-2

001

Page 59: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

62

Carlos Elizondo Mayer-Serra

63

Anexo I

FUE

NT

E:

Pres

iden

cia

de la

Rep

úblic

a, “

Ane

xo E

stad

ístic

o”, e

n Pr

imer

Info

rme

de G

obie

rno,

Méx

ico:

Pre

side

ncia

de

la R

epúb

lica,

200

1,

p. 3

29.

GR

ÁFIC

A 6

. D

ELIN

CU

EN

TE

S P

OR

CA

DA

MIL

HA

BIT

AN

TE

S,

1990-2

001

Page 60: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

64

Carlos Elizondo Mayer-Serra

65

Anexo I

Not

a: L

a ci

fra

de 2

001

es p

relim

inar

.

FU

EN

TE

: Pr

esid

enci

a de

la R

epúb

lica,

“A

nexo

Est

adís

tico”

, en

Prim

er In

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e de

Gob

iern

o, M

éxic

o: P

resi

denc

ia d

e la

Rep

úblic

a, 2

001,

p. 3

42.

GR

ÁFIC

A 7

. P

OB

LA

CIÓ

N I

NTE

RN

A D

E S

EN

TE

NC

IAD

OS

Y P

RO

CE

SA

DO

S

DE

LO

S F

UE

RO

S F

ED

ER

AL Y

CO

N,

1990-2

001

Page 61: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

64

Carlos Elizondo Mayer-Serra

65

Anexo I

Not

a: E

l coe

ficie

nte

GIN

I es

un in

dica

dor q

ue m

ide

la c

once

ntra

ción

del

ingr

eso

y os

cila

ent

re 0

y 1

, don

de c

ero

sign

ifica

dis

trib

ució

n eq

uita

tiva

y 1

tota

l con

cent

raci

ón d

e la

riq

ueza

.

FUE

NT

E:

IAD

B, F

acin

g up

to In

equa

lity

in L

atin

Am

eric

a, W

ashi

ngto

n: IA

DB

, 200

0, fi

gura

1.2

2.

GR

ÁFIC

A 8

. C

ON

CE

NTR

AC

IÓN

DE

L I

NG

RE

SO

Y A

CE

PTA

CIÓ

N D

E L

A D

EM

OC

RA

CIA

Page 62: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

66

Carlos Elizondo Mayer-Serra

67

Anexo I

Not

a: E

l cre

cim

ient

o se

obt

uvo

a pa

rtir

de lo

s sa

ldos

al f

inal

del

per

iodo

, los

cua

les

se e

ncue

ntra

n en

mill

ones

de

dóla

res

corr

ient

es.

FUE

NT

E:

SHC

P, S

iste

ma

de F

inan

zas

Públ

icas

y D

euda

Púb

lica,

pág

ina

elec

trón

ica.

Los

dat

os a

nter

iore

s a

1982

se

tom

aron

de

Ros

ario

Gre

en, L

ecci

ones

de

la d

euda

ext

erna

de

Méx

ico,

de

1973

a 1

997,

Méx

ico:

Fun

daci

ón C

olos

io-F

CE

; 199

8, p

p. 1

04-1

05.

GR

ÁFIC

A 9

. C

RE

CIM

IEN

TO

DE

LA

DE

UD

A E

XTE

RN

A,

1972-2

000

Page 63: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

66

Carlos Elizondo Mayer-Serra

67

Anexo I

Not

a: L

os in

gres

os to

tale

s in

corp

oran

los

ingr

esos

trib

utar

ios

y no

trib

utar

ios,

el g

asto

tota

l se

refie

re a

l gas

to p

rogr

amab

le d

el G

obie

rno

Fede

ral,

el c

ual n

o in

cluy

e in

tere

ses

por

conc

epto

de

deud

a ni

sec

tor

para

esta

tal.

FUE

NT

E:

SHC

P, E

stad

ístic

as d

e Fi

nanz

as P

úblic

as, p

ágin

a el

ectr

ónic

a.

GR

ÁFIC

A 1

0. IN

GR

ES

OS

TO

TALE

S Y

GA

STO

TO

TAL D

EL G

OB

IER

NO

FE

DE

RA

L,

1977-2

000

Page 64: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

68

Carlos Elizondo Mayer-Serra

69

Anexo I

1/

Se re

fiere

al í

ndic

e de

per

cepc

ión

de la

cor

rupc

ión

publ

icad

o po

r Tr

ansp

aren

cia

Inte

rnac

iona

l, el

cua

l osc

ila e

ntre

0 y

10,

don

de 0

sig

nific

a al

tam

ente

cor

rupt

o y

10 a

ltam

ente

lim

pio.

FU

EN

TE

: L

aure

nce

Whi

tehe

ad,

“Par

a co

mba

tir l

a C

orru

pció

n”,

en E

ste

País

, N

úm.

94,

ener

o 19

99,

p.17

; Tr

ansp

aren

cia

Inte

rnac

iona

l,

Índi

ce d

e Pe

rcep

ción

de

la C

orru

pció

n, p

ágin

a el

ectr

ónic

a.

GR

ÁFIC

A 1

1. P

ER

CE

PC

IÓN

DE

LA

CO

RR

UP

CIÓ

N E

N M

ÉX

ICO

, 1980-2

001

1/

Page 65: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

68

Carlos Elizondo Mayer-Serra

69

Anexo I

FUE

NT

E:

Enc

uest

a pu

blic

ada

en e

l per

iódi

co R

efor

ma,

10

de s

eptie

mbr

e de

200

0

GR

ÁFIC

A 1

2. ¿U

STE

D C

ON

SID

ER

A Q

UE

XIC

O E

S U

NA

DE

MO

CR

AC

IA?

(Por

cent

ajes

)

Page 66: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

70

Carlos Elizondo Mayer-Serra

Not

a: E

l índ

ice

de p

erce

pció

n de

la c

orru

pció

n os

cila

ent

re 0

y 1

0, d

onde

0 s

igni

fica

alta

men

te c

orru

pto

y 10

alta

men

te li

mpi

o. E

l índ

ice

de

liber

tad

de p

rens

a se

ela

bora

con

side

rand

o la

s le

yes,

res

tric

cion

es e

influ

enci

as p

olíti

cas

y ec

onóm

icas

sob

re lo

s m

edio

s de

com

unic

ació

n, a

com

o la

rep

resi

ón c

ontr

a lo

s pe

riodi

stas

; ést

e pu

ede

tom

ar v

alor

es d

e en

tre 0

y 1

00, d

onde

de

0 a

30 s

e co

nsid

era

a un

paí

s lib

re, d

e 31

a 6

0 pa

rcia

lmen

te li

bre

y de

61

a 10

0 no

libr

e.

FUE

NT

E:

Free

dom

Hou

se,

How

Fre

e? T

he W

eb &

The

Pre

ss.

The

Ann

ual

Sur

vey

of P

ress

Fre

edom

, Fr

eedo

m H

ouse

, 20

01,

pági

na

el

ectr

ónic

a; T

rans

pare

ncia

Inte

rnac

iona

l, Ín

dice

de

Perc

epci

ón d

e la

Cor

rupc

ión

del a

ño 2

001,

pág

ina

elec

trón

ica.

GR

ÁFIC

A 1

3. C

OR

RU

PC

IÓN

FR

EN

TE

A L

IBE

RTA

D D

E P

RE

NS

A E

N P

AÍS

ES

DE

LA

OC

DE

, 2

001

Page 67: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

70

Carlos Elizondo Mayer-Serra

Anexo IIExenciones, deducciones,

tratamientos especialesy tasa cero

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73

Anexo IITr

atam

ient

o Fi

scal

Exe

ntos

sie

mpr

e y

cuan

do n

o ex

ceda

n lo

s lím

ites

seña

lado

s en

la le

gisl

ació

n la

bora

l.

*

Trab

ajad

ores

de

sala

rio m

ínim

o: E

xent

o si

no

exce

de d

e nu

eve

hora

s a

la s

eman

a.

* Tr

abaj

ador

es c

on s

alar

io s

uper

ior

a un

sal

ario

mín

imo:

Se

exen

ta e

l 50%

de

hora

s ex

tras

, sie

mpr

e qu

e

la s

uma

de é

stas

no

exce

da d

e nu

eve

hora

s y

cinc

o dí

as d

e sa

lario

mín

imo

a la

sem

ana.

Exe

ntos

, si y

sól

o si

se

conc

eden

de

acue

rdo

con

las

leye

s o

cont

rato

s de

trab

ajo

resp

ectiv

os.

Exe

ntos

sie

mpr

e y

cuan

do n

o re

base

n el

lím

ite d

e nu

eve

sala

rios

mín

imos

dia

rios,

dep

endi

endo

del

áre

a ge

ográ

fica

del c

ontr

ibuy

ente

.

Exe

ntos

sie

mpr

e y

cuan

do s

e co

nced

an d

e m

aner

a ge

nera

l de

acue

rdo

con

las

leye

s y

cont

rato

s de

trab

ajo.

Exe

ntos

cua

ndo

la s

uma

de lo

s de

más

ingr

esos

del

trab

ajad

or d

eriv

ados

de

su r

elac

ión

labo

ral y

las

pres

ta-

cion

es d

e pr

evis

ión

soci

al n

o ex

ceda

n de

sie

te s

alar

ios

mín

imos

anu

ales

, y e

xent

os h

asta

el e

quiv

alen

te a

un

sala

rio m

ínim

o an

ual c

uand

o la

sum

a an

terio

r ex

ceda

de

siet

e sa

lario

s m

ínim

os a

nual

es.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

has

ta p

or u

n m

onto

de

90 v

eces

el s

alar

io m

ínim

o pa

ra c

ada

año

de s

ervi

cio

o de

con

trib

ució

n.

Exe

nto

sólo

en

los

sigu

ient

es c

asos

: age

ntes

dip

lom

átic

os y

con

sula

res;

em

plea

dos

de e

mba

jada

s, d

eleg

acio

-ne

s y

cons

ulad

os e

xtra

njer

os; m

iem

bros

de

dele

gaci

ones

ofic

iale

s, c

ient

ífica

s o

hum

anita

rias;

repr

esen

tant

es,

func

iona

rios

o em

plea

dos

de o

rgan

ism

os in

tern

acio

nale

s co

n se

de e

n M

éxic

o.

Exe

ntos

cua

ndo

sean

ero

gado

s en

ser

vici

o de

l pat

rón

y se

com

prue

ben

con

la d

ocum

enta

ción

resp

ectiv

a.

Exe

ntos

.

Exe

nto

hast

a el

equ

ival

ente

a 3

0 dí

as d

el s

alar

io m

ínim

o ge

nera

l del

áre

a ge

ográ

fica

del c

ontr

ibuy

ente

.

Exe

nto

hast

a el

equ

ival

ente

a 1

5 dí

as d

e sa

lario

mín

imo

del á

rea

geog

ráfic

a de

l con

trib

uyen

te.

Exe

ntos

sie

mpr

e y

cuan

do s

e ot

orgu

e de

man

era

gene

ral h

asta

el e

quiv

alen

te a

15

días

de

sala

rio m

ínim

o de

l ár

ea g

eogr

áfic

a de

l con

trib

uyen

te.

Exe

ntos

cua

ndo

se o

torg

ue d

e m

aner

a ge

nera

l y n

o ex

ceda

al s

alar

io m

ínim

o ge

nera

l del

áre

a ge

ográ

fica

del

cont

ribuy

ente

de

un d

ía p

or c

ada

dom

ingo

que

se

labo

re.

Exe

ntos

, si

empr

e qu

e el

con

trib

uyen

te d

emue

stre

que

hay

a ha

bita

do e

l in

mue

ble

cuan

do m

enos

los

dos

úl

timos

año

s a

la e

naje

naci

ón d

el b

ien.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e la

ena

jena

ción

se

real

ice

a tr

avés

de

bols

a de

val

ores

aut

oriz

ada

o m

erca

dos

de a

mpl

ia

burs

atili

dad.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e la

gan

anci

a no

exc

eda

de tr

es s

alar

ios

mín

imos

anu

ales

.

Con

cept

o de

Ing

reso

Ley

del

Im

pues

to S

obre

la

Ren

ta:

A

) pe

rson

as f

ísic

as

1.

Ingr

esos

dis

tinto

s de

l sal

ario

que

reci

ban

los

trab

ajad

ores

de

un s

alar

io m

ínim

o.

2.

Tiem

po e

xtra

ordi

nario

.

3.

Inde

mni

zaci

ones

por

rie

sgos

o e

nfer

med

ad.

4.

Jubi

laci

ones

, pen

sion

es, h

aber

es d

e re

tiro,

pen

sion

es v

italic

ias

y o

tras

for

mas

de

retir

o.

5.

Ree

mbo

lsos

por

gas

tos

méd

icos

, den

tale

s, h

ospi

tala

rios

y d

e fu

nera

l.

6.

Subs

idio

s po

r in

capa

cida

d, b

ecas

edu

caci

onal

es p

ara

los

trab

ajad

ores

o s

us

hijo

s, g

uard

ería

s in

fant

iles,

act

ivid

ades

cul

tura

les

y de

port

ivas

y o

tras

pre

sta-

cion

es d

e pr

evis

ión

soci

al d

e na

tura

leza

aná

loga

.

7.

Apo

rtac

ione

s y

rend

imie

ntos

ent

rega

dos

por

el IN

FON

AV

IT.

8.

Caj

as d

e ah

orro

y s

us re

ndim

ient

os.

9.

Fond

os d

e ah

orro

y s

us re

ndim

ient

os.

10.

Ingr

esos

por

sep

arac

ión

de tr

abaj

ador

es c

orre

spon

dien

tes

a pr

imas

de

antig

üe-

dad,

ret

iros

e in

dem

niza

cion

es,

incl

uyen

do lo

s pr

oven

ient

es d

e su

bcue

ntas

o

cuen

tas

de re

tiro.

11.

Rem

uner

acio

nes

a ex

tran

jero

s.

12.

Gas

tos

de re

pres

enta

ción

y v

iátic

os.

13.

Ren

tas

cong

elad

as.

14.

Gra

tific

acio

nes

(agu

inal

do).

15.

Part

icip

ació

n de

los

trab

ajad

ores

en

las

utili

dade

s de

la e

mpr

esa

(PT

U).

16.

Prim

a va

caci

onal

.

17.

Prim

a do

min

ical

.

18.

Ena

jena

ción

de

casa

s ha

bita

ción

.

19.

Ena

jena

ción

de

acci

ones

.

20.

Los

deriv

ados

de

la e

naje

naci

ón d

e bi

enes

mue

bles

.

* A

nexo

ela

bora

do c

on la

val

iosa

par

ticip

ació

n de

Flo

r G

arcí

a y

Reb

eca

Ibar

ra.

EX

EN

CIO

NE

S,

DE

DU

CC

ION

ES

, TR

ATA

MIE

NTO

S E

SP

EC

IALE

S Y

TA

SA

CE

RO

Page 69: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

74

Carlos Elizondo Mayer-Serra

75

Anexo IITr

atam

ient

o Fi

scal

Exe

ntos

has

ta e

l equ

ival

ente

a 2

0 sa

lario

s m

ínim

os a

nual

es.

Exe

ntos

cua

ndo

se tr

ate

de d

epós

itos

que

no e

xced

an d

e do

s sa

lario

s m

ínim

os a

nual

es y

la ta

sa d

e in

teré

s no

sea

sup

erio

r a

la q

ue f

ije a

nual

men

te e

l Con

gres

o de

la U

nión

, y

cuan

do lo

s in

tere

ses

se d

eriv

en d

e la

s in

vers

ione

s re

aliz

adas

por

los

banc

os y

las

soci

edad

es d

e ah

orro

y p

rést

amo

en v

alor

es g

uber

nam

enta

les.

Exe

ntos

cua

ndo

sean

de

plaz

o m

ayor

a tr

es a

ños

y su

tasa

de

inte

rés

se re

vise

cad

a se

is m

eses

.

Exe

ntos

cua

ndo

sean

de

plaz

o m

ayor

de

tres

años

y s

u ta

sa re

al d

e in

teré

s no

se

mod

ifiqu

e du

rant

e el

pla

zo

de v

igen

cia

del t

ítulo

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

cua

ndo

se e

stab

lezc

a en

los

inte

rese

s de

la fr

anqu

icia

del

ISR

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

cua

ndo

teng

an la

gar

antía

inco

ndic

iona

l del

Gob

iern

o Fe

dera

l.

Exe

ntos

cua

ndo

teng

an la

gar

antía

inco

ndic

iona

l del

Gob

iern

o Fe

dera

l.

Exe

ntos

sie

mpr

e y

cuan

do:

Se a

dqui

eran

y e

naje

nen

en b

anco

s y

casa

s de

bol

sa y

se

man

teng

an d

epos

itado

s en

ést

os;·

No

se o

torg

uen

en p

rést

amo;

y

No

se e

naje

nen

con

entre

ga d

iferid

a.

Exe

ntos

sie

mpr

e qu

e no

se

trat

e de

seg

uros

rela

cion

ados

con

bie

nes

de a

ctiv

o fij

o.

Exe

ntos

en

los

sigu

ient

es c

asos

: •

Los

otor

gado

s en

tre

cóny

uges

o

entre

as

cend

ient

es

y de

scen

dien

tes

en

línea

di

rect

a,

cual

quie

ra

qu

e se

a su

mon

to.·

• Lo

s de

más

don

ativ

os,

siem

pre

que

el v

alor

tot

al d

e lo

s re

cibi

dos

en u

n añ

o de

cal

enda

rio n

o ex

ceda

tres

vece

s el

sal

ario

mín

imo

gene

ral d

el á

rea

geog

ráfic

a de

l con

trib

uyen

te.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e el

val

or d

e ca

da p

rem

io n

o ex

ceda

de

1.00

No

exis

te.

Exe

ntos

cua

ndo

los

daño

s no

exc

edan

el v

alor

de

mer

cado

del

bie

n.

Exe

ntos

.

Con

cept

o de

Ing

reso

21.

Rég

imen

sim

plifi

cado

par

a pe

rson

as fí

sica

s de

dica

das

a ac

tivid

ades

: agr

ícol

as,

gana

dera

s, s

ilvíc

olas

, pes

quer

as.

22.

Inte

rese

s pa

gado

s po

r in

stitu

cion

es d

e cr

édito

y s

ocie

dade

s de

aho

rro

y pr

és-

tam

o.

23.

Inte

rese

s de

títu

los

de c

rédi

to d

enom

inad

os e

n pe

sos.

24.

Inte

rese

s de

títu

los

de c

rédi

to d

enom

inad

os e

n un

idad

es d

e in

vers

ión.

25.

Inte

rese

s de

bon

os y

obl

igac

ione

s qu

e em

itan

inst

ituci

ones

de

créd

ito in

tern

a

cion

ales

de

las

que

form

a pa

rte

el g

obie

rno

mex

ican

o o

algu

na i

nstit

ució

n

naci

onal

de

créd

ito.

26.

Inte

rese

s de

bon

os e

miti

dos

por e

l Gob

iern

o Fe

dera

l o s

us a

gent

es fi

nanc

iero

s,

en m

oned

a ex

tran

jera

.

27.

Inte

rese

s de

bon

os d

e re

gula

ción

mon

etar

ia e

miti

dos

por

el B

anco

de

Méx

ico.

28.

Inte

rese

s de

bon

os o

pla

nes

de a

horr

o.

29.

Inte

rese

s de

bon

os o

pla

nes

de a

horr

o.

30.

Inte

rese

s a

carg

o de

l Gob

iern

o Fe

dera

l ins

crito

s en

el r

egis

tro

naci

onal

de

valo

-re

s e

inte

rmed

iario

s (C

ET

ES)

.

31.

Can

tidad

es p

agad

as p

or la

s as

egur

ador

as a

los

aseg

urad

os.

32.

Don

ativ

os.

33.

Her

enci

as o

lega

dos.

34.

Prem

ios

liter

ario

s, a

rtís

ticos

y c

ient

ífico

s .

35.

Ingr

esos

por

con

cept

o de

lote

rías,

rifa

s, s

orte

os o

con

curs

os.

36.

Prem

ios

otor

gado

s po

r la

Fed

erac

ión

para

pro

mov

er lo

s va

lore

s cí

vico

s.

37.

Inde

mni

zaci

ón p

or d

años

.

38.

Perc

ibid

os e

n co

ncep

to d

e al

imen

tos.

EX

EN

CIO

NE

S,

DE

DU

CC

ION

ES

, TR

ATA

MIE

NTO

S E

SP

EC

IALE

S Y

TA

SA

CE

RO

Page 70: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

74

Carlos Elizondo Mayer-Serra

75

Anexo IITr

atam

ient

o Fi

scal

Exe

ntos

sie

mpr

e y

cuan

do s

ea la

prim

era

tran

smis

ión

que

se e

fect

úe p

or lo

s ej

idat

ario

s o

com

uner

os y

la

mis

ma

se re

alic

e en

los

térm

inos

de

la le

gisl

ació

n de

la m

ater

ia.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e se

tras

lade

n en

los

térm

inos

de

ley.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e:

El a

utor

no

obte

nga

ingr

esos

por

sal

ario

s pa

ra re

aliz

ar la

obr

a;

• N

o se

a ac

cion

ista

en

más

de

10%

en

el c

apita

l soc

ial d

e la

per

sona

mor

al q

ue le

real

iza

los

pago

s; y

• N

o se

trat

e de

ingr

esos

que

der

iven

de

idea

s o

fras

es p

ublic

itaria

s, lo

gotip

os, e

mbl

emas

, sel

los

dist

intiv

os,

di

seño

s o

mod

elos

indu

stria

les,

man

uale

s op

erat

ivos

u o

bras

de

arte

apl

icad

o.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e se

an d

eriv

ados

de

la e

naje

naci

ón d

e in

mue

bles

, cer

tific

ados

de

vivi

enda

, der

echo

s de

fid

eico

mite

nte

o fid

eico

mis

ario

que

rec

aiga

n so

bre

inm

uebl

es, q

ue r

ealic

en lo

s co

ntrib

uyen

tes

com

o da

ción

en

pag

o o

adju

dica

ción

judi

cial

o fi

duci

aria

a c

ontr

ibuy

ente

s qu

e po

r di

spos

ició

n le

gal n

o pu

edan

con

serv

ar

la p

ropi

edad

de

dich

os b

iene

s.

Las

per

sona

s fís

icas

que

ena

jene

n lo

s bi

enes

a q

ue s

e re

fiere

est

a fr

acci

ón

no p

odrá

n de

duci

r la

par

te a

ún n

o de

duci

da c

orre

spon

dien

te a

dic

hos

bien

es q

ue t

enga

n a

la f

echa

de

enaj

enac

ión.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e:

• Lo

s in

gres

os d

el tr

abaj

ador

en

el a

ño a

nter

ior

no h

ayan

exc

edid

o de

sie

te s

alar

ios

mín

imos

anu

ales

• E

l pré

stam

o no

exc

eda

de u

n m

es d

e sa

lario

, por

un

perio

do m

áxim

o de

tres

mes

es.·

• E

l mon

to e

xent

o y

los

dem

ás in

gres

os d

el tr

abaj

ador

no

exce

dan

de s

iete

sal

ario

s m

ínim

os.

Exe

ntos

cua

ndo

son

paga

dos

por

el p

atró

n.

Exe

ntos

.

• Se

pod

rán

rest

ar d

e la

can

tidad

a la

que

se

le a

plic

aría

la ta

rifa

resp

ectiv

a, d

e no

hab

er e

fect

uado

dic

has

op

erac

ione

s, c

orre

spon

dien

te a

l eje

rcic

io e

n qu

e és

tos

se e

fect

uaro

n o

al e

jerc

icio

inm

edia

to a

nter

ior,

cu

ando

se

efec

túen

ant

es d

e qu

e se

pre

sent

e la

dec

lara

ción

resp

ectiv

a.

• E

l im

port

e de

todo

s lo

s co

ncep

tos

no p

odrá

exc

eder

del

equ

ival

ente

a $

139,

280

(200

0).

• L

as a

ccio

nes,

dur

ante

un

plaz

o de

cin

co a

ños,

no

podr

án s

er e

naje

nada

s a

terc

eros

, re

embo

lsad

as o

reco

mpr

adas

, sal

vo e

n el

cas

o de

l fal

leci

mie

nto

del t

itula

r de

las

mis

mas

. •

Den

tro

del p

ago

de p

rimas

por

seg

uro

de p

ensi

ones

, se

excl

uye

del b

enef

icio

de

la d

educ

ción

la p

arte

de

pr

ima

que

corr

espo

nda

al c

ompo

nent

e de

vid

a.

Se d

educ

en c

uant

o és

ta s

ea o

blig

ator

ia e

n lo

s té

rmin

os d

e la

s di

spos

icio

nes

lega

les

del á

rea

dond

e se

enc

uen-

tra

ubic

ada

la e

scue

la.

Ded

ucib

les

cuan

do s

on e

fect

uado

s po

r el

con

trib

uyen

te p

ara

sí o

par

a su

cón

yuge

o c

on q

uien

viv

a en

con

-cu

bina

to, a

scen

dien

tes

o de

scen

dien

tes,

sie

mpr

e qu

e di

chas

per

sona

s no

per

ciba

n du

rant

e al

año

cal

enda

rio

ingr

esos

en

cant

idad

igua

l o s

uper

ior

al s

alar

io m

ínim

o ge

nera

l anu

al d

el c

ontr

ibuy

ente

.

Ded

ucib

les

en la

par

te q

ue n

o ex

ceda

el s

alar

io m

ínim

o ge

nera

l anu

al d

el c

ontr

ibuy

ente

.

Ded

ucib

les

cuan

do s

atis

faga

n lo

s re

quis

itos

prev

isto

s en

la le

y y

se d

estin

en a

ins

tituc

ione

s, o

rgan

ism

os o

cu

alqu

ier

otra

ent

idad

facu

ltada

par

a re

cibi

rlos.

Con

cept

o de

Ing

reso

s

39.

Ena

jena

ción

de

parc

elas

o d

e de

rech

os c

omun

eros

o p

arce

lario

s.

40.

Impu

esto

s qu

e se

tras

lade

n.

41.

Der

echo

s de

aut

or d

e ob

ras

escr

itas

en l

ibro

s, p

erió

dico

s o

revi

stas

y p

or l

a

repr

oduc

ción

en

serie

de

grab

acio

nes

de o

bras

mus

ical

es d

e su

cre

ació

n.

42.

Dac

ión

en p

ago

y ad

judi

caci

ón.

43.

Ingr

esos

en

serv

icio

s de

rivad

os d

e pr

ésta

mos

a t

asas

sub

sidi

adas

par

a lo

s

trab

ajad

ores

.

44.

Cuo

tas

de s

egur

idad

soc

ial d

e lo

s tr

abaj

ador

es.

45.

Ret

iros

de la

sub

cuen

ta d

e re

tiro,

par

a ga

stos

de

mat

rimon

io y

tra

spas

os d

e

cuen

tas

indi

vidu

ales

ent

re A

FOR

ES

y/o

banc

os.

46.

Dep

ósito

s en

cue

ntas

esp

ecia

les

de a

horr

o, p

agos

de

prim

as p

or s

egur

o de

pens

ione

s o

adqu

isic

ión

de a

ccio

nes

de s

ocie

dade

s de

inve

rsió

n.

47.

Gas

tos

dest

inad

os a

la

tran

spor

taci

ón e

scol

ar d

e lo

s de

scen

dien

tes

en l

ínea

rect

a.

48.

Hon

orar

ios

méd

icos

y d

enta

les,

y g

asto

s ho

spita

lario

s.

49.

Gas

tos

de fu

nera

les.

50.

Don

ativ

os n

o on

eros

os n

i rem

uner

ativ

os.

EX

EN

CIO

NE

S,

DE

DU

CC

ION

ES

, TR

ATA

MIE

NTO

S E

SP

EC

IALE

S Y

TA

SA

CE

RO

Page 71: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

76

Carlos Elizondo Mayer-Serra

77

Anexo IITr

atam

ient

o Fi

scal

Exe

ntas

sie

mpr

e qu

e no

exc

edan

en

el e

jerc

icio

de

20 v

eces

el s

alar

io m

ínim

o po

r ca

da u

no d

e su

s so

cios

o

asoc

iado

s. D

icha

exe

nció

n, e

n ni

ngún

cas

o, e

xced

erá

en s

u to

talid

ad d

e 20

0 ve

ces

el s

alar

io m

ínim

o de

la

per

sona

mor

al.

A e

xcep

ción

de

las

coop

erat

ivas

de

prod

ucci

ón q

ue p

odra

n re

duci

r el

50%

del

impu

esto

de

term

inad

o en

el e

jerc

icio

fisc

al, s

i ind

ustr

ializ

an s

us p

rodu

ctos

o r

ealiz

an a

ctiv

idad

es c

omer

cial

es o

indu

s-tr

iale

s, e

n la

s qu

e ob

teng

an c

omo

máx

imo

el 5

0% d

e su

s in

gres

os b

ruto

s,en

cuy

o ca

so, s

ólo

dedu

cen

el 2

5%.

Exe

ntos

úni

cam

ente

los

ingr

esos

obt

enid

os p

or e

l ben

efic

io, c

onse

rvac

ión,

com

erci

aliz

ació

n, a

lmac

enam

ient

o e

indu

stria

lizac

ión

de s

us p

rodu

ctos

. Las

aso

ciac

ione

s ru

rale

s pa

ra g

ozar

de

este

ben

efic

io e

star

án o

blig

adas

a

lleva

r co

ntab

ilida

d si

mpl

ifica

da.

Exe

ntos

.

Exe

ntas

las

erog

acio

nes

que

no s

ean

dedu

cibl

es,

las

omis

ione

s de

ing

reso

s o

las

com

pras

no

real

izad

as e

in

debi

dam

ente

reg

istr

adas

, la

util

idad

fis

cal d

eter

min

ada

y la

mod

ifica

ción

a la

util

idad

fis

cal,

cuan

do p

or

dich

os c

once

ptos

ya

se h

ubie

ra p

agad

o el

impu

esto

por

el r

esul

tado

fisc

al o

bten

ido

en e

l eje

rcic

io. E

xent

os

cuan

do lo

s di

vide

ndos

o u

tilid

ades

dis

trib

uido

s pr

oven

gan

de la

cue

nta

de u

tilid

ad fi

scal

net

a.

Podr

án re

duci

r el 5

0% d

el im

pues

to d

eter

min

ado

en e

l eje

rcic

io fi

scal

; si s

e de

dica

n a

otra

act

ivid

ad, a

plic

arán

di

cha

redu

cció

n so

bre

el m

onto

cor

resp

ondi

ente

a lo

s in

gres

os p

or la

edi

ción

de

libro

s.

Ded

ucib

les

aun

cuan

do s

e ha

gan

en e

jerc

icio

s po

ster

iore

s.

Ded

ucib

les.

Se

exce

ptúa

n lo

s ac

tivos

fijo

s, t

erre

nos,

acc

ione

s, p

arte

s so

cial

es,

oblig

acio

nes

y va

lore

s m

obi-

liario

s, t

ítulo

s va

lor

que

repr

esen

ten

la p

ropi

edad

de

bien

es (

exce

pto

cert

ifica

dos

de d

epós

ito d

e bi

enes

o

mer

canc

ías)

, mon

eda

extr

anje

ra, p

ieza

s de

oro

o p

lata

que

hub

iera

n te

nido

el c

arác

ter d

e m

oned

a y

las

onza

s tr

oy.

Ded

ucib

les,

con

las

exce

pcio

nes

mar

cada

s po

r la

ley

(art

. 25)

.

Ded

ucib

les

med

iant

e la

apl

icac

ión

en c

ada

ejer

cici

o de

los

por

cien

tos

máx

imos

aut

oriz

ados

por

la le

y, a

l m

onto

orig

inal

de

la in

vers

ión.

Ded

ucib

les

trat

ándo

se d

e co

ntrib

uyen

tes

dedi

cado

s a

la g

anad

ería

.

Ded

ucib

les.

En

el c

aso

de la

ena

jena

ción

se

exce

ptúa

n lo

s bi

enes

de

activ

o fij

o.

Ded

ucib

les.

Ded

ucib

les.

Ded

ucib

les

cuan

do s

e de

term

inen

en

los

térm

inos

que

la le

y se

ñala

.

Ded

ucib

les

cuan

do s

e di

strib

uyan

en

los

térm

inos

señ

alad

os p

or la

ley.

Con

cept

o de

Ing

reso

Ley

del

Im

pues

to S

obre

la

Ren

ta:

B)

pers

onas

mor

ales

1.

Ded

icad

as e

xclu

siva

men

te a

las

act

ivid

ades

agr

ícol

as,

gana

dera

s, s

ilvíc

olas

o pe

sque

ras,

así

com

o a

las

coop

erat

ivas

de

prod

ucci

ón.

2.

Ejid

os y

com

unid

ades

; un

ione

s de

ejid

os y

com

unid

ades

; la

em

pres

a so

cial

:

asoc

iaci

ones

rura

les

de in

teré

s co

lect

ivo;

uni

dad

agríc

ola

indu

stria

l de

la m

ujer

cam

pesi

na; c

olon

ias

agríc

olas

y g

anad

eras

.

2.

Ingr

esos

der

ivad

os d

e la

ena

jena

ción

de

inm

uebl

es,

cert

ifica

dos

de v

ivie

nda,

de

rech

os d

e fid

eico

mite

nte

o fid

eico

mis

ario

que

reca

igan

sob

re in

mue

bles

, que

re

alic

en lo

s co

ntrib

uyen

tes

com

o da

ción

en

pago

o a

djud

icac

ión

fiduc

iaria

a

cont

ribuy

ente

s qu

e po

r dis

posi

ción

lega

l no

pued

an c

onse

rvar

la p

ropi

edad

de

dich

os b

iene

s.

4. D

ivid

endo

s o

utili

dade

s.

5. C

ontr

ibuy

ente

s de

dica

dos

excl

usiv

amen

te a

la e

dici

ón d

e lib

ros.

7. D

evol

ucio

nes

reci

bida

s o

desc

uent

os o

bon

ifica

cion

es.

8. A

dqui

sici

ones

net

as d

e m

erca

ncía

s y

mat

eria

les.

9. G

asto

s.

10. I

nver

sion

es.

11. D

ism

inuc

ión

en in

vent

ario

s de

gan

ader

ía.

12. C

rédi

tos

inco

brab

les

y pé

rdid

as fo

rtui

tas

o po

r en

ajen

ació

n.

13. A

port

acio

nes

para

fond

os d

estin

ados

a in

vest

igac

ión

y de

sarr

ollo

de

tecn

olog

ía

y pr

ogra

mas

de

capa

cita

ción

.

14.

Cre

ació

n o

incr

emen

to d

e re

serv

as p

ara

fond

os d

e pe

nsio

nes

o ju

bila

cion

es

del p

erso

nal,

com

plem

enta

rias

a la

s qu

e es

tabl

ece

la L

ey d

el S

egur

o So

cial

y

prim

as d

e an

tigüe

dad.

15. I

nter

eses

y p

érdi

da in

flaci

onar

ia.

16. A

ntic

ipos

y r

endi

mie

ntos

a s

ocio

s de

coo

pera

tivas

, soc

ieda

des

y as

ocia

cion

es-

civi

les.

EX

EN

CIO

NE

S,

DE

DU

CC

ION

ES

, TR

ATA

MIE

NTO

S E

SP

EC

IALE

S Y

TA

SA

CE

RO

Page 72: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

76

Carlos Elizondo Mayer-Serra

77

Anexo IITr

atam

ient

o Fi

scal

Exe

ntos

cua

ndo

en e

l añ

o de

cal

enda

rio a

nter

ior

obte

ngan

ing

reso

s qu

e no

exc

edan

de

$1,3

37,3

03 p

or

dich

as a

ctiv

idad

es.

Exe

ntos

cua

ndo

en e

l añ

o de

cal

enda

rio a

nter

ior

obte

ngan

ing

reso

s qu

e no

exc

edan

de

$1,3

37,3

03 p

or

dich

as a

ctiv

idad

es.

Exe

ntos

. Se

excl

uye

de e

ste

bene

ficio

a lo

s ho

tele

s.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

, a e

xcep

ción

de

los

enaj

enad

os p

or e

mpr

esas

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

, con

exc

epci

ón d

e ce

rtifi

cado

s de

dep

ósito

de

bien

es c

uand

o se

est

é ob

ligad

o a

paga

r est

e im

pues

to

y de

cer

tific

ados

de

part

icip

ació

n in

mob

iliar

ia n

o am

ortiz

able

s u

otro

s tít

ulos

que

oto

rgue

n a

su ti

tula

r de

re-

chos

sob

re in

mue

bles

dis

tinto

s a

su c

asa-

habi

taci

ón o

sue

lo. T

ambi

én s

e ex

cept

úa la

ena

jena

ción

del

bie

n qu

e am

pare

el d

ocum

ento

de

cobr

o.

Exe

ntos

, con

exc

epci

ón d

e ce

rtifi

cado

s de

dep

ósito

de

bien

es c

uand

o se

est

é ob

ligad

o a

paga

r est

e im

pues

to

y de

cer

tific

ados

de

part

icip

ació

n in

mob

iliar

ia n

o am

ortiz

able

s u

otro

s tít

ulos

que

oto

rgue

n a

su ti

tula

r de

re-

chos

sob

re in

mue

bles

dis

tinto

s a

su c

asa-

habi

taci

ón o

sue

lo.

Exe

ntos

, sie

mpr

e qu

e se

efe

ctúe

en

vent

as a

l men

udeo

con

el p

úblic

o en

gen

eral

.

Exe

ntos

cua

ndo

el c

rédi

to s

e de

stin

e a

la a

dqui

sici

ón,

ampl

iaci

ón,

cons

truc

ción

o r

epar

ació

n de

bie

nes

inm

uebl

es d

estin

ados

a c

asa

habi

taci

ón.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

, ex

cept

o cu

ando

los

bene

ficia

rios

sean

los

mie

mbr

os,

soci

os o

aso

ciad

os d

e la

per

sona

mor

al q

ue

pres

te e

l ser

vici

o.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

, exc

epto

por

ferr

ocar

ril.

Exe

ntos

. No

se a

plic

a a

los

serv

icio

s de

cab

otaj

e en

terr

itorio

nac

iona

l.

Con

cept

o de

Ing

reso

s

Ley

del

Im

pues

to a

l Val

or A

greg

ado

1.

Pers

onas

físi

cas c

on a

ctiv

idad

es e

mpr

esar

iale

s que

úni

cam

ente

ena

jene

n bi

enes

o pr

este

n se

rvic

ios

al p

úblic

o en

gen

eral

.

2.

Pers

onas

fís

icas

ded

icad

as a

act

ivid

ades

agr

ícol

as,

silv

ícol

as o

pes

quer

as,

no

obst

ante

que

la to

talid

ad o

par

te d

e su

s ac

tos

o ac

tivid

ades

no

las

real

icen

con

el

púb

lico

en g

ener

al.

3.

Ena

jena

ción

del

sue

lo y

con

stru

ccio

nes

adhe

ridas

a é

ste,

des

tinad

as o

util

iza-

das

para

cas

a ha

bita

ción

.

4.

Ena

jena

ción

de

libro

s, p

erió

dico

s y

revi

stas

, así

com

o el

der

echo

del

aut

or p

ara

usar

o e

xplo

tar

su o

bra.

5.

Ena

jena

ción

de

bien

es m

uebl

es u

sado

s.

6.

Ena

jena

ción

de

bille

tes

y co

mpr

oban

tes

que

perm

itan

part

icip

ar e

n lo

tería

s,

rifas

, sor

teos

o ju

egos

con

apu

esta

s.

7.

Ena

jena

ción

de

mon

eda

naci

onal

y e

xtra

njer

a, p

ieza

s de

oro

o d

e pl

ata

que

hubi

eran

teni

do ta

l car

ácte

r y

las

piez

as d

enom

inad

as o

nza

troy

.

8.

Ena

jena

ción

de

part

es s

ocia

les,

acc

ione

s, d

ocum

ento

s pe

ndie

ntes

de

cobr

o y

títul

os d

e cr

édito

.

9.

Ena

jena

ción

de

títul

os d

e cr

édito

.

10.

Ena

jena

ción

de

lingo

tes

de o

ro c

on u

n co

nten

ido

mín

imo

del 9

9% d

e di

cho

m

ater

ial.

11. C

omis

ione

s qu

e cu

bra

el a

cred

itado

a s

u ac

reed

or p

or c

rédi

tos

hipo

teca

rios.

12.

Com

isio

nes

que

cobr

en la

s ad

min

istr

ador

as d

e fo

ndos

par

a el

ret

iro o

las

ins

tit

ucio

nes

de c

rédi

to, a

los

trab

ajad

ores

, por

la a

dmin

istr

ació

n y

serv

icio

s re

la

cion

ados

con

los

rec

urso

s pr

oven

ient

es d

e lo

s si

stem

as d

e ah

orro

par

a el

retir

o.13

. Los

ser

vici

os p

rest

ados

en

form

a gr

atui

ta.

14.

Serv

icio

s de

ens

eñan

za p

rest

ados

por

el E

stad

o y

sus

orga

nism

os d

esce

ntra

li

zado

s, y

los

esta

blec

imie

ntos

de

part

icul

ares

aut

oriz

ados

.

15. T

rans

port

e pú

blic

o te

rres

tre d

e pe

rson

as.

16. T

rans

port

e m

aríti

mo

inte

rnac

iona

l de

bien

es p

rest

ado

por

pers

onas

res

iden

tes

en e

l ext

ranj

ero

sin

esta

blec

imie

nto

perm

anen

te e

n el

paí

s.

EX

EN

CIO

NE

S,

DE

DU

CC

ION

ES

, TR

ATA

MIE

NTO

S E

SP

EC

IALE

S Y

TA

SA

CE

RO

Page 73: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

78

Carlos Elizondo Mayer-Serra

79

Anexo IITr

atam

ient

o Fi

scal

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

sie

mpr

e qu

e se

an r

ecib

idos

o p

agad

os e

n op

erac

ione

s de

fin

anci

amie

nto

para

las

que

req

uier

an

auto

rizac

ión,

y p

or c

once

pto

de d

escu

ento

en

docu

men

tos

pend

ient

es d

e co

bro.

No

se a

plic

a a

créd

itos

otor

gado

s a

pers

onas

físi

cas

que

no d

esar

rolle

n ac

tivid

ades

em

pres

aria

les,

o n

o pr

este

n se

rvic

ios

pers

onal

es

inde

pend

ient

es, o

no

otor

guen

el u

so o

goc

e te

mpo

ral d

e bi

enes

inm

uebl

es, n

i a c

rédi

tos

otor

gado

s a

trav

és

de ta

rjeta

s de

cré

dito

.

Exe

ntos

sie

mpr

e qu

e se

an r

ecib

idos

en

oper

acio

nes

de fi

nanc

iam

ient

o, e

xcep

to c

uand

o se

trat

e de

cré

dito

s ot

orga

dos

a pe

rson

as fí

sica

s qu

e no

goz

aría

n de

la e

xenc

ión

ante

rior.

Exe

ntos

cua

ndo

el c

rédi

to s

e de

stin

e a

la a

dqui

sici

ón,

ampl

iaci

ón,

cons

truc

ción

o r

epar

ació

n de

bie

nes

inm

uebl

es d

estin

ados

a c

asa

habi

taci

ón.

Exe

ntos

cua

ndo

cum

plan

los

requ

isito

s de

ded

ucib

ilida

d qu

e se

ñala

la L

ey d

el Im

pues

to s

obre

la R

enta

.

Exe

ntos

Exe

ntos

cua

ndo

cuen

ten

con

la g

aran

tía in

cond

icio

nal d

e pa

go d

el G

obie

rno

Fede

ral.

Exe

ntos

sie

mpr

e qu

e di

chos

val

ores

est

én i

nscr

itos

en e

l R

egis

tro

Nac

iona

l de

Val

ores

e I

nter

med

iario

s y

cum

plan

los

requ

isito

s qu

e pa

ra ta

l efe

cto

seña

la la

Ley

del

Impu

esto

sob

re la

Ren

ta.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

sie

mpr

e qu

e se

an ú

nica

men

te lo

s re

lativ

os a

los

fines

que

les

sean

pro

pios

.

Exe

ntos

exc

luye

ndo

a la

s fu

ncio

nes

de c

ine,

por

el b

olet

o de

ent

rada

.

Exe

ntos

sie

mpr

e qu

e se

an p

rest

ados

por

per

sona

s fís

icas

, ya

sea

indi

vidu

alm

ente

o p

or c

ondu

cto

de s

ocie

da-

des

civi

les.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Exe

ntos

.

Con

cept

o de

Ing

reso

17. S

egur

os d

e vi

da q

ue c

ubra

n el

rie

sgo

de m

uert

e u

otor

guen

ren

tas

vita

licia

s o

pens

ione

s, a

sí c

omo

las

com

isio

nes

de a

gent

es q

ue c

orre

spon

dan

a lo

s se

guro

s ci

tado

s.

18. A

segu

ram

ient

o co

ntra

rie

sgos

agr

opec

uario

s.

19. I

nter

eses

der

ivad

os d

e ac

tivid

ades

exe

ntas

o a

fect

as a

tasa

cer

o.

20. I

nter

eses

rec

ibid

os o

pag

ados

por

las

inst

ituci

ones

de

créd

ito, u

nion

es d

e cr

é-di

to,

soci

edad

es f

inan

cier

as d

e ob

jeto

lim

itado

, so

cied

ades

de

ahor

ro y

pré

s-ta

mo

y la

s em

pres

as d

e fa

ctor

aje

finan

cier

o.

21.

Inte

rese

s re

cibi

dos

por

inst

ituci

ones

de

fianz

as,

de s

egur

os y

las

soc

ieda

des

m

utua

lista

s de

seg

uros

.

22. I

nter

eses

pro

veni

ente

s de

cré

dito

s hi

pote

cario

s o

con

gara

ntía

fidu

ciar

ia.

23.

Inte

rese

s pr

oven

ient

es d

e ca

jas

de a

horr

o de

los

trab

ajad

ores

y d

e fo

ndos

de

ah

orro

est

able

cido

por

las

empr

esas

.

24. I

nter

eses

der

ivad

os d

e ob

ligac

ione

s em

itida

s co

nfor

me

a lo

dis

pues

to e

n la

Ley

G

ener

al d

e T

ítulo

s y

Ope

raci

ones

de

Cré

dito

.

25. I

nter

eses

reci

bido

s o

paga

dos

por l

as in

stitu

cion

es p

úblic

as q

ue e

mita

n bo

nos

y ad

min

istre

n pl

anes

de

ahor

ro.

26. I

nter

eses

der

ivad

os d

e va

lore

s a

carg

o de

l Gob

iern

o Fe

dera

l.

27. I

nter

eses

der

ivad

os d

e tít

ulos

de

créd

ito c

onsi

dera

dos

com

o co

loca

dos

entre

el

gr

an p

úblic

o in

vers

ioni

sta

o de

ope

raci

ones

de

prés

tam

o de

títu

los,

val

ores

y

ot

ros

bien

es fu

ngib

les

a qu

e se

refie

re e

l Cód

igo

Fisc

al d

e la

Fed

erac

ión.

28. S

ervi

cios

der

ivad

os d

e op

erac

ione

s fin

anci

eras

der

ivad

as.

29. S

ervi

cios

pro

porc

iona

dos

por a

grup

acio

nes

dive

rsas

a s

us s

ocio

s co

mo

cont

ra-

pres

taci

ón n

orm

al p

or s

us c

uota

s.

30. S

ervi

cios

de

espe

ctác

ulos

púb

licos

por

el b

olet

o de

ent

rada

.

31.

Serv

icio

s pr

ofes

iona

les

de m

edic

ina,

cua

ndo

su p

rest

ació

n re

quie

ra t

ítulo

de

méd

ico.

32. S

ervi

cios

pro

fesi

onal

es d

e m

edic

ina,

hos

pita

lario

s, d

e ra

diol

ogía

, de

labo

rato

-rio

s y

estu

dios

clín

icos

, que

pre

ste

el G

obie

rno.

33. S

ervi

cios

der

ivad

os d

e lo

s in

gres

os p

rove

nien

tes

por

conc

epto

de

dere

chos

de

auto

r.

34. S

ervi

cio

o su

min

istr

o de

agu

a po

tabl

e y

de re

cole

cció

n de

bas

ura.

EX

EN

CIO

NE

S,

DE

DU

CC

ION

ES

, TR

ATA

MIE

NTO

S E

SP

EC

IALE

S Y

TA

SA

CE

RO

Page 74: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

78

Carlos Elizondo Mayer-Serra

79

Anexo II

Trat

amie

nto

Fisc

al

Tasa

cer

o.

Tasa

cer

o.

Tasa

cer

o.

Tasa

cer

o.

Con

cept

o de

Ing

reso

35. E

naje

naci

ón d

e: p

rodu

ctos

ani

mal

es y

veg

etal

es n

o tr

ansf

orm

ados

con

exc

ep-

ción

del

hul

e; m

edic

inas

de

pate

nte

y p

rodu

ctos

des

tinad

os a

la

alim

enta

-ci

ón,

con

exce

pció

n de

beb

idas

dis

tinta

s de

la le

che,

jara

bes

o co

ncen

trad

os

para

pre

para

r ref

resc

os, c

avia

r, sa

lmón

ahu

mad

o y

angu

las;

hie

lo y

agu

a; ix

tle,

palm

a y

lech

ugui

lla; m

aqui

naria

y e

quip

o pa

ra la

agr

icul

tura

y la

pes

ca; v

enta

al

may

oreo

de

oro,

ling

otes

de

oro

y jo

yería

con

un

cont

enid

o de

al m

enos

80

% d

e or

o.

36. P

rest

ació

n de

los

sigu

ient

es s

ervi

cios

inde

pend

ient

es: a

grop

ecua

rios

y pe

sque

-ro

s; m

olie

nda

de m

aíz

o tr

igo;

pas

teur

izac

ión

de le

che;

inve

rnad

eros

; des

pepi

te

de a

lgod

ón; s

acrif

icio

de

gana

do y

ave

s; re

aseg

uros

;

37. P

or e

l arr

enda

mie

nto

de m

aqui

naria

agr

ícol

a, e

mba

rcac

ione

s pe

sque

ras,

inve

r-na

dero

s y

equi

pos

de ir

rigac

ión.

38. L

as e

xpor

taci

ones

tien

en ta

sa c

ero

FUE

NT

E: E

l tra

tam

ient

o fis

cal y

los

conc

epto

s de

ingr

eso

para

las

pers

onas

físi

cas

que

trib

utan

baj

o el

esq

uem

a de

la L

ey d

el Im

pues

to s

obre

la R

enta

se

elab

oró

con

base

en

Reb

eca

Ibar

ra, “

Una

ap

roxi

mac

ión

a la

pro

gres

ivid

ad d

el IS

R d

e la

s pe

rson

as fí

sica

s en

Méx

ico,

199

4-19

98”

Tesi

s de

Lic

enci

atur

a, M

éxic

o: C

IDE

, 200

1, p

p. 7

6-84

; Le

y de

l Im

pues

to s

obre

la R

enta

, 200

0; L

ey d

el

Impu

esto

al V

alor

Agr

egad

o, 2

000.

EX

EN

CIO

NE

S,

DE

DU

CC

ION

ES

, TR

ATA

MIE

NTO

S E

SP

EC

IALE

S Y

TA

SA

CE

RO

Page 75: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Anexo IIIPotestades tributarias de los estados,

municipios y la Federación

Page 76: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

83

Anexo IIIC

onst

ituc

iona

les

Fede

raci

ón

Art

ícul

o 73. E

l Con

gres

o tie

ne fa

culta

d:… V

II.- P

ara

impo

ner

las

cont

ribuc

ione

s ne

cesa

rias

a cu

brir

el P

resu

pues

to;

… XX

IX.-

Para

est

able

cer

cont

ribuc

ione

s:1o

. - S

obre

el c

omer

cio

exte

rior;

2o. -

Sob

re e

l apr

ovec

ham

ient

o y

expl

otac

ión

de lo

s re

curs

os n

atur

ales

co

mpr

endi

dos

en lo

s pá

rraf

os 4

o. y

5o.

del

art

ícul

o 27

;3o

. - S

obre

inst

ituci

ones

de

créd

ito y

soc

ieda

des

de s

egur

os;

4o. -

Sob

re s

ervi

cios

púb

licos

con

cesi

onad

os o

exp

lota

dos

dire

ctam

ente

po

r la

Fed

erac

ión;

y5o

. - E

spec

iale

s so

bre:

a

) E

nerg

ía e

léct

rica;

b)

Pro

ducc

ión

y co

nsum

o de

taba

cos

labr

ados

;

c) G

asol

ina

y ot

ros

prod

ucto

s de

rivad

os d

el p

etró

leo;

d)

Cer

illos

y fó

sfor

os;

e)

Agu

amie

l y p

rodu

ctos

de

su fe

rmen

taci

ón;

f)

Exp

lota

ción

fore

stal

, y g

) Pr

oduc

ción

y c

onsu

mo

de c

erve

za.

Las

ent

idad

es f

eder

ativ

as p

artic

ipar

án e

n el

ren

dim

ient

o de

est

as c

ontr

ibuc

ione

s es

peci

ales

, en

la

pr

opor

ción

qu

e la

le

y se

cund

aria

fe

dera

l de

term

ine.

L

as

legi

slat

uras

loc

ales

fija

rán

el p

orce

ntaj

e co

rres

pond

ient

e a

los

mun

icip

ios,

en

sus

ingr

esos

po

r co

ncep

to

de

impu

esto

s so

bre

ener

gía

eléc

tric

a;… X

XX

.- Pa

ra e

xped

ir to

das

las

leye

s qu

e se

an n

eces

aria

s, a

obj

eto

de h

acer

efe

ctiv

as

las

facu

ltade

s an

terio

res,

y t

odas

las

otra

s co

nced

idas

por

est

a C

onst

ituci

ón a

los

Pode

res

de la

Uni

ón.

Art

ícul

o 74.

Son

facu

ltade

s ex

clus

ivas

de

la

C

ámar

a de

D

iput

ados

:… IV

.- E

xam

inar

, di

scut

ir y

apro

bar

anua

lmen

te

el P

resu

pues

to d

e E

gres

os d

e la

Fed

erac

ión,

dis

cutie

ndo

prim

ero

las

cont

ribuc

ione

s qu

e, a

su

juic

io,

debe

n de

cret

arse

par

a cu

brirl

o, a

sí c

omo

revi

sar

la C

uent

a P

úblic

a de

l añ

o an

terio

r.… A

rtíc

ulo

124.

Las

fac

ulta

des

que

no e

stán

exp

resa

men

te c

once

dida

s po

r es

ta

Con

stitu

ción

a lo

s fu

ncio

nario

s fe

dera

les,

se

entie

nden

rese

rvad

as a

los

esta

dos.

Est

ados

y M

unic

ipio

s

Art

icul

o 115. L

os E

stad

os a

dopt

arán

, par

a su

régi

men

inte

rior,

la fo

rma

de g

obie

rno

repu

blic

ano,

repr

esen

-ta

tivo,

pop

ular

, ten

iend

o co

mo

base

de

su d

ivis

ión

terr

itoria

l y d

e su

org

aniz

ació

n po

lític

a y

adm

inis

trat

iva,

el

Mun

icip

io L

ibre

, con

form

e a

las

base

s si

guie

ntes

:… III

. Los

mun

icip

ios

tend

rán

a su

car

go la

s fu

ncio

nes

y se

rvic

ios

públ

icos

sig

uien

tes:

a

. A

gua

pota

ble,

dre

naje

, alc

anta

rilla

do, t

rata

mie

nto

y di

spos

ició

n de

sus

agu

as re

sidu

ales

;

b

. A

lum

brad

o pú

blic

o;

c

. Li

mpi

a, re

cole

cció

n, tr

asla

do, t

rata

mie

nto

y di

spos

ició

n fin

al d

e re

sidu

os;

d.

Mer

cado

s y

cent

rale

s de

aba

sto;

e

.

Pant

eone

s;

f.

R

astr

o;

g.

C

alle

s, p

arqu

es y

jard

ines

y s

u eq

uipa

mie

nto;

h

.

Segu

ridad

púb

lica,

en

los

térm

inos

del

art

ícul

o 21

de

esta

con

stitu

ción

,

po

licía

pre

vent

iva

mun

icip

al y

trán

sito

; y

i

.

Los

dem

ás q

ue la

s le

gisl

atur

as lo

cale

s de

term

inen

seg

ún la

s co

ndic

ione

s

te

rrito

riale

s y

soci

oeco

nóm

icas

de

los

mun

icip

ios,

así

com

o su

cap

acid

ad a

dmin

istr

ativ

a

y

finan

cier

a.

Sin

perju

icio

de

su c

ompe

tenc

ia c

onst

ituci

onal

, en

el d

esem

peño

de

las

func

ione

s o

la p

rest

ació

n de

los

serv

i-ci

os a

su

carg

o, lo

s m

unic

ipio

s ob

serv

arán

lo d

ispu

esto

por

las

leye

s fe

dera

les

y es

tata

les.

Los

mun

icip

ios,

pre

vio

acue

rdo

entre

sus

ayu

ntam

ient

os, p

odrá

n co

ordi

nars

e y

asoc

iars

e pa

ra la

más

efic

az

pres

taci

ón d

e lo

s se

rvic

ios

públ

icos

o e

l mej

or e

jerc

icio

de

las

func

ione

s qu

e le

s co

rres

pond

an. E

n es

te c

aso

y tr

atán

dose

de

la a

soci

ació

n de

mun

icip

ios

de d

os o

más

est

ados

, deb

erán

con

tar

con

la a

prob

ació

n de

las

legi

slat

uras

de

los

esta

dos

resp

ectiv

as. A

sim

ism

o cu

ando

a ju

icio

del

ayu

ntam

ient

o re

spec

tivo

sea

nece

sario

, po

drán

cel

ebra

r con

veni

os c

on e

l Est

ado

para

que

ést

e, d

e m

aner

a di

rect

a o

a tr

avés

del

org

anis

mo

corr

espo

n-di

ente

, se

haga

car

go e

n fo

rma

tem

pora

l de

algu

nos

de e

llos,

o b

ien,

se

pres

ten

o ej

erza

n co

ordi

nada

men

te

por

el E

stad

o y

el p

ropi

o m

unic

ipio

;

Las

com

unid

ades

indí

gena

s, d

entr

o de

l ám

bito

mun

icip

al, p

odrá

n co

ordi

nars

e y

asoc

iars

e en

los

térm

inos

y

para

los

efec

tos

que

prev

enga

la le

y;

IV. L

os m

unic

ipio

s ad

min

istr

arán

libr

emen

te s

u ha

cien

da, l

a cu

al s

e fo

rmar

á de

los

rend

imie

ntos

de

los

bien

es

que

les

pert

enez

can,

así

com

o de

las

cont

ribuc

ione

s y

otro

s in

gres

os q

ue la

s le

gisl

atur

as e

stab

lezc

an a

su

favo

r, y

en to

do c

aso:

a) P

erci

birá

n la

s co

ntrib

ucio

nes,

incl

uyen

do ta

sas

adic

iona

les,

que

est

able

zcan

los

esta

dos

sobr

e la

pro

pied

ad

inm

obili

aria

, de

su fr

acci

onam

ient

o, d

ivis

ión,

con

solid

ació

n, tr

asla

ción

y m

ejor

a as

í com

o la

s qu

e te

ngan

por

ba

se e

l cam

bio

de v

alor

de

los

inm

uebl

es.

Los

mun

icip

ios

podr

án c

eleb

rar

conv

enio

s co

n el

Est

ado

para

que

ést

e se

hag

a ca

rgo

de a

lgun

as d

e la

s fu

n-ci

ones

rela

cion

adas

con

la a

dmin

istr

ació

n de

esa

s co

ntrib

ucio

nes.

PO

TE

STA

DE

S T

RIB

UTA

RIA

S D

E L

OS

ES

TAD

OS

, M

UN

ICIP

IOS

Y L

A F

ED

ER

AC

IÓN

Page 77: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

84

Carlos Elizondo Mayer-Serra

85

Anexo III

Fede

raci

ónE

stad

os y

Mun

icip

ios

b) L

as p

artic

ipac

ione

s fe

dera

les,

que

ser

án c

ubie

rtas

por

la F

eder

ació

n a

los

mun

icip

ios

con

arre

glo

a la

s ba

ses,

m

onto

s y

plaz

os q

ue a

nual

men

te s

e de

term

inen

por

las

legi

slat

uras

de

los

esta

dos.

c) L

os in

gres

os d

eriv

ados

de

la p

rest

ació

n de

ser

vici

os p

úblic

os a

su

carg

o.

Las

leye

s fe

dera

les

no li

mita

rán

la fa

culta

d de

los

esta

dos

para

est

able

cer

las

cont

ribuc

ione

s a

que

se re

fiere

n lo

s in

ciso

s a)

y c

), n

i con

cede

rán

exen

cion

es e

n re

laci

ón c

on la

s m

ism

as. L

as le

yes

esta

tale

s no

est

able

cerá

n ex

enci

ones

o s

ubsi

dios

en

favo

r de

per

sona

o i

nstit

ució

n al

guna

res

pect

o de

dic

has

cont

ribuc

ione

s. S

ólo

esta

rán

exen

tos

los

bien

es d

e do

min

io p

úblic

o de

la F

eder

ació

n, d

e lo

s es

tado

s o

los

mun

icip

ios,

sal

vo q

ue

tale

s bi

enes

sea

n ut

iliza

dos

por

entid

ades

par

aest

atal

es o

por

par

ticul

ares

, ba

jo c

ualq

uier

títu

lo,

para

fin

es

adm

inis

trat

ivos

o p

ropó

sito

s di

stin

tos

a lo

s de

su

obje

to p

úblic

o.

Los

ayun

tam

ient

os, e

n el

ám

bito

de

su c

ompe

tenc

ia, p

ropo

ndrá

n a

las

legi

slat

uras

est

atal

es la

s cu

otas

y ta

rifas

ap

licab

les

a im

pues

tos,

der

echo

s, c

ontr

ibuc

ione

s de

mej

oras

y la

s ta

blas

de

valo

res

unita

rios

de s

uelo

y c

ons-

truc

cion

es q

ue s

irvan

de

base

par

a el

cob

ro d

e la

s co

ntrib

ucio

nes

sobr

e la

pro

pied

ad in

mob

iliar

ia.

Las

legi

slat

uras

de

los

esta

dos

apro

bará

n la

s le

yes

de in

gres

os d

e lo

s m

unic

ipio

s, r

evis

arán

y fi

scal

izar

án s

us

cuen

tas

públ

icas

. Los

pre

supu

esto

s de

egr

esos

ser

án a

prob

ados

por

los

ayun

tam

ient

os c

on b

ase

en s

us in

gre-

sos

disp

onib

les.

Los

recu

rsos

que

inte

gran

la h

acie

nda

mun

icip

al s

erán

eje

rcid

os e

n fo

rma

dire

cta

por

los

ayun

tam

ient

os,

o bi

en, p

or q

uien

ello

s au

toric

en, c

onfo

rme

a la

ley;

Art

icul

o 117. L

os e

stad

os n

o pu

eden

, en

ning

ún c

aso:

I. C

eleb

rar

alia

nza,

trat

ado

o co

alic

ión

con

otro

est

ado

ni c

on la

s po

tenc

ias

extr

anje

ras.

II. D

erog

ada.

III. A

cuña

r m

oned

a, e

miti

r pa

pel m

oned

a, e

stam

pilla

s, n

i pap

el s

ella

do.

IV. G

rava

r el

trán

sito

de

pers

onas

o c

osas

que

atr

avie

sen

su te

rrito

rio.

V. P

rohi

bir n

i gra

var d

irect

a ni

indi

rect

amen

te la

ent

rada

a s

u te

rrito

rio, n

i la

salid

a de

él,

a ni

ngun

a m

erca

ncía

na

cion

al o

ext

ranj

era;

VI.

Gra

var

la c

ircul

ació

n ni

el c

onsu

mo

de e

fect

os n

acio

nale

s o

extr

anje

ros,

con

impu

esto

s o

dere

chos

cuy

a ex

enci

ón s

e ef

ectú

e po

r ad

uana

s lo

cale

s, re

quie

ra in

spec

ción

o re

gist

ro d

e bu

ltos

o ex

ija d

ocum

enta

ción

que

ac

ompa

ñe la

mer

canc

ía.

VII.

Exp

edir

ni m

ante

ner

en v

igor

ley

es o

dis

posi

cion

es f

isca

les

que

impo

rten

dife

renc

ias

de i

mpu

esto

o

requ

isito

s po

r ra

zón

de la

pro

cede

ncia

de

mer

canc

ías

naci

onal

es o

ext

ranj

eras

, ya

sea

que

esta

dife

renc

ia s

e es

tabl

ezca

res

pect

o de

la p

rodu

cció

n si

mila

r de

la lo

calid

ad,

o ya

ent

re p

rodu

ccio

nes

sem

ejan

tes

de d

istin

ta

proc

eden

cia.

Con

stit

ucio

nale

s

PO

TE

STA

DE

S T

RIB

UTA

RIA

S D

E L

OS

ES

TAD

OS

, M

UN

ICIP

IOS

Y L

A F

ED

ER

AC

IÓN

Page 78: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

84

Carlos Elizondo Mayer-Serra

85

Anexo III

Fede

raci

ón

Fede

raci

ón

Art

ícul

o 2.

… La

reca

udac

ión

fede

ral p

artic

ipab

le s

erá

la q

ue o

bten

ga la

Fed

erac

ión

por

todo

s su

s im

pues

tos,

así

com

o po

r los

der

echo

s so

bre

la e

xtra

cció

n de

pet

róle

o y

de m

ine-

ría, d

ism

inui

dos

con

el to

tal d

e la

s de

volu

cion

es p

or lo

s m

ism

os c

once

ptos

.

No

se i

nclu

irán

en la

rec

auda

ción

fed

eral

par

ticip

able

, lo

s im

pues

tos

adic

iona

les

del 3

% s

obre

el i

mpu

esto

gen

eral

de

expo

rtac

ión

de p

etró

leo

crud

o, g

as n

atur

al

y su

s de

rivad

os y

del

2%

en

las

dem

ás e

xpor

taci

ones

; ni

tam

poco

los

der

echo

s ad

icio

nale

s o

extr

aord

inar

ios,

sob

re la

ext

racc

ión

de p

etró

leo.

Est

ados

y M

unic

ipio

s

VIII

. Con

trae

r dire

cta

o in

dire

ctam

ente

obl

igac

ione

s o

empr

éstit

os c

on g

obie

rnos

de

otra

s na

cion

es, c

on s

ocie

-da

des

o pa

rtic

ular

es e

xtra

njer

os, o

cua

ndo

deba

n pa

gars

e en

mon

eda

extr

anje

ra o

fuer

a de

l ter

ritor

io n

acio

-na

l.

Los

esta

dos

y lo

s m

unic

ipio

s no

pod

rán

cont

raer

obl

igac

ione

s o

empr

éstit

os s

ino

cuan

do s

e de

stin

en a

inve

r-si

ones

púb

licas

pro

duct

ivas

, in

clus

ive

los

que

cont

raig

an o

rgan

ism

os d

esce

ntra

lizad

os y

em

pres

as p

úblic

as,

conf

orm

e a

las

base

s qu

e es

tabl

ezca

n la

s le

gisl

atur

as e

n un

a le

y y

por

los

conc

epto

s y

hast

a po

r lo

s m

onto

s qu

e la

s m

ism

as fi

jen

anua

lmen

te e

n lo

s re

spec

tivos

pre

supu

esto

s. L

os e

jecu

tivos

info

rmar

án d

e su

eje

rcic

io a

l re

ndir

la C

uent

a P

úblic

a.

IX. G

rava

r la

prod

ucci

ón, e

l aco

pio

o la

ven

ta d

el ta

baco

en

ram

a, e

n fo

rma

dist

inta

o c

on c

uota

s m

ayor

es d

e la

s qu

e el

Con

gres

o de

la U

nión

aut

oric

e. E

l Con

gres

o de

la U

nión

y la

s le

gisl

atur

as d

e lo

s es

tado

s di

ctar

án,

desd

e lu

ego,

leye

s en

cam

inad

as a

com

batir

el a

lcoh

olis

mo.

Art

ícul

o 118. T

ampo

co p

uede

n, s

in c

onse

ntim

ient

o de

l Con

gres

o de

la U

nión

:

I.- E

stab

lece

r de

rech

os d

e to

nela

je,

ni o

tro

algu

no d

e pu

erto

s, n

i im

pone

r co

ntrib

ucio

nes

o de

rech

os s

obre

im

port

acio

nes

o ex

port

acio

nes.

Ley

de

Coo

rdin

ació

n Fi

scal

Est

ados

y M

unic

ipio

s

Art

ícul

o 3-A

. Las

ent

idad

es fe

dera

tivas

adh

erid

as a

l Sis

tem

a N

acio

nal d

e C

oord

inac

ión

Fisc

al, p

artic

ipar

án

de la

reca

udac

ión

que

se o

bten

ga d

el im

pues

to e

spec

ial s

obre

pro

ducc

ión

y se

rvic

ios,

por

la re

aliz

ació

n de

los

acto

s o

activ

idad

es g

rava

dos

con

dich

o im

pues

to s

obre

los

bien

es q

ue a

con

tinua

ción

se

men

cion

an, c

onfo

rme

a la

s pr

opor

cion

es s

igui

ente

s:

I.-E

l 20%

de

la r

ecau

daci

ón s

i se

trat

a de

cer

veza

, beb

idas

ref

resc

ante

s, a

lcoh

ol, b

ebid

as a

lcoh

ólic

as fe

rmen

-ta

das

y be

bida

s al

cohó

licas

.

II.-E

l 8%

de

la re

caud

ació

n si

se

trat

a de

taba

cos

labr

ados

.

… Art

ícul

o 10.

Las

Ent

idad

es q

ue d

esee

n ad

herir

se a

l Sis

tem

a N

acio

nal d

e C

oord

inac

ión

Fisc

al p

ara

reci

bir

las

part

icip

acio

nes

que

esta

blez

ca e

sta

ley,

lo

hará

n m

edia

nte

conv

enio

que

cel

ebre

n co

n la

Sec

reta

ría d

e H

acie

nda

y C

rédi

to P

úblic

o, q

ue d

eber

á se

r aut

oriz

ado

o ap

roba

do p

or s

u le

gisl

atur

a. T

ambi

én, c

on a

utor

iza-

ción

de

la le

gisl

atur

a po

drán

dar

por

term

inad

o el

con

veni

o.

… La

adhe

sión

al S

iste

ma

Nac

iona

l de

Coo

rdin

ació

n Fi

scal

deb

erá

lleva

rse

a ca

bo in

tegr

alm

ente

y n

o só

lo e

n re

laci

ón c

on a

lgun

os d

e lo

s in

gres

os d

e la

Fed

erac

ión.

Con

stit

ucio

nale

s

PO

TE

STA

DE

S T

RIB

UTA

RIA

S D

E L

OS

ES

TAD

OS

, M

UN

ICIP

IOS

Y L

A F

ED

ER

AC

IÓN

Page 79: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

86

Carlos Elizondo Mayer-Serra

Fede

raci

ón

Tam

poco

se

incl

uirá

n en

la r

ecau

daci

ón fe

dera

l par

ticip

able

, los

ince

ntiv

os q

ue s

e es

tabl

ezca

n en

los c

onve

nios

de

cola

bora

ción

adm

inis

trat

iva;

ni l

os im

pues

tos s

obre

te

nenc

ia o

uso

de

vehí

culo

s y

sobr

e au

tom

óvile

s nu

evos

, de

aque

llas

entid

ades

que

hu

bier

an c

eleb

rado

con

veni

os d

e co

labo

raci

ón a

dmin

istr

ativ

a en

mat

eria

de

esto

s im

pues

tos;

ni l

a pa

rte

de la

reca

udac

ión

corr

espo

ndie

nte

al im

pues

to e

spec

ial s

obre

pr

oduc

ción

y s

ervi

cios

en

que

part

icip

en la

s en

tidad

es e

n lo

s té

rmin

os d

el a

rtíc

ulo

3o.-A

de

esta

ley;

ni l

a pa

rte

de la

reca

udac

ión

corr

espo

ndie

nte

a lo

s co

ntrib

uyen

-te

s pe

queñ

os q

ue la

s en

tidad

es in

corp

oren

al R

egis

tro

Fede

ral d

e C

ontr

ibuy

ente

s en

los

térm

inos

del

art

ícul

o 3o

.-B d

e es

ta le

y; n

i el e

xced

ente

de

los

ingr

esos

que

ob

teng

a la

Fed

erac

ión

por

aplic

ar u

na t

asa

supe

rior

al 1

5% a

los

ing

reso

s po

r la

obt

enci

ón d

e pr

emio

s a

que

se r

efie

ren

los

artíc

ulos

130

y 1

58 d

e la

Ley

del

Im

pues

to S

obre

la R

enta

.

… Las

ent

idad

es q

ue e

stén

adh

erid

as a

l Sis

tem

a N

acio

nal d

e C

oord

inac

ión

Fisc

al y

qu

e hu

bier

an c

eleb

rado

con

la F

eder

ació

n co

nven

ios

de c

olab

orac

ión

adm

inis

tra-

tiva

en m

ater

ia d

el im

pues

to fe

dera

l sob

re te

nenc

ia o

uso

de

vehí

culo

s, d

onde

se

estip

ule

la o

blig

ació

n de

llev

ar u

n re

gist

ro e

stat

al v

ehic

ular

, rec

ibirá

n el

100

% d

e la

re

caud

ació

n qu

e se

obt

enga

por

con

cept

o de

est

e im

pues

to, d

el q

ue c

orre

spon

derá

cu

ando

men

os e

l 20%

a lo

s m

unic

ipio

s de

la e

ntid

ad, q

ue s

e di

strib

uirá

ent

re e

llos

en la

form

a qu

e de

term

ine

la le

gisl

atur

a re

spec

tiva.

Asi

mis

mo,

las

cita

das

entid

ades

adh

erid

as a

l Si

stem

a N

acio

nal

de C

oord

inac

ión

Fisc

al p

odrá

n ce

lebr

ar c

on la

Fed

erac

ión

conv

enio

de

cola

bora

ción

adm

inis

trat

iva

en m

ater

ia d

el I

mpu

esto

sob

re A

utom

óvile

s N

uevo

s, s

upue

sto

en e

l cua

l la

enti-

dad

de q

ue s

e tr

ate

reci

birá

el 1

00%

de

la r

ecau

daci

ón q

ue s

e ob

teng

a po

r es

te

impu

esto

, de

l qu

e co

rres

pond

erá

cuan

do m

enos

el

20%

a l

os m

unic

ipio

s de

la

entid

ad, q

ue s

e di

strib

uirá

ent

re e

llos

en la

form

a qu

e de

term

ine

la le

gisl

atur

a re

s-pe

ctiv

a.

Est

ados

y M

unic

ipio

s

Art

ícul

o 10-A

. L

as e

ntid

ades

fede

rativ

as q

ue o

pten

por

coo

rdin

arse

en

dere

chos

, no

man

tend

rán

en v

igor

de

rech

os e

stat

ales

o m

unic

ipal

es p

or:

I.- L

icen

cias

, anu

enci

as p

revi

as a

l oto

rgam

ient

o de

las

mis

mas

, en

gene

ral c

once

sion

es, p

erm

isos

o a

utor

iza-

cion

es, o

bie

n, o

blig

acio

nes

y re

quis

itos

que

cond

icio

nen

el e

jerc

icio

de

activ

idad

es c

omer

cial

es o

indu

stria

les

y de

pre

stac

ión

de s

ervi

cios

. Asi

mis

mo,

los

que

resu

lten

com

o co

nsec

uenc

ia d

e pe

rmiti

r o

tole

rar

exce

pcio

nes

a un

a di

spos

ició

n ad

min

istr

ativ

a ta

les

com

o la

am

plia

ción

de

hora

rio, c

on e

xcep

ción

de

las

sigu

ient

es:

a) L

icen

cias

de

cons

truc

ción

. b)

Lic

enci

as o

per

mis

os p

ara

efec

tuar

con

exio

nes

a la

s re

des

públ

icas

de

agua

y a

lcan

taril

lado

.c)

Lic

enci

as p

ara

frac

cion

ar o

lotif

icar

terr

enos

. d)

Li

cenc

ias

para

con

duci

r ve

hícu

los.

e)

Exp

edic

ión

de p

laca

s y

tarje

tas

para

la c

ircul

ació

n de

veh

ícul

os.

f)

Lice

ncia

s, p

erm

isos

o a

utor

izac

ione

s pa

ra e

l fun

cion

amie

nto

de e

stab

leci

mie

ntos

o lo

cale

s, c

uyos

giro

s

sean

la e

naje

naci

ón d

e be

bida

s al

cohó

licas

o la

pre

stac

ión

de s

ervi

cios

que

incl

uyan

el e

xpen

dio

de

di

chas

beb

idas

, sie

mpr

e qu

e se

efe

ctúe

n to

tal o

par

cial

men

te c

on e

l púb

lico

en g

ener

al.

g) L

icen

cias

, per

mis

os o

aut

oriz

acio

nes

para

la c

oloc

ació

n de

anu

ncio

s y

cart

eles

o la

real

izac

ión

de p

ubli-

ci

dad,

exc

epto

los

que

se re

alic

en p

or m

edio

de

tele

visi

ón, r

adio

, per

iódi

cos

y re

vist

as.

II.- R

egis

tros

o c

ualq

uier

act

o re

laci

onad

o co

n lo

s m

ism

os, a

exc

epci

ón d

e lo

s si

guie

ntes

:

a) R

egis

tro

Civ

il

b) R

egis

tro

de la

Pro

pied

ad y

del

Com

erci

o.

III.-

Uso

de

las

vías

púb

licas

o l

a te

nenc

ia d

e bi

enes

sob

re l

as m

ism

as.

No

se c

onsi

dera

rán

com

pren

dido

s de

ntro

de

lo d

ispu

esto

en

esta

frac

ción

los

dere

chos

de

esta

cion

amie

nto

de v

ehíc

ulos

, el u

so d

e la

vía

púb

lica

por

com

erci

ante

s am

bula

ntes

o c

on p

uest

os fi

jos

o se

mifi

jos,

ni p

or e

l uso

o te

nenc

ia d

e an

unci

os.

IV.-

Act

os d

e in

spec

ción

y v

igila

ncia

.

Los

dere

chos

loca

les

o m

unic

ipal

es n

o po

drán

ser

dife

renc

iale

s co

nsid

eran

do e

l tip

o de

act

ivid

ad a

que

se

dedi

que

el c

ontr

ibuy

ente

, exc

epto

trat

ándo

se d

e de

rech

os d

ifere

ncia

les

por l

os c

once

ptos

a lo

s qu

e se

refie

ren

los

inci

sos

del a

al g

de

la fr

acci

ón I

y la

frac

ción

III.

Las

cer

tific

acio

nes

de d

ocum

ento

s as

í com

o la

rep

osic

ión

de é

stos

por

ext

raví

o o

dest

rucc

ión

parc

ial o

tota

l, no

que

dará

com

pren

dida

den

tro

de lo

dis

pues

to e

n la

s fr

acci

ones

I y

II de

est

e ar

tícul

o.Ta

mpo

co q

ueda

n co

m-

pren

dida

s la

s co

nces

ione

s po

r el

uso

o a

prov

echa

mie

nto

de b

iene

s pe

rten

ecie

ntes

a la

s en

tidad

es fe

dera

tivas

o

a lo

s m

unic

ipio

s.

… Tam

bién

se

cons

ider

arán

com

o de

rech

os p

ara

los

efec

tos

de e

ste

artíc

ulo,

las

cont

ribuc

ione

s u

otro

s co

bros

, cu

alqu

iera

que

sea

su

deno

min

ació

n, q

ue te

ngan

la c

arac

terís

tica

de d

erec

hos

de a

cuer

do c

on e

l Cód

igo

Fisc

al

de la

Fed

erac

ión,

aun

cua

ndo

se c

obre

n po

r con

cept

o de

apo

rtac

ione

s, c

oope

raci

ones

, don

ativ

os, p

rodu

ctos

, ap

rove

cham

ient

os o

com

o ga

rant

ía d

e pa

go p

or p

osib

les

infr

acci

ones

.

FUE

NT

E: C

onst

ituci

ón P

olíti

ca d

e lo

s E

stad

os U

nido

s M

exic

anos

, 200

1; L

ey d

e C

oord

inac

ión

Fisc

al, 2

001.

Ley

de

Coo

rdin

ació

n Fi

scal

PO

TE

STA

DE

S T

RIB

UTA

RIA

S D

E L

OS

ES

TAD

OS

, M

UN

ICIP

IOS

Y L

A F

ED

ER

AC

IÓN

Page 80: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

86

Carlos Elizondo Mayer-Serra

Anexo IVCuestionario sobre transparencia

fiscal

Page 81: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

89

Anexo IV

I.

Cla

ra d

efin

ició

n de

func

ione

s y

resp

onsa

bilid

ades

.. Pr

opor

cion

a un

a ba

se s

obre

la q

ue p

uede

n as

igna

rse

las

resp

onsa

bilid

ades

de

dise

ño y

apl

icac

ión

de la

pol

ítica

fisc

al.

1.1

El

Sect

or G

obie

rno

debe

rá d

istin

guirs

e de

l re

sto

del

Sect

or P

úblic

o y

del

rest

o de

la

econ

omía

. L

as f

unci

ones

de

polít

ica

y ge

stió

n de

ntro

del

Sec

tor

Púb

lico

debe

rán

ser

clar

as y

d

ivul

gars

e al

púb

lico.

Man

ual

de T

rasp

aren

cia

OC

DE

1.1.

1 L

a es

truc

tura

y f

unci

ones

del

Gob

iern

o de

berá

n es

peci

ficar

se c

on

cl

arid

ad.

1.1.

2 L

as r

espo

nsab

ilida

des

de l

os d

ifere

ntes

niv

eles

de

gobi

erno

, y

de l

os

Po

dere

s E

jecu

tivo,

Leg

isla

tivo

y Ju

dici

al d

eber

án e

star

bie

n de

finid

as.

1.1.

3 D

eber

án e

stab

lece

rse

mec

anis

mos

cla

ros

de c

oord

inac

ión

y co

ntro

l

de la

s ac

tivid

ades

pre

supu

esta

rias

y ex

trap

resu

pues

taria

s.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral*

La

Con

stitu

ción

Pol

ítica

de

los

Est

ados

Uni

dos

Mex

ican

os e

stab

lece

en

su a

rtíc

ulo

49 la

div

isió

n de

Pod

eres

de

la F

eder

ació

n. E

n el

cap

ítulo

refe

rent

e al

Pod

er E

jecu

tivo

seña

la la

form

a en

que

se

orga

niza

la A

dmin

istr

ació

n P

úblic

a Fe

dera

l. C

on b

ase

en e

l art

ícul

o 90

con

stitu

cion

al s

e es

tabl

ece

la L

ey O

rgán

ica

de la

Adm

inis

trac

ión

Púb

lica

Fede

ral,

la c

ual

hace

una

cla

ra d

ivis

ión

de l

os o

rgan

ism

os q

ue i

nteg

ran

la A

dmin

istr

ació

n P

úblic

a C

entr

aliz

ada

y la

Adm

inis

trac

ión

Púb

lica

Para

esta

tal,

y se

ñala

las

func

ione

s qu

e le

cor

resp

onde

n a

cada

uno

de

los

nive

les.

Sin

em

bar

go,

no e

xist

e un

doc

umen

to i

nsti

tuci

onal

do

nde

se p

rese

nte

de m

aner

a cl

ara

y ge

nera

l la

est

ruct

ura

del

sect

or p

úbli

co,

así

com

o la

s fu

ncio

nes

que

le c

orre

spon

den

a ca

da u

no d

e lo

s or

gani

smos

que

lo

inte

gran

.

La

Con

stitu

ción

Pol

ítica

de

los

Est

ados

Uni

dos

Mex

ican

os e

stab

lece

en

su tí

tulo

terc

ero

la d

ivis

ión

de p

oder

es

de la

Fed

erac

ión

y es

peci

fica

cuál

es s

on la

s fu

ncio

nes

que

corr

espo

nden

a c

ada

uno

de d

icho

s po

dere

s en

el

ámbi

to d

e su

com

pete

ncia

. Asi

mis

mo,

en

el tí

tulo

qui

nto

de la

pro

pia

Con

stitu

ción

se

esta

blec

en la

s fa

culta

des

otor

gada

s y

la fo

rma

de g

obie

rno

de lo

s es

tado

s y

el D

istr

ito F

eder

al q

ue c

onfo

rman

la F

eder

ació

n. E

n cu

anto

al

man

ejo

del g

asto

, no

se

desc

ribe

clar

amen

te c

uále

s so

n la

s re

spon

sabi

lidad

es d

e ca

da u

no d

e lo

s ni

vele

s de

l gob

iern

o en

el e

jerc

icio

de

éste

. La

ley

facu

lta

al l

egis

lati

vo p

ara

impo

ner

las

cont

ribuc

ione

s qu

e se

an n

eces

aria

s, p

ero

la d

efin

ició

n es

muy

am

big

ua y

se

pued

e pr

esta

r a

dive

rsas

int

erpr

etac

io-

nes.

No

qued

an m

uy c

lara

s cu

áles

son

las

fun

cion

es d

e ad

min

istr

ació

n fi

scal

de

las

enti

dade

s fe

dera

tiva

s, n

i el

des

tino

que

dic

has

enti

dade

s de

ber

án d

ar a

los

ing

reso

s qu

e re

caud

an.

Exi

sten

Con

veni

os d

e C

oord

inac

ión

Fisc

al c

on lo

s es

tado

s de

la R

epúb

lica,

lo q

ue p

erm

ite e

stab

lece

r los

crit

e-rio

s ba

jo lo

s cu

ales

reca

udan

impu

esto

s la

s en

tidad

es fe

dera

tivas

. Por

otr

a pa

rte,

en

el P

resu

pues

to d

e E

gres

os

y en

la L

ey d

e In

gres

os d

e la

Fed

erac

ión

se e

stab

lece

el o

rigen

y e

l des

tino

que

debe

rán

tene

r lo

s re

curs

os

finan

cier

os c

on lo

s qu

e cu

enta

el g

obie

rno,

y e

l uso

que

se

les

dé s

e re

port

a fin

alm

ente

en

la C

uent

a de

la

Hac

iend

a P

úblic

a Fe

dera

l. S

in e

mbar

go,

exis

te u

n va

cío

en l

o re

fere

nte

a la

s ac

tivi

dade

s ex

trap

re-

supu

esta

rias

, pue

s és

tas

no s

e re

port

an e

n la

Cue

nta

de la

Hac

iend

a P

úbli

ca F

eder

al, y

tam

poco

se

pre

vén

en e

l P

roye

cto

de P

resu

pues

to d

e E

gres

os d

e la

Fed

erac

ión.

Asi

mis

mo

no e

xist

en

docu

men

tos

públi

cos

que

defi

nan

los

mec

anis

mos

de

coor

dina

ción

y c

ontr

ol d

e la

s ac

tivi

dade

s re

aliz

adas

por

el

sect

or p

úbli

co.

* A

nexo

ela

bora

do c

on la

col

abor

ació

n de

Flo

r G

arcí

a y

Reb

eca

Ibar

ra.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 82: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

90

Carlos Elizondo Mayer-Serra

91

Anexo IV

Man

ual

de T

rasp

aren

cia

OC

DE

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

1.2

D

eber

án e

stab

lece

rse

una

estr

uctu

ra ju

rídic

a y

adm

inis

trat

iva

clar

a pa

ra la

ges

tión

fisca

l.

1

A

lgun

os ti

pos

de a

ctiv

idad

cua

sifis

cal s

on:

· O

pera

cion

es v

incu

lada

s al

sis

tem

a fin

anci

ero:

pré

stam

os s

ubve

ncio

nado

s (t

asas

de

prés

tam

o co

ntro

lada

s, p

ráct

icas

de

rede

scue

nto

pref

eren

cial

, pr

ésta

mos

con

poc

as g

aran

tías

y de

infe

rior

calid

ad, g

aran

tías

de p

rést

amos

), e

ncaj

e le

gal p

oco

rem

uner

ado,

tope

s cr

editi

cios

, ope

raci

ones

de

resc

ate.

· O

pera

cion

es v

incu

lada

s al

sis

tem

a ca

mbi

ario

: tip

os d

e ca

mbi

o m

últip

le, d

epós

itos

de im

port

acio

nes,

dep

ósito

s so

bre

com

pras

de

activ

os e

xter

nos,

gar

antía

s de

tipo

s de

cam

bio,

seg

uro

de ri

esgo

ca

mbi

ario

sub

venc

iona

do.

· O

pera

cion

es v

incu

lada

s al

sec

tor d

e em

pres

as c

omer

cial

es: p

reci

os in

ferio

res

a lo

s co

mer

cial

es, p

rest

ació

n de

ser

vici

os n

o co

mer

cial

es, p

olíti

ca d

e pr

ecio

s pa

ra fi

nes

de in

gres

os p

resu

pues

tario

s y

prec

ios

de p

rove

edor

es s

uper

iore

s a

los

com

erci

ales

.

1.1.

4 L

as r

elac

ione

s en

tre e

l gob

iern

o y

los

orga

nism

os n

o gu

bern

amen

tale

s

del

sect

or p

úblic

o (p

or e

jem

plo

el b

anco

cen

tral

, la

s in

stitu

cion

es

fin

anci

eras

púb

licas

y l

as e

mpr

esas

púb

licas

no

finan

cier

as)

debe

rán

fu

ndam

enta

rse

en a

cuer

dos

clar

os.

1.1.

5 L

a in

terv

enci

ón d

el g

obie

rno

en e

l sec

tor p

rivad

o (p

or e

jem

plo,

a tr

avés

de la

reg

ulac

ión

y pa

rtic

ipac

ión

en e

l cap

ital d

e la

s em

pres

as)

debe

se

r tr

ansp

aren

te y

púb

lica,

y s

obre

reg

las

clar

as y

pro

cedi

mie

ntos

que

se a

pliq

uen

sin

disc

rimin

ació

n.

1.2.

1 To

do c

ompr

omis

o o

gast

o de

fond

os p

úblic

os d

eber

á re

girs

e po

r le

yes

qu

e re

gule

n la

s op

erac

ione

s pr

esup

uest

aria

s y

por

norm

as a

dmin

is

trat

ivas

ase

quib

les.

La

Com

isió

n N

acio

nal B

anca

ria y

de

Valo

res

(CN

BV

) y la

Sec

reta

ría d

e H

acie

nda

y C

rédi

to P

úblic

o (S

HC

P)

son

las

auto

ridad

es e

ncar

gada

s de

reg

ular

y r

egla

men

tar

lo r

elac

iona

do c

on e

l fun

cion

amie

nto

de la

s in

sti-

tuci

ones

fin

anci

eras

del

paí

s. E

l Ban

co d

e M

éxic

o, c

omo

orga

nism

o au

tóno

mo

se r

egul

a po

r su

pro

pia

ley

orgá

nica

y p

or lo

est

able

cido

en

el a

rtíc

ulo

28 c

onst

ituci

onal

. La

sepa

raci

ón e

ntre

las

act

ivid

ades

de

las

inst

ituc

ione

s fi

nanc

iera

s pú

bli

cas

(BA

NR

UR

AL,

BA

NC

OM

EX

T, B

AN

OB

RA

S)

y pa

raes

tata

les

de las

del

sec

tor

públi

co e

s in

adec

uada

, pue

s la

s ac

tivi

dade

s cu

asif

isca

les

que

rea

liza

n di

chas

in

stit

ucio

nes

se r

elac

iona

n am

plia

men

te c

on d

eter

min

ados

obje

tivo

s de

pol

ític

a de

l go

bie

rno,

lo

cua

l h

a pr

opic

iado

que

en

repe

tida

s oc

asio

nes

el g

obie

rno

haya

ten

ido

que

apoy

ar fin

anci

e-ra

men

te a

dic

has

enti

dade

s.

En

la L

ey O

rgán

ica

de la

Adm

inis

trac

ión

Púb

lica

Fede

ral s

e es

tabl

ece

que

las

rela

cion

es e

ntre

el E

jecu

tivo

Fede

ral y

las

entid

ades

par

aest

atal

es s

erán

regu

lada

s po

r la

SHC

P y

la C

ontr

alor

ía G

ener

al d

e la

Fed

erac

ión.

L

as a

ctiv

idad

es d

e la

s em

pres

as c

on p

artic

ipac

ión

del E

stad

o se

regu

lan

por

la L

ey F

eder

al d

e la

s E

ntid

ades

Pa

raes

tata

les.

Sin

em

bar

go,

las

norm

as p

ara

regu

lar

el c

ompo

rtam

ient

o de

l se

ctor

pri

vado

no

se

actu

aliz

an p

erió

dica

men

te,

y la

s re

glas

exi

sten

tes

son

en g

ener

al c

ompl

icad

as y

poc

o cl

aras

. A

unqu

e en

los

últ

imos

año

s ha

dis

min

uido

el

núm

ero

de e

mpr

esas

de

part

icip

ació

n es

tata

l,

no s

e su

min

istr

a in

form

ació

n re

fere

nte

a la

par

tici

paci

ón d

el c

apit

al d

el s

ecto

r pú

bli

co e

n el

se

ctor

pri

vado

, y

la i

nfor

mac

ión

sobre

los

pro

ceso

s de

pri

vati

zaci

ón n

o se

dan

a c

onoc

er e

n fo

rma

com

plet

a a

la s

ocie

dad.

Lo

mis

mo

se p

uede

dec

ir d

el c

aso

FO

BA

PR

OA

.

El e

jerc

icio

del

gas

to p

úblic

o se

enc

uent

ra s

ujet

o a

lo d

ispu

esto

en

el P

resu

pues

to d

e E

gres

os d

e la

Fed

erac

ión

para

cad

a ej

erci

cio

fisca

l, y

se c

ompl

emen

ta c

on la

Ley

de

Pres

upue

sto,

Con

tabi

lidad

y G

asto

Púb

lico,

así

co

mo

por l

as d

ispo

sici

ones

de

cará

cter

nor

mat

ivo

que

expi

da la

SH

CP.

En

el d

ocum

ento

“C

riter

ios

Gen

eral

es

de P

olíti

ca E

conó

mic

a” s

e de

scrib

e el

com

port

amie

nto

de la

eco

nom

ía d

uran

te d

el a

ño p

revi

o al

eje

rcic

io

fisca

l en

disc

usió

n, y

se

expo

nen

los

supu

esto

s co

yunt

ural

es e

n lo

s cu

ales

se

espe

ra s

e de

senv

uelv

a la

eco

-no

mía

del

paí

s, d

e ta

l for

ma

que

con

base

en

los

supu

esto

s es

tabl

ecid

os e

n di

cho

docu

men

to s

e bu

sca

expl

i-ca

r po

r qu

é se

des

ea a

sign

ar d

e de

term

inad

a fo

rma

el in

gres

o y

gast

o pú

blic

os. E

l he

cho

de r

ecur

rir

a co

nsta

ntes

rec

orte

s en

el

gast

o pú

bli

co d

ism

inuy

e la

tra

nspa

renc

ia d

el g

obie

rno

al m

odif

icar

re

peti

dam

ente

la

asig

naci

ón d

e lo

s re

curs

os a

prob

ados

al

inic

io d

el e

jerc

icio

fis

cal,

con

lo

cual

, si b

ien

perm

ite

man

tene

r baj

o co

ntro

l el g

asto

, se

gene

ra in

cert

idum

bre

sob

re e

l res

ulta

do

fisc

al d

efin

itiv

o.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 83: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

90

Carlos Elizondo Mayer-Serra

91

Anexo IV

M

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

E

1.2.

2 Lo

s im

pues

tos,

der

echo

s, t

asas

y c

ontr

ibuc

ione

s de

berá

n ba

sars

e en

norm

as ju

rídic

as e

xplíc

itas.

Las

leye

s y

regl

amen

tos

trib

utar

ios

debe

rán

se

r fá

cilm

ente

ase

quib

les

y co

mpr

ensi

bles

, y

debe

rán

enun

ciar

se c

lara

-

men

te lo

s cr

iterio

s qu

e re

girá

n to

da d

iscr

ecio

nalid

ad a

dmin

istr

ativ

a en

su

ap

licac

ión.

1.2.

3 L

a co

nduc

ta d

e lo

s fu

ncio

nario

s pú

blic

os d

eber

á aj

usta

rse

a no

rmas

étic

as c

lara

s y

ampl

iam

ente

difu

ndid

as.

2.1.

1

Los

docu

men

tos

pres

upue

star

ios,

las

cuen

tas

pres

upue

star

ias

defin

itiva

s

y ot

ros

info

rmes

fis

cale

s de

stin

ados

al

públ

ico

debe

rán

abar

car

toda

s

las

activ

idad

es p

resu

pues

taria

s y

ex

trap

resu

pues

taria

s d

el

gobi

erno

ge

nera

l. A

sim

ism

o,

debe

publ

icar

se

su

sald

o fis

cal

cons

olid

ado.

II. A

cces

o de

l púb

lico

a la

info

rmac

ión.

Se

refie

re a

l sum

inis

tro

de in

form

ació

n co

mpl

eta

sobr

e la

act

ivid

ad fi

scal

y a

las

oblig

acio

nes

de p

ublic

ació

n.

2.1

Deb

erá

prop

orci

onar

se a

l púb

lico

info

rmac

ión

com

plet

a so

bre

las

oper

acio

nes

fisca

les

pasa

das,

act

uale

s y

futu

ras

del g

obie

rno.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

La

dete

rmin

ació

n de

los

impu

esto

s, c

ontr

ibuc

ione

s de

mej

oras

, der

echo

s, p

rodu

ctos

, apr

ovec

ham

ient

os fe

de-

rale

s y

de s

us a

cces

orio

s, c

orre

spon

de a

l Con

gres

o de

la U

nión

. Por

otr

a pa

rte,

la a

dmin

istr

ació

n y

reca

uda-

ción

de

ésto

s es

res

pons

abili

dad

del S

ervi

cio

de A

dmin

istr

ació

n Tr

ibut

aria

(SA

T),

órg

ano

desc

once

ntra

do d

e la

SH

CP.

Par

a ga

rant

izar

el c

umpl

imie

nto

de la

s ob

ligac

ione

s de

los

cont

ribuy

ente

s se

est

able

ce u

n co

njun

to

de le

yes

fisca

les,

y la

s co

ntrib

ucio

nes

se re

gula

n en

gen

eral

por

el C

ódig

o Fi

scal

de

la F

eder

ació

n. E

n la

pág

ina

elec

trón

ica

del S

AT y

en

la d

e la

SH

CP

se

encu

entr

an li

gas

a po

rtal

es d

e as

iste

ncia

al c

ontr

ibuy

ente

, do

nde

se

pued

e ac

cede

r a la

s no

rmas

, reg

lam

ento

s y

tarif

as v

igen

tes.

Asi

mis

mo

exis

ten

mód

ulos

de

asis

tenc

ia a

l con

tri-

buye

nte

y ce

ntro

s de

ate

nció

n te

lefó

nica

par

a ac

lara

r la

s du

das

de lo

s ci

udad

anos

. El

prob

lem

a re

side

en

que

la c

ompl

ejid

ad d

e la

s le

yes

fisc

ales

y l

a am

big

üeda

d en

alg

unos

con

cept

os h

acen

dif

ícil

su

ente

ndim

ient

o y

gene

ra p

roble

mas

en

su a

plic

ació

n, d

e ta

l for

ma

que

las

auto

rida

des

fisc

ales

en

cier

tas

ocas

ione

s pu

eden

dej

ar d

e pe

rcib

ir i

ngre

sos

fisc

ales

por

una

ina

decu

ada

inte

rpre

taci

ón

de l

a le

y.

La

form

a en

que

se

regu

la e

l co

mpo

rtam

ient

o de

los

ser

vido

res

públi

cos

es m

ás c

oerc

itiv

o qu

e pr

even

tivo

al

no e

xist

ir u

n có

digo

de

étic

a am

plia

men

te d

ifun

dido

que

fom

ente

una

cul

tura

de

ser

vici

o. L

a C

onst

ituci

ón e

n su

títu

lo c

uart

o ha

ce r

efer

enci

a a

las

resp

onsa

bilid

ades

de

los

serv

idor

es

públ

icos

, y m

ás e

spec

ífica

men

te la

Ley

Fed

eral

de

Res

pons

abili

dade

s de

los

Serv

idor

es P

úblic

os e

stab

lece

en

su a

rtíc

ulo

47 la

s ob

ligac

ione

s de

ést

os.

En

los

docu

men

tos

pres

upue

star

ios

de la

“C

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral”

así

com

o en

los

info

rmes

de

“Si

tuac

ión

de la

Hac

iend

a P

úblic

a y

las

Fina

nzas

Púb

licas

” se

pub

lican

las

cuen

tas

de la

s ac

tivid

ades

pre

-su

pues

taria

s re

aliz

adas

por

el s

ecto

r púb

lico.

Dur

ante

el p

rese

nte

año

el P

resi

dent

e de

la R

epúb

lica

decr

etó

la

“Ley

de

Fisc

aliz

ació

n Su

perio

r de

la F

eder

ació

n, c

on la

cua

l se

regu

lan

las

func

ione

s de

la A

udito

ría S

uper

ior

de la

Fed

erac

ión,

a la

cua

l le

es e

ncom

enda

da la

tare

a de

aud

itar l

a C

uent

a P

úblic

a qu

e pr

esen

ta a

nual

men

te

el E

jecu

tivo

al C

ongr

eso

de la

Uni

ón. S

in e

mbar

go, ex

iste

n de

fici

enci

as e

n la

doc

umen

taci

ón p

resu

-pu

esta

ria,

ya

que

no i

ncor

pora

res

ulta

dos

esta

tale

s ni

asi

gnac

ione

s ex

trap

resu

pues

tale

s.

2

Por e

jem

plo

la L

ey d

el Im

pues

to s

obre

la R

enta

, Ley

del

Impu

esto

al A

ctiv

o, L

ey d

el Im

pues

to a

l Val

or A

greg

ado,

Ley

de

Ingr

esos

de

la F

eder

ació

n, L

ey d

el Im

pues

to E

spec

ial s

obre

Pro

ducc

ión

y

Serv

icio

s, L

ey d

el Im

pues

to s

obre

Ten

enci

a o

Uso

de

Vehí

culo

s y

la L

ey d

el Im

pues

to s

obre

Aut

omóv

iles

Nue

vos

así c

omo

sus

resp

ectiv

os re

glam

ento

s.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 84: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

92

Carlos Elizondo Mayer-Serra

93

Anexo IVM

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

E

2.1.

2

Deb

erá

divu

lgar

se in

form

ació

n co

mpa

rabl

e a

la q

ue f

igur

a en

el p

resu

pu

esto

anu

al s

obre

los

res

ulta

dos

de l

os d

os e

jerc

icio

s an

terio

res,

así

com

o pr

evis

ione

s re

lativ

as a

los

prin

cipa

les

agre

gado

s pr

esup

uest

ario

s

en lo

s do

s ej

erci

cios

sig

uien

tes.

2.1.

3

Los

docu

men

tos

pres

upue

star

ios

debe

rán

incl

uir

esta

dos

de c

uent

a en

lo

s qu

e se

des

crib

an la

nat

ural

eza

y la

impo

rtan

cia

fisca

l de

los

pasi

vos

co

ntin

gent

es y

el g

asto

trib

utar

io d

el g

obie

rno

y d

e la

s ac

tivid

ades

cua

si

fisca

les

.

2.1.

4 E

l go

bier

no d

eber

á di

vulg

ar i

nfor

mac

ión

com

plet

a so

bre

el n

ivel

y l

a

com

posi

ción

de

su d

euda

y d

e su

s ac

tivos

fina

ncie

ros.

2.1.

5

De

habe

r im

port

ante

s ni

vele

s su

bnac

iona

les

de g

obie

rno,

debe

rá p

ublic

arse

su

sald

o fis

cal

agre

gado

y e

l sa

ldo

fisca

l

cons

olid

ado

del g

obie

rno

gene

ral.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

En

la p

ublic

ació

n “C

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral”

se

pres

enta

n lo

s sa

ldos

del

año

fisc

al a

ctua

l y e

l an

terio

r. E

n es

te d

ocum

ento

se

incl

uyen

los

agre

gado

s pr

esup

uest

ario

s e

info

rmac

ión

más

det

alla

da s

obre

los

suba

greg

ados

. La

SHC

P y

el B

anco

de

Méx

ico

pres

enta

n re

gula

rmen

te la

s ex

pect

ativ

as d

el s

ecto

r pr

ivad

o so

bre

el c

ompo

rtam

ient

o de

la e

cono

mía

, pe

ro s

ólo

se r

efie

re a

los

gran

des

agre

gado

s, c

omo

son

el P

IB,

la in

flaci

ón, t

asas

de

inte

rés,

tipo

de

cam

bio

y ba

lanz

a co

mer

cial

, per

o na

da d

esgl

osad

o de

sde

el p

unto

de

vist

a pr

esup

uest

al. N

o se

pre

sent

a in

form

ació

n so

bre

las

prev

isio

nes

rela

tiva

s a

los

dos

ejer

cici

os

sigu

ient

es,

ni e

stim

acio

nes

orig

inal

es y

rev

isad

as d

e lo

s do

s añ

os a

nter

iore

s al

del

eje

rcic

io

actu

al.

En

los

docu

men

tos

pres

upue

star

ios

se h

ace

un a

nális

is d

el d

estin

o de

l gas

to p

úblic

o y

de la

s ac

tivid

ades

cu

asifi

scal

es q

ue r

ealiz

a el

sec

tor

para

esta

tal.

Sin

emba

rgo,

no

se i

nclu

yen

esta

dos

de c

uent

a de

tall

a-do

s qu

e pe

rmit

an a

prec

iar

la n

atur

alez

a e

impo

rtan

cia

del

dest

ino

de d

icho

gas

to.

La

may

or

part

e de

l ga

sto

del

gobie

rno

se e

ncue

ntra

com

prom

etid

o, a

unqu

e la

est

imac

ión

de l

os p

asiv

os

cont

inge

ntes

es

inad

ecua

da.

En

la C

uent

a de

la

Hac

iend

a P

úblic

a ex

iste

un

apar

tado

den

omin

ado

“Pol

ítica

de

Deu

da”

en e

l cu

al s

e de

talla

n lo

s ob

jetiv

os, l

ímite

s de

end

euda

mie

nto

y lín

eas

de a

cció

n, a

sí c

omo

la c

ompo

sici

ón d

e la

mis

ma.

E

n lo

s in

form

es tr

imes

tral

es q

ue p

rese

nta

la S

HC

P ta

mbi

én s

e in

form

a el

niv

el y

la c

ompo

sici

ón d

e la

deu

da

del s

ecto

r pú

blic

o. N

o ob

stan

te,

los

pasi

vos

cont

inge

ntes

se

encu

entr

an m

al d

elim

itad

os,

com

o se

hiz

o ev

iden

te e

n el

FO

BA

PR

OA

.

La

info

rmac

ión

de l

os e

stad

os e

s di

fusa

y a

unqu

e ex

iste

la

obli

gaci

ón d

e pu

bli

car

su C

uent

a P

úbli

ca,

el c

onoc

imie

nto

de e

sta

info

rmac

ión

es e

scas

o. E

l IN

EG

I pub

lica

el d

ocum

ento

“Fi

nanz

as

Púb

licas

Est

atal

es y

Mun

icip

ales

de

Méx

ico”

y e

s el

med

io p

or e

l cua

l se

pued

e ac

cede

r a

la in

form

ació

n de

lo

s es

tado

s co

n un

crit

erio

hom

ogén

eo q

ue p

erm

ita h

acer

com

para

cion

es e

ntre

los

resu

ltado

s, a

unqu

e e

sta

info

rmac

ión

se o

bti

ene

con

un a

ño o

más

de

retr

aso.

Por

lo

ante

rior

, no

se

publi

ca u

n sa

ldo

fisc

al c

onso

lida

do d

el g

obie

rno

gene

ral.

3

Los

pas

ivos

con

tinge

ntes

se

defin

en c

omo

los

cost

os q

ue ti

ene

que

paga

r el

gob

iern

o en

cas

o de

que

suc

eda

algo

det

erm

inad

o y

que

com

plic

an la

ges

tión

de la

s fin

anza

s pú

blic

as d

ebid

o a

la

in

cert

idum

bre

inhe

rent

e so

bre

su im

pact

o fis

cal.

4 A

lgun

os ti

pos

de a

ctiv

idad

cua

sifis

cal s

on:

· O

pera

cion

es v

incu

lada

s al

sis

tem

a fin

anci

ero:

pré

stam

os s

ubve

ncio

nado

s (t

asas

de

prés

tam

o co

ntro

lada

s, p

ráct

icas

de

rede

scue

nto

pref

eren

cial

, pré

stam

os c

on p

ocas

gar

antía

s y

de in

ferio

r ca

lidad

, gar

antía

s de

pré

stam

os),

enc

aje

lega

l poc

o re

mun

erad

o, to

pes

cred

itici

os, o

pera

cion

es d

e re

scat

e.·

Ope

raci

ones

vin

cula

das

al s

iste

ma

cam

biar

io: t

ipos

de

cam

bio

múl

tiple

, dep

ósito

s de

impo

rtac

ione

s, d

epós

itos

sobr

e co

mpr

as d

e ac

tivos

ext

erno

s, g

aran

tías

de ti

pos

de c

ambi

o, s

egur

o de

rie

sgo

cam

biar

io s

ubve

ncio

nado

Ope

raci

ones

vin

cula

das

al s

ecto

r de

em

pres

as c

omer

cial

es: p

reci

os in

ferio

res

a lo

s co

mer

cial

es, p

rest

ació

n de

ser

vici

os n

o co

mer

cial

es, p

olíti

ca d

e pr

ecio

s pa

ra fi

nes

de in

gres

os p

resu

pues

ta-

rios,

pre

cios

de

prov

eedo

res

supe

riore

s a

los

com

erci

ales

.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 85: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

92

Carlos Elizondo Mayer-Serra

93

Anexo IV

Man

ual

de T

rasp

aren

cia

OC

DE

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

5

La

Pres

iden

cia

de la

Rep

úblic

a, e

n co

ordi

naci

ón c

on la

Sec

reta

ría d

e G

ober

naci

ón, l

a Se

cret

aría

de

Con

tral

oría

y D

esar

rollo

Adm

inis

trat

ivo

y la

Com

isió

n Fe

dera

l de

Mej

ora

Reg

ulat

oria

, rea

liza

una

cons

ulta

sob

re tr

ansp

aren

cia

y ac

ceso

a la

info

rmac

ión

gube

rnam

enta

l, en

la q

ue p

uede

n pa

rtic

ipar

todo

s lo

s ci

udad

anos

con

la fi

nalid

ad d

e ge

nera

r una

pro

pues

ta d

e le

y de

tran

spar

enci

a y

acce

so a

la in

form

ació

n. P

ara

logr

ar e

ste

obje

tivo

se re

aliz

an fo

ros

de c

onsu

lta e

n di

fere

ntes

ciu

dade

s de

l paí

s y

un fo

ro v

irtu

al e

n la

pág

ina

elec

trón

ica

ww

w.lt

g.or

g.m

x.

III.T

rans

pare

ncia

en

la p

repa

raci

ón, e

jecu

ción

y p

ublic

ació

n de

l pre

supu

esto

. L

a pr

epar

ació

n y

la e

jecu

ción

del

pre

supu

esto

deb

e se

r tr

ansp

aren

te e

n el

sen

tido

de q

ue d

ebe

cont

arse

fáci

lmen

te

con

info

rmac

ión

acer

ca d

e la

for

ma

en q

ue s

e pr

epar

an y

se

ejec

utan

los

pre

supu

esto

s. L

a tr

ansp

aren

cia

no s

upon

e la

div

ulga

ción

com

plet

a al

púb

lico

de t

odas

las

eta

pas

del

proc

eso

pres

upue

star

io.

2.2

D

ebér

a co

ntra

tars

e el

com

prom

iso

de d

ivul

gar

punt

ualm

ente

la in

form

ació

n so

bre

las

finan

zas

públ

icas

.

Tant

o la

Ley

de

Ingr

esos

de

la F

eder

ació

n pa

ra e

l E

jerc

icio

Fis

cal

de 2

001,

en

su a

rtíc

ulo

22,

com

o el

Pr

esup

uest

o de

Egr

esos

de

la F

eder

ació

n pa

ra 2

001,

en

su a

rtíc

ulo

82, e

stab

lece

n la

obl

igac

ión

del E

jecu

tivo

Fede

ral,

por

cond

ucto

de

la S

HC

P, d

e pr

opor

cion

ar a

l Con

gres

o de

la U

nión

los

Info

rmes

sob

re la

Situ

ació

n E

conó

mic

a, l

as F

inan

zas

Púb

licas

y l

a D

euda

Púb

lica

con

una

perio

dici

dad

trim

estr

al,

así

com

o lo

s da

tos

esta

díst

icos

y la

info

rmac

ión

que

la S

HC

P te

nga

disp

onib

le y

que

pue

da c

ontr

ibui

r a u

na m

ejor

com

pren

sión

de

la e

volu

ción

de

la r

ecau

daci

ón,

ende

udam

ient

o y

gast

o po

r pa

rte

del g

obie

rno.

La

Ley

Org

ánic

a de

la

Adm

inis

trac

ión

Púb

lica

Fede

ral e

stab

lece

com

o fu

nció

n de

la S

HC

P fo

rmul

ar la

Cue

nta

Anu

al d

e la

Hac

iend

a P

úblic

a Fe

dera

l. A

ctua

lmen

te n

o ex

iste

una

ley

sob

re e

l de

rech

o a

la i

nfor

mac

ión

que

perm

ita

a la

ciu

dada

nía

acce

der

a la

inf

orm

ació

n qu

e so

lici

te,

aunq

ue y

a ex

iste

una

ini

ciat

iva

por

part

e de

l E

jecu

tivo

Fed

eral

.

La

Ley

de

Fisc

aliz

ació

n Su

perio

r de

la F

eder

ació

n es

tabl

ece

en e

l art

icul

o 8°

que

la C

uent

a P

úblic

a de

l año

an

terio

r de

berá

ser

pre

sent

ada

dent

ro d

e lo

s 10

prim

eros

día

s de

l mes

de

juni

o. E

n es

te m

ism

o ar

tícul

o se

se

ñala

la

oblig

ació

n de

los

Pod

eres

de

la U

nión

y d

e lo

s en

tes

públ

icos

fed

eral

es d

e re

ndir

a la

Aud

itoría

Su

perio

r de

la F

eder

ació

n, a

más

tard

ar e

l 31

de a

gost

o de

l año

en

que

se e

jerz

a el

pre

supu

esto

res

pect

ivo,

el

Info

rme

de A

vanc

e de

Ges

tión

Fina

ncie

ra s

obre

los

resu

ltado

s fís

icos

y fi

nanc

iero

s de

los

prog

ram

as a

su

carg

o.

En

lo r

efer

ente

a l

os i

nfor

mes

tri

mes

tral

es m

enci

onad

os e

n el

pun

to a

nter

ior

no q

ueda

cla

ra l

a fe

cha

lím

ite,

pue

sto

que

mie

ntra

s en

la L

ey d

e In

gres

os s

e es

table

ce u

n pl

azo

de 3

5 d

ías

desp

ués

de t

erm

inad

o el

tri

mes

tre

de q

ue s

e tr

ate,

el

Pre

supu

esto

de

Egr

esos

est

able

ce u

n lí

mit

e, d

e 4

5

días

. A

pes

ar d

e qu

e ex

iste

n es

tas

disp

osic

ione

s, l

a S

HC

P n

o pu

bli

ca u

n ca

lend

ario

ant

icip

ado

dond

e se

señ

alen

las

fec

has

de p

ubli

caci

ón e

xact

a de

los

doc

umen

tos

de f

inan

zas

públi

cas.

2.2.

1 L

a pu

blic

ació

n de

info

rmac

ión

sobr

e la

s fin

anza

s pú

blic

as d

ebe

cons

-

titui

r un

a ob

ligac

ión

lega

l del

gob

iern

o.

2.2.

2 D

eber

án a

nunc

iars

e co

n an

ticip

ació

n lo

s ca

lend

ario

s de

publ

icac

ión

de la

info

rmac

ión

sobr

e la

s fin

anza

s pú

blic

as.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 86: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

94

Carlos Elizondo Mayer-Serra

95

Anexo IV

Man

ual

de T

rasp

aren

cia

OC

DE

3.1.

1

Deb

erá

pres

enta

rse

una

decl

arac

ión

de o

bjet

ivos

de

polít

ica

fisca

l y u

na

ev

alua

ción

de

la v

iabi

lidad

fis

cal,

que

sirv

an d

e m

arco

par

a el

pre

su-

pu

esto

anu

al.

3.1.

2

Deb

erán

esp

ecifi

cars

e cl

aram

ente

las

nor

mas

fis

cale

s qu

e se

hay

an

ad

opta

do (

por

ejem

plo,

el

requ

isito

de

un p

resu

pues

to e

quili

brad

o o

mite

s al

end

euda

mie

nto

de lo

s ni

vele

s su

bnac

iona

les

de g

obie

rno)

.

3.1.

3

El

pres

upue

sto

anua

l de

berá

pre

para

rse

y pr

esen

tars

e en

un

mar

co

m

acro

econ

ómic

o cu

antit

ativ

o in

tegr

al y

coh

eren

te;

asim

ism

o, d

eber

án

in

clui

rse

los

supu

esto

s pr

inci

pale

s en

que

se

basa

el p

resu

pues

to.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

En

los

docu

men

tos

“Crit

erio

s G

ener

ales

de

Polít

ica

Eco

nóm

ica”

y e

n el

“Pr

oyec

to d

e Pr

esup

uest

o de

Egr

esos

de

la F

eder

ació

n” s

e pr

esen

ta e

l esc

enar

io e

n el

cua

l se

espe

ra s

e de

senv

uelv

a la

eco

nom

ía d

el p

aís

para

el a

ño

fisca

l en

estu

dio,

y e

s en

est

os d

ocum

ento

s do

nde

se e

spec

ifica

n lo

s ob

jetiv

os q

ue e

n m

ater

ia fi

scal

se

dese

an

alca

nzar

.Den

tro

de la

pro

pues

ta d

e re

form

a pr

esup

uest

aria

pre

sent

ada

en e

l mes

de

abril

del

pre

sent

e añ

o al

C

ongr

eso

se p

ropo

ne, d

entr

o de

las

refo

rmas

con

stitu

cion

ales

, la

inco

rpor

ació

n de

prin

cipi

os d

e re

spon

sabi

-lid

ad fi

scal

tale

s co

mo

estim

acio

nes

econ

ómic

as q

ue a

barq

uen

vario

s ej

erci

cios

fisc

ales

par

a el

cas

o de

la in

i-ci

ativ

as d

e in

gres

os y

gas

tos.

Act

ualm

ente

no

se r

eali

zan

esti

mac

ione

s de

los

agr

egad

os p

ara

el a

ño

sigu

ient

e al

del

eje

rcic

io a

ctua

l, a

ún p

ara

los

indi

cado

res

más

am

plio

s, n

i a

med

iano

pla

zo (d

e 3 a

5 a

ños)

, y m

ucho

men

os a

lar

go p

lazo

de

(de

11 a

40 a

ños)

. Tam

poco

exi

ste

una

eval

uaci

ón

exha

usti

va d

e la

via

bil

idad

de

la p

olít

ica

fisc

al.

El

artíc

ulo

73 c

onst

ituci

onal

fac

ulta

al

Con

gres

o de

la

Uni

ón p

ara

apro

bar

el l

ímite

de

ende

udam

ient

o de

la

Nac

ión.

Asi

mis

mo,

en

el a

rtíc

ulo

117

se f

acul

ta a

los

esta

dos

de la

Fed

erac

ión

a ap

roba

r su

s m

onto

s de

en

deud

amie

nto

de m

aner

a in

tern

a, s

iem

pre

que

dich

as o

blig

acio

nes

no s

e co

ntra

igan

con

gob

iern

os d

e ot

ras

naci

ones

, con

soc

ieda

des

o pa

rtic

ular

es e

xtra

njer

os, o

cua

ndo

deba

n pa

gars

e en

mon

eda

extr

anje

ra o

fuer

a de

l ter

ritor

io n

acio

nal.

En

la p

ropu

esta

den

omin

ada

“Nue

va H

acie

nda

Púb

lica

Dis

trib

utiv

a” s

e bu

sca

esta

blec

er e

n la

Con

stitu

ción

qu

e la

apr

obac

ión

de la

s in

icia

tivas

de

ingr

esos

y g

asto

s de

ben

cont

ribui

r a

logr

ar e

l equ

ilibr

io p

resu

pues

tario

en

el m

edia

no p

lazo

. En

caso

de

que

el C

ongr

eso

apru

ebe

un p

resu

pues

to c

on d

éfic

it, d

eber

á es

tabl

ecer

se e

n el

dic

tam

en c

orre

spon

dien

te s

u re

ducc

ión

prog

resi

va e

n lo

s tre

s añ

os s

ubse

cuen

tes,

par

a qu

e en

el c

uart

o añ

o se

a cu

bier

to e

n su

tota

lidad

; en

caso

de

supe

rávi

t se

prop

one

que

éste

pue

da a

plic

arse

par

a la

am

ortiz

ació

n de

la d

euda

púb

lica

o la

cre

ació

n de

rese

rvas

par

a af

ront

ar d

iver

sas

cont

inge

ncia

s.

La

plan

ifica

ción

y p

resu

pues

taci

ón d

e la

pol

ítica

fis

cal s

e ba

sa e

n un

mar

co m

acro

econ

ómic

o e

incl

uye

los

supu

esto

s pr

inci

pale

s en

que

se

basa

el p

resu

pues

to, a

unqu

e la

s pr

evis

ione

s so

n a

cort

o pl

azo.

Los

doc

u-m

ento

s en

los

cual

es s

e pr

esen

ta e

sta

info

rmac

ión

son

los

“Crit

erio

s G

ener

ales

de

Polít

ica

Eco

nóm

ica”

y e

l “P

roye

cto

de P

resu

pues

to d

e E

gres

os d

e la

Fed

erac

ión”

. No

hay

docu

men

tos

de p

ersp

ecti

vas

fisc

ales

y

econ

ómic

as d

e m

edia

no p

lazo

que

per

mit

an m

edir

los

efe

ctos

que

sob

re e

l in

gres

o y

el g

asto

im

plic

a m

ante

ner

las

polí

tica

s ac

tual

es d

el g

obie

rno.

6

6

Para

una

revi

sión

sob

re la

ela

bora

ción

del

pre

supu

esto

púb

lico

en M

éxic

o, v

éase

Jor

ge A

. Chá

vez

Pres

a, P

ara

reco

brar

la c

onfia

nza

en e

l gob

iern

o, M

éxic

o: F

ondo

de

Cul

tura

Eco

nóm

ica,

200

0.

3.1

E

n la

doc

umen

taci

ón p

resu

pues

taria

deb

erán

esp

ecifi

cars

e lo

s ob

jetiv

os d

e po

lític

a fis

cal,

el m

arco

mac

roec

onóm

ico,

las

polít

icas

en

que

se f

unda

men

ta e

l

pres

upue

sto

y lo

s pr

icip

ales

rie

sgos

fisc

ales

det

ecta

bles

.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 87: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

94

Carlos Elizondo Mayer-Serra

95

Anexo IV

Man

ual

de T

rasp

aren

cia

OC

DE

3.1.

4

D

eber

á de

scrib

irse

clar

amen

te to

da p

olíti

ca n

ueva

que

se

intr

oduz

ca

en e

l pre

supu

esto

anu

al.

3.1.

5

Toda

vez

que

sea

pos

ible

, de

berá

n id

entif

icar

se y

cua

ntifi

cars

e lo

s

prin

cipa

les

riesg

os f

isca

les

que

podr

ían

afec

tar

al p

resu

pues

to a

nual

,

tale

s co

mo

las

varia

cion

es d

e lo

s su

pues

tos

econ

ómic

os y

la

falta

de

ce

rtez

a co

n re

spec

to a

l co

sto

de c

iert

os c

ompr

omis

os d

e ga

sto

(por

ejem

plo,

la re

estr

uctu

raci

ón fi

nanc

iera

).

3.2.

1

Los

dato

s pr

esup

uest

ario

s de

berá

n de

clar

arse

en

cifr

as b

ruta

s. D

eber

á

hace

rse

un d

esgl

ose

en i

ngre

sos,

gas

to y

fin

anci

amie

nto,

y l

os g

asto

s

debe

rán

clas

ifica

rse

por

cate

goría

s ec

onóm

icas

, fu

ncio

nale

s y

adm

inis

-

trat

ivas

. Los

dat

os s

obre

las

activ

idad

es e

xtra

pres

upue

star

ias

se c

lasi

fica-

n co

nfor

me

a lo

s m

ism

os c

riter

ios.

3.2.

2

Deb

erá

pres

enta

rse

una

decl

arac

ión

de lo

s ob

jetiv

os d

e lo

s pr

inci

pale

s

prog

ram

as p

resu

pues

tario

s (po

r eje

mpl

o, m

ejor

a de

los i

ndic

ador

es so

cia-

le

s pe

rtin

ente

s).

3.2.

3

El s

aldo

glo

bal d

el g

obie

rno

gene

ral 7

debe

rá c

onst

ituir

un in

dica

dor

sin

tico

norm

aliz

ado

del s

aldo

fisc

al d

el g

obie

rno.

Cua

ndo

proc

eda,

deb

erá

co

mpl

emen

tars

e co

n ot

ros

indi

cado

res

fisca

les

del g

obie

rno

gene

ral (

por

ej

empl

o, e

l sal

do d

e op

erac

ione

s, e

l sal

do e

stru

ctur

al o

el s

aldo

prim

a

rio).

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

En

el P

roye

cto

de P

resu

pues

to d

e E

gres

os e

l aná

lisis

se

real

iza

en f

unci

ón d

e la

s po

lític

as q

ue s

e pr

eten

den

alca

nzar

y c

on b

ase

en lo

s ob

jetiv

os e

stab

leci

dos

por

el E

jecu

tivo

Fede

ral e

n el

Pla

n N

acio

nal d

e D

esar

rollo

. Ta

mbi

én

la C

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral a

naliz

a el

res

ulta

do d

e la

pol

ítica

seg

uida

en

cada

uno

de

los

rubr

os q

ue la

com

pone

n. N

o se

dan

a c

onoc

er p

úbli

cam

ente

los

efe

ctos

fis

cale

s es

tim

ados

de

las

leg

isla

cion

es p

ropu

esta

s, n

i ta

mpo

co s

us i

mpl

icac

ione

s en

mat

eria

de

cost

os,

los

cual

es

debie

ran

ser

calc

ulad

os

ex a

nte.

No

exis

ten

docu

men

tos

del

pres

upue

sto

que

pres

ente

n un

a de

clar

ació

n de

los

rie

sgos

fis

cale

s,

com

o bas

e pa

ra e

valu

ar la

conf

iabil

idad

del

pre

supu

esto

y c

omo

guía

de

los

posi

ble

s re

sult

ados

fi

scal

es.

En

la C

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral s

e pu

ede

obse

rvar

que

los

dato

s so

n pr

esen

tado

s en

cifr

as b

ruta

s y

se d

esgl

osan

en

los

rubr

os d

e po

lític

as d

e in

gres

os,

gast

o y

deud

a, t

ambi

én s

e cu

mpl

e co

n la

cla

sific

ació

n de

l gas

to e

n ca

tego

rías

econ

ómic

as, f

unci

onal

es y

adm

inis

trat

ivas

. Sin

em

bar

go,

no e

s fá

cil

cono

cer

los

cost

os d

e fu

ncio

nes

espe

cífi

cas

(ver

not

a de

pie

de

pági

na 6

7).

Den

tro

de la

cue

nta

de la

Hac

iend

a P

úblic

a Fe

dera

l exi

ste

un a

part

ado

deno

min

ado

“Orie

ntac

ión

Func

iona

l de

l Gas

to”,

el c

ual s

e de

sglo

sa e

n tre

s pa

rtes

: fun

cion

es d

e de

sarr

ollo

soc

ial,

func

ione

s pr

oduc

tivas

y fu

ncio

nes

de g

estió

n gu

bern

amen

tal.

En

este

apa

rtad

o se

ana

lizan

la m

etas

pro

pues

tas

y lo

s ob

jetiv

os a

lcan

zado

s en

los

prog

ram

as e

stab

leci

dos

por

el G

obie

rno

Fede

ral.

En

la c

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral s

e pr

esen

ta e

l bal

ance

pre

supu

esta

rio y

prim

ario

tant

o de

l Sec

tor

Púb

lico,

del

Gob

iern

o Fe

dera

l y d

el S

ecto

r Par

aest

atal

. Dic

hos

bala

nces

se

pres

enta

n ad

emás

por

cla

sific

ació

n ec

onóm

ica-

adm

inis

trat

iva

y fu

ncio

nal.

7

La

expr

esió

n ac

tual

men

te u

tiliz

ada

en e

l Man

ual d

e es

tadí

stic

as d

e la

s fin

anza

s pú

blic

as e

s “d

éfic

it/su

perá

vit.”

3.2

La

info

rmac

ión

pres

upue

star

ia d

eber

á pr

esen

tars

e de

man

era

que

faci

lite

el a

nális

is d

e la

s po

lític

as y

que

est

imul

e la

rend

ició

n de

cue

ntas

.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 88: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

96

Carlos Elizondo Mayer-Serra

97

Anexo IV M

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

E

3.2.

4

D

eber

á de

clar

arse

el s

aldo

del

sec

tor

públ

ico

si a

lgun

os o

rgan

ism

os

no g

uber

nam

enta

les

del s

ecto

r pú

blic

o em

pren

den

activ

idad

es c

uasi

fisca

les

de im

port

anci

a.

3.3.

1

Deb

erá e

xisti

r un s

istem

a con

tabl

e int

egra

do de

alca

nce g

ener

al qu

e

cons

tituy

a una

base

fiabl

e par

a eva

luar

los a

traso

s en l

os pa

gos.

3.3.

2

Los

regl

amen

tos

sobr

e ad

quis

icio

nes

y co

ntra

taci

ón d

e pe

rson

al

debe

rán

ser

unifo

rmes

, y

toda

s la

s pa

rtes

inte

resa

das

debe

rán

tene

r

ac

ceso

a e

llos.

3.3.

3

L

a ej

ecuc

ión

del

pres

upue

sto

debe

rá s

omet

erse

a u

na a

udito

ría

inte

rna

y de

berá

exi

stir

la p

osib

ilida

d de

exa

min

ar lo

s pr

oced

imie

ntos

de

aud

itoría

.

3.3.

4

La

adm

inis

trac

ión

trib

utar

ia n

acio

nal d

eber

á es

tar

prot

egid

a, p

or le

y,

de la

s pr

esio

nes

polít

icas

, y d

eber

á in

form

ar r

egul

arm

ente

al p

úblic

o

de

sus

act

ivid

ades

.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

Com

o se

men

cion

ó en

el p

unto

ant

erio

r, en

la C

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral s

e pr

esen

ta e

l bal

ance

de

l Sec

tor

Púb

lico

y de

l Sec

tor

Para

esta

tal,

desg

losa

do a

niv

el d

e or

gani

smos

. Si a

lgún

otr

o or

gani

smo

(com

o el

Ban

co d

e M

éxic

o) r

ealiz

a ac

tivid

ades

cua

sifis

cale

s, é

stas

no

se r

efle

jan

en lo

s do

cum

ento

s pr

esup

uest

ario

s.

La

Ley

de I

ngre

sos

de l

a Fe

dera

ción

de

2001

est

able

ce e

n su

art

ícul

o 29

que

la

Secr

etar

ía d

e C

ontr

alor

ía

y D

esar

rollo

Adm

inis

trat

ivo

(SE

CO

DA

M)

real

izar

á co

n ba

se e

n el

Sis

tem

a de

Eva

luac

ión

del

Des

empe

ño

Rec

auda

torio

y d

e Fi

scal

izac

ión

una

eval

uaci

ón,

cuan

do m

enos

trim

estr

al,

de la

rec

auda

ción

y d

e la

s ta

reas

de

fisc

aliz

ació

n qu

e re

aliz

a el

SAT

. Por

otr

a pa

rte,

en

este

mis

mo

artíc

ulo

se s

eñal

a qu

e la

SH

CP,

a m

ás ta

rdar

el

31

de m

arzo

de

2001

, de

berá

pon

er a

con

side

raci

ón d

el C

ongr

eso

la m

etod

olog

ía y

los

indi

cado

res

que

conf

orm

arán

dic

ho s

iste

ma.

Est

a in

form

ació

n no

se

hace

púb

lica

.

El

27 d

e fe

brer

o de

l pr

esen

te a

ño s

e fir

el “

Acu

erdo

que

est

able

ce l

as d

ispo

sici

ones

de

prod

uctiv

idad

, ah

orro

, tr

ansp

aren

cia

y de

sreg

ulac

ión

pres

upue

star

ia d

e la

Adm

inis

trac

ión

Púb

lica

Fede

ral

para

el

ejer

cici

o fis

cal d

el a

ño 2

001”

. En

este

acu

erdo

se

seña

la q

ue la

s de

pend

enci

as d

el G

obie

rno

Fede

ral d

eber

án in

form

ar

en s

u re

spec

tiva

pági

na e

lect

róni

ca, d

entr

o de

los

45 d

ías

post

erio

res

a qu

e fin

alic

e el

trim

estre

, sob

re la

s co

n-tr

atac

ione

s qu

e re

alic

en lo

s ór

gano

s ad

min

istr

ativ

os d

esco

ncen

trad

os y

las

entid

ades

que

se

encu

entre

n ba

jo s

u co

ordi

naci

ón s

ecto

rial.

Qui

enes

no

pued

an d

ifund

irlo

por

Inte

rnet

deb

erán

hac

erlo

a tr

avés

del

Dia

rio O

ficia

l de

la F

eder

ació

n. E

n cu

anto

a c

ontr

atac

ión

de p

erso

nal a

lgun

as d

epen

denc

ias

empi

ezan

a p

ubli

car

sus

conv

ocat

oria

s a

trav

és d

e su

s pá

gina

s el

ectr

ónic

as (

com

o es

el

caso

del

SA

T),

aun

que

no

exis

te u

n re

glam

ento

uni

form

e so

bre

con

trat

acio

nes

de p

erso

nal,

por

lo

que

las

vaca

ntes

no

son

anun

ciad

as n

i so

met

idas

a u

n pr

oces

o co

mpe

titi

vo c

lara

men

te d

efin

ido.

La

Secr

etar

ía d

e C

ontr

alor

ía y

Des

arro

llo A

dmin

istr

ativ

o (S

EC

OD

AM

) es

la

entid

ad e

ncar

gada

de

audi

tar

inte

rnam

ente

a to

das

las

depe

nden

cias

del

Gob

iern

o Fe

dera

l. Pa

ra a

udita

r a

dich

as d

epen

denc

ias

de m

aner

a ex

tern

a se

cre

ó a

part

ir de

dic

iem

bre

del a

ño 2

000

la A

udito

ría S

uper

ior

de la

Fed

erac

ión

(que

sus

tituy

e a

la

Con

tadu

ría M

ayor

de

Hac

iend

a), o

rgan

ism

o in

depe

ndie

nte

del E

jecu

tivo

enca

rgad

o de

fisc

aliz

ar b

ásic

amen

te

la C

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral,

el c

ual s

e re

gula

y fu

ndam

enta

en

la L

ey d

e Fi

scal

izac

ión

Supe

rior

de la

Fed

erac

ión.

Act

ualm

ente

, los

func

iona

rios

públ

icos

tant

o de

la S

HC

P y

del

SAT

pue

den

ser n

ombr

ados

y re

mov

idos

por

el

Pres

iden

te d

e la

Rep

úblic

a, p

or lo

que

no

se p

uede

dec

ir q

ue e

l si

stem

a tr

ibut

ario

per

man

ezca

aje

no

a pr

esio

nes

polí

tica

s.

Los

ava

nces

de

sus

acti

vida

des,

se

repo

rtan

de

man

era

gene

ral en

los

inf

orm

es t

rim

estr

ales

que

se

pre

sent

an a

l C

ongr

eso,

per

o a

nive

l m

ás d

etal

lado

no

se t

iene

fác

il a

cces

o a

la i

nfor

mac

ión.

3.3

D

eber

án e

spec

ifica

rse

clar

amen

te lo

s pr

oced

imie

ntos

de

ejec

ució

n y

cont

rol d

e lo

s ga

stos

apr

obad

os, a

sí c

omo

los

que

se a

pliq

uen

a la

rec

auda

ción

de

i

ngre

sos.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 89: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

96

Carlos Elizondo Mayer-Serra

97

Anexo IV

M

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

E

3.4.

1

Deb

erá

pres

enta

rse

al p

oder

legi

slat

ivo

un in

form

e de

mita

d de

eje

rcic

io

so

bre

la e

volu

ción

del

pre

supu

esto

; tam

bién

deb

erán

pub

licar

se in

form

es

m

ás fr

ecue

ntes

(po

r lo

men

os tr

imes

tral

men

te).

3.4.

2

Deb

erán

pre

sent

arse

cue

ntas

def

initi

vas

al p

oder

legi

slat

ivo

en u

n pl

azo

de

un

año

des

pués

de

conc

luid

o el

eje

rcic

io.

3.4.

3 D

eber

án p

rese

ntar

se a

l pod

er le

gisl

ativ

o, u

na v

ez p

or a

ño, l

os r

esul

tado

s

alca

nzad

os e

n la

con

secu

ción

de

los

obje

tivos

de

los

prin

cipa

les

prog

ra

mas

pre

supu

esta

rios.

4.1.

1 Lo

s da

tos

pres

upue

star

ios

debe

rán

refle

jar

las

tend

enci

as r

ecie

ntes

de

los

in

gres

os y

gas

tos,

la

evol

ució

n m

acro

econ

ómic

a bá

sica

y c

ompr

omis

os

bi

en d

efin

idos

en

mat

eria

de

polít

icas

.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

La

Ley

de In

gres

os d

e la

Fed

erac

ión

para

el E

jerc

icio

Fis

cal d

e 20

01, e

n su

art

ícul

o 22

, com

o el

Pre

supu

esto

de

Egr

esos

de

la F

eder

ació

n pa

ra 2

001,

en

su a

rtíc

ulo

82, e

stab

lece

n la

obl

igac

ión

del E

jecu

tivo

Fede

ral,

por

cond

ucto

de

la S

HC

P, d

e pr

opor

cion

ar a

l Con

gres

o de

la U

nión

los

Info

rmes

sob

re la

Situ

ació

n E

conó

mic

a,

las

Fina

nzas

Púb

licas

y la

Deu

da P

úblic

a co

n un

a pe

riodi

cida

d tr

imes

tral

.No

se p

rese

ntan

inf

orm

es p

re-

supu

esta

rios

de

mit

ad d

e ej

erci

cio

con

el n

ivel

de

deta

lle

de l

a C

uent

a de

la

Hac

iend

a P

úbli

ca

que

perm

itan

ide

ntif

icar

ant

icip

adam

ente

los

pri

ncip

ales

fac

tore

s qu

e oc

asio

nan

desv

iaci

ones

en

tre

el p

resu

pues

to y

los

res

ulta

dos

prev

isto

s, y

no

exis

ten

proy

ecci

ones

sob

re e

l se

rvic

io

de l

a de

uda

para

los

cua

tro

trim

estr

es s

ubsi

guie

ntes

, y

en f

orm

a an

ual

de a

llí

en a

dela

nte.

La

Ley

de F

isca

lizac

ión

Supe

rior

de la

Fed

erac

ión

esta

blec

e en

el a

rtíc

ulo

8° q

ue la

Cue

nta

Púb

lica

del a

ño

ante

rior d

eber

á se

r pre

sent

ada

dent

ro d

e lo

s 10

prim

eros

día

s de

l mes

de

juni

o, y

sól

o po

r cau

sas j

ustif

icad

as se

po

drá

ampl

iar e

ste

plaz

o a

un m

áxim

o de

45

días

nat

ural

es m

ás. L

a C

uent

a P

úblic

a ab

arca

úni

cam

ente

al s

ecto

r pú

blic

o, s

in i

nclu

ir f

ondo

s ex

trap

resu

pues

tari

os.

A p

esar

de

que

cada

est

ado

pres

enta

a s

us r

es-

pect

ivas

legi

slat

uras

la c

uent

a pú

bli

ca c

orre

spon

dien

te, n

o ex

iste

un

docu

men

to q

ue p

rese

nte

un

repo

rte

cons

olid

ado

y co

nfia

ble

de

las

acti

vida

des

fisc

ales

del

gob

iern

o ge

nera

l (fe

dera

l, e

stat

al y

m

unic

ipal

), e

n el

que

se

eval

úe la

cal

idad

de

los

dato

s qu

e re

port

an lo

s es

tado

s a

sus

legi

slat

uras

.

La

Con

stitu

ción

est

able

ce e

n su

art

ícul

o 69

la

oblig

ació

n de

l Pr

esid

ente

de

la R

epúb

lica

de p

rese

ntar

al

Con

gres

o de

la U

nión

un

info

rme

escr

ito s

obre

el e

stad

o qu

e gu

arda

la A

dmin

istr

ació

n P

úblic

a de

l paí

s. E

sta

final

idad

la c

umpl

e ta

mbi

én la

Cue

nta

de la

Hac

iend

a P

úblic

a Fe

dera

l.

No

exis

ten

pres

upue

stos

sup

lem

enta

rios

. A

pare

ntem

ente

los

pron

óstic

os e

n lo

s qu

e se

bas

an la

s au

to-

ridad

es p

ara

elab

orar

el

pres

upue

sto

son

conf

iabl

es p

orqu

e al

fin

al d

el e

jerc

icio

las

des

viac

ione

s en

tre l

os

mon

tos

estim

ados

y l

os o

bten

idos

no

son

muy

gra

ndes

. E

l pr

oble

ma

resi

de e

n qu

e e

sos

pequ

eños

er

rore

s en

la e

stim

ació

n de

los

ingr

esos

pro

voca

gra

ndes

dif

icul

tade

s pa

ra a

just

ar e

l gas

to, r

azón

po

r la

que

el

gobie

rno

se v

e ob

liga

do a

rea

liza

r co

nsta

ntes

rec

orte

s pr

esup

uest

ales

con

el

afán

de

cum

plir

con

la

met

a fi

jada

en

el

défi

cit

públi

co.N

o ha

y do

cum

ento

s pú

bli

cos

en l

os q

ue s

e m

enci

one

el e

nfoq

ue s

egui

do p

ara

la r

eali

zaci

ón d

e lo

s pr

onós

tico

s ni

se

eval

úa l

a ca

lida

d de

di

chas

pro

yecc

ione

s en

for

ma

inde

pend

ient

e.

3.4

D

eber

á pr

esen

tars

e re

gula

rmen

te in

form

ació

n so

bre

las

oper

acio

nes

fisca

les

al p

oder

legi

slat

ivo

y al

púb

lico.

IV.

Gar

antía

s de

int

egrid

ad.

Es

esen

cial

que

los

dato

s fis

cale

s de

clar

ados

por

el g

obie

rno

satis

faga

n cr

iterio

s bá

sico

s qu

e as

egur

en s

u ca

lidad

, y

que

se c

uent

e co

n m

ecan

ism

os q

ue p

erm

itan

cert

ifica

r, al

pod

er le

gisl

ativ

o y

al p

úblic

o, la

inte

grid

ad d

e lo

s da

tos.

4.1

Los

dato

s fis

cale

s de

berá

n cu

mpl

ir la

s no

rmas

gen

eral

es a

cept

adas

sob

re la

cal

idad

de

los

dato

s.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 90: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

98

Carlos Elizondo Mayer-Serra

-4.1.

2 E

l pr

esup

uest

o an

ual

y la

s cu

enta

s pr

esup

uest

aria

s de

finiti

vas

debe

rán

in

dica

r el m

étod

o co

ntab

le u

tiliz

ado

(por

eje

mpl

o, c

onta

bilid

ad e

n va

lore

s

de c

aja

o en

val

ores

dev

enga

dos)

y la

s no

rmas

apl

icad

as a

la re

copi

laci

ón

y

pres

enta

ción

de

los

dato

s pr

esup

uest

ario

s.

4.1.

3 D

eber

án o

frece

rse

gara

ntía

s es

pecí

ficas

resp

ecto

de

la c

alid

ad d

e lo

s da

tos

fis

cale

s. E

n pa

rtic

ular

, deb

erá

indi

cars

e si

los

dato

s de

los

info

rmes

fisc

ales

son

cong

ruen

tes

entre

sí,

y si

se

han

conc

iliad

o co

n da

tos

pert

inen

tes

pro-

ve

nien

tes

de o

tras

fuen

tes.

4.2.

1 U

n ór

gano

nac

iona

l de

aud

itoría

o u

n or

gani

smo

equi

vale

nte,

ind

e-

pend

ient

e de

l pod

er e

jecu

tivo,

deb

erá

pres

enta

r pu

ntua

lmen

te i

nfor

mes

al p

oder

legi

slat

ivo

y al

púb

lico

sobr

e la

inte

grid

ad fi

nanc

iera

de

las

cuen

-

tas

del g

obie

rno.

4.2.

2 D

eber

á so

licita

rse

a ex

pert

os in

depe

ndie

ntes

que

eva

lúen

los

pron

óstic

os

fis

cale

s, lo

s pr

onós

ticos

mac

roec

onóm

icos

en

que

se b

asan

, así

com

o lo

s

supu

esto

s en

los

que

se fu

ndam

enta

n.

4.2.

3 D

eber

á es

tabl

ecer

se u

n or

gani

smo

naci

onal

de

esta

díst

icas

, con

inde

pen-

de

ncia

inst

ituci

onal

, que

ver

ifiqu

e la

cal

idad

de

los

dato

s fis

cale

s.

4.2

La

info

rmac

ión

fisca

l deb

erá

esta

r su

jeta

da a

una

eva

luac

ión

inde

pend

ient

e.

Fuen

te: F

MI,

Man

ual R

evis

ado

de T

rans

pare

ncia

Fis

cal,

Was

hing

ton:

FM

I, 28

de

febr

ero

de 2

001;

FM

I, C

uest

iona

rio s

obre

tran

spar

enci

a fis

cal,

Was

hing

ton:

FM

I, 23

de

abril

de

2001

.

M

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

EA

ccio

nes

del

Gob

iern

o Fe

dera

lE

n la

Cue

nta

de l

a H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral

exis

te u

n ap

arta

do

de “

Est

ados

Fin

anci

eros

del

Gob

iern

o Fe

dera

l”, e

n el

cua

l se

expl

ican

de

man

era

muy

gen

eral

las

base

s de

pre

para

ción

de

los

esta

dos

finan

cier

os,

y se

señ

ala

la n

orm

ativ

idad

, los

prin

cipi

os b

ásic

os d

e co

ntab

ilida

d gu

bern

amen

tal y

el s

iste

ma

cont

able

util

i-za

do p

ara

la p

rese

ntac

ión

de lo

s da

tos.

Los

dato

s pr

esen

tado

s en

la C

uent

a de

la H

acie

nda

Púb

lica

Fede

ral c

uent

an c

on e

l vis

to b

ueno

de

los

órga

-no

s de

con

trol

int

erno

de

la S

ecre

taría

de

Con

tral

oría

y D

esar

rollo

Adm

inis

trat

ivo,

y e

n la

rev

isió

n de

las

cifr

as p

ropo

rcio

nada

s po

r to

das

las

depe

nden

cias

par

ticip

an d

iver

sas

área

s de

la S

HC

P q

ue la

s co

nval

idan

y

emite

n su

s co

men

tario

s. S

in e

mbar

go,

no s

e pr

esen

tan

conc

ilia

cion

es d

e lo

s da

tos

fisc

ales

con

da

tos

cone

xos,

com

o da

tos

mon

etar

ios,

de

la b

alan

za d

e pa

gos

o de

las

cue

ntas

nac

iona

les.

Ta

mpo

co e

xist

e in

form

ació

n d

onde

se

conc

ilie

n lo

s re

sult

ados

fisc

ales

de

los

últi

mos

año

s y

se

anal

ice

deta

llad

amen

te s

i la

s de

svia

cion

es p

rese

ntad

as e

ntre

los

mon

tos

pron

osti

cado

s y

los

obse

rvad

os s

e de

ben

a f

acto

res

mac

roec

onóm

icos

o a

cam

bio

s en

las

pol

ític

as d

el g

obie

rno.

Esa

fun

ción

cor

resp

onde

a l

a A

udito

ría S

uper

ior

de l

a Fe

dera

ción

, la

cua

l de

pend

e de

la

Cám

ara

de

Dip

utad

os, q

uien

des

igna

rá a

l titu

lar

de d

icha

ent

idad

de

fisca

lizac

ión.

La

Con

stitu

ción

est

able

ce e

n su

art

í-cu

lo 7

9 co

mo

una

de la

s ta

reas

de

la e

ntid

ad s

uper

ior

de fi

scal

izac

ión

de la

Fed

erac

ión

entre

gar

el in

form

e de

l res

ulta

do d

e la

revi

sión

de

la C

uent

a P

úblic

a a

la C

ámar

a de

Dip

utad

os a

más

tard

ar e

l 31

de m

arzo

del

o si

guie

nte

al d

e su

pre

sent

ació

n. P

ero

no s

e es

table

ce e

l pl

azo

en e

l cu

al d

icho

inf

orm

e de

ber

á ha

cers

e pú

bli

co,

y no

exi

sten

doc

umen

tos

públi

cos

en l

os q

ue s

e re

port

en l

as i

rreg

ular

idad

es

dete

ctad

as d

uran

te l

as a

udit

oría

s re

aliz

adas

a l

as d

epen

denc

ias,

ni

las

med

idas

que

se

haya

n ad

opta

do p

ara

corr

egir

las.

A p

esar

de

que

la S

HC

P y

el B

anco

de

Méx

ico

publ

ican

reg

ular

men

te lo

s re

sulta

dos

de la

s en

cues

tas

sobr

e la

s ex

pect

ativ

as d

e la

eco

nom

ía d

el s

ecto

r pr

ivad

o, l

os p

ronó

stic

os f

isca

les

se e

labor

an c

on b

ase

en

supu

esto

s qu

e no

det

alla

n su

mét

odo

de e

labor

ació

n y

que

no s

e ev

alúa

n in

depe

ndie

ntem

ente

. Ta

mpo

co s

e in

cluy

e un

a de

clar

ació

n de

res

pons

abili

dad

que

acla

re c

uále

s or

gani

smos

son

res

pons

able

s de

la

cal

idad

de

los

pron

óstic

os.

En

nues

tro

país

el

únic

o or

gani

smo

de e

stad

ístic

as e

s el

Ins

titut

o N

acio

nal

de E

stad

ístic

a, G

eogr

afía

e

Info

rmát

ica

(IN

EG

I), e

l cua

l sol

amen

te a

grup

a y

repo

rta

los

dato

s qu

e se

gen

eran

en

el p

aís,

per

o no

ver

ific

a ni

se

ocup

a ex

clus

ivam

ente

de

la c

alid

ad d

e lo

s da

tos

fisc

ales

.

CU

ES

TIO

NA

RIO

SO

BR

E T

RA

NS

PAR

EN

CIA

FIS

CA

L

Page 91: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

98

Carlos Elizondo Mayer-Serra

Anexo VAcciones que debe realizar

el gobierno en materia de impuestos para considerarse transparente

Page 92: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

101

Anexo V

M

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

E

Bas

ar e

n no

rmas

juríd

icas

exp

lícita

s lo

s im

pues

tos,

der

echo

s, ta

sas

y co

ntri-

buci

ones

.

Ela

bora

r el

mar

co n

orm

ativ

o pa

ra la

trib

utac

ión

de m

aner

a ta

l que

refle

je la

cap

a-ci

dad

adm

inis

trat

iva

y de

apl

icac

ión

de p

olíti

cas

Las

leye

s y

regl

amen

tos

trib

utar

ios

debe

rán

ser

fáci

lmen

te a

sequ

ible

s y

com

pren

si-

bles

, y

debe

rán

enun

ciar

se c

lara

men

te lo

s cr

iterio

s qu

e re

girá

n to

da d

iscr

ecio

nali-

dad

adm

inis

trat

iva

en s

u ap

licac

ión.

Deb

erán

est

ar a

ctua

lizad

os y

las

mod

ifica

cio-

nes

debe

rán

dars

e a

cono

cer

con

sufic

ient

e am

plitu

d pa

ra q

ue lo

s co

ntrib

uyen

tes

sepa

n có

mo

pued

en v

erse

afe

ctad

os.

Acc

ione

s de

l G

obie

no F

eder

al

De

conf

orm

idad

con

el a

rtíc

ulo

31, f

racc

ión

IV, d

e la

Con

stitu

ción

, las

con

trib

ucio

nes

debe

n co

nten

erse

, fo

rzo-

sam

ente

, en

una

ley

expe

dida

por

el c

ongr

eso.

La

Supr

ema

Cor

te d

e Ju

stic

ia d

e la

Nac

ión

(SC

JN) h

a se

ntad

o en

Jur

ispr

uden

cia

que

no s

ólo

los

trib

utos

, sin

o su

s el

emen

tos

esen

cial

es (

suje

to, o

bjet

o, b

ase

grav

able

y ta

sa

o ta

rifa)

, deb

en c

onte

ners

e en

una

ley.

Por

ello

, est

a co

ndic

ión

sí s

e en

cuen

tra

reco

gida

por

nue

stro

sis

tem

a fis

cal,

tant

o en

su

mar

co n

orm

ativ

o, c

omo

en la

prá

ctic

a.

En

teor

ía, l

a ap

licac

ión

de p

olíti

cas

y la

cap

acid

ad a

dmin

istr

ativ

a pa

ra e

l man

ejo

de m

edid

as tr

ibut

aria

s de

be

refle

jars

e e

n el

Pla

n N

acio

nal d

e D

esar

rollo

, en

las

expo

sici

ones

de

mot

ivos

de

las

inic

iativ

as le

gale

s y

en

los

regl

amen

tos

inte

riore

s de

l Sis

tem

a de

Adm

inis

trac

ión

Trib

utar

ia (

SAT

) y

de la

Sec

reta

ría d

e H

acie

nda

y C

rédi

to P

úblic

o (S

HC

P).

Sin

em

barg

o, u

n nú

mer

o im

port

ante

de

refo

rmas

fis

cale

s no

vie

ne p

rece

dido

de

polít

icas

que

las

just

ifiqu

en y

, más

aún

, no

siem

pre

cuen

tan

con

el r

espa

ldo

adm

inis

trat

ivo

que

perm

ita a

se-

gura

r la

cap

acid

ad d

e ap

licar

el m

arco

nor

mat

ivo.

La

com

plej

idad

y te

cnic

ism

os d

e ci

erto

s re

gím

enes

fisc

ales

re

basa

n co

n fre

cuen

cia

la c

apac

idad

del

SAT

par

a ad

min

istr

arlo

s.

La

mat

eria

fisc

al e

s po

r ese

ncia

com

plej

a. L

as le

yes

y re

glam

ento

s de

ben

reda

ctar

se d

e fo

rma

tal q

ue p

erm

itan

su c

ompr

ensi

ón p

or p

arte

de

los

dest

inat

ario

s de

la n

orm

a. A

pes

ar d

e qu

e la

s le

yes

y re

glam

ento

s fis

cale

s se

enc

uent

ran

técn

icam

ente

bie

n re

dact

ados

, en

esta

mat

eria

com

o en

toda

legi

slac

ión,

exi

sten

nor

mas

que

pu

eden

dar

luga

r a d

istin

tas

inte

rpre

taci

ones

. La

labo

r de

los

trib

unal

es e

n de

term

inar

el a

lcan

ce d

e la

s di

spo-

sici

ones

fis

cale

s es

ade

cuad

a, d

ado

el n

ivel

de

capa

cita

ción

rea

l de

juec

es y

mag

istr

ados

. N

o ob

stan

te,

las

disp

osic

ione

s fis

cale

s de

bería

n co

ntar

con

un

plaz

o m

ayor

ent

re s

u pu

blic

ació

n y

su e

ntra

da e

n vi

gor,

pues

el

códi

go fi

scal

est

able

ce q

ue a

falta

de

regl

a en

con

trar

io, l

as n

orm

as fi

scal

es c

obra

n vi

genc

ia a

l día

sig

uien

te a

l de

su

publ

icac

ión

en e

l dia

rio o

ficia

l. U

n bu

en e

jem

plo

de e

sto

lo te

nem

os c

on la

intr

oduc

ción

de

la L

ey d

el

IVA

que

fue

ra p

ublic

ada

en d

icie

mbr

e de

197

8, p

ero

entr

ó en

vig

or e

n en

ero

de 1

980,

y d

e es

te m

odo

dio

tiem

po s

ufic

ient

e pa

ra q

ue lo

s co

ntrib

uyen

tes

se f

amili

ariz

aran

con

el I

VA.

Est

e te

ma

se r

elac

iona

con

el d

e lo

s tie

mpo

s co

nstit

ucio

nale

s pa

ra d

ebat

ir la

Ley

de

Ingr

esos

y e

l Pre

supu

esto

de

Egr

esos

de

la F

eder

ació

n qu

e co

inci

den,

usu

alm

ente

, con

el d

e la

dis

cusi

ón d

e lo

s pa

quet

es d

e re

form

a fis

cal a

fin

de c

ada

año.

La

disc

usió

n de

est

as i

nici

ativ

as d

eber

ía q

ueda

r ap

roba

da y

pub

licad

a a

final

es d

e no

viem

bre,

par

a da

r un

mes

, po

r lo

m

enos

, par

a co

noce

r la

s di

spos

icio

nes

que

habr

án d

e re

gir

a pa

rtir

de e

nero

del

año

sig

uien

te.

Ane

xo re

aliz

ado

con

la c

olab

orac

ión

de E

duar

do R

evill

a.

AC

CIO

NE

S Q

UE

DE

BE

RE

ALIZ

AR

EL G

OB

IER

NO

EN

MA

TE

RIA

DE

IM

PU

ES

TO

S P

AR

A C

ON

SID

ER

AR

SE

TR

AN

SPA

RE

NTE

Page 93: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

102

Carlos Elizondo Mayer-Serra

103

Anexo V

M

anua

l de

Tra

nspa

renc

ia O

CD

EL

as le

yes

trib

utar

ias

debe

n se

r fá

cile

s de

com

pren

der

para

el p

úblic

o y

esta

r bi

en

orga

niza

das

e in

clui

r tod

os lo

s el

emen

tos

nece

sario

s pa

ra d

efin

ir la

resp

onsa

bilid

ad

del c

ontr

ibuy

ente

y e

stab

lece

r pr

oced

imie

ntos

par

a la

reca

udac

ión

de im

pues

tos.

En

ning

ún p

aís

debe

rá a

dmiti

rse,

com

o re

gla

gene

ral,

la n

egoc

iaci

ón c

aso

por c

aso

de l

as o

blig

acio

nes

trib

utar

ias

entre

fun

cion

ario

s y

cont

ribuy

ente

s de

bido

a q

ue

dich

as p

ráct

icas

no

son

tran

spar

ente

s y

porq

ue a

bren

la p

uert

a a

la c

orru

pció

n.

Las

leye

s im

posi

tivas

deb

en e

stab

lece

r cl

aram

ente

las

facu

ltade

s y

limita

cion

es d

e la

s au

torid

ades

trib

utar

ias

para

insp

ecci

onar

los

esta

blec

imie

ntos

de

los

cont

ribu-

yent

es, e

xigi

r in

form

ació

n de

con

trib

uyen

tes

y te

rcer

os (

incl

uido

s lo

s ba

ncos

), a

pli-

car

mét

odos

indi

rect

os p

ara

dete

rmin

ar in

gres

os y

vol

umen

de

vent

as, y

cob

rar

los

impu

esto

s at

rasa

dos.

Para

lim

itar

la m

agni

tud

y la

com

plej

idad

de

las

leye

s tr

ibut

aria

s, e

n ge

nera

l es

pr

efer

ible

inc

luir

una

expl

icac

ión

deta

llada

de

las

facu

ltade

s de

la a

dmin

istr

ació

n tr

ibut

aria

en

dire

ctric

es a

dmin

istr

ativ

as p

ublic

adas

, dec

lara

cion

es d

e po

lític

a o

reso

-lu

cion

es, e

n lu

gar

de in

corp

orar

dem

asia

dos

deta

lles

en la

s le

yes

mis

mas

.

La

adm

inis

trac

ión

trib

utar

ia d

eber

á or

gani

zars

e de

man

era

tal q

ue s

e re

duzc

an a

l m

ínim

o la

s op

ortu

nida

des

de c

olus

ión

entre

los

cont

ribuy

ente

s y

los

func

iona

rios

impo

sitiv

os. T

ambi

én e

s im

port

ante

que

la e

ntid

ad tr

ibut

aria

no

se v

uelv

a ta

n fr

ag-

men

tada

que

su

pers

onal

no

pued

a ev

itar

invo

lucr

arse

con

la p

obla

ción

a la

que

si

rve.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

El s

iste

ma

lega

l de

Méx

ico

ya re

cono

ce e

sos

prin

cipi

os. N

o ob

stan

te, q

uizá

deb

an e

xten

ders

e no

sól

o al

mar

co

legi

slat

ivo,

sin

o ta

mbi

én a

l ad

min

istr

ativ

o, e

s de

cir,

a la

pub

licac

ión

de r

egla

s ge

nera

les

y a

la e

mis

ión

de

form

atos

(de

clar

acio

nes

y av

isos

) qu

e re

sulta

n se

r co

mpl

icad

os p

ara

su c

umpl

imie

nto

y lle

nado

. E

n m

ater

ia

de p

roce

dim

ient

os,

debe

n es

tabl

ecer

se r

egla

s so

bre

tran

spar

enci

a qu

e le

per

mita

n co

noce

r al

con

trib

uyen

te

los

proc

edim

ient

os q

ue ti

ene

que

a se

guir

y no

que

dar

entr

ampa

do, c

omo

suce

de a

ctua

lmen

te, e

n ob

scur

os

trám

ites

buro

crát

icos

que

se

trad

ucen

en

inef

icie

ncia

y c

orru

pció

n.

Ést

e no

es

el c

aso

de M

éxic

o. L

os fu

ncio

nario

s fis

cale

s no

tien

en fa

culta

d de

neg

ocia

r co

n lo

s co

ntrib

uyen

tes

sus

oblig

acio

nes

fisca

les.

Cab

e se

ñala

r qu

e du

rant

e 19

98 y

199

9 la

Ley

de

Ingr

esos

est

able

ció

la p

osib

ilida

d de

aco

rdar

con

cie

rtos

con

trib

uyen

tes,

que

dem

ostr

aran

insu

ficie

ncia

de

recu

rsos

, la

cond

onac

ión

de c

iert

os

reca

rgos

y m

ulta

s, a

sí c

omo

el e

stab

leci

mie

nto

de p

lazo

s pa

ra p

agar

. E

l co

mité

de

vario

s fu

ncio

nario

s de

pr

imer

niv

el q

ue s

e cr

eo p

ara

tal e

fect

o no

fun

cion

ó de

bida

men

te y

est

e pr

ogra

ma

frac

asó

rotu

ndam

ente

o

Act

ualm

ente

la S

HC

P s

ólo

tiene

la p

osib

ilida

d de

con

dona

r di

scre

cion

alm

ente

las

mul

tas.

Las

facu

ltade

s y

limita

cion

es a

l res

pect

o se

enc

uent

ran

debi

dam

ente

regl

amen

tada

s en

el C

ódig

o Fi

scal

.

Nue

stro

sis

tem

a le

gal e

stá

basa

do e

n un

rég

imen

de

facu

ltade

s ex

pres

as p

ara

la a

utor

idad

(fis

cal o

cua

lqui

er

otra

). P

or e

llo,

la a

utor

idad

sól

o pu

ede

hace

r aq

uello

que

leg

alm

ente

le

está

per

miti

do.

Un

esqu

ema

de

dire

ctric

es a

dmin

istr

ativ

as s

ería

vio

lato

rio d

e la

s ga

rant

ías

de l

egal

idad

y s

egur

idad

jur

ídic

a pr

evis

tas

en l

a C

onst

ituci

ón.

La

adm

inis

trac

ión

trib

utar

ia n

o es

aún

lo p

rofe

sion

al q

ue d

eber

ía.

AC

CIO

NE

S Q

UE

DE

BE

RE

ALIZ

AR

EL G

OB

IER

NO

EN

MA

TE

RIA

DE

IM

PU

ES

TO

S P

AR

A C

ON

SID

ER

AR

SE

TR

AN

SPA

RE

NTE

Page 94: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

102

Carlos Elizondo Mayer-Serra

103

Anexo V

M

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

EE

stab

lece

r si

stem

as d

e au

dito

ría i

nter

na p

ara

aseg

urar

la

resp

onsa

bilid

ad d

e lo

s fu

ncio

nario

s y

mec

anis

mos

que

se

ocup

an d

e la

rec

auda

ción

de

impu

esto

s y

el

cum

plim

ient

o de

las

polít

icas

y p

roce

dim

ient

os d

e ad

min

istr

ació

n tr

ibut

aria

en

su

trat

o co

n lo

s co

ntrib

uyen

tes.

Est

able

cer

un s

iste

ma

info

rmát

ico

que

elim

ine

las

opor

tuni

dade

s de

act

uar

de

man

era

disc

reci

onal

a la

vez

que

pro

porc

ione

un

cont

rol e

ficaz

de

los

atra

sos

de

pago

s, la

s ex

enci

ones

, las

ape

laci

ones

y lo

s pa

gos.

Dic

ho s

iste

ma

debe

rá p

ropo

r-ci

onar

una

sec

uenc

ia d

e pu

ntos

de

verif

icac

ión

de l

a in

form

ació

n re

gist

rada

en

las

cuen

tas

de lo

s co

ntrib

uyen

tes

al c

otej

ar e

sa in

form

ació

n co

n lo

s do

cum

ento

s or

igin

ales

y v

erifi

car

el n

ombr

e de

l fun

cion

ario

que

la in

gres

ó al

sis

tem

a. T

ambi

én

debe

rá te

ner l

a ca

paci

dad

de in

terc

ambi

ar fá

cilm

ente

info

rmac

ión

entre

los

depa

r-ta

men

tos

que

reca

udan

ingr

esos

fisc

ales

, con

suj

eció

n a

las

cláu

sula

s de

con

fiden

-ci

alid

ad y

a la

s re

stric

cion

es j

uríd

icas

. A

dem

ás d

e lo

s im

pues

tos

reca

udad

os p

or

los

depa

rtam

ento

s de

trib

utac

ión

y ad

uana

s, d

eber

án r

egis

trar

se c

lara

men

te l

os

impu

esto

s re

caud

ados

en

el s

iste

ma

de s

egur

idad

soc

ial (

si e

s in

depe

ndie

nte

del

depa

rtam

ento

de

trib

utac

ión)

y d

eber

á co

mpa

rtirs

e la

inf

orm

ació

n de

aud

itoría

co

n lo

s de

part

amen

tos

trib

utar

ios.

Est

e m

ecan

ism

o se

faci

lita

si e

n to

dos

los

depa

r-ta

men

tos

que

reca

udan

ingr

esos

fis

cale

s se

util

iza

el m

ism

o nú

mer

o de

con

trib

u-ye

nte.

Reg

istr

ar y

con

tabi

lizar

cla

ram

ente

las

oper

acio

nes

de c

onsi

gnac

ión

de fo

ndos

y d

e co

mpe

nsac

ión

de d

ébito

s y

créd

itos,

en

la m

edid

a en

que

sea

n ut

iliza

das.

Si,

por

ejem

plo,

se

auto

riza

a un

dep

arta

men

to t

ribut

ario

par

a qu

e ut

ilice

una

par

te d

e lo

s m

onto

s re

caud

ados

par

a su

frag

ar e

l pag

o de

bon

os a

l per

sona

l o c

iert

os g

asto

s ad

min

istr

ativ

os,

habr

á qu

e es

peci

ficar

cla

ram

ente

las

reg

las

sobr

e el

uso

de

esos

fo

ndos

y a

plic

ar la

s re

gula

cion

es n

orm

ales

de

cont

abili

dad.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

Exi

sten

, per

o su

func

iona

mie

nto

no e

s to

do lo

ade

cuad

o qu

e de

bería

.

Se e

ncue

ntra

pre

vist

o le

galm

ente

, aun

que

en la

prá

ctic

a no

ope

ra d

e fo

rma

efic

ient

e.

Con

la e

ntra

da e

n vi

gor

de la

Ley

del

SAT

se

dero

garo

n lo

s ar

tícul

os d

el C

ódig

o Fi

scal

que

pre

veía

n la

exi

sten

cia

de fo

ndos

cre

ados

con

la re

caud

ació

n de

mul

tas

que

se re

part

ían

com

o bo

no e

ntre

los

func

iona

rios

fisca

les.

Est

os fo

ndos

fuer

on a

ltam

ente

crit

icad

os, d

ebid

o a

que

se p

rest

aban

a e

xtor

sión

por

pa

rte

de lo

s au

dito

res

de h

acie

nda.

AC

CIO

NE

S Q

UE

DE

BE

RE

ALIZ

AR

EL G

OB

IER

NO

EN

MA

TE

RIA

DE

IM

PU

ES

TO

S P

AR

A C

ON

SID

ER

AR

SE

TR

AN

SPA

RE

NTE

Page 95: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

104

Carlos Elizondo Mayer-Serra

105

Anexo V

Man

ual

de T

rasp

aren

cia

OC

DE

Los

dere

chos

de

los

cont

ribuy

ente

s de

berá

n es

peci

ficar

se c

lara

men

te e

inc

luir:

ac

ceso

a in

form

ació

n pu

ntua

l y e

xact

a, tr

ato

just

o y

sin

dem

oras

, con

fiden

cial

idad

en

la in

tera

cció

n co

n la

s au

torid

ades

y u

na e

stru

ctur

a ra

zona

ble

de s

anci

ones

. Los

co

ntrib

uyen

tes

debe

rán

tene

r acc

eso

a un

sis

tem

a ef

icie

nte

de re

visi

ón a

dmin

istr

a-tiv

a de

las

deci

sion

es y

la o

port

unid

ad d

e ap

elar

ant

e un

trib

unal

inde

pend

ient

e.

Los

ajus

tes

de la

s de

clar

acio

nes

de im

pues

tos

(p.

ej.,

desp

ués

de u

na a

udito

ría)

debe

rán

esta

r ac

ompa

ñado

s de

exp

licac

ione

s cl

aras

y c

ompl

etas

par

a lo

s co

ntri-

buye

ntes

. Lo

s de

rech

os d

e lo

s co

ntrib

uyen

tes

pued

en e

stab

lece

rse

en f

orm

a de

le

y o

inco

rpor

arse

en

una

cart

a de

der

echo

s o

inst

rum

ento

equ

ival

ente

que

se

empl

ee p

ara

com

unic

ar d

icho

s de

rech

os y

res

pons

abili

zar

a la

s en

tidad

es d

e su

de

sem

peño

.

Los

func

iona

rios

que

obse

rven

o to

men

dec

isio

nes

sobr

e la

rec

auda

ción

o la

uti-

lizac

ión

del e

rario

púb

lico

o qu

e de

otr

a m

aner

a ej

erza

n su

s fa

culta

des

ofic

iale

s de

berá

n ob

edec

er u

n có

digo

de

cond

ucta

que

pro

híba

tod

o co

mpo

rtam

ient

o ca

rent

e de

étic

a. L

a pr

áctic

a óp

tima

es o

bser

var l

os p

rinci

pios

de

gest

ión

públ

ica

y go

bern

abili

dad

de la

OC

DE

en

lo q

ue s

e re

fiere

a la

étic

a en

el s

ecto

r pú

blic

o.

Los

docu

men

tos

trib

utar

ios

debe

rán

incl

uir

esta

dos

de c

uent

a en

los

que

se d

es-

crib

a la

nat

ural

eza

y la

impo

rtan

cia

fisca

l del

gas

to tr

ibut

ario

. En

este

con

cept

o se

in

cluy

en l

as e

xenc

ione

s de

la

base

trib

utar

ia,

las

dedu

ccio

nes

del

ingr

eso

brut

o,

los

créd

itos

trib

utar

ios

que

se d

educ

en d

e la

s ob

ligac

ione

s tr

ibut

aria

s, la

s re

ducc

io-

nes

de la

tas

a im

posi

tiva

y lo

s di

ferim

ient

os d

el p

ago

de im

pues

tos.

Est

e tip

o de

de

clar

ació

n de

berá

ind

icar

el p

ropó

sito

de

polít

ica

públ

ica

de c

ada

prov

isió

n, s

u du

raci

ón y

el b

enef

icia

rio a

l que

est

á di

rigid

o. E

n la

med

ida

de lo

pos

ible

deb

erán

cu

antif

icar

se la

s pr

inci

pale

s pa

rtid

as d

e ga

sto

trib

utar

io.

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

Uno

de

los

prob

lem

as q

ue e

nfre

nta

la re

caud

ació

n de

impu

esto

s om

itido

s es

que

las

sanc

ione

s so

n ta

n el

eva-

das

que

impo

sibi

litan

su

cobr

o en

la p

ráct

ica.

Ade

más

de

las

sanc

ione

s es

pecí

ficas

por

incu

mpl

imie

nto

de la

s no

rmas

fisc

ales

, el C

ódig

o Fi

scal

pre

vé m

ulta

s de

l 70

al 1

00 p

or c

ient

o de

la c

ontr

ibuc

ión

omiti

da a

ctua

lizad

a po

r inf

laci

ón, e

n ad

ició

n al

cob

ro d

e la

con

trib

ució

n ac

tual

izad

a y

de re

carg

os c

alcu

lado

s a

una

tasa

del

3 p

or

cien

to m

ensu

al s

obre

la c

ontr

ibuc

ión

actu

aliz

ada.

Lo

ante

rior p

rovo

ca q

ue e

l cré

dito

se

vuel

va im

paga

ble.

Las

au

torid

ades

fisc

ales

man

tiene

n es

a po

lític

a co

n la

cre

enci

a de

que

el c

rédi

to m

ás b

arat

o qu

e se

pue

de c

ontr

atar

en

el m

erca

do e

s co

n el

fisc

o, d

ada

la p

osib

ilida

d de

no

ser

desc

ubie

rto.

Por

otr

o la

do, l

os c

ontr

ibuy

ente

s ya

cu

enta

n co

n un

sis

tem

a de

rev

isió

n ad

min

istr

ativ

a (r

ecur

so d

e re

voca

ción

) y

la p

osib

ilida

d de

ape

lar

frent

e al

trib

unal

fis

cal y

en

últim

a in

stan

cia

ante

los

trib

unal

es d

e am

paro

. A

sim

ism

o, r

esul

taría

des

eabl

e qu

e la

s de

clar

acio

nes

pudi

eran

con

tene

r un

inst

ruct

ivo

más

cla

ro p

ara

su ll

enad

o, c

omo

suce

día

en e

l pas

ado.

En

este

se

ntid

o, la

SH

CP

en

un a

fán

de s

impl

ifica

r la

s de

clar

acio

nes,

si b

ien

ha r

educ

ido

su ta

mañ

o, h

a he

cho

más

co

mpl

ejo

su ll

enad

o. P

or ú

ltim

o, e

xist

e ya

la o

blig

ació

n de

las

auto

ridad

es d

e en

trega

r al i

nici

o de

una

vis

ita la

ca

rta

de lo

s de

rech

os d

el c

ontr

ibuy

ente

aud

itado

. Est

a ca

rta

sigu

e lo

s lin

eam

ient

os g

ener

ales

apr

obad

os p

or

la O

CD

E.

No

exis

te u

n có

digo

de

cond

ucta

com

o el

esp

ecifi

cado

seg

ún la

OC

DE

.

No

se h

a de

sarr

olla

do e

n M

éxic

o.

AC

CIO

NE

S Q

UE

DE

BE

RE

ALIZ

AR

EL G

OB

IER

NO

EN

MA

TE

RIA

DE

IM

PU

ES

TO

S P

AR

A C

ON

SID

ER

AR

SE

TR

AN

SPA

RE

NTE

Page 96: Impuestos, Democracia y Transparencia · 2018. 1. 31. · Los impuestos constituyen el sustento básico del presupuesto gubernamental y son, por ende, el punto de partida para el

Impuestos, Democracia y Transparencia

104

Carlos Elizondo Mayer-Serra

105

Anexo V

M

anua

l de

Tra

spar

enci

a O

CD

EL

a ad

min

istr

ació

n tr

ibut

aria

nac

iona

l deb

erá

esta

r pr

oteg

ida,

por

ley,

de

las

pre-

sion

es p

olíti

cas,

y d

eber

á in

form

ar r

egul

arm

ente

al p

úblic

o de

sus

act

ivid

ades

. La

adm

inis

trac

ión

trib

utar

ia d

ebe

ser

-y p

arec

erlo

- ju

sta

e im

parc

ial,

libre

de

inte

rven

-ci

ones

pol

ítica

s. P

or e

sta

razó

n, q

uien

es ti

enen

a s

u ca

rgo

la a

dmin

istr

ació

n tr

ibut

a-ria

deb

en s

er n

ombr

ados

por

ley,

y c

onta

r co

n ci

erta

pro

tecc

ión

esta

tuta

ria f

rent

e a

la p

osib

ilida

d de

des

tituc

ión

y de

influ

enci

as p

olíti

cas

en la

inte

rpre

taci

ón d

e la

s le

yes

trib

utar

ias.

Un

enfo

que

que

cont

ribuy

e a

prop

orci

onar

cie

rtas

seg

urid

ades

de

inte

grid

ad e

s el

nom

bram

ient

o po

r le

y de

com

isio

nado

s co

n at

ribuc

ione

s es

pecí

fi-ca

s pa

ra in

terp

reta

r la

legi

slac

ión

trib

utar

ia.

El p

roce

so d

e re

caud

ació

n de

impu

esto

s de

be s

er t

rans

pare

nte,

y c

on e

ste

fin lo

s or

gani

smos

enc

arga

dos

de r

ecau

dar

ingr

esos

deb

en p

rese

ntar

al p

oder

legi

slat

ivo

info

rmes

anu

ales

opo

rtun

os s

obre

las

activ

idad

es ll

evad

as a

cab

o du

rant

e el

año

. E

stos

info

rmes

, así

com

o ot

ros

dato

s re

laci

onad

os c

on e

l des

empe

ño, c

omo

la c

om-

para

ción

ent

re lo

s m

onto

s ef

ectiv

amen

te re

caud

ados

y e

l pre

supu

esto

, deb

en d

eta-

llar l

as m

edid

as a

dopt

adas

par

a m

ejor

ar e

l cum

plim

ient

o de

las

leye

s tr

ibut

aria

s. E

n al

guna

s ec

onom

ías

avan

zada

s se

ha

esta

blec

ido

en lo

s úl

timos

tiem

pos

el re

quis

ito

de p

ublic

ar,

junt

o co

n la

legi

slac

ión

trib

utar

ia -

ya s

e tr

ate

de n

ueva

legi

slac

ión

o de

enm

iend

as a

las

leye

s ex

iste

ntes

- un

a de

clar

ació

n de

l cos

to q

ue r

epre

sent

a el

cu

mpl

imie

nto

de la

s nu

evas

med

idas

Acc

ione

s de

l G

obie

rno

Fede

ral

La

crea

ción

del

SAT

en

1997

tuvo

ese

pro

pósi

to. L

a Le

y de

l SAT

le o

torg

aba

a di

cho

orga

nism

o au

tono

mía

cnic

a y

de g

estió

n, a

sí c

omo

pres

upue

stal

. Est

a si

tuac

ión

no d

uró

muc

ho ti

empo

pue

s en

199

8 se

mod

ificó

el

reg

lam

ento

inte

rior

de la

SH

CP

y s

e ot

orgó

a la

Sub

secr

etar

ía d

e In

gres

os la

fac

ulta

d de

inte

rven

ir en

las

reso

luci

ones

y a

ctiv

idad

es d

el S

AT P

or o

tro

lado

, la

actu

al L

ey d

el S

AT p

revé

la e

xist

enci

a de

un

serv

icio

fisc

al

de c

arre

ra. S

i bie

n al

prin

cipi

o se

trab

ajó

en e

ste

sent

ido,

en

1999

se

anun

ció

que

el p

rogr

ama

se e

stab

lece

ría

alre

dedo

r de

l 200

6. T

odo

esto

ha

traí

do c

omo

resu

ltado

que

con

la r

emoc

ión

de lo

s pr

esid

ente

s de

l SAT

por

pa

rte

de la

SH

CP,

los

func

iona

rios

de s

egun

do y

terc

er n

ivel

tam

bién

sea

n re

mov

idos

y s

e pi

erde

así

la e

senc

ia

de lo

s pr

inci

pios

de

inde

pend

enci

a de

pre

sion

es p

olíti

cas

y d

el s

ervi

cio

fisca

l de

carr

era.

El a

rtíc

ulo

14 ú

ltim

o pá

rraf

o de

la L

ey d

el S

AT o

blig

a a

éste

a p

rese

ntar

al C

ongr

eso

de la

Uni

ón, d

entr

o de

lo

s pr

imer

os 4

5 dí

as d

e ca

da a

ño, u

n pr

ogra

ma

de tr

abaj

o pa

ra e

l año

que

com

ienz

a y

la in

form

ació

n de

la

activ

idad

rec

auda

toria

del

año

ant

erio

r. Po

r lo

que

hac

e a

la in

form

ació

n a

la o

pini

ón p

úblic

a ca

be d

esta

car

que

en la

prim

era

Ley

del S

AT s

e pr

eveí

a un

a un

idad

de

com

unic

ació

n so

cial

, qu

e de

sapa

reci

ó pa

ra d

ejar

a

un s

ólo

Voce

ro d

e la

SH

CP,

lo c

ual p

ertu

rbó

la a

uton

omía

del

SAT

. Fi

nalm

ente

, en

Méx

ico

no s

e cu

mpl

e sa

tisfa

ctor

iam

ente

el r

equi

sito

de

dar

a co

noce

r el

impa

cto

reca

udat

orio

que

con

lleva

n nu

evas

dis

posi

cion

es.

Fuen

te: F

MI,

Man

ual R

evisa

do d

e Tr

ansp

aren

cia

Fisc

al, W

ashi

ngto

n: F

MI,

28 d

e fe

brer

o de

200

1.

AC

CIO

NE

S Q

UE

DE

BE

RE

ALIZ

AR

EL G

OB

IER

NO

EN

MA

TE

RIA

DE

IM

PU

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TO

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